la ley del suelo

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LA LEY DEL SUELO Realizado por Carlota Mann y Mónica Ribera.

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Page 1: La ley del suelo

LA LEY DEL SUELO

Realizado por Carlota Mann y Mónica Ribera.

Page 2: La ley del suelo

Localización La Playa de L’Ahuir se localiza en la zona norte del municipio de Gandía

(Valencia).

Coordenadas: X (UTM) 744070,207 Y (UTM) 4323817,527 Huso 30 Long. 00º 10‘ 49,589'' W Lat. 39º 01' 45,677'' N.

Tiene una anchura de más de 150 metros y una longitud de 2 km. Aproximadamente que unen la playa de Gandía junto con la playa de Xeraco.

Es una playa de arena dorada, con baja densidad, que exhibe un cordón dunar hasta ahora conservado con un gran valor ecológico.

Al Oeste de estos cordones dunares se encuentran zonas de explotaciones agrarias y las zonas de marjal de Gandía y Xeresa y a su extremo con la playa de Xeraco presenta la desembocadura del río Vaca.

Page 3: La ley del suelo

Articulo de legislación 1. En la documentación gráfica del Plan General se definen los tramos del litoral del

Municipio pertenecientes al dominio público marítimo-terrestre, con indicación de su carácter provisional o definitivo y, en su caso, de la ribera del mar y servidumbres legales.

2. Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados siguientes, será de aplicación a los terrenos integrantes del dominio público marítimo-terrestre y a sus servidumbres la legislación sectorial de Costas.

3. Los usos en la zona afectada por la servidumbre de protección se ajustarán a lo dispuesto en los artículos 24 y 25 de la Ley de Costas y su implantación requiere la previa autorización de la Administración Autonómica, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 48 y 49 del Real Decreto 1112/1992, de 18 de septiembre, por el que se modifica parcialmente el Reglamento de la Ley de Costas.

5. La servidumbre de tránsito se regirá por lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley de Costas.

6. La zona de influencia se regirá por lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley de Costas.

7. Las obras e instalaciones existentes a la entrada en vigor de la Ley de Costas, que se sitúen en la zona de dominio público y de servidumbres, se ajustarán a lo dispuesto en la Disposición Transitoria Cuarta de dicha Ley.

8. Las instalaciones de la red de saneamiento de aguas residuales cumplirán las condiciones establecidas en el artículo 44 de la Ley de Costas.

Page 4: La ley del suelo

La ley del suelo

Los Planes Generales de Ordenación Urbana(PGOU) son los instrumentos oficiales utilizados para planificar el crecimiento de las ciudades españolas. Sirve para decidir dónde se puede construir en cada uno de los municipios del país.

¿Qué información reflejan?

Una clasificación del suelo en:

1. Urbano. Ya urbanizado o edificado

2. Urbanizable. Se podría construir tras acondicionarlo con las calles, alcantarillado, alumbrado.

3. No urbanizables. Protegido o de uso agropecuario.

Page 5: La ley del suelo

Desarrollo urbanístico

Las últimas comunicaciones de la Comisión Europea sobre medio ambiente urbano señalan como amenaza la expansión urbanística descontrolada, que se acelera a mayor ritmo que el crecimiento de la población.

Así, entre los objetivos de la comisión redactora de Hacia una estrategia temática de medio ambiente urbano destacaba el de «Promover modelos de asentamiento que usen eficazmente los recursos, limitando la utilización de terreno y la expansión urbana». Todas estas estrategias le dan gran importancia a la legislación urbanística como instrumento.

Tal y como se recoge en el preámbulo de la última ley del suelo, el urbanismo en España se ha caracterizado por su perfil expansivo y creador de nueva ciudad. Sin embargo, las ideas acerca del desarrollo sostenible empiezan a tener su reflejo en la legislación española. Aunque desde la Administración se considera que «el crecimiento urbano sigue siendo necesario», éste pretende ser respetuoso y sostenible.

Page 6: La ley del suelo

Uso del suelo Uso residencial manzana cerrada, viviendas unifamiliares con jardín,

bloques abiertos ….

Uso dotacional jardines, polideportivos, colegios, bibliotecas,

cementerios…

Uso industrial polígonos industriales parques tecnológicos y

empresariales….

Infraestructuras calles, carreteras, estaciones de ferrocarril y vías

férreas, instalaciones eléctricas, portuarias…

Page 7: La ley del suelo

¿Quienes intervienen en los PGOU?

Agentes públicos:

• Gobiernos territoriales • Profesionales contratados

(arquitectos, geógrafos, economistas, sociólogos...)

Agentes Privados

• Grupos inmobiliarios, promotoras, constructoras

• constructoras Los

ciudadanos y las ciudada

nas

• A través de asociaciones consultan los planes y realizan alegaciones

Page 8: La ley del suelo

Los ayuntamientos son los verdaderos responsables y hacedores de los PGOU:

Los redactan según la Ley del Suelo vigente

Los exponen al público.

Conceden las licencias de edificación.

Aprueban planes parciales y modificaciones.

Señalan su vigencia y la programación para su ejecución.

Acometen las expropiaciones de terrenos.

Cooperan con otros organismos territoriales.

Page 9: La ley del suelo

Deberes del ciudadano respecto al suelo

Deberes del ciudadano.

Todos los ciudadanos tienen el deber de:

a) Respetar y contribuir a preservar el medio ambiente y el paisaje natural absteniéndose de realizar actuaciones que contaminen el aire, el agua, el suelo y el subsuelo o no permitidas por la legislación en la materia.

b) Cumplir los requisitos y condiciones a que la legislación sujete las actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas, así como emplear en ellas en cada momento las mejores técnicas disponibles conforme a la normativa aplicable, encaminadas a eliminar o reducir los efectos negativos señalados.

c) Respetar y hacer un uso racional y adecuado, acorde en todo caso con sus características, función y capacidad de servicio, de los bienes de dominio público y de las infraestructuras y los servicios urbanos.

d) Respetar y contribuir a preservar el paisaje urbano y el patrimonio arquitectónico y cultural absteniéndose en todo caso de realizar cualquier acto o desarrollar cualquier actividad no permitidos.