lineamientos inversion municipal 2011 2012

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Consejo Estatal de Seguridad Pblica Secretariado Ejecutivo Lineamientos de Inversin en Seguridad Pblica Municipal 2011-2012

Segn la Sexta Encuesta Nacional de Seguridad celebrada por la COPARMEX, CCE (Consejo Coordinador Empresarial) la Fundacin Este Pas, la UNAM y el Tecnolgico de Monterrey, el Estado de Chiapas es una de las Entidades de la Repblica Mexicana con ms bajo ndice delictivo y de victimizacin. Para permanecer como una entidad segura, en Chiapas se da cabal cumplimiento al Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad, as como al Acuerdo Por un Chiapas An ms Seguro. Creamos el Centro Estatal de Control de Confianza Certificado que se encarga de aplicar las evaluaciones correspondientes y tiene como finalidad la Certificacin de los elementos Policacos Municipales y Estatales; El Centro nico de Capacitacin Policaca y Preventiva los capacitar, en el marco del Programa Rector de Profesionalizacin; la nueva Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pblica instituye el Servicio Profesional de Carrera Policaca y establece los requisitos que deben cumplir los Policas para su ingreso y permanencia en los Cuerpos Policiacos Estatales y Municipales. Independientemente del reforzamiento de la accin policaca los programas de Participacin Ciudadana como el Polica Ciudadano Solidario y Taxista Vigilante, as como la implantacin de Polticas Pblicas aplicadas al Desarrollo Social y Econmico de la Poblacin, los cuales estn alineados a cumplir los 8 Objetivos de Desarrollo del Milenio de la ONU, dan como resultado mayor seguridad para los Chiapanecos. Lic. Juan Sabines Guerrero Gobernador del Estado de Chiapas

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NDICE

Mensaje del Lic. Juan Sabines Guerrero, Gobernador del Estado de Chiapas Considerando Objetivos Calendario Ejes Estratgicos 1. Alineacin de las Capacidades del Estado Mexicano Contra la Delincuencia. 2. Prevencin del Delito y Participacin Ciudadana. 3. Desarrollo Institucional. 4. Sistema Penitenciario. 5. Combate a la Corrupcin. 6. Plataforma Mxico. 7. Indicadores de Medicin Marco Legal Recomendaciones Generales Dictamen de Factibilidad Catlogo de Obras y Metas Directorio 17 23 25 27 32 43 46 46 47 48 50 6 4 5 5

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Juan Sabines Guerrero, Gobernador del Estado, en ejercicio de las facultades que me confieren los artculos 11 fraccin I, 13 fraccin III, IV y XIX, 14 fraccin IV, V y VIII, y 94, primer prrafo, de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pblica, y de conformidad con lo establecido por los artculos 311 y 314, del Cdigo de la Hacienda Pblica para el Estado de Chiapas; y, Considerando Es prioridad del Gobierno del Estado garantizar la seguridad integral de los ciudadanos optimizando los recursos que se destinan a la Entidad, en estrategias y proyectos que operan a travs del Sistema Nacional de Seguridad Pblica y en nuestra Entidad por el Sistema Estatal de Seguridad Pblica. En tal virtud y con base a lo dispuesto en el artculo 21, prrafos noveno y dcimo de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, la Seguridad Pblica es una funcin a cargo de la Federacin, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que comprenden la prevencin de los delitos; la investigacin y persecucin para hacerla efectiva, as como la sancin de las infracciones administrativas en los trminos de la ley en las respectivas competencias que la propia Constitucin prev y las instituciones policiales de los tres rdenes de gobierno se coordinan entre s para cumplir los objetivos de la seguridad pblica y conformar el Sistema Nacional de Seguridad Pblica. El Gobierno Federal, con fundamento en lo previsto en el numeral 37, de la Ley de Coordinacin Fiscal, destina un fondo de aportaciones para el fortalecimiento de los Municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, para subsanar las erogaciones de sus compromisos financieros y entre stos los de Seguridad Pblica, lo ltimo contemplado en el Ramo 33, Fondo IV de la ley en comento. El Ejecutivo Federal a travs de la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico, dota recursos que se destinarn para la seguridad pblica a los Estados y el Distrito Federal conforme a lo establecido en el Artculo 25, Fraccin VII, 37, 44 y 45, de la Ley de Coordinacin Fiscal, mismo que son determinados anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federacin, y se distribuir a travs de los criterios que establezca el Consejo Nacional de Seguridad Pblica. Por lo anterior el Consejo Estatal de Seguridad Pblica, es la instancia que tiene como objeto coordinar, planear y ejecutar en el mbito de su competencia las acciones que se deriven de los programas y acuerdos del Sistema Nacional de Seguridad Pblica en el mbito Estatal, as como la elaboracin y participacin ciudadana, teniendo como principal finalidad salvaguardar la integridad, derechos y garantas individuales de las personas, la preservacin de la libertad, el orden y la paz pblica. Asimismo, es el organismo responsable de aplicar los criterios normativos relacionados con la Profesionalizacin, Servicio de Carrera en las Instituciones de Seguridad Pblica, Desarrollo Policial, Instancias de Coordinacin, el Sistema Estatal de Informacin, Registros de Detencin, Informacin de Personal y de Armamento, Servicios de Atencin a la Poblacin y de la Participacin Ciudadana, de las instancias encargadas de procurar y brindar seguridad a la poblacin, adems de promover el cumplimiento de las metas de evaluacin de control de confianza, capacitacin, certificacin y acreditacin, as como establecer las acciones necesarias para proporcionar a la base de datos nacional de informacin, los datos inherentes al personal policial y los vnculos necesarios

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para coordinar acciones en materia de Seguridad Pblica. En este sentido, el Secretario Ejecutivo, con fundamento a lo estipulado en el Reglamento Interior del Consejo Estatal de Seguridad Pblica, pone a disposicin asesora de las Delegaciones Regionales y del rea de Profesionalizacin, con la finalidad que los municipios destinen mayores recursos a Seguridad Pblica Municipal, para la coordinacin en las labores de Seguridad Pblica. Por las consideraciones anteriores, el Ejecutivo a mi cargo tiene a bien expedir los siguientes:

LINEAMIENTOS DE INVERSIN EN SEGURIDAD PBLICA MUNICIPAL 2011-2012.

OBJETIVOS.Revisar sistemticamente los objetivos que se pretenden alcanzar y las acciones a programar para su ejecucin, atender a lo dispuesto en el artculo 37 de la Ley de Coordinacin Fiscal mismo que seala que las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, reciban los municipios a travs de las Entidades, se destinarn a la satisfaccin de sus requerimientos, dando prioridad al cumplimiento de la atencin de las necesidades directamente vinculadas con la seguridad pblica de sus habitantes.

Promover la participacin de la comunidad en acciones especficas tendientes a la prevencin social de la violencia y el delito, planeacin y evaluacin en materia de seguridad pblica. Impulsar programas de difusin y fomento a la cultura de la legalidad, prevencin de infracciones y delitos, as como a la denuncia. Desarrollar encuestas y diagnsticos de percepcin ciudadana sobre el comportamiento de conductas antisociales para reducir la incidencia delictiva.

Abatir la oferta, trfico, distribucin y venta de droga en el pas, a travs de operativos conjuntos entre autoridades de los tres niveles de gobierno, a fin de que la seguridad pblica forme parte esencial del bienestar de la sociedad y genere las condiciones que permitan al individuo, realizar sus actividades cotidianas fuera de todo riesgo a su persona y patrimonio. Generar confianza entre la ciudadana para que sta proporcione informacin sobre la manifestacin pblica del fenmeno delictivo en los tres niveles de gobierno, para que todos los sectores concatenen esfuerzos en la lucha contra el narcomenudeo.

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CALENDARIO.Para la asignacin de recursos, presupuesto, elaboracin y dictamen de expedientes tcnicos en materia de seguridad pblica municipal, los H. Ayuntamientos debern observar las siguientes etapas: Etapa 1: Una vez aprobado y publicado en el Peridico Oficial el monto que corresponda a cada Ayuntamiento del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios de conformidad al artculo 314 del Cdigo de la Hacienda Pblica del Estado de Chiapas, sesionarn los Consejos Municipales de Seguridad Pblica para presentar su presupuesto en materia de seguridad pblica municipal, teniendo como fecha limite el 31 de Mayo del 2011 y 2012 del ejercicio correspondiente. Etapa 2: Los Ayuntamientos presentarn y solicitarn asesoras al rea de Profesionalizacin del Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pblica, para la elaboracin de proyectos a fin de que obtengan el Dictamen de Factibilidad del Consejo Estatal de Seguridad Pblica, antes del 15 de Septiembre del 2011 y 2012 del ejercicio correspondiente. Informaran del avance del ejercicio trimestralmente. Etapa 3: En los expedientes tcnicos, que sufran modificaciones presupuestales, debern ser entregados a ms tardar el 30 de Septiembre del 2011 y 2012, del ejercicio correspondiente para obtener el Dictamen de Factibilidad, al Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pblica.

01 EJE ESTRATGICO Y SUBPROGRAMA ALINEACIN DE LAS CAPACIDADES DEL ESTADO MEXICANO CONTRA LA DELINCUENCIALa Estrategia 17.2 del Plan Nacional de Desarrollo 2007 2012, regula la profesionalizacin de los cuerpos policacos. En el Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad en su apartado 2, punto 1.1, se crear un modelo nacional de evaluacin y control de confianza; 1.3, deber realizar evaluaciones permanentes y de control de confianza a travs de organismos certificados a personal de las instituciones policiales de procuracin de justicia, y de los centros federales de readaptacin social. Referente al equipamiento policial y de instalaciones, el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, en su objetivo 17, estrategia 17.5, contempla que se debe dotar a cuerpos policacos con mejor equipo y con una plataforma actualizada. Los recursos que se asignen para equiparlos estarn dirigidos al cumplimiento de los objetivos, programas prioritarios y lneas de accin primordiales y al mejoramiento de la infraestructura de seguridad pblica. Adems, se debe considerar el presupuesto para continuar con los operativos conjuntos entre autoridades de los tres rdenes de gobierno con el propsito de multiplicar la presencia policial en aquellos territorios que son afectados por la delincuencia, en virtud de que la seguridad pblica forma parte esencial del bienestar de la sociedad y deber propiciar las condiciones que permitan al individuo realizar sus actividades cotidianas fuera de todo riesgo a su persona y patrimonio.

