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Documento borrador BPA Min. Agricultura-IICA PROPUESTA DE LINEAMIENTOS GENERALES ESTRATÉGICOS DE BUENAS PRÁCTICAS AGRÍCOLAS COLOMBIANAS Versión preliminar Bogotá, Enero de 2004.

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PROPUESTA DE LINEAMIENTOS GENERALES ESTRATÉGICOS DE BUENAS PRÁCTICAS AGRÍCOLAS

COLOMBIANAS

Versión preliminar

Bogotá, Enero de 2004.

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TABLA DE CONTENIDO

1 ANTECEDENTES: 4

2 MARCO CONCEPTUAL 7

3 OBJETIVOS 9

3.1 OBJETIVO GENERAL 93.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS 9

4 ALCANCE 10

4.1 DIRECTRICES GENERALES: 114.2 PROTECCIÓN Y CUIDADO AMBIENTAL: 114.3 MANEJO Y PRODUCCIÓN DE ALIMENTOS: 114.4 SALUD, SEGURIDAD Y BIENESTAR DEL TRABAJADOR 124.5 MANEJO Y USO DE PLAGUICIDAS: 12

5 LINEAMIENTOS 13

5.1 INOCUIDAD 135.2 MEDIO AMBIENTE. 146.3. SANIDAD AGRÍCOLA Y PECUARIA 155.3 SALUD, SEGURIDAD Y BIENESTAR SOCIAL. 16

6 ESTRATEGIAS DE FOMENTO Y DESARROLLO DE LAS BPA 17

6.1 INTERACCION INTERINSTITUCIONAL 176.1.1 ACTORES DEL SECTOR PÚBLICO 176.1.2 ACTORES DEL SECTOR PRIVADO 176.1.3 RESPONSABILIDADES Y PAPELES DE CADA ENTIDAD 176.1.4 COMISIÓN NACIONAL DE BUENAS PRÁCTICAS AGRÍCOLAS. 186.1.5 SUBCOMITÉ EJECUTIVO: 196.2 DESARROLLO Y TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA 216.3 FORMACIÓN DEL TALENTO HUMANO 226.3.1 FORMACIÓN TÉCNICA 226.3.2 CAPACITACIÓN 226.4 SISTEMAS DE INFORMACIÓN 22

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6.4.1 SISTEMA DOCUMENTAL: 236.4.2 SISTEMA DE TRAZABILIDAD 236.4.3 DIFUSIÓN 246.4.4 FOMENTO DE LAS BPA 256.5 ACREDITACION Y CERTIFICACIÓN 256.6 FINANCIACION 256.7 ASPECTOS DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL 256.8 SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN 25

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1 ANTECEDENTES:

En los últimos años, en el contexto mundial se han sufrido transformaciones que han debido afrontar los países desarrollados en materia de aseguramiento de la inocuidad de los alimentos, debido a los diversos escándalos que se han presentado desde mediados de los noventa en donde las múltiples emergencias ocurridas en el sector agroalimentario tales como: Encefalopatía Espongiforme Bovina, las apariciones de brotes de E. Coli 0157:H7 en carne molida, brotes de salmonella en melones, listeria en ensaladas, entre otros, han generado una reacción en las diferentes instancias públicas, privadas; de los gobiernos en particular y de los organismos internacionales rectores de las materias sanitarias, de inocuidad y de comercio, lo que se ha materializado en una nueva forma de diálogo entre los diferentes actores de la cadena agroalimentaria. Marco dentro del cual el consumidor es el principal protagonista, ya que desde su óptica, se ha desencadenado en los mercados agroalimentarios nuevas técnicas, procedimientos, lineamientos y normas para mejorar la inocuidad de los productos agropecuarios y exigiendo transparencia, calidad, seguridad y la incorporación de procesos productivos ambientalmente sostenibles y que garanticen seguridad y bienestar social.

No obstante la tendencia actual de los mercados entonces ha sido la de imponer exigencias cada vez mayores, observándose crecientes restricciones técnicas al comercio por la necesidad de desarrollar productos de calidad, en una economía que aún no recupera el dinamismo, y en donde el escenario de las negociaciones comerciales multilaterales se acerca más hacia las orientaciones de mercados globalizados, en donde los países en desarrollo requieren un trato justo para poder participar plenamente en la economía mundial.

Retomando la coyuntura de negociaciones que se vive en el mundo, es necesario asumir nuevos modelos en la producción para cumplir con las exigencias de producción de alimentos sanos e inocuos, lo que no solo refiere a una responsabilidad del estado por garantizar la inocuidad de los alimentos y por ende las condiciones de salud pública, dejando de ser un bien netamente público, para trasformarse en un bien privado, en donde los productores, la

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agroindustria y los comercializadores tienen un importante papel si quieren ser competitivos y participar en el mercado.

Estos cambios, han hecho que las empresas (productores, comercializadores, distribuidores), el gobierno y los organismos normativos estén promoviendo y desarrollando múltiples regulaciones y estándares frente a los diferentes temas relacionados con la calidad agroalimentaria orientada hacia las Buenas Prácticas Agrícolas, en donde podemos observar ejemplos de casos concretos, como el programa EurepGap, desarrollado por un consorcio de 32 cadenas de supermercados en Europa, las cuales exigen el cumplimiento de dicho programa como requisito indispensable para la compra de los productos agrícolas, adicional a ello, la Comunidad Europea estableció en el 2002 la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, que llevará a cabo evaluaciones y seguimiento a cualquier aspecto que pueda tener impacto directo o indirecto en la seguridad alimentaria, incluidos aspectos relativos a la sanidad animal y vegetal. Situación similar se está presentando en Estados Unidos por el desarrollo de la nueva Ley PL107-188 ´´Public Health Security and Bioterrorism Preparedness and Response Act of 2002´´, que surgió como consecuencia del ataque bioterrorista con ántrax; en dicha ley, se definen requisitos y lineamientos adicionales para todos los productores de alimentos dirigidos al mercado de Estados Unidos. Además, la FDA, definió la ´´Guía para reducir al mínimo el riesgo microbiano en los alimentos, en el caso de frutas y vegetales frescos´´.

Por su parte, los consumidores finales han mostrado un mayor interés y preocupación frente al tema de la producción de alimentos seguros considerando de manera integral el cuidado del medio ambiente (Producción más Limpia) y la protección de los trabajadores involucrados en el proceso productivo, esto, ha generado múltiples reacciones del sector agrícola y gubernamental en el ámbito mundial, lo cual se ha visto reflejado, nuevamente en el desarrollo de políticas y directrices por parte de diferentes países frente al tema de Buenas Prácticas Agrícolas (BPA), como en los casos ya mencionado y en otros específicos de países del continente como Chile, Costa Rica, Brasil y Argentina que han definido políticas y directrices muy claras frente al tema de las BPA para el sector agrícola.

En el ámbito nacional, Colombia, en adhesión a la Organización Mundial del Comercio (OMC) mediante la Ley 170 de 1994, contempla en sus lineamientos,

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el cumplimiento del Acuerdo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MFS) y de sus órganos de referencia (OIE, Organización mundial de sanidad animal, CIPF, Convención internacional de protección fitosanitaria y Codex Alimentarius); para lo cual en el país se requiere la definición de lineamientos y estrategias que conduzcan al desarrollo del tema, con la perspectiva de cadena agroalimentaria, lo que implica reconocer los efectos del proceso de producción, transformación, distribución y consumo final de alimentos de calidad; concepción que ineludiblemente debe realizarse dentro del marco de cooperación de los agentes públicos y privados que permitan una articulación completa para la implementación de políticas y programas que fomenten el desarrollo de los proceso productivos a lo largo de la cadena, bajo los principios las Buenas Prácticas Agrícolas .

Es por ello que el desarrollo y el establecimiento de unas directrices claras frente al tema de las BPA, es un elemento clave no solo como estrategia competitiva dentro de los acuerdos comerciales que se pretenden desarrollar con diferentes países, sino como fortalecimiento del mercado interno con el propósito de fomentar la actividad agrícola y la producción de alimentos sanos y seguros para los consumidores finales

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2 MARCO CONCEPTUAL

Para efectos de una correcta interpretación del presente documento se han adoptado las definiciones que se describen a continuación:

BUENAS PRACTICAS AGRICOLAS (BPA) - Acciones involucradas en la producción, procesamiento, transporte y comercialización de productos alimenticios de origen agrícola y pecuario, orientadas a asegurar la inocuidad de los productos, proteger el medio ambiente y la salud y bienestar de los trabajadores, mediante métodos ecológicamente seguros, higiénicamente aceptables y económicamente factibles, dando garantía de ello.

DESARROLLO SOSTENIBLE Se entiende por desarrollo sostenible aquel que conduce al crecimiento económico, a la elevación de la calidad de la vida y al bienestar social sin agotar la base de recursos naturales renovables en que se sustenta, ni deteriorar el medio ambiente o el derecho de las generaciones futuras a utilizarlo para la satisfacción de sus propias necesidades.

ESTANDARES DE BUENAS PRÁCTICAS AGRÍCOLAS - Especificaciones mínimas aceptables, definidas como principios, normas técnicas, reglamentos técnicos, guías y recomendaciones, que sirven de referencia para mejorar prácticas actuales de manejo y que tienen como objetivo el cuidado del medio ambiente, la inocuidad de los alimentos y la salud, seguridad y bienestar de los trabajadores. Existen estándares generales aplicables a todos los sistemas de producción, bien sea agrícolas o pecuarios, que son la base para establecer estándares específicos adecuados a las diferentes actividades de la cadena agroalimentaria.

