ley de 14 de noviembre de 1913 ravelo - potosi

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Ley de 14 Noviembre de 1913 ISMAEL MONTES, Presidente de la República de Bolivia. Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley; EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA: Artículo Único.- El cantón Moromoro, capital de la segunda sección de la provincia Chayanta, del departamento de Potosí, se denominará en los sucesivo, cantón RAVELO, en homenaje al que fué Teniente Coronel Felipe Ravelo, de heroica actuación en la Guerra del Pacífico. Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 12 de noṿiembre de 1913. JUAN M. SARACHO. ATILIANO APARICIO. J. V. Zaconeta, S. S. Juan 2° Alvarado, D. S. René Renjel, D. S. Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República. Palacịo de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de noviembre de mil novẹcientos trece años. ISMAEL MONTES. Claudio Pinilla. Fuente: Legislación Boliviana - Cọmpendio de leyes de 1825-2007, CD eleaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional

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creacion del Municipio Ravelo

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Page 1: Ley de 14 de Noviembre de 1913 Ravelo - Potosi

Ley de 14 Noviembre de 1913 ISMAEL MONTES,

Presidente de la República de Bolivia.Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley;

EL CONGRESO NACIONAL,DECRETA:

Artículo Único.- El cantón Moromoro, capital de la segunda sección de la provincia Chayanta, del departamento de Potosí, se denominará en los sucesivo, cantón RAVELO, en homenaje al que fué Teniente Coronel Felipe Ravelo, de heroica actuación en la Guerra del Pacífico.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 12 de noṿiembre de 1913.JUAN M. SARACHO.ATILIANO APARICIO.J. V. Zaconeta, S. S.Juan 2° Alvarado, D. S.René Renjel, D. S.Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República. Palacịo de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de noviembre de mil novẹcientos trece años.ISMAEL MONTES. Claudio Pinilla.

Fuente: Legislación Boliviana - Cọmpendio de leyes de 1825-2007, CD eleaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional