lineamientos prácticos para el ejercicio del derecho

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14 Lineamientos Prácticos para el Eierciclo del Derecho integrador de los conocimientos adquiridos y como herramienta de meoevaluación, puesto que citamos el fallo tomado de referencia, para permitir su consulta y facilitar la aiitocorrecciórt. Finalmente, adjuntamos a esta obra un CD que contiene el texto completo de toda la legislación citada y lajurispnidencia reseñada en los distintos módulos. como así también información de interés para el profesional del Derecho y de otras ciencias armes, tal como todos los códigos procesales cordobeses. la ley de martilleros y corredores públicos, la tey orgánica del Poder Judicial, acuerdos reglamentarios del T.S.J., la ley de Asistencia Jurídica Gratuita, etc. En definitiva, nuestro designio es facilitar al abogado novel las herramientas indispensables para entablar su primer contacto con el quehacer profesional, estrechando la distancia existente entre la teoría y la práctica jurídica. Anhelamos concretarlo. Ab. Mariana Andrea Liksenberg Córdoba, jimio de 2008 ABREVIATURAS Auto Interlocutorio articulo/s Boletín Judicialde Córdoba Boletín Oficial de Córdoba Boletín Oficial de la Nación Código Arancelario Código Aduanero Cántara de Acusación Cámara Federal Códi g o Civil Cámara Civily Comercial Código de Comercio Convenio Colectivo de Trabaja Código de Procedimiento Civil (ley 1419) Código de la materia contenciosa administrativa Constitución Nacional Cámara Nacional Civil Cámara Nacional Comercial Cámara Nacional Federal concordantes Confróntese Conforme Constitución Provincial Código Electoral Nacional Código Penal Código Procesal Civil y Comercial (ley 3465) Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Nación Código de Procedimiento Penal A.I. art./s B.J.C. B.O. B.O.N. C.A. C.Aduan. Cám. Acus. C.Fed. C.C. C.C.C. C.Com . C.C.T. C. de P.C. C.M.C. A. C.N. CNCiv. CNCom. CNFed. com ./5 Con fr. Conf. Const. Penal. C.E.N. C.P. C.P.C.C. O.P.C.O.N. C.P.P.

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Page 1: Lineamientos Prácticos para el ejercicio del derecho

14

Lineamientos Prácticos para el Eierciclo del Derecho

integrador de los conocimientos adquiridos y como herramienta de

meoevaluación, puesto que citamos el fallo tomado de referencia, para permitir

su consulta y facilitar la aiitocorrecciórt.Finalmente, adjuntamos a esta obra un CD que contiene el texto completo

de toda la legislación citada y lajurispnidencia reseñada en los distintos módulos.como así también información de interés para el profesional del Derecho y deotras ciencias armes, tal como todos los códigos procesales cordobeses. la ley

de martilleros y corredores públicos, la tey orgánica del Poder Judicial, acuerdosreglamentarios del T.S.J., la ley de Asistencia Jurídica Gratuita, etc.

En definitiva, nuestro designio es facilitar al abogado novel lasherramientas indispensables para entablar su primer contacto con el quehacerprofesional, estrechando la distancia existente entre la teoría y la prácticajurídica. Anhelamos concretarlo.

Ab. Mariana Andrea LiksenbergCórdoba, jimio de 2008

ABREVIATURAS

Auto Interlocutorioarticulo/sBoletín Judicialde CórdobaBoletín Oficial de CórdobaBoletín Oficial de la NaciónCódigo ArancelarioCódigo AduaneroCántara de AcusaciónCámara FederalCódigo CivilCámara Civily ComercialCódigo de ComercioConvenio Colectivo de TrabajaCódigo de Procedimiento Civil (ley 1419)Código de la materia contenciosa administrativaConstitución NacionalCámara Nacional CivilCámara Nacional ComercialCámara Nacional FederalconcordantesConfrónteseConformeConstitución ProvincialCódigo Electoral NacionalCódigo PenalCódigo Procesal Civil y Comercial (ley 3465)Código de Procedimiento Civil y Comercial de la NaciónCódigo de Procedimiento Penal

A.I.art./sB.J.C.B.O.B.O.N.C.A.C.Aduan.Cám. Acus.C.Fed.C.C.C.C.C.C.Com .C.C.T.C. de P.C.C.M.C. A.C.N.CNCiv.CNCom.CNFed.com./5Con fr.Conf.Const. Penal.C.E.N.C.P.C.P.C.C.O.P.C.O.N.C.P.P.

Page 2: Lineamientos Prácticos para el ejercicio del derecho

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Lineamientos Prácticos para al Ejercicio del Derecho

C.P.P.N.

Código de Procedimiento Penal de la NaciónC.P.T.

Código Procesal del TrabajoC.T.

Código TributarioC. y C.

Civil y ComercialC. y 1.

Comercio yJusticiaC.S.

Corte Suprema de Justicia de la NaciónC.T.

Código Tributariodecr.

decretodec, ley

decreto leySer. reg.

decreto reglamentario

MODULO1D. doctrinoD.1.

DiarioJurídicoD.J.T.

doctrina yjurisprudencia temáticaed.

edición

MESA GENERAL. DE ENTRADAS DEL

Fallos

FUERO CIVIL, COMERCIAL YLABORALF.A.

fallos anotadosFS.

fallos sintetizadosAlarida Alicia Cape/lino

inc./s

inciso/sl.A.

Jurisprudencia ArgentinaL.F.P.

Ley del Fuero de FamiliaL.C.

ley concursalLa Ley

L.L.C.

La Ley CórdobaL.O. P.1.

ley orgánica del Poder Judicialnota

númeromodif

modificatorio/aord.

ordenanza municipalpis

páginaspárrls

párrafo/sPcia.

ProvinciaS.A.C.

Sistema de Administración de CausasSent.

sentenciaSemi Sur.

Semanario Jurídico"l..5.1.

Tribunal Superior de Justicia de Córdobat.

tomo 'v.gr.

verbigraciavol.

volumen

Page 3: Lineamientos Prácticos para el ejercicio del derecho

1. Presentación del tema

"El principio de la igualdad de todas las personas ante la ley, según

ciencia y espíritu de la Constitución, no es otra cosa que el derecho aque izo se establezcan excepciones o privilegios que excluyan a unos delo que se concede a otros en iguales circunstancias..." (Ricardo Raro).

U. Introducción

Analizaremos en el presente módulo la Mesa General de Entradas delFuero Civil, Comercial y Laboral de la Primera Circunscripción Judicial delPoder Judicial de la Provincia de Córdoba, a los fines de visualizar su funcio-namiento y el rol que cumple en el desarrollo del proceso.

En el marco de las atribuciones de superintendencia que le competen alTribunal Superior de Justicia (art. 166 inc. 2 Const. Pcialj, éste tiene la facul-tad de reglamentar los turnos para la distribución de las causas entre los dis-tintos tribunales con idéntica competencia material y territorial (art. 12 inc. 25de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Provincia N° 8435). En ejerciciode esta atribución el T.S.J. ha creado ala Mesa General de Entradas del FueroCivil y Comercial de la Capital -por Acuerdo Reglamentario N° 700 Serie A-que depend á de la Secretaria Civil y Comercial del T.S.1,c

ta finalidad práctica de la creación de la Mesa de Entradas es establecer,por medio de un sistema informático, el sorteo de los expedientes a los juzga-dos y cámaras. El sistema de asignación de tribunal es aleatorio, de esta for-ma se asegura la equidad en el reparto dejuicios.

Por medio del Acuerdo Reglamentario N° 707 Serie "A" del 26/3/04 seimplementó la puesta en funcionamiento de la segunda etapa, actualizando ymejorando el sistema de distribución de causas. A partir del sistema informáticodesarrollado en el Poder Judicial y con la participación protagónica de magis-

Page 4: Lineamientos Prácticos para el ejercicio del derecho

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Lineamientos Prácticos para el Elerciclo del Derecho

Mesa General de Entradas del Fuero Civil, Comercial y laboral

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trados y funcionarios, como así también de representantes del Colegio deAbogados de la Capital, se concretó un nuevo diseño de gestión judicial, queha sido posible, además, por las nuevas disponibilidades informáticas, tecnoló-gicas y de comunicación existentes en el Poder Judicial. En este sentido, me-diante el A.R. mencionado se resolvió que los datos registrados en el Sistemade Administración de Causas (S.A.C) serian difundidos a través de Interne[,salvo las medidas cautelares, los actos relacionados con incapaces, juicios pormala praxis y quiebras pedidas antes de la apertura.

Aclaración preli obrar: Todas las disposiciones legales que rigen el fun-cionamiento de la Mesa General de Entradas del Fuero Civil, Comercial yLaboral han sido compiladas en el CD que acompaña esta obra. En este mó-dulo sólo se hará referencia a los aspectos más relevantes de su regulación,remitiendo ala lectura de su texto completo.

[II. Ventajas

Beneficios de la instauración de la Mesa General de Entradas1. Lograr un sorteo más preciso de causas en los Juzgados de Primera

Instancia y Cámaras de Apelaciones, lo que redundará en la distribuciónmas transparente y equitativa de la labor entre los distintos órganosjuris-

j diccionales

i2. Permitir al abo gado litigante y público en general. conocer, vía Intemet,

la existencia de causas, tribunal de radicación, saber si se encuentra a des-( pucho, a fallo o si ha sido retirada del juzgado o si se encuentra en él.I aliviando de esta manera las barandillas de atención al público.

3. Conocer con mayor grado de precisión el tipo de causas que seinician. su movimiento, impulso o paralización

4. La supresión de los registros en papel (libros de entradas, de presta-mos, remisión, etc.) de tan engorrosa consulta, facilitando y acelerando lostiempos de recupero de información existente.

5. Facilitar el control de la tasa de justicia v demás aportes legales6. Evitar la manipulación de turnos de los tribunales y desalentar prác-

ticas inadecuadas en orden al tratamiento de las causas judiciales7. Servir de punto de partida para la informatización integral de la ges-

tión sobre el expediente judicial.

IV. Ambito de gestión

Gestionará con información proveniente de:I. De la propia mesa2. De las Cámaras de Apelaciones3. De los Juzgados de Primera Instancia

Si Sorteo informático

El sistema informático establecerá una disn'ibución acetosa, equilibra-da y equitativa de ingresos entre los tribunales comprendidos, según la com-petencia material o de grado que corresponda.

Esta distribución se realizará para los Juzgados de Primera Instancia en loCivil y Comercial conforme los tipos y objetos de juicio y a las cantidadesingresadas.

En el caso de las Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial ladistribución se realizará conforme sólo a las cantidades in gresadas.

Entre las Cámaras de Apelaciones de Se gunda y Tercera Nominación sesortearán la totalidad de las causas correspondientes a la segunda instanciaen materia concursal y societaria.

Ambos tribunales, recibirán además, causas de competencia no especiali-zada y correspondiente a los tribunales de alzada en cantidad adecuada yhasta compensar la proporción que reciba eI resto de las cámaras (A.R. N"718. Serie "A", del 2/7/09).

VI. Funciones habilitadas

Mesa de Entradas Juzgados Cámaras2egiao-o y aridrmcian me-dianie sorteo informáticodel Juzgado de Primera las-tancia o la Cámara de Ape-aciones que deba interveniren las demandas, recursos oactuacionesrequeridas

a- uram(ado: para cm-acularlos expedientes y/o secara-rolarcuando madvimaeno-res u omisiones en los dalosconsignadas en su confección

a- caramlado

Page 5: Lineamientos Prácticos para el ejercicio del derecho

Mesa General de Entradas del Fuero Civil, Comercial y laboral 23Lineamientos Prácticos para el Ejercicio del Derecho22

La actuación de dicha áreaqueda excluida en los supues-tos expresamente asignadosa las Cámaras de Apclacio-nes y Juzgados de p rimeraInstmcia

b. Asignación por sorteaMí enraizase: causales:- por recurso de apelación ocuestiones de competenciaque deban ser resueltas porestas,- por recusación o inhibicióndel titular del juzgado- por rechazo de conexidad- por rechazo de competencia- de causas iniciadas en re-ceso judicial

b. Asignación por sorteoinformdrico: causales:

expedientes remitidos aini-alados en receso judicial- por rechazo de conexidad- por rechazo de competencia

c.

Asignación

directa:causales:- por interposición de recenso de apelación ante la Cá-mata de Apelaciones cn lascausas que se tramitan enellas o por cuestiones decompetencia que deban serresueltas por un tribunalcolegiado que ya hablaraprevenido- por cólones. mzndamien-os,suplicatorias, oliciosley_ ._12uotrascomunicacio-nes dirigidas al propio tri-bunal- por tercerías, incidentes,cuerpo de ejecución o decopia, rehaces, trámitesauxiliares yío cualquier otraactuación que en virtud desu accesodcdad o conexidadinstrumental con el princi-pal, deban iniciarse por anteel mismo tribunal- por los juicios tramitadosen virtud a los demás su-puestos de conexided,acu-mulación de autos oradica-

dn por fuero de atraccióny que deban radicarse en elmismo tribunal.

cAsignecióndireem: emaales:- de recursos directos en losque corresponda intervenirpor prevención- de exhortas, mandamientos,suplicatorias, oficio ley22. I y2 yovascomunicacio-nes dirigidas al mismo tribu .mal

de

causas

que

porconexidad, acumulacióno fíe.ro de atracción con un tribu-nal en particular deban radi-canse en A.

-por amparos, internacionesy cualquier otro proceso quecorresponda, de conformi-dad con la reglamentación vi-geme.d Recamndación de causas -Reca:egortación de causae. Corrección de datos

VII. Procedimiento ante la Mesa: aspectos prácticos

X ey Con el escrito de iniciación de la demanda, recurso o actuación pre-tendida, el profesional matriculado o el Sr. asesor letrado, deberán consignarcon carácter de declaración jurada, los datos y constancias de identidadsolicitados en la "Planilla de Incorporación de Datos " que proveerá laMesa, debiendo ser firmada y sellada por el profesional requeriente (consultaren el CD las planillas de incorporación de datos para los fueros civil y comer-cial, concursos y sociedades y para los juzgados fiscales).

ep Los datos requeridos deberán consignarse inleg atinente y sin abreviaturas.

* El personal del área asentará el día y hora de presentación de la pla-nilla con el cual se inicia una demanda, recurso o actuación, siendo rubricadapor el responsable en el proceso de asignación, con sello aclaratorio de sufirma. Asimismo, procederá a colocar el cargo de la demanda, recurso o ac-tuación pretendida, en su original y copias que se acompañen, consignandodía, mes año y hora de presentación.

* Tal presentación tendrá valor de cargo judicial (art. 39 C.P.C.C.).* La presentación de prueba y demás documentación, aportes. tasa

de justicia o constancias que corresponda incorporar se concretará ante eljuegodo o cdmarm de apelación asignada.

* Sólo podrá efectuarse el sorteo si se ha completado la totalidad de

los datos exigidos en dicha planilla.N Presentaciones múltiples: Cuando un mismo profesional inicia cinco

(5) o más juicios y hasta un limite de veinte (20), y se trate de causas indepen-dientes entre si, con un mismo actor y correspondientes a un mismo tipo yobjeto de juicio, se efectuará el sorteo y se asignarán todos ellos a un mismojuzgado, manteniéndose la distribución igualitaria en cuanto a la cantidad decausas asignadas. Los juzgados de ejecuciones fiscales podrán recibir hastaun máximo de cincuenta (50) juicios en tal concepto.

Page 6: Lineamientos Prácticos para el ejercicio del derecho

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Lineamientos Prácticos pata el Ejercicio del Derecho

Mesa General de Entradas del Fuera Civil, Comercial y Laboral

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* Una vez efecruada la asignación, se reservará en la Mesa de Entra-das la "Planilla de Incorporación de Datas" firmada por el profesional o elasesor letrado y la demanda, recurso o actuación requerido.

Seimprimirá:- Una constancia de asignación que quedará en poder del profesio-

nal o del asesor letrado, cargada con fecha, hora, firma y sello aclaratorio deloperador responsable.

- Carátula y reciba para ser rubricado por personal del tribunal queretire la demanda. La carátula tendrá un número de asignación y un códigode barra, a modo de huella digital para seguridad y seguimiento, lo que implicaen definitiva es que a través del mismo se podrá obtener toda la informacióndel expediente. Además, en la carátula de inicio se consignarán: fecha depresentación, c ircunscripción, tribunal. secretaría, actor demandado causan-te, solicitante, categoría de causa y objeta del juicio.

^S Tratándose de comunicaciones y oficios, se agregará el nombre ydomicilia del letrado presentante o el asesor letrado„y el de la persona autori-zada para su diligenciamiento.

Dos veces al día, como mínimo, los tribunales deberán controlar atraves del Sistema de Administración de Causas (S.A.C.) las asi gnacionesefectuadas por la Mesa. Verificada la existencia de asignaciones deberánenviar personal para retirar las demandas. La entrega de dichos escritos y sucarátula se documentará en recibo previamente extendido por el sistemainformático y suscripto por el personal que las retira. con aclaración de iden-tidad del agente.

