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La falacia de la neutralidad: Una aproximación critica al derecho Isabel Agatón Santander Abstract La falacia de la neutralidad, una aproximación a la crítica del derecho constituye un ejercicio argumentativo a través del cual se identifican razones para demostrar la no neutralidad del derecho en relación con las mujeres, razonamiento que invita a construir un nuevo discurso jurídico provisto de una posibilidad emancipatoria. A través de los Estudios Críticos del Derecho se pregunta si ¿el derecho constituye un mero instrumento de dominación, desde una visión empírica o descriptiva, como lo es para el marxismo ortodoxo, o si, desde una visión constructivista y crítica, el derecho es un objeto construido socialmente, que encarna posibilidades de emancipación social 1 . Las reflexiones se originan en una visión constructivista y crítica del derecho, sin dejar de reconocerlo como instrumento de dominación. Reconocer el poder dominante y patriarcal del derecho, identificarlo como un sistema no neutral en términos de favorecer y representar intereses de clase y de género, permite avanzar en su análisis crítico. El análisis de jurisprudencia permite encontrar en el litigio de alto impacto una herramienta capaz de nutrir la justicia de género de nuevas perspectivas y hallar en el derecho una posibilidad emancipatoria. Jurista y escritora. Especialista en Derecho Administrativo y Derechos Humanos; aspirante al titulo de Magíster en Derecho; estudios de Doctorado en Derechos Fundamentales Carlos III de Madrid – España. 1 García Villegas Mauricio. Sociología Jurídica. Estudio Preliminar. Teoría de la sociología del derecho en Estados Unidos. Derecho y sociedad en América Latina, Pág. 9. Universidad Nacional de Colombia.

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La falacia de la neutralidad:

Una aproximación critica al derecho

Isabel Agatón Santander

Abstract

La falacia de la neutralidad, una aproximación a la crítica del derecho constituye un ejercicio

argumentativo a través del cual se identifican razones para demostrar la no neutralidad del

derecho en relación con las mujeres, razonamiento que invita a construir un nuevo discurso

jurídico provisto de una posibilidad emancipatoria.

A través de los Estudios Críticos del Derecho se pregunta si ¿el derecho constituye un mero

instrumento de dominación, desde una visión empírica o descriptiva, como lo es para el

marxismo ortodoxo, o si, desde una visión constructivista y crítica, el derecho es un objeto

construido socialmente, que encarna posibilidades de emancipación social1.

Las reflexiones se originan en una visión constructivista y crítica del derecho, sin dejar de

reconocerlo como instrumento de dominación. Reconocer el poder dominante y patriarcal del

derecho, identificarlo como un sistema no neutral en términos de favorecer y representar

intereses de clase y de género, permite avanzar en su análisis crítico.

El análisis de jurisprudencia permite encontrar en el litigio de alto impacto una herramienta

capaz de nutrir la justicia de género de nuevas perspectivas y hallar en el derecho una

posibilidad emancipatoria.

Jurista y escritora. Especialista en Derecho Administrativo y Derechos Humanos; aspirante al

titulo de Magíster en Derecho; estudios de Doctorado en Derechos Fundamentales Carlos III

de Madrid – España.

1 García Villegas Mauricio. Sociología Jurídica. Estudio Preliminar. Teoría de la sociología del derecho en Estados Unidos. Derecho y sociedad en América Latina, Pág. 9. Universidad Nacional de Colombia.

Trayectoria

Asesora en Justicia de Género y Diversidad Sexual, Personería de Bogotá, 2008.

Consultora del Gobierno Nacional para la adopción del “Protocolo Facultativo Adicional a la

Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la

Mujer”, Nueva York.

Consultora de la Organización de las Naciones Unidas para la incorporación de la perspectiva

de género en el informe anual del Alto Comisionado para los Derechos Humanos en Colombia.

Consultora para la elaboración del Informe sobre violencia contra la mujer en el marco del

Conflicto Armado Colombiano, presentado a la Relatora Especial sobre la violencia contra la

mujer, Sra. Radika Coomaraswamy en su visita a Colombia 2005.

Jefe División de Investigaciones Sociopolíticas y Asuntos Socioeconómicos - Procuraduría

General de la Nación.

Consultora Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD, Directora del

Programa Distrital Justicia de Género de la Política Pública de Mujer y Géneros.

Integrante Comisión Redactora del Proyecto de ley “Por la cual se dictan normas para

Prevenir, Erradicar y Sancionar toda forma de Violencias contra las Mujeres.

La falacia de la neutralidad:

Una aproximación a la crítica del derecho

isabel Agaton Santander <[email protected]>

Titulé esta ponencia “La falacia de la neutralidad, una aproximación a la crítica del derecho”,

puesto que trataré de argumentar, o dar razones para demostrar, cómo una de las características

que se le atribuyen al derecho es tan sólo una ilusión, por no decir una quimera.

Me refiero al atributo de la neutralidad, del cual se desprenden aspiraciones, principios, ideales

políticos fundantes de un estado social de derecho, que no se sustraen del ordenamiento, sino

que, por el contrario, encuentran en él su concreción.

Una vez exteriorizada la principal conclusión de esta disertación, anticipo que transitaré de un

pesimismo extremo a un optimismo moderado, es decir que las mismas razones empleadas para

demostrar la falacia de la neutralidad servirán para sentar las bases que permitan edificar un

nuevo discurso jurídico provisto de una posibilidad emancipatoria.

Puestas las coordenadas de éste viaje, no queda otra alternativa que zarpar apoyada en un

instrumento de navegación - o timonel - que me permita arribar al puerto; se trata de los

Estudios Críticos del Derecho; por lo tanto, desde ésta perspectiva, trataremos de definir si ¿el

derecho constituye un mero instrumento de dominación, desde una visión empírica o

descriptiva, como lo es para el marxismo ortodoxo, o si, desde una visión constructivista y

crítica, el derecho es un objeto construido socialmente, que encarna posibilidades de

emancipación social2. (Polos de mi disertación).

Las reflexiones que presentaré se originan en una visión constructivista y crítica del derecho, sin

dejar de reconocerlo como instrumento de dominación. Reconocer el poder dominante y

patriarcal del derecho, identificarlo como un sistema no neutral en términos de favorecer y

representar intereses de clase y de género, permite avanzar en su análisis crítico.

Una aproximación a los estudios críticos del derecho

La tradición crítica del derecho se inicia en 1920 con el realismo jurídico, época del auge de la

sociología del derecho en Estados Unidos. Los realistas denunciaron el carácter marginal,

indeterminado y político de la práctica jurídica estadounidense, para lo cual se sirvieron del

razonamiento lógico que evidencia la incoherencia de las decisiones judiciales así como la

necesidad de las ciencias sociales y de la investigación empírica3.

En los presupuestos realistas, la investigación empírica era absolutamente necesaria para

evidenciar la influencia del derecho en la determinación de las conductas sociales.

Efectivamente, para Llewllyn, Pound, Trubek y Esser, exponentes del realismo jurídico, las

ciencias sociales eran percibidas como un antídoto contra el sesgo político de la interpretación

jurídica, y como una garantía para la producción de normas conectadas con el entorno social; se

trataba de una propuesta crítica y científica4.

2 García Villegas Mauricio. Sociología Jurídica. Estudio Preliminar. Teoría de la sociología del derecho en Estados Unidos. Derecho y sociedad en América Latina, Pág. 9. Universidad Nacional de Colombia. 3 Ibidem, página 3 4 Ibidem, página 3

Como respuesta a la tensión que se evidenció desde el inicio del realismo entre el análisis

empírico de la realidad social (saber) y la valoración política de las instituciones estatales y del

derecho (crítica), surgen en Estados Unidos, en los años sesenta, los Estudios Críticos del

Derecho (Critical Legal Studies). En 1964 se creó el movimiento Derecho y Sociedad,

caracterizado por el estudio del derecho como éste opera en la realidad, por una confianza en la

investigación empírica basada en las ciencias sociales y por una concepción progresista y

reformista destinada a la consolidación de valores democráticos, liberales y de equidad social5.

Las investigaciones realizadas desde esa perspectiva (derecho y sociedad) en el tema de acceso

a la justicia, demostraron una profunda inequidad y exclusión de los más pobres y

desfavorecidos. Los estudios sobre el litigio se centraron en el crecimiento y la especialización

de la profesión legal en relación con los clientes y el mercado del litigio.

En 1970 surgen los Estudios Críticos del Derecho contra los presupuestos teóricos del

Movimiento Derecho y Sociedad, específicamente contra el cientificismo empirista, así como

contra su orientación institucionalizada y reformista6.

Su denominación plural, Estudios, obedece a que ésta corriente de pensamiento está constituida

por los trabajos de un número considerable de autores sobre temas jurídicos muy diversos, que

van desde el derecho laboral hasta el derecho constitucional, pasando por el derecho de los

contratos, a diferencia de lo que sucede con las líneas teóricas establecidas alrededor de la obra

de un solo autor, además de ser variados los enfoques disciplinarios asumidos: sociología

jurídica, filosofía política, teoría del derecho y dogmática jurídica especializada7.

Su aspecto crítico radica en el propósito de atacar el statu quo social y cultural y hacer una

crítica interna de textos y de prácticas (Kennedy, Rodríguez, 1999). En palabras de César

Rodríguez, “el movimiento es crítico en el sentido sociopolítico y cultural de resistencia a la

desigualdad y a los patrones sociales existentes, como en el sentido metodológico, en tanto su

instrumento principal de oposición es la deconstrucción de todo tipo de objetos de la tradición

5 Ibidem, página 6 6 Ibidem, página 9 7 Rodríguez, César. Una crítica contra los dogmas de la coherencia del derecho y la neutralidad de los jueces. Estudio preliminar. En: Libertad y restricción en la decisión judicial. Duncan Kennedy. UNIANDES, pág 36, 1999

jurídica, como las sentencias, los manuales de enseñanza, los libros y artículos que desarrollan

sistemas jurídicos constructivistas y las opiniones de profesores de derecho y abogados”8

Se trata de Estudios Críticos del derecho, porque el movimiento se entiende a sí mismo como

una corriente jurídica; esto es, como un conjunto de trabajos y actividades relativos tanto a

cuestiones técnicas como a cuestiones teóricas del derecho9. De acuerdo con Rodríguez, para

Duncan Kennedy, el propósito de los Estudios Críticos del derecho es poner al descubierto el

sentido político de la práctica cotidiana de los jueces y de los juristas, que crean el derecho

mientras se ven a sí mismos como meros instrumentos del mismo.

Los estudios críticos del derecho se interesan por el sistema jurídico desde una perspectiva no

dogmática. Recordemos que por dogmática se considera el saber jurídico que ordena y da

fundamento a la validez de las normas jurídicas en un ordenamiento jurídico dado. La

perspectiva exclusivamente dogmática del derecho explica que las ciencias sociales son ajenas a

los intereses de los abogados, lo cual perjudica notoriamente el carácter integral de los derechos,

su aprehensión y concreción efectiva en los fallos judiciales.

Del pesimismo radical

Los Estudios Críticos del Derecho, como lo sostiene Mauricio García Villegas, adoptan una

actitud escéptica frente a tres presupuestos del pensamiento jurídico dominante en Estados

Unidos; la centralidad del derecho, la neutralidad y la racionalidad, y la autoridad de la

academia legal. Al contrario, para esta corriente el derecho es marginal,, no es neutral porque

responde a intereses particulares y la academia jurídica es débil.

En este contexto, cuando se hace crítica a la dogmática y específicamente a la neutralidad,

subyace un problema político, sugiriendo que la interpretación jurídica está siempre, aún en los

casos fáciles, marcada por tensiones entre valores opuestos que no pueden resolverse de

manera racional o jurídica y ante estas dicotomías valorativas los jueces eligen aquellos valores

compatibles con el status quo10.

8 Rodríguez, César, Una crítica contra los dogmas de la coherencia del derecho y la neutralidad de los jueces, en: Libertad y restricción en la decisión judicial. Duncan Kennedy, UNIANDES, pág 39 9 Ibidem, pág 36 10 Ibidem

Es justamente a través de los estudios críticos del derecho que se ponen al descubierto y se

censuran las creencias, prácticas e instituciones arraigadas que reproducen las relaciones de

desigualdad existentes en la sociedad11 .

El derecho en tablas

¿Cómo develar esas creencias, prácticas e instituciones perpetuadoras de un sistema injusto e in

equitativo?; no queda otra alternativa que poner al derecho en tablas, en escena, en acción. Para

ello es preciso reconocer una pregunta determinante en la teoría del derecho contemporánea

sobre la neutralidad de los jueces: ¿los jueces son aplicadores neutrales de normas jurídicas o

creadores de derecho inspirados en razones políticas y morales?.

Primera escena: las decisiones judiciales

En desarrollo de la metodología propuesta trataré de argumentar la necesidad de los estudios

críticos del derecho apoyándome en el análisis de algunas sentencias de la Corte Constitucional

Colombiana12, con el fin de demostrar cómo efectivamente el derecho es una teoría de la

decisión judicial, esto es, el derecho es lo que los jueces hacen.

Para lograr este propósito, en primer lugar, compararé dos sentencias de la máxima corporación,

con el fin de ejemplificar cómo, frente a un mismo derecho, la Corte Constitucional adopta

decisiones opuestas, si el sujeto objeto de protección es mujer o varón.

Se trata de dos acciones de tutela resueltas por la Corte Constitucional en ejercicio de la acción

de revisión13. En la primera de ellas niega14 un procedimiento de reproducción asistida a una

mujer por estar excluido del Plan Obligatorio de Salud (POS), mientras que en la segunda se

concede el medicamento VIAGRA, también excluido del POS a un varón. Nótese que en las

dos situaciones se está frente a un derecho fundamental: salud; en los dos casos el

11 Rodríguez, César. Una crítica contra los dogmas de la coherencia del derecho y la neutralidad de los jueces, en: Libertad y restricción en la decisión judicial. Duncan Kennedy, UNIANDES, pág 54 12 Agatón Santander Isabel, Sexo, Género y Derecho. Aproximaciones hacia una nueva teoría de la justicia. Dicha investigación se centró en el análisis de 270 sentencias tutela de la Corte Constitucional en el período 1998-2000 sobre derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, en período de publicación. 13 en virtud del artículo 31 del Decreto 2591/9213, parágrafo, los fallos de tutela que no sean impugnados serán enviados al día siguiente a la Corte Constitucional para su revisión, de modo que la Corte, según su propia reglamentación escogerá entre los fallos no impugnados, aquellos que habrán de ser revisados 14 Mecanismo de protección de los derechos fundamentales por excelencia en la Constitución Política Colombiana

procedimiento o medicamento estaba excluido del régimen de salud y cada uno de los sujetos

obtiene de la Corte Constitucional una respuesta totalmente opuesta.

La Corte Constitucional, en Sentencia T-1101 de Agosto 23/00, niega el amparo de los

derechos a la salud, vida digna y a la integridad personal, tras resolver negativamente la

solicitud de procedimiento quirúrgico con el propósito de generar fertilidad, excluido del Plan

Obligatorio de Salud, solicitado por la accionante vía tutela, argumentando que:

• El derecho a la salud es un derecho prestacional que sólo puede tutelarse cuando

ponga en riesgo la vida del actor

• La infertilidad de la peticionaria no pone en riesgo su vida, por lo tanto no es dable

al Estado tutelar

• El derecho a fundar una familia en este caso no es fundamental

• La infertilidad es atribuible a la peticionaria y al Estado no compete resarcirla

• El procedimiento quirúrgico está excluido del Plan Obligatorio de Salud

L a Corte Constitucional, se negó el amparo solicitado considerando entre otras que:

• (...) el deber de atención en salud que vincula constitucionalmente al estado con

sus asociados no encuentra justificación razonable cuando éste se dirige a

posibilitarle mediante una acción positiva, verbigracia una intervención médico

quirúrgica, el derecho a la maternidad de una mujer cuya función procreadora no

puede ejercerse normalmente por causa no imputable al ente estatal(..) Subrayado

fuera del texto.

• (...)la jurisprudencia ha entendido el derecho a la maternidad como aquel referente a

las prerrogativas de que goza la mujer, bien en razón de su estado de embarazo, o por

haber, recientemente dado a luz a su criatura.

• (...) el derecho a la procreación - aunque existe como tal en cabeza de todo ser humano

(...) no puede extenderse hasta el punto de constreñir a la administración a garantizar

la maternidad biológica de una persona cuyo condicionamiento biológico per se no le

permite su goce”15

.

15 Sentencia T-1104/00, M.P., Vladimiro Naranjo Mesa, Agosto 23/00

• (...) el orden axiológico de la Carta de 1991 mal podría sobreponer el goce de un

derecho de segunda generación - como lo es el de hacer posible un embarazo de

imposible viabilidad -sic- sin la intervención positiva estatal-, al derecho fundamental

a la vida de una persona cuya patología la pone en riesgo de muerte, verbigracia un

caso de urgente transplante de hígado” (Subrayado fuera del texto).

• (...) la escasez de recursos de un país como Colombia implica una clara determinación

de prioridades en materia de gasto público y social, elemento indispensable para la

efectividad de los derechos prestacionales. Así, únicamente cuando el Estado sea capaz

de garantizar el goce de los derechos esenciales al ser humano, puede pensarse en

desarrollar políticas tendientes al aseguramiento de los derechos de desarrollo

progresivo”16.

La Corte Constitucional, mediante sentencia T-926/99 tutela los derechos a la vida, la integridad

personal, la salud y el respeto a la dignidad humana del peticionario -varón de 43 años- ordenando

al centro médico tratante el suministro del medicamento VIAGRA excluido del Plan Obligatorio de

Salud, solicitado por el peticionario vía tutela, considerando que:

- Si bien la disfunción eréctil no pone en riesgo la vida del actor, afecta su vida, y su

bienestar

- Tal afección conlleva alteraciones físicas y mentales que deben ser atendidas por

el Estado

- La disfunción eréctil compromete otros derechos ”indudablemente

fundamentales” como el de formar libremente una familia y el de la pareja para

decidir sobre la procreación de los hijos

- Aunque el medicamento está excluido del Plan Obligatorio de Salud, es deber

proporcionarlo para restablecer las condiciones de vida digna deseable para todos

los habitantes del territorio.

La Corte Constitucional sostuvo que:

16 Ibídem

• “(...) no pueden perderse de vista las dimensiones que adquiere la protección del derecho

a la salud, cuando se presenta ligado con el derecho a la vida en condiciones dignas”.

• “(...) “Se trata de una garantía que cobija tanto los aspectos físicos como los psicológicos

de la enfermedad, y que parte de considerar íntegramente a la persona”.

• “(...) Esta Corte ha sido clara al señalar que el tratamiento que debe proporcionársele al

enfermo, no se reduce al que está dirigido a obtener su curación; cuando se trata de

enfermedades crónicas como la diabetes, y aún de las terminales, la persona tiene derecho

a recibir todos los cuidados médicos dirigidos a proporcionarle el mayor bienestar posible

mientras se produce la muerte, y a paliar las afecciones inevitables de los estados

morbosos crónicos, que muchas veces son también degenerativos.

• (..) Es claro que hace parte del derecho fundamental a la vida, el que tiene toda

persona a gozar de una vida sexual normal; en repetidas ocasiones esta Corporación

se ha ocupado de considerar la trascendencia del tratamiento médico de afecciones que

impiden el desarrollo normal de la fisiología sexual humana, y de valorar la

importancia que él tiene en el desarrollo de la persona y en el de la personalidad

individual de cada uno17

.

• (...) Es claro que el actor adujo las consecuencias dañinas que la disfunción eréctil

viene causando en su salud mental y emocional como razón para impetrar el amparo;

éste, que por sí solo es un argumento suficiente para otorgarle la protección judicial,

no es el único envuelto en la consideración del asunto.

• (...) Debe resaltarse que lo comprometido en este caso no es sólo una afección

psicológica que merma la autoestima del actor; su padecimiento pone en juego su

capacidad de relación, en uno de los aspectos esenciales de la misma: la vida de

pareja, y compromete el ejercicio de otros derechos indudablemente

fundamentales, como el de formar libremente una familia y el de la pareja para

decidir sobre la procreación de los hijos. Es que no sólo se trata en este caso de

molestias psicológicas, sino de las que se desprenden de una dolencia que equivale, para

fines prácticos, a lo que la ley laboral denomina pérdida funcional. (Subrayado fuera del

texto)

17 Sentencias T-477/95, SU-337/99 y T-551/99 M.P. Alejandro Martínez Caballero

Rastrear, desde la perspectiva crítica, decisiones como éstas, ratifica dos de los argumentos

esbozados al inicio de este presentación; de una parte que el derecho es lo que los jueces hacen y,

de otra, que el campo jurídico es un campo social discursivo; es decir, una de las formas en que se

pretende que el derecho diga más o diga de otra manera, y tenga otros usos sociales para las

ciudadanas y los ciudadanos, es interrogándolo cómo si fuera literatura, a través del análisis

narratológico de los discursos 18.

El campo jurídico es un campo social discursivo, de producción significativa y actividad

interpretativa. Promulgar normas supone crear e interpretar, escribir obras literarias implica crear e

interpretar, de modo que también cumple tales tareas cognitivas quien decide un caso judicial y

quien analiza una obra literaria19.

Los pronunciamientos de los jueces, por lo tanto de los tribunales constitucionales, dan lugar a

relatos sociales, más o menos tradicionales, más o menos conservadores, con mayor o menor

posibilidad emancipatoria. Las salas de decisión de las Cortes - en términos de Beatriz Espinosa- ,

son matrices discursivas, y en sus decisiones identificamos construcciones [y reconstrucciones]

discursivas del cuerpo, la sexualidad, la identidad, la violencia, el embarazo que determinan el

cauce de una Justicia Democrática que parece aún una aspiración trascendente.

En 199520, por ejemplo la Corte se pronunció sobre la libertad de acceder al pacer sexual,

censurando el relato del solicitante, considerando que ésta no puede alegarse temerariamente en

contra de otras o de otros, como ocurrió en que el caso del personero de una localidad impuso una

tutela para proteger el derecho a la intimidad, a la libertad sexual y a la educación, de un hombre

que acosaba a sus compañeras de estudio habiendo embarazado a dos, sin responder por sus hijos.

En el 200221 la Corte se pronunció sobre la revisión de genitales para el ingreso a la Cárcel de

Valledupar como violación a la intimidad personal, a la dignidad humana, a la identidad corporal y

a la integridad de familia; no tuteló los derechos de la accionante por “no encontrar pruebas de los

18 Actualmente se reconocen el marco del Movimiento derecho y literatura dos tendencias: En primer lugar los estudios de Derecho en la literatura, que se refieren al análisis de representaciones de orden legal en novelas, poesía y obras de teatro y Derecho como literatura, que analiza los pronunciamientos de las Cortes, los textos legales y las normas como formas o géneros literarios. Véase Espinoza Beatriz, Una mirada crítica a las narraciones en el campo jurídico. Primer congreso internacional latinoamericano de justicia y sociedad. Mímeo, 2003 19 Espinosa Beatriz, Una mirada crítica a las narraciones en el campo jurídico 20 Sentencia T-44395 21 Sentencia T-269/02

hechos denunciados distinta a la declaración de la perjudicada”, y previno a la Penitenciaria se

abstuviera de realizar requisas vulneratorias.

Sin embargo en el año 200122 el máximo tribunal había calificado como denigrantes las revisiones

genitales a los hombres en la cárcel, caso en el que fue prolija su argumentación:

Esta sala considera que dicho tipo de requisa es un trato inhumano y degradante y por lo

mismo viola el derecho al respeto de la dignidad humana de los internos en la cárcel de

Valledupar.

La rutina de hacer desnudar al interno y obligarlo y obligarlo a hacer flexiones de piernas

y a mostrar exhaustivamente sus genitales a la guardia, resulta de por sí vergonzosa y

humillante.

Nótese cómo en el primero, no fue suficiente el relato, la declaración de la accionante, no fue

considerada una interlocutora válida, y obtuvo como respuesta un relato que la invisibiliza, que

desconoce la vulneración, que deja intacto el daño, y que incorpora el mensaje [en el imaginario

individual y colectivo] de lo que la sociedad espera de las mujeres en relación con sus órganos

sexuales: mayor recato y mínima relación.

Segunda escena: las normas jurídicas

Las normas jurídicas son creadoras transmisoras de un discurso político, social y económico que

ratifica [o modifica] las relaciones sociales. El máximo tribunal ejerce un examen o control de

constitucionalidad sobre ellas para evitar vulneraciones a los principios sobre los que se asienta

el Estado social de derecho y por lo tanto para garantizar que respeten los derechos

fundamentales reconocidos por la Constitución Política.

En este contexto han sido objeto de tal control, entre otras, algunas disposiciones de la Ley

54/9023 relativa a la unión marital de hecho, por considerar que discriminaba a las parejas

homosexuales por no cobijarlas y excluirlas del régimen patrimonial. Aunque la Corte no

declaró su inconstitucionalidad defendió el derecho al libre desarrollo de la personalidad y

22 Sentencia T-702/02 23 Sentencia C-098/96

consideró que la opción sexual forma parte del desarrollo del ser, de su libertad y de su

autonomía, argumentando que

El ser no puede sacrificarse por una razón de Estado , en un campo que no

incumbe a éste y que no causa daño a terceros. La protección de las autoridades a todas

las personas y residentes en Colombia tiene forzosamente que concretarse en esta

materia, en el respeto a la libre opción sexual.

Es preciso destacar el pronunciamiento de la Corte24 mediante el cual declaró inconstitucional la

disposición25 que establecía entre las causales de mala conducta de los docentes la

homosexualidad, con base en el respeto del libre desarrollo de la personalidad, la identidad

personal y sexual, la igualdad, entre otros.

El porqué de la moderación: los polos de la Corte

La misión de encontrar una posibilidad emancipatoria en el discurso jurídico [constitucional en

este caso] oscila entre la mesura y el desengaño que produce el análisis de los fallos del máximo

tribunal y sus consecuencias en el entorno social, político y económico. Veamos algunos giros y

peripecias que se realizan alrededor de la vigencia de los derechos de las mujeres en un orden

que se supone justo.

Temas como los relacionados con el embarazo adolescente durante el período académico y con

la eliminación de contenidos discriminatorios en los textos escolares han sido objeto de

pronunciamiento de la Corte Constitucional. En el primer caso ha sido clara y expresa la

decisión de la corte de tutelar los derechos a la educación, igualdad, intimidad y el libre

desarrollo de la personalidad de las adolescentes, ordenando el reintegro a los planteles en

condiciones de equidad, así como la reforma de los manuales de convivencia que regulaban la

expulsión, desescolarización o cambio de jornada, por considerarlos inconstitucionales.

En el segundo caso (contenidos discriminatorios en textos escolares), a pesar de hacer referencia

explícita a graves situaciones de inequidad entre hombres y mujeres producto de una cultura

histórica discriminatoria, y de reconocer la necesidad de correctivos para eliminar dichas

prácticas, la decisión no fue consecuente con este reconocimiento (C-371/00), privilegiando, en

este caso la libertad de cátedra y de expresión sobre el derecho a la igualdad y a la no

discriminación.

24 Sentencia C-481/98 25 Artículo 46 Decreto 2276 de 1979

Las contradicciones de la Corte se hacen más evidentes cuando se pronuncia sobre la

constitucionalidad de normas relacionadas con la vida sexual de las mujeres, casos en los que

generalmente mantiene una posición restrictiva, sancionadora, in equitativa e invasiva.

Así lo demuestra la Sentencia 1492/00, en que la prueba científica para demostrar la paternidad,

en los procesos de impugnación, pasa casi a un segundo plano, asumiendo como necesaria e

imperiosa la discusión de la vida íntima de la mujer frente a la justicia. ¿Si la prueba científica

por sí sola es suficiente para reconocer la paternidad, porqué es preciso escudriñar aspectos que

pertenecen al fuero íntimo de la demandada?.

La Corte Constitucional, consideró26 que la discusión en estrados judiciales sobre el adulterio o

infidelidad de la mujer en el proceso de impugnación de la paternidad no vulnera el derecho a la

intimidad de la mujer; que si bien es importante la prueba antropoheredobiológica, es preciso

indagar sobre la relaciones extramatrimoniales que permitan deducir la infidelidad.

Textualmente sostuvo que “ el cumplimiento del deber de fidelidad que impone el matrimonio

queda cuestionado desde el momento mismo en que el marido se decide a promover el

proceso”27.

El caso Orejarena

La Corte Constitucional en sentencia No. T 453 de 200528, revocó los fallos de tutela de primera

y segunda instancia en respuesta a la acción de tutela instaurada por Sandra Liliana Orejarena

Troya contra el Juzgado Séptimo Penal del Circuito de Bucaramanga y ordenó excluir un grupo

de pruebas del proceso penal seguido contra Jorge Enrique Orejarena Colmenares por el delito

de acceso carnal en persona en incapacidad de resistir por vulnerar el derecho a la intimidad de

la accionante.

