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REPUBLICA DE - San Salvador, 4 AMERICA de 2007. DIARIO OFICIAL. EL SALVADOR EN LA de Enero CENTRAL

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DIARIO OFICIALDIRECTOR: Hugo M. Crdova B.

TOMO N 374

SAN SALVADOR, JUEVES 4 DE ENERO DE 2007

NUMERO 2

La Direccin de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicacin en el Diario Ocial se procesa por transcripcin directa y el del original, por consiguiente la institucin no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institucin que los present. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).

SUMARIOPg. Pg.

ORGANO LEGISLATIVODecreto No. 189.- Ley de Creacin del Fondo del Milenio............................................................................3-8

MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL

RAMO DE LA DEFENSA NACIONALAcuerdo No. 129.- Se compra porcin de terreno a favor del Ramo de la Defensa Nacional.............................................. 13-14

ORGANO EJECUTIVOPRESIDENCIA DE LA REPBLICA

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL

RAMO DE SALUD PBLICA Y ASISTENCIA SOCIALAcuerdos Nos. 709 y 710.- Se autorizan gastos por el desempeo de misiones ociales. ..............................................15

Acuerdos Nos. 526 y 527.- Se encarga Despacho del Presidente de la Repblica. ........................................................9

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIAAcuerdo No. 526-D.- Se autoriza al Licenciado Atilio Flores Ruiz, para que ejerza las funciones de notario, aumentndosele en la nmina respectiva..............................................................

MINISTERIO DE ECONOMIA

RAMO DE ECONOMAAcuerdos Nos. 1423 y 1511.- Se dejan sin efecto varios Acuerdos Ejecutivos, emitidos por el Ramo de Economa........10-11

16

Acuerdos Nos. 1510 y 1515.- Se declaran como depsito para perfeccionamiento activo, las instalaciones de las sociedades JTex, Sociedad Annima de Capital Variable y Servicios de Costura para Exportacin, Sociedad Annima de Capital Variable. ......11-13

Acuerdos Nos. 1439-D, 1599-D, 1740-D, 1741-D, 1744-D, 1746-D, 1755-D, 1759-D, 1766-D, 1780-D, 1781-D, 1785-D, 1803-D, 1807-D, 1825-D, 1830-D, 1833-D, 1865-D, 1873-D, 1882-D, 1883-D, 1884-D, 1897-D, 1905-D, 1911-D, 1912-D, 1915-D, 1916-D, 1928-D, 1957-D, 1960-D, 1965-D, 1966-D, 1968-D, 1982-D, 1983-D, 1994-D, 1995-D, 1997-D, 2004-D, 2005-D, 2010-D, 2015-D, 2016-D, 2017-D, 2023-D, 2032-D, 2033-D, 2045-D, 2046-D, 2054-D, 2057-D, 2062-D, 2080-D. 2086-D, 2087-D, 2089-D, 2091-D, 2092-D, 2096-D y 2102D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogaca en todas sus ramas. ......................................................................................... 16-28

MINISTERIO DE EDUCACION

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDAS MUNICIPALESDecreto No. 5.- Ampliacin a la ordenanza transitoria de exencin de intereses y multas provenientes de deudas por tasas e impuestos a favor del municipio de Santiago Nonualco.........

RAMO DE EDUCACINAcuerdo No. 15-1242.- Se reconocen los estudios acadmicos realizados por Juan Esteban Casiva. ......................13

29

Direccin: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2233-7800 Pgina Web: www.egobierno.gobernacion.gob.sv/egobierno/imprentanacional Correo: [email protected]

2

DIARIO OFICIAL Tomo N 374Pg. Pg.

Decreto No. 11.- Reforma a la Ordenanza Reguladora de Tasas por Servicios Municipales del Municipio de Ahuachapn................................................................................ 30-41

Marcas de Fbrica Carteles Nos. A030804, A030818, A030874, A030878, A031036, A031037, A031039, A031040, A031042, A031099, A031101, A031102, C004109, C004111, C004128, C004129. 78-83 Nombre Comercial Carteles Nos. A031088, C004107, C004110....................

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACINDeclaratoria de Herencias Cartel No. 5.- Juan Francisco Garca Tabora (1 vez)........ Aceptacin de Herencias Cartel No. 6.- Dunia Liseth Vsquez Orellana (3 alt.)...... Cartel No. 7.- Nancy Julieta Chinchilla de Snchez (3 alt.). ........................................................................................... Cartel No. 8.- Edis Margarita Olivar (3 alt.)..................... Cartel No. 9.- Yanira Elizabeth Cruz Argumedo de Monterrosa (3 alt.) .....................................................................42

83-84

Seal de Publicidad Comercial Carteles Nos. A031031, A031032, A031033, A031035, C004108..................................................................................... 84-86 Matrculas de Comercio Carteles Nos. A030812, A030861, A030981, C004095, C004097, C004131, C004140, C004149, C004153. ................. 86-89 Convocatoria Cartel No. A030852. .........................................................90

42 42 42 42

Subastas Pblicas Carteles Nos. A030807, A030808, A030809, A030920, A030921, A030922, A030923, A030924, A030933, A030934, A030944, C004121. ................................................................... 90-94 Reposicin de Certicados Carteles Nos. A030837, A030838, A030841, A030843, A030845, A030848, A030849, A030850, A030851, A030854, A030856, A031038, A031041, A031043, A031044. ................ 95-98 Aumentos de Capital Carteles Nos. A030891, C004114, C004126.................... Disminucin de Capital Cartel No. A031027. .........................................................98

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACINDeclaratorias de Herencia Carteles Nos. A030724, A030751, A030752, A030767, A030768, A030778, A030784, A030785, A030795, A030816, A030823, A030824, A030825, A030839, A030868, A030887, A030889, A030905, A030910, A030912, A030919, A030932, A030936, A030954, A030957, A030971, A030972, A030979, A030987, A030994, A030997, A030998, A031010, A031019, A031023, A031026, A031080, A031089, A031105, A031107, A031119, A031120, A031124, A031125, C004098, C004102, C004104, C004116, C004133, C004138, C004139, C004145, C004146, C004147. ................................................................... 43-57 Aceptacin de Herencias Carteles Nos. A030847 A030873, A030875, A030876, A030877, A030899, A030974, A031047, A031057, A031082, A030723, A030740, A030760, A030773, A030788, A030855, A030939, A030941, A030942, A030943, A030960, A030973, A030992, A031002, A031003, A031004, A031006, A031051, A031056, A031058, A031079, A031121, C004103, A030814. 57-67 Ttulos de Propiedad Carteles Nos. A030771 A030800, A030909, A030940, A031014, A031122.................................................................... 67-69 Ttulos Supletorios Carteles Nos. A030757, A030758, A030938, A030950, C004099, A030902, A030904. .................................................. 69-71 Ttulos de Dominio Carteles Nos. A030720, A030753, A030754, A030815, A030817, A030884.................................................................... 71-73 Juicios de Ausencia Carteles Nos. A030857, A030925, A030926, A030928, A030930, A030931, A030935, A030937, C004117, C004154. 74-76 Cambio de Nombre Carteles Nos. A030853, A030984. ................................... Muerte Presunta Cartel No. C004124. ......................................................... Renovacin de Marcas Cartel No. C004130. .........................................................

98

Balances de Liquidacin Carteles Nos. A031104, A031106, A031109, A031112, A031114, A031115.................................................................... 99-104 Frecuencias de Uso Regular Cartel No. A030827. ......................................................... Revocatoria de Poder Cartel No. A030836. .........................................................105

105

Fusin de Sociedades Carteles Nos. C004134, C004135, C004136, C004137. .. 105-108 Ttulos Municipales Carteles Nos. C004118, A030897.....................................109

Marcas de Servicios Carteles Nos. A031029, A031030. ................................... 109-110 Reposicin de Pliza de Seguro Cartel No. C004142. ......................................................... Cambio de Direccion de Empresa Cartel No. C004115. .........................................................110

110

DE SEGUNDA PUBLICACINAceptacin de Herencias Carteles Nos. A030445, A030595. ................................... Ttulo de Propiedad Cartel No. A030550. .........................................................111

111

77

Ttulo Supletorio Cartel No. A030404. ......................................................... 111-112 Patentes de Invencin Carteles Nos. A030356, A030357. ...................................112

77

78

DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 4 de Enero de 2007.

3

ORGANO LEGISLATIVODECRETO No. 189.-

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO: I. II. Que con fecha 29 de noviembre del 2006, se suscribi el Convenio del Reto del Milenio suscrito entre el Gobierno de la Repblica de El Salvador y el Gobierno de los Estados Unidos de Amrica a travs de la Corporacin del Reto del Milenio. Que para facilitar y asegurar el cumplimiento de lo dispuesto en dicho Convenio, es necesario crear una institucin que administre los fondos y cumpla con todas las obligaciones y responsabilidades asumidas por el Gobierno de la Repblica de El Salvador.

POR TANTO: en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la Repblica por medio del Ministro de Hacienda,

DECRETA la siguiente:

LEY DE CREACIN DEL FONDO DEL MILENIO TTULO I CAPTULO NICO DISPOSICIONES GENERALES

Objeto Art. 1. La presente Ley tiene por objeto regular la organizacin interna, funcionamiento y operatividad de la entidad denominada Fondo del Milenio.

Glosario Art. 2. Para efectos de la presente Ley, se entender por: Acuerdo Complementario: Documento suscrito entre el Gobierno o FOMILENIO y MCC, distinto al Convenio, pero que deriva del mismo, o entre FOMILENIO y cualquier tercero que establezca procedimientos, requerimientos, trminos de implementacin y/o condiciones especcas para la ejecucin del Programa. Estos acuerdos complementarios no modican el Convenio original. Acuerdo de la Entidad de Implementacin: Acuerdo suscrito entre FOMILENIO y una Entidad de Implementacin. Autonoma Presupuestaria: Para efectos de esta Ley se entiende por autonoma presupuestaria en el ejercicio de sus funciones, a que sus operaciones o actividades no sern sujetas a autorizacin o intervencin previa por ninguna entidad ajena a la institucin para el uso de sus recursos. Convenio: El Convenio del Reto del Milenio suscrito entre el Gobierno de la Repblica de El Salvador y el Gobierno de los Estados Unidos de Amrica, a travs de la Millennium Challenge Corporation, de fecha 29 de noviembre de 2006. Directrices de Contrataciones: Son aquellas que adems de regirse por lo establecido en el Convenio, debern incluir los siguientes requisitos: 1. Regulaciones para las adquisiciones y las contrataciones que sean aceptadas a nivel internacional, que contengan procedimientos claros, justos, competitivos y que se utilicen de manera transparente para licitar, adjudicar y administrar los contratos, concesiones y otros acuerdos, as como para adquirir bienes, servicios y obras; 2. Las licitaciones de bienes, servicios y obras debern basarse en una descripcin clara y precisa de los bienes y servicios u obras a adquirirse; 3. Los contratos debern ser adjudicados solamente a los contratistas capaces y calicados que cuenten con la disponibilidad para suscribir los contratos de acuerdo con los trminos y condiciones de dichos contratos y de forma oportuna y ecaz en funcin de los costos; y 4. Por la adquisicin y contratacin de bienes, servicios y obras no se pagarn precios que no sean comercialmente razonables.

4

DIARIO OFICIAL Tomo N 374Entidad de Implementacin: Uno o ms ministerios, dependencias, entidades u organismos del Gobierno, o entidades gubernamentales, empresas, sociedades, ONGs, suministrantes o contratistas, seleccionados de conformidad con las disposiciones del Convenio, que participan con FOMILENIO a n de implementar cualquier Proyecto, actividad del Proyecto (o un componente de lo anterior), o cualquier otra actividad necesaria con relacin a la implementacin del Convenio. Gobierno: El Gobierno de la Repblica de El Salvador. Junta Directiva: La Junta Directiva de FOMILENIO. MCC: Millennium Challenge Corporation, por sus siglas en ingls (en castellano, Corporacin del Reto del Milenio). ONGs: Organizaciones no Gubernamentales. Programa: Todo proyecto incluido dentro del Convenio para ser implementado con los fondos de la MCC. Reglamento: El Reglamento de esta Ley. Zona Norte: La zona norte de la Repblica de El Salvador.

TTULO II CAPTULO I DE LA CREACIN DEL FONDO DEL MILENIO

Creacin y Naturaleza Art. 3. Crase el Fondo del Milenio, que en adelante podr denominarse FOMILENIO, como una entidad autnoma de derecho pblico, de carcter tcnico, de utilidad pblica, y que existir mientras haya actividades, derechos y obligaciones pendientes de ejecucin, derivados del Convenio, con personalidad jurdica y patrimonio propio, con plena autonoma en el ejercicio de sus funciones, tanto en lo financiero como en lo tcnico, administrativo y presupuestario. Su domicilio ser el de la ciudad de San Salvador, pero podr establecer dependencias en cualquier parte de la Repblica. El patrimonio de FOMILENIO se constituir con el otorgamiento de fondos de la MCC; procedentes del Gobierno de los Estados Unidos por intermedio de la MCC, de conformidad con el Convenio.

Objeto Art. 4. FOMILENIO tendr como objeto garantizar el cumplimiento de la finalidad establecida en el Convenio, as como desarrollar los objetivos determinados en el mismo, consistentes en: a) b) c) Desarrollo Humano; Desarrollo Productivo; Conectividad.

Estructura Orgnica Art. 5. De conformidad con lo dispuesto en el Convenio, FOMILENIO estar integrado inicialmente de la siguiente forma: 1) 2) 3) 4) Una Junta Directiva; Un Director Ejecutivo; Un Subdirector Ejecutivo; Unidades Administrativas y Tcnicas.

CAPTULO II ORGANIZACIN

Junta Directiva Art. 6. La Junta Directiva ser la mxima autoridad encargada de la direccin y supervisin de todas las actividades de FOMILENIO y de velar por el cumplimiento de las responsabilidades y obligaciones adquiridas por el Gobierno de la Repblica, de conformidad con el Convenio y la presente Ley. La Junta Directiva constar de por lo menos siete miembros, hasta un mximo de once miembros con derecho a voto y de no menos de dos observadores sin derecho a voto.

DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 4 de Enero de 2007.a) b)

5

Inicialmente, la Junta Directiva estar conformada por siete miembros con derecho a voto, seleccionados de la siguiente manera: Cuatro de los miembros y sus correspondientes suplentes, sern nombrados por el Gobierno de la Repblica, encontrndose sujeto su nombramiento a las condiciones que para tal efecto dispone el Convenio; Un representante del sector privado y su respectivo suplente, quien ser seleccionado y designado por el Gobierno de la Repblica, a travs del rgano Ejecutivo y MCC, de ternas propuestas de conformidad con el procedimiento establecido para ello en el Reglamento de la presente Ley; Dos representantes de ONGs y sus respectivos suplentes, seleccionados y designados por el Gobierno de la Repblica, a travs del rgano Ejecutivo y MCC, de ternas propuestas de conformidad con el procedimiento establecido para ello en el Reglamento de la presente Ley.

c)

Los dos miembros Observadores y sus respectivos suplentes, quienes no tendrn derecho a voto, sern seleccionados de la siguiente manera: 1) 2) Un representante designado por la MCC; El Ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Uno de los miembros propietarios, designado por el Gobierno actuar como Presidente de la Junta Directiva. En el caso que uno de los miembros de las ONGs no sea de una entidad orientada a temas de medio ambiente, deber nombrarse un Observador adicional de una organizacin con dicha orientacin. Las funciones y atribuciones de los miembros de la Junta Directiva son indelegables. Por cada miembro propietario de la Junta Directiva habr un suplente que lo sustituir en su ausencia con los mismos derechos y facultades. Todos los miembros de la Junta Directiva ejercern sus funciones ad-honorem, por lo que no percibirn salario o dieta alguna. El Reglamento establecer los procedimientos para la seleccin de cualquier miembro adicional de la Junta y de cualquier observador adicional, as como los procedimientos para cualquier cambio de Presidente y cualquier cambio en la composicin de la Junta.

Art. 7. Para ser miembro de la Junta Directiva se requiere: 1) 2) 3) Ser salvadoreo mayor de edad en el ejercicio de sus derechos de ciudadano; Ser de reconocida y comprobada moralidad y honestidad; Presentar declaracin jurada certicada, en la que se exprese no tener inhabilidades para ocupar el cargo.

Inhabilidades Art. 8. Son inhbiles para ser miembros propietarios o suplentes de la Junta Directiva: 1) 2) 3) Las personas naturales, miembros de una misma sociedad de personas o capital que formen parte de juntas directivas en sociedades que liciten o pretendan licitar con FOMILENIO; Las personas naturales o jurdicas, cuya actividad ordinaria sea objeto de contratacin con el FOMILENIO, o representantes los intereses de aquellos; Los declarados en concurso o quiebra, que no hubieran obtenido su rehabilitacin.

Consejo Asesor Art. 9. La Junta Directiva de acuerdo a los procedimientos establecidos en el Reglamento de esta Ley y en el Convenio, nombrar un Consejo Asesor ad-honorem, independiente de FOMILENIO, que se encargar de asegurar la existencia de un proceso de comunicacin social e interrelacin entre FOMILENIO y los gobiernos locales, la sociedad civil y representantes del sector privado. El Consejo Asesor tendr la composicin determinada por el Convenio, la cual podr ajustarse mediante acuerdo entre el Gobierno y la MCC, de conformidad a lo establecido en las disposiciones legales pertinentes.

Atribuciones de la Junta Directiva Art. 10. Son atribuciones de la Junta Directiva las siguientes: 1) 2) 3) 4) Supervisar y administrar el programa y cada uno de los proyectos y actividades que lo componen. Aprobar procedimientos, reglamentos, manuales, instructivos, organizacin interna, gastos, adquisiciones y contrataciones, y en general, cualquier documento o directriz orientada a la implementacin del programa. Proponer al Gobierno los Decretos Ejecutivos que sean necesarios para la formacin u operacin de FOMILENIO. Aprobar, suscribir e implementar los acuerdos complementarios necesarios para la ejecucin del programa.

