las organizaciones internacionales
TRANSCRIPT
EL EL DERECHO INTERNACIONAL DERECHO INTERNACIONAL (Y COMUNITARIO) (Y COMUNITARIO)
COMO COMO MARCO DE LAS RELACIONES DE COOPERACIÓNMARCO DE LAS RELACIONES DE COOPERACIÓN ENTREENTRE
BLOQUES ECONÓMICOS, BLOQUES ECONÓMICOS, ESTADOS Y REGIONES ESTADOS Y REGIONES
CECODETCECODET
Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar socialMaster en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
Bienio 2008-2010Bienio 2008-2010
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
1ª Parte1ª Parte
EL ORDENAMIENTO JURÍDICO EL ORDENAMIENTO JURÍDICO INTERNACIONALINTERNACIONAL
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
1. El derecho internacional 1. El derecho internacional público.público.
A) Perspectiva socio-histórica: A) Perspectiva socio-histórica: relaciones relevantes de la actual relaciones relevantes de la actual comunidad internacionalcomunidad internacional
B) Perspectiva jurídico formal B) Perspectiva jurídico formal (caracteres)(caracteres) AutonomíaAutonomía PrimacíaPrimacía GeneralidadGeneralidad
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
2. La comunidad internacional: de la 2. La comunidad internacional: de la sociedad de Estados soberanos de la sociedad de Estados soberanos de la Modernidad a la era de la globalizaciónModernidad a la era de la globalización
A) La evolución de la comunidad A) La evolución de la comunidad internacionalinternacional La sociedad internacional de Estados La sociedad internacional de Estados
soberanossoberanos De la cooperación pacífica a la protección de De la cooperación pacífica a la protección de
intereses generalesintereses generales B) La comunidad internacional en la era B) La comunidad internacional en la era
de la globalizaciónde la globalización Incidencias de la globalizaciónIncidencias de la globalización Retos actuales para el Derecho internacionalRetos actuales para el Derecho internacional
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
3. El ordenamiento internacional: 3. El ordenamiento internacional: principios, normas y estructuras principios, normas y estructuras normativasnormativas
A) Los principios del ordenamiento internacionalA) Los principios del ordenamiento internacional Aspectos generalesAspectos generales Los principios estructurales *Los principios estructurales * Los principios generales del DerechoLos principios generales del Derecho
B) Las normas del ordenamiento internacionalB) Las normas del ordenamiento internacional Criterios de clasificación *Criterios de clasificación * Las obligaciones impuestas por las normasLas obligaciones impuestas por las normas
C) Las estructuras normativas del ordenamiento C) Las estructuras normativas del ordenamiento internacionalinternacional Las tres estructuras normativasLas tres estructuras normativas La interacción entre estructurasLa interacción entre estructuras
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
3.A) b) RESOLUCIÓN 2625 (XXV) de la Asamblea General de Naciones Unidas, de 3.A) b) RESOLUCIÓN 2625 (XXV) de la Asamblea General de Naciones Unidas, de 24 de octubre de 1970, que contiene la DECLARACIÓN RELATIVA A LOS 24 de octubre de 1970, que contiene la DECLARACIÓN RELATIVA A LOS PRINCIPIOS DE DERECHO INTERNACIONAL REFERENTES A LAS RELACIONES PRINCIPIOS DE DERECHO INTERNACIONAL REFERENTES A LAS RELACIONES DE AMISTAD Y A LA COOPERACIÓN ENTRE LOS ESTADOS DE CONFORMIDAD DE AMISTAD Y A LA COOPERACIÓN ENTRE LOS ESTADOS DE CONFORMIDAD CON LA CARTA DE LAS NACIONES UNIDASCON LA CARTA DE LAS NACIONES UNIDAS
ANEXO ANEXO
Declaración sobre los principios de Derecho Internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los Declaración sobre los principios de Derecho Internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones UnidasEstados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas
La Asamblea General,La Asamblea General,……Habiendo considerado los principios de Derecho Internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre Habiendo considerado los principios de Derecho Internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre
los Estados,…los Estados,… 1. Solemnemente proclama los siguientes principios:1. Solemnemente proclama los siguientes principios:
El principio de que los Estados, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso El principio de que los Estados, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquie otra forma de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquie otra forma incompatible con los propósitos de las Naciones Unidas,…incompatible con los propósitos de las Naciones Unidas,…
El principio de que los Estados arreglarán sus controversias internacionales por me.dios pacíficos de tal manera El principio de que los Estados arreglarán sus controversias internacionales por me.dios pacíficos de tal manera que no se pongan en peligro ni la paz y la seguridad internacionales ni la justicia,…que no se pongan en peligro ni la paz y la seguridad internacionales ni la justicia,…
La obligación de no intervenir en los asuntos que son de la jurisdicción interna de los Estados, de conformidad La obligación de no intervenir en los asuntos que son de la jurisdicción interna de los Estados, de conformidad con la Carta,…con la Carta,…