Según la sentencia “el Juez Séptimo Penal del Circuito vulneró los derechos a la intimidad y al

debido proceso de la víctima, al admitir, practicar y dejar de excluir pruebas que estaban

orientadas a indagar sobre el comportamiento sexual de la víctima con anterioridad a los

hechos objeto de investigación, sin que la limitación de su derecho a la intimidad fuera

razonable y proporcionada. Este llevó a que el proceso penal se apartara de sus finalidades

primigenias—la realización de la justicia y la aclaración de la verdad— y se transformara en un

26 Al pronunciarse sobre la constitucionalidad del Art. 215 del Código Civil y 6 de la Ley 75 de 1968, Senten C-1492-00 27 Sentencia C-1492/00, MP. Alfredo Beltrán Sierra 28 Magistrado ponente Manuel José Cepeda Espinosa

mecanismo de reproducción de prejuicios sociales adversos a las mujeres víctimas de conductas

que podrían configurar delitos en contextos sexuales”.

Y para concluir

No puede negarse el carácter protagónico de la Corte en el desarrollo, vigencia y promoción de

los derechos fundamentales de las mujeres, en temas relacionados con la estabilidad laboral

reforzada, la protección contra el despido en estado de embarazo, la licencia de maternidad, etc.;

sin embargo tampoco pueden desconocerse múltiples los ejemplos de una doctrina

constitucional contradictoria, con evidentes fisuras, y con modulaciones explícitamente

patriarcales. Parece que la bandera ondulante de la justicia en general, y constitucional en

particular, tiene un gran reto.

Hacia un optimismo moderado

Después de un panorama tan desolador, sólo resta preguntarnos ¿cabe alguna posibilidad

esperanzadora en el discurso jurídico?. Recordemos que la perspectiva crítica hace alusión al

esfuerzo consciente por cuestionar los fundamentos de las formas jurídicas y sociales con el fin

de impulsar prácticas e ideas emancipadoras dentro y fuera del campo jurídico, por lo tanto

deben29 :

Ser altamente reflexivos, esto es, deben hacer explícitos la audiencia a la cual se dirigen, los

propósitos que persiguen y la forma como dicha audiencia y propósitos contribuyen a una

agenda de transformación social en la dirección de una sociedad más igualitaria y justa

(Bourdieu y Wacquant 1992).

En un momento reconstructivo deben mirar los fundamentos de las prácticas jurídicas

dominantes que sirven para reproducir el status quo, tales como la creencia en la neutralidad del

derecho difundida por el formalismo, y las concepciones minimalistas de los derechos humanos

y maximalistas de las reglas de juego del mercado en las que se basan hoy las reformas

neoliberales al derecho.

En un momento reconstructivo, deben ir más allá de la demolición de la tradición con el fin

de proponer prácticas, instituciones y formas de pensar concretas que encarnen valores de

solidaridad e inclusión social y que representen alternativas viables y creíbles a las imperantes.

29 García Villegas, Mauricio y Rodríguez Cesar. Derecho y sociedad en América Latina: Hacia la consolidación de los estudios críticos

Los polos, en este contexto, van de la deconstrucción a la reconstrucción, lo que he llamado del

pesimismo extremo al optimismo mesurado.

Jurista y escritora; graduada en Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Santo Tomas

de Aquino, Bogotá. Especialista en Derecho Administrativo de la Universidad Colegio Mayor

de nuestra Señora del Rosario. Especialista en Derechos Humanos en la Escuela Superior de

Administración Pública ESAP. Aspirante al titulo de Magíster en Derecho de la Universidad

Nacional de Colombia. Estudios de Doctorado en Derechos Fundamentales en la Universidad

Carlos III de Madrid – España. Autora de “El Tiempo de los Girasoles” año 2003, “Poemas

Aparte” año 2005 y “Astromelias Amarillas” año 2007.

TRAYECTORIA

Consultora del Gobierno Nacional de Colombia en el año de 1997, para la adopción del

Convenio Internacional “Protocolo Facultativo Adicional a la Convención para la

Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer” (CEDAW), hoy Ley

984 de 2005. Sede de las Naciones Unidas Nueva York.

Ganadora del Segundo Concurso Latinoamericano y del Caribe de Ensayos sobre Derechos

Humanos de las Mujeres, Defensoría del Pueblo (Lima – Perú), UNIFEM y Organización

Manuela Ramos.

Consultora de la Organización de las Naciones Unidas para la incorporación de la perspectiva

de género en el informe anual del Alto Comisionado para los Derechos Humanos en Colombia,

en el año 2005.

Consultora para la elaboración del Informe sobre violencia contra la mujer en el marco del

Conflicto Armado Colombiano, presentado a la Relatora Especial sobre la violencia contra la

mujer, sus causas y consecuencias, Sra. Radika Coomaraswamy en su visita a Colombia en el

2005.

Jefe de la División de Investigaciones Sociopolíticas y Asuntos Socioeconómicos del

Instituto de Estudios del Ministerio Público de la Procuraduría General de la Nación, por

concurso de méritos.

Directora y Coordinadora del Primer Congreso Internacional Género, Justicia y Derecho,

Realizado por Procuraduría General de la Nación año 2003.

Consultora del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD, como

Directora del Programa Distrital Justicia de Género de la Política Pública de Mujer y Géneros

en la Política Pública de Mujer y Géneros desde el año 2006.

Directora y coordinadora del Primer Congreso Internacional Violencias Contra las Mujeres

y Justicia de Géneros, año 2006.

Docente en la Maestría de Estudios de Género y Políticas Públicas de la Universidad

Nacional de Colombia.

Directora y Docente del Proceso de Formación en Derechos Humanos, Derecho

Internacional Humanitario y Género, dirigido a Fiscales de las Salas de Atención al Usuario

de la Fiscalia General de la Nación.

Integrante de la Comisión Redactora del Proyecto de ley 171 de 2006 Senado “Por la cual se

dictan normas para Prevenir, Erradicar y Sancionar toda forma de Violencias contra las Mujeres

se reforman los Códigos Penal, Procedimiento Penal, la Ley 294 de 1996 y se dictan otras

disposiciones “ en el marco de la Comisión Accidental de Mujeres del Senado de la República

año 2006.

Jurado del Quinto Concurso Interuniversitario de Derechos Humanos, Acciones y

Recursos ante la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, realizado por la

defensoría del Pueblo y el Programa de Derechos Humanos “USAID” año - 2007.

Coordinadora de la Pasantia de la VII del Programa de Formación en Cooperación

Internacional Mujeres y Desarrollo financiado por el Instituto de la Mujer de España

(IEPALA) Instituto de Estudios Políticos para América Latina y África en la Casa de la Mujer

de Bogotá.

Coautora de la elaboración del Informe Nacional de Colombia, para la Investigación

Comparada Regional sobre derechos sexuales y reproductivos en América Latina y el

Caribe. (CLADEM).

PONENCIAS, ENSAYOS Y PUBLICACIONES

“Responsabilidad del Estado por Violación a Tratados Internacionales” Ponencia

presentada a los Auditores Nacionales de la Contraloría General de la República, año – 2007.

“De la falacia de la Neutralidad a la Posibilidad emancipatoria del derecho”, ensayo

presentado en el Congreso Internacional Violencias contra la Mujeres Justicia de Género, año

2006.

“La Mirada de Sospecha del Realismo Jurídico una Teoría de la Decisión Judicial”

publicado en las memorias del primer Congreso Internacional, Género, Justicia y Derecho,

Procuraduría General de la Nación, año 2003.

“Identidad femenina y discurso jurídico” ponencia presentada en el XI Congreso

Internacional de Filosofía, Universidad Santo Tomás de Aquino, Cátedra Catalina de Siena. XI

Congreso Internacional de Filosofía, Universidad Santo Tomás de Aquino, Cátedra Catalina de

Siena, Julio 2 de 2005

“Antígona a la Cartografía de la Esperanza” ensayo producto de la investigación sobre los

Efectos del Conflicto Armado sobre las Mujeres Colombianas, publicado en el libro Cartografía

de la Esperanza, año 2006.

“Género, Derecho y Ciudadanía: Aportes a la Participación y Representación de las

Mujeres” ensayo en el marco del proceso de formación para la conformación del Consejo de

Mujeres en el Municipio de Tenjo- Cundinamarca, Publicado en el año 2007.

“Hacia una Teoría de la Justicia, Investigación sobre Desarrollos Jurisprudenciales de los

Derechos Fundamentales en la Jurisprudencia de la Corte Constitucional, en proceso de

publicación.

“Derechos Reproductivos de la Mujer en Colombia un Reporte Sombra” Investigación,

compilada para la vigésima sesión del Comité para la Eliminación de Todas las Formas de

Discriminación Contra la Mujer de las Naciones Unidas (CEDAW), publicado por The

Center for Reproductive Law and Policy CRLP New York y la Casa de la Mujer Bogotá, año

1998.

“Mutilación Genital Femenina en Colombia: Trato Cruel, Inhumano y Degradante”

Artículo publicado en la pagina Web de la Política Pública de Mujer y Géneros, año 2007,

“Salario Mínimo” entre la Economía y Autonomía de las Mujeres” Artículo en proceso de

publicación, año 2008.

“Miedo Insuperable: Eximente de Responsabilidad en Casos de Violencia intrafamiliar”

Artículo, publicado en el periódico Tribuna Pública de la Defensoría del Pueblo, año 2007.

“No Toman Solo Leche, Inasistencia Alimentaria una Violencia de Género”, Artículo,

publicado en la pagina Web de la Política Pública de Mujer y Géneros, año 2007.

Congreso Latinoamericano Mujeres contra la Corrupción

Ponencia:

“Derecho a la salud: Salud Sexual y Procreación Responsable. Ser Mujer”.

Introducción a la temática-breve comentario respecto a la ideología patriarcal-

Los distintos modelos de ser Mujer en un mismo contexto histórico y cultural-

Mujer ancestral-Mujer transgresora-

La mujer y su apropiación de los adelantos científicos-

1940: aparición de los antibióticos- 1960: Revolución sexual. Planificación familiar.

1970: Cuestionamientos de los Discursos Instituidos- 1980: Pandemia del V.I.H.-SIDA

Problema de Salud Pública y problema social- discriminación- prejuicios-mandatos-valores.

La salud al igual que otros tópicos es un Derecho-

Enunciación de los Derechos sexuales y reproductivos dentro del marco de los Derechos

Humanos Universales-

Leyes que los amparan- objetivos puntuales-

Barreras Culturales y Barreras Institucionales-

I.T.S. violencias y consecuencias-

Ley Nacional Nº 25673 y su accionar-

Acceso a los recursos que el Estado brinda-

Estado actual del suministro de los métodos anticonceptivos-

Centros de Salud Pública- Consejería- áreas para adolescentes- relevamiento de los mismos.

Currículum Vitae:

Marta Boimel

Sexóloga Educativa

Psicóloga Social

Profesorado de Psicología

Capacitadota en I.T.S.

Idiomas: Conocimientos de Inglés y Francés

Especialista en temáticas de Género.

Violencia – abusos – maltrato infantil – embarazo adolescente

Asesora Consorcio Latinoamericano CLAE

Vice-Presidenta Mesa Redonda Panamericana. Recoleta.

Asesora Fundación oncológica Encuentro.

Asesora Fundación TIDO.

Miembra fundadora de FESEA (Federación Sexológica Argentina).

Miembra Consejo Consultivo de la Sociedad Civil por la Equidad de Género. Cancillería

Argentina.

Miembra de la Asociación Argentina de Protección Familiar.

Asesora Comisaría de la Mujer y Familia. Merlo.

Directora de capacitaciones del adulto mayor. Cancillería Argentina.

Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación: Integrante del Proyecto de capacitaciones

en bibliotecas populares. Nivel Nacional.

Miembra del Equipo de Salud y Educación Niño Jesús.

Miembra de la Comisión de Divulgación de la CEDAW.

Amnistía Internacional I.I.D.H. San José de Costa Rica.

Actividades realizadas con perspectivas de género:

Trabajos realizados para medios de comunicación.

Supervisión del Congreso Multidisciplinario Mujer y Acción.

Disertante del cronograma de charlas Exposición Rural: “Ser Mujer”.

Disertante en el Foro Internacional Mujeres Contra la Corrupción.

Docente del Proyecto Ciudadanía y Sexualidad. Ley Nº 418. Defensoría del Pueblo de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires. Adjuntía en Derechos Humanos.

Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires: Integrante del Proyecto del Programa de Educación

Sexual y su implementación en escuelas.

Ministerio de Salud de la Nación: Docente del equipo central del Programa de Salud Sexual y

Procreación Responsable.

Actividades realizadas para SEMLAC – (Perú – Cuba – México)

Trabajos realizados para la Fundación Gentes de Ylania – Italia.

Congreso Latinoamericano Mujeres contra la Corrupción

Ponencia: “Derecho a la Salud Sexual y Procreación Responsable”

Tema: “Ser Mujer”

Pensando en este encuentro, de tanta magnitud, me pregunto desde qué lugar abordar esta

temática tan compleja.

Ser mujer y sus derechos, no es tan sencillo.

Intento llevar un hilo conductor para la mayor comprensión de estos tópicos.

Desde tiempos inmemoriales, la mujer permite que los otros puedan ser, seres significativos

para ella, los cuales pueden llegar a desarrollarse exitosamente en sus elecciones.

Esto le deja poco margen para sí misma, porque la identidad femenina está formada socialmente

sobre convenciones culturales, normas, mandatos ancestrales, mitos y prejuicios; por todo esto

es que le queda poco espacio para darse a luz, significa un no crecimiento personal.

Cuando la mujer sí elige el camino de permitirse crecer, este movimiento le trae aparejado todo

un cuestionamiento y estos cambios, producen crisis, no hay auténtica identidad sin crisis y si

rupturas.

La búsqueda de sí misma supone el encuentro con la dependencia, ese aspecto casi constitutivo

de la naturaleza femenina.

Con un destino de Reproducción Biológica, entendida como sexualidad, hoy sabemos que la

sexualidad humana es mucho más abarcativa. En una sociedad patriarcal, a través de una

educación donde el poder y el saber están puestos en el varón, hace que las variables se

combinen para asegurar conductas que sostienen ideales y valores, como la tan preciada

maternidad, abnegación femenina, sumisión.

Hasta aquí, estaríamos frente al plano biológico de la sexualidad en función reproductiva, ¿y la

sexualidad en función placentera, me pregunto? Esa que no depende exclusivamente de los

órganos el aparato genital, sino a lo estrechamente ligado a los vínculos humanos, a la forma en

que las personas nos relacionamos como pertenecientes a una comunidad.

Me refiero a la sexualidad humana: a esa energía vital que nos acompaña desde nuestro

nacimiento hasta el último suspiro, toda nuestra vida; es l que nos permite conectarnos con el

placer de hacer cosas, todas las que nos agradan, es lo que hace que un sujeto se empiece a

construir a sí mismo, que vaya conociendo su cuerpo, es ese deseo de amar, sentir y crear.

Esta misma sexualidad está integrada por determinantes biológicos, psicológicos,

sociales y culturales.

Función reproductiva o biológica, la cual está al servicio de la continuación de la especie y de

necesidades personales o sociales.

Función placentera o psicológica, la cual está al servicio de necesidades personales.

Ambas, son funciones sexuales independientes entre sí y pocas veces en la vida se integran

concientemente.

Esto tiene que ver estrechamente a la salud sexual y reproductiva y a la corrupción que

atraviesa todos estos ítems.

En una sociedad como la nuestra y en toda América Latina, con una ideología patriarcal, la

cual gira alrededor de la suposición básica de la superioridad del hombre y la inferioridad de

la mujer como trasfondo, trae consigo la opresión para la mujer: económica, intelectual,

psicológica, religiosa y sexual.

Existe en la mujer un conflicto interno no consciente entre el deseo de responder al ideal de

mujer, pensada por el hombre, que pertenece a la imagen de madre con todos los atributos

que le asigna la ideología patriarcal y el deseo de acceder a insertarse en el mundo laboral

actual con eficacia y autonomía. De este modo, accede al ámbito público y al dinero.

Esto le significa a la mujer la doble o triple jornada, tiene connotaciones con el género y los

roles asignados al mismo, para ser reconocidos en una sociedad como varón o mujer,

porque estos están determinados por componentes culturales.

Las creencias, valores, mitos, etc. De una cultura y subcultura, hacen que un varón o una

mujer deban cumplir determinados requisitos para ser reconocidos y sentirse arón o mujer,

respondiendo así a lo instituido.

El éxito en la mujer es puertas para adentro, no ser protagonista pero sí, sumisa,

dependiente, vivir por el otro.

Cuanto menor es el conocimiento de una misma, más baja será la autoestima y más alta la

dependencia.

En un mismo momento histórico, político, cultural, pueden convivir distintos modelos de

ser mujer: la mujer ancestral y la mujer transgresora, como para dar algunos ejemplos.

La mujer ancestral es una mujer que está detenida en el tiempo, su identidad quedó definida

antes de nacer.

No necesita forjar su destino, sino ratificarlo.

Se desarrolla en un molde gestado previamente, encube, teme, nace con miedo.

Se detiene y no avanza. Es una mujer que ya es.

La mujer transgresora es una mujer es una mujer creadora del tiempo y espacio

históricamente diferente en su vida.

Es el resultado de la ancestral en crisis.

Denuncia lo que la otra no puede. Pone en crisis alores consagrados.

Es una mujer que trata de ser. Avanza. Atiende su cuerpo y su deseo.

Esto es un approach, un acercamiento, para poder comprender y tener una mirada más

abarcativa a las preguntas de por qué algunas mujeres pueden acceder a accionar sus

derechos, derecho a la salud, a los derechos sexuales y reproductivos y otras, no.

Esto va en detrimento, las que no conocen sus derechos, de su salud.

La salud es una construcción individual y social.

Y comenzamos a vislumbrar la corrupción y sus consecuencias; porque el derecho a la

salud, a los derechos sexuales y reproductivos, son derechos humanos y están enmarcados

dentro de los derechos humanos universales ¿qué es lo que hace que la mayoría de las

mujeres no puedan acceder a los adelantos científicos y a se usuarias de lo que las leyes y

programas nos dicen?

Son temas imbrincados con la corrupción, con las barreras culturales y con las

institucionales, con la violencia en todas sus caras, con el género y con la cultura en la cual,

estamos inmersos.

Dentro de las barreras culturales, existen mitos-creencias, mandatos atávicos y ancestrales,

tabúes y prejuicios.

Existe violencia doméstica y sexual, miedo y vergüenza de exigir el uso de condones.

Se mujer y ser pobre, es tener más acceso a las infecciones, al embarazo no deseado.

Al depender económicamente de un varón, y sin contar con la información adecuada, es

muy difícil decidir por sí misma.

Esto también le pasa a algunas mujeres de clase media y alta.

Muchas mujeres aceptan naturalmente la relación sin protección, aún a riesgo de contraer

VIH SIDA, tienen modelos interiorizados de violencia hacia ellas.

No acceden al conocimiento de planificación familiar, no pueden decidir sí desean o no

tener relaciones sexuales.

Hay conductas anticonceptivas.

Estas barreras varían de mujer en mujer, aún en un mismo contexto cultural, porque existen

variables sociales, religiosas, culturales, de tradición.

Lugar que ocupa la mujer en la sociedad y lugar que ella se da.

Pasa también por su autoestima y alores internalizados de mujer en mujer.

Muchas mujeres tienen escenas temidas respecto a los anticonceptivos. Son mitos y

creencias. Ejemplos: daño a la salud y su futura fertilidad. Daños físicos o mentales. Les

falta información veraz. En muchos hospitales el país, no se cumplen con muchas de las

exigencias de la Ley de Salud Sexual y Procreación

Responsable, debido a que no se instrumentan los departamentos de Salud

Reproductiva, respetando lo etario. No se aplican métodos anticonceptivos como el DIU,

tal como lo indica la Ley. Y aquí se liga esta temática a la corrupción porque el médico/a

prefiere colocarlo en su consultorio particular y así poder cobrarlo. Hay una gran inequidad

en salud.

En todos los hospitales públicos debería funcionar un equipo de médicos que responda a la

Ley de Salud Sexual y reproductiva, al margen de las objeciones de conciencia. Tienen

carácter de obligatoriedad.

La corrupción atraviesa estas instituciones hospitalarias, debido a que los insumos no

siempre están disponibles, no llegan a las usuarias por decisión del Ministerio de Salud o

simplemente, por algunos directores de hospitales.

Tampoco hay un equipo de seguimiento con l seriedad que esto merece.

Como corrupción también tenemos muchas de las barreras institucionales.

Hospitales y salitas colapsadas por desvío de los fondos. No está previsto dentro de la Ley

un departamento que instruya a la mujer con VIH SIDA acerca de su Salud Reproductiva.

Hay maltrato por parte del personal médico y no médico. La mujer teme, de llegar con un

aborto incompleto, a la denuncia policial. Esto es un riesgo para su vida. Temor al maltrato

por experiencias anteriores. Se cansan por los requerimientos de los centros de salud y los

controles médicos. Hay exceso de medicalización. En los centros de piensa en curar, pero

muy poco en prevenir.

Tampoco hay un servicio específico para adolescentes, los horarios de atención no se

ajustan a sus tiempos, los servicios son poco amigables y no hay profesionales formados

para la atención de los adolescentes.

La Salud, los Derechos Sexuales y Reproductivos, son Derechos Humanos.

Derecho a la intimidad, a la libertad de pensamiento, a la información y educación, porque

sin educación no hay salud.

A contraer matrimonio o no. A planear y formar una familia. A tener hijos o no. La

maternidad es una elección, un Derecho y no un deber.

A la atención de la salud y protección de la misma, este último es uno de los derechos

fundamentales que el Estado debe garantizar.

Derecho al progreso científico.

A no ser sometido al maltrato. Derecho a ejercer su sexualidad, respetando su orientación

sexual, libre de discriminación y violencia.

Derecho al consentimiento informado. A mantener la confidencialidad. A la información

certera. Derecho a la maternidad feliz, etc.

Estos son algunos de los muchos Derechos que tenemos por ser personas. Si nos

preguntamos por qué, sí tenemos leyes, tratados nacionales e internacionales con rango

constitucional, profesionales capacitados, un Estado que dice apoyar, grandes partidas de

dinero de organismos nacionales e internacionales, aportes de fundaciones; si existen tantas

ONG y tantos programas para trabajar estos tópicos, mi pregunta es por qué hay tantas

falencias. Y me respondo sino será porque todo está atravesado por la corrupción.

Porque la violencia creció, en todas sus formas. Crecen los embarazos no deseados, crecen

las muertes materno-infantiles, crecen las muertes por abortos incompletos, crecen los

suicidios entre los jóvenes en el conurbano bonaerense, pero de esto no se habla. Crece el

consumo de drogas legales e ilegales.

Como consecuencia de la corrupción, tenemos la gran pandemia que es la pobreza y esta,

produce desocupación y trae consigo aislamiento de la persona, culpa, vergüenza, ser un

desaparecido social, etc. Desnutrición con daños neurológicos irreversibles, con deserción

escolar, con caída de valores. Con lo mencionado, ¿cómo acceder a los Derechos en Salud,

si todo esto es producto de la corrupción?

Hay una violencia exacerbada: sexual, doméstica, social, institucional, laboral. Surgieron

enfermedades de la pobreza: tuberculósis, lepra, sífilis, cólera y está ligada a la Salud

Reproductiva.

Se ha llegado a un grado tal de confusión, de delitos sexuales, de enfermedades de

transmisión sexual, de abortos, de abandono de bebes, de prostitución infantil…¿será acaso

por falta de políticas públicas, fuertemente implementadas?

Si se trabajara con más responsabilidad, sin tanta corrupción, podríamos llegar a

aproximarnos a una Sociedad más equitativa, con más inclusión social.

Apuntaríamos a la salud bio-psico-social, estrechamente vinculada al amor hacia uno y

hacia el prójimo.

El Estado debe hacer respetar estos Derechos mediante Leyes incluyentes.

Con educación e información, las mujeres pueden exigir sus Derechos, sin conocer, no se

puede exigir y esto, está estrechamente ligado a la Salud.

La violencia hacia la mujer, es una violación de los Derechos Humanos y un grave

problema de Salud Pública.

Considero que sería conveniente acelerar el empoderamiento de las mujeres, porque nada

justifica la violencia y el maltrato, porque cada acto de violencia individual, se enmarca

dentro de un contexto social y familiar.

La mujer se halla muy expuesta a que su salud se resquebraje, pero sí las mujeres pudieran

pensarse como seres libres y así poder elegir en base a su deseo, mediante información

veraz, podría evitarse que esto sucediera.

Para ello se necesita recorrer un largo camino, aclarando y desmistificando. Sería un

comienzo.

Debemos trabajar en prevención, ya que todavía no se halló una vacuna para el VIH SIDA.

¿Qué necesitamos para Salir adelante? Compromiso del Estado, de las Instituciones

gubernamentales y no gubernamentales y de la sociedad en su conjunto.

Tengo la esperanza que de este Congreso de Mujeres contra la Corrupción, surjan nuevos

aportes y se sumen otras miradas para la optimización y el mismo horizonte que nos

convoca y así poder alumbrar este momento de grandes transformaciones.

Marta Boimel

Foro Interamericano de

Mujeres contra la Corrupción

Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires

29 de septiembre y 1º de octubre de 2008

Objetivo: Contribuir a erradicar la violación de los derevhos humanos

Trabajo Libre

“Violencia de Género: Salud Sexual y Reproductiva. Avances y

Retrocesos en la aplicación de la Ley Nº 25.673”

Autoras: Lic. Amelia Clark Lic. M. Jazmín Steuer De Giusti

Abstract

La ONU define como violencia de género “todo acto de violencia que tenga o pueda tener como resultado un

daño o sufrimiento físico, sexual y psicológico para la mujer, inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o

la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la privada.”

Contemporáneamente con las formas salvajes de violencia existen otras, más sutiles y disimuladas, que

imperceptible pero eficazmente modelan y reproducen ese orden de dominación que no por obsoleto se resigna a

la retirada.

Este trabajo apunta principalmente a indagar en algunos de esos territorios: los que tienen que ver con la Salud

Sexual y Reproductiva, y analizar los avances y retrocesos que se han sucitado en el marco de la aplicación de la

Ley Nº 25.673 sancionada en el año 2002.

Es en el análisis de la misma, que se revela la ausencia de prácticas de cualquier índole en salud mental, siendo

llamativo que en una ley eminentemente dedicada a la promoción de la salud, en un tema complejo como la

sexualidad humana, el eje sea la información, y no la comprensión de todos los aspectos involucrados: sociales,

psicológicos y culturales, aun siendo de conocimiento general que cuando de sexualidad se trata, y sobre todo de

adolescencia y juventud, la información objetiva disponible no garantiza la ausencia de vulnerabilidad.

Los abordajes que propone la Ley Nacional de Salud Sexual y el Sistema de Salud Nacional materializan y

perpetúan la violencia de género. A partir de esto, oponemos la posibilidad de abordajes centrados en la

promoción de la salud y la participación de las mujeres que posibilite la construcción de nuevas identidades

que habiliten la sexualidad femenina desde una perspectiva no maternológica, ni abstinente, centradas ambas en

proteger la salud desde la fecundidad y prevenir desde la negativa de las mujeres.

Para ello son necesarios espacios para reflexionar acerca de qué es ser mujer, de los deseos que están en juego,

de las fantasías… es a partir de esto que la sexualidad se podrá desplegar de un modo saludable. Para ello es

necesario posibilitar espacios de creación simbólica, de producción de sentido de aquello históricamente

silenciado, del cuerpo de la mujer, de su sexualidad y de su goce, posibilitando la construcción de un discurso

otro.

Para producir un conocimiento más integral con relación a los problemas de la salud no se trata entonces de

generar nuevas variables ni nuevas técnicas, sino de volver a pensar el lugar teórico desde donde se diseñan las

estrategias de prevención y promoción de la salud.

Curriculo Vitae

Amelia Clark obtuvo su título de Licenciada en Psicología en la Universidad de Ciencias Empresariales y

Sociales en el año 2006. Actualmente se desempeña como Jefa de Trabajos Prácticos en las materias Psicología

Preventiva y Salud Pública y Salud Mental de la mencionada Universidad. Se encuentra cursando la Maestría en

Epidemiología, Gestión y Políticas en Salud de la Universidad Nacional de Lanús y se desempeña como

concurrente en el Servicio de Salud Mental del Hospital Rivadavia de la Ciudad de Buenos Aires.

Foro Interamericano de

Mujeres contra la Corrupción

Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires

29 de septiembre y 1º de octubre de 2008

“Violencia de Género: Salud Sexual y Reproductiva.

Avances y Retrocesos en la aplicación de la Ley Nº 25.673”

Lic. Amelia Clark - Lic . M. Jazmín Steuer De

Giust i

INTRODUCCIÓN

La ley 25.673, sancionada el 30 de Octubre de 2002, creo el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación

Responsable. Fue objeto de múltiples debates y estuvo fundamentalmente motorizada por el entonces Ministro de

Salud de la Nación Gines Gonzáles García, tuvo como principal atributo antes de su sanción la capacidad de

imponer el debate en la sociedad de temas que se consideraban propios de la esfera moral y privada y facilito la

progresiva conceptualización de la temática como social y política.

El espíritu de la ley era garantizar y viabilizar los derechos presentes en tratados internacionales a los cuales la

Argentina había adherido y que por lo tanto pertenecen al marco legislativo de nuestro país. El enfoque de la ley

es el de derechos que permite reconocer como sujeto de derechos a grupos antes librados a la tutela y la violencia

de los servicios de salud, tales como los adolescentes, la mujeres de escasos recursos, las minorías sexuales, etc.