VIII. Normas para el llenado de la planilla de incorporación de datos

En la planilla de incorporación de datos, se consignará:- Apellido y nombres del actor/es, número de D.N.L, domicilio real, domi-

ciliolegal constituido;- Apellido y nombres del demandados, número de D.N.I. si se conoce,

domicilio denunciado;- Categoría de 'causa;- El o los objetos del juicio y profesional/es presentante/s, debiendo estar

suscripta por él/ellos,

W La Planilla de Incorporación de Datos se conservará en la Mesa deEntrada General con destino al fichero numérico de causas del fuero. Paracaratular los expedientes se utilizarán los datos suministrados en la planilla.

os En laconfección de la planilla se observarán las siguientes normas:

ACTOR/ES y DEMANDADO/S: Se colocarán primera los apellidos yluego los nombres. Cuando se trate de más de un actor o demandado seconsignará el nombre de cada uno de ellos. Si la cantidad de éstos superalos campos previstos en la planilla, se continuará en otra a ese solo fin.

En los casos de mujeres casadas, se consignará primero el apellido desoltera y-a opción de la interesada- seguido de la preposición "de", el ape-llido del esposo y luego los nombres.

En los procesos en que no exista demandado, se consignará el apellidoy el nombre en el campo 'actor',

Cuando se trate de una persona jurídica, se consignará su nombre con-forme conste en el escrito inicial del juicio.f

En las tercerías, se colocará el nombre del tercerista en el campo "ac-tor" y en "auto conexo ', la carátula, número de expediente, si éste fueasignado por la Mesa, y el tribunal en que éste se tramita.

Cuando se invoque conexid ad, vinculación o acumulación, en caso detercerías, se prescindirá del sorteo, asignándose al Juzgado, con la corres-pondiente compensación.Para las comunicaciones u oficios ley 22.172, dirigidas al Tribunal en 1

turna del fuero, se contará con un campo determinado para ellos, dondese consignará: tribunal o dependencia exhortante, carátula del juicio enque se lo libra y letrado o persona autorizada para su diligenciamiento.

Las comunicaciones u oficios Iev_2,17? dirigidos aun tribunal detenni-nado, ingresarán a é sin intervención de la Mesa de Entrada General.

CATECOR.a os Gana: Se debe consignar el código de la Categoría decausa, adecuándose ala lista de códigos que proporcionará la Mesa deEntrada General y que estarán descriptos en la planilla.

1

bffi. Juicios, recursos o actuaciones provenientes del interior de la provincia

Cuando se trate de juicios, recursos o actuaciones provenientes del inte-rior de la Provincia que deban ser asignados por el Sistema de Administraciónde Causas (S.A.O.), el tribunal de ori gen podrá:

Page 7: Lineamientos Prácticos para el ejercicio del derecho

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Lineamientos Prácticos para el Elercicio del Derecho

Mesa General de Entradas del Fuero Civil, Comercial y Laboral

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sobre este tema consultar la jurisprudencia que se incluye en el anexo deeste módulo).

Con anterioridad al 1° de abril de 2004, una vez iniciado el expediente por

la Mesa de Entradas, el abogado debía presentarlo dentro de los cinco días aljuzgado asignado, en su defecto tal certificada caducaba, su presentación seencontraba vencida, por lo que debía sortearse nuevamente. Tal circunstanciatraía aparejada especulación, por ello fue modificada y el cargo que anterior-mente sólo tenía valor administrativo, pasó a tener valor de cargo judicial,con sus consecuencias.

a) Solicitara la Mesa, por correo electrónico u oficio en soporte papel elsorteo del tribunal pertinente.

Asignado el nuevo tribunal, se hará saber al requirente por igual con-ducto de recepción el tribunal que corresponda intervenir.

b) Remitir directamente la causa al tribunal que a su entender corres-ponde intervenir, quien, en caso de estimarlo pertinente procederá a suautoasignación.

En ambos supuestos, las dependencias aludidas deberán ingresar en elsistema informático los datos correspondientes.

LX. Datos útiles

* IDENTIFICACIÓN DE CAUSAS: Cada demanda, recurso o actuación re-querida se identificará con un número único e irrepetible, que debe mantener-se en las distintas instancias judiciales.

ED Aun cuando el expediente conste de varios cuerpos, tendrá el mismonúmero identificatorio, podrán ser diferenciados los unos de los otros por elcódigo de barra.

mis Esto no sucederá cuando estemos haciendo referencia a un expedienteanexo, como pueden ser los cuadernillos de prueba, los incidentes, los cuerposde ejecución o copia, etc., en estos caeos ellos tendrán un número diferente.

El número del expediente se conformará de la si guiente manera:. S dígitos: número de expediente: ej.: 00345678.4 dígitos: fuero: 0036 (/36).4 digites: cuerpo: 0001Así las carátulas tendrán un código de barra y por debajo de éste dirán:OOXXXXXX/36-CUERPOPara ampliar esta información consultar la Resolución N° 3 del 1/9/04,

incluida en el CD).

X. Optimización del sistema

El resultado del sorteo es irvnodfficable, aunque al abogado le que-darán las vías procesales a los fines de modificarlo (para profundizar

XI. Procedimiento ante el juzgado o cámara de apelaciones

Cuando corresponda la intervención directa de un juzgado de primero

instancia o pira cámara, el interesado deberá formalizar la demanda, recur-so o presentación ante elrespectivo tribunal, el que deberá dar de alta su inicioen el S.A.C. conforme el tipo y objeto de juicio, completará los datos de re g is-tra exigidos por el sistema y formulará la respectiva carátula y certificado deasignación.

Si estimare que no corresponde su entretención, luego de autoasignarlo,dictará el proveído en tal sentido mandando al interesado, según corresponda,a ocurrir ante el tribunal que a su entender resulta competente o a formular elsorteo de rigor.

XII. Juicios anexos. Modificaciones del sistema

Como consecuencia de las dificultades presentadas para dar de alta jui-cios anexos, en los casos en que su correspondiente juicio principal no seencontraba cargado en el S.A.C. y a fin de evitar dejar expedientes fuera delsistema, mediante la Resolución N° 5 del 15/12104 (consultar el texto completoen el CD) se dispuso que sólo para el supuesto mencionado se sigan las si-guientes instrucciones:

a) Comprobar que el juicio "anexo":1) No esté ingresado en el S.A.C.

Page 8: Lineamientos Prácticos para el ejercicio del derecho

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Lineamientos Prácticos para el Ejercicio del Derecho

Mesa General de Entradas del Fuero Clvil. Comercial y laboral

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2) Debe ser anterior al primero de abril de dos mil cuatrob) Comprobar que eljuicio "principal":

3)No esté ingresado por la Mesa General de Entradas ni en el S.A.C.4) Sea anterior al 1° de abril de 2004.5)Que actualmente no se encuentre disponible en Cámara ni en el Juzgado.

Si se dan estas cinco condiciones juntas y simultánea verificación de queel expediente principal correspondía a la competencia del propio tribunal, co-rresponde: AUTOASIGNARSE el expediente "anexo", como un expedienteprincipal (anterior ala Mesa).

XIII. Mesa de Entradas del Fuero Laboral

El Tribunal Superior de Justicia de la Provincia ha previsto, a partir del 1 °de mayo de 2005, la modificación en la distribución y gestión de los procesosjudiciales de competencia material, territorial y de grado de las salas de laCámara del Trabajo y Juzgados de Conciliación de la Ciudad de Córdoba, através de la implementación del Sistema Informático de Administración deCausas (S.A.C.).

Con el objetivo de mejorar el sistema actual, tanto en relación a las cate-garfas de tipos y objetos de juicio, procedimientos de trabajo, ámbitos de ges-tión involucrados y el aprovechamiento integral de la tecnología informáticadisponible. se conformó un Comité de Usuarios integrado por magistrados yfuncionarios del fuero laboral del Centro Judicial Capital, asistido por personaljerárquico de la Dirección de Informática: habiéndose recabado la opinión delColegio de Abogados de la Ciudad de Córdoba.

De las reuniones y propuestas formuladas, se ha elaborado un proyectointe gral de sistema, tomando como base la experiencia recogida en el fuerocivil y comercial.

Las nuevas aplicaciones informáticas involucran, por el momento, la actua-ción de distintos organismos del fuero (Salas de la Cámara del Trabajo y Juzga-dos de Conciliación), a más de la creación de la Mesa de Entradas General delFuero Laboral de la Ciudad de Córdoba (consultar en el CD las planillas deincorporación de datos para las salas laborales y los juzgados de conciliación).

Hay un nuevo escenario y pautas de gestión que exigen el conocimiento delos procedimientos y rutinas de trabajo establecidas para el futuro s ').

XIV. ¿Qué es el S.A.C.?

El Sistema de Administración de Causas (S.A.C.) es un sistema de gestiónjudicial que ha sido diseñado y construido por la Dirección de Informática delpoder Judicial de Córdoba. El sistema desarrollado es un prototipo de gestiónintegrada de los procesos judiciales, que se utiliza, dentro de una lntranet, paradocumentar las actuaciones que pueden realizarse en un proceso judicial.

El sistema permite re g istrar todos los expedientes que se tramitan, quiénesson sus partes y el carácter en el que intervienen, sus sucesivas trámitesprocesales e incluso el contenido de algunas de las actuaciones de que secomponen.

Objetivos del S.A.0

Principal:Gestión integral de los expedientes desde su inicio por parte del letradoo asesor letrado hasta la finalización.Secundarios:- eliminarla carga de información redundante

11

- permitir la elaboración estandarizada de informes- Facilitarla búsqueda y visualización de la información en el futuro- identificación única de expedientes para todas las materias e instancias

Consulta de información

Los datos registrados en el Sistema de Administración de Causas (S.A.C.)serán difundidos a través de Intemet, salvo las medias cautelares, los actos

(1) Para ampliar la información consultar el módulo "Fuero Laboral" de esa obra.

./o

Page 9: Lineamientos Prácticos para el ejercicio del derecho

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Lineamientos Prácticos para el Elucido del derecho

Mesa General de Entradas del Fuera Clvit, Comercial y Laboral

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relacionados con incapaces, los juicios por mala praxis, quiebras pedidas an-tes de la apertura y aquéllos que por especiales circunstancias revistan elcarácter de confidencial (art. 34 A.R. N° 707, Serie "A", del 26/3/04, modifi-cado por A.R. N° 718, Serie "A", del 2/7/04).

* Para obtener esta información se debe ingresar a la páginawww.justiciacordaba.gov.ar, luego hacer click en el link "Juicios iniciadosen el Fuero Civil".

* Esta sección le brinda información acerca de los juicios iniciadosen la Sede Judicial Capital del Fuero Civil y Comercial del Poder Ju-dicial de la Provincia de Córdoba.

•i La información proporcionada se refiere a la fecha de inicio y lugardonde se tramita la causa; autos y categoría del juicio; estado y ubicación.

XV. Portal de Aplicaciones

El Portal deAplicaciones es la página principal de las aplicaciones publi-cadas para la red interna (Intranet) del Poder Judicial de la Provincia de Cór-doba. En este portal existen dos tipos de aplicaciones:

1.Públicas: son aquéllas que estarán disponibles para todos los usuariosde la Intranet del Poder Judicial. Por ejemplo: consulta de acuerdos, turnosjudiciales, concurso de cargos, etc.

2. Privadas: Son aplicaciones que estarán disponibles sólo para usuariosautorizados a su acceso. Por ejemplo: S.A.C. Civil, Registro de Electores.

XVI. Cuestionario

1.¿Qué valor tiene el cargo de la Mesa General de Entradas? ¿Cuálesson los datos que deben consignarse en el cargo?

2. ¿Qué debe presentarse a la Mesa a los fines de dar ingreso del expe-diente?

3.¿Ante quién debe presentarse la documentación, aportes a la Caja, tasade justicia, etc.?

4.¿Existe la posibilidad de que un expediente no sea ingresado al sistemainformático por la Mesa General de Entradas? ¿En qué supuestos?

5. ¿Cómo llega el expediente al juzgado?6. En el supuesto de cometerse errores al momento de dar ingreso al

expediente en el sistema informático, ¿quién debe subsanar esos errores?7. ¿Cómo se realiza la distribución de causas? ¿Qué es el S.A.C.?8.¿Cómo es la distribución de las causas en caso de tratarse de presenta-

ciones múltiples?9. ¿Quién realiza el sorteo cuando se remite un expediente a otro juzgado

o cámara?10.En caso de recusación, ¿vuelve el expediente a la Mesa General de

Entradas?11.¿Cómo se identificaran los expedientes?12.Si un mismo expediente tuviera varios cuerpos, ¿todos tendrán el mis-

mo número?13.¿Qué datos se consignan en la carátula de inicio?

Page 10: Lineamientos Prácticos para el ejercicio del derecho

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Lineamientos Practicas para el Ejercicio del Derecho

Mesa General de Entradas del Fuero Civil, Comercial y Laboral

33

ANEXO causa deberán formularse en la primera actuación posterior a la recepción de la de-manda, recurso n actuación sorteada por parte del tribunal asignado" (art. 19).

Jurisprudencia

Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de 6' Nominación,Auto N° 525 del27/I 1/05, autos: "Re Crespo, Florencia c/ Díaz, José María y otros - Ejecutivo - Cobro dehonorarios - Recurso de apelación" (consultar el texto completo del Fallo en el CD)

Temo: Recusación sin expresión de causa. Oportunidad para oponerla. Formulaciónde la recusación al acompañar la documental ante el tribunal designado por la Mesa.Procedencia

Sumario:

1.Conforme lo dispone la ley adjetiva (art. 19), la recusación sin expresión de causadebe ser deducida en el tiempo fijado par la ley. Al respecto rige el principio de la"primera presentación". Ahora bien, de conformidad al sistema implementado en nues-tras tribunales -Sistema de Administración de Causas (S.A.C.)- la demanda no sepresenta directamente ante el juzgado sino en la Mesa de Entradas, quien asigna eltribunal interviniente conforme un sistema de distribución equilibrado y equirativo deingresos, entre los tribunales comprendidos, según la competencia material o de gra-do que corresponda, conforme los tipos y objetos de juicio y las cantidades ingresa-- rlanue iu dispone gel A. R. N° 700 Serie"A" del24/2104 y medir (de creación yreslamentución de una Mesa de Entradas General y de asignación de causas). Confor-me la acordada referida, el abogado actuante debe presentar la demanda ante la Mesade Entradas, quien asignará por sorteo informático el juzgado que intervendrá en lacausa, lo cual significa que al momento de presentarse la demanda ante dicha depen-dencia. se ignora cuál será el tribunal asignado.

2. "En ningún caso, el personal de la Mesa de Entradas estará facultado a recibirdocumentación y/a prueba de las demandas, las que en su caso deberán ser inmedin-tameme devueltas al interesado" (art. 12). De tal manera, resulta tempestiva la recusa-ción sin expresión de causa formulada por la parte actora, a posteriori de su presen-tación en Mesa de Entradas, una vez conocido el juzgado asignado, y en oportunidadde presentar la documentación correspondiente ante él.

3. De ninguna manera puede exigirsele al presentante que realice recusación algunaen el mismo escrito de demanda cuando en dicha oportunidad aún ignora el tribunalque será designado infonnáticamente por dicha dependencia. En este sentido, elAcuerdo Reglamentario aludido expresamente dispone que "las recusaciones sin

q. La actora procede a formular dicho planteo en la "primera actuación", una vezconocido el tribunal actuante designado por Mesa de Entradas, en oportunidad deacompañar la documentación pertinente conforme da cuenta el propio proveído defecha 9/9/03, dictado por el juzgado designado. Conforme lo expuesto, correspondeacoger los agravios interpuestos por la parte actora y, en consecuencia, revocar eldecreto impugnado como así también el proveído que lo mantiene, debiendo apartar-se el juez recusado, de seguir entendiendo en los presentes obrados y proceder deconformidad a lo dispuesto por el art. 23, A.R. N'°' 707 y 718, Sede "A", modificatodosdel A.R.N°700, Serie "A" del 24/2104.

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MODULO2

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

EN LO CIVIL Y COMERCIAL

María Laura Abril,

Mariana Andrea Liksenberg

y Andrea María Maine

Page 12: Lineamientos Prácticos para el ejercicio del derecho

I. Presentación del tema

"Los jueces de primera instancia constituyen el primer peldaño de laestructura judicial, y son quienes inicialmente asumen el asunto que espresentado por el justiciable. Estos magistrados tienen un contacto di-recto con el objeto del proceso, con las partes y con las pruebas..."(Ferreyra de de la Rúa y González de la Vega de Opl) 1O

II. Introducción

La función jurisdiccional se ejerce por personas a quienes el Estado invistecon la dignidad de magistrados y cuyo conjunto constituye la administraciónde justicia I".

El tribunal es el órgano público que integra la relación procesal y es esta-blecido institucionalmente, por lo que resulta determinado previamente por lalec; su función primordial es la de impartir justicia y se personifica en la Figuradel juez.

En este sentido, es un deber primario y fundmnental de los jueces el deadministrar justicia cada vez que tal actividad les sea requerida en un casoconcreto.

En el presente módulo analizaremos los aspectos prácticos de la actividadjurisdiccional desarrollada por los jueces de primera instancia con competen-

(I) FEnaemA DE DE LA RÚA, Angelina y GONZÁLEZ DE LA VEGA DE Ors. Cristina, ]noriageneral del proceso, Advocatus, Cba., 2003, ps. 221, 221

(2) ALs&A,Hugo, Trinado teórico práctico de derecho procesal civil ',comercial, 21 ed..Ediar, Bs. As., 1951. p. 196.

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Lineamientos Prácticos para el Pierden] del Derecho

cia en la materia civil y comercial, quienes conocen el objeto litigioso en todasu extensión; convocan a las partes, dirigen el proceso, reciben las pruebas ydeciden sobre las pretensiones hechas valer enjuicio por ellas.

L I. Breve repaso de la estructura judicial del Fuero Civil y Comercial

El Poder Judicial está organizado siguiendo la forma externa tripartita queculmina en un Tribunal Superior y se integra con Cámaras de Apelaciones yJuzgados de Primera Instancia. Esta modalidad es mantenida en los fuerosorganizados con sistema de juicio escrito, como es el caso del Fuero Civil),Comercial de la Provincia de Córdoba.

Fuero Civil r Comercial de la Ciudad de Córdoba

Tribunalsweüordelada

11 FiscGa tle Cimas B Cámara Jede Apnacimes en io ApelacionesCy C. en bC.yCr•I

2 Fiscalías Civiles y 7 Mesadas ' ,]dm n y C. +'- rnz¢ados S loados C.I.Comerciales. Levadas lop.nnnadm `

c dapec ali

oiFi

es) cspeclal i ndas) ea coca .ea rSaciad.)

Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial

39

Análisis del gráfico

1. Juzgados de Primera Instancia (are. 35 L.O.P.J.)

Son tribunales unipersonales y constituyen la primera instancia jurisdiccio-nal en el fuero civil y comercial.Cabe destacar que el Tribunal Superior deJusticia de la Provincia, mediante acuerdo, adjudicó competencia exclusiva enmateria de concursos y cuestiones sobre sociedades civiles y comerciales aocho juzgados civiles y comerciales de la ciudad de Córdoba y en grado deapelación a las Cámaras de Segunda y Tercera Nominación de la PrimeraCircunscripción. Asimismo, mediante la ley 9024 (B.O., 25/6/02) se crearonlos tribunales con competencia excluyente en lo fiscal y se reglamentó unprocedimiento especial para el cobro de tributos (posteriormente se introduje-ron reformas mediante las leyes 9118, 9201, 9225 y 9268).

En la ciudad de Córdoba, los tribunales con competencia fiscal son elJuzgado de 21' y de 25' Nominación en lo Civil y Comercial I ' l .

:. ''k)En síntesis:

a) Juzgados Civiles y Comerciales no especializados (cantidad: 42)

b) Juzgados Civiles y Comerciales especializadas::

- Concursos y Sociedades (cantidad: 8)Ejecuciones Fiscales (cantidad: 2)

2. Cámaras de Apelaciones (arrs. 16 y 19 L.O.P.J)

La Cámaras de Apelaciones Civiles y Comerciales son tribunales de se-gunda instancia y se componen de tres miembros cada una. Conocen y deci-den de los recursos ordinarios de apelación deducidos por las partes en contra

Gráficamente...

(e) Mediante ley 9532 (B.O.C. 2]110/2008) se croó en la ciudad de Córdobá laCámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de 9 ' Nominación, la que no ha sido puestaen funcionamiento hura la fecha de publicación del presente libro. (3) Para ampliar esta información, consultar el"Módulo sobre Juzgados Fiscales" de la

presente obra.

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Lineamientos Prácticos para el Ejercicio del Derecho

de lo resuelto por un juez de primera instancia. Intervienen ejerciendo un con-trol de legalidad yjusticia de lo decidido por el inferior.

En la ciudad de Córdoba existen actualmente nueve Cámaras de Apela-ciones con competencia en la materia civil y comercial. En las demás circuns-cripciones judiciales de la Provincia de Córdoba intervienen las Cámaras concompetencia múltiple.

3. Tribunal Superior de Justicia (ares. 164 y 165. Cocase Pcia7.; 1 ° y10, L.OP..])

Es el tribunal de jerarquía suprema en la organización judicial provincial.Está integrado por siete miembros. Las causas civiles y comerciales son re-sueltas por medio de su Sala Civil y Comercial, integrada por tres miembros(ej.: recursos contra decisiones de una Cámara) o por el tribunal en pleno(ej.: cuestiones de competencia, art. 11 L.O.P.J.).

Ministerio Público Fiscal (ley 7826)

Este órgano forma parte del Poder Judicial; sin embargo, goza de indepen-dencia orgánica funcional (art. 1° L.O.M P.F.).

La legitimación de la intervención de este órgano en las causasque se tramitan ante el Fuero Civil y Comercial está dada por:- El Código Procesal (ley 8465).- La Constitución Provincial.

(-- La Ley Orgánica del Ministerio Público (ley 7826).- Demás leyes de carácter sustancial y procesal.

Supuestos de actuación del Ministerio Público Fiscal en las causas civilesv concursales

Los fiscales civiles y comerciales actúan:- En los conflictos de competencia.

En las recusaciones con causa.- En los beneficios de litigar sin gastos

Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial

41

--.Acto3ejuFj dkci

vóIiirii ra(ej.sumañarntormactónderectthce-ción de partidas, modificación o cambio de nombre, ausencias simple o conpresunción de fallecimiento. ausencias forzadas).

-Además, conocen y emiten opinión en los juicios universales: sucesoriosy concursales.

El fiscal civil por los arte. 179 y 258 de la ley 20.522 (Ley de Concursosy Quiebras):

- Representa al sindico cuando no existan fondos suficientes y se debenincautar bienes en otra jurisdicción.

- El fiscal de Cámara Civil interviene en caso de impugnación de la senten-

í cia de verificación en todos los casos el que el síndico sea parte (art. 272 ib.).- En todos los casos de impu gnación de acuerdo homologatorio (art. 5i ib.).

5. Ministerio Público Papilar (7ev :982)

El asesor letrado en lo Civil y Comercial tiene las siguientes funciones:- De acuerdo con lo establecido en el art. 59 C.C. (representación

promiscua y complementaria de menores e incapaces), debe interveniren toda cuestión en la que está en juego la persona o los bienes del incapaz.Su función es de asistencia y control, la omisión de su intervenciónproduce la nulidad de las actuaciones.

- En el proceso civil cumple, además, la función de dejeusa de lospobres p ca enciadas en los términos de la ley de asistencia jurídica gra-tuita (ley 7982), en cuyo caso ejerce el patrocinio letrado (brinda asesora-miento jurídico y esgrime la defensa técnica que requiera la causa).

- Ejerce la función de representar a ausentes o personas Melenas ode domicilio desconocido que hayan sido citadas previamente por edictos.

IV. Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial; aspectosprácticos

lP:a Ejercicio de la función jurisdiccional

En el ejercicio de la función jurisdiccional, el tribunal ejerce actividadesdenominadas de instrucción, ordenacióiny decisión; ellas se desenvuelven dentro

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42

Lineamientos Prácticos para el Ejercicio del Derecho

Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial

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de un régimen de autonomía funcional, que constituye uno de os soportes dela garantía de imparcialidad.

Las facultades instrlatorias se otorgan a los jueces con el fin de facilitarsu tarea tendiente a esclarecer la verdad sobre los hechos y ella puede sóloejercitarse en la medida que no se quiebre la igualdad de las partes.

Las facultades ordenotorias se ejercen a lo largo del juicio y se manifiestanpor el proveimiento que efectúan los tribunales a las peticiones de las partes o alas necesidades en el trámite o, en casos excepcionales, oficiosamente.

La función decisorio se realiza por medio del dictado de decretos, autos ysentencias. Esta última, constituye el acto jurisdiccional por excelencia y con-densa el poder-deber del juez de resolver en forma definitiva sobre las preten-siones esgrimidas por las partes.

Además, se le conceden facultades para corregir errares materiales.aclarar conceptos oscuros o suplir cualquier omisión que hubieren incurrido ensu sentencia y pueden requerir, en cualquier momento, la comparecencia per-sonal de las partes para intentar una conciliación. También se les otorga a losjueces facultades disciplinarias que pueden ejercer a lo largo del trámite yque se manifiestan con la imposición de multas u otras sanciones a los litigantesque violenten las reglas de la lealtad y buena fe procesal.

/P:b. Organización Interna del Juzgado

El desempe go de la hinciónjurisdiccional por parte del juez exige la realiza-ción de numerosos actos materiales y actividad ordenatoria judicial que es desa-rollada por el personal que se encuentra bajo las órdenes directas del juez I J".

Juez de Primera lanancia (art. 36 L.O.P1.)

Secretario (are 73 L.O. PJJ

Prosecrelarios Cerrados (art. 79 L.O. Pi.)

Asistenta de Juez

Empleados del tribunal

(4) DIA L , Clemente A., fn.vinmiones dederecho procesal, A be led o-Perrm, Bs.As.,1968, p.436.

- Los Secretarios son los jefes de oficina, por lo tanto su función esintervenir con el tribunal en el despacho de las causas, colaborar con el juez engeneral y vigilar que los empleados cumplan con sus tareas y demás deberesque el cargo impone. Además su función es la de ser fedatarios y por talmotivo, la ley les pone a su cargo la obligación de llevar los libros reglamenta-rios y conservar bajo su custodia los bienes, expedientes y documentos de laoficina, entregarlos previa constancia, a las personas que la ley autorice yprotocolizar los autos y sentencias. Llevan el control del movimiento de fon-dos depositados en cada juicio y suscriben bajo su responsabilidad, juntamentecon el Juez, las órdenes de pago respectivas, vigilan el cumplimiento de lasleyes fiscales y previsionales, remiten al archivo los expedientes, documentosy libros en las épocas y modos previstos en los reglamentos respectivos yrealizan toda otra función que le asignen las leyes y las acordadas del TribunalSuperior de Justicia (art. 76 L.O.P.J.).

- Los Prosecretarios Letrados son los colaboradores directos del Se-cretario. Desempeñan las tareas que éste les encomiende; cumplen las fun-ciones asignadas al sécretario cuando lo reemplazan; llevan estadísticas ymantienen actualizados los ficheros de jurisprudencia; firmancédulas de noti-ficación, citaciones, oficios, cargos de escritos y realizan cualquier otra fun-ción que les asignen las leyes y las acordadas del Tribunal Superior de Justicia(art. 81 L.O.P.J.).

-

El asistente de juez cumple tareas de relator. Asiste al juez en elestudio de las causas sometidas a su conocimiento y recopilan jurisprudencia.

- Los empleados del tribunal atienden la barandilla y colaboran conlas tareas de la Secretaria.

V. Libros reglamentarios

En cada juzgado existen:- Los Libros de Entrada (actualmente en desuso por la implementación del

S.A.C.) donde se registraba la fecha de iniciación de los expedientes y

- Los Libros de Préstamos (también en desuso), cuya finalidad era dejarconstancia de las fechas de retiro y devolución de los expedientes, como asítambién el objeto del préstamo.

Actualmente, existe en cada juzgado un Libro de Fianzas donde se asien-tan las fianzas personales que los letrados prestan para asegurar determina-

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ap

Lineamientos Prácticos para el Ejercicio del Derecho

Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial

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das obligaciones (ej.: firma de fianzas para trabar embargos, para solicitarmedidas cautelares, para ejecutar la sentencia antes de que quede firme, etc.).

VI. Trámite procesal: paso a paso

El proceso civil y comercial se inicia con la demanda (art. 175 C.P.C.C.) ytermina con la sentencia, pero entre este acto procesal inicial .y la decisiónfinal, se cumplen otros actos previstos en tiempoy forma en el Código Proce-sal Civil y Comercial de Córdoba (ley 8465 y modificatorias).

En el presente módulo tomaremos como modelo de análisis al procedi-miento declarativo ordinario, que tiene como objeto una pretensión inicial-mente incierta tendiente a lograr que el tribunal que entiende en la causaconozca el fondo del problema, reciba la prueba y dicte sentencia de mérito,decidiendo en forma definitiva la cuestión. Este juicio consta de cuatro etapasesenciales:

1. Introductoria (demanda y contestación).2. Probatoria.3. Discusoria (alegatos).4. Decisoria (sentencia).

Además, pueden presentarse otras etapas, denominadas eventuales, quepueden o no realizarse. Ellas son:

1. Medidas preparatorias (mt. 485 C.P.C.C.)._. Medidas cautelares (arts. 466 C.P.C.C. y 231 C.C.).

Impugnativa (art. 354 y ss. C.P.C.C.).-1. De ejecución de sentencia (art. 801 y as. C.P.C.C.).

Consultar en el Anexo los modelos de los escritos judiciales más trascen-dentes correspondientes a cada una de las mencionadas etapas del proceso 1 ' r .

Se explicará a continuación la dinámica del procedimiento civil y comercial:En la práctica, el expediente se inicia en la Mesa de Entradas General

donde se le asigna un número en el Sistema de Administración de Causas(S.A.C.) y se le pone el cargo. Este trámite que señala la fecha, la hora ydemás condiciones de la presentación (constancia de copias, documentos, etc.)es importante porque produce la interrupción del plazo de prescripción, porinterposición de la demanda" r.

'A continuación, se remite el expediente al Juzgado de Primera Instancia

en lo Civil y Comercial, donde se sustanciará el juicio.

VI. oil. DemandaLa demanda consiste en el acto procesal mediante el cual eljusticiable Duro-

duce ante el órgano jurisdiccional una pretensión concreta de actividad r"'.La interposición de la demanda es un acto procesal de gran importancia

por cuanto, por regla general, a través de ella el actor fija su pretensión para elcaso concreto. Decimos por regla general, porque existen situaciones espe-ciales en virtud de las cuales, se produce la ampliación, morigeración o even-tualmente la introducción de hechos nuevos que moderan tal aserto.

Su trascendencia radica en que junto ala contestación provocan la trabade la (iris y conforman de esta manera el thenia decidendwn, es decir, delimi-tan toda la plataforma fáctica sobre la que versará la consecuente actividadprocesal de las partes: así, se deberán ofrecer y producir prueba que seapertinente a los hechos controvertidos, alegar respecto de ellos y, por su parte,el tribunal resolverá la cuestión litigiosa en los ténninos de la traba de la (iris.por imperativo del principio de congruencia'''.

1"L a.2. Requisaos de admisibilidad de la demandaEl Código Procesal Civil y Comercial detalla minuciosamente la estructu-

ra formal de este acto procesal, hecho que no aparece en otros actos que

(') Los modelos de las escritos judiciales del presente módulo fueron aportados por la Ab.Andrea María Maine.

(5) Para una mayor información, consultar el "Módulo sobre Mese de Entrada".(6) Cena, Carlo, La demanda civil, Lee, Le Plata, Bs.As., 1977.

(7) Fr rna DE De Le ROA, Angelina y Gotaü.sz de la Veo, az Ove. Cristina, CódigoProcesal Civil v Comercial de la Provincia de Córdoba Ley 8465, Comentado y concordadocon los Códigos de la Nación y provinciales, La Ley, Bs. As., 1999, t.1, p. 280.

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Lineamientos Prácticos para el Ejercicio del Derecho

Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial

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también regula. La razón radica en la importancia de la interposición de lademanda, explicada precedentemente.

La demanda debe interponerse por escrito y expresar los datos del de-mandante (nombre, domicilio real, edad y estado civil; tipo y número de docu-mento de identidad) y del demandado (nombre y domicilio), la cosa que sedemanda designada con exactitud (si se reclamase el pago de una suma dedinero, deberá establecerse el importe pretendido, cuando ello fuese posible,inclusive respecto de aquellas obligaciones cuyo monto depende del prudentearbitrio judicial), los hechos y el derecho en que se funde la acción y la peti-ción en términos claros y precisos (art. 175 C.P.C.C.) (consultar en el Anexolos modelos "A" y "B" de demandas ejecutiva y ordinaria, respectivamente).

El tribunal realiza un control de admisibilidad de oficio (art. 176 C.P.C.C.)y cita al demandado para que comparezca a estar a derecho, luego decretatraslado al demandado para contestar la demanda en el término de diez días(art. 493 C.P.C.C.).

VLa.3. Efectos de la dentando

La demanda produce efectos sustanciales y efectos procesales que debenser diferenciadas:

Efectos sustanciales:1. Interrupción de la prescripción por demanda (art. 3956 C.C.),

sea defectuosa, o presentada ante juez incompetente, o aunque el deman-dante no haya tenido capacidad legal para presentarse en juicio. La lecsustancial (Código Civil) contiene normas de carácter formal como ésta.porque lo que importa es que quede clara la voluntad del actor de que nomuera su derecho y que reclama la satisfacción de su pretensión. 1

2. En los supuestos de inexistencia de mora altowótica en los temanos del art.509 C.C., la notificación de la demanda opera el comienzo delcómputo del plazo de los intereses.Ademis, esa notificación de la demandacoloca al demandado en situación de extraneidad ala buena fe, porque si yase le reclama la restitución de la cosa, una vez que es anoticiado de lademanda no puede argüir buena fe en la posesión de la cosa y tendrá mayo-res recargos en su obligación de restituirla, ya sea con relación a los frutos,ya sea con. relación a los productos.

3. Impide la extinción de derechos cuyo ejercicio se encuentra so-metido a plenas de caducidad como la acción de impugnación de pateanidad del marido (art. 259 C.C.).

4. En el caso de las obligaciones alternativas en las que la elecciónquedó a cargo del acreedor, la interposición de la demanda extingue la po-sibilidad de opción del actor (art. 641 C.C.).

Efectos procesales:_1. Agotamiento para el actor de la posibilidad de recusar al juez

sin expresión de causa, por ser esta la primera oportunidad y si presentó

demanda y no recusó, se agotó esa oportunidad, pero se le abre nuevamen-te cuando se dicte el decreto de autos y corre el plazo dei días para que eldecreto quede firme.

2. Fija para el actor la competencia del tribunal, sin perjuicio de la

actitud que posteriormente tome el demandado, y pone al tribunal en la

carga de proveer a esa demanda.

3. Produce la aperim'o de la instancia, colocando sobre el actor la g.,

carga procesal de instar el desarrollo del proceso para evitar ser pasible deuna eventual perención de instancia peticionada por el demandado.

b. Contestación de la demanda (consultar en el Anexo los modelos"C", "O" y "E" correspondientes a los escritos de comparendo, de contesta-ción de demanda y de declinación de citación en garantía, respectivamente)

La contestación deberá referirse a cada uno de los hechos que han sidoexpuestos en la demanda. ya sea reconociéndolos o negándolos. También esla oportunidad para oponer excepciones dilatorias o interponer recon-

vención.En el Cuadro N° 1 se enuncian las distintas actitudes que puede asumir el

demandado en un proceso civil y comercial y se las compara con las quepuede asumir un imputado en un proceso penal. En el Cuadro N° 2 se analizancada une de los supuestos descriptos en el Cuadro N° 1, referidos al proceso

civil y comercial.

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J8

Lineamientos Prácticos para el Ejercicio del Derecho

Juzgados de Primera Instancia en la Civil y Comercial

J9

Cuadro N" 1 181

Cuadro N° 2

Actitudes que puede asa mir Demandado civil Imputado o sindicado penal

1) abstención No comparecer

- Rebeldía

El silencia del imputado ea.recedeefecto

Comparecer

- No contesta la

Demanda

2) sumisión Sesometeala pretensión delamor.

Puede darse:

-Allanamiento

-Confesion

-Reconocimiento

1 Can lesión

3lcantmdicción Tipos

- Oposición -Oposición: Simple negativa

-Excepción -Excepcidn:

5<mido-Amplie Símil civil

- Estricto

Afirman un hecho:

Difiere Aun condenado porsentencia

firme;

puedeexcepcionar afirmando laexistencia de

in)

hechoI -NNIodlficativo

-impeditivo

-Extintivo

extintivo de la pena

.1l reconvención

[ Contra demanda

(8) Los cuadros N^ 1y 2 fueron aportados por las Ab. :decida A. Capellino y LucianaSpila Montoto.

Demand adn eom pe rece

No contesta demanda

Demandado

N. comparece

Presunción

Art. 192 C.P.C.C.

Are 356 inc. 1 C.P.C.N.

Declaración

Supuestos

Art. 110 C.P.C.C.

rectos

.ABSTENCION CIVIL

- Notificación (art. 1111

-Prueba

-Ejecución len. 1lb)

Por decreto, a petición departe. SALVO

-ART. 509 del C.P.C.C.

- ART_ 755 del C.P.C.C.

Juicio ej ec ti Ii1N-Sea 1.

-I ente:-muerte

-incapacidad

-renuncia

De apoderado, el poderdaneno comparece

-Frene a la revocación delpoder: no comparece par sio apoderado.

- no comparece

-comparece pero no consti-tuyedomicilio

Page 19: Lineamientos Prácticos para el ejercicio del derecho

Juzgados de Primera Instancia en le Civil y Comercial

5150

Lineamientos Prácticos para el Ejercicio del Derecho

SUMISION CIVIL

Allanamiento -Reconocimiento de los hechos y el derecho

- An. 352 del C.P.C.C.

- Naturaleza jurídica: Acto volitivo y específicamentejuridico procesal

- Caracteres: - Recae sobre derechos disponibles-Puro y simple-Expreso o tácito-Total o parcial-Real-Oportuno

-Efectos:

-Eliminacióncontroversia

-Si se realiza sobre derechos nodisponibles: Indicio

Confesión - Admite los hechos, pero no el derecho-Cuestión de puro derecho-No apertura a prueba

Reconocimiento -Admite e!derecho, no el hecho

CONTRAOICCION CIVIL

Oposición -SIMPLE NEGATIVA (negar la exismi¢ia fáctico r ciencaadmm ientoj urídico)

Excepción SENTIDO: -amplio-esfriuo

Remisión al cuadro sobre su chuilicocien que se incluyea continuación.

CLASIRCACION DE EXCEPCIONES

S/Contenido SustancialesProcesales

S/EfectosPERENTORIAS O PERPE-TUASVersan sobre el derecho ale

godo

-Cosajuzgada-Transacción-Falta de ación-Prescripción-Pago, etc.

DILATORIAS 0 TEMPO-RALCS

Versan sobre el proceso (pie.supuestos procesales)-attlBJdeIC.P.OGQaxativo)

-incompetencia-falta de personería (difierede la falta de acción)puede ser:

a. falla de capacidadpara estar en juicio

b. defecto de flan-doto (ausenciade poder, ins-trumento defectuoso, poderinsuficiente)

-Ihispendencia-defecto legalarraigo (an. 1851

MIXTAS - Procedimenmbncme vo-mitan como dilatorias.- Si prosperan tienen losefectos de las permitidas

Page 20: Lineamientos Prácticos para el ejercicio del derecho

52

Lineamlenlos Prácticos para el Ejercicio del Derecho

Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial

53

RECONVENCION

FUNDAMENTO - ECONOMIA PROCESAL- SEGURIDAD JURIDICA

PRESUPUESTOS DEADMISIBILIDAD

- PRESUPUESTOS PROCESALES- EJERCICIO DE UN INTERES PROPIO (NO AJENO)- DEBE EXISTIR UN JUICIO PENDIENTE- COMPETENCIA- IDENTIDAD DE TRAMITE- CONEXtDAD O NEXO DE 09TERDEPENDENCIA

SUJETOScontra

-ACTOR.TERCEROS

PROCESOS -ADMISIBLE: Declarativos Generales (ordinario. rhrvia-Jo)- INADMISIBLE:DesalojoUsucapión

EFECTOS Ejecutivo- AMPLIA LA LITIS- DEbLANDADO: Actor de la reconvencián- ACTOR: Demandado de la reconvención. INTERRUMPE LA PRESCRIPCIONDEMAS EFECTOS SUSTANCIALES Y PROCESALESQUE PRODUCE LA DEMANDA

Con estos actos procesales se cierra el momento inlroductorio de las cuestio-nes,quedando delimitado el 'Lema decir/enchile o plataforma fáctico del juicio.

VI c. Etapa probatoria

La etapa probatoria se inicia con el decreto que ordena la aperlu a a prue-ba de la causa por el término de cuarenta días, según lo dispone el art. 498C.P.C.C. El juez podrá designar otro menor y que se prorrogará a solicitud departe hasta completar aquél, sin necesidad de causa justificada. Para casosespeciales se prevé un periodo extraordinario de prueba (art. 499 C.P.C.C.).

Las partes deben arrimar al tribunal los elementos probatorios que acredi-ten sus pretensiones (consultar en el Anexo el modelo "F" de ofrecimiento depruebas).

Se puede ofrecer prueba: confesional, documental, pericial, testimonial. ins-pección ocular, presuncional e informativa. Este momento se resume en re-cepción de audiencias, notificaciones, peritajes, inspecciones oculares,diligenciamiento de oficios, etc. y participan todos los sujetos procesales y enespecial, testigos, peritos, etc.

Cabe agregar que el expediente es puesto "a despacho" cuando los abo-gados presentan peticiones y el tribunal debe proveerlas. Se corren los trasla-dos en los términos previstos en la ley 8465 y el letrado puede retirar el expe-diente para evacuarlos (consultar en el Anexo el modelo "G" correspondienteal escrito donde se evacua traslado).

P'Ld. Etapa discusoria

Vencido el período probatorio, el tribunal corre traslado por seis días a laspartes para que aleguen de bien probado (art. 505 C.P.C.C.).

Los alegntns son escritos que tienen la finalidad de proporcionar al juezargumentaciones favorables al fundamento de las respectivas pretensiones.discusión crítica de la prueba, incorporación de elementos doctrinarios yjurisprudenciales útiles para fundar una sentencia que les sea favorable (con-sultar en el Anexo el modelo "PI" de alegatos). Se reservan en Secretariahasta que se ordene el llamamiento de autos para dictar sentencia definitiva.

i t e. !Jupa decisorio

La última etapa esencial del proceso es la decisorio, que se inicia con eldecreto de autos dictado por el tribunal para definitiva (consultar en el A nexoel modelo "1" correspondiente al escrito de solicitud de decreto de amos) yconcluye con la sentencia (am. 121. inc. 3 y 506 C.P.C.C.).

El juez en la sentencia tija las cuestiones fácticas y las subsume en elderecho positivo vigente. La sentencia debe responder al principio de con-gruencia (art. 330 C.RC.C.), lo que significa que se resolverá conforme a loshechos fijados en los escritos de la etapa introductoria. Además, debe conte-ner decisión expresa sobre cada uno de los puntos sometidos a decisión deljuez (arts. 327 y 328 C.P.C.C.), fundamentación lógica y legal (art. 155 Const.Nidal.) y una estructura determinada (art. 329 C.P.C.C).

Page 21: Lineamientos Prácticos para el ejercicio del derecho

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Lineamientos Prácticos para el Ejercicio del Derecha

Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial

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VLf. Etapa impugnativa

La etapa impugnativa tendrá lugar cuando alguna de las partes o ambas sesientan perjudicadas por lo resuelto en la sentencia, interponiendo recursosordinarios o extraordinarios ante la instancia pertinente "'.

ag. Etapa de ejecución de sentencia

En todos los casos, si dictada la sentencia el condenado no la cumplevoluntariamente, la parte interesada puede solicitar su ejecución 001 (consulraren el Anexo los modelos "1", "K" y "L" correspondientes a los escritos desolicitud de ejecución de sentencia, planilla de liquidación y solicitud de libra-miento de orden de pago, respectivamente).

P7.h. Aclaración

Los juicios ordinarios especiales tienen particularidades en su tramita-ción según el fin que persiguen (ej.: división de condominio, desalojo, mensuraetc.).

Los ejecutivos son más concentrados y simplificados (consultar en el Anexolos modelos "M", "N". "Ñ"y "O" correspondientes a la solicitud de certifica-ción de no oposición de excepciones, solicitud de libramiento de oficio de em-bargo. libramiento de oficio de embar go y solicitud de sustinlción de embar go.respectivamente).

(9) Para ampliar la in formación sobre la etapa impugnativa, consultar los módulos sobreOrnara de Apelaciones en lo Civil y Comercial" y sobre el'Tdbunal Superior de Justicia' de

esta obra.(10)Para ampliar la información sobre la etapa de ejecución de sentencia, consultar el

módulo "Subasta Judicial. Sala de Remare" de esta obra.

VII. Mediación (ley 8858)

Vll a. Supuestos

Mediante la ley 8858 (B.O., i4/7/00) se instituyó en todo el ámbito de laProvincia de Córdoba la utilización de la instancia de mediación con carde-lee voluntario, como método no adve. rsarial de resolución de conflictos, cuyoobjeto sea materia disponible por los particulares.

Excepcionalmente será de instancia obligatoria en toda contiendajudicial civil o comercial en los siguientes casos:

a)En contiendas de competencia de los jueces de primera instancia civil ycomercial que deban sustanciarse par el trámite del juicio declarativo abrevia-do y ordinario cuyo monto no supere el equivalente a 204jus (modif. por ley9031 del 3117102).

b) En todas las causas donde se solicite el beneficio de litigar sin gastos;c) Cuando el juez por la naturaleza del asunto, su complejidad, los intere-

ses en juego, estimare conveniente intentar la solución del conflicto por la viade la mediación.

IMPORTANTE...El intento de solución del conflicto por vía de la mediación, realizada en

sede extrajudicial a través de un mediador o Centro de Mediación público oprivado, debidamente acreditado, eximirá a las partes del proceso de media-ción en sede judicial.

OUEDA,Vexcluidas del ámbito de la mediación las siguientes causas:a) Procesos penales por delitos de acción pública, con excepción de las

acciones civiles derivadas del delito y que se tramiten en sede penal.Las causas penates donde se haya instado la constitución de actor civil y

en las cuales el imputado no se encuentre privado de su libertad, podrán sersometidas a mediación en el aspecto civil, una vez vencidos los términos de la

(•) Consultar el texto completo de esta lee y sus moditicaorias en el CD.

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Lineamientos Prácticos para el Ejercicio del Derecho

Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial

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oposición a la constitución del mismo, sin que ello implique la suspensión detérmino alguno;

b)Acciones de divorcio vincular o personal, nulidad matrimonial, filiación,patria potestad, adopción; con excepción de: las cuestiones patrimoniales pro-venientes de éstas, alimentos, tenencia de hijos, régimen de visitas y conexoscon éstas;

c) Procesos de declaración de incapacidad y de rehabilitación;d) Amparo, habeas corpus e interdictos;e) Medidas preparatorias y prueba anticipada;f) Medidas cautelares;g)Juicios sucesorios y voluntarios, con excepción de las cuestiones patri-

moniales derivadas de éstos;II) Concursos y quiebras;i) En general, todas aquellas cuestiones en que esté involucrado el orden

público o que resulten indisponibles para los particulares.

h7I b. Procedimiento

El procedimiento de mediación tendrá carácter confidencial. Las partes,sus abogados, el o los mediadores, los demás profesionales o peritos y todoaquél que intervenga en la mediación, tendrán el deber de contidencialidad, elque ratificarán en la primera audiencia de la mediación mediante la suscrip-ción del compromiso.

No deberán dejarse constancias ni registro alguno de los dichos y opinio-nes de las partes ni podrán éstos ser incorporados como prueba en un procesojudicial posterior. En ningún caso las parles, el o los mediadores, los abogados.los demás profesionales y peritos y todo aquél que haya intervenido en unproceso de mediación, podrán absolver posiciones ni prestar declaración tes-timonial sobre lo expresado en dicha mediación.

Apertura: La apertura del procedimiento de mediación será dispuesta porel tribunal a solicitud de parte si fuere voluntaria o de oficio en los supuestosdescriptos precedentemente.

La instancia de mediación podrá ser requerida por las partes al interponerla demanda o contestarla, o en cualquier oportunidad procesal yen todas lasinstancias.

En los supuestos de instancia obligatoria descriptos en los acápites a) y b),el Juez lo dispondrá de oficio, en la oportunidad procesal que corresponda y enel supuesto del acápites) en la oportunidad de tomar conocimiento de la exis-tencia de los extremos que justifican la mediación.

Acuerdo: De mediar acuerdo, total o parcial, se labrará un acta en la quese dejará constancia de los términos de éste y la retribución del mediador,debiendo ser firmada por todos los intervinientes en el proceso. El mediadordeberá entregar al Centro Judicial de Mediación copia del acta dentro de lostres (3) días de logrado el acuerdo.

Homologación: Cualquiera de las partes puede solicitar la homologa-ción del acuerdo. El tribunal podrá negar la homologación, fundando su reso-lución, cuando el acuerdo afecte a la moral, las buenas costumbres y el ordenpúblico. Esta resolución será recurrible por las partes. Firme la resolución elacuerdo le será devuelto al mediador para que junto con las partes, en unanueva audiencia, subsanen las observaciones u en su caso den por terminadoel proceso.

Ejecución del acuerdo: En caso de incumplimiento del acuerdo homala-gado, podrá ejecutarse por el procedimiento de ejecución de sentencia.

P1a-os: El plazo para la mediación será de hasta sesenta (60) dias hábilesa partir de la primera audiencia. El plazo podrá prorrogarse por acuerdo de laspartes. de lo que deberá dejarse constancia por escrito, con comunicación alCentro Judicial de Mediación y al tribunal actuante.

Acta: Vencido el plazo se dará por terminado el procedimiento de media-ción, debiendo el mediador labrar el acta correspondiente. En todos las casos.de las actas que se labren se entregarán copias a las partes y una tercera parasu archivo en el Centro Judicial de Medición.

Vlli. Clasificación de los procedimientos

En el punto VI del presente módulo se tomó como referencia el procedi-miento declarativo general ordinario, para analizarla actividad procesal des-plegada por las partes y el tribunal en la primera instancia jurisdiccional. Sinembargo, debemos recordar que actualmente -como consecuencia del trans-curso del tiempo y la aparición de nuevas formas de vida, debido a las profun-das transformaciones socio económicas- se crearon nuevas formas procesa-les. En este sentido, nuestro C.P.C.C. regula distintas clases de procedimien-

Page 23: Lineamientos Prácticos para el ejercicio del derecho

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Lineamientos Prácticos para el Ejercicio del Derecho

Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial

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tos, así contempla los declarativos y ejecutivos, los que se distinguen en gene-rales y especiales y, finalmente regula los actos de jurisdicción voluntaria. Aellos se agregan los procedimientos contenidas en las diferentes leyes (ej.: leyde amparo).

