la nueva ley de contrataciones del estado

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  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    LAS CONTRATACIONES EN LOSGOBIERNOS LOCALES

    MARCO ANTONIO CASTIGLIONI GHIGLINO

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    CONSTITUCION POLTICA DEL PER

    Las obras y la adquisicin de suministros con utilizacin

    de fondos o recursos pblicos se ejecutan

    obligatoriamente por contrata y licitacin pblica.

    La contratacin de servicios y proyectos cuya

    importancia y cuyo monto seala la Ley de Presupuesto

    se hace por concurso pblico. La ley establece el

    procedimiento, las excepciones y las respectivas

    responsabilidades.

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    LEY ORGNICA DE MUNICIPALIDADES

    Las contrataciones que realizan los gobiernos localesse sujetan a la ley de la materia, debiendo hacerlo enacto pblico y preferentemente con las empresas

    calificadas constituidas en su jurisdiccin, y a falta deellas con empresas de otras jurisdicciones.

    Los procesos de contratacin se rigen por principios;tienen como finalidad garantizar que los gobiernos

    locales obtengan bienes, servicios y obras de lacalidad requerida, en forma oportuna y a precios ocostos adecuados.

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    CRONOLOGA NORMATIVA

    DECRETO SUPREMO

    N 012-2001-PCM

    TEXTO NICO ORDENADO DE LA LEY DE

    CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES

    DECRETO SUPREMO

    N 083-2004-PCM

    TEXTO NICO ORDENADO DE LA LEY DE

    CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES

    LEY 26850

    LEY DE CONTRATACIONES Y

    ADQUISICIONES DEL ESTADO

    DECRETO SUPREMO N 034-80-VC

    REGLAMENTO NICO DE LICITACIONESY CONTRATOS DE OBRAS PBLICAS

    DECRETO SUPREMO N 065-85-PCM

    REGLAMENTO NICO DE ADQUISICIONES

    DECRETO SUPREMO

    N 013-2001-PCM

    REGLAMENTO DE LA LEY DE

    CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES

    DECRETO SUPREMO

    N 084-2004-PCM

    REGLAMENTO DE LA LEY DE

    CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES

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  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    LAS CONTRATACIONES

    EN EL ESTADO

    Las contrataciones que las municipalidades

    realizan, a fin de adquirir bienes, contratar

    servicios, o ejecutar obras se regulan mediante

    el Decreto Legislativo N 1017, Ley de

    Contrataciones del Estado.

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    DECRETO LEGISLATIVO

    N 1017

    LEY DE CONTRATACIONES

    DEL ESTADO

    DECRETO SUPREMON 184-2008-EF

    REGLAMENTO DE LA LEY

    DE CONTRATACIONES

    DEL ESTADO

    LEY DE CONTRATACIONES

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    PRINCIPIOS DE LAS

    CONTRATACIONES

    PRINCIPIOS:Moralidad Transparencia Publicidad Libre Concurrencia y Economa Equidad

    Competencia Vigencia Tecnolgica Razonabilidad Imparcialidad Trato Justo e Igualitario Sostenibilidad Eficiencia Promocin del Desarrollo Ambiental

    Humano

    MUNICIPALIDAD OBJETIVOSBIENES

    SERVICIOSOBRAS

    REQUERIMIENTO

    PRESUPUESTO

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    LAS CONTRATACIONES (1)

    Moralidad.- Se caracteriza por la honradez,

    veracidad, justicia y probidad.

    Libre Concurrencia y Competencia.-Regulaciones o tratamientos que fomenten la

    ms amplia y objetiva e imparcial

    concurrencia, pluralidad y participacin de

    postores.

    Imparcialidad.- Decisiones con sujecin a la

    ley, y en atencin a criterios tcnicos.

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    LAS CONTRATACIONES(2)

    Eficiencia.- Condiciones de calidad, precio yplazos de ejecucin y entrega y con el mejor uso

    de los recursos materiales y humanos.

    Transparencia.- Criterios y calificacionesobjetivas, sustentadas y accesibles.

    Economa.- Criterios de simplicidad, austeridad,

    concentracin y ahorro en el uso de los recursos. Vigencia Tecnolgica.- Condiciones de calidad y

    modernidad tecnolgica.

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    LAS CONTRATACIONES(3) Trato Justo e Igualitario.- Participacin y acceso

    para contratar, en condiciones semejantes a las

    de los dems, estando prohibida la existencia

    de privilegios, ventajas o prerrogativas.

    Promocin del Desarrollo Humano.- Debe

    coadyuvar al desarrollo humano.

    Razonabilidad.- Razonable en trminoscuantitativos y cualitativas.

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  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    LAS CONTRATACIONES(4) Publicidad.- Deben ser objeto de publicidad y

    difusin adecuada y suficiente.

    Equidad.- Debern guardar una razonable

    relacin de equivalencia y proporcionalidad.

    Sostenibilidad Ambiental.- Se debe evitar

    impactos ambientales negativos.

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    INAPLICACIN DE LA LEY DE CONTRATACIONES(1)

    a) La contratacin de trabajadores, empleados, servidores o

    funcionarios pblicos sujetos a los regmenes de la carrera

    administrativa o laboral de la actividad privada.

    b) La contratacin de auditorias externas.

    c) Las operaciones de endeudamiento.

    d) Los contratos bancarios y financieros.

    e) Los servicios brindados por conciliadores, centros de

    conciliacin e instituciones arbitrales y notarios.

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    INAPLICACIN DE LA LEY

    DE CONTRATACIONES(2)

    f) Los contratos de locacin de servicios o de serviciosno personales, con excepcin de los contratos deconsultora.

    g) Las contrataciones cuyos montos, sean iguales oinferiores a 3 Unidades Impositivas Tributarias.

    h) Las contrataciones que deban realizarse por mandato

    expreso de la ley o de la autoridad jurisdiccional.j) La contratacin de servicios pblicos, siempre que no

    exista la posibilidad de contratar con ms de unproveedor.

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    FUNCIONARIOS Y RGANOS ENCARGADOSDE LAS CONTRATACIONES

    TITULAR DE LA

    ENTIDAD

    REA

    USUARIA

    RGANOENCARGADO DE LAS

    CONTRATACIONESCOMIT

    ESPECIAL

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    RGANO ENCARGADO Los funcionarios y servidores del rgano encargado

    de las contrataciones debern ser profesionales y/o

    tcnicos debidamente certificados.

    Capacitacin tcnica en contrataciones o

    gestin logstica, no menor a 80 horas

    lectivas.

    Experiencia laboral en general, no menor a 3

    aos.

    Experiencia laboral en contrataciones

    pblicas o privada no menor de un ao.15

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    CERTIFICACION DE CAPACITACIN

    El procedimiento de certificacin serdebidamente regulado por el Organismo

    Supervisor de Contrataciones del Estado -OSCE.

    El OSCE administrar la base de datos de

    quienes cuenten con la respectiva certificacin.El OSCE regular la acreditacin de lasinstituciones o empresas capacitadoras.

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  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    DELEGACIN DE FACULTADES

    El titular de la entidad podr delegar mediante

    resolucin, la autoridad otorgada.

    No pueden ser objeto de delegacin, la

    aprobacin de exoneraciones, la declaracin

    de nulidad de oficio y las autorizaciones de

    prestaciones adicionales de obra.

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  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    POSTOR

    PROVEEDOR

    CONTRATISTA

    PERSONA NATURAL O JURDICA

    LEGALMENTE CAPACITADA QUE PARTICIPAEN UN PROCESO DE SELECCIN DESDE EL

    MOMENTO EN QUE PRESENTA SU

    PROPUESTA.

    PERSONA NATURAL O JURDICA QUE VENDEO ARRIENDA BIENES, PRESTA SERVICIOS

    GENERALES O DE CONSULTORA O EJECUTA

    OBRAS.

    PROVEEDOR QUE CELEBRE UN CONTRATO

    CON LA ENTIDAD.

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    POSTOR Y/O CONTRATISTA(1)

    a) En el mbito de su jurisdiccin, hasta 12 mesesdespus de haber dejado el cargo los alcaldes y

    regidores.

    b) En la entidad a la que pertenecen el alcalde, losregidores, los empleados de confianza y servidores

    pblicos.

    c) Las personas naturales o jurdicas que tenganintervencin directa en la determinacin de las

    caractersticas tcnicas y valor referencial,

    elaboracin de Bases, seleccin y evaluacin de

    propuestas y en la autorizacin de pagos.