La estrategia adoptada incluye la formación de agentes: trabajadores sociales, educadores y operadores

comunitarios en general con objetivos de capacitación, promoción, detección de grupos de riesgo y contención,

así como una transformación del modelo de atención que consiste en un reforzamiento de la calidad y cobertura

de los servicios para dar respuesta a la problemática.

Plantear como objetivos la promoción de la salud, la participación de las mujeres, la autonomía de los

adolescentes y el fortalecimiento del control y las decisiones de los sujetos en general y de las mujeres en

particular sobre su propio cuerpo, conlleva un compromiso con estrategias tales como la Atención Primaria de la

Salud, el paradigma de derechos humanos y modelos epidemiológicos que consideren el proceso salud-

enfermedad como un hecho social en si mismo e histórica y socialmente determinado. Esta coherencia es

indispensable para articular objetivos con políticas, estrategias y prácticas armónicas que sean viables y eficaces.

El llevar acabo en la práctica cotidiana los objetivos planteados depende de la operacionalización que se haya

hecho de los mismos y del delineamiento de estrategias adecuadas, pero por sobre todo del compromiso con las

políticas diseñadas y los objetivos propuestos. Este compromiso en el caso de la ley 25.673 es difícil de definir ya

que su desarrollo es producto de un consenso complejo que se revela en sus contradicciones y paradojas.

Al realizar un análisis profundo de los términos, conceptualizaciones y modelos que propone la ley y que son

retomados por el decreto reglamentario se observa la coexistencia de paradigmas distintos y a veces antagónicos,

que conllevan una progresiva desvirtuación de los objetivos y estrategias plasmados en la ley.

Para dar comienzo al análisis de la problemática planteada en este trabajo, expondremos brevemente la legislación

vigente a nivel internacional, nacional que otorgan el marco formal y positivo a la temática.

LEGISLACIÓN VIGENTE

• Tratados Internacionales

El sistema internacional de Derechos Humanos promovido por las Naciones Unidas se ha ocupado de este

tema en reiteradas oportunidades a través de tratados, documentos y acciones de sus agencias.

Los instrumentos internacionales de Derechos Humanos del sistema de Naciones Unidas han sido

incorporados a la Constitución Nacional (Art. 75 inc.22) por reforma de 1994. Algunos de ellos son la base

para la protección de los derechos sexuales y reproductivos.

En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos - Teherán, 1968- se reconoce que "los padres tienen el derecho

fundamental de determinar libremente el número de sus hijos y los intervalos entre los nacimientos". Asimismo,

sucesivos eventos internacionales en materia de Población y sobre la Mujer han seguido especificando el alcance

y significado de los Derechos Sexuales y Reproductivos.

Recordemos que la Conferencia Mundial sobre el Año Internacional de la Mujer en 1975 reconoció el derecho a

la integridad física y a decidir sobre el propio cuerpo, el derecho a la opción sexual y a los derechos

reproductivos. La Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer

(1979) constituye el primer tratado internacional que le asegura a la mujer la igualdad de acceso a los servicios

de planificación familiar y a los derechos a decidir libre y responsablemente el número de sus hijos y el

intervalo entre los nacimientos.

En Nairobi (1985) al concluir la Conferencia Mundial sobre la Mujer, se señaló: "Los Gobiernos deben favorecer

el acceso a los servicios de Planificación Familiar, cualquiera sea su política de población".

En la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo (CIPD), realizada en El Cairo en 1994, se definen los

Derechos Reproductivos como: "...derecho de hombres y mujeres a ser informados y a tener acceso a métodos de

planificación familiar de su elección, que sean seguros, efectivos, disponibles y accesibles...".

Entre los 15 Principios formulados en El Cairo, se destaca el 4º: "El avance en la igualdad de género, la equidad

y el empoderamiento de las mujeres, la eliminación de todas las formas de violencia contra las mujeres, y

asegurar las capacidades de las mujeres de controlar su fecundidad, son los pilares de los programas de

población relacionados con el desarrollo".

• Legislación Nacional

La Ley Nº 25.673 Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, promulgada de hecho en

Noviembre de 2002, propone:

• Objetivos:

1. Alcanzar el nivel más elevado de Salud Sexual y Procreación Responsable libres de

discriminación, coacciones o violencia.

2. Disminuir la morbimortalidad materno-infantil.

3. Prevenir embarazos no deseados.

4. Promover la salud sexual de adolescentes.

5. Prevención y detección precoz de enfermedades de transmisión sexual.

6. Garantizar a la población el acceso a la información, orientación, métodos y prestaciones de

servicios referidos a la Salud Sexual y Procreación Responsable.

7. Potenciar la participación femenina en la toma de decisiones relativas a su salud sexual y

procreación responsable.

• Decisores que prevé la presente Ley:

Ministerio de Salud en coordinación con el Ministerio de Educación y Desarrollo Social y Medio Ambiente, cuya

función será capacitar, perfeccionar y actualizar a los efectores.

Con motivo de la creación del Programa de Salud Sexual y Reproductiva se constituyó el Consorcio Nacional por

los Derechos Reproductivos y Sexuales -CoNDeRS- coordinado por cuatro ONGs de mujeres, que está

promoviendo la amplia participación de ONGs y grupos de la sociedad civil en el monitoreo y control de la

implementación del Programa, y que trabajaba articuladamente con los funcionarios del Ministerio de Salud de la

Nación.

El Decreto Nº 1282/2003 que reglamenta la Ley Nº 25.673 sobre Salud Sexual y Reproductiva a nivel nacional.

Bs. As., Boletín Oficial, 26/05/2003.

Propone implementar estrategias tendientes a ampliar y perfeccionar la red asistencial, con un enfoque

preventivo. Las estrategias deberán ser ejecutadas, desde una visión tanto individual como comunitaria.

Se respetara el derecho de los objetores de conciencia a ser exceptuados de su participación en el Programa

Nacional de Salud Sexual y procreación Responsable.

El Ministerio de Salud, a través de la Dirección Nacional de Salud Materno Infantil, en su Área de Salud

Reproductiva, Materno y Perinatal asumió el desarrollo del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación

Responsable con el enfoque integral antes mencionado, enfatizando la prevención para la salud de las mujeres, los

hombres, la niñez y la adolescencia.

Coexistencia de Paradigmas Contradictor ios en

la Ley 25.753 y en e l Decreto 1282/2003

Ley Nac. Nº 25673 PSSyPR Términos, conceptos y Modelos.

Decreto Nac. 1282/2003. Reglamentación de

Ley Nac. Nº 25673

Términos, conceptos y Modelos.

Articulo 2º

“Serán objetivos de este programa:

a) Alcanzar para la población el nivel más

elevado de salud sexual y

procreación responsable con el fin de que

pueda adoptar decisiones

libres de discriminación, coacciones o

violencia;

b) Disminuir la morbi-mortalidad materno-

infantil;

c) Prevenir embarazos no deseados;

d) Promover la salud sexual de los

adolescentes;

e) Contribuir a la prevención y detección

precoz de enfermedades de

transmisión sexual, de vih/sida y patologías

genital y mamarias;

f) Garantizar a toda la población el acceso a la

información,

orientación, métodos y prestaciones de

servicios referidos a la salud

sexual y procreación responsable;

g) Potenciar la participación femenina en la

toma de decisiones

relativas a su salud sexual y procreación

responsable.”

El primer objetivo, alcanzar el nivel más elevado de salud sexual, esta centrando el problema desde la potencialidad o

positividad de la salud y sigue en su planteo a las convenciones internacionales sobre derechos humanos. Los objetivos centrados en la prevención de la transmisión de “enfermedades de transmisión sexual” y de los embarazos indeseados abordan problemáticas complejas proponiendo como modelo y respuesta la prevención. La disminución de la mortalidad materno infantil es el único objetivo que no esta articulado a un modelo de abordaje del problema. Promover la salud sexual de los adolescentes se encuentra dentro de la estrategia de Promoción de la Salud y por los tanto articulada a la Atención Primaria de la

Salud, además recupera a los a adolescentes como sujetos de derecho ya que la promoción de la salud busca potenciar el control sobre la

propia salud. Garantizar a toda la población el acceso a la información y las prestaciones de servicios referidos a salud sexual es una referencia explícita a la equidad que busca generar la ley. Potenciar la participación femenina en la toma de decisiones acerca de su salud sexual y reproductiva, esta relacionado con la promoción de la salud, el paradigma de los

derechos y el fortalecimiento comunitario.

Articulo 2º

“A los fines de alcanzar los objetivos

descriptos en la Ley que se reglamenta el

MINISTERIO DE SALUD deberá orientar y

asesorar técnicamente a los Programas

Provinciales que adhieran al Programa

Nacional, quienes serán los principales

responsables de las actividades a desarrollar en

cada jurisdicción. Dicho acompañamiento y

asesoría técnica

deberán centrarse en actividades de

información, orientación sobre métodos y

elementos anticonceptivos y la entrega de

éstos, así como el monitoreo y la evaluación.

Asimismo, se deberán implementar acciones

que tendientes a ampliar y perfeccionar la red

asistencial a fin de mejorar la satisfacción de la

demanda. La ejecución de las actividades

deberá realizarse con un enfoque preventivo y

de riesgo, a fin de disminuir las

complicaciones que alteren el

bienestar de los destinatarios del Programa, en

coordinación con otras acciones de salud

orientadas a tutelar a sus beneficiarios y

familias. Las acciones deberán ser ejecutadas

desde una visión tanto individual como

comunitaria.”1

El Ministerio de Salud debe asesorar y orientar

los programas provinciales en la información,

orientación y entrega de métodos

anticonceptivos, así como el monitoreo y la

evaluación, estas acciones se vinculan a un

modelo de prevención de enfermedades de

transmisión sexual y embarazo adolescente.

Se debe ampliar y perfeccionar la red

asistencial aunque no se especifica sobre que

estrategia, solo se hace énfasis en la asistencia.

Todas las acciones desarrolladas deben

realizarse desde un enfoque preventivo y de

riesgo, para disminuir aquello que amenace el

bienestar de los destinatarios, coordinado con

otras acciones destinadas a tutelar al

beneficiario y la familia. Este es una

paradigma de prevención secundaria a través

del tamizaje y detección de grupos de riesgo

sobre los que se actúa con acciones basadas en

un paradigma de tutelaje y expropiación de

los derechos y los cuerpos.

Todas las acciones deberán realizarse desde

una visión individual y comunitaria.

MARCO TEÓRICO

1 Decreto Nacional 1282/2003 Reglamentación De La Ley 25673 Sobre Salud Sexual Y Procreación Responsable, 23 de Mayo de 2003.

Conceptos presentes en la Ley Nacional Nº 25.673 PSSy R, Artículo 2º .

Promoción de la Salud

La Promoción de la Salud (PS) es el enfoque planteado en la Carta de Ottawa, producto de una Conferencia

Internacional organizada por OMS en 1986. La Promoción de la Salud retoma los objetivos de la conferencia de

Alma-Ata que dio origen a la estrategia de Atención Primaria de Salud, ambas están profundamente vinculadas.

La Promoción de la Salud permite un enfoque mas amplio que la prevención de la enfermedad, que se vería

satisfecha solo por la ausencia de enfermedad, en la PS la salud se plantea como objetivo permanente un óptimo

nivel de vida y de salud, centrándose en la positividad de la salud y su potencialidad para la vida cotidiana. Para

lograr este objetivo busca modificar las condiciones de vida y transformar los procesos de decisiones

favoreciendo el control, y brindado los medios para decidir sobre la propia salud. Consiste en proporcionar a los

pueblos los medios necesarios para mejorar su salud y ejercer un mayor control sobre la misma: realizar sus

aspiraciones, satisfacer sus necesidades, de esta manera la salud se percibe no como el objetivo sino como la

fuente de riqueza y potencialidades de la vida cotidiana.

Esta estrategia no concierne exclusivamente al sector sanitario, sino que plantea como indispensables las acciones

integradas intersectoriales. Los factores políticos, económicos, sociales, culturales, de medio ambiente, de

conducta y biológicos pueden intervenir a favor ó en detrimento de la salud. El objetivo de la acción por la salud

es hacer que esas condiciones sean favorables a la salud. Se plantean además una serie de prerrequisitos para la

salud: Paz, educación vivienda, alimentación, renta, un ecosistema estable, la justicia social y la equidad.

La PS se centra en alcanzar la equidad sanitaria. Se dirige a reducir las diferencias en el estado actual de la salud y

a asegurar la igualdad de oportunidades y proporcionar los medios que permitan a toda la población desarrollar al

máximo su salud potencial. Exige la acción coordinada de todos los implicados y los individuos, las familias y las

comunidades, en tanto a los grupos sociales y profesionales y al personal sanitario les corresponde especialmente

asumir la responsabilidad de actuar como mediadores.

La participación activa en la Promoción de la Salud implica:

1. La elaboración de una política pública sana con diferentes enfoques y acción conjunta. El objetivo es que

la opción más saludable sea la opción mas cercana y más fácil de llevar a cabo.

2. La creación de ambientes favorables protegiéndonos los unos a los otros, así como a nuestras

comunidades y a nuestro medio natural. La protección de los ambientes y la conservación de los recursos

naturales debe formar parte de las prioridades de todas las estrategias de promoción de la salud.

3. El reforzamiento de la acción comunitaria que radica en la participación efectiva y concreta de la

comunidad.

4. El desarrollo de las aptitudes personales para que la población ejerza un mayor control sobre su propia

salud.

5. La reorientación de los servicios sanitarios, deben tomar una nueva orientación que sea sensible a las

necesidades culturales de los individuos y las respete.

El fortalecimiento (o potenciación) comunitario y la participación.

El objetivo del fortalecimiento en la comunidad es promover la participación activa, la participación comunitaria,

que abarca la definición de problemas de una comunidad, sus objetivos y estrategias así como el control de los

medios para llevarlas a cabo. Tomamos la definición de fortalecimiento que realiza Montero, “Fortalecimiento

desde la perspectiva comunitaria es el proceso mediante el cual los miembros de una comunidad (individuos

interesados y grupos organizados) desarrollan conjuntamente capacidades y recursos para controlar su situación

de vida, actuando de manera comprometida consciente y critica para lograr la transformación de su entorno según

sus necesidades y aspiraciones transformándose al mismo tiempo a si mismos.”2

Potenciar la participación femenina se vincula a procesos de potenciación y fortalecimiento de comunidades

especificas con vulnerabilidades especificas con el objetivo privilegiado de facilitar la toma de conciencia sobre

las problemáticas que las afectan y desarrollar las capacidades y recursos simbólicos y materiales para transformar

la situación. Esta toma de control sobre las problemáticas que las involucran tiene sus orígenes en el movimiento

feminista y el proceso de empoderamiento, por lo que la potenciación de la participación de las mujeres abarca un

proceso de constitución de las mismas como ciudadanas, no se trata solo de una estrategia de salud sino de un

proceso político de recuperación de derechos y de los sujetos que los sustentan.

La Ley Nº 25673 propone este proceso no solo como un medio para la consecución del optimo nivel de salud

sexual y reproductiva posible sino como un objetivo en si mismo valorizando la constitución de sujetos de

derecho y la defensa de los derechos humanos como un objetivo propio del campo de la salud.

Paradigma de derechos humanos

La utilización del término paradigma alude en este caso principalmente a una cosmovisión y un compromiso

respecto de un enfoque y de ciertos valores. El paradigma de los derechos humanos se sustenta en la Declaración

Universal de los Derechos Humanos, sancionada en 1948 que establece los derechos que corresponden a todo ser

humano independientemente de su sexo, etnia o religión. Sin embargo esta declaración es producto de una historia

androcéntrica y por lo tanto representante de las vivencias de una mitad de la población. Dentro de este paradigma

2 Montero, M.: “Introducción a la Psicología comunitaria. Desarrollo, conceptos y perspectivas” 1ª. Ed. Buenos Aires. Paidós. 2004.Cap. 2.

uno de los aportes mas importantes es el realizado en 1979 por la Convención sobre la eliminación de todas las

formas de discriminación contra la mujer o CEDAW por sus siglas en inglés, donde establece:

“A los efectos de la presente Convención, la expresión "discriminación contra la mujer" denotará toda distinción,

exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento,

goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la

mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural

y civil o en cualquier otra esfera.”3

Al mismo tiempo Cedaw establece que los Estados Partes deberán tomar las medidas apropiadas para: “Modificar

los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar la eliminación de los

prejuicios y las prácticas consuetudinarias y de cualquier otra índole que estén basados en la idea de la

inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres;” de

esta manera supera el planteo de responsabilidad del estado acotado a la violación de los derechos humanos en las

practicas llevadas a cabo por el mismo y reconoce como ámbito de violación de derechos humanos a la

responsabilidad estatal a la vida cotidiana, los hábitos y las representaciones sociales involucradas en la

cotidianeidad, antes conceptualizada como ámbito de lo privado, y por fuera de la responsabilidad del estado

ahora extendida.

Estas incorporaciones realizadas por la Cedaw al paradigma de derechos humanos permite no solo la validación

de los derechos ya construidos sino además el análisis de los nuevos derechos por advenir desde una perspectiva

de género que los resignifique teniendo en cuenta la diversidad.

La ley Nº 25673 reconoce además como sujetos de derechos a los adolescentes, a quienes siguiendo lo prescripto

por el Código Civil en su artículo 921, se les otorga discernimiento desde los catorce años, quedando establecido

que podrán requerir cualquier prestación que abarca la ley, así como concurrir a los servicios de salud sin

necesidad de estar acompañados por sus padres o tutores, primando los derechos del adolescente por sobre el

enfoque de tutelaje de la patria potestad mal comprendida. La concepción vigente indica que si el sujeto tiene la

capacidad para problematizar su situación, percibir su malestar y establecer una búsqueda de soluciones, entonces

debe ser asistido y reconocido como sujeto de derecho por parte de los servicios de salud.

Prevención y Epidemiología Criticas

3 ONU “Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.”, 1979.

En el contexto del Paradigma de derechos Humanos y de promoción de la salud la prevención coherente es la

prevención crítica, la prevención como herramienta subversiva que pretende producir un cambio en el sistema y

garantizar el acceso a los recursos y servicios de aquellas poblaciones que mas los necesitan, tal como estipula la

ley 25673. Esta prevención se sustenta en la corriente de epidemiología critica, netamente latinoamericana que no

solo presta bases científicas y teóricas para el desarrollo de las practicas en salud sino que se constituye en una

filosofía de acción, un principio rector al incorporar como ineludibles y constitutivos los determinantes sociales

culturales y económicos de la enfermedad.

La posición no determinista de la epidemiología critica impone la percepción de la complejidad de los procesos de

salud enfermedad, que en el campo de los derechos sexuales y reproductivos revelan un segmentamiento de la

población por clase, genero y etnia que impide hacer planteos homogéneos e imponer acciones normativizadas.

La peculiaridad de cada comunidad se realiza en el campo de lo sexual y lo reproductivo demandando un abordaje

pormenorizado, un diagnostico participativo y una estrategia que aborde los determinantes del problema y no solo

sus manifestaciones más urgentes.

El enfoque de género es indispensable en este campo de acción, sin considerar las relaciones de poder entre los

géneros y cuestionar el sistema que determina la estructura actual de poder, estructura que esta en el origen de los

sufrimientos y problemas de salud, la acción en salud queda restringida a la focalización en eventos mórbidos

aislados, inexplicables.

Conceptos presentes en Decreto Nac. 1282/2003,

Reglamentación Ley Nº 25.673 Artículo 2º

Enfoque preventivo y grupos de riesgo

La prevención tal como menciona a en el decreto reglamentario retoma los niveles propuestos por Leavell y

Clark, Prepatogénico, patogénico y postpatogénico, engarzado a esos niveles Caplan propone tres ni veles de

prevención, primaria, secundaria y terciaria. La prevención secundaria es aquella que se practica sobre un grupo

previamente identificado al que se le ha detectado un mayor riego o predisposición a padecer un problema de

salud e particular, a diferencia de la prevención primaria que actuaría sobre la comunidades completas sin

distinción y la prevención terciaria cuyo objetivo son las personas que están padeciendo ya el problema en

cuestión. Para discernir los miembros del grupo que será objeto de las prácticas preventivas se puede utilizar

diversos tipos de tamizaje y detección y diferentes modelos explicativos.

Los principales defectos del paradigma de riesgos y de la prevención secundaria residen en su carácter

individualista, su preeminencia biologicista y en la reificación de un método que perpetúa el aislamiento y la

disección como norma de análisis de la realidad compleja. Los factores que son aislados a través de análisis

exclusivamente cuantitativos son luego reunidos en modelos multicausales. Sin embargo como señala Diez Roux

se tiende a favorecer implícitamente las determinaciones más proximales e inmediatas en detrimento de niveles

mas distales y sociales, además de no contemplar niveles de determinación holística grupal o comunitaria. De esta

manera el factor identificado como aquel con más peso estadístico es tratado como la causa. Este modelo es

descripto sintéticamente por Breilh como “factor causal/ paradigma de riesgo/ acción funcionalista”4, ya que las

actividades realizadas a partir de la detección del grupo de riesgo tiene como objetivo usualmente en este modelo

reducir la presencia del factor causal o contrarrestar su efecto con la interposición de medidas que no modifican

los determinantes del proceso salud-enfermedad. Paralelamente este modelo obvia que un gran número de

personas de bajo riesgo puede originar más casos de una enfermedad e particular que el reducido grupo en el que

se identificó el factor causal.

La prevención secundaria basada en Grupos de Riesgo conlleva también la estigmatización de sectores de la

población y las acciones llevadas a cabo contra el problema muy pronto se vuelven acciones contra el grupo, tal

como sucede con los usuarios de drogas inyectables y los hombres homosexuales, ambos grupos de riesgo

identificados en la lucha contra el sida que han sufrido y sufren discriminación basada justamente en esta

conceptualización de ellos mismos como riesgosos, en un movimiento que imputa las representaciones sociales

negativas y persecutorias de la infección a las personas identificadas con el factor causal.

4 Breilh, J.: “Epidemiología Crítica. Ciencia, emancipación e interculturalidad” 1ª. Edición. Buenos Aires. Lugar Editorial. 2003.

Una última desventaja de esta estrategia es que es inadecuada desde el punto de vista individual y del

comportamiento porque las características de nuestro estilo de vida están restringidas por las normas sociales, lo

que se denomina determinación holística de las conductas sociales. Es muy difícil para un individuo actuar por

fuera de las pautas y costumbres de su grupo y comunidad y es esto es lo que la estrategia preventiva de grupos de

riesgo le exige, estigmatizándolo como el responsable de la aparición o ausencia de la enfermedad.

La prevención basada en la identificación de factores de riesgo no es la única posible, Rose destaca que hay dos

prevenciones posibles, aquella basada en el riesgo, que desarrollamos previamente y que es la seleccionada para

regir las acciones en materia de derechos sexuales y reproductivos de acuerdo a los establecido en el decreto

reglamentario y la estrategia poblacional.5 La estrategia poblacional consistiría en la modificación de

determinantes que afectan a toda la población, no solamente a un grupo especifico, si bien el cambio a nivel

individual es menor, el efecto a nivel poblacional es mayor, apunta a que la opción saludable sea la mas sencilla

de tomar actuando no mediante el reforzamiento de las responsabilidades individuales sino sobre las condiciones

de exposición a determinantes del proceso salud-enfermedad. Esta estrategia ejecutaría medidas tendientes a la

protección de la población general a través de la modificación de las causas subyacentes, que en el peor de los

casos resultarían inocuas, en tanto el enfoque de riesgo deja intactas las causas subyacentes y propone

intervenciones que desatan procesos de estigmatización y apartamiento del sistema de salud.

Tutelaje y expropiación de los derechos y los cuerpos.

Los dispositivos de tutelaje tienen su origen en una expropiación de derechos de grupos humanos determinados.

Este retaceo de los derechos básicos de todo ser humano, coloca a los grupo en situación de vulnerabilidad y

sometimiento así como de postergación de su ciudadanía. Este primer movimiento conlleva la victimización que

da lugar a medidas de protección, que tal como describe Donzelot respecto de la infancia en peligro, deja poco

margen al sujeto imponiéndole pautas de conducta, de relación, identidades, etc. La protección del tutelaje es una

coacción sostenida por la vigilancia de aquel habilitado a tomar decisiones en lugar del tutelado.

En el plano de los derechos sexuales y reproductivos se ven involucrados grupos que históricamente han sido

objetos de las practica de tutelaje tales como las mujeres los niños, niñas y adolescentes y minorías sexuales. En

particular las mujeres han sufrido el peso de las políticas de perspectiva maternológica que las enajena de su

propio cuerpo conceptualizándolas como productoras de nuevos hombres y mujeres pero no como seres

autónomos e imputándoles una identidad no siempre deseada, producto d e estos enfoque derivan la penalización

del aborto y la resistencia e la implementación de métodos anticonceptivos gratuitos accesibles y cómodos para

las mujeres. Al no poder decidir sobre sus propios cuerpos las mujeres se ven tratadas como menores de edad y se

constituyen en ciudadanos de segunda categoría a través de las practicas que obstaculizan el ejercicio de sus

derechos.

5 ROSE G . Individuos enfermos y Poblaciones enfermas. En: Buck C, et al. El desafío de la epidemiología. Problemas y

lecturas seleccionadas . Washington DC: OPS; 1991. (Publicación Científica Nº 505) p. 900-909.

EJES TEMÁTICOS QUE ENFATIZA LA LEY

En este contexto pusimos nuestra mirada sobre la Ley de Salud Sexual y Procreación Responsable, y los tres

aspectos que se relacionan estrechamente con esta cuestión: el de la educación sexual, el de la anticoncepción y el

de la interrupción del embarazo no deseado.

El aspecto de la educación sexual en tanto entendemos el género como una construcción social, el de la

anticoncepción en tanto se materializa el divorcio entre goce sexual y procreación, y el de la interrupción del

embarazo en tanto la procreación es una elección.

Embarazos Indeseados Educación Sexual Métodos Anticonceptivos

La práctica abortiva en Argentina como en la

mayoría de los países de la región es

considerada un delito. El artículo 85 del

Código Penal establece la prohibición del

aborto. La Argentina es uno de los países que

admite la legalidad del aborto, “cuando peligra

la vida y la salud de la madre” (art. 86.1) y “si

el embarazo proviene de una violación o un

atentado al pudor cometido sobre la mujer

idiota o demente” (art. 86.2). En este caso, la

Argentina es uno de los países que admite la

excepción del aborto terapéutico, el que se

realiza para salvar la vida de la gestante o

evitar un daño grave para su salud.

Sin embargo, en general no existe una

correlación satisfactoria entre la Ley y las

prácticas o bien, la realidad social. Las

políticas restrictivas en cuanto a salud

reproductiva vigentes en el país determinan

que aunque existan figuras relativamente

despenalizadas estas prácticas no se

efectivizan.

Los médicos no siempre ejecutan los abortos

legalmente permitidos en tiempo y forma, y en

la mayoría de los casos solicitan autorización

al Poder Judicial, aunque este procedimiento

es innecesario. No existe norma alguna en

todo nuestro ordenamiento jurídico que

indique que deba pedirse autorización judicial

para realizar un aborto no punible

contemplado dentro del artículo 86 del Código

Penal.

El registro de la morbilidad y mortalidad en

relación a abortos no espontáneos es difícil de

calcular ya que debido a la penalización de

esta práctica por el código penal de la

Argentina, las mujeres embarazadas que se

han practicado abortos no lo comunican al

personal de salud aumentando aún más el

riesgo de muerte en estas situaciones.

Respecto de la mortalidad materna, sobre un

total de 295 muertes, en el año 2004, se

registró como causa “Embarazo terminado en

aborto”, un 31,8%. De acuerdo a un estudio

realizado a pedido la Comisión Nacional de

Programas de Investigación Sanitaria se

producen en el país entre 460 mil y 600 mil

interrupciones voluntarias de embarazo, casi

un aborto por cada nacimiento. La cantidad de

La Ley Nacional de Educación Sexual, se

sancionó el 4 de octubre de 2006. Aún así

varias y varios maestros de sala, profesores

de escuelas primarias, medias y terciarias

abordan desde hace años contenidos

vinculados a la sexualidad como parte

integral de la formación de sus alumnos. En

general lo hacen apoyados por las

instituciones donde trabajan. Y enseñan en

talleres especiales, a demanda o en forma

transversal, desde varias materias.

La educación sexual constituye una de las

herramientas principales para el logro de

una salud sexual plena según lo establece

la Ley Nacional N° 25.763 de Salud Sexual

y Procreación Responsable.

Los contenidos obligatorios mínimos

currículares son dictados por el Ministerio

de Educación. Como la Ley establece que

los contenidos son transversales, o sea que

se pueden dar en distintas materias, no

habrá una currícula específica de educación

sexual. Los colegios religiosos también

están obligados a enseñar los contenidos

mínimos, pero también pueden dar su punto

de vista en cuanto a valores, convicciones

culturales y religiosas, teniendo en cuenta la

norma por la que todas las escuelas tendrán

que promover la perspectiva de género,

fomentar la maternidad y paternidad

responsables, evitar enfermedades de

transmisión sexual y abusos sexuales.

La Ley fomenta la generación de espacios

de participación y construcción de

conocimiento para padres, madres y

familias en general, a fin de fortalecer la

relación intergeneracional y la comunicación

sobre estas temáticas.

Todavía no está en marcha el programa

creado por dicha Ley, y apenas se

comenzaron a dar los primeros pasos a

comienzos del 2008 para analizar los

cambios en la currícula escolar.

