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1 LUSMILA PÉREZ ESPÍRITU “Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la Universalización de la Salud- Proyecto de Ley Nº _______ LEY QUE PROMUEVE EL MERCADO DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS, MERCADOS ITINERANTES Y MERCADOS RODANTES DE LA “CHACRA A LA OLLA” El Grupo Parlamentario ALIANZA PARA EL PROGRESO a iniciativa de la señora Congresista, LUSMILA PÉREZ ESPÍRITU, en uso de las facultades conferidas por el artículo 107° de la Constitución Política del Perú y en el inciso c) del Artículo 22°, 67°, 75° y 76° del Reglamento del Congreso de la República, propone el siguiente proyecto de Ley: LEY QUE PROMUEVE EL MERCADO DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS, MERCADOS ITINERANTES Y MERCADOS RODANTES DE LA “CHACRA A LA OLLA” Artículo 1.- Objeto de la Ley La presente ley tiene por objeto promover la organización, funcionamiento y desarrollo de los mercados de productores agropecuarios, itinerantes y rodantes de la “Chacra a la Olla” que se realizan en todo el territorio de la república, con la finalidad de fomentar la inserción al mercado de los pequeños agricultores familiares y productores agropecuarios en beneficio de las comunidades campesinas y comunidades nativas y lograr la comercialización directa entre productores y consumidores finales, promoviendo la agricultura sostenible y mejorando la economía rural. Artículo 2.- Definición y clasificación de los mercados de la “Chacra a la olla” Para efectos de lo establecido en la presente ley, se define como mercados de la “Chacra a la Olla” al conjunto de transacciones, acuerdos o intercambio de bienes y servicios que realizan los productores agropecuarios de las comunidades campesinas, comunidades nativas, productores de la pequeña agricultura familiar y productores individuales con los consumidores finales. No están comprendidos los intermediarios o acopiadores. Los productos que se comercializan en estos mercados deben ser de origen agrario, pecuario, agroindustrial, forestal, avícola apícola, acuícola o artesanal. Los mercados de la “Chacra a la olla” se clasifican en: 2.1 Mercado de productores de la “Chacra a la olla” Son aquellos que se realizan en un espacio físico determinado de dominio público o privado, debidamente autorizado por la autoridad competente y tienen duración indefinida y se realiza cuando menos una vez por semana. 2.2 Mercados itinerantes de la “Chacra a la olla” Son aquellos que se realizan en un espacio físico determinado de dominio público o privado, debidamente autorizado por la autoridad competente y tienen una duración temporal. 2.3 Mercados itinerantes rodantes de la “Chacra a la olla” Son aquellos que se realizan en un espacio físico determinado de dominio público o privado, debidamente autorizado por la autoridad competente, utilizando para este fin vehículos motorizados de “Categoría N1, N2 y N3”, y tienen una duración temporal.

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LUSMILA PÉREZ ESPÍRITU

“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la Universalización de la Salud”

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Proyecto de Ley Nº _______

LEY QUE PROMUEVE EL MERCADO DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS, MERCADOS ITINERANTES Y MERCADOS RODANTES DE LA “CHACRA A LA OLLA”

El Grupo Parlamentario ALIANZA PARA EL PROGRESO a iniciativa de la señora Congresista, LUSMILA PÉREZ ESPÍRITU, en uso de las facultades conferidas por el artículo 107° de la Constitución Política del Perú y en el inciso c) del Artículo 22°, 67°, 75° y 76° del Reglamento del Congreso de la República, propone el siguiente proyecto de Ley:

LEY QUE PROMUEVE EL MERCADO DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS, MERCADOS ITINERANTES Y MERCADOS RODANTES DE LA “CHACRA A LA OLLA”

Artículo 1.- Objeto de la Ley La presente ley tiene por objeto promover la organización, funcionamiento y desarrollo de los mercados de productores agropecuarios, itinerantes y rodantes de la “Chacra a la Olla” que se realizan en todo el territorio de la república, con la finalidad de fomentar la inserción al mercado de los pequeños agricultores familiares y productores agropecuarios en beneficio de las comunidades campesinas y comunidades nativas y lograr la comercialización directa entre productores y consumidores finales, promoviendo la agricultura sostenible y mejorando la economía rural. Artículo 2.- Definición y clasificación de los mercados de la “Chacra a la olla” Para efectos de lo establecido en la presente ley, se define como mercados de la “Chacra a la Olla” al conjunto de transacciones, acuerdos o intercambio de bienes y servicios que realizan

los productores agropecuarios de las comunidades campesinas, comunidades nativas, productores de la pequeña agricultura familiar y productores individuales con los consumidores finales. No están comprendidos los intermediarios o acopiadores. Los productos que se comercializan en estos mercados deben ser de origen agrario, pecuario, agroindustrial, forestal, avícola apícola, acuícola o artesanal. Los mercados de la “Chacra a la olla” se clasifican en:

2.1 Mercado de productores de la “Chacra a la olla” Son aquellos que se realizan en un espacio físico determinado de dominio público o privado, debidamente autorizado por la autoridad competente y tienen duración indefinida y se realiza cuando menos una vez por semana.

2.2 Mercados itinerantes de la “Chacra a la olla” Son aquellos que se realizan en un espacio físico determinado de dominio público o privado, debidamente autorizado por la autoridad competente y tienen una duración temporal.

2.3 Mercados itinerantes rodantes de la “Chacra a la olla” Son aquellos que se realizan en un espacio físico determinado de dominio público o

privado, debidamente autorizado por la autoridad competente, utilizando para este fin vehículos motorizados de “Categoría N1, N2 y N3”, y tienen una duración temporal.

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Artículo 3.- Participación en los mercados de la “Chacra a la Olla” Los productores que participan en los mercados de la “Chacra a la Olla” deben estar empadronados en forma individual o bajo cualquier nievel de asociatividad por la Dirección Regional de Agricultura, agencias y sedes agrarias o por la autoridad competente que corresponda, quienes emiten, bajo responsabiliad funcional, la certificación de productor agropecuario. El padrón actualizado es remitido trimestralmente a los gobiernos locales. Excepcionalmente participan los pequeños agricultores de la agricultura familiar, siempre y cuando suscriban el compromiso de asociarse a la persona jurídica conductora del mercado de la “Chacra a la Olla” en el que participan, en un plazo que no supere los seis (6) meses, contados desde el inicio de su participación. Los gobiernos regionales a través de sus direcciones regionales agrarias, agencias y sedes agrarias, promueve la formalización e incorporación de los pequeños productores de la agricultura familiar a las distintas formas de asociatividad. Artículo 4.- Niveles de asociatividad Los productores comprendidos en el artículo 3 tienen los siguientes niveles de asociatividad:

1. Comunal.- Cuando los productores realizan sus actividades productivas en el ámbito de una comunidad.

2. Distrital.- Cuando los productores realizan sus actividades productivas en el ámbito de un solo distrito.

3. Provincial.- Cuando los productores realizan sus actividades productivas en el

ámbito de una sola provincia y cuentan con unidades productivas ubicadas en los distritos de esa provincia.

4. Regional.- Cuando los productores realizan sus actividades productivas en el ámbito

de una sola región y cuentan con unidades productivas ubicadas en las provincias de esa región.

5. Interregional.- Cuando los productores realizan sus actividades productivas en el

ámbito de varias regiones y cuentan con unidades productivas ubicadas en las provincias de esas regiones. Pudiendo realizarse en una feria de mancomunidad regional.

6. Nacional.- Cuando los productores realizan sus actividades productivas en el ámbito de toda la República.

Artículo 5.- Autorización

Los gobiernos locales de la jurisdicción donde se realizan los mercados de la “Chacra a la Olla” emiten las autorizaciones respectivas conforme a lo dispuesto en la Ley 27972, Ley Organica de Municipalidades y la Ley 28976, Ley Marco de Licencias de Funcionamiento. Excepcionalmente, en caso de Estado Emergencia Nacional decretado por el Poder Ejecutivo bajo cualquiera de los supuestos establecidos en artículo 137 inciso 1, de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales otorgan la autorización para el funcionamiento de los mercados de la “Chacra a la olla”, con la sola presentación de la solicitud de licencia de funcionamiento con carácter de Declaración Jurada ante el municipio respectivo con cargo a fiscalización posterior, dicha solicitud se presenta en forma presencial, electrónica o por cualquier medio digital, según sea el caso. Los municipios adecuan sus procedmientos conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo 009-2020-Produce.

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Artículo 6.- Uso de espacio físico Las instituciones públicas de los tres (3) niveles de gobierno, previa suscripción de un convenio con las organizaciones de productores agropecuarios, promueven, autorizan y facilitan el uso temporal de los espacios físicos de uso público o excepcionalmente un bien de su propiedad adecuado, para la realización de los mercados de la “Chacra a la Olla”; teniendo en consideración para este fin, la clasificación de los mercados establecido en el artículo 2 de la presente ley”. Asi mismo, los gobiernos locales posibilitan el acceso, brindan seguridad y salvaguardan la salud e higiene en los espacios donde se realizan los mercados de la “Chacra a la olla” Artículo 7.- Organización de los Mercados de la Chacra a la Olla El Estado, en sus tres niveles de gobierno, promueve la organización, el desarrollo y el fortalecimiento de los “Mercados de la Chacra a la Olla”. Todas las instituciones del Estado vinculadas a la promoción de las micro y pequeñas empresas y cooperativas incluyen en sus planes estratégicos acciones para lograr el objeto de la presente Ley. Estan organizados y conducidos por personas naturales, personas jurídicas o cualquier agrupación o forma asociativa que responda a las necesidades de los productores de cada localidad. Estos mercados adoptan la forma empresarial o asociativa que mejor convenga a los productores que lo integran. Las direcciones regionales agrarias, las gerencias regionales de agricultura, y los gobiernos locales realizan acciones de apoyo, seguimiento, monitoreo y supervisión de los “Mercados de la Chacra a la Olla”. La Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud se encarga de vigilar las condiciones de salubridad e inocuidad de los productos que se expenden en los “Mercados de la Chacra a la Olla”. Artículo 8.- Requisitos para la emisión de la autorización de funcionamiento Para el funcionamiento de los “Mercados de la Chacra a la Olla”, los solicitantes deben acreditar lo siguiente:

1. Certificación de productor agropecuario emitido por la Dirección Regional Agraria, agencias y sedes agrarias o por la autoridad competente que corresponda.

2. Constitución de una persona jurídica que agrupe a los productores y que cumpla con lo establecido en el artículo 3.

3. Copia legalizada del acta de asamblea general en la cual se tomó el acuerdo de constituir los “Mercados de la Chacra a la Olla” y del libro de integrantes de la persona jurídica.

4. Denominación del “Mercado de la Chacra a la Olla” y nivel de asociatividad de sus integrantes, conforme al artículo 4.

5. Designación de los responsables de la organización del “Mercado de la Chacra a la Olla”.

6. Acreditar la participación de pequeños agricultores de la agricultura familiar que no

se encuentren asociados, y el compromiso de asociarse a la persona jurídica solicitante en el plazo a que se refiere el párrafo segundo del artículo 3.

7. Número de puestos de venta a instalarse.

8. Lugar donde se desarrollarán las actividades.

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9. Los gobiernos locales pueden exigir otros requisitos que consideren necesarios para

garantizar el acceso, higiene, seguridad y salubridad de los “Mercados de la Chacra a la Olla”, sin que estos constituyan barreras burocráticas para su organización, funcionamiento y continuidad.

Artículo 9.- Promoción para el desarrollo de los Mercados de la Chacra a la Olla Los gobiernos regionales y gobiernos locales promueven diferentes mecanismos de asociatividad entre los productores que participan en los mercados de la “Chacra a la Olla”, a fin de articularlos a los mercados de consumo, así como apoyar el funcionamiento de las cadenas productivas. Facultase a los gobiernos regionales y gobiernos locales a implementar programas destinados a la creación de infraestructura de los mercados de la “Chacra a la Olla” con saneamiento e infraestructura a que se refiere el artículo 6 de la presente ley, para ser concesionados a las organizaciones de los productores de los “Mercados de la Chacra a la Olla”, con el fin de garantizar la seguridad alimentaria de las regiones. Artículo 10.- Funcionamiento de los “Mercados de la Chacra a la Olla” durante el Estado Emergencia

En los casos en que el Poder Ejecutivo decrete una emergencia nacional bajo cualquiera de los supuesto establecidos por artículo 137 inciso 1, de la Constitución Política del Perú; el Ministerio de Agricultura y Riego en coordinación con los gobiernos regionales y municipales, garantizan la seguridad alimentaria, nutricional y saludable de la población, evitando la ruptura de la cadena productiva y garantizan, supervisan y promueven la venta directa de productos de calidad a través de los mercados de la “Chacra a la Olla”, generando recursos para los pequeños productores de la agricultura familiar y mejores precios para el consumidor final. Durante la emergencia señalada en párrafo precedente, los mercados de la “Chacra a la Olla” podrán constituirse por pequeños agricultores familiares y productores pecuarios no asociados, bajo la supervisión del Ministerio de Agricultura y Riego, gobiernos regionales y los gobiernos locales, cumpliendo estrictamente las medidas de seguridad sanitaria dispuestas por los entes responsables en salvaguarda de los asistentes. Para su autorización se tendrá en cuenta el procedimiento establecido en el segundo párrafo del artículo 5 de la presente ley.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Sostenibilidad Facultase al Ministerio de Economía y Finanzas a incluir como meta del programa de incentivos a la mejora de gestión municipal el promover la organización, funcionamiento y desarrollo de los mercados Itinerantes de la “Chacra a la Olla”. Segunda.- Vigencia de la Ley La presente Ley entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Tercera.- Reglamento El Poder Ejecutivo publica el reglamento de la presente Ley dentro de los quince (15) días de su entrada en vigor.

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DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogatoria Derogase la Ley 29676, Ley de Promoción del Desarrollo de los Mercados de Productores Agropecuarios, y su reglamento, publicado mediante Resolución Ministerial Nº 0333-2013-MINAGRI. Derogase parcialmente la Ley Nº 30984, manteniéndose vigentes sus disposiciones complementarias finales modificatorias. Lima, mayo de 2020

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I. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La situal actual que esta viviendo en el mundo entero respecto a la pandemia global nos ha mostrado una realidad que creíamos se había superado en el pasado; sin embargo, estamos siendo testigos de un hecho que marca un antes y un despúes en la historia de la humanidad. Esta situación coyuntural ha obligado a los Estados del mundo a decretar cuarentenas y un confinamiento social que nos obliga a permanecer en nuestros hogares mientras se encuentra una solución al problema global. En ese sentido, nuestra realidad nacional nos ha revelado que en tiempos de emergencia nacional como lo descrito anteriormente, nuestro sistema de comercialiación de productos de primera necesidad de índole agrario no esta preparado para abastecer a la población, debido a que los productores agropecuarios en un porcentaje alto no estan organizados bajo ninguna forma de asociatividad que pueda responder a las demandas solicitadas por los consumidores. Por otro lado y en la línea de lo dicho precedentemente, se ha generado y fortalecido nuevas formas de comercio que estan siendo usados diariamente por los comerciantes y autorizados por los municipios, principalmente en la comercialización de productos agropecuarios, como los mercados itinerantes, mercados rodantes que se organizan y se establecen temporalmente en determinados lugas para ofrecer bienes y servicios a la población. Si bien es cierto, el año 2011 se promulgó la Ley 29676, Ley de Promoción del Desarrollo de los Mercados de Productores y su moficiatoria, Ley 30984, vigentes a la fecha; cuyo objeto es la promoción, la organización, funcionamiento y desarrollo de los mercados de productores agropecuario, no obstante a ello, dicha ley ha quedado al margen de la realidad y por lo tanto es necesario su derogación total y la elaboración una nueva ley integral que este acorde a nuestra realidad y que regule la constitución de toda forma de mercados en beneficio de las comunidades campesinas, comunidades nativas y de los agricultores de la pequeña agricultura familiar. Por tal razón, la presente propuesta legislativa promueve la organización, funcionamiento y desarrollo de los “Mercados de la Chacra a la Olla” de productores de la pequeña agricultura familiar y productores pecuarios con la finalidad de fomentar la inserción al mercado y lograr la comercialización directa entre productores y consumidores finales, y mejorar la economía rural promoviendo la agricultura sostenible. Estos mercados se clasifcan en: mercado de productores, mercados itinerantes y mercados rodantes que en adelante la denominaremos mercados de la “Chacra a la olla”. Los mercados de la “Chacra a la olla” se organizan a solicitud de una organización agropecuaria y/o iniciativa del gobierno nacional, gobierno regional o gobierno municipal, y se realiza en un espacio físico público autorizado por cualquiera de los niveles de gobierno, en el que se busca promocionar y comercializar la producción agropecuaria; estos mercados pueden ser de naturaleza permanente o temporal. En el caso de los de los mercados rodantes de la “Chacra a la olla” se deberá tener en cuenta que los vehículos a usarse sean destinados al transporte de mercancías de acuerdo a la "Clasificación Vehicular y Estandarización de Características Registrables Vehiculares" aprobado por la Resolución Directoral No 4848-2006-MTC/15 que se detalla a continuación:

N1: Vehículos de peso bruto vehicular de 3.5 toneladas o menos (camionetas Pick up)

N2: Vehículos de peso bruto vehicular mayor a 3.5 toneladas hasta 12 toneladas

(medio camión y furgones)

N3: Vehículos de peso bruto vehicular mayores a 12 toneladas

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Esta nueva clasificación de mercados es la que nos impone la realidad actual y debemos tomarlo en cuenta a efectos otorgarle un marco legal que le permita a los agricultores a constituirse bajo cualquier forma asociativa y trabajar formalmente en los espacios públicos o privados a nivel nacional, regional, municipal y/o comunal.

