ley de bebidas. tributaria

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  • La presente Ley tiene por objetivo gravar con los impuestos que se definen en la misma, a las bebidas; Dichos impuestos se causaran una sola vez y se pagaran en la forma y cuanta determinadas en esta Ley.Ley de Impuesto sobre las Bebidas

  • Los Productores e Importadores. Ley de Impuesto sobre las Bebidas

  • HECHO GENERADORARTICULO 2ARTICULO 3 EXENCIONESLas exportaciones.Contenido de leche en volumen mayor al 20 % por litro. Concentradas de cereales, complementos nutricionales o medicinales tales como: Incaparina, Maicena, Avenas, Atoles.Los bienes donados a entidades excluidas de Renta La ProduccinImportacin e InternacinRetiro o Desafectacin del inventarioLey de Impuesto sobre las Bebidas

  • Impuesto Especifico

    Impuesto Ad-Valorem

    Ley de Impuesto sobre las Bebidas

  • MOMENTO EN QUE SE CAUSA EL IMPUESTOAl momento de la salida del producto terminado de la fabrica, de las bodegas, centro de almacenamiento, o de cualquier otro lugar que sean almacenados por el productor para el proceso productivo.

    La Importacin mediante esta se este realizando.

    Retiro o desafectacin ser causado el impuesto en la fecha del retiro o desafectacin.

    Ley de Impuesto sobre las Bebidas

  • LISTA DE PRECIOSLos fabricantes de los bienes gravados debern presentar a la DGII en el mes de enero de cada ao, mediante formularios o a travs de medios magnticos y con los requisitos que disponga la DGII, especificando fecha, la clase o marca comercial de los bienes.

    Los Importadores debern presentar a la DGA, por cada importacin.

    Ley de Impuesto sobre las Bebidas

  • OBLIGACIONES FORMALES

    Registro de Contribuyentes del Impuesto.

    Obligacin de Presentar Declaracin Jurada.

    Informe que contenga: la descripcin de los bienes, cantidad vendidas localmente, exportadas, autoconsumo, retiros o desafectaciones, y sus respectivas bases imponibles.

    Art. 238 literal f) C.TLey de Impuesto sobre las Bebidas

  • SUBSISTENCIA DE LA OBLIGACION DE PRESENTAR DECLARACION

    Comunicado a la DGII, el cese definitivo de las actividades generadoras de tales impuestos.

    Ley de Impuesto sobre las Bebidas

  • Obligaciones de Control Interno

    Los bienes referidos en esta Ley, producidos en el pas, el productor deber consignar en forma impresa en los envases, el Precio de venta sugerido al publico en general. En el caso de los bienes, el importador deber colocar el precio de venta sugerido mediante etiqueta en cada envase que las contenga.

    Plazo hasta el 31 de Dic. Del presente ao.

    Art.15Ley de Impuesto sobre las Bebidas

  • OBLIGACIONES SUSTANTIVAS

    Los Productores debern liquidar los impuestos en la Declaracin Jurada exigida por la DGII.

    Los Importadores debern liquidar los impuestos en la Declaracin de Mercancas o Formulario aduanero por la DGA.

    Ley de Impuesto sobre las Bebidas

  • SANCIONES

    Sancin:

    Multa 0.5 % Patrimonio o Capital Contable, no podr ser inferior a cuatro salarios mnimos.

    Ley de Impuesto sobre las Bebidas

  • CompetenciasLa Direccin General de Impuestos Internos (DGII).

    Aduanas.

    Cdigo Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA).Reglamento del Cdigo Aduanero Uniforme Centroamericano (RECAUCA).Ley de Simplificacin Aduanera.Cdigo Tributario.

    Ley de Impuesto sobre las Bebidas

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    CASOPRACTICO

    Company Logo

  • Tratamiento fiscal y contable del Impuesto sobre las Bebidas Gaseosas, Energizante, Jugos y Refrescos.La empresa TRIBUTARIA I, S.A. DE C.V. se cre en el mes de abril de 2014, clasificada como mediano contribuyente dedicada a la Produccin y Distribucin de bebidas carbonatadas, bebidas energizantes, jugos y refrescos, por la actividad econmica que realiza, deber sujetarse a las obligaciones tributarias contenidas en la ley antes mencionada. Para cumplir con lo establecido en el artculo 9 de la ley, la empresa al iniciar sus operaciones se inscribe en el registro especial de contribuyentes, segn se muestra en el formulario correspondiente (F212) de registro especial de contribuyentes.

    De acuerdo a las proyecciones de produccin y venta presenta en el mes de abril a la Direccin General de Impuestos Internos el listado de precios sugeridos de venta al pblico, para dar cumplimiento a lo establecido en el artculo 6 de la ley. En el formulario (F948) de lista de precios sugeridos de venta al pblico para productores.

  • Durante el mes de mayo se realizaron las operaciones siguientes:

    El da 9 de MAYO solicit a su proveedor La Mejor, S.A. de C.V. materia prima para la produccin de bebidas carbonatadas, energizantes, jugos y refrescos, por $25,057.50 mas IVA. La compra se realizo al contado. FACTURA COMPROBANTE CREDITO FISCAL.

    FECHACONCEPTOPARCIALDEBEHABER09/05/2014PARTIDA N 1 Inventario de Materia Prima IVA Crdito FiscalEfectivo y Equivalentes V/ Por compra de materia prima necesaria para la produccin.$ 25,057.50 $ 3,257.48$ 28,314.98

  • El da 10 MAYO de enva orden de produccin n1 al departamento de produccin lo cual detalla lo siguiente:

    PRODUCTOMEDIDASUNIDADESCOSTO DE PRODUCCIONPRECIO SUGERIDOGaseosa COCA COLA Lt10,000$0.20$0.55Gaseosa COCA COLA 2 Lt10,000$0.75$1.50RED BULL Lt15,000$1.00$2.00Jugo de Naranja 1Lt25,000$0.45$1.00FRESCO CHIBOLA 0.12 onz35,000$0.08$0.20

  • El da 11 de MAYO se solicita a la bodega de materia prima por medio de la orden de requisicin N 1, los materiales necesarios para la produccin.

    CANTIDADDESCRIPCINN DE ORDEN DE TRABAJOCOSTOUNITARIOTOTAL4500.00 LtAgua CARBONATADA01$ 0.083,896.1894,794 . 50 LbAzcar010.021895.8923170.33 MgCafena010.036935.1157084.60 MgACIDO CITRICO010.052854.2389 , 514 .00 GrSABORIZANTE ARTIFICIAL010.01895.1495000.00 UnEnvases Plsticos010.098580.95SU B TOTAL$ 25,057.50TOTAL$ 25,057.50

  • El da 12 de MAYO se procede a la elaboracin de las bebidas ordenadas considerando un valor de Mano de Obra Directa por: $ 5,782.50 y Costos Indirectos de Fabricacin por: $7,710.00. Por la produccin en proceso se corre con el registro siguiente:

    FECHACONCEPTOPARCIALDEBEHABER12/05/2014 PARTIDA N 2 Produccin en ProcesoCoca-Cola de / litro Coca cola de 2 litros RED BULL Jugos de naranja FRESCO CHIBOLA Inventario de Materia Prima.Mano de Obra Directa Costos Indirectos de Fabricacin // Elaboracin de los productos ordenados.$ 2,000.00 $ 7,500.00 $15,000.00 $11,250.00 $ 2,800.00$ 38,550.00$ 25,057.50 $ 5,782.50 $ 7,710.00

  • El da 13 de MAYO al terminar la produccin de las bebidas y depositarlas en sus envases respectivos para ser distribuidos, se consigno el precio de venta sugerido al consumidor final en cada uno de los envases de acuerdo a lo que establece el artculo 15 de la ley, adems se realiza la respectiva hoja de costos de produccin.

    COSTO UNITARIO DE PROOUCCINPRODUCTOUNDADESMPDMODCIFCOSTOUNITARIOGaseosa COCA COLA 1/2 Lt1$0.13$0.03$0.04$0.20Gaseosa COCA COLA 2 Lt1$0.49$0.11$0.15$0.75RED BULL 1/2Lt1$0.55$0.15$0.20$1.00Jug De Narana 1 Lt1$0.29$0.07$0.09$0.45FRESCO CHIBOLA 0.12 onz1$0.05$0.01$0.02$0.08COSTO TOTAL DE PRODUCCINPRODUCTOUNDADESMPDMODCIFCOSTO TOTALGaseosa COCA COLA 1/2 Lt10,000$1,300.00$300.00$400.002,000.00Gaseosa COCA COLA 2 Lt10,000$4,875.00$1,125.00$1,500.007,500.00RED BULL 1/2Lt15,000$9,730.00$2,250.00$3,0000015,000.00Jug De Naranja 1 Lt25,0007,312.501.5S7.50$2,250 0011,250.00FRESCO CHIBOLA 0.12 onz35,0001,820.00$420.00550.002,800.00TOTALES$25.057.50$5.732.50$7,710.00$38.550.00

  • FECHACONCEPTOPARCIALDEBEHABER14/05/2014 PARTIDA N 3 Inventario de mercadera.COCA COLA de litro COCA COLA de 2 litros RED BULL Jugos de naranja 1 LT FRESCO CHIBOLA 12 ONZ Produccin en proceso. COCA COLA de litro COCA COLA de 2 litros RED BULL Jugos de naranja 1 LT FRESCO CHIBOLA 12 ONZV/ Traslado de la produccin en proceso al Inventario de Mercadera.$ 2,000.00 $ 7,500.00 $ 15,000.00 $ 11,250.00 $ 2,800.00$ 2,000.00 $ 7,500.00 $ 15,000.00 $ 11,250.00 $ 2,800.00

    $38,550.00

    $ 38,550.00

  • El da 15 DE MAYO se le da salida de bodega para vender al cliente "La Estrella, S.A. de C.V. clasificado como mediano contribuyente los productos en base al detalle siguiente:

    PRODUCTOMEDIDASUNIDADESPRECIO DE VENTAGaseosa COCA COLA Lt1000$0.40 + IVAGaseosa COCA COLA 2 Lt1000$1.15 + IVARED BULL Lt1500$1.50 + IVAJugo de Naranja 1Lt3000$0.65 + IVAFRESCO CHIBOLA 0.12 onz10,000$0.13 + IVA

  • Clculo del Impuesto EspecficoDe acuerdo al articulo 4 literal a) de la Ley, el impuesto se calcula por litro de bebida energizante aplicndole $ 0.20 ctv. de dlar por cada litro.

    Unidades x Litros de Bebida x $0.20ctv = Impuesto Especfico

    1,500 U x Lt x $0.20 = $150.00

  • Clculo del Impuesto Ad-ValoremDe acuerdo al articulo 4 literal b) de la Ley, el impuesto se calcula sobre el precio de venta sugerido al pblico aplicando una tasa del 10% para las bebidas carbonatadas y energizantes, y una tasa del 5% para jugos y refrescos.

    A continuacin se presenta el (cuadro ) que detalla el precio de venta sugerido al pblico incluyendo impuestos especfico, Ad-Valorem e IVA, adems el precio sugerido de venta al pblico sin los impuestos mencionados, para lo cual este ltimo ser la base imponible para el clculo de estos.

    Producto.Precio de venta sugerido al consumidor final.Precio con impuestos.Precio

    sin IVAPrecio sin impuesto Especfico.Precio sin impuesto Ad-Valorem.Gaseosa COCA COLA L$ 0.55$ 0.49-$ 0.44Gaseosa COCA COLA 2 LT$ 1.50$ 1.33-$ 1.21RED BULL LT$ 2.00$ 1.77$ 1.67$ 1.52Jugo de Naranja 1LT$ 1.00$ 0.88-$ 0.84FRESCO CHIBOLA 0.12 ONZ$ 0.20$0.18-$ 0.17

  • Gaseosa COCA COLA 1/2/ Lt.Unidades x Precio sugerido x Tasa = Impuesto Ad-Valorem 1000 x $ 0.44 x 10% = $ 44.00Gaseosa COCA -Cola 2Lt.Unidades x Precio sugerido x Tasa = Impuesto Ad-Valorem 1000 x $ 1.21 x 10% = $ 121.00RED BULL Lt.Unidades x Precio sugerido x Tasa = Impuesto Ad-Valorem 1500 x $ 1.52 x 10% = $ 228.00Jugo de Naranja 1Lt.Unidades x Precio sugerido x Tasa = Impuesto Ad-Valorem 3000 x $ 0.84 x 5% = $ 126.00

    FRESCO CHIBOLA 0.12onza Unidades x Precio sugerido x Tasa = Impuesto Ad-Valorem 10000 x $ 0.17 x 5% = $ 85.00

  • Calculo de IVA

    Atendiendo a lo establecido por regla general en el Art. 54 de la Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y Prestacin de Servicios, se aplicar una tasa del trece por ciento sobre la base imponible; dicha base imponible se determinar adicionndole a la venta neta el valor de los impuestos especiales, adicionales, especficos o selectivos, como se establece en el Art. 51 literal d) de la ley antes mencionada.

  • IVA = Base Imponible x 13%Base imponible = venta neta + impuesto especfico + impuesto ad-valorem Base imponible = $ 6,296.00 + $ 150.00 + $ 604.00 Base imponible = $ 7,050.00 IVA = $ 7,050.00 x 13%IVA = $ 916.50

    a Base ImponibleProductoUnidadesPrecio de Venta sin IVABaseImponibleImpuestoAd-ValoremImpuestoEspecficoVenta NetaGaseosa COCA COLA L1000$0.40$ 400.00$ 44.00$ 356.00Gaseosa COCA COLA 2 LT1000$1.15$1,150.00$121.00$1,029.00RED BULL LT1500$1.50$2,250.00$228.00$150.00$1,872.00Jugo de Naranja 1LT3000$0.65$1,950.00$126.00$1,824.00FRESCO CHIBOLA 12 ONZ10000$0.13$1,300.00$ 85.00$1,215.00Totales$7,050.00$604.00$150.00$6,296.00

  • Registro Contable por la venta

    FECHACONCEPTOPARCIALDEBEHABER15/05/2014PARTIDA N 4 Efectivo y Equivalentes.Bancos. IVA Dbito Fiscal Impuestos por Pagar. Impuesto Especifico. Impuesto Ad-Valorem. VentasV/ Venta de mercadera al contado a nuestro cliente "La mejor, S.A. de C.V.$ 150.00 $ 604.00$ 7,966.50$ 916.50 $ 754.00$ 6,296.00

  • Registro de liquidacin de IVA al finalizar el mes de mayo

    FECHACONCEPTOPARCIALDEBEHABER 31/05/2014PARTIDA N 5 IVA Dbito Fiscal Remanente de Impuesto IVA Crdito Fiscal V/ Por liquidacin del IVA$ 916.50 $ 2,340.98$ 3,257.48

  • El da 12 de febrero se realiza la liquidacin y pago de los impuestos Especfico y Ad-valorem en el formulario respectivo (F6) conocido como Declaracin de Impuestos Especficos, ad-valorem y Contribucin Especial de acuerdo a lo dispuesto en el artculo 11 de la leyRegistro por liquidacin del Impuesto Especfico y Ad-ValoremEse mismo da a la Declaracin de Impuestos Especficos, ad-valorem y Contribucin Especial se le anexa el informe del impuesto Especifico y Ad-Valorem (F955) segn el articulo 11 de la ley.

    FECHACONCEPTOPARCIALDEBEHABER12/06/2014PARTIDA N 6 Impuesto por Pagar Impuesto Especfico Impuesto Ad-Valorem Efectivo y Equivalente BancosV/ Por pago del Impuestos Especifico y Ad-valorem.$ 150.00 $ 604.00$ 754.00$ 754.00$ 754.00

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