las normas basicas 25977
TRANSCRIPT
-
8/16/2019 Las Normas Basicas 25977
1/3
DE LAS NORMAS BASICAS 25977
Artículo 1.- La presente Ley tiene por objeto normar la actividad pesquera con el fin depromover su desarrollo sostenido como fuente de alimentación, empleo e ingresos yde asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos - hidrobiológicos,optimiando los beneficios económicos, en armonía con la preservación del medioambiente y la conservación de la biodiversidad.
Artículo !.- "on patrimonio de la #ación los recursos hidrobiológicos contenidos
en las aguas jurisdiccionales del $er%. &n consecuencia, corresponde al &stado
regular el manejo integral y la e'plotación racional de dichos recursos, considerando
que la actividad pesquera es de inter(s nacional.
RÉGIMEN LABORAL PESQUERO BENEFICIOS SOCIALES
Los trabajadores de este régimen tienen derecho al pago de los siguientes
benefcios sociales en los siguientes porcentajes:
8.33% por compensación por tiempo de servicios.
8.33% por vacaciones.
16.66% por gratifcaciones legales.
stos benefcios sociales anteriormente descritos se calculan solo por el
tiempo e!ectivamente laborado.
Compensación por tiempo de servicios
La compensación por tiempo de servicios "#$& solo podr'n ser retirada por
el trabajador cuando se produ(ca su cese defnitivo en la actividad
pes)uera. *ara tal e!ecto+ el trabajador deber' cumplir con presentar a la
institución bancaria respectiva+ la constancia emitida por la caja de
benefcios , seguridad social del pescador certifcando dicha situación. sta
institución est' autori(ada a re)uerir la documentación correspondiente
)ue+ a su criterio+ acredite el cese defnitivo en la actividad pes)uera.
l trabajador podr' e!ectuar retiros parciales de libre disposición con cargo a
su depósito de compensación por tiempo de servicios e intereses
acumulados+ siempre )ue no e-cedan del /% de estos. n ning0n caso los
retiros podr'n e-ceder en su conjunto /% del total de la compensación por
tiempo de servicios depositada , sus intereses computada desde inicio de
los depósitos.
l c'lculo se e!ectuara a la !echa en )ue el trabajador solicite a la institución
bancaria respectiva el retiro parcial.
Gratifcaciones
-
8/16/2019 Las Normas Basicas 25977
2/3
n este régimen el pago de este benefcio es mensual , proporcional a la
remuneración computable "16.6%&
l trabajador pescador podr' disponer libremente de los depósitos
correspondientes a las gratifcaciones legales.
Vacaciones
l trabajador pes)uero tiene treinta "3/& das de descanso !sico luego de
haber cumplido un a2o completo de servicios. l ser las labores del
trabajador pes)uero de naturale(a intermitente el mes de vacaciones
coincidir' con el periodo de veda decretado por resolución ministerial
e-pedida por el ministerio de la producción.
4tra !orma de pactar la oportunidad del descanso !sico es la suscripción de
un convenio sobre el trabajador , el empleador en la cual se podr' convenir
el goce del descanso !sico de manera !raccionada.
n caso de )ue el trabajador no goce del descanso !sico+ el empleador
deber' pagar la el doble de la remuneración ordinaria.
Consideraciones para el pago de los benefcios sociales
Remuneración computable
era remuneración computable a los e!ectos del c'lculo de los benefcios
compensatorios , sociales+ todo lo )ue percibe el trabajador pescador como
contraprestación por los servicios prestados+ fjado de con!ormidad con la
normativa legal+ convencional o consuetudinaria correspondiente.
Oportunidad y orma de pago de los benefcios compensatorios y
sociales
l pago de los benefcios de los trabajadores pescadores+ se e!ectuara por
medio de depósitos mensuales , con e!ectos cancelatorio+ en base a las
siguientes reglas:
l trabajador deber' abrir dos "5& cuentas en la institución bancaria su
elección+ con el objeto de recibir por separado el pago de la compensación
por tiempo de servicios+ de un lado+ de las vacaciones , gratifcacioneslegales+ en caso )ue el trabajador no cumpla con aperturar estas cuentas el
empleador debe reali(arlo en una institución bancaria de alcance nacional.
entro de los cinco "& das h'biles de iniciada la prestación de sus
servicios+ el trabajador deber' comunicar a su empleador el nombre de la
institución bancaria elegida , los n0meros de las cuentas mencionadas en el
numeral precedente. n caso no producirse la comunicación mencionada+ el
empleador e!ectuara los pagos respectivos en la institución bancaria de su
elección+ bajo la modalidad de depósito a pla(o fjo por el periodo m's largo
permitido.
-
8/16/2019 Las Normas Basicas 25977
3/3
l empleador+ dentro de los cinco "& das h'biles del mes siguiente+ deber'
depositar el monto correspondiente a los benefcios compensatorios ,
sociales del trabajador+ devengados en el mes anterior+ en cada una de las
cuentas se2aladas en el numeral 1 del presente artculo. *ara tal e!ecto+ la
caja de benefcios semanales )ue deben ser cancelados en cada
oportunidad.