Criterios de clasificación de los procedimientos 07

Con la finalidad de facilitar el estudio de cada tipo de procedimiento, secitan a continuación los artículos que los regulan, a cuya lectura remitimos.

a. Contenciosos: (art. 408 C.P.C.C.).a.l. Declarativos:

(I I) FERREMA 02 DE LA RLA, Angdina y Goma-mas de la VEOA Dr Orc, Cristina, derecho

procesal civil. Advocatus, Cha., 1999, p. 17.

a.1.1. Generales:Ordinario (arts. 417, 485 a 506 C.P.C.C.)Abreviado (arts. 418, 507 a 516 C.P.C.C.)

a.1.2. Especiales:Desalojo (arts. 750 a 768 C.P.C.C.)División de condominio (arts. 725 a 727 C.P.C.C.)Mensura y deslinde (arts. 728 a 749 C.P.C.C.)

a.2.Ejecutivos:a.2.1. Generales:

- Juicio ejecutivo (arts. 409, 414, 517 y ss. C.P-C.C.)

a.2.2. Especiales:Ejecución hipotecaria (art. 528 C.P.C.C.)Ejecución prendaria (ley 12.962)Ejecución de sentencia (arts. 801a 827 C.P.C.C.)

a.3.Cautelares: (arts. 456 y as. C.P.C.C.)

b. Actos de jurisdicción voluntaria (arts. 408, 828 a 886 C.P.C.C.).

LY Eficientización de la administración de justicia en el fuero civil ycomercial: modelos estandarizados

Lta. La incuestionable disparidad de criterios judiciales de los diferentestribunales que se percibe en aquellas cuestiones donde la normativa procesalno exige ajustarse a un determinado marco reglado prefijado, ocasiona com-plicaciones y demoras superables mediante la completa utilización de los re-cursos informáticos disponibles en el ámbito del Poder Judicial.

En función de lo que antecede, se estimó conveniente, útil y efectivo que,para la práctica profesional consistente en la elaboración de instrumentos ta-les como: oficios, exhortas, edictos, etc., se utilicen -por letrados y tribunales-preferentemente los "modelos estandarizados" disponibles, que han sido ela-borados a tales fines por el Comité de Usuarios. Los mencionados instrumen-

Ord lnundGe¢nkx

División ddn,Jnm

JlioJ.

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raejurisdicción:mmnnr,

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Gsondo.,.

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Declarativos

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Page 24: Lineamientos Prácticos para el ejercicio del derecho

fid

Lineamientos Prácticas para el Ejercido del Derecho

Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial

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tos, tienen espacios abiertos disponibles, para que sean rellenados ade-cuadamente por los letrados con !os datos específicos y propios a laindividualidad de cada causa.

En virtud de lo expuesto, la Resolución N° 4 del 20 de octubre de 2006,DISPONE:

Art. 1°. Recomendar a los Juzgados Civiles y Comerciales de primerainstancia con sede en Capital la aceptación de la utilización de los modelosestandarizados que se encuentran a disposición de los operadores judicialesen el sitio Oficial en Intemet del Poder Judicial yen el Portal Intranet, a partirdel primero de noviembre del corriente año.

Art. T'. Disponer que el rellenado de los documentos estandarizados es-tará a cargo de los interesados en el cumplimiento de la medida de que setrate, como que, las modificaciones o correcciones que ínterin se disponganpor el Tribunal, estarán a cargo de éstos ejecutarlas.

Art. 3". Invitar a los Sres. Abogados a la utilización de los modelosestandarizados a la hora de la elaboración de instrumentales tales como: ofi-dos. exhortos, edictos, y aquellos otros, que de futuro se incorporen.

En la página web se publican los siguientes modelos estandarizados deoficios y exhortos:

Constatación de remate

Embargo bienes muebles

Embargo sueldo

Exhorto comunicando subasta

Exhorto pidiendo documental

Oficio constatación por abandono (art.767 C.P.C.C.)Oficio desafectación fondos cuenta a la vista

LY.b. En la búsqueda permanente de perfeccionamiento del Sistema deAdministración ' de Causas, es necesario seguir avanzando en el proceso deinformatización a fin de lograr con ello la óptimay completa utilización de losrecursos informáticos del Poder Judicial, tanto por parte de su personal de-

pendiente como de los usuarios externos. Consecuentemente, correspondeprogresar en esta orientación tendiente a simplificar algunos estadios en lostrámites procesales, estandarizando a tales efectos ciertos documentos. Entre

ellos corresponde apuntar a los decretos o proveídos que ataquen etapas

dentro del procedimiento, tomando modelos predefinidos, cuya genera-

ción y modificación estarán a cargo del usuario, con espacios en blanco para

intercalar los datos variables.A tales fines se consideró útil y efectivo proceder a dar comienzo a la carga

de datos informáticos -en el Sistema de Administración de Causas (S.A.C.)-relativos a los decretos o resoluciones de los Juzgados de Primera InstanciaCivil y Comercial de 1', 5', 3 I', 37', 41', 43' y 46' Nominación de la Ciudad deCórdoba, que a estos efectos son considerados "Tribunales Pilotos".

X. Bibliografía

ALSINA, Hugo, Tratado teórico práctico de derecho procesal civil y co-

mercial, 2' ed., Ediar, Bs. As., 1957.

DiAz. Clemente A., Instituciones de derecho procesal, Abeledo-Perrot, Bs.

As., 1968.FERREIRA DE DE LA ROA. Angelina y GONZÁLEZ DE LA VEGA DE GOL, Cristina.

Derecho Procesal Civil, Advocatus, Cha.. 1999.

FERREIRA DE DE LA ROA, Angelina y GONZÁLEZ DE LA VEGA DE OPL. Cristina.

Teoría general de! proceso. Advocatus, Cha_. 2003.

PERREI RA DE os LA Rúa, An gelina y GONZÁLEZ DE LA VEGA DE Om.. Cristina.Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de C'órdabn Ley3465. Comentador concordado con los Códigos de la Nacido r pro-

vinciales, La Ley, Bs. As., 1999, t. 1.

XI. Cuestionario

L ¿Cuáles son los deberes y las facultades de los jueces en el ejercicio de

la función jurisdiccional?2. ¿Cómo está organizado el Fuero Civil y Comercial en Córdoba?

Page 25: Lineamientos Prácticos para el ejercicio del derecho

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Lineamientos prácticos para el Eiercicio del Derecho

3. ¿Quiénes integran un Juzgado de Primera Instancia? Describa la fun-ción de cada uno de sus integrantes.

4. ¿En qué casos intervienen los fiscales civiles y comerciales?S. ¿Cuál es la función del asesor letrado?6. Describa brevemente las etapas esenciales del proceso ordinario.7. Mencione las etapas eventuales del juicio ordinario.8. ¿Cuáles son los requisitos de admisibilidad de la demanda y qué efectos

produce su interposición?

9. ¿Qué clases de procedimientos existen?

t0. Explique en qué raen; procede la mediación como instancia obligatoria.I L ¿En qué supuestos el tribunal puede negarse a homologar el acuerdo

arribado en la mediación?

ANEXO

Incluye:Modelo A - Demanda ejecutivaModelo B - Demanda daños y perjuiciosModelo C-Comparece a estar a derecho - Fija domicilioModelo D - Contesta demandaModelo E - Contesta demanda —Declina citación en garantiaModelo F - Ofrece pruebasMode lo G - Evacua trasladoModelo H -AlegaModelo 1- Solicita se dicte decreto de autosModelo 1-.Acompaña cédula de notificación - Solicita ejecución de sentenciaModelo K - Practica liquidación de capital, intereses y costasModelo L - Solicita libramiento fr orden de pagoModelo bl - Manifiesta - Solicita

. ModeloN Solicita libramiento de o 6cioModelo Ñ-OficioModelo O - Manifiesta - Solicita sustitución de embargoJurisprudencia: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de .PNominación, Auto N° 923,2/11/06, iu re:" Laurita, Rosa Inés y anos e/ GómezMario Gabriel y otros - Ordinario" .

Modelo A- DEiu.oxn Decimos

Señor Juez:_ por derecho propio, con domicilio real en calle ... N°.. .i de esta

ciudad de Córdoba, de ... años de edad, casado, D.N.1. N° ..., constiruyendodomicilio a todos los efectos legales en calle _. N°... de esta ciudad de Córdoba,en estos autos caratulados "... c/ ... - DEMANDA EJECUTIVA". , ante V.S.comparezco y digo:

L Que vengo a iniciar formal demanda ejecutiva en contra del Sr ..., domiciliadoen calle ... N°... de la localidad de Provincia de persiguiendo elcobro de la suma de pesos ... (S... ), con más los intereses legales y gastosocasionados por el juicio.

U. Dicha suma proviene de adeudarme el demandado un pagaré, por la sumadepesos ... (S ... ), con vencimiento el día....

Page 26: Lineamientos Prácticos para el ejercicio del derecho

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Lineamientos Prácticos para el Ejercicio del Derecho

Juzgados de Primera instancia en lo Civil y Comercial

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Hl. Se acompaña dicho título en original y das copias, el primero a los erectos deserreservado en Secretaría, el segundo para incorporarse en autos y el tercero a los finesde devolver autenticado al compareciente.

IV. Se hace saber a S.S. que a pesar de los numerosos reclamosexrrajudicialestendienres al cobro de lo adeudado, los mismos no han arrojado resultadopositivo alguno, lo que me obliga a recurrir a esta vía.

V, Que siendo los titulas de los que Caen aparejada ejecución, según lo dispuestoporel art. 518 inc. 3 del C. de PC. y sus correlativos y concordantes, solicito se mande llevaradelante la ejecución promovida por la suma reclamada, más laque VS, estime en conceptode intereses y costas provisorias a cuyo fin solicito se libre oficio de embargosobre sueldoy/o roda otra remuneración y/o indemnización que perciba el demandado, el cual sedesempeña como... en la empresa individualizado con el D.N.I. N°,.,, por la suma depesos.., (S...), todo en proporción de ley hasta cubrir las mismas.

V I. A los fines del embargo solicitado, se ofrece la fianza personal del Dr quiense ratifica en legal forma en el libro respectivo a fs A los fines de la cautelar, solicitose autorice al mencionado letrado y/o a quien éste designe, para su diligenciamiento.Por todo ello, a V.S. solicito: a) Me ten ga por presentado, por parte y con el domicilioprocesal constituido. b) Por presentada la documentación que se acompaña. c) Cite yemplace al demandado a comparecery estera derecho, a oponer excepciones legitimassi las hubiere, con la debida formalidad yen el término de ley. d) L brese el oficio deembargo solicitado, por la suma reclamada yen la forma mencionada en el punto,

V.Proveer de conformidad,Será justicia,

Modelo B - Drar, vo Data da ) Pea lu i mos

Señor Juez : DNI N" Matricula N"constituyendo domicilio a todos los efectos legales en ante S.S. comparezco

digo:1. Pe rsoneriaQue obro en nombre y representación del Sr data iciliado en _. de ....años de edad, casado. DNI N° según resulta de la canapoder que acompaño.

11.ObjetoQue vengo por este acto a entablar formal demanda en contra del Sr. domiciliado en donde deberá ser citado,persiguiendo el cobro de los daños y perjuicios que más a bajo se describen, queimportan la suma de pesos que se discriminan como sigue:reparación del automóvil, pesos; gastos de curación pesos; pérdidade ganancias durante... meses, esto es desde el hecho y hasta la fecha,

pesos; inmovilización del vehículo por... dias pesos, y daño moral...

III. HechosQue el día aproximadamente a las ...

... horas, mi mandante seencontraba dentro de su automóvil, estacionado correctamente sobre lamano derecha de calle._ de.,., a la altura del N°..., con el motor detenida, a la esperaque su hija saliera del colegio que se encuentra ubicado a unos metros del lugar dondeestaba estacionada.

Que el camión de propiedad del demandado y conducido por el Sr. empleado del primero, avanzando a elevada velocidad impacto con suacoplado, la puerta trasera izquierda del vehículo de mi mandante,

Que se produjeron los siguientes daños al rodado: ... el que debió permanecer detenido para sureparación por el tiempo antes indicado.

Que mi mandantesufrió las siguientes lesiones debiendosometerse a vanas intervenciones quirúrgicas

Que coma consecuencia de ello no ha podido ejercer su profesión de arquitecto,pues al no poder movilizarse por sus propios medios y guardar repuso no pudo atenderlas obligaciones contraídas con anterioridad al infortunio, ni contraer nuevas. Lasganancias liquidas obtenidas durante el Último año ascendieron a un promedio men-sual de pesos, yen base a esa suma se reclama este rubro.

IV.DocumentaciónQue se agrega la siguiente documentación: facturas y recibas de pa go por la

reparación del vehiculo y gastos de curación, certificación del contador público e historia clínica, asé como la cana documento remitida al demandado alos fines de arribar a un acuerdo, titulo del automotory totografias que nmesmmlos deterioros del automóvil de mi mandilete,

V.DerechoQue fundo la presente demanda en las disposiciones del articulo 1113 del Código

Civil, atento que el demandado es responsable en su doble carácter de empleador delconductor del vehículo y de dueño de éste.

VI. Citación en garantíaQue escondo el accionado asegundo ca la Compañia con domicilio

en solicito su citación según el art. 118, ley 17.41 S.VII.PetitumQue por todo lo expuesta a S.S. solicito: 1) Me tenga por presentada, por parte, en

el carácter invocado, con el domicilio constituido, y por acompañada la documentaciónmencionada; 2) Imprima trámite y ordene la citación en garantía; 3) Oportunamente,haga lugar ala demanda, con intereses y costas.

Provea de conformidad.Será justicia.

Page 27: Lineamientos Prácticos para el ejercicio del derecho

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Lineamientos Prácticas para el Elucido del Derecho

Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial

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Modelo C - COMPADECE A ESTAR A DERECHO - FIJA DOMICILIO

Señor Juez: en estos autos cuatu lados ^... U... - ORDINARIO", ante V.S. comparece

y respetuosamente dice:Comparece y fija domicilio legal1. Que viene por el presente a comparecer a estar a derecho ea los mencionados

autos, fijando domicilio a todos los efectos procesales en calle... N°... de la ciudad

de Córdoba.Por lo expuesto a S.S. pide:I) Lo tenga por presentado, por parte y con el domicilio constituido.

Provea de conformidad.Será justicia.

Modelo D - CorrrEStA DEMANDA

Señor Juez: fijando domicilio pan todos los efectos procesales en calle... N°... de esta

ciudad de Córdoba, ante S.S. comparece y respetuosamente dice:Que vengo en tiempo y forma a contestar la demanda que fuera incoada en su

contra, negando desde ya Lodos y cada uno de los dichos de la actora que no sean desu expreso reconocimiento en este responde.

Niego que_. (describir los hechos que niega)Niego que...Solicito que se cite como tercera interesada ala Cia. de Seguros Generales.. con

domicilio en calle... N°. _de la ciudad de Córdoba, en virtud de lo establecido por el art.433 del C.P.C. y C., en razón de que es la aseguradora quien debe responder por el

siniestro ocurrida.Ofrece prueba:Que siendo el momento procesal oportuno viene a ofrecer la prueba que hace a su

derecho, la que consiste en:1) Documental en poder de terceros: Solicita se oficie al Sr. ... con domicilio en

cal le....N°... de la ciudad de Córdoba para que entregue al Tribunal

Por lo expuesto pido a S.S. que rechace la demanda con costas.PalmeePor lo expuesto a S.S. pide:1)Tenga por contestada en tiempo y forma la demanda.

2) Cite a la tercera interesada (Cia. de Seguros Generales

3) Rechace la demanda con cestas.Provea de conformidadSERÁ JUSTICIA

MODELO E - CorrresDE DEMANDA- DECLINA CITACIÓN EN GAIZANTIA

Señor Juez' con el domicilio constituido en calle... N°..., de esta ciudad de Córdoba, en

estos autos caratulados ... U... - ORDINARIO", ante S.S. comparezco y respetuosa-

mente digo:1. Que por la representación que ejerzo en autos en nombre de la Cia. de Seguros

Generales..., conforme al Poder General para pleitos otorgado a mi favor medianteEscritura Pública Número... de fecha.... labrada por el Escribano Público vengo

por el presente, en tiempo y forma, a evacuar el traslado de la demanda, solicitando,desde ya a V.S., por las razones de hecho y derecho que se expresarán seguidamente,su integro y especial rechazo con costas a la parte demandante.

Niego todos y cada uno de los hechos expresados en la demanda, como en elescrito de contestación que no sean motivo de expreso reconocimiento a lo largo delpresente responde.

Niego, asimismo, toda autenticidad y eficacia probatoria que se le pretendieraasignar en el futuro a la totalidad de la documentación acompañada que no sea motivode expreso reconocimiento a lo largo del presente responde.

Pido a V.S. el total rechazo de la demanda en contra de mi mandante con expresaimposición de costas, ya que la misma no responde frente a la actora por ningunacausa atentoque

Ninguna relación vinculaba a la atora ni a la demandada con mi mandan deriva-da de dicha póliza de seguro ni de nin g una ova, razón por la cual se deja declinada todaresponsabilidad en garantía, con la salvedad que tampoco se responde bajo ningúnoro titulo, y se pide a V.S. en virtud de lo expresado, el total rechazo de la demanda encontra de mi instituyente con expresa imposición de costas.

En consecuencia, solicito a S.S. que ten ga por declinada la citación en garantiaprocediendo, oportunamente, al total rechazo de la demanda en contra de la Cia. deSeguros Generales... con expresa imposición de costas.

I I. FOMNLA RESERVA

Se descarta el dictado de una sentencia adversa a las intereses de mi instituyente,por cuanto, en tal hipótesis, se estarían afectando gravemente sus derechos y garan-tías de rango constitucional como lo son los derechos de propiedad, defensa en juicioe igualdad ante la ley; para este hipotético supuesto dejo formulada, desde ya ademásde la reserva de los recursos ordinarios y extraordinarios locales- la reserva del CasoFederal para ocurrir por vía del recurso extraordinario ante la C.S.J.N.

Page 28: Lineamientos Prácticos para el ejercicio del derecho

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Lineamientos Prácticos para el Ejercicio del Derecho

Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial

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III. Pon Lo EXPUESTO V.S. SOLICITO

1. Tenga por evacuado en tiempo y forma el traslada de la demanda en represen-tación de Cia. de Seguros Generales.,..

2. Agréguese la póliza y demás documentación acompañada.3. Tenga presente las reservas formuladas.4. Cona vista del presente a los efectos de que se desista de la citación en garan-

tia de mi mandante, En su defecto, y en virtud de las defensas esgrimidas, dígneseproceder V .S. en su oportunidad al total rechazo de la demanda interpuesta en contrade mi mandante con expresa imposición de costas.

Provea de conformidad.Será justicia.

Modelo F- OFRECE PRUE

Señor Juez: en el carácter de apoderada de la actora, con domicilio procesal constitui-

do en calle... N°... de esta ciudad, en estos autos mandados "...c/... -ORDINARIOante V.S, respetuosamente digo:

1. Siendo la oportunidad procesal oportuna, vengo en tiempo y forma u ofrecerlaprueba que hace al derecho de mi parte:

A. DocuMEvr L:

1. Remito N°..., de fecha..., por medio del cual mi mandante contrata..., de fs.._de autos.

2. Fax enviado por..., de fecha..., de fs.. _de autos.3. Carta documento N"..., de fecha,.., enviada a. ... de fs.... de autos.La documental aquí ofrecida, ya se encuentra acompañada a la causa, desde cl

momento en que se inició la demanda.B. RecomocINIEMO oc nW Le:

Solicito a V.& fije dia y hora de audiencia a los fines del reconocimiento de la linda.por parte de la accionada..., de la documental de fs,.,. de autos.

i. Por todo lo expuesto a V.& pido:1)Tenga por ofrecida en tiempo y fuma la prueba que se expresa.2) Tenga presente y por acompañada la documental enumerada en el punto A del

presente.3) Fije audiencia a los fines del reconocimiento de firma solicitado. Proveer de

conformidad y,Sera justicia

Modelo G - EVACUA TRASLADO

Señor Juez: por la participación que tiene acordada en estos autos caratulados'\.. c/

.ORDINARIO", ratificando el domicilio procesal que fuera oportunamente fijado,respetuosamente comparece y como mejor proceda, dice:

Que viene por el presente a evacuar en tiempo y forma el traslado que le fueraconido de la documental acompañada por la actora en la presente demanda.Que esta parte reconoce la documental cuyas copias se acompañan a fojas....Que las copias de documentales a fs.... y a S no han emanado ni siquiera en

forma parcial de nuestra parte.PE-TUM:I. Tenga por evacuado en tiempo y forma el traslado corrido en los términosexpresados. Proveer de conformidad,Es justicia.

Modelo H- ALEGA

Señor Juez: en el carácter de apoderada de le actora, con domicilio procesal cons-

tituido en calle...

en estos autos caramlados'... c:... - ORDINARIO". ante V.S.

respemnsamente digo.1. Siendo la oportunidad procesal oportuna, vengo en tiempo y forma a evacuarel

traslado de los ale gatos en la presente causa. solicitando desde ya que en base a lasconstancias de autos, acoja la demanda en todos sus términos con costas.

II. Cada una de las manifestaciones realizadas en la demanda por mi mundante,fiteron

debidamente acreditadas.1. Respecto a la demandada:Con la documental de R.... de fecha.... no cuestionada

por la accionada, se probó el contrato celebrado con mi mandante.Con la misma documental se prueba Existe un único contrato agregado a la causa, y es el de fs,,.., que indica que las

partes contratantes fueron ini mandante y la accionada, quien tiene respecto a mi

mandante, una obligación de La conducta de la accionada, se encuentra circunscripta dentro de las previsiones

de los articulen del CC. en su trabajo ", ha expresado: (describir el criterio de la

doctrina

sobre

la

materia

tratada

La Cámara Nacional Civil y Comercial, Sala,.-, Sentencia N° del en la

causa "...vs... con el voto de los magistrados ha expresado al respecto: (des-

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70

lineamientos Prácticos para el Ejercicio del Derecho

Juzgados de Primera Instancia en la Civil y Comercial

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cribe el criterio jurisprudencia) vigente en la temática controvertida)" "Pido que el Tribunal así lo resuelva entonces, haciendo lugar a la demanda,

can costas.2. La demanda también debe proceder en contra de fa aseguradme por estrictaaplicación del art ... de la Ley de Seguros. La norma expresaSi la citada en garantía, no tomando las previsiones mínimas, abonó directamente

al asegurado, omitiendo a la victima del siniestro, esa problemática deberá ser resueltaentre esas partes, pero no con la perjudicada en el contrato.

De las constancias de autos, surge con claridad nítida, que hasta la fecha la únicaperjudicada es mi mandante y de ello doy razones.

La citada en garantía, omitiendo los intereses de la victima del siniestro,

pretende en esta instancia hacer valer el contrato celebrado entre ella y el asegurado;porque dice sin probar los instrumentos privados traídos a juicio, haber abonado

el siniestro al asegurado.Estimo que esta postura debe ser rechazada y una vez dictada sentencia conde-

natoria en contra de los dos accionados, y para el supuesto de que la citada en garantía

abone los rubros reclamados, se deberá colocar en la posición y mismo lugar que mimandante, para perseguir en contra de la asegurada el desembolso realizado; porqueentre ellas existe un contrato, que entre ellas debe ser cumplido, sin arrastrara terceras

ajenos a dicho contrato.La citada en garantia que pretende su liberación ante mi mandante debe ser

condenada.V de esta manera lo ha resuelto la jurisprudencia, ar g umenran-

Es por esas razones, que la demanda tal como ha sido instaurada. en todas sus

partes, debe prosperar, con costas.III. Por todo lo expuesto a V.S. pido que tenga por evacuado el traslado de los

alegatos en tiempo y forma.Proveer de conformidad,Es justicia.

Modelo 1 - SOLICITA SE DICTE DECRETO DE AUTOS

Señor Juez: en el carácter de apoderada de la actora, con domicilio procesal consti-

tuido en calle... N°... de esta ciudad, en estos autos "...cte. - ORDINARIO", ante V .S.respetuosamente digo:

La causa de marras, está en estado de dictar sentencia.En mérito a ello y habiéndose evacuado los alegatos por las partes, solicito que se

agreguen los mismos y se dicte decreto de autos.

Proveer de conformidad,Es justicia.

Modelo J - Aco wuÑA CÉDULA DE NOTIFlCACION - SOLICITA EJECUCIÓN DE SENTENCIA

Señor Juez:., en representación de la actora, con domicilio procesal ya constituido en

calle... N°..., de esta ciudad de Córdoba, en estos autos canalladas: EJECU-TIVO"—(E.xpte. N°.. J... ), ante V.S. comparezco y digo:

Que vengo por la presente a acompañar la cédula de notificación de la sentenciarecaída en estos autos, diligenciada con fecha Que atento lo manifestadoy estando firme la sentencia solicito se inicie su ejecución.

Ofrezco a los fines de la ejecución la fianza personal del Dr_., quien se ratifica a fs.... del libro respectiva. Solicito que oportunamente se regulen mis honorarios de

ejecución de sentencia.

EN SINTESIS A VS. SOLICITO:

I) Se inicie la ejecución de la sentencia.II) Tenga por ofreciday ratificada la fianza de fs. ...Ill) Oportunamente se regulen los honorarios de ejecución.Proveer de conformidad,Será justicia.

Modelo K - PIUCnet LIQUIDACIÓN DU CAPITAL, INTERESES v COSTAS

Señor Juez: en representación de la actora, con domicilio procesal ya constituido en

celle...N°_., de esta ciudad de Córdoba, en estos autos caratulados:"...c/...- EJECUTI-VO" - (Expíe. N°.../...), ante V .S. comparezco y digo:

Atento el estado de autos vengo por la presente a practicar la siguiente liquida-ción, conforme lo dispone el art. 564 del C.P.C. y C.

CAPITAL por... pagaré-del.../.../ S_-T.p.p.0 al día...IV...) S

SUBTOTAL

$

Page 30: Lineamientos Prácticos para el ejercicio del derecho

72

Lineamientos Prácticos para el Ejercicio del Derecho

Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial

73

GASTOS-AporteCaja $

_..-Aporte Tasa de Justicia S

-Gastos acreditadasa fs S

SUBTOTAL

5

HONORARIOS- Reg. al Dr.... — Sont. N. fs con fecha..

-T-0.p Q (al cha .../.J...)

-2%NM. O (aldía.../ 1...)SUBTOTAL

TOTAL S

Asciende la presente planilla a la suma de pesos... (S.

POR LO EXPUESTO, A V.S. SOLICITO'.

1)Tenga por presentada la liquidación pertinente.

2) Se apruebe en todas sus partes.Proveer de conformidad,Será justicia.

(Modelo L-Souavt LIORnMIENTO DE ORDEN DE PAGO

Córdoba,... de...de... - Comparece el Dr. ... y manifiesta: Que atento existir fondos

depositados para estos autos por lasuma de pesos conforme lo informado por

el Banco a fs.._, a V.S. solicita se libre orden de pago a su favor por dicha suma.

imputándose del siguiente modo: S -en concepto de honorarios de ejecución de

sentencia y el saldo de 9 - a cuenta de intereses. Doy fe.

Modelo M - M+Ntrtescs - SOUarf.a

Señor Juez: en representación de la actora, con el domicilio procesal ya constituido en

calle ... N°..., de esta ciudad de Córdoba, en estos autos cm-andados: _c/...- EJECU-

TIVO" (Expíe. N° .../...1 ante V.S. digo:Que vengo por la presente a manifestar que habiendo vencido el término por el

cual se citó de remate y comparendo al demandado, conforme a la cedilla de fs, ... yatento a que no ha opuesto excepciones legitimas al progreso de la acción, ni hacomparecido a estar a derecho, solicito se lo declare rebelde en la sentencia y secertifique por Secretaria la no oposición de excepciones por parte del demandado enlos presentes autos.

Par ello, a V.S. solicito:1) Declare rebelde al demandado en sentencia.II) Se certifique por Secretaria la no oposición de excepciones por parte del de-

mandado en los presentes autos.Proveer de conformidad,Será justicia.

Modelo N- SOLICITA LIBRAMIENTO DE OFICIO

Córdoba.... de... de... -Comparece el Dr.... y manifiesta: Que atento haber ratifica-do la fianza ofrecida a fs.... del libro respectivo, se peticiona libre el oficio solicitado afs. ... de autos. Doy fe.

Modelo Ñ -Onza

Córdoba, de.... de_.Señor

SDSe hace saber a Ud. que en los autos caratulados -...c: _.- EJECUTIVO - (Repte.

N" H. que se tramitan por ante este Tribunal de ,. , Nominación en lo Civil y Comer-cial. Secretaría a cargo de la autorizante, se ha resuelto librar a Ud. el presente a losfines de que. previos los tramites y formalidades de ley proceda a practicar el embargoordenado en autos sobre el sueldo y todo remuneratorio que perciba el demanda-rlo D.N.1. N. ._, hasta cubrir la suma de pesos ($....). en laproporción de ley y previa la deducción de los descuentos obligatorios.

Los montos así embargados, deberán ser depositados en el Banco Provincia deCórdoba - Sucursal Tribunales a la orden de esta Secretaria, y para estos autos.

Diligenciado que sea el presente, para lo cual se encuentra facultado el Dr...,Matricula N°..., y/o quien este indique, se servirá devolverlo con todo lo actuado, porigual vio de recepción.

Dios guarde a Ud.

Page 31: Lineamientos Prácticos para el ejercicio del derecho

74

Lineamientos Prácticosparael Ejercicio del Derecho

Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial

75

Modelo O - MANIFIESTA -SOLICITA SUSTITUCIÓN nE Emneaco

Señor Juez: en representación de la actora, con el domicilio procesal ya constituido en

calle... Sr..., de esta ciudad de Córdoba, en estos autos caratulados:"...d..: EJECU-TIVO"-(Espíe. N°.../.. J, ante V.S. digo:

Que conforme surge de autos, antela negativa de a recibir el oficio deembargo sobre sueldo debidamente diligenciado, a V.S. solicito a fm de resguardar elcobro de mis acreencias y sin perjuicio de continuar centra la empresa incumplidora lasacciones pertinentes, la sustitución del embargo solicitado, por el de los bienes mueblespropiedad del demandado que se encuentren en el domicilio del mismo sito encalle N°_. de la localidad de Provincia de Córdoba, porla sumade pesos

(S ....Proveer de conformidad,Será justicia.

Jurisprudencia

Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de -V Nominación, Auto N"523, 2( 11/06, in re: "Laurita, Rosa Inés y otros cl Gómez, Mario Gabriel y otros- Ordinario".

Tema: Competencia territorial del juez de primera instancia en lo civil y comercial.Pedido de remisión al juez del lugar del lecho. Admisibilidad de la competencia.

Sumario:1.Son caracteres de la competencia la improrrogabilidad e indelegabilidad, aun-

que admiten excepciones que vienen a confirmar la regla. La primera cuestión es la quese trae a esta instancia y que se vincula a las condiciones temporales y locativas delejercicio de la prórroga.

2. En ciertos casos, en atención al interés de las partes (económico y dedefensa)es que el legislador acuerda ciertas dosis de disponibilidad sobre el punto,permitiendo la prórroga; en cuyo caso, se dice que la competencia es relativa oprorrogable. Y tal sucede con la atribución de competencia, en razón del territorio,que hace al domicilio de las partes, al lugar en que debe cumplirse la obligación, ala ubicación de la cosa, etc..

3. Esta particularidad se emparenta con el principio de la perpetuado

inrisdictionis, que se define en que "la competencia del juez después de iniciada lacausa queda insensible a cualquier cambia sobrevenido de las circunstancias que lahayan determinado".

J. La providencia cuestionada que rechaza la solicitud de la actora, de dectaracióndeincompetencia, luce ajustada a derecho, ya que aún no se habla producido la oportunidadpara que el tribunal se pronuncie sobre su propia competencia.

5.En atención al sentido teleológico a que responde la relativización de la compe-tencia territorial (idea de economía procesal) e interés de los demandados, compartidopor el actor, quien se aviene al planteo, consideramos que debe atenderse a/mismo, envirtud del interés de ambas partes, que se identifica con el querido parla Myformal:Juez del lugar del hecho.

6.Si el demandado ha insinuado claramente cuál es su interés, esto es, no prono.gar la competencia y discutir sobre la misma, exigiendo que la causa se radique por anteel juez del lugar del hecho, no cabe postergar lo cuestión, desde que el actor tambiéncoincide sobre el punto.

7.Es real que el apelante se ha precipitado en formular el planteo, pero igualsucederespecto del actor. De lo que se sigue, que la solución que concilia al interés de laspartes contrarias, és la que impone receptar la petición -a modo de convenciónespecial- y remitir la cuestión al Juez con competencia en lo Civil y Comercial, de laciudad de Río Segundo.

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MODULO 6

TRIBUNALES DE FAMILIA

Lucimw COSOS

Page 33: Lineamientos Prácticos para el ejercicio del derecho

L Presentación del tema

"En el Derecho de Familia el rol del juez es fundamental ya que nopuede adoptar una postura de simple espectador Es su función intentarrestablecer el equilibrio roto y afianzar el núcleo familiar..." (Ferreyra dede la Rúa - Bertoldi de Fourcade - De Votan) 11I

U. Introducción

La justicia de familia es el instrumento que ha de procurar destrabar elconflicto familiar. Su misión es pacificar el enfrentamiento, clarificar las posi-ciones de las partes y ordenar conductas a partir de la fijación de ciertospuntos.

Para resolver con mayor justicia y eficacia los conflictos familiares, setorna indispensable contar con tribunales especializados en esta disciplina ycon un procedimiento específico.

Por ello, en la Provincia de Córdoba en 1988 se sancionaron las leyes7675 y 7676 que regúlan la creación y funcionamiento, respectivamente, delos tribunales especiales dedicados al tratamiento de la problemática familiar.

Los caracteres de estos órganos jurisdiccionales son los siguientes:- Ere/veleidad: la cantidad y complejidad de las causas que se someten al

fuero, requiere que los tribunales custodien la exclusividad de su competencia

(I) Fomente oe DE u Rún, Angelina; Denoten ne FDUecmE, hlaria V. y DE Vouza,Martin, "Procedimiento de familia y medidas camelares. Terapia bajo mandato y medidas deproteccidn', Sem. len, año XVIII, N° 999, Cha., 25 de agosto de 1994, ps. 178/182.

Page 34: Lineamientos Prácticos para el ejercicio del derecho

I52

Lineamientos Prácticos para el Ejercicio del Derecho

Tribunales de Familia

153

material. Ello supone que permanezcan en él los asuntos personales derivados delas relaciones familiaresy que se excluyan aquéllos de puro contenido patrimonial.

