la participación ciudadana y el urbanismo

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La participación ciudadana y el urbanismo Prof. Francisco A. de Jongh Sarmiento

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La participación ciudadana y el

urbanismoProf. Francisco A. de Jongh Sarmiento

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Principio de la participación

• La participación ciudadana en Venezuela es un elemento que se encuentra consagrado en la Carta Magna, en distintas acepciones ya sea como principio, derecho, deber, espacio o instancia y como proceso sociopolítico; es así, como incluso en el preámbulo de la misma se observa, …con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa, y protagónica…, con lo cual se cambia la tradicional concepción del Estado Venezolano que como lo señalaba la Constitución de 1961 declaraba un sistema de democracia representativa.

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• Ya en el desarrollo del articulado constitucional se tiene que la participación es una característica propia del sistema de gobierno venezolano, es así como en el artículo 5 se establece que …el gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que le componen es y será democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables.

DERECHO A PARTICIPAR LIBREMENTE

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• La participación ciudadana a través de la Constitución se pretende repartir en los distintos niveles del Poder Público, a nivel municipal se establece que el gobierno local debe de acuerdo a sus competencias incorporar la participación ciudadana al proceso de definición y ejecución de la gestión pública y al control y evaluación de sus resultados, en forma efectiva, suficiente y oportuna (artículo 168); lo cual se afianza en el desarrollo de la participación y el mejoramiento en general de las condiciones de vida de la comunidad.

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• Consejo Federal de Gobierno

• Consejos Estadales de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas.

• Consejos Locales de Planificación Pública.

Tienen el propósito de lograr la integración de las comunidades y grupos vecinales mediante la participación y el protagonismo dentro

de una política general de Estado, descentralización y de desconcentración de competencias y de recursos, procurando en todo caso promover y orientar una tipología de municipio atendiendo a las condiciones de la población, nivel de progreso económico, capacidad

para generar ingresos fiscales propios, situación geográfica, elementos históricos, culturales y otros factores relevantes, todo esto

con la ayuda y participación de la comunidad organizada.

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• La participación ciudadana también por medio de la Constitución Nacional pasa a tener la posibilidad de intervenir en los distinto órganos del Poder Público Nacional, por ejemplo, con respecto al Poder Legislativo se permite a los electores la posibilidad de ejercer la iniciativa legislativa constitucional y constituyente, y del mismo modo solicitar los diferentes tipos de referendos; en relación al Poder Judicial, se abre la posibilidad de que los ciudadanos participen de acuerdo a los procedimientos de selección y asignación de los jueces; en cuanto al Poder Moral, se observa como por medio de la Defensoría del Pueblo, los ciudadanos pueden exigir el cumplimiento de derechos y garantías establecidos en la Constitución; y por ultimo, en el poder Electoral, se establece, que los ciudadanos tienen el derecho y la obligación de prestar servicio en funciones electorales de acuerdo a la ley que rige la materia; logrando de esta manera considerar la participación como principio rector del sistema democrático, como derecho y como deber.

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Cualificación de la participaciónLa participación ciudadana dentro del marco de la Constitución nacional tiene múltiples canales de actuación, entre ellos los siguientes:

• Formación, ejecución y control de la gestión pública, entendido esto como el medio para lograr el protagonismo que garantiza su completo desarrollo, tanto individual como colectivo.

• En el sector salud, en la toma de decisiones sobre la planificación, ejecución y control de la política específica en las instituciones públicas de salud.

• A nivel de pueblos indígenas participar en la economía nacional y a definir sus prioridades, así como en la elaboración, ejecución y gestión de programas específicos de capacitación, servicios de asistencia técnica y financiera que fortalezcan sus actividades económicas en el marco del desarrollo local sustentable.

• A nivel municipal la participación ciudadana se expresa en la incorporación en procesos de definición y ejecución de la gestión pública, al control y evaluación de resultados, en forma efectiva, suficiente y oportuna.

• Por medio de la Constitución se abre la posibilidad de crear mecanismos para que estados y municipios descentralicen y transfieran a las comunidades y grupos vecinales organizados los servicios que éstos gestionen previa demostración de su capacidad para prestarlos.

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Los Consejos Comunales

• La figura de los consejos comunales en Venezuela se inspira en los consejos populares creados en Cuba con rango constitucional, a diferencia de Venezuela, estos órganos de participación solo tienen facultades de fiscalización y control de la gestión pública, por su parte en Venezuela se adicionan competencias de orden financiero, todo esto con una peculiaridad importante representada por la dependencia de la Presidencia de la República.

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• La creación de estas figuras de participación con rango legal, crean una red comunitaria de órganos desvinculados de las parroquias, los municipios que dependen de la Presidencia de la República, que además cuenta con recursos públicos, producto entre otras circunstancias de las modificaciones de la Ley del Fondo Intergubernamental para la Descentralización y la Ley de Asignaciones Económicas Especiales, en las cuales se restan recursos que antes pertenecían a los Estado y Municipios para aumentar así los fondos destinados a los Consejos Comunales.

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• En resumen, estos órganos de participación realizan y promueven la realización de actividades de interés general, son administradores de dineros públicos, así están obligados a llevar registros de la administración de los fondos y sus soportes, sus miembros tienen la obligación de presentar declaración jurada de su patrimonio ante la Comisión Presidencia del Poder Popular, al mismo tiempo que en relación a sus actuaciones tiene responsabilidad civil, penal, administrativa, de igual forma, también corresponde a los consejos ejercer directamente la gestión de políticas públicas y recibir transferencias de servicios públicos.

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Participación – Control Social

Mecanismo para exigir información, evaluar gestión pública y asegurar herramientas que

haga efectivo el control social y la intervención de los ciudadanos sobre el proceso gubernamental.

CONTRALORÍA SOCIAL

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Contraloría Social

• En Venezuela la contraloría social se convierte en uno de los principales mecanismos establecidos en la normativa legal vigente donde se abre espacio a los ciudadanos para intervenir de manera activa en el desarrollo y vigilancia de la administración pública.

• La aparición de la figura de consejos comunales sí contempla la conformación de un órgano de control dentro del funcionamiento de esta figura, no obstante, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999 señala que la participación ciudadana puede ser ejercida de manera directa por cualquier habitante del país de manera directa. Para que el ejercicio de la contraloría social sea efectivo y esté en manos de todos los venezolanos por igual se requiere que exista un acceso libre a la información relacionada con el funcionamiento de la administración pública.

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Misión de la Contraloría Social

• La contraloría social tiene la misión de lograr que gobierno y ciudadanía trabajen de forma corresponsable en la vigilancia y evaluación de la gestión pública, como mecanismo idóneo de control preventivo. Esta vigilancia resulta particularmente relevante en la aplicación de recursos y operación de programas de desarrollo social, para garantizar que sus beneficios lleguen íntegramente a la población y evitar su utilización en favor de intereses ajenos al beneficio común.

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Objetivos

• Promover que se proporcione a la población información completa, oportuna, confiable y accesible respecto a los programas, acciones y servicios, sus objetivos, normas y procedimientos de operación.

• Impulsar actitudes de corresponsabilidad gobierno-ciudadanía, invitando a los miembros de la comunidad a la reflexión colectiva acerca de los problemas de desarrollo social de su localidad, barrio, colonia, municipio o estado y a proponer soluciones para el mejoramiento de sus condiciones de vida.

• Contribuir al fortalecimiento de los procesos de autogestión de la población.

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• Contribuir al cumplimiento cabal de los programas de gobierno.

• Promover que los miembros de la comunidad participen activamente en los procesos de planeación, establecimiento de prioridades, sistematización, realización, control, vigilancia, supervisión y evaluación de acciones, programas y proyectos.

• Contribuir a garantizar que la elección de los representantes comunitarios para el funcionamiento de los programas sociales se realice democráticamente.

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• Impulsar que la actuación de los servidores públicos y de la ciudadanía se apegue a valores éticos y cívicos propios de toda democracia.

• Fortalecer el control institucional por medio de contralores sociales que desarrollen funciones de vigilancia y supervisión de recursos.

• Incorporar a la ciudadanía en el combate a la corrupción.

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• Impulsar la comunicación del gobierno con los ciudadanos.

• Fomentar los principios de transparencia, rendición de cuentas y participación ciudadana para fortalecer la democracia a la que aspiramos.

• Contribuir a elevar la confianza y credibilidad mutua entre el gobierno y los ciudadanos.

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Principios de la Contraloría Social

• Democratización.

• Autonomía.

• Transparencia

• Legalidad.

• Eficacia.

• Objetividad.

• Corresponsabilidad.

• Rendición de Cuentas.