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001 Proyecto Evaluaciones de Control de Confianza Unidad de Medida: Polica Se elaborar un solo expediente en el que anexen los conceptos autorizados para el formato ET-2 presupuesto que a continuacin se describen: Acciones Evaluaciones de Control de Confianza, Evaluaciones de Estndares de Competencias Profesionales y Evaluaciones del Desempeo del Servicio Evaluaciones de Control de Confianza. Los municipios en coordinacin con el Centro Estatal de Control de Confianza Certificado, se comprometen a evaluar a la polica preventiva y de custodia municipal. Aplicar el programa de evaluacin de control de confianza para el personal a fin de valorar sus aptitudes fsicas, mdicas, de personalidad, confiabilidad para el servicio pblico, conocimientos de la funcin, as como las habilidades y actitudes para el desempeo de la misma, tendientes a asegurar que la Carrera Policial, es el elemento bsico-obligatorio permanente para la formacin y evaluacin de los integrantes de las instituciones policiales, a fin de dotar a la ciudadana de elementos que basen su operacin en la legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez. Sern coordinadas por el Centro Estatal de Control de Confianza Certificado, quien aplicara a los elementos operativos y mandos de los cuerpos de seguridad pblica, las evaluaciones de ingreso y permanencia, exmenes de personalidad, examen toxicolgico, evaluacin mdica, evaluacin de entorno social y situacin patrimonial, conocimiento de la funcin policial, tcnicas de la funcin policial y prueba de confianza, conforme al punto 88 del Acuerdo Por Un Chiapas an ms Seguro que establece convenir con las instancias estatales la aplicacin de los exmenes de evaluacin y control de confianza, y condicionar la permanencia de toda la polica municipal a su aprobacin, para garantizar elementos operativos confiables, as cmo al numeral 87 de dicho Acuerdo, que establece que los Presidentes Municipales, antes de darle posesin a sus mandos superiores policacos, debern someterlos a exmenes ante el Centro Estatal de Control de Confianza Certificado, asegurando que todos los Mandos Superiores y Policas Municipales acrediten las evaluaciones de control de confianza, que constan de las Evaluaciones de Ingreso y de Permanencia: a) El aspirante deber presentar evaluacin mdica, polgrafo, toxicolgica, de personalidad, de confianza e Investigacin Socioeconmica. b) El personal en activo para permanencia y promocin deber presentar evaluacin: mdica, toxicolgica, de personalidad, de conocimientos de la funcin policial, polgrafo, tcnicas de la funcin policial, de entorno social y situacin patrimonial y de confianza.

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Evaluacin a travs de Estndares de Competencias Profesionales Conforme a los Criterios Generales del Programa Rector de Profesionalizacin, aprobado en la XXVII sesin del Consejo Nacional de Seguridad Pblica, celebrada el 26 de Noviembre de 2009 y de conformidad con los artculos 65, 66, 67, 68, 69, 70, 72, 88, 96, 97 y 98, de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pblica, el personal sustantivo de las Instituciones Policiales Municipales, acreditarn habilidades, destrezas, actitudes, conocimientos generales y especficos en el desempeo de sus funciones, adems de las evaluaciones de Control de Confianza, para obtener su certificacin respectiva, debern presentar evaluaciones de competencia y del desempeo en el servicio, conforme a los perfiles aprobados en el Consejo Nacional de Seguridad Pblica. Como requisito el elemento deber haber obtenido calificacin aprobatoria de apto o recomendable en las evaluaciones de control de confianza y haber cursado la Formacin Bsica o el Curso de Actualizacin. Evaluacin del Desempeo del Servicio Determinar el nivel de desempeo en el servicio de acuerdo al perfil del puesto de los elementos de seguridad pblica. Se apegarn a lo que establezca el Comit de Evaluacin del Desempeo de la Regin que pertenezca el Estado de Chiapas, est evaluacin se llevar conforme al Manual de Evaluacin del Desempeo en el Servicio los resultados pueden ser Recomendable, No Recomendable y No present. Los recursos destinados a la accin Evaluaciones podrn destinarse a los siguientes rubros de gasto: Elaboracin, aplicacin y calificacin de la evaluacin de conocimientos de la funcin policial. Traslado y viticos de personal para asistir al lugar donde se harn las evaluaciones. Por el Centro Estatal de Control de Confianza Certificado, anexar listado del Personal.

002 Proyecto Equipamiento Unidad de Medida: Polica Se elaborar un solo expediente en el que anexen los conceptos autorizados para el formato ET-2 presupuesto que a continuacin se describen: Acciones Uniformes Equipamiento Patrullas Armamento y Municiones Cada Ayuntamiento debe haber realizado previamente un padrn confiable de necesidades de equipamiento del personal y de las instalaciones que requieren de aprovisionamiento de equipo y bienes que facilite el buen desempeo de sus funciones y actividades, incluyendo los bienes, instrumentos y aditamentos especiales para lograr mejorar el servicio de seguridad de las personas, para el fortalecimiento y homologacin del equipo del personal, as como aumentar la capacidad

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instalada y la cobertura de las instalaciones destinadas a la Seguridad Pblica. Sus programas prioritarios tienen como objetivo, reforzar el equipamiento para la proteccin del personal de las corporaciones de seguridad pblica, dotar de equipo moderno para mejorar las condiciones de proteccin de los elementos policiales y de desempeo de la funcin. Uniformes Los policas preventivos municipales, custodios municipales y Policas Ciudadanos Solidarios debern portar uniforme con caractersticas de diseo, material y color que permita la identificacin de la corporacin a la que pertenecen: uniforme de diario: camisa, pantaln, playera con distintivos y botas cerradas; o bien el uniforme operativo: camisa, pantaln, playera con distintivos y botas cerradas con las especificaciones tcnicas y grficas contenidas dentro del Manual de Imagen Institucional de las Policas Preventivas Municipales descritas a continuacin: Requisitos: Anexar relacin de personal en el formato establecido por el Secretariado Ejecutivo del CESP. Coincidir el total de policas con el estado de fuerza. Apegarse al Manual de Imagen Institucional de las Policas Preventivas Municipales anexar en su expediente fotografa a color o diseo del uniforme Equipamiento Se equipar a cada elemento con tonfa tipo tolete de policarbonato (no es recomendable que sean de material de inferior resistencia como el PVC), fornitura con sus accesorios y gas repelente. En esta clasificacin de manera adicional puede proveerse equipo personal de proteccin como placa balstica, chaleco blindado anti balstico de alta densidad y contra objetos punzo cortantes, casco vial, equipo anti motn escudo tipo personal y de barricada, codera, espinillera, muslera, casco, bastn de policarbonato, placas metlicas, chamarra, impermeable, lmpara, cantimplora y sujetadores de manos. Para la integracin del proyecto se deber anexar relacin de los elementos beneficiados correspondientes al estado de fuerza de Seguridad Pblica Municipal, reportado al Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pblica. Chalecos balsticos de alta densidad, con paneles balsticos de frente y espalda, con un panel anti trauma del mismo tipo los cuales debern estar forrados y ser repelentes de agua, con un rea de proteccin, peso que cumpla los requerimientos de las Normas Nacionales e Internacionales vigentes. La funda o portador cuenta con puntos de ajuste en hombros y costados. Se le agregan dos placas balsticas en conjunto al chaleco que detiene impactos de armas de fuego, que debern estar certificadas de acuerdo a las Normas Nacionales e Internacionales y con las respectivas pruebas del laboratorio que acrediten la proteccin brindada y que tengan la suficiente cobertura para defender la integridad fsica del grupo de reaccin, conforme a las siguientes caractersticas.

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Chaleco tctico confeccionado en tela ligera con compartimientos para guardar objetos de apoyo que contribuyan en el desempeo de las prcticas de acciones de tipo tctico, va sobrepuesto al chaleco balstico, deber contar con accesorios para portar esposas, radio, lmpara, llaves y cartucheras. Mascara antigs: Acondicionada de cmodo ajuste y mayor visibilidad, material de fabricacin de mayor resistencia a la infiltracin qumica, con copa de nariz, etiqueta de identificacin y un diagrama mecnico para comunicaciones de corto alcance, cubierta exterior que brinde proteccin adicional contra los impactos, contar con arns para la cabeza de 6 puntos de fijacin, lente flexible que ofrezca mejor ajuste a la pieza facial y un mejor campo de visin, sellado de fbrica, permitir el ajuste de googles y casco. Googles tcticos diseados para optimizar el campo de visin, contener material espumado para eliminar la humedad y mantener la adherencia, armazn flexible con ventilacin especial para evitar el empaamiento, lente resistente a las ralladuras con estndar que pase las pruebas de resistencia e impacto, suficiente claridad ptica, material de la correa con aplicacin para casco y puertos de ventilacin. Ariete metlico: Diseado para derribar puertas, cilindro metlico especialmente fabricado para situaciones tcticas. Acabado corrugado, de uso rudo, color negro, con agarradera ambidiestra. Implemento para abrir ventanas fabricados en acero, con empuaduras de neopreno juego de dos piezas para palancas cortas o medianas, livianos y pintados de color negro. Binoculares tcticos: Implemento de visin binocular de ultima generacin que cuente con una alta resolucin de los tubos intensificadores de imagen, de preferencia de pesos ligero, con un alcance viable, adems con un sistema hidrulico de estabilizacin que impida con el movimiento la perdida de la imagen, que ofrezca imgenes claras para la intervencin adecuada de los operativos tcticos que se desarrollan a la luz del da. Implemento de visor nocturno: monocular de visin nocturna de alta calidad, que utilice dos oculares y un magnificador con iluminador infrarrojo el cual permitir obtener una imagen ms clara, que cuente con los aumentos necesarios para acciones operativas y para acciones de vigilancia a distancia, de ultima generacin y ligero. Esposas para manos de alta resistencia y de peso ligero, as como sujetadores de manos de 10 pulgadas. Codera tctica: De alta densidad con remaches, con cubierta, concha con terminado corrugado y con amplias correas elsticas. Rodillera tctica: De alta densidad, con remaches. Con cubierta, superficie con terminacin corrugado y reforzada para absorcin de impactos. Pasamontaas tcticos: De alta densidad, proporcionan calor y brindan proteccin.