- Exnnpatrinronialidad: la competencia de los tribunales de familia debeser exclusivamente extrapatrimonial. Las características particulares del con-flicto familiar, su contenido fundamentalmente afectivo y la naturaleza intimade las cuestiones debatidas, no admiten su consideración simultánea con cues-tiones referidas a lo pecuniario. Excepcionalmente, los tribunales de familiatendrán competencia en lo patrimonial, cuando este aspecto no pueda escindirsede la relación familiar (por ejemplo, cuando se trata de la reclamación dealimentos -consultar en el Anexo d Modelo "A" de demanda de alimentos-).

- Especialidad: la especialización consiste en el tratamiento exclusivo yexcluyente del conflicto familiar, pero no se agota en ello. Además, los magis-trados, funcionarios, empleados, abo gados y otros profesionales que pertenez-can al fuero o que ejerzan en él, deben reunir calidades especiales. Ellas son:contar con una vocación particular en este tipo de cuestión, una adecuadaFormación en el derecho de familia y complementarse con una apertura haciaotras asignaturas que permitan comprender los problemas humanos.

M. Desarrollo: aspectos esenciales del procedimiento de familia yde la organización del fuero

liba. El procedimiento de familia

La ley formal cordobesa ha optado por un sistema de juicio oral ins-

tancia única, atribuyendo la competencia general a un cuerpo colegiado.Además, es necesario destacar que en el proceso de familia se debe ex-

cluir la aplicación ri gurosa de las máximas del procedimiento dispositivo; porel contrario, otros principios colaboran en la solución de los conflictos.

Principios: son las reglas o máximas procesales, que condicionantécnicamente, el modo en que se realiza la actividad procesa!

Los principios que gobiernan el proceso de familia son los siguientes:INMEDUU0N: implica el contacto directo y la comunicación personal del

juez con las partes, participantes, órganos de prueba y miembros del equipo

técnico auxiliar, para llegara interiorizarse acabadamente de los intereses enconflicto. La formulación completa de este principio, comprende además el depersonalidad que implica que, como regla, la asistencia personal de las par-tes a las audiencias es ineludible. Este requerimiento se fundamenta en laimportancia de conocer a los involucrados para poder lograr una mejor solu-ción para el conflicto.

Art. 4 L.F.: "Los integrantes de la Magistratura de familia deberán inter-venir personalmente en las audiencias, bajo pena de nulidad y abonar las cos-tas que ello origine".

Art. 47 L.F.: "El asesor deberá intervenir personalmente en todas las ac-tuaciones...".

CONCILIACIÓN: la conciliación es el medio de superar diferencias, procuran-do la pacificación de la contienda mediante el avenimiento de las partes. Esteprincipio debe permanecer vivo a lo largo de todo el proceso, en todas las etapasdel trámite y en todas las cuestiones sometidas al tratamiento del fuero.

Art. 40.- `En cualquier estado de la causa el juez o Tribunal podrá convo-car, de oficio o a petición de parte, audiencia de conciliación tantas vecescomo lo estime conveniente..

IatrtiasO PROLES-O_ DE OFICIO: Las normas del derecho de familia son dederecho privado pero de orden público. La puesta en marcha del procesocorresponde a las partes (impulso inicial), a través de le demanda. Admitidaformalmente la pretensión, queda a cargo del juez hacer lo que estime necesa-rio para el esclarecimiento de los hechos controvertidos. a hin de aplicar elderecho que corresponda. El impulso procesal de oficio no anulo las cargasprocesales ni determina la absoluta pasividad do las partes, ye que hay actosque corresponden a los interesados. por ejemplo. la iniciativa probatoria.

Art. 40 L.F.: "El impulso procesal será de oficio, salvo los casos en queesta ley dispone que es necesaria la petición de parte".

ECONOMÍA montase: Abarca dos aspectos:a) Economía de tiemprz que comprende los principios de celeridad y

concentración.Celeridad: supone que la actividad procesal se realice de manera conti-

nuada, sin interrupciones, ágil y rápidamente. En la ley 7676, el legislador lotraduce en la imposición de plazos improrrogables o perentorios (art.30); en la

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154

Une= len tos Prácticos para el Ejercicio del Derecho

Tribunales de Familia

155

adopción de la regla de la notificación ministerio legis (arts. 31 y 32); en elimpulso procesal independiente de la actividad de las partes (art. 34); en laexistencia de plazos máximos (art. 69); en la elección de trámites breves paralos juicios especiales o incidentes; etc..

Concentración: significa realizar toda la actividad procesal en uno o pocosactos o audiencias. La máxima expresión de este principio la encontramos en laaudiencia de vista de causa, en la cual se procura recibir la prueba confesional,testimonial y las aclaraciones periciales, realizar las inspecciones judiciales, es-cuchar e los miembros del cuerpo técnico y los alegatos de las partes.

b) Economía de costos: contribuyen a lograr este efecto, las exencionesde cargas fiscales de pago de aportes ni, la no obligatoriedad de patrocinioletrado en la etapa prejurisdiccional ante los asesores de familia, la posibilidadde que los asesores de familia patrocinen gratuitamente a quienes carezcande recursos, ele-

VERDAD JuIüoICA oBJETiec los principios de libertad, amplitud probatoria ybúsqueda de la verdad deben inspirar todo el trámite. Esto se manifiesta en lasfacultades otorgadas a los tribunales para profundizar o ampliar las pruebasque las partes acercan. La búsqueda de la verdad jurídica objetiva pretende

que el juzgador logre la certeza de que el conocimiento alcanzado coincidacon la verdad real t".

RESERVA: se refiere a la necesidad de proteger aquellos aspectos quehacen a la vida privada de las personas, sustrayéndola del conocimiento públi-co. La obligación de guarda' discreción pesa sobre los miembros de los tribu-nales de justicia y también sobre los letrados en su carácter de auxiliares de lajusticia. El limite se impone a los terceros, por lo que las partes y participantes

del juicio tienen acceso a él. Este principio debe respetarse durante todo elproceso e incluso en la etapa prejurisdiccional (arts. 20 inc. 1, 39, 48, 52, 56.57, 62, 78 inc. 2 y 81, ley 7676) 111 .

En este fuero rigen principios comunes que también imperan en los demásprocesos:

ADQUISICIÓN, significa que el resultado de la actividad procesal se adquie-re para el proceso, independientemente de quien la realice, porque ella res-pondea una finalidad común.

PRECLUSIÓN: el proceso se cumple en etapas y avanza hasta llegar a su finnatural que es la sentencia. Este principio señala que, a medida que se desa-rrolla el proceso, las etapas posteriores clausuran las anteriores y no cabevolver sobre ellas. Esta regla admite algunas excepciones que proceden delinterés público de las cuestiones controvertidas y la correlativa búsqueda de laverdad jurídica objetiva l ' ) .

IMPORTANTE...

Es mar impor tante tener en cuenta que en el derecho de familia,numerosos aspectos relativos al trámite de las causas o a la manerade evaluar las pruebas resultan consagrados simultáneamente en nor-mas de fondo y de forma. Así, por ejemplo, en materia de divorcio, elprocedimiento de la presentación conjunta está re gulado por el CódigoCivil (art. 236) y por la ley provincial 7676 (art. 84)

(2) El Código Tributario Provincial (art. 252 inc. 4 ley 6006). exime del pa go de asa dejusticia en los juicios de alimentas, las acciones tendientes al reconocimiento de estado defamilia, losjuicios sobre la tenencia de hijas, las venias para contraer matrimonio, los juicios detutela, curatela y adopción y los promovidas perlas asesores de menores en el ejercicio de suministerio.

(3) El art. 253 C .C. expresa: "En las acciones de filiación, se admitirán toda clase depruebas, incluso las biológicas, las que podrán ser decretadas de oficio o a petición de parte".

(4) An. 15 (Acuerdo Reglamentario A 550/20110 - T.S.J.) Los libros de entradas deexpedientes de los fueros de Familia y de Menores sólo podrán ser consultados y, en su caso,habilitados para requerir certificación de sus constancias, las siguientes personas: a) Las par-les; b) Sus apoderados letrados; c) Los profesionales intervinicines en la causa...".

(5) El Tribunal puede aun después de clausurado el periodo probatorio, ordenar deoficio la realización de pruebas biológicas, a los fines de lograr la verdadjuridica objetiva en lasacciones de estado de familia.

Page 36: Lineamientos Prácticos para el ejercicio del derecho

156

Lineamientos Prácticos para el Ejercicio del Derecho

Ilib. Orea» :ación del fuero de familia

Los tribunales de Familia de la Provincia de Córdoba fueron creados yorganizados mediante las leyes provinciales 7675 y 7676 y sus modificatorias,de las que resulta que el fuero de familia está integrado por:

a.Tribunal Superior de Justicia, que actúa por intermedio de la Sala Civilb. Dos cámarasc. Cuatro juzgadosd. Una fiscalíae. Seis asesoríasf. Cuerpo Técnico Auxiliar

Cada Cámara de Familia está integrada por tres miembros, mientras quelos juzgados son unipersonales. Cada Cámara y cada juzgado cuentan conuna secretaria. Además, se creó el Cuerpo Auxiliar Técnico Nlultidisciplinarioque cuenta con médicos psiquiatras. psicólo gos, asistentes sociales y demásprofesionales y técnicos que resultan necesarios.

!IHG.1. Competenciai. Territorial: los tribunales especializados y el proceso de familia fueron

ideados para toda la provincia, pero, en la práctica, sólo funcionan en la prime.ra circunscripción judicial, con asiento en la ciudad de Córdoba. En las restan-tes, el tratamiento de las causas de familia se cantileúa realizando en los tribu-nales ordinarios, que aplican el C.P.C.C., bajo los principios que inspiran alprocedimiento familiar.

ii. Material: se refiere sólo a cuestiones estrictamente familiares, elimi-nando en lo posible los aspectos patrimoniales. Comprende las cuestiones re-lativas al matrimonio, su celebración, sus efectos personales y patrimoniales,disolución por divorcio o nulidad y la separación personal, todo lo relativo a lafiliación por naturaleza y por adopción y las potestades familiares que se vin-culan a la autoridad de los padres, a la tutelay a la guarda de menores. La leyrealiza una enunciación no taxativa, ya que incluye "toda otra cuestión perso-nal derivada de las relaciones de familia".

Tribunales de Familia

157

Asimismo, la ley provincial 9283 y su deca seg. 308/2007 (consultar eltexto completo en el CD), declaran competentes a las tribunales de familiapara intervenir en los casos de violencia familiar (arts. 9° y 10 ley 9283)( 6).

I1ib.2. Etapas del procedimiento de familia (ver cuadro 2 en el Anexode este módulo).

1. Etapa prejm'isdiccional

El proceso instrumentado en la ciudad de Córdoba por la ley provincial7676 (consultar el texto completo de la ley en el CD) prevé una etapaprejurisdiccional previa y obligatoria para cieno tipo de asuntas.

El procedimiento gira en tomo a una audiencia que debe fijarse ala 1brevedad. Convocados los interesados a concurrir ante el funcionario, si el ipeticionante no lo hace se archivan las actuaciones. Si por el contrario noasistiere alguno de los otros citados), podrán ser traídos en una nueva opor-nmidad por la fuerza pública (esta disposición es excepcional pues. rarasveces. las partes son obli gadas a concurrir a los tribunales).

La participación personal del asesor es filndamental, pues debe aseso-rar, aconsejar. orientare incluso cumplir una tarea de esclarecimiento de los

1_

(Id Aro 9'. Los Tribunales de Fanilia,losjueces de Menores y lusjuzgados do PrimeraInstancia con Competencia lvltiltiple, matadora. también en cuestiones de violencia familiar.personales o patrimoniales que se deriven de ella.

Art 10.. "Los juzgados en materia de familia y las fiscalías serán competentes paraatender situacionesde urgencia referidas a violenciafaniliar.A tal efecto, el Tribunal Superior deJusticiay el Ministerio Público, determinarán, en su caso, el régimen de turnos para atender, enhoras y días habiles e irle b'des, los asuntos que requieran su intervención conforme a esta ley.

Ella tiene lugar ante el asesor de Familia, cuya función principal es ladaavenir o las partes para lograr un acuerdo.

La intervención del funcionario se realiza a requerimiento de parte inte-resada y. como ya lo señalarnos, en esta etapa se puede prescindir de asis-tencia letrada y es gratuita,

-

La tramitación es fundamentalmente informal y se exige la reserva delas actuaciones.

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lineamientos Prácticos para el Elercicia del Derecho

Tribunales de Familia

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derechos y deberes que corresponden a los integrantes del grupo familiaren conflicto.

Si la labor del asesor es exitosa y logra la pacificación de las relacionesfamiliares, se labrará un acta que contenga los acuerdos celebrados, queluego se elevarán al juez de familia a los efectos de su homologación.

Por el contrario, si luego de la primera audiencia no se obtiene la conci-liación de los interesados, se dispondrá el archivo de las actuaciones y elasesor deberá expedir el certificado previsto por la ley, que deberáacompañarse junto con la demanda en los casos en que esta etapa seaobligatoria 111 (Ver cuadro 1 en el Anexo de este módulo).

Esta etapa previa puede también cumplirse en los centros de mediación.

11 Etapa jurisdiccional

a) Juicio común: paso a paso- En Córdoba, las materias que por su trascendencia deben ser resueltas

por el tribunal colegiado, se tramitan por el juicio común, salvo la hipótesis deldivorcio vincularo separación personal por presentación conjunta, que tienenun trámite especial (art. 236 C.C.).

- El juicio, de instancia única, está integrado por dos etapas.- La primera se desarrolla ante el juez de familia, se inicia mediante la de-

manda, a la que se deberá acompañar el certificado que acredite el cumplimien-to de la etapa prejurisdiccional ante el asesor de familia -en los supuestos en losque ésta fuera obligatoria- además debe incorporarse la prueba documental.

(1) La obligatoriedad es la regla, tal como se infiere del art. 26 inc. 1 L.E.

La demanda junto a la documental se presenta en la mesa de entradasrespectiva, que luego efectúa la distribución al Tribunal que corresponda.

- Luego, dentro de los diez días de interposición de la demanda, el tribunaldeberá convocar a la primera audiencia.

- Esta primera audiencia es recibida por el juez, con el comparendo de laspartes en forma oral y privada.

- Cuando la materia no admite ninguna forma de conciliación (ejemplo:impugnación de paternidad o maternidad, etc.) o no existiera avenimiento, sehace constar en acta, sin mención de lo que se hubiere tratado durante sutranscurso.

- Esta circunstancia determina el ingreso a la segunda parte de la audien-cia, a los fines de la traba de la litis.

- Ratificada la demanda ; el accionado puede asumir diferentes posturasdefensivas, tales como, contestar la demanda, oponer excepciones, reconve-nir o allanarse.

- Contestada la demanda o la reconvención y resueltas las excepciones.se retomará el trámite y el juez abrirá a prueba la causa por un término que nopodrá exceder los 30 dias.

- Vencido el término de prueba e incorporada la producida, a petición departe, se elevará la causa a la Cámara de Familia (consultar en el Anexo elModelo "B" de solicitud de elevación de la causa antela Cámara de Familia).

- Avocado el tribunal, a petición de parte se designará audiencia de vistade cause, dentro de un plazo no mayor de quince dias (excepción al principiode impulso procesal de oficio).

- Las partes -actor y demandado- serán citadas para que comparezcanpersonalmente, en la mayoría de los supuestos.

- En la audiencia de vista de causa se incorporan las actuaciones y prue-bas producidas ante el juez de familia. En su transcurso se reciben laconfesional y testimonial y se pueden ordenar, además, inspecciones o reco-nocimientos y ampliaciones o aclaraciones de los informes y pericias incorpo-rados.

- La audiencia de vista de causa diseñada por la ley se caracteriza porsu reserva, oralidad, continuidad, inmediación y concentración. A ella sedebe convocar a las partes, a los participantes que intervengan en el procesoy a los órganos de prueba pertinentes.

1. Si hay conciliación:

- se hace constar en acta- elevarjucz de Familia para su

homologación.11. Si no hay conciliación'. - Archivo de las actuaciones

- Expedición certificado: indispensable parapromover demanda ante juez Jc familia.

EtapaprejurisdiccionalEfectos

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Lineamientos Prácticos para el Ejercicio del Derecho

Tribunales de Familia

161

- Concluido el momento probatorio, se ingresa a la etapa de las alegacio-nes finales, para que las partes ameriten la prueba producida y se expidansobre las cuestiones introducidas.

- De lo ocurrido en el debate, se deja constancia sucinta en un acta quelabra el secretario.

- Finalizada las alegaciones, el tribunal fijará la fecha para el dictado de lasentencia dentro del plazo perentorio de diez días, bajo pena de nulidad.

- En la sentencia el tribunal admitiráo desestimará las pretensiones articu-ladas por las partes.

IV. Bibliografía

BERTOLDI DE FOURCADE - FERREYio DE DE LA RÚA, Régimen procesal del Acerode familia, Depalma, Bs. As., 1999.

FERREYRA DE DE LA Rías - GONZÁLEZ DE LA VEGA DE OPL, Teoría general delproceso, Advocatus, Cba., 2003, ts. 1 y 2.

OSSOLA Alejandro, Fuero de Familia de Córdoba. Leyes 7675 y 7676,Advocatus, Cba., 1992

V. Cuestionario

b) Juicio especialSe prevén juicios especiales, más breves, para cuestiones que podríamos

denominar como "menores " (ej., determinación de guarda de menores nosometidos a patronato, fijación de régimen de visitas o cuotas alimentarias yautorizaciones en general, etc.).