Al respecto, coincidimos con la señalado en el dictamen del proyecto de ley Nº 3562-2018-CR, que propone la Ley de Reconocimiento y Promoción de Ferias, Exposiciones, Mercados Artesanales Comunitarios y Solidarios en el Ámbito Rural y Urbano, donde se pondera lo expresado en la exposición de motivos del citado proyecto, que, “en los últimos años

hemos sido testigos del proceso dinámico de gestación de una nueva ruralidad en el

territorio nacional, que incluye el funcionamiento de espacios económicos en el ámbito rural, que están por fuera de los regímenes de la micro y pequeña empresa tradicional. Se trata de un espacio de promoción e incremento de numerosos espacios de intermediación a nivel local, regional, nacional e internacional (...), otro rasgo

importante que tiene relación a lo señalado es que, “la experiencia comunitaria se

mantiene y persiste en todas las regiones andinas, de forma periódica, como instrumento de promoción a la economía rural. Pero, además, se promueve y protegen todo tipo de manifestaciones culturales. Es el caso de las ferias dominicales en numerosas Comunidades Campesinas, capitales de distritos, provincia y departamentos, en el ámbito nacional”. En ese sentido es importante ponerle especial atención a estas formas de manifestaciones culturales, fomentarlas y promocionarlas para mejorar y dinamización de la economía rural; por tal razón es importante que los mercados de productores agropecuarios a nivel nacional se organicen cuando menos una vez por semana.

Por otro lado, como estamos evidenciando en los últimos meses la importancia que ha alcanzado a nivel nacional los mercados de productores agrarios itinerantes y mercados rodantes por la situación de emergencia sanitaria que estamos atravesando; los cuales estan siendo promovidos por el Ministerio de Agricultura, los gobiernos regionales y locales, para facilitar a los usuarios el acceso de productos agropecuarios y bienes de primera necesidad. Estos mercados se ubican en parques, avenidas, espacios abiertos, estadios, etc. Por ejemplo, en la página web del MINAGRI se puede ver el cronograma de las ferias agropecuarias programadas hasta junio del presente año que suman un total de 259 mercados itinerantes y rodantes a nievel nacional1. Asi mismo, los reportes del interior del país informan sobre la programación de ferias y mercados intinerantes y rodantes, como Arequipa se tiene programado 5 ferias itinerantes y 4 mercados rodantes2; Apurímac implemento los mercados rodantes en los distrito de San Jerónimo y Talavera, se trata de camiones de carga adaptados, que sirven como mercados móviles para que los productores oferten verduras, hortal izas, tubérculos, cereales, carnes, entre otros productos3; así se vienen organizando estas ferias especiales a nivel nacional en beneficio de los productores y de los usuarios. Como podemos observar la primacía de la realidad se ha impuesto y por ende la necesidad de legislar sobre los mercados de la “Chacra a la Olla” En ese aspecto, el Ministerio de Agricultura y Riego, a través de los Lineamientos de la Política Agraria, aprobado por Resolución Ministerial N° 0709-2014-MINAGRI, resalta la necesidad de “Fortalecer y ampliar el acceso de pequeños y medianos agricultores a

1 https://www.agrorural.gob.pe/mercados-minagri/ 2 https://www.radioyaravi.org.pe/noticia/Regional/entérate-dónde-atenderán-5-ferias-itinerantes-y-4-mercados-rodantes-este-miércoles-en-arequipa-6411 3 https://agronoticias.pe/ultimas-noticias/en-apurimac-se-implemento-ferias-agropecuarias-moviles/

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los mercados locales y nacionales, así como a los mercados de exportación para sus productos, con especial atención a cadenas de valor agropecuarias y forestales”, del productor al consumidor, “De la Chacra a la Olla”. Es necesario desarrollar un sistema de información que sea accesible, oportuno y confiable sobre precios.4

Asi mismo, la Ley de gobierno regionales y gobiernos locales promueven la organización de ferias agropecuarias rurales para la promoción de los productos alienticios, agropecuarios, artesanales e industrias propios de la localidad, incentivando su comercialización y consumo. Según los últimos reportes, Agro Rural reveló que “la iniciativa de los mercados de la “Chacra a la Olla” ha generado S/ 5.8 millones en ingresos para productores agrarios”. “Hemos llegado a 21 departamentos del país, y atendido 142,000 personas, y participación de 2,600 productores en estos mercados”. El Estado tiene programado la ejecución de unos 900

mercados itinerantes a hasta junio del presente año a nivel nacional, por lo que se promoverá precios justos para las familias, además de evitar la especulación de precios.5

Esta iniciativa surge en marzo de 2008 y nace como piloto en la Ciudad de Lima como la 1º Feria “De la Chacra a la Olla”, con la participación de productores de distintas Regiones del

Perú. A partir de este momento esta nueva experiencia de comercialización organizada, de características propias, con sus virtudes y defectos, y sirvió como base para que este Formato se extienda hacia otros distritos del Perù. Posteriormente con fecha 12 de agosto de 2015, este Formato “de la chacra a la olla” de AGRO RURAL que distingue organización

y celebración de ferias, eventos y exposiciones con fines comerciales o publicitarios, queda inscrito en el Registro de Marcas de Servicio con Certificado N° 00089262 del INDECOPI.6

La organización de ferias y eventos agropecuarios en zonas rurales es una práctica que se viene desarrollando en el país, con la finalidad de promover la participación activa de los agricultores, con la finalidad de ofertar directamente sus productos en el mercado, alternando con los demás agentes productivos agropecuarios, agroindustriales, forestales y artesanales. Dichos eventos han venido realizándose bajo el marco que establece el Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0650-2006-AG, cuyo artículo 4º expone los objetivos de dichas ferias en los literales a), b), c), d) y e); lamentablemente, pese a que los objetivos de las ferias están bien planteados existe una debilidad en la organización y esto ha conllevado a la poca participación de los agentes involucrados. El Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI) es el ente rector de la promoción y creación de las ferias y eventos agropecuarios, teniendo como política la de fomentar e incentivar la libre participación de las personas naturales o jurídicas vinculadas a la producción agraria, a nivel nacional, regional y local, regulado mediante Resolución Ministerial Nº 0650-2006-AG, considerándose como uno de los eventos esenciales la promoción de las ferias “de la chacra a la olla” que ya se implementó en todas las regiones del País con la finalidad de hacer llegar los productos directamente del productor al consumidor y a precios debidamente accesibles, la misma que son amparados y promovidos por los Gobierno Regionales,

4 LINEAMIENTOS DE POLÍTICA AGRARIA

Véase: http://minagri.gob.pe/portal/download/pdf/p-agraria/lineamientos-pagraria-viceministro.pdf 5 DIARIO GESTIÓN 22/04/20 (ANGELLO TANGHERLINI en diálogo con Canal N)

Véase: https://gestion.pe/economia/coronavirus-peru-mercados-itinerantes-han-generado-s-58-millones-de-ingresos-para-productores-agrarios-nndc-noticia/

6 Reglamento y guía para la Organización de Ferias Agropecuarias en el ámbito de acción de AGRORURAL

Véase: https://es.slideshare.net/francoren/7-guia-feriasmidis2016

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Municipalidades Provinciales y Municipalidades Distritales en cumplimiento de la Resolución Ministerial acotada. El Ministerio de Agricultura y Riego como ente rector y conforme a sus competencias, debe coordinar con las entidades vinculadas al sector agrario las acciones necesarias para implementar la norma que se propone. LEGISLACIÓN NACIONAL La Constitución Política del Perú, en el artículo 88º establece “El Estado apoya preferentemente el desarrollo agrario”; esto guarda relación con el artículo 1º de la Ley de Promoción del Sector Agrario (Decreto Legislativo N° 885) que establece como objetivo “Declarar de interés prioritario la inversión y desarrollo del sector agrario”. El Decreto Ley Nº 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, en los literales a) y c) del artículo 5º, establecen “Formular, coordinar y evaluar las políticas nacionales en lo concerniente al Sector Agrario, en materia de preservación y conservación de los recursos naturales”; y “Establecer las condiciones que permitan la libre participación de los agentes productivos agrarios”. El Decreto Legislativo 997 en la segunda Disposición Complementaria Final, crea el Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, con la finalidad de promover el desarrollo agrario rural, a través del financiamiento de proyectos de inversión pública en zonas rurales en el ámbito agrario en territorios de menor grado de desarrollo económico, aprobados conforme a la normatividad vigente. El Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL se constituye como unidad ejecutora adscrita al Viceministerio de Agricultura del Ministerio de Agricultura. Dicho Programa es responsable de articular las acciones relacionadas con la promoción del desarrollo agrario rural en el marco de los lineamientos de política establecidos por el Sector Agricultura. La Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, en el literal g) del artículo 54°, establece “Organizar ferias regionales y promover la participación de la región en eventos similares de nivel internacional”.

La Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, en el artículo 36º, establece “Los gobiernos locales promueven el desarrollo económico de su circunscripción territorial y la actividad empresarial local, con criterio de justicia social”. Conforme a lo previsto en el numeral 4.1. del artículo 83º se establece como funciones espesíficas “Promover la realización de ferias de productos alimenticios, agropecuarios y artesanales, y apoyar la creación de mecanismos de comercialización y consumo de productos propios de la localidad”. La Ordenanza Municipal N° 027-2019-MPLP y el Acuerdo de Concejo N° 140-2019-MPLP, la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado -Tingo Maria - Region Huanuco, aprobó a que se Instituya la promoción y participación activa de los agricultores en la oferta de sus productos agropecuarios mediante la actividad de “Feria de la chacra a la olla” en la provincia de Leoncio Prado, a celebrarse los días sábado y domingo de cada semana, de cada mes y cada año, con el que se busca promover la participación activa de los agricultores, en la oferta directa de sus productos al mercado, alternando con los demás agentes productivos, agropecuarios, agroindustriales, forestales y artesanales.

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LEGISLACIÓN COMPARADA La importancia de la agricultura en los países andinos es inminente, sigue siendo el primer empleador de la Población Económicamente Activa (25 a 30% de la PEA) y la agricultura familiar campesina se mantiene cómo el principal proveedor de alimentos para la población (40 a 70% de la oferta alimenticia). Las dinámicas agrarias en los países andinos muestran una conectividad creciente de las agriculturas campesinas al mercado, pero las condiciones de participación continúan siendo precarias: todavía se mantiene el reto de conocer mejor cómo se insertan las agriculturas familiares andinas a los mercados locales y nacionales y fortalecer alternativas de comercialización favorables garantizando la seguridad y soberanía alimentaria de la población. A la par, la emergencia de nuevas demandas por una alimentación de calidad y productos con identidad y de proximidad, crean nuevas condiciones para que emerjan nuevos circuitos de comercialización como son los circuitos

cortos entre consumidores y productores (BISHELLY y MARC, 2014: 10). TABLA Nº 01: BOLIVIA. FERIAS PROMOVIDAS. CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES

FERIA O MERCADO TERRITORIO PERIODICIDAD AÑO DE INICIO

ECOFERIA Cochabamba, productores ur-banos y peri urbanos

Semanal 2003

BIO TIQUIPAYA Mercado y productores de Tiquipaya

Semanal 2006

BIO ACHOCALLA Churutienda - Productores de Achocalla

Quincenal 2009

MICROFERIA Calle Beni y Pando - La Paz. Productores de Achocalla, Batallas y OECA

Quincenal 2012

ENCUENTRO DE Productores y Consumidores

Villa Busch - Cochabamba, OECA del Valle Alto, Tiquipaya y la comercializadora Kampesino

Quincenal 2013

ECO Feria del Norte de Potosí

Llallagua, productores de Llallagua y Chayanta

Quincenal 2011

BIO Tarija Feria de Villa Fátima, Tarija Productoras de Padcaya, Uriondo y Cercado

Semanal 2011

BIO Llojeta Llojeta, Productoras de Achocalla, Batallas, Yaco, Luribay

Semanal 2013

Fuente: BISHELLY ELÍAS y MARC DEVISSCHER, Del Productor al Consumidor: Una alternativa comercial para la agricultura familiar. En base a estas experiencias, se pueden apuntar las principales características de estas ferias:

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Son urbanas o sub-urbanas y se implementan a partir de producciones periurbanas (productor va al encuentro del consumidor): pocos son los casos en que se implementan en áreas periurbanas o rurales (productor espera el consumidor).

La participación de productores de zonas alejadas está sujeta a que existe una logística y organización para garantizar el transporte (Mercado de Huancaro - Cuzco en Perú y Mercados Campesinos de Bogotá en Colombia).

La comercialización es directa, de productor a consumidor, o vía un solo intermediario.

Generan valor agregado y se logra diferenciar calidad e inocuidad.

Permiten valorar y recuperar/diversificar variedades nativas. Asimismo, los productores dedican mayor tiempo a la agricultura intensiva.

Existen reglas claras, aunque no siempre son espacios formales.

Los consumidores son un actor importante y se intenta conocer sus preferencias y demandas para satisfacerlas.

Son espacios de recreación y socialización. La mayoría de estos espacios busca diferenciarse a través de los prefijos ECO o BIO para reflejar que los productos que se venden en estos espacios son agroecológicos, biológicos, ecológicos u orgánicos; aunque no existen posibilidades de que el consumidor se asegure de ello (Lizarazu, 2014). Otras propugnan una relación directa entre productor y consumidor, basada en la confianza y la oferta de productos frescos de calidad. Los productos que se ofrecen suelen ser mayormente hortalizas frescas, aunque existen algunos transformados y otro tipo de productos. Esta característica de producto fresco/perecedero hace que la cercanía a una ciudad sea una condición sine qua non pues, para zonas alejadas sería necesaria una logística de transporte y tecnología que no disponen los productores. Estas iniciativas plantean a los productores una re-adaptación del sistema productivo para garantizar oferta constante, calidad e ingresos que proporcionen sostenibilidad a la feria (Chaveau y Taipe, 2008: 45). El hecho de que esas ferias alternativas de reciente creación sean promovidas por organizaciones y/o instituciones y no nazcan de los requerimientos de los productores, genera dudas sobre su viabilidad. No obstante, una vez que los productores participan en ellas, difícilmente se les puede arrebatar este espacio generado de proximidad y de relación social/comercial. Para un grupo de productores o una organización, puede ser imposible siquiera pensar en abrir este tipo de espacios, pero las organizaciones de segundo grado, organismos de apoyo y municipios pueden colaborar en su implementación. Los estudios de Chambilla, Lizarazu y López, presentados en este libro muestran que los aspectos más importantes para lograr la sostenibilidad de las ferias promovidas, son: Las alianzas estratégicas con las municipalidades, para lograr que estos espacios

sean estables y promocionados por los municipios, y garantizar que los productores participen en la feria.

La organización de los productores periurbanos, urbanos o rurales, que tengan vinculación con las ciudades, y que puedan garantizar la producción y la gestión de las ferias.

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Consumidores frecuentes que tienen un mayor poder adquisitivo y demandan

productos “sanos” o ecológicos, de forma que los productores pueden diferenciar sus productos.