65) 6) 7) 8) 9)

DIARIO OFICIAL Tomo N 374Nombrar al Director Ejecutivo y Sub Director Ejecutivo y denir sus funciones y responsabilidades, delegndole al primero las facultades para suscribir cualquier acuerdo previamente aprobado por la Junta Directiva. Solicitar los desembolsos de la MCC que sean necesarios para la implementacin del programa. Crear las unidades administrativas y tcnicas que la ejecucin del programa requieran. Elaborar el proyecto de presupuesto extraordinario, y remitirlo al Ministerio de Hacienda para su debida presentacin a la Asamblea Legislativa para su aprobacin. Cualquier otra atribucin sealada en el Convenio, los Acuerdos Complementarios y el Reglamento de esta Ley.

Atribuciones del Presidente de la Junta Directiva Art. 11. Corresponde al Presidente de la Junta Directiva: 1) 2) 3) 4) Representar a la institucin, judicial y extrajudicialmente; Firmar los Acuerdos Complementarios, contratos, convenios de colaboracin y cooperacin y otorgar poderes generales judiciales, administrativos o especiales, previa autorizacin de la Junta Directiva; Presidir las sesiones de la Junta Directiva; Cualesquiera otra atribucin que le delegue la Junta Directiva.

CAPTULO III RESPONSABILIDADES DE FOMILENIO

Art. 12. FOMILENIO conforme al Convenio, tendr entre otras, las siguientes responsabilidades: 1) 2) 3) 4) 5) Velar por la implementacin de cualquier tipo de medida de mitigacin ambiental y social, identicadas en evaluaciones o planes que cuenten con la aprobacin de la MCC; Implementar en coordinacin con el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, las medidas de mitigacin ambiental que garanticen la preservacin de los recursos naturales en lo relativo a la preservacin de la cuenca del ro Lempa; Implementar medidas de compensacin econmica por el desplazamiento fsico o econmico de personas, residencia y negocios afectados por la Red de Carreteras; Realizar en coordinacin con el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y con las instituciones correspondientes, todas las evaluaciones de impacto ambiental y otros estudios que estn en el Convenio; Velar por todas aquellas responsabilidades establecidas en el Convenio.

CAPTULO IV FISCALIZACIN Y AUDITORA

Fiscalizacin Art. 13. Sin perjuicio que las operaciones de FOMILENIO se encuentran sujetas a fiscalizacin de acuerdo a los procedimientos sealados en el Convenio, la Corte de Cuentas de la Repblica deber de conformidad a la Ley, ejercer su actividad fiscalizadora sobre la entidad.

Auditoras Art. 14. FOMILENIO contar con los controles financieros necesarios para garantizar el adecuado uso de los recursos que constituyen su patrimonio, para cuyo efecto contar con una auditora interna. Asimismo, contar con una auditora externa, contratada de acuerdo a los procedimientos establecidos en el Convenio y los Acuerdos Complementarios. Los informes de las auditoras sern publicados, de acuerdo a lo establecido para tal efecto en el Convenio. A efecto de contribuir con la transparencia en la ejecucin del proyecto, la Junta Directiva de FOMILENIO, enviar anualmente a la Asamblea Legislativa un informe detallado de la ejecucin fsica y financiera del Convenio.

Obligatoriedad Art. 15. La Junta Directiva, a travs del Director Ejecutivo, deber dar cumplimiento a las recomendaciones que se sealen en los informes de auditora.

DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 4 de Enero de 2007.CAPTULO V RGIMEN ECONMICO

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Presupuesto Art. 16. Los recursos que invierta FOMILENIO sern destinados para la realizacin de obras de inters pblico, de conformidad con lo estipulado en el Convenio; en consecuencia y para los efectos de garantizar una adecuada y oportuna inversin de dichos fondos, su presupuesto ser de naturaleza extraordinaria. En dicho presupuesto, se consignarn los recursos provenientes de la MCC. El citado presupuesto deber sujetarse a las regulaciones que para tal efecto se indican en el Convenio. En todo lo no contemplado en el Convenio o la presente Ley, se estar a lo dispuesto en las leyes de la materia que resulten aplicables.

Adquisiciones de Bienes y Servicios Art. 17. Para la adquisicin de bienes y servicios por parte de FOMILENIO, en todo aquello que no se encuentre regulado en el Convenio y en esta Ley, se aplicarn las disposiciones que se sealan en las Directrices de Contrataciones establecidas en el Convenio y en los acuerdos que deriven del mismo.

Contratacin de Personal Art. 18. FOMILENIO contratar al personal necesario para el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo que al respecto se establezca en el Reglamento que se emita.

Obligacin del Gobierno Art. 19. Durante el plazo del Convenio, el Gobierno deber realizar una contribucin apropiada, proporcional a su presupuesto nacional y que tenga en cuenta las condiciones econmicas prevalecientes, para el logro de los objetivos del presente Convenio.

CAPTULO VI DISPOSICIONES FINALES

Entidades de Implementacin Art. 20. Para la efectiva implementacin del Programa, FOMILENIO podr suscribir acuerdos con la Entidad de Implementacin que estime conveniente, de acuerdo a las estipulaciones del Convenio, de esta Ley, de los Acuerdos Complementarios y del Reglamento.

Aplicacin Supletoria Art. 21. Las situaciones no previstas en esta Ley sern resueltas atendiendo al siguiente orden de aplicacin: 1) 2) 3) El Convenio; Los Acuerdos Complementarios; El Reglamento.

Carcter Especial de la Ley Art. 22. La presente Ley es de carcter especial y prevalecer sobre cualquier disposicin que la contrare. La derogatoria o modificacin de cualquiera de sus disposiciones deber realizarse en forma expresa.

Disposicin Transitoria Art. 23. Sin perjuicio de las facultades y procedimientos que establece esta Ley para nombrar, seleccionar y designar a los miembros de la Junta Directiva y mientras los rganos competentes no dispongan lo contrario, los miembros cuyo nombramiento compete al Gobierno sern los siguientes: a) b) c) Secretario Tcnico de la Presidencia de la Repblica; Ministro de Relaciones Exteriores; Ministro de Hacienda;

8d)

DIARIO OFICIAL Tomo N 374Ministro de Agricultura y Ganadera. El Secretario Tcnico de la Presidencia ejercer la Presidencia de la Junta Directiva.

Reglamento Art. 24. El Presidente de la Repblica deber emitir el Reglamento de la presente Ley dentro del plazo de sesenta das contados a partir de su vigencia.

Vigencia Art. 25. La presente Ley entrar en vigencia quince das despus de su publicacin en el Diario Oficial, y una vez est en vigencia el Convenio del Reto del Milenio, suscrito entre el Gobierno de la Repblica de El Salvador y el Gobierno de los Estados Unidos de Amrica a travs de la Corporacin del Reto del Milenio.

DADO EN EL SALN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veinte das del mes de diciembre del ao dos mil seis.

RUBN ORELLANA PRESIDENTE

ROLANDO ALVARENGA ARGUETA VICEPRESIDENTE

FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN VICEPRESIDENTE

JOS RAFAEL MACHUCA ZELAYA VICEPRESIDENTE

RODOLFO ANTONIO PARKER SOTO VICEPRESIDENTE

ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDS SOTO SECRETARIO

MANUEL ORLANDO QUINTEROS AGUILAR SECRETARIO

JOS ANTONIO ALMENDARIZ RIVAS SECRETARIO

NORMAN NOEL QUIJANO GONZLEZ SECRETARIO

ZOILA BEATRIZ QUIJADA SOLS SECRETARIA

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los cuatro das del mes de enero del ao dos mil siete.

PUBLQUESE,

ELAS ANTONIO SACA GONZLEZ, PRESIDENTE DE LA REPBLICA.

WILLIAM JACOBO HNDAL HNDAL, MINISTRO DE HACIENDA.

DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 4 de Enero de 2007.

9

ORGANO EJECUTIVOPRESIDENCIA DE LA REPBLICAACUERDO No. 526 ELAS ANTONIO SACA GONZLEZ, Presidente de la Repblica.

en uso de sus facultades legales y de conformidad a lo establecido en los artculos 155 de la Constitucin y 3, inciso 2 del Reglamento Interno del rgano Ejecutivo, ACUERDA: Encargar el Despacho del Presidente de la Repblica el da 15 del presente mes y ao, a la Licenciada MARIA ALICIA MORATAYA DE STEINER, Segunda Designada a la Presidencia de la Repblica, en razn que tanto el suscrito Presidente de la Repblica, la seora Vicepresidenta de la Repblica y el Primer Designado a la Presidencia de la Repblica nos encontraremos fuera del pas en la fecha antes expresada cumpliendo misiones propias relativas al desempeo de nuestros cargos. DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los trece das del mes de diciembre del ao dos mil seis.

ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ, PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA, MINISTRO DE GOBERNACION.