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Guantes tcticos: Resistente al agua y al fuego, puo elstico que lo conserva fijo, mientras el guantelete elstico mantiene fuera objetos extraos, resistentes a la abrasin, material antiderrapante utilizado en la palma de la mano para mejor agarre en uso de armas o herramientas. Fornitura: Color negra, cosido regular reforzado, incluye espacios para: Fajilla con hebilla, pasadores, para portar gas, lmpara, esposas, cuchillo y tonfa. Funda lateral muslera: Color negra, cosido regular reforzado, incluye correa para asegurar en cinturn, doble correa para amarre a pierna y porta pistola tipo escuadra. Casco balstico de ltima generacin termo formado, con proteccin frontal que detiene amenazas de armas de fuego, espacio sobre las orejas para mayor proteccin, correa de sujecin a nivel de barbilla y deber cumplir con las normas y estndares adecuados. Deber presentar resultados de laboratorio que certifiquen las propiedades balsticas. Las medidas sern medianas y grandes. Escudo balstico con mirilla de alta resistencia color negro con acabado de usos rudo y moldura de alta resistencia, agarraderas interiores de forma tubular redonda forradas, considerar escudos diestros y siniestros. Equipamiento especfico para las corporaciones radar de velocidad, alcoholmetro y accesorios, equipo de localizacin satelital GPS, detectores de metales y de sustancias prohibidas, as como mobiliario y equipo la dignificacin de las comandancias, centros administrativos de detencin, adems de equipamiento y sealamiento vial para establecer programas de control estricto de los lmites de velocidad en los 20 municipios del Estado con mayor incidencia delictiva. Conforme al punto 102 del Acuerdo Por un Chiapas an ms Seguro los H. Ayuntamientos que cuenten con una poblacin mayor de 100 mil habitantes, instalarn parqumetros as como la implementacin de la Polica del Centro. Anexar relacin de personal, copia resguardo de vehculos (para equipo especial para patrullas y torreta), debe coincidir con el estado de fuerza.

Programa Alcoholmetro Preventivo Con base en el punto 101 del Acuerdo Por un Chiapas an ms Seguro Los H. Ayuntamientos con Ciudades de ms de 50 mil habitantes, implementarn el Programa Alcoholmetro Preventivo(Equipo y accesorios) con la participacin de las distintas instancias de gobierno y las asociaciones y cmaras empresariales (el alcoholmetro funciona fuera de los centros nocturnos, con la participacin del Sector Salud, la Procuradura General de Justicia y las policas preventivas) en las ciudades con ms de 50,000 mil habitantes. Con la finalidad de reducir los factores sociales, institucionales y de entorno urbano y fsico que favorecen la criminalidad, se llevar a cabo la alineacin de la accin gubernamental y el fomento en la poblacin de una cultura de la prevencin y participacin, que le permita identificar las causas y las soluciones frente a un fenmeno de delincuencia que le afecta y as contribuir a un ambiente libre de violencia e inseguridad para la comunidad, a partir del blindaje de las escuelas, su entorno, de la

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prevencin de las adicciones y la recuperacin de los espacios. El alcoholmetro deber tener las siguientes caractersticas: celda de combustible electroqumica, automtico, con precisin de +/- .005 BrAC hasta .100 BrAC, pantalla LCD de 4 dgitos, seala errores y cambios en el estado del instrumento, con luces led que indiquen el estado, calibracin segura por medio de gas seco o el simulador de bao hmedo, interfaz serial RS-232 de dos canales para impresora o PC, con memoria para guardar 500 resultados de pruebas incluyendo fecha y hora. Patrullas Las patrullas deben ser vehculos austeros, equipados con radio mvil digital encriptado, homologado a C-4 (el cual requiere del dictamen tcnico de la Unidad de Atencin a Emergencias del Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pblica), rotuladas con nombre del municipio, nombre de la corporacin (Secretara o Direccin), nmero econmico, nmero de emergencias (066), de acuerdo a lo que establecen las especificaciones del Manual de Imagen Institucional de las Policas Preventivas Municipales; como obligatorios para la dictaminacin del proyecto deber incluirse la torreta, bocina y la adquisicin de seguros. Para el caso de motocicletas incluir luces estroboscpicas. De acuerdo a las condiciones del terreno de las colonias, barrios y comunidades; por lo que pueden ser vehculos, sedan, pick up, todo terreno, etctera. Para pick up las especificaciones generales son incluir capacidad en la instalacin elctrica suficiente para recibir los equipos electrnicos que incorporen, torreta, estructura metlica, preparacin para GPS, estructura metlica, banca trasera con porta esposas, lona que cubre la estructura metlica, tumba burros, defensa, bolsas de aire frontales, barra estabilizadora delantera, cuatro puertas, doble cabina, una tonelada(por lo menos), mayor a 140 caballos de fuerza, direccin hidrulica, radio mvil de comunicacin digital encriptado radio-elctricas en la banda de 380 a 399.99 Mhz. conforme a las caractersticas establecidas en el subprograma Plataforma Mxico y color azul marino rotulada conforme al Manual de Imagen Institucional de las Policas Municipales. En el caso de vehculos sedan deben contar con capacidad en la instalacin elctrica suficiente para recibir los equipos electrnicos que incorporen, para cinco pasajeros, tamao mediano o superior, 4 o ms cilindros, desplazamiento mayor a 2.3 litros, torreta, preparacin para GPS, tumba burros, gancho trasero, bolsas de aire frontales, radio mvil de comunicacin digital encriptado radioelctricas en la banda de 380 a 399.99 Mhz. conforme a las caractersticas establecidas en el subprograma Plataforma Mxico y color azul marino rotulado conforme al Manual de Imagen Institucional de las Policas Municipales. Motocicletas igual o superiores a 500 centmetros cbicos, hasta 250 centmetros nicos nicamente por condiciones orogrficas del Municipio es factible reducir, torreta, radio mvil de comunicacin digital encriptado radio-elctricas en la banda de 380 a 399.99 Mhz. conforme a las caractersticas establecidas en el subprograma Plataforma Mxico, compartimiento para el radio, parabrisas, defensa delantera en tubo cromado, mochilas laterales, sistemas de luces traseras y delantera cdigos rojo y azul, sirena con bocina de 30 lats, azul marino, preparacin para GPS y color azul marino rotulada

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conforme al Manual de Imagen Institucional de las Policas Municipales. nicamente por las condiciones orogrficas del Municipio es factible reducir Requisitos: Rotuladas de acuerdo al Manual de Imagen Institucional de las Policas Preventivas Municipales. Equipadas con torreta, radio digital homologado a C-4, nicamente se dictaminan vehculos nuevos. Para motocicletas incluir luces estroboscpicas y rotulacin respectiva. Incluir la adquisicin de seguros de cobertura amplia. En caso de arrendamiento financiero, las unidades vehiculares debern de cumplir todos los requisitos mencionados.

Armamento y Municiones A los 20 municipios con mayor incidencia delictiva se les apoyar en la solicitud de ampliacin de licencia y en su caso con la dotacin de armas para elementos operativos que hayan acreditado los exmenes de portacin de armas exigidos por la Secretara de la Defensa Nacional y las pruebas de evaluacin y control de confianza. Toda solicitud de armamento y cartuchos, deber realizarse por conducto del Gobierno del Estado, a travs de la Secretara de Seguridad y Proteccin Ciudadana, el cul especificar el nmero de la Licencia Oficial Colectiva en que queda amparado el material. La solicitud de cotizacin y/o adquisicin de armamento, debe ser firmada por el Gobernador del Estado, los municipios se sujetarn a los requisitos establecidos en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, para que los policas preventivos en activo aspirantes a ser armados cumplan los siguientes requisitos: Cartilla del Servicio Militar Nacional liberada, Carta de Antecedentes No Penales, Constancia de modo honesto de vivir otorgada por el H. Ayuntamiento, Carta de Antecedentes Laborales No Negativos, aprobar la Capacitacin Especializada y aprobar las Evaluaciones de Control de Confianza.

La documentacin ante la Zona Militar correspondiente, a su vez, a la Direccin General del Registro Federal de Armas de Fuego y Explosivos, de la Secretara de la Defensa Nacional. Una vez autorizada se inicia con la credencializacin de cada uno de los elementos por parte del titular de la licencia. Para mayor informacin remitirse a la Secretara de la Defensa Nacional en su portal oficial: www.sedena.gob.mx y a la Secretara de Seguridad y Proteccin Ciudadana del Estado. Toda solicitud de cotizacin deber ser dirigida a la Secretara de la Defensa Nacional, la cual deber de ser firmada por el Gobernador Constitucional del Estado, marcando copia a la Zona Militar correspondiente. En el expediente incluir cotizacin vigente de la Secretara de la Defensa Nacional.

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Tomando en cuenta las armas que solicite, no deber de rebasar la cantidad de armas autorizadas (un arma corta y una larga por elemento operativo que ampare la licencia).

003 Proyecto Construccin, Mejoramiento o Ampliacin de Instalaciones de Seguridad Pblica. Unidad de Medida: Obra Se elaborar un solo expediente en el que anexen los conceptos autorizados para el formato ET-2 presupuesto que a continuacin se describen: Acciones Construccin, Mejoramiento o Ampliacin de Instalaciones de Seguridad Pblica Respecto a la Infraestructura para la Seguridad Pblica, se consideran estudios de pre-inversin, presupuesto y programa de obra, proyecto ejecutivo de obra pblica y costos de Supervisin de la obra. La infraestructura de seguridad comprende la comandancia municipal, crceles preventivas distritales, casetas de vigilancia, mdulos del 066, centros de formacin policial y reclusorios municipales. Deber acreditarse la propiedad o la posesin a ttulo de dueo del terreno en donde se vaya a ejecutar la obra, en su caso.Requisitos: La obra puede ser construccin, mejoramiento o ampliacin de Instalaciones de seguridad pblica. Anexar Justificacin de la obra, Plano de conjunto, planos con propuesta de a realizar, presupuesto de la obra, programa de ejecucin de la obra. Acreditar la propiedad del terreno y asegurarse de poseer ttulos de propiedad de predios donde se ubiquen las obras y de que stos disponen de los servicios de cabecera, o en su caso, proveerlos a su costa, as como obtener los diagnsticos de factibilidad tcnica, econmica, social y de impacto ecolgico, que sustenten su realizacin y las previsiones de crecimiento, modernizacin y presin urbana en las edificaciones e instalaciones respectivas.