Diversidad de producción que garantice una oferta atractiva para que los

consumidores participen con frecuencia en la feria. FERIAS Y EVENTOS AGROPECUARIOS

El Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI) a través de la Dirección General Agrícola es el encargado de promover el desarrollo productivo y comercial sostenible de los productos agrícolas, su acceso a los mercados nacionales e internacionales, a los servicios financieros y de seguros, en coordinación con los sectores e instituciones ompetentes en la materia; así como promover una oferta agrícola nacional competitiva, con valor agregado y sostenible, en concordancia con la Política Nacional Agraria y la normatividad vigente. Una de sus funciones de la Dirección Agrícola, es la de implementar estrategias y mecanismos para promover la oferta agrícola, en función a las oportunidades de mercado identificadas; asimismo, propiciar la articulación de los productos agrícolas con los mercados nacionales e internacionales, en coordinación con los sectores competentes. El Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios, aprobado por Resolución Ministerial Nº 650-2006-AG, precisa que el Ministerio de Agricultura y Riego fomenta e incentiva la libre participación de las personas naturales o jurídicas vinculadas a la producción agraria a nivel nacional, regional y local a través de ferias y eventos agropecuarios; asimismo, el artículo 9 del citado Reglamento establece que la Dirección General Agrícola del Ministerio de Agricultura y Riego compilará y difundirá Calendario Regional de Ferias y Eventos Agropecuarios. El Calendario Nacional de Ferias y Eventos Agropecuarios para el año 2020 fue aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0047-2020-MINAGRI (04-02-2020), la cual es de conocimiento por las instituciones interesadas, teniendo para el presente año 96 Férias y Eventos Agropecuarios programadas que a continuación se detalla: CALENDARIO NACIONAL DE FERIAS Y EVENTOS AGROPECUARIOS 2020

Festival IV Internacional de la Tuna, Cochinilla y Plantas Nativas Comisión Multisectorial del Festival, DRA Ayacucho Huamanga - Ayacucho

13/15 FEBRE

RO

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EXPOAMAZÓNICA La EXPOAMAZÓNICA es una feria internacional que se desarrolla anualmente entre los departamentos de la amazonia peruana, bajo el liderazgo del Consejo Interregional Amazónico (CIAM) y la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID). La feria es incentivada por el Estado peruano como una manera de promover los productos de la selva al público en general, aunque su temática principal va dirigido a los departamentos amazónicos, también cuenta con la participación de delegaciones de los andes, costa y de países extranjeros como Colombia o Brasil. El desarrollo de la feria paralelamente es utilizado por los diferentes gobiernos regionales para fomentar el turismo y las políticas de desarrollo sostenible en el entorno amazónico. En las exposiciones anuales también se registraron participación de pequeñas y medianas empresas, productos de las poblaciones rurales y comunidades amerindias. También la gastronomía de la selva es un factor importante en el desarrollo de la feria. Tarapoto, ciudad del departamento de San Martín, fue el primer lugar donde se desarrolló la EXPOAMAZÓNICA entre el 14 y 17 de julio de 2011 por acuerdo de la sexta reunión del

Consejo Interregional Amazónico (CIAM), una alianza estratégica formado por Amazonas, Loreto, Madre de Dios, San Martín, Ucayali y Huánuco. La ExpoAmazónica se biene desarrollando desde el año 2011 hasta la actulidad teniendo como sede diferentes destinos de la amazonía peruana: Tarapoto (2011), Pucallpa (2012 y 2018), Iquitos (2013 y 2019), Bagua Grande (2014), Puerto Maldonado (2015), Tingo María (2016), Moyobamba - Tarapoto (2017) y está programado como sede para este año Chachapoyas (2020). La edición de la ExpoAmazónica 2017, desarrollada en las ciudades de Moyobamba y Tarapoto, fue la única que fue realizada en dos ciudades paralelamente. PROMPERÚ alcanzó compromisos comerciales por más de US$ 18.7 millones en las tres ruedas de negocios que organizó en la feria Expoamazónica Loreto 2019. A su vez, la feria marcó un récord de asistencia con 120,000 visitantes y expectativas de negocios por S/ 90 millones. La rueda de negocios internacional sumó US$ 8 millones en proyecciones

comerciales, US$ 3 millones más que lo estimado. Participaron 31 compradores de Europa, Estados Unidos y Asia, y 74 exportadoras de café, cacao, paiche, productos de

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la biodiversidad y maderables de Ucayali, San Martín, Huánuco, Madre de Dios, Amazonas y Loreto.

En tanto, en la rueda de negocios nacional participaron 17 compradores de diversas regiones del país y 120 exportadores que tienen previsto concretar US$ 9 millones en contratos comerciales.

De otro lado, la rueda de turismo de la Expoamazónica alcanzó intenciones de venta de US$ 1.7 millones, la misma que se desarrolló con la participación de 18 tour operadores de Chile, México y Perú. A este grupo se sumaron 21 expositores regionales y 28 invitados de Promperú.

Resultados positivos de la ExpoAmazónica 2019 La plataforma comercial logró consolidar negocios por S/ 3.7 millones en la rueda de la Cámara de Comercio de Lima, ventas por S/ 5 millones en feria y S/. 1.5 millones en stands gastronómicos, así como un movimiento económico en la ciudad de S/. 7 millones. Del mismo modo, Expoamazónica 2019 recibió a más de 3,500 visitantes que no radican en la ciudad, y la presencia en medios de comunicación local, regional nacional, e internacional por S/ 2.5 millones. La feria realizada en Iquitos del 15 al 18 de agosto, se llevó a cabo con la finalidad de promover las potenciales productivas y de servicios de las regiones amazónicas al mercado nacional e internacional. FICAFE FICAFÉ es la principal feria de café a nivel nacional en nuestro Perú, donde los caficultores tienen la oportunidad de dar a conocer las principales cualidades de sus productos. Además de interactuar tanto con compradores nacionales como internacionales, con el objetivo de desarrollar estrategias en el mercado y poder dar buenas condiciones y vías de distribución para su comercialización. Mediante Ley Nº 30658 (08-09-2017) se declara de interés nacional la Feria Internacional de Cafés Especiales del Perú - FICAFÉ, dicha feria se biene desarrollando desde el 2016 hasta la actulidad teniendo como sede diferentes destinos de nuestro paìs: Satipo - Junín (2016), Villa Rica - Pasco (2017), Chanchamayo - Junín (2018), Jaen - Cajamarca (2019) y está programado como sede para este año la Quillabamba - Cusco (2020). LA AGRICULTURA Y LAS FAMILIAS PRODUCTORAS

Según el IV Censo Nacional Agropecuario 20127 (IV CENAGRO 2012), a nivel nacional el

número de productores fue de 2 260, 973 productores, el número de unidades agropecuarias con tierras ascendio a 2 213 506 con una superficie total de 38,7 millones de hectareas, cifras que representaron un incremento de 26,8% en el número de unidades agropecuarias y 9,5% en la superficie respecto al III CENAGRO realizado el año 2012. De estos, la Agricultura Familiar representa el 97% del total de las más de 2.2 millones de Unidades

7 INEI. IV Censo Nacional Agropecuario. Sistema de consulta de resultados censales: http://censos.inei.gob.pe/cenagro/tabulados/

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Agropecuarias (UA); y, en algunos departamentos del país, esta tasa asciende a casi el 100%. Asimismo, en la Agricultura Familiar laboran más de 3 millones (83%) de los 3.8 millones de trabajadores agrícolas. Incluso, en seis departamentos del país los trabajadores agrícolas representan más del 50% del total departamental, y en otros siete supera el 30%. Por ello, la Agricultura Familiar es de vital importancia para el desarrollo y la seguridad alimentaria nacional. La Encuesta Nacional de Hogares (ENAHO), señala que, en la Agricultura Familiar (AF) laboran más de tres millones de personas (83% de la fuerza laboral agrícola) y generan alrededor del 80% de los productos alimenticios que se consumen en el mercado nacional. Para el Banco Mundial el aporte de la agricultura al PBI en el Perú es de 7,3%, si se usan medidas extendidas es de 11,3%. PROBLEMÁTICA DE LA PEQUEÑA AGRICULTURA FAMILIAR Y LA INTERMEDIACIÓN En el sector agrario, la Pequeña Agricultura Familiar presenta dificultades críticas, que influyen en los bajos ingresos, siendo los principales los siguientes: Primero.- La sobre producción por competencia desleal, ausencia del estado en la

regulación, desprotección de la producción nacional, escasa promoción del cosumo interno, limitado acceso a mercados (predominio de intermediarios) y compras públicas.

Segundo.- Escasa infraestructura productiva para la producción y generación del valor agregado.

Tercero.- Escasa calidad del servicio público agrario

Cuarto.- Inadecuadas prácticas de manejo del cultivo

Quinto.- Debil organización; y no menos importantes, dificultades relacionadas con la titularidad de la tierra, limitado acceso al agua, riego, insumos, capital de trabajo, créditos con altas tasas de interés, vías de comunicación y de transporte, variaciones de precios, plagas entre otros.