ACUERDO No. 527 ELAS ANTONIO SACA GONZLEZ, Presidente de la Repblica. en uso de sus facultades legales y de conformidad a lo establecido en los artculos 155 de la Constitucin y 3, inciso 2 del Reglamento Interno del rgano Ejecutivo, ACUERDA: Encargar el Despacho del Presidente de la Repblica los das 15 y 16 del presente mes y ao, al Licenciado ELAS JORGE BAHAIA SAMOUR, Primer Designado a la Presidencia de la Repblica, en razn que el suscrito Presidente de la Repblica y seora Vicepresidenta de la Repblica, nos encontraremos fuera del pas en las fechas antes expresadas cumpliendo misiones propias relativas al desempeo de nuestros cargos. DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los trece das del mes de diciembre del ao dos mil seis.

ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ, PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA, MINISTRO DE GOBERNACION.

10

DIARIO OFICIAL Tomo N 374

MINISTERIO DE ECONOMARAMO DE ECONOMIAACUERDO No. 1423 San Salvador, 9 de noviembre de 2006 EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA, Vista la solicitud presentada el 26 de septiembre de 2006, por el Ingeniero Ramn Alberto Vega Calvo, Apoderado General Judicial, Administrativo y Especial de la Asociacin gape de El Salvador, registrada con el Nmero de Identificacin Tributaria 0614-050484-0048, relativa a que se le revoquen los beneficios de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercializacin otorgados a su representada, segn Acuerdo No. 550, de fecha 30 de agosto de 1990;

CONSIDERANDO: I. II. Que la solicitud de mrito fue admitida en este Ministerio el 26 de septiembre de 2006; Que la Asociacin fue calicada como Empresa de Maquila o Ensamble para la Exportacin, otorgndole los benecios de la Ley del Rgimen de Zonas Francas y Recintos Fiscales, para dedicarse al ensamble o maquila de ropa en general, mediante Acuerdo No. 550, de fecha 30 de agosto de 1990, publicado en el Diario Ocial No. 225, Tomo No. 308, del 21 de septiembre de 1990; as mismo se le concedi adicin de bienes mediante Acuerdos Nos. 256, 63 y 356, de fechas 2 de mayo de 1991, 27 de febrero de 1996 y 27 de mayo de 1997, publicados en los Diarios Ocial Nos. 4, 57 y 129, Tomos Nos. 314, 330 y 336, del 9 de enero de 1992, 21 de marzo de 1996 y 14 de julio de 1997; Que la revocatoria de los benecios, es debido a que ya no reactivarn la actividad de maquila de ropa, la cual fue suspendida en el ao 2000, debido a problemas de abastecimiento de materias primas y materiales; Que el Departamento de Incentivos Fiscales de la Direccin de Comercio e Inversin ha emitido su respectivo dictamen en sentido favorable, por lo que se considera procedente dejar sin efecto el Acuerdo antes citado;

III. IV.

POR TANTO, En base a las razones antes expuestas y al Artculo 39 de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercializacin, este Ministerio,

ACUERDA: 1. Dejar sin efecto el Acuerdo No. 550, de fecha 30 de agosto de 1990, publicado en el Diario Ocial No. 225, Tomo No. 308, del 21 de septiembre de 1990, y Acuerdos Nos. 256, 63 y 356, de fechas 2 de mayo de 1991, 27 de febrero de 1996 y 27 de mayo de 1997, publicados en Diario Ocial Nos. 4, 57 y 129, tomos Nos. 314, 330 y 336, del 6 de enero de 1992, 21 de marzo de 1996 y 14 de julio de 1997, respectivamente, por medio de los cuales la Asociacin gape de El Salvador goz de los benecios de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercializacin; Hgase saber el presente Acuerdo a la Direccin General de la Renta de Aduanas y Direccin General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacienda; Publquese el presente Acuerdo en el Diario Ocial.- COMUNIQUESE.- BLANCA IMELDA JACO DE MAGAA, VICEMINISTRA DE COMERCIO E INVERSION.-

2. 3.

(Registro No. A031633)

ACUERDO No. 1511

San Salvador, 30 de noviembre de 2006.

EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA, Vista la solicitud presentada el 16 de noviembre de 2006, por el seor Hctor Fernando Encina Gonzlez, Representante Legal de la sociedad Top Quality, Sociedad Annima de Capital Variable, que se abrevia Top Quality, S.A. de C.V., registrada con el Nmero de Identificacin Tributaria 0614-191294-106-4, relativa a que se le revoquen a su representada los beneficios de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercializacin otorgados mediante Acuerdo No. 451, de fecha 8 de agosto de 1995; CONSIDERANDO: I. Que la solicitud de mrito fue admitida en este Ministerio el 16 de noviembre de 2006;

DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 4 de Enero de 2007.II.

11

La Sociedad fue calicada como Empresa de Maquila o Ensamble para la Exportacin, otorgndole los benecios de la Ley del Rgimen de Zonas Francas y Recintos Fiscales, segn Acuerdo No. 451, de fecha 8 de agosto de 1995, publicado en el Diario Ocial No. 187, Tomo No. 329, del 10 de octubre de 1995 para dedicarse a la maquila de toda clase de ropa interior y exterior para hombres, mujeres y nios; as mismo se le concedi cambio de domicilio, mediante Acuerdo No. 386, del 15 de junio de 1998, publicado en el Diario Ocial No. 156, Tomo No. 340, del 25 de agosto de 1998 y Acuerdo de ampliacin de mercados, segn Acuerdo No. 251, de fecha 9 de mayo de 2000, publicado en el Diario Ocial No. 108, Tomo No. 347, del 12 de junio de 2000; Que la revocatoria de los benecios, es debido a que la sociedad beneciaria cerr operaciones en octubre de 2006, debido a la falta de contratos comerciales; Que el Departamento de Incentivos Fiscales de la Direccin de Comercio e Inversin ha emitido su respectivo dictamen en sentido favorable, por lo que se considera procedente dejar sin efecto el Acuerdo antes citado;

III.

IV.

POR TANTO, En base a las razones antes expuestas y al Artculo 52 de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercializacin, este Ministerio,

ACUERDA: 1. Dejar sin efecto el Acuerdo No. 451, de fecha 8 de agosto de 1995, publicado en el Diario Ocial No. 187, Tomo No. 329, del 10 de octubre de 1995; as como tambin los Acuerdos Nos. 386 y 251, de fechas 15 de junio de 1998 y 9 de mayo de 2000, publicados en Diario Ocial Nos. 156 y 108, Tomos Nos. 340 y 347, de fechas 25 de agosto de 1998 y 12 de junio de 2000, por medio de los cuales se le otorgaron los benecios de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercializacin a la Sociedad TOP QUALITY ANNIMA DE CAPITAL VARIABLE; Hgase saber el presente Acuerdo a la Direccin General de la Renta de Aduanas y Direccin General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacienda; Publquese el presente Acuerdo en el Diario Ocial.- COMUNIQUESE.- BLANCA IMELDA DE MAGAA, VICEMINISTRA DE COMERCIO E INDUSTRIA.

2.

3.

(Registro No. A031624)

ACUERDO No. 1510 San Salvador, 30 de noviembre de 2006 EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA, Vista la solicitud e informacin presentadas el 8 de agosto y 1 de noviembre de 2006, la primera por el seor Jae Kim, quien acta como Representante Legal de la Sociedad J-Tex, Sociedad Annima de Capital Variable, que se abrevia J - Tex, S.A. de C.V., Sociedad registrada con el Nmero de Identificacin Tributaria 0614-030706-102-1, relativa a que se le concedan los beneficios de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercializacin, para aplicarlos a la fabricacin de prendas de vestir; el segundo escrito por el seor Julio Ren Fuentes Rivera, Apoderado Legal de la peticionaria, relacionado con documentacin complementaria a peticin inicial; CONSIDERANDO: I II. Que las solicitudes fueron admitidas en este Ministerio el 8 de agosto y 1 de noviembre de 2006; Que se han llenado los requisitos exigidos por la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercializacin, por lo que el Departamento de Incentivos Fiscales de la Direccin de Comercio e Inversin ha emitido su dictamen en sentido favorable;

POR TANTO, De conformidad a las razones expuestas y a los Artculos 1, 18 y 19 de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercializacin, este Ministerio,

12ACUERDA: 1.

DIARIO OFICIAL Tomo N 374Autorizar como Depsito para Perfeccionamiento Activo las instalaciones que tienen una extensin supercial de 3,306 mt2, ubicadas en el Kilmetro 35 Carretera Antigua a Santa Ana, Complejo Industrial Encina, Naves Nos. 4 y 5, jurisdiccin de Ciudad Arce, Departamento de La Libertad, de la Sociedad J- TEX, SOCIEDAD ANNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia J- TEX, S.A. DE C.V., que se dedicar a la confeccin y maquila de prendas de vestir en general, que sern destinadas fuera del rea Centroamericana; Conceder a la Sociedad J- Tex, S.A. de C.V., los benecios que establece el Artculo 19, literales a), b), c), d), e) y f) de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercializacin; La Sociedad beneciaria deber dar cumplimiento a las disposiciones legales de carcter laboral y de seguridad social a favor de los trabajadores segn lo establece el Art. 29 de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercializacin; as como de mantener las condiciones necesarias de seguridad industrial y laboral que establece el Cdigo de Trabajo y dems normas aplicables; Queda obligada la sociedad beneciaria de conformidad al Artculo 28 literales a), b), c), d) y e) de la Ley, en proporcionar informacin relacionada con su operacin y cualquier otra que requieran los Ministerios de Economa y de Hacienda; La sociedad beneciaria deber dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercializacin, y dems Leyes de la Repblica, as como tambin las obligaciones que se le imponen por medio de este Acuerdo y en Resoluciones o Instructivos que emitan las Instituciones competentes; Hgase saber el presente Acuerdo a la Direccin General de la Renta de Aduanas y Direccin General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacienda; El presente Acuerdo entrar en vigencia el da de su publicacin en el Diario Ocial. COMUNQUESE.- BLANCA IMELDA DE MAGAA, VICEMINISTRA DE COMERCIO E INDUSTRIA.-

2.

3.

4.

5.

6.

7.

(Registro No. A031623)

ACUERDO No. 1515 San Salvador, 30 de noviembre de 2006

EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA, Vista la solicitud e informacin complementaria presentadas en este Ministerio en fechas 13 de octubre y 13 de noviembre de 2006, suscritas por el seor Rogelio Guillermo Samour Kann, actuando en carcter de Representante Legal de la Sociedad Servicios de Costura para Exportacin, Sociedad Annima de Capital Variable, que puede abreviarse Secose, S.A. de C.V., registrada con Nmero de Identificacin Tributaria 0614-280292-102-1, la primera relativa a solicitar se ample el rea autorizada como DPA; y el segundo escrito con el objeto de presentar informacin complementaria a su peticin; CONSIDERANDO: I. II. Que las solicitudes fueron admitidas en este Ministerio en fechas 13 de octubre y 13 de noviembre de 2006; Que la peticionaria fue calicada como Empresa que Exporta la Totalidad de su Produccin, otorgndole los benecios de la Ley del Rgimen de Zonas Francas y Recintos Fiscales, segn Acuerdo No. 535 de fecha 20 de julio de 1992, publicado en el Diario Ocial No. 4, Tomo No. 318, del 7 de enero de 1993, dedicndose a la confeccin y ensamble o maquila de prendas de vestir en general; asimismo se le concedi ampliacin de actividades segn Acuerdo No. 905 de fecha 7 de octubre de 2002, publicado en el Diario Ocial No. 3, Tomo No. 358, del 8 de enero de 2003, dedicndose a la prestacin de servicios de bordado; y reduccin del rea de operaciones segn Acuerdo No. 868 de fecha 16 de septiembre de 2003, publicado en el Diario Ocial No. 47, Tomo No. 362, del 9 de marzo de 2004; Que a la Sociedad Secose, S.A. de C.V. le fue declarado como Depsito para Perfeccionamiento Activo, un rea de 115 Mts2., situada en Calle El Algodn, # 24, Urbanizacin Lisboa, San Salvador, lugar en donde est desarrollando la actividad de confeccin y ensamble o maquila de prendas de vestir en general, y prestacin de servicios de bordado, no obstante sus proyecciones de crecimiento y desarrollo de sus operaciones les obliga a contar con un mayor espacio, por lo que se v en la necesidad de ampliar sus operaciones con un rea de 1,500 Mts2., haciendo un total de 1,615 Mts2., ubicados en la direccin antes citada, la cual rene los requisitos exigidos por la Ley; Que se han llenado los requisitos exigidos por la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercializacin, por lo que el Departamento de Incentivos Fiscales, de la Direccin de Comercio e Inversin, ha emitido su dictamen en sentido favorable;

III.

IV.

DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 4 de Enero de 2007.POR TANTO:

13

De conformidad a las razones expuestas y artculos 1, 18 y 52 de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercializacin, este Ministerio, ACUERDA: 1. Autorizar la ampliacin y declarar como Depsito para Perfeccionamiento Activo, la supercie de las operaciones de la Sociedad Servicios de Costura para Exportacin, Sociedad Annima de Capital Variable, que puede abreviarse Secose, S.A. de C.V., pasando de un rea inicial de 115 Mts2., a un rea total de 1,615 Mts2., ubicados en Calle El Algodn, # 24, Urbanizacin Lisboa, San Salvador, en donde realizar la actividad de confeccin y ensamble o maquila de prendas de vestir en general, y prestacin de servicios de bordado, para ser destinados fuera del rea Centroamericana; La Sociedad beneciaria deber dar cumplimiento a las disposiciones legales de carcter laboral y de seguridad social a favor de los trabajadores segn lo establece el Art. 29 de la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercializacin; as como de mantener las condiciones necesarias de seguridad industrial y laboral que establece el Cdigo de Trabajo y dems normas aplicables; La Sociedad beneciaria queda obligada de conformidad al artculo 28 literales a), b), c), d) y e) de la Ley, en proporcionar la informacin relacionada con su operacin y cualquier otra que requieran los Ministerios de Economa y de Hacienda; Hgase saber este Acuerdo a la Direccin General de la Renta de Aduanas y a la Direccin General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacienda; El presente Acuerdo entrar en vigencia el da de su publicacin en el Diario Ocial. COMUNIQUESE.- BLANCA IMELDA DE MAGAA, VICEMINISTRA DE COMERCIO E INDUSTRIA.

2.

3.

4.

5.

(Registro No. A031711)

MINISTERIO DE EDUCACINRAMO DE EDUCACIONACUERDO No. 15-1242. San Salvador, 8 de diciembre de 2006 El rgano Ejecutivo de la Repblica de El Salvador en el Ramo de Educacin, CONSIDERANDO: Que a la Jefatura de Acreditacin se ha presentado JUAN ESTEBAN CASIVA solicitando INCORPORACION de su Ttulo de Perito Mercantil, extendido por el Ministerio de Educacin de Repblica de Argentina en el ao 1982. Y luego de examinar la documentacin presentada y satisfechos los requisitos legales, ACUERDA: De conformidad a lo establecido por el Art. 60 de la Ley General de Educacin y Artculo 7 del Reglamento de Equivalencias, Pruebas de Suficiencia de Educacin Bsica y Media e Incorporacin de Ttulos de Educacin Media. Reconocer los estudios de Perito Mercantil realizados por JUAN ESTEBAN CASIVA en Repblica de Argentina, e Incorporarlo a nuestro Sistema Educativo con el grado de Bachillerato Tcnico Vocacional Comercial, Opcin Contadura. COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACION.-

(Registro No. A031668)

MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONALRAMO DE LA DEFENSA NACIONALACUERDO No. 129

San Salvador a los veinte das del mes de diciembre del ao dos mil seis. EL ORGANO EJECUTIVO DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, EN EL RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL, ACUERDA: I.Comprar por la suma de TREINTA MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, a la seora LUCILA GONZALEZ CRUZ DE RUBIO, conocida por LUCILA GONZALEZ DE RUBIO, una porcin de terreno de una extensin supercial de CUATROCIENTOS

