ley de contrataciones y adquisiciones

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UNIVERSIDAD CATLICA LOS ANGELES DE CHIMBOTEFACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES, FINANCIERAS Y ADMINISTRATIVAS ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD

ASIGNATURA: CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL DOCENTE: CPC MIRKO CACHA ALVARADO Huaraz Per Febrero, 2013

SISTEMA DE ABASTECIMIENTO LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO D.L N1017 (04/06/2008) REGLAMENTO D.S N184-2008

ULADECHESCUELA DE CONTABILIDAD

La contratacin pblica no agota su finalidad en facilitar las transacciones.

Tiene impacto en las condiciones de gobierno de los Estados y en la percepcin que los ciudadanos tienen sobre su rgimen de gobierno.

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Fundamento: Art. 76 Constitucin Poltica del Per Las obras y la adquisicin de suministros con utilizacin de fondos o recursos pblicos se ejecutan obligatoriamente por contrata y licitacin pblica, as como tambin la adquisicin o la enajenacin de bienes. La contratacin de servicios y proyectos cuya importancia y cuyo monto seala la Ley de Presupuesto se hace por concurso pblico. La ley establece el procedimiento, las excepciones y las respectivas responsabilidades. En qu se usan los Fondos Pblicos? Adquirir Bienes Contratar Servicios Contratar ejecucin de ObrasULADECHESCUELA DE CONTABILIDAD

PROMOCIN DEL DESARROLLO HUMANO

PUBLICIDAD TRANSPARENCIA ECONOMA VIGENCIA TECNOLGICA TRATO JUSTO E IGUALITARIO EQUIDAD SOSTENIBILIDAD AMBIENTALULADECHESCUELA DE CONTABILIDAD

MORALIDADLIBRE CONCURRENCIA Y COMPETENCIA IMPARCIALIDAD RAZONABILIDAD EFICIENCIA

Promocin del Desarrollo Humano: La contratacin pblica debe coadyuvar al desarrollo humano en el mbito nacional, de conformidad con los estndares universalmente aceptados sobre la materia. Principio de Moralidad: Los actos referidos a las contrataciones y adquisiciones deben caracterizarse por la honradez, veracidad, intangibilidad, justicia y probidad. La moral es un planteamiento para brindar a la sociedad de una direccionalidad con equidad y respeto a la libertad individual.

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Principio de Libre Competencia: En los procedimientos de adquisiciones y contrataciones se incluirn regulaciones o tratamientos que fomenten la ms amplia y objetiva e imparcial concurrencia, pluralidad y participacin de postores potenciales. Se entiende que debe existir un trato igualitario. Imparcialidad: Los Acuerdos y Resoluciones de los funcionarios y dependencias responsables de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad, se adoptarn en ley estricta aplicacin de la ley. Entendido como la prohibicin de efectuar discriminaciones o diferenciaciones respecto a las ULADECH personas.ESCUELA DE CONTABILIDAD

Razonabilidad: En todos los procesos de seleccin el objeto de los contratos debe ser razonable, en trminos cuantitativos y cualitativos, para satisfacer el inters pblico y el resultado esperado. Eficiencia: Los bienes, servicios o ejecucin de obras que se adquieran o contraten deben reunir los requisitos de calidad, precio, plazo de ejecucin y entrega y debern efectuarse en las mejores condiciones en su uso final. Sobre la eficiencia administrativa. Publicidad: Las convocatorias de los procesos de seleccin y los actos que se dicten como consecuencia debern ser objeto de publicidad y difusin adecuada y suficiente a fin de garantizar la libre concurrencia de los potenciales postores.ULADECHESCUELA DE CONTABILIDAD

Transparencia: Toda adquisicin o contratacin deber realizarse sobre la base de criterios y calificaciones objetivas, sustentadas y accesibles a los postores. Economa: En toda adquisicin o contratacin se aplicarn los criterios de simplicidad, austeridad, concentracin y ahorro en el uso de los recursos, en las etapas de los procesos de seleccin y en los acuerdos y resoluciones recados sobre ellos, debindose evitar en las Bases y en los contratos exigencias y formalidades costosas e innecesarias.ULADECHESCUELA DE CONTABILIDAD