La obligación de los Estados de cooperar entre sí, de conformidad con la Carta,…La obligación de los Estados de cooperar entre sí, de conformidad con la Carta,… El principio de la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos,…El principio de la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos,… El principio de la igualdad soberana de los Estados,…El principio de la igualdad soberana de los Estados,… El principio de que los Estados cumplirán de buena fe las obligaciones contraídas por ellos de conformidad con la El principio de que los Estados cumplirán de buena fe las obligaciones contraídas por ellos de conformidad con la
Carta;…Carta;…
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
3.B).a). Clasificación de las normas 3.B).a). Clasificación de las normas jurídicas internacionalesjurídicas internacionales
Criterio extrínseco (modo de manifestación): Criterio extrínseco (modo de manifestación): Escritas: Escritas:
TratadosTratados Actos de Organizaciones internacionalesActos de Organizaciones internacionales
No escritas: costumbreNo escritas: costumbre Criterios intrínsecos (contenido): Criterios intrínsecos (contenido):
Grado de generalidad (destinatarios):Grado de generalidad (destinatarios): Generales o universalesGenerales o universales particularesparticulares
Grado de obligatoriedad : Grado de obligatoriedad : DispositivasDispositivas Imperativas (Jus cogens)Imperativas (Jus cogens)
Intereses tutelados: Intereses tutelados: GeneralesGenerales situacionalessituacionales
Modo de ejercicio de la tutela jurídica: Modo de ejercicio de la tutela jurídica: De Estado a Estado (Autotutela)De Estado a Estado (Autotutela) Tutela centralidadTutela centralidad Tutela colectivaTutela colectiva
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
4. Los sujetos del 4. Los sujetos del ordenamiento internacionalordenamiento internacional
A) Estados y organizaciones internacionales A) Estados y organizaciones internacionales (OIs)(OIs) Preeminencia de los EstadosPreeminencia de los Estados Creciente Importancia de las OIsCreciente Importancia de las OIs
B) Los pueblos como sujetosB) Los pueblos como sujetos Los pueblos bajo dominación colonialLos pueblos bajo dominación colonial Los pueblos que forman parte de un EstadoLos pueblos que forman parte de un Estado Los pueblos indígenasLos pueblos indígenas
C) La subjetividad de los individuosC) La subjetividad de los individuos D) La subjetividad de otros entesD) La subjetividad de otros entes
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
5. Definición de Derecho 5. Definición de Derecho internacional público (DIP)internacional público (DIP)
““el ordenamiento jurídico que regula el ordenamiento jurídico que regula la coexistencia de los Estados así la coexistencia de los Estados así como su mutua cooperación y como su mutua cooperación y protege ciertos intereses de la protege ciertos intereses de la comunidad internacional en su comunidad internacional en su conjuntoconjunto””
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
2ª Parte2ª Parte
LA ORGANIZACIÓN DE LAS LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDASNACIONES UNIDAS
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
1. La génesis de las Naciones 1. La génesis de las Naciones UnidasUnidas
A) Antecedentes: la Sociedad de A) Antecedentes: la Sociedad de NacionesNaciones
B) Los trabajos preparatorios: B) Los trabajos preparatorios: Dumbarton Oaks y la Conferencia de Dumbarton Oaks y la Conferencia de Yalta.Yalta.
C) La Conferencia de San Francisco de C) La Conferencia de San Francisco de 1945. 1945.
D) La Carta de las Naciones Unidas: D) La Carta de las Naciones Unidas: propósitos y principios (arts. 1 y 2).propósitos y principios (arts. 1 y 2).
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
2. La condición de miembro de 2. La condición de miembro de las Naciones Unidaslas Naciones Unidas
A) El ingreso en la ONU: A) El ingreso en la ONU: a) Las disposiciones de la Carta (art. 4). a) Las disposiciones de la Carta (art. 4). b) El “bloqueo” en la admisión de nuevos miembros durante la “Guerra fría”. b) El “bloqueo” en la admisión de nuevos miembros durante la “Guerra fría”. C) La interpretación de la CIJC) La interpretación de la CIJ
– CIJ. Asunto relativo a las condiciones de admisión de un Estado como miembro de las CIJ. Asunto relativo a las condiciones de admisión de un Estado como miembro de las Naciones Unidas. Opinión consultiva de 28 de mayo de 1948Naciones Unidas. Opinión consultiva de 28 de mayo de 1948
– CIJ. Asunto relativo a la competencia de la Asamblea General para admitir un Estado CIJ. Asunto relativo a la competencia de la Asamblea General para admitir un Estado como miembro de las Naciones Unidas. Opinión consultiva de 3 de marzo de 1950como miembro de las Naciones Unidas. Opinión consultiva de 3 de marzo de 1950
B) La suspensión y la expulsión: las disposiciones de la Carta (arts. 5 y 6).B) La suspensión y la expulsión: las disposiciones de la Carta (arts. 5 y 6). C) La sucesión en la condición de miembro: C) La sucesión en la condición de miembro:
a) Ausencia de previsiones en la Carta: supuestos sucesorios.a) Ausencia de previsiones en la Carta: supuestos sucesorios.
b) CIJ. Asunto de la demanda de revisión de la Sentencia de 11 de julio de 1996 b) CIJ. Asunto de la demanda de revisión de la Sentencia de 11 de julio de 1996 en el caso relativo a la en el caso relativo a la Aplicación del Convenio para la prevención y sanción del Aplicación del Convenio para la prevención y sanción del crimen de genocidio (Bosnia-Herzegovina c. Yugoslavia), Excepciones crimen de genocidio (Bosnia-Herzegovina c. Yugoslavia), Excepciones preliminares preliminares (Yugoslavia c. Bosnia-Herzegovina). Sentencia de 3 de febrero de (Yugoslavia c. Bosnia-Herzegovina). Sentencia de 3 de febrero de 20032003
D) Otros supuestos: El caso de la OLP y la Autoridad Palestina. D) Otros supuestos: El caso de la OLP y la Autoridad Palestina.
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
3. Estructura institucional: los 3. Estructura institucional: los órganosórganos
A) Órganos principales y subsidiariosA) Órganos principales y subsidiarios B) Estructura orgánica* y organigrama de la B) Estructura orgánica* y organigrama de la
Organización*Organización* C) Consideración específica de los órganos C) Consideración específica de los órganos
principalesprincipales a) Asamblea Generala) Asamblea General b) Consejo de Seguridadb) Consejo de Seguridad c) ECOSOCc) ECOSOC d) Consejo de Administración Fiduciariad) Consejo de Administración Fiduciaria e) Secretaríae) Secretaría f) Corte Internacional de Justiciaf) Corte Internacional de Justicia
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
ESTRUCTURA ORGÁNICA DE ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LAS NACIONES UNIDASLAS NACIONES UNIDAS
AG
CSCAF
SECRETARIA CIJ
ECOSOC
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
ORGANIGRAMA (2008) Fuente: Naciones Unidas
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
4. Las competencias y los 4. Las competencias y los medios de la Organizaciónmedios de la Organización
A) Las competenciasA) Las competencias B) Medios jurídicos: Los actos de la B) Medios jurídicos: Los actos de la
organizaciónorganización Las Resoluciones*Las Resoluciones* Los Tratados Los Tratados
C) Medios personales: los funcionariosC) Medios personales: los funcionarios D) Medios financieros: las D) Medios financieros: las
contribuciones de los Estadoscontribuciones de los Estados
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
La identificación de las La identificación de las Resoluciones Resoluciones de los de los órganos de las Naciones Unidas (AG y CS)órganos de las Naciones Unidas (AG y CS)
Asamblea General:Asamblea General: Desde 1946 hasta 1975: Desde 1946 hasta 1975: Número de resolución -numeración ininterrumpida Número de resolución -numeración ininterrumpida
desde 1946-, (número –en romanos- del periodo de sesiones de adopción, a desde 1946-, (número –en romanos- del periodo de sesiones de adopción, a contar desde 1946), fecha de adopción y asunto. contar desde 1946), fecha de adopción y asunto.
P.e. Resolución 2625 (XXV) de 24 de octubre de 1970, Declaración sobre los P.e. Resolución 2625 (XXV) de 24 de octubre de 1970, Declaración sobre los principios de Derecho internacional…principios de Derecho internacional…
Desde 1975 hasta la actualidad: Desde 1975 hasta la actualidad: Inicial del órgano –Inicial del órgano –A/A/- el término- el término RES/, RES/, el el número del periodo de sesiones -desde 1946-número del periodo de sesiones -desde 1946-//el número de resolución el número de resolución referido al periodo de sesiones de adopción- y asunto (fecha de adopción, referido al periodo de sesiones de adopción- y asunto (fecha de adopción, opcional).opcional).
P.e. A/RES/60/1, Documento Final de la Cumbre mundial (de 16 de septiembre de P.e. A/RES/60/1, Documento Final de la Cumbre mundial (de 16 de septiembre de 2005). 2005).
Consejo de SeguridadConsejo de Seguridad: : Desde 1946 hasta 1994: Desde 1946 hasta 1994: Número de resolución -numeración ininterrumpida Número de resolución -numeración ininterrumpida
desde 1946-, (año de adopción), fecha de adopción y asunto. desde 1946-, (año de adopción), fecha de adopción y asunto. P.e. Resolución 242 (1967), de 22 de noviembre de 1967. La situación en Oriente P.e. Resolución 242 (1967), de 22 de noviembre de 1967. La situación en Oriente
Medio.Medio. Desde 1995: Desde 1995: mismo procedimiento pero precedido de la inicial del órgano –mismo procedimiento pero precedido de la inicial del órgano –
S/- y el término RES/. S/- y el término RES/. P.e. S/RES/1244(1999), de 10 de junio de 1999. La situación humanitaria de Kosovo P.e. S/RES/1244(1999), de 10 de junio de 1999. La situación humanitaria de Kosovo
(República Federativa de Yugoslavia). (República Federativa de Yugoslavia).
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
5. El proceso de reforma de las 5. El proceso de reforma de las Naciones UnidasNaciones Unidas
A) El interminable proceso de reforma. A) El interminable proceso de reforma. B) La Cumbre Mundial de 2005.B) La Cumbre Mundial de 2005.
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
2ª Parte2ª Parte
LA UNIÓN EUROPEALA UNIÓN EUROPEA
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
1.- La creación, profundización y 1.- La creación, profundización y ampliación de la Unión Europea ampliación de la Unión Europea (y de las (y de las
Comunidades Europeas)Comunidades Europeas) : un proyecto estatal : un proyecto estatal Breve historia del proceso de Breve historia del proceso de
integración europea: los integración europea: los Estados como “Señores de los Estados como “Señores de los tratados”tratados” (Sent. (Sent. Maastricht, BVGMaastricht, BVG, 1993), 1993)
El proceso de toma de El proceso de toma de decisiones: entre integración e decisiones: entre integración e intergubernamentalismointergubernamentalismo
Un nuevo modelo político (“en Un nuevo modelo político (“en red”): la inexistencia de la red”): la inexistencia de la división de poderesdivisión de poderes
¿Un ¿Un déficit democráticodéficit democrático de la de la UE (y de la CE)?UE (y de la CE)?
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
2.- El principio democrático y el 2.- El principio democrático y el respeto de los derechos respeto de los derechos humanos como valor humanos como valor fundamental de la UEfundamental de la UE
La consagraciLa consagracióón del principio democrn del principio democráático tico en los Tratados constitutivos (TUE-TCE)en los Tratados constitutivos (TUE-TCE)
La Carta de los derechos fundamentales La Carta de los derechos fundamentales de 7 de diciembre de 2000.de 7 de diciembre de 2000.
Principio democrPrincipio democráático y sanciones: La tico y sanciones: La clclááusula del art. 7 TUEusula del art. 7 TUE
El principio democrEl principio democráático y la adhesitico y la adhesióón de n de nuevos miembros:nuevos miembros: El art. 49 TUEl art. 49 TU Los principios de Copenhague y la adhesiLos principios de Copenhague y la adhesióón n
de nuevos Estados miembros:de nuevos Estados miembros: los Acuerdos Europeos de Asociacilos Acuerdos Europeos de Asociacióón,n, el proceso de el proceso de monitoringmonitoring respecto a los respecto a los
futuros miembros (los casos serbio y turco)futuros miembros (los casos serbio y turco) El principio democrEl principio democráático y la cooperacitico y la cooperacióón n
al desarrolloal desarrollo
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
3.- La adhesión a la Unión 3.- La adhesión a la Unión Europea: el art. 49 TUEEuropea: el art. 49 TUE
Cualquier Estado europeo que Cualquier Estado europeo que respete los principios respete los principios enunciados en el apartado 1 del artículo 6enunciados en el apartado 1 del artículo 6 podrá podrá solicitar el ingreso como miembro en la Unión. Dirigirá solicitar el ingreso como miembro en la Unión. Dirigirá su solicitud al Consejo, que se pronunciará por su solicitud al Consejo, que se pronunciará por unanimidad después de haber consultado a la Comisión unanimidad después de haber consultado a la Comisión y previo dictamen conforme del Parlamento Europeo, el y previo dictamen conforme del Parlamento Europeo, el cual se pronunciará por mayoría absoluta de los cual se pronunciará por mayoría absoluta de los miembros que lo componen. miembros que lo componen.
Las condiciones de admisión y las adaptaciones que Las condiciones de admisión y las adaptaciones que esta admisión supone en lo relativo a los Tratados sobre esta admisión supone en lo relativo a los Tratados sobre los que se funda la Unión serán objeto de un acuerdo los que se funda la Unión serán objeto de un acuerdo entre los Estados miembros y el Estado solicitante. entre los Estados miembros y el Estado solicitante. Dicho acuerdo se someterá a la ratificación de todos los Dicho acuerdo se someterá a la ratificación de todos los Estados contratantes, de conformidad con sus Estados contratantes, de conformidad con sus respectivas normas constitucionales. respectivas normas constitucionales.
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
4.- Los “principios de 4.- Los “principios de Copenhague”, (junio 1993)Copenhague”, (junio 1993)
““El Consejo Europeo acordó ... que los países asociados de la El Consejo Europeo acordó ... que los países asociados de la Europa central y Oriental que lo deseen se conviertan en Europa central y Oriental que lo deseen se conviertan en miembros de la Unión Europea. El ingreso tendrá lugar en miembros de la Unión Europea. El ingreso tendrá lugar en cuanto un país asociado pueda asumir las obligaciones de cuanto un país asociado pueda asumir las obligaciones de adhesión cuando cumpla (adhesión cuando cumpla (sicsic) con las condiciones económicas ) con las condiciones económicas y políticas requeridas. y políticas requeridas.