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DIARIO OFICIAL Tomo N 374CUARENTA Y CUATRO PUNTO OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS que ser segregada de un inmueble de mayor extensin, de naturaleza urbana, ubicado en Barrio San Francisco, Meanguera del Golfo, Departamento de La Unin, inscrito a la Matrcula NUEVE CINCO CERO TRES SEIS DOS UNO CINCO-CERO CERO CERO CERO CERO; del Registro de la Propiedad Raz e Hipotecas, del Departamento de La Unin, porcin que se describe: Partiendo del vrtice Sur Poniente del inmueble general con coordenadas geodsicas longitud seiscientos cuarenta y un mil doscientos dos punto treinta y seis, y latitud doscientos veintinueve mil trescientos ochenta y seis punto treinta siete denominado Mojn uno donde se da inicio a la presente descripcin tcnica as: LINDERO PONIENTE: Partiendo del Mojn uno, se miden seis tramos as: Tramo uno, con rumbo Norte diecisis grados treinta y dos minutos cero cinco segundos Oeste y una distancia de cinco punto cero dos metros; Tramo dos, con rumbo Norte veintin grados veintin minutos doce segundos Oeste y una distancia siete punto ochenta metros; Tramo tres, con rumbo Norte veintinueve grados cuarenta y ocho minutos treinta y cuatro segundos Oeste y una distancia de cuatro punto cero cero metros; Tramo cuatro, con rumbo Norte veintids grados cincuenta y un minutos veintisis segundos Oeste y una distancia de siete punto noventa y dos; Tramo cinco, con rumbo Norte veintin grados cincuenta y cuatro minutos veintitrs segundos Oeste y una distancia de cinco punto cuarenta y tres metros; Tramo seis, con rumbo Norte treinta y cuatro grados treinta y un minutos cincuenta y seis segundos Oeste y una distancia de cero punto treinta y cinco metros, se llega al vrtice nor-poniente denominado como Mojn siete; Lindando por estos tramos con inmueble propiedad de la seora GUADALUPE ALMENDARES, calle que conduce al Cantn Salvadorcito de por medio. LINDERO NORTE: Partiendo del Mojn siete se miden nueve Tramos as: Tramo uno con rumbo Norte sesenta grados cero seis minutos diecinueve segundos Este y una distancia de uno punto setenta y cinco; Tramo dos, con rumbo Sur veinticinco grados cero cuatro minutos treinta segundos Este y una distancia de nueve punto sesenta y nueve metros; Tramo tres, una curva negativa de Radio dos punto cero cero metros y una Longitud de curva de uno punto noventa metros; Tramo cuatro, con rumbo Sur setenta y nueve grados treinta y cuatro minutos cincuenta y cinco segundos Este y una distancia de nueve punto veinticinco metros; Tramo cinco, una curva negativa de Radio de dos punto cero cero metros y una Longitud de curva de uno punto veinte y seis metros; Tramo seis, con rumbo Norte sesenta y cuatro grados diecisis minutos treinta y ocho segundos Este y una distancia de cuatro punto ochenta y siete metros; Tramo siete, una curva negativa de Radio de uno punto noventa y seis metros y una Longitud de curva de dos punto cero dos metros; Tramo ocho, con rumbo Norte cero ocho grados cincuenta y nueve minutos quince segundos Este y una distancia de nueve punto cero un metros; y Tramo nueve, una curva positiva de Radio de doce punto cero cero metros y una Longitud de curva de nueve punto noventa y uno metros se llega al vrtice nor-oriente denominado como Mojn diecisis Lindando por estos tramos con inmueble general del cual se segrega el que se describe denominado como Porcin Remanente No. 1 propiedad de Lucila Gonzlez Cruz De Rubio. LINDERO ORIENTE: Partiendo del Mojn diecisis se mide un tramo recto con rumbo Sur treinta y un grados treinta y cuatro minutos cuarenta y ocho segundos Este y una distancia de diez punto cero un metros se llega al vrtice Sur-oriente denominado como Mojn diecisiete, Lindando este tramo con El Ocano Pacco. LINDERO SUR: Partiendo del Mojn diecisiete se miden trece tramos as: Tramo uno, una curva negativa de Radio de dos punto cero cero metros y una Longitud de curva de uno punto cuarenta y cinco metros; Tramo dos, con rumbo Sur cero ocho grados cincuenta y nueve minutos trece segundos Oeste y una distancia de ocho punto treinta y siete metros; Tramo tres, una curva positiva de Radio de doce punto cero cero metros y una Longitud de curva de doce punto catorce metros; Tramo cuatro, con rumbo Sur sesenta y cuatro grados diecisis minutos treinta y ocho segundos Oeste y una distancia de cuatro punto ochenta y siete metros; Tramo cinco, una curva positiva de Radio de doce punto cero cero metros y una Longitud de curva de tres punto treinta y cuatro metros; Tramo seis, una curva negativa de Radio de siete punto cero cero metros y una Longitud de curva de un punto cero cero metros; Tramo siete, con rumbo Sur setenta y dos grados cero ocho minutos veintin segundos Oeste y una distancia de uno punto cero ocho metros; Tramo ocho, una curva negativa de Radio de siete punto cero cero metros y una Longitud de curva de Dos punto catorce metros; Tramo nueve, con rumbo Sur cincuenta y cuatro grados treinta y cinco minutos treinta y un segundos Oeste y una distancia de dos punto cero seis metros; Tramo diez, una curva negativa de Radio de siete punto noventa y dos metros y una Longitud de curva de dos punto cuarenta y siete metros; Tramo once, con rumbo Sur diecisis grados treinta y dos minutos cero cinco segundos Este y una distancia de dos punto cincuenta y ocho metros; Tramo doce, con rumbo Sur diecisis grados cero nueve minutos cincuenta y siete segundos Este y una distancia de cero punto sesenta metros; y Tramo trece, con rumbo Norte setenta y cinco grados diez minutos quince segundos Oeste y una distancia de uno punto diecisiete metros se llega al Mojn uno donde dio inicio la presente descripcin, Lindando los tramos anteriores con inmueble general del cual se segrega el que se describe denominado como Porcin Remanente No. 2 propiedad de Lucila Gonzlez Cruz De Rubio.

II

Solicitar la intervencin del seor Fiscal General de la Repblica, para que en representacin del Estado y Gobierno de El Salvador, comparezca ante Notario a otorgar la Escritura Pblica de COMPRAVENTA, de la porcin de inmueble antes mencionada.

III

Desgnase al LICENCIADO JOAQUIN ELIBERTO GARCIA CUBIAS, para autorizar antes sus ocios la Escritura correspondiente.- COMUNIQUESE. OTTO ALEJANDRO ROMERO ORELLANA, GENERAL DE DIVISION, MINISTRO DE LA DEFNSA NACIONAL

DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 4 de Enero de 2007.

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MINISTERIO DE SALUD PBLICA Y ASISTENCIA SOCIALRAMO DE SALUD PUBLICA Y ASISTENCIA SOCIALACUERDO No. 709.- San Salvador, 14 de diciembre de 2006, de acuerdo a lo establecido en el artculo 14 y 16 del Reglamento General de Viticos, Instructivo 5,060 del Ministerio de Hacienda y con presencia del oficio No. 0691 de fecha 8 de septiembre de 2006, emitido por la Presidencia de la Repblica, por medio del cual concede Misin Oficial a favor del Doctor Jos Ernesto Navarro Marn, Viceministro de Salud, para asistir a la Reunin del Sector Salud de Centroamrica y Repblica Dominicana - XXII RESSCAD a realizarse en Guatemala del 5 al 7 de septiembre del presente ao; el rgano Ejecutivo, en el Ramo de Salud Pblica y Asistencia Social ACUERDA: Autorizar al Encargado del Fondo Circulante de Monto Fijo del Ministerio de Salud Pblica y Asistencia Social, para que a la presentacin del recibo correspondiente debidamente legalizado cancele al referido funcionario la cantidad que se detalla en concepto de gastos, as:

Dr. Jos Ernesto Navarro Marn 2006-3200-3-01-01- 21-1-54404 Viticos: 1 da Gastos de viaje: 1 cuota ida (5/sept/06) $ 190.00 95.00 $ 475.00 $ 285.00 $ 190.00

1/2 cuota regreso (7/sept/06) $ TOTAL

COMUNQUESE.- Dr. JOS GUILLERMO MAZA BRIZUELA, MINISTRO.

ACUERDO No. 710.- San Salvador, 14 de diciembre de 2006, de acuerdo a lo establecido en el artculo 16 del Reglamento General de Viticos, Instructivo 5,060 del Ministerio de Hacienda y con presencia del oficio No. 0984 de fecha 6 de diciembre de 2006; emitido por la Presidencia de la Repblica, por medio del cual concede misin Oficial a favor del Doctor Jos Ernesto Navarro Marn, Viceministro de Salud, para asistir a la Reunin informativa abierta sobre el VIH/SIDA en los pases de Amrica Latina y el Caribe a realizarse en Nueva York del 13 al 17 de diciembre del presente ao; el rgano Ejecutivo, en el Ramo de Salud Pblica y Asistencia Social ACUERDA: Autorizar al Encargado del Fondo Circulante de Monto Fijo del Ministerio de Salud Pblica y Asistencia Social, para que a la presentacin del recibo correspondiente debidamente legalizado cancele al referido funcionario la cantidad que se detalla en concepto de gastos, as:

Dr. Jos Ernesto Navarro Marn 2006-3200-3-01-01- 21-1-54404 Gastos de viaje: 1 cuota ida (13/dic./06) $ 225.00 112.50 $ 337.50

1/2 cuota regreso (17/dic/06) $ TOTAL

COMUNQUESE.- Dr. JOS GUILLERMO MAZA BRIZUELA, MINISTRO.

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DIARIO OFICIAL Tomo N 374

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIAACUERDO No. 526-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, diecisis de febrero del ao dos mil cinco.- De conformidad a lo resuelto por esta Corte en las respectivas diligencias y en vista que el Licenciado ATILIO FLORES ORTIZ, ha llenado todos los requisitos establecidos en el Art. 145 de la Ley Orgnica Judicial, el Tribunal ACUERDA: Autorizarlo para que ejerza las funciones de NOTARIO y aumentar con su nombre la nmina permanente de notarios publicada en el Diario Oficial nmero 240 del 20 de diciembre de 1963.- COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN -- J. E. TENORIO -- J. ENRIQUE ACOSTA VELASCO -- GUZMN U. D. C. -- P. J. -- E. CIERRA -- M. POSADA -- Pronunciado por los seores magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. A031566)

ACUERDO No. 1439-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinte de septiembre del ao dos mil seis.- El Tribunal ACUERDA: Autorizar al Licenciado ADOLFO UMANZOR MOLINA, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN -- J. ENRIQUE ACOSTA VELASCO -- R. E. RAMOS -- GUZMN U. D. C. -- M. POSADA -VALDIV. -- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. A031620)

ACUERDO No. 1599-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinte de septiembre del ao dos mil seis.- El Tribunal ACUERDA: Autorizar a la Licenciada MAIRA CECILIA MEJA, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN VELASCO -- GUZMN U. D. C. -- M. POSADA -- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR -- R. M. FORTN H. -- M. A. CARDOZA A. -- VALDIV.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAO.