Vigencia Tecnolgica: Los bienes, servicios o ejecucin de obras deben reunir las condiciones de calidad y modernidad tecnolgica necesarias para cumplir con efectividad los fines para los que son requeridos. Trato Justo e Igualitario: Todo postor de bienes, servicios o ejecucin de obras debe tener participacin y acceso para contratar con las Entidades en condiciones semejantes a las de los dems, estando prohibida la existencia de privilegios, ventajas o prerrogativasULADECHESCUELA DE CONTABILIDAD

Equidad .-La presente Ley establece que el principio se materializa en la no discriminacin o diferenciacin de las personas. Sostenibilidad Ambiental: En toda contratacin se aplicarn criterios para garantizar la sostenibilidad ambiental, procurando evitar impactos ambientales negativos en concordancia con las normas de la materia. Este principio de capital importancia dentro de las nuevas tendencias orientadoras de todas las legislaciones mundiales, se halla inmerso dentro de la relevancia que ha adquirido el medio ambiente como base fundamental del propio desarrollo humano y la sostenibilidad que debe tener para garantizar el propio futuro de la especie.

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Los previstos en el numeral 3.3) de la Ley de Contrataciones del Estado. Contrataciones cuyos montos sean iguales o inferiores a 3 UIT (1 UIT = S/.3,650.00) Contrataciones de notarios pblicos Contrataciones que realicen las Misiones del Servicio Exterior de la Repblica para su funcionamiento y gestin, fuera del territorio nacional.

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La contratacin de trabajadores, empleados, servidores o funcionarios pblicos sujetos a los regmenes de, la carrera administrativa o laboral de la actividad privada. La contratacin de auditorias externas en o para las entidades, la que se sujeta a las normas que rigen el sistema Nacional de control. Todas las dems contrataciones que efecte la Contralora General de la Repblica se sujetan a lo dispuesto en el presente Decreto Legislativo y su Reglamento.

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Los contratos bancarios y financieros celebrados por las entidades publicas. Los contratos de locacin de servicios o de servicios no personales que celebren las entidades con personas naturales, con excepcin de los contratos de consultoria.Asimismo, estarn fuera del mbito de la presente norma, los contratos de locacin de servicios celebrados con los presidentes de directorios o consejos directivos, que desempeen funciones a tiempo completo en las Entidades o empresas del Estado.

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Los actos de disposicin y de administracin y gestin de los bienes de propiedad estatal; La concesin de recursos naturales y obras pblicas de infraestructura, bienes y servicios pblicos; Las contrataciones realizadas con proveedores no domiciliados en el pas cuyo valor estimado de las prestaciones se realice en el territorio extranjero; Las contrataciones de servicios de abogados, asesores legales; y de cualquier otro tipo de asesora requerida para la defensa del Estado en las controversias internacionales sobre inversin en foros arbitrales o judiciales.ULADECHESCUELA DE CONTABILIDAD

Las compras que realicen las Entidades mediante remate pblico, las que se realizarn de conformidad con la normativa de la materia.

La contratacin de servicios pblicos, siempre que no exista la posibilidad de contratar con ms de un proveedor; y, Las contrataciones realizadas de acuerdo con las exigencias y procedimientos especficos de organismos internacionales, Estados o entidades cooperantes, siempre que estn asociadas a donaciones u operaciones de crditoULADECHESCUELA DE CONTABILIDAD

APLICACIN DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

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El Art. 3 de la Ley establece la aplicacin : El Gobierno Nacional, sus dependencias y reparticiones. Los Gobiernos Regionales, sus dependencias y reparticiones. Los Gobiernos Locales, sus dependencias y reparticiones. Los Organismos Constitucionales Autnomos; Las Universidades Pblicas; Las Sociedades de Beneficencia y las Juntas de Participacin Social.

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Las empresas del Estado de derecho publico o privado, ya sean de propiedad del gobierno Nacional, Regional o Local y las empresas mixtas bajo control societario del Estado; y, Los proyectos, programas, fondos, fondos, rganos pblicos del Poder Ejecutivo, instituciones y dems unidades orgnicas, funcionales, ejecutoras y/o operativas de los Poderes del Estado, as como los organismos a los que alude la Constitucin Poltica del Per y dems que sean creados y reconocidos por el ordenamiento jurdico nacional.

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ORGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES

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Es el encargado de las contrataciones y es aquel rgano o unidad orgnica que realiza las actividades relativas a la gestin del abastecimiento al interior de una entidad.

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El rgano de las contrataciones forma parte de la estructura organizacional que se determina en el ROF- Reglamento de Organizacin y funciones y en se deben de sealar las actividades que competen a cada funcionario y servidor con la finalidad de establecer los grados de responsabilidad que le son inherentes.

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En el ROF- Contiene la estructura orgnica de una entidad, as como las funciones generales y especificas de cada uno de sus rganos y unidades orgnicas. En el CAP.- Contienen los puestos clasificados de las entidades con base en la estructura orgnica vigente prevista en el ROFEn el MOF.- Describe las funciones especificas de cada cargo o puesto de trabajo desarrollndolos a partir de la estructura orgnica y funciones generales establecidas en el ROF, as como sobre la base de los requerimientos de cargo considerados en el CAP.

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Los integrantes debern ser profesionales y/o tcnicos debidamente certificados de acuerdo al procedimiento que determinara el OSCE, debiendo reunir como mnimo los siguientes requisitos: -Capacitacin tcnica en materia de compras estatales o gestin logstica en general, no menor a ochenta (80) horas lectivas; -Experiencia laboral en general no menor de tres (3) aos; -Experiencia laboral en temas de contratacin publica o en logstica privada, no menos de un (1) ao.ULADECHESCUELA DE CONTABILIDAD

CONTENIDO DE LOS EXPEDIENTES DE CONTRATACIONES

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El expediente de contratacin es el conjunto de documentos en el que aparecen todas las actuaciones referidas a un determinado proceso de seleccin registrado en el Plan anual de Contrataciones , por lo tanto el expediente debe contener:

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Requerimiento del rea usuaria. Las caractersticas tcnicas de lo que se va a contratar; El estudio de las posibilidades que ofrece el mercado; El valor referencial del proceso; La disponibilidad presupuestal correspondiente y su fuente de financiamiento; El tipo de procesos de seleccin a convocar; La modalidad de seleccin a emplear; El sistema de contratacin a utilizar; La modalidad de contratacin; La formula de reajuste, de ser el caso; El estudio de pre inversin y el informe tcnico que sustento la declaratoria de viabilidad, de ser el caso;ULADECHESCUELA DE CONTABILIDAD

El plazo de ejecucin contractual; El plazo de entrega mximo; La designacin de comit Especial; Copias de los acuerdos que adopte el comit Especial; Las actuaciones efectuadas hasta la culminacin del contrato; y, Las ofertas no ganadoras.

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De acuerdo a las normas de organizacin interna de cada entidad el funcionario competente deber aprobar el correspondiente Expediente de contratacin. La fecha de su aprobacin deber ser observando las condiciones mnimas que se elaboran observando las condiciones mnimas que seala la normativa y conforme a la informacin tcnica y econmica contenida en el citado Expediente: desde la fecha de su aprobacin se computar la antigedad del valor referencial de los procesos de seleccin para la antigedad del valor referencial de los procesos de seleccin para la contratacin de bienes y servicios y consultora de obras:ULADECHESCUELA DE CONTABILIDAD

- Se requiere una nueva aprobacin del Expediente de contratacin cuando es modificado por: Sugerencia del comit Especial luego de consultar los alcances de la informacin proporcionada en l , previa conformidad del rea usuaria y/o del rgano encargado de las contrataciones, segn corresponde; o Por la nueva convocatoria de un proceso declarado desierto.ULADECHESCUELA DE CONTABILIDAD

La custodia y responsabilidad del Expediente de contratacin, innovacin que presenta el articulo en comentario, esta a cargo del rgano encargado de las contrataciones, salvo en el periodo en el que dicha custodia corresponda al Comit Especial.

