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LEY DE POLICIA

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INTRODUCCIÓN

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REGLAMENTO DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1149, LEY DE LA

CARRERA Y SITUACIÓN DEL PERSONAL DE LA POLICÍA NACIONAL

DEL PERÚ

DECRETO SUPREMO Nº 016-2013-IN

 

TÍTULO I

DEFINICIONES, ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

  Artículo 1.- O!"to

  El presente reglamento desarrolla y regula los procesos técnicos,

procedimientos y las normas para la aplicación del Decreto Legislativo Nº 1149,

Ley de la Carrera y Situación del ersonal de la olic!a Nacional del er", #ue en

adelante para los e$ectos del presente reglamento se denominar% &la Ley'(

  Artículo #.- $%&to '" ()l&c(c&*+

  Las disposiciones del presente reglamento alcan)an a *$iciales y Su+o$iciales

de rmas y de Servicios de la olic!a Nacional del er" en situación de actividad,

disponi+ilidad y retiro, seg"n corresponda(

  Artículo .- D" l( c(rr"r( )ol&c&(l

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  La carrera del personal policial es el con-unto de principios, normas, procesos y

condiciones #ue regulan la captación, el ingreso, la incorporación, permanencia,

desenvolvimiento y término de la actividad pro$esional y técnica del personal(

  Artículo .- Co%)o+"+t" '" l( c(rr"r(

  Con$orme lo previsto en el rt!culo . de la Ley, la carrera del personal policial

se +asa en la aplicación de los siguientes componentes/

  a( La administración de la carrera es el proceso constituido por el

planeamiento, organi)ación, dirección, supervisión y control de los procesos

técnicos tendientes a #ue las actividades relacionadas con la carrera del personal

policial, se e$ect"en de manera oportuna(

  +( El en$o#ue por competencias, es la metodolog!a con$ormada por las

competencias institucionales y personales0 entendiéndose las primeras como el

con-unto de capacidades y caracter!sticas relevantes #ue la olic!a Nacional del

er" aspira a #ue todos sus integrantes posean y desarrollen y #ue les permitan

contri+uir con éito al cumplimiento de la misión0 y las "ltimas, como las

caracter!sticas su+yacentes de los miem+ros de la institución #ue est%n

relacionadas a un modelo de e$ectividad en el desarrollo de las $unciones, se

epresan en conocimientos, 2a+ilidades y actitudes(

  Seg"n lo dispuesto por el rt!culo 9 de la Ley, el en$o#ue por competencias

est% sustentado en los siguientes indicadores/

  1( Competencias 3nstitucionales/

  Servicio policial a la comunidad

  Lidera)go 5esponsa+ilidad social

  3nstitucionalidad

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  ro actividad

  3nnovación

  roductividad

  6ransparencia

  7( Competencias personales/

  Competencias de conocimientos

  Competencias de 2a+ilidades

  Competencias de actitudes

  Los indicadores se desarrollan en el 5eglamento de Evaluación y Desempe8o

del personal de la olic!a Nacional del er", #ue se apro+ar% mediante 5esolución

inisterial(

  c( Los procesos técnicos son campos de acción o con-unto de actividades #ue

organi)an y estructuran la carrera policial, en sus distintas etapas, regulan suprogresión, desarrollo y determinan las acciones del personal en cada una de

ellas(

  Artículo /.- D"l *r0(+o r")o+(l"

  De con$ormidad con lo esta+lecido en el rt!culo 1: de la Ley, la Dirección

E-ecutiva de ersonal de la olic!a Nacional del er", es el órgano rector de la

carrera policial a nivel nacional0 esta+lece normas y directivas de cumplimiento

o+ligatorio(

  ara la administración de la carrera policial se emplea los siguientes

instrumentos de gestión/ Cuadro de organi)ación0 Cuadro de personal y

Clasi$icador de cargos(

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  Artículo .- Ór0(+o 2u" co+tr&u3"+ ( l( c(rr"r( )ol&c&(l

  Contri+uyen a la administración de la carrera policial, de acuerdo a su

responsa+ilidad $uncional, los órganos siguientes/

  a( La Dirección E-ecutiva de Educación y Doctrina de la olic!a Nacional del

er" es responsa+le de/

  1( La $ormación del personal de rmas a través de la Escuela de *$iciales y las

Escuelas 6écnicas Superiores(

  7( El proceso de asimilación #ue comprende la admisión y los cursos de

adaptación institucional dirigido al personal de servicios(

  ;( La capacitación, especiali)ación, actuali)ación y per$eccionamiento del

personal, a través de los procesos de admisión a la Escuela de osgrado y la

Escuela de Educación Continua(

  4( Del registro en el Sistema de <estión de la Carrera, de los participantes

apro+ados y desapro+ados en los cursos de capacitación, especiali)ación,

actuali)ación, adaptación institucional y per$eccionamiento, dictados en las

escuelas de posgrado y de educación continua(

  +( La Dirección E-ecutiva de 6ecnolog!a de la 3n$ormación y Comunicaciones,

es responsa+le del soporte tecnológico del Sistema 3ntegrado de <estión de la

Carrera(

  c( La 3nspector!a <eneral, es responsa+le de controlar el cumplimiento de las

disposiciones esta+lecidas con relación a los procesos técnicos(

  Artículo 4.- S&t"%( I+t"0r('o '" G"t&*+ '" l( C(rr"r(

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  El Sistema 3ntegrado de <estión de la Carrera es administrado por la Dirección

E-ecutiva de ersonal y contiene la in$ormación de la trayectoria la+oral, desde el

inicio al término de la carrera del personal(

CAPÍTULO II

ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA

  Artículo 5.- Or0(+&6(c&*+

  La carrera policial se organi)a en niveles de *$iciales y Su+o$iciales, contando

cada uno de ellos con sus categor!as, -erar#u!as y grados( La pertenencia a estos

niveles tiene una relación directa con el reconocimiento a los méritos, disciplina,desempe8o, productividad y u+icación en el escala$ón del personal policial0 incide

en una remuneración adecuada y di$erenciada(

  Artículo 7.- Etructur(

  La carrera del personal policial, se desarrolla en $orma ascendente en niveles(

  Artículo 18.- N&9"l"

  Los niveles est%n determinados por categor!as, -erar#u!as y grados, con$orme

lo se8alado por el rt!culo 1; de la Ley(

TÍTULO II

PROCESOS T:CNICOS DE LA CARRERA DEL PERSONAL POLICIAL

CAPÍTULO I

PROCESOS T:CNICOS

  Artículo 11.- Proc"o t;c+&co

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  Los procesos técnicos de la carrera del personal policial son los siguientes/

  a( 3nicio de la carrera0

  +( Capacitación, especiali)ación, actuali)ación y per$eccionamiento0

  c( Empleo y cargo0

  d( Evaluación del desempe8o0

  e( 3ncentivos0

  $( scensos0 y,

  g( 6érmino de la carrera(

CAPÍTULO II

INICIO DE LA CARRERA

  Artículo 1#.- I+&c&o '" l( c(rr"r(

  La carrera se inicia con la 5esolución de alta en los siguientes grados/

  a( l$ére), con resolución de la Dirección <eneral(

  +( Capit%n de Servicios, con 5esolución de la Dirección <eneral(

  c( ayor de Servicios, con 5esolución del inisterio del 3nterior(

  d( Su+o$icial de 6ercera, de rmas o de Servicios, con 5esolución de la

Dirección E-ecutiva de ersonal(

  Artículo 1.- E)"c&(l&'('" <u+c&o+(l"

  Las especialidades $uncionales son las ramas o campos ocupacionales de la

olic!a Nacional del er" relacionadas con la $inalidad $undamental se8alada en el

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 rt!culo 1== de la Constitución ol!tica del er" y #ue re#uieren de estudios y

entrenamientos policiales durante toda la carrera(

  Con$orme lo dispuesto por el rt!culo 1= de la Ley, las especialidades

$uncionales de la olic!a Nacional del er" son las siguientes/

  a( Or'"+ )=l&co 3 "0ur&'(' c&u'('(+(.- *rientada a garanti)ar, mantener y

resta+lecer el orden p"+lico, prevenir los delitos y $altas, controlar el tr%nsito

ve2icular y peatonal e investigar los accidentes de tr%nsito(

  +( I+9"t&0(c&*+ Cr&%&+(l.- *rientada a prevenir, com+atir, investigar y

denunciar las trasgresiones a la ley penal y leyes coneas(

  c( S"0ur&'(' &+t"0r(l.- *rientada a prevenir, garanti)ar, mantener y

resta+lecer el orden interno, velar por la protección y seguridad de las personas,

dignatarios, personalidades y de los esta+lecimientos p"+licos y privados0 as!

como vigilar y controlar las $ronteras(

  d( Cr&%&+(lít&c(.- *rientada al descu+rimiento, eplicación y o+tención de

indicios, evidencias y prue+as de los delitos y $altas, la identi$icación y veri$icación

de sus presuntos autores, valiéndose de las ciencias $orenses en apoyo de lainvestigación criminal y de la administración de -usticia(

  e( I+t"l&0"+c&(.- *rientada a la +"s#ueda, o+tención, procesamiento y di$usión

de la inteligencia estratégica, t%ctica y operativa(

  $( T"c+olo0í( '" l( &+<or%(c&*+ 3 co%u+&c(c&o+".- *rientada a plani$icar,

organi)ar, dirigir, coordinar y controlar los recursos tecnológicos de la in$ormación

y comunicaciones de la olic!a Nacional del er"(

  g( A'%&+&tr(c&*+.- *rientada a plani$icar, organi)ar, dirigir, coordinar y

controlar el capital 2umano, as! como los recursos log!sticos, económicos y

$inancieros de la olic!a Nacional del er"(

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  Las especialidades de *rden "+lico y Seguridad Ciudadana0 3nvestigación

Criminal0 Seguridad integral0 y Criminal!stica, se o+tienen en la etapa de $ormación

policial(

  Las especialidades de 3nteligencia, 6ecnolog!a de la 3n$ormación yComunicaciones y dministración ser%n de apoyo y se optar%n durante el

desarrollo de la carrera policial(

  Artículo 1.- >(c(+t" )or l( ")"c&(l&'('

  Las vacantes para cada especialidad $uncional son esta+lecidas por la

Dirección <eneral de la olic!a Nacional del er", a propuesta de la Dirección

E-ecutiva de ersonal, de acuerdo al Cuadro de ersonal(

  Artículo 1/.- R"cl(&<&c(c&*+ '" l( ")"c&(l&'(' <u+c&o+(l

  Seg"n lo esta+lecido por el rt!culo 1> de la Ley, el personal de rmas podr%

solicitar por una sola ve) en toda su carrera el cam+io de especialidad $uncional

después de oc2o ?>@ a8os de servicios reales y e$ectivos( La reclasi$icación est% a

cargo de la Dirección E-ecutiva de ersonal, la #ue resolver% de acuerdo al

Cuadro de ersonal y al procedimiento esta+lecido en el 5eglamento deEspecialidades Auncionales de la olic!a Nacional del er"(

  Artículo 1.- A&%&l(c&*+ '" O<&c&(l" 3 Suo<&c&(l" '" S"r9&c&o

  La Dirección <eneral de la olic!a Nacional del er", a propuesta de la

Dirección E-ecutiva de ersonal y de acuerdo al lan Estratégico 3nstitucional,

apro+ar% el n"mero de vacantes del personal pro$esional y técnico egresado de

las universidades e institutos superiores re#ueridos y esta+lecer% la oportunidaddel respectivo proceso de convocatoria, selección e incorporación, el mismo #ue

estar% a cargo de la Dirección E-ecutiva de Educación y Doctrina(

  Artículo 14.- R"2u&&to )(r( l( (&%&l(c&*+

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  Los re#uisitos para la asimilación de pro$esionales y técnicos a la olic!a