(Registro No. A031606)

ACUERDO No. 1740-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha uno de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar a la Licenciada MARA ALICIA OCHOA HUEZO, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN VELASCO -- GUZMN U. D. C. -- M. POSADA -- VALDIV. -- P. J. -- M. A. CARDOZA A. -- DUEAS.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR

(Registro No. A031659)

ACUERDO No. 1741-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha veintids de agosto del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar a la Licenciada AURORA ELIZABETH SOSA MORENO, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN VELASCO -- M. POSADA -- VALDIV. -- GUZMN U. D. C. -- M. A. CARDOZA A. -- R. M. FORTN H.-- M. TREJO -- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. A031589)

ACUERDO No. 1744-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha nueve de octubre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar a la Licenciada REINA PATRICIA TENORIO SALGADO, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por

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esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN -- J. ENRIQUE ACOSTA VELASCO -- VALDIV. -- M. POSADA -- M. A. CARDOZA A. -- E. R. NUEZ -- L. C. DE AYALA G.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. A031610)

ACUERDO No. 1746-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha treinta y uno de agosto del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar a la Licenciada NUBIA ANTONIA PANIAGUA CHVEZ, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN -- V. DE AVILS.- VELASCO -- J. N. CASTANEDA S. -- GUZMN U. D. C. -- P. J. -- M. POSADA -- VALDIV. -- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. A031590)

ACUERDO No. 1755-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha siete de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar a la Licenciada MARA ELVIRA ARGUETA DE PORTILLO, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN VELASCO -- P. J. -- VALDIV. -- GUZMN U. D. C. -- M. POSADA -- M. A. CARDOZA A. -- R. M. FORTN H.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. A031553)

ACUERDO No. 1759-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha catorce de agosto del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar a la Licenciada SILVIA LORENA BOLAOS MAJANO, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN VELASCO -- GUZMN U. D. C. -- VALDIV. -- M. POSADA -- M. A. CARDOZA A. -- R. M. FORTN H. -- M. TREJO.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. A031570)

ACUERDO No. 1766-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha cuatro de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar a la Licenciada KATHERINE MARCELA AVENDAO DAZ, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN -- V. DE AVILS -- J. N. CASTANEDA S. -- P. J. VELASCO -- GUZMN U. D. C. -- VALDIV. -- M. POSADA -- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. A031534)

ACUERDO No. 1780-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha catorce de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar a la Licenciada CALIXTA GUEVARA PORTILLO, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- V. DE AVILS VELASCO -- J. N. CASTANEDA S. -- P. J. -- GUZMN U. D. C. -- VALDIV. -- M. POSADA -- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAO.

(Registro No. A031554)

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DIARIO OFICIAL Tomo N 374

ACUERDO No. 1781-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.-El Tribunal con fecha veintisis de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar a la Licenciada ROXANA ELIZABETH AMAYA, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERN.- VELASCO.- GUZMN U. D. C.- P. J.VALDIV.- R. M. FORTN H.-M. A. CARDOZA A.- M. TREJO.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.-

(Registro No. A031646)

ACUERDO No. 1785-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha doce de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar a la Licenciada ESTER ORELLANA HERNNDEZ, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- V. DE AVILS.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- J. N. CASTANEDA S.- P. J.- GUZMN U. D. C.-VALDIV.- M. POSADA.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAO.

(Registro No. A031564)

ACUERDO No. 1803-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.-El Tribunal con fecha veinticuatro de agosto del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar a la Licenciada AMANDA HERNNDEZ MEJA, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERN.- VELASCO.- VALDIV.- GUZMN U. D. C.- M. POSADA.- M. A. CARDOZA A.- R. M. FORTN H.- M. TREJO.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. A031679)

ACUERDO No. 1807-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.-El Tribunal con fecha veintisis de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar a la Licenciada LILIAN DEL CARMEN RIVERA ABARCA, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERN.- VELASCO.- GUZMN U. D. C.- P. J.- M. A. CARDOZA A.- VALDIV.- R. M. FORTN H.- M. TREJO.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAO.

(Registro No. A031637)

ACUERDO No. 1825-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.-El Tribunal con fecha catorce de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar a la Licenciada BESY ELIZABETH MENJVAR DE SNCHEZ, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- V. DE AVILS.- J. ENRIQUE ACOSTA.-VELASCO.- J. N. CASTANEDA S.- P. J.-GUZMN U. D. C.- VALDIV.- M. POSADA.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAO.-

(Registro No. A031594)

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ACUERDO No. 1830-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha veintisiete de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar a la Licenciada MARGARITA ELIZABETH SIGENZA MAGAA, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERN.- VELASCO.- VALDIV.-GUZMN U. D. C.- P. J.- R. M. FORTN H.- M. A. CARDOZA A.- M. TREJO.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAO.-

(Registro No. A031677)

ACUERDO No. 1833-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha veinticinco de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar a la Licenciada ALBA MARINA LEONOR CLAROS FLORES, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERN.- VELASCO.- GUZMN U. D. C.- P. J.- M. POSADA.- VALDIV.- M. A. CARDOZA A.- M. TREJO.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. A031549)

ACUERDO No. 1865-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.-El Tribunal con fecha seis de julio del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar a la Licenciada CARMEN ELENA PLATERO ANDURAY, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERN.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.M. POSADA.- VALDIV.- GUZMN U. D. C.-M. A. CARDOZA A.- R. M. FORTN H.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAO.-

(Registro No. A031705)

ACUERDO No. 1873-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha veinte de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar a la Licenciada JOHANNA MARGARITA GONZLEZ HERNNDEZ, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERN.- VELASCO.- J. N. CASTANEDA S.- P. J.- M. POSADA.- GUZMN U. D. C.- VALDIV.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- M. E. LEMUS.

(Registro No. A031543)

ACUERDO No. 1882-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha once de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar a la Licenciada ANA IRIS DE LA PAZ ELAS PORTILLO, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- V. DE AVILS.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- J. N. CASTANEDA S.- P. J.- GUZMN U. D. C.-VALDIV.- M. POSADA.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAO.

(Registro No. A031645)

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DIARIO OFICIAL Tomo N 374

ACUERDO No. 1883-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha veintiocho de agosto del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar a la Licenciada ANA MERCEDES VILLEGAS RODRGUEZ, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERN.- V. DE AVILS.- VELASCO.- J. N. CASTANEDA S.-GUZMN U. D. C.- P. J.- VALDIV.- M. POSADA.- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. A031625)

ACUERDO No. 1884-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha ocho de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar a la Licenciada BLANCA CECILIA GONZLEZ VILLALOBOS, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERN.- VELASCO.- J. N. CASTANEDA S.- GUZMN U. D. C.- P. J.- M. POSADA.- VALDIV.- R. M. FORTN H.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAO.

(Registro No. A031709)

ACUERDO No. 1897-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.-El Tribunal con fecha uno de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar a la Licenciada MARA DOLORES ALFARO GALICIA, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERN.-VELASCO.- M. POSADA.- VALDIV.GUZMN U. D. C.- P. J.- M. A. CARDOZA A.- DUEAS.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. A031660)

ACUERDO No. 1905-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha seis de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar a la Licenciada MIRIAN DEL CARMEN AMAYA BLANCO, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERN.- VELASCO.- P. J.- GUZMN U. D. C.- VALDIV.- M. POSADA.- M. A. CARDOZA A.- R. M. FORTN H.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. A031571)

DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 4 de Enero de 2007.

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ACUERDO No. 1911-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha veintiocho de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar a la Licenciada BLANCA LILIAN MEJA ABARCA, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN VELASCO -- P. J. -- VALDIV. - GUZMN U. D. C. -- M. A. CARDOZA A. -- R. M. FORTN H. -- M. TREJO.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAO.

(Registro No. A031664)

ACUERDO No. 1912-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha veintisiete de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar a la Licenciada JOSETHY EUGENIA GALLEGOS SORTO, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN VELASCO -- P. J. -- VALDIV. -- GUZMN U. D. C. -- M. A. CARDOZA A. -- R. M. FORTN H. -- M. TREJO.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAO.

(Registro No. A031622)

ACUERDO No. 1915-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha seis de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar a la Licenciada MARGARITA AMALIA ARDN OCHOA, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN VELASCO -- P. J. -- GUZMN U. D. C. -- VALDIV. -- M. POSADA -- M. A. CARDOZA A. -- R. M. FORTN H.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. A031597)

ACUERDO No. 1916-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha once de octubre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar a la Licenciada ADA NOEMI RIVERA DE RAMOS, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN VELASCO -- GUZMN U. D. C. -- R. M. FORTN H. -- M. TREJO --M. A. CARDOZA A. -- M. POSADA -- VALDIV.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. A031593)

ACUERDO No. 1928-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha veintinueve de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar a la Licenciada MARTA ODILY TORRES DE CANALES, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN VELASCO -- GUZMN U. D. C. -- P. J. -- VALDIV. -- M. POSADA -- M. TREJO -- R. M. FORTN H.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAO.

