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Lineamientos normativos para el control escolar Versión 2012 León, Gto., 16 de enero de 2012. Dirección de Servicios Escolares y Sistemas de Información Coordinación de Acreditación y Certificación

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Lineamientos normativos para

el control escolar

Versión 2012

León, Gto., 16 de enero de 2012.

Dirección de Servicios Escolares y Sistemas de Información Coordinación de Acreditación y Certificación

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LINEAMIENTOS NORMATIVOS

PARA EL CONTROL ESCOLAR 2012

ÍNDICE

I. INTRODUCCIÓN. .................................................................................................................................................... 3

II. OBJETIVOS. ........................................................................................................................................................... 4

III. NORMAS GENERALES. ......................................................................................................................................... 5

IV. NORMAS DE ALFABETIZACIÓN. ........................................................................................................................... 7

A. Inscripción. ....................................................................................................................................................... 7

B. Reactivación. .................................................................................................................................................... 7

C. Asesoría. ........................................................................................................................................................... 8

D. Acreditación. .................................................................................................................................................... 8

E. Terminación de estudios. ................................................................................................................................. 9

V. NORMAS DE EDUCACIÓN BÁSICA. .....................................................................................................................12

A. Inscripción / Reinscripción. ............................................................................................................................12

B. Promoción. .....................................................................................................................................................14

C. Reactivación. ..................................................................................................................................................14

D. AsesorÍa. .........................................................................................................................................................15

E. Acreditación. ...................................................................................................................................................15

F. Certificación. ...................................................................................................................................................19

G. Reposición de certificados. ............................................................................................................................21

H. Auditoria de cierre de folios ante la SEG. ......................................................................................................21

VI. NORMAS DEL SISTEMA DE CONTROL ESCOLAR ...............................................................................................22

A. Definición. ......................................................................................................................................................22

B. Normas. ..........................................................................................................................................................22

VII. NORMAS DEL MANEJO DE ARCHIVO ...............................................................................................................24

A. Definición. ......................................................................................................................................................24

B. Normas del Archivo Central. ..........................................................................................................................24

C. Normas del Archivo Regional. ........................................................................................................................24

VIII. DIAGRAMAS DE FLUJO DE LOS PROCESOS DE CONTROL ESCOLAR. ...............................................................26

A. Definición. ......................................................................................................................................................26

B. Proceso de inscripción. ...................................................................................................................................27

C. Proceso de acreditación (Alfabetización y Educación Básica). .......................................................................28

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LINEAMIENTOS NORMATIVOS

PARA EL CONTROL ESCOLAR 2012

D. Proceso de certificación de Alfabetización. ...................................................................................................29

E. Proceso de certificación de Educación Básica. ...............................................................................................30

IX. FORMATOS. .......................................................................................................................................................31

Formato para censo y concentrado de información ..........................................................................................34

Instructivo para el llenado del formato para censo y concentrado de información (SCE-05) ...........................34

Formato de observación de clase .......................................................................................................................35

Instructivo para el llenado del formato de observación de clase (SCE-06) ........................................................37

Formato de autorización del interesado ............................................................................................................39

Instructivo para el llenado del formato de autorización del interesado (SCE-10) .............................................40

X. ANEXOS. ..............................................................................................................................................................41

Anexo 1: Acta de hechos ....................................................................................................................................42

Instructivo para el llenado del anexo 1: Acta de hechos ....................................................................................43

Anexo 2: Guía para la integración de documentos ............................................................................................44

Anexo 3: Relación de sitios certificados para la aplicación de exámenes en línea. ...........................................46

Anexo 4: Proceso de entrega-recepción de formatos y documentos ................................................................47

Anexo 5: Catálogo de documentos.....................................................................................................................48

GLOSARIO ...............................................................................................................................................................54

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LINEAMIENTOS NORMATIVOS

PARA EL CONTROL ESCOLAR 2012

I. INTRODUCCIÓN.

Este manual es un instrumento que norma los procesos de control escolar de los diferentes programas que ofrece el Instituto de Alfabetización y Educación Básica para Adultos (INAEBA), y está dirigido a las Coordinaciones de Zona como medio para facilitar la operación de los procedimientos de inscripción, reinscripción, promoción, acreditación y certificación de Beneficiarios.

Este documento fue elaborado por la Dirección de Servicios Escolares y Sistemas de Información

(DSESI) como resultado del análisis realizado por las Direcciones Regionales, Dirección de Desarrollo Educativo (DDE) y la misma Dirección de Servicios Escolares y Sistemas de Información (DSESI).

Los lineamientos normativos establecidos en este documento, tienen como referencia y marco general

los documentos siguientes:

«Normas de inscripción, reinscripción, acreditación y certificación de Educación Básica para adultos (CEBA)» emitido por la Secretaría de Educación a nivel nacional,

«Ley de archivos generales del Estado y los Municipios de Guanajuato»,

«Ley de mejora regulatoria para el Estado de Guanajuato y sus Municipios»,

«Ley de responsabilidades administrativas de los servidores públicos del Estado de Guanajuato y sus Municipios».

El manual de procedimientos presenta los objetivos, normas generales, normas de Alfabetización,

normas de Educación Básica -Primaria y Secundaria- para adultos, así como la secuencia de actividades, diagramas de flujo, formatos, instructivos y anexos correspondientes aplicados a cada servicio.

Estos lineamientos tienen vigencia a partir del quinto día hábil posterior a su publicación y hasta que sean reemplazados por una más actual o que se indique explícitamente.

Con la finalidad de simplificar la lectura del presente documento se utilizarán abreviaturas de las áreas y

figuras que intervienen en esta normativa y en los diferentes procesos del Instituto. Le recomendamos auxiliarse del Glosario para disipar cualquier duda. Podrán observarse referencias entre paréntesis rectangulares (corchetes) que serán indicativas de una cita a un punto del presente documento.

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LINEAMIENTOS NORMATIVOS

PARA EL CONTROL ESCOLAR 2012

II. OBJETIVOS.

A. Promover una administración escolar transparente y eficiente que apoye la labor educativa del INAEBA.

B. Establecer y unificar las normas y procedimientos para el control escolar de Alfabetización y Educación Básica (Primaria y Secundaria) en las etapas de inscripción, reinscripción, promoción, acreditación y certificación de Beneficiarios del INAEBA.

C. Registrar en el SCE del Instituto, la información generada durante los procedimientos de inscripción, reinscripción, promoción, acreditación y certificación de Alfabetización y Educación Básica.

D. Organizar y controlar la información documental que se genera como resultado del desarrollo de los procesos de Alfabetización y Educación Básica.

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PARA EL CONTROL ESCOLAR 2012

III. NORMAS GENERALES. 1. Los servicios de Alfabetización y Educación Básica que proporciona el INAEBA son gratuitos. 2. Tendrán derecho a los servicios ofrecidos por el INAEBA las personas de quince años o más que no hayan

cursado o hayan interrumpido su Educación Básica (Primaria o Secundaria). 3. No se le negará la inscripción, reinscripción o promoción a las personas que cumplan con los requisitos

establecidos y demanden el servicio de Alfabetización [IV.A] o Educación Básica [V.A]. 4. Las personas inscritas en los servicios de Alfabetización o Educación Básica recibirán en forma gratuita sus

materiales de apoyo1.

5. La inscripción, reinscripción o promoción a los servicios de Alfabetización o Educación Básica, es continua

durante todo el periodo escolar. 6. El uso indebido y la falsificación de los documentos de acreditación, certificación y sellos oficiales de control

escolar, deberá reportarse ante las instancias jurídicas correspondientes para que éstas ejerciten las acciones penales y administrativas a las que haya lugar.

7. En caso de que el Beneficiario o interpósita persona presente documentos de identidad, acreditación o

certificación apócrifa, el responsable del área de control escolar canalizará el detalle del caso al área jurídica, para que ésta ejercite las acciones a las que hubiere lugar.

8. Los formatos de certificación y las especificaciones del sello oficial «SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL»

los determina la Secretaría de Educación Pública (SEP), de acuerdo con la legislación aplicable, mismos que son insustituibles e inalterables, y que debido a su homogeneidad permiten el libre tránsito de los educandos dentro del Sistema Educativo Nacional.

9. Una vez que la Coordinación de Zona entregue los expedientes completos –o movimientos- de Beneficiarios

y/o grupo a la persona responsable de CER, ésta tendrá un plazo de tiempo según la tabla siguiente contados en días hábiles a partir del siguiente día hábil después de haber recibido la solicitud para ingresar al SCE los movimientos solicitados.

Movimiento: Tiempo máximo:

SCE-01 3 días

SCE-03 Inmediata a la recepción

SCE-04 (Operado por el CER) 3 días

SCE-04 (No operado por el CER) 4 días

SCE-07, Calificación e impresión 2 días

SCE-07, Entrega de exámenes en resguardo Mismo día siempre que se solicite antes de las 12:00 hrs, en caso contrario al día siguiente.

10. Toda entrega de documentos entre cualquier área del Instituto relacionado con la presente norma se

acompañará de un formato SCE-09 –manual o electrónico- diseñado para tal fin. En el caso de entregas o recepciones con las Coordinaciones de Zona y/o Aplicadores deberá generarse en presencia del personal involucrado previa revisión de la documentación recibida. Ambos firmarán los dos originales que quedarán en resguardo de cada una de las partes.

1 La entrega de las guías, fichas de estudio y materiales educativos en general está sujeta a disponibilidad de los mismos.

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PARA EL CONTROL ESCOLAR 2012

11. Las normas, procedimientos y formatos establecidos en este manual, son de observancia obligatoria para las personas de todas las áreas de la Institución involucradas en el proceso de control escolar, así mismo éstos serán considerados como oficiales por parte del área de Control y Seguimiento.

12. Las asesorías estarán a cargo de un Asesor contratado para tal fin. 13. Las asesorías deberán ser efectuadas a Beneficiarios del mismo nivel (servicio) en un horario de asesoría

pudiendo ser de distintas partes o grados.

14. El Beneficiario –y sólo él– tendrá derecho a elegir o cambiar el sistema o modalidad de evaluación, la fecha para presentar sus ejercicios de Alfabetización o exámenes de Educación Básica según su avance o interés personal con excepción de los casos mencionados en esta normativa.

15. El Beneficiario no podrá recibir asesorías ni materiales didácticos hasta estar inscrito correctamente dentro

del SCE del INAEBA.

16. En el caso de que algún Beneficiario con estatus de Activo requiera una Constancia de Estudios, el Coordinador de Zona deberá solicitarlo por oficio al titular de la CACE, especificando --y anexando en su caso-- si la requiere con fotografía. Una vez emitida la Constancia de Estudios no se podrán realizar cambios en el sistema de evaluación, ni renunciar y/o hacer revisiones de las calificaciones de las partes/grados reportadas. No se podrán emitir Constancias de Estudios cuando el Beneficiario haya acreditado el 100% del nivel

17. Los grupos deberán estar conformados por Beneficiarios del mismo nivel (servicio) con horarios bien

establecidos e independientes (no traslapados). Es responsabilidad de los Promotores y Asesores mantener actualizada la información del grupo y de los Beneficiarios dentro del SCE.

18. Todos los reactivos (preguntas) tanto de los Ejercicios de Reafirmación, como los de los exámenes de

Educación Básica se consideran de índole privada y de manejo exclusivo, por lo que cualquier uso o divulgación de los mismos podrá resultar en sanciones administrativas, civiles y/o penales, de conformidad con lo establecido por la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos de Guanajuato.

19. Los ejercicios, exámenes impresos y/o en línea que por cuestiones administrativas los nombres de Asesor,

Promotor y/o Aplicador no coincidan con los actuales se podrán aplicar, sólo será necesario que los firmantes pongan su nombre completo además de su firma en el puesto que le corresponda.

20. Cualquier falta a los lineamientos establecidos por el presente documento, será turnado al área jurídica para

la determinación de las sanciones correspondientes. Por lo tanto, es responsabilidad de cualquier persona del Instituto que observe y tenga conocimiento de la normativa, reportarlo.

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IV. NORMAS DE ALFABETIZACIÓN. A. INSCRIPCIÓN.

1. El perfil de la persona candidata a inscribirse en el programa de Alfabetización es: a. Contar con 15 años o más a la fecha de la inscripción. b. Ser analfabeta o analfabeta funcional con las siguientes características:

- Analfabeta:

No sabe leer ni escribir.

Sabe leer pero no escribir.

Puede realizar operaciones básicas, pero no lee o no escribe.

Puede copiar palabras o frases pero no las puede leer. - Analfabeta funcional:

Habiendo sido alfabetizada por alguna otra institución no sabe leer o escribir.

2. Las personas deberán cubrir los requisitos de inscripción de acuerdo a lo siguiente: a. Formato SCE-01 debidamente requisitado por parte de la Coordinación de Zona dentro del SCE,

incluyendo las firmas autógrafas de las personas responsables así como el sello de la Coordinación de Zona, quedando el Beneficiario en calidad de preinscrito, quien podrá permanecer en este carácter por un tiempo máximo de 30 días naturales posterior al cual la matrícula será reasignada.

b. Llenar todos los campos del formato SCE-10 en original y legible, sin tachaduras ni enmendaduras, con fecha menor a 60 días naturales a la entrega al CER.

c. Copia fotostática legible del Acta de Nacimiento -por ambos lados en caso de que sea necesario-, no obligatoria si el Beneficiario se encuentra en la base de datos del registro civil/RENAPO

2.

d. Copia fotostática legible de la Constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP). e. Haber realizado el Ejercicio Diagnóstico (ED) para su ubicación en la parte que le corresponda. f. Para el caso de analfabetas funcionales, se deberá asentar el desconocimiento del Beneficiario

sobre lectura, escritura o realización de cuentas básicas, en un Acta de Hechos, firmada por testigos (delegados, vecinos, líderes de colonia, presidente municipal, entre otros).

3. Para que se registre la inscripción del Beneficiario es necesario que el expediente del Beneficiario contenga toda la documentación descrita anteriormente y sea entregada al personal de CER quien tendrá la obligación de verificar la cantidad y calidad de la documentación entregada en un máximo de 3 días hábiles posteriores a la entrega del expediente, en caso de existir algún problema, el CER devolverá el expediente completo para su corrección, imprimiendo y anexando la constancia documentando todos los motivos de la devolución. En caso de contar con la documentación correcta se deberán digitalizar los documentos y subir los archivos electrónicos al SCE para considerar en ese

momento al Beneficiario como inscrito.

4. Terminado el proceso de inscripción del Beneficiario, el expediente deberá ser enviado al área de Archivo Central en un plazo máximo de 10 días naturales después de haber sido inscrito.

B. REACTIVACIÓN.

1. Podrán reactivarse las personas que hayan estado inscritas con anterioridad en el SCE del INAEBA, y que por alguna razón hayan suspendido su Alfabetización. La reactivación se realizará únicamente cuando se solicite a través del formato SCE-04, señalando en éste la clave del grupo asignado al Beneficiario, así como la autorización del Beneficiario (SCE-10). El SCE marcará los documentos a

2 Se refiere a la base de datos del registro civil del Estado de Guanajuato, información proporcionada y actualizada mediante convenio de colaboración suscrito entre la

Secretaría de Gobierno mediante la Dirección General del Registro Civil y el INAEBA. Igualmente se puede consultar la información del Registro Nacional de Población (RENAPO) mediante el acceso en línea proporcionado por la Secretaría de Gobernación.

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entregar. En caso de contar con la documentación correcta se deberán digitalizar los documentos y subir los archivos electrónicos al SCE para considerar en ese momento al Beneficiario como activo.

C. ASESORÍA.

1. El Beneficiario tendrá derecho a asistir al número de asesorías necesarias que le permitan obtener los conocimientos significativos de acuerdo a la metodología de Alfabetización.

2. El tiempo mínimo de cada asesoría para la enseñanza de la lecto-escritura deberá ser de una hora efectiva de clase; se llevará el mismo proceso para cuentas básicas.

3. Los Asesores deberán hacer uso de los métodos autorizados por la DDE. En el caso de propuestas o modificaciones a las metodologías de Alfabetización institucionales éstas deberán ser hechas del conocimiento de la DDE para su análisis y posible autorización.

4. En caso de que la modalidad de atención sea mediante el uso de video-asesoría «Vivencias» deberá hacer uso del cuadernillo destinado para dicho fin.

5. Es responsabilidad del Asesor dar de baja en el SCE a aquellos Beneficiarios que hayan manifestado explícitamente su deseo de abandonar su instrucción, así como también aquellos que tengan más de 6 inasistencias continuas sin previo aviso o que no cuente con algún acuerdo que justifique las inasistencias.

D. ACREDITACIÓN.

1. La evaluación del conocimiento adquirido se realizará por medio de Ejercicios de Reafirmación según se marcan en el plan de estudios vigente.

2. Todo beneficiario que no sepa leer ni escribir o realizar operaciones básicas (suma y resta) deberá presentar el Ejercicio Diagnóstico de Alfabetización, el cual deberá ser aplicado por el Promotor, quien realizará la calificación del mismo de acuerdo a las áreas de lecto-escritura y cuentas básicas. El resultado de esta evaluación será indicativa de la parte a la que se inscribirá de acuerdo a la tabla de puntajes emitida por la DDE.

3. El Beneficiario presentará los Ejercicios de Reafirmación para medir su aprovechamiento alcanzado, de acuerdo a lo siguiente: a. Si el Beneficiario fue inscrito en primera parte, deberá presentar E1, E2 Y EF. b. Si el Beneficiario fue inscrito en segunda parte, deberá presentar E2 Y EF. c. Si el Beneficiario fue inscrito en tercera parte, deberá presentar únicamente el EF.

4. Los Ejercicios de Reafirmación, deberán ser solicitados por el Asesor a través del SCE generando el

formato establecido para tal fin (SCE-07). En cualquier caso la aplicación se realizará en el lugar y los horarios de asesoría de acuerdo a la información del grupo o en las aplicaciones planeadas. El Asesor deberá solicitar con, al menos, 2 días hábiles de anticipación la aplicación de los Ejercicios de Reafirmación. Lo anterior para mantener un margen suficiente que permita la generación y traslado de los mismos, de acuerdo al punto [III.9] del presente documento.

5. El personal Aplicador será responsable de monitorear las fechas de evaluación, diseñar la planeación para la puntual asistencia a la aplicación y la previa recolección con el personal de CER de los ejercicios de acuerdo a los formatos SCE-07. La asignación de exámenes/ejercicios deberá realizarse al menos con un día de anticipación a la fecha programada para aplicación, con excepción de los

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exámenes impresos que se encuentran en resguardo, los cuales podrán solicitarse conforme al punto [III.9].

6. El personal Aplicador se hará responsable de los ejercicios impresos, su resguardo temporal, la correcta aplicación, traslado y calificación de los Ejercicios de Reafirmación.

7. El personal CER podrá aplicar y calificar Ejercicios Diagnóstico y de Reafirmación a Beneficiarios dentro de las instalaciones de la Coordinación de Zona. En caso de requerir ayuda para realizar aplicaciones fuera de las instalaciones, el Coordinador de Aplicadores deberá solicitar al menos 5 días naturales antes, mediante oficio la autorización al titular de la CACE argumentando el motivo, lugar, horario y el medio de transporte.

8. El personal de la Coordinación de Zona no deberá tener contacto con los Ejercicios de Reafirmación en ningún caso.

9. La aplicación de los ejercicios deberá llevarla a cabo el personal Aplicador quien adjuntará por cada aplicación de grupo un formato de supervisión administrativa de grupos (SCE-08) al Coordinador de Zona, el cual deberá ser integrado en el expediente del grupo.

10. No habrá un tiempo límite de aplicación de los ejercicios, el tiempo de duración deberá ser el necesario y suficiente para que todos los Beneficiarios concluyan su ejercicio.

11. El personal de CER recibirá los Ejercicios de Reafirmación ya calificados en un máximo de 3 días hábiles posteriores a la fecha de aplicación para su captura en el SCE. Deberán entregarse todos los ejercicios aplicados o no, ordenados de acuerdo al formato SCE-07.

12. El personal de CER tendrá un plazo de 2 días hábiles para la captura de la calificación de los Ejercicios

de Reafirmación (E1, E2 y EF) dentro del SCE a partir de la fecha de entrega de los ejercicios. Se rechazarán aquellos exámenes que presenten alguna de las siguientes incidencias:

a. No fueron generados por el SCE. b. Falta alguna firma autógrafa del Asesor y/o Aplicador o no están firmados con tinta. c. Tienen tachaduras, sobre escritura, corrector, remarcado, etc. d. Falta fecha de aplicación o bien ésta sea menor a la de generación o mayor a la de entrega al

CER. e. El nombre escrito por el Beneficiario no corresponde con el del encabezado del Ejercicio de

Reafirmación. f. Los rasgos caligráficos (escrito de puño y letra) del nombre del Beneficiario no corresponden

con el SCE-10.

13. La persona encargada del CER tendrá un plazo de 10 días naturales para la entrega de los ejercicios aplicados y capturados al área de Archivo Central a partir de la fecha en que fueron capturados en el SCE.

14. En caso de que el Beneficiario asista a alguno de los grupos de atención especial, la forma y modalidad de evaluación lo establecerá la DDE.

E. TERMINACIÓN DE ESTUDIOS.

1. La CACE expedirá en original y una sola vez la Constancia de Alfabetización, a los Beneficiarios que acrediten y concluyan en forma satisfactoria los estudios correspondientes.

2. Al capturar la calificación aprobatoria de su última parte de Alfabetización se iniciará el proceso de

emisión de la Constancia de Alfabetización. La CACE tendrá 4 días hábiles para la emisión y posterior entrega a CER de las Constancias de Alfabetización.

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3. Se deberá tener debidamente integrado el expediente del Beneficiario conforme a las fases de

inscripción, reinscripción y acreditación. En caso de que su expediente presente observaciones (matrículas 2007 y anteriores) se dará un plazo de 30 días naturales para solventar la observación o será dado de baja del módulo de certificación, cuando la observación sea de exámenes, el Beneficiario se ubicará en el SCE en la parte que le corresponda, de acuerdo a los documentos físicos del expediente del Beneficiario.

4. Una vez concluida la emisión de la Constancia de Alfabetización la CACE será la responsable de hacer llegar al personal de CER los documentos oficiales, quienes se encargarán de imprimir el acuse y anexarlo al documento a más tardar 2 días hábiles posteriores a su recepción. En caso de requerir la reimpresión del acuse, es responsabilidad de la Coordinación de Zona realizarla.

5. La entrega de las Constancias de Alfabetización se realizará a solicitud expresa dentro del SCE del Coordinador de Zona o en caso de ausencia del mismo, del Subcoordinador y sólo a ellos podrán ser entregadas. El que reciba (Coordinador o Subcoordinador) deberá firmar de recibido el formato SCE-09 generado por el módulo de entrega-recepción.

6. El personal de CER podrá hacer entrega de la Constancia de Alfabetización a los Beneficiarios de manera directa en las oficinas de la Coordinación de Zona. En caso de realizar entregas fuera de las instalaciones, el Coordinador de Zona deberá solicitar al menos 5 días naturales antes, mediante oficio la autorización al titular de la CACE argumentando el motivo y las medidas de seguridad que se aplicarán para el resguardo de los documentos.

7. El Coordinador de Zona, pudiéndose auxiliar de sus Promotores será responsable de recabar la fecha y el nombre completo a manera de firma de puño y letra del Beneficiario o firma del familiar en línea directa

3 que signa en el acuse y demás datos solicitados en el acuse. El Coordinador de Zona que se

auxilie de los Promotores para realizar la entrega deberá efectuarla mediante un formato SCE-09 generado por el SCE relacionando detalladamente las Constancias de Alfabetización entregadas.

8. El Coordinador de Zona tendrá 15 días naturales a partir de su recepción para entregar al personal de CER los acuses o Constancias de Alfabetización de los Beneficiarios que no hayan sido ubicados. El personal de CER resguardará las Constancias hasta que sea posible su entrega al Beneficiario o se le indique la devolución de las mismas al Archivo Central para su resguardo en su expediente.

9. Es responsabilidad del Beneficiario o de quien recibe revisar los datos plasmados en su Constancia de Alfabetización antes de firmar el acuse. En caso de existir algún error se hará del conocimiento del personal de CER quien tramitará su corrección. Una vez recibido por el Beneficiario, no se podrá efectuar corrección alguna.

10. Posterior a la entrega de la Constancia de Alfabetización se deberá remitir al Archivo Central el acuse descrito en el punto [IV.E.7], en un periodo no mayor de 10 días naturales, contados a partir de la recepción de los mismos.

11. El Archivo Central actualizará en el SCA el acuse descrito en el punto [IV.E.7] o Constancia de

Alfabetización para posteriormente ser archivado en el expediente del Beneficiario.

12. En caso de extravío o mal uso de la documentación de terminación de estudios, se deberá proceder a levantar un Acta Administrativa ante el área que corresponda, de acuerdo a lo siguiente:

- Si la irregularidad se presenta dentro de las instalaciones del INAEBA o sus áreas

descentralizadas, se deberá levantar el acta correspondiente con la participación del área jurídica de la Institución.

3 Se considera familiar en línea directa el padre, madre, hermano, hermana, esposo, esposa, hijo o hija.

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- Si la irregularidad se presenta fuera las instalaciones del INAEBA o de sus áreas descentralizadas, se deberá levantar acta ante el Ministerio Público.

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PARA EL CONTROL ESCOLAR 2012

V. NORMAS DE EDUCACIÓN BÁSICA. A. INSCRIPCIÓN / REINSCRIPCIÓN.

1. El candidato a inscribirse o reinscribirse es una persona que no ha iniciado o concluido su educación Primaria o Secundaria y tiene 15 o más años de edad, podrán inscribirse personas de entre 10 y 14 años al proyecto de atención para dicho fin cumpliendo los requisitos que se enunciarán con posterioridad.

2. Las personas deberán cubrir los requisitos de inscripción de acuerdo a lo siguiente:

a. Formato SCE-01 debidamente requisitado por parte de la Coordinación de Zona dentro del SCE, incluyendo las firmas autógrafas de las personas responsables así como el sello de la Coordinación de Zona, quedando el Beneficiario en calidad de preinscrito, quien podrá permanecer en éste carácter por un tiempo máximo de 30 días naturales posterior al cual la matrícula será reasignada.

b. Llenar todos los campos del formato SCE-10 en original y legible, sin tachaduras ni enmendaduras, con fecha menor a 60 días naturales a la entrega al CER.

c. Copia fotostática legible del Acta de Nacimiento -por ambos lados en caso de que sea necesario-, no obligatoria si el Beneficiario se encuentra en la base de datos del registro civil/RENAPO

4.

d. Copia fotostática legible de la Constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP). e. Una fotografía reciente tamaño infantil

5, de frente, centrada, con el rostro descubierto, en blanco y

negro o color, terminado mate o semimate. NO se aceptarán las fotografías: plastificadas, brillantes, instantáneas o poco nítidas con rostro difuso, mal cortadas, rostro demasiado cerca, que no permite sellar o en malas condiciones. Es tarea de la persona Responsable del CER el rechazo de las fotografías cuando no cumplen con las características definidas. En la parte posterior de las fotografías, el Promotor deberá anotar el nombre completo del Beneficiario(a) cuidando de no marcarla por el frente.

f. En el caso de inscripción al nivel (servicio) de Secundaria se requiere copia fotostática legible del Certificado de Primaria o de la Certificación de Estudios de Primaria. Las características que debe cubrir este documento son: fotografía, sello del «Sistema Educativo Nacional» que cubra la fotografía, nombre (que coincida con el acta y/o CURP) y firma del Director de la escuela.

g. Si el Beneficiario tiene antecedentes escolares deberá presentar copia del documento oficial de acreditación (por ambos lados) -debidamente sellado y firmado- que los compruebe. Los documentos oficiales son: Boleta de Calificaciones de Primaria o Secundaria del nivel (servicio) escolarizado o Informe de Calificaciones de otro sistema de educación para Adultos, y pueden ser de las Instituciones del Estado de Guanajuato, otro estado u otro país (previa validación por la Secretaría de Educación de Guanajuato).

h. En caso de que el Beneficiario no tenga antecedentes escolares, podrá elegir presentar un Examen Diagnóstico de Ubicación (EDU) por única ocasión durante su atención en el Instituto. Para ello el Promotor deberá imprimir el EDU desde el SCE al realizar su preinscripción. Habiendo sido aplicado el EDU por el Promotor deberá anexarlo al expediente para continuar su proceso de inscripción. El resultado determinará la parte o grado de inicio, o en el mejor de los casos su egreso basado en los conocimientos que se hayan evidenciado en la aplicación del examen.

3. En el caso del nivel (servicio) de Primaria, no es necesario que el Beneficiario presente todas las boletas de calificaciones de cada uno de los grados que haya cursado, se tomará en cuenta la boleta o constancia de estudios para ubicarlo conforme a la siguiente tabla:

4 Se refiere a la base de datos del registro civil del Estado de Guanajuato, información proporcionada y actualizada mediante convenio de colaboración suscrito entre la

Secretaría de Gobierno mediante la Dirección General del Registro Civil y el INAEBA. Igualmente se puede consultar la información del Registro Nacional de Población (RENAPO) mediante el acceso en línea proporcionado por la Secretaría de Gobernación. 5 La CACE se reserva el derecho de solicitar la reposición de la fotografía.

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Boletas, Revalidaciones o Constancia de Estudios:

Se inscribe a:

No presenta antecedentes escolares Primera parte

Acredita 1° y no acredita 2° Primera parte

Acredita 1° y 2° Segunda parte

Acredita 3° y no acredita 4° Segunda parte

Acredita 3° y 4° Tercera parte

Acredita 5° y no acredita 6° Tercera parte

Es importante resaltar que las características de las boletas o constancias que presente el Beneficiario son: Leyenda «Sistema Educativo Nacional», sello y firma del Director o Responsable del Control Escolar de la escuela o institución procedente.

4. Si el Beneficiario ingresa al nivel (servicio) de Secundaria y tiene antecedentes escolares, será ubicado

conforme a la tabla siguiente:

Presenta boletas: Se inscribe a:

Boleta de 1° o equivalente6 con al menos un área no acreditada Primer grado

Boleta de 1° o equivalente6 con todas las áreas acreditadas Segundo grado

Boleta de 2° o equivalente6 con al menos un área no acreditada Segundo grado

Boleta de 2° o equivalente6 con todas las áreas acreditadas Tercer grado

Boleta de 3° o equivalente6 con al menos un área no acreditada Tercer grado

Para los casos donde se inscriben a 2° o 3°, las boletas anteriores deben estar totalmente acreditadas.

Cuando la boleta presenta áreas no acreditadas, se debe verificar si anexa las constancias de regularización que las acredite. Las características de las boletas oficiales que se presentan son: Leyenda «Sistema Educativo Nacional», sello, nombre y firma del Director de la escuela. Las características de las constancias de regularización que se presentan debe contar con lo enunciado para la boleta, además de la firma del Responsable de Control Escolar de la emisora.

5. Podrán ser atendidas personas de entre 10 y 14 años dentro del «Proyecto 10-14» siempre y cuando se

cuente con la autorización explícita de la SEG y podrán ser inscritos en grupos destinados para ese proyecto o en grupos mixtos de atención del servicio normal.

6. Para que se registre la inscripción del Beneficiario es necesario que el expediente del Beneficiario contenga toda la documentación descrita anteriormente y sea entregada al personal de CER quien tendrá la obligación de verificar la cantidad y calidad de la documentación entregada en un máximo de 3 días hábiles posteriores a la entrega del expediente, en caso de existir algún problema el CER devolverá el expediente completo para su corrección, imprimiendo y anexando la constancia documentando todos los motivos de la devolución, en caso de contar con la documentación correcta se deberán digitalizar los documentos y subir los archivos electrónicos al SCE para considerar en ese

momento al Beneficiario como inscrito.