INOCUIDAD - Garantía de que un producto alimenticio no causará daño a la salud del consumidor.

MEDIO AMBIENTE – Conjunto de elementos bióticos y abióticos, el entorno y la interrelación entre los mismos.

PREVENCIÓN - Conjunto de acciones dirigidas a identificar, controlar y reducir los factores de riesgos biológicos, ambientales y de la salud.

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PROGRAMA DE BUENAS PRÁCTICAS AGRÍCOLAS - Proceso dinámico que implica el cumplimiento de metas y compromisos con relación a prácticas previamente establecidas en estándares operativos claros, cumplimiento que se pueda verificar mediante procedimientos de auditoria transparentes que garanticen integralmente su resultado.

SALUD, SEGURIDAD Y BIENESTAR DE LOS TRABAJADORES – Estado de bienestar físico, mental y social de las personas, que no solo aplica a la ausencia de enfermedades o dolencias, sino que involucra las condiciones requeridas de seguridad ocupacional, trato justo y compensación legal para el desarrollo del trabajo.

SISTEMA DE REGISTROS - Soporte de información disponible que permite evidenciar la aplicación de las acciones definidas en los estándares técnicos respectivos y que puede ser almacenada, procesada y recuperada para la toma de decisiones, gestión estratégica y operacional y para la evaluación de conformidad.

TRAZABILIDAD: - Conjunto de programas, actividades y procedimientos que permiten tener un completo seguimiento de los productos alimenticios y sus materias primas e insumos, desde el lugar de producción hasta el consumidor final.

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3 OBJETIVOS

3.1 OBJETIVO GENERAL

Fomentar el desarrollo, incorporación, implementación y difusión de las Buenas Prácticas Agrícolas en el sector agropecuario a lo largo de la cadena agroalimentaria con el propósito de generar un desarrollo competitivo en los mercados nacionales e internacionales.

3.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Generar una cultura de Buenas Prácticas Agrícolas en los sistemas agroalimentarios.

Definir las estrategias temáticas pertenecientes a las Buenas Prácticas agrícolas, de manera tal que sean aplicables a los diferentes sectores agrícolas y pecuarios.

Promover la implementación de las Buenas Prácticas Agrícolas en las diferentes cadenas agroalimentarias, con el fin de generar competitividad en los sectores.

Establecer, las estrategias para el desarrollo de los lineamientos generales requeridos por el sector agroalimentario para desarrollar la implementación de las Buenas Prácticas Agrícolas.

Posicionar los productos agroalimentarios en los mercados nacionales e internacionales por medio de las Buenas Prácticas Agrícolas.

Definir herramientas técnicas, económicas, financieras, e institucionales que permitan el fomento y desarrollo de las Buenas Prácticas Agrícolas en las cadenas agroalimentarias.

Fomentar la participación y capacidad de negociación colombiana en las instancias nacionales e internacionales, relacionadas con la comercialización de productos agroalimentarios enmarcados en el cumplimiento de las Buenas Prácticas Agrícolas.

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Caracterizar, ordenar y valorar las especificaciones técnicas de las Buenas Prácticas Agrícolas con el fin de establecer las estrategias de implementación en las diferentes cadenas agroalimentarias.

4 ALCANCE

El presente documento sobre Buenas Prácticas Agrícolas aplica a las diferentes actividades agrícolas y pecuarias que se desarrollan en el territorio nacional, las cuales, serán enmarcadas en las directrices estipuladas para las mismas, basado en los principios de agricultura sostenible, inocuidad alimentaria y seguridad social.

Actividades enmarcadas dentro de una concertación interministerial involucrando a los Ministerios de Agricultura y Desarrollo Rural, Ministerio de Medio Ambiente, Vivienda y desarrollo Territorial, Ministerio de Protección Social y Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y del sector privado, con participación de los gremios productivos y otros actores, y la cooperación del IICA.