Nacional del er", se esta+lecen en el rt!culo 19 de la Ley( dicionalmente,

con$orme lo se8alado en el "ltimo p%rra$o del mismo art!culo, son re#uisitos

adicionales para la asimilación, los siguientes/

  a( Ser peruano de nacimiento(

  +( No registrar antecedentes policiales, penales y -udiciales(

  c( No registrar sanciones por in$racciones graves o muy graves, para el

personal procedente o #ue 2aya pertenecido a la olic!a Nacional del er" o a las

Auer)as rmadas del er", acreditado con la respectiva constancia de la unidad

de personal correspondiente(

  d( Estar $!sica y sicológicamente apto, seg"n evaluación médica e$ectuada por 

la Dirección E-ecutiva de Sanidad de la olic!a Nacional del er"(

  e( 6ener t!tulo técnico apro+ado por el inisterio de Educación, para la

asimilación como Su+o$icial de Servicios(

  $( ara la asimilación como Su+o$icial de Servicios de las especialidades de

c2o$er y m"sico, se de+er% contar con estudios de secundaria completa y

eperiencia m!nima de tres ?;@ a8os de+idamente acreditada( Los c2o$eres

de+er%n tener licencia de conducir para ve2!culo mayor y los m"sicos de+er%n

acreditar eperiencia, previa evaluación(

  g( 6ener como edad m%ima treinta y cinco ?;B@ a8os, computados al ;1 de

diciem+re del a8o del proceso, para *$icial de Servicios de procedencia civil(

  2( 6ener como edad m%ima cuarenta ?4:@ a8os, computados al ;1 de

diciem+re del a8o del proceso, para *$icial de Servicios de procedencia de la

olic!a Nacional del er" o de las Auer)as rmadas del er"(

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  i( 6ener como edad m%ima cuarenta ?4:@ a8os computados al ;1 de diciem+re

del a8o del proceso, para *$icial de Servicios de procedencia civil, para la

asimilación de médicos por segunda especialidad pro$esional(

  -( 6ener como edad m%ima treinta ?;:@ a8os computados al ;1 de diciem+redel a8o del proceso, para Su+o$iciales de Servicios de procedencia civil(

  ( 6ener como edad m%ima cuarenta ?4:@ a8os computados al ;1 de diciem+re

del a8o del proceso para Su+o$iciales de Servicios de procedencia de las Auer)as

 rmadas del er"

  l( 6ener la talla y peso indicado seg"n la ta+la antropométrica(

  Artículo 15.- Gr('o '" &+cor)or(c&*+ )(r( O<&c&(l" '" S"r9&c&o

  Los pro$esionales asimilados se incorporan como *$iciales de Servicios, con

los siguientes grados/

  a( Los pro$esionales titulados y colegiados, en las especialidades #ue la

institución re#uiera, con el grado de Capit%n(

  +( Los pro$esionales médicos #ue acrediten una segunda especialidad,

registrada en la sam+lea Nacional de 5ectores, con el grado de ayor(

  El er!odo de asimilación es de dos ?7@ a8os, al término del cual, se les otorga

la e$ectividad en el grado, previa evaluación y apro+ación de los e%menes

correspondientes al grado, en caso contrario se cancela la asimilación(

  El Su+o$icial #ue no aprue+e los e%menes correspondientes para o+tener la

e$ectividad como *$icial de Servicios, podr% retornar al grado #ue ostenta+a(

  Artículo 17.- Gr('o '" &+cor)or(c&*+ )(r( Suo<&c&(l" '" S"r9&c&o

  Se incorporan como Su+o$iciales de Servicios, con el <rado de Su+o$icial de

6ercera, los técnicos titulados de institutos superiores, con seis ?=@ semestres

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académicos, de+idamente inscritos en la correspondiente dependencia del

inisterio de Educación, en las especialidades #ue la institución re#uiera(

  #uellos #ue teniendo estudios de secundaria completa, con eperiencia

m!nima de tres ?;@ a8os en las especialidades de c2o$er con licencia de conducir,m"sicos y otros #ue por necesidad del servicio la institución re#uiera(

  El er!odo de asimilación es de dos ?7@ a8os, al término del cual, se les otorga

la e$ectividad en el grado, previa evaluación y apro+ación de los e%menes

correspondientes al grado, en caso contrario se cancela la asimilación( Esta

responsa+ilidad corresponde a la Dirección E-ecutiva de ersonal(

  Artículo #8.- Curo '" ('()t(c&*+ &+t&tuc&o+(l

  Est% a cargo de la Dirección E-ecutiva de Educación y Doctrina( Es de car%cter 

o+ligatorio y tiene por $inalidad $acilitar la integración del personal asimilado a la

m!stica, usos, costum+res, normas, principios, valores y doctrina de la olic!a

Nacional del er" con el $in de responder a criterios de adaptación y calidad en su

desempe8o( Se dicta durante los tres ?;@ primeros meses del per!odo de

asimilación( Su apro+ación constituye re#uisito para continuar en la condición de

asimilado(

  Artículo #1.- R"tr&cc&o+" "+ l( co+'&c&*+ '" (&%&l('o

  El per!odo de asimilación se acumula como tiempo de servicios para postular al

grado inmediato superior, solo conserva los atri+utos del grado mientras

desempe8e sus $unciones( No podr%n ser asignados a unidades policiales de

)onas de emergencia, ni nom+rados en misión de estudios en el pa!s y en el

etran-ero 2asta o+tener su e$ectividad( Los pro$esionales médicos pueden

postular al residentado médico en el pa!s, después de tener como m!nimo un a8o

de asimilación y con autori)ación de su comando( Se encuentran su-etos a la Ley

del 5égimen Disciplinario de la olic!a Nacional del er" y Código enal ilitar 

olicial(

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  Artículo ##.- Ór0(+o r")o+(l" '" l( (&%&l(c&*+

  La Dirección E-ecutiva de ersonal a través de la Dirección Nacional de

<estión 3nstitucional propone a la Dirección <eneral de la olic!a Nacional del

er" las necesidades de incorporación de pro$esionales universitarios, técnicos ypersonas #ue desempe8an otras actividades ocupacionales( La Dirección

E-ecutiva de Educación y Doctrina es la encargada de administrar los procesos de

asimilación #ue comprende la admisión y los cursos de adaptación institucional(

CAPÍTULO III

CAPACITACIÓN, ESPECIALIZACIÓN, ACTUALIZACIÓN Y

PERFECCIONA?IENTO

  Artículo #.- C()(c&t(c&*+ 3 ")"c&(l&6(c&*+

  La capacitación y especiali)ación pro$esional y técnica, son procesos de

aprendi)a-e del personal #ue se materiali)an en nuevas 2a+ilidades, destre)as y

aptitudes(

  Los cursos de capacitación y especiali)ación, institucionales y etra

institucionales, est%n orientados al entrenamiento y operatividad del personal, con

el l!mite de un curso por a8o, sin a$ectar el servicio policial(

  Se e-ecutan a través de la Dirección E-ecutiva de Educación y Doctrina y

niversidades e 3nstituciones Superiores, con la $inalidad de garanti)ar el

desarrollo pro$esional y técnico, para lograr un e$ectivo servicio policial(

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  Los cursos de capacitación y especiali)ación de+er%n estar orientados a

$ortalecer las especialidades $uncionales de la carrera policial(

  Los re#uisitos y procedimientos se esta+lecen en la Ley del 5égimen Educativo

de la olic!a Nacional del er" y su 5eglamento(

  Artículo #.- Curo '" (ctu(l&6(c&*+

  El curso de actuali)ación es el proceso de reentrenamiento #ue se reali)a para

el personal policial #ue reingresa a la institución( Su implementación es

responsa+ilidad de la Escuela de Educación Continua(

  Artículo #/.- Curo '" )"r<"cc&o+(%&"+to, ?("trí( 3 Doctor('o

  Los cursos de per$eccionamiento se imparten a través de la Escuela de

osgrado #ue conduce las aestr!as, rogramas y Diplomados, dirigidos a

*$iciales de rmas, previa o+tención de vacante en el proceso de selección

respectivo(

  La Escuela de osgrado reali)ar% el concurso de ad-udicación de +ecas para

los Doctorados, aestr!as, rogramas y Diplomados dirigidos a los *$iciales de

Servicios en sus respectivas especialidades, en niversidades p"+licas o

privadas, nacionales o etran-eras, de con$ormidad al anual de ecas de la

olic!a Nacional del er"(

  Artículo #.- C"rt&<&c('o 3 '&)lo%(

  La Dirección E-ecutiva de Educación y Doctrina olicial a través de la Escuela

de Educación Continua es la "nica entidad educativa policial autori)ada para emitir 

certi$icados y diplomas de capacitación y especiali)ación(

CAPÍTULO I>

E?PLEO Y CARGO

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  Artículo #4.- D"<&+&c&o+"

  El empleo es la condición la+oral del personal de la olic!a Nacional del er"

en situación de actividad, en $unción de su categor!a y grado(

  El cargo es el puesto la+oral espec!$ico esta+lecido en el Cuadro de

*rgani)ación, Cuadro de ersonal y el Clasi$icador de Cargos, #ue se asigna al

personal con empleo, de acuerdo a las Listas de 5endimiento ro$esional o

6écnico, especialidades $uncionales, antigFedad y necesidad del servicio(

  Artículo #5.- Pr"c"'"+c&( "+ "l 0r('o

  Sin per-uicio de lo dispuesto por el rt!culo 74 de la Ley, la precedencia en elgrado constituye una condición de acatamiento de car%cter o+ligatorio en todo

momento, lugar y circunstancia, se determina en atención a los criterios

siguientes/

  a( mayor grado, mayor antigFedad0

  +( igualdad de grado, prima el de mayor tiempo de servicios prestados en el

grado0

  c( igualdad de grado y tiempo de servicios en el grado, prevalece la

antigFedad del grado anterior y as! sucesivamente0 de persistir la igualdad, la

antigFedad se esta+lece por el orden en el cuadro de mérito de egreso de la

escuela de $ormación respectiva0

  d( igualdad de grado, el personal de rmas ser% considerado de mayor 

antigFedad #ue el personal de servicios0

  e( En los grados de l$ére) y Su+o$icial de 6ercera, la antigFedad se determina

en atención al orden en el cuadro de mérito de egreso de la respectiva escuela de

$ormación0 y,

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  $( ara el personal incorporado por asimilación, la antigFedad se determina en

atención al orden en el cuadro de mérito(

  Artículo #7.- Ec(l(<*+ Pol&c&(l

  El Escala$ón olicial es el ordenamiento -erar#ui)ado del personal en situación

de actividad, tomando en cuenta su categor!a, -erar#u!a, grado y antigFedad(

  Con$orme lo dispuesto por el rt!culo 7= de la Ley, el Escala$ón olicial se

clasi$ica en las categor!as de *$iciales de rmas, *$iciales de Servicios,

Su+o$iciales de rmas y Su+o$iciales de Servicios, seg"n corresponda( Su

administración, actuali)ación, mantenimiento y conservación est% a cargo de la

Dirección E-ecutiva de ersonal(

  La inscripción en el Escala$ón olicial de acuerdo a su clasi$icación, se e$ect"a

a mérito de la resolución #ue otorga el grado, de acuerdo con los siguientes

lineamientos/

  a( La pu+licación se reali)a en el mes de enero de cada a8o, a través de la

p%gina Ge+ de la Dirección E-ecutiva de ersonal(

  +( La Dirección E-ecutiva de ersonal, considera en el Escala$ón olicial, la

especialidad $uncional y la Lista de 5endimiento ro$esional o 6écnico en la #ue

se u+ica el personal(

  c( La $ec2a de nacimiento #ue $igura en el escala$ón policial es la registrada al

ingreso a la institución y consignada en el 5egistro Nacional de 3denti$icación y

Estado Civil ?5EN3EC@(

  d( El personal de *$iciales y Su+o$iciales de rmas y de servicios #ue retorna

de la situación de disponi+ilidad a la de actividad, ocupar% en el escala$ón

respectivo el orden #ue le corresponde en su grado por el tiempo de servicios

prestados en situación de actividad(

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  ara e$ecto de la ela+oración del Escala$ón, la Dirección E-ecutiva de ersonal,

tendr% en cuenta el 5egistro del ersonal olicial(

 

Artículo 8.- I+tru%"+to '" 0"t&*+ ('%&+&tr(t&9( )(r( l( (&0+(c&*+ '"

c(r0o

  La Dirección E-ecutiva de ersonal propone al Estado ayor <eneral, para su

apro+ación por 5esolución de la Dirección <eneral, los siguientes instrumentos de

gestión administrativa para la asignación de cargos/

  a( Cuadro de *rgani)ación/ Contiene la estructura org%nica a nivel de detallede todas las unidades org%nicas(

  +( Cuadro de ersonal/ Contiene los cargos de$inidos y apro+ados so+re la

+ase del Cuadro de *rgani)ación(

  c( Clasi$icador de cargos/ Esta+lece los cargos clasi$icados con las de$iniciones

del propósito del cargo, las actividades t!picas, las competencias personales y

re#uisitos m!nimos(

  Artículo 1.- L&t( '" r"9&t(

  Con$orme lo se8alado por el segundo p%rra$o del rt!culo 7. de la Ley, la Lista

de 5evista es el instrumento de registro de car%cter o$icial, de la presencia $!sica y

el e-ercicio del empleo y cargo del personal en situación de actividad( Los

Directores E-ecutivos, Directores, He$es de 5egión y He$es de Arentes oliciales

ser%n responsa+les a través de sus *$icinas de dministración de la actuali)ación

de la lista de revista del personal de su respectiva dependencia(

  La Dirección E-ecutiva de ersonal centrali)a y administra la Lista de 5evista(

  Artículo #.- Acc&o+" '" '")l(6(%&"+to '" c(r0o

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  Son acciones administrativas relacionadas con el despla)amiento del personal,

las siguientes/

  a( A&0+(c&*+@ Cuando el personal es destinado a un cargo en $unción a la

categor!a, -erar#u!a y grado( La asignación se e$ect"a por un per!odo esta+lecidoen el presente reglamento(

  +( R"(&0+(c&*+@ Cuando se e$ect"a el cam+io de cargo del personal,

$uncional o geogr%$icamente, durante su per!odo de asignación, considerando las

causales esta+lecidas en el presente reglamento, orientada al cumplimiento e$ica)

de la misión institucional(

  c( D"t(2u"@ Es el despla)amiento $uncional o geogr%$ico de un cargo a otro, asolicitud del interesado o por necesidad del servicio( Es de car%cter temporal,

prorroga+le 2asta noventa ?9:@ d!as( El cumplimiento y retorno de los e$ectivos es

de responsa+ilidad de los Directores E-ecutivos, Directores, He$es de 5egión, y

Arentes oliciales donde se encuentra a disposición, a través de las *$icinas de

 dministración(

  d( Co%&&*+ '" "r9&c&o@ Es el despla)amiento temporal y geogr%$ico del

e$ectivo policial $uera o dentro del territorio nacional, sea cual $uere su categor!a,

 -erar#u!a o grado, autori)ada con resolución administrativa o por el He$e de

nidad, seg"n corresponda, la cual no puede ser mayor de veintinueve ?79@ d!as(

Ecepcionalmente, podr% ser renovada, por el mismo per!odo en los casos de

operaciones de manio+ra en el interior del pa!s, para lo cual el He$e de nidad

de+er% $undamentarla con apro+ación del Director Nacional de *peraciones

oliciales(

  En el caso de comisión de servicio para seguir cursos institucionales, el tiempo

de duración ser% 2asta la culminación de los mismos(

  Artículo .- For%(l&6(c&*+ '" lo '")l(6(%&"+to '" c(r0o

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  Con$orme lo esta+lecido por el rt!culo 7> de la Ley, los despla)amientos del

personal se aprue+an de la siguiente manera/

  a( La asignación y reasignación de los *$iciales <enerales, Superiores y

Su+alternos, se aprue+a por 5esolución Suprema, 5esolución inisterial delinisterio del 3nterior y 5esolución de la Dirección <eneral de la olic!a Nacional

del er", respectivamente(

  +( La asignación, reasignación y desta#ue de los Su+o$iciales, se aprue+a

mediante 5esolución de la Dirección E-ecutiva de ersonal(

  c( El desta#ue de *$iciales <enerales, Superiores y Su+alternos, se aprue+a

por 5esolución de la Dirección <eneral de la olic!a Nacional del er"(

  d( La comisión de servicio, se aprue+a a través de la respectiva 5esolución

administrativa u orden de comisión del He$e de nidad, seg"n corresponda(

  En el caso de comisión del servicio o misión de estudios en el etran-ero del

personal policial de car%cter temporal, ser%n designados con 5esolución Suprema

si implica gasto para el Estado y con 5esolución inisterial si no genera gastos al

Estado(

 

Artículo .- A&0+(c&*+ "+ c(r0o

  Ecepción del Director <eneral, los cargos de He$e de Estado ayor <eneral

e 3nspector <eneral, ser%n cu+iertos por *$iciales <enerales de rmas en el grado

de 6eniente <eneral, en estricto orden de antigFedad(

  Con$orme lo dispuesto por el rt!culo ;1 de la Ley, los cargos de Director, He$e

de División, He$e de nidad, Su+unidades operativas y administrativas, Comisarios

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y e#uivalentes, recaen en *$iciales de rmas egresados de la Escuela de

osgrado o de cursos similares en el pa!s o el etran-ero, correspondientes en su

grado, autori)ados con resolución de la Dirección <eneral de la olic!a Nacional

del er", en consideración a su especialidad $uncional, necesidad del servicio y

#ue se encuentren en aptitud psicosom%tica &(

  En los lugares donde no se logre cu+rir el cargo de Comisarios con *$iciales de

 rmas, se asignar%n Su+o$iciales de rmas en los grados de Su+o$icial Superior o

rigadier( ara ello, se de+er% tener en cuenta la especialidad, el per$il pro$esional,

el registro de in$ormación personal, aptitud psicosom%tica &' y #ue no 2ayan sido

sancionados por in$racciones graves o muy graves(

  El personal #ue retorne a la situación de actividad para ser asignado a un cargo

de+er% apro+ar el curso de actuali)ación correspondiente, el cual estar% a cargo

de la Dirección E-ecutiva de Educación y Doctrina(

  Artículo /.- Proc"'&%&"+to )(r( l( (&0+(c&*+ '" c(r0o '" lo O<&c&(l"

'" Ar%( 3 '" S"r9&c&o

  La asignación de los cargos se reali)a anualmente mediante el procedimiento

siguiente/

  a( La Dirección <eneral $ormular% la propuesta de asignación de los cargos

para *$iciales <enerales de rmas y de servicios(

  +( ediante 5esolución Directoral de la Dirección <eneral se designar% a los

integrantes de las Huntas para la asignación de cargos de *$iciales de rmas y de

Servicios, las mismas #ue entrar%n en $uncionamiento en el mes de noviem+re de

cada a8o( La apro+ación del cronograma de e-ecución ser% a propuesta de la

Dirección E-ecutiva de ersonal, seg"n el siguiente orden/

  Coroneles

  Comandantes

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  ayores

  Capitanes

  6enientes y l$ére)

  *$iciales de servicios

  *$iciales de servicios pro$esionales de la salud

  c( ara la asignación de cargo de los *$iciales de rmas y de Servicios, se

tendr% en consideración, el per$il pro$esional, la especialidad $uncional, la

antigFedad en el grado y la necesidad de servicio(

  d( Los *$iciales de rmas y de Servicios podr%n solicitar la asignación de un

cargo a través del $ormato de solicitud con alternativas de cam+io de colocación

#ue se pu+lica en la p%gina Ge+ de la Dirección E-ecutiva de ersonal( Este

documento ser% v%lido, cuando se encuentre de+idamente legali)ado por notario

p"+lico y tramitado por conducto regular a dic2a Dirección para su evaluación y

apro+ación, de considerarlo pertinente(

  e( Los Coroneles de rmas, a partir del segundo a8o podr%n participar como

discentes en la Escuela de osgrado3NE o e#uivalentes de las Auer)as

 rmadas del er" o Centro de ltos Estudios NacionalesCEN, previa

apro+ación del eamen de admisión y o+tención de vacante en el proceso de

admisión del 3NE, autori)ados en todos los casos con resolución de la Dirección

<eneral(

  $( Constituye re#uisito indispensa+le para ser He$e de nidad #ue los

Comandantes o ayores de rmas, respectivamente, sean egresados del Curso

de *$icial de Estado ayor de la Escuela de osgrado o sus e#uivalentes en las

Auer)as rmadas en el pa!s o en el etran-ero, previa apro+ación del eamen de

admisión y o+tención de vacante en la Escuela de osgrado, autori)ados en todos

los casos con resolución de la Dirección <eneral(

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  g( Los *$iciales Su+alternos de rmas de+er%n desempe8arse en unidades

operativas(

  2( Los *$iciales de Servicios de+er%n desempe8arse en cargos de acuerdo a la

pro$esión con la #ue causaron alta en la olic!a Nacional del er"0 en ning"n casopodr%n comandar unidades operativas(

  i( La Dirección E-ecutiva de dministración a solicitud de la Dirección E-ecutiva

de ersonal, de+er% prever la disponi+ilidad presupuestaria necesaria para la

e-ecución de la asignación de cargos del personal(

  -( Los Cam+ios de Colocación se e-ecutar%n a partir del mes de Enero de cada

a8o, con$orme a la normatividad vigente(

  Artículo .- A&0+(c&*+ '" c(r0o '" lo Suo<&c&(l" '" Ar%( 3 '"

S"r9&c&o

  La asignación de los cargos de los Su+o$iciales de rmas y de Servicios se

reali)a mediante los criterios siguientes/

  a( Los Su+o$iciales de rmas en los grados de Su+o$iciales de 6ercera 2asta

6écnico de Segunda, de+er%n ser asignados a unidades operativas( En los dem%s

grados pueden desempe8arse en unidades operativas o administrativas(

  +( Los Su+o$iciales de servicios ser%n asignados en cargos #ue tengan relación

directa con la especialidad o carrera técnica, con la #ue $ueron dados de alta( En

ning"n caso pueden comandar su+unidades operativas(

  Artículo 4.- I%)"'&%"+to )(r( l( (&0+(c&*+ '" c(r0o

No podr%n prestar servicios en una misma nidad o Su+unidad policial a

órdenes directas del mismo superior -er%r#uico, el personal #ue tenga entre s!

parentesco 2asta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de a$inidad o

v!nculo de convivencia(

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  El personal asignado o reasignado, no podr% 2acer uso de vacaciones o

permisos, 2asta después de 2a+erse incorporado y relevado en su nueva unidad

policial de destino(

  El personal asignado a cargos con pago de vi%ticos, no podr% solicitar permutas o reasignaciones antes de los dos ?7@ a8os de servicios reales y

e$ectivos en su unidad de destino( Los casos de+idamente -usti$icados y

apro+ados por el Comando re#uerir%n la devolución de los vi%ticos, salvo

necesidad de servicio con la 5esolución correspondiente(

  El personal con aptitud psicosom%tica o C, cual#uiera sea su grado, solo

podr% ser asignado a cargos administrativos seg"n su cali$icación pro$esional,

técnica, especialidad $uncional o necesidad del servicio(

  Artículo 5.- For%( '"l "!"rc&c&o '"l c(r0o

  El cargo es desempe8ado en condición de titular, encargado o interino(

  a( En condición de titular, se con$iere para el e-ercicio de una $unción por 

designación epresa mediante la resolución correspondiente( El cargo no puede

#uedar sin titular por un tiempo mayor a tres ?;@ meses(

  +( En condición de encargado, es temporal no mayor de tres ?;@ meses, es

desempe8ado por el m%s antiguo en l!nea de comando y re#uiere designación

escrita( Se e-erce en igualdad de condiciones #ue el titular(

  c( En condición de interino, tiene car%cter transitorio por ausencia o

impedimento del titular o encargado0 es desempe8ado por el m%s antiguo en l!nea

de comando, #uien no tiene $acultad para cam+iar la organi)ación, ni lasdisposiciones permanentes impartidas(

  Artículo 7.- C(u(l" '" (&0+(c&*+ 3 r"(&0+(c&*+

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  La asignación y reasignación del cargo se produce, seg"n corresponda, en los

casos siguientes/

  a( Al "0r"o '" l( Ecu"l( '" For%(c&*+, )or (&%&l(c&*+ o r"&+0r"o (

l( &+t&tuc&*+.

  El personal de rmas egresado de las Escuelas de Aormación ser% asignado a

nidades *perativas a partir del nivel de Comisar!as y uestos Aronteri)os(

  El personal asimilado ser% asignado a unidades de acuerdo a la pro$esión o

estudios técnicos #ue originó su alta(

  El personal #ue 2aya pasado a la situación de disponi+ilidad por medidadisciplinaria o sentencia -udicial, y #ue reingrese a la institución, no de+er% ser 

asignado a la nidad donde pasó a disponi+ilidad( ara su asignación de+e seguir 

un curso de actuali)ación a cargo de la Dirección E-ecutiva de Educación y

Doctrina Escuela de Educación Continua(

  +( Por +"c"&'(' '"l "r9&c&o

  Es la acción de comando #ue en uso de su $acultad discrecional dispone el

cam+io de cargo al personal, en atención al cumplimiento de la misión asignada(

  c( Por (c"+o

  Se reali)a cuando el personal es promovido al grado inmediato superior y el

cargo #ue desempe8a no corresponde al Cuadro de ersonal(

 

d( Por l( ")"c&(l&'(' <u+c&o+(l

  Se reali)a en atención a la especialidad pro$esional o técnica del personal(

  e( Por lí%&t" '" )"r%(+"+c&( "+ "l c(r0o

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  Se presenta cuando se cumple el tiempo m!nimo o m%imo de permanencia en

el cargo del personal, con$orme al detalle siguiente/

  1( Los *$iciales de rmas prestar%n servicios en una misma unidad, por un

per!odo no mayor de dos ?7@ a8os, ecepcionalmente por necesidad del serviciode+idamente -usti$icada, podr% etenderse por un per!odo adicional de un ?:1@ a8o

autori)ado por resolución de la Dirección <eneral(

  Los *$iciales de Servicios ser%n asignados, reasignados o destacados en

cargos #ue tengan relación directa con la pro$esión con la #ue $ueron dados de

alta( El tiempo de permanencia estar% su-eto a las necesidades del servicio(

  7( Los Su+o$iciales de rmas y de Servicios prestar%n servicios en una mismaunidad, por un per!odo no mayor de cinco ?B@ a8os, pudiendo ser reasignados por 

necesidad del servicio a cual#uier otra unidad a nivel nacional( Ecepcionalmente,

para el caso de unidades especiali)adas, este pla)o podr% etenderse por un

per!odo adicional #ue no ser% mayor de cinco ?B@ a8os, por causa de+idamente

 -usti$icada, la misma #ue re#uerir% de la apro+ación del Director E-ecutivo de

ersonal mediante resolución correspondiente(

  $( Por ol&c&tu' '"l &+t"r"('o

  Esta se e-ecuta previa evaluación cuando el personal, por conducto regular y

con la de+ida -usti$icación, solicita su asignación o reasignación de cargo(

  La reasignación de cargo por en$ermedad del titular de+er% ser de+idamente

sustentada con el cta de la Hunta édica de la Dirección E-ecutiva de Sanidad de

la olic!a Nacional del er"(

  El tr%mite de la solicitud de+e contar con la opinión de su respectivo comando y

elevado a la Dirección E-ecutiva de ersonal, para la decisión $inal(

  g( Por )"r%ut(

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distintas de la olic!a Nacional del er" y del Sector 3nterior, los #ue no eceder%n

de dos ?7@ a8os en un mismo grado o cuatro ?4@ a8os en toda la carrera(

  Artículo 1.- Co%&&*+ '"l "r9&c&o o %&&*+ '" "tu'&o "+ "l "Btr(+!"ro

  Son servicios o estudios temporales desempe8ados por personal en situación

de actividad en cuadros, en delegaciones u organismos en el etran-ero, con el

o+-eto de $ortalecer los intereses institucionales y representar al pa!s, 2asta un

pla)o m%imo de dos ?7@ a8os, salvo convenio, acuerdos, pacto o an%logos de

car%cter internacional(

 

Artículo #.- L( A0r"0('urí( Pol&c&(l

  Es la representación diplom%tica integrada por personal de la olic!a Nacional

del er", acreditada para promover y cautelar los intereses nacionales e

institucionales en el %m+ito internacional(

La designación del personal en isión Diplom%tica, gregadur!as oliciales,

Enlaces y otras misiones en el eterior, tiene como $undamento el interés superior 

de la Nación, el Estado y la institución(

  Artículo .- D")"+'"+c&( ('%&+&tr(t&9( 3 <u+c&o+(l '" l( A0r"0('urí(

Pol&c&(l

  Las gregadur!as oliciales tienen una do+le dependencia/

a( Directamente del He$e de la isión Diplom%tica acreditada en el pa!s

etran-ero, en lo relacionado al rotocolo Diplom%tico y en los aspectos #ue

vinculen al 3nstituto con dic2a isión(

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  +( Del Director <eneral de la olic!a Nacional del er", por intermedio de la

Dirección de suntos 3nternacionales, en los aspectos administrativos y

$uncionales(

  Artículo .- P"ro+(l '" l( A0r"0('urí( Pol&c&(l

  Las agregadur!as policiales cuentan con el siguiente personal asignado/

  a( gregado olicial( *$iciales <enerales o Coroneles de rmas, #ue en misión

diplom%tica representa a la institución en el pa!s etran-ero u organismo

internacional donde se encuentra acreditado(

  +( gregado olicial d-unto( *$icial de rmas en el grado de Comandante oayor, #ue en misión diplom%tica, asesora y reempla)a en sus actividades al

 gregado olicial(

  c( ersonal uiliar( Su+o$icial de rmas en los grados de 6écnico de rimera

a Su+o$icial Superior, #ue en misión diplom%tica presta servicios en la gregadur!a

olicial(

  Los procedimientos de detalle se esta+lecen en el 5eglamento de Comisión de

Servicio al Eterior, isión de Estudios y gregadur!as(

CAPÍTULO >

E>ALUACIÓN DEL DESE?PEO

  Artículo /.- E9(lu(c&*+ '"l '""%)"o '"l )"ro+(l

  Con$orme lo dispuesto por el rt!culo ;= de la Ley, la evaluación del

desempe8o del personal es el procedimiento mediante el cual se mide y valora el

desempe8o pro$esional y logros en el e-ercicio de las $unciones de acuerdo al

grado #ue ostenta y cargo #ue ocupa, en un per!odo determinado( simismo,

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identi$ica y reconoce el aporte y compromiso del personal con las metas

institucionales y evidencia las necesidades re#ueridas para me-orar el desempe8o

en sus cargos y de la entidad(

  El 5eglamento de Evaluación del Desempe8o del ersonal de la olic!aNacional del er" esta+lecer% los procedimientos correspondientes(

  Artículo .- Alc(+c" '" l( "9(lu(c&*+ '" '""%)"o

  La evaluación de desempe8o alcan)a a todo el personal de la olic!a Nacional

del er" en situación de actividad(

  Artículo 4.- Ór0(+o r")o+(l" '"l )roc"o '" "9(lu(c&*+

  La Dirección E-ecutiva de ersonal es responsa+le de #ue las evaluaciones se

realicen en la oportunidad y en las $ormas esta+lecidas en el reglamento

correspondiente(

  Artículo 5.- Lo <(ctor" " &+'&c('or"

  La evaluación se reali)a tomando en cuenta los $actores e indicadores

relacionados con las competencias institucionales y las competencias personales

para el e-ercicio de la $unción policial(

  Artículo 7.- I+tru%"+to "%)l"('o "+ l( o"r9(c&*+ 3 "9(lu(c&*+ '"l

'""%)"o '"l )"ro+(l.

  La *+servación Diaria, la Io-a de Evaluación imestral y la Io-a nual de

Evaluación del Desempe8o, son instrumentos necesarios para llevar a ca+o el

proceso de evaluación de *$iciales y Su+o$iciales, #ue se registrar%n en el

&plicativo 3n$orm%tico de *+servación y Evaluación del Desempe8o del ersonal

N', con$orme al reglamento respectivo y pu+licado en la p%gina Ge+ de la

Dirección E-ecutiva de ersonal(

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  Artículo /8.- F(" '" l( E9(lu(c&*+.

  El proceso de evaluación de desempe8o, consta de las $ases de *+servación

Diaria, Evaluación imestral, Cali$icación nual y 5evisión( Las 5esoluciones de

las Huntas 5evisoras son inimpugna+les(

  Artículo /1.- ?o+&tor"o Co+t&+uo '" l( E9(lu(c&*+

  El proceso de evaluación garanti)ar% #ue se comuni#ue al personal los

métodos, la oportunidad, las condiciones de la evaluación y los resultados de la

misma( Los resultados de la evaluación permitir%n a la institución policial plantear 

los mecanismos de me-ora y reali)ar el seguimiento correspondiente(

  Artículo /#.- C(l&<&c(c&*+

  La cali$icación ser% noti$icada al evaluado a través del Sistema 3ntegrado de

<estión de la Carrera( La nota o+tenida por el personal como resultado del

proceso de evaluación de desempe8o, servir% para #ue la Dirección E-ecutiva de

ersonal ela+ore la Lista de 5endimiento ro$esional o 6écnico(

CAPÍTULO >I

INCENTI>OS

  Artículo /.- D" lo &+c"+t&9o

  Los incentivos son reconocimientos orientados a ealtar la conducta e-emplar 

del personal de la olic!a Nacional del er", la vocación de servicio, 2onestidad,

capacidad, pro$esionalismo y lidera)go, por 2a+er e$ectuado tra+a-o intelectual o

material de suma importancia y utilidad para la 3nstitución y #ue ecedan el normal

cumplimiento de la $unción policial(

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  De con$ormidad con lo previsto en el rt!culo ;9 de la Ley, el otorgamiento de

incentivos es una potestad del comando institucional( No constituye derec2o y es

inimpugna+le(

  ara el otorgamiento de incentivos, la unidad policial a la cual pertenece eladministrado, $ormular% y presentar% el epediente administrativo a la Dirección

E-ecutiva de ersonal de la olic!a Nacional del er", para su tr%mite y evaluación

correspondiente, en un pla)o #ue no eceder% de noventa ?9:@ d!as calendario,

contados a partir de la $ec2a de la intervención o 2ec2o ecepcional, con$orme a

los re#uisitos y procedimientos esta+lecidos en el 5eglamento de 3ncentivos( El

pronunciamiento del órgano competente respecto al otorgamiento del incentivo no

podr% eceder del pla)o de un ?1@ a8o(

  El 5eglamento de 3ncentivos para el ersonal de la olic!a Nacional del er"

esta+lecer% los procedimientos correspondientes(

  Artículo /.- Cl(&<&c(c&*+ 3 otor0(%&"+to

  Con$orme lo dispuesto por el rt!culo 41 de la Ley, los incentivos se clasi$ican

de la siguiente manera/

  (. Ac"+o "Bc")c&o+(l )or (cc&*+ '&t&+0u&'(

  Se otorga en sus di$erentes categor!as, se dan en los casos siguientes/ A

Título P*tu%o por 2ec2os #ue denoten marcado 2ero!smo, acendrado amor a

la patria y a la institución0 y por Acc&*+ D&t&+0u&'(, por "nica ve) en toda la

carrera policial, cuando cumpla ecepcionales y meritorias acciones,

consider%ndose ésta como la #ue derive de un en$rentamiento armado o acto de

valor en el #ue ponga en riesgo su propia vida para proteger otra vida 2umana,

#ue resalte los valores institucionales y el cumplimiento de la $unción policial(

  . Co+'"cor(c&*+ '" l( Or'"+ (l ?;r&to '" l( Pol&cí( N(c&o+(l '"l P"r=',

#ue se otorgar% en las categor!as siguientes/

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  1. Por "r9&c&o %"r&tor&o

  Se considera &Servicios eritorios', a los a8os de servicios reales, e$ectivos e

ininterrumpidos #ue el personal 2aya prestado e$icientemente en la olic!a

Nacional del er", con meritoria competencia pro$esional e irreproc2a+le conductay moralidad #ue acredita con el Lega-o ersonal(

  #. Por (cc&*+ '&t&+0u&'(

   cción meritoria derivada de un en$rentamiento armado en la luc2a $rontal

contra el terrorismo, el tr%$ico il!cito de drogas, el crimen organi)ado o por 

acciones para el mantenimiento, control y resta+lecimiento del *rden 3nterno, en la

#ue el personal participa directamente, demostrando valor, arro-o, sacri$icio, yeponiendo la vida o integridad $!sica(

  . Por "<u"r6o &+t"l"ctu(l

  Son 2ec2os #ue acreditan mérito intelectual de acuerdo a los casos siguientes/

  a( Ser creador de un invento original, cient!$ico o técnico de compro+ada

utilidad pro$esional o prestigio institucional, #ue sea de propia iniciativa(

  +( Ia+er o+tenido el primer puesto en tres Cursos de per$eccionamiento para

*$iciales de rmas(

  . Por "r9&c&o "Bc")c&o+(l"

  Son los servicios prestados por personas e instituciones del pa!s y del

etran-ero #ue 2ayan contri+uido en $orma nota+le y ecepcional al desarrollo,

progreso, prestigio y engrandecimiento de la olic!a Nacional del er"(

  /. Alto Gr('o Pol&c&(l

  Son merecedores a este incentivo los *$iciales #ue 2an ascendido al grado de

<eneral y 6eniente <eneral de la olic!a Nacional del er"( simismo, los

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<enerales y Coroneles #ue pasen a la situación de retiro por l!mite de edad o por 

renovación de cuadros(

  . Alt( "r(r2uí( "+ l( Or'"+

  Son merecedores a esta Condecoración el Se8or residente de la 5ep"+lica

como <ran aestre y el Se8or inistro del 3nterior como Canciller de la *rden(

  c. Co+'"cor(c&*+ o+orí<&c( Al<;r"6 PNP ?(r&(+o S(+to ?(t"o Gr(+

G"+"r(l '" l( Pol&cí( N(c&o+(l '"l P"r=

  Se otorga a t!tulo 2onor!$ico a las 3m%genes Sagradas, a los Comandantes

<enerales de las Auer)as rmadas del er", a los Comandantes <enerales yDirectores <enerales de las olic!as y Auer)as rmadas Etran-eras0 as! como, a

las personas naturales o -ur!dicas, nacionales y etran-eras #ue por sus servicios

ecepcionales comprometan la gratitud de la institución(

  '. F"l&c&t(c&o+"

  Se concede al personal #ue desta#ue por su es$uer)o, a+negación, esp!ritu de

sacri$icio demostrado, arro-o, disciplina, valor, solidaridad, acción virtuosa,

creatividad, innovación, solidaridad, 2onrade) y otras cualidades puestas de

mani$iesto #ue so+repasen el normal cumplimiento de la $unción policial0 puede

ser por 5esolución Suprema, 5esolución inisterial del Sector 3nterior, 5esolución

de la Dirección <eneral, 5esolución Directoral, 5esolución 5egional y Arentes

oliciales(

  simismo, se concede al autor y creador inédito de una o m%s o+ras de

car%cter cient!$ico o técnico, de cali$icada importancia pro$esional y de interésinstitucional, #ue 2aya sido apro+ada por la Dirección <eneral mediante

resolución(

  ". H"c( (l %;r&to

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  Son incentivos al personal #ue 2a so+resalido en el cumplimiento de sus

$unciones, para desarrollar sus capacidades en +ene$icio de la sociedad y la

institución( Son otorgadas por la Dirección <eneral a propuesta de la Dirección

E-ecutiva de ersonal(

  <. P"r%&o

  Se otorgan al personal por la destacada la+or en el cumplimiento de la misión o

$unciones asignadas a la nidad o Su+unidad policial(

CAPÍTULO >II

CONSEOS DE IN>ESTIGACIÓN

  Artículo //.- Co%)"t"+c&(

  Con$orme lo se8alado por el rt!culo 74 del Decreto Legislativo Nº 114> y el

 rt!culo 4: de la Ley, los Conse-os de 3nvestigación son órganos de car%cter 

temporal o permanente, competentes para estudiar, evaluar y emitir opinión para

el otorgamiento de incentivos por acciones meritorias0 as! como, emitir 

pronunciamiento so+re la relación eistente entre el $allecimiento o invalide) del

personal, con respecto al servicio policial(

  El 5eglamento de los Conse-os de 3nvestigación para el ersonal de la olic!a

Nacional del er" esta+lecer% los procedimientos correspondientes(

  Artículo /.- Cl("

  Los Conse-os de 3nvestigación de la olic!a Nacional del er" son de las

siguientes clases/

  a( 6emporal/

  ara *$iciales <enerales de rmas y de Servicios(

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  +( ermanente/

  ara *$iciales de rmas y de Servicios(

  ara Su+o$iciales de rmas y de Servicios

 

Artículo /4.- Co%)o&c&*+

  Los Conse-os de 3nvestigación estar%n constituidos por un residente, dos

Jocales y un Secretario(

  El pronunciamiento se e$ect"a mediante acta y los acuerdos se adoptan por unanimidad o mayor!a( Sólo el residente y los Jocales tienen derec2o de vo) y

voto(

  Artículo /5.- ur&'&cc&*+

  Los Conse-os de 3nvestigación tienen -urisdicción a nivel nacional, con sede en

Lima y son dependientes de la Dirección <eneral de la olic!a Nacional(

CAPÍTULO >III

ASCENSOS

  Artículo /7.- F&+(l&'('

  El ascenso tiene por $inalidad promover al personal al grado inmediato superior,

en consideración a sus capacidades, conocimientos, 2a+ilidades y aptitudes, as!

como por la evaluación o+-etiva de sus méritos y deméritos(

  El 5eglamento de scensos para el ersonal de la olic!a Nacional del er"

esta+lecer% los procedimientos correspondientes(

  Artículo 8.- Ac"+o (l 0r('o '" G"+"r(l '" S"r9&c&o

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  Los *$iciales de Servicios de la olic!a Nacional del er", #ue o+tuvieron la

e$ectividad como pro$esionales titulados en derec2o o medicina 2umana, podr%n

ascender 2asta el grado de <eneral de Servicios(

  Artículo 1.- T&"%)o %í+&%o '" "r9&c&o "+ "l 0r('o

  De con$ormidad con lo dispuesto por el rt!culo 44 de la Ley, los *$iciales y

Su+o$iciales de+en tener el tiempo m!nimo de servicios reales y e$ectivos en sus

respectivos grados, considerados al ;1 de diciem+re del a8o del proceso,

con$orme a las escalas siguientes/

  a( *$iciales de rmas

l$ére) / 4 a8os

6eniente / 4 a8os

Capit%n / 4 a8os

ayor / = a8os

Comandant

e / = a8os

Coronel / = a8os

<eneral / B a8os

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  ara postular al grado de Coronel se re#uiere tener veinticuatro ?74@ a8os de

servicios reales, e$ectivos e ininterrumpidos como *$icial, conta+ili)ados 2asta el

;1 de diciem+re del a8o del proceso(

  ara postular al grado de <eneral se re#uiere tener treinta ?;:@ a8os deservicios reales, e$ectivos e ininterrumpidos como *$icial, conta+ili)ados 2asta el

;1 de diciem+re del a8o del proceso(

  ara postular al grado de 6eniente <eneral se re#uiere tener treinta y cinco

?;B@ a8os de servicios reales, e$ectivos e ininterrumpidos como *$icial,

conta+ili)ados 2asta el ;1 de diciem+re del a8o del proceso(

  partir del proceso de ascenso 7:14 promoción 7:1B, los o$iciales de armas#ue cumplan con los a8os de permanencia en el grado y no acumulen el tiempo

de servicios reales, e$ectivos e ininterrumpidos #ue esta+lece la ley, o+tendr%n el

punta-e correspondiente al $actor antigFedad, siempre #ue aprue+en los e%menes

respectivos(

  +( *$iciales de Servicios

Capit%n / = a8os

ayor / = a8os

Comandante / = a8os

Coronel / = a8os

c( Su+o$iciales de rmas y de Servicios

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Su+o$icial de 6ercera / 4 a8os

Su+o$icial de Segunda / 4 a8os

Su+o$icial de rimera / 4 a8os

Su+o$icial 6écnico de

6ercera / B a8os

Su+o$icial 6écnico deSegunda / B a8os

Su+o$icial 6écnico de

rimera /B a8os

Su+o$icial rigadier / 4 a8os

Artículo #.- F(ctor" '" "9(lu(c&*+ 3 co"<&c&"+t" '" c(l&<&c(c&*+ '" lo

O<&c&(l" 3 Suo<&c&(l"

  Son $actores de evaluación y coe$icientes de cali$icación del personal de

*$iciales y Su+o$iciales de rmas y de Servicios de la olic!a Nacional del er" los

siguientes/

1( 5END33EN6* 5*AES3*NL * 6ECN3C* Coe$iciente dos ?7@

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7( A*5C3*N CDE3C Coe$iciente dos ?7@

;( EKE53ENC3 5 EL SE5J3C3*

*L3C3L

Coe$iciente dos ?7@

4( *5L D3SC3L3N Coe$iciente tres ?;@

B( N63<EDD Coe$iciente uno ?1@

  La nota $inal de los $actores, se o+tiene de la suma de los punta-es

multiplicados por su coe$iciente correspondiente y dividido entre die) ?1:@(

  Las condecoraciones de la *rden al érito de la olic!a Nacional del er" para

el personal de armas y de servicios, as! como los cursos de per$eccionamiento son

reconocidos en el a8o del proceso de ascensos, 2asta die) ?1:@ d!as antes de la

apro+ación de los cuadros de méritos, por 5esolución de la Dirección <eneral de

la olic!a Nacional del er" y su pu+licación en la p%gina Ge+ &Mguila =' de la

Dirección E-ecutiva de ersonal de la olic!a Nacional del er", de con$ormidad a

los cronogramas respectivos(

  Los deméritos contemplados en la ta+la de in$racciones y sanciones leves, del

Decreto Legislativo Nº 11B:, Ley del 5égimen Disciplinario de la olic!a Nacional

del er", se ponderan en las mismas condiciones se8aladas en el p%rra$o anterior(

  Los deméritos contemplados en la ta+la de in$racciones y sanciones graves y

muy graves, del Decreto Legislativo Nº 11B:, Ley del 5égimen Disciplinario de la

olic!a Nacional del er", se ponderan 2asta el ;1 de Diciem+re del a8o en

proceso(

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  Los cursos de especiali)ación, capacitación y cursos a$ines se tendr%n en

cuenta en el $actor $ormación académica, siempre y cuando estos se 2ayan

reali)ado en aspectos relacionados directamente a la especialidad #ue tiene el

personal policial o la $unción #ue desempe8a al tiempo de participar en dic2a

actividad educativa(

  Artículo .- u+t( &+t&tuc&o+(l" 3 Cor)or(c&*+ '" O<&c&(l" G"+"r(l",

'" lo )roc"o '" (c"+o )or "l"cc&*+ ( lo 0r('o '" T"+&"+t" G"+"r(l

3 G"+"r(l

  La con$ormación, $unciones y procedimientos, se esta+lecen en el reglamento

de ascensos( Son las siguientes/

  a( Hunta de ptitud

  +( Hunta Eaminadora

  c( Corporación de *$iciales <enerales

  d( Hunta Selectora

  Artículo .- u+t( &+t&tuc&o+(l" '" lo )roc"o '" (c"+o )or 

co+curo

  La con$ormación, $unciones y procedimientos, se esta+lecen en el reglamento

de ascensos( Son las siguientes/

  a( Hunta de ptitud

  +( Hunta de Aormulación del Eamen de Conocimientos

  c( Hunta Eaminadora

  d( Hunta de Jeri$icación y Control de Cali$icación del Eamen de Conocimientos

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  e( Hunta Selectora

  $( Hunta 5evisora

CAPÍTULO I

T:R?INO DE LA CARRERA

  Artículo /.- C(u(l" )(r( "l t;r%&+o '" l( c(rr"r(

  Con$orme lo dispuesto por el rt!culo =: de la Ley, la carrera del personal de la

olic!a Nacional del er" termina por las causales de $allecimiento y por pase a lasituación de retiro( Se $ormali)a mediante/

  a( 5esolución Suprema re$rendada por el inistro del 3nterior, para *$iciales

<enerales de rmas y de Servicios(

  +( 5esolución del inisterio del 3nterior, para *$iciales Superiores de rmas y

de Servicios(

  c( 5esolución de la Dirección <eneral de la olic!a Nacional del er", para

*$iciales Su+alternos de rmas y de Servicios(

  d( 5esolución de la Dirección E-ecutiva de ersonal de la olic!a Nacional del

er" para Su+o$iciales de rmas y de Servicios(

  El personal #ue $allece estando en la situación de actividad o disponi+ilidad, es

dado de +a-a, registrando su deceso en el Sistema 3ntegrado de <estión de la

Carrera #ue administra la Dirección E-ecutiva de ersonal(

  El personal de Su+o$iciales #ue se asimila como *$icial de Servicio pasa a la

situación de retiro a su solicitud y es dado de alta en su nueva condición por la

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Dirección E-ecutiva de ersonal, manteniendo el régimen previsional con el #ue

causó alta como Su+o$icial(

TÍTULO III

SITUACIÓN POLICIAL

CAPÍTULO I

DEFINICIÓN Y CALIFICACIÓN

  Artículo .- D"<&+&c&*+

  El personal se puede encontrar en las siguientes situaciones/

  a( Situación de actividad, #ue es la condición en #ue el personal de la olic!a

Nacional del er" se encuentra dentro del servicio sea en cuadros o $uera de

cuadros(

  +( Situación de disponi+ilidad, #ue es la condición transitoria en #ue seencuentra el personal de la olic!a Nacional del er", $uera del servicio, por un

per!odo m%imo de dos ?:7@ a8os(

  c( Situación de retiro, #ue es la condición del personal #ue se encuentra

apartado de$initivamente del servicio policial( Es de car%cter irreversi+le(

  Artículo 4.- C(l&<&c(c&*+ '" l( c&rcu+t(+c&( '"l "r9&c&o

  La cali$icación de las circunstancias del servicio #ue se re$iere el art!culo =; de

la Ley, es evaluada y determinada por el Conse-o de 3nvestigación respectivo, para

e$ectos de reconocimiento de cam+io de situación, incentivos, +ene$icios u otros(

CAPÍTULO II

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>ACACIONES, LICENCIAS Y PER?ISOS

  Artículo 5.- >(c(c&o+"

  Es el per!odo de descanso remunerado de treinta ?;:@ d!as naturales al a8o, al#ue tiene derec2o el personal en actividad por servicios prestados en $orma real y

e$ectiva durante el a8o inmediato anterior( El dis$rute de las vacaciones es de

car%cter o+ligatorio e irrenuncia+le y no puede ser sustituido por una

compensación económica, ni acumularse a las #ue se devenguen en a8os

sucesivos( Ecepcionalmente, su e-ercicio estar% su-eto a las necesidades del

servicio de la 3nstitución( Ser% otorgado por el He$e de la nidad correspondiente(

  El personal en uso de su per!odo vacacional puede transitar li+remente por elpa!s o el etran-ero, con conocimiento y autori)ación del He$e de nidad y

conocimiento de la Dirección E-ecutiva de ersonal(

  Artículo 7.- L&c"+c&(

  Es el per!odo de descanso remunerado #ue se concede al personal en

actividad, por los motivos de maternidad, paternidad, adopción, motivos

particulares, en$ermedad o accidente grave de $amiliar y otros #ue la leycontemple( El personal policial en actividad tiene derec2o a solicitar licencia( Su

e-ercicio re#uiere autori)ación epresa de la Dirección E-ecutiva de ersonal(

  Artículo 48.- P"r%&o

  Es la atri+ución #ue se con$iere al -e$e de la unidad para autori)ar al personal a

ausentarse del servicio por ra)ones de+idamente motivadas y -usti$icadas, en los

casos #ue se8ala la Ley( No est%n a$ectos a descuento remunerativo alguno(

CAPÍTULO III

TIE?PO DE SER>ICIOS

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  Artículo 41.- R"co+oc&%&"+to '" t&"%)o '" "r9&c&o

  La Dirección E-ecutiva de ersonal es el órgano #ue certi$ica el tiempo de

servicios reales y e$ectivos del personal(

  Artículo 4#.- R""%olo "co+*%&co

  ara el reem+olso económico se tendr% en cuenta lo esta+lecido en el art!culo

=9 de la Ley( uedan eceptuados del reem+olso económico, los Su+o$iciales de

 rmas y de Servicios #ue acceden a la Escuela de *$iciales o se asimilan como

*$iciales de Servicios(

  La Dirección E-ecutiva de Educación y Doctrina reali)ar% el c%lculo y co+ro delreem+olso económico(

CAPÍTULO I>

SITUACIÓN DE ACTI>IDAD

  Artículo 4.- S&tu(c&*+ '" (ct&9&'('

  Es la condición en #ue el personal se encuentra dentro del servicio sea encuadros o $uera de cuadros(

  Artículo 4.- S&tu(c&*+ '" (ct&9&'(' "+ cu('ro

  Condición en #ue se encuentra el personal, #ue go)a de empleo, teniendo el

derec2o y la o+ligación de asumir el cargo #ue se le asigne, en cual#uiera de los

casos se8alados en el rt!culo .1 de la Ley(

 

Artículo 4/.- S&tu(c&*+ '" (ct&9&'(' <u"r( '" cu('ro

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  Condición en #ue el personal, #ue go)a de empleo pero #ue se encuentra

impedido de e-ercer un cargo por alguna de las causales previstas en la ley de la

materia, en cual#uiera de los casos se8alados en el rt!culo .7 de la Ley(

CAPÍTULO >

SITUACIÓN DE DISPONIHILIDAD

  Artículo 4.- S&tu(c&*+ '" '&)o+&&l&'('

  El personal pasa a la situación de disponi+ilidad por las causales siguientes/ a

su solicitud, medida disciplinaria, sentencia -udicial condenatoria y en$ermedad o

lesión grave(

  Artículo 44.- R"2u&&to )(r( ol&c&t(r "l )(" ( l( &tu(c&*+ '"

'&)o+&&l&'('

  El personal puede pasar a la situación de disponi+ilidad a su solicitud,

cumpliendo los siguientes re#uisitos/

  a( resentar la solicitud por conducto regular(

  +( No estar sometido a investigación administrativa disciplinaria por in$racción

muy grave(

  c( Estar comprendido dentro de los alcances de los art!culos =B, =. y => de la

Ley( Caso contrario, de+er%n adecuarse a lo preceptuado en el art!culo =9 de la

precitada norma(

  Artículo 45.- P(" ( l( &tu(c&*+ '" '&)o+&&l&'(' )or %"'&'( '&c&)l&+(r&(

  El personal pasa a la situación de disponi+ilidad por la causal de medida

disciplinaria en los siguientes casos/

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  a( Sanción disciplinaria, es la separación temporal de la situación de actividad

por un per!odo de seis ?=@ meses a dos ?7@ a8os impuesta por el órgano

disciplinario, previo procedimiento administrativo disciplinario, por 2a+er cometido

una in$racción muy grave, independientemente de la sanción penal #ue pudiera

corresponderle si el 2ec2o o 2ec2os #ue se le imputan est%n previstos legalmente

como delito o $alta(

  +( 3nsu$iciencia disciplinaria, se aplica al personal #ue 2aya o+tenido una nota

anual de disciplina menor o igual a cincuenta y dos ?B7@ puntos, aplic%ndose

indistintamente al grado #ue ostente el administrado en el per!odo de evaluación,

con$orme al 5egistro Nacional de Sanciones Disciplinarias de la olic!a Nacional

del er", #ue o+ra en la Dirección E-ecutiva de ersonal(

  ara el pase a la situación de disponi+ilidad por 3nsu$iciencia Disciplinaria, se

seguir% el procedimiento siguiente/

  1( Los Directores E-ecutivos, Directores, He$es de 5egión y He$es de Arentes

oliciales ser%n responsa+les a través de sus *$icinas de dministración de la

codi$icación, digitación y control de calidad de las órdenes de sanción en el

Sistema 3ntegrado de <estión de la Carrera, cuando 2aya sido de+idamente

noti$icado el in$ractor, sin per-uicio de su remisión a la Dirección E-ecutiva de

ersonal(

  7( El per!odo de evaluación de la Io-a de Disciplina nual ser% desde el 1 de

enero al ;1 de diciem+re del a8o del proceso(

  ;( Culminados los treinta ?;:@ d!as 2%+iles siguientes del per!odo de registro de

la Io-a de Disciplina nual, la Dirección E-ecutiva de ersonal, a través de la

Dirección de rocesos dministrativos Disciplinarios, noti$icar% al administrado el

inicio del proceso de insu$iciencia disciplinaria por los medios legales, con la

respectiva Io-a de Disciplina nual(

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  4( La Dirección de rocesos dministrativos Disciplinarios solicitar% al órgano

de administración de Lega-os las copias certi$icadas de las órdenes de sanción

#ue sustenten la cali$icación en el per!odo materia del proceso administrativo(

  B( El administrado al ser noti$icado del proceso, tiene un pla)o de cinco ?B@ d!as2%+iles para reunir y emitir sus descargos ante el órgano competente(

  =( El epediente ser% remitido a la *$icina de sesor!a Hur!dica de la Dirección

E-ecutiva de ersonal, para #ue dentro del pla)o legal emita el dictamen legal,

antes de la $ormulación del proyecto de 5esolución correspondiente(

  .( El pase a la situación de disponi+ilidad por estar incurso en 3nsu$iciencia

Disciplinaria, por la causal medida de disciplinaria, ser% por el pla)o de seis ?=@meses calendario(

 

Artículo 47.- P(" ( l( &tu(c&*+ '" '&)o+&&l&'(' )or S"+t"+c&( !u'&c&(l

co+'"+(tor&(

  El personal policial pasa a la situación de disponi+ilidad por sentencia -udicial

condenatoria, cuando la 5esolución -udicial consentida o e-ecutoriada sancione

con pena privativa de li+ertad e$ectiva o in2a+ilitación no mayor de dos ?7@ a8os(

  Artículo 58.- P(" ( l( &tu(c&*+ '" '&)o+&&l&'(' )or "+<"r%"'(' o l"&*+

0r(9"

  asa a la situación de disponi+ilidad por en$ermedad o lesión grave cuando

transcurridos dos ?7@ a8os desde el inicio de su en$ermedad o lesión grave, el

personal no se encuentra psicosom%ticamente apto para desempe8ar un empleo,

siendo previsi+le su recuperación seg"n acta de -unta médica de la Dirección

E-ecutiva de Sanidad de la olic!a Nacional del er"(

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  Artículo 51.- R"2u&&to )(r( "l r"tor+o ( l( &tu(c&*+ '" (ct&9&'('

  De con$ormidad con lo dispuesto por el rt!culo >1 de la Ley, son re#uisitos

para solicitar el retorno a la situación de actividad, los siguientes/

  a( resentar la solicitud de reingreso a la Dirección E-ecutiva de ersonal de la

olic!a Nacional del er", ad-untando los siguientes documentos/

  1( ntecedentes penales, policiales y del Conse-o de Husticia ilitar olicial(

  7( ago por derec2o de eamen psicosom%tico, de acuerdo al 6(

  +( pro+ar el eamen de conocimientos de tipo o+-etivo correspondiente a su

categor!a y grado(

  c( Ser declarado psicosom%ticamente apto para el servicio policial a cargo de la

Dirección E-ecutiva de Sanidad de la olic!a Nacional del er"(

  d( *pinión $avora+le del Conse-o de Evaluación(

  e( pro+ar el eamen de es$uer)o $!sico ?mil metros planos y natación@ y tiro

policial, seg"n corresponda a la categor!a, grado y edad(

  $( pro+ar el curso de actuali)ación a cargo de la Dirección E-ecutiva de

Educación y Doctrina(

 

Artículo 5#.- C(u(l" '" "l&%&+(c&*+ '"l )roc"o '" r"tor+o ( l( &tu(c&*+

'" (ct&9&'('

  Son causales de eliminación del proceso de retorno a la situación de actividad

las siguientes/

  a( resentar documentos $alsi$icados(

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  +( roporcionar datos $alsos en cual#uiera de las instancias del proceso(

  c( No presentarse a los e%menes y citación en la $ec2a y 2ora(

  d( No acreditar su identidad con el documento nacional de identidadcorrespondiente(

  e( Cometer $raude o intento de $raude antes, durante o después del desarrollo

de los e%menes(

  $( *+tener resultado desapro+atorio o inaptitud en cual#uiera de los e%menes(

  Artículo 5.- Co+"!o '" E9(lu(c&*+

  El Conse-o de Evaluación ser% designado por 5esolución de la Dirección

<eneral y estar% presidido por el Director E-ecutivo de ersonal, cuatro ?4@

Coroneles de la Dirección E-ecutiva de ersonal, un ?:1@ Coronel de la 3nspector!a

<eneral( simismo, podr% contar con el apoyo de un e#uipo multidisciplinario para

el me-or desempe8o de sus $unciones(

  Artículo 5.- A&0+(c&*+ '" c(r0o (l )"ro+(l r"&+cor)or('o '" l(

&tu(c&*+ '" '&)o+&&l&'('

  El personal reincorporado antes de la asignación de cargo y para acceder al

mismo, de+er% participar en el curso de actuali)ación a cargo de la Escuela de

Educación Continua de la Dirección E-ecutiva de Educación y Doctrina(

CAPÍTULO >I

SITUACIÓN DE RETIRO

  Artículo 5/.- S&tu(c&*+ '" r"t&ro

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  Es la condición del personal de la olic!a Nacional del er" #ue se encuentra

apartado de$initivamente del servicio policial( Es de car%cter irreversi+le( Las

causales de pase a retiro y sus procedimientos est%n esta+lecidos en la Ley(

  Artículo 5.- P(" (l r"t&ro )or l( c(u(l '" Lí%&t" '" E'(' "+ "l Gr('o

  La Dirección E-ecutiva de ersonal proyectar% las 5esoluciones de pase al

retiro por l!mite de edad en el grado del personal #ue se contempla en el art!culo

>4 de la Ley(

  Artículo 54.- P(" (l r"t&ro )or cu%)l&r "l t&"%)o '" "r9&c&o r"(l" 3

"<"ct&9o

  El personal pasar% de inmediato a la situación de retiro, al cumplir cuarenta

?4:@ a8os de servicios reales y e$ectivos(

  Artículo 55.- P(" (l r"t&ro )or l( c(u(l '" R"+o9(c&*+ '" Cu('ro

  Con$orme lo previsto en el numeral 7= del rt!culo ; de la Ley, la renovación de

cuadros es el proceso mediante el cual se rea-usta el n"mero de e$ectivos en la

institución, a través de la invitación de pase a la situación de retiro a *$iciales

<enerales, *$iciales Superiores y Su+o$iciales, a propuesta del Conse-o de

Cali$icación respectivo(

  Consta de dos $ases/ selección y aplicación(

  1@ Selección/ ara ser considerados en el proceso de renovación, en la

modalidad ordinaria, los *$iciales <enerales, *$iciales superiores y Su+o$iciales

de+en contar con un m!nimo de veinte ?7:@ a8os de servicios reales y e$ectivos, y

al ;1 de diciem+re del a8o del proceso, cumplir las condiciones siguientes/

  a( ara el <rado de 6eniente <enerales contar con un m!nimo de un ?1@ a8o de

permanencia en el grado(

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  +( ara el <rado de <eneral contar con un m!nimo de dos ?7@ a8os de

permanencia en el grado(

  c( ara los <rados de Coroneles, Comandantes y ayores, contar con un

m!nimo de cuatro ?4@ a8os de permanencia en el grado(

  d( ara los <rados de Su+o$icial Superior, Su+o$icial rigadier, Su+o$icial

6écnico de rimera, Su+o$icial 6écnico de Segunda y Su+o$icial 6écnico de

6ercera, contar con un m!nimo de cuatro ?4@ a8os de permanencia en el grado(

  7@ plicación/ La aplicación del proceso de renovación de cuadros se e-ecuta

de acuerdo a los siguientes lineamientos/

  a( La renovación tiene lugar una sola ve) al a8o, después de producido el

proceso de ascenso correspondiente, en atención a los criterios de la $ase de

selección( En casos ecepcionales, cuando as! lo amerite el Comando, con$orme a

lo dispuesto en el rt!culo >. de la Ley y el rt!culo >9 del presente 5eglamento(

  +( No constituye sanción administrativa(

  c( Es $unción del Conse-o de Cali$icación identi$icar o+-etivamente mediante

acta individual las causales esta+lecidas por ley en cada uno de los *$iciales y

Su+o$iciales propuestos al retiro por renovación, las #ue servir%n como

$undamento para la motivación de las resoluciones respectivas(

  d( La propuesta de renovación de *$iciales <enerales es $ormulada por escrito

por el Director <eneral de la olic!a Nacional del er" al inistro del 3nterior para

su evaluación, conocimiento y tr%mite( La apro+ación es potestad del residente

de la 5ep"+lica en su calidad de He$e Supremo de la olic!a Nacional del er"(

  e( La propuesta de renovación de *$iciales Superiores es $ormulada por escrito

por el Director <eneral de la olic!a Nacional del er", al inistro del 3nterior para

su conocimiento, evaluación y apro+ación(

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  $( La propuesta de renovación de los Su+o$iciales es $ormulada por el Director 

E-ecutivo de ersonal y es apro+ada por el Director <eneral de la olic!a Nacional

del er"(

  g( El pase a la situación de retiro del personal policial por la citada causal derenovación de+er% ser noti$icado por escrito, con$orme se esta+lece en el

reglamento de la presente norma(

  2( El pase a la situación de retiro por la causal de renovación se 2ace e$ectivo a

partir del 1 de enero del a8o siguiente al del proceso(

  Artículo 57.- R"+o9(c&*+ '" cu('ro '" %(+"r( "Bc")c&o+(l

  La renovación de cuadros tendr% lugar de manera ecepcional, en los

siguientes casos/

  a( nte la designación de un nuevo Director <eneral, en cuyo caso, se produce

autom%ticamente el pase a la situación de retiro de los *$iciales <enerales de

mayor antigFedad,

  +( Cuando as! lo amerite el Comando de la 3nstitución olicial, en cuyo caso no

se o+servaran los incisos de la $ase de selección, esta+lecidos en el numeral 1@

del art!culo >> del presente 5eglamento(

  Artículo 78.- No%r(%&"+to '" lo Co+"!o '" C(l&<&c(c&*+

  Los Conse-os de Cali$icación tienen por $inalidad evaluar y proponer con

o+-etividad e imparcialidad, a los *$iciales <enerales, Superiores y Su+o$iciales

Superiores y Su+o$iciales 6écnicos de la olic!a Nacional del er", #ue pasar%n a

la situación de retiro por la causal de 5enovación de Cuadros, de con$ormidad a lo

#ue esta+lece la ley de la materia( Los Conse-os son nom+rados mediante

5esolución de la Dirección <eneral de la olic!a Nacional del er", con la

siguiente con$ormación/

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  a( ara *$iciales <enerales y *$iciales Superiores de rmas y de Servicios, es

presidido por el Director <eneral, #uien designa a cuatro ?4@ *$iciales <enerales

de rmas y dos ?7@ *$iciales <enerales de Servicios en las pro$esiones de

a+ogado y médico respectivamente(

  +( ara Su+o$iciales de rmas y de Servicios lo preside el He$e del Estado

ayor <eneral y est% integrado por dos ?7@ *$iciales <enerales de rmas, tres ?;@

Coroneles de rmas y un ?1@ Coronel de Servicios a+ogado(

  Las decisiones de los Conse-os de Cali$icación se adoptan por mayor!a y es

o+ligatorio #ue todos sus integrantes se pronuncien so+re los casos #ue se

sometan a su consideración $ormulando el acta correspondiente, donde se

consignar% los acuerdos y sus $undamentos( Los Conse-os de Cali$icación

de+er%n mantener actuali)ado el registro de actas de cada proceso de renovación(

  Artículo 71.- R"c")c&*+ '" &+<or%(c&*+

  Los Conse-os de Cali$icación se instalan levantando el acta respectiva y

proceden a la recepción de la siguiente in$ormación/

  a( Cuadro de ascenso de *$iciales y Su+o$iciales correspondiente al a8o delproceso(

  +( Listado de los *$iciales y Su+o$iciales #ue cumplen las condiciones previstas

en el art!culo >= numeral 1@ de la Ley(

  c( Listado de los *$iciales y Su+o$iciales #ue se encuentran comprendidos en el

art!culo 49 del Decreto Legislativo 11B: #ue regula el 5égimen Disciplinario de la

olic!a Nacional del er"(

  d( La disponi+ilidad presupuestal para el otorgamiento de los derec2os y

+ene$icios económicos del personal propuesto para pasar a la situación de retiro

por la causal de renovación(

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  e( *tras #ue resulten necesarias(

  Artículo 7#.- Proc"'&%&"+to

  Los Conse-os de Cali$icación seguir%n el siguiente procedimiento/

  a( Eval"an y cali$ican la in$ormación reci+ida(

  +( Ela+oran y $ormulan la propuesta sustentada en actas individuales

de+idamente motivadas(

  c( pro+adas las propuestas y emitidas la 5esoluciones, ser%n noti$icadas de

acuerdo a ley(

  d( La documentación generada en cada proceso ser% derivada a la Dirección

E-ecutiva de ersonal para las acciones de su competencia(

  Artículo 7.- Not&<&c(c&*+

  La noti$icación de la 5esolución al personal de su pase a la situación de retiro

por la causal de 5enovación de cuadros est% a cargo de la Dirección E-ecutiva de

ersonal, la misma #ue se tiene por +ien noti$icada en las siguientescircunstancias/

  1@ En el domicilio #ue conste en el lega-o personal

  7@ En caso #ue no 2aya indicado domicilio o éste sea ineistente, en el

domicilio se8alado en el Documento Nacional de 3dentidad

  ;@ Si el administrado se niega a reci+ir la respectiva resolución de su pase a la

situación de retiro o $i rmar la correspondiente constancia de su recepción, se 2ar%

constar as! en el acta en presencia de un testigo, d%ndose por entregado al

administrado

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  4@ En caso #ue no se encuentre el administrado en su domicilio, el noti$icador 

de+e de-ar constancia de ello en el acta en presencia de un testigo, consignando

las caracter!sticas del inmue+le

  B@ En la dependencia policial donde la+ora(

  En las -urisdicciones policiales #ue no sean Lima y Callao, la noti$icación estar%

a cargo del He$e de la *$icina de dministración de las 5egiones, Arentes

oliciales o Direcciones 6erritoriales, en coordinación con la Dirección E-ecutiva de

ersonal(

  ara la noti$icación de las 5esoluciones de pase a la situación de retiro por la

causal de 5enovación de cuadros, se de+e tener en cuenta las $ormalidadesprevistas en la Ley del rocedimiento dministrativo <eneral(

  Artículo 7.- D" lo *r0(+o co%)ro%"t&'o.

  La 3nspector!a <eneral y la Dirección E-ecutiva de ersonal mantienen

actuali)ada la in$ormación del %rea de su responsa+ilidad, con el $in de ser 

proporcionada oportunamente a los Conse-os de Cali$icación(

  La Dirección E-ecutiva de ersonal, la Dirección E-ecutiva de dministración y

la Dirección de ensiones, son responsa+les de otorgar los derec2os

previsionales y +ene$icios sociales al personal #ue pasa a la situación de retiro por 

la causal de renovación de cuadros(

  La Dirección de Comunicación e 3magen 3nstitucional, tiene la responsa+ilidad

de organi)ar, a nivel nacional, el acto protocolar de reconocimiento y despedida

del personal #ue pasa a la situación de retiro por la causal renovación de cuadros(

  El personal comprendido en el art!culo >= numeral 1@ de la Ley, podr% solicitar 

al Director <eneral ser considerado en el proceso de renovación de cuadros en el

pla)o esta+lecido( Este documento ser% v%lido, cuando se encuentre de+idamente

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legali)ado por notario p"+lico( Es potestad de los Conse-os de Cali$icación,

apro+ar o desapro+ar las solicitudes, siendo su decisión inimpugna+le(

  Artículo 7/.- P(" (l r"t&ro )or "+<"r%"'(' o &+c()(c&'(' )&coo%Jt&c(

  El pase a la situación de retiro por en$ermedad o incapacidad psicosom%tica se

produce cuando el personal en situación de actividad o disponi+ilidad con

en$ermedad o incapacidad psicosom%tica no se encuentra apto para el servicio por 

las circunstancias se8aladas 2a+iendo transcurrido dos ?7@ a8os de tratamiento,

previo in$orme de la Dirección E-ecutiva de Sanidad de la olic!a Nacional del er"

y recomendación de la -unta médica respectiva(

  En estos casos, el re$erido personal tiene los derec2os y +ene$icios #ueesta+lecen las normas aplica+les(

  Artículo 7.- P(" (l r"t&ro )or lí%&t" '" )"r%(+"+c&( "+ l( &tu(c&*+ '"

'&)o+&&l&'('

  El personal #ue permanece dos ?7@ a8os consecutivos en la situación de

disponi+ilidad pasar% a la situación de retiro0 eceptu%ndose a a#uellos #ue 2ayan

solicitado su reingreso antes del vencimiento de dic2o término(

  Artículo 74.- P(" (l r"t&ro )or %"'&'( '&c&)l&+(r&(

  Es la acción administrativa #ue se aplica al personal por los motivos siguientes/

  (. Por (+c&*+ '&c&)l&+(r&(@ El pase a la situación de retiro por sanción

disciplinaria se produce de acuerdo a lo contemplado en la Ley del 5égimen

Disciplinario de la olic!a Nacional del er", independientemente de la sanción

penal #ue pudiera corresponder(

  . Por &+u<&c&"+c&( '&c&)l&+(r&(@ asa a la situación de retiro por la causal

de insu$iciencia disciplinaria el personal #ue o+tenga una nota anual de disciplina

menor o igual a B7 puntos en dos per!odos, aplic%ndose indistintamente al grado

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#ue ostente el administrado en el per!odo de evaluación, con$orme al 5egistro

Nacional de Sanciones Disciplinarias de la olic!a Nacional del er" #ue o+ra en

la Dirección E-ecutiva de ersonal, cuyo procedimiento es el siguiente/

  1( La 3nspector!a <eneral a través de las 3nspector!as 5egionales y de las*$icinas de Disciplina ?*D@ de las He$aturas dministrativas del nivel Dirección,

5egiones oliciales, Arentes oliciales, Direcciones 6erritoriales, Divisiones

6erritoriales y de las nidades *perativas, ser%n responsa+les de la codi$icación,

digitación y control de calidad de la 5esolución de Sanción en el Sistema

3ntegrado de <estión de la Carrera, cuando constituya acto $irme o agote la v!a

administrativa y 2aya sido de+idamente noti$icado el in$ractor0 sin per-uicio de la

remisión del epediente con las 5esoluciones de Sanción a la Dirección E-ecutiva

de ersonal(

  7( El per!odo de evaluación de la Io-a de Disciplina nual ser% desde el 1 de

enero al ;1 de diciem+re del a8o del proceso(

  ;( Culminado los treinta ?;:@ d!as 2%+iles siguientes del per!odo de registro de

la Io-a de Disciplina nual, la Dirección E-ecutiva de ersonal, noti$icar% al

administrado el inicio del proceso de insu$iciencia disciplinaria por los medios

legales, con la respectiva Io-a de Disciplina nual(

  4( La Dirección de rocesos dministrativos Disciplinarios solicitar% al órgano

de administración de Lega-os las copias certi$icadas de las órdenes de sanción

#ue sustenten la cali$icación en el per!odo materia del proceso administrativo(

 simismo, una ve) reci+ido el epediente e$ectuar% el control de calidad de las

órdenes de sanción digitadas por las di$erentes *$icinas de dministración a nivel

nacional, pudiendo imprimir las órdenes de sanción con presencia del $edatario a$in de remitir a las autoridades -udiciales cuando sea necesario(

  B( El administrado al ser noti$icado del proceso, tiene un pla)o de cinco ?B@ d!as

2%+iles para reunir y emitir sus descargos ante el órgano competente(

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  =( El epediente ser% remitido al órgano de sesor!a Hur!dica de la Dirección

E-ecutiva de ersonal, para #ue emita Dictamen Legal, antes de la $ormulación del

proyecto de 5esolución correspondiente(

  Artículo 75.- P(" (l r"t&ro )or &+u<&c&"+c&( )ro<"&o+(l

  De con$ormidad con lo dispuesto por el art!culo 97 de la Ley, la Dirección

E-ecutiva de ersonal en coordinación con la Dirección E-ecutiva de Educación y

Doctrina, llevar% ca+o el proceso de evaluación de insu$iciencia pro$esional del

personal de la olic!a Nacional del er", para cuyo e$ecto se nom+rar% una

Comisión de Evaluación, la #ue entrar% en $unciones a partir del mes de enero de

cada a8o(

  La Comisión de Evaluación emitir% la relación de personal incurso de la causal

de pase al retiro por insu$iciencia pro$esional(

  6rat%ndose de procesos de ascenso por concurso de *$iciales de rmas, la

causal de insu$iciencia pro$esional ser% aplica+le a #uienes no aprue+en o

alcancen vacante al grado inmediato superior durante seis ?:=@ a8os consecutivos

o discontinuos(

  asa a la situación de retiro por la causal de insu$iciencia pro$esional el

personal policial #ue desaprue+a la evaluación de desempe8o( El 5eglamento de

Evaluación del Desempe8o del ersonal de la olic!a Nacional del er" esta+lece

los procedimientos correspondientes(

  Artículo 77.- P(" (l r"t&ro )or "+t"+c&( !u'&c&(l co+'"+(tor&(

  El personal pasa a la situación de retiro por sentencia -udicial condenatoria por resolución -udicial consentida o e-ecutoriada #ue sancione con pena privativa de

li+ertad e$ectiva o in2a+ilitación mayor de dos ?7@ a8os(

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  ara el caso del personal #ue se encuentre +a-o sentencia -udicial condenatoria

con resolución -udicial consentida o e-ecutoriada con pena privativa de la li+ertad

e$ectiva, la Dirección E-ecutiva de ersonal proceder% de la siguiente manera/

  a( 5eci+ida la resolución de sentencia del órgano -urisdiccional, la DirecciónE-ecutiva de ersonal emite la resolución correspondiente(

  +( Se procede a la noti$icación del administrado a través del 3nstituto Nacional

enitenciario ad-untando la copia de la resolución administrativa(

  c( Se reci+e la noti$icación y se procede al registro en el Sistema 3ntegrado de

<estión de la Carrera de la Dirección E-ecutiva de ersonal(

  d( Se comunica a la Dirección E-ecutiva de dministración y a la Dirección de

ensiones, ad-untando copia de la resolución(

  ara el caso del personal #ue se encuentre +a-o sentencia -udicial condenatoria

con resolución -udicial consentida o e-ecutoriada o sanción con in2a+ilitación

mayor de dos ?7@ a8os, la Dirección E-ecutiva de ersonal proceder% de la misma

$orma se8alada en el p%rra$o anterior, salvo lo indicado en el literal &+', en cuyo

caso se noti$ica al administrado a través de la *$icina de dministración de sunidad ad-untado la copia de la resolución administrativa(

  Artículo 188.- P(" (l r"t&ro ( u ol&c&tu'

  El personal puede pasar a la situación de retiro a su solicitud, cumpliendo los

siguientes re#uisitos/

  a( Solicitud por conducto regular, dirigida a la autoridad #ue corresponda emitir 

el acto administrativo(

  +( No estar sometido a investigación administrativa disciplinaria por in$racción

muy grave(

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  c( No estar comprendido dentro de los alcances de los art!culos =B, =. y => de

la Ley0 en caso contrario, de+er%n adecuarse a lo preceptuado en el art!culo =9 de

la precitada norma(

  Artículo 181.- P(" (l r"t&ro )or "+co+tr(r" )or "0u+'( 9"6 "+ &tu(c&*+'" '&)o+&&l&'('

  El personal #ue por cual#uiera de las causales previstas en la presente norma

se encuentre por segunda ve) en la situación de disponi+ilidad, pasar%

inmediatamente a la situación de retiro, o+servando el siguiente procedimiento/

  a( La Dirección E-ecutiva de ersonal anualmente emite el listado del personal

#ue registra situación de disponi+ilidad(

  +( na ve) #ue se reci+e la resolución por situación de disponi+ilidad se veri$ica

si el administrado registra otra situación de disponi+ilidad(

  c( De resultar positivo se proyecta la respectiva resolución de pase al retiro por 

encontrarse por segunda ve) en situación de disponi+ilidad(

  d( Se procede a la noti$icación del administrado, ad-untando copia autenticada

de la resolución considerando la dirección #ue registra en el 5EN3EC a través de

la Dependencia olicial de la localidad si se encuentra en el pa!s, y si est% en el

etran-ero, por intermedio del inisterio de 5elaciones Eteriores(

  Artículo 18#.- D"r"co '"l )"ro+(l 2u" )(( ( l( &tu(c&*+ '" r"t&ro

  El personal #ue pasa a la situación de retiro tiene derec2o a la pensión,

compensaciones, indemni)aciones y dem%s +ene$icios seg"n corresponda, #ue

esta+le)ca la legislación so+re la materia( Los re$eridos derec2os tienen car%cter 

vitalicio y sólo podr%n ser suspendidos o retirados por resolución -udicial

consentida o e-ecutoriada(

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  l personal próimo a pasar a la situación de retiro por la causal de l!mite de

edad en el grado o por tiempo de servicios reales y e$ectivos, se le otorgar% de

o$icio, un per!odo de adaptación a la vida civil de tres ?;@ meses calendario,

previos a la $ec2a en #ue de+a pasar a la situación de retiro( Durante este per!odo

se le eime de la o+ligación de asumir cargo(

  El personal #ue pase al retiro por la causal de renovación continuar% coti)ando

sus aportes previsionales 2asta cumplir treinta ?;:@ a8os de servicios reales y

e$ectivos(

CAPÍTULO >II

CA?HIO DE SITUACIÓN POLICIAL

  Artículo 18.- C(%&o '" &tu(c&*+

  Los cam+ios de situación policial se $ormali)an mediante los instrumentos

normativos, se8alados en el art!culo =4 de la Ley(

  Las resoluciones emitidas por los órganos disciplinarios #ue impongan

sanciones de pase a la situación de disponi+ilidad o retiro por medida disciplinaria,

#ue constituyan actos $irmes o agoten la v!a administrativa, de+idamente

noti$icadas, surten e$ecto inmediato por su propio mérito, no siendo necesaria la

emisión de resolución adicional alguna( Copia certi$icada de la resolución y del

cargo de recepción ser% remitida a la Dirección E-ecutiva de ersonal, para #ue

accione en el %m+ito de su competencia(

  Artículo 18.- T&"%)o %í+&%o '" "r9&c&o )or c(%&o '" &tu(c&*+ )ol&c&(l

  Cumplido el tiempo m!nimo de servicios para el cam+io de situación policial/