la propiedad intelectual, los conocimientos tradicionales y saberes ancestrales / principales...
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Unidad de Conocimientos Tradicionales, Expresiones Culturales Tradicionales y Recursos Genéticos Asociados.
IEPI
Fernando Nogales S
La Propiedad Intelectual, los Conocimientos Tradicionales y Saberes
Ancestrales / principales reformas propuestas en el Código Orgánico de la
Economía Social de los Conocimientos, la Creatividad y la Innovación
Quito, 19 de mayo 2015
Ecuador Megadiverso
Superficie total 283.561 km2
10% Biodiversidad Mundial
10 zonas Importancia para la Conservación Mundial
Ecuador Culturalmente Megadiverso
• País sumamente rico en cuanto a las comunidades étnicas aproximadamente existen 14 nacionalidades y 18 pueblos
• Las comunidades étnicas guardan muchos Conocimientos tradicionales.
Inventariado < - 3 % de la biodiversidad
Mamíferos; 411Aves ; 1,616
Reptiles; 444
Anfibios ; 549
Peces; 1,340
Totales ; 4,360
Fauna Inventariada en el Ecuador
5172
3118
206
PLANTAS UTILES ECUADOR USO MEDICINAL FAMILIAS DE PLANTAS
75 %
5 %11 %
PLANTAS NATIVAS ENDÉMICAS INTRODUCIDAS
PLANTAS 17.000 Especies en Ecuador
Pro
pie
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Obtenciones Vegetales
Conocimientos Tradicionales
Propiedad Intelectual Sui generis
Saberes Ancestrales
Expresiones Culturales Tradicionales
Recursos Genéticos Asociados
Precisiones sobre los Conocimientos Tradicionales
Los Conocimientos Tradicionales
Se desarrollan Históricamente
Gracias a la relación entre seres humanos y entre estos y sus
territorio y naturaleza
Comunidades, nacionalidades y pueblos, legítimos poseedores
de sus conocimientos tradicionales
En Ecuador
Caracterizan a:
Derechos colectivos sobre los Conocimientos Tradicionales
El Estado como garante de derechos, reconoce los derechos
colectivos de los legítimos poseedores sobre sus CT.
Esto nos lleva a preguntarnos: ¿Qué son los Conocimientos tradicionales
y porqué son tan importantes?
Por eso
Estas Poblaciones son titulares de:
Fuente: Mesas de Diálogo Nacional /SENESCYT 2014
Que son los Conocimientos Tradicionales
Los Conocimientos tradicionales son todos aquellos saberes que poseen las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, pueblo afro-ecuatoriano y el pueblo montubio, que han sido transmitidos de generación en generación, generalmente de forma oral y estos cambian con el tiempo.
Derechos Colectivos
Son un conjunto de creencias, costumbre y artesanías, tradicionales que posee las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, pueblo afro-ecuatoriano y el pueblo montubio. Parte de estas son la música, las artes, los diseños, los nombres, los signos, los relatos y símbolos.
Expresiones Culturales Tradicionales
Derechos Colectivos
Los recursos genéticos, es todo el material de naturaleza biológica que contenga información genética de valor o utilidad real o potencial, el cual se encuentra asociado a un conocimiento tradicional de nuestras comunidades indígenas y locales.
Recursos Genéticos Asociados
Regulados por el Estado Ecuatoriano
$
Qué es una Patente
La Decisión Andina 486, en el artículo 14 establece que se otorgarán patentes a las invenciones en todos los campos de la tecnología, sean de producto o de procedimiento, siempre que cumplan los requisitos de novedad, nivel inventivo y aplicación industrial.
No son Patentables DA. 486. Art. 20
Art. 20 ( c ) No son patentables las Plantas, los animales y los procedimientos esencialmente biológicos para la producción de plantas o animales o para la
obtención de los mismos.
Recursos genéticos y propiedad intelectual
Los recursos genéticos tal como existen en la naturaleza no son propiedad intelectual, no pueden ser directamente protegidos por sistemas de propiedad intelectual, por no ser creaciones de la mente humana
Las invenciones basadas en o desarrolladas utilizando recursos genéticos (asociados con conocimientos tradicionales o no) pueden ser protegidas a través de patentes de invención.
Permisos de Investigación
Caracterización
Recurso Genético Aplicado
Permiso de Investigación
Permiso Acceso al Recurso Genético
(Reglamento a la D391. Decreto N° 905. 3 Octubre
del 2011)
MAE
MAE ?
CDB (8j)D 391
• Inventariar la flora o fauna• Colección de muestras • Lista de Plantas y animales• Periodo de Colección • Quien es el investigador,
etc…
Ámbito del Reglamento a Decisión 391
Se excluyen del ámbito de aplicación:
1.- Los recursos genéticos humanos y sus productos derivados.2.- El intercambio de los recursos genéticos, sus productos derivados, los
recursos biológicos que lo contienen, o de los componentes intangibles asociados a estos, que realicen las comunidades indígenas, afroecuatorianas y locales entre sí y para su propio consumo, basadas en sus prácticas consuetudinarias.
3.- Las especies y variedades vegetales que constan enlistadas en el Sistema Multilateral del anexo 1 del TIRFA.
4.- Los usos de material genético y biológico para fines científicos tales como: sistemática, taxonomía, conservación, evolución, biología de poblaciones, biogeografía y filogeografía. Los proyectos de investigación con tales fines científicos deberán ser respaldados por una Universidad, Museo, Herbario debidamente reconocido por el MAE y la SENESCYT y suscribir un contrato Marco para estos fines.
Acceso Ilegal a los Recursos Genéticos y Conocimientos
Tradicionales“Biopiratería”
Al Acceso Ilegal de los Recursos genéticos (plantas, animales, microorganismos, etc.) sin la debida autorización, conocimiento o consentimiento del Estado o de nuestras comunidades indígenas o locales, vulgarmente se le conoce como “Biopiratería”.
Acceso Ilegal de los Recursos genéticos y Conocimientos Tradicionales Asociados
Código Orgánico Penal – Ecuador
Art. 248.- Delitos contra los recursos del patrimonio genético nacional. El atentado contra el patrimonio genético ecuatoriano constituye delito en los siguiente:
1. Acceso no autorizado: la persona que incumpliendo la normativa nacional acceda a recursos genéticos del patrimonio nacional que incluya o no componente intangible asociado, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años de prisión. La pena será agravada en un tercio si se demuestra que el acceso ha tenido finalidad comercial.
2. Erosión genética: la persona que con sus acciones u omisiones ingrese, reproduzca, trafique o comercialice organismos o material orgánico e inorgánico que puedan alterar de manera definitiva el patrimonio genético nacional, que incluyan o no componente intangible asociado, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años, tomando en consideración el valor de los perjuicios causados.
3. Pérdida genética: la persona que con sus acciones u omisiones provoque pérdida del patrimonio genético nacional, que incluya o no componente intangible asociado será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años, tomando en consideración el valor de los perjuicios causados.
Pre - CDBLos recursos genéticos eranconsiderados como RRGG deacceso abierto y patrimonio de la humanidad.
Post - CDBDerechos soberanos de los paísessobre sus RRGG y obligación dedistribuir beneficios.
Contexto Internacional de los Recursos Genéticos
CAN Decisión 391- 1996:Régimen Común de Acceso alos RRGG: Contrato deAcceso (Reglamento D391)
FAO - 2001:Tratado Internacional de la FAO:ATMn Acuerdo de Transferenciade Material normalizado
1992
Maneras para sacar los Recursos Genéticos
Posibles Casos de Acceso Ilegal En el Ecuador
Caso Epibatidina y Jonh W. Daly Caso Awá y el Instituto Nacional del Cáncer . Caso Ayahuasca (Loren Miller – 1986 / US5751) Caso venta Rituales Ayahuasca. Criag Venter y los microorganismos de las Galápagos Caso Fréjol ñuña Caso Tomate silvestres de Galápagos (Solanum cheesmanii y Solanum
galapagense) Matico (Patente Presentada al IEPI – 2003) – Negada
Huito - Solicitud de Patente (Colorante Natural) *
Consentimiento
Fundamentado Previo
Condiciones Mutuamente Acordadas
Distribución Justa y
Equitativa de Beneficios
Planta para evitar las caries
Nacionalidades /Comunidades
Estado
Universidades Estatales
Interesados Recurso Genético
Comunidades
¿Venta de Sangre Waorani puede ser considerado como un caso de Biopiratería?
Decisión II/ 11 CDB
Protección Legal de los Conocimientos Tradicionales Expresiones Culturales
Tradicionales y los Recursos Genéticos Asociados
Protección Positiva
Se otorgan derechos de
PI a la Comunidad
Las comunidades
explotan activamente los CT y RGA
Protección Preventiva
No se conceden
derechos de PI (Bases de
Datos)
Impide que terceros
adquieran algún tipo de
derechos
Medidas de Protección
El Sistema de Registro
Registro Nacional Público
Registro Nacional
Confidencial
Registro Local o Especial
Sistema de Registro
a) El país cuenta con un repositorio digital de CT
b) El Estado promueve que los colectivos conozcan sus derechos y que estos sean respetados
Salvaguardar los Conocimientos Tradicionales
Con el fin de:
Construcción de un Proyecto de Ley para los Conocimientos Tradicionales – COESC2+1
Revitalizar
Proteger
Promover
CT
www.http://coesc.educacionsuperior.gob.ec
¿Por qué el COESC2+i da tanta importancia
a los conocimientos tradicionales?
En el marco del buen vivir y el cambio de la matriz productiva, es vital que se reconozcan y se protejan los derechos colectivos sobre los conocimientos tradicionales, para que así también se norme el acceso a recursos genéticos, el patrimonio cultural y más conocimientos tradicionales
Los derechos que caracterizan a los CT
• De carácter comunitario e intergeneracionalColectivos
• Nunca perderá validez o vigencia Imprescriptibles
• No se puede negar, vender o ceder a nadie o a otros terceros. Inalienables
• No puede ser retenidos por ninguna autoridad judicial o de terceros Inembargables
• Se reconoce derechos de igualdad y equidad de condiciones a las personas de una comunidad pueblo y nacionalidad
Se reconoce en condiciones de igualdad y
equidad
Proceso de Consulta El Estado da apoyo técnico,
asesoramiento y acompañamiento
¿Los legítimos poseedores de los CT autorizan a un tercero al acceso, uso o aprovechamiento de los
CT?
La comunidad decide dar su autorización
La comunidad decide NO dar su autorización
Sin consentimiento se termina el proceso
CONSENTIMIENTO (Contrato entre las
partes)
La consulta es el procedimiento, el consentimiento es uno de los posibles
resultados
Entonces se obtiene
Proceso de Consulta
Fuente: Mesas de Diálogo Nacional /SENESCYT 2014
CT, ECT y RG
IEPI
MSP
SENESCYT (Universid
ades)INPC
MAE
Interrelación Institucional
Duplicación de esfuerzos en relación a las iniciativas
relacionadas a la preservación, protección y
protección de los conocimientos
tradicionales, recursos genéticos y sobre las
Expresiones culturales tradicionales.
www.propiedadintelectual.gob.ec
Av. República 396 y Diego de Almagro. Edificio Fórum
300. Teléfono:
02-3940000. Ext. 1401
Quito.
[email protected]: fnogales2
Fernando Nogales S
Gracias