ley aranceles y contratos trabajo 6

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INSTITUTO TECNOLOGICO DE ZACATECAS ARQUITECTURA TALLER DE PRESENTACION DE PROYECTOS CONTRATOS LEY DE ARANCELES DE LOS ARQUITECTOS UBALDO SANDOVAL CURIEL ARQ. JOSE ANTONIO SOTO AGUILAR 1

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Page 1: LEY ARANCELES Y CONTRATOS TRABAJO 6

INSTITUTO TECNOLOGICO DE ZACATECAS

ARQUITECTURA

TALLER DE PRESENTACION DE PROYECTOS

CONTRATOS

LEY DE ARANCELES DE LOS ARQUITECTOS

UBALDO SANDOVAL CURIEL

ARQ. JOSE ANTONIO SOTO AGUILAR

ZACATECAS, ZAC. 22 DE FEBRERO DE 2011

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Page 2: LEY ARANCELES Y CONTRATOS TRABAJO 6

LA ELABORACIÓN DE CONTRATOS

Se dice que existe una relación de trabajo cuando una persona realiza un trabajo personal subordinado a otra, mediante el pago de un salario. Un contrato de trabajo es el documento en virtud del cual una persona se obliga a prestar otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario, es decir el documento en que se plasma el tipo de relación de trabajo que se establece entre en el empleador y el empleado(Art. 20 de la Ley Federal del Trabajo).

En México la Ley Federal del Trabajo obliga a todos los empleadores a elaborar un contrato de trabajo en por lo menos dos ejemplares, de los cuales quedará uno en poder de cada parte (Art. 24de la Ley Federal del Trabajo). La falta del contrato por escrito no priva al trabajador de los derechos que deriven de las normas de trabajo y de los servicios prestados, pues se imputará el patrón la falta de esa formalidad (Art. 26 de la Ley Federal del Trabajo). De la misma manera la Ley establece que cuando no se hubiese determinado el servicio o servicios que deban prestarse, el trabajador quedará obligado a desempeñar el trabajo que sea compatible con sus fuerzas, aptitudes, estado o condición y que sea del mismo género de los que formen el objeto de la empresa o establecimiento(Art. 27 de la Ley Federal del Trabajo).

El contrato deberá contener la siguiente estructura: Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, domicilio del trabajador y del patrón; si la relación de trabajo es por obra o tiempo determinado o tiempo indeterminado; el servicio o servicios que deban prestarse, los que se determinarán con la mayor precisión posible; el lugar o los lugares donde debe prestarse el trabajo; la duración de la jornada; la forma y el monto del salario; el día y el lugar de pago del salario; la indicación de que el trabajador será capacitado o adiestrado en los términos de los planes y programas establecidos o que se establezcan en la empresa, conforme a lo dispuesto en esta Ley; y otras condiciones de trabajo, tales como días de descanso, vacaciones y demás que convengan el trabajador y el patrón. Además es conveniente señalar en el contrato que el trabajador se debe ajustar a las funciones y reglas que se señalen en un anexo y se debe incluir como anexo su reglamento interno y su descripción del puesto.

De acuerdo con la Ley son tres los tipos de contratos que se pueden elaborar: a) por tiempo determinado cuando existe una fecha clara en la que terminará el contrato, b) por tiempo indeterminado cuando el contrato existirá en tanto exista la actividad que dio origen al mismo y c) por obra determinada: cuando se trate de realizar un producto o servicio específico.

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Sin embargo en muchas organizaciones se piensa que elaborar un contrato de trabajo puede serriesgoso para el empresario o que puede contraer más obligaciones y responsabilidades. En realidad la ley es muy clara aunque no exista un contrato esto no implica que el patrón no tenga responsabilidades. Incluso el no haber firmado un contrato genera mayores responsabilidades parael empresario en el caso de que un trabajador presente una demanda.

Son mayores los problemas que pueden surgir de no elaborar un contrato: renuncias sin previo aviso, falta de compromiso, no tomar en serio las responsabilidades, etc. Por lo que siempre es conveniente que todo trabajador tenga un contrato de trabajo. Esto también ayuda a que los empleadores se regulen en el trato y las responsabilidades que asumen.

Nunca se debe dar a firmar al trabajador su contrato y al mismo tiempo su renuncia, esto lo único que provocará es que el trabajador se moleste, se sienta fuera de la empresa y empiece a buscar otro trabajo con mayor estabilidad. Si el trabajador firma su renuncia por anticipado eso no garantiza que no demande a la organización y en cambio puede ser un agravante en su contra. Para evitar las demandas es mejor que el empleador se esfuerce en dar un trato justo y en establecer claramentelas reglas del trabajo.

Recientemente se ha puesto de moda que despachos externos “manejen” la nómina de una empresa, la ventaja que ofrecen estos despachos es el hacerse cargo de las demandas laborales, a cambio de este servicio cobran el 15% de la nómina, también ofrecen reducción de obligaciones laborales negándoles el derecho al seguro social o del seguro de vivienda esto lo hacen formando falsas cooperativas laborales, colocando en riesgo a los trabajadores pues los incluyen como socios solamente de manera nominal negándoles cualquier forma de participación en dicha cooperativa.

Cuando un empresario contrata este tipo de servicios lo que en realidad está contratando es a un grupo de golpeadores que amedrentarán a los trabajadores cuando estos traten de exigir sus derechos. Es casi seguro que esta estrategia generará más problemas de los que resolverá.

“El que paga con cacahuates contratará puros monos”

Además si un gerente adopta esta última estrategia para reducir costos estará consintiendo en congruencia que un trabajador adopte sus propias “estrategias” para reducir el trabajo que realiza o para conseguir un poco mas de ingresos.

Sus abogados le pueden sugerir algunas de las estrategias criticadas en esta lectura y tal vez tengan razón si se trata de utilizar argucias legales para reducir obligaciones laborales pero en términos de manejo de personal serán totalmente contraproducentes.

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EJEMPLO DE CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO INDETERMINADO

En la ciudad de O a x a ca d e J u á re z , a 1 º. d e D i ciembre d e 2 0 0 8 , los que suscriben el presentecontrato: Por una parte el C. J o rge Ev e rardo A g u i la r M o rales representante legal de A 5 15 TE: E ducac i ón asistida p or co m put a dor a , en su carácter de Patrón, y por la otra la C. Lu cía Ve las c o ensu carácter de Trabajador, en la calles de J oa q u ín A m a ro 408 , Col. Fi g ue r o a , d e la ciu d a d d e O a x a c a , O a x a ca , hacemos constar que hemos celebrado un Contrato Individual de Trabajo portiempo indeterminado que sujetamos al tenor de las siguientes declaraciones y clausulas:

DECLARACIONES

PRIMERA. Los contratantes se reconocen expresamente la personalidad con que se ostentan para todos los efectos legales a que hubiere lugar y convienen que en el cuerpo de este contratoen lo sucesivo se denominarán respectivamente “Patrón y “Trabajador”.

SEGUNDA. El trabajador manifiesta bajo protesta de decir verdad que tiene la capacidad y los conocimientos necesarios para desempeñar el puesto de instructor y para tal efecto declara serde nacionalidad m e xic a n a , con una edad de 34 añ os , de sexo f e m en i n o , con un estado civil:c a s a d a , de profesión L ic e n cia d a e n p sico l og í a y con domicilio en H id a lgo 4 5 e n la ciu d a d d e O a x a ca .

TERCERA. El patrón por su parte declara ser de nacionalidad m e xic a na , con una edad 34 años,de sexo m as c ul i n o , con un estado civil c a s a d o , de profesión l i c e n cia d o e n p sicol og ía y condomicilio en J o aqu í n A m a ro 4 0 8 , C o l. Fig u e roa de la ciudad de O a x a c a y que está en uso de susfacultades legales teniendo la capacidad necesaria para celebrar el presente contrato de trabajo oen su caso “La empresa A 515 T E : E d u c a ci ó n a sisti d a po r c o mp u t a d o r a ” declara ser una personamoral constituida de acuerdo con las leyes mexicanas ante el notario público número 4 5 delestado de O a x a ca en fecha 1 2 d e f eb rero de 1 9 9 3 . Teniendo la empresa como domicilio legal elubicado en J o a q u ín A m a ro 40 8 , Col. Fi g ue ro a , d e e st a ci u d a d

Ambas partes declaran que han convenido celebrar el presente contrato , sujetándose a lassiguientes:

CLAÚSULAS

PRIMERA: SOBRE LA RELACIÓN DE TRABAJO

Este contrato se celebra por tiempo indeterminado y no podrá modificarse, rescindirse o terminarse si no en los casos y condiciones especificados en la Ley Federal de Trabajo.

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SEGUNDA: SOBRE LOS SERVICIOS QUE PRESTARÁ EL TRABAJADOR

El trabajador se obliga a prestar bajo la dirección, dependencia y subordinación del patrón, sus servicios personales consistentes en: in s tr u c t o r , los cuales se detallan en el anexo 1denominado descripción de puesto mismas que podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades del trabajo y sujetarse a lo estipulado en el reglamento de trabajo que se incluye en el anexo 2. Reservándose el empleador el derecho de rescindir el contrato y de modificar la descripción de los puestos cuando las necesidades laborales lo requieran, así como de evaluar el desempeño de cada trabajador, respetando en cualquier caso los derechos laborales generados por el trabajador.

TERCERA: SOBRE EL LUGAR EN QUE DEBERÁN PRESTARSE LOS SERVICIOS.

El trabajador se compromete a desempeñar las labores objeto de este contrato en el domicilio dela empresa ubicado en las calles J o a qu í n A m a ro 4 0 8 , C o l. Fig ue r o a , de la ciudad de O a x a c a .

CUARTA: SOBRE LA DURACIÓN DE LA JORNADA

La duración diaria de la jornada de trabajo será de ocho horas para la diurna, prohibiéndose expresamente al trabajador que labore tiempo extraordinario, salvo permiso previo del patrón.

QUINTA: SOBRE EL SALARIO

El trabajador percibirá un salario diario de: $ 4 8. 3 0 ( C U A RENTA Y OCHO P ESOS 30 / 1 0 0 ) . Elcuál será proporcionado los días 15 y último de cada mes para el caso de los trabajadores operativos y el último día laboral de la semana para el caso de los obreros. En el caso de que el día de pago corresponda a uno señalado como descanso obligatorio el pago se realizará en el día hábil inmediato anterior. Realizándose el pago en su lugar de trabajo.

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SEXTA: SOBRE LA CAPACITACIÓN

El trabajador se compromete a participar en los cursos de capacitación y adiestramiento bajo las condiciones a que se refiera la fracción XV del artículo 132 y a las fracciones de la A a la X del artículo 153 de la Ley Federal del Trabajo. Será obligación de la empresa proveer la capacitaciónde acuerdo a los planes que autorice la Secretaría del Trabajo y Previsión Social

SÉPTIMA. SOBRE LOS DÍAS DE DESCANSO

El trabajador contratado tendrá un día de descanso por cada seis días de trabajo conviniéndoseen que dicho día será el domingo de cada semana, en la inteligencia de que si el trabajador llegase a trabajar los domingos tendrá derecho a que se le pague una prima de un 25% sobre su salario tabulado.

Se prohíbe expresamente al trabajador que labore los domingos, días festivos y descansos obligatorios, salvo permiso previo y por escrito del patrón.

Son días de descanso obligatorio el 1º de enero; el primer lunes de febrero en conmemoración del5 de febrero; el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo; el 1º de mayo; el 16 de septiembre; el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, el 1º de diciembre de cada seis años cuando corresponda a la trasmisión del Poder Ejecutivo Federal, el25 de diciembre y el que determinen las leyes federales y locales electorales en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

OCTAVA: SOBRE LAS VACACIONES

Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutaran de un periodo anual de vacaciones pagadas de seis días laborables que se aumentará en dos días laborables hasta llegar a doce por cada año subsecuente de servicios, en la inteligencia de que a partir del quinto año se aumentará dicho periodo en dos días por cada cinco de servicios.

Se faculta expresamente al patrón para que determine el periodo de vacaciones que deberá disfrutar el trabajador de acuerdo con las necesidades de la empresa. El trabajador recibirá un25% de prima sobre el promedio de su salario en el último año de servicios o la parte proporcionalen su caso. Las vacaciones no podrán compensarse con una remuneración.

Las partes convienen expresamente en que el salario estipulado en la cláusula octava de este contrato se encuentra incluido el pago correspondiente al séptimo día.

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NOVENA: SOBRE LA VIGENCIA

El presente contrato se mantendrá vigente a partir de esta fecha, a partir de la cual se reconoce expresamente al trabajador su antigüedad en los servicios que presta.

DECIMA: SOBRE LAS OBLIGACIONES Y RECISIÓN DEL CONTRATO

Ambas partes declaran que conocen cuáles son las obligaciones que les imponen respectivamente al patrón el artículo 132 de la Ley de la materia y al trabajador el artículo 134 dela Ley Federal del Trabajo, en la inteligencia de que cualquier violación a las mismas será causalde rescisión de contrato con las consecuencias inherentes a dicha rescisión.

DECIMO PRIMERA: SOBRE LA JURISDICCIÓN

Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato las partes se someten a las leyes vigentes en la ciudad de O a x a ca de J u árez, Oa x aca sujetándose para el caso de cualquiercontroversia a la jurisdicción de los tribunales competentes de la C iu d a d d e O a x a c a , renunciando acualquier otro fuero que pudiera corresponderles en razón de sus domicilios presentes o futuros.

LEIDO que fue por ambas partes este contrato ante los testigos que también lo firman, e impuestos todos de su contenido y sabedores de las obligaciones que contraen, lo suscriben por duplicado en la ciudad y fecha ya señalados.

TRABAJADOR PATRÓN

Lucía Velasco Jorge Everardo Aguilar Morales

TESTIGOS

Ezequiel Aragón Enrique Chávez

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EJEMPLO DE CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR OBRA DETERMINADA

En la ciudad de O a x a ca d e J u á rez , a 1 º. d e D i ciembre d e 2 0 0 8 , los que suscriben el presentecontrato: Por una parte el C. J o rge Ev e rardo A g u i la r M o rales representante legal de A 5 15 TE: E ducac i ón asist i da p or c om puta d or a , que de aquí en adelante será denominado el contratante ypor la otra la C. Lu cía Ve la s co que de aquí en adelante será llamada el especialista, en el domicilioubicado en J o a q u ín A m a r o 408 , Col. Fi g ue r o a , de la ciudad de O a x a c a , O a x a c a , hacemos constarque hemos celebrado un Contrato Individual de Trabajo por obra determinada que sujetamos al tenor de las siguientes declaraciones y clausulas:

DECLARACIONES

PRIMERA. Los contratantes se reconocen expresamente la personalidad con que se ostentan para todos los efectos legales a que hubiere lugar y convienen que en el cuerpo de este contratoen lo sucesivo se denominarán respectivamente “Contratante” y “Especialista”.

SEGUNDA. El “Especialista” manifiesta bajo protesta de decir verdad que tiene la capacidad y los conocimientos necesarios para desempeñar el trabajo estipulado y para tal efecto declara ser de nacionalidad m e xi c an a , con una edad de 3 4 a ñ os , de sexo f e me n in o , con un estado civil: c a s a d a ,de profesión L ic e n cia d a e n p sicol og í a y con domicilio en H i da l g o 4 5 e n la ci u da d d e Oa x a ca .

TERCERA. El patrón por su parte declara ser de nacionalidad m e xic a na , con una edad 34 años,de sexo m as c ul i n o , con un estado civil c a s a d o , de profesión l i c e n cia d o e n p sicol og ía y condomicilio en J o aqu í n A m a ro 4 0 8 , C o l. Fig u e roa de la ciudad de O a x a c a y que está en uso de susfacultades legales teniendo la capacidad necesaria para celebrar el presente contrato de trabajo oen su caso “La empresa A 515 T E : E d u c a ci ó n a sisti d a po r c o mp u t a d o r a ” declara ser una personamoral constituida de acuerdo con las leyes mexicanas ante el notario público número 4 5 delestado de O a x a ca en fecha 1 2 d e f eb rero de 1 9 9 3 . Teniendo la empresa como domicilio legal elubicado en J o a q u ín A m a ro 40 8 , Col. Fi g ue ro a , d e e st a ci u d a d

Ambas partes declaran que han convenido celebrar el presente contrato, sujetándose a lassiguientes:

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CLAÚSULAS

PRIMERA: SOBRE LA RELACIÓN DE TRABAJO

Este contrato se celebra por obra determinada y no podrá modificarse, rescindirse o terminarse sino en los casos y condiciones especificados en la Ley Federal de Trabajo.

SEGUNDA: SOBRE LOS SERVICIOS QUE PRESTARÁ EL “ESPECIALISTA”

El especialista se obliga a prestar bajo la dirección, dependencia y subordinación del contratante, sus servicios personales consistentes en: la e l abo ra c ión d e u n p r o g rama d e c a pa cit a ci ó n p a ra v en d edores q ue c o nt e nga una jus t ificaci ó n, u na es p e cificaci ó n de la ofer t a y de m an da edu c ativa, un res u men de la f un d ación educ a tiva q ue de s ar r ol l ará el plan, las n ecesi d ades q ue se at e n d erá n , el ob j etivo ge n eral y los particulares, el m erca d o laboral y las ex p ect a tiv a s de de s ar r ol l o profesi o nal, el perfil de i n greso y egre s o, un es q u ema d el pl a n, un c o nce n tra d o ge n eral de m at e r i as, así c o mo los pro g ramas de al m e n os 48 m ater i a s, un con c ent r ado g e neral de bibliograf ía y la i m presión de dicha i n f o r m ación en d os t an t os. To d o se r e al i zará c on los f o r m a t os que para t al fin le s e an proporc i o n a d os e inclui r á la i m presión en dos t a n t os de los m ater i al e s elabor a dos

TERCERA: SOBRE LA ENTREGA DEL TRABAJO CONTRATADO.

El “Especialista” se compromete a entregar los productos ( o a desarrollar los servicios )objeto deeste contrato en el domicilio de la empresa ubicado en las calles J o a q u ín A m a ro 4 0 8 , Co l . Fig uero a , de la ciudad de O a x a c a .

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CUARTA: SOBRE LA FECHA DE ENTREGA DEL TRABAJO CONTRATADO

La fecha de entrega del trabajo será 2 5 d e marzo de l 2 00 9

QUINTA: SOBRE LOS HONORARIOS

El “Especialista” percibirá un único pago de: $ 4 5, 0 0 0 (cu a re n t a y cinco m il pe s o s 00 / 10 0 M .N. ), que será entregado una vez concluido el trabajo.

SEXTA: SOBRE LAS OBLIGACIONES Y RECISIÓN DEL CONTRATO

Ambas partes declaran que conocen cuáles son las obligaciones que les imponen respectivamente al contratante el artículo 132 de la Ley de la materia y al especialista el artículo134 de la Ley Federal del Trabajo, en la inteligencia de que cualquier violación a las mismas será causal de rescisión de contrato con las consecuencias inherentes a dicha rescisión.

SÉPTIMA: SOBRE LA JURISDICCIÓN

Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato las partes se someten a las leyes vigentes en la ciudad de O a x a ca d e J u á rez, O a x a ca

sujetándose para el caso de cualquiercontroversia a la jurisdicción de los tribunales competentes de la C iu d a d d e O a x a c a , renunciando acualquier otro fuero que pudiera corresponderles en razón de sus domicilios presentes o futuros.

LEIDO que fue por ambas partes este contrato ante los testigos que también lo firman, e impuestos todos de su contenido y sabedores de las obligaciones que contraen, lo suscriben por duplicado en la ciudad y fecha ya señalados.

ESPECIALISTA CONTRATANTE

Lucía Velasco Jorge Everardo Aguilar Morales

TE

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STIGOS

Ezequiel Aragón Enrique ChávezLEY DE ARANCELES DE LOS ARQUITECTOS

CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales

ARTÍCULO 1

Los honorarios de los arquitectos serán fijados en los términos del Artículo 2486 del Código Civil en el Estado de Durango. A falta de convenio, se sujetarán a las disposiciones de la presente ley que contiene la enumeración y descripción de los servicios; las obligaciones del profesionista y las tarifas mínimas obligatorias aplicables a cada caso para la fijación de honorarios derivados de la prestación de servicios profesionales de los arquitectos.

ARTÍCULO 2

Los honorarios que se establecen en este Arancel, sólo podrán ser cobrados por los arquitectos que tengan título legalmente expedido y registrado y cuenten con la cédula otorgada por la Dirección General de Profesiones del Estado.

ARTÍCULO 3

Todo arquitecto tiene obligación de estipular la prestación de sus servicios mediante contrato o convenio escrito en el que se establezca con la mayor precisión posible los alcances de trabajo, los tiempos de ejecución y las formas de retribución de los servicios,o de cada una de sus etapas de prestación según este Arancel.

ARTÍCULO 4

Cuando a pesar de lo dispuesto en el artículo precedente, no se hubiere celebrado contrato escrito, el pago de los servicios prestados deberá regularse conforme a este Arancel y su tabulador anexo.

ARTÍCULO 5

Para los servicios profesionales que no se encuentren previstos en la presente Ley, se aplicarán las cuotas de los que presenten mayor semejanza.

ARTÍCULO 6

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En caso de conflicto para la regulación y pago de honorarios por servicios prestados, las partes podrán someterse a juicio arbitral, y el compromiso puede celebrarse antes de que haya juicio, durante éste y después de sentenciado, sea cual fuere el estado en que se encuentre, pudiendo participar como árbitro el Colegio de Arquitectos de Durango, A.C., o bien, someter sus diferencias a los tribunales judiciales competentes.

ARTÍCULO 7

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Los arquitectos podrán prestar sus servicios mediante igual a que convengan libremente con quien contraten, siempre y cuando no rebasen a la baja los honorarios mínimos establecidos en este Arancel.

ARTÍCULO 8

Para garantía de las partes y la correcta vigilancia del Arancel, los arquitectos notificaránal Colegio de los trabajos que se les encomienden, y enviarán una copia del contrato respectivo con los anexos correspondientes, los que estarán a disposición de la Dirección General de Profesiones para sus efectos.

ARTÍCULO 9

Corresponde a la Dirección General de Profesiones y al Colegio de Arquitectos deDurango, A.C., vigilar el cumplimiento de este Arancel.

ARTÍCULO 10

Los arquitectos que ejerzan la profesión en calidad de asalariados, quedan sujetos a los preceptos de la Ley Federal del Trabajo y en su caso, a los de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicios del Estado.

ARTÍCULO 11

El arquitecto estará obligado a proporcionar sus servicios profesionales a su cliente con pericia, diligencia y buena fe.

CAPÍTULO SEGUNDODe La Enumeración de los Servicios

Profesionales de los Arquitectos

ARTÍCULO 12

Se regirán por este Arancel los siguientes servicios profesionales de los arquitectos:

I.- Proyecto y dirección arquitectónica de la obra.

II.- Edificación y administración de la obra.

III.- Servicios de consulta y asesoría profesional.

Se regirán por este Arancel los siguientes servicios profesionales los cuales se dividirán en dos áreas en lo referente a proyecto y a su ejecución:

En lo referente a PROYECTO, se dividirán en:

I.- Trabajos preliminares.

II.- Proyecto Arquitectónico.

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III.- Supervisión Arquitectónica.

En lo referente a EJECUCIÓN:

I.- Actividades Preliminares.

II.- Actividades Administrativas.

III.- Actividades de Ejecución.

CAPÍTULO TERCERODe la Descripción de los Servicios

y Obligaciones del Arquitecto

ARTÍCULO 13

Los servicios de PROYECTO Y DIRECCIÓN ARQUITECTÓNICA de cada obra, estarán divididos en las siguientes etapas, cada una de las cuales pueden constituir por sí mismaun servicio parcial:

A).- LOS ESTUDIOS PRELIMINARES, que comprenden:

A-1 Programación de Actividades.

A-2 Análisis de Suelos Varios.

A-3 Levantamientos Topográficos.

A-4 Programa Arquitectónico.

A-5 Ante-Proyectos Zonales. A-

6 Estudio de Factibilidades. A-7

Estudio de Rentabilidades.

A-8 Estudio de Capitalizaciones.

A-9 Estudios Económicos Varios.

A-10 Relación Costos Directos.

A-11 Relación Costos Indirectos.

A-12 Densidades de Construcción.

A-13 Densidades de Áreas Abiertas.

A-14 Contratos Varios.

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Algunos de los servicios básicos prestados por el arquitecto en la fase de estudios preliminares, pueden requerir para el mejor resultado de todo el trabajo la prestación de algunos o varios de los servicios complementarios a que se refiere el Artículo 17 del presente Arancel.

B).- EL PROYECTO EJECUTIVO de la OBRA:

Que comprende los planos y documentos que respondan a los requerimientos acordados entre el cliente y el arquitecto una vez evacuado el anteproyecto, y a las disposiciones legales, reglamentarias y normativas aplicables en el ramo de la construcción con las siguientes características:

B-1 Gratificación óptima de la distribución arquitectónica general

(índice general).

B-2 Planos de Obra Exterior.

B-3 Planos de Edificaciones Particulares.

B-4 Planos de Estructuras Varias.

B-5 Planos de Ventanerías, Carpinterías.

B-6 Planos de detalles y Accesorios.

B-7 Planos de Instalaciones: Hidráulicas, Eléctricas, Saneamientos, Drenaje.

B-8 Planos legales: Permisos, escrituraciones, etc.

B-9 Planos deslindes de predios y siembras generales.

B-10 Aprobaciones, autorizaciones y revisión de la graficación.

B-11 Áreas diversas cubiertas y descubiertas (Desglosadas)

B-12 Porcentajes diversos de la distribución arquitectónica.

B-13 Especificaciones generales y particulares de todos los elementos.

B-14 Memorias de cálculo de: Estructuras varias, Instalaciones Hidráulicas, Eléctricas, Saneamiento, Gas, Aire, Especiales.

B-15 Catálogo de conceptos varios, volumetría y costos de c/uno.

B-16 Catálogo de Instructivo de Obra (uso y aplicaciones).

B-17 Descripción particular del proyecto, sus características y entorno.

B-18 Generación de volúmenes de obra de cada concepto.

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En esta fase del proyecto detallado puede requerirse, para el mejor resultado de los trabajos, la prestación de servicios complementarios a los que se refiere el Artículo 17o. del presente Arancel.

C).- LA DIRECCIÓN ARQUITECTÓNICA de la OBRA que comprende:

C-1 Calendarización de actividades de dirección arquitectónica.

C-2 Supervisión y vigilancia de la ejecución física de la obra (visitas).

C-3 Dirección técnica-plástica y artística de diferentes especialidades.

C-4 Relación y anotación en bitácora(s) de ejecuciones y modificaciones en costos.

C-5 Vigilancia sobre avance según programación aprobada.

C-6 Relación y Coordinación con: Usuario, Edificador, Proyectista, Contratistas varios.

C-7 Reportes a coordinación general.

ARTÍCULO 14

El arquitecto establecerá en común acuerdo con el edificador el número de visitas necesarias para la adecuada prestación de este servicio.

En la prestación de servicios de dirección arquitectónica de la obra pueden requerirse adicionalmente, para el mejor resultado de los trabajos, la prestación de algunos servicios complementarios a los que hace referencia el Artículo 17o. del presente Arancel.

Como parte del quehacer arquitectónico estará contemplado aparte del proyecto arquitectónico LA REALIZACIÓN EDIFICATORIA DE LA OBRA PROYECTADA que comprenderá varias etapas las cuales pueden constituir por sí mismas un servicio parcial:

A).- ACTIVIDADES PRELIMINARES.

A-1 Programación de actividades generales.

A-2 Contratos totales o parciales.

A-3 Costos unitarios de conceptos del proyecto.

A-4 Investigación de mercado de elementos participantes.

A-5 Factibilidad de uso de los materiales.

A-6 Factibilidades de mano de obra.

A-7 Formulación del presupuesto y contratistas generales.

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A-8 Pronósticos de avances posibles y financiamientos.

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A-9 Calendarización general de pagos.

Los servicios enumerados en las actividades preliminares serán básicos, para su aplicación en la obra arquitectónica y el costo parcial de cada uno de ellos estará establecido en la tabla correspondiente.

B).- ADMINISTRACIÓN DE LA OBRA.

B-1 Presupuestos desglosados de cada concepto.

B-2 Programación de Ministraciones Económicas.

B-3 Tramitación y aprobación de elementos legales: Gobiernos Municipales, Estatales, Federales, IMSS, INFONAVIT, S.S., etcétera.

B-4 Programación particular de cada concepto con: Tiempos de c/concepto; Costos de c/concepto: Explosión de materiales; Explosión de herramientas; Explosión de mano de obra; flujo de caja.

B-5 Administración de recursos (ingresos y egresos).

B-6 Suministro de materiales.

B-7 Manejo de Financiamientos y recursos varios.

B-8 Contratos totales y parciales con contratistas, sindicatos, etc.

En la administración de la obra intervendrá la selección de cotizaciones y programas conjuntamente con el o los clientes y durante la ejecución de la obra tendrá facultades que el usuario le otorgue para aprobar o rechazar las estimaciones de obras correspondientes a las cantidades ejecutadas o etapas aprobadas por la ejecución físicade la obra y tendrá obligación de mantener informado al cliente del estado administrativo de la obra y sus decisiones correspondientes.

C).- CONSTRUCCIÓN FÍSICA DE LA OBRA.

C-1 Programación de cada una de las actividades.

C-2 Ordenes de trabajo a cada contratista.

C-3 Medición y recepción de trabajos varios parcial o total.

C-4 Recepción de material(es) y control de ingreso y salida.

C-5 Control de calidad del material según especificación.

C-6 Requisición(es) de los materiales. (De las herramientas).

C-7 Trazos generales de desplantes varios.

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C-8 Supervisión de ejecución de trabajos varios según calendarios.

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C-9 Autorización de estimaciones.

C-10 Formulación de números generadores de obra.

C-11 Confrontación de lo presupuestado con ejecutado y según calendario.

C-12 Anotación diaria en bitácora de ejecuciones o modificaciones varias (Edificatorias).

C-13 Relaciones varias con: PRELIMINARES: Volúmenes iniciados y reales; costos parciales y finales; conceptos aplicados; Avances iniciales y finales.

ADMINISTRACIÓN: Costos, Volúmenes, Contratación personal y Contratistas; Requisición; Estados financieros.

DIRECCIÓN ARQUITECTÓNICA: Recepción de documentación total del ProyectoArquitectónico completo; Bitácoras, anotaciones o modificaciones.

C-14 Supervisión y control de calidad de los diferentes procedimientos de construcción(según especificaciones pactadas).

ARTÍCULO 15

En lo correspondiente a la edificación física de la obra tendrá una relación directa de coordinación general con proyecto arquitectónico y la supresión de algún concepto o actividad que implicará a la calidad de la obra arquitectónica en lo particular y su costo de cada partida estará establecido en la tabla correspondiente.

RELACIÓN DE PORCENTAJES DIVERSOS SEGÚN ACTIVIDAD POR REALIZAR EN EL CONCEPTO DE PROYECTO ARQUITECTÓNICO COMPLETO

A).- Los Estudios Preliminares: PorcentajeA-1 Programación de actividades 3%A-2 Análisis de Suelos Varios 4%A-3 Levantamientos topográficos 9%A-4 Programa Arquitectónico 9%A-5 Ante proyectos zonales 9%A-6 Estudio de Factibilidades 9%A-7 Estudio de Rentabilidades 9%A-8 Estudio de Capitalizaciones 9%A-9 Estudios Económicos Varios 9%A-10 Relación Costos Directos 9%A-11 Relación Costos Indirectos 9%A-12 Densidades de Construcción 2%A-13 Densidades de Áreas abiertas 2%A-14 Contratos Varios 2%Suma Parcial 20%

B).- EL PROYECTO Ejecutivo de la Obra.

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B-1 Gratificación óptima de la Distribución

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arquitectónica 43%B-2 Planos de obra exterior. 43%B-3 Planos de edificacionesparticulares.(Arquitectónicos). 43%B-4 Planos de estructuras varias(Estructurales). 43%B-5 Planos de ventanerías carpinterías. 43%B-6 Planos de detalles y accesorios. 43%B-7 Planos de instalaciones: Hidráulicas,Eléctricas, Saneamiento, Especiales. 43%B-8 Planos Legales: Permisos,estructuraciones, etc. 43%B-9 Planos deslindes de predios y siembrasgenerales (conjunto). 43%B-10 Aprobaciones, autorizaciones yrevisión de la graficación. 43%B-11 Áreas diversas cubiertas ydescubiertas (Desglosadas). 43%B-12 Porcentajes diversos de la distribuciónarquitectónica. 0.5%B-13 Especificaciones generales yparticulares de todos los elementos. 0.5%B-14 Memorias de cálculo de: Estructurasvarias, Hidráulicas, Eléctricas,Saneamiento, Gas Aire, Especiales. 13%B-15 Catálogo de conceptos variosvolumetría y costos de c/uno. 3%B-16 Catálogo de instructivo de obra. ( usosy aplicaciones). 1%B-17 Descripción particular del Proyecto.(Sus características y su entorno). 1%B-18 Generación de volúmenes de obra decada concepto. 3%Suma Parcial: 65%

C).- LA DIRECCIÓN ARQUITECTÓNICA de la OBRA:

C-1 Calendarización de actividades deDirección Arquitectónica. 0.5%C-2 Supervisión y vigilancia de la ejecuciónfísica de la obra. (Visitas). 10%C-3 Dirección técnica-plástica y artística dediferentes especialidades. 10%C-4 Relación y anotación de bitácora(s) deejecuciones y modificaciones con costos. 10%C-5 Vigilancia sobre avance segúnprogramación aprobada. 1.5%C-6 Relación y coordinación con: Usuario,Edificador, Proyectista, Contratistas varios. 3%C-7 Reportes a coordinación general.

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Suma Parcial: 15%

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A.- Estudios preliminares 20%B.- Proyecto Ejecutivo de la Obra 65% C.- Dirección Arquitectónica de la Obra 15%

Suma total por proyecto arquitectónico: 100%

ARTÍCULO 16

Relación de porcentajes diversos, según actividad por realizar en el concepto:

EDIFICACIÓN FÍSICA DE LA OBRA

A).- ACTIVIDADES PRELIMINARES:

A-1 Programación de actividades generales. 0.5%A-2 Contratos totales o parciales. 0.5%A-3 Costos unitarios de conceptos delproyecto. 3%A-4 Investigación de mercado de elementosparticipantes. 3%A-5 Factibilidad de uso de los materiales. 3%A-6 Factibilidades de mano de obra. 3%A-7 Formulación del presupuesto ycontratistas generales. 3%A-8 Pronóstico de avances posibles yfinanciamientos. 1%A-9 Calendario general de pagos.Suma Parcial 5%

B).- ADMINISTRACIÓN DE LA OBRA:

B-1 Presupuestos desglosados de cadaconcepto.B-2 Programación de ministracioneseconómicas. 2%B-3 Tramitación y aprobación de elementoslegales:Gobiernos Municipales. 10%Estatales. 10%Federales. 10%IMSS. 10%INFONAVIT. 10%S.S., etc. 10%B-4 Programación particular de cadaconcepto con:Tiempo de cada concepto. 12%Costos de cada concepto. 12%Explosión de materiales. 12%Explosión de herramienta. 12%

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Explosión de mano de obra. 12%Flujos de caja. 12%

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B-5 Administración de recursos: (Ingresos yEgresos). 7.5%B-6 Suministro de materiales. 1%B-7 Manejo de financiamiento y recursosvarios. 2%B-8 Contratos totales y parciales concontratistas, sindicatos etcétera. 0.5%Suma Parcial: 35%

C).- CONSTRUCCIÓN FÍSICA DE LA OBRA:

C-1 Programación de cada una de lasactividades. 1%C-2 Ordenes de trabajo a cada contratista.C-3 Medición y recepción de trabajos varios,parcial o total. 3%C-4 Recepción de material(es) y control deingreso y salida. 3%C-5 Control de calidad del material segúnespecificaciones. 3%

C-6 Requisición(es) de los materiales de lasherramientas. 0.5%C-7 Trazos generales de desplantes varios.C-8 Supervisión de ejecución de trabajosvarios según calendarios. 10%C-9 Autorización de estimaciones.C-10 Formulación de números generadoresde obra. 2%C-11 Confrontación de lo presupuestado,con ejecutado y según calendario. 0.5%C-12 Anotación diaria en bitácoras deejecuciones o modificaciones varias(Edificatorias). 30%C-13 Relaciones varias con: Preliminares:Volúmenes iniciados y reales. 30%Costos parciales y finales.Conceptos aplicados.Avances iniciales y finales. 30%Administración: Costos Volúmenes. 30%Contratación personal y Contratistas. 30%Requisición.Estados financieros 30%Dirección Arquitectónica:Recepción de documentación total delProyecto arquitectónico completo bitácoras,anotaciones o modificaciones. 30%C-14 Supervisión y control de calidad de losdiferentes procedimientos de construcción(según especificaciones pactadas). 10%

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Suma Parcial: 60%

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Resumen de Totales:

A.- Actividades Preliminares: 5% B.- Administración de la Obra: 35% C.- Construcción Física de la Obra: 60%

Suma Total por Edificación: 100%

A).- LOS ESTUDIOS PRELIMINARES QUE COMPRENDEN:

1.- El programa arquitectónico que sintetiza el análisis y la jerarquización que el arquitecto hace de los requerimientos que deberá satisfacer la solución arquitectónica, realizando los trabajos necesarios para poder efectuar los servicios de proyecto debiendo tener, las condiciones de sitio y disposiciones legales, reglamentarias y normativas aplicables.

2.- El anteproyecto, consistente en el conjunto de croquis o planos esquemáticos a escala aproximada en planta, cortes y alzados, que expresen gráficamente, al cliente la esenciade la solución arquitectónica derivada del programa, según la personal interpretación del arquitecto y que servirá de base, en su caso, para el desarrollo del proyecto ejecutivo. A criterio del profesional, estos trabajos se podrán complementar con apuntes en perspectiva y otros medios de representación que permitan al cliente una comprensión más amplia.

3.- Enlistado de acabados y sistemas constructivos, conforme a las premisas de costo expresadas por el cliente.

4.- La estimación aproximada de los costos, que es la apreciación preliminar del importede la obra, con carácter global, de acuerdo con el enlistado al que se refiere el inciso anterior.

Algunos de los servicios básicos prestados por el arquitecto en la fase de estudios preliminares, pueden requerir para el mejor resultado de todo el trabajo, la prestación de alguno o varios de los servicios complementarios a los que se refiere el Artículo 17 del presente Arancel.

B).- EL PROYECTO EJECUTIVO DE:

LA OBRA, que comprende los planos y documentos que responden a los requerimientos acordados entre el cliente y el arquitecto una vez evaluado el anteproyecto, y a las disposiciones legales, reglamentarias y normativas aplicables en el ramo de la construcción, con las siguientes características:

1.- Los planos de ejecución de la obra, acotados, y en las escalas adecuadas para su correcta interpretación en la misma, en cada uno de los siguientes conceptos:

De localización y conjunto.

Arquitectónicos, plantas, secciones, elevaciones.

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De albañilería y acabados.

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De herrería y elementos metálicos.

De carpintería.

De detalles y accesorios.

De áreas exteriores, en su caso.

De cimentación y estructura, que comprenden la descripción dimensional y las características intrínsecas de aquellas partes que garantizan la seguridad del edificio ante las condiciones del terreno y ante las cargas y los esfuerzos a que se verá sometida, de acuerdo con lo previsto en los reglamentos y normas técnicas de construcción aplicables.

De instalación hidráulica y sanitaria, que comprenden las redes de abastecimiento por gravedad que dan servicio de agua potable a las unidades de aseo y servicio previstas en los reglamentos de construcción aplicables, y las redes de evacuación por gravedad de aguas servidas y aguas pluviales, que se originen tanto en las unidades de aseo y servicio, como en las coladeras de azoteas, terrazas y patios previstas en los propios reglamentos de construcción.

De instalación eléctrica e iluminación, que comprenden las redes de fuerza en baja tensión que alimentan tanto a las tomas de corriente para servicio general, como a las luminarias que satisfacen los niveles de iluminación para cada local previstos en los reglamentos y normas aplicables.

2.- Otros documentos necesarios para la ejecución de la obra, reunidos en una memoria que contenga:

Índice de planos y documentos del proyecto ejecutivo. Programa arquitectónico y descripción general del proyecto.

Especificaciones técnicas, clasificadas de acuerdo con cada una de las especialidades y artesanías que intervendrán en la Obra, en las que se describirán con la mayor precisión posible la naturaleza y alcance de cada concepto; la calidad y característica de los materiales, componentes, equipos y accesorios que se incorporarán a la Obra; los procedimientos que deberán seguirse en los procesos de edificación, instalación y montaje; y las normas, pruebas y tolerancias que deberán cumplir los trabajos ejecutadosen su caso.

El catálogo de partidas o conceptos en las unidades de medición y cantidades de obra que servirán de base para la cotización de la Obra.

En esta fase del proyecto detallado puede requerirse, para el mejor resultado de los trabajos, la prestación de servicios complementarios a que se refiere el Artículo 17 del presente Arancel.

C.- EL PROYECTO EJECUTIVO DE LA OBRA, EXCLUYENDO ESTRUCTURA y/o INSTALACIONES.- El arquitecto podrá acordar expresamente con su cliente prestarle los mismos servicios descritos en el inciso B), del presente artículo pero EXCLUYENDO la elaboración de planos y documentos ejecutivos, relacionados alternativamente, ya

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sea con la estructura y cimentación de la obra, o con las instalaciones hidráulicas y eléctricas,

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o con ambos conceptos, en cuyo caso estas responsabilidades serán encomendadas porel cliente a especialistas, y por consiguiente, serán consideradas como un servicio complementario del proyecto y dirección arquitectónica en los términos del Artículo 17 del presente Arancel. En este caso, el arquitecto prestará el servicio de coordinación necesario entre el proyecto arquitectónico y el proyecto o los proyectos especializados, lo que comprenderá:

1.- Para la coordinación del proyecto ejecutivo de cimentación y estructura:

El acuerdo con el especialista, del criterio general a seguir en la solución de la cimentación y la superestructura, de acuerdo con lo previsto por el arquitecto en la fase del anteproyecto.

La revisión, conjuntamente con el especialista, de las cargas Vivas, y solicitaciones accidentales que deberán tomarse en cuenta en el proyecto ejecutivo de cimentación y superestructura, sin perjuicio de las demás condiciones previstas por los reglamentos y normas aplicables, que el especialista deberá tomar en cuenta.

La revisión de planos generales dimensionales, suministrados por el especialista, para verificar que sean compatibles con el resto del proyecto ejecutivo, especialmente en lo que se refiere a dimensiones generales, alturas, niveles, claros libres, vanos, espesores y pasos necesarios para instalaciones o para otros elementos no estructurales.

La revisión de planos y documentos ejecutivos de detalle, previa su aceptación final, para verificar detalle de anclaje y soportes de instalaciones y otros elementos no estructurales, así como calidades y aspecto final de la estructura sobre todo en sus partes expuestas.

2.- Para la coordinación del proyecto de instalaciones hidráulicas y sanitarias, y eléctrica e iluminación.

El acuerdo con el especialista, del criterio general a seguir en la solución a las instalaciones de acuerdo con lo previsto por el arquitecto en la fase del anteproyecto.

La localización precisa de salidas de instalación hidráulica, sanitaria y eléctrica.

En el caso del proyecto de iluminación el arquitecto proporcionará al especialista los niveles de iluminación que deben satisfacerse para cada área, acordará con él, el tipo de luminarias a emplear, e indicará el criterio a seguir en cuanto a su agrupamiento y distribución. También señalará al especialista las limitaciones arquitectónicas y estructurales para el trayecto de las redes de instalaciones y obtendrá de él, los datos necesarios para coordinar la previsión de pasos, anclajes y soportes.

La revisión de planos y documentos ejecutivos del proyecto de instalaciones, previa a su aceptación final, para verificar su adecuación de detalle al resto del proyecto ejecutivo.

D.-La Dirección Arquitectónica de la Obra, que comprende:

1.- Vigilancia técnica, plástica y artística que realizará por medio de visitas a la obra, para cerciorarse de acuerdo con su avance, de que la ejecución se ajuste al Proyecto

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Ejecutivo.

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2.- La dirección técnica, plástica y artística, para coordinar las diferentes especialidades y artesanías de que se compone la obra, con la intención de realizar los trabajos de una manera constructivamente ordenada.

3.- La interpretación técnica, plástica y artística, que hará en su caso, de los planos, de sus anotaciones, de las especificaciones y demás documentos complementarios, para ponerlos en concordancia con el espíritu del Proyecto Ejecutivo.

4.- La anotación en el libro de obras, de las fechas de sus visitas, y de las etapas importantes de la construcción.

5.- La prevención, al que recibe este servicio, de las situaciones que, de acuerdo con la función, magnitud, complejidad o lejanía de la obra, pudieran presentarse durante la ejecución de la misma; y en su caso, señalar las medidas, recursos materiales y humanos indispensables o convenientes, así como el costo aproximado de los mismos, para la mejor protección de los intereses de su cliente.

6.- La vigilancia sobre el avance de la obra según programa aprobado.

7.- El arquitecto establecerá el número de visitas necesarias para la adecuada prestación de este servicio.

En la prestación de dirección arquitectónica de la obra, pueden requerirse adicionalmente, para el mejor resultado de los trabajos, la prestación de algunos servicios complementarios a los que hace referencia el Artículo 17 del presente Arancel.

II.- Actividad administrativa al cliente en una obra, con un contratista general o con varios subcontratistas, que comprende:

A).- La selección de cotizaciones y programas así como su evaluación para la ejecución de la obra, conjuntamente con el cliente.

B).- Durante la ejecución de la obra, el ejercicio de las facultades que el cliente le otorgue para aprobar o rechazar las estimaciones de la obra correspondientes a las cantidades ejecutadas o etapas convenidas con el contratista general o los subcontratistas de la obra, exigiendo en su caso las obligaciones técnicas contraídas por éstos con el cliente,de acuerdo con la vigilancia sobre el avance de la obra, e informando al cliente del avance administrativo de la obra y de sus decisiones administrativas.

C).- Al terminar la ejecución de la obra, en ejercicio de las facultades que el cliente le otorgue, aprobando o rechazando la liquidación final del contrato o los subcontratos hasta que a su juicio se hayan cumplido con todas las obligaciones técnicas contraídas por el contratista o los subcontratistas.

III.- En caso de consulta profesional: su opinión, dictamen o consejo, por escrito de palabra, sobre el asunto que se someta a su consideración.

CAPÍTULO CUARTO

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De las Tarifas y Porcentajes

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ARTÍCULO 17

Las tarifas mínimas aplicables, en función de los Artículos 11 y 12 de este Arancel, serán las siguientes:

I.- Por los servicios completos de proyectos, dirección arquitectónica y ejecución de la obra, se cobrarán las siguientes tarifas mínimas, en función del género y el monto de la obra, que aparece en la tabla 1 del presente Arancel.

II.- Por ampliaciones en extensión y altura, sobre los primeros 200 M2 en adelante se considerará obra nueva. Más de 50%.

III.- Por los servicios de asesoría administrativa en una obra, se cobrará el siguiente porcentaje calculado sobre el monto que resulte al aplicar la tabla correspondiente del inciso I) del presente artículo.

a).- Por la asesoría administrativa en una obra con un contratista general, 15% sobre tabla 1.

b).- Por la asesoría administrativa en una obra con varios subcontratistas, 30% de la tabla1.

