ley de la propiedad industrial. capítulo 2

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LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL MARCO LEGAL DE LA MERCADOTECNIA Josué Alfonso Alvarez Cueva Síntesis Art. 96 – Art. 135 CAPÍTULO II De las Marcas Colectivas Éste capítulo hace referencia a que las sociedades o asociaciones de diversas índoles se pueden registrar como una marca colectiva para poderse diferenciar de otras. CAPÍTULO II BIS. De las Marcas Notoriamente Conocidas y Famosas. Toda marca puede surgir realizando actividades comerciales, y se reconoce a una marca famosa cuando es conocida por mas del 50% de los consumidores. Para poder obtener la declaratoria de notoriedad se deben de realizar encuestas o estudios de mercado, en donde el resultado con los consumidores reales deben de identificarla. Para que la solicitud no sea desechada se tiene que cumplir con los requerimientos en los plazos que le son otorgados, en donde el resultado será publicado en la gaceta .

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Page 1: Ley de la propiedad industrial. Capítulo 2

LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL MARCO LEGAL DE LA MERCADOTECNIA Josué Alfonso Alvarez Cueva Síntesis Art. 96 – Art. 135

CAPITULO II De las Marcas Colectivas

Éste capítulo hace referencia a que las sociedades o asociaciones de diversas índoles se pueden registrar como una marca colectiva para poderse diferenciar de otras.

CAPITULO II BIS. De las Marcas Notoriamente Conocidas y Famosas.

Toda marca puede surgir realizando actividades comerciales, y se reconoce a una marca famosa cuando es conocida por mas del 50% de los consumidores.

Para poder obtener la declaratoria de notoriedad se deben de realizar encuestas o estudios de mercado, en donde el resultado con los consumidores reales deben de identificarla. Para que la solicitud no sea desechada se tiene que cumplir con los requerimientos en los plazos que le son otorgados, en donde el resultado será publicado en la gaceta .

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CAPITULO III De los Avisos Comerciales

Para que un aviso comercial pueda ser utilizado por una asociación ó corporación se debe antes haber registrado ante el Instituto, se le puede llamar aviso a las frases u oraciones en el cual su función es el anuncio de establecimientos, negocios, productos o servicios. El cual tendrá una vigencia de diez años a partir de la fecha de presentación de la solicitud, y para mantener el permiso por mas tiempo deberá solo renovarse durante éste periodo.

CAPITULO IV De los Nombres Comerciales

Aunque no haya sido registrado el nombre comercial de una empresa o establecimiento, cuenta con el derecho exclusivo y estará protegido en la zona geográfica de los clientes potenciales de la empresa.

Si la empresa tiene un nombre comercial que carezca de elementos, no podrá ser publicada en la Gaceta.

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CAPITULO V Del Registro de Marcas

Para registrar una marca se deberán presentar solicitud por escrito ante el instituto la información del solicitante, el signo distintivo de la marca, la fecha de uso de la marca y productos en donde se aplicará la marca. El interesado tendrá un plazo adicional de 2 meses para cumplir con los requisitos, sin que medie solicitud; en caso de no cumplir los requerimientos formulados durante el plazo inicial o en el adicional, se dará por abandonada la solicitud.

De esta manera si se procede la solicitud se puede utilizar la leyenda “marca

registrada”, las siglas “M.R” o el símbolo “ ® “.

El instituto tiene todo el derecho a declarar el registro y uso obligatorio de marcas en cualquier producto o servicio, inclusive a prohibir ó regular el uso de marcas, registradas o no a petición de los organismos representativos.

Si la marca no tiene uso durante 3 años consecutivos para los fines que fue registrado, se procederá la caducidad del registro, a menos que el titular tenga licencia inscrita durante esos 3 años.