las garantias de los contratos
TRANSCRIPT
LAS GARANTÍA DE LOS CONTRATOS
LAS GARANTÍAS
REALES
LAS GARANTÍAS
PERSONALES
TIPOS
PRENDA: Es la cosa en garantía que se
entregaba al acreedor
HIPOTECA: Permanecía en
manos del deudor
CLASES
LA ADTIPULATIO Y LA ADSPROMISSIO
LA ADSTIPULATIO (ACREEDORES CONJUNTOS) Hay adstipulatio cuando otra persona, distinta del acreedor, estipulaba del mismo deudor la misma
obligación .
LA FIANZA: ADPROMISSIO (FIDEIUSSIO) (DEUDORES CONJUNTOS) Son adpromissores las personas que se obligan conjunta o accesoriamente con el deudor principal al cumplimiento de la misma obligación que este. En cierto modo, el o los adpromissores son verdaderos mandatarios del deudor principal.
LA ADPROMISSIO ATRAVESÓ POR TRES ETAPAS
La sponsio La fideipromissio
El fideiussio
REQUISITOS DE LA FIANZA Para que la fianza sea válida es necesario que:
a) La obligación del fiador tenga el mismo objeto que la del deudor principal;
b) El fiador no se obligue a más que el deudor principal ni en condiciones más onerosas. Nada impide que se obligue
a menos.
CONTRATOS LITTERIS
EXTINCION DE LA FIANZA
DIRECTA: no tocaba la obligación principal.
INDIRECTA: extinción de la
obligación principal
ES
LOS CONTRATOS REALES
ES
La entrega de la cosa
TIPOS
MUTUO COMODATO DEPÓSITO PRENDA
EL MUTUO
es un contrato real, nominado, unilateral y de estricto derecho en virtud del cual una persona, llamada mutuante, entregar a otra,
llamada mutuario, una de cosas fundibles obligándose este último a restituir otras tantas del mismo género y calidad.
COMODATO
es un contrato real, nominado, sinalagmático imperfecto y de buena fe en virtud del cual una persona, llamada comodante, entrega una cosa a otra,
llamada comodatario, para que la use y con cargo de restituirla al comodante.
DEPÓSITO
PRENDA
Hubo cuatro clases de depósito, por lo que no puede darse una definición genérica que las agrupe a todas: el depósito regular u ordinario, el irregular, el secuestro y el depósito necesario.
La prenda era un contrato real, nominado, sinalagmático imperfecto, accesorio y de buena fe en virtud del cual una persona entrega a su acreedor una cosa mueble para garantizar el cumplimiento de una obligación.
PARTICIPANTES:RAMIREZ, MARIANELA 14.056.966
SOLANO, PEDRO 19.657.714TALDONE, VIRGINIA 21.314.818 AULAR, YUSMARI 14.893.541