La adhesión requiere que el país candidato haya alcanzado La adhesión requiere que el país candidato haya alcanzado una estabilidad de instituciones que garantice la democracia, una estabilidad de instituciones que garantice la democracia, el Estado de Derecho, los derechos humanos y el respeto y el Estado de Derecho, los derechos humanos y el respeto y protección de las minorías, la existencia de una economía de protección de las minorías, la existencia de una economía de mercado en funcionamiento, así como la capacidad de hacer mercado en funcionamiento, así como la capacidad de hacer frente a la presión competitiva y las fuerzas del mercado frente a la presión competitiva y las fuerzas del mercado dentro de la Unión. La adhesión presupone la capacidad del dentro de la Unión. La adhesión presupone la capacidad del candidato de asumir las obligaciones de adhesión, incluida la candidato de asumir las obligaciones de adhesión, incluida la observancia de los fines de la unión política, económica y observancia de los fines de la unión política, económica y monetaria”monetaria”
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
5.- Los “Estados ACP”5.- Los “Estados ACP”
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
6.- La ciudadanía de la Unión6.- La ciudadanía de la Unión(arts. 17-21 TCE)(arts. 17-21 TCE)
Es el estatuto (Es el estatuto (status civitatisstatus civitatis) inherente a la ) inherente a la condición de nacional de un Estado miembro condición de nacional de un Estado miembro de la UE de la UE (“estatuto fundamental de los (“estatuto fundamental de los nacionales de los Estados miembros”, STJCE de 20 nacionales de los Estados miembros”, STJCE de 20 de septiembre de 2001, de septiembre de 2001, Grzelczyk c. Centre Public Grzelczyk c. Centre Public d'Aide Sociale d'Ottignes-Louvain-la-Neuve (d'Aide Sociale d'Ottignes-Louvain-la-Neuve (as. C-as. C-184/99))184/99))
Entre otros derechos comprende: Entre otros derechos comprende: derecho de circular y residir libremente (art. 18 TCE); derecho de circular y residir libremente (art. 18 TCE); derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones
al al Parlamento Europeo y en las elecciones municipales y en las elecciones municipales (art. 19 TCE); (art. 19 TCE);
derecho de acogerse a la protección de las derecho de acogerse a la protección de las autoridades diplomáticas y consulares (art. 20 TCE)autoridades diplomáticas y consulares (art. 20 TCE)
derecho de formular peticiones al Parlamento y de derecho de formular peticiones al Parlamento y de recurrir al Defensor del Pueblo Europeo (art. 21 recurrir al Defensor del Pueblo Europeo (art. 21 TCE); TCE);
derecho de dirigirse a las instituciones y organismos derecho de dirigirse a las instituciones y organismos consultivos de la Unión en una de las lenguas de la consultivos de la Unión en una de las lenguas de la Constitución y de recibir una contestación en esa Constitución y de recibir una contestación en esa misma lengua (art. 21 TCE).misma lengua (art. 21 TCE).
Derecho de acceso a los documentos de las Derecho de acceso a los documentos de las instituciones (art. 255 TCE) instituciones (art. 255 TCE)
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
7.- Los “procesos decisorios” en la 7.- Los “procesos decisorios” en la UEUE
Comisión Europea
Comisión Europea
Consejo de la UniónConsejo de la Unión
Parlamento EuropeoParlamento Europeo
Consejo Europeo (Jefes de Estado y de Gobierno
y Presidente de la Comisión)
Consejo Europeo (Jefes de Estado y de Gobierno
y Presidente de la Comisión)
Impulso político
Tribunal de JusticiaTribunal de Justicia Tribunal de CuentasTribunal de Cuentas
Codecisión legislativa
Comité de las Regiones
Comité de las Regiones
Iniciativa legislativaEjecución
Control
Comité Económico y Social
Comité Económico y Social
Función consultiva
Banco Europeode Inversiones
Banco Europeode Inversiones Banco
Central Europeo
Banco Central Europeo
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
8.- El papel del PE en la UE8.- El papel del PE en la UE
Composición y naturaleza del Composición y naturaleza del PEPE
La elección del PE: La elección del PE: Normas básicas (Acto sobre Normas básicas (Acto sobre
Elecciones de 1976, Elecciones de 1976, “Procedimiento Electoral “Procedimiento Electoral Uniforme” y normativa electoral Uniforme” y normativa electoral interna (LOREG))interna (LOREG))
La condición de elector y elegible La condición de elector y elegible (Ciudadanía de la UE)(Ciudadanía de la UE)
Las competencias del PE:Las competencias del PE: Control políticoControl político LegislativaLegislativa PresupuestariaPresupuestaria El derecho de petición El derecho de petición (Ciudad.UE) (Ciudad.UE)
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
PARLAMENTO
EUROPEO
5 Años Elección del Presidente
FUNCIÓN LEGISLATIVACOMPARTIDA CON EL CONSEJO
MESA
Otros órganos
AUTORIDAD PRESUPUESTARIA
COMPARTIDA CON EL CONSEJO
CONTROLPOLÍTICO
Voto de aprobación de la Comisión
Moción de censura contrala Comisión
PARTICIPA
FUNCION
LEGISLATIVA
SUFRAGIO
UNIVERSAL
DIRECTO
9.- Las funciones del PE9.- Las funciones del PE
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
10.- La contribución de otras 10.- La contribución de otras instituciones y organismos a la instituciones y organismos a la legitimación democrática de la UElegitimación democrática de la UE
El Defensor del Pueblo El Defensor del Pueblo EuropeoEuropeo
El Tribunal de JusticiaEl Tribunal de Justicia La Agencia de Derechos La Agencia de Derechos
Fundamentales de la UEFundamentales de la UE
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
Representa a las colectividades
regionales y locales
Representa a los diferentes
componentes de carácter
económico y social
de la sociedad civil organizada
Independencia de sus miembros
Comité
de las
Regiones
Comité
Económico
y Social
11.- La función representativa 11.- La función representativa de los órganos consultivos de la de los órganos consultivos de la
UEUE
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
12.- El principio de subsidiariedad12.- El principio de subsidiariedad
Preámbulo TUE:Preámbulo TUE: “RESUELTOS a continuar el proceso de “RESUELTOS a continuar el proceso de creación de una unión cada vez más estrecha entre los creación de una unión cada vez más estrecha entre los pueblos de Europa, pueblos de Europa, en la que las decisiones se tomen de en la que las decisiones se tomen de la forma más próxima posible a los ciudadanos,la forma más próxima posible a los ciudadanos, de de acuerdo con el principio de subsidiariedad”acuerdo con el principio de subsidiariedad”
Art. 5 TCEArt. 5 TCE: “En los ámbitos que no sean de su : “En los ámbitos que no sean de su competencia exclusiva, la Comunidad intervendrá, competencia exclusiva, la Comunidad intervendrá, conforme al principio de subsidiariedad, sólo en la conforme al principio de subsidiariedad, sólo en la medida en que los objetivos de la acción pretendida no medida en que los objetivos de la acción pretendida no puedan ser alcanzados de manera suficiente por los puedan ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros, y, por consiguiente, puedan lograrse Estados miembros, y, por consiguiente, puedan lograrse mejor, debido a la dimensión o a los efectos de la acción mejor, debido a la dimensión o a los efectos de la acción contemplada, a nivel comunitario”contemplada, a nivel comunitario”
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
13.- El respeto de las identidades nacionales13.- El respeto de las identidades nacionales
El respeto de las identidades El respeto de las identidades nacionales:nacionales: ““La Unión respetará la identidad La Unión respetará la identidad
nacional de sus Estados miembros” nacional de sus Estados miembros” (art. 6.3 TUE)(art. 6.3 TUE)
Lealtad comunitaria y Lealtad comunitaria y derechos de los Estados derechos de los Estados miembros:miembros: El principio de autonomía El principio de autonomía
institucionalinstitucional El principio de autonomía El principio de autonomía
procedimentalprocedimental
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
4ª Parte4ª Parte
LOS TRATADOS LOS TRATADOS INTERNACIONALES COMO INTERNACIONALES COMO TÉCNICA PARA DEFINIR LA TÉCNICA PARA DEFINIR LA
COOPERACIÓN COOPERACIÓN INTERNACIONALINTERNACIONAL
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
1. Las normas convencionales en el 1. Las normas convencionales en el ordenamiento internacionalordenamiento internacional
A) Concepto y elementos A) Concepto y elementos constitutivos del tratado internacional.constitutivos del tratado internacional.
B) Clasificación de los tratados B) Clasificación de los tratados internacionales.internacionales.
C) Función de las normas C) Función de las normas convencionales en el ordenamiento convencionales en el ordenamiento internacional.internacional.
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
Definición de tratado internacional:Definición de tratado internacional:
se entiende por "tratado" un acuerdo se entiende por "tratado" un acuerdo internacional celebrado por escrito entre internacional celebrado por escrito entre Estados Estados (u otros sujetos del derecho (u otros sujetos del derecho internacional) internacional) y regido por el derecho y regido por el derecho internacional, ya conste en un internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particularsea su denominación particular
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
2. Las competencias internacionales de las 2. Las competencias internacionales de las regiones: la celebración de tratadosregiones: la celebración de tratados
El El Jus ad tractatumJus ad tractatum de las de las regiones en el Derecho regiones en el Derecho comparado: EEUU, Canadá, RP comparado: EEUU, Canadá, RP China, Alemania, Suiza, etcChina, Alemania, Suiza, etc
El caso español: El caso español: El art. 149.1.3ª CEEl art. 149.1.3ª CE Los Estatutos de AutonomíaLos Estatutos de Autonomía las Ss TC 137/1989 y 165/1994las Ss TC 137/1989 y 165/1994
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
3. La formación de las normas 3. La formación de las normas convencionales: el proceso de celebración convencionales: el proceso de celebración de los tratados.de los tratados.
A) Las fases del proceso de A) Las fases del proceso de celebración.celebración.
B) La representación del Estado B) La representación del Estado en el proceso de celebración.en el proceso de celebración.
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
Plenos PoderesPlenos Poderes
se considerará que una persona representa a se considerará que una persona representa a un Estado: un Estado:
a) si presenta los adecuados plenos poderes, a) si presenta los adecuados plenos poderes, b) si se deduce de la práctica seguida por los b) si se deduce de la práctica seguida por los
Estados interesadosEstados interesados o de otras o de otras circunstancias, que la intención de esos circunstancias, que la intención de esos Estados ha sido considerar a esa persona Estados ha sido considerar a esa persona representante del Estado. representante del Estado.
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
En virtud de sus funciones se considerará que En virtud de sus funciones se considerará que representan a su Estado:representan a su Estado:
a) los Jefes de Estado, Jefes de Gobierno y a) los Jefes de Estado, Jefes de Gobierno y Ministros de relaciones exterioresMinistros de relaciones exteriores;;
b) los Jefes de misión diplomáticasb) los Jefes de misión diplomáticas;; c) los representantes acreditados por los c) los representantes acreditados por los
Estados ante una conferencia internacional o Estados ante una conferencia internacional o ante una organización internacional o uno de ante una organización internacional o uno de sus órganossus órganos..
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
4. Negociación, adopción y 4. Negociación, adopción y autenticación del texto de un tratado.autenticación del texto de un tratado.
A) La negociación del tratado.A) La negociación del tratado. B) Adopción del texto de un B) Adopción del texto de un
tratado.tratado. C) Autenticación del texto de un C) Autenticación del texto de un
tratado.tratado. D) Disposiciones del sistema D) Disposiciones del sistema
constitucional español.constitucional español.
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
La adopción del texto de un tratado se efectuarLa adopción del texto de un tratado se efectuaráá por consentimiento de todos los Estados por consentimiento de todos los Estados participantes en su elaboraciónparticipantes en su elaboración
Pero…Pero…
La adopción del texto de un tratado en unaLa adopción del texto de un tratado en una conferencia internacional se efectuarconferencia internacional se efectuaráá por por mayoría de dos tercios de los Estados mayoría de dos tercios de los Estados presentes y votantes, a menos que esos presentes y votantes, a menos que esos Estados decidan por igual mayoría aplicar Estados decidan por igual mayoría aplicar una regla diferenteuna regla diferente..
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
El texto de un tratado quedarEl texto de un tratado quedará á establecido establecido como como auténticoauténtico y definitivo y definitivo::
a) mediante el procedimiento que se a) mediante el procedimiento que se prescriba en él o que convengan los Estados prescriba en él o que convengan los Estados que hayan participado en su elaboración; o que hayan participado en su elaboración; o
b) a falta de tal procedimiento, mediante la b) a falta de tal procedimiento, mediante la firma, la firma "ad referéndum" o la rúbrica firma, la firma "ad referéndum" o la rúbrica puesta por los representantes de esos puesta por los representantes de esos Estados en el texto del tratado o en el acta Estados en el texto del tratado o en el acta final de la conferencia en la que figure el final de la conferencia en la que figure el texto. texto.
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
5. La manifestación del consentimiento del 5. La manifestación del consentimiento del Estado en obligarse por el tratado.Estado en obligarse por el tratado.
A) Las formas de manifestación en el A) Las formas de manifestación en el ordenamiento internacionalordenamiento internacional
B) Disposiciones del sistema B) Disposiciones del sistema constitucional español.constitucional español.
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
Las formasLas formas de manifestación del consentimiento de manifestación del consentimiento en obligarse por un tratadoen obligarse por un tratado..
El consentimiento de un Estado enEl consentimiento de un Estado en obligarse por un tratado podrá obligarse por un tratado podrá manifestarse mediante la firma, el canje manifestarse mediante la firma, el canje de instrumentos que constituyan un de instrumentos que constituyan un tratado la ratificación, la aceptación, la tratado la ratificación, la aceptación, la aprobación o la adhesión, o en aprobación o la adhesión, o en cualquier otra forma que se hubiere cualquier otra forma que se hubiere convenido.convenido.
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
Disposiciones del sistema Disposiciones del sistema constitucional español.constitucional español.
Mediante Ley orgánica se podrá autorizar la Mediante Ley orgánica se podrá autorizar la celebración de Tratados por los que se atribuya celebración de Tratados por los que se atribuya a una organización o institución internacional el a una organización o institución internacional el ejercicio de competencias derivadas de la ejercicio de competencias derivadas de la Constitución. Corresponde a las Cortes Constitución. Corresponde a las Cortes Generales o al Gobierno, según los casos, la Generales o al Gobierno, según los casos, la garantía del cumplimiento de estos Tratados y garantía del cumplimiento de estos Tratados y de las resoluciones emanadas de los de las resoluciones emanadas de los organismos internacionales o supranacionales organismos internacionales o supranacionales titulares de la cesión. titulares de la cesión. (Art. 93 CE)(Art. 93 CE)
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
La prestación del consentimiento del Estado para obligarse La prestación del consentimiento del Estado para obligarse requerirá la previa autorización de las Cortes Generales, en requerirá la previa autorización de las Cortes Generales, en los siguientes casos:los siguientes casos:
a.a. Tratados de carácter político.Tratados de carácter político.b.b. Tratados o convenios de carácter militar.Tratados o convenios de carácter militar.c.c. Tratados o convenios que afecten a la integridad territorial Tratados o convenios que afecten a la integridad territorial
del Estado o a los derechos y deberes fundamentales del Estado o a los derechos y deberes fundamentales establecidos en el Título primero.establecidos en el Título primero.
d.d. Tratados o convenios que impliquen obligaciones financieras Tratados o convenios que impliquen obligaciones financieras para la Hacienda Pública.para la Hacienda Pública.
e.e. Tratados o convenios que supongan modificación o Tratados o convenios que supongan modificación o derogación de alguna Ley o exijan medidas legislativas para derogación de alguna Ley o exijan medidas legislativas para su ejecución.su ejecución. (Art. 94.1 CE) (Art. 94.1 CE)
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
6. El control de constitucionalidad de los 6. El control de constitucionalidad de los tratados en el sistema español.tratados en el sistema español.
La celebración de un Tratado internacional que La celebración de un Tratado internacional que contenga estipulaciones contrarias a la contenga estipulaciones contrarias a la Constitución exigirá la previa revisión Constitución exigirá la previa revisión constitucional.constitucional. (Art. 95.1 CE) (Art. 95.1 CE)
El Gobierno o cualquiera de las Cámaras El Gobierno o cualquiera de las Cámaras puede requerir al Tribunal Constitucional para puede requerir al Tribunal Constitucional para que declare si existe o no esa contradicción.que declare si existe o no esa contradicción. (Art. 95.2 CE)(Art. 95.2 CE)
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
Control de constitucionalidad posterior a la Control de constitucionalidad posterior a la
manifestación del consentimientomanifestación del consentimiento..
Recurso de inconstitucionalidad Recurso de inconstitucionalidad dentro del plazo de tres meses a dentro del plazo de tres meses a partir de la publicación oficial del partir de la publicación oficial del texto del tratado;texto del tratado;
Cuestión de inconstitucionalidad Cuestión de inconstitucionalidad promovida por jueces y tribunales, promovida por jueces y tribunales, ya sea de oficio o a instancia de ya sea de oficio o a instancia de parte.parte.
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
7. Entrada en vigor del tratado y aplicación provisional7. Entrada en vigor del tratado y aplicación provisional
A) La entrada en vigor del tratadoA) La entrada en vigor del tratado
B) La aplicación provisional del B) La aplicación provisional del tratado.tratado.
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
Entrada en vigor. Entrada en vigor.
1. Un tratado entrará en vigor de la manera y 1. Un tratado entrará en vigor de la manera y en la fecha que en él se disponga o que en la fecha que en él se disponga o que acuerden los Estados negociadores. acuerden los Estados negociadores.
2. A falta de tal disposición o acuerdo, el 2. A falta de tal disposición o acuerdo, el tratado entrará en vigor tan pronto como tratado entrará en vigor tan pronto como haya constancia del consentimiento de todos haya constancia del consentimiento de todos los Estados negociadores en obligarse por el los Estados negociadores en obligarse por el tratado. tratado.
Universidad de Oviedo
Curso 2008-2009 Master en Desarrollo local, Excelencia territorial y Bienestar social
CECODET
Aplicación provisionalAplicación provisional 1. Un tratado o una parte de él se aplicará 1. Un tratado o una parte de él se aplicará
provisionalmente antes de su entrada en provisionalmente antes de su entrada en vigor: vigor:
a) si el propio tratado así lo dispone: o a) si el propio tratado así lo dispone: o b) si los Estados negociadores han b) si los Estados negociadores han
convenido en ello de otro modo. convenido en ello de otro modo. 2. La aplicación provisional de un tratado 2. La aplicación provisional de un tratado
respecto de un Estado terminará si notifica a respecto de un Estado terminará si notifica a los los demás demás Estados su intención de no llegar Estados su intención de no llegar a ser parte en el mismoa ser parte en el mismo..