7. La Coordinación de Zona correspondiente debe facilitar la reinscripción inmediata de los Beneficiarios procedentes de otro sistema (CEBA, INEA, etc.), y en su caso solicitar a la CACE que proporcione el apoyo que se requiera.

8. El Informe de Calificaciones de Educación Primaria o Secundaria (boletas) es válido en los Estados Unidos Mexicanos. En caso de reinscripción del Beneficiario, estos documentos deben llevar las firmas de la autoridad educativa correspondiente del CEBA, del Responsable del Área de Control Escolar y el

6 Se considera equivalente el Informe Parcial de Estudios emitido por las instituciones educativas correspondientes (USAE y similares).

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sello oficial con la leyenda «SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL», para servir como único documento legal exigible de acreditación total o parcial.

9. Una vez realizada la inscripción, es responsabilidad de la CACE elaborar y expedir de manera gratuita a los Beneficiarios que lo soliciten una credencial válida a nivel nacional, que compruebe su condición de Beneficiario del sistema y que es indispensable para efectuar cualquier trámite dentro de la República Mexicana.

10. Terminado el proceso de inscripción del Beneficiario, el expediente deberá ser enviado al área de Archivo Central en un plazo máximo de 10 días naturales después de haber sido inscrito.

B. PROMOCIÓN.

1. La promoción se refiere a la continuación de los estudios de Alfabetización a Primaria, de Primaria a

Secundaria o de Alfabetización a Secundaria. En todos los casos se conserva el expediente anterior y sólo se complementará conforme a los requisitos de inscripción al nuevo nivel (servicio).

2. La promoción de un Beneficiario se puede dar si y sólo si se cumple lo siguiente para cada caso: 2.1. De Alfabetización a Primaria:

a. El Beneficiario concluyó el servicio de Alfabetización y el acuse ya fue recibido por el CER. b. Llenar el formato SCE-04 señalando en éste la clave del grupo asignado al Beneficiario. c. Anexar una fotografía que cumplan con los lineamientos establecidos en esta normativa. d. Contar con el formato SCE-10 debidamente requisitado en original y legible, sin tachaduras ni

enmendaduras y con firmas autógrafas.

2.2. De Primaria a Secundaria: a. El Beneficiario concluyó el servicio de Primaria y el acuse ya fue recibido por el CER. b. Contar con folio de certificación dentro del SCE. c. Llenar el formato SCE-04 señalando en éste la clave del grupo asignado al Beneficiario. d. Anexar una fotografía que cumplan con los lineamientos establecidos en esta normativa. e. Contar con el formato SCE-10 debidamente requisitado en original y legible, sin tachaduras ni

enmendaduras y con firmas autógrafas.

2.3. De Alfabetización a Secundaria: a. El Beneficiario concluyó el servicio de Alfabetización y el acuse ya fue recibido por el CER. b. Llenar el formato SCE-04 señalando en éste la clave del grupo asignado al Beneficiario. c. Anexar una fotografía que cumplan con los lineamientos establecidos en esta normativa. d. Anexar copia del certificado de Primaria. e. Contar con el formato SCE-10 debidamente requisitado en original y legible, sin tachaduras ni

enmendaduras y con firmas autógrafas.

3. En caso de contar con la documentación correcta se deberán digitalizar los documentos y subir los

archivos electrónicos al SCE para considerar en ese momento al Beneficiario como activo.

C. REACTIVACIÓN.

1. Podrán reactivarse las personas que hayan estado inscritas con anterioridad en el SCE del INAEBA, y que por alguna razón hayan suspendido su Educación Primaria o Secundaria. La reactivación se realizará únicamente cuando se solicite a través del formato SCE-04, en el cual se señalará la clave del grupo asignado al Beneficiario y el sistema de evaluación, así como la autorización del Beneficiario (SCE-10). El SCE marcará los documentos a entregar. En caso de contar con la documentación

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correcta se deberán digitalizar los documentos y subir los archivos electrónicos al SCE para

considerar en ese momento al Beneficiario como activo.

2. No será posible reactivar un Beneficiario que no cuente con el acuse de la Constancia de Alfabetización o Certificado de Primaria en el caso de haber cursado alguno de esos niveles en el Instituto.

D. ASESORÍA.

1. El Beneficiario tendrá derecho a asistir al número de asesorías necesarias que le permitan obtener los conocimientos significativos de acuerdo al plan de estudios vigente.

2. El tiempo mínimo de cada asesoría por área o asignatura deberá ser de una hora efectiva de clase.

3. El Asesor deberá capturar en los tiempos estipulados por el Coordinador de Zona los avances de cada Beneficiario dentro del SCE previo a las aplicaciones de examen.

4. Es responsabilidad del Asesor dar de baja en el SCE a aquellos Beneficiarios que hayan manifestado explícitamente su deseo de abandonar su instrucción, así como también aquellos que tengan más de 6 inasistencias continuas sin previo aviso o acuerdo entre Beneficiario y el Asesor.

E. ACREDITACIÓN.

1. En caso de que el Beneficiario tenga derecho y haya elegido aplicar el EDU, deberá ser calificado por el

personal de CER, el resultado determinará la parte o grado inicial que le corresponda, o inclusive acreditar todos ellos dependiendo del resultado obtenido conforme a lo establecido por la DDE. Las calificaciones obtenidas serán las que a cada parte o grado correspondan con los temas que le fueron evaluados.

2. Es obligación de los CEBA-INAEBA evaluar el dominio de los conocimientos, habilidades y aptitudes de los Beneficiarios, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo Secretarial número 200.

3. Los Asesores deben valorar a sus Beneficiarios en forma permanente y sistemática, como profesionales

de la educación, y ser facilitadores de su aprendizaje. 4. El Informe de Calificaciones es el único documento legal exigible de acreditación total o parcial de una

parte o grado. En caso de tránsito del Beneficiario a otro Sistema Educativo, estos documentos deben llevar las firmas del Director correspondiente del CEBA-INAEBA, del Responsable del Área de Control Escolar y el sello oficial con la leyenda «SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL».

5. El modelo de evaluación para Primaria comprende las siguientes áreas:

Primera Parte Segunda Parte Tercera Parte

Español Español Español

Matemáticas Matemáticas Matemáticas

Ciencias Naturales Ciencias Naturales Ciencias Naturales

Ciencias Sociales Ciencias Sociales Ciencias Sociales

6. El modelo de evaluación para Secundaria comprende las siguientes áreas:

1er

Grado 2° Grado 3er

Grado

Español Español Español

Matemáticas Matemáticas Matemáticas

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Ciencias Naturales Ciencias Naturales Ciencias Naturales

Ciencias Sociales Ciencias Sociales Ciencias Sociales

7. La evaluación del dominio de conocimientos, habilidades y valores de los Beneficiarios inscritos en

Primaria o Secundaria dará lugar a la formulación de calificaciones, de acuerdo al siguiente sistema de evaluación utilizado:

Sistema de Evaluación Comprende

Área-Parte (Primaria) Área-Grado (Secundaria)

Los contenidos programáticos de un área particular en una parte o grado determinado. Por ejemplo: Español de Primero.

Global-Parte (Primaria) Global-Grado (Secundaria)

Los contenidos programáticos de las cuatro áreas en una parte o grado determinado. Ejemplo: Español, Matemáticas, Ciencias Naturales y Ciencias Sociales de Primero.

Global-Nivel Los contenidos programáticos de todas las áreas de las tres partes o de los tres grados.

8. Los instrumentos de evaluación utilizados en sus diferentes sistemas de evaluación (Área-Grado,

Global-Grado y Global-Nivel) así como la Evaluación Diagnóstica y el EDU los elabora y difunde la DDE de la Institución mediante el Examen Virtual.

9. En caso de que el Beneficiario requiera la revisión de la calificación de alguna Evaluación Cuantitativa, ésta deberá ser solicitada por el Coordinador de Zona mediante oficio al titular de la CACE para que realice las gestiones correspondientes; la calificación definitiva será aquella que la DDE asigne en esta revisión. Dicha solicitud no procederá en caso de haber generado una nueva solicitud de examen (SCE-07) o un Informe de Calificaciones. El resultado será hecho del conocimiento del Coordinador de Zona mediante seguimiento al oficio, quien deberá notificar a la brevedad al Beneficiario.

10. La escala oficial de calificaciones es numérica del 5 al 10. La calificación mínima aprobatoria es 6.0.

11. En caso de que el Beneficiario no apruebe un examen, se buscarán estrategias alternas para despertar

el interés, motivación y gusto para que continúe los estudios correspondientes.

12. En el Informe de Calificaciones se registrarán únicamente las aprobatorias, las áreas no acreditadas se cancelarán con una línea diagonal. En caso de que el Beneficiario requiera un Informe de Calificaciones, el Coordinador de Zona deberá solicitarlo por oficio al titular de la CACE para llevar a cabo su emisión. Una vez emitido el Informe de Calificaciones no se podrán realizar cambios en el sistema de evaluación, ni renunciar y/o hacer revisiones de las calificaciones reportadas. No se podrán emitir Informes de Calificaciones cuando el Beneficiario haya acreditado el 100% del nivel.

13. Los exámenes de Primaria o Secundaria, deberán ser solicitados por el Asesor a través del SCE

generando el formato establecido para tal fin (SCE-07). En cualquier caso la aplicación se realizará en el lugar y los horarios de asesoría de acuerdo a la información del grupo o en las aplicaciones planeadas. El Asesor deberá solicitar con, al menos, 2 días hábiles de anticipación la aplicación de exámenes. Lo anterior para mantener un margen suficiente que permita la generación y traslado de los mismos, de acuerdo al punto [III.9] del presente documento.

14. El personal Aplicador será responsable de monitorear las fechas de evaluación, diseñar la planeación para la puntual asistencia a la aplicación y la previa recolección con el personal de CER de los exámenes de acuerdo a los formatos SCE-07. La asignación de exámenes/ejercicios deberá realizarse al menos con un día de anticipación a la fecha programada para aplicación, con excepción de los exámenes impresos que se encuentran en resguardo, los cuales podrán solicitarse conforme al punto [III.9].

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15. El personal Aplicador se hará responsable de los exámenes impresos, su resguardo temporal, la correcta aplicación y traslado.

16. El personal CER podrá aplicar exámenes impresos o en línea a Beneficiarios dentro de las instalaciones de la Coordinación de Zona. En caso de requerir ayuda para realizar aplicaciones fuera de las instalaciones, el Coordinador de Aplicadores deberá solicitar al menos 5 días naturales antes, mediante oficio la autorización al titular de la CACE argumentando el motivo, lugar, horario y el medio de transporte.

17. La aplicación de los exámenes deberá llevarla a cabo el personal Aplicador quien adjuntará por cada aplicación de grupo un formato de supervisión de grupos (SCE-08) al Coordinador de Zona, el cual deberá ser integrado en el expediente del grupo.

18. Los exámenes se entregarán al CER, en un máximo de 3 días hábiles posteriores a la fecha de aplicación para su registro en el SCE. Los exámenes aplicados o no, serán entregados en orden de acuerdo al formato SCE-07.

19. El personal de CER tendrá un plazo de 2 días hábiles para ingresar los exámenes aplicados en el

Examen Virtual a partir de la fecha de recepción. Se rechazarán aquellos exámenes que presenten alguna de las siguientes incidencias:

a. Fueron generados fuera del Examen Virtual. b. Falta alguna firma autógrafa del Asesor y/o Aplicador y/o Beneficiario o no están firmados

con tinta. c. Tienen tachaduras, sobre escritura, corrector, remarcado, etc. d. Falta fecha de aplicación o bien esta sea menor a la de generación o mayor a la de entrega al

CER. e. El nombre escrito por el Beneficiario no corresponde con el del encabezado del examen. f. Los rasgos caligráficos (escrito de puño y letra) del nombre del Beneficiario no corresponde

con el SCE-10.

20. La persona Responsable del CER tendrá un plazo de 10 días naturales para la entrega de los exámenes aplicados y calificados al área de Archivo Central a partir de la fecha en que fueron capturados en el Examen Virtual.

21. Los Beneficiarios tendrán derecho a presentar sus evaluaciones de Primaria o Secundaria (Área-Grado y Global-Grado), siempre y cuando acudan a recibir asesoría, por lo menos una semana.

22. En caso de Beneficiarios que elijan sustentar el Examen Global-Nivel en cualquiera de los modelos

pedagógicos de Educación Primaria o Secundaria, deberán tener activos por lo menos 30 días naturales previos a la aplicación del examen.

23. Para hacer un cambio entre los diferentes sistemas de evaluación, éste será a través del formato SCE-

04, adjuntando el formato de autorización correspondiente del Beneficiario (SCE-10) y observar las especificaciones de la siguiente tabla:

Beneficiario inscrito a:

Cambia a la modalidad de:

Se requiere:

Área-Grado Global-Grado Si ya aplicó exámenes de Área-Grado, concluir exitosamente con el grado correspondiente.

Global-Grado Área-Grado Si ya aplicó examen Global-Grado y no lo acredita, puede hacer el cambio a Área-Grado. Las calificaciones obtenidas en el examen de Global-Grado se anulan.

Global-Nivel Área-Grado Global-Grado

Si presentó y no acreditó el examen Global-Nivel puede optar por: repetir el examen Global-Nivel, cambiarse a Área-Grado o Global-

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Grado. En este caso se anulan tanto la evaluación cuantitativa como la cualitativa y serán sustituidas por las nuevas evaluaciones.

Área-Grado Global-Grado

Global-Nivel Se realiza el cambio anulando todas las calificaciones que haya obtenido en otras evaluaciones, y la inscripción será a primer grado o parte independientemente del grado o parte del cual provenga.

Las calificaciones anuladas no podrán ser recuperadas de ninguna forma.

24. El Asesor –y sólo él– deberá realizar la Evaluación Cualitativa por cada Beneficiario al momento de

hacer la solicitud de exámenes que acredita una parte o grado. Deberá realizarse en línea dentro del SCE de acuerdo a lo siguiente: a. Sólo se aplicará el puntaje a Beneficiarios que han obtenido calificación igual o mayor a 6 en su

Evaluación Cuantitativa. En caso de tener calificación reprobatoria no se modificará. b. La ponderación entre la evaluación cuantitativa y cualitativa es de 90% y 10% respectivamente. c. El Asesor podrá hacer que el Beneficiario repruebe aun cuando la Evaluación Cuantitativa haya

sido aprobada, esto dependerá de los puntajes obtenidos en las dos evaluaciones.

25. En caso de que el Beneficiario acredite un examen la forma de realizar la ponderación de los exámenes será la siguiente: a. Cálculo de la calificación cualitativa: número de reactivos positivos multiplicado por diez y dividido

entre el número total de reactivos de la evaluación cualitativa. El resultado se multiplica por 0.1 y se guarda con todas sus cifras decimales.

b. Cálculo de la calificación cuantitativa: número de aciertos multiplicado por diez y dividido entre el número total de reactivos de la evaluación cuantitativa. El resultado se multiplica por 0.9 y se guarda con todas sus cifras decimales.

c. Cálculo de la calificación integral por área, grado o nivel: se suma la calificación cualitativa más la calificación cuantitativa y el resultado se trunca a una sola cifra decimal.

d. Cálculo de calificación de aprovechamiento general: se obtendrá de la siguiente forma: - Global Nivel: no es necesario realizar cálculos adicionales, la calificación integral obtenida se

almacena como la calificación de aprovechamiento general. - Global Grado: se promedian las calificaciones integrales por grado y se trunca a una sola cifra

decimal. - Área Grado: se promedian todas las calificaciones integrales por área y se trunca a una cifra

decimal para obtener las calificaciones integrales por grado, finalmente se promedian las calificaciones por grado y se truncan a una cifra decimal.

26. Cualquier Beneficiario inscrito en Primaria o Secundaria podrá aplicar examen en línea. La aplicación

podrá realizarse en cuanto el Beneficiario lo desee y se lo comunique a su Asesor para que éste ingrese al sistema la información referente a su Evaluación Cualitativa y solicitud de examen señalando que será en línea, siempre y cuando se cumpla con: a. Validar que el Beneficiario corresponde a la fotografía e identificación digitalizada en el SCE. b. La aplicación se realiza en algún sitio certificado para tal fin (Ver Anexo 3). c. Esté dentro del horario de aplicación autorizado para ese sitio (Ver Anexo 3).

27. Al finalizar la aplicación en línea, el Examen Virtual emitirá una boleta por duplicado, la cual deberá ser

firmada por el Aplicador, el Beneficiario escribirá su nombre completo a manera de firma. El Beneficiario se quedará con uno de los originales, el Aplicador deberá entregar el otro documento al personal de CER dentro de los 3 días hábiles posteriores a la aplicación para su envío al Archivo Central.

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28. En caso de que el Beneficiario asista a alguno de los grupos de atención especial, la forma y modalidad de evaluación lo establecerá la DDE.

29. El Asesor o Promotor, dará a conocer a los Beneficiarios sus calificaciones, durante los siguientes diez días hábiles contados a partir de la última fecha de aplicación del sistema de evaluación.

F. CERTIFICACIÓN.

1. El proceso de certificación se sujeta a las fechas estipuladas por la Secretaría de Educación, de acuerdo a su calendario anual según la fecha de la última acreditación.

2. Al capturar la calificación aprobatoria de su última evaluación se iniciará el proceso de emisión del Certificado de Terminación de Estudios de Educación Primaria o Secundaria. La CACE tendrá 5 días hábiles para la emisión y entrega a CER del Certificado de Terminación de Estudios de Educación Primaria o Secundaria posteriores a la fecha calendarizada por la Secretaría de Educación de Guanajuato (SEG).

3. Se deberá tener debidamente integrado el expediente del Beneficiario conforme a las fases de

inscripción, reinscripción, promoción y acreditación. En caso de que su expediente presente observaciones (matrículas 2007 y anteriores) se dará un plazo de 30 días naturales para solventar la observación o será dado de baja del módulo de certificación, cuando la observación sea de exámenes, el Beneficiario se ubicará en el SCE en la parte/grado que le corresponda, de acuerdo a los documentos físicos del expediente del Beneficiario.

4. Una vez concluida la emisión del Certificado de Terminación de Estudios la CACE será la responsable de hacer llegar al personal de CER los documentos oficiales, quienes se encargarán de imprimir el acuse y la relación de folios (REL) y anexarlo al documento a más tardar 2 días hábiles posteriores a su recepción. En caso de requerir la reimpresión del acuse y la relación de folios (REL), es responsabilidad de la Coordinación de Zona realizarla.

5. La entrega de los Certificados de Terminación de Estudios se realizará a solicitud expresa dentro del SCE del Coordinador de Zona o en caso de ausencia del mismo, del Subcoordinador, y sólo a ellos podrán ser entregados. El que reciba (Coordinador o Subcoordinador) deberá firmar de recibido el formato SCE-09 generado por el módulo de entrega-recepción.

6. El personal de CER podrá hacer entrega de los Certificados de Terminación de Estudios a los Beneficiarios de manera directa en las oficinas de la Coordinación de Zona. En caso de realizar entregas fuera de las instalaciones, el Coordinador de Zona deberá solicitar al menos 5 días naturales antes, mediante oficio la autorización al titular de la CACE argumentando el motivo y las medidas de seguridad que se aplicarán para el resguardo de los documentos.

7. El Coordinador de Zona tendrá 15 días naturales a partir de la recepción para entregar al personal de CER los acuses, REL y/o Certificados de los Beneficiarios que no hayan sido ubicados. El personal de CER resguardará los Certificados hasta que sea posible su entrega al Beneficiario o se le indique la devolución de los mismos al área de Certificación.

8. El Coordinador de Zona, pudiéndose auxiliar de sus Promotores será responsable de recabar la fecha y el nombre completo a manera de firma de puño y letra del Beneficiario o firma del familiar en línea directa

7 que signa en el acuse y en la relación de folios (REL) de acuerdo al punto [V.F.9], entregado

junto con el documento oficial. El Coordinador de Zona que se auxilie de los Promotores para realizar la entrega deberá efectuarla mediante un formato SCE-09 generado por el SCE relacionando detalladamente los Certificados de Terminación de Estudios entregados.

7 Se considera familiar en línea directa el padre, madre, hermano, hermana, esposo, esposa, hijo o hija.

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9. El llenado de la REL, se debe realizar de la siguiente forma:

a. En el anverso de la relación, el Beneficiario deberá poner su nombre completo a manera de firma –

usando tinta azul o negra- en el espacio denominado «Firma de recibido» en el mismo renglón donde vienen los datos del Beneficiario. En caso de recibir un familiar en línea directa

10 deberá

plasmar su firma –usando tinta azul o negra- y anexar copia de una Identificación Oficial de la persona que recibe. La firma debe corresponder a la Identificación Oficial.

b. En el reverso, el Beneficiario o familiar en línea directa, deberá escribir los datos correspondientes a la fecha en que está recibiendo su Certificado de Terminación de Estudios, respetando el espacio para el día, mes y año en el mismo renglón donde viene la información referente a su aprovechamiento.

c. El llenado o escritura de algún otro dato no señalado en los puntos anteriores, será motivo de rechazo, esto incluye tachaduras, enmendaduras, manchas, corrector, etc. Así mismo es motivo de rechazo el que ambas páginas de la REL se hayan impreso en hojas separadas o bien se encuentren en una orientación diferente una de la otra.

10. Es responsabilidad del Beneficiario o de quien recibe revisar los datos plasmados en su Certificado de

Terminación de Estudios antes de firmar el acuse y la REL. En caso de existir algún error se hará del conocimiento del personal de CER quien tramitará su corrección. Una vez que el acuse signado es recibido por el CER el proceso de reposición será conforme al punto [V.G].

11. El Coordinador de Zona podrá emitir por medio del SCE Carta de Buena Conducta a Beneficiarios que lo soliciten previo visto bueno del Asesor, siempre y cuando haya aplicado al menos un examen o tenga más de 60 días de haberse inscrito. Se deberá de imprimir en papel membretado y tener firma autógrafa del Coordinador Solicitante y sello de la Coordinación.

12. Posterior a la entrega del Certificado de Terminación de Estudios se deberá remitir al Archivo Central el

acuse y la REL descritos en el punto [V.F.8] y [V.F.9] respectivamente, en un periodo no mayor de 10 días naturales, contados a partir de la recepción de los mismos.

13. El Archivo Central actualizará en el SCA el acuse y copia de identificación cuando recibió algún familiar directo para posteriormente ser archivado en el expediente del Beneficiario; la REL será enviada a firma de la Autoridad Educativa Correspondiente y el Responsable del área de Control Escolar y sellada para su posteriormente ser resguardada de forma secuencial con respecto al número de folio y nivel (servicio) por el área de Archivo Central para su posterior entrega comprobatoria del uso del formato oficial ante la SEG.

14. En caso de extravío o mal uso de la documentación de certificación y sellos oficiales, se deberá

proceder a levantar un Acta Administrativa ante el área que corresponda, de acuerdo a lo siguiente:

- Si la irregularidad se presenta dentro de las instalaciones del INAEBA o sus áreas descentralizadas, se deberá levantar el acta correspondiente con la participación del área jurídica de la Institución.

- Si la irregularidad se presenta fuera las instalaciones del INAEBA o de sus áreas descentralizadas, se deberá levantar acta ante el Ministerio Público.

15. El Certificado de Terminación de Estudios de Educación Primaria o Secundaria, es válido en los

Estados Unidos Mexicanos y no requiere trámite adicional de legalización.

16. La SEG se reserva el derecho de verificar la correcta integración de los expedientes, y de la aplicación de los lineamientos normativos emitidos por ésta.

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G. REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS.

1. El INAEBA sólo podrá realizar reposiciones de Certificados de Terminación de Estudios que hayan sido emitidos por el Instituto que presenten errores y que se devuelva el documento original siempre y cuando no se haya efectuado el cierre de la serie de folios, posterior a eso el tramite deberá hacerse ante la SEG.

2. Con excepción del punto anterior, el INAEBA no realiza reposiciones de certificados ni propios ni de institución alguna, pero por medio de la CACE podrá ayudar a realizar las gestiones para el trámite ante las instancias correspondientes. Para ello se deberán de seguir los lineamientos marcados por las instituciones que proveen el servicio.

3. El servicio de gestionar las reposiciones por parte del Instituto es gratuito, no así el pago que imponga cada institución como costo por la reposición.

4. La CACE no recibirá dinero como pago del costo de reposición, estos deberán realizarse en las instituciones bancarias y/u oficinas de rentas según sea el caso. El recibo original se entregara junto con los documentos necesarios para la reposición al Coordinador de la CACE.

5. Con la finalidad de evitar gastos a los Beneficiarios y acortar tiempos el Certificado de Terminación de Estudios de Primaria podrá suplirse por la respuesta oficial de la institución emisora del certificado en donde haga constar que el Beneficiario acreditó el nivel, así como la fecha.

H. AUDITORIA DE CIERRE DE FOLIOS ANTE LA SEG.

1. La persona encargada del área de Certificación será responsable de tener listos los documentos para la auditoría de los folios ante la SEG. Para ello solicitará al personal de CER enviar los certificados que no se hayan entregado al Beneficiario, así como al Archivo Central las carpetas de REL debidamente requisitadas.

2. Posterior al aviso emitido por la SEG sobre el inicio de auditoría de folios, el área de Certificación se encargará de cancelar los folios que no hayan sido entregados a Beneficiarios o no hayan sido utilizados.

3. Los folios sin utilizar, cancelados por error y cancelados por auditoría se acomodarán por separado en forma ascendente según el folio.

4. Con ayuda del SCE la persona encargada de Certificación elaborará el libro de folios, los anexos y el concentrado de folios. Deberá revisar que coincidan los datos con los documentos en físico, y así entregar todo a la SEG para su revisión.

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PARA EL CONTROL ESCOLAR 2012

VI. NORMAS DEL SISTEMA DE CONTROL ESCOLAR

A. DEFINICIÓN. El SCE debe entenderse como sistema de cómputo que permite la administración (registro, mantenimiento y actualización) de información sobre los Beneficiarios, Asesores, grupos, Promotores, etc., de acuerdo a los servicios que presta el INAEBA. B. NORMAS.

1. El área responsable del desarrollo y mantenimiento del sistema así como de la base de datos de información es la Coordinación de Control Escolar (CCE) dependiente de la DSESI, quienes se encargarán de tener en operación el sistema, realizar mejoras, actualizaciones y resguardo de la información.

2. La información alimentada al sistema es responsabilidad del usuario que la introduce, teniéndose como prueba del mismo la bitácora del propio sistema.

3. La información contenida en el sistema deberá ser obtenida fielmente del expediente del Beneficiario / Asesor / Promotor y/o grupo.

4. La información considerada con validez oficial es la contenida en el SCE del INAEBA, cualquier otra fuente no será tomada en cuenta para propósitos oficiales, en caso de aclaración se deberá remitir a la contenida en el expediente del Beneficiario, la cual estará a resguardo del área de Archivo Central de la CACE.

5. La CACE se reserva el derecho de la asignación, administración o revocación de privilegios otorgados a usuarios del SCE conforme a las actividades a efectuar o políticas de seguridad.

6. La clave de acceso al SCE es única e intransferible y es responsabilidad del usuario el uso y cuidado según el clausulado del formato de solicitud de la misma.

7. En caso de desuso de la CUA por un periodo mayor a 60 días naturales, será dada de baja, para reactivarla se deberá hacer el mismo proceso de creación.

8. En caso de baja de personal que tenga CUA activa será procesado el movimiento en cuanto sea oficializado por la Coordinación de Recursos Humanos a la DSESI.

9. Los cambios de adscripción y/o funciones deberán ser comunicados por parte del Director del Área a la DSESI para poder realizar el análisis y las modificaciones aplicables al perfil de la CUA.

10. Los Beneficiarios que no tengan movimientos en el SCE por un periodo de 120 días, procederá baja automática (por sistema).

11. Es tarea del personal de CER mantener actualizada la información en el SCE, procesando en tiempo y

forma todos los formatos que entregue la Coordinación de Zona.

12. Los formatos generados por el SCE que cumplan 30 días naturales desde su generación y no hayan sido entregados al personal de CER mediante el SCE-09, serán eliminados automáticamente.

13. No se podrá operar ningún movimiento o solicitud dentro del SCE que no haya sido recibido con el módulo de entrega-recepción (SCE-09).

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LINEAMIENTOS NORMATIVOS

PARA EL CONTROL ESCOLAR 2012

14. La persona o equipo que realice las funciones de CAS será la encargada de llevar a cabo la creación, modificación, baja y ajuste de CUAs y perfiles dentro del SCE y demás sistemas del Instituto. Para sus funciones podrá solicitar la ayuda de la CACE, CCE u otras áreas del Instituto. Así pues todas las solicitudes de ésta índole deberán ser dirigidas a esa cuenta mediante oficio digital.

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LINEAMIENTOS NORMATIVOS

PARA EL CONTROL ESCOLAR 2012

VII. NORMAS DEL MANEJO DE ARCHIVO

A. DEFINICIÓN. La CACE hará uso de dos tipos de archivo documental:

1. Archivo Central, responsable del resguardo de la documentación de Beneficiarios, el cual está a cargo del Encargado de Archivo y su equipo.

2. Archivo Regional, responsable del resguardo de la documentación de grupos, de movimientos de grupos y de todas las entregas de documentos relacionadas con el proceso de acreditación y certificación; éste estará a cargo del Encargado del CER. Así como el resguardo temporal de documentos de Beneficiarios, ya sean expedientes, exámenes, ejercicios de reafirmación, certificados, constancias o acuses.

3. Archivo Muerto, mantendrá toda aquella información histórica de los procesos de la administración escolar del Instituto y que no sea requerida con fines operativos vigentes.

B. NORMAS DEL ARCHIVO CENTRAL.

1. Es responsabilidad del Área de Archivo Central de la CACE el resguardar toda la documentación relacionada con los Beneficiarios, así como la contenida en el Archivo Muerto.

2. Sólo el personal de la DSESI tendrá acceso físico al área de resguardo, el cual deberá mantenerse aislado para evitar el acceso a personal no autorizado.

3. El personal de Archivo Central será encargado de recibir la documentación de Beneficiarios enviada por el CER. Se debe verificar la integridad y calidad de cada documento. Una vez ingresada la información al Sistema de Control de Archivo (SCA), los documentos deben ser archivados en su carpeta correspondiente el mismo día de captura. Este proceso debe ser realizado en un lapso de tiempo no mayor a 10 días naturales contados a partir de su recepción.

4. Cuando algún área del Instituto requiera consultar documentación contenida en el Archivo Central, debe solicitarla mediante oficio digital dirigido al titular de la CACE, especificando el uso que le dará y la fecha de visita. La autorización deberá ser comunicada al encargado de Archivo. La consulta deberá realizarse dentro de las instalaciones del Archivo Central.

5. El resguardo de la privacidad de la información contenida en los documentos consultados y/o los documentos reproducidos será responsabilidad del visitante.

6. Es responsabilidad del Encargado de Archivo Central atender en tiempo y forma las solicitudes de obtención de información y/o búsqueda de expediente de Beneficiarios solicitados por las diversas áreas del INAEBA, previa validación del Coordinador de la CACE.

7. El Coordinador de la CACE definirá en cada caso los documentos de la administración escolar originados en el área de CER, Certificación o Archivo Central que pasarán a formar parte del Archivo Muerto.

C. NORMAS DEL ARCHIVO REGIONAL.

1. Es responsabilidad del Área de CER el resguardar toda la formatería relacionada con grupos, acreditaciones y certificaciones de los Beneficiarios, estas últimas según lo especificado en la presente normativa.