El conocimiento y resolución de estos juicios especiales están atribuidos aljuez de familia, que lo desarrolla mediante un trámite acotado y actúa comojuez de sentencia. Las decisiones de este magistrado son apelables por ante laCámara de Familia, que en la eventualidad actúa como tribunal de alzada.

Por último, constituye otro caso de juicio especial, el trámite previsto paralas acciones de divorcio o separación personal por presentación conjunta, regu-lado por el art.236 C.C.. al que la ley cordobesa categoriza como juicio especial.Se sustancia por ame la Cámara de Familia" n (consultar en el anexo el Modelo-'C` de oficio al Registro Civil ordenando la anotación del divorcio vincular).

(81 Art. 236 C.C.: ''En los casos de los aus. 205 y 219 la demanda conjunta podrácontener acuerdos sobre los si guientes aspectos:

1.Tenencia y régimen de visitas de los hijos:2.Atribución del hogar conyugal:3.Régimen de alimentos para los cónyuges e hijas menores o incapaces, inc luyendo losmodos de actualización.También las partes podrán realizar los acuerdas que consideren convenientes acerca de losbienes de la sociedad conyugal. A falta de acuerdo. la liquidación de ésta sc tramitará porvia sumaria.

1) Lea atentamente la jurisprudencia que se adjunta (Anexo -Caso 1-) yresponda:

a)¿Cuáles son para el Tribunal Superior las notas características del fuerode familia?

b)En base a lo estudiado en la presente guía explique brevemente cada uno.c) ¿Que causas corresponden al fuero de Familia de acuerdo con la com-

petencia material asi gnada por la ley 7676?2) En las cuestiones que se tramitan ante el Fuero de Familia, ¿debo abo-

nar tasa de justicia? ¿Cuál es el principio que impera en la materia?

El juez podrá ohjmar una o más estipulaciones de los acuerdos celebrados cuando, e sucriterio. ellas afectaren gravemente los intereses de una de las partes o el bienestar de los hijos.Presentada la demanda, el juez llamará a una audiencia para oir a las panes y procurará

nciliarlas. Las manilistaciones venidas en ella por ias panes tendrán carácter reservado y noconstarán en el acta. Si las cónyuges no comparecieran personalmente. el pedido no tendráelecto alguno.

Si la conciliación no fuere posible en ese acto, eljuez instará a las partes al avenimiento yconvocará a una nueva audiencia en un plazo no menor de dos meses ni mayor de tres en la queestasdeberán manifestar, personalmente o por apoderado con mandato especial. si han arriba-dna reconciliación. Si el resultado fuere negativo eljuez decretará le separación personal oel divorcio vincular, cuando los motivos aducidos por las partes sean suficientemente graves_La sentencia se limitará a expresar que dichos motivos hacen moralmente imposible la vida encomún, evitando mencionar las razones que la fundaren'.

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Lineamientos Prácticos para el Octeto del Derecho

Tribunales de Familia

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3) Explique brevemente cómo se desarrolla la etapa prejurisdicianal anteel asesor de Familia.

4) María decide iniciar demanda de divorcio contenciosa en contra de suesposo Juan. Ambos viven en la ciudad de Córdoba.

a.¿Es obligatoria la etapa prejurisdiccional?b. ¿Ante quién debe presentar la demanda?c. ¿Qué debe acompañar con la demanda?d. ¿Cómo respondería las preguntas anteriores si María tuviera que de-

mandar a su cónyuge en Río Cuarto?e.En virtud de los principios que rigen el fuero de familia, ¿podría María

demandar alimentos junto con el divorcio?5) Explique la competencia funcional del Tribunal Superior de Justicia en

materia familiar.6) Una pareja decide apelar la decisión de la Dirección General del Re gis-

tro del Estado Civil y Capacidad de las Personas que deniega la solicitud deinscribir a su hijo con el nombre "Lunes" (ver Anexo 3 -Caso N° 2-)

¿Debe el recurso ser deducido en el fuero de familia de conformidad alart. 16 inc. 15 de la ley 7676?

ANEXO

Incluye:Cuadro 1- Etapa prejurisdiccionalCuadro 2 - Proceso de familiaModelo A - Demanda de alimentosModelo B - Solicita elevación de causa ajuicioModelo C - Oficia al Registro Civil

Jurisprudencia:Caso 1: T.S.J. en pleno, autos: "P.M. c/ O.O.M. - Ordinario - Otros - Cuestiónde competencia", Al..N° 25, 315105.Casa 2: T.S.J., in re: "Gómez, Jorge A. y otro", 9/2/96 (L.L.C. 1996-565).

Cuadro]

Etapa prejurisdiccional

Obligatori

Optativa

Separación personal, divorcio y li-quidación de la sociedad conyugal.Disolución y liquidación de la so-ciedad conyugal sin divorcio.Alimentos.Filiación.Guarda de Menores no sometidasal Patronato.Patria potestad.Tutela.En los supuestos del art. 1277 delC.C.

Nulidad del maaimonioy liquidacióndel patrimonio adquirido durante la 1unión.Régimen de visitas.Adopción de personas.Autorización para disponer u gra-var bienes de menores.En conflictos personales en las unio-nes de hecho estables, sumariamenteacreditadas, aunque no haya habidodescendencia, cuando hubiere vio-lencia y no fuere competencia deovos fueras.Toda otra cuestión personal deriva-da de la relación de familia.

Oposiciónalacelebracióndelmmdmonio.Venia supletoria matrimonial y otrasautorizaciones.

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Lineamiontos Prácticas para el Ejercicio del Derecho

Tribunales de Familia

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Cuadro 2 (extraído de: OssoLa, Alejandro, Fuera de Familia de Córdoba. Leyes

7675 y 7676, Advocants, Cba., 1992)

PROCEDIMIENTO DE FAMILIAMero r de Famllla Juez&Fam Cámara le Furo liv T,ILuuvlSUpeeior de

ausdeoEtapap•9ur/aeittlaaal

t 26 He/

d.sy

Cor^mdaarrs. 5/ ). •J

[orificadoMgilüiio da Seda: Nadad de

Amcamieoio

,

9T-i5

Ae<veurConv°aen¢neiv deOrnaras de Fonilia

O.M. (ere /4! y tal

Fanadn lurr.INl•nc1

Queja jarra IV e:<39

Laonarunnnrmfled!(^nniw<rón Pro bada,rn. /óí Ana. ]1

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c

Fijaciónaudienciade viste decausaPlazo:Na

de líuma

ladearanea-arf. 58)

So napapryuramamn:af

Adopciónfans. 16lec. 1 1y2 6Inc. ly

=

Demanda (m. 58)-AmmpeAmdocumental tan. 65)

Audiencialv¢.60/64)-Comparecenciapersonal de tos panca-Inmmpaxcndn

oactor: Desistimiento

IncomParcccindemandada:

Reeeivia• Poraamr_suda lademanda

Instancianc3al

-Avenimiento m..6'bomoloacióe)

x

me.

. tan^I

-No a`

.r- Demandado:

Opone Dcep<iunv'a• Rcmn-Traslado al ido rfe68'1

Apertura aprueba:-Hasta

etas: nrt 6o-Hechos matar ad.10/71-0lrcómicnlo ydalsencimniento: en.72

Audienciae. casa-Oral-Canana-Ruanda

Se vecero,

Jmpjudicial

-Alelaras-Acta-Fijardimita

S a l-Sanción'.

Carfurmml-7 slimoulel

de.üraNn.%SI

caóec

Da 80del ;lea.audiencia

de

<delirio de

sNulidad

-Ag.

Vocales

-Cadafundado

Av diem,-Reservada-Presencia:

Secretado

SI:

soco

tareCATEMU.(ad. 741Elevación de la causoa juicio(arr.n)

An.

csatécnicos

Reproducciónaudiencia

888]:

por medios

Modelo A- DErLWDA DE ALIMENTOS

Sr Juezde Familia: argentina, de .... años de edad, de estado civil soltera, DNI N° de profesión comerciante con domicilio real en calle Nn de laciudad de Córdoba y constituyéndolo a los efectos del presente en calle de esta ciudad, en nombre y representación de mi hijo ante V.S. respe-tuosamente comparezco y digo:

1.ObjetoQue en pleno ejercicio dele patria potestad de mi hijo menor de edad

y en su nombre y representación vengo a promover formal demanda de alimentos encontra del Sr D.N.I. N° con domicilio real en calle de la ciudad de Córdoba.2.HechosQue en el año inicié una relación sentimental con el señor que se

extendió hasta febrero del añoQue de esta relación nació el menor el de del año

tal como lo acredito con la partida de nacimiento que en original y copia seacompaña, la primera para que luego de su compulsa me sea devuelta y la segundapara glosar en autos.

Que en el mes de febrero del año el Sr se ret iró de nuestro hogar y desdeesa fecha se despreocupó total y absolutamente tanto del bienestar psicofisico denuestro hijo, como asi también de su bienestar material.

En razón de ello y dada su total desaprensión vengo a impetrar la presente acciónde fijación de cuota alimentaria a favor del menor

Y en este sentido la jurisprudencia se ha manifestado los padres están obliga-dos a cubrir las necesidades primarias de su prole. pues se trata de una obligaciónfundada en el derecho natural de supervivencia de éstos y que es ineludible paraquienes san los titulares de la patria potestad" (CNCiv.. Sala A, 116100. -T.. R. M. yotros el ft. M E.).

Asimismo, pongo en conocimiento de este Tribunal que el Sr trabaja enrelación de dependencia en la empresa ` "sita en calle N°

.. de esta ciudad, percibiendo en forma mensual la suma de pesos dos miltrescientos (S 2.300)

En mérito a lo relatado supra. solicito la fijación de una cuota alimentaria cuyoimporte no podrá ser inferior a la suma de Pesos cuatrocientos cincuenta (S 450).

Todos los extremos invocados se acreditarán en la etapa procesal oportuna.3.Etapa prejurisdiccionalA los fines de acreditar el cumplimiento de lo establecido por el art. 53 de la ley

7676, acompaño el certificado correspondiente expedido por la Sra. Asesora deFamilia del 2 turno.

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Lineamientos Prácticos para el Ejercida del Derecho

Tribunales de Familia

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4. DerechoFundo la presente en los aras. 265 correlativos y concordantes del Código Civil y

16 inc. 6°, 21 loc. 2°y concordantes de la ley 7676.5. PechinaPor todo lo expuesto a V.S. solicito:a. Me tenga por presentada, por parte en el carácter invocado y can el domicilio

procesal constituido.b. Tenga por acompañada la documental que se menciona.

c. Oportunamente imprima el trámite que por ley corresponda a la presente:

d. Previo los trámites de ley, haga lugar a mí petición y fije el importe de cuotaalimentaria que se solicita en la suma de Pesos cuatrocientos cincuenta (.5 430) y

condene al accionado Sr al pago de la misma, con especial imposi-

ción de costas.Provea V.S. de conformidad.Será justicia.

Modelo B- SOLICrrA ELEVACIÓN 0E CAUSA A JUICIO

Sr. juez de Familia: por la participación que tengo en estos autos caratulados

c; -Divorcio vincular' y ratificando el domicilio legal

oportunamente constituido en calle N° .... de esta ciudad, ante V.S.

respetuosamente di go:Que ha vencido el término probatorio en la presente causa, por lo que solicito que

se ordene su elevación ante la Cámara de Familia de la ciudad de Córdoba que porturno corresponda a los fines de continuar con la tramitación de las presentes actua-

ciones.Provea V .S. de conformidad.Será justicia.

Modelo C - Docto Al. REGISTRO CIVIL

Córdoba ... de de

SeñorEncargado del Registro CivilCiudad de CórdobaS

/

D

En los autos caratulados" y Divorcia vin-

cularpo r pres. conjunta" tramitados por ante el Juzgado Civil, Comercial, conciliacióny Familia de la ciudad de Villa Carlos Paz, Secretarla. cargo del Dr seha dispuesto librar a Ud. el presente a fm de que proceda a anotar el divorcio vincularde los Sres D.N.I. N° y de L .C. N° en el libro de Acta de Matrimonio N° Sección segunda T° ...letra " ... "del Año

Se acompaña a la presente copia certificada de la Sentencia N° defecha de de...anee.. para constancia.

Se encuentra facultada para el diligenciamiento el presente la Dra y!o quienes ella designe.

Dios guarde a Usted.

Jurisprudencia

Caso 1: T.S.I. en pleno, autos: "RI.J. ci O.O.M. - Ordinario - Otros - Cuestión decompetencia", A.1. N° 25, 3/5/05.

Tema: La competencia de los tribunales de familia debe ser esencialmenteexuapatrimoniai. Sin embargo, excepcionalmente, podrán tenerla en o patrimonialcuando este aspecto no pueda escindirse de la relación familiar.

Sumario:1.Conforme el art. 5° C.P.C.C.,"la competencia se determinará por la naturaleza de

las pretensiones deducidas en la demanda"; es decir que: "se debe estar, fundamen-talmente, ala exposición de los hechos contenida en la demanda".

2. La materia de los derechos resulta del sujeto y del objeto; de las personas y delosbienes, en sus relaciones entre si, conformadas a lo que disponen as leyes. Esasrelaciones, voluntarias e involuntarias, se producen mediante los hechos y actosjurídicos, que dan origen a las acciones que se sustancian ante los jueces. Es decir, queun hecha con relevancia jurídica, o un acto jurídico, está siempre en a base de unproceso y según su materia intrínseca, conforme lo considera la ley, nos encontraremosfrente a una cuestión civil, comercial, penal, laboral, etc. Por eso puede decirse quesegún sea el acto constitutivo de la acción que se ejercita, será la materia del pleito.

2.A los fines de determinar la competencia material deberá tenerse en cuenta cuáles el acto constitutivo de la acción que se ejercita, determinando su materia intrínseca,todo ello de conformidad con la exposición de los hechos contenida en la demanda.

4. La asignación de la competencia material de los tribunales de familia serealizamediante una enunciación contenida en el art. 16 de la ley 7676, que no reviste

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Lineamientos Prácticos para el Ejercicio del Derecho

Tribunales de Familia

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carácter taxativo, ya que se incluye "toda otra cuestión personal derivada de lasrelaciones de familia" (art. 16 inc. 15 de la ley 7676). La norma transcripta destaca lanaturaleza no patrimonial del fuero de familia, la cual junto con la especialidad y laexclusividad constituyen las notas características del mismo.

5.La competencia de los tribunales de familia debe seresencialmenteextmpauünonial.Sin embargo, excepcionalmente, podrá tenerla en lo patrimonial cuando este aspectono pueda escindirse de la relación familiar. Por ejemplo, asi ocurre cuando se trata de lareclamación de alimentos, de las autorizaciones para disponer o gravar bienes de loshijas, de la disolución de la sociedad conyugal o su liquidación, etc..

6.En consecuencia, para que la cuestión inte gre la competencia del fuero defamilíadebe estar comprendida en alguno de los incisos del art. 16 de la ley 7676 o, en sudefecto, debe tratarse de una cuestión patrimonial que no pueda escindirse de larelación familiar.

7. Lo concerniente a la disolución, liquidación y partición de la sociedad conyu-galcuando ello es consecuencia del divorcio vincular es competencia material de losTribunales de Familia, conforme lo prescripto por el an. 16 inc. 3 de la ley 7676, el cualdispone que dichos tribunales conocerán de las siguientes causas: "Separación per-sonal, divorcio y liquidación de la sociedad conyugal".

S. El divorcio vincular apareja la disolución de la sociedad conyugal, teniendolasentencia efectos retroactivos a la fecha de la notificación de la demanda o de lapresentación conjunta (art. 1306 C.C.), momento a partir del cual la masa de bienesgananciales, que constituye una universalidad jurídica, se encuentra en condicionesde ser liquidada, procediéndose ala división de los bienes entre los cónyuges.Siendo ello así, los bienes gananciales. tal el caso del derecho de usufructo sobre elinmueble y los alquileres devengados, según lo afirmado por el actor en la demanda,se mantienen indivisos hasta el momento de la partición. En consecuencia, el actorsólo podrá tener acceso a su parte de gananciales una vez disuelta la sociedadconyugal como consecuencia de la sentencia de divorcio vincular, y tras haberseefectuado la correspondiente liquidación y partición.

Caso N° 2: T.S.1., in re: "Gómez. Jorge A. y otro", 9/2196 (L.L.C. 1996-565).Sumario:I.lbda vez que la ley 7676 de Córdoba (L.L.C. 1983-768) ha delimitado la compe-

tencia por mzón'de lamateria a los casos expresamente contemplados en ella, ya sea demanera específica o de manera genérica y dado que dicho fuera es de excepción, eldibujo legal dalas controversias que deben ser decididas en el fuero de familia debe ser

interpretado estrictamente para no desvirtuar la finalidad que ha tenido el legislador alorganizar esa magistratura especializada.

2. La apelación deducida contra una resolución de la Dirección General del Regis-tro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, que deniega la solicitud de los padrespara inscribir a su hijo con el hombre de " lunes", no queda involucrada dentro de laórbim del art. 16 inc. 14 de la ley 7676 de Córdoba (L.L.C. 1988-763). Ella atañe a uno delos atributos propios de la personalidad -el nombre- cuyo cuestionamiento debe serresuelto par los tribunales que conservan la competencia civil y comercial general.