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ANUAL DE CONTRATACIONES

PLAN

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Cada Entidad elaborar su Plan Anual de contrataciones, el cual deber prever todas las contrataciones de bienes, servicios y obras que se requerirn durante el ao fiscal, con independencia del rgimen que las regule o su fuente seleccin previstos. Los montos estimados a ser ejecutados durante el ao institucional. El Plan Anual de contrataciones ser aprobado por el Titular de la Entidad y deber ser publicado en el SEACE.

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El PAC se efecta en base a los requerimientos de bienes, servicios y obras que formulen cada una de las dependencias de la Entidad, en funcin de sus metas presupuestarias. Dichos requerimientos se incluyen en el cuadro de necesidades que ser remitido al rgano encargado de las contrataciones para su consolidacin, valorizacin y posterior incorporacin en el Proyecto de Plan Anual.

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Comprende por lo menos: Objeto de la contratacin; La descripcin de lo que se va a contratar y su correspondiente cdigo segn el Catlogo nico de Bienes y Servicios y obras que administra el OSCE. El valor estimado de la contratacin; El tipo de proceso que corresponde al objeto y su valor estimado, as como la modalidad de seleccin;

La fuente de financiamiento; Los niveles de centralizacin o desconcentracin de la facultad de contratar; y La fecha prevista de la convocatoria.ULADECHESCUELA DE CONTABILIDAD

La aprobacin del Plan anual se realizar dentro de los quince (15) das hbiles siguientes a la aprobacin del Presupuesto Institucional Su difusin se efectuar a travs del SEACE. Excepcionalmente aquellas entidades que no posean internet, debern remitirlo al OSCE a travs de medios magnticos , pticos u otros que determine el citado Organismo Superior. La publicacin en el SEACE se realizar en un plazo no mayor de cinco (5) das hbiles de aprobado, debiendo incluirse el dispositivo o documento de su aprobacin.ULADECHESCUELA DE CONTABILIDAD

Entidad

Aprobacin

Entrega al Comit Especial

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Comit Especial: Para cada proceso de seleccin, se da en cualquier tipo de proceso, salvo menor cuanta (opcional). Comit Especial Permanente: Para varios procesos de seleccin; solo est permitido en las Adjudicaciones Directas y las Menores Cuantas.

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El Comit Especial estar integrado por tres (3) miembros, de los cuales uno (1) deber pertenecer al rea usuaria de los bienes, servicios u obras materia de la convocatoria, y otro al rgano encargado de las contrataciones de la Entidad. Necesariamente alguno de los miembros deber tener conocimiento tcnico en el objeto de la contratacin.

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Titular o la Mxima Autoridad. Funcionarios: Control y fiscalizacin. Funcionarios que aprobaron el expediente, bases, Comit Especial y apelaciones. Funcionarios, servidores o expertos independientes sancionados.

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Titulares Suplentes Experto Independiente

Nota: No se puede renunciar al cargo de miembro del Comit Especial. Asimismo, en caso de ausencia del titular, lo reemplaza el suplente, sin perjuicio de evaluar la responsabilidad de dicha ausencia. El titular podr reincorporarse como miembro suplente al Comit Especial, previa autorizacin a partir de la evaluacin sealada en el prrafo anterior.ULADECHESCUELA DE CONTABILIDAD

Bienes Entidades Fines Servicios Requerimientos

ObrasValor Referencial

Disponibilidad presupuestal

Contratos

Procesos de Seleccin ULADECHESCUELA DE CONTABILIDAD

I.Planificacin y Programacin(actos preparatorios)

II. Proceso de Seleccin

III. Ejecucin Contractual

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Requerimiento

Expediente de contratacion

Estudio de mercado o indagaciones Determinacin del Valor Referencial

Disponibilidad presupuestal

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Consulta y/o sugiere las modificaciones de caractersticas tcnicas o del valor referencial. Elabora las Bases. Convoca al proceso. Absuelve consultas y observaciones. Integra las Bases. Evala propuestas. Adjudica la Buena Pro. Declara desierto. Otros actos necesarios en el desarrollo del proceso.

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Para modificar, de oficio, las Bases: Cantidad, plano o dimensin de bien, servicio obra. Caractersticas y especificaciones Valor referencial Financiamiento Tipo de proceso

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Condiciones mnimas Art. 26 de la Ley - Mecanismos para mayor concurrencia. - Detalle de caractersticas. - Garantas. - Plazos y mecanismos de publicidad. - Sistema y modalidad. Valor Referencial - Cronograma. - Mtodo de - Para bienes y servicios no evaluacin. mayor a 3 meses de - Proforma de aprobacin de expediente contrato. de contratacin. - Para obras, 6 meses desde convocatoria.

Contenido mnimo de las propuestas Art. 42 del Reg. - Copia RNP. - DDJJ de no impedimento para contratar con el Estado. inhabilitado. - DDJJ de cumplimiento de requerimiento. - Promesa de consorcio.

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Garanta (2 aos en partes, piezas y mano de obra)

Caractersticas: Procesador, Memoria, velocidad de impresin, entre otros.

Plazo mximo de entrega: 10 das calendario

Mantenimiento correctivo y preventivo

Cantidad: 10 unidadesULADECHESCUELA DE CONTABILIDAD

Titular de la Entidad o Directorio Nunca quien elabora las Bases. Por escrito. Delegacin.

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Mediante consultas se aclaran. Se adecan a las observaciones y Pronunciamientos del OSCE o Entidad.

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De oficio, el Comit Especial no puede modificar las Bases.

Una vez integradas las Bases constituyen las reglas definitivas de la contratacin.

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LICITACIN PBLICA

Adquirir BIENES Ejecutar OBRAS

CONCURSO PBLICO

Contratar servicios generales y de

Consultora.

ADJUDICACIN DIRECTA Pblica/ Selectiva

Adquirir BIENES Contratacin de SERVICIOS Obras y Consultoras

ADJUDICACIN DE MENOR CUANTIA

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ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN

CONVOCATORIA

REGISTRO DE PARTICIPANTES

CONSULTAS

EVALUACION DE PROPUESTAS

PRESENTACIN DE PROPUESTAS

OBSERVACIONES A LAS BASES

IMPUGNACIN

OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

CONSENTIMIENTOULADECHESCUELA DE CONTABILIDAD

PLAZOS DE LOS PROCESOS DE SELECCIN

LP y CP: - NO MENOS de 35 das hbiles desde la convocatoria hasta el consentimiento de la Buena Pro: - 22 das hbiles, desde la convocatoria hasta la presentacin de propuestas. - 4 das hbiles para la evaluacin de las propuestas y 1 para la Buena Pro. - 8 das hbiles para el consentimiento. ADs: - NO MENOS de 19 das hbiles desde la convocatoria hasta el consentimiento de la Buena Pro: - 10 das hbiles, desde la convocatoria hasta la presentacin de propuestas. - 3 das hbiles para la evaluacin de las propuestas y 1 para la Buena Pro. - 5 das hbiles para el consentimiento.ULADECHESCUELA DE CONTABILIDAD

PLAZOS DE LOS PROCESOS DE SELECCIN

AMC:

- NO MENOS de 8 das hbiles consentimiento de la Buena Pro:

desde la convocatoria hasta el

- 2 das hbiles, desde la convocatoria hasta la presentacin de propuestas - 1 das hbil para la evaluacin de las propuestas y la Buena Pro. - 5 das hbiles para el consentimiento.

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Contenido

(Art. 50 del Reg.)

Identificacin, domicilio y RUC de la Entidad. Identificacin del proceso de seleccin. Modalidad de seleccin. Descripcin bsica del objeto. Valor referencial. Lugar y forma para la inscripcin de participantes. Costo del derecho de participacin. Calendario del proceso de seleccin. Plazo de entrega o ejecucin.ULADECHESCUELA DE CONTABILIDAD

LICITACIONES Y CONCURSOS PBLICOS

PBLICA

ADJUDICACIN DIRECTASELECTIVA

PUBLICACION EN EL SEACE

OBRAS

MENOR CUANTABIENES Y SERVICIOS

PUBLICACIN EN EL SEACE Para servicios es electrnica.ULADECHESCUELA DE CONTABILIDAD

Qu es una Consulta?

Qu es una Observacin?Cuestionar el incumplimiento de las condiciones mnimas

Aclaracin de cualquier extremo de las Bases

Se plantean por escrito. Luego Comit Especial absuelve consultas y acoge o no acoge las observaciones, mediante escrito debidamente fundamentado y publica en SEACE.

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OBSERVACIONES NO ACOGIDASObservacin ante Entidad Observacin ante OSCE

< 300 UIT. Resuelve el Titular de la Entidad. 8 das hbiles para emitir y notificar pronunciamiento.

>= 300 UIT

10 das hbiles para emitir y notificar pronunciamiento.

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Es el acto mediante el cual, las consultas, sugerencias y observaciones de los postores se recogen a las bases originales, para dar paso a una versin mejorada de la misma. Versin DEFINITIVA

Las bases integradas se publican en el SEACE, bajo sancin de nulidad e incluyen la absolucin de las consultas y observaciones.ULADECHESCUELA DE CONTABILIDAD

Acto Pblico (LP, CP y ADP), ante Notario Pblico. Acto Privado (ADS y AMC), sesiones privadas. En dos sobres cerrados : propuesta tcnica y propuesta econmica.

Idioma / traduccin oficial / folletos / autoridad extranjera. Original y copias / hojas rubricadas, selladas y foliadas / formularios y formatos. Acreditacin de representantes : carta poder simple. Subsanacin de propuestas.

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Evaluacin Tcnica:

Se califica sobre 100 puntos. Propuestas Tcnicas que no alcancen puntaje mnimo sern descalificadas. Puntaje Mnimo: En bienes y obras: 60 pts. En servicios y consultora: 80 pts.

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La Evaluacin Econmica se califica sobre cien (100) puntos. Aplicacin de la frmula del Art. 70 Reg. Resultado : Puntaje de Evaluacin Econmica.

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Se realizar en acto pblico para LP, CP y ADP. Tratndose de ADS y AMC, podr ser realizado en acto privado. En la fecha prevista, el Comit Especial proceder a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, con los resultados en un cuadro comparativo que consigne el orden de prelacin y el puntaje tcnico, econmico y total obtenidos por cada postor. Acceso al Expediente de Contratacin, dentro del da siguiente de solicitado.

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En ADs y AMC, a favor de las Mypes con personas con discapacidad; o 2. En ADs y AMC, a favor de las Mypes; o 3. A favor del postor que haya obtenido el mejor PE (en bienes u obras); o el mejor PT, tratndose de servicios; o

4. A prorrata, segn el monto de sus propuestas, siempre que el objeto sea divisible y se manifieste su voluntad. No procede en las consultoras; o A travs de sorteo en el mismo acto.

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Cuando del estudio de mercado se estableci que el requerimiento de la Entidad no puede ser cubierto por un solo proveedor, las Bases debern prever la posibilidad de distribuir la Buena Pro. Se otorgar la Buena Pro al postor que hubiera obtenido el mejor puntaje total, en los trminos de su propuesta y por la cantidad que hubiese ofertado. El saldo no atendido por el postor ganador ser otorgado a los postores que le sigan, respetando el orden de prelacin, siempre que las propuestas econmicas presentadas no sean superiores al cinco por ciento (5%) de aquella del postor ganador.ULADECHESCUELA DE CONTABILIDAD

Cuando hayan 2 ms propuestas, el consentimiento es a los 8 das hbiles de la notificacin de su otorgamiento, sin que se haya ejercido el derecho de interponer el recurso de apelacin. En el caso de ADs y de AMC, es 5 das hbiles. En caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producir el mismo da de la notificacin de su otorgamiento. Consentida la Buena Pro, el Comit Especial remitir el Expediente de Contratacin al rgano encargado de las contrataciones de la Entidad, para ejecutar los actos destinados a la formalizacin del contrato.

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Cuando no quede ninguna propuesta vlida. En caso no se haya registrado ningn participante, dicha declaracin podr efectuarse culminada la etapa de Registro de Participantes. Se evalan las causas que no permitieron concluir el proceso. La siguiente convocatoria se realizar mediante un proceso de AMC, que no se podr realizar en forma electrnica.

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La Entidad convocante puede cancelar el proceso de seleccin por razones de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de contratar, o cuando persistiendo la necesidad, el presupuesto asignado tenga que destinarse a otros propsitos de emergencia declarados expresamente, bajo su exclusiva responsabilidad.

La resolucin o acuerdo que formaliza la cancelacin deber ser emitida por el funcionario que aprob el Expediente de Contratacin u otro de igual o superior nivel. ULADECHESCUELA DE CONTABILIDAD

Supuestos: Entre Entidades Situacin de emergencia Desabastecimiento (Urgencia) Secreto militar u orden interno Bienes o servicios que no admiten sustitutos (proveedor nico) Servicios personalsimos

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RESOLUCIN PLIEGO

TITULARDIRECTORIOPUBLICACIN SEACE Excepto Secreto Militar

INFORME TECNICO LEGAL

ACUERDO (Empresas)

ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL (Gobiernos Locales) ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL (Gobiernos Regionales)

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El Sistema Electrnico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SE@CE), es el sistema que permite el intercambio de informacin y difusin sobre las adquisiciones y contrataciones del Estado, as como la realizacin de transacciones electrnicas.

Ubicado en:

www.seace.gob.peULADECHESCUELA DE CONTABILIDAD

1.

Difundir informacin de los procesos de seleccin convocados por las Entidades, a travs de la opcin Oportunidad de Negocio. Facilitar el seguimiento de los realizados en el proceso de seleccin. actos

2.

3.

Obtener participacin en las contrataciones electrnicas.

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Las convocatorias de los procesos pblicos se realizarn a travs de su registro en el SEACE.Las convocatorias de los procesos de adjudicacin directa selectiva y de menor cuanta podrn realizarse a travs de invitaciones, sin perjuicio del registro en el SEACE. El Comit Especial no puede continuar con la tramitacin del proceso de seleccin si no ha cumplido con publicar las Bases Integradas en el SEACE.

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Ejecucin de la prestacin Garantas

Liquidacin

Recepcin y conformidadPagoConstancia de prestacin

AdelantosAdicionales y ReduccionesAmpliaciones de Plazo

Contrataciones complementarias

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Entidad encargada de velar por el cumplimiento de las normas en las adquisiciones pblicas del Estado peruano. Tiene competencia en el mbito nacional, y supervisa los procesos de contratacin de bienes, servicios y obras que realizan las entidades estatales. Es un organismo tcnico especializado adscrito al Ministerio de Economa y Finanzas, con personalidad jurdica de derecho pblico, con autonoma tcnica, funcional, administrativa, econmica y financiera. El personal del OSCE est sujeto al rgimen laboral de actividad privada.

MISION Ser el organismo rector del sistema de contrataciones y adquisiciones del Estado que promueve la gestin eficiente, eficaz y transparente de la Administracin Pblica, en beneficio de entidades estatales y privadas, de la sociedad y del desarrollo nacional. VISION Constituirse en el organismo pblico rector del Sistema de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, caracterizado por la alta calidad de sus servicios, y reconocido nacional e internacionalmente como aliado estratgico de los agentes pblicos y privados en la gestin eficiente, eficaz y transparente de la contratacin pblica y en la optimizacin e integracin de los procesos tcnicos del abastecimiento del Estado.

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SISTEMA NACIONAL DE ABASTECIMIENTO

GRACIASULADECHESCUELA DE CONTABILIDAD