PRODUCCIÓN E INTERMEDIACIÓN Las conclusiones a las que arriba Juan Fernando Caicedo Díaz del Castillo, en su artículo de reflexión sobre La intermediación como un impedimento al desarrollo del pequeño productor de Medellín, son elocuentes: Los problemas del pequeño productor no son de tipo técnico y más bien obedecen a aspectos económicos de asignación de recursos, reflejados en altos precios de los insumos que elevan los costos de producción; así como la alta intermediación y la baja participación en los beneficios del mercado agropecuario en el corregimiento (situación que se evidencia en que 72% de los productores señalan que la intermediación de agentes externos es la causa para obtener bajos ingresos). Se reconoce que la presencia de una intermediación sana puede ser importante; sin embargo, los costos no disminuyen con la tercerización, no hay niveles adecuados de asociación y la redistribución del ingreso es muy desigual. El pequeño productor tiene estas desventajas tan fuertemente marcadas que lo exponen a la degradación y vulnerabilidad por las condiciones de pobreza. Es común encontrar que los canales de comercialización en todos los bienes y servicios cuenten con intermediación. No

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es prudente que una persona (entidad, organización) realice todos los pasos necesarios para llegar al consumidor final. La tercerización de las actividades, conocida como outsourcing o subcontratación, es deseada en una empresa o proyecto, pues mediante ella se pueden disminuir los costos o mejorar la eficiencia en algún proceso.8

Entretanto en el Perú se repite el mismo escenario:

La actividad agraria se caracteriza por el desorden en la producción y la disminución de su rentabilidad y competitividad. Asimismo, los procesos de post cosecha y de mercadeo están sumamente desordenados por la falta de una infraestructura vial adecuada y la ausencia de un sistema de mercados mayoristas, lo cual incide en los altos costos de comercialización que afectan a los productores agrarios. Una característica del mercadeo interno agrícola es la multiplicidad de intermediarios. Geoffrey Cannock y Alberto Gonzales-Zuñiga en su Libro “Economía Agraria” mencionan al menos siete eslabones de intermediación: 1. El productor.- Quien normalmente mercadea un escaso volumen de producción, no

están organizados para mercadear sus producto puede enfrentarse a situaciones de monopsonio y oligopsonio.

2. El acopiador, es el comerciante local.

3. El transportista que actúa como rescatista.

4. El mayorista, generalmente está especializado por producto.

5. El distribuidor que reparte el producto a través de sus canales de minoristas.

6. Los minoristas, quienes están generalmente muy dispersos y tienen poca capacidad

de negociación frente a los distribuidores y mayoristas, operan en los mercados públicos, de barrio y en las calles.

7. El consumidor por norma general, opinan ambos autores, “puede afirmarse que el sector de mercadeo interno enfrenta altos costos, problemas de escala, altas mermas, carencia de infraestructura, todos estos factores lo tornan ineficiente.”

Un sistema de comercialización eficiente representa una de las claves para favorecer una correcta formación de precios en función de las fuerzas del mercado.9

DESTINO DE LA PRODUCCIÓN Y RANKING DE PRINCIPALES CULTIVOS

Segùn CENAGRO el 60.12% de la superficie con cultivos destinan su producción a la venta, seguido del 20.97% alimentos para sus animales, el 16.31% autoconsumo y el 2.59% autoinsumo.

8 http://www.scielo.org.co/pdf/ccta/v14n1/v14n1a04.pdf 9 http://minagri.gob.pe/portal/marco-legal/22-sector-agrario/vision-general

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FIGURA Nº 01: DESTINO DE LA MAYOR PARTE DE LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA

Fuente: INEI, IV Censo Nacional Agropecuario 2012. Elaboración propia.

A continuación ranking de productos en el mercado interno. Según la metodología del MINAGRI, aplicado en la planificación de la campaña agrícola 2019-202010 la clasificación según indicadores de productividad y competitividad comercial entre otros, ha priorizado por orden de importancia los siguientes cultivos.

TABLA Nº 02: RANKIN DE CULTIVOS A NIVEL NACIONAL PARA EL MERCADO INTERNO

N° CULTIVOS PUNTAJE

1 Quinua 360

2 Palta 352

3 Uva 334

4 Cebolla 314

5 Aceituna - Olivo 312

6 Plátano 310

7 Cacao 308

8 Banano 307

9 Mandarina 307

10 Café 303

11 Mango 303

12 Legumbres secas (Frijoles etc)300

13 Pecana 294

14 Maíz Amilaceo 293

15 Papa 293

16 Chirimoya 282

N° CULTIVOS PUNTAJE

17 Ajo 277

18 Maíz choclo 277

19 Arándano 275

20 Lúcuma 270

21 Limón 267

22 Durazno 266

23 Arroz cascara 261

24 Maca 261

25 Manzana 261

26 Palma aceitera 260

27 Naranja 256

28 Piña 254

29 Capsicum (pimiento, morron, otros)253

30 Granadilla 252

31 Maíz Amarillo Duro 249

32 Algodón rama 248

33 Kiwicha 244

34 Aguaymanto 212

Fuente: MINAGRI, Plan Nacional de Cultivos 2019-2020.

Otros cultivos regionales de gran demanda en la canasta alimentaria: verduras, especies aromaticas y medicinales; productos pecuarios, carnes fresca y procesada, embutidos etc.

10 Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI), Plan Nacional de Cultivos 2019-2020.

60.12%16.31%

2.59%20.97%

VENTA AUTOCONSUMO AUTOINSUMO ALIMENTO PARA SUS ANIMALES

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LA PEQUEÑA AGRICULTURA FAMILIAR Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA La agricultura familiar se caracteriza por utilizar la fuerza de trabajo familiar, donde no se tiende a emplear a personas, y el proceso productivo lo realiza el núcleo familiar (Abuelos, padres, hijos, nietos y bisnietos). La Agricultura Familiar es fundamental para activar el

desarrollo y la inclusión social11 en el Perú.

La Ley 30355 - Ley de Promoción y Desarrollo de la Agricultura Familiar, en el artículo 3º, define “Se entiende por agricultura familiar al modo de vida y de producción que practican hombres y mujeres de un mismo núcleo familiar en un territorio rural en el que están a cargo de sistemas productivos diversificados, desarrollados dentro de la unidad productiva familiar, como son la producción agrícola, pecuaria, de manejo forestal, industrial rural, pesquera artesanal, acuícola y apícola, entre otros”; y el artículo 2º, define la finalidad “Mejorar la calidad de vida de las familias que dependen de la agricultura familiar, reducir la pobreza del sector rural y orientar la acción de los organismos competentes, en los distintos niveles de gobierno con un enfoque multisectorial e intergubernamental, para el desarrollo sustentable de la agricultura familiar, a través de políticas que mejoren el acceso a los recursos naturales productivos, técnicos y financieros; su articulación estable y adecuada con el mercado, garanticen la protección social y el bienestar de las familias y comunidades dedicadas a esta actividad sobre la base de un manejo sostenible de la tierra”. Que mediante D.S. Nº 015-2016-MINAGRI, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30355, Ley de Promoción y Desarrollo de la Agricultura Familiar, y crea la Comisión Multisectorial de Promoción y Desarrollo de la Agricultura Familiar; asimismo en los artículos 6º y 7º define las caracterìsticas y categorías de la Agricultura Familiar. CARACTERÍSTICAS DE LA AGRICULTURA FAMILIAR a) Uso predominante de la fuerza de trabajo familiar.

b) Cuenta con acceso limitado a los factores de producción y extensiones de tierra.

c) La actividad productiva coincide o está muy cerca del lugar de residencia en el espacio

rural y se desarrolla en una unidad productiva que puede ser o no propiedad de la familia.

d) Constituye una fuente de ingresos del núcleo familiar, aunque no necesariamente la principal.

e) Aun cuando pueda existir cierta división del trabajo, el jefe o jefa de familia no asume funciones exclusivas de conducción, sino que actúa como un trabajador más del núcleo familiar.

f) Contribuye a la seguridad alimentaria y nutricional así como a la generación de ingresos económicos mediante la creación, recreación, conservación y uso sostenible y resiliente frente al cambio climático de la agrobiodiversidad nativa y naturalizada.

11 Esta se entiende como la situación en la que todas las personas puedan ejercer sus derechos, aprovechar

sus habilidades y tomar ventaja de las oportunidades que se encuentran en su medio (MIDIS, 2013). En esa línea, la inclusión económica se entiende como una condición fundamental previa para alcanzar la inclusión social. La presente Estrategia utiliza esta definición

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CATEGORÍAS DE LA AGRICULTURA FAMILIAR a) Agricultura familiar de subsistencia.- Es aquella con mayor orientación al

autoconsumo, con reducida disponibilidad de tierras y acceso limitado a los factores de producción e ingresos de producción propia insuficientes para garantizar el desarrollo de los miembros de la familia, lo que los induce a recurrir al trabajo asalariado fuera o al interior de la agricultura.

b) Agricultura familiar intermedia.- Es la que presenta una mayor dependencia de la

producción propia (venta y autoconsumo), accede a mejores recursos que el grupo anterior, satisface con ello requerimientos del desarrollo de los miembros de la familia, pero tiene dificultades para generar excedentes que le permitan la reproducción y desarrollo de la unidad productiva.

c) Agricultura familiar consolidada.- Se distingue porque tiene sustento suficiente en la producción propia, explota recursos de tierra y otros factores de producción con mayor potencial, tiene acceso a mercados (tecnología, capital, productos) y genera excedentes para la capitalización de la unidad productiva.