(Registro No. A031632)

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DIARIO OFICIAL Tomo N 374

ACUERDO No. 1957-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha once de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar al Licenciado MARIO ENRIQUE SNCHEZ MATE, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- V. DE AVILS -- J. N. CASTANEDA S. VELASCO -- GUZMN U. D. C. -- VALDIV. -- P. J. -- M. A. CARDOZA A. -- M. POSADA.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAO.

(Registro No. A031565)

ACUERDO No. 1960-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha catorce de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar al Licenciado MAURO MARBELI LPEZ, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- V. DE AVILS -- J. ENRIQUE ACOSTA -- VELASCO -- J. N. CASTANEDA S. -- P. J. -- M. POSADA -- GUZMN U. D. C. -- VALDIV.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAO.

(Registro No. A031599)

ACUERDO No. 1965-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha veinte de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar al Licenciado JUAN JOS CAAS COMAYAGUA, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN -- V. DE AVILS VELASCO -- J. N. CASTANEDA S. -- GUZMN U. D. C. -- P. J. -- M. POSADA -- VALDIV.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. A031974)

ACUERDO No. 1966-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha treinta y uno de agosto del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar al Licenciado CARLOS REMBERTO GUEVARA MANZANARES, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN -- V. DE AVILS -- J. N. CASTANEDA S. VELASCO --GUZMN U. D. C. -- P. J. -- M. POSADA -- VALDIV. -- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. A031591)

ACUERDO No. 1968-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha catorce de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar al Licenciado EFRAN DE JESS BAIRES BENTEZ, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- V. DE AVILS VELASCO -- J. N. CASTANEDA S. -- GUZMN U. D. C. -- VALDIV. -- P. J. -- M. POSADA -- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAO.

(Registro No. A031546)

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ACUERDO No. 1982-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha veintids de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar al Licenciado ROBERTO ENRIQUE RODRGUEZ, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN VELASCO -- GUZMN U. D. C. -- P. J. -- M. POSADA -- VALDIV. -- R. M. FORTN H. -- M. TREJO.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- M. E. LEMUS.

(Registro No. A031531)

ACUERDO No. 1983-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha dieciocho de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar al Licenciado MARIO WILFREDO JAIME PEATE, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN VELASCO -- J. N. CASTANEDA S. -- GUZMN U. D. C. -- P. J. -- M. POSADA -- VALDIV. -- R. M. FORTN H.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.M. E. LEMUS.

(Registro No. A031643)

ACUERDO No. 1994-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha veintisis de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar al Licenciado HUGO HERNN REYES, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN VELASCO -- GUZMN U. D. C. -- P. J. -- M. A. CARDOZA A. -- VALDIV. -- M. TREJO -- R. M. FORTN H.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAO.

(Registro No. A031582)

ACUERDO No. 1995-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha veinticinco de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar al Licenciado JORGE ARMANDO ALFARO QUINTANILLA, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN -- V. DE AVILS VELASCO -- J. N. CASTANEDA S. -- P. J. -- GUZMN U. D. C. -- VALDIV. -- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAO.

(Registro No. A031595)

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DIARIO OFICIAL Tomo N 374

ACUERDO No. 1997-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha veintitrs de agosto del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar al Licenciado JOS BERARDO LPEZ CASTELLN, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN VELASCO -- M. POSADA -- VALDIV. -GUZMN U. D. C. -- M. CLAR. -- M. TREJO -- L. C. DE AYALA G.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAO.

(Registro No. A031652)

ACUERDO No. 2004-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha trece de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar al Licenciado OSCAR ARNOLDO CANIZALEZ GARCA, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- V. DE AVILS VELASCO -- J. N. CASTANEDA S. -- P. J. -- M. POSADA -- GUZMN U. D. C. -- VALDIV. -- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAO.

(Registro No. A031544)

ACUERDO No. 2005-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha once de agosto del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar al Licenciado ALEJANDRO JOS GARCA BONILLA, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN --V. DE AVILS -- J. N. CASTANEDA S. VELASCO -- GUZMN U. D. C. -- VALDIV. -- M. POSADA -- M. A. CARDOZA A. -- R. M. FORTN H.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. A031698)

ACUERDO No. 2010-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha veinticinco de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar al Licenciado JOS LUIS ALBERTO SALAZAR, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN VELASCO -- P. J. -- GUZMN U. D. C. -- VALDIV. -- M. A. CARDOZA A. -- R. M. FORTN H. -- M. TREJO.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAO.

(Registro No. A031649)

ACUERDO No. 2015-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha cuatro de octubre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar al Licenciado BORYS ABEL GONZLEZ FUNES, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN -- VELASCO -- GUZMN U. D. C. -- VALDIV. -- P. J. -- M. POSADA -- R. M. FORTN H. -- M. TREJO.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAO.

(Registro No. A031572)

DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 4 de Enero de 2007.

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ACUERDO No. 2016-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha quince de agosto del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar al Licenciado JOS REGINO VALENCIA ZALDAA, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN VELASCO -- GUZMN U. D. C. -- VALDIV. -- M. A. CARDOZA A. -- M. POSADA -- M. TREJO -- R. M. FORTN H.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. A031567)

ACUERDO No. 2017-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha veinte de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar al Licenciado JORGE ALBERTO CONTRERAS VANEGAS, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN -- V. DE AVILS -- J. N. CASTANEDA S. VELASCO -- P. J. -- GUZMN U. D. C. -- VALDIV. -- M. POSADA. Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. A031642)

ACUERDO No. 2023-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha dos de octubre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar al Licenciado ROLANDO ZACARAS VILLALTA HERNNDEZ, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN VELASCO -- P. J. -- GUZMN U. D. C. -- VALDIV. -- M. POSADA -- R. M. FORTN H. --M. TREJO.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAO.

(Registro No. A031600)

ACUERDO No. 2032-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha catorce de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar al Licenciado JUAN RAMN FLORES BENTEZ, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- V. DE AVILS VELASCO -- J. N. CASTANEDA S. -- P. J. -- GUZMN U. D. C. -- M. POSADA -- VALDIV. -- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAO.

(Registro No. A031559)

ACUERDO No. 2033-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha doce de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar al Licenciado LUIS RICARDO ALVARADO PALACIOS, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE. - V. DE AVILS -- J. ENRIQUE ACOSTA VELASCO -- J. N. CASTANEDA S. -- P. J. -- GUZMN U. D. C. -- R. M. FORTN H. -- VALDIV.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAO.

(Registro No. A031630)

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DIARIO OFICIAL Tomo N 374

ACUERDO No. 2045-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha veintiuno de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar al Licenciado ELEAZAR BELTRN SNCHEZ, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN VELASCO -- GUZMN U. D. C. -- M. POSADA -- VALDIV. -- P. J. -- M. A. CARDOZA A. -- M. TREJO.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- M. E. LEMUS.

(Registro No. A031527)

ACUERDO No. 2046-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del alo dos mil seis.- El Tribunal con fecha veintisiete de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar al Licenciado FIDEL ANTONIO FLORES RAMOS, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN -- V. DE AVILS -- J. N. CASTANEDA S. VELASCO -- GUZMN U. D. C. -- P. J. -- VALDIV. -- M. A. CARDOZA A.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAO.

(Registro No. A031542)

ACUERDO No. 2054-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha veintinueve de agosto del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar al Licenciado JOS DAVID RAMOS DEL CID, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN VELASCO -- GUZMN U. D. C. -- P. J. -- M. POSADA -- VALDIV. -- M. A. CARDOZA A. -- DUEAS.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. A031560)

ACUERDO No. 2057-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha cinco de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar al Licenciado JOS MAURICIO BCHEZ SNCHEZ, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN VELASCO -- VALDIV. -- GUZMN U. D. C. -- M. POSADA -- M. A. CARDOZA A. -- R. M. FORTN H. -- M. TREJO.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. A031608)

DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 4 de Enero de 2007.

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ACUERDO No. 2062-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha siete de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar al Licenciado DOUGLAS ROBERTO SNCHEZ PREZ, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN VELASCO -- J. N. CASTANEDA S. -- GUZMN U. D. C. -- P. J. -- M. POSADA -- VALDIV. -- R. M. FORTN H. --Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAO.

(Registro No. A031706)

ACUERDO No. 2080-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha diecinueve de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar al Licenciado FRANKLIN AMADEO LAZO GUZMN, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNQUESE Y PUBLQUESE.- A. G. CALDERN VELASCO -- J. N. CASTANEDA S. -- P. J. -- GUZMN U. D. C. -- VALDIV. -- M. A. CARDOZA A. -- M. POSADA.- Pronunciado por los seores Magistrados que lo suscriben.- M. E. LEMUS.

(Registro No. A031541)

ACUERDO No. 2086-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de octubre del ao dos mil seis.- El Tribunal con fecha diecinueve de septiembre del ao dos mil seis, ACORD: Autorizar al Licenciado ADN PATRICIO ARGUETA AMAYA, para que ejerza la profesin de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a