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LINEAMIENTOS NORMATIVOS

PARA EL CONTROL ESCOLAR 2012

2. Sólo el personal autorizado por la DSESI tendrá acceso físico al área de resguardo, el cuál debe tener

el siguiente acomodo: a. Una carpeta para grupos del año en curso, ordenado en forma ascendente de acuerdo a la

matrícula del grupo. Se deben incluir todos los movimientos referentes al grupo consecutivamente luego de su SCE-03, dichos formatos deben ser anexados por folio de forma ascendente.

b. Una carpeta o carpetas para almacenar los formatos SCE-09, del año en curso, de entrega de exámenes a los Aplicadores. Deben ser ordenados en forma ascendente por folio.

c. Una carpeta o carpetas para almacenar los formatos de entrega SCE-09 de constancias y certificados a la Coordinación de Zona. Deben ser ordenados en forma ascendente por folio.

d. Una carpeta o carpetas para almacenar los formatos SCE-09, del año en curso, ordenados en forma ascendente por folio. Se deben tener carpetas separadas para cada área a la que se hace la entrega-recepción de formatos, por ejemplo CZ↔CER, CER↔Archivo, CER↔Certificación.

3. Los documentos deben ser archivados a más tardar 2 días hábiles después de su procesamiento.

4. Las carpetas deben tener una etiqueta en los lomos, para su fácil identificación. Los datos mínimos que

debe tener son: a. Logo del Instituto. b. Dirección de Servicios Escolares y Sistemas de Información. c. Coordinación de Acreditación y Certificación. d. Coordinación de Zona de Adscripción, e. Tipo de formato contenido dentro de la carpeta. f. Año.

5. El resguardo temporal de las Constancias de Alfabetización y Certificados de Terminación de Estudios

de los Beneficiarios en un espacio adecuado y bajo llave.

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LINEAMIENTOS NORMATIVOS

PARA EL CONTROL ESCOLAR 2012

VIII. DIAGRAMAS DE FLUJO DE LOS PROCESOS DE CONTROL ESCOLAR.

A. DEFINICIÓN. Un diagrama de flujo de un proceso, es la representación gráfica de las actividades que cada «figura» realiza de forma ordenada y secuenciada. Un diagrama de este tipo tiene alguna serie de premisas que es necesario conocer para su correcta interpretación: 1. Hay sólo un punto de inicio y un fin. 2. El diagrama se encuentra separado de forma vertical por las «figuras» responsables de desarrollar la

actividad. 3. Las actividades se representan con rectángulos conteniendo la descripción de la tarea. 4. El orden y la secuenciación de las actividades es representada mediante flechas unidireccionales con líneas

continuas.

5. En algunas actividades se podrá observar iconos como este: SCE-09

que representan los documentos o formatos producto de llevar a cabo la tarea.

6. Algunas actividades involucran un cambio de estatus8 que será representado por este ícono

Por aplicar

. 7. Las actividades compartidas entre «figuras» contiguas se podrán distinguir cuando se observen rectángulos

ubicados entre ambas columnas. 8. Las actividades compartidas entre «figuras» no contiguas se distinguirán al observar rectángulos cuyos

contornos tienen líneas discontinuas enlazadas por flechas discontinuas que unen las tareas. 9. En el caso de las decisiones se representan mediante un rombo con una salida verdadera y una falsa. 10. Los conectores entre diferentes partes de un mismo proceso se identifican mediante pequeños círculos con

el número de conector en su interior. Pueden verse varios conectores «origen», pero sólo un «destino».

8 El estatus es un indicador que representa la posición actual del proceso, éste será usado en los reportes generados por el SCE o cualquier otro sistema.

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LINEAMIENTOS NORMATIVOS

PARA EL CONTROL ESCOLAR 2012

B. PROCESO DE INSCRIPCIÓN.

Proceso de inscripción

Beneficiario Asesor PromotorCoordinador/Subcoordinador

de ZonaCER Archivo Central

Inicio

Promoción de los

servicios

Identificar personas

interesadas

SCE-05

Solicitar documentos

Integrar expediente

Expediente

(Anexo 2)

¿El grupo está

activo?

Crear grupo

No

Validar expediente, firmar

SCE-01

Entregar expediente

¿El expediente

cumple con la

normativa vigente?

(Anexo 2)

Revisar expediente

Si

No

¿El expediente

cumple con la

normativa vigente?

(Anexo 2)

Entrega de expediente

SCE-09

Si

Entrega de expediente

SCE-09

Entrega de expediente

SCE-09

¿El expediente está

completo y

ordenado?

Actualizar en el SCA y Archivar

Si

Fin

Capturar Observación(es)

1

No

Solventar observación(es)

¿La(s)

observación(es)

requieren

solventación?

Si

No

1

Preinscribir interesado,

obtener listado de

documentos exigibles

Preinscrito

SCE-01

Preinscrito

Entrega documentos y

firma autorizaciónSCE-10

SCE-03

Por inscribir

Digitalizar documentos,

inscribir Beneficiario y

capturar boletas.

Inscrito

ObservadoRechazado

Capturar observación(es)

No

Observado

Inscrito Enviado

Observado

Por solventar

Archivado

Abrir y revisar

paquetes

Recibido

¿Es

candidato y

solicita

EDU?

No

Imprime EDUAplicar EDU Si

Observa

ciones

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INAEBA / DSESI / CACE Pág. 28 de 58

LINEAMIENTOS NORMATIVOS

PARA EL CONTROL ESCOLAR 2012

C. PROCESO DE ACREDITACIÓN (ALFABETIZACIÓN Y EDUCACIÓN BÁSICA).

Proceso de acreditación

Beneficiario AsesorCoordinador/Subcoordinador de

ZonaAplicador CER Archivo Central

Inicio

Solicitud de examen

Programar aplicación

Procesar solicitud

Recolectar paquete de

exámenes impresos

Aplicar exámenes

Aplicar exámenes

Empaquetar exámenes

¿El examen

está

contestado?

Resguardar

examen

Calificar/capturar

examen/ejercicio

1

Llenar solicitud en el

SCESCE-07

No

¿Cumple

con la

normativa?

Si

No

Entrega de exámenes

SCE-09

¿La(s)

observación(es)

requieren

reimpresión del

examen?

Fin

Actualizar en el SCA y

Archivar

1

Autorizar reimpresión y

aplicaciónSi

Solventar observación(es)

No

2

2

Entrega de exámenes

SCE-09

Solicitado Programado

Impreso

Entrega de exámenes

Por aplicar Impreso

SCE-09

Entrega de paquetes de

exámenes

Por aplicar Recibido

SCE-09

Resguardado

Calificado

Calificado EnviadoObservadoPor solventar

Capturar

observación

(es)

Observado

Archivado

Solicitado

3

3

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LINEAMIENTOS NORMATIVOS

PARA EL CONTROL ESCOLAR 2012

D. PROCESO DE CERTIFICACIÓN DE ALFABETIZACIÓN.

Proceso de terminación de estudios (Alfabetización)

Beneficiario PromotorCoordinador/Subcoordinador

de ZonaCER Archivo Central Certificación

Inicio

¿El ejercicio

acreditado y

capturado es

EF?

1 No

Ingresa al módulo

de certificación

Espera de

folio

Si

¿Hay folios

dsponibles?

Solicitar folios

No

Observado

Se asigna folio

Por imprimir

¿Los documentos de

acreditación están

archivados según el

SCA?

Solicitar ejercicios faltantes ¿Los faltantes son

solventables en el

Archivo Central?

Actualizar SCA y

Archivar ejercicio(s)

Definir faltantes

NoObservado

No

Entrega de ejercicio(s)

SCE-09

Si

Recepción de

Constancia(s)SCE-09

Enviado a

CER

Envío de Constancia(s)

SCE-09

Impreso

Recepción y revisión de

Constancias

Recibido

CER

Solicitar Constancias

Entrega de documentos

SCE-09

Entregado

CZ

Solicitud

Procesar solicitud

Solicitado

Solicitado

Entrega de documentos

¿Se encontró el

Beneficiario o familiar

en el tiempo que

marca la norma?

Si

Recibe constancia

y firma de acuse

Empaquetar acuses

y Constancias

No

Entrega de documentos

SCE-09

Recibido

Entregado

Beneficiario /

Para entregar CZ¿El documento

es acuse?

Entrega de documentos

Para

Archivar

SCE-09

Entregado

Beneficiario

Si

Resguardar según

normativa vigente

Para entregar

CZ

No

2

2

1

Actualizar en el SCA y

Archivar

Fin

Acuse

Archivado

¿Se solicitó

devolución de

Constancia?

No

Entrega de documentos

SCE-09

Para entregar

CZEn resguardo

Archivar

1

Se imprime Constancia

Impreso

Impreso

Impresión de acuses

Para entregar

CZ

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LINEAMIENTOS NORMATIVOS

PARA EL CONTROL ESCOLAR 2012

E. PROCESO DE CERTIFICACIÓN DE EDUCACIÓN BÁSICA. Proceso de certificación (Educación Básica)

Beneficiario PromotorCoordinador/Subcoordinador

de ZonaCER Archivo Central Certificación DG y DSESI

Inicio

¿El examen

calificado

acredita el nivel?

1 No

Ingresa al módulo

de certificación

Espera de

folioSí

¿Hay folios

dsponibles?

Solicitar

folios

Observado

Se asigna folio

Por imprimir

Recepción de

Certificados(s)SCE-09

Enviado a

CER

Envío de Certificado(s)

SCE-09

Digitalizado

Recepción y revisión de

Certificado(s)

Recibido

CER

Impresión de acuse(s) y

REL

Para entregar

CZ

Solicitar Certificados

Entrega de documentos

SCE-09

Entregado

CZ

Solicitud

Procesar solicitud

Solicitado

Solicitado

Entrega de documentos¿Se encontró el

Beneficiario o

familiar?

Recibe

Certificado, firma

acuse y REL

Empaquetar acuses,

REL y Certificados

No

Entrega de documentos

SCE-09

Recibido¿El documento

es acuse y

REL?

Entrega de documentos

Para

Archivar

SCE-09

Entregado

Beneficiario

Resguardar según

normativa vigente

Para entregar

CZ

No

2

2

1

Actualizar en el SCA,

archivar acuse y

separa REL

Fin

Archivado

¿Se solicitó

devolución de

Certificado?

No

Entrega de documentos

SCE-09

Para entregar

CZ

Entregar en auditoría

SEG

¿Hay fotos en

el expediente

según el

SCA?

No

Recuperar fotografías

Observado

No

La DG firma los

certificados

Se pega foto y se sella

Entrega de Certificados

Para firma

SCE-09

Empaquetar Certificados

para firma de DG

Para firma

Entrega de Certificados

Firmado

Entrega de REL

Firmas y sellado de

REL

Recibe REL

Entrega de REL

Entrega de documentos

SCE-09

En resguardo

Se digitalizan y «suben» al SCE

Ordenar por

familia de

folios y de

manera

secuencial en

carpetas que

se entregarán

a la SEG

Recibe REL

REL Firmada

Se imprime Certificado

Impreso

Solicitar fotografíaListado

Entrega de fotografía

En pegado

y selladoImpreso

Entregado

Beneficiario /

Para entregar CZ

¿La fecha

actual < de

certificación?

¿Los doctos. de

acreditación están

archivados según

el SCA?

Solicitar examen(es) faltante(s)

¿Los faltantes son

solventables en el

Archivo Central?

Actualizar SCA y

archivar examen(es)

Definir faltantes

NoObservado

No

Entrega de examen(es)

SolventadoObservado

SCE-09

Digitalizado

No

Resguardar documentos

de manera segura

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LINEAMIENTOS NORMATIVOS

PARA EL CONTROL ESCOLAR 2012

IX. FORMATOS.

1. Los formatos SCE-01, SCE-03, SCE-04, SCE-07, SCE-08 y SCE-09 serán generados por el SCE y deberán ser impresos en original mediante impresora láser para garantizar la correcta lectura de los lectores de códigos de barras, en caso contrario será devuelto el formato.

2. Los formatos aquí mostrados no deberán ser alterados sin autorización escrita de la CACE.

3. Los formatos SCE-01, SCE-03, SCE-04, SCE-07, SCE-08 y SCE-09 son de carácter obligatorio para efectuar los movimientos dentro del SCE, así como el seguimiento de los Beneficiarios/grupos/Asesores/Promotores.

4. Los formatos deberán ser llenados a tinta de color negro o azul.

5. La persona que firma de responsable de elaboración, tendrá la responsabilidad de dar el seguimiento a la correcta consecución del proceso.

6. La persona que firma de responsable de autorización, además de imprimir su firma, está validando que

toda la información y documentación es legítima y en dado caso que hubiera una falta administrativa, legal, jurídica, etc., será la directamente responsable de tal situación, por lo tanto debe ser la persona encargada de la Coordinación de Zona, Coordinador, Subcoordinador o su jefe inmediato.

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LINEAMIENTOS NORMATIVOS

PARA EL CONTROL ESCOLAR 2012

FORMATO PARA CENSO Y CONCENTRADO DE INFORMACIÓN INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO PARA CENSO Y CONCENTRADO DE INFORMACIÓN

(SCE-05) El Formato SCE–05 ó «Formato para Censo y Concentrado de Información» se utilizará para concentrar la información de personas encuestadas sobre su deseo de recibir alguno de los servicios ofrecidos por el INAEBA. Con este formato, es más fácil y ágil el vaciado de dicha información al SCE realizando la preinscripción correspondiente de cada Beneficiario potencial. Al iniciar el llenado, el formato solicita la siguiente información: Municipio: Indicar el nombre del municipio al que pertenecen los potenciales Beneficiarios. Promotor: Indicar el nombre del promotor que realizó el concentrado de la información. Fecha: Es la fecha en la que se realiza el concentrado de la información de los Beneficiarios, debe utilizar 2 dígitos para el día, 2 para el mes y 4 para el año. Encuesta No.: Señalar el número progresivo correspondiente, de acuerdo al número de encuestas que se vayan levantando

por el promotor.

Datos que se registran en la tabla

Los datos siguientes serán llenados con el fin de agilizar la preinscripción de los potenciales Beneficiarios: Nombre completo Fecha Nacimiento Edo. Civil Sexo Domicilio CURP Originario Nivel Esc Programa Servicio Tipo Eval Grupo Discapacidad Migrante Ocupación Enteró

NOTA. Los campos en negritas sólo serán llenados en caso de que el encuestado muestre interés por inscribirse a algún servicio del INAEBA.

Ocupación

01 Artesano(a) 09 Obrero(a) 16 Trabajador(a) ambulante

02 Ayudante, peón o similar 10 Oficinista 17 Trabajador(a) en protección y vigilancia

03 Comerciante 11 Operadora(a) de máquina fija 18 Trabajador(a) doméstica

04 Estudiante 12 Operador(a) de transporte 19 Trabajador(a) de servicios personales

05 Incapacitado(a) permanente para trabajar 13 Quehaceres del hogar 20 Trabajador(a) del arte y cultura

06 Inspectora) o supervisor(a) en la industria 14 Técnico(a) 21 Trabajador(a) de la educación

07 Jefe(a) o supervisor(a) administrativo(a) 15 Trabajador(a) agropecuario(a) 22 No especificado

08 Jubilado(a) o pensionado(a)

Escolaridad

0 Sin Escolaridad

1 Primaria Inconclusa

2 Primaria Terminada

3 Secundaria Inconclusa

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1.- El Asesor/a lleva la planeación de clase impresa por asignatura y ésta es congruente con los temas vistos en la sesión. La planeación contempla: a) Si lleva planeación completa. b) La planeación está incompleta. c) No lleva planeación. 2.- Al exponer la clase, el Asesor/a domina los contenidos educativos de cada asignatura, de manera: a) excelente b) bien c) regular d) deficiente 3.- El Asesor/a ejemplifica los contenidos educativos con situaciones de la vida real. a) En toda la asesoría b) En la mayor parte de la asesoría c) Sólo en algunos momentos de la asesoría d) No lo realizó 4.- El material didáctico que utiliza favorece la comprensión del tema. a) En toda la asesoría b) En la mayor parte de la asesoría c) Sólo en algunos momentos de la asesoría d) No utiliza material didáctico 5.- El Asesor/a encomienda tareas a los Beneficiarios para fortalecer los contenidos educativos. a) Encomienda tareas y son adecuadas b) Encomienda tareas y son poco adecuadas c) Encomienda tareas pero no son adecuadas d) No encomienda tareas 6.- El Asesor/a favorece la integración y participación del grupo. a) En toda la asesoría b) En la mayor parte de la asesoría c) Sólo en algunos momentos de la asesoría d) No favorece la integración del grupo 7.- Si el Asesor/a atiende diferentes grados, ¿favorece la integración de los contenidos para cada nivel cuidando la comprensión de los mismos por las y los Beneficiarios? De manera: a) excelente b) bien c) regular d) deficiente ¿Cómo?_________________________________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________________________________________ 8.- Capta la atención de los Beneficiarios y logra que se interesen por el tema, de manera: a) excelente b) bien c) regular d) deficiente ¿Cómo?_________________________________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________________________________________ 9.- El Asesor/a genera un ambiente de respeto, calidez y amabilidad en el grupo. Lo hace: a) excelente b) bien c) regular d) deficiente ¿Cómo?_________________________________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________________________________________ 10.- Su expresión oral es correcta, adecuada y de fácil comprensión para las y los Beneficiarios. a) En toda la asesoría b) La mayor parte de la asesoría

FORMATO DE OBSERVACIÓN DE CLASE SCE-06 SISTEMA DE CONTROL ESCOLAR

Hora: hh mm

Municipio: ____________________________________________________ Fecha: día mes año

:

2. Observación de clase

1. Datos generales del Asesor y Grupo

Nombre: ______________________________________________ Matrícula: ________________ Clave de Grupo: _________________

Dirección del Grupo: ____________________________________________________________________________________________________

Tema de clase: _________________________________________________________________________________________________________

Nota. Antes de llenar este formato es obligatorio el llenado del SCE-08 «Formato de supervisión de clase»

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c) Sólo en algunos momentos de la asesoría d) No se expresa correctamente 11.- Se identifican tres momentos en la asesoría: la introducción, el desarrollo y la conclusión de cada tema. a) Realiza los tres momentos para el desarrollo del tema. b) Desarrolla el tema pero no presenta un cierre o conclusión. c) Sólo desarrolla la introducción del tema. d) No lleva un orden en el desarrollo del tema. 12.- El Asesor/a realiza dinámicas de trabajo al interior del grupo que fomentan el trabajo en equipo: a) Sí realiza dinámicas de trabajo en equipo. b) Realiza dinámicas de trabajo en parejas. c) Realiza sólo actividades individuales. d) No fomenta el trabajo en equipo ni individual. 13.- Fomenta la educación personalizada: a) En todo momento está atento al desarrollo de las actividades de cada Beneficiario. b) Sólo cuando el Beneficiario tiene alguna duda. c) Atiende las dudas de los Beneficiarios pero no las aclara. d) No atiende de manera personalizada a los Beneficiarios.

_______________________________________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________

NOMBRE, PUESTO Y FIRMA DEL OBSERVADOR

3. Observaciones

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LINEAMIENTOS NORMATIVOS

PARA EL CONTROL ESCOLAR 2012

INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO DE OBSERVACIÓN DE CLASE (SCE-06)

Objetivo: Realizar un proceso de acompañamiento que permita conocer el desempeño docente de los Asesores y las Asesoras Educativas del INAEBA al interior de cada grupo. Proceso: Con el fin de poder dar cuenta del desempeño de las y los Asesores, éstos deberán ser observados a lo largo de toda una asesoría. La o el observador comunicará los resultados de la observación al Asesor/a inmediatamente concluya la asesoría. El observador informará a la Coordinación de Zona y entregará una copia impresa a las y los Asesores una semana después, a más tardar. En el caso de puntajes excepcionalmente altos o bajos, las y los Líderes de Academia darán seguimiento y observarán dichos casos. Las rondas de seguimiento serán inmediatas. Asimismo, las y los Líderes de Academia elaborarán un análisis por municipio del que derivarán peticiones de formación para la Coordinación de Capacitación. Municipio: Indicar el nombre del municipio en donde se encuentra ubicado el grupo. Fecha: Indicar la fecha en que se realiza la observación, debe utilizar 2 dígitos para el día, 2 para el mes y 4 para el año. Hora: La hora de comienzo de la clase al grupo debe utilizar el formato de 24 horas.

1. Datos generales del Asesor y Grupo Nombre: Anotar el nombre completo del Asesor/a. Matrícula: Anotar la matrícula del Asesor/a. Grupo: Anotar la clave del grupo. Dirección del Grupo: Deberá de anotar la dirección en donde se lleva a cabo la asesoría. Tema de clase: Tema expuesto por el asesor al observar la clase.

2. Observación de clase Para efectuar la observación de las actividades docentes al interior de los grupos se deben considerar las siguientes actividades del Asesor/a, mismas que serán evaluadas en el formato: 1. Lleva la planeación de clase impresa por asignatura y ésta es congruente con el tema visto. El Asesor/a debe llevar la planeación de la clase impresa que el SCE le entrega de acuerdo a los temas que expondrá en la asesoría. 2. Al exponer la clase domina los contenidos educativos de cada asignatura. El Asesor/a explica al grupo el tema que se trate en el día de clase y lo maneja con fluidez, responde dudas de los Beneficiarios y favorece, desde diferentes aspectos, la comprensión del mismo en los Beneficiarios. 3. Ejemplifica los contenidos educativos con situaciones de la vida real. Describe los contenidos educativos, de acuerdo con la realidad en la que se desarrollan los Beneficiarios, buscando con ello que se favorezca la vinculación entre éstos y la vida cotidiana. 4. El material didáctico que utiliza favorece la comprensión del tema. Se observa si el material didáctico responde al objetivo de aprendizaje. Si el Beneficiario tiene que elaborar alguno dentro de la clase, observar que sea sencillo, de fácil elaboración y que el Asesor/a lo oriente de forma clara, adecuada y pertinente. 5. El Asesor/a encomienda tareas a los Beneficiarios para fortalecer los contenidos educativos. Si el Asesor/a recurre a las tareas, observar que éstas respondan a lo que se trabajó en el grupo. Evidenciar si las tareas anteriores se revisan en la asesoría. 6. El Asesor/a favorece la integración y participación del grupo. El Asesor/a genera un ambiente de cordialidad, cooperación, respeto y confianza al interior del grupo para el desempeño de la actividad educativa.

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7. En caso de que el Asesor/a atienda diferentes grados, observar si favorece la integración de los contenidos de acuerdo con cada nivel. El tratamiento de los contenidos educativos es integral y diversificado en el grado de complejidad según el proceso de cada grupo (Alfabetización, Primaria o Secundaria) al interior del grupo. Evidenciar la separación de niveles en el grupo, en distintos grupos. Organización clara. Es necesario escribir cómo realiza esta integración para poder reconocer las estrategias que realizan las y los Asesores y así, recuperarlas. 8. Logra captar la atención de los Beneficiarios y favorece el interés del grupo por el tema. Las actividades, el desempeño y la actitud del Asesor/a logran captar el interés de los Beneficiarios con lo cual se favorece la participación en la clase. Saber cómo y qué actividades realizan para favorecer el interés del grupo se concretará en un buen aprendizaje y aprovechamiento de las personas que integran el grupo. 9. El Asesor/a genera un ambiente de respeto, calidez y amabilidad en el grupo. Las relaciones Beneficiario – Asesor/a determinan la confianza que se genera al interior del grupo; a partir de lo anterior, se favorece en los Beneficiarios una dinámica de trabajo agradable. Reconocer cómo trata a las personas que participan en el grupo verifica la calidad humana y de atención que se brinda a los Beneficiarios. 10. Su expresión oral es adecuada y de fácil comprensión para los Beneficiarios. El Asesor/a se dirige verbalmente con términos correctos, respetuosos y acordes al contexto social en que se desenvuelven los Beneficiarios. Incluye palabras nuevas que enriquecen el vocabulario de los Beneficiarios favoreciendo un desarrollo integral. 11. Se identifican tres momentos en la asesoría: la introducción, el desarrollo y la conclusión de cada tema. El Asesor/a desarrolla los temas de la sesión de manera progresiva logrando que el grado de complejidad vaya de lo más sencillo a lo más complicado. Introduce al tema, lo desarrolla y se realiza una conclusión. 12. El Asesor/a realiza dinámicas de trabajo al interior del grupo que fomentan el trabajo en equipo. El Asesor/a para desarrollar las actividades educativas al interior del grupo realiza acciones de cooperación entre las y los Beneficiarios a través de distintas dinámicas donde se promueve el aprendizaje individual y colectivo. 13. Fomenta la educación personalizada. El Asesor/a atiende a las y los Beneficiarios de manera personal cuando lo demandan y observa el desempeño de cada uno realizando observaciones y aclaraciones relacionadas a su trabajo. |

3. Observaciones En este apartado, describe los puntos en los cuales el Asesor o la Asesora no cumple los parámetros establecidos en el instrumento de observación de clase. Igualmente, puedes adicionar elementos --positivos o negativos-- acerca de las prácticas observadas.

Una vez concluido el reporte de observación de clase se procede a anotar el nombre del observador, su puesto y firma.

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Instrucciones. Visitador, deberás leerle al interesado este documento de manera íntegra, estás obligado a explicar todos los conceptos de manera que sean claros para él. Los campos en gris son para que tú los llenes según la elección del interesado. Manifiesto mi interés en recibir asesorías para lo cual estoy enterado(a) de que deberé proporcionar la información y documentación necesaria antes de comenzar mis asesorías. También hago del conocimiento de INAEBA que nunca he recibido un certificado por el nivel (servicio) de mi interés o posterior. Nivel de las asesorías: ( ) Alfabetización ( ) Primaria ( ) Secundaria Se me explicó que para poder acreditar mi instrucción deberé presentar los exámenes necesarios, según el nivel (servicio) y sistema de evaluación que yo elija, además en el caso de desear aplicar un EDU manifiesto no tener antecedentes escolares del nivel académico de mi interés. (Aplica sólo para educación básica) Aplicar un Examen Diagnóstico de Ubicación para definir el grado o parte de inicio de mis asesorías: ( ) Sí ( ) No Elijo que mis evaluaciones sean: ( ) Área-Grado ( ) Global-Grado ( ) Global-Nivel ( ) Recomendado por defecto Deslindo de cualquier responsabilidad de índole legal a INAEBA, por el uso que realice sobre mis datos personales, en tanto dicho uso tenga como finalidad el desarrollo social. Entiendo que INAEBA, como institución pública, tiene entre sus funciones rendir informes de gestión, ante las instancias gubernamentales que así lo soliciten, por lo que autorizo al Instituto a usar y/o compartir mi información y/o documentación personal con los fines señalados.

_____________________________________________________________________________

__________________________________________ Nombre:[ ]

Nombre completo del Interesado/Beneficiario y Padre, Madre o tutor cuando sea menor de edad Si el Interesado no sabe escribir su nombre deberá poner su huella digital del dedo índice de la

mano derecha.

Nombre y firma del visitador

FORMATO DE AUTORIZACIÓN DEL INTERESADO

SCE-10 SISTEMA DE CONTROL ESCOLAR

Fecha:

día mes año

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INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO DE AUTORIZACIÓN DEL INTERESADO (SCE-10) El visitador deberá llenar los campos en color gris a tinta azul o negra. Objetivos: Tener un documento que manifieste el deseo del interesado en recibir asesorías. Tener un comprobante del tipo de atención que desea recibir el interesado. Tener un documento que autorice al Instituto a hacer uso de su información y/o documentación con fines

de desarrollo social. Fecha: Indicar la fecha en que se realiza el llenado del formato, la cual debe de ser menor a 60 días naturales a la entrega al CER. Nivel de asesorías: Se debe indicar tachando la elección del interesado. Tipo de evaluación: Se debe indicar tachando la elección del interesado. Se deberán considerar los siguientes casos: a) Si el SCE-10 se utilizará en una inscripción el sistema de evaluación seleccionado debe corresponder al

del SCE-01. En caso de que el interesado elija «Recomendado por defecto» supondrá «Área-Grado». b) Si el SCE-10 se utilizará en una promoción o cambio de sistema de evaluación, el sistema de

evaluación seleccionado debe corresponder al del SCE-04. En caso de que el Beneficiario elija «Recomendado por defecto» supondrá «Área-Grado».

c) Si el SCE-10 se utilizará en una reactivación, el sistema de evaluación seleccionado debe ser «Recomendado por defecto» o corresponder con el registrado en el SCE.

Nombre y firma del visitador: Anotar claramente el nombre del visitador que hace el llenado del formato. La firma deberá estar con pluma negra o azul y contenida en el recuadro. Nombre completo del interesado/Beneficiario/Padre, Madre, tutor (menor de edad): El interesado/Beneficiario/ deberá anotar su nombre completo claramente de puño y letra. Se deberán considerar los siguientes casos: a) Si el interesado/Beneficiario sabe escribir su nombre parcialmente o completo deberá anotarlo aun cuando

éste no sepa leer y escribir. b) Si el interesado no sabe leer ni escribir, tampoco su nombre, deberá imprimir su huella digital del dedo

índice de la mano derecha. c) En caso de que el interesado/Beneficiario sea menor de edad, adicionalmente a su nombre completo se

solicitará la firma del Padre, la Madre o el tutor legal del interesado/Beneficiario. Si ninguno sabe escribir su nombre/firma deberá imprimir su huella digital del dedo índice de la mano derecha.

El nombre se comparará con el de los exámenes que aplique, o acuses de documentos oficiales, por lo que deberá ser cuidadoso en verificar su similitud.

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X. ANEXOS.

1. Los anexos se consideran auxiliares en el proceso de administración escolar y son de carácter obligatorio para las personas involucradas en dicha tarea.

2. Pueden sufrir cambios o adecuaciones que ayuden a llevar a cabo de manera más eficiente la labor de la administración escolar, para su aplicación deberán ser comunicados a las Coordinaciones de Zona y demás involucrados con un mínimo de 10 días naturales.

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ANEXO 1: ACTA DE HECHOS

En la comunidad de ____(1)______________________ del municipio _____(2)____________, Gto., siendo las ____(3)_____ , del día ____(4)____ del mes de ____(5)_______ del 20__(6)___. Comparecen los C. C. ________(7)_________________________ y ____(8)____________________, en su carácter de promotor (a) de Alfabetización y el delegado de la comunidad, y los C.C. __________(9)_______________________ y __________(10)______________________ en calidad de testigos de asistencia, con la finalidad de promover los servicios de Alfabetización que a continuación se detallan. Dentro del proceso de detección de Beneficiarios se encontró que la(s) persona(s) _________________(11)__________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________. Que mediante la calificación del examen diagnóstico aplicado a dichas personas mostraron no saber leer ni escribir, manifestando que la mayoría únicamente sabe poner su nombre, haciendo referencia que los Beneficiarios en mención, fueron certificados por _________________(12)________________________________ en el año _____(13)____. Por lo tanto se procede a la atención e inscripción de los Beneficiarios en el grupo ____________(14)_________ situado en la comunidad de _________(15)______________ del municipio de ________(16)_____________, Gto. , en los horarios de _____(17)_________ los días ________(18)___________________, dando sustento a dicha inscripción mediante el oficio 3597/2005 de fecha 25 de octubre del 2005, emitido por la Secretaría de la Gestión Pública, donde subraya la atención por considerarse analfabetas funcionales. No habiendo más hechos que hacer constar, se da por terminada la presente a las _____(19)______ del día de su inicio, firmando al margen y al calce los que en ella intervienen para debida constancia legal.

DECLARANTES

EL PROMOTOR EL DELEGADO

_____________(20)___________________ _____________(21)__________________

FIRMA FIRMA

TESTIGOS DE ASISTENCIA

_________(22)_______________________ ___________(23)______________________

NOMBRE Y FIRMA NOMBRE Y FIRMA

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INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL ANEXO 1: ACTA DE HECHOS

1. Anotar el nombre de la comunidad en la que se está promoviendo el servicio de Alfabetización. 2. Apuntar el nombre del municipio en el que se está promoviendo el servicio de Alfabetización. 3. Escribir la hora en que se comienza a levantar el acta. 4. Indicar el día en que se está levantando el acta. 5. Anotar el mes en que se está levantando el acta. 6. Señalar el año en que se está levantando el acta. 7. Anotar el nombre completo del Promotor. 8. Apuntar el nombre completo del delegado de la comunidad. 9. Escribir el nombre completo de un testigo que comparece al momento de levantarse el acta. 10. Escribir el nombre completo de otro testigo que comparece al momento de levantarse el acta. 11. Indicar el nombre completo de la persona que se identificó como analfabeta funcional. 12. Apuntar el nombre de la Institución que le otorgó su constancia de Alfabetización anteriormente. 13. Señalar el año en que le fue otorgada dicha constancia. 14. Anotar el grupo al cual se incorpora(n) para iniciar su proceso de Alfabetización. 15. Escribir el nombre de la comunidad en la cual se localiza el grupo al cual se incorpora. 16. Señalar el municipio en el cual se localiza el grupo al cual se incorpora. 17. Indicar el horario de las asesorías. 18. Apuntar los días en que tomará las asesorías. 19. Anotar la hora en que se termina de levantar el acta. 20. Escribir el nombre completo del Promotor y su firma. 21. Anotar el nombre completo del delegado y su firma. 22. Anotar el nombre completo de un testigo y su firma. 23. Anotar el nombre completo de un testigo y su firma.

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ANEXO 2: GUÍA PARA LA INTEGRACIÓN DE DOCUMENTOS

Acta: Copia legible y completa (ambos lados en caso de ser necesario), en buenas condiciones. Con sello visible del registro civil, aunque sólo se vea parcialmente. Nombre y firma completa y clara del juez del registro civil. CURP: Datos congruentes con los datos del acta. Cuando entregan acta y/o identificación oficial es obligatorio verificar correspondencia de la información entre ambos documentos. Copia legible y en hoja tamaño carta. Certificado de Primaria: Copia legible y completa, en buenas condiciones. Foto original del certificado, sin raspaduras ni enmendaduras. Sello perfectamente visible sobre la foto. Nombre congruente con los datos del acta o CURP. Nombre y firma del director entendible y completa. En caso de presentar certificación de estudios emitida por la Unidad de Apoyo a la Educación (USAE) del municipio, la copia fotostática deberá ser por ambos lados. Boletas: Copia legible y completa por ambos lados, grado aprobado o presentar las constancias de acreditación. Nombre congruente con los datos del acta o CURP. Fecha de emisión completa y clara. Nombre y firma del director entendible y completa. Sello completo y visible, con la leyenda de «Sistema Educativo Nacional». En caso de no presentar boleta de calificaciones, se verificará que presente copia legible por ambos lados del «Informe de calificaciones de estudios parciales» que emite la Secretaría de Educación de Guanajuato. En este caso, la fecha que se captura será la fecha de emisión del informe. Constancias de regularización: Copia legible y completa. Sello oficial de la SEG. Calificación aprobatoria. Firma del Director y responsable de Control Escolar. Fotografías: Tamaño infantil, 3 cm de alto por 2.5 cm de ancho, cortes rectos perpendiculares. Papel mate o semimate, nunca brillante o laqueado. No se aceptan instantáneas ni plastificadas. Reciente, máximo 1 año atrás. Blanco y negro o color, no sepia u otras tonalidades. Rostro de frente y centrado,

No tres cuartos. No viendo al cielo. No ojos cerrados, guiños, haciéndole «ojitos» al fotógrafo(a). -----Para aquellos casos que por cuestiones de algún defecto físico o enfermedad presenten estas características, hacer la anotación con lápiz sobre el SCE-01 a un costado de la fotografía, claro y legible para entendimiento de la persona que recibe el expediente.

Rostro descubierto, pelo corto o arreglado, sin «piercings», aretes y collares discretos se aceptan. Rostro sin sombras. Fondo claro uniforme sin sombras. Espacio inferior suficiente para colocar el sello.

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Ropa clara, que permita la correcta visualización del sello. Imagen no tan alejada, ni tan cercana. Imagen nítida, perfectamente definidos los rasgos, sin manchas, no «pixeleada» o fuera de foco. Facciones relajadas. Si la retocan, que no tenga mucho brillo, ni que esté tan obscura. En la parte posterior de las fotografías, anotar el nombre del Beneficiario(a) cuidando de no marcarla por el frente. Ejercicio Diagnóstico (ED), E1, E2, EF: Nombre del Beneficiario que corresponda con el que firma. Matrícula de Beneficiario (excepto ED). Clave del grupo. Municipio correspondiente. Puntaje obtenido (Calificado), separado en LE y CB. Nombre y firma del Promotor, con tinta (o datos de la persona que aplica). Nombre y firma del Aplicador, con tinta (excepto ED, donde va la del Asesor/Promotor). Exámenes: Emitido por el Examen Virtual. Folio correspondiente. Aciertos que arroja el Examen Virtual al capturar la evaluación. Fecha de aplicación mayor a la de generación y menor que la de entrega al CER. Las firmas del Beneficiario, Asesor y Aplicador deben ser con tinta, no con lápiz. Consideraciones para el escaneo y digitalización de documentos: Primero se deben revisar que los documentos cumplen los requisitos ya estipulados. El programa de escaneo debe estar configurado con una resolución de 150 ppp, con el fin de no obtener archivos demasiado grandes. Usar siempre la escala de grises. Colocar los documentos lo más alineado posible, esto es, que los documentos no aparezcan en el escaneo demasiado «chuecos» con respecto a la orientación del mismo. En los casos de la CURP y las fotos, recortar las imágenes para que sólo quede la parte con el contenido realmente importante. Sólo escanear una foto. Renombrar los archivos con la clave de la matrícula correspondiente, seguido de un «_» (guión bajo) y su clave de documento de acuerdo al catálogo. Consideraciones para el envío de expedientes/formatos: Previo al envío deberá ser generado un SCE-09 en el SCE para que éstos puedan ser cotejados al ser recibidos. Deben enviar periódicamente los expedientes a Archivo Central según lo indica nuestra normativa. El paquete debe enviarse sin oficio, únicamente se les recomienda conservar un acuse firmado por la persona de la ruta o a quien ustedes designen como responsable para entregar a Archivo Central, el cual deberá efectuar la revisión de la documentación recibida y actualizar con ella el Sistema de Control de Archivo para proceder con su archivado en la carpeta correspondiente.

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ANEXO 3: RELACIÓN DE SITIOS CERTIFICADOS PARA LA APLICACIÓN DE EXÁMENES EN LÍNEA.

A continuación se muestra un listado de lugares y personas certificadas para ser Aplicadores en línea:

Municipio: Ubicación: Persona(s): Horario:

Dolores Hidalgo, C.I.N. Coordinación de Zona CER L-V de 9:30 a 14:00

San Luis de la Paz Coordinación de Zona CER L-V de 9:30 a 14:00

San Miguel de Allende Coordinación de Zona CER L-V de 9:30 a 14:00

León I Coordinación de Zona CER L-V de 9:30 a 14:00

San Francisco del Rincón Coordinación de Zona CER L-V de 9:30 a 14:00

Abasolo Coordinación de Zona CER L-V de 9:30 a 14:00

Irapuato Coordinación de Zona CER L-V de 9:30 a 14:00

Silao Coordinación de Zona CER L-V de 9:30 a 14:00

Salamanca Coordinación de Zona CER L-V de 9:30 a 14:00

Celaya Coordinación de Zona CER L-V de 9:30 a 14:00

Valle de Santiago Coordinación de Zona CER L-V de 9:30 a 14:00

Juventino Rosas Coordinación de Zona CER L-V de 9:30 a 14:00

Salvatierra Coordinación de Zona CER L-V de 9:30 a 14:00

Apaseo el Grande Coordinación de Zona CER L-V de 9:30 a 14:00

Acámbaro Coordinación de Zona CER L-V de 9:30 a 14:00

Romita Coordinación de Zona CER L-V de 9:30 a 14:00

León II Coordinación de Zona CER L-V de 9:30 a 14:00

León III Coordinación de Zona CER L-V de 9:30 a 14:00

Adicionalmente se podrán aplicar exámenes en línea en los CASSA o algunas otras sedes certificados para ello, el listado podrá ser consultado en la página web del INAEBA en la sección CASSA.

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ANEXO 4: PROCESO DE ENTREGA-RECEPCIÓN DE FORMATOS Y DOCUMENTOS

A. DEFINICIÓN.

La entrega-recepción de formatos y documentos es en sí mismo un subproceso que administra, coordina y controla el ir y venir de los documentos y formatos utilizados dentro de los procesos de control escolar. Existen diferentes tipos de actividades de entrega-recepción dependiendo de las «figuras» que intervienen en ella, todos ellos generan un formato SCE-09 como comprobante de la ejecución del proceso. B. OBJETIVO.

1. Estandarizar el proceso de entrega-recepción de formatos y documentos entre las diferentes áreas que intervienen en el control escolar.

2. Obtener los datos necesarios para generar reportes y estadísticas de eficiencia del personal involucrado en los procesos.

3. Saber la ubicación dentro del macro proceso de un documento o formato en tiempo real e inequívoca.

C. TIPOS DE ENTREGA-RECEPCIÓN.

Figuras involucradas: Formatos y documentos recibidos:

Promotor → Enlace SCE-01, SCE-03, SCE-04

Enlace → Promotor SCE-01, SCE-03, SCE-04

Enlace → CER SCE-01, SCE-03, SCE-04

CZ → Promotor REL, acuses, Constancias de Alfabetización, Certificados de Primaria y Secundaria.

Promotor → CZ REL, acuses, Constancias de Alfabetización, Certificados de Primaria y Secundaria.

CZ → CER REL, acuses, Constancias de Alfabetización, Certificados de Primaria y Secundaria.

CER → CZ SCE-01, SCE-04, REL, acuses, Constancias de Alfabetización, Certificados de Primaria y Secundaria.

CER → Archivo Central SCE-01, SCE-04, Constancias de Alfabetización, Ejercicios de Reafirmación y exámenes.

CER → Certificación REL, acuses, Certificados de Primaria y Secundaria.

Certificación → CER Constancias de Alfabetización y Certificados de Primaria y Secundaria.

CER → Aplicador Ejercicios de Reafirmación y exámenes.

Aplicador → CER Ejercicios de Reafirmación y exámenes.

Certificación → Archivo Central

Acuses

Certificación → Oficinas Centrales

REL, Certificados de Primaria y Secundaria

Oficinas Centrales → Certificación

REL, Certificados de Primaria y Secundaria

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ANEXO 5: CATÁLOGO DE DOCUMENTOS A. DEFINICIÓN.

Metodología de conformación de claves de documentos relacionados a la administración escolar. B. OBJETIVO.

Tener un catálogo único de documentos identificados por una clave para su digitalización. C. CATÁLOGO.

No. Descripción:

Sufijos:

Reverso (R)

Tipo examen

(A|G) Área (E|M|N|S) Servicio (A|P|S)

1 Formato SCE-01 Inscripción APS

5 Identificación Oficial O APS

6 Acta de Nacimiento O APS

7 CURP APS

8 Fotos APS

9 Certificado de Primaria Externo S

11 Boleta Acreditación 1° Primaria O P

12 Boleta Acreditación 2° Primaria O P

13 Boleta Acreditación 1° Secundaria O S

14 Boleta Acreditación 2° Secundaria O S

15 Examen Diagnostico ED (Alfa) A

33 RELP X P

34 Informe Parcial de Estudios de Secundaria O S

35 Comprobante de Domicilio APS

36 Formato SCE-10 (Autorización del Interesado) APS

37 Boleta de Aplicación de Examen en Línea 1° Primaria X X | NA P

38 Boleta de Aplicación de Examen en Línea 2° Primaria X X | NA P

39 Boleta de Aplicación de Examen en Línea 3° Primaria X X | NA P

40 Boleta de Aplicación de Examen en Línea 1° Secundaria X X | NA S

41 Boleta de Aplicación de Examen en Línea 2° Secundaria X X | NA S

42 Boleta de Aplicación de Examen en Línea 3° Secundaria X X | NA S

43 Boleta de Aplicación de Examen en Línea Global Nivel PS

44 Acta de Hechos APS

45 Croquis Digitalizado de SCE-01 O SCE-04 APS

46 Acuse de Informe de Calificaciones de Primaria P

47 Acuse de Informe de Calificaciones de Secundaria S

50 Acuse Alfa A

51 Acuse Primaria P

52 Acuse Secundaria S

81 Documento que Revalida 1° Primaria P

82 Documento que Revalida 2° Primaria P

90 Equivalente Certificado de Primaria S

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No. Descripción:

Sufijos:

Reverso (R)

Tipo examen

(A|G) Área (E|M|N|S) Servicio (A|P|S)

91 Documento que Revalida 1° Secundaria S

92 Documento que Revalida 2° Secundaria S

97 Certificado de Primaria INAEBA S

98 Certificado de Secundaria INAEBA

99 Certificado Cancelado Primaria

100 Ejercicio de Reafirmación E1 (Alfa) A

101 Ejercicio de Reafirmación E2 (Alfa) A

102 Ejercicio de Reafirmación EF (Alfa) A

103 Examen de Esp Primera Parte P

104 Examen de Mat Primera Parte P

105 Examen de CN Primera Parte P

106 Examen de CS Primera Parte P

107 Examen de Esp Primer Grado S

108 Examen de Mat Primer Grado S

109 Examen de CN Primer Grado S

110 Examen de CS Primer Grado S

111 Examen de Esp Segunda Parte P

112 Examen de Mat Segunda Parte P

113 Examen de CN Segunda Parte P

114 Examen de CS Segunda Parte P

115 Examen de Esp Segundo Grado S

116 Examen de Mat Segundo Grado S

117 Examen de CN Segundo Grado S

118 Examen de CS Segundo Grado S

119 Examen de Esp Tercera Parte P

120 Examen de Mat Tercera Parte P

121 Examen de CN Tercera Parte P

122 Examen de CS Tercera Parte P

123 Examen de Esp Tercer Grado S

124 Examen de Mat Tercer Grado S

125 Examen de CN Tercer Grado S

126 Examen de CS Tercer Grado S

127 Examen Global Parte Primero P

128 Examen Global Parte Segundo P

129 Examen Global Parte Tercero P

130 Examen Global Grado Primero S

131 Examen Global Grado Segundo S

132 Examen Global Grado Tercero S

133 Examen Global Nivel Primaria P

134 Examen Global Nivel Secundaria S

135 Cualitativa Primaria P

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No. Descripción:

Sufijos:

Reverso (R)

Tipo examen

(A|G) Área (E|M|N|S) Servicio (A|P|S)

136 Cualitativa Secundaria S

137 Parte1-Bloque1-Español P

138 Parte1-Bloque1-Matematicas P

139 Parte1-Bloque1-CN P

140 Parte1-Bloque1-CS P

141 Parte1-Bloque2-Español P

142 Parte1-Bloque2-Matematicas P

143 Parte1-Bloque2-CN P

144 Parte1-Bloque2-CS P

145 Parte1-Bloque3-Español P

146 Parte1-Bloque3-Matematicas P

147 Parte1-Bloque3-CN P

148 Parte1-Bloque3-CS P

149 Parte1-Bloque4-Español P

150 Parte1-Bloque4-Matematicas P

151 Parte1-Bloque4-CN P

152 Parte1-Bloque4-CS P

153 Parte2-Bloque1-Español P

154 Parte2-Bloque1-Matematicas P

155 Parte2-Bloque1-CN P

156 Parte2-Bloque1-CS P

157 Parte2-Bloque2-Español P

158 Parte2-Bloque2-Matematicas P

159 Parte2-Bloque2-CN P

160 Parte2-Bloque2-CS P

161 Parte2-Bloque3-Español P

162 Parte2-Bloque3-Matematicas P

163 Parte2-Bloque3-CN P

164 Parte2-Bloque3-CS P

165 Parte2-Bloque4-Español P

166 Parte2-Bloque4-Matematicas P

167 Parte2-Bloque4-CN P

168 Parte2-Bloque4-CS P

169 Parte3-Bloque1-Español P

170 Parte3-Bloque1-Matematicas P

171 Parte3-Bloque1-CN P

172 Parte3-Bloque1-CS P

173 Parte3-Bloque2-Español P

174 Parte3-Bloque2-Matematicas P

175 Parte3-Bloque2-CN P

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LINEAMIENTOS NORMATIVOS

PARA EL CONTROL ESCOLAR 2012

No. Descripción:

Sufijos:

Reverso (R)

Tipo examen

(A|G) Área (E|M|N|S) Servicio (A|P|S)

176 Parte3-Bloque2-CS P

177 Parte3-Bloque3-Español P

178 Parte3-Bloque3-Matematicas P

179 Parte3-Bloque3-CN P

180 Parte3-Bloque3-CS P

181 Parte3-Bloque4-Español P

182 Parte3-Bloque4-Matematicas P

183 Parte3-Bloque4-CN P

184 Parte3-Bloque4-CS P

185 Grado1-Bloque1-Español S

186 Grado1-Bloque1-Matematicas S

187 Grado1-Bloque1-CN S

188 Grado1-Bloque1-CS S

189 Grado1-Bloque2-Español S

190 Grado1-Bloque2-Matematicas S

191 Grado1-Bloque2-CN S

192 Grado1-Bloque2-CS S

193 Grado1-Bloque3-Español S

194 Grado1-Bloque3-Matematicas S

195 Grado1-Bloque3-CN S

196 Grado1-Bloque3-CS S

197 Grado1-Bloque4-Español S

198 Grado1-Bloque4-Matematicas S

199 Grado1-Bloque4-CN S

200 Grado1-Bloque4-CS S

201 Grado2-Bloque1-Español S

202 Grado2-Bloque1-Matematicas S

203 Grado2-Bloque1-CN S

204 Grado2-Bloque1-CS S

205 Grado2-Bloque2-Español S

206 Grado2-Bloque2-Matematicas S

207 Grado2-Bloque2-CN S

208 Grado2-Bloque2-CS S

209 Grado2-Bloque3-Español S

210 Grado2-Bloque3-Matematicas S

211 Grado2-Bloque3-CN S

212 Grado2-Bloque3-CS S

213 Grado2-Bloque4-Español S

214 Grado2-Bloque4-Matemáticas S

215 Grado2-Bloque4-CN S

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LINEAMIENTOS NORMATIVOS

PARA EL CONTROL ESCOLAR 2012

No. Descripción:

Sufijos:

Reverso (R)

Tipo examen

(A|G) Área (E|M|N|S) Servicio (A|P|S)

216 Grado2-Bloque4-CS S

217 Grado3-Bloque1-Español S

218 Grado3-Bloque1-Matemáticas S

219 Grado3-Bloque1-CN S

220 Grado3-Bloque1-CS S

221 Grado3-Bloque2-Español S

222 Grado3-Bloque2-Matemáticas S

223 Grado3-Bloque2-CN S

224 Grado3-Bloque2-CS S

225 Grado3-Bloque3-Español S

226 Grado3-Bloque3-Matemáticas S

227 Grado3-Bloque3-CN S

228 Grado3-Bloque3-CS S

229 Grado3-Bloque4-Español S

230 Grado3-Bloque4-Matemáticas S

231 Grado3-Bloque4-CN S

232 Grado3-Bloque4-CS S

233 Formato SCE-04 Promoción AP

242 Examen de Ubicación (EDU) PS

244 Formato SCE-04 Reactivación APS

245 Formato SCE-04 Cambio de Nivel APS

246 Formato SCE-04 Datos Generales APS

247 Formato SCE-04 CURP APS

248 Formato SCE-04 Baja APS

249 Formato SCE-04 Cambio de Grupo APS

250 Formato SCE-04 Cambio en el Sistema de Evaluación PS

251 Formato SCE-04 Traslado APS

252 Formato SCE-04 Cambio de Parte/Grado APS

253 Ejercicio Diagnóstico para Grupo Piloto A

254 Formato SCE-04 Proyecto de Atención APS

255 Formato SCE-04 Referencias APS

256 Formato SCE-04 Programa de Apoyo APS

258 Formato SCE-04 Grupo de Interés APS

267 Formato SCE-04 Actualización de Documentos APS

261 Constancia de Acreditación 1° Primaria P

262 Constancia de Acreditación 2° Primaria P

265 Constancia de Regularización 1° Secundaria S

266 Constancia de Regularización 2° Secundaria S

268 RELS X S

271 Formato SCE-04 Cambio de Foto PS

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LINEAMIENTOS NORMATIVOS

PARA EL CONTROL ESCOLAR 2012

D. EJEMPLOS. A1000056_1 = FORMATO SCE-01 DEL BENEFICIARIO A1000056 A1000056_8 = FOTOS DEL BENEFICIARIO A1000056 A1000056_6R = REVERSO DEL ACTA DE NACIMIENTO DEL BENEFICIARIO A1000056 A1000056_25AM = EXAMEN DE 1° DE SECUNDARIA AREA GRADO DE MATEMÁTICAS DEL BENEFICIARIO A1000056 A1000056_25G = EXAMEN DE 1° DE SECUNDARIA GLOBAL GRADO DEL BENEFICIARIO A1000056 A1000056_43 = BOLETA DE APLICACIÓN DE EXAMEN EN LINEA GLOBAL NIVEL DEL BENEFICIARIO A1000056

Para enviar los expedientes al Archivo Central, considerar el siguiente orden para los documentos (según aplique en cada caso):

Servicio: Documentos:

Alfabetización SCE-01, SCE-10, copia de identificación oficial, copia de acta de nacimiento, copia de CURP, copia de comprobante de domicilio, ejercicio diagnostico (ED), acta de hechos.

Primaria SCE-01, foto engrapada en el formato –tener cuidado de no perforarla y tener nombre de Beneficiario-, SCE-10, copia de la identificación oficial, copia de acta de nacimiento, copia de CURP, copia de comprobante de domicilio, copia de boletas de equivalencia cuando sean necesarias.

Secundaria SCE-01, foto engrapada en el formato –tener cuidado de no perforarla y ponerles nombre del Beneficiario-, SCE-10, copia de la identificación oficial, copia de acta de nacimiento, copia de CURP, copia de comprobante de domicilio, copia de certificado de primaria, copia de boletas de equivalencia cuando sean necesarias, copia de actas de regularización cuando sean necesarias.

Y deberán venir al frente una de las caras de una carpeta folder engrapado junto con la documentación

anteriormente indicada. Usar las grapas estrictamente necesarias, eviten poner grapas de más.

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LINEAMIENTOS NORMATIVOS

PARA EL CONTROL ESCOLAR 2012

GLOSARIO Acreditación: Dar cumplimiento a los requisitos establecidos en las disposiciones correspondientes para el reconocimiento oficial de la aprobación de un área, asignatura, parte, grado o nivel de Primaria o Secundaria, así como en las etapas del proceso de Alfabetización. Acta de hechos: Es la que se elabora, en presencia de testigos, para hacer constar que una persona es analfabeta funcional. Acuse: Documento que sirve para comprobar la adecuada recepción de la Constancia de Alfabetización o Certificado de Terminación de Estudios signado por el Beneficiario o un familiar directo. Alfabetización: Es el proceso mediante el cual las personas desarrollan las habilidades de lectura, escritura y realización de operaciones matemáticas básicas. Analfabeta Funcional: Es la persona mayor de 15 años que habiendo recibido un proceso de Alfabetización, por escasa o nula práctica, no sabe leer, escribir o realizar operaciones matemáticas básicas. Analfabeta: Persona mayor de quince años que no sabe leer o escribir o realizar operaciones matemáticas básicas, o ninguna de estas habilidades. Aplicador: Persona cuya función principal es aplicar los ejercicios o exámenes a los Beneficiarios del Instituto. Archivo Central: Área de la CACE responsable del resguardo y administración de la información documental de Beneficiarios. Archivo Regional: Área de la CACE responsable del resguardo y administración de evidencia documental referente a movimientos aplicados en el SCE, se encuentra en cada Coordinación de Zona y el encargado es el Responsable de CER. Asesor: Persona especializada y capacitada encargada de llevar a cabo la metodología de enseñanza-aprendizaje para Alfabetización, Primaria y/o Secundaria. Asesoría: Es el proceso de enseñanza-aprendizaje que se sigue dentro de un Grupo, con objeto de que el Beneficiario desarrolle sus habilidades, capacidades y conocimientos. Beneficiario: Persona inscrita y activa en el SCE del Instituto. CASSA: Centro de Acceso a Servicios Sociales y de Aprendizaje. CEBA: Centro de Educación Básica para Adultos. Certificación: Es el reconocimiento oficial de los estudios realizados por los Beneficiarios conforme al plan y programas de estudios de Educación Primaria o Secundaria, mediante el modelo pedagógico establecido en la Institución. Centro de Atención y Servicio (CAS): Área de la DSESI encargada del apoyo, operación correcta y expedita de los procesos y sistemas del INAEBA. Grupo: Conjunto de personas dirigidas por un Asesor, reunidas en un espacio físico, con objeto de ser asesoradas desarrollándose un proceso de enseñanza-aprendizaje en lo relativo a los contenidos de los planes y programas de estudio de Alfabetización, Primaria o Secundaria de acuerdo al modelo implementado por el INAEBA.

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LINEAMIENTOS NORMATIVOS

PARA EL CONTROL ESCOLAR 2012

Clave CEBA: Es la clave de incorporación al Sistema Educativo Nacional, que proporciona la Secretaría de Educación de Guanajuato, al reconocer a un Centro de Educación Básica. Constancia: Es el documento que acredita y certifica los estudios de Alfabetización realizados por los Beneficiarios, conforme al modelo pedagógico implementado por el INAEBA. Control Escolar Regional (CER): Personal encargado de integrar, mantener y actualizar el registro de Beneficiarios, Asesores y grupos, de acuerdo a los servicios que presta el INAEBA. Control y Seguimiento: Es el área de la DAJ que se encarga de monitorear y supervisar las actividades relacionadas con las normativas del Instituto. Coordinación de Acreditación y Certificación (CACE): Es el área que se encarga de elaborar la normativa, establecer los procesos necesarios para lograr la acreditación y certificación de los Beneficiarios de INAEBA y realizar las gestiones necesarias para obtener la certificación de estudios. Coordinación de Zona: Es el área encargada de coordinar las acciones necesarias para que se implementen los servicios del INAEBA, en una región determinada del estado de Guanajuato. Coordinador de Zona: Persona designada como responsable de una Coordinación de Zona. CUA: Clave Única de Acceso a los sistemas de información del Instituto. CURP: Clave Única del Registro de Población. Dirección Administrativa (DA): Encargada de realizar diversas gestiones administrativas, entre ellas, la del pago de honorarios a los Asesores. Dirección de Asuntos Jurídicos (DAJ): Encargada de normar y aplicar las sanciones necesarias en caso de violaciones a las normativas vigentes. Dirección de Desarrollo Educativo (DDE): Encargada de normar y elaborar los procesos, exámenes y materiales educativos, así como la implementación de políticas de atención de Beneficiarios del INAEBA dentro de los grupos. Dirección de Servicios Escolares y Sistemas de Información (DSESI): Encargada de normar y vigilar las tareas de la administración escolar de los diferentes niveles (servicios) que brinda el Instituto, así como el desarrollo y soporte.de los sistemas de cómputo. Dirección Regional (DR): Encargada de difundir hacia las Coordinaciones de Zona toda la información referente a los procesos del Instituto. Así como monitorear la calidad de los mismos y las actividades de su personal. Educación Básica: Se refiere a los planes y programas de Educación Primaria y Educación Secundaria, de acuerdo a la normativa establecida por la Secretaría de Educación Pública. Ejercicio de Reafirmación: Es el instrumento de evaluación que, a través de reactivos, se utiliza para medir el rendimiento académico del Beneficiario que está en el proceso de Alfabetización y refleja, de modo cuantitativo, la adquisición de conocimientos. Ejercicio Diagnóstico: Es el instrumento de evaluación que se utiliza para detectar el grado de analfabetismo de una persona. Evaluación Cualitativa: Es el instrumento que permite al Asesor evaluar las cualidades del Beneficiario como alumno en el proceso de enseñanza-aprendizaje manifestadas durante las asesorías.

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LINEAMIENTOS NORMATIVOS

PARA EL CONTROL ESCOLAR 2012

Evaluación Cuantitativa: Es el instrumento escrito o digital que permite evaluar los conocimientos obtenidos por el Beneficiario en las asesorías o con su experiencia de vida según el plan de estudios vigente. Examen Diagnóstico de Ubicación (EDU): Instrumento de evaluación que permitirá a todo aquel Beneficiario que no presenta antecedentes escolares ubicarlo en la parte o grado de Educación Básica que le corresponda de acuerdo a sus conocimientos adquiridos. Firma: Palabra(s) o serie de trazas personales que identifican como tal a una persona. No confundir con rúbrica. Informe de Calificaciones de Primaria: Es el instrumento que permite registrar las calificaciones obtenidas por los Beneficiarios, de acuerdo a los conocimientos, habilidades y valores alcanzados por ellos, relativas a los estudios de Primaria. Informe de Calificaciones de Secundaria: Es el instrumento que permite registrar las calificaciones obtenidas por los Beneficiarios, de acuerdo a los conocimientos, habilidades y valores alcanzados por ellos, relativas a los estudios de Secundaria. Interpósita persona: Se refiere a la persona intermediaria que sirve de vehículo para la entrega de los documentos al destino final. Inscripción: Se refiere al registro de Beneficiarios que ingresan por primera ocasión a alguno de los niveles (servicios) del INAEBA: Alfabetización, Primaria o Secundaria, con el propósito de iniciar el proceso de Enseñanza – Aprendizaje. Material Didáctico: Son los elementos de apoyo del proceso de enseñanza-aprendizaje que utilizan los Asesores y los Beneficiarios: cuadernos, lápices, borradores, pizarrones, marcadores, etc. Plan de Estudios / Currícula: Secuencia de temas de interés que deberán de ser desarrollados por los Asesores. Basado en las directrices oficiales federales y estatales. Planeación de clase: Descripción del tema, metodología, tiempos, material sugerido, etc. que deberán ser previstos por los Asesores. Basado en las directrices oficiales federales, estatales y las políticas del Instituto. Promotor: Persona encargada de realizar acciones encaminadas a dar a conocer los servicios de Alfabetización y Educación Básica que ofrece el INAEBA. Aplica técnicas de convencimiento y establece vínculos con autoridades locales o municipales. Reactivación: Se considera reactivación cuando una persona haya estado inscrita en el Sistema del INAEBA, habiendo suspendido sus estudios por alguna razón, y quiera continuarlos. Este reingreso se registra con el propósito de llevar el proceso de Control Escolar para la continuidad de dichos estudios. Relación de Folios de Certificados de Terminación de Estudios (REL): Documento en el cual se especifica el número de folio correspondiente al Certificado que recibe un Beneficiario, al terminar y acreditar el proceso de Educación Básica. Puede ser RELP para Primaria y RELS para Secundaria. Representante o líder de comunidad: Delegado, jefe de comunidad, etc. Secretaría de Educación de Guanajuato (SEG): La Secretaría de Educación de Guanajuato es quien norma los quehaceres educativos en el estado de Guanajuato. Sello oficial «Sistema Educativo Nacional»: Sello que emite la Secretaría de Educación, y que deben ostentar los documentos como Informes de Calificaciones y Certificados, para su validez oficial.

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LINEAMIENTOS NORMATIVOS

PARA EL CONTROL ESCOLAR 2012

Sistema Control Escolar (SCE): Sistema electrónico de registro, mantenimiento y actualización de información sobre los Beneficiarios, Asesores, y grupos, Promotores, etc., de acuerdo a los servicios que presta el INAEBA.

Subcoordinador de Zona: Persona que auxilia en las labores de supervisión administrativa y/o de campo al Coordinador de Zona.