SEGURIDAD ALIMENTARIA

Se entiende por seguridad alimentaria al acceso material y económico a alimentos suficientes, inocuos y nutritivos para todos los individuos, de manera que puedan ser utilizados adecuadamente para satisfacer sus necesidades nutricionales y llevar una vida sana, sin correr riesgos indebidos de perder dicho acceso. Esta definición incorpora los conceptos de disponibilidad, acceso, uso y estabilidad en el suministro de alimentos12.

Con respecto a la Seguridad Alimentaria, el director de la CCL, César Peñaranda, realizó las siguientes precisiones: “El Perú avanzó dos posiciones en el índice mundial de seguridad alimentaria y ocupa el puesto 53 entre 113 países, de acuerdo con el análisis del Global Food Security Index 2017 (GFSI, por sus siglas en inglés), elaborado por The Economist, informó la Cámara de Comercio de Lima (CCL). “A nivel regional, la economía peruana se ubicó en la novena posición. Chile es primero en América Latina, ostentando la posición 24, seguido de Uruguay (35), Costa Rica (36), Brasil (38) y Argentina (40)”. Categorías

El Global Food Security Index, realizó la evaluación de países con mayor y menor vulnerabilidad a la inseguridad alimentaria mediante 28 indicadores medidos por tres dimensiones, asequibilidad, disponibilidad, calidad y seguridad con puntajes que fluctúan entre 0 y 100. Los resultados fueron los siguientes: El Perú destacó en calidad y seguridad de alimentos (46°), seguido de asequibilidad (54°) y más rezagado en disponibilidad (57°). Sus principales fortalezas en seguridad alimentaria fueron el estándar nutricional (100), las bajas tarifas de importación agrícola (97.1), la baja volatilidad en la producción agrícola (96) y el avance en la proporción de la población bajo

12 https://www.minagri.gob.pe/portal/objetivos/68-marco-legal/seguridad-alimentaria/403-

estrategia-nacional-de-seguridad-alimentaria

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la línea de pobreza (90.2), resultados que evidencian puntajes superiores a 90; no obstante, se observa que la principal debilidad del país continúa siendo el bajísimo gasto público en investigación y desarrollo agrícola que determina cero de puntaje para el Perú en el GFSI 2017. “Este panorama refleja, además de la baja productividad en agricultura, la falta de profesionalización del sector y la poca capacidad de adicionar valor a los productos

agrícolas”, puntualizó la CCL.13

COMERCIO JUSTO Y MERCADOS SOLIDARIOS Si bien en sus inicios el movimiento de comercio justo tenía como meta hacer más equitativas las relaciones de intercambio norte-sur (en términos económicos, sociales y ambientales), el modelo también ha servido, en sus más de 70 años de historia, para estimular el surgimiento de nexos comerciales justos y sostenibles en la escala sur-sur. En el ámbito local, la aplicación de este enfoque es una oportunidad a la que pueden sacar provecho las Organizaciones de Pequeños Productores. En palabras de Coscione (2012:197): La necesidad de crear mercados nacionales y reducir la dependencia de la exportación es una de las principales preocupaciones de los pequeños productores de comercio justo en la actual coyuntura internacional. El cambio de estrategia comercial no solo sería útil para colocar mayores cantidades de productos a mejores condiciones, sino que también podría ayudar a que las organizaciones mejoren sus niveles de empoderamiento y el sentido de pertenencia de sus miembros. Este mismo autor ofrece varios ejemplos latinoamericanos donde el comercio justo también mira hacia adentro, como México, Brasil, Bolivia, Costa Rica, y el emblemático caso de Ecuador, donde el Estado le otorga rango constitucional a este enfoque. Los responsables del proyecto del IICA y la CLAC también destacaron las oportunidades que ofrecen los mercados locales. Por ejemplo, Edwin Vargas, de la CLAC, señaló que los productores pueden forjar nuevas relaciones con sus compradores y llegar más directamente al punto de destino, con menos intermediarios. “Si se trabaja en conjunto con los

supermercados podría ser más fácil abastecer su demanda”, agregó. En este sentido, Diego González, del IICA, declaró: “En comercio justo el que compra es un demandante consciente, lo que permite dar validez al sistema. Además, no toda la producción se puede exportar. Por otro lado, existen compradores internacionales que no están interesados en producto terminado y esto limita el valor agregado que se puede generar”. También señaló que a las organizaciones de pequeña escala los mercados locales les pueden ayudar a manejar el riesgo, desarrollar experiencia comercial y promover mayor conciencia entre los consumidores para que adquieran bienes de calidad, producidos con sistemas más equitativos. Finalmente, Marvin Blanco, especialista en Agronegocios y Agregación de Valor del IICA, manifestó que “las organizaciones de pequeños productores quizá no conozcan el comercio justo en un principio, pero siempre buscan oportunidades de mercado, apoyo de instituciones cercanas y relaciones que les brinden sentido de pertenencia”5 . Por lo mismo, frente a los impactos esperados de COVID-19, se plantea vincular los mercados itinerantes, así como las otras formas de comercialización local directa del productor al consumidor, ferias ecologicas etc al enfoque de mercados solidarios y

13 https://elperuano.pe/noticia-peru-mejora-posicion-seguridad-alimentaria-64087.aspx

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comercio justo, con la finalidad de garantizar la sostenibilidad en abastecimiento de alimentos sanos e inocuos al mercado interno y fortalecer la seguridad alimentaria del país. VENTAJAS: “Cuando las relaciones de comercio justo se establecen de la manera correcta, naturalmente los mejores beneficios son para los pequeños productores”, afirmó Marco Coscione en su entrevista para AgroEnlace (IICA 2015b). 1. Cambio. Sonia Murillo, presidenta de la Coordinadora de Comercio Justo de Costa Rica

y Panamá, señala que las ventajas del modelo se ven sobre todo a largo plazo, como resultado de una producción que enfrenta con más responsabilidad el uso de los recursos humanos y ambientales.

2. Impacto. Para Edwin Vargas, de la CLAC, las organizaciones que implementan el modelo de comercio justo ven transformarse toda su actividad productiva, en respuesta a las auditorías a que deben someterse para mantener la certificación (si optan por ella).

3. Valor adicional. Diego González, del IICA, considera que quienes demandan los productos de comercio justo tienen mayor conciencia del aporte intangible de sus compras, especialmente de las mejoras sociales que contribuyen a generar.

4. Mejores productos. En criterio de Marvin Blanco, del IICA, la preferencia de los consumidores por los productos de comercio justo puede trascender las certificaciones y ubicarse en elementos más tangibles, como la calidad o el precio, que al fin y al cabo los afectan como compradores.

5. Otro de los beneficios para los consumidores es que: “Pueden establecer una relación directa con las organizaciones de productores de donde viene el producto [y así] saber qué impacto tiene en las comunidades su compra, su decisión de comprar un producto y no otro; y también saber que reciben siempre un producto de calidad” (IICA 2015b).

FUNCIONAMIENTO DE LOS MERCADOS DE LA CHACRA A LA OLLA EN ESTADO DE EMERGENCIA En los casos en que el Estado decrete una emergencia nacional bajo cualquiera de los supuesto establecidos por artículo 137 inciso 1 de la Constitución Política del Perú; el Ministerio de Agricultura y Riego en coordinación con los gobiernos regionales y municipales, garantizan la seguridad alimentaria, nutricional y saludable de la población, evitando la ruptura de la cadena productiva y garantizan, supervisan y promueven la venta directa de productos de calidad a través de los mercados de la “Chacra a la Olla”, generando recursos para los pequeños productores de la agricultura familiar y mejores precios para el consumidor final. Como lo manifestamos anteriormente, la paralización de la administración pública a causa de la emergencia sanitaria no puede ser óbice para detener la cadena productiva y la comercialización de la producción en los mercados de la “chacra a la olla”, por tal razón y siendo las emergencias una situación excepcional no puede exigirse a los administrados el cumplimiento y la presentación de los requisitos normales para la solicitud de las autorizaciones o las licencias de funcionamiento.

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En ese sentido y ante la emergencia que atravesamos actualmente el Gobierno ha emitido el Decreto Legislativo que establece medidas para promover y facilitar condiciones regulatorias que contribuyan a reducir el impacto en la economía peruana por la emergencia sanitaria producida por el COVID- 19, que tiene por objeto, entre otras medias, la reducción de exigencias administrativas para la obtención de la licencia de funcionamiento municipal para el tema de la edificaciones, cambios de giro, entre otros. Así mismo, se emitió el Decreto Supremo Nº 009-2020-PRODUCE, a través del cual se modifica el Decreto Supremo N° 011-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos para determinar los giros afines o complementarios entre sí para el otorgamiento de licencias de funcionamiento y listado de actividades simultáneas y adicionales que pueden desarrollarse con la presentación de una declaración jurada ante las Municipalidades; Considerando en los numerales 14, 15 y 27 los giros de negocio: venta al por menor de frutas, legumbres y hortalizas frescas o en conserva; venta al por menor de productos lácteos y huevos y; Venta al por menor de todo tipo de productos en puestos de venta móviles. Por tal motivo y de forma excepcional consideramos que los gobiernos locales deben otorgar la autorización para el funcionamiento de los mercados de la “Chacra a la olla”, con la sola presentación de la solicitud de licencia de funcionamiento con carácter de Declaración Jurada ante el municipio respectivo con cargo a fiscalización posterior, dicha solicitud se presenta de forma presencial, de forma electrónica o por cualquier medio digital, según sea el caso. Los municipios deben adecuar sus procedimientos conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo 009-2020-PRODUCE. DEROGATORIA DE LA LEY 29676, LEY DE PROMOCIÓN DEL DESARROLLO DE LOS MERCADOS DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS, SU MODIFICATORIA Y SU REGLAMENTO Como podemos advetir, estamos frente a un nuevo escenario que requieren cambios urgentes en la legislación para la organización de los mercados de productores agropecuarios con la finalidad de tipificar la realidad nacional en un ley integral de mercados que permita el acceso a mejores espacios y oportunidades de los participantes en cualquiera de la modalidades de los mercados de la “Chacra a la Olla”, por esta razón, consideramos necesaria la derogación de la Ley 29676, Ley de Promoción del Desarrollo de los Mercados de Productores Agropecuarios, su reglamento, publicado mediante Resolución Ministerial Nº 0333-2013-MINAGRI. En cuanto a la Ley 30984 Ley que modifica los artículos 1 y 5 de la Ley 29676, consideramos su derogatoria parcial, debido a que esta norma en sus disposiciones

complementarias finales modificatorias, establece nuevas funciones para los gobiernos locales, las que son actualmente de suma utilidad y es necesario se mantengan vigentes en el tiempo, tanto más, cuando esta propuesta se encuentra orientada a la promoción y organización para el funcionamiento de los mercados agropecuarios a nivel nacional, guardando absoluta correspondencia con estas atribuciones de los municipios,

II. EFECTOS DE LA VIGENCIA DE LA NORMA SOBRE LA LEGISLACION NACIONAL La propuesta legislativa propone promover la organización, funcionamiento y desarrollo de los “Mercados de la Chacra a la Olla” de productores de la pequeña agricultura familiar y productores pecuarios con la finalidad de fomentar la inserción al mercado y lograr la

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comercialización directa entre productores y consumidores finales, y mejorar la economía rural promoviendo la agricultura sostenible. Se precisa promover la organización, funcionamiento y desarrollo de los “Mercados de la Chacra a la Olla”; así como realizarse cuando menos una vez por semana y de manera indefinida la comercialización de productos (de origen agrario, pecuario, agroindustrial, forestal, avícola, apícola, acuícola y artesanal) frescos y procesados, sanos e inocuos a precio justo, de la pequeña agricultura familiar directamente del productor al consumidor, “De la chacra a la olla”, en los niveles de gobierno nacional, gobierno regional y gobierno local. Tiene como fines evitar intermediarios en la cadena de destino del producto, mejorar los ingresos económicos de los pequeños agricultores, revalorar el uso y consumo interno de productos locales y articular a productores organizados al mercado local, regional y nacional. Asimismo, mejorar la promoción y comercialización de productos y generar condiciones para establecer una relación de confianza social de solidaridad y reciprocidad entre el productor - consumidor. El Estado debe intervenir en la protección de la producción nacional, frente a la competencia desleal de alimentos importados. Asimismo, fortalecer las unidades desconcentradas para brindar asistencia y asesoramiento técnico en sanidad vegetal, manejo ecológico de suelos, certificación orgánica. Asimismo, fortalecer la presencia y funcionamiento de los organismos promotores y defensores de la competencia y el acceso a los mercados, como el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) y otros, lo que corresponde al Minagri como ente rector coordinar. Con la finalidad de que los Gobiernos Locales tengan herramientas para el cumplimiento de la Ley, se faculta al Ministerio de Economía y Finanzas a incluir como meta del programa de incentivos a la mejora de gestión municipal el promover la organización, funcionamiento y desarrollo de los Mercados Itinerantes de la Chacra a la Olla. Finamente se establece que el Ministerio de Agricultura conforme a sus competencias promueve la formalización e incorporación de los pequeños productores de la agricultura familiar a las distintas formas de asociatividad.

III. ANÁLISIS COSTO BENEFICIO

La presente propuesta legislativa no genera costo alguno al erario nacional. Sin embargo,

es necesario señalar que, en el Decreto de Urgencia N° 033-2020 en el Artículo 17º, numeral 17.1 se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 7 500 000.00 (SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 SOLES) a favor del Ministerio de Agricultura y Riego, destinado a financiar la organización de mercados itinerantes a nivel nacional, a través de las cuales los productores aseguran el abastecimiento de productos agropecuarios que aportan a la dieta diaria, una alimentación balanceada y saludable para afrontar la emergencia sanitaria.

Se pretende beneficiar al agricultor y al consumidor eliminando cadenas que encarecen

los productos y perjudican al productor por la compra a bajos precios de sus productos y al consumidor, debido a que llega a él con un incremento en su valor mucho mayor, porque deben coberturar los gastos y ganancias del intermediario.

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La venta directa del agricultor al consumidor contribuirá, en estos momentos a sobre llevar de una mejor manera la crisis económica por la que atraviesa el país, debido a la pandemia del COVID-19.

Se garantiza los sembríos, la asistencia técnica y asesoramiento en la producción, post cosecha y comercialización y se evita a futuro un posible desabastecimiento y

encarecimiento de productos agrícolas frescos y procesados.

Favorece a los agricultores y consumidores. Al agricultor por que venderá sus productos frescos y procesados a precios competitivos al consumidor por que comprará sus productos a precios justos y lo más importante sin intermediarios. Los agricultores obtendrán un mayor rendimiento económico y los ciudadanos obtendrán un producto de calidad, sano e inocuo directo del campo.

La finalidad de la propuesta es garantizar la colocación de los productos frescos y procesados sanos e inocuos del productor directamente al consumidor, permitiéndoles hacer sustentar su actividad agrícola, así como hacer sostenible en el tiempo el crecimiento y desarrollo de su actividad, generándole no sólo recursos, sino además invertir, acceder e innovar tecnologías amigables al medio ambiente de acuerdo a su producción, mejorar la calidad del producto, darles mayor valor agregado, mejorando sus productos y poder acceder a nuevos mercados.

Contribuirá al desarrollo económico del sector rural en la generación del empleo y mejoramiento de ingresos de los pequeños agricultores agropecuarios.

La venta directa del agricultor al consumidor, evitaría los intermediarios que aumentan los márgenes comerciales y generar condiciones y vínculos sociales de solidaridad y reciprocidad del consumidor con los agricultores.

Permite una mayor diversificación del cliente, liquidez económica, favorece la calidad, relación de confianza entre el productor y consumidor, productos frescos y de mejor calidad, precios bajos.

Promueve la diversificación de la agricultura, rescata los saberes ancestrales y

conserva las especies alimenticias de alto valor nutricional y medicinal.

Facilita la conformación de los mercados itinerantes como un instrumento de desarrollo sostenible de los pequeños agricultores agropecuarios y de contribución a la

economía, del ahorro de los hogares más necesitados del país.

IV. VINCULACION CON EL ACUERDO NACIONAL

La presente iniciativa legislativa se encuentra enmarcada en las políticas de Estado contenidas en el Acuerdo Nacional. DEMOCRACIA Y ESTADO DE DERECHO

04. Institucionalización del Diálogo y la Concertación.

EQUIDAD Y JUSTICIA SOCIAL 10. Reducción de la Pobreza. 14. Acceso al Empleo Digno y Productivo. 15. Promoción de la seguridad alimentaria y nutrición.

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COMPETITIVIDAD DEL PAÍS 17. Afirmación de la Economía Social de Mercado. 18. Búsqueda de la Competitividad, Productividad y Formalización de la Actividad

Económica. 23. Política de desarrollo agrario y rural.

ESTADO EFICIENTE, TRANSPARENTE Y DESCENTRALIZADO 24. Afirmación de un estado eficiente y transparente.