Si bien tanto desde Nación, como de la

Provincia y la comuna, se realizan

actividades relacionadas de prevención o

charlas, la educación en las escuelas de

La ley de Salud Reproductiva y

Procreación Responsable pone énfasis en

garantizar el acceso a la información

como al suministro de métodos

anticonceptivos.

La función del agente de salud consistirá

en informar objetivamente a las personas

concernientes sobre los riesgos, ventajas,

efectos secundarios y utilización correcta

de todos los métodos disponibles,

ayudándolos a identificar los factores de

su vida que pueden influir en el éxito de la

anticoncepción. Es la persona

concerniente y no el agente de salud,

quien debe decidir en función de su

situación, si desea o no un método de

regulación de la fertilidad y, en caso

afirmativo, que método prefiere,

fundándose en una evaluación correcta de

la información pertinente (consentimiento

informado).

A partir de esta Ley queda bien delimitado

la obligación del Estado de disponer de

presupuesto para financiar su

implementación, la autoridad de aplicación

debe tomar los recaudos necesarios para

el continuo abastecimiento de los

insumos, bienes y servicios no personales

y servicios personales a cada uno de los

centros o dependencias en las cuales se

desarrolle el mismo, a fin de cumplimentar

los objetivos de la presente.

Con la sanción de la Ley 25.673 se

habilitaron prácticas como la ligadura de

trompas y anticoncepción de emergencia,

que permiten abordar las problemáticas

camino a superar la lógica del falo y

pontenciando la autonomía y participación

femenina. Aún queda por incorporar el

preservativo femenino que también

favorecería la autonomía y la toma de

decisiones sobre el propio cuerpo para las

mujeres.

hospitalizaciones por aborto, un total de

68.869 mujeres en 2005, constituye solo una

parte del problema ya que se calcula que por

cada aborto que requiere hospitalización se

practican siete que no la requieren pero que

se realizan en la misma ilegalidad que pone

en riesgo la vida de la mujer y reniega de sus

derechos básicos. También cabe destacar

que en esta cifra total del año 2005 faltan

silenciosamente los datos de las provincias de

Tucumán y Salta que no remitieron datos,

siendo provincias con tasas de fecundidad

adolescente por encima de la media nacional.

En torno a este punto, el embarazo

adolescente constituye un problema que

aumenta año a año. De acuerdo a lo

registrado por el Ministerio de Salud de la

Nación la tasa de fecundidad adolescente del

año 2005 es de 31,92, pero esta tasa esconde

una gran variabilidad entre las diferentes

jurisdicciones, trepando hasta 51,24 en la

Provincia de Chaco contra el 16,21 de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 6 Dado

que el embarazo adolescente es un tema

complejo podemos pensar que en estas

diferencias se visualizan los diferentes

procesos de salud-enfermedad-atención

fuertemente marcados por el acceso desigual

a recursos materiales y simbólicos por parte

de las adolescentes.

En lo que concierne a la opinión pública

respecto al tema, en los últimos dos años ha

habido una progresión importante,

verificándose un cambio notable de acuerdo a

los últimos sondeos realizados.

este programa especial sería masiva y

alcanzaría a toda la población estudiantil, no

sólo a quienes requieran ayuda sanitaria.

Por lo tanto, si bien es elogiable la tarea

legislativa que finalmente redundó en la

sanción de una ley votada casi por

unanimidad, que establece que es el Estado

el que define los contenidos obligatorios que

deben dictarse. Queda en manos de cada

comunidad escolar decidir la forma en que

esto se materializará, lo cual abre la puerta

a que en algunos casos se desvirtúe el

propósito educativo. El concepto de

“comunidad escolar” fue precisamente la

clave que permitió avanzar en la sanción de

la Ley ya que al dejar en manos de sus

integrantes el cómo encarar el programa

educativo permitió superar las resistencias

de los sectores más contrarios a la norma.

Esta cláusula en la que radicó la viabilidad

política de la Ley ampara su desvirtuación,

con la progresiva creación de dos currículas

diferentes. Aquellas instituciones educativas

más comprometidas con la importancia de

la educación sexual decidirán sobre los

contenidos y las formas curriculares

atendiendo a esta perspectiva, mientras

aquellas instituciones, principalmente las

confesionales, se encuentran con la

posibilidad de ignorar la problemática y

omitirla en sus currículas.

Tal vez en este punto es donde se vuelva

necesario pensar cómo articular la política

de Estado con la acción de la comunidad,

en el diseño de una instancia de evaluación

de la norma que comprometa a padres,

alumnos, docentes y autoridades escolares,

y promoviendo propuestas formativas para

docentes alrededor de las problemáticas de

SS y R en el ámbito cotidiano, la escuela.

Algo valioso a distinguir es que la creación

de una materia específica de SS y R, se

centra en la transmisión de conocimientos, y

si bien esta es fundamental y valiosa, no es

el objetivo principal, sino que dicho objetivo

para la promoción de salud es la apertura

del debate, generando espacios de

reflexión, para ello no es necesario crear

una nueva materia, sino la modificación de

toda la currícula y la consecuente formación

de todos los miembros de un

establecimiento educativo como

Fuente: Mónica Petracci.

Despenalización.org.ar. Nº 1. Abril 2007.

Esta evolución es fruto del protagonismo de

mujeres en distintos ámbitos y de la existencia

de una Campaña Nacional por el Derecho al

Aborto Legal, Seguro y Gratuito (CNDALSG).

En este proceso también hay que destacar la

decisión política de la gestión anterior de

implementar a nivel nacional el Programa de

Salud Sexual y las reiteradas declaraciones

públicas del ex ministro de Salud Ginés

González García a favor de la

despenalización del aborto. Compromiso que

culminó con la aprobación de la “Guía técnica

para la atención integral de los abortos no

punibles” 7.

Si bien la presentación de nuevos proyectos

de ley tendientes a modificar los artículos del

Código Penal que penalizan el aborto no

logran ingresar en la agenda parlamentaria,

nada indica que a corto plazo se registren

avances reales en la situación legal que rodea

la cuestión.

orientadores del debate y la reflexión,

formación que debería estar a cargo tanto

del Ministerio de Salud como del Ministerio

de Educación de la Nación, siendo

imprescindible el abordaje de esta

problemática compleja por parte de equipos

interdisciplinarios.

Esta formación no apuntaría a la

“educación” del docente sino a la

problematización de los conceptos y las

teorías que los mismos poseen acerca de la

SS y R y las perspectivas de género,

posibilitando a su vez la superación del

conflicto acerca de la edad apropiada de

niños y niñas para dar inicio al abordaje de

la temática.

Otro punto que cobra importancia es la

implementación de una instancia de

fiscalización acerca de la adaptación que

cada comunidad termina por llevar adelante

puertas adentro de la institución.

Un avance en este sentido es la creación de

la Comisión Interdisciplinaria para la puesta

en marcha del Programa Nacional de

Educación Sexual Integral quien el año

pasado realizó un Coloquio Interdisciplinario

Internacional, que se tituló: Educación,

sexualidades y relaciones de género, de

modo de dar con un panorama general de

las diferentes problemáticas e inquietudes

que se presentan en las diferentes zonas

del país.

Otro aspecto que vale la pena señalar es

que quedan por fuera del alcance de la Ley

aquellos niños que no acceden a la

educación formal, y que son, por lo general,

los que viven en condiciones más precarias

y los que en un porcentaje más elevado

están expuestos a las situaciones de riesgo

acerca de las que se quiere educar. Queda

pendiente entonces cómo ampliar el

programa hacia otras instituciones por las

cuales estos niños transitan, incluyéndolos

como sujetos de derecho y evitándoles

nuevas violencias a las que ya padecen.

CONCLUSIONES

Sin duda la sanción de una Ley que considere como sujetos de derecho a los adolescentes, que enuncie como

objetivos el empoderamiento de las mujeres y la promoción de la salud, es un logro que merece ser reconocido.

Pero una crítica constructiva es necesaria para la superación de ciertas instancias contradictorias en la formulación

misma de la Ley y su Decreto Reglamentario, para que su implementación se corresponda con los valores que

pretende enunciar. A estos efectos es pertinente hablar de corrupción, entendiendo a la misma como “la alteración

de la forma de algo”, para referirnos a este antagonismo entre las teorías, conceptos y modelos que son la base de

la confusión a la hora de leer e interpretar los alcances de la implementación del Programa Nacional de Salud

Sexual y Procreación Responsable.

Como afirma Testa en su Postulado de Coherencia en relación a la planificación en salud, se establece una

relación necesaria entre propósitos, métodos para alcanzarlos y la organización de las instituciones que se

encargan de ello. Es decir una estrategia, como forma de implementar una política. La estrategia institucionalizada

por el Programa es la consejería sobre salud sexual y reproductiva destinada a la mujer.

Esta estrategia se basa en un enfoque preventivo y de riesgo que no se condice con los objetivos explicitados por

la Ley respecto a la Promoción de la Salud.

Es decir que la estrategia finalmente elegida sigue los lineamientos del Decreto. Y si una estrategia es la

implementación de una política, y una política nos remite a una propuesta acerca de la distribución del poder,

cabría preguntarse ¿cúal es esa distribución que lleva a la elección de que sea la consejería, la distribución de

métodos anticonceptivos, las charlas informativas, la folletería… las prácticas institucionalizadas?

En un principio podríamos pensar que tal distribución se asienta en un Modelo Médico Hegemónico amparado en

un paradigma de prevención y riesgo, que identificando grupos de riesgo o grupos vulnerables pretende actuar

“sobre” ellos a partir de una relación asimétrica de poder basada en un saber científico incuestionable. Asimetría

que conlleva primeramente a que el sistema de salud responda sólo ante la enfermedad / problema, ante una

demanda construida y determinada, a la que se responde generalmente en forma individualizada, de modo

prescriptivo. Ejemplo: una mujer queda embarazada por quinta vez, se acerca a un centro de salud porque esto

para ella constituye un problema, pide algún tipo de método anticonceptivo, y le prescriben cuál sería el más

conveniente en su caso. Pero al año siguiente retorna con su sexto embarazo, y se le pregunta en un tono de

reproche ¿por qué ha quedado embarazada si se le ha dicho cómo tomar las pastillas? A lo que responde que su

pareja no la dejaba consumirlas, adjetivándola de “puta”. Esto deja claramente expuesto que a partir de esta

mirada, de este modelo el problema elude connotaciones psíquicas, sociales y culturales transformando los

aspectos reguladores de la salud sexual en descripciones anatomo-fisiológicas, donde por otra parte se espera que

el problema ya esté constituido para actuar, y que quien actué sea fundamentalmente el profesional, siendo el

“paciente” quien debe seguir aquellos pasos que le han recetado, de acuerdo a su propio entendimiento y

posibilidad.

Lo que hasta aquí pudimos observar claramente que el principal obstáculo que se enfrenta al tratar de planificar la

prevención y promoción en salud sexual y procreación responsable es la definición que sobre estos temas

construimos.

Incluso, en la descripción de las políticas internacionales vinculantes, cada tratado tiene una concepción diferente

de lo que la salud sexual representa. Por ejemplo en la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo8, la

salud sexual se desprende y se encuentra como subrogado de la salud reproductiva, lo cual abona la visión de la

mujer como objeto intermediario en una función que le es ajena, ya que el derecho a la vida desde la concepción,

presente en casi todos los tratados internacionales obvia la situación de dependencia del feto a la mujer,

considerándola natural y por ende esto asciende al carácter de ley a la cual la mujer debe someterse por las

características de su sexo.

Tomando los aportes de Eva Giberti 9 (Giberti, 1992) en el libro “La mujer y la violencia invisible”, podemos

observar que el discurso que hace de soporte a esta Ley de SSyR, hecha raíces en un discurso médico, donde la

sexualidad de la mujer ocupa un lugar protagónico, sí, pero siendo el “útero” el personaje privilegiado de esa

protagonismo, respondiendo a una ecuación: mujer igual madre, basamento de la identidad femenina.

Este planteo naturalista es discriminatorio y es el origen de las diferencias en las posturas sostenidas por los

diferentes bandos a favor y en contra tanto de la Ley de Salud Sexual y Procreación Responsable así como de la

Ley de Educación Sexual.

En el prólogo del Programa redactado por el ex Ministro de Salud, Dr. Ginés González García, detecta tres

sectores más vulnerables: las mujeres, los jóvenes y los mas pobres, y la solución que propone y a la que es fiel

tanto la Ley como el Programa es: la información y educación. Sobre estos grupos se implementarán acciones

de tipo preventivas, a través de actividades informativas, de reparto de profilácticos gratuitos, etc. Este tipo de

prevención no solo está orientada a la parte de procreación responsable que tiene su eje en la planificación

familiar, sino además en la prevención de enfermedades de transmisión sexual tales como HIV y otras

enfermedades venéreas y de aquellas que impliquen a los órganos genitales y que abarcan cáncer o fibromas por

ejemplo.

Sin embargo en ninguna parte se ha confirmado que estos fenómenos se den por desinformación o falta de

educación; tomando los jóvenes y adolescentes de clase media o clase alta, que también se embarazan, abortan y

se contagian de ITS, se puede dar cuenta que las causas no estriban en su ignorancia de “información”, sino en las

peculiaridades de la etapa evolutiva, el entorno social y la cultura en la que viven. Es decir ellos saben acerca del

sida y saben acerca del preservativo y aun así llevan a cabo conductas que ponen en riesgo su salud.

Como Silvana Weller 10 (Weller, 1999) bien explica, que algunos modelos comportamentales (Castiel, 1996) han

buscado profundizar en las razones del incumplimiento de las recomendaciones en salud. Uno de ellos es el

Modelo de las Creencias en Salud que postula que los individuos adoptarían medidas preventivas en la medida en

que sus percepciones de severidad y susceptibilidad sean lo suficientemente fuertes como para superar las barreras

percibidas por el nuevo comportamiento seguro.

Podemos proponer que un punto de partida es pensar que la implicación de una persona en un problema no puede

reducirse a su compromiso cognitivo. Considerando a su vez que la información, como recurso cultural no se

encuentra distribuido de modo homogéneo en la sociedad, y que además las personas con igual disposición a la

información, generan respuestas diversas en función de los aspectos subjetivos previos, aquí reside la importancia

de la historia libidinal del sujeto y el concepto de fantasía como espacio mediador entre el conocimiento y la

capacidad de operar en función de la misma. Es por ello que el eje tiene que estar en promover acciones de

promoción que en lugar de partir de la ignorancia (modelo del sujeto racional-deficitario) tengan también como

punto de partida al sujeto del deseo.

Por otra parte, profundizando en los aspectos del presupuesto destinado a la implementación del Programa, cabe

destacar que el Estado Nacional cubrirá el costo derivado de la asistencia y capacitación de los miembros del

equipo de salud, entre los cuales al detallarlos omiten al psicólogo.

Es en el análisis respecto del Programa Nacional y de la Ley 25.673 que se revela la ausencia de prácticas de

cualquier índole en salud mental. Es llamativo que en una Ley eminentemente dedicada a la promoción de la

salud, en un tema complejo como la sexualidad humana, el eje sea la información, y no la comprensión de todos

los aspectos involucrados: sociales, psicológicos y culturales, aún siendo de conocimiento general que cuando de

sexualidad se trata, y sobre todo de adolescencia y juventud, la información objetiva disponible no garantiza la

ausencia de vulnerabilidad.

Pese entonces que en la Ley 25.673 en su artículo segundo sostiene objetivos que se centran en el enfoque de

promoción de la salud, es decir que requieren que se supere la visión reactiva frente a los principales problemas y

se centre la mirada en las potencialidades, las posibilidades y los factores protectores o benéficos que permitan

alcanzar el nivel de salud máximo posible dentro de determinado tiempo y espacio, al recorrer el programa y el

libro que lo desarrolla11, las iniciativas descritas se abocan sistemáticamente a los problemas detectados como las

enfermedades de transmisión sexual, y embarazo adolescente, haciendo hincapié en garantizar la información y la

provisión de métodos anticonceptivos.

El principal problema que podemos observar de todo lo anteriormente mencionado, es que en general es un

programa que responde, más que un programa que propone innovando más allá de las urgencias. Esto entra en

conflicto con los objetivos mencionados al principio, de promoción de la salud y de potenciación femenina. Para

poder cumplir con estos objetivos es necesario superar la lógica de la respuesta y problematizar aspectos de la

vida cotidiana que no son demandas sociales ni problemas de salud aún. Podríamos decir que las incongruencias

entre la Ley y el Decreto terminan no favoreciendo el empoderamiento, sino que buscan la adaptación de la

población a estándares que han sido dispuestos sin siquiera información epidemiológica adecuada o suficiente

acerca del proceso de salud enfermedad en la salud sexual y reproductiva.

La distancia entre los modelos propuestos en la ley 25.673 y su decreto reglamentario muestran como muchas

prácticas y paradigmas se mantiene en la vida cotidiana sin otra modificación que la denominación que de ellos se

hace. Este es uno de los principales riesgo de las leyes que se construyen para modificar una situación percibida

como injusta pero sostenida ampliamente por diversos poderes sociales, muchas veces los nombres y practicas o

técnicas aisladas quedan cooptadas por un modelo que no se modifica sino que se disfraza y muta pero tan solo

para evitar un cambio de fondo.

Aun no se han llevado a cabo acciones que materialicen efectivamente los objetivos fijados por la ley 25.673, y en

muchos casos se pretende que practicas aisladas sostenidas por ciertos grupos de profesionales pasen por un

verdadero cambio del sistema de salud. En gran medida las consejerías de la mujer están siendo utilizadas para

este fin ya que muchos dan por completa y satisfecha la aspiración de promoción de la salud y participación y

empoderamiento de la mujer y de la comunidad en general a través de este dispositivo. Las consejerías han sido

un logro dentro del marco de esta ley y para el sistema de salud, pero no implican la participación comunitaria, la

acción intersectorial y demás características que las ubicarían dentro del campo de acciones de promoción de la

salud.

Si bien las mismas buscan intervenir sobre los estilos de vida que es uno de los campos de la salud lo hacen desde

el modelo de asistencia basado en la autoatención. El individuo o alguien de su comunidad detecta una

problemática de salud-enfermedad y se decide una consulta con un otro significativo investido de cierto saber y

poder sobre el problema, este otro imparte ciertos significados e indica cursos de acción a seguir para resolver el

problema, las acciones deberán ser llevadas a cabo por el consultante de manera autónoma en su vida cotidiana.

Es en ese momento que el consultante y su grupo evaluaran si toman o no aquellos significados por ciertos y las

recomendaciones por válidas y definirán si continuar consultando o resolver por otros medios la problemática.

Este proceso de asistencia basado en la autoatención es el eje de la atención en el sistema de salud, es por esto que

si bien las consejerías son muy necesarias y beneficiosas se observa claramente que continua la lógica de atención

del sistema de salud que debería ser complementado por practicas de promoción de la salud que incluyeran la

participación comunitaria y la acción intersectorial.

La lógica del Decreto Nº 1282/2003

La lógica que articula el decreto reglamentario parte de la identificación de las mujeres, las minorías sexuales y

los adolescentes, particularmente los pobres, como grupos de riesgo, luego de esta definición conformada en el

momento de la sanción en base al sentido común ya que aun no se contaba con datos epidemiológicos que lo

sustentasen sino amplias sospechas, se focalizan las acciones del sistema de salud en este grupo.

El reconocimiento de las conductas de estos grupos como riesgosas da lugar a un proceso de imputación de la

responsabilidad y la “culpa” a los individuos y de estigmatización. Esto se observa en los reproches por parte de

los profesionales de salud, de los medios y de la sociedad e general hacia aquellas mujeres y aquellos adolescentes

que aun “teniendo la información” no se comportan adecuadamente, el riesgo se convierte en una opción

voluntariamente aceptada y los problemas de salud en las naturales consecuencias y en muchos casos “castigos”

que estos grupos se adjudicarían a través de sus actos. Las campañas en la temática entonces, ante esta actitud

díscola de no modificar los estilos de vida perniciosos, pasan por alto las determinaciones sociales y se centran en

modificar conductas de manera individual. De esta manera se deja de lado el paradigma de derechos para

concentrarse en la modificación de conductas que lleva inevitablemente a recurrir a acciones de tutelaje diversas,

prohibiendo y censurando conductas cotidianas con el objetivo de reducir el riesgo de un grupo determinado. La

pérdida de derechos que acarrean estas prohibiciones solo logran la criminalización de aquellos actos que los

ciudadanos y ciudadanas seguirán llevando a cabo, constituyendo un círculo vicioso de una estigmatización cada

vez más profunda y una exclusión progresiva del sistema de salud.

Atención Primaria Primitiva

Como mencionamos en el marco teórico, la Promoción de la Salud retoma los objetivos de la conferencia de

Alma-Ata que se plasman en la estrategia de Atención Primaria de Salud. Por lo tanto el concepto de Atención

Primaria de la Salud refleja un acuerdo consensual y una estrategia para alcanzar la meta de salud para todos.

En el año 2003 se redactó la Declaración de Montevideo, un compromiso de todos los gobiernos de las Américas

para renovar la APS. Contar con un sistema de APS renovado se considera una condición esencial para poder

alcanzar los compromisos de la Declaración del Milenio, aprobada por la Asamblea General de las Naciones

Unidas el 8 de septiembre de 2000.

Sin embargo es imposible desconocer, en contraste con todos los propósitos planteados por la APS, que las

políticas neoliberales recrudecidas en la década del ´90 dieron sistemáticamente más importancia al crecimiento

económico, que a las necesidades y derechos de las personas. En el marco de estas políticas se llevaron a cabo los

famosos Ajustes Estructurales, y una forma particular de recorte por parte de las políticas conservadoras fue la

introducción de estrategias de salud y desarrollo más verticales, que en vez de promover la igualdad y el cambio

social, tendieron a reforzar y legitimar las desigualdades ya existentes.

El papel de los organismos internacionales, como el Banco Mundial o el FMI son fundamentales para entender

esta dinámica. Los objetivos del Banco Mundial a partir del informe de 1993, Invertir en Salud, son los de

rectificar las políticas sanitarias y reestructurar los sistemas de salud del Tercer Mundo, estableciendo la petición

de reducir la pobreza como pieza clave para una salud mejor. Esta estrategia vela que son desde estas mismas

organizaciones que se han impuestos los ajustes estructurales, con reducciones presupuestarias en educación y

salud, entre otros, poniendo más fuera del alcance los servicios de salud para los más necesitados, con su efecto

de racionalizar los servicios públicos, una Atención Primaria Selectiva, más amistosa con el mercado, que se

centra en intervenciones más tecnológicas, técnicas, pasando por alto los determinantes sociales, históricos y

culturales del proceso salud – enfermedad – atención.

Estos hechos encuentran puntos de congruencia con el análisis respecto a la Ley 25.753 y su Decreto

Reglamentario, porque por un lado tenemos una proliferación de una retórica de la participación, el

fortalecimiento de los usuarios, de promoción de una activa y fuerte participación social en la toma de decisiones

y en la implementación de las políticas; y por otro la reglamentación se aboca a estrategias preventivas

focalizadas a determinados grupos de usuarios lejos de lograr aquello que propone la Promoción de la Salud como

fortalecimiento de toda la comunidad, es decir la participación efectiva y concreta de la comunidad para lograr el

desarrollo de las aptitudes personales para que la población ejerza un mayor control sobre su propia salud.

Si la estrategia institucionalizada es la consejería, implica primeramente el acercamiento de los miembros de la

comunidad al sistema de salud, quien por otra parte se dirige porque logró percatarse de que hay algún problema

que lo aqueja, es decir se dirige con una demanda específica y es atendido en un dispositivo individual, que le

brinda información y le provee métodos anticonceptivos. Esto no es una estrategia basada en la PS, que implique

acciones con la comunidad toda, sin esperar la configuración de una demanda específica por parte de esta

(positividad de la salud) convocando a dispositivos grupales, que no sólo brinden información y provean métodos

anticonceptivos (actividades absolutamente necesarias pero no suficientes) sino que a su vez puedan reflexionar y

problematizar cuestiones relacionadas a la sexualidad y el cuerpo para que realmente, y siguiendo la definición de

M. Montero los miembros de la comunidad desarrollen conjuntamente capacidades y recursos para controlar su

situación de vida.

Si se considera como grupo vulnerable a las mujeres, y de las mismas se espera que ellas lleguen a la consulta, y

sólo le suministramos información biomédica a modo de prescripción, no lograremos que estas mujeres realmente

asuman una conciencia crítica respecto a sus problemas, sino que las vicisitudes de sus vida cotidiana perezcan en

este nivel sin poder problematizarlas. Si hay una institucionalización de talleres grupales, donde el eje no sea

meramente la información / educación, sino la reflexión y el debate, podrán salir a la luz problemáticas que no

tienen que ver con exclusividad con lo orgánico y fisiológico, y obstaculizan el logro de salud de las personas.

Mencionamos anteriormente que muchas veces no es por falta de información que las mujeres no usan métodos

anticonceptivos, sino porque sus maridos / convivientes / parejas, las tildan de “putas”, les pegan, las violan,

etc…de esta manera nos daríamos cuenta que no sólo hay que trabajar con ellas respecto a estos temas, sino

también con ellos. Porque si se las rotula como grupo vulnerable o de riesgo, también se les adjudica a ellas la

responsabilidad de cambio, por lo tanto también en un sentido se las considera responsables de su causa, entonces

lejos de lograr un empoderamiento femenino quedan ubicadas en un lugar victimológico, culpabilizante, pasivo y

estigmatizante.

Desde estas consideraciones se desprende que el Programa no apunta al empoderamiento, entendiendo al poder

como capacidad de manejo de recursos y sino como relación social, es decir entendiendo al poder que tiene

una persona sobre otra cuando la otra no haría algo si la primera no tuviera poder.

Son necesarios entonces espacios para reflexionar acerca de los problemas que los propios miembros de la

comunidad perciben, espacios para reflexionar acerca de los deseos que están en juego, de las fantasías… es a

partir de esto que la sexualidad se podrá desplegar de un modo “seguro” y no de una normativa rígida

descontextualizada. Espacios que no queden anclados en un rótulo de grupos vulnerables, y sean proclives de

incluir a los hombres en la reflexión de la problemática. Espacios que sean institucionalizados y conformen una

estrategia y no sean resultado solamente de voluntades singulares de un profesional o un centro de salud

determinado que decidan llevar a cabo este tipo de actividades.

La institucionalización de talleres son sumamente importantes para la comunidad en general y especialmente para

las mujeres, ya que en el discurso hegemónico existe una versión de lo femenino marcada por la ignorancia de lo

que acontece en el propio cuerpo, es deseable en la mujer que no conozca de su cuerpo, de sus procesos, de sus

necesidades. Esto es percibible en las estadísticas disponibles acerca de la consulta ginecológica, y los controles

de salud sexual y reproductiva de las mujeres, así como de las encuestas sobre el uso de de métodos

anticonceptivos y el imaginario que rodea a los mismos y a las mujeres que saben utilizarlos. Este modelo plantea

resistencias cuando se busca mostrar como deseable una mujer consciente de sus necesidades, de su propio cuerpo

y de los riesgos que puede llegar a correr. En general las campañas que potencian la responsabilidad de las

mujeres respecto de su vida sexual se construyen sobre consignas basadas en decir no, escatimar el cuerpo cuando

la pareja sexual no cumple con las condiciones que la mujer requiere para sentirse segura, ya sean éstas el uso del

preservativo o de otros métodos anticonceptivos. Estas consignas que son fundamentales dada la situación de

sumisión de la mujer en la cultura occidental, no cubren una problemática fundamental que es la situación en la

cual una mujer no quiera sustraerse de la situación, ya que no brindan herramientas para abordar el deseo y la

voluntad sexual, sino sólo para defenderse de esta, como si fuese un agente foráneo, cuando la situación no

cumple con los requisitos establecidos. Esto revela un paralelismo entre los planes de salud actuales y los

consejos de las abuelas en los que se responsabilizaba la mujer de controlar la situación y acceder a la relación

sexual sólo bajo ciertas condiciones.

Si bien estos abordajes construyen la posibilidad y el aval social al no de las mujeres y a la no sumisión, siguen

enmudeciendo el deseo sexual en la mujer. Brindando herramientas para prevenir una sexualidad violenta,

indeseada… impuesta. Pero sin propuestas para construir una sexualidad de la mujer como sujeto activo,

deseante.

Como mencionamos en el marco teórico, potenciar la participación femenina se relaciona con el objetivo

privilegiado de facilitar la toma de conciencia sobre las problemáticas que las afectan y desarrollar las

capacidades y recursos simbólicos y materiales para transformar la situación. Es por esto que la potenciación de la

participación de las mujeres abarca un proceso de constitución de las mismas como ciudadanas, no tratándose sólo

de una estrategia de salud sino de un proceso político de recuperación de derechos y de los sujetos que los

sustentan.

De esta manera hay que prestar atención a las esferas encargadas de la planificación en salud y la retórica que

expresa que los objetivos son la atención de la salud-enfermedad en una visión integral de “Salud Para Todos”,

mientras que al mismo tiempo su reglamentación responde a una atención selectiva, de acuerdo a un paradigma de

prevención y riesgo recayendo sobre aquellos grupos que han sido declarados vulnerables.

