la titularidad y goce de los derechos y obligaciones

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DERECHO SUSTANTIVO Conjunto de normas que preceptúan y garantizan la titularidad y goce de los derechos y obligaciones de los sujetos del derecho Regula el contenido de los deberes y facultades; y, sirve como su fundamento Los derechos sustantivos se fundamentan en la tutela que determinados bienes jurídicos, por ser trascedentes para la sociedad, demandan. (EJ.: Propiedad, Dignidad, Vida, etc.) Este regula el deber ser, el que impone los comportamientos que deben seguir los individuos en la sociedad. Establece las condiciones para la titularidad por ejemplo de Derechos Civiles (derecho de negociar) y Políticos

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Page 1: la titularidad y goce de los derechos y obligaciones

DERECHO SUSTANTIVO

Conjunto de normas que preceptúan y garantizan la titularidad y goce de los derechos y obligaciones de los sujetos del derecho

Regula el contenido de los deberes y facultades; y, sirve como su fundamento

Los derechos sustantivos se fundamentan en la tutela que determinados bienes jurídicos, por ser trascedentes para la sociedad, demandan. (EJ.: Propiedad, Dignidad, Vida, etc.)

Este regula el deber ser, el que impone los comportamientos que deben seguir los individuos en la sociedad.

Establece las condiciones para la titularidad por ejemplo de Derechos Civiles (derecho de negociar) y Políticos

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DERECHO SUSTANTIVO

Por ejemplo: La norma según la cual aquel que cause un daño a otro, debe repararlo, es una típica norma de Derecho sustantivo o material, porque impone una obligación jurídica de reparación o indemnización a favor de la victima, por parte de aquel que realizo contra ella el hecho ilícito.

Sugerir TRES EJEMPLOS más

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DERECHO ADJETIVO

Conjunto de normas que preceptúan y garantizan el EJERCICIO de los DERECHOS concebidos en las normas sustantivas.

Regula las condiciones en que deben hacerse valer los derechos sustantivos.

El Derecho Adjetivo está integrado por un “conjunto de leyes que posibilitan y hacen efectivo el ejercicio regular de las relaciones jurídicas, al poner en actividad el organismo judicial del estado. No determina lo que es justo, sino como ha de pedirse la justicia”

En las palabras del maestro uruguayo Eduardo J. Couture, quien fue uno de los primeros a nivel mundial en insistir en la necesidad de estudiar a profundidad las normas constitucionales que irradian a las instituciones procesales, estas son el derecho a la acción, la jurisdicción y el proceso y en su obra “Las Garantías Constitucionales del Proceso Civil”, afirma: “De la Constitución a la Ley no debe mediar sino un proceso de desenvolvimiento sistemático. No sólo la Ley Procesal debe ser fiel interprete de los principios de la Constitución, sino que su régimen del proceso, y en especial de la acción, la defensa y la sentencia, sólo pueden ser instituídos por la Ley…el Código de Procedimiento Civil y sus leyes complementarias son el texto que reglamenta la garantía de la justicia contenida en la Constitución”. Sin duda que el argumento expuesto por el maestro Couture, resulta aplicable para los demás procesos no penales, con mayor razón entratándose de un procedimiento únificado y general, como el que se instaura mediante la promulgación del COGEP.

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DERECHO ADJETIVO

Son las normas destinadas a garantizar el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones consagradas por el derecho sustantivo. Por ejemplo: • Derecho a seguro social. • Derecho a la salud. • Derecho a la educación. • Derecho al voto. • Derecho a la autoría. • Acceso a la justicia. • Libertad sindical. Estos son, Derechos civiles… Se puededestacar que se señala la forma en la que se hacen valer los derechos contenidos en el Derecho sustantivo, y ambos crean un cuerpo de leyes que se complementan, pues sin uno el otro no tendría vida. Este establece el procedimiento para ejecutar o hacer valer tales derechos y que la doctrina universalmente ha consagrado como el Derecho procedimental como es el caso de Derecho procesal civil, penal o laboral. Esta conformado por las normas que regulan el proceso, que es, a su vez, el mecanismo para realizar al Derecho sustantivo (Codigo Civil).

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DERECHO ADJETIVO

Por ejemplo: Jose tiene más de 20 años ejerciendo posesión sobre el inmueble ubicado en la Urbanización Saturno, por lo que de conformidad con el Art…… del Código Civil, tiene el Derecho a solicitar que se declare a su favor la Prescripción Adquisitiva de Dominio y por consiguiente adquirir la propiedad del referido inmueble ( norma sustantiva). Para ejercer tal Derecho, debe José acudir ante el órgano jurisdiccional y presentar su demanda de conformidad con el artículo….. Del Código Orgánico General de Procesos y debe tramitarse dicha demanda en la vía Ordinaría de conformidad con el artículo………..del mismo Código Orgánico General de Procesos.

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Diferencias entre Derecho Sustantivo y Derecho Adjetivo

El sustantivo es la norma consagratoria de un derecho. En cambio el Derecho adjetivo lo constituye el mecanismo procedimental que permite hacer valer ese derecho o darle efectividad a esa relación. Existen ciertos Derechos sustantivos puede ser ejercido por quien no tiene capacidad, en cambio el Derecho Adjetivo ineludiblemente debe ser ejercido mediante persona capaz para instaurar el proceso. El derecho Adjetivo se ejerce mediante procedimiento reglados (debido proceso). El derecho sustantivo no demanda un proceso para su ejercicio.