004 Proyecto Operativos Conjuntos y Combate al Narcomenudeo Unidad de Medida: Polica Se elaborar un solo expediente en el que anexen los conceptos autorizados en el formato ET-2 presupuesto que a continuacin se describen:

Acciones Operativos Conjuntos.

Operativos Conjuntos

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Los Operativos Conjuntos, tienen por objeto determinar las acciones para la planeacin y ejecucin de operativos de Seguridad Pblica de naturaleza preventiva, de reaccin y de investigacin, en conjunto con otras instituciones o corporaciones federales, estatales y municipales, la planeacin y ejecucin de esquemas de prevencin del delito, a partir de un diagnstico previo en zonas de mayor incidencia delictiva, con autoridades federales y estatales. Los programas y acciones que se habrn de instrumentar en la materia ya sean en barrios, colonias, ejidos, rancheras y comunidades que habrn de ser atendidas con estos, debiendo reportar resultados al Consejo Municipal de Seguridad Pblica. El Ayuntamiento realizar operativos, para disuadir y prevenir los delitos en zonas urbanas y rurales detectadas tomando en cuenta las colonias, comercios y zonas de alta afluencia de personas, dando una especial atencin a Escuela Segura, programando operativos preventivos de vigilancia en los planteles pblicos y privados, en las reas de esparcimiento pblico que forman parte del Programa Federal de Rescate de Espacios Pblicos. La corporacin municipal entregar un informe trimestral al Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pblica con acciones de trabajo que incorporen estadsticas, metas y resultados de impacto, para la prevencin y reduccin del delito, operativos conjuntos, permanentes y extraordinarios, especificando el tipo y las corporaciones federales, locales o municipales participantes en los mismos. Combustible para Patrullas El formato de Plan de Operativos de Vigilancia facilita la aplicacin de recursos para la adquisicin de combustible, con los siguientes datos: tipo de operativo, nmero de serie de las patrullas, nmero econmico, placas, litros, recorridos, rendimiento, distancia, destinos, nombre del operativo, tipo de delito o infraccin. No exceder del valor factura del vehculo en el monto destinado al combustible, esto con la finalidad de promover la renovacin del parque vehicular que se encuentre en malas condiciones con una antigedad mayor a cinco aos, promoviendo as, una ampliacin del nmero de unidades que prevengan los delitos e infracciones que cubran un mayor territorio municipal, extendiendo la cobertura y capacidad de respuesta de las corporaciones municipales. Requisitos: Anexar copia de los resguardos actualizados de cada patrulla, parque vehicular, anexar fotos de las patrullas, elaborar Plan de Operativos y Vigilancia aprobado por el Consejo Municipal de Seguridad Pblica, de acuerdo a sus recorridos y cobertura municipal.

Se recomienda anexar en el proyecto, copia de que cada resguardo y factura de las patrullas. No podrn incluirse vehculos de transporte para personal administrativo o para carga, o bien, de otras reas como ambulancias o de Proteccin Civil. Mantenimiento de Patrullas No exceder del 50 % del valor factura del vehculo en el monto destinado al mantenimiento, esto con la finalidad de renovar el parque vehicular que se encuentre en malas condiciones con una antigedad mayor a cinco aos, promoviendo as, una ampliacin del nmero de unidades que prevengan los delitos e infracciones que cubran un mayor territorio municipal, extendiendo la cobertura y capacidad de respuesta de las corporaciones municipales.

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Requisitos: Descripcin de la patrulla (debe estar rotulada de acuerdo al Manual de Imagen Institucional de Policas Municipales (detallar marca, modelo, tipo, serie, placas y nmero econmico). Presupuesto detallado de mantenimiento y anexar copias de los resguardos actualizados y fotos de cada patrulla de frente y de lado. Seguro para Vehculos Con la finalidad de garantizar el patrimonio de seguridad pblica municipal, deber considerarse la adquisicin de seguros para patrullas, sugirindose la contratacin de cobertura amplia o la que el H. Ayuntamiento determine, al menos para unidades con una antigedad de cinco aos a la fecha. Requisitos: Descripcin de la patrulla (marca, modelo, tipo, serie, placas y nmero econmico). Anexar resguardos actualizados y fotos de las patrullas. Seguro indispensable para patrullas nuevas. Alimentacin El H. Ayuntamiento puede asignar alimentos a los elementos que se encuentren dentro de su jornada laboral en funciones preventivas y durante operativos conjuntos. Se consideran los gastos de alimentacin y medicamentos de los equinos. Requisitos: Anexar relacin del personal con nombre completo, fecha de nacimiento y categora. El apoyo puede ser en especie o por medio de una nmina. Para los caballos se destinan recursos para alimentacin y medicamentos: (anexar relacin de equinos, fotografa y plan de operativos con rutas de vigilancia). Renta de Local para Comandancia La renta de local para comandancia de la polica municipal, incluir los siguientes requisitos: Croquis de micro-localizacin, fotos y justificacin del proyecto. Copia del contrato de arrendamiento. Gastos Operacin de Seguridad Pblica Municipal La seguridad pblica municipal requiere para su operacin el pago de servicios y conceptos de gasto en el expediente tcnico.

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Gastos de operacin, renta de inmueble, energa elctrica, agua potable, servicio telefnico e Insumos de limpieza para el inmueble.

02 EJE ESTRATGICO Y SUBPROGRAMA PREVENCIN DEL DELITO Y PARTICIPACIN CIUDADANA.Transitar del modelo reactivo y punitivo al de aproximacin integral con la sociedad a travs de la vinculacin ciudadana y proteccin de los derechos humanos, con el fin de generar dinmicas sociales, a travs de la creacin de consejos ciudadanos de seguridad pblica como rganos de vinculacin y enlace con las organizaciones sociales. Promover la participacin de la comunidad en acciones especficas tendientes a la prevencin del delito, planeacin y evaluacin en materia de seguridad pblica. Impulsar programas de difusin y fomento a la cultura de la legalidad, prevencin de infracciones, delitos; denuncias y quejas; as como promover la erradicacin de la violencia, especialmente la ejercida contra nios, nias, jvenes, mujeres, indgenas, migrantes, adultos mayores y el respeto a los derechos humanos y por una vida libre de violencia. Desarrollar encuestas y diagnsticos de percepcin ciudadana sobre el comportamiento de conductas antisociales para reducir la incidencia delictiva. Abatir la oferta, trfico, distribucin, venta y consumo de droga en el pas, a travs de programas de informacin y prevencin del delito, con especial nfasis en nias, nios, adolescentes y grupos vulnerables. Establecer un servicio de atencin a la ciudadana para la localizacin de personas y bienes. Conformar redes que vinculen a la sociedad con el gobierno, en torno a las escuelas, los espacios recuperados, contra las adicciones y dems espacios de concentracin poblacional. Promover la formacin de redes sociales multiplicadoras que difundan la cultura de la legalidad, la denuncia y de la participacin social. Fortalecer la participacin de la comunidad en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pblica en programas de prevencin del delito, apoyando los procesos de integracin de los Comits de Consulta y Participacin Ciudadana, a nivel regional, municipal y estatal con el fin de consolidar su funcionamiento y carcter propositivo ante instancias y autoridades competentes. Integrar observadores ciudadanos que coadyuven a la identificacin de zonas de alto riesgo y a su desactivacin, mediante la denuncia y la aportacin de su conocimiento del diagnstico comunitario. Elaborar mapas georeferenciados sobre el entorno escolar, espacios pblicos y centros de trabajo, que permitan detectar el grado de vulnerabilidad a partir del llenado de fichas sobre el entorno fsico y estado del inmueble y la denuncia de zonas de riesgo en sus accesos. Elaborar encuestas de percepcin de seguridad para identificar zonas de riesgo, tipos de delitos y alternativas de participacin ciudadana en la seguridad, con el fin de integrar grupos de autoayuda en problemas especficos bajo la responsabilidad de las autoridades competentes. Establecer relaciones directas con los centros educativos de la Entidad Federativa a fin de contar con un sistema educativo que contemple ayuda psicolgica preventiva en el consumo de drogas. Fomentar la participacin ciudadana a travs del uso del servicio de denuncia annima 089. Brindar a la ciudadana el servicio para la localizacin de personas, bienes y la atencin a emergencias, preferentemente a travs del nmero telefnico 066.