Con esto no queremos decir que estos grupos no requieran especial atención, y esto es así porque sus derechos

han sido más claramente vulnerados. Pero esto no significa que la acción deba reducirse a estos grupos sino que

debe apelarse a la acción comunitaria. Es por todo esto que las explicitaciones de la Ley y el Programa respecto a

su universalidad deben ser revisados críticamente.

Tomando nuevamente a Mario Testa podemos atrevernos a conjeturar una desvirtuación de la propuesta de

Atención Primaria, la cual desemboca en una Atención Primitiva, y esto como consecuencia de una doble

circunstancia, por la existencia de servicios diferenciados para distintos grupos sociales, donde se discute no sobre

los servicios para toda la población, sino para la que se encuentra en situación menos favorecida; y la

consideración de costos, donde la APS se diseña para disminuir el gasto social en salud, aunque esto resulte

ineficiente en el funcionamiento de todo el sistema.

Por lo tanto la estrategia no puede ser pensada ni postulada como herramienta meramente técnica, que desde una

perspectiva funcionalista vengan a “arreglar” lo que no funciona. No pueden desconocerse las múltiples

dimensiones que abarcan al tema, así como no debe hacerse ojos ciegos al hecho de que postular un cambio desde

la retórica, desde el enunciado, y llevar a cabo en la práctica, en la cotidianeidad, acciones antagónicas o no

congruentes con los objetivos y propósitos enunciados, es desconocer las potencialidades del Programa

Un análisis integral entonces, implica considerar que la Ley y el Programa como uno de sus objetivos menciona al

empoderamiento femenino, lo que apunta claramente al desarme de la estructura patriarcal que rige todos los

discursos de la sociedad. Si esto se desconoce, entonces no podremos evaluar y reevaluar los objetivos,

estrategias, métodos y resultados del Programa, sino que nos regiremos solo por la evaluación estadística de

resultados, desconociendo los procesos que dan vida y explican verdaderamente el trayecto del Programa. De esta

manera el análisis será neutral respecto a lo político, y se desconocerá el carácter conflictivo de sus metas,

acentuando la reproducción de un sistema del cual supuestamente se tiene por objetivo transformar.

CONSIDERACIONES FINALES

Si la promoción de la salud es objeto de la Ley, se debe asentar en el desarrollo de estrategias de afrontamiento no

medicalizadas y no superpuestas e inarticuladas, con una nueva comprensión donde prevalezca el carácter social

en el proceso de salud-enfermedad.

Para alcanzar estos objetivos se deben desarrollar más allá del campo de la prevención, basándose en los

determinantes histórico - sociales del proceso salud-enfermedad.

Una mujer que atraviese las distintas instituciones de socialización sin que se practique reflexión alguna acerca de

la cuestión del género, sin que se aborde críticamente todo dispositivo de dominación patriarcal, sin que se

problematice un discurso que naturaliza lo que no es sino una construcción cultural, probablemente no encuentre

muchas opciones para sostener su identidad femenina en un plano de equidad y autonomía respecto de los

hombres.

Del mismo modo, toda política que obstaculice el acceso a métodos anticonceptivos por parte de toda mujer que

lo desee, tanto en lo que tiene que ver con la información al respecto como con la provisión material directa, no

hace más que consagrar la viscosa asociación mujer-madre.

Lo mismo se puede plantear en relación a la temática de interrupción de embarazos, aunque este tema presenta

aristas más complejas. Aún así, y como punto de partida, se hace impostergable la necesaria congruencia de lo

que ya está legislado con las prácticas cotidianas.

La salud mental ampliamente ignorada en la Ley 25.673, debe introducirse, tiene un espacio para hacerlo desde la

práctica, desde el equipo de trabajo, desde la posición de cada psicólogo en los centros de salud y hospitales…el

recorrido que siempre ha realizado la psicología en la Argentina de la legitimidad a la legalidad.

Los lineamientos que plantea el Programa merecerían ser pensados de un modo más amplio, ya que en algunos

aspectos quedan estrechamente relacionados a la perspectiva médica y al énfasis en lo biológico y no toman nota

de la dimensión altamente significativa que para cada sujeto tiene lo sexual a nivel psíquico. En la elección de un

método anticonceptivo como en la misma consideración que cada sujeto tiene acerca de sus prácticas sexuales, se

hacen presentes una gran variedad de sentidos y fantasías que estructuran las

En este panorama el psicólogo tiene mucho trabajo por hacer, la propia ambigüedad del Programa que podría

llevar a una efectividad despareja de las acciones, permite amplia movilidad de trabajo para promover verdadera

transdisciplina. El empoderamiento es también fundamental, la lucha por los derechos sexuales, como rama de la

lucha por los derechos de la mujer, hereda la posibilidad de la participación comunitaria real, y la toma de

decisiones no solo respecto del propio cuerpo, sino la participación democrática y política. Aquí es requerido el

rol del psicólogo para actuar como mediador entre los intereses antagónicos y a favor de la salud. 12

Para finalizar, es de destacar que se debe apuntar a un replanteo de la planificación (Testa), integrando el

diagnóstico y la propuesta administrativa, aquello que clásicamente se hace, con el análisis estratégico de la

estructura de poder y las repercusiones sobre esta estructura que tendrán las acciones propuestas. Esto en el caso

del Programa de Salud Sexual y Procreación Responsable, es fundamental, ¿por qué?, porque este plantea el

reconocimiento de ciertos derechos sexuales y reproductivos, como derechos humanos, apelando a la disgregación

de estructuras patriarcales, dominantes del cuerpo y la voluntad de la mujer, que han regido históricamente a

nuestra sociedad. Si no podemos visualizar esto, no podremos visualizar las posibles resistencias y los alcances

del cambio.

Creemos que es necesario retomar los principios de Alma Ata y la APS acerca de la participación y

autodeterminación de la comunidad, para salir de un enfoque paternalista que responsabilice a las personas de sus

enfermedades, por su falta de educación o su pobreza, entre otras cosas, dejando por fuera las responsabilidades

de los políticos, agencias internacionales, etc.. Para ello la Promoción de la Salud debe dirigirse a fortalecer las

habilidades, potencialidades y confianza de las comunidades para poder apelar a verdaderas transformaciones del

sistema, eliminando las causas sociales subyacentes de la falta de salud y la pobreza. Esto es apelar más allá de la

información y educación, es apelar al conocimiento de la ciudadanía sobre sus derechos, organización popular y

estrategias para el cambio social, posibilitando una demanda social organizada que garantice el funcionamiento de

una estrategia de Atención Primaria de la Salud.

Para esto el concepto de Poder es fundamental, porque se trata de otorgar politicidad a espacios que parecen no

tenerlo, para dejar de referirnos al poder en relación exclusiva a los espacios políticos de “arriba” y recuperarlo en

la vida cotidiana.

Bibliografía

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Responsable, 23 de Mayo de 2003.

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Lugar Editorial. 1993.

11. TESTA, M.: “Tendencias en planificación”, en Pensar en Salud. Bs. As. Lugar Editorial. 1993.

12. WELLER, S. El sida en la Argentina: Epidemiología, subjetividad y ética social. Ed. Arkhetypo, 1999.

GÉNERO, SIDA Y SEXUALIDAD EN EL SUR DE ÁFRICA

ABSTRACT

El sur de África es una región extremadamente afectada por la problemática de HIV y SIDA y

las mujeres constituye una mayoría de las/os afectadas/os. Por las características de la

pandemia, es importante abordar temas de sexualidad y género, desde una perspectiva abierta,

realista y respetuosa. Sin embargo, existen fuerzas que dificultan el trabajo. Una es la política de

prevención del SIDA de Estados Unidos, según la cual se ponen restricciones al trabajo en

educación sexual y derechos y salud reproductivos, priorizando la abstinencia sexual. Otro

problema es la corrupción existente en los países afectados, que impide la llegada de recursos a

sectores desfavorecidos.

Para contrarrestar esta realidad es importante abordar temas de sexualidad, género y poder con

profundidad. Entre las variadas experiencias en esta área, podemos destacar la de una ONG

sueca que en conjunto con organizaciones africanas abordó estas cuestiones en capacitaciones,

entre otras en formación de formadores. Como resultado fueron capacitadas unas 500 personas

más y para muchas/os participantes fue una experiencia nueva abordar sexualidad y género

desde diversos ángulos, cuestionando estereotipos de la sexualidad de mujeres y hombres. Aún

queda por evaluar los impactos a largo plazo y además sería necesario tener una idea más

amplia de la perspectiva de género de los responsables de la corrupción.

CURRICULO VITAE

Ulrika Holmström es sueca y vive actualmente en Buenos Aires, Argentina

Formación:

Master en Ciencias Sociales con especialidad en Historia Económica Internacional, Universidad

de Estocolmo, Suecia

Diplôme de Civilisation Française, Sorbonne, Paris

Experiencia de trabajo

Trabaja desde varios años con temas de género y desarrollo internacional, entre otros con

proyectos en el sur de África. Durante tres años vivió y trabajó en Angola, como asesora de

género para la ONG sueca Grupos África de Suecia (GAS). Desempeñó trabajo con

organizaciones angoleñas desarrollando estrategias y políticas de género a través de trabajo en

redes y formación. Entre 2005-2008 fue responsable del proyecto “Desarrollo de Métodos sobre

Género y HIV/SIDA” que se desarrolló en cinco países del sur de África y en Suecia. Coordinó

el trabajó y desarrolló formaciones. Actualmente como asesora de género en Fundación Mujeres

en Igualdad trabaja en la planificación del Foro de Mujeres contra la Corrupción. Fue miembro

del consejo directivo de Forum Syd, una red de 200 ONG:s suecas de trabajo internacional.

Idiomas:

Sueco, inglés, español, portugués y francés

GÉNERO, SIDA Y SEXUALIDAD EN EL SUR DE ÁFRICA

La pandemia del HIV hoy afecta a prácticamente todos los países del mundo. Sin embargo, el

sur de África es la región en el mundo más afectada por HIV y SIDA y los efectos personales y

sobre las sociedades son catastróficos. En algunos de los países, alrededor del 20% de la

población adulta vive con HIV. De ellos, mujeres, sobre todo mujeres jóvenes, ocupan un lugar

predominante y cada vez se torna más evidente que HIV y SIDA y sus consecuencias

constituyen un problema que afecta a las mujeres de manera desastrosa.

Una de las razones por la cual las mujeres son las más afectadas es el hecho de que muchas de

ellas no tienen independencia económica y tampoco la posibilidad de decidir sobre su propio

cuerpo y su sexualidad. Esto no sólo significa un aumento importante del riesgo de transmisión

de HIV pero también la falta de pleno ejercicio de la ciudadanía. Por detrás de esta situación hay

varios factores; discriminación, estereotipos en la sexualidad femenina y masculina,

desequilibrio en la distribución de recursos y corrupción. A pesar de esto, muchos proyectos de

prevención de HIV y SIDA han ignorado la importancia de trabajar en serio con temas de

género y sexualidad desde una perspectiva abierta y realista.

En 2004, George W. Bush lanzó su estrategia de lucha contra SIDA llamado PEPFAR (The

President´s Emergency Fund for Aids Relief), la cual fue prorrogada este año. Es el fondo más

grande de un país para el trabajo con HIV y SIDA y significa una contribución importante para

el acceso a medicamentos entre otras cosas. Pero en lo que hace acerca del trabajo de

prevención, sus prioridades se basan en una visión moralista sobre el sexo y no en evidencias

científicas. La prioridad se da a proyectos que incentivan la abstinencia sexual de los jóvenes

mientras que la distribución de preservativos se recomienda nada más que para los “grupos de

riesgo”, concepto sin mucho peso en países donde prácticamente todos los ciudadanos están en

riesgo. Esto implica que muchos jóvenes no tienen acceso a preservativos a pesar de tener una

vida sexual activa. Además de los problemas del PEPFAR, organizaciones que trabajan por la

despenalización del aborto perdieron el acceso a fondos estadounidenses, lo que significa que

muchas organizaciones que trabajan con derechos y salud sexual y reproductiva perdieron gran

parte de su financiación.

EEUU es un actor económicamente muy poderoso, lo que le da la posibilidad de imponer sus

valores a países y organizaciones que enfrentan problemas enormes y que dependen de sus

fondos. Esto ocurre a pesar de que la consecuencia de la estrategia puede llegar a tener

implicaciones negativas para la salud sexual y reproductiva de las mujeres, algo que el mismo

gobierno de EEUU ha constatado como prioridad de acuerdo con varios convenios

internacionales, como los Objetivos del Milenio y la CEDAW.

La corrupción en los propios países afectados también tiene implicaciones importantes para el

trabajo con los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. Por ejemplo, Angola es uno de

los países que figura entre los más corruptos del mundo y los recursos del país pocas veces

llegan a los sectores más desfavorecidos. Esto afecta directamente la salud sexual y reproductiva

de las mujeres: en Angola, la tasa de mortalidad materna es una de las más altas del mundo.

Sin embargo existen varias experiencias de trabajo que han mostrado buenos resultados

abordando cuestiones de género y sexualidad. Un sinnúmero de organizaciones africanas han

mostrado ejemplos de estrategias nuevas e innovadoras abordando temas de discriminación y

derechos desde un conocimiento profundo de su propia realidad local.

La organización sueca Grupos África de Suecia tiene una larga experiencia de trabajo de

solidaridad con los pueblos del sur de África desde su origen, cuando apoyó la lucha para la

independencia de los países colonizados y los dominados por el sistema apartheid. Hoy trabaja

en colaboración con organizaciones locales que luchan para el desarrollo en Angola,

Mozambique, Namibia, Sudáfrica y Zimbabwe y con trabajo de información e incidencia en

Suecia. Junto con la “Asociación Sueca de Educación Sexual” desarrolló un proyecto cuyo

objetivo era mejorar la capacidad de las organizaciones para trabajar en la prevención del HIV y

por la igualdad de género.

El proyecto, que duró tres años, tuvo como una de sus estrategias principales la capacitación,

incluso formación de formadores en género, sexualidad y HIV y SIDA. El punto de partida de

las capacitaciones fue que un buen trabajo de prevención requiere un profundo abordaje de

sexualidad y género, y para poder hablar abiertamente sobre la sexualidad con otras personas,

hay que tener conciencia de las experiencias e ideas que han formado nuestra visión personal

sobre la sexualidad. Por eso, las capacitaciones partían de experiencias, pensamientos y

opiniones de los participantes, usando métodos participativos como trabajo en grupo, ejercicios

de reflexión personal y juegos.

En total se capacitó a alrededor de 200 personas, entre ellas algo más de mujeres que hombres,

de organizaciones africanas y de la organización sueca. De estas personas, 35 participaron en

formaciones de formadores donde se abordaron los temas con más profundidad y donde las y

los participantes practicaron métodos de capacitación. Hicieron sus propias presentaciones

sobre temas como: abuso sexual, prostitución, aborto, masturbación y homo- bi- y

transexualidad.

Durante los días de capacitación se trabajó con el tema de la sexualidad desde varios ángulos,

empezando por lo emocional a partir de la experiencia personal y sobre la importancia de la

sexualidad en el desarrollo de la identidad. Género y cuestiones de poder fueron componentes

importantes y también se trató la anatomía sexual de mujeres y hombres así que infecciones de

transmisión sexual, entre otras HIV.

A pesar de abordar algunos temas difíciles, nunca se dejaron del lado los aspectos positivos

acerca de la sexualidad, tomando en cuenta que ésta constituye una fuente de placer y gozo y

puede y debe ser una fuerza positiva en la vida de mujeres y varones, siendo éstas y éstos

hétero-, homo-, bi- o transexuales.

Al final del proyecto se llevó a cabo una primera evaluación, basada en entrevistas con las/los

participantes de los cursos. Se constituyó un equipo de evaluadoras/es, con una persona

responsable para hacer entrevistas y recoger información en cada país y una evaluadora

principal. Las conclusiones y recomendaciones fueron muchas. Aquí siguen algunas.

Muchas/os participantes dijeron que esta fue la primera vez que hablaron sobre sexualidad con

tanta profundidad, en un contexto abierto y respetuoso. Para algunas/os, los temas fueron

bastante provocantes pero la gran mayoría dijo estar muy contenta con lo que aprendió y con

los nuevos pensamientos sobre la sexualidad de mujeres y hombres que se generaron. Algunas

mujeres dicen que después de los cursos se sintieron empoderadas, y varios hombres

demuestran haber entendido la importancia de respetar los derechos sexuales de las mujeres.

Para algunas personas las capacitaciones les abrieron muchas perspectivas nuevas pero les

resultó difícil llevar los conocimientos a la práctica; un indicador de la necesidad de seguir

dando apoyo institucional y dar más formación. Otras/otros han logrado dar seguimiento

capacitando a otras personas y algunas/os lograron articular demandas al gobierno, reclamando

por sus derechos.

Otro aprendizaje es que fue importante capacitar no sólo miembros de las organizaciones

africanas pero también al personal, miembros y participantes del consejo directivo de la

organización sueca para así mejorar sus conocimientos y capacidades para trabajar con temas de

género y sexualidad en su trabajo en el sur de África y en su trabajo de información en Suecia y

para poder desarrollar estrategias en conjunto con las organizaciones en el sur de África.

Una de las conclusiones que pudimos sacar del proyecto es que por un lado las preguntas y los

temas de discusión fueron bastante parecidos independientemente de si la formación se hizo en

Angola, en Sudáfrica o en Suecia. Por otro lado, el resultado del trabajo fue bastante diferente

en los diferentes países y contextos. Esto dependía de varios factores; como era el apoyo

institucional que se ofrecía en cada país (incluso personal capacitado en género), la prioridad

que las organizaciones (de las/os participantes) da al trabajo y el papel de la/del participante en

su organización. También hay indicaciones de diferencias culturales e históricas.

Pasados dos años después de las capacitaciones podemos empezar a ver el impacto del proyecto.

Sabemos que en total, por lo menos 500 personas fueron capacitadas por las/los formadoras/es

durante el proyecto. En Sudáfrica, varias de las organizaciones hicieron un trabajo elaborando

análisis y estrategias de género adaptadas a la necesidad de cada organización. Organizaciones

de Angola y Mozambique hicieron un intercambio para compartir experiencias y aprender

nuevas estrategias de trabajo. En Namibia, el proyecto generó nuevos contactos con

organizaciones que trabajan en derechos sexuales y reproductivos y en los derechos de homo-,

bi- y transexuales, y en Zimbabwe la red nacional de organizaciones que luchan contra el SIDA

coordina un proyecto nuevo de capacitación.

El hecho de haber trabajado con formación de formadores permitió una adaptación al contexto

local por parte de los formados. Uno de los mejores ejemplos ocurrió en Mozambique, donde

muchos de los participantes enseguida comenzaron a hacer sus propias capacitaciones,

adaptándolas al contexto local. Un tema nuevo que incluyeron fue los ritos de iniciación de

mujeres y varones jóvenes en Mozambique, donde muchas/os tienen su primera formación

sexual.

Para saber más sobre el impacto del proyecto a largo plazo, será necesario hacer una evaluación

más, después de pasar unos años para analizar el impacto de las capacitaciones de las/los

participantes. En relación a la corrupción, además de analizar como afecta a las mujeres y

encontrar estrategias para defender los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres,

también sería importante hacer análisis de género de los corruptos, o sea, tanto de los que pagan

como los que reciben sobornos. En esta área, aún hay mucho para hacer para conocer mejor la

situación.

Corruption and the Right to Health: a case study of Nigeria

Gender, Corruption and Rights to Health

A paper presented at the 3rd

International Women’s Forum Against Corruption

By Helen Kezie-Nwoha1

Abstract

It has been clearly stated that for any country to achieve development, its budgets must reflect issues that

can address poverty and the general well being of the people. Yet, for many years Nigeria has faced

continued corruption in major ministries and government agencies. Lack of transparency and

accountability in the budgetary process had become the order of the day. Recently in the Ministry of

Health there were scandals of fake contracts awarded by the Minister in an attempt to exhaust its

allocation for last year. This portrays the insensitivity of the people in governance to the needs of the

citizenry resulting in poor state of health facilities at all levels of government. In addition, the campaign

by NGOs for 15% recommended allocation to health has been ignored by policy makers and budget

implementers. Considering that most budgets are not monitored, the reality of having budgets

implemented to ensure that all categories of people have access to health services is unachievable, unless

adequate steps are taken to ensure that budget processes are participatory and monitored. Advocacy

Nigeria, an NGO, is working through advocacies to lobby relevant stakeholders to allocate budgets to

health- specifically, reproductive health. This effort, although positive, is likely to be hampered by the

corrupt budget processes in Nigeria. This paper will look at the budget process in Nigeria and analyze

existing practices in the health sector, will give a brief report of the activities of Advocacy Nigeria, and

will suggest ways to eliminate corruption and implement accountability procedures into health budgets

and health care service delivery in Nigeria.

Curriculum Vitae

Helen Kezie-Nwoha has dedicated herself, through her work and studies in the United Kingdom and

Nigeria, to the struggle for women’s rights and equality in both the health and political systems. In the

past decade, she has completed professional training for Corporate Governance in Civil Society

Organizations, Organizational Development and Resource Mobilization, Affirmative Action for Women

in Politics, and Legislative Advocacy on Violence Against Women. Her professional experience includes

1 Helen Kezie-Nwoha is the Country Coordinator of ABANTU for Development. ABANTU for Development is a gender focused non government organization in Nigeria working to promote women’s human rights and build their capacities to participate in governance.

membership in committees such as Connecting Gender for Development, Gender and Community

Development, Project Coordinating Committee for Women in Nigeria, and the Advocacy Committee on

Affirmative Action. In 2006, she was awarded the British Council Chevening Scholarship Award.

Currently, she serves as Country Coordinator of ABANTU for Development, a gender focused non

governmental organization in Nigeria working to promote women’s human rights and to build their

capacities to participate in governance.

Introduction

Located in the West African sub region Nigeria is the most populous country in Africa and the tenth most

populous nation in the world, it has a population of over 140 million people as confirmed by the release

of the latest census figures by the nation’s President in December 2006. The population is still

predominantly rural, accounting for approximately two third of the population. The country covers

923,768 square kilometres, and amounts to 3% of land mass of Africa. Nigeria has 36 states and a Federal

Capital Territory (FCT) with each State divided into Local Government Areas (LGAs). There are

presently 774 Local Government Areas in the country. Nigeria is one of the biggest countries in Africa

and interestingly one of the poorest with immense natural resources that have remained under developed

and under utilized. Nigeria spent over twenty-nine years under military rule, and returned to democratic

rule in May 1999 under a presidential system of Government with three tiers: Federal, State and Local.

The Federal Government comprises an executive arm, a bicameral legislative arm and the judiciary. Each

State has its own executive arm and Legislature, while each Local Government has a Chairman and

Councilors.

Social Economic Performance

According to the National Economic Empowerment and Development Strategy (NEEDS (2004) poverty

reduction is the most difficult challenge facing Nigeria, and has been identified as the greatest hindrance

to pursuit of sustainable socioeconomic growth. Poor growth is the main cause of poverty in Nigeria. The

lack of growth is compounded by the volatility of the oil sector, which affects a range of activities in the

economy. Unemployment is an added problem, which has escalated the proportion of the poor. Other

factors that have contributed to the evolution of poverty in the country include problems in the productive

sector, widening income inequality, weak governance, social conflict, gender inequality, inter-sectoral

and environmental degradation (NPC, 2004).

This lack of growth has led to sharp disparities between economic prospective and achievements in

Nigeria. Although the country has a rich oil reserve and other prospective natural resources the economy

is highly dependent on oil. The dependency on oil has not been effective in growing the economy, due to

the notorious price fluctuations in the world market. The non-adjustment to the decline in oil earnings and

the onset of the debt crisis in the early 1980s culminated in acute balance of payments pressures, large

government deficits and high rate of inflation. The Structural Adjustment Programme (SAP) introduced

in the 1980s was a strategy to address failing socio-economic conditions. It focused on policies and

programmes to alleviate poverty and provide safety nets for the poor. This strategy however did not have

the desired effect, was short lived and has been described as a failure (reference).

The Structural Adjustment Programme failed because it had no human face in its implementation and it

lacked emphasis on human development which thereby aggravated socio-economic problems of income

inequality, unequal access to food, shelter, education, health and other necessities of life. It ended up

aggravating poverty especially among the vulnerable as prices of food items escalated, food items that

were hitherto available in the market became scare commodities, people had to queue up at government

outlets to buy things like milk, sugar etc. this situation further impoverished the common people while

making some government officials and their private friends very rich further widening the already existent

gap between the rich and the poor, This situation affected all aspects of the economy—housing,

education, health, transportation, agriculture etc.. Other government programmes aimed at reviving the

economy include: Agricultural Sector Programmes; Health Sector Programmes; Nutrition-related

Programme; Education Sector Programmes; Transport Sector Programmes; Housing Sector Programmes;

Financial Sector Programmes; Manufacturing Sector Programmes and Cross-Cutting Programmes such as

rural development programmes.

With the advent of the civilian democratic regime in 1999, some progress has been made to restore

macro-economic stability. The overall Gross Domestic Product (GDP) growth rate rose sharply from 3.49

per cent in 2002 to 10.23 per cent in 2003 and then declined sharply to 6.09 per cent in 2004. The sharp

increase and fall of the overall GDP growth rate was attributed to the fluctuating fortune in the oil and gas

sector. Consequent upon the experiences of the past, the civilian government initiated a number of

programmes and policies directed at reducing poverty. The World Bank (2001/2002) assisted Nigeria in

formulating poverty strategy programmes and policies through Interim Poverty Reduction Strategy Paper

(IPRSP) with the aim of building on the gains of the earlier efforts of poverty programmes – Poverty

Alleviation Programme and Poverty Eradication Programmes (PAP and PEP).

In the face of the growing concern to sustain the gains of the poverty reduction efforts, the Obasanjo

administration came up with a comprehensive home-grown poverty reduction strategy known as National

Economic Empowerment and Development Strategy (NEEDS) in 2004. The NEEDS also built on the

previous two year efforts to produce the interim PRSP. The NEEDS as conceptualized is a medium term

strategy (2003-2007) which derives from the country’s long term goals of poverty reduction, wealth

creation, employment generation and value re-orientation. The NEEDS is a national coordinated

framework of action in close collaboration with the state and local governments and other stakeholders.

The equivalent of NEEDS at State and Local Government levels are State Economic Empowerment and

Development Strategy (SEEDS) and Local Government Economic Empowerment and Development

Strategy (LEEDS). The NEEDS/SEEDS is expected to provide employment, create wealth, value

reorientation with the overall aim of poverty reduction.

The main strategies of NEEDS are anchored on: Empowering People (Social Charter or Human

Development Agenda); Promoting Private Enterprise and Changing the Way the Government Does Its

Work (Reform Government and Institutions). The strategy of empowering people which is also captured

as the social charter underpins the NEEDS programme. It is aimed at all aspects of the people’s socio-

economic life with the aim of reducing poverty and inequality. A major component of NEEDS/SEEDS is

their alignment to the Millennium Development Goals as stated in the strategy documents. Most of the

programmes being implemented do not seem to address the concerns of MDGs. If the present trends

continue, the country is not likely to meet the Millennium Development Goals in 2015.

NEEDS has as it target instruments for protecting vulnerable groups, affirmative action for women in all

programmes; education, access to credit and land; maternal and child care; and specifically 30%

affirmative action to increase women’s representation in decision-making, and the domestication of

CEDAW (NPC, 2004). This is commendable, although the implementation of these provisions remain a

challenge to the Nigerian government. A gender analysis of NEEDS carried out in 2005 by a network of

women’s organisations– Nigeria Gender Budget Network, working to promote gender sensitive budgets

in Nigeria shows that NEEDS failed to incorporate gender issues as crosscutting due to lack of use of

gender disaggregated data. The study also revealed that NEEDS adopted a Women in Development

(WID) approach rather than a Gender and Development (GAD) approach, which has the capacity to

challenge structural and social inequalities. The research concludes that these omissions would result in

undesired policy effects, through policy evaporation or fade off (Longwe, 1999; Soetan, 2005).

Despite considerable improvement in democracy in Nigeria, poverty, poor health and violation of

women’s rights remain persistent problems. The current UNDP report states that 70.8% Nigerians live

below income poverty line of $1 a day (UNDP, 2006). The poverty level of any country has direct bearing

with health care and the capacity of the government to provide efficient and affordable health care

services to all categories of people.

Nigeria Health Status

Nigeria ranks second in the world for the worst health indices. This situation has not been adequately

addressed by the Nigerian Government. Maternal mortality is the single most important health issue

facing Nigeria. About 1,100 women out of every 100,000 die in the process of giving birth; this figure

masks wide regional disparities which range from 339 per 100,000 live births in South West Nigeria to

1,716 per 100,000 live births in North East Nigeria. The WHO identifies Nigeria as having the world’s

second-highest number of maternal deaths (WHO et al, 2007). The percentage of population using

modern contraceptive methods is 8.9% while 12% of the population use all methods with a total fertility

rate of 5%. The crude birth rate per annum is 42 per 1,000 births and life expectancy of 52 years for both

males and females (UNAIDS/WHO, 2004). The unmet need for contraception is extremely high, resulting

in high rates of unplanned and unwanted pregnancies in Nigeria. Factors associated with the low use of

contraception include: low availability of contraceptives in public health institutions, inaccurate

perceptions of the effects of contraception, pervading cultural and religious beliefs, and poor access of

women to contraceptives (FMH, 2006).

Looking at HIV/AIDs and STDs, the 2003 National prevalence of HIV in Nigeria was 5%. Young

people, especially women below the age of 24 years are among the most vulnerable groups with HIV

prevalence of 6%, the burden of the disease is also more on women than on men. The National Agency

for the Control of AIDS (NACA) in its National Strategic Framework for Action 2005-2009 identifies

inadequate human, technical and institutional capacity in terms of infrastructure, staff, equipment and

supplies for PMTCT services as some of the problems hindering progress in reducing the spread of the

disease (NACA, 2005).

The health status of the Nigerian child is far from desirable. The country is far from reducing child

mortality to the barest minimum. This is because both the health system in Nigeria and the health status of

Nigerians are in a deplorable state. In 2006 the infant mortality rate (IMR) and under 5 mortality rate

(U5MR) was 115 and 205 per 1,000 live births respectively ((FMH, 2006), despite advances made in

child survival strategies, such as the drive for universal immunization against life-threatening vaccine-

preventable diseases. At the global scene Nigeria remains one of the countries contributing

disproportionately to childhood mortality (HERFON, 2006).

Available information indicates that malaria, acute respiratory infection (ARI), measles, diarrhoea,

tuberculosis (TB), and HIV/AIDS/STIs account for a disproportionate share of ill-health and deaths. The

principal factors include childhood malnutrition, poor immunization status, household poverty, and food

insecurity. Other factors are maternal illiteracy, poor living conditions (housing, water, and sanitation),

and poor home practices for childcare during illnesses (HERFON, 2006). Malaria is the most important

cause of morbidity and mortality in infants and pregnant women. The economic burden of malaria on

household income directly affects the health and well-being of mothers and children.

In Nigeria fertility pattern and reproductive behaviour have direct implications for infant and maternal

mortality. Fertility rates are high, with average total fertility rate of 5.6%.

The right to health in Nigeria

The nature of gender inequality in Nigeria has been characterised not only by the nature of governance

but also by the patriarchal nature of the society. In Nigeria men dominate all aspects of women’s lives.

The influence of parents in the home is particularly significant in shaping and perpetrating patriarchy.

Women lack the capacity to take decisions pertaining to their health. For instance in some communities in

Nigeria a woman cannot go to hospital or take her child to the hospital for medical treatment without the

permission of her husband or an elderly family member. This practice has contributed significantly to the

increase number of infant mortality and the number of women dieing from pregnancy related

complications.

Nigeria has confirmed its commitment to promoting the right to health of its people by signing onto

several international and regional obligations. Some of which include the African Charter on the Rights

and Welfare of the Child and the Maputo Protocol which provides important protection for the

reproductive health of women and girls in Nigeria.

Nigeria domesticated the African Charter in 1983. Nigeria has also signed onto various international

treaties such as the Convention on the Rights of the Child, the Convention on the Elimination of all forms

of Discrimination against Women (CEDAW), the Civil and Political Rights Convention and the

Economic, Social and Cultural Rights Covenant. Despite the fact that Nigeria has assented to these

conventions the government has failed to domesticate the provision of these international treaties through

national level laws.

The African Charter for instance states that ‘Every individual shall have the right to enjoy the best

attainable standard of physical and mental health. State parties to the present Charter shall take the

necessary measures to protect the health of their people and to ensure that they receive medical attention

when they are sick. The Maputo Protocol calls upon states to “ensure that the right to health of women,

including sexual and reproductive health is respected and promoted.

At the national level the Nigerian Constitution sets out the fundamental objectives and directive principles

of State policy. These objectives are not granted legal rights and so cannot be judicially enforced,

although all organs of government are expected to apply them in good faith (CRR, 2008). One of the

objectives is to guarantee social justice which includes reduction in maternal mortality and the protection

of the rights of women to health. The right to health is not included in the section of the Nigerian

Constitution that provides for human rights. The absence of an enforceable right to health has the

tendency to increase the difficulty of holding the government accountable for its failure to provide life

saving health care services.

In 2006 Nigeria ratified the African Union Convention on Preventing and Combating Corruption (AU,

2006). The Convention expresses concern at the negative and devastating effects of corruption on

political, economic, social, and cultural stability, and guarantees the right of access to information

required to fight corruption. Article 12 specifically mandates governments to create an enabling

environment that allows civil society and the media to hold it to the highest level of transparency and

accountability (ibid). Even though the Freedom of Information Bill proposed for passage in the National

Assembly by civil society groups has suffered several set backs, till date law makers have refused to pass

the Bill into an Act of law. The reason for this is not far fetched as many of the policy makers are engaged

in corrupt practices and so would not want free passage of information that could lead to their indictment.

Despite the fact that article 13 of the United Nations Convention against Corruption mandates states to

grant the public access to information and promote the participation of non-governmental organisations

and civil society in fighting corruption. Nigeria has signed and ratified the United Nations Convention

against Corruption (UNCAC) which governs corruption (UNCAC).

Health Policies

The Government of Nigeria has introduced several programmes and policies aimed at improving the

health care delivery system. The first health policy was developed in 1984 and adopted in 1988; this

policy was implemented until 2004 when it was revised. In May 2008 a new National Health Policy was

signed into law by the National Assembly (Senate – Nigeria, 2008). The current policy was developed in

line with regional and global initiatives. The main focus of the policy include: establishment of National

Health System; health establishments and technologies; rights and duties of users and health care

personnel; establishment of health research and information system; develop human resources for health,

and control of use of blood, blood products, tissue and gametes in humans; and regulation of the health

systems (National Health Bill, 2008). However the policy failed to provide structural and institutional

constraints to achieving health care delivery in Nigeria as it does not provide clear roles for the different

tiers of government.

The implementation of health policies in Nigeria is very weak this is also the view of United Nations

Population Fund working in Nigeria (Daily Trust, May 22 2008 pg. 10). Despite the fact that the Nigerian

government has shown sustained interest in reforming the health system, this has not translated into

implementation of policies and providing adequate funds to carry out the reform process. The government

has also paid lip service to the campaign to reduce maternal mortality rates in Nigeria as this call was not

followed with laws and policies to ensure its implementation. The lack of provision of adequate health

services can be attributed to weak infrastructure, ineffective health services, lack of access to skilled

health care workers, lack of clear roles and responsibilities for the three tiers of government (HERFON,

2006). The lack of clear distinction of the roles of the three tiers of government has contributed grossly to

the inefficient distribution of resources. The other factor is the inability of the government to allocate

appropriate resources to health and lack of implementation of the budget.

In 2001, the Federal Government of Nigeria pledged to allocate a minimum of 15% of its annual budget

to health (Abuja Declaration, 2001). This commitment has remained unfulfilled despite several reminders

at the 2006 WHO Regional Committee for Africa resolution “Health Financing: A Strategy for the

African Region” (WHO, 2006), and during the Maputo Plan of Action for the Operationalisation of the

Continental Policy Framework for Sexual and Reproductive Health and Rights 2007-2010 (Maputo Plan

of Action, 2006). The low funding to health sector has impacted on health indices for the country.

Nigeria’s public-health expenditure as a percentage of GDP was 1.3% in 2006 (Infoplease, 2006) and

1.4% in 2007 (Infoplease, 2007), placing it on the 2006 and 2007 list of countries that spent the lowest

percentage on health. Budget allocation to health in the current budget (2008) is slightly above 5% of the

total budget of 2.748 trillion Naira about $236.89 billion (Agenda, 2008). Although this figure indicates

an increase in budget allocation to health when compared to previous years, Nigerian Government’s

commitment to the Abuja Declaration, the allocation to health falls short of the 15% recommended.

The budget process in Nigeria is conducted in a closed manner that prevents civil society participation in

its formulation and monitoring of implementation, this shields the government from accountability for

expenditures on health care. Evidence shows that researchers’ do not have access to information on

budgets from government institutions (CRR, 2008). Considering that most budgets are not monitored the

reality of having budgets implemented to ensure that all categories of people have access to health

services is unachievable, unless adequate steps are taken to ensure that budget processes are participatory

and monitored.

Another factor that has been identified to be responsible for the declining state of health in Nigeria is lack

of government funding for primary health care centres and government’s inadequacy to help local

councils in the delivery of effective primary healthcare in their jurisdictions (Aderibigbe, 2008).

According to a recent report by Centre for Reproductive Rights (CRR) and Women’s Advocates Resource

and Documentation Centre (WARDC) the Nigerian Health Sector is characterized by lack of political will

on the part of government to execute and implement laws; displaced priority of politicians and policy

makers; concentration of large funds on the health sector and multiplicity of key stakeholders (CRR,

2008). Public officials have been identified as facilitators of corruption in enabling the marketing of fake

drugs which in turn leads to the selling and subsequent use of these drugs by people. These drugs result in

many serious sicknesses and deaths (ibid). In 2006 the Global Fund on HIV/AIDS withdrew their funding

to Nigeria due to the failure of the government to meet its target of transparency (MNT, 2006).

There have been efforts by civil society organizations to lobby governments to increase health budgets to

15% as well as allocate a specific amount to reproductive health. One of such organizations is Advocacy

Nigeria. Advocacy Nigeria is a network of civil society organisations, health professionals and well

meaning Nigerian’s who believe that increasing budget allocation to health and adopting a reproductive

health policy will lead to improved health services especially for women. Its work is mainly focused on

advocacy and lobbying to get governments to increase health budgets.

In Kaduna State where I have been involved in the process the health budget has increased considerably,

other achievements of the network include: a bill on free maternal and child healthcare which has been

sent to the State House of Assembly as an executive bill; the sum of 5.3 billion naira has been earmarked

for the implementation of free maternal and child health over five years by Kaduna state government; take

off of the pilot implementation of the free maternal and child healthcare services. These efforts were

achieved because of governments’ commitment to improving health care services for its people. Due to

lack of access to information, the budget of Kaduna State has not been tracked to ascertain the level of use

of funds allocated to health.

Corruption, the health sector and women

Corruption has been defined by Transparency International as the ‘misuse of entrusted power for private

gain’ corruption occurs when public officials who have been given the authority to carry out goals which

further the public good, instead use their position and power to benefit themselves and others close to

them.

In Nigeria various national, regional and international frameworks seek to prevent, prohibit, criminalize

and punish corruption in Nigeria. At the national level Section 98 of the Nigerian Criminal Code

criminalizes corruption as a felony punishable by a seven-year prison sentence (Criminal code). The

Nigerian Constitution in its third and fifth schedules provides for the establishment of Code of Conduct

for public official, a Code of Conduct Bureau and a Code of Conduct Tribunal, these institutions are

tasked with the responsibility of monitoring public officers activities, receive complains and non

compliance, and try and punish violators (CRR, 2008).

According to Transparency International Nigeria is one of the most corrupt countries in the World. While

corruption is not peculiar to Nigeria it seems to have been institutionalised into the system that it sounds

like a normal practice, despite government’s efforts to curb the practice through the establishment of anti

corruption agencies such as the Independent Corrupt Practices Commission and other Related Crimes

Commission (ICPC) and the Economic and Financial Crimes Commission (EFCC). The efforts of these

agencies have been perceived as political as many Nigerians have accused the EFCC of being used by the

Government in power to attack their political opponents. The work of these institutions is therefore

undermined.

Corruption, mismanagement and poor leadership are the main problems of health systems in Nigeria.

Corruption is a pervasive problem affecting the health sector. At the level of individuals and households,

there is mounting evidence of the negative effects of corruption on the health and welfare of citizens

(Arfar, 2005; Lewis 2006; Rose 2006).

Transparency International identified theft; bribery; counterfeit drugs and extortion to have deprived

millions of proper healthcare globally (Transparency International, 2006). The situation in Nigeria is the

same or even worst than has been assessed. The inconsistency in the roles of federal, state and local

governments provides an unstable platform for harmonizing the financing and programming of service

delivery at all levels and has contributed to corruption in health sector financing, as no tier of government

is held responsible for lack of funding, giving room to the diversion of resources for the health sector.

The recent scandal in the health sector over the Federal Ministry of Health’s refusal to return about NGN

300 million in unspent funds to the national treasury as directed by the President highlights how funds

meant for the health sector is diverted to personal use (ref newspaper). The height of the scandal is the

fact that the highest decision making body in the country the Senate was also involved in sharing this

money, the Chair of the Senate Committee on Health Mrs. Iyabo Obansanjo-Bello who is also the

daughter of the former Nigerian President Olusegun Obansanjo was accused of collecting NGN 10

million from the said amount. Considering that the Senate is the regulatory and policy decision making

body in Nigeria, it means that the impact of their involvement in corruption will have direct impact on the

effectiveness and efficiency of health institutions to deliver quality service to poor Nigerians particularly

women.

A study carried out to determine the level of corruption in the health sector revealed that in Nigeria 42%

of health-care staff had experienced salary delays for more than six months, even though adequate funds

had been delivered to the local government (Lindelow et al, 2006).

At another level corruption in the health sector sometimes lead to non payment of staff salaries, and

subsequent strike during which many people especially women and the poor are not attended to as they

can not afford to seek private health facilities which cost more than government facilities. Corruption in

the health sector could occur in the construction of health centres where contracts are awarded for

personal gains. This leads to non performance of contractors and lack of accountability on their part. The

result being high cost and low quality facility and construction work and location of facilities that do not

correspond to needs, resulting in inequities in access, which has more impact on women and the poor.

Another identified area is in the purchase of equipment and supplies including drugs. Here bribes are

collected and there is unethical drug promotion resulting in inappropriate and duplication of drugs and

equipment. It also results in purchase of sub-standard equipment and drugs. The use of sub-standard

equipment and drugs has effects on women and children and even men. As many people have died due to

use of sub-standard or expired drugs.

The challenge in Nigeria is that there are no concrete laws against corrupt practices, although anti

corruption agencies exist the influence of government in power on the roles and responsibilities of these

agencies has reduced their effectiveness in combating corruption. Secondly, corruption is viewed as a way

of life in Nigeria and has been systematically institutionalized at all levels of governance. The effect of

this is that when people within institutions challenge such practices everyone turns against them and they

may end up losing their jobs.

Lack of accountability creates opportunity for corruption, it therefore follows that to reduce corruption in

the health sector government must make transparency and accountability its watch words. Brinkerhoof

(2004) identifies three key components of accountability they include: the measurement of goals and

results; the justification or explanation of those results to internal or external monitors; and punishment or

sanctions for non performance or corrupt behaviour. Strategies to increase accountability include

information systems which measure how inputs are used to produce outputs; watchdog organizations;

health boards or other civic organizations to demand explanation of results; performance incentives to

reward good performance; and sanctions for poor performance (Vian, 2008)

Reducing corruption in the health sector

Reducing corruption in the health sector will require effective strategies such as: accountability; citizen

voice; transparency; and detection and enforcement.

To reduce the level of corruption in the health sector the federal and state ministries of health need to

produce and make public clear goals and expected results on a yearly basis, this could then be used by

citizen’s groups to track implementation and achievement of goals and match this with expenditure

incurred. But beyond making their goals and results public, the ministries should but in place a

mechanism for citizen input into their work through participation for their voices to be heard and

reflected.

The purpose of citizen voice is to increase external accountability of government. Strategies to promote

citizen voice include local health boards where citizens can have input into the budgeting and planning

processes; patient surveys to provide feedback on satisfaction; and complaint offices to record and

mediate reports of unethical or corrupt conduct. To encourage citizens to participate civic education has

been found to be useful (ibid). In Nigeria where citizens participation has been repressed there is need for

concrete effort on the side of civil society organisations in order to effectively engage with communities.

Transparency is closely related to accountability. The concept of transparency is that by actively

disclosing information on how decisions are made, as well as measures of performance, we can improve

public deliberation, reinforce accountability and inform citizen choice. Furthermore, transparency helps to

systematically document and disseminate information on the scope and consequences of corruption, such

information can help build and support anti-corruption programmes and target enforcement efforts.

Transparency policies may include government-mandated disclosure of information, or may involve

external agents such as civil society or the media (Fung et al. 2007). Strategies to increase transparency

include public service ‘report cards’, price monitoring and release of government documents or decisions

through web sites, public databases, public meetings and the media (World Bank, 2003).

Detection and enforcement includes steps taken to collect evidence that corruption has occurred, and to

punish those who engage in corruption. The goal is both to get rid of bad agents and to deter others from

engaging in corruption in the future. Mechanisms for enforcement can function within the Ministry of

Health or externally through policing and the criminal justice system. Enforcement includes such

activities as surveillance, internal security, fraud control, investigation (including investigative

journalism), whistle-blowing and punishment. Effective disciplinary systems can increase accountability

and deter corruption, although they may require difficult changes in organizational culture (Vian, 2008).

Recommendation

To effectively curb corruption in the health sector the following are recommended:-

The Nigerian government should domesticate regional and international conventions it has made

commitments to, and pass such provisions into law, this way the right to health will be enforceable. While

it is important to have laws it is also important to develop a framework for the implementation of these

laws and provide for incentives and punishment.

Civil society organizations working in health should form networks and become watchdogs for

accountability in the health sector. Such networks should be established at national, state and local

council levels. Another issue that the network could focus on is the passage into law of the Freedom of

Information Bill that has been pending in the legislature having being refused assertion by President

Obasanjo in 2007. This will promote transparency and accountability, and allow monitors to access

budget information to reduce the diversion of funds for health

In conclusion, corruption is harmful to the development of women’s potential and it leads to the violation

of women’s right to health. Corruption has significant consequences for public health and social security.

Reduced public spending on maternal and child health facilities affects women disproportionately.

Furthermore reduce spending on health means that women will continue to face lack of access to primary

health facilities to register for ante natal. On the hand it could mean that women have to travel long

distances to access health services, the resulting effect could be women’s inability to travel far or lack of

funds to travel leading to home delivery and its associated consequences. Therefore for governments to

live up to their responsibilities structures should be put in place to ensure that funds provided for health

services are judiciously utilized to improve women’s rights to health.

References

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Autora: Sara Lygeia Murúa Hernández

Ponencia. El Género, la Corrupción y el Derecho a la Salud y el Acceso a la Información, en pacientes

mujeres con Cáncer de Mama en México.

De acuerdo con el Registro Hospitalario de Cáncer en el Instituto Nacional de Cancerología (INCAN) del

2000 al 2004, en este periodo se registraron 19 264 neoplasias malignas. En mujeres fue el 64.6% de casos,

con las siguientes frecuencias: mama (17.5%), cuello uterino (14.7%), ovario (3.9%) y otras neoplasias

malignas de piel (2.9%). La razón hombre/mujer fue 1:1.8 casos. Por grupo de edad, el 24.3% ocurrió en

menores de 40 años y el 40.1% fue de 40 a 59 años. En cuanto al sexo y grupo de edad, en hombres el más

afectado fue el de mayores de 70 años (7.1%), y en mujeres fue el de 40 a 49 años (15.3%).

Morfológicamente, al carcinoma ductal infiltrante le correspondió el 13.2% y el adenocarcinoma 10.2%.

La ponencia que se propone aborda el tema del Derecho a la Salud y como el no Acceso a la Información

correcta y oportuna en muchos casos deteriora a las pacientes e incluso incide en el porcentaje de reincidencia

en los dos primeros años de remisión (cuando se dan de alta). El texto pretende abordar las tres fases: pre

cáncer (detección), cáncer (tratamientos) y post cáncer (consecuencias por tratamiento), en el eje central del

derecho a la salud y el acceso a la información.

Curriculum Vitae

Sara Lygeia Murúa Hernández - Licenciada en Ciencias de la Comunicación y Periodismo por la UNAM.

Su trabajo en estos 11 años ha sido como Diputada Local, funcionaria en el Gobierno de la Ciudad de México,

consultora independiente en organizaciones, asesora en la Asamblea Legislativa del DF, la Cámara de

Diputados y en la actualidad en el Instituto de la Mujeres del Distrito Federal. Cuenta con tres libros

publicados: Asistencia Privada, ¿Caridad o Derecho?, Ediciones Quinto Sol, México, 2001; Mejores Prácticas

Legislativas en Materia Social, Indesol, México 2005 y Los Ciudadanos en los Medios, Indesol, México 2006.

De 2002 a 2003 fue Subcoordinadora de Equidad, Cineclub, Parlamento de Mujeres, Mujeres de Juárez, Ley

de Radio y T.V., y en la Secretaría de Gobernación participó en las mesas de las Agrupaciones Políticas

Nacionales como representante de Causa Ciudadana, APN. De 2003 a 2004 participó en el área de Género en

Incide Social, AC y en ese mismo año trabajó como Asistente de Consultor, en el capítulo de Derechos de las

Mujeres para el Primer Diagnóstico de Derechos Humanos en México con Clara Jusidman y el Alto

Comisionado de Derechos Humanos de la ONU. En 2004 fue asesora del Diputado Federal Jesús González

Schmal, del Partido Convergencia por la Democracia. Las comisiones en las que participó fueron: COCOPA,

Feminicidios, Cuenca del Lerma, Gobernación, Comunicaciones y Transportes.

El Género, la Corrupción y el Derecho a la Salud y el Acceso a la Información, en pacientes

mujeres con Cáncer de Mama en México.

Autora: Lic. Sara Lygeia Murúa Hernández.

2008.

Introducción

El presente texto aborda el tema de Género, Derecho a la Salud y Acceso a la información en las

pacientes con Cáncer de Mama en México. Las actuales políticas de salud no han tenido la eficacia

suficiente para prevenir enfermedades como el Cáncer de Mama, padecimiento que a partir del 2004

ha rebasado al Cáncer Cérvico Uterino.

La ausencia de información de manera correcta y oportuna, en muchos casos deteriora a las

pacientes e incluso incide en el porcentaje de reincidencia en los dos primeros años de remisión

(cuando se dan de alta) y en la calidad de vida en las pacientes que sobreviven.

De acuerdo con el Registro Hospitalario de Cáncer en el Instituto Nacional de Cancerología

(INCAN) del 2000 al 2004, en este periodo se registraron 19 264 neoplasias malignas. En mujeres

fue el 64.6% de casos, con las siguientes frecuencias: mama (17.5%), cuello uterino (14.7%), ovario

(3.9%) y otras neoplasias malignas de piel (2.9%). La razón hombre/mujer fue 1:1.8 casos.

Por grupo de edad, el 24.3% ocurrió en menores de 40 años y el 40.1% fue de 40 a 59 años. En

cuanto al sexo y grupo de edad, en hombres el más afectado fue el de mayores de 70 años (7.1%), y

en mujeres fue el de 40 a 49 años (15.3%).

Morfológicamente, al carcinoma ductal infiltrante le correspondió el 13.2% y el adenocarcinoma

10.2%. El estudio mostró un aumento de la frecuencia a edades tempranas. La ocurrencia a edades

tempranas en mujeres fue debido a que el cáncer de mama, cuello y cuerpo del útero fueron más

frecuentes en mujeres jóvenes.

A pesar de las cifras arriba mencionadas, los grupos de oncólogos en México que dictan las

políticas en la materia, pretenden aumentar la edad para la realización de mastografías para

detección de Cáncer de Mama de 40 a 50 años. Los protocolos actuales no permiten realizar estos

estudios a mujeres menores de 40 cuando es el único medio para una detección oportuna.

Asimismo, el manejo de la información para el diagnóstico, tratamientos como la quimioterapia,

radioterapia y terapia hormonal, la mastectomía y las consecuencias de los medicamentos utilizados

para combatir el Cáncer de Mama, no se manejan de manera adecuada ni se le dan a las pacientes

los elementos necesarios para decidir sobre su cuerpo y su calidad de vida.

Cabe señalar que en México tenemos un incipiente avance en el Acceso a la Información en

general, pero en el caso de las y los pacientes, se aplica la Norma Oficial Mexicana que data de

1998 sobre el Expediente Clínico (NOM-168-SSA1-1998) que impide contar con el expediente,

sobre todo si uno se atiende en instituciones públicas como en el caso de los hospitales de la

Secretaría de Salud (INCAN y los del Seguro Social). Además se debe tomar en cuenta que en

México, el 50% de las pacientes que vienen a la capital del país a atenderse por Cáncer de Mama,

provienen de estratos sociales bajos y el nivel cultural es uno de los obstáculos para acceder a un

mejor tratamiento.

De acuerdo con la Norma Oficial Mexicana, NOM-040-SSA2-2004, en materia de Información en

Salud, “El acceso, uso y difusión de la información se sujetará a los principios de confidencialidad

y reserva que establecen las disposiciones vigentes en materia de información como son la Ley

General de Estadística y Geografía y Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información

Pública Gubernamental”. Ambas normas mencionadas no posibilitan el acceso masivo a la

información médica sobre las pacientes que padecen Cáncer de Mama, entre otros padecimientos.

Cabe destacar que a diferencia de otros países, en México todavía no se cuenta con una

infraestructura que garantice una atención inmediata a las mujeres que enfrentan un diagnóstico

positivo, así como campañas de prevención que motiven a las mujeres al reconocimiento y

exploración de su cuerpo.

Panorama Internacional

En 2002, la 26.a Conferencia Sanitaria Panamericana reconoció que las enfermedades crónicas no

transmisibles son la causa principal de muerte prematura y morbilidad en América Latina y el

Caribe y aprobó la Resolución CSP26.R15, en la que se aboga por que la OPS intensifique y

coordine la cooperación técnica en esta materia.

En respuesta a esta resolución y reconociendo la necesidad de contar con una estrategia actualizada

en relación con las enfermedades crónicas, la OPS ha elaborado una Estrategia y Plan de Acción

Regional. La Organización señala que las enfermedades crónicas tienen efectos devastadores para

las personas, las familias y las comunidades, especialmente las poblaciones pobres, y constituyen un

obstáculo cada vez mayor para el desarrollo económico.

Las poblaciones vulnerables tienen mayores probabilidades de contraer enfermedades crónicas y las

familias de bajos ingresos tienen mayores probabilidades de empobrecerse como consecuencia de

ellas. Los costos sociales asociados con las enfermedades crónicas son abrumadores. Por ejemplo,

el costo total anual asociado con la diabetes en América Latina y el Caribe se calculó en US$

65.000 millones en el año 2000.

En la Estrategia Regional se han fijado cuatro líneas de acción, que consisten en dar prioridad a las

enfermedades crónicas en los programas políticos y de salud pública; considerar la vigilancia como

un componente clave; aceptar la necesidad de reorientar los sistemas de salud a fin de que

respondan a las necesidades de las personas que sufren afecciones crónicas; y tomar nota de la

función esencial de la promoción de la salud y la prevención de las enfermedades.1

Actualmente, las enfermedades crónicas son la principal causa de muerte y discapacidad prematuras

en la gran mayoría de los países de América Latina y el Caribe. En 2002, representaban 44% de las

defunciones de hombres y mujeres menores de 70 años de edad y provocaron dos de cada tres

defunciones en la población total. Las enfermedades crónicas contribuyeron a casi 50% de los años

de vida ajustados en función de la discapacidad perdidos en la Región.

El cáncer es la causa de 20% de la mortalidad por enfermedades crónicas, y en 2002 había causado

unas 459.000 defunciones. Esto representa un aumento de 33% en la Región desde 1990. La

Organización Mundial de la Salud (OMS) calcula que para 2020 en América Latina y el Caribe se

producirán 833.800 defunciones causadas por el cáncer.

Es preciso fortalecer la colaboración intersectorial con sectores ajenos al sector de la salud a fin de

lograr resultados considerables en la lucha contra las enfermedades crónicas. A este respecto, es

necesario buscar la colaboración de los sectores de la educación, las comunicaciones, la agricultura,

el transporte, la economía y el comercio.

Género y Cáncer de Mama

Para Helena Restrepo, “Al tratar el tema del cáncer de mama desde la perspectiva de género cabe

preguntarse por qué ante una “epidemia” de esta magnitud no se han promovido y apoyado

programas intensos de investigación y de prevención”.2

De acuerdo con la Organización Panamericana de la Salud (OPS), en el mundo desarrollado

occidental y en los países de América del Norte y Europa occidental, el cáncer de mama presenta

características epidémicas.

Estrategia Regional y Plan de Acción para un Enfoque Integrado sobre la Prevención y el Control de las Enfermedades

Crónicas, incluyendo el Régimen Alimentario, la Actividad Física y la Salud. 5 de septiembre de 2006.

Epidemiología y Control del Cáncer de la Mujer en América Latina y el Caribe. Helena Restrepo.

Directora, División de Promoción y Protección de la Salud, OPS, Washington, DC, EU. Pp.6

En Estados Unidos, una de cada 10 mujeres está en riesgo de padecer cáncer de mama y éste

aumenta aceleradamente. Existe una correlación entre el nivel de desarrollo socioeconómico de los

países y la mortalidad por cáncer de mama.

Las tasas más altas se presentan en los Estados Unidos, países del Cono Sur y Cuba. El riesgo de

padecer cáncer de mama aumenta en los países en desarrollo, tales como Colombia, Costa Rica,

Cuba y Puerto Rico. En la actualidad se especula sobre las causas del aumento del cáncer de mama

en el mundo, diversos autores señalan a los estilos de vida como los principales responsables, pero

el problema es muy complejo y está lejos de dilucidarse.

El cáncer de mama, de carácter epidémico en los países de América del Norte, tiende a aumentar en

los países con mayor desarrollo de América Latina y el Caribe. Deben de hacerse esfuerzos por

adecuar tecnológicamente los servicios de salud al diagnóstico y tratamiento oportuno de toda

lesión de la mama, y es necesario que en los países de América Latina y el Caribe se promueva la

investigación sobre los factores de riesgo y las tendencias del cáncer de mama con el objeto de que

se inicien programas eficaces de prevención y control de esta creciente enfermedad de la mujer en la

sociedad moderna.

De acuerdo con Elsa Gómez, operacionalmente, la equidad de género en salud no se traduce en

tasas iguales de mortalidad y morbilidad en mujeres y hombres, sino en la eliminación de

diferencias remediables en las oportunidades de disfrutar de salud y de no enfermar, discapacitarse

o morir por causas prevenibles.3

Asimismo, la equidad de género en la atención de la salud no se manifiesta en cuotas iguales de

recursos y servicios para hombres y mujeres; exige, por el contrario, que los recursos se asignen y

se reciban diferencialmente, de acuerdo con las necesidades particulares de cada sexo y en cada

contexto socioeconómico.

Para Gómez, desde una perspectiva de género, el eje central del análisis de la atención de la salud es

el impacto de la división por sexo del trabajo y del poder sobre el acceso diferencial a recursos que

Género, equidad y acceso a los servicios de salud: una aproximación empírica. Elsa Gómez

Gómez. Programa Mujer, Salud y Desarrollo, División de Salud y Desarrollo Humano,

Organización Panamericana de la Salud. Dirección postal: 525, 23rd St., NW, Washington,

D.C. 20037, Estados Unidos de América. Pp. 2-3.

posibilitan el pago directo de servicios o la participación en planes contributivos de aseguramiento

público o privado.4

La atención de la salud es solo uno de los determinantes del estado de salud, pero uno importante,

particularmente para las mujeres. Pese a los avances en el conocimiento y la tecnología médica, el

acceso a la atención de la salud continúa marcado por profundas desigualdades entre países y en un

mismo país. A las inequidades en el acceso económico, geográfico y cultural se han sumado las

creadas por políticas recientes de reforma del sector que han promovido esquemas de

financiamiento privatizador y regresivo. Tales políticas, además de restringir el acceso a la atención,

pueden imponer costos “empobrecedores” a aquellos que logran acceder, agudizando así

inequidades existentes en las condiciones de vida.

De acuerdo con la OPS, la mayor utilización de servicios por parte de las mujeres no es una

constante en todos los grupos sociales. Por el contrario, la naturaleza y la magnitud de las

diferencias por sexo en la utilización de servicios de salud son mediadas por factores de ingreso

económico, edad, etnia y lugar de residencia, así como por variables ligadas al tipo de esquema de

financiamiento y organización de tales servicios.

La consideración de los factores de género es indiscutiblemente relevante en el análisis de la

equidad en el acceso a los servicios de salud. La aplicación de los principios de equidad distributiva

de beneficios y cargas de la atención de la salud exige considerar la correspondencia entre servicios

y necesidades diferentes de mujeres y hombres a lo largo de la vida, y entre pago por servicios y

capacidad económica de las personas.

Resulta fundamental examinar los factores sociales de género que crean inequidades en el acceso a

los servicios. Entre estos factores se cuentan la mayor carga de responsabilidades familiares de las

mujeres, su menor poder adquisitivo para comprar directamente servicios y las características del

trabajo, que las sitúan en desventaja para acceder a planes de aseguramiento.

Para Elsa Gómez, la falta de indicadores que permitan una medición idónea del carácter y el nivel

de necesidad impide un cotejo de la adecuación de los servicios a los requerimientos de atención

particulares de cada sexo, y por tanto, una evaluación apropiada de la equidad.5

El mayor gasto en salud ocasionado por una mayor utilización de servicios durante la edad

reproductiva es una desigualdad que vulnera los principios de equidad en la distribución de la carga

4 Ibid, pp.2-3

5 Ibid, pp.7

financiera y que adquiere mayor gravedad cuando se considera la menor capacidad adquisitiva que,

como grupo, tienen las mujeres.

Desde la óptica de Rebeca de los Ríos, la construcción social de género y las relaciones genéricas de

poder –subordinación ejercidas a través de la división sexual del trabajo y las formas de

socialización, colocan a la mujeres en una posición de desventaja, no sólo para seleccionar los

satisfactores sino también para acceder y ejercer control sobre los bienes y artefactos que potencian

la eficiencia del satisfactor salud.6

Bajo la perspectiva de género, la noción de salud como satisfactor de las necesidades humanas

fundamentales, exige un replanteamiento de los supuestos integracionistas sobre la salud de la

mujer, que la visualizan únicamente como insumo para el desarrollo del capital humano. Al

incorporar el enfoque de género, las políticas y programas de salud tendrían que partir de otros

supuestos. El desarrollo científico-tecnológico en salud no ha contribuido a superar la subordinación

de la mujer y a potenciar su capacidad y sus medios resolutivos para ejercer el control sobre su vida

y sobre su cuerpo.

La investigadora Rebeca Cook señala que: “Las leyes que gobiernan la salud de la mujer deben

examinarse minuciosamente para que no perpetúen la discriminación de la mujer, por ejemplo,

manteniendo los estereotipos asignados a su sexo que evitan que se le trate de acuerdo a sus

méritos. Las leyes que niegan o restringen el acceso de la mujer a los servicios de salud restringen

su derecho y su poder tanto para proteger su vida y su salud, como para establecer familias cuyo

tamaño y estructura protejan mejor su salud y la de su familia.

La promulgación de una ley de atención integral de salud reproductiva facilitaría mucho el ejercicio

de los derechos de la mujer a la atención de salud”. 7

La salud reproductiva es una condición por medio de la cual se efectúa el proceso reproductivo en

un estado completo de bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o

Género, Salud y Desarrollo: Un Enfoque en Construcción. Rebeca de los Ríos. Coordinadora Programa Salud y Desarrollo

de la OPS. Pp. 16

El Derecho Internacional y la Salud de la Mujer. Rebeca J. Cook. Profesora Asociada Investigadora, Facultad de Derecho,

Universidad de Toronto, Toronto, Canadá. Pp.3-5.

enfermedades del proceso reproductivo. Esta fórmula refleja el concepto de salud que los Estados

han aceptado al suscribirse a la Constitución de la OMS.

De acuerdo con Cook, “Los derechos internacionales relativos a la salud de la mujer valen muy

poco si no hay responsabilidad por parte de los gobiernos, organizaciones e individuos para

respetarlos”.

México y el Cáncer de Mama

De acuerdo con el “Programa de Acción: Cáncer de Mama” del Gobierno Federal mexicano,

presentado en 2002, la distribución de las mujeres que fallecieron por cáncer de mama en el año

2000, según su situación de derechohabiencia a alguna institución de seguridad social al momento

de morir, la mitad eran derechohabientes del IMSS, 10.6% del ISSSTE y el 28.3 % no tenían

seguridad social.

Del total de defunciones por cáncer de mama registradas en el año 2000, el 73.2 % se concentró en

12 entidades federativas: Jalisco, Estado de México, Distrito Federal, Nuevo León, Veracruz,

Chihuahua, Guanajuato, Tamaulipas, Michoacán, Coahuila, Puebla y Sonora.

Según el estudio “Cáncer de Mama en México: Cifras para la Toma de Decisiones”, elaborado por

la Fundación Mexicana para la Salud (Funsalud), en los últimos seis años han aumentado en un

50% los casos de cáncer de mama en el país y las muertes por este mal se incrementaron en un 20%.

El análisis menciona que en el año 2000 se reportaron 3,791 casos y en el 2006, fueron 6,043.

Según los últimos datos publicados por el INEGI, en el año 2005 hubo 4,220 casos de este tipo de

cáncer, estando aun por debajo del cáncer cervicouterino, del cual se reportaron 4,270 casos.

Asimismo, en el estudio “Detección del Cáncer de Mama: Estado de la Mamografía en México”

elaborado por la Dra. Maria Ester Brandan del Instituto de Física de la UNAM y la Dra. Yolanda

Villaseñor del Instituto Nacional de Cancerología (INCAN), menciona que el panorama de esta

patología en México se transformó en los últimos 50 años y el cáncer mamario ha pasado a ser un

problema de salud pública.

En el mismo estudio se establece que las cifras brutas de defunciones por cáncer cervicouterino

muestran desde el año 2000 una tendencia decreciente, mientras que las de cáncer de mama

aumentan cada año, por lo que se puede anticipar que el cáncer de mama pasará a ser muy pronto la

principal causa de muerte por cáncer en mujeres mexicanas.

Un estudio elaborado por el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES) y el Instituto

Nacional de Geografía y Estadística (INEGI) señala que en 2003, los tumores malignos

representaban la segunda causa de muerte en los hombres con 11.3%, en tanto que para las mujeres

lo es la diabetes mellitus con 15.4 por ciento. La tercera causa de muerte entre la población

masculina corresponde a los accidentes (10.3%) y en las mujeres a los tumores malignos (14.6%).

En conjunto, las tres primeras causas de muerte agrupan 36.8% de las defunciones masculinas y

48% de las femeninas. (PP.157)

La morbilidad hospitalaria por tumores malignos se refiere a los egresos hospitalarios por este tipo

de padecimientos durante un año determinado. La detección oportuna, diagnóstico adecuado y

tratamiento eficiente de los tumores malignos, se encuentran entre los principales problemas de

salud en el país. De acuerdo con las estadísticas, el riesgo de contraer una enfermedad de este tipo

es diferencial entre mujeres (32 403 casos) y hombres (15 816 casos). En el mismo universo, de

cada 100 egresos hospitalarios femeninos ocurridos durante el año 2003 por tumores malignos, 35

se deben al de mama, 28 al del cuello del útero, 17 a leucemias y 6 al de tráquea, bronquios y

pulmón.

En México la mortalidad por tumores malignos va en aumento y una parte importante corresponde

a las mujeres. El cáncer de mama es la segunda causa de muerte por cáncer en las mujeres, después

del cáncer cérvico-uterino. Un indicador que permite conocer su impacto es la tasa de mortalidad, la

cual mide el número de muertes debidas a este tipo de cáncer por cada 100 mil mujeres de 25 años y

más en un año. Dentro de los factores relacionados con el incremento del cáncer de mama destacan:

el inicio de la menstruación a edad temprana, la ausencia de embarazos, la menopausia tardía y el

primer parto después de los 30 años.

Se estima que alrededor de 21 mujeres de 25 años y más, de cada 100 mil, murieron por cáncer de

mama durante 2004. En Quintana Roo (10.4) y Oaxaca (11.7), seguidos por Chiapas, Guerrero y

San Luis Potosí, se observan las tasas más bajas. En el polo contrario Baja California Sur (30) tiene

una tasa similar a la de la población femenina de Canadá (31.9),6 donde el problema es

particularmente grave; le siguen Distrito Federal (29), Chihuahua (28.5), Sonora (28.1) y Coahuila

de Zaragoza (27.7). (pp. 185)

El cáncer mamario es uno de los tumores cancerosos que es objeto de particular atención por la

comunidad internacional, debido al impacto que tiene en la mortalidad femenina en países

subdesarrollados y a la existencia de tecnología médica que permite disminuir su incidencia.

Los datos de los centros de atención de la Secretaría de Salud (SSA) muestran en lo general un

incremento constante de los exámenes aplicados entre 1992 y 2003 para la identificación y la

atención del cáncer de mama, particularmente en el último año, con excepción del año 2000, en el

que se observó descenso respecto a 1999. El número de casos de cáncer de mama atendidos por la

SSA entre 1992 y 1999 se incrementó de 4 a 16 por cada 100 mil mujeres de 15 años y más, para

descender a 8 y 9 en 2000 y 2001, respectivamente. Para el 2003 se observa un crecimiento notorio

al alcanzar 115 casos.

Debido a la influencia de algunos elementos socioculturales y valores religiosos el tema del

conocimiento del cuerpo sigue considerándose un tabú que limita principalmente a las mujeres a

explorar su cuerpo y cuidarlo, por lo cual se dificulta que adquieran un mayor conocimiento de si

mismas.

La vida de las mujeres que enfrentan un diagnóstico positivo de cáncer y la realización de una

mastectomía, adquiere un cambio trascendental pues se ven afectadas en sus relaciones personales,

de pareja, laborales, familiares, su sexualidad, la invasión a su cuerpo, en algunos casos volverse

dependientes y no desempeñar las mismas actividades en su vida laboral y en el hogar.

El estudio de la Secretaría de Salud y la OPS, titulado Indicadores Básicos, Situación de la Salud

2006, señala que: La elevada mortalidad por cáncer de mama, su acelerado crecimiento y su

incidencia cada vez mayor en las mujeres adultas, representan un reto enorme para las autoridades

sanitarias y para las mujeres un riesgo cada vez más significativo.

En México el cáncer de mama fue responsable, en el año 2006, de más de 4,500 muertes en mujeres

mayores de 25 años; representa una tasa de 16 defunciones para ese grupo de edad y su expresión

territorial acusa rasgos de gran desigualdad. Los estados con mayores tasas son: Baja California Sur

(24), Jalisco (23.6), Distrito Federal (22.4), Chihuahua (21.3) y Colima (20.2). Los estados de

Quintana Roo (8.2), Chiapas (8.4), Tabasco (9.1) y Yucatán (9.9) tuvieron las menores tasas, es

decir, Baja California Sur tiene casi tres veces más defunciones que Quintana Roo por esta causa;

en general, la desigualdad entre estados es enorme y su coeficiente de variación es superior a 29%.

La detección temprana de este tipo de cáncer seguirá siendo la acción más importante, así como las

medidas asociadas de información y educación a las mujeres para que puedan efectuar

correctamente la autoexploración; son importantes también las diversas medidas médicas

(realización de exámenes clínicos periódicamente), fundamentales para conseguir el objetivo de la

detección y atención temprana de esta enfermedad.

Con respecto al Cáncer de Mama como problema de salud pública, la OPS recomienda:

1) Mejorar la información sobre la incidencia y mortalidad por cáncer de mama en los diferentes

grupos de población, con el fin de determinar la situación de riesgo y promover la investigación

epidemiológica.

2) Promover estudios controlados sobre métodos de detección alternos que posibiliten su extensión

a toda la población de mujeres.

CONCLUSIONES Y PROPUESTAS

En México, al igual que en la mayoría de los países latinoamericanos, se requiere:

1) Campañas de prevención eficaces que incidan en la población.

2) Establecer un Consejo de Salud donde se discutan las políticas públicas en la materia, de forma

integral y que garantice la aplicación de los protocolos internacionales.

3) Actualizar la Norma Oficial Mexicana en materia de Cáncer de Mama y armonizar las Leyes

federales y estatales en materia de Salud, Desarrollo Social y Asistencia Social.

4) Promover el acceso a la información para que las pacientes tengan derecho a decidir sobre su

tratamiento.

5) Establecer mecanismos para el control de precios de medicamentos de quimioterapia y

radioterapia.

6) Fomentar la creación de unidades de Psicooncología en los hospitales que atienden el

padecimiento.

7) Promover la creación y profesionalización de ONG´s especializadas en el tema, en todo el

proceso: Prevención, Cáncer (Tratamientos) y Post-Cáncer (cirugías, prótesis y secuelas por

cirugías y medicamentos)

8) Diseñar e Implementar un sistema de acceso a la salud, que evite los gastos catastróficos en los

hogares, debido a este tipo de padecimientos.

9) Fomentar la inserción al sistema productivo de quienes sobreviven al Cáncer de Mama.

BIBLIOGRAFIA

1) Registro Hospitalario de Cáncer en el Instituto Nacional de Cancerología (INCAN)

del 2000 al 2004

2) NOM-168-SSA1-1998

3) Norma Oficial Mexicana, NOM-040-SSA2-2004

4) Estrategia Regional y Plan de Acción para un Enfoque Integrado sobre la Prevención y el Control

de las Enfermedades Crónicas, incluyendo el Régimen Alimentario, la Actividad Física y la Salud.

5 de septiembre de 2006.

5) Epidemiología y Control del Cáncer de la Mujer en América Latina y el Caribe. Helena Restrepo.

Directora, División de Promoción y Protección de la Salud, OPS, Washington, DC, EU.

6) Género, equidad y acceso a los servicios de salud: una aproximación empírica. Elsa

Gómez Gómez. Programa Mujer, Salud y Desarrollo, División de Salud y Desarrollo

Humano, Organización Panamericana de la Salud. Dirección postal: 525, 23rd St.,

NW, Washington, D.C. 20037, Estados Unidos de América.

7) Género, Salud y Desarrollo: Un Enfoque en Construcción. Rebeca de los Ríos.

Coordinadora Programa Salud y Desarrollo de la OPS.

8) El Derecho Internacional y la Salud de la Mujer. Rebeca J. Cook. Profesora Asociada

Investigadora, Facultad de Derecho, Universidad de Toronto, Toronto, Canadá.

9) Programa de Acción: Cáncer de Mama”, Gobierno Federal Mexicano, presentado en

2002.

10) Cáncer de Mama en México: Cifras para la Toma de Decisiones”, elaborado por la

Fundación Mexicana para la Salud (Funsalud), México, 2000.

11) “Detección del Cáncer de Mama: Estado de la Mamografía en México” elaborado por

la Dra. Maria Ester Brandan del Instituto de Física de la UNAM y la Dra. Yolanda

Villaseñor del Instituto Nacional de Cancerología (INCAN).

12) Hombres y Mujeres, 2003, INMUJERES, INEGI.

13) Indicadores Básicos, Situación de la Salud 2006, Secretaría de Salud, OPS.

Rizo et al, Cancerología 2 (2007): 203-287

Autora: Mónica Isabel Pérez Campos.

Ponencia: Derecho a la Salud: Derechos sexuales y reproductivos en Panamá

Se hace un diagnóstico o descripción sobre la condición de las mujeres panameñas. Cómo están

las mujeres panameñas en cifras, en las estadísticas. Sobre todo en aquellas cifras vinculadas o

ligadas a las condiciones de pobreza, pobreza extrema, debilidad o ausencia de ciertos servicios

públicos, con especial énfasis en los de salud pública en general y en particular los relacionados

con la salud sexual y reproductiva de las mujeres. También se hace un esbozo de algunas

estadísticas disponibles de grupos de mujeres mayormente vulnerables porque en ellas

coinciden en grandes proporciones las condiciones de pauperización, pobreza, pobreza extrema,

exclusión social y carencia de desarrollo humano. Entonces, se hace una especial referencia a

las mujeres de los pueblos indígenas, las afrodescendientes, las niñas y las adolescentes. Todo

lo anterior con la finalidad de establecer una relación dialéctica con la situación de falta de

transparencia y percepción de corrupción que existe en la República de Panamá y cómo y de

qué manera esto incide en que el Estado panameño no cumple a cabalidad con las obligaciones

internacionales relativas a los Derechos Sexuales y Reproductivos.

En la última parte bien diferenciada se pone de manifiesto el vínculo o relación entre pobreza,

deficientes, escasos o nulos servicios públicos (en especial los de salud en general y en

particular los servicios de salud sexual y reproductiva) e índices de Percepción de Corrupción.

Currículum Vitae:

Mónica Isabel Pérez Campos:

Licenciada en Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Panamá, 1994. Actualmente es

adjunta del Defensor del Pueblo de Panamá y Coordinadora de la Dirección de Protección de los

Derechos de las Mujeres. Fue Becaria de la Agencia Española de Cooperación Internacional,

AECI (2002-2004) para realizar estudios en Madrid para el programa de Diploma de Estudios

Avanzados.

Derechos sexuales y reproductivos en Panamá

Lic. Mónica Isabel Pérez Campos.

2008.

Algunos óbices que en Panamá restringen el goce y el ejercicio de los Derechos Sexuales y

Reproductivos.

A modo de diagnóstico o descripción se hará un esbozo sobre las cifras de las mujeres en

Panamá, sobre todo de aquellas cifras vinculadas a las condiciones de pobreza, pobreza extrema,

debilidad o ausencia de ciertos servicios públicos, con especial énfasis en los de salud pública

en general, y en particular, sobre los servicios de salud sexual y reproductiva de las mujeres.

También se verán estadísticas disponibles de grupos de mujeres mayormente vulnerables porque

en ellas coinciden en grandes proporciones las condiciones de pauperización, pobreza, pobreza

extrema, exclusión social y carencia de desarrollo humano. Lo anterior con la finalidad

establecer una relación dialéctica con la situación de falta de transparencia y percepción de

corrupción que existe en la República de Panamá y cómo esto incide en que Panamá, no cumple

con obligaciones internacionales en lo que a los Derechos Sexuales y Reproductivos se refiere.

1- La Salud de la Mujer en Panamá.

En el año 2005 la estimación de la población total panameña fue 3,228,186. La estimación al

2007 está por 3,339,781 habitantes, de los cuales el 49,6% son mujeres según el Boletín No.11

de 2005 publicado por la Contraloría General de la República. El 59.5% vive en zonas urbanas

y esta cifra tiene una tendencia a la alza, en demanda de viviendas, servicios de salud, escuelas,

lugares y espacios de esparcimiento, como manera de mejorar su calidad de vida en general y en

particular las mujeres como forma de dejar la violencia, según el Boletín No.11 de la

Contraloría del año 2005. En el 2006 disminuyó la tasa de fertilidad. Es decir, de 2.87 que

estuvo de 1991-95 de niños y niñas por mujer bajó, a 2.62 en 2006-2010. La esperanza de vida

también ha mejorado para la población panameña. De 70.2 años en 1991-95 a pasado a 75.6

años en 2006-2010 para los hombres y de 75.7 años a 78.2 años para las mujeres. Aunque las

mujeres viven más años que los hombres, la velocidad en el aumento del vector esperanza de

vida es más lento en los dos períodos para las mujeres que para los hombres.

Según datos del Ministerio de Salud del año 2006, se proyecta que la provincia de Panamá en el

año 2015 concentrará más de la mitad de la población nacional por el crecimiento natural y la

atracción de la población del resto de las provincias. Las mujeres representan alrededor del

53% de la población mayor de 60 años y 25% de esta población femenina vive en condiciones

de pobreza, pero la cobertura de la seguridad social es de 71%. El Informe Nacional de

Desarrollo Humano reconoce que el 40.5% de la población nacional vive por debajo de la línea

de la pobreza y el 26.5% en condiciones de pobreza extrema, cuestión que se ha mantenido casi

sin modificación desde los años 1970. En la Encuesta de los Niveles de Vida de 2003, el 96.3%

de la población urbana tiene acceso al agua potable, como ya se indicó arriba, no obstante, hay

importantes sectores urbanos en donde el servicio del agua no es constante y son las mujeres

quienes deben cargar agua desde cisternas públicas. En las zonas indígenas donde el servicio y

cobertura de agua potable es menos 57.2%, la tarea de buscar y almacenar agua está a cargo de

las mujeres indígenas, afectándose, por el excesivo peso y las largas distancias, su estado de

salud en general. Esta encuesta arrojó que 36.8% vive en condiciones de pobreza y tienen un

consumo de 953 dólares americanos al año, mientras que 16.6% en extrema pobreza tienen un

consumo de 534 dólares americanos al año. Resultando las mujeres más afectadas, ubicándolas

por debajo de los umbrales de la pobreza, casi doblando la cifra de los hombres situados en esta

misma condición.

El Censo de Población del año 2000, levantado por la Contraloría General de la República de

Panamá, arrojó que la responsabilidad económica y formal del hogar estaba a cargo de las

mujeres en un 27%, lo que representa una carga física y emocional para estas mujeres.

El Ministerio de Salud por disposición constitucional define las políticas de salud del país y

brinda servicio a 14 regiones sanitarias y distritos sanitarios, la Caja del Seguro Social brinda el

servicio a los derechohabientes y beneficiarios y pensiones a través de los programas de

invalidez, vejez y muerte. La población con derecho a seguridad social es aproximadamente el

60% en el año 2003. Se estima que por cada persona pensionada hay cinco trabajadores

solidarios con ésta y por cada cotizante activo hay tres beneficiarios de los servicios, pero no

cotizantes. Para las mujeres trabajadoras la licencia por maternidad dada por la seguridad social

es de 14 semanas con derecho al cien por ciento de todo su salario. Algunos economistas

consideran que las pensiones por maternidad, invalidez y vejez tendrán problemas en el año

2010.

Para las mujeres y sus familias el principal problema de acceso a los servicios de salud es

económico, 11.6% por el costo del transporte, sobre todo en las zonas rurales e indígenas y

5.9% el costo de los servicios de salud, como tal, según información del Ministerio de

Economía y Finanzas de la República de Panamá, del año 2006.

1.1- La Salud Sexual y Reproductiva de las Mujeres en Panamá.

A- Introducción.

La Propuesta de la Ley sobre la Salud Sexual y Reproductiva de 2007, que promueve la

educación en todas las etapas de la vida, responsabilidad tanto del Ministerio de Salud como el

de Educación en conjunto, que ha sido a su vez consensuada en la Comisión de Salud Sexual y

Reproductiva nombrada por el Ministerio de Salud (cuyos miembros son tanto de instituciones

públicas como de ONG’s) ha sido objetada por sectores de la sociedad panameña. El nuevo

Código Penal del año pasado, cuya vigencia empezó hace poco tiempo, mantiene sanciones

penales para las mujeres y el personal médico que realice un aborto fuera de los casos que

especifica las normas penales.

B- La Violencia Doméstica sobre la Mujer como problema de Salud Pública.

Los casos de violencia doméstica que da cuenta el Ministerio de Salud en el año 2005, fueron

2,462 en el año 2002 y 2,476 en el año 2004 y ambos casos afectaron principalmente a las

mujeres. Es decir, la afectación femenina estuvo por 78.9%. No obstante, el Informe sobre la

Salud de la Mujer en Panamá reporta que hay un subregistro por falta de denuncia, tratamiento

en el campo de atención primaria de salud que entran por otras razones, falta de entrenamiento y

capacitación del personal que brinda el servicio a las mujeres afectadas por la violencia

doméstica y poca aplicación del protocolo institucional de atención. La violencia doméstica es

una problemática de salud pública que afecta principalmente a las mujeres, su salud física, su

salud mental. Y afecta también a los hijos e hijas, con particularidad.

C- La Salud Sexual y Reproductiva de las Mujeres en Panamá.

El derecho a la salud sexual y reproductiva es uno de los elementos importantes que derivan del

derecho a la salud en general, pero, además gravitan y son concomitantes otros derechos

fundamentales que si no se pueden ejercer o se violan por parte del Estado, se afecta

primordialmente a la mujer.

C.1- Mujeres y la Prevención del VIH/SIDA y otras Enfermedades de Transmisión Sexual.

De 1984 a 2005 el porcentaje de prevalencia nacional notificado de SIDA es de 0.9%. El

Ministerio de Salud en 2007 reportó que en 69.3% de transmisión es sexual, 3.4% es perinatal,

1.6% es transfusional y 25.6% es de origen desconocido. Hasta el año 2007 las mujeres

afectadas por grupo etario correspondía de 0-14 años 1.9%. De 15 – 24 es 3.2%. De 25 a 34

años es de 7.9%. 35 a 44 es de 7.2% y de 45 años en adelante es de 4.7%.

El VIH/SIDA en las mujeres es el resultado de falta de educación de salud en general y en

particular falta de educación sexual y reproductiva.

El 70.5% de las personas con diagnóstico de VIH/SIDA reciben tratamiento antirretroviral,

como resultado la tasa de mortalidad muestra una estabilización desde el 2001, particularmente

para las mujeres.

La incidencia de otras enfermedades de transmisión sexual fueron en el 2005 las siguientes:

vulvovaginitis 962.4 por cada 100,000 habitantes; enfermedad pélvica inflamatoria 315.2;

papilomavirus 150.6; gonorrea 41.1, según el Informe del Ministerio de Salud de 2006. Como

se puede apreciar los indicadores resultan altos, mismos que pudieran reducirse sustancialmente

si en particular existiera de manera institucionalizada la obligación de educar sexual y

reproductivamente a las personas.

C.2- El aborto.

El Ministerio de Salud sólo tiene estadísticas de los abortos espontáneos y de aquellos cuyas

complicaciones terminan en el sistema de salud (lo que implica cifras ocultas). Las cifras de

abortos se mantienen estables de 2002 al año 2006 y la cantidad es relativamente baja, el

promedio dentro de esos años es 9.4 por cada cien nacimientos vivos. La irregularidad de los

servicios de salud en anticonceptivos orales e inyectables, los prejuicios en su utilización y la

falta de educación, sumado a la desigualdad en las relaciones de parejas son elementos factuales

de riesgos para embarazos no deseados. Las mujeres ponen en riesgo su vida al acudir a

realizarse prácticas abortivas clandestinas. Hay un subregistro o cifra oculta en este sentido.

Ello ocurre, como se manifestó, porque existe la tipificación del aborto como delito. Urge,

entonces que la existencia de una ley que establezca los derechos sexuales y reproductivos,

como el anteproyecto que existe, asimismo, es necesario una política sexual y reproductiva que

tome en cuenta los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, consignados en diferentes

instrumentos jurídicos internacionales.

C.3- La Planificación Familiar y los Derechos Reproductivos de las Mujeres.

Luego de la concertación de programas de salud sexual y reproductiva en el año de 1998,

llevado a cabo de manera sinuosa e irregular, se llevaron a cabo capacitaciones para el personal

sanitario y campañas de promoción en ese año. Los años siguientes fueron muy irregulares.

Dejando de lado los cinco establecimientos de salud pilotos a lo largo de la República de

Panamá, las instalaciones sanitarias no están adecuadas para ejecutar estos programas.

Según reporta el Informe del Ministerio de Salud del año 2005, la edad promedio de las

relaciones sexuales son los 14 años (13 años para los hombres y 15 años para las mujeres),

45.7% no usa ningún método anticonceptivo, 25% usa preservativos, 11.9% píldoras

anticonceptivas, 4% de las mujeres declararon haber tenido un embarazo no deseado y 69.4% de

ellas interrumpieron el embarazo, sin ser óbice que tanto el Código Penal anterior, como el

nuevo, tipifican el aborto como acción, típica, antijurídica y culpable, es decir, como delito.

La tasa de nacimientos vivos en adolescentes de 15 a 19 años en el año 2002 fue de 29.1 por

cada cien mujeres de este grupo etario y de 27.4 en 2006.

En el año 2006 el sector médico realizó el 88% de la atención profesional de parto, y 90.7% de

los partos fueron en las instalaciones sanitarias, según datos de la Contraloría de 2007. La

atención profesional del parto es mucho más alta en el área urbana (99% promedio de los

partos) y en las zonas rurales para el año 2006 fue de 77.3%, según cifras de la Contraloría de

2002-2003. Las causas de mortalidad materna se pueden evitar con atención sanitaria adecuada

del embarazo y el parto, la incidencia de las mismas es: hemorragia 26.8%, causas obstétricas

indirectas 24.4%, hipertensión del embarazo 17.1%, aborto 12.2%, sepsis 9.7% y otras causas

obstétricas directas 9.7% en 2003 y las variaciones porcentuales se mantienen en los otros años

reportados, según el Informe del Ministerio de Salud 2002-2007. De las muertes maternas

registradas entre 2001 y 2005, 29% sucedieron en una institución de salud de tercer nivel

(hospital nacional o de alta complejidad), 28% en casa, 21% en una institución de segundo nivel

(hospital regional con personal especializado) y 7% en uno de primer nivel (centro de salud,

policlínica), significa que en 2001 y 2005, según registros de salud, las mujeres tuvieron un

acceso tardío a los servicios de salud con capacidad de respuestas a las complicaciones y

urgencias obstétricas.

Las condiciones de pauperización de las mujeres indígenas está directamente relacionado con

sus problemas de salud sexual y reproductiva, 98% de las personas son pobres y el 86% se

encuentran en pobreza extrema, se les dificulta el acceso a los servicios de salud mínimos,

mucho más los de salud sexual y reproductiva, incluyendo los de obstetricia, ello sumado a la

barrera del idioma y la discriminación que padecen a diario, tornan la cotidianeidad de estas

mujeres en una situación crítica. La tasa anual de crecimiento de los pueblos indígenas es de

3.8%, tienen, asimismo, su porcentaje de fertilidad por mujer indígena es de 6.6% y la

esperanza de vida femenino 65.4, es decir, doce años menos que el promedio nacional. Para las

mujeres de los pueblos indígenas se suman y juntan dos renglones en el embarazo, la morbilidad

y la mortalidad. Igualmente, como escasez de centros sanitarios. Hay 0.62 médicos para 10,000

personas cuando el promedio nacional es de 13.63 y 17.96 para la provincia de Panamá

(Reporte del Ministerio de Salud-OPS/OMS de 2004).

Si se realiza un parangón de los datos entre los años 2002 y 2005 se ve una baja en la atención

profesional del parto en la comarca Kuna Yala y en la Ngobé Buglé. No hay datos de la cifra de

mortalidad materna del año 2002 y este mismo indicador en el año 2005 sobrepasa el promedio

nacional. Para mejorar la salud sexual de las mujeres de los pueblos indígenas es necesario

tomar en cuenta la cultura local, la barrera del idioma y la dificultad en el acceso geográfico.

No obstante el crecimiento económico del país, que ha sido muy alto en los últimos años, es

decir que ha subido el producto interno bruto sostenidamente a través de los últimos años, no ha

habido una cambio sustancial en los indicadores de desarrollo humano, aún hay persistencia en

que las mujeres siguen teniendo problemas para el acceso a los servicios de salud, por las

funciones que se han considerado históricamente como de “su género,” tales como la función

reproductiva pura y dura; el cuidado de los niños y las niñas, la asistencia de las personas

adultas mayores y los/as enfermos/as; ello combinado y refundido a la realización de múltiples

trabajos u oficios y/o que se ven sumidas en la informalidad, en la precarización y en la

invisibilización de su mano de obra en lo que al ingreso se refiere, lo anterior con la finalidad de

mejorar el ingreso familiar, aunado al trabajo comunitario que realizan para tratar de atenuar o

paliar las condiciones de pobreza o pobreza extrema.

En las zonas rurales y comarcas indígenas, se suman exponencialmente los problemas de acceso

geográfico, la dispersión de los asentamientos humanos y la disponibilidad de recursos, ello

repercute directamente en una mayor desigualdad de los roles de género. Persisten las

disparidades entre las cifras de fertilidad entre las zonas urbanas y las zonas rurales e indígenas,

permanecen también, en estos últimos lugares, una menor esperanza de vida. Todo lo anterior

alimenta el círculo que corresponde a que en las zonas rurales e indígenas se de una menor

educación formal, cuantitativa y cualitativamente hablando y en particular, sobre los temas

salud pública y que haya un acceso muy bajo a los servicios de salud sexual y reproductivos de

calidad, y creencias y patrones de conducta que reflejan y aumentan la dimensión de las

desigualdades de género.

C.4- La Salud Nutricional de las Mujeres en Panamá.

La Encuesta de los Niveles de Vida del año 2003 arrojó que el consumo promedio de energía

(Kcal) para una familia de cinco personas es de 6,832 kilocalorías, pero, tiene una diferencia de

1,000 Kcal menos para las familias pobres en relación a las que no son pobres. El consumo de

calorías por persona es de 1,608, pero, para las comunidades indígenas es de 1,200 Kcal y para

las personas de extrema pobreza es de 1,144 kcal. El consumo energético nacional privilegia

los carbohidratos (52.5% - 76.4%) y las grasas (15.3% - 33.5%). 33.6% de la población tiene

problemas de sobrepeso y 18.3% de la población es obesa. Hay una disminución de la oferta de

diaria de hierro de hierro de 20.4 miligramos en 2002 a 17.8 mg en 2005, lo que afecta

principalmente a las mujeres en edades reproductivas, dato de la Contraloría General de la

República de Panamá de 2006.).

En el 2004 se creó la Secretaría Nacional para el Plan Alimentario Nutricional (SENAPAN) con

para “proponer, coordinar, supervisar y evaluar las acciones de promoción, prevención y

reducción del problema alimentario nutricional en Panamá”, ello para el período presupuestario

2002-2006. La inversión por año para este plan ha sido cerca de 20 millones de dólares, y ha

tenido una cobertura de 500 mil personas, entre adultos, niños y niñas (MOREL, 2006).

Aproximadamente el 20% de la inversión se asigna al programa de micronutrientes (sobre todo

hierro y ácido fólico) para adolescentes, mujeres en edad reproductiva, adolescentes,

embarazadas y madres lactantes; en producción de alimentos de familias en condiciones de

pobreza y pobreza extrema; transferencia monetaria con bonos por cinco meses condicionada al

control de salud, asistencia y persistencia escolar, programa de alfabetización y producción en

los distritos. Aún no se tiene mediciones sobre el impacto de dicho plan en la población meta

beneficiaria, cuyas mayorías destinatarias pertenecen a mujeres de los pueblos indígenas y su

hijos e hijas. Las causas de defunción por tumores para las mujeres son, tumor de mama, cuello

del útero, estómago y colón. Estas muertes representan una carencia de en la educación en

salud sexual y reproductiva. Los informes sobre cáncer en el cuello del útero arrojaron que en

el 2002 tuvo una incidencia de 52.7 por cada cien mil habitantes en 2002 y 43.7 en 2005. Las

defunciones por tumor de cuello uterino se mantienen aproximadamente por una tasa de 8.0 por

cada 100,000 habitantes desde 1996. Las estadísticas arrojadas en las comarcas indígenas

muestran una cifra oculta lo que pudiera explicarse por la carencia de servicios en salud sexual y

reproductiva, que no toman en cuenta mayormente las culturas de los pueblos indígenas, los

obstáculos por el idioma, además de la fortísima estructura patriarcal en las relaciones existentes

de los pueblos indígenas, lo que incrementa la desigualdad de género. La cobertura de la prueba

de papanicolau es muy baja, con números de 12.8% en 2004 y 13.7% en 2005. La ejecución de

servicios de salud sexual y reproductiva junto a la gratuidad de la mujer embarazada,

contribuiría de un mayor acceso de mujeres al sistema sanitario y podría contribuir a la

detección temprana y prevención del cáncer uterino, siempre que estos programas tiendan al

enfoque de género y a la integralidad de atención de la salud de la mujer. Se observa un

pequeño aumento en la cifra de cáncer de mama de 36.4 por 100,000 habitantes en 2002 a 37.3

en 2005. La tasa de defunción por cáncer de mama que se mantiene alrededor de 8.0 por

100,000 se ha estabilizado. Al igual que para el cáncer de cuello uterino, la detección temprana

del cáncer de mama depende del acceso de las mujeres a los servicios de salud, de las relaciones

de género en la pareja y de su educación sanitaria, en especial su educación en derechos

sexuales y reproductivos, así como los programas de promoción que el Estado debe llevar a

cabo sobre la temática.

2- Mujeres en Condiciones de Vulnerabilidad en Panamá.

2.1- Las Mujeres Indígenas en Panamá.

La agenda de reivindicaciones de las mujeres indígenas en Panamá tiene muchos renglones

pendientes, tales como: el respeto a la autonomía política y económica en las tierras y territorios

indígenas, el trato como sujetos colectivos de derechos, el respeto de su derecho a los recursos

naturales y biogenéticas. El Segundo Informe de Desarrollo de Objetivos del Milenio

diagnostica que Panamá tiene un vínculo entre la condición de la población indígena, la pobreza

y la extrema pobreza. El Informe de Desarrollo Humano de Panamá del año 2005 pone a

Panamá como un país de desarrollo humano alto, pero existen profundas asimetrías y

desigualdades que ponen a inmensas porciones de la población viviendo en condiciones

desfavorecidas y en contrapunto con el desarrollo. En el informe CEPAL sobre los pueblos

indígenas en Panamá: un diagnóstico sociodemográfico se señala que, no existe concordancia

entre la cartilla de derechos y la aplicación en la práctica de la misma, lo que se traduce en que

las poblaciones indígenas sigan viviendo con exclusión social. Es significativo los patrones

culturales que se reproducen entre las mujeres indígenas que les generan dependencia

económica y les recarga mucho más sus responsabilidades que afectan su calidad de vida y la

igualdad de sus oportunidades.

2.1- La Salud de las Mujeres Indígenas.

Un indicador importante es la salud materno- infantil. En las comarcas hay altas tasas de

mortalidad infantil en niños y niñas menores de 5 años. Según la OPS en la comarca Ngobé-

Buglé hay 55.4%, en Kuna Yala un 38%, en Emberá – Wounan un 32.9%, en Bocas del Toro un

58.7% y en Darién un 35.1%. Esto demuestra que en todos las circunscripciones en donde hay

pueblos indígenas la tasa de mortalidad de los niños está por encima del 30%. Entre las causas

se pueden apuntar de las más diversas, como: la diáspora en que las poblaciones habitan sus

circunscripciones indígenas, dificultad de comunicación, lejanía de los centros de salud, la

pobreza, las barreras culturales y la falta de programas de salud cuantitativamente y

cualitativamente sostenido para los requerimientos de la población indígena.

En la Encuesta Nacional de Vida de 2003 se reflejó que: 96.3% de la población urbana tiene

acceso al agua potable, 85.7% de la población en zonas rurales y 57.2% en las zonas cuyas

poblaciones son indígenas. Los problemas de salud más comunes de las mujeres panameñas

son: la desnutrición de las mujeres en edad fértil, el embarazo adolescente, las enfermedades de

transmisión sexual, incluido el VIH/SIDA, los tumores malignos, los efectos psíquicos y físicos

de la violencia doméstica. Pero, el principal problema para acceder a los servicios de salud es

económico. Para las mujeres indígenas las desigualdades y dificultades al acceso a los servicios

de salud reproductiva las coloca dentro del grupo de alta incidencia de mortalidad materna, lo

cual se vincula con la pobreza, asimismo como con la falta de servicios y servicios de

emergencias, sobre todo de obstetricia. También afecta a las mujeres indígenas la falta de

métodos de anticoncepción en los dispensarios de salud.

Un estudio realizado por la OPS señala que las causas de muertes de las mujeres por causas

obstétricas 97%. Las causas específicas más sobresalientes son hemorragia (26.8%); las causas

obstétricas indirectas (24.4%); trastornos hipertensivos del embarazo (17.1%); aborto (12.2%) y

sepsis (9.7%). No se dispone de información sobre otras causas de muerte de las mujeres

indígenas, como tampoco de las enfermedades de transmisión sexual.

Informes del Ministerio de Salud de Panamá señalan que los servicios de salud para la

planificación familiar y salud reproductiva han disminuido en su número de médicos/as y

enfermeros/as entre 2002 y 2005 de 14.2 por 10,000 habitantes a 11,5. A través del programa

de alivio y combate a la pobreza, denominado red de oportunidades se ha puesto en marcha un

subsidio cuya población meta son 75,000 familias que viven en condiciones de pobreza extrema

y pobreza. Tiene como objetivos garantizar el acceso a servicios que brinda el Estado (salud y

educación sobre todo), fortalecer las capacidades humanas y mejorar las infraestructuras de las

comunidades. Este programa tiene poco tiempo de estar realizándose.

A- Equidad en la Educación de la Mujer Indígena.

El Informe de Progreso Educativo en Panamá 2002, publicado por el Programa de Promoción

de la Reforma Educativa en América Latina y el Caribe (PREAL), las tasas de repetición y

deserción escolar de niños y niñas indígenas superan por buen margen la tasa nacional.

Según el Informe de 2002, anteriormente citado, el empobrecimiento del servicio público de

educación es multifactorial, pero, entre otras cosas, la imposición del español a los niños y niñas

indígenas, el empleo de herramientas curriculares y metodológicas inapropiadas para la

formación de estudiantes de los pueblos indígenas, incluyente de textos y contenidos ajenos al

perfil socio cultural de los pueblos indígenas y las malas condiciones de la estructura e

instalaciones de los sitios en donde se imparte la educación.

Según el censo de 2000 el analfabetismo en la Comarca Ngobé Buglé es 45.9%, en Kuna Yala

es 38.5%, en Emberá Wounán es 34.5%, que comparado por las poblaciones citadinas de

Panamá y Colón es sumamente alto. Toda vez, que en Panamá es de 2.8% y Colón de 3.7%. La

mujer tiene un mayor índice de analfabetismo que el hombre de los pueblos indígenas, según el

Informe de Desarrollo Humano de 2002. Está en ejecución un plan nacional de alfabetización

por parte del gobierno, con una meta tangible dentro del mismo, pero aún no se tienen

mediciones disponibles.

Datos del Ministerio de Educación sugieren que hay menor porcentaje de niñas indígenas dentro

del proceso educativo que niños indígenas, lo que se traduce en mayor dependencia, incremento

en su situación de vulnerabilidad y carencia de oportunidades reales.

2.2- Las Mujeres Afrodescendientes.

En el Manual de Afrodescendientes de América Latina y el Caribe, editado por UNICEF en el

2006, la población afrodescendiente en Panamá se ubica en las provincias de Bocas del Toro,

Colón y Darién, éstas ascienden al 14% según estadísticas de 2001. También hay coincidencia

entre el mapa de la pobreza en Panamá, preparado por el gobierno y los lugares en que se

encuentran asentados geográficamente los afrodescendientes, cuyo estudio levantó el Banco

Mundial.

No hay mayores estadísticas sobre los afrodescendientes cuestión que puede ser el producto de

la discriminación y la invisibilización, que siempre han sufrido estas personas en Panamá.

La discriminación de la mujer negra en Panamá es multifactorial y se manifiesta, entre otros, en:

La selectividad para tener empleo, hay trabajos que están prácticamente vedados a las mujeres

afrodescendientes, como lo son en actividades bancarias, crediticias y de aseguradoras. En

donde para emplear se utiliza el criterio selectivo de “buena presencia,” cuyo estereotipo

obedece a una mujer blanca, según las políticas de empleo de esas instituciones. La selectividad

en la admisión en algunos establecimientos de ocio y diversión, bajo la premisa de que se “se

reservan el derecho de admisión.” Igualmente, la restricción y distorsión en el uso de algunas

imágenes para la publicidad.

2.3- Niñas, Adolescente y Jóvenes en Panamá.

De la población estimada en el año 2006, el 26% corresponde a mujeres en los grupos de 15 a

49 años de edad. Las mujeres en edad fértil constituyen el 53% de la población total de mujeres

de Panamá. El grupo etario que va de 15 a 19 años y de 20 a 29 años, que pertenecen a las

adolescentes y jóvenes, son el 17% y 31% de la población en edad fértil, respectivamente, según

datos de la Contraloría General de la República. Asimismo, esta institución reporta que, las

mujeres en edad fértil eran el 43.9% del total de la población de mujeres del año 1970, y hubo

cambios de 51.8% en 1990 y el 53% en el 2006. La maternidad adolescente ha presentado una

tendencia distinta a la observada para la fecundidad general. El porcentaje de nacidos vivos de

madres adolescentes ha rebasado en Panamá el 13% considerado como la media mundial del

2007, según el informe publicado por CELADE y CEPAL en el reporte de Maternidad

Adolescente en América Latina y el Caribe. Según la edad de la madre, los datos de 2006 de la

Contraloría General de la República señalan que se dieron 513 nacimientos en niñas de 11 a 14

años, lo que representó el 0.78% de los nacimientos totales. Sólo el 26% de estos nacimientos

tiene un adolescente como padre, en el 74% se reporta un adulto de más de 20 años como padre.

Las niñas de menos de 15 años, de las cuales un 97% reportó estar en su primer embarazo y para

el 3% era su segundo embarazo. En este mismo informe de las mujeres embarazadas que

reportaron ser solteras, el 53% correspondía a mujeres de 11 a 24 años. Las adolescentes de 15 a

19 años presentaron el 18.22% de los nacimientos vivos en el 2006. Ellas reportaron como

padres de sus hijos e hijas a hombres entre 15 a 19 años en un 16%, de 20 a 24 años en un 40%.

El 30% de los padres tenían más de 25 años. En este grupo de edad, el 70% de las adolescentes

estaba en su primer embarazo, un 24% estaba en el segundo embarazo y el 5% era la tercera

gestación. Las jóvenes de 20 a 24 años presentaron el 29.3% de los nacimientos vivos y el 63%

de ellas tenía pareja de 20 a 29 años. De estas jóvenes, sólo el 37% estaba en su primera

gestación, 52% tenía dos o tres hijos/as, y un 12% reportó entre cuatro a seis hijos/as. En las

jóvenes de 25 a 29 años, el 62% reportó parejas con edades de 25 a 34 años. De ellas, el 49%

estaba en su segundo o tercer embarazo, un 4% estaba en su cuarto a sexto embarazo y un 3%

presentó de un quinto a un noveno embarazo. En el año 2006 se registraron en Panamá 9,760

defunciones fetales, lo que representa 148.4 muertes por cada mil nacidos vivos. El 92% de

estas defunciones ocurrió en gestaciones con menos de 5 meses. Las muertes fetales con menos

de 5 meses (20 semanas de gestación) se consideran como abortos inducidos o espontáneos. Las

niñas de menos de 15 años y las adolescentes de 15 a 19 años vivieron el 15.7% de esas

pérdidas; las jóvenes de 20 a 24 años, el 27%, y las de 25 a 29 años, el 22.9%. Estos grupos de

edad abarcan el 65.6% de los abortos registrados.

La Encuesta de los Niveles de Vida de 2003 dejó reportado que en la República de Panamá

corresponde al 63.2% del total y la incidencia de la pobreza general de 36.8%. El 16.6% de los

pobres viven en pobreza extrema y el 20.2 % en pobreza no extrema. El análisis realizado en

marzo 2006 por la Dirección de Políticas Sociales del Ministerio de Economía y Finanzas sobre

la Encuesta de Niveles de Vida de 2003, evidencia que los niños y niñas desde su nacimiento

hasta su mayoría de edad viven en niveles de pobreza general muy por encima de la estimada

para la República. Los niños y niñas de 5 años o menos son los que muestran niveles más altos

de pobreza general. Más de la mitad en este grupo de edad vive en pobreza y tres de cada diez

tienen condiciones de vida de pobreza extrema. La diferencia no es significativa hasta los 11

años, pero en el grupo de 12 a 14 años las niñas resultan ser las más afectadas por la pobreza

general y la pobreza extrema. En el tramo de edad de 15 a 17 años, la pobreza extrema es mayor

en las adolescentes. Los datos suministrados para la población de 15 a 24 años, que corresponde

a jóvenes, ubica niveles de pobreza similares al de la República, y las mujeres muestran

condiciones porcentuales menores que los hombres del mismo grupo de edad.

Es de obligatorio cumplimiento (por disposiciones legales) en los centros educativos del país

(públicos y privados) la atención de los casos de embarazos de la población estudiantil. En el

año 2002 se aprobó una ley para garantizar la salud y la educación a las adolescentes

embarazadas. La ley busca garantizar que la adolescente reciba atención integral de salud,

permanezca en el sistema educativo y reciba protección legal en los casos en que se requieren.

No obstante lo existente, las condiciones de las adolescentes embarazadas y adolescentes

madres en el sistema educativo no está aclarada en los datos estadísticos que dan cuenta del

aumento de los casos en todas las regiones. No se puede apreciar en los mismos estrategias y

líneas de intervención trazadas. Para el año 2006 se reportaron 31 alumnas embarazadas en

educación básica y 834 alumnas embarazadas en el nivel de educación media y premedia. Las

adolescentes embarazadas en el nivel de educación premedia y media del año 2006 proceden en

un 97% de escuelas oficiales. Del total, el 11% correspondía a niñas de 12, 13 y 14 años. El

15% tenía 15 años, 25% tenía 16 años, 34% tenía 17 años y 15% de 18 a 20 años. El 72% de

estas adolescentes cursaban la educación media y el 28% estaba en premedia. Las adolescentes

embarazadas en el nivel de educación premedia y media del año 2006 proceden en un 97% de

escuelas oficiales. Del total, el 11% correspondía a niñas de 12, 13 y 14 años. El 15% tenía 15

años, 25% tenía 16 años, 34% tenía 17 años y 15% de 18 a 20 años. El 72% de estas

adolescentes cursaban la educación media y el 28% estaba en premedia.

La atención de la salud sexual y reproductiva está incorporada en la red de servicios de salud del

país. Se está implementando desde 1999 un Plan Nacional de Salud Sexual y Reproductiva; se

ha fortalecido el Programa Nacional de VIH / SIDA y se ha diseñado un Plan Multisectorial de

VIH / SIDA, 2003-2007. Según datos provenientes del Ministerio de Educación, señalan que en

regiones de salud como Chiriquí, Colón, Veraguas y Panamá Oeste se desarrollan como

modelos pilotos los servicios “amigables” de atención para los adolescentes. Estos servicios

fueron puestos en práctica desde el año 1979 y fueron evaluados en todas las regiones de salud

del país a través de un estudio que demostró que a pesar del tiempo de ejecución del programa,

aún la población adolescente tiene poco conocimiento sobre los servicios públicos de salud,

probablemente porque se ha concentrado en atender la morbilidad de esta población y sólo

algunos aspectos de controles de salud en algunas escuelas, centrados en controles físicos de

salud y algunas orientaciones sobre comportamientos o estilos de vida saludables. Se encuentra

en riesgo la población adolescente que no asiste a un centro escolar y aquella de otros centros no

incluidos en el programa de no tener acceso a dichos servicios de salud. Según cifras del

Ministerio de Salud de 2006 las infecciones de transmisión sexual en las adolescentes y jóvenes

(15 a 24 años) representan el 91% de los casos. Sobresalen como diagnósticos las vulvovaginitis

y las infecciones por el virus del papiloma humano. La enfermedad inflamatoria pélvica, con un

146 incremento porcentual de 65% entre 1993 y 2003, fue reportada en 2006 en 1,163 casos. La

sífilis entre 1984 y 2003 ha presentado un descenso, 18.4 casos de sífilis congénita por año y

tasas de entre 0.1 y 0.5 por cada mil nacidos vivos. Informes del Departamento de

Epidemiología del Ministerio de Salud reportan que desde 1984, cuando se diagnosticó el

primer caso de SIDA en Panamá, se han presentado 8,241 casos hasta diciembre de 2006, de los

cuales el 75% son en hombres. En 1992, el 17.6% de los casos afectaba a las mujeres. Este

porcentaje aumentó a 26% en diciembre de 2006. El porcentaje de letalidad por la enfermedad

es de 70.7%. La transmisión sexual predomina en un 68.9%, pero existe un 3.5% (288 casos) de

transmisión perinatal. Se realiza un tamizaje rutinario de VIH/SIDA en el control prenatal y

debido a la detección precoz de la infección y la administración de tratamiento durante el

embarazo y el parto, ha disminuido considerablemente su transmisión.

III- El Vínculo entre Pobreza, Deficientes Servicios Públicos e Índices de Percepción

de Corrupción.

El índice de percepción de la corrupción (IPC) en Panamá del año 2001 al 2006 nunca ha

pasado de 3.7, según las mediciones que hace Transparencia Internacional. En la escala de cero

a diez, mientras el Estado se acerca más a diez se considera un índice de percepción de menos

corrupción dentro del país por parte de la población.1

Según las encuestas sobre democracia y gobernabilidad que el Proyecto de Opinión Publica de

América Latina (LAPOP) ha llevado a cabo, proyecto apoyado por USAID y valorado como un

instrumento crucial para sus misiones nacionales, tanto en su diagnóstico como para el desafío

democrático, … “en el caso de Panamá se ha estimado que el costo de la corrupción rondaría

entre los 600 millones y mil 200 millones de balboas (equivalentes a dólares) al año. Se estima

que la corrupción generalizada puede causar que la tasa de crecimiento de un país sea entre 0.5

y 1.0% por debajo del crecimiento en comparación con un país similar con poca corrupción,

según cálculos de las Naciones Unidas.”2

Una forma de medir “los niveles de corrupción es utilizando el índice de percepción de

Transparencia Internacional. El índice se oscila entre 1, que significa máximo nivel de

corrupción, y 10, que indica un nivel mínimo de corrupción. En 2006 Finlandia, Islandia y

Nueva Zelanda comparten la puntuación más alta con el menor nivel de corrupción y Haití la

puntuación más baja con el nivel mayor de corrupción. Panamá pasa al puesto 84 (3.1/10) de los

1 Cfr. PÉREZ CAMPOS, Mónica Isabel. Apuntes sobre la Transparencia. Diario La Prensa. Panamá, Jueves 8 de febrero de 2007. P.12 A. 2 PÉREZ, Orlando J. y SELIGSON, Mitchell A. Cultura Política de la Democracia en Panamá. Latina American Public Opinion Proyect (LAPOP), Americas Barometers, Alianza Ciudadana Pro Justicia, Vanderbilt University. USAID. P.74. Publicado en www. sitemason.vanderbilt.edu/files/hnGjRu/PANAMA_2006_LAPOP_V11_FORMATTED_V4.pdf

163 países que conforman el índice.”3 Agrega la misma fuente bibliográfica que, “hemos visto

que más de las tres cuartas partes de la población en 2004 y 2006 piensa que la corrupción entre

los funcionarios públicos es muy o algo generalizada, con un aumento significativo en la

percepción mas negativa. En las áreas urbanas, los pobladores perciben mayores niveles de

corrupción que zonas rurales. El porcentaje de entrevistados que admiten haber tenido que pagar

un soborno en la alcaldía y en los juzgados aumento significativamente entre 2004 y 2006.

Panamá esta entre los países con el menor número de personas que fueron víctima de la

corrupción al menos una vez en los últimos doce meses, sólo el 11.3% comparado con el 34.6%

en Bolivia, un país con el mayor numero de víctimas de corrupción. Los predictores principales

de la victimización por corrupción son el género y el ingreso. Los hombres y personas de mayor

ingreso tienden a ser víctimas de la corrupción con más frecuencia. Finalmente, observamos una

reducción entre 2004 y 2006 en las percepciones de honestidad en todas las instituciones, menos

el presidente.”4

Es preocupante, que según informe del Banco Interamericano de Desarrollo, el 10% del

producto interno bruto de América se pierde anualmente en corrupción. Son muy grandes los

niveles de desigualdad de la riqueza en los países de América, según informe del Banco

Mundial.5 Verbigracia, la Encuesta de los Niveles de Vida de 2003 dejó reportado que en la

República de Panamá la pobreza general es de 36.8%. El 16.6% de los pobres viven en pobreza

extrema y el 20.2 % en pobreza no extrema. Y según datos del Ministerio de Economía y

Finanzas el 20% de la población más pobre recibe el 1.9% del ingreso total y el 20% de la

población más rica recibe el 61.2% del ingreso total, o sea que el 20% de la población más rica

recibe en promedio 32.6 veces el ingreso que recibe el 20% de la población más pobre.6

En Panamá el saldo de la deuda pública externa en el mