ley 906 de 2004

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LEY 906 DE 2004 AUDIENCIAS CONTROL GARANTIAS Oral Tendencia Garantista Partes e Intervinientes El funcionario acusador posee funciones de P. J., y Excepcionalmente funciones judiciales El funcionario Judicial posee su propio equipo técnico de apoyo para la investigación y práctica de pruebas y este por regla general no es utilizado por la defensa, pero el defensor también posee su equipo técnico que le asesora y colabora en la función de recolección, aducción y controversia probatoria. Vinculación Procesal del imputado corresponde al Juez de C de G a solicitud del Fiscal (126, 127).

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PRINCIPALES AUDIENCIAS

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Page 1: LEY 906 DE 2004

LEY 906 DE 2004 AUDIENCIAS CONTROL GARANTIAS • Oral • Tendencia Garantista• Partes e Intervinientes• El funcionario acusador

posee funciones de P. J., y Excepcionalmente funciones judiciales

• El funcionario Judicial posee su propio equipo técnico de apoyo para la investigación y práctica de pruebas y este por regla general no es utilizado por la defensa, pero el defensor también posee su equipo técnico que le asesora y colabora en la función de recolección, aducción y controversia probatoria.

• Vinculación Procesal del imputado corresponde al Juez de C de G a solicitud del Fiscal (126, 127).

• Resolución de Situación Jurídica corresponde al Juez de Conocimiento.

Page 2: LEY 906 DE 2004

• El defensor o el imputado pueden solicitar, conocer y controvertir pruebas

• El imputado y su defensor pueden interrogar en audiencia y obtener la comparecencia aún por medios coercitivos de testigos y peritos en igualdad de condiciones que el fiscal o presentar testigos o peritos de su confianza (8, 125, 130) Buscar, identificar empíricamente, recoger y embalar los elementos materiales probatorios y evidencia física y hacerlos examinar por peritos particulares a su costa o solicitar a la policía judicial que lo haga, hacer entrevistas y utilizar las técnicas de la criminalística para obtener información útil a su defensa, obtener declaración jurada, solicitar al juez práctica de pruebas anticipadas, ejercer cadena de custodia( 267, 268, 271, 272 , 273 ) Presentar informes de peritos de su confianza, que rendirán informe acreditando idoneidad con certificación (413)

Page 3: LEY 906 DE 2004

PARTES E INTEVINIENTES

• Fiscalía General de la Nación

• Defensor

• Imputado

• Víctimas

- Abogado Principal (de confianza) - El asignado por el SNDP

Personas naturales o jurídicas y demás sujetos de derechos que individual o colectivamente hayan sufrido algún daño directo como consecuencia del injusto.

La condición de víctima se tiene con independencia de que se identifique, aprehenda, enjuicie o condene al autor del injusto e independientemente de la existencia de una relación familiar con este.

Page 4: LEY 906 DE 2004

EL EQUIPO TÉCNICO DE APOYO DEL DEFENSOR Y EL IMPUTADO

• Está compuesto por:- Investigadores de Inteligencia Privados (242, 271) - Investigadores Criminalísticos Privados

(251) - Investigadores Peritos Privados 406 y ss. - La Policía Judicial (267) - El Instituto Nacional de Medicina Legal y

Ciencias Forenses (204)