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La Prevencin del Delito y la Participacin Ciudadana de forma paralela a la coordinacin entre los tres niveles de gobierno, de una verdadera y efectiva participacin ciudadana en las diversas acciones de Seguridad Pblica, advirtindose que es prioritario que el gobierno restituya y consolide el estado de derecho en la sociedad fomentando e impulsando la participacin ciudadana a travs de los Comits respectivos para coadyuvar en la vigilancia y seguridad de la propia poblacin, a travs de la organizacin vecinal y dems programas relativos. Los Comits de Consulta y Participacin Ciudadana son rganos consultivos, integrados por la sociedad civil, de manera ordenada y organizada, con la finalidad de coadyuvar en las tareas de Seguridad Pblica, de manera respetuosa con calidad propositiva y participativa. Constituyen el mecanismo que permite conocer la opinin de la comunidad o ciudadana de manera responsable, informada y documentada acerca de las polticas de seguridad pblica en un rea geogrfica especfica. Por lo que se considera indispensable fortalecer Los Comits de Consulta y Participacin Ciudadana, las organizaciones sociales coadyuvantes que oportunamente se hayan acreditado ante el Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pblica, presentarn por escrito sus propuestas relativas a acciones y proyectos especficos en materia de prevencin del delito quienes a su vez debern presentar un programa de trabajo, firmado por el Presidente, Secretario General y Tesorero del Comit, el cual estar revisado por la Unidad de Prevencin del Delito, Participacin Ciudadana y Apoyo a Instancias del Secretariado Ejecutivo y para el mejoramiento de las instituciones de seguridad pblica, las cuales, debern ajustarse a los objetivos, lneas de accin y conceptos de gasto del Programa de Prevencin del Delito y Participacin Ciudadana en la Seguridad Pblica. Para asegurar la consecucin de las polticas y el cumplimiento de los objetivos y metas del Programa de Prevencin del Delito y Participacin Ciudadana en la Seguridad Pblica. 005 Proyecto Prevencin del Delito y Participacin Ciudadana Unidad de Medida: Proyecto Se elaborar un solo expediente en el que anexen los conceptos autorizados para el formato ET-2 presupuesto que a continuacin se describen: Acciones Gastos Administrativos, Mobiliario y Equipo del Comit de Consulta y Participacin Ciudadana Coordinador de Prevencin del Delito y Proyecto Municipal de Prevencin del Delito y las Infracciones Polica Ciudadano Solidario Elaboracin e Impresin de Reglamentos Difusin de la Cultura de la Legalidad, Denuncia y Participacin Ciudadana

Gastos Administrativos del Comit de Consulta y Participacin Ciudadana

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Se fortalecern los Comits de Consulta y Participacin Ciudadana, las organizaciones sociales y se crearan redes sociales coadyuvantes que presentaran sus propuestas relativas a las acciones y proyectos especficos en materia de prevencin del delito y para el mejoramiento de las instituciones de Seguridad pblica, las cuales, debern ajustarse a los objetivos, lneas de accin y conceptos de gasto del Programa de Participacin de la Comunidad en la Seguridad Pblica. El Comit de Consulta y Participacin Ciudadana deber remitir informes ejecutivos trimestrales al H. Ayuntamiento, sobre los avances obtenidos en el desarrollo del Programa de Trabajo Anual elaborado por dicho Comit. Los conceptos de gasto son: Renta de oficina (Anexar contrato), Material de oficina y consumibles de cmputo, Impresin de material sobre participacin ciudadana, as como de material de difusin (playeras, gorras, trpticos, balones etc.), servicios (energa elctrica, telfono y agua), Material de limpieza Gastos para organizar eventos de participacin ciudadana, Viticos y pasajes para asistir a eventos de participacin ciudadana, Contratacin de apoyo secretarial y legal, Solicitar asesora a la Unidad de Prevencin del Delito, Participacin Ciudadana y Apoyo a Instancias del Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pblica.

Los bienes adquiridos son propiedad del Ayuntamiento el cual los da en comodato al Comit Municipal de Consulta y Participacin Ciudadana. Se considera improcedente el pago de sueldos, compensacin, gratificacin, honorarios o cualquier emolumento a los integrantes de los Comits de Consulta y Participacin Ciudadana por su carcter de honorficos. Como requisito para el expediente debe elaborar Plan de trabajo del Comit de Consulta y Participacin Ciudadana, elaborado y firmado por el Presidente, Secretario y Tesorero del Comit de Consulta, contener Marco Jurdico, Objetivos, Acciones a desarrollar para la ejecucin del programa (calendario), Evaluacin (modelo). En caso de necesitar personal de apoyo, la Presidencia Municipal podr contratar personal y comisionarlo al Comit. Mismo que deber cumplir con los siguientes requisitos constancia de estudios, curriculum, actividades a desarrollar, horario y ubicacin del centro de trabajo. El programa de trabajo debe ser elaborado y firmado por el Presidente, Secretario y Tesorero del Comit de Consulta. Coordinador de Prevencin del Delito y Proyecto Municipal de Prevencin del Delito Con la finalidad de cumplir con la disposicin contenida en la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pblica en el artculo 22 fraccin IX, se instituye la figura de Coordinador Municipal de Prevencin del Delito se debe dar cumplimiento a las acciones del Programas Estatal de Prevencin del Delito. La Prevencin del Delito es prioritaria y es una etapa fundamental de la Seguridad Pblica inmersa en la poltica gubernamental. Por ello, los municipios deben establecer mecanismos de prevencin a travs de lneas estratgicas para desactivar posibles escenarios propiciatorios de conductas delictivas. Se sugiere que sea originario del estado de Chiapas, contar con estudios mnimos de educacin media superior, anexar Como requisito para la integracin del expediente tcnico Carta de Antecedentes Laborales No Negativos, que deber tramitar previa a la contratacin, por medio de oficio firmado por

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el Presidente Municipal, con relacin anexa y copia de acta de nacimiento a la Unidad de Sistematizacin del Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pblica. En un solo proyecto incluir aguinaldo, servicio mdico, despensa, seguro de vida, seguridad social, se sugiere se beneficien con Infonavit o con bonos de vivienda, firmen convenio con Fonacot, prestaciones e impuestos. Los Programas de Prevencin del Delito deben estar orientados a coadyuvar en la formacin de una cultura de la prevencin y la denuncia, que tenga en el centro de todas las acciones a las personas, rescatando los valores que les son inherentes con el propsito de fomentar actitudes positivas a nivel individual, familiar y comunitario, que impulse procesos de socializacin y edificacin de una sociedad cada vez mejor, as como, el combate a las adicciones. Para ello, la participacin social en cada municipio es de gran trascendencia, ellos representan los intereses de sus municipios y localidades, adems de que conocen su realidad y las formas comunitarias para la realizacin de acciones que beneficien a los ciudadanos, a travs del programa de trabajo preventivo que contempla lneas de accin, antecedentes, objetivos y evaluacin, para consolidar la prevencin del delito y la denuncia ciudadana. La Estrategia Nacional, en este rubro, se integra por tres programas: Escuela Segura, que busca recuperar la seguridad y la sana convivencia en el entorno escolar promoviendo un programa de vigilancia en los planteles de educacin durante todo el horario escolar; Salud slo sin Drogas, para prevenir adicciones; y Recuperacin de Espacios Pblicos, que promuevan la rehabilitacin de espacios para la convivencia social con libertad y seguridad. Con la finalidad de reducir los factores sociales, institucionales y de entorno urbano y fsico que favorecen la criminalidad, se llevar a cabo la alineacin de la accin gubernamental y el fomento en la poblacin de una cultura de la prevencin y participacin, que le permita identificar las causas y las soluciones frente a un fenmeno de delincuencia que le afecta y as contribuir a un ambiente libre de violencia e inseguridad para la comunidad, a partir del blindaje de las escuelas, su entorno, de la prevencin de las adicciones y la recuperacin de los espacios. Con base en el punto 101 del Acuerdo Por un Chiapas an ms Seguro en las Ciudades de ms de 50 mil habitantes, implementarn el Programa Alcoholmetro Preventivo, previa concertacin y firma de acuerdo. Prevencin de las Adicciones y Rehabilitacin de Adictos a Drogas. Este programa tiene la finalidad de promover el estado de derecho y la seguridad de las personas, as como, de las familias y sus bienes, fortaleciendo la cultura de la legalidad en un marco de respeto a la dignidad de los derechos humanos y apegado a un desarrollo completo de las vertientes de la Seguridad Pblica, que son la Prevencin del Delito, la Procuracin, la Administracin de Justicia y la Readaptacin Social, mediante la participacin uniforme, activa e integral de las Instituciones de Gobierno, de los sectores privados y sociales, los cuales tendern a promover y difundir los valores sobre los que se fundamentar el desarrollo general y armnico de la Sociedad Chiapaneca, dentro del Programa Chiapas Solidario. Con base en el Acuerdo por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad los municipios del pas se comprometen a instrumentar programas locales en las vertientes social de la seguridad, educacin, salud y prevencin y tratamiento de adicciones, a fin de de coadyuvar con el gobierno federal en la

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implementacin de los programas Limpiemos Mxico, Rescate de Espacios Pblicos, Escuelas Seguras y Prevencin y Tratamiento de las Adicciones. El Programa Conductor Responsable. Intensificar la aplicacin del Programa de Conductor Responsable, con la aplicacin del alcoholmetro preventivo, con la participacin de las distintas instancias de gobierno y las asociaciones y cmaras empresariales (el alcoholmetro funciona fuera de los centros nocturnos, con la participacin del Sector Salud, Procuradura General de Justicia y las policas preventivas) en las ciudades con ms de 50,000 mil habitantes. Intensificar la aplicacin del Programa de Conductor Responsable, con la participacin de las distintas instancias de gobierno y las asociaciones y cmaras empresariales. Difusin de la Cultura de la Legalidad, Denuncia y Participacin Ciudadana Por ello, y con el afn de consolidar Por un Chiapas an ms Seguro, solidario y que permita la participacin activa de la sociedad en general, a travs de los diferentes programas estatales implementados en materia de seguridad pblica, prevencin del delito, cultura de la legalidad, denuncia y participacin ciudadana, es necesario implementar mensajes alusivos a la Prevencin de los Delitos e Infracciones a travs de la difusin en los medios de comunicacin de los nmeros 066 de Atencin a Emergencias y 089 para Denuncia Annima Ciudadana, basados en los proyectos de prevencin.

Carteles, trpticos, difusin en medios de comunicacin, bardas, mantas, anexar diseo. Programa de promotores, Escuela Segura. Apoyo a Centros de Ayuda Mutua, de la sociedad civil para la rehabilitacin de adictos. Solicitar asesora a la Unidad de Apoyo a Instancias del Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pblica.

Polica Ciudadano Solidario Con fundamento a los puntos 34 y 100 del Acuerdo Por Un Chiapas an ms Seguro la Polica de Proximidad se transforma en Polica Ciudadana Solidaria, en los centros urbanos con ms de 5 mil habitantes, es una persona cercana a los ciudadanos, que est presente en la comunidad da con da, es parte de los mismos vecinos, conoce bien a sus habitantes y est al tanto de la Seguridad Pblica de su calle. El Polica Ciudadano Solidario no es de carcter reactivo, sino un elemento preventivo, cuya funcin primordial es la de coadyuvar a las labores de los cuerpos policiales y de auxilio; aunado a ello funge como una pieza importante en la Prevencin del Delito, generando informacin de la zona que tiene asignada que permita a las autoridades disponer estrategias y operativos para disminuir la incidencia delictiva. Para la implementacin de este modelo se utilizara la estructura de los Comits Ciudadano a travs de sus Asambleas de Barrio, en coordinacin con el Consejo Estatal de Seguridad Pblica y los Comits de Consulta y Participacin Ciudadana. El Polica Ciudadano Solidario, tendr a cargo la Vigilancia de su rea correspondiente (entendindose como las calles o viviendas que recorre el elemento), as como la coordinacin de las radiocomunicaciones

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y de los auxilios que se requieran. Para compra de equipamiento y uniformes remitirse al proyecto de equipamiento y al Manual de Imagen Institucional de las Policas Municipales. Con la finalidad de evaluar las actividades del Polica Ciudadano Solidario se realizarn reuniones peridicas (de manera mensual) en la cual participarn el Consejo Municipal de Seguridad Pblica, el Comit de Consulta y Participacin Ciudadana y el Coordinador Municipal de las Asambleas de Barrio, adems de las corporaciones y entidades que se consideren pertinentes. Todas las actividades inherentes y seguimiento del Programa Polica Ciudadano Solidario sern coordinadas por el Consejo Estatal de Seguridad Pblica. Como requisito para la integracin del expediente tcnico, debern anexar Carta de Antecedentes Laborales No Negativos del ejercicio correspondiente solicitndola previamente al pago del apoyo, por medio oficio firmado por el Presidente Municipal a la Unidad de Sistematizacin del Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pblica, con relacin anexa y copia de acta de nacimiento. Se sugiere que en este proyecto incluyan: Los Ayuntamientos proporcionarn algn incentivo econmico o en su defecto despensas, servicio mdico (Seguro Mdico Popular, Seguro Social o mdico disponible en su municipio para el elemento y su familia), despensa e impuestos como requisitos para su dictamen. Requisitos para integrar el expediente tcnico de Polica Ciudadano Solidario: 1. Ser propuesto por la Asamblea de Barrio. 2. Acta de Nacimiento. 3. Identificacin Oficial (para acreditar su residencia en el barrio, colonia o unidad habitacional), Encontrarse en buen estado fsico y mental. 4. Realizar el Curso de Capacitacin y Adiestramiento, certificacin del Centro nico de Capacitacin Policiaca de Investigacin y Preventiva del Estado de Chiapas. 5. Carta de Antecedentes Laborales No Negativos del ejercicio correspondiente 6. Proyecto anual. Elaboracin e Impresin de Reglamentos Al municipio le compete en trminos del artculo 21 Constitucional, la aplicacin de las sanciones administrativas por las infracciones que los ciudadanos cometan; Para tal efecto, los Ayuntamientos en trminos del artculo 115 de la Constitucin, facultado para emitir los reglamentos, acuerdos, circulares y dems disposiciones normativas de su gobierno. Con base en el punto 96 del Acuerdo Por un Chiapas an ms Seguro los Ayuntamientos debern establecer o actualizar para publicar en su gaceta, en los estrados de la presidencia municipal y en los lugares de mayor afluencia vecinal, as como remitirlo al Peridico Oficial para su difusin y conocimiento en todos los municipios del Estado, los Bandos de Policas y Buen Gobierno, as como el Reglamento de Polica Municipal, incluyendo los requisitos que deben cumplimentar todos los Policas Municipales. Para garantizar la convivencia, armona, civilidad y dignidad social, se hace necesario que los Ayuntamientos instituyan las reglas que permitan establecer las normas generales bsicas para

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orientar el rgimen de gobierno, la organizacin y el funcionamiento de la administracin pblica municipal, que garantice adems los derechos y obligaciones de sus habitantes. En materia de Seguridad Pblica Municipal para regular la convivencia social, as como para prevenir, sancionar y hacer cumplir las normas administrativas, se requiere la emisin de estos ordenamientos, observando lo que seala la Ley que Fija las Bases Normativas para la Expedicin de Reglamentos de Polica de los Municipios del Estado de Chiapas, cuya responsabilidad es propia y exclusiva de los Ayuntamientos quienes debern aprobar los citados reglamentos, nicamente en caso de que no cuenten con la estructura administrativa suficiente para elaborar un reglamento podr contratar los servicios correspondientes. Pueden destinar recursos a la elaboracin e impresin de reglamentos con los siguientes requisitos: Justificacin de asesora externa (no aplica para sueldos), por no contar con el personal para la actividad. Anexar Proyecto de Reglamento.

03 EJE ESTRATGICO Y SUBPROGRAMA DESARROLLO INSTITUCIONALEn materia de profesionalizacin generar los esquemas de capacitacin conforme a los Criterios Generales del Programa Rector de Profesionalizacin, as como los contenidos y mtodos educativos que se impartan en la formacin bsica, continua, especializada y de alta direccin, cumpliendo con los requisitos previos de evaluacin que marque la normatividad vigente en esta materia. Suministrar a la base de datos en Materia de Seguridad Pblica la informacin correspondiente, a fin de que las Academias e Institutos, puedan consultar los datos del personal docente disponible para brindar formacin inicial o continua, de acuerdo con el perfil que requieran. Contar con reas especializadas para el desarrollo de la investigacin cientfica, que aporte soluciones aplicables a las distintas problemticas que enfrentan las instituciones de seguridad pblica. Profesionalizacin (Nuevo Modelo Policial) Generar metodologas, protocolos, procesos sistemticos de operacin y sistemas homologados para potenciar la investigacin a travs de la recoleccin, registro, anlisis y explotacin de la informacin. Disear y operar reas de investigacin con esquemas metodolgicos que den soporte a una actuacin sistemtica y que sirva de base para el reordenamiento y desarrollo del personal de las instituciones de Seguridad Pblica Local. Integrar el Registro Nacional de Docentes en Materia de Seguridad Pblica. Crear o fortalecer el rea de investigacin, cuyo personal investigador deber contar con un reglamento interno. Instaurar un Comit de investigacin que apruebe el desarrollo y financiamiento de las investigaciones, que a su vez asuma funciones de Comit editorial. Promover y consolidar la produccin de artculos, revistas, manuales, libros y otras publicaciones impresas y electrnicas en el mbito de su competencia.

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Formacin Inicial y Actualizacin La formacin inicial est dirigida al personal de nuevo ingreso, es la etapa mediante la cual se forma a los cadetes, con el objeto de que puedan realizar las actividades propias de la funcin policial de manera profesional. En este ciclo se forma, adiestra y educa al personal que desea incorporarse a las tareas sustantivas en materia de seguridad pblica. Los procesos de Formacin de los cadetes se realizarn a travs de Carreras Tcnicas, Profesionales o Cursos de Formacin Policial, sern a travs del Centro nico de Capacitacin Policiaca de Investigacin y Preventiva del Estado de Chiapas. La Capacitacin est dirigida a los elementos en activo vinculados con tareas de seguridad pblica y tiene por objeto capacitarlos, de manera homologada, en las tareas relativas a la funcin que desempean. Los recursos que se determinen para capacitacin podrn destinarse para el pago de los siguientes rubros de gasto: Pago de viticos de instructores, viticos de elementos, uniforme y equipo Deportivo. Matricula, beca del aspirante o personal en activo y material didctico y bibliogrfico Formacin Especializada La Formacin Especializada est dirigida a los elementos en activo vinculados con tareas de seguridad pblica, tiene por objeto dotar a los elementos policiales de conocimientos y tcnicas con el fin de incidir positivamente en su desempeo laboral futuro, de tal forma que la preparacin que reciban produzca un efecto multiplicador en los elementos en activo, coadyuvando de esta forma en el fortalecimiento de las estrategias de profesionalizacin. El Programa de Formacin Especializada comprende: cursos de alta especializacin y/o posgrado en el pas y en el extranjero, especializado en armamento, formador de formadores, formador de instructores, tcnico superior universitario y cursos e intercambios con instituciones extranjeras. El Ayuntamiento deber tener presente que los elementos en activo vinculados a las tareas de seguridad pblica que aspiren a esta capacitacin, debern haber presentado todas las evaluaciones que le correspondan de acuerdo a su puesto, haber cursado y aprobado la formacin inicial. Los conceptos de gasto son: Pago de viticos de instructores y elementos participantes, matricula, beca, material didctico y bibliogrfico, listado del personal y que los cursos sean avalados por el Centro nico de Capacitacin Policiaca de Investigacin y Preventiva del Estado de Chiapas. Renivelacin Acadmica e Incremento del Nivel Escolar Para el personal que tiene inconclusos estudios bachillerato, carrera y licenciatura en seguridad pblica podr cursarlo a travs del Centro nico de Capacitacin Policiaca de Investigacin y Preventiva del Estado de Chiapas y las instancias educativas.

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Los recursos que se determinen para la elevacin de los niveles de escolaridad podrn destinarse para el pago de los siguientes rubros de gasto: Pago de docentes. Becas. Material didctico y bibliogrfico. Matrcula y colegiatura. Pago de exmenes para acreditar materias o niveles de los elementos inscritos. Requisitos: Listado del personal, nivel cursado y avance de materias. Investigacin y Divulgacin Cientfica Conforme a los Criterios Generales del Programa Rector de Profesionalizacin, aprobado en la XXVII sesin del Consejo Nacional de Seguridad Pblica, celebrada el 26 de noviembre de 2009 y de acuerdo con lo que seala la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pblica, uno de los propsitos de la coordinacin de las instituciones de Seguridad Pblica de la Federacin, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, en sus respectivos mbitos de competencia, es la formulacin de polticas integrales, sistemticas, continuas y evaluables, as como programas y estrategias, en materia de seguridad pblica, a fin de promover y apoyar investigaciones, para que sus productos as como las contribuciones de especialistas (publicaciones) en las diversas materias, fortalezcan el desarrollo de los procesos de profesionalizacin y de protocolos de actuacin del personal de las Instituciones de Seguridad Pblica. 006 Proyecto Profesionalizacin (Nuevo Modelo Policial). Unidad de Medida: Polica Se elaborar un solo expediente en el que anexen los conceptos autorizados para el formato ET-2 presupuesto que a continuacin se describen: Acciones Cursos de Capacitacin.

04 EJE ESTRATGICO Y SUBPROGRAMA SISTEMA PENITENCIARIO.El Sistema Penitenciario Mexicano, establece la existencia de crceles preventivas, tambin llamadas reclusorios o crceles municipales; en ese sentido, la existencia de los reclusorios preventivos o crceles municipales se deriva de la concurrencia que en relacin a la Seguridad Pblica realizan los diferentes niveles de gobierno, en atencin a lo establecido en los artculos 18 y 21, de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, en consecuencia, especficamente en lo relativo a la funcin preventiva, los Ayuntamientos, por mucho tiempo han venido operando las Crceles Preventivas Distritales, adems, de ser una atribucin que la Ley Orgnica Municipal del Estado de Chiapas, les confiere en los artculos 181, 182 y 183, del mismo cuerpo de leyes,

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imponindoles la obligacin de administrar los reclusorios o crceles municipales, a fin de cumplir con la facultad establecida en estricto apego al orden que enmarca la Constitucin y dems leyes secundarias. Los Conceptos de Inversin son:

007 Proyecto Sistema Penitenciario y Juzgado Calificador Unidad de Medida: Proyecto. Se elaborar un solo expediente en el que anexen los conceptos autorizados para el formato ET-2 presupuesto que a continuacin se describen: Acciones Gastos de Operacin de Crceles Preventivas y Juzgados Calificadores Gastos de Operacin de Crceles Preventivas y Juzgados Calificadores Los Juzgados Calificadores y en los centros de reclusin municipal se garantizara la seguridad al interior, generando gastos de operacin en los que se puede destinar los siguientes conceptos de gasto. En los centros de reclusin municipal se garantizara la seguridad al interior. Los requisitos que debern incluir en el expediente son: Gastos de operacin (anexar cotizaciones y contratos), renta de Inmueble, energa elctrica, Agua potable, servicio telefnico, alimentacin de internos y de personal, mantenimiento del inmueble, anexar en el expediente fotografa del Centro de Reclusin y/o Juzgado Calificador. Como requisito indispensable para la integracin del expediente tcnico previo para la contratacin de personal, debern anexar Carta de Antecedentes Laborales No Negativos del ejercicio correspondiente solicitndola por oficio firmado por el Presidente Municipal a la Unidad de Sistematizacin del Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pblica, con relacin anexa y copia de acta de nacimiento. (solicitud anual) de cada aspirante a ocupar el puesto Juez Calificador, Secretario del Juez y Mdico; El personal contratado debe cubrir los requisitos y la capacitacin, previos a su ingreso que determine el Centro nico de Capacitacin Policiaca de Investigacin y Preventiva del Estado de Chiapas. Capacitar al personal de los Juzgados Calificadores en reas de conocimiento de combate a la corrupcin. La contratacin debe ser anual, de continuidad.

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En un solo proyecto incluir aguinaldo, servicio mdico, despensa, seguro de vida, seguridad social, se sugiere se beneficien con Infonavit o con bonos de vivienda, firmen convenio con Fonacot, prestaciones e impuestos. Anexar relacin del personal en formato establecido. Para la contratacin de Juez Calificador, Secretario del Juez y Mdico (reclusorio municipal) debe de ajustarse a los requisitos y capacitacin, establecidos por el Centro nico de Capacitacin Policiaca de Investigacin y Preventiva del Estado de Chiapas y las instancias administrativas de formacin a la carrera policial (capacitacin).

05 EJE ESTRATGICO Y SUBPROGRAMA COMBATE A LA CORRUPCIN.Con fundamento en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pblica y la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pblica, se establece que los Municipios deben Instaurar el servicio profesional de carrera policial que garantice la permanencia de los elementos operativos que forman parte de los cuerpos de Seguridad Pblica Municipal, evitando la rotacin del personal cada trienio, siempre y cuando aprueben los exmenes de evaluacin, capacitacin y control de confianza. Basados en un Nuevo Modelo Policial conforme a los acuerdos del Consejo Nacional de Seguridad Pblica en su Vigsima Octava Sesin Acuerdo 03/XXVIII/10 de fecha 16 de Junio de 2010. Los policas preventivos municipales, seguirn el esquema y modelo del Nuevo Modelo Policial a para su organizacin, por medio de la carrera policial que es el elemento bsico para la formacin de los integrantes de las instituciones policiales, a fin de cumplir con los principios de actuacin y desempeo. Comprende los requisitos y procedimientos de seleccin, ingreso, formacin, capacitacin, adiestramiento, siendo de carcter obligatorio y permanente, y deber instrumentarse por el Estado y los Municipios de manera coordinada a travs del Centro nico de Capacitacin Policiaca de Investigacin y Preventiva del Estado de Chiapas, tanto para los nuevos policas como para los que se encuentran en activo, as como su evaluacin. Deber instaurarse el servicio profesional de carrera policial que garantice la permanencia de los elementos operativos que forman parte de los cuerpos de Seguridad Pblica Municipal, evitando la rotacin del personal cada trienio, siempre y cuando aprueben los exmenes de evaluacin, capacitacin y control de confianza. Implementar operativamente los procedimientos del servicio profesional de carrera en las Instituciones de Seguridad Pblica; los cuales son: planeacin, reclutamiento, seleccin, certificacin, formacin Inicial, ingreso, formacin continua, evaluacin para la permanencia, promocin, estmulos, separacin o baja y rgimen disciplinario de los integrantes de las Instituciones de seguridad pblica, con base en un sistema de mritos acadmicos, de servicio y de actuacin. Establecer el Plan de Trabajo para la Implementacin de los procedimientos operativos (diagnstico, mapeo del proceso del servicio, definicin de los perfiles, definicin del catlogo, diseo de cada procedimiento operativo, prueba piloto de funcionamiento de cada uno de ellos). Establecer los criterios para el diseo de los manuales de procedimientos del funcionamiento del servicio de carrera. Establecer los criterios para el diseo de los manuales de organizacin del servicio de carrera.

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Para dar cumplimiento a la Aplicacin de los procedimientos del Servicio de Carrera, el Ayuntamiento se compromete a disear e implementar en sus mecanismos internos, de manera secuencial y cronolgica los siguientes procedimientos de Servicio de Carrera: planeacin, reclutamiento, seleccin, certificacin, formacin inicial, ingreso, formacin continua, evaluacin para la permanencia, promocin, estmulos, separacin o baja y rgimen disciplinario, tal y como lo establece la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pblica y de acuerdo a los Criterios Generales del Programa Rector de Profesionalizacin aprobados por el Consejo Nacional de Seguridad Pblica, en su Sesin XXVII, de fecha 26 de noviembre de 2009. 008 Proyecto Implementacin del Servicio Profesional de Carrera Unidad de Medida: Polica Se elaborar un solo expediente en el que anexen los conceptos autorizados para el formato ET-2 presupuesto que a continuacin se describen: Acciones Ampliacin de Plantilla y Renivelacin Salarial.

Ampliacin de Plantilla y Renivelacin Salarial La organizacin de la Polica Preventiva y Custodia Municipal debe de satisfacer las demandas ciudadanas tomando en cuenta la incidencia delictiva, infracciones, turnos operativos del personal, superficie municipal, el nmero de comunidades y habitantes. Es importante impulsar nuevas policas como Polica Femenil de Transito y Vialidad Municipal, Polica Turstica y Polica de Centro. As como fortalecer las existentes. Los elementos debern estar inscritos ante el Registro Nacional del Personal de Seguridad Pblica, deben estar censados por el Consejo Estatal de Seguridad Pblica y contar con Cdula nica de Identificacin Policial (CUIP); Aprobar los exmenes del Programa de Evaluacin de Control de Confianza y haber acreditado el curso de formacin inicial correspondiente. El monto del sueldo que reciba cada Polica se ajustar en todo momento a lo establecido en la normatividad aplicable del H. Ayuntamiento. Con fundamento a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pblica. El proyecto de Ampliacin de Plantilla integra lo siguiente: evaluaciones por cada concepto, capacitacin por cada elemento, incluir aguinaldo, servicio mdico, despensa, seguro de vida, se sugiere que se beneficien con Infonavit o con bonos de vivienda, firmen convenio con Fonacot, prestaciones e impuestos; siendo estos, requisitos necesarios para dictaminar el proyecto. El Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pblica no dictamina sueldos y gratificacin al personal que realice labores distintas a lo que establece el marco jurdico vigente, debiendo ser exclusivamente elementos operativos que cumplan las funciones de prevencin del delito, promoviendo en todo momento la continuidad laboral, que establece la carrera policial en la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pblica. Las Instituciones de Seguridad Pblica, debern garantizar, al menos, las prestaciones previstas como mnimas para los trabajadores al servicio del Estado y los municipios y generarn, de acuerdo a sus necesidades, y con cargo a sus presupuestos, una normatividad de rgimen complementario de seguridad social y reconocimientos, en trminos de

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lo previsto en el artculo 123, apartado B, fraccin XIII, tercer prrafo, de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos. Con fundamento en la Ley Orgnica Municipal del Estado de Chiapas los requisitos para ser Director de la Polica Municipal: Artculo 67.- En cada municipio habr una comandancia de polica o su equivalente; estar a cargo de un comandante o su equivalente, quien deber reunir los requisitos siguientes: I. Ser chiapaneco y contar con un ao de residencia en el Estado; II. Grado de escolaridad no inferior a secundaria; III. Tener cuando menos veintin aos cumplidos al da de la designacin; IV. Contar con experiencia en materia de seguridad; V. Acreditar las pruebas de evaluacin de control y confianza del rgano facultado para su aplicacin; VI. Haber cumplido con el Servicio Militar Nacional; VII. Contar con Carta de Antecedentes Laborales no Negativos, expedido por el Sistema Nacional de Seguridad Pblica; VIII. No haber sido condenado por delito doloso, y IX. Los dems que sealen los ordenamientos aplicables. Los requisitos establecidos en el artculo 88 la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pblica para el ingreso y la permanencia son los siguientes: A. De Ingreso: I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento en pleno ejercicio de sus derechos polticos y civiles, sin tener otra nacionalidad; II. Ser de notoria buena conducta, no haber sido condenado por sentencia irrevocable por delito doloso, ni estar sujeto a proceso penal; III. En su caso, tener acreditado el Servicio Militar Nacional; IV. Acreditar que ha concluido, al menos, los estudios siguientes: a) En el caso de aspirantes a las reas de investigacin, enseanza superior o equivalente; b) Tratndose de aspirantes a las reas de prevencin, enseanza media superior o equivalente; c) En caso de aspirantes a las reas de reaccin, los estudios correspondientes a la enseanza media bsica; V. Aprobar el concurso de ingreso y los cursos de formacin; VI. Contar con los requisitos de edad y el perfil fsico, mdico y de personalidad que exijan las disposiciones aplicables; VII. Aprobar los procesos de evaluacin de control de confianza; VIII. Abstenerse de consumir sustancias psicotrpicas, estupefacientes u otras que produzcan efectos similares; IX. No padecer alcoholismo;

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X. Someterse a exmenes para comprobar la ausencia de alcoholismo o el no uso de sustancias psicotrpicas, estupefacientes u otras que produzcan efectos similares; XI. No estar suspendido o inhabilitado, ni haber sido destituido por resolucin firme como servidor pblico; XII. Cumplir con los deberes establecidos en esta Ley, y dems disposiciones que deriven de la misma; XIII. Los dems que establezcan otras disposiciones legales aplicables. B. De Permanencia: I. Ser de notoria buena conducta, no haber sido condenado por sentencia irrevocable por delito doloso; II. Mantener actualizado su Certificado nico Policial; III. No superar la edad mxima de retiro que establezcan las disposiciones aplicables; IV. Acreditar que ha concluido, al menos, los estudios siguientes: a) En el caso de integrantes de las reas de investigacin, enseanza superior, equivalente u homologacin por desempeo, a partir de bachillerato; b) Tratndose de integrantes de las reas de prevencin, enseanza media superior o equivalente; c) En caso de integrantes de las reas de reaccin, los estudios correspondientes a la enseanza media bsica; V. Aprobar los cursos de formacin, capacitacin y profesionalizacin; VI. Aprobar los procesos de evaluacin de control de confianza; VII. Aprobar las evaluaciones del desempeo; VIII. Participar en los procesos de promocin o ascenso que se convoquen, conforme a las disposiciones aplicables; IX. Abstenerse de consumir sustancias psicotrpicas, estupefacientes u otras que produzcan efectos similares; X. No padecer alcoholismo; XI. Someterse a exmenes para comprobar la ausencia de alcoholismo; XII. Someterse a exmenes para comprobar el no uso de sustancias psicotrpicas, estupefacientes u otras que produzcan efectos similares; XIII. No estar suspendido o inhabilitado, ni haber sido destituido por resolucin firme como servidor pblico; XIV. No ausentarse del servicio sin causa justificada, por un periodo de tres das consecutivos o de cinco das dentro de un trmino de treinta das, y XV. Las dems que establezcan las disposiciones legales aplicables. El Artculo 44 de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pblica establece que el Consejo Estatal, promover la implementacin del Servicio de Carrera en sus diferentes niveles, comprendiendo los requisitos y procedimientos de seleccin, ingreso, formacin, capacitacin, adiestramiento, desarrollo, actualizacin, permanencia, evaluacin, ascenso, dignificacin y separacin del servicio, a travs de las instancias administrativas de formacin a la carrera policial y ministerial. Con fundamento en la

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Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pblica en el artculo 52. Las relaciones jurdicas entre las Instituciones Policiales y sus integrantes se rigen por la fraccin XIII, del apartado B, del artculo 123, de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, las disposiciones, registros, acuerdos, resoluciones, mecanismos de coordinacin que prev la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pblica, la presente Ley y dems disposiciones legales aplicables. Todos los servidores pblicos de las Instituciones Policiales del Estado y los municipios que no pertenezcan a la Carrera Policial, se considerarn trabajadores de confianza. Los efectos de su nombramiento se podrn dar por terminados en cualquier momento, de conformidad con las disposiciones aplicables, y en caso de que no acrediten las evaluaciones de control de confianza y con base en Artculo 53. La legislacin del Estado establecer la organizacin jerrquica de las Instituciones Policiales, considerando al menos las categoras previstas en el artculo 81 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pblica considerarn, al menos, las siguientes jerarquas, tomando como base de polica en adelante: I. Comisarios: a) Comisario General; b) Comisario Jefe, y c) Comisario. II. .Inspectores: a. Inspector General; b. Inspector Jefe, y c. Inspector. III. Oficiales: a. Subinspector; b. Oficial, y c. Suboficial. IV. Escala Bsica: a. Polica Primero; b. Polica Segundo; c. Polica Tercero, y d. Polica. Los Requisitos son: Debern anexar previa a la contratacin, como requisito para la integracin del expediente tcnico Carta de Antecedentes Laborales No Negativos del ejercicio correspondiente solicitndola por oficio firmado por el Presidente Municipal, con relacin anexa y copia de acta de nacimiento a la Unidad de Sistematizacin del Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pblica. Debern cumplir con la Ley que Establece para ingreso o permanencia, educacin media superior concluida que es equivalente a Secundaria para el resto del personal. La contratacin debe ser anual, de continuidad como lo establece la carrera policial.

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En un solo proyecto incluir aguinaldo, servicio mdico, despensa, seguro de vida, seguridad social, se sugiere se beneficien con Infonavit o con bonos de vivienda, firmen convenio con Fonacot, prestaciones e impuestos. Anexar relacin del personal con nombre completo, fecha de nacimiento en el formato establecido por el Consejo Estatal de Seguridad Pblica. Capacitarse en el Centro nico de Capacitacin Policiaca de Investigacin y Preventiva del Estado de Chiapas. Acreditar las evaluaciones de Control de Confianza.

La Renivelacin Salarial respetara su disponibilidad presupuestal, necesidades, cumplimiento de los requisitos de parte de los policas y de acuerdo al desempeo. En caso de autorizarse se otorgar a elementos que no estn incluidos dentro de la nmina del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios (1) Se encuentren registrados y activos en el Registro Nacional del Personal de Seguridad Pblica; (2) Hayan presentado y aprobado satisfactoriamente el Programa de Evaluacin del Programa de Control de Confianza (3) Apruebe el curso de Capacitacin impartido por el Centro nico de Capacitacin Policiaca de Investigacin y Preventiva del Estado de Chiapas. La Renivelacin salarial, se otorgar a partir de que sean cubiertos todos los requisitos establecidos. El monto otorgado que corresponda al personal beneficiado, ser determinado por el Ayuntamiento, siempre que no exceda del 50% del salario anual del beneficiado. Esos ingresos sern gravados conforme a los impuestos Federales y Estatales a cargo del Ayuntamiento, del cul proveer lo conducente. Los requisitos son los mismos que para Ampliacin de Plantilla.

06 EJE ESTRATGICO Y SUBPROGRAMA PLATAFORMA MXICO.Plataforma Mxico: Es el concepto tecnolgico avanzado de telecomunicaciones y sistemas de informacin, que integra todas las bases de datos relativas a la seguridad pblica, con la finalidad de que se cuente con todos los elementos de informacin, para que las instancias policiales y de procuracin de justicia de todo el pas, lleven a cabo las actividades de prevencin y combate al delito, mediante metodologas y sistemas homologados. Red Nacional de Telecomunicaciones: Es el instrumento tecnolgico que permite la interconexin de los sistemas de informacin y telecomunicaciones entre los Estados al Centro Nacional de Informacin. El Consejo Estatal de Seguridad Pblica a travs de la Unidad de Atencin a Emergencias es el encargado de proveer, mediante tecnologa e infraestructura de comunicaciones a nivel estatal mecanismos para la coordinacin de acciones en materia de seguridad pblica de las distintas instancias de Seguridad, asimismo es el responsable de Coordinar, Operar y Administrar el sistema de radiocomunicacin, telecomunicacin (voz, datos e imgenes) y el Servicio Telefnico de Atencin a Emergencias 066 y 089 a travs del cual la ciudadana reporta las emergencias, as como faltas y delitos que son canalizados a las Instituciones de Procuracin de Justicia, Seguridad Pblica, Proteccin Civil y dems para su atencin.

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Los Municipios debern destinar recursos a la adquisicin, adecuacin, modernizacin, homologacin y disponibilidad del equipo e infraestructura necesarios para la interconexin a la Red Nacional de Telecomunicaciones del Sistema Nacional de Seguridad Pblica atendiendo los lineamientos emitidos y requerimientos mnimos, los cuales tendrn como objetivo en todo momento que los recursos pblicos sean administrados con eficiencia, eficacia, economa, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estn destinados. 009 Proyecto Plataforma Mxico Unidad de Medida: Proyecto Se elaborar un solo expediente en el que anexen los conceptos autorizados para el formato ET-2 de presupuesto que a continuacin se describen: Acciones Radios porttiles, mviles y bases analgicos y/o digitales Mantenimiento de radios porttiles, mviles y bases analgicos y/o digitales Conectividad Gastos de Operacin del 066 Difusin de los nmeros 066 Atencin a Emergencias y 089 Denuncia Annima Ciudadana Video Vigilancia Sistema Nacional de Informacin (Gastos de Operacin y Equipamiento).

Radios porttiles, mviles y bases En el marco de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pblica (SNSP), el Secretario de Seguridad Pblica Federal, Presidente del Consejo Nacional de Seguridad Pblica, encomend al Secretariado Ejecutivo de dicho Sistema, elaborar las propuestas para dar operatividad a la Red Nacional de Telecomunicaciones, crendose la Red Estatal de Telecomunicaciones. Esta red, cubre las 9 Regiones en un 80 % de la totalidad del territorio chiapaneco, ampliando progresivamente la cobertura a un 90 % hasta el 2012. De aqu se desprende la importancia del papel que desempea el Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pblica a travs de la Unidad de Atencin a Emergencias (C-4) que significa Centro Estatal de Comando, Control, Comunicacin y Cmputo, instancia que dictamina la procedencia o improcedencia de la compra de equipos de radiocomunicacin por parte de los Ayuntamientos, en el entendido de que no se autorizar dictamen tcnico de radios analgicos a los municipios donde exista cobertura digital y encriptada con tecnologa tetrapol y no estn integrados a sta red, con el fin de que se incorporen facilitando as, las labores de coordinacin. La migracin de la tecnologa analgica a la digital ha fortalecido la tarea de instrumentar acciones concretas de modernizacin, dirigidas a todos aquellos municipios que ya cuentan con la cobertura

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