IV.- Por los servicios de consulta profesional, el Colegio expedirá periódicamente las tarifas por cada hora de consulta verbal, si ésta se efectúa en el despacho del arquitecto, cuando la consulta se realice fuera de ese despacho, se duplicarán los honorarios establecidos; cuando la consulta se otorgue por escrito, los honorarios se cuadruplicarán.

ARTÍCULO 18

Cuando los servicios se presten en obras de reparación, rehabilitación o ampliación de edificaciones existentes, se cobrarán los siguientes incrementos a las tarifas de los incisos I) y II) del Artículo 13.

I.- Por reparaciones y rehabilitación de edificios existentes: Más 50%.

ARTÍCULO 19

Cuando la obra conste de varios edificios, se cobrará el 10 por ciento adicional sobre la suma de honorarios correspondientes a los servicios prestados en las diferentes unidades por concepto de proyecto arquitectónico de conjunto.

ARTÍCULO 20

Cuando un mismo proyecto arquitectónico sea utilizado para repetirlo en la obra, se cobrará de acuerdo con la siguiente tarifa:

I.- Por la segunda unidad, de los honorarioscorrespondientes cobrados en la primera: 40%.II.- Por la tercera unidad: 30% III.- Por la cuarta unidad: 20%

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IV.- Por la quinta unidad: 10%

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V.- Por la sexta en adelante por cada unidad:

5%.

ARTÍCULO 21

Los servicios de proyecto y dirección de la obra podrán requerir los servicios complementarios que a continuación se enumeran, mismos que causarán gastos reembolsables y honorarios adicionales:

I.- GENERALES, EN CUALQUIER ETAPA:

a).- Gastos de desplazamiento fuera del perímetro urbano donde se encuentre la oficina del arquitecto, así como viáticos y honorarios por el tiempo extraordinario del arquitecto o sus representantes expresamente autorizados, causados por dichos desplazamientos.

b).- Gastos de tramitación y derechos de licencia y permisos.

c).- Copias adicionales a un juego de maduros de planos y un juego de copias de documentos que se requieren durante la prestación de servicios básicos o complementarios.

II.- DURANTE O DESPUÉS DE LA ETAPA DE ESTUDIOS PRELIMINARES:

a).- Investigaciones detalladas sobre requerimientos arquitectónicos, cuando el cliente no pueda proporcionar la información respectiva.

b).- Levantamientos topográficos y deslindes. Información legal sobre el terreno.

c).- Estudios geográficos, geológicos, hidrológicos, climáticos, edafológicos, ecológicos y otros relacionados con las características naturales del terreno o de sus inmediaciones.

d).- Estudios económicos y sociales relacionados con la zona donde se ubica el terreno, o con los usuarios de la obra que se proyecta.

e).- Estudios urbanísticos relacionados con la zona o población donde se ubica la obra.

f).- Investigaciones sobre la capacidad de la infraestructura que dará servicio al terreno.

g).- Aforos y estudios de tránsito y transporte.

h).- Estudios preliminares especializados de diseño estructural.

i).- Estudios de geotécnica y mecánica de suelos.

j).- Estudios preliminares especializados de diseño e instalaciones.

k).- Estudios de prefactibilidad económica de la obra en cuestión de mercado; de rentabilidad; estudios financieros.

l).- Elaboración de representaciones gráficas especiales, perspectivas, maquetas y

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audiovisuales.

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m).- Presentaciones ante otros grupos de personas a solicitud del cliente.

n).- Modificaciones al ante-proyecto después de su entrega.

III.- DURANTE O DESPUÉS DEL PROYECTO EJECUTIVO:

a).- Proyectos ejecutivos de estructuras o instalaciones cuando éstos se excluyan de los alcances de trabajo del arquitecto, en los términos del Artículo 12 Inciso I), Sub-inciso c)de este Arancel.

b).- Análisis de costos unitarios y presupuestos detallados de la obra.

c).- Estudios y proyectos de abastecimiento de energía eléctrica; proyectos para redes de fuerza de alta tensión, subestaciones y plantas de emergencia, red de tierras y apartarrayos.

d).- Estudios y proyectos de abastecimiento de agua. Proyectos de redes contra incendio, redes de aspersión, cisternas y equipos hidroneumáticos; plantas de tratamiento, cárcamo y bombeo de aguas negras; calderas, redes de vapor, aire comprimido y otros fluidos.

e).- Sistemas de redes de gas, petróleo y otros combustibles.

f).- Sistemas de ventilación, mecánica y aire acondicionado.

g).- Sistemas de refrigeración.

h).- Cocinas integrales, laboratorio, equipos especiales y sus respectivas "GuíasMecánicas".

i).- Estudios especializados de luminotecnia.

j).- Redes de comunicación, alarmas, sensores y sistemas electrónicos.

k).- Estudios para equipos de traslación, elevadores, escaleras mecánicas, bandas transportadoras.

l).- Estudios de acústica y electroacústica. Estudios de vibración.

m).- Proyecto, selección y ubicación de mobiliario y sus accesorios.- Diseño de interiores.

n).- Obras de arte y su ubicación y adecuación a la obra.

o).- Señalización y diseño gráfico.

p).- Diseño urbano, arquitectura de paisaje, fuente y mobiliario.

q).- Elaboración de manuales de operación y mantenimiento.

IV.- POSTERIORMENTE A LA TERMINACIÓN DE LA OBRA:

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a).- Asesoría al cliente en el proceso de mantenimiento de la obra.

b).- Reportes de comportamiento y operación del inmueble, y responsivas exigidas por las autoridades.

ARTÍCULO 22

La mayor parte de los servicios adicionales descritos en el artículo anterior, requieren la intervención de especialistas calificados.

Cuando dichos especialistas forman parte de la organización profesional del arquitecto, éste podrá asumir la responsabilidad del servicio y podrá pactar con el cliente el monto de los honorarios adicionales.

Cuando la prestación de los servicios adicionales sea del especialista al cliente, y cuandose requiera que el arquitecto coordine los trabajos del especialista para incorporarlos a sus propios trabajos de proyecto y dirección de la obra; el arquitecto procederá a convenir con el cliente la prestación de servicios adicionales de coordinación de especialistas, cuyos honorarios serán como mínimo un 20% del monto de los honorarios que el cliente pague al especialista por sus servicios.

LOS SERVICIOS DEL PROYECTO Y DIRECCIÓN DE LA OBRA PODRÁN REQUERIR LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS QUE A CONTINUACIÓN SE ENUMERAN, MISMOS QUE CAUSARAN GASTOS REEMBOLSABLES Y HONORARIOS ADICIONALES:

GENERALES EN CUALQUIER ETAPA:

a).- Gastos de desplazamiento fuera del perímetro urbano donde se encuentre la oficina del arquitecto, así como viáticos y honorarios por tiempo extraordinario del arquitecto o sus representantes expresamente autorizados, causados por dichos desplazamientos.

b).- Gastos de tramitación y derechos de licencias y permisos.

c).- Copias adicionales, un juego de maduros de planos y un juego de copias de documentos que se requieran durante la prestación de servicios básicos o complementarios.

DURANTE O DESPUÉS DE LA ETAPA DE ESTUDIOS PRELIMINARES:

a).- Investigaciones detalladas sobre requerimientos arquitectónicos cuando el cliente no pueda proporcionar la información respectiva.

b).- Levantamientos topográficos y deslindes. Información legal sobre el terreno.

c).- Estudios geográficos, geológicos, hidrológicos, climáticos, edafológicos, ecológicos y otros relacionados con las características naturales del terreno o de sus inmediaciones.

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d).- Estudios económicos y sociales relacionados con la zona donde se ubica el terreno o con los usuarios de la obra que se proyecta.

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e).- Estudios urbanísticos relacionados con la zona o población donde se ubica la obra.

f).- Investigaciones sobre la capacidad de la infraestructura que dará servicio al terreno.

g).- Aforos y estudios de tránsito y transporte.

h).- Estudios preliminares especializados de diseño estructural.

i).- Estudios de geotécnica y mecánica de suelos.

j).- Estudios preliminares especializados de diseño de instalaciones.

k).- Estudios de prefactibilidad económica de la obra, en cuestión de mercado, de rentabilidad, estudios financieros.

l).- Elaboración de representaciones gráficas especiales, perspectivas, maquetas y audiovisuales.

m).- Presentaciones ante otros grupos y personas a solicitud del cliente.

n).- Modificaciones al ante-proyecto después de su entrega.

DURANTE O DESPUÉS DEL PROYECTO EJECUTIVO:

a).- Proyectos ejecutivos de estructura o instalaciones, cuando éstos se excluyan de los alcances de trabajo del arquitecto en los términos del Artículo 12 Inciso i); Sub-inciso c).

b).- Análisis de costos unitarios y presupuestos detallados de la obra.

c).- Estudios y proyectos de abastecimiento de energía eléctrica. Proyectos para redes de fuerza de alta tensión, subestaciones y plantas de emergencia, red de tierras y apartarrayos.

d).- Estudios y proyectos de abastecimiento de agua, proyectos de redes contra incendio, redes de aspersión, cisternas y equipos hidroneumáticos; plantas de tratamiento, cárcamo y bombeo de aguas negras; calderas, redes de vapor, aire comprimido y otros fluidos.

e).- Sistemas y redes de gas, petróleo y otros combustibles.

f).- Sistemas de ventilación mecánica y aire acondicionado.

g).- Sistemas de refrigeración.

h).- Cocinas integrales, laboratorio, equipos especiales y sus respectivas "GuíasMecánicas".

i).- Estudios especializados de luminotecnia.

j).- Redes de comunicación, alarmas, sensores y sistemas electrónicos.

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k).- Estudios para equipos de traslación, elevadores, escaleras mecánicas, bandastransportadoras.

l).- Estudios de acústica y electroacústica, estudios de vibración.

m).- Proyecto, selección y ubicación de mobiliarios y accesorios. Diseño de interiores.

n).- Obras de arte y su ubicación y adecuación a la obra.

o).- Señalización y diseño gráfico.

p).- Diseño urbano, arquitectura de paisaje, fuentes y mobiliario urbano.

q).- Proyecto de infraestructura e ingeniería urbana.

r).- Modificaciones solicitadas por el cliente, al proyecto ejecutivo.

DURANTE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA:

a).- Actuación como Director responsable de obra, individual o mancomunadamente en los términos del reglamento de construcciones.

b).- Visitas a la obra adicionales a las establecidas en el convenio.

c).- Mantenimiento de uno o varios residentes a medio tiempo o tiempo completo de la obra.

d).- Elaboración de programas detallados y "ruta crítica" de la obra.

e).- Trabajo topográfico de trazo, nivelación y control dimensional de la obra, aparte del que realice el contratista, o supervisión especializada del trabajo topográfico realizado por ésta.

f).- Pruebas físicas de laboratorio; radiografías.

g).- Visitas de supervisión por parte de especialistas.

h).- Elaboración de planos de obra terminada.

i).- Elaboración de manuales de operación y mantenimiento.

POSTERIORMENTE A LA TERMINACIÓN DE LA OBRA:

a).- Asesoría al cliente en el proceso de mantenimiento de la obra.

b).- Reportes de comportamiento y operación del inmueble y responsivas exigidas por las autoridades.

La mayor parte de los servicios adicionales descritos en el artículo anterior, requieren la

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intervención de especialistas calificados.

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Cuando dichos especialistas forman parte de la organización profesional del arquitecto,éste podrá asumir la responsabilidad del servicio y podrá pactar con el cliente el monto de los honorarios adicionales.

Cuando la prestación de los servicios adicionales sea del especialista al cliente, y cuandose requiera que el arquitecto coordine los trabajos del especialista para incorporarlos a sus propios trabajos de proyecto y dirección de la obra, el arquitecto procederá a convenir con el cliente la prestación de servicios adicionales de coordinación de especialistas, cuyos honorarios serán como mínimo un 20% del monto de los honorarios que el cliente pague al especialista por sus servicios.

CAPÍTULO QUINTOArancel de honorarios profesionales en

los casos de repetición de Proyectos

ARTÍCULO 23

Cuando un proyecto arquitectónico sea utilizado o repetido en una obra determinada, se cobrará de acuerdo a la siguiente Tarifa:

POR LA SEGUNDA UNIDAD, el 40% de los honorarios correspondientes cobrados en la primera unidad.

POR LA TERCERA UNIDAD, el 30% de los honorarios correspondientes cobrados en la primera unidad.

POR LA CUARTA UNIDAD, el 20% de los honorarios correspondientes cobrados en la primera unidad.

POR LA QUINTA UNIDAD, el 10% de los honorarios correspondientes cobrados en la primera unidad.

POR LA SEXTA UNIDAD y SUBSECUENTES CADA UNA, el 5% de los honorarios correspondientes cobrados en la primera unidad.

ARANCELES DE HONORARIOS PROFESIONALES POR PROYECTO CON % SOBRE LIM. INF. Y # DE DÍASDE SALARIO MINIMO

LIMITE INFERIOR

LIMITE SUPERIOR DIFERENCIA

100FIJO TASA

100% LIM. INF.

# DIAS SAL. MIN.

1 100,000 99,999 11,300 11.30 3.71100,001 200,000 99,999 22,400 11.20 7.36200,001 300,000 99,999 33,300 11.10 10.94300,001 400,000 99,999 44,000 11.00 14.45400,001 500.000 99,999 54,500 10.90 17.90500,001 600,000 99,999 64,800 10.80 21.28600,001 700,000 99,999 74,900 10.70 24.60

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700,001 800,000 99,999 84,800 10.60 27.85800,001 900,000 99,999 94,500 10.50 31.03900,001 1,000,000 99,999 104,500 10.40 34.15

1,000.001 2,000.000 999,999 202,200 10.11 66.402,000,001 3,000,000 999,999 294,600 9.82 96.753,000,001 4,000,000 999,999 381,200 9.53 125.194,000,001 5,000,000 999,999 462,000 9.24 151.725,000 001 6,000,000 999,999 537,000 8.95 176.356,000,001 7,000,000 999,999 606,200 8.66 199.087,000,001 8,000,000 999,999 669,600 8.37 219.908,000,001 9,000,000 999,999 727,200 8.08 238.829,000,001 10,000.000 999,999 779,000 7.79 255.83

10,000,001 11,000,000 999,999 825,000 7.50 270.9411,000,001 16,000,000 4,999,999 1,176,000 7.35 386.2116,000,001 21,000,000 4,999,999 1,512,000 7.20 496.5521,000,001 26,000,000 4,999,999 1,833,000 7.05 601.9726,000,001 31,000,000 4,999,999 2,139,000 6.90 702.4631,000,001 36,000,000 4,999,999 2,430,000 6.75 798.0336,000,001 41,000,000 4,999,999 2,706,000 6.60 888.6741,000,001 46,000,000 4,999,999 2,967,000 6.45 974.3846,000,001 51,000,000 4,999,999 3,213,000 6.30 1,055.1751,000,001 56,000,000 4,999,999 3,444,000 6.15 1,131.0356,000,001 61,000,000 4,999,999 3,660,000 6.00 1,281.7761,000,001 66,000,000 4,999,999 3,920,400 5.94 1,287.4966,000,001 71,000,000 4,999,999 4,174,800 5.88 1,371.0371,000,001 76,000,000 4,999,999 4,433,200 5.82 1,452.6176,000,001 81,000,000 4,999,999 4,665,500 5.76 1,532.2281,000,001 86,000,000 4,999,999 4,902,000 5.70 1,609.8586,000,001 91,000,000 4,999,999 5,132,400 5.64 1,605.5291,000,001 96,000,000 4,999,999 5,356,000 5.50 1,759.2196,000,001 101,000,000 4,999,999 5,575,200 5.52 1,830.94

101,000,001 106,000,000 4,999,999 5,787,600 5.46 1,900.69106,000,001 111,000,000 4,999,999 5,984,000 5.40 1,968.47111,000,001 151,000,000 39,999,999 7,987,900 5.29 2,623.28151,000,001 191,000,000 39,999,999 9,893,000 5.18 3,249.20191,000,001 231,000,000 39,999,999 11,711,700 5.07 3,846.21231,000,001 271,000,000 39,999,999 13,441,600 4.96 4,414.32271,000,001 311,000,000 39,999,999 15,083,500 4.85 4,953.53311,000,001 351,000,000 39,999,999 16,637.400 4.74 5,463.84351,000,001 391,000,000 39,999,999 18,103,300 4.63 5,945.25391,000,001 431,000,000 39,999,999 19,481,200 4.52 6,397.77431,000,001 471,000,000 39,999,999 20,771,100 4,41 6,821.38471,000,001 511,000,000 39,999,999 21,973,000 4.30 7,216.09511,000,001 561,000,000 49,999,999 23,898,600 4.26 7,848.47561,000,001 611,000,000 49,999,999 25,784,200 4.22 8,467.72611,000,001 661,000,000 49,999,999 27,629,800 4.18 9,073.83661,000,001 711,000,000 49,999,999 29,435,400 4.14 9,666.80711,000,001 761,000,000 49,999,999 31,201,000 4.10 10,246.63761,000,001 811,000,000 49,999,999 32,926,600 4.06 10,813.33

52

Page 53: LEY ARANCELES Y CONTRATOS TRABAJO 6

53

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811,000,001 861,000,000 49,999,999 34,612,200 4.02 11,366.90861,000,001 911,000,000 49,999,999 36,257,800 3.98 11,907.32911,000,001 961,000,000 49,999,999 37,863,400 3.94 12,434.61961.000,001 999,000,000 38,999,999 39,000,000 3.90 12,807.88

1,000,000,000 Ó MÁS

38,000,000 3.80 12,479.47

ARANCELES DE HONORARIOS PROFESIONALES DE CONSTRUCCIÓN CON %SOBRE LIM. INF. Y # DE DÍAS DE SALARIO MINIMO

LIMITE INFERIOR

LIMITE SUPERIOR DIFERENCIA

100FIJO TASA

100% LIM. INF.

# DIAS SAL. MIN.

1 100,000 99,999 26,280 26.28 8.63100,001 200,000 99,999 52,120 26.06 17.12200,001 300,000 99,999 77,520 25.84 25.46300,001 400,000 99,999 102,480 25.62 33.66400,001 500,000 99,999 127,000 25.40 41.71500,001 600,000 99.999 151,080 25.18 49.62600,001 700,000 99,999 174,720 24.96 57.38700,001 800,000 99,999 197,920 24.74 65.00800,001 900,000 99,999 220,680 24.52 72.47900,001 1,000,000 99,999 243,000 24.30 79.80

1,000,001 2,000,000 999,999 472,600 23.63 155.212,000,001 3,000,000 999,999 680,800 22.96 226.213,000,001 4,000,000 999,999 891,600 22.29 292.814,000,001 5,000,000 999,999 1,081,000 21.62 355.015,000,001 6,000,000 999,999 1,257,000 20.95 412.816,000,001 7,000,000 999,999 1,419,600 20.20 466.217,000,001 8,000,000 999,999 1,568,800 19.61 515.218,000,001 9,000,000 999,999 1,704.600 18.94 559.809,000,001 10,000,000 999,999 1,827,000 18.27 600.00

10,000,001 11,000,000 999,999 1,936,000 17.60 635.8011,000,001 16,000,000 4,999,999 2,756,800 17.23 905.3516,000,001 21,000,000 4,999,999 3,540,600 16.86 1,162.7621,000,001 26,000,000 4,999,999 4,287,400 16.49 1,408.0126,000,001 31,000,000 4,999,999 4,997,200 16.12 1,641.1231,000,001 36,000,000 4,999,999 5,670,000 15.75 1,862.0736,000,001 41,000,000 4,999,999 6,305,800 15.38 2,070.8741,000,001 46,000,000 4,999,999 6,904,600 15.01 2,267.5246,000,001 51,000,000 4,999,999 7,466,400 14.64 2,452.0251,000,001 56,000,000 4,999,999 7,991,200 14.27 2,624.3756,000,001 61,000,000 4,999,999 8,479,000 13.90 2,784.5661,000,001 66,000,000 4,999,999 9,088,200 13.77 2,984.6366,000,001 71,000,000 4,999,999 9,684.400 13.64 3,180.4371,000,001 76,000,000 4,999,999 10,267,600 13.51 3,371.9576,000,001 81,000,000 4,999,999 10,837,800 13.38 3,559.2181,000,001 86,000,000 4,999,999 11,395,000 13.25 3,742.2086,000,001 91,000,000 4,999,999 11,939,200 13.12 3,920.92

54

Page 55: LEY ARANCELES Y CONTRATOS TRABAJO 6

91,000,001 96,000,000 4,999,999 12,470,400 12.99 4,095.3796,000,001 101,00,000 4,999,999 12,988,600 12.85 4,265.55

101,000,001 106,000,000 4,999,999 13,493,000 12.73 4,431.46106,000,001 111,000,000 4,999,999 13,986,000 12.60 4,593.10111,000,001 151,000,000 39,999,999 18,633,400 12.34 6,119.34151,000,001 191,000,000 39,999,999 23,072,800 12.08 7,577.27191,000,001 231,000,000 39,999,999 27,304,200 11.82 8,966.90231,000,001 271,000,000 39,999,999 31,327,600 11.56 10,288.21271,000,001 311,000,000 39,999,999 35.143.000 11.30 11,541.22311,000,001 351,000,000 39,999,999 38,750.400 11.04 12,725.91351,000,001 391,000,000 39,999,999 42,149,800 10.78 13,842.30391,000,001 431,000,000 39,999,999 45,341,200 10.52 14,890.38431,000,001 471,000,000 39,999,999 48,324,600 10.26 15,870.15471,000,001 511,000,000 39,999,999 51,100,000 10.00 16,781.61511,000,001 561,000,000 49,999,999 55,595,100 9.91 18,257.83561,000,001 611,000,000 49,999,999 60,000,200 9.82 19,704.50611,000,001 661,000,000 49,999,999 64,315,300 9.73 21,121.61661,000,001 711,000,000 49,999,999 68,540,400 9.64 22,509.16711,000,001 761,000,000 49,999,999 72,675,500 9.55 23,867.16761,000,001 811,000,000 49,999,999 76,720.600 9.46 25,195.60811,000,001 861,000,000 49,999,999 88,675,700 9.37 26,494.48861,000,001 911,000,000 49,999,999 84,540,000 9.28 27,763.81911,000,001 961,000,000 49,999,999 88,315,900 9,19 29,003.58961,000,001 999,999,999 38,999,998 91,000,000 9.10 29,885.06

1,000,000,000 Ó MÁS

90,000,000 9.00 29,556.65

ARANCELES DE HONORARIOS PROFESIONALES DE PROYECTO DECONSTRUCCIÓN CON % SOBRE LIM. INF. Y # DE DÍAS DE SALARIO MINIMO

LIMITE INFERIOR

LIMITE SUPERIOR DIFERENCIA

100FIJO TASA

100% LIM. INF.

# DIAS SAL. MIN.

1 100,000 99,999 37,490 37.49 12.31100,001 200,000 99,999 74,360 37.18 24.42200,001 300,000 99,999 110,610 36.87 36.33300,001 400,000 99,999 146,240 36.56 48.03400,001 500,000 99,999 181,250 36.25 59.52500,000 600,000 99.999 215,640 35.94 70.82600,001 700,000 99,999 249,410 35.63 81.91700,001 800,000 99,999 282,560 35.32 92.79800,001 900,000 99,999 315,090 35.01 103.48900,001 1,000,000 99,999 347,000 34.70 113.96

1,000,001 2,000,000 999,999 674,800 33.74 221.612,000,001 3,000,000 999,999 983,400 32.78 322.963,000,001 4,000,000 999,999 1,272,800 31.82 418.004,000,001 5,000,000 999,999 1,543,000 30.86 506.735,000,001 6,000,000 999,999 1,794,000 29.98 589.166,000,001 7,000,000 999,999 2,025,800 28.94 665.29

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Page 56: LEY ARANCELES Y CONTRATOS TRABAJO 6

7,000,001 8,000,000 999,999 2,238,400 27.98 735.118,000,001 9,000,000 999,999 2,431,800 27.02 798.629,000,001 10,000,000 999,999 2,606,000 26.06 855.63

10,000,001 11,000,000 999,999 2,761,000 25.10 906.7311,000,001 16,000,000 4,999,999 3,932,800 24.58 1,291.5616,000,001 21,000,000 4,999,999 5,052,600 24.06 1,659.3121,000,001 26,000,000 4,999,999 6,120,400 23.54 2,009.9826,000,001 31,000,000 4,999,999 7,136,200 23.02 2,343.5831,000,001 36,000,000 4,999,999 8,100,000 22.50 2,660.1036,000,001 41,000,000 4,999,999 9,011,800 21.98 2,959.5441,000,001 46,000,000 4,999,999 9,871,600 21.46 3,241.9046,000,001 51,000,000 4,999,999 10,679,400 20.94 3,507.1951,000,001 56,000,000 4,999,999 11,435,200 20.42 3,755.4056,000,001 61,000,000 4,999,999 12,139,000 19.90 3,986.5461,000,001 66,000,000 4,999,999 13,008,600 19.71 4,272.1266,000,001 71,000,000 4,999,999 13,859,200 19.52 4,551.4671,000,001 76,000,000 4,999,999 14,690,800 19.33 4,824.5676,000,001 81,000,000 4,999,999 15,503,400 19.14 5,091.4381,000,001 86,000,000 4,999,999 16,257,000 18.55 5,352.0586,000,001 91,000,000 4,999,999 17,071,600 18.76 5,606.4491,000,001 96,000,000 4,999,999 17,027,200 18.57 5,894.5896,000,001 101,000,000 4,999,999 18,560,800 18.38 6,096.49

101,000,001 106,000,000 4,999,999 19,201,400 18.19 6,332.15106,000,001 111,000,000 4,999,999 19,980,000 18.00 6,561.58111,000,001 151,000,000 39,999,999 26,606,200 17.62 8,737.67151,000,001 191,000,000 39,999,999 32,928,400 17.34 10,813.92191,000,001 231,000,000 39,999,999 38,946,600 16.86 12,790.34231,000,001 271,000,000 39,999,999 44,660,800 16.48 14,666.93271,000,001 311,000,000 39,999,999 50,071,000 16.10 16,443.68311,000,001 351,000,000 39,999,999 55,177,200 15.72 18,120.59351,000,001 391,000,000 39,999,999 59,979,400 15.34 19,697.67391,000,001 431,000,000 39,999,999 64,477,600 14.96 21,174.91431,000,001 471,000,000 39,999,999 68,671,800 14.58 22,552.32471,000,001 511,000,000 39,999,999 72,562,000 14.20 23,829.89511,000,001 561,000,000 49,999,999 78,932,700 14.07 25,922.07561,000,001 611,000,000 49,999,999 85,173,400 13.94 27,971.56611,000,001 661,000,000 49,999,999 91,284,100 13.81 29,978.36661,000,001 711,000,000 49,999,999 97,264,800 13.68 31,942.46711,000,001 761,000,000 49,999,999 103,115,500 13.55 33,863.88761,000,001 811,000,000 49,999,999 108,836,200 13.42 35,742.59811,000,001 861,000,000 49,999,999 114,426,900 13.29 37,578.62861,000,001 911,000,000 49,999,999 119,887,600 13.16 39,371.95911,000,001 961,000,000 49,999,999 125,218,300 13.03 41,122.59961,000,001 999,999,999 38,999,998 129,000,000 12.90 42,364.53

1,000,000,000Ó MÁS

128,000,000 12.80 42,036.12

TRANSITORIO

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ÚNICO

La presente Ley entrará en vigor el día siguiente del de su publicación en el PeriódicoOficial del Estado.

El C. Gobernador Constitucional del Estado, dispondrá se publique, circule y observe.

Dado en el Salón de Sesiones del H. Congreso del Estado, en Victoria de Durango, Dgo.,a los (13) trece días del mes de Diciembre de (1988) mil novecientos ochenta y ocho.

Dip. Lic. Juan Manuel Félix León.- Presidente; Dip. Lino Mijares Rosales.- Secretario; Dip. Profr. Mónico Rentería Medina.- Secretario Provisional. Rúbricas.

Por tanto mando se imprima, publique, circule y comuníquese a quiénes corresponda para su exacta observancia.

Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en Victoria de Durango, Dgo., a los trece días del mes de Diciembre de mil novecientos ochenta y ocho.

El Gobernador Constitucional del Estado.- Lic. José Ramírez Gamero.- Rúbrica.

El Secretario General de Gobierno.- Lic. Salvador Mendívil Hernández.- Rúbrica.

DECRETO 000236. 57 LEGISLATURA. PERIÓDICO OFICIAL 48, 49, 50. FECHA1988/12/15; 1988/12/18; 1988/12/22

FUENTES

Aguilar-Morales, J.E. (2010) El contrato de trabajo. Network de Psicología Organizacional. México: Asociación Oaxaqueña de Psicología A.C.

http://www.congresodurango.gob.mx/Leyes/15.PDF

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