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MARCO NORMATIVO

La base normativa en la cual se soporta el presente documento de Buenas Prácticas Agrícolas en cada uno de sus distintos componentes son:

4.1 DIRECTRICES GENERALES:

o Constitución Nacional / 1991: Entre otros, define que la producción de alimentos gozará de la especial protección por parte del Estado, por lo cual se otorgará prioridad al desarrollo integral de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales.

o Ley 9 / 1979: ´´ por la cual se dictan Medidas Sanitarias relacionadas con la salud humana ´´ y se establece las directrices generales en materia de manejo y producción de alimentos.

o Ley 13 / 1990: Estatuto pesquero, mediante el cual se definen los lineamientos para el ejercicio piscícola en Colombia

o Decreto 2256 / 1991: Reglamentación de la ley 13 de 1990, respecto a la actividad pesquera

4.2 PROTECCIÓN Y CUIDADO AMBIENTAL:

o Ley 99 / 1993 ´´ Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones ´´

o Política nacional de producción mas limpia / 1997: ´´ Establece las directrices y lineamientos de la producción mas limpia en Colombia ´´

o Decreto 2811 / 1974: ´´ Por el cual se reglamentan el manejo, cuidado y protección de los Recursos Naturales Renovables ´´

4.3 MANEJO Y PRODUCCIÓN DE ALIMENTOS:

o Decreto 3075 / 1997: ´´ por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 09 de 1979 y se dictan otras disposiciones. Relacionadas con la manipulación y producción de alimentos ´´

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4.4 SALUD, SEGURIDAD Y BIENESTAR DEL TRABAJADOR

o Ley 100 / 1993: ´´ Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones ´´

4.5 MANEJO Y USO DE PLAGUICIDAS:

o Ley 55 / 1993: ´´ Por medio de la cual se aprueba el "Convenio No. 170 y la Recomendación número 177 sobre la Seguridad en la Utilización de los Productos Químicos en el trabajo",  adoptados por la 77a. Reunión de la Conferencia General de la OIT, Ginebra, 1990 ´´

o Decreto 1843 / 1991: ´´ Por el cual se reglamentan parcialmente los títulos III, V, VI, VII Y XI de la Ley 9 de 1979, Sobre uso y manejo de plaguicidas ´´.

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5 LINEAMIENTOS

El desarrollo de las BPA, está enmarcado en los siguientes principios:

5.1 INOCUIDAD

El manejo y desarrollo de estrategias que permitan producir alimentos de inocuos es de vital importancia dentro de las BPA, siendo una estrategia que permite prevenir y evitar los riesgos de contaminación física, química y microbiológica de los alimentos, garantizando así alimentos confiables y sanos, y para ello se requiere el desarrollo e implementación de las siguientes directrices:

o Desarrollar mecanismos tendientes a evitar riesgos de contaminación que puedan ocasionar Enfermedades Transmitidas por Alimentos (ETA).

o Brindar los lineamientos requeridos para que las actividades agrícola y pecuaria desarrollen sus actividades minimizando los peligros físicos, químicos y biológicos, asociados a la garantía de la inocuidad.

o Diseñar programas de divulgación, capacitación y sensibilización enfocados en la manipulación higiénica de los alimentos desde la producción primaria.

o Definir planes y mecanismos para valoración de los peligros y riesgos asociados a cada actividad productiva, que permitan definir estrategias para el manejo y control de las mismas.

o Diseñar, desarrollar e implementar un sistema de trazabilidad en la actividad agrícola acorde a las necesidades específicas de cada producto.

o Implementar un sistema de manejo de información que permita comunicar al productor problemas o situaciones relacionadas con la inocuidad de los alimentos.

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o Desarrollar mecanismos que le permitan al productor identificar peligros y acciones preventivas o correctivas frente a la situación presentada.

o Desarrollar e implementar estrategias que permitan garantizar las condiciones de higiene e inocuidad de alimentos, a lo largo de las actividades de producción y transformación.

o Definir mecanismos y estrategias tendientes al manejo higiénico de los productos agrícolas y pecuarios en la actividad de transporte de los mismos.

o Desarrollar y fortalecer los mecanismos de seguimiento, vigilancia y control de las características de los alimentos.

5.2 MEDIO AMBIENTE.

Las actividades agrícolas y pecuarias enmarcadas en el esquema de las BPA deberán encaminarse hacia una Producción conciente del compromiso integral con el manejo y protección del medio amiente, siendo este un mecanismo de desarrollo de toda la Política Nacional Ambiental, cuyas principales directrices, están orientadas a:

o Desarrollo de programas, actividades, inversiones encaminadas al uso racional del recurso hídrico en las actividades agrícolas, mediante procesos de capacitación, sensibilización y reconversión tecnológica.

o Desarrollo de programas tales como: reconversión en el tema de manejo de aguas residuales generadas en cada uno de los procesos productivos, tecnologías de reconversión de sistemas tendientes a la disminución de la contaminación atmosférica, prácticas o tecnologías encaminadas en la conservación y manejo del suelo, esquemas y sistemas de Manejo integral de Residuos Sólidos Inorgánicos, mediante programas de Reutilización, Reciclaje y en última instancia disposición final adecuada de los mismos, desarrollo de programas y mecanismos de compostaje u otras actividades encaminadas en el aprovechamiento de residuos orgánicos generados en las actividades agrícola y pecuaria.

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o Establecimiento de mecanismos y programas de manejo y disposición final de recipientes y residuos de agroquímicos, acorde a lo estipulado por la legislación ambiental colombiana.

o Definición e implementación de un sistema de indicadores de gestión ambiental, como estrategia de seguimiento, control y planificación de la Política de producción más limpia en los sectores agrícola y pecuaria.

o Protección y conservación de ecosistemas naturales, así como áreas remanentes de bosques, mediante la implementación de programas de reforestación en áreas estratégicas de conservación tales como fuentes naturales de agua, vías, límites con comunidades.

6.3. SANIDAD AGRÍCOLA Y PECUARIA

Las empresas del sector agrícola y pecuario deben contar con prácticas culturales y de control de enfermedades fito y zoosanitarias de manera tal que permitan realizar un manejo y uso eficiente de los insumos agropecuarios, dicho manejo debe ser enfocado y orientado hacia las siguientes directrices:

o Uso exclusivo de agroquímicos y medicamentos veterinarios aprobados por el ICA y que cuenten con su respectivo registro de comercialización y venta para el respectivo fin.

o Promocionar el uso de técnicas complementarias de control de plagas y enfermedades fito y zoosanitarias, enfatizando en estrategias de prevención, tales como planes de diagnóstico preventivo de plagas y enfermedades, implementación de programas de control biológico, cultural y físico.

o Desarrollo y definición de programas de control y monitoreo de plagas, enfermedades fito y zoosanitarias, de manera metódica, diseñados por una persona idónea para dicho fin, en la cual se plateen cronogramas, planes de uso y todas las especificaciones técnicas y de seguridad, en la cual se deben desarrollar las mismas.

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o Establecer planes para la vigilancia y cumplimiento de la normativa para el control de plagas y enfermedades fito y zoosanitarias.

o Definición y establecimiento de umbrales de tratamiento para las diferentes plagas y enfermedades fito y zoosanitarias en las actividades productivas.

o Desarrollo de estrategias tendientes a realizar un correcto y adecuado transporte y almacenamiento de productos y subproductos fito y zoosanitarios, con el fin de evitar una contaminación cruzada de los mismos y manejarlos eficientemente.

o Establecer estrategias y planes orientados a garantizar en los sistemas de producción el bienestar animal especialmente encaminado al uso adecuado de medicamentos veterinarios, control de fuentes de estrés como el hacinamiento, mala disposición de las fuentes de agua, falta de sombrío, y condiciones de limpieza de instalaciones y regulación del sistema de transporte adecuado por especie y demás lineamientos dictados por los organismos internacionales.

5.3 SALUD, SEGURIDAD Y BIENESTAR SOCIAL.

Los sistemas de producción enmarcados en el esquema de las BPA deben realizarse de una manera sostenible desde el punto de vista de social, es por ello que la actividad agropecuaria debe desarrollarse de manera tal que no afecte las condiciones de bienestar social, salud y seguridad de los trabajadores involucrados en la actividad productiva, para ello, las actividades de la cadena agroalimentaria deben encaminarse a:

o Desarrollar estrategias que permitan garantizar una cobertura de seguridad social a todos los trabajadores de la cadena agroalimentaria, bajo los sistema de salud y riesgos profesionales (EPS, ARP).

o Definir mecanismos que permitan controlar, incentivar y dar seguimiento al pago salarial de los trabajadores del sector agroalimentario, de manera tal que este cumpla con el salario mínimo estipulado por el gobierno, lo pactado en negociaciones sindicales o pactos colectivos.

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o Implementar mecanismos en los cuales se prohíba el trabajo de menores de edad en las actividades agropecuarias.

o Desarrollar estrategias tendientes a garantizar la entrega y adecuado uso de elementos de protección personal a aquellas personas expuestas a riesgos específicos que así lo requieran.

o Establecer programas que permitan controlar los riesgos inherentes a la actividad desarrollada, al manejo de situaciones de emergencia y al control de los riesgos laborales.

6 ESTRATEGIAS DE FOMENTO Y DESARROLLO DE LAS BPA

6.1 INTERACCION INTERINSTITUCIONAL Con el fin de garantizar el desarrollo e implementación de las BPA en el sector agroalimentario colombiano, se requiere una interacción de todos los actores involucrados en los diferentes procesos agrícolas y pecuarios, tanto desde el sector público como privado, acción que será articulada a través de la Comisión Nacional de Buenas Prácticas Agrícolas.

6.1.1 Actores del sector público

Ministerio de Agricultura y Desarrollo RuralMinisterio de la Protección SocialMinisterio de Ambiente Vivienda y Desarrollo TerritorialMinisterio de Comercio, industria y TurismoIICASENAICAINVIMASecretarias de SaludSecretarias de Agricultura

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Centros de Gestión

6.1.2 Actores del sector privado

Gremios ProductivosCentros de InvestigaciónUniversidadesAsociaciones y entidades de exportaciónCORPOICA

6.1.3 Responsabilidades y papeles de cada entidad

El desarrollo e implementación de los programas de BPA requiere la participación interinstitucional de cada uno de los actores identificados previamente, los cuales deben asumir las tareas específicas que se describen a continuación, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural será el ente que liderará y articulará el desarrollo del proceso con cada uno de los actores.

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Entidad Ratificación del Plan

nacional de BPA

Reglamentación Asesoría Investigación Capacitación Implementación - Trasnferencia tecnológica

Inversion / mejoramiento

Vigilancia y Control

Promoción Mercados

Min Agricultura y desarrollo Rural L/D L/D L L/R L L/D R/A L/R L/DMin. Protección Social D D/A L L/R L L/D R L/R L/DMin. Ambiente, vivienda, desarrollo Territorial D D/A L L/R L L/D R L/R L/DMin. Comerciio, Industria y Turismo D D/A A L/D/RSecretaria de Salud I D/I A I/RSENA D I I L/D AICA D D/I A A/D A/I A R/IINVIMA D D/I A A/D A/I A R/ICAR D D/I A A/D A/I A R/ISecretaria de Agricultura I I A A/I I/RIICA D A D/A/I A/D D/I/A A A ACentros de Gestión I A/I D/A/I A/I L/I/R AGremios Productivos D A/I D/A/I L/R/D I/A/R L/I/R I/R/D A/L/DCentros de Investigación D A/I D/I L/DAsociaciones - entidades de exportación D A/I D/I L/R/D I/R I/R R A/R/DCCI D A D/I I A ACORPOICA D A A R/D A A

NIVEL DE COMPROMISO (ROL)

Actividades

Se

ctor P

úb

licoS

ecto

r Priva

do

R: Disposición de recursosA: ApoyoI: ImplementaciónD: DesarrollloL: Liderazgo

6.1.4 Comisión Nacional de Buenas Prácticas Agrícolas.

**** Definir si es firma de un acuerdo, Decreto, Ley, acta de compromiso, etc.

A partir de la (****), mediante el cual se ratifica el presente documento, se creará la Comisión Nacional de Buenas Prácticas Agrícolas, quien será el ente de carácter interinstitucional de asesoría, consulta, planificación y coordinación en materia de Buenas Prácticas Agrícolas, dicha comisión estará conformada por un subcomité ejecutivo y subcomité operativo. Para su conformación las diferentes entidades designarán un representante principal y un suplente en caso tal que se estipule su participación, los cuales tendrán asignadas las responsabilidades en el tema de las Buenas Prácticas Agrícolas tal y como se describe a continuación:

6.1.5 Subcomité Ejecutivo:

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Este comité será el encargado de la toma de decisiones en el tema de las BPA con base en las recomendaciones estipuladas por el Subcomité Operativo, dicho subcomité estará conformado por representantes con capacidad de toma de decisiones de las siguientes entidades:

Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Ministerio de la Protección Social. Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial. Ministerio de Comercio, industria y Turismo SENA. Gremios productivos IICA

Las funciones del subcomité ejecutivo son:

Establecer los lineamientos generales de trabajo de los subcomités, así como la temática de desarrollo.

Dictar el Reglamento de los diferentes Subcomités.

Realizar seguimiento y verificación de las actividades propuestas.

Definir y aprobar los presupuestos y recursos económicos requeridos para el desarrollo de los diferentes programas.

Gestionar el desarrollo y adopción de las directrices en materia de BPA.

Establecer la agenda marco para desarrollar los temas de interacción de las BPA.

Gestionar el diseño, adopción y establecimiento de mecanismos de cooperación internacional acorde a los lineamientos y necesidades de las Buenas Prácticas Agrícolas.

Validar y ratificar las decisiones tomadas por el Subcomité operativo.

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6.1.5.1 Subcomité operativo:

Este comité será el encargado del desarrollo de las directrices, programas y estrategias requeridas para la implementación de las BPA, el cual, estará conformado por representantes de las siguientes entidades:

Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural Ministerio de la Protección Social Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Comercio, industria y Turismo IICA SENA ICA INVIMA Gremios productivos Centros de Investigación Universidades Asociaciones y entidades de exportación CCI CORPOICA

Las funciones del subcomité operativo son:

Asesorar a las diferentes instituciones involucradas en la formulación y desarrollo de los lineamientos destinados al desarrollo de las Buenas Prácticas Agrícolas en las cadenas agroalimentarias.

Brindar las recomendaciones y desarrollo para implementar el Plan Nacional de Buenas Prácticas Agrícolas y establecer el sistema de seguimiento y evaluación

Proponer y evaluar las iniciativas surgidas en los temas relativos a las Buenas Prácticas Agrícolas sirviendo de foro de concertación e integración para el desarrollo de las temáticas.

Propender el desarrollo de BPA en las cadenas agroalimentarias.

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Servir de punto focal técnico con organismos nacionales e internacionales.

Coordinar con diferentes instituciones el desarrollo de lineamientos específicos para cada cadena agroalimentaria.

Asesorar los entes involucrados el establecimiento de líneas de investigación y desarrollo tecnológico en los diferentes ámbitos que lo requieran.

Establecer, difundir y mantener un sistema nacional de información y promoción de las Buenas Prácticas Agrícolas.

6.2 DESARROLLO Y TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA

Con el propósito de fomentar los procesos de transferencia tecnológica en el desarrollo de las BPA, se requiere tanto de mecanismos que permitan el desarrollo de tecnologías requeridas, como la transferencia de dichos procesos al sector agrícola, para lo cual las actividades deben estar encaminadas hacia:

o Desarrollo de una red de laboratorios y entidades requeridas para la ejecución de los análisis de parámetros microbiológicos, fisicoquímicos y agroquímicos, necesarios para demostrar el cumplimiento de los lineamientos estipulados por el presente documento, así mismo, el desarrollo de metodologías y marchas analíticas requeridas y los procesos de acreditación de los diferentes laboratorios.

o Definición, desarrollo y fomento de estrategias de acercamiento entre el sector productivo y las instituciones dedicadas a la investigación pura y aplicada, con el fin de enfocar los procesos de investigación a las necesidades de la cadena agroalimentaria, cuyo propósito sea el desarrollo de tecnologías y prácticas culturales.

o Desarrollo y fomento de programas de transferencia tecnológica, por medio del cual las mejores prácticas y los resultados obtenidos en los procesos de investigación y experiencias exitosas sean transferidos a los productores

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mediante programas de asistencia técnica, procesos de capacitación, talleres, entre otros.

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6.3 FORMACIÓN DEL TALENTO HUMANO

Uno de los componentes que garantizará el desarrollo de las BPA es la formación del componente humano, con ello, se pretende dar formación técnica a los extensionistas y facilitadores quienes jugarán un papel importante en el proceso de implementación de las BPA y capacitación al personal involucrado en las cadenas agroalimentarias. Las actividades deberán ser encaminadas en:

6.3.1 Formación técnica

o Formación de extensionistas y facilitadores en todo el proceso de las BPA y sus componentes, involucrando a personas claves de instituciones dedicadas a brindar soporte técnico a los productores agrícolas, los cuales, posterior al proceso de forma técnica serán los encargados de la extensión y apoyo a los productores, facilitando la implementación de los programas relacionados con las BPA.

6.3.2 Capacitación

o Desarrollar una matriz de habilidades requeridas por los productores, con el fin de desarrollar un plan estratégico de capacitación del personal basado en las necesidades, las brechas existentes y los niveles de conocimiento requerido.

o Desarrollar e Implementar programas de capacitación y entrenamiento enfocado en los temas específicos evidenciados en la matriz de habilidades

6.4 SISTEMAS DE INFORMACIÓN

El desarrollo de los sistemas de información pretende definir estrategias que permitan facilitar el control, manejo de documentación y registros requeridos, los cuales tienen como propósito fundamental servir como soporte y evidencia del cumplimiento y desarrollo de las BPA.

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Los dos principales componentes de los sistemas de información a desarrollar son el sistema de trazabilidad y el desarrollo del sistema documental.

6.4.1 Sistema documental:

Los sistemas documentales pretenden la implementación de registros y bitácoras que permitan efectuar el seguimiento, monitoreo y control de las diferentes actividades desarrolladas en los procesos productivos, con el fin de demostrar mediante evidencia objetiva el cumplimiento de las BPA. Los principales lineamientos son:

o Desarrollo e implementación de un programa de registros, mediante el cual se registren todas las aplicaciones de agroquímicos y productos veterinarios; así como las labores y prácticas culturales efectuadas en las diferentes actividades productivas.

o Desarrollo de un programa de auditorias tanto de control operativo, como de inspección por un tercero, mediante el cual se puedan efectuar controles de seguimiento y verificación de las BPA

o operativos y del sistema de las BPA desarrolladas en una actividad productiva específica.

o Desarrollo y montaje de un sistema de información, mediante el cual se puedan sistematizar los registros, documentos y demás información requerida para evidenciar el cumplimiento de dicho proceso.

6.4.2 Sistema de trazabilidad

Uno de los componentes primordiales de las BPA es el desarrollo de un mecanismo que permita rastrear el producto desde el sitio en el cual fue producido hasta el lugar de distribución y venta final, es por ello que se requiere desarrollar e implementar mecanismos que permitan efectuar la trazabilidad del producto final en todo el proceso productivo, el cual debe ajustarse a cada

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actividad productiva específica, dicho proceso debe efectuarse bajo las siguientes directrices:

o Desarrollo y ejecución de un mecanismos que permitan identificar el producto desde el sitio de producción hasta el consumidor final, de manera tal que este pueda ser ligado a todos los registros de aplicaciones y labores efectuados en cada uno de los procesos productivos.

o Desarrollo de un sistema de identificación de áreas dentro de cada unidad productiva, mediante la cual se puedan referenciar y registrar todas las aplicaciones, labores y actividades desarrolladas

6.4.3 Difusión

El Ministerio de Agricultura es el organismo que se encargará de coordinar con los diferentes entes estatales y gremiales el proceso de difusión de los fundamentos principales del programa, así como cada uno de los componentes del sistema de BPA, el papel en el proceso de difusión de cada uno de los involucrados es el siguiente.

o El ministerio de Agricultura, se encargara de transmitir la información general, así como las directrices e información específica de cada uno de los componentes del presente documento de BPA, a través de las Secretarias de Agricultura y los Centros de Gestión, por parte del sector público, quienes a su vez se encargarán de su difusión a cada uno de los niveles operativos regionales.

o Los gremios serán los encargados por parte del sector privado de todo el proceso de difusión del presente documento y sus componentes, los cuales a su vez divulgaran la presente a sus respectivos asociados.

o La divulgación del presente documento y sus componentes se realizará a través de las oficinas de prensa de los Ministerios e instituciones Públicas y privadas relacionadas con las diferentes actividades.

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o Como mecanismos adicionales de divulgación de los lineamientos se plantea: Incluir la presente en los diferentes seminarios, capacitaciones, entrenamientos, divulgación en diferentes revistas y boletines institucionales y de difusión técnica en el tema y por último publicación de información técnica y general en las páginas de Internet de los diferentes Ministerios y entidades involucradas

6.4.4 Fomento de las BPA

o Como estrategia competitiva de aquellos productos que cumplan los lineamientos y directrices estipuladas por las BPA, se plantea la definición e implementación de mecanismos que permitan generar una cultura de consumo de alimentos y productos enmarcados en los esquemas de las BPA.

o El Ministerio de Comercio Exterior, así como los gremios productivos desarrollaran programas de fortalecimiento de los mercados existentes tanto dentro como fuera del territorio nacional, así como la incursión en nuevos mercados, utilizando como estrategia la comercialización de alimentos y productos agrícolas enmarcados en el esquema de las BPA, enfatizando en aquellos mercados en los cuales este esquema pueda generar un valor agregado al producto.

6.5 ACREDITACION Y CERTIFICACIÓNPor definir

6.6 FINANCIACIONPor definir

6.7 ASPECTOS DE COOPERACIÓN INTERNACIONALPor definir

6.8 SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN

El Ministerio de Agricultura en coordinación con cada uno de los entes involucrados en el proceso de desarrollo e implementación de las presentes

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directrices, establecerán un sistema de monitoreo, seguimiento y evaluación de las diversas actividades y lineamientos requeridos para su implementación, con el fin de garantizar el cumplimiento de los compromisos por parte de cada uno de los diferentes actores.

Con el objeto de dar seguimiento al desarrollo de las actividades en las unidades productivas donde se realizará el proceso de implementación, se definirán sistemas de indicadores, auditorias de control y seguimiento, entre otros elementos, que permitan el desarrollo de indicadores por actividad y sector productivo. La ejecución de los sistemas de seguimiento y control será responsabilidad directa de los gremios productivos que enviarán informes anuales al Ministerio de Agricultura.

El sistema de Seguimiento y control se desarrollará en las tres fases principales del proceso: Diagnóstico inicial de los sectores productivos, Verificación y seguimiento de los avances en la implementación y seguimiento y control operativo del proceso.

En la fase de Diagnóstico las empresas a través de los gremios productivos deben realizar una evaluación sobre la situación inicial en relación con cada uno de los componentes y lineamientos establecidos, con el fin de facilitar y priorizar la implementación de las medidas que se deben adoptar, para facilitar dicho proceso, se elaborarán formatos de captura de información y listas de chequeo.

En la fase de verificación y seguimiento de los avances, se debe realizar una evaluación sobre los avances ejecución gradual del proceso, basándose en los resultados y hallazgos encontrados en el diagnóstico inicial, generando así responsabilidad de las empresas frente al avance de la implementación.

Luego de implementado el proceso y con el fin de realizar un seguimiento y control operativo al desarrollo de los programas y actividades, se definirán sistemas y mecanismos de verificación y seguimiento continuo que permitan generar acciones correctivas que permitan ajustar los procesos productivos acorde a lo estipulado en los lineamientos establecidos.