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    POSTOR Y/O CONTRATISTA(2)

    d) El cnyuge, conviviente o los parientes hasta el

    cuarto grado de consanguinidad y segundo de

    afinidad, respecto de las personas sealadas

    precedentemente.

    e) Las personas jurdicas en las que las personas

    naturales a que se refieren los incisos b), c) y d)

    tengan o hayan tenido una participacin superior al5% del capital o patrimonio social dentro de los 12

    meses anteriores a la convocatoria.

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    POSTOR Y/O CONTRATISTA(3)

    g) Las personas naturales o jurdicas que se

    encuentren sancionadas administrativamente con

    inhabilitacin en el ejercicio de sus derechos para

    participar en procesos de seleccin y paracontratar.

    h) Las personas jurdicas cuyos socios, accionistas,

    participacionistas o titulares, apoderados orepresentantes legales formen o hayan formado

    parte de sanciones administrativas, en los ltimos

    12 meses.

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    REGISTRO NACIONALDE PROVEEDORES

    Para ser postor y/o contratista se requiere estar inscrito en el RegistroNacional de Proveedores y no estar impedido, sancionado niinhabilitado para contratar con el Estado.

    El Registro Nacional de Proveedores, es desarrollado, administrado yoperado por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado -OSCE.

    Las entidades estn prohibidas de llevar registros de proveedores, soloestn facultadas para llevar y mantener un listado interno deproveedores, consistente en una base de datos que contenga la relacinde aquellos.

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    INSCRIPCIN EN EL REGISTRODE PROVEEDORES

    En el Registro de Proveedores debern inscribirse

    todas las personas naturales o jurdicas, nacionales o

    extranjeras, que deseen participar en procesos deseleccin y/o contratar con el Estado, la provisin de

    bienes, la contratacin de servicios en general y las

    consultoras distritales a las de obras, la consultora

    de obras pblicas y la ejecucin de obras pblicas.

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  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES

    El Plan Anual de Contrataciones debe prever todas las

    contrataciones de bienes, servicios y obras que se

    requerirn durante el ao fiscal, con independencia del

    rgimen que las regule o su fuente de financiamiento,

    montos estimados y tipos de procesos de seleccin

    previstos.

    Los montos estimados a ser ejecutados durante el ao

    fiscal debern estar comprendidos en el presupuesto

    institucional.

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    ESTRUCTURA FUNCIONALDEL PLAN ANUAL

    TITULAR DE

    LA ENTIDAD

    APROBACION DEL

    PRESUPUESTO

    APROBACION DELPLAN ANUAL

    A DISPOSICION

    DE LOS INTERESADOS

    RGANO

    DE LA ENTIDAD

    OSCE

    MINISTERIO DE TRABAJO Y

    PROMOCIN DEL EMPLEO

    PLAZO PARAFORMULACION DEREQUERIMIENTOS

    SEACE

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  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    APROBACIN DEL PLAN ANUAL

    El Plan Anual de Contrataciones ser aprobado por el

    titular de la entidad, dentro de los 15 das hbiles

    siguientes a la aprobacin del presupuesto institucional y

    publicado en el SEACE en un plazo no mayor de 5 dashbiles de aprobado.

    El Plan Anual de Contrataciones estar a disposicin de

    los interesados en el rgano encargado de lascontrataciones y en el portal institucional.

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  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    CATALOGACIN DE BIENES,

    SERVICIOS Y OBRAS Para mantener el orden y la uniformidad de los

    bienes, servicios y obras que se requieran en la

    contratacin pblica, las entidades utilizarn elCatlogo nico de Bienes, Servicios y Obras que

    administra el OSCE.

    Es responsabilidad del rgano encargado de las

    contrataciones la correcta catalogacin.

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  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    CONTENIDO DELPLAN ANUAL DE

    CONTRATACIONES

    OBJETO

    FECHA DE LACONVOCATORIA

    CENTRALIZACION ODESCONCENTRACION

    TIPO DE

    MONEDA

    FUENTE DEFINANCIAMIENTO

    TIPO DEPROCESO

    VALORESTIMADO

    DESCRIPCIN

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    MODIFICACIN DEL PLAN ANUAL

    El Plan Anual de Contrataciones podr ser modificado

    de conformidad con la asignacin presupuestal o en

    caso de reprogramacin de las metas institucionales

    cuando:

    Se tenga que incluir o excluir procesos de seleccin.

    El valor referencial difiera en ms del 25% del valor

    estimado y ello vare el tipo de proceso de

    seleccin.

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    EVALUACIN DEL PLAN ANUAL

    El titular de la entidad evaluar semestralmente

    la ejecucin del Plan Anual de Contrataciones,

    debiendo adoptar las medidas correctivaspertinentes para alcanzar las metas y objetivos

    previstos en el plan operativo y de corresponder,

    disponer el deslinde de responsabilidadesrespectivas.

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    REQUISITO DE CONVOCATORIA

    Para convocar un proceso de seleccin, es

    requisito bajo sancin de nulidad, que el

    mismo est incluido en el Plan Anual deContrataciones y cuente con el expediente de

    contratacin debidamente aprobado, el

    mismo que incluir la disponibilidad de

    recursos y su fuente de financiamiento.

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    ETAPAS PREVIAS A LOS

    PROCESOS DE SELECCIN La programacin debe realizarse de acuerdo al

    sistema de abastecimiento de bienes, servicios yobras a travs de procesos tcnicos de catalogacin,

    distribucin, registro y control, mantenimiento,recuperacin de bienes y disposicin final queaseguren su unidad, racionalidad y eficiencia.

    PROGRAMACIN Y ACTOSPREPARATORIOS

    PROCESODE

    SELECCIN

    EJECUCINCONTRACTUAL

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    ETAPAS PREVIAS AL PROCESO(1)

    a) Establecimiento formal del

    rgano administrativo

    responsable de planificar las

    contrataciones.

    b) Designacin del Comit Especial

    que deber conducir el proceso

    de seleccin.

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    ETAPAS PREVIAS AL PROCESO(2)

    a) Debe organizarse el expediente decontratacin.

    b) Justificacin de la procedencia decontratacin.

    c) Establecimiento del tipo deproceso.

    d) Modalidad de seleccin.

    f) Expediente tcnico

    declaratoria de viabilidad34

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    35

    ETAPAS PREVIAS AL PROCESO(3)

    a) Para el caso de los contratos

    que originan egresos

    dinerarios, la entidad debe

    asegurarse de contar con la

    disponibilidad presupuestalnecesaria para afrontarlo en su

    momento.

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    ETAPAS PREVIAS AL PROCESO(4)

    a) Requerimientos justificados de

    la necesidad de contratar.

    b) La cantidad y calidad de los

    bienes, servicios u obras que se

    van a contratar.

    c) Las posibilidades del mercado

    para satisfacer la necesidad.

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    ETAPAS PREVIAS AL PROCESO(5)

    a) Seguir las especificaciones y

    requisitos tcnicos.

    b) Determinar el valor referencial.

    c) La regla general es que en la

    definicin de la necesidad de

    contratacin concurran las

    actuaciones de oficio.

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  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    ESTRUCTURA FUNCIONAL

    DE LAS ETAPAS PREVIAS

    ELABORACIN DE BASES

    COMITESPECIAL

    PLAN ANUAL DE

    CONTRATACIONES

    ESTUDIO

    DE MERCADO

    DETERMINACINDEL PROCESO DE

    SELECCIN

    APROBACIN

    DELEXPEDIENTE

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    VALOR REFERENCIAL

    El rgano responsable de las contratacionesdeterminar el valor referencial con el fin deestablecer al tipo de proceso de seleccin

    correspondiente y gestionar la asignacin de losrecursos presupuestales.

    El valor referencial ser determinado sobre la basedel estudio de las posibilidades de precios y

    condiciones que ofrece el mercado a partir de lasespecificaciones tcnicas y costos, estimados en elPlan Anual de Contrataciones.

    39

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    VALOR REFERENCIAL PARAEJECUCIN Y CONSULTORA

    DE OBRAS Tratndose de ejecucin y consultora de obras, el

    valor referencial no podr tener una antigedadmayor a 6 meses.

    Para el caso de ejecucin de obras que cuenten conexpediente tcnico, la antigedad del valorreferencial se computar desde la fecha dedeterminacin del presupuesto de obra consignada

    en el expediente tcnico.

    En el caso de consultora de obras, la antigedad delvalor referencial se computar desde la aprobacindel expediente de contratacin.

    40

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    VALOR REFERENCIAL PARA

    BIENES Y SERVICIOS En el caso de bienes y servicios, la antigedad

    del valor referencial no podr ser mayor a 3

    meses.

    La antigedad del valor referencial se

    computar desde la aprobacin del expediente

    de contratacin.

    41

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    COMIT ESPECIAL

    COMIT ESPECIALPERMANENTE OCOMIT ESPECIAL

    AD HOC

    LICITACIONES PBLICAS Y

    CONCURSOS PBLICOS

    ENCARGADOS DE LOS PROCESOS

    ADJUDICACIONES DIRECTAS

    UNIDADORGNICA

    COMIT ESPECIALAD HOC O

    PERMANENTE

    ADJUDICACIONES DE

    MENOR CUANTA

    42

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    COMIT ESPECIAL

    El Comit Especial tendr a su cargo la elaboracinde Bases y la organizacin, conduccin y ejecucindel proceso de seleccin, hasta que la Buena Pro

    quede consentida o administrativamente firme, ose cancele el proceso de seleccin.

    El Comit Especial estar integrado por 3miembros, uno debe pertenecer al rea usuaria yel otro al rgano encargado de las contratacionesde la entidad.

    43

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    FORMALIZACIN DEL COMIT

    MUNICIPALIDAD

    CONVOCATORIA

    COMIT Y/U

    RGANO

    INSTALACIN

    ELABORACIN

    DE LAS BASES

    44

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    IMPEDIMENTOS PARA SERMIEMBRO DEL COMIT ESPECIAL

    a) El alcalde y los regidores.

    b) Los funcionarios que por delegacin hayan

    aprobado el expediente de contratacin,designado el Comit Especial, aprobadolas Bases o tenga facultades para resolverel recurso de apelacin.

    c) Los funcionarios y servidores que hayansido sancionados por su actuacin en unComit Especial.

    45

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    CONSENTIMIENTO

    DE LA BUENA

    PRO

    CONSULTAR O

    PROPONERCARACTERSTICAS

    TCNICAS Y EL

    VALOR REFERENCIAL

    DECLARAR

    DESIERTO

    ELABORAR

    LAS

    BASES

    COMPETENCIASDEL COMIT

    ESPECIAL

    OTORGAR LA

    BUENA PRO

    CONVOCAR

    AL

    PROCESO

    ABSOLVER

    LASCONSULTAS

    Y

    OBSERVACIONES

    EVALUAR LAS

    PROPUESTAS

    46

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    RESPONSABILIDAD DEL COMIT (1)

    El Comit Especial acta en forma colegiada y esautnomo en sus decisiones, los cuales norequieren ratificacin alguna de la entidad.

    Todos los miembros del Comit Especial gozan delas mismas facultades, no existiendo jerarquaentre ellos.

    Sus integrantes son solidariamente responsablespor su actuacin, salvo el caso de aquellos quehayan sealado en el acta correspondiente su voto

    discrepante.47

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    RESPONSABILIDAD DEL COMIT (2)

    Los miembros del Comit Especial son

    solidariamente responsables de que el proceso

    de seleccin realizado se encuentre conforme aley y responden administrativa y/o judicialmente,

    en su caso, respecto de cualquier irregularidad

    cometida imputable por dolo, negligencia y/o

    culpa inexcusable.

    48

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    APROBACIN DE LAS BASES

    Las Bases de los procesos de seleccin son aprobadaspor el titular de la entidad.

    La aprobacin de las Bases debe ser por escrito

    mediante resolucin. En ningn caso podr ser realizadopor el Comit Especial o el rgano a cargo del proceso deseleccin.

    Las Bases debern ser visadas en todas las pginas por

    los miembros del Comit Especial o el rgano a cargo delproceso de seleccin.

    En forma obligatoria se deber utilizar las Basesestandarizadas.

    49

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    BASES DEL PROCESO DE SELECCIN(1)

    a) Mecanismos que fomenten la mayorconcurrencia y participacin de postores enfuncin al objeto del proceso y la obtencin dela propuesta tcnica y econmica ms

    favorable.

    b) Detalle de las caractersticas tcnicas de losbienes, servicios u obras a contratar, el lugar de

    entrega, elaboracin o construccin y plazo deejecucin.

    c) Garantas.

    50

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    BASES DEL PROCESO DE SELECCIN (2)

    d) Plazos y mecanismos de publicidad.

    e) Definicin del sistema y/o modalidad a seguir.

    f) Cronograma del proceso de seleccin.g) Mtodo de evaluacin y calificacin de

    propuestas.

    h) Proforma del contrato.i) Valor referencial y frmulas de reajuste.

    j) Confidencialidad de las propuestas.

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  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    ES RESPONSABILIDAD DE LAS ENTIDADESPBLICAS DESARROLLAR PROCESOS DE

    SELECCIN CON CALIDAD Y EFICIENCIA, Y EN

    CUMPLIMIENTO DE LOS PRINCIPIOS TICOS DELSERVICIO CIVIL, AS COMO LOS PRINCIPIOS QUE

    RIGEN LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO.

    [email protected]

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    Solucin de Controversias en la Etapa deSeleccin 2007 - 2009

    Elisa Zambrano Olivera

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    Solucin de Controversias

    Durante el Proceso de Seleccin:

    Medios o recursos administrativos

    Apelacin ante el Titular de la Entidad

    Apelacin ante Tribunal del OSCE Durante la Ejecucin Contractual:

    Medios alternativos de resolucin de conflictos

    Conciliacin y/o

    Arbitraje

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    Tribunal de Contrataciones

    rgano resolutivo (precisin) Integrante del OSCE Funciones:

    Resolver, de ser el caso, controversias EntidadParticipante/PostorAplicar sanciones de inhabilitacin temporal ydefinitiva

    Comunicar a la Contralora las irregularidades quehaya detectado.

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    CONFORMACIN DE LAS SALAS DEL TRIBUNAL DECONSUCODE

    SALA 1 :

    - Presidente de sala :

    Jeannette Ramirez Maynetto

    - Vocal: Wina Isasi Berrospi- Vocal: Carlos Cabieses Lpez

    SALA 2:

    - Presidente de sala:Carlos Salazar Romero

    - Vocal: Juan C. Valdivia Huaringa

    - Vocal: Mnica Yaya Luyo

    SALA 3 (Sanciones):- Presidente de Sala:Vctor Rodrguez Buitrn

    - Vocal:Carlos Navas Rondn- Vocal: Rotativo de conformidad con elAcuerdo de Sala N 008-2008 (precisinconcurso pblico)

    SALA 4:

    - Presidente de sala:Juan Carlos Meja Cornejo- Vocal:Martn Zumaeta Giudichi- Vocal:Derik Latorre Boza

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    Nuevo Esquema de Impugnacin

    ENTIDAD

    Titular de la Entidad paraprocesos con valor referencialmenor a 600 UIT (S/. 2130,000)

    Facultad delegable (NuncaComit Especial ni rganoEncargado de Contrataciones)

    TRIBUNAL

    Procesos con valor referencialIgual o Superior a 600 UIT (S/.2130,000)

    Actos que declaren la nulidad deoficio

    Cancelacin del proceso

    Las Contrataciones bajo losalcances de tratados o acuerdos

    internacionales, concompromisos en materia decontratacin pblica

    Ojo: En Procesos segn relacin de tems deber considerarse el valorreferencial total

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    IMPUGNACIONESSE PUEDE IMPUGNAR: Los actos dictados desde la

    convocatoria hasta antesde la celebracin del

    contrato. Los actos del C.E / org.

    Encargado Los actos luego de la BP.

    hasta FC

    Los actos que afecten lacontinuacin del proceso.

    NO SE PUEDE IMPUGNAR: Las Bases. Integracin de Bases. Resoluciones o acuerdos

    que apruebenexoneraciones.

    Actuaciones materiales:Reg. Participantes,programar, difundir y

    notificar informacin delproceso a travs del SEACE. Actos preparatorios.

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    Plazos para impugnar (I)

    Para impugnar la Buena Pro o actosdictados con anterioridad:

    Licitaciones y Concursos Pblicos: 8 dashbiles luego de otorgada Buena Pro

    Adjudicaciones Directas y MenoresCuantas: 5 das hbiles

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    Plazos para impugnar (II)

    Impugnaciones de actos distintos a losanteriores:

    Licitaciones y Concursos Pblicos: 8 das

    hbiles siguientes de haber tomadoconocimiento del acto

    Adjudicaciones Directas y Menores Cuantas: 5das hbiles siguientes de haber tomadoconocimiento del acto

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    Suspensin del Proceso

    La interposicin del recurso suspende elproceso hasta su resolucin.

    En procesos segn relacin de tems slo sesuspender el tem impugnado

    Garanta por interposicin de rec rso de

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    Garanta por interposicin de recurso deapelacin

    A favor de la Entidad o el OSCE:

    3% del Valor Referencial del proceso o del temimpugnado

    La garanta no podr ser menor al 50% de la UIT.

    Slo carta fianza o depsito ante Consucode o laEntidad

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    Desistimiento

    Anteriormente: En caso de desistimiento seejecutaba el 30% de la garanta

    Hoy: Se ejecuta el 100% de la garanta

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    Plazo para resolver

    12 das hbiles desde subsanacin ointerposicin

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    Efectos de no pronunciarse dentro del plazo

    Denegatoria ficta.

    Se habilita el derecho a acudir a la va ContenciosoAdministrativa.

    Responsabilidad administrativa

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    Solucin de Controversias

    Actualmente Decreto Legislativo N

    1017

    Con qu se agota la va

    administrativa?

    Con decisin de

    Tribunal

    Con decisin de la

    Entidad o del Tribunal,segn corresponda. *

    Qu monto de la

    Garanta se ejecutar en

    caso de desistimiento?

    Se ejecuta el 30% Se ejecuta el 100%

    Esta facultad puede

    delegarse?No S

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    Principales Criterios emitidos por el Tribunal de

    Contrataciones 2007-2009

    P i t t l it i d l

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    Por qu son importantes los criterios delTribunal en el nuevo esquema de

    impugnacin? Permiten mantener uniformidad de criterios entre lo

    resuelto por cada Entidad y lo sentado conanterioridad por el Tribunal

    Promueven la formacin de doctrina en materia deContrataciones del Estado

    Generar seguridad jurdica en el Sistema de

    Contratacin Pblica Entidades deben seguir lineamientos dictados por el

    Tribunal

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    Situacin actual

    El 70% de resoluciones emitidas por elTribunal de Contrataciones recaen en procesosque contienen errores en la elaboracin de las

    Bases o en la aplicacin indebida de normaspor parte del Comit Especial

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    Problema subyacente

    El comn denominador a dichos errores es eldesconocimiento de la normativa o la falta deinformacin respecto de supuestos concretos

    que no son desarrollados de manera expresapor norma

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    Veamos los principales criterios

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    Integracin de Bases

    () Integrar las Bases no consiste en hacer una

    transcripcin de las consultas al documento quecontiene las Bases, sino consiste en una laborintegradora de todo aquello que fue consultado y/oobservado en su oportunidad o, incluso, de losdefectos que pudieran ser subsanados y quepromuevan un proceso transparente y con las reglas

    de participacin clara para todos los postores

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    Exigencia de Fundamentacin de Consultas

    () Teniendo en cuenta la importancia que revistelas disposiciones de las Bases, dado que constituyenlas reglas del proceso de seleccin al cual se sometenobligatoriamente los postores y la Entidadconvocante, cuya aplicacin objetiva e imparcialdebe ser una constante en la seleccin del eventualcontratista, es que las respuestas a las consultas yobservaciones por parte del Comit Especial debenencontrarse fundamentadas y sustentadas, mxime

    si con ellas se procede a la integracin de las Bases()

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    Impugnacin de Bases

    () De lo expuesto, se desprende que el ordenamiento vigenteha establecido un procedimiento a travs del cual pueden sercuestionadas las Bases de un proceso de seleccin, en la medidaque ellas hubiesen vulnerado la normativa aplicable.Mediante la absolucin de observaciones por parte del Comit

    Especial, o mediante la emisin de un Pronunciamiento sobre lasobservaciones formuladas, en ningn caso el Comit Especialadopta una nueva decisin, toda vez que, en la primerahiptesis, su voluntad ya ha sido manifestada al absolver lasconsultas u observaciones, mientras que en la segunda tan slodebe limitarse a cumplir con lo que ha decidido el CONSUCODEen el correspondiente Pronunciamiento. ()

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

    75/95

    Reglas para realizar sorteos

    De conformidad con los dispositivos legales antesmencionados, se concluye que siendo el proceso de seleccinbajo anlisis una adjudicacin de menor cuanta, el acto desorteo para determinar al ganador de la Buena Pro requierede la presencia obligatoria de los postores empatados, para

    determinar un resultado vlido. Al respecto, como se puede observar de la norma reseada, el

    Reglamento no ha establecido que en caso de inasistencia deuno de los postores empatados la buena proautomticamente se otorgue al postor presente, como lo harealizado el Comit Especial

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

    76/95

    Disponibilidad Presupuestal

    Sin embargo, no resulta procedente, en esta sede, otorgarlesta, pues su propuesta econmica (S/. 17 550.00) supera elvalor referencial del proceso de seleccin (S/. 15 955.200). Eneste sentido, en aplicacin del artculo 33 de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado[4], de forma previa

    al otorgamiento de la Buena Pro a propuestas econmicasque superen el valor referencial, se deber contar con laasignacin suficiente de recursos aprobada por el Titular de laEntidad. Por tanto, en el caso en concreto, el otorgamiento dela Buena Pro del referido tem al citado postor quedasupeditado a contar con la indicada disponibilidad

    presupuestal aprobada por el Titular de La Entidad.

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    Evaluacin Integral

    (..) Enfocado el problema desde esta perspectiva,cabe precisar que como ha sealado en otrasocasiones este Tribunal, en los procesos deseleccin en los que la evaluacin de las ofertastiene carcter de examen documentario, esnecesario apreciar las ofertas en su integridad,tomando en cuenta incluso las aclaraciones yprecisiones efectuadas por los propios postorescon el objeto de complementar la informacin

    proporcionada en sus propuestas. ()

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    Subsanacin propuesta Econmca

    () Con mayor razn, la falta de una copia adicional de la ofertaeconmica es un aspecto accesorio de aqulla, debido a que lapropuesta original ha sido efectivamente presentada y su noinclusin no modifica sus alcances, no afecta aspectos sustancialesni impide su cabal entendimiento, con lo cual no constituye unmotivo suficiente o relevante para descalificarla ()

    (...) La restriccin establecida para el caso de las ofertaseconmicas est orientada a velar por la intangibilidad de sucontenido, de tal manera que el monto total ofertado por lospostores sea elaborado y enunciado en forma precisa, y contenga

    de modo transparente y objetivo la propuesta final del oferente, sinque sea posible una posterior alteracin.

    f

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    Certificaciones ISO

    Nunca como RTM

    Fundamento: No evala calidad del producto

    l

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    Conclusiones

    Resulta indispensable manejar los criteriosque adopta el Tribunal

    Es deber de las Entidades Pblicas conocer la

    lnea resolutiva del Tribunal en el nuevoesquema de impugnacin

    La nica forma de mantener la seguridadjurdica en el Sistema de Contratacin Pblicaes manteniendo una uniformidad al resolver.

    C ili i bi j

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    Conciliacin y Arbitraje

    El rbitro nico y el presidente del TribunalArbitral deben ser abogados, que poseanespecializacin acreditada en DerechoAdministrativo, Arbitraje y Contrataciones conel Estado.

    Los dems integrantes del colegiado puedenser expertos o profesionales en otras

    materias.

    CONCILIACION Y ARBITRAJE

  • 7/29/2019 La Nueva Ley de Contrataciones Del Estado

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    CONCILIACION Y ARBITRAJE

    Convenio ArbitralSi el contrato no incorpora un convenioarbitral, se considerar incorporado de pleno

    derecho que las controversias sern resueltasmediante arbitraje de derecho bajo laorganizacin y administracin de los rganosdel SNA del OSCE y de acuerdo con su

    Reglamento

    S i

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    Sanciones

    PARTICIPANTES, POSTORES, CONTRATISTAS: Inhabilitacin Temporal: no menor de 6 meses ni

    mayor de 3 aos.

    Inhabilitacin Definitiva: cuando en un perodode 4 aos a una persona natural o jurdica se leimpongan 2 o ms sanciones que sumen 36 o msmeses de inhabilitacin temporal.

    Econmicas: ejecucin de garantas porpresentacin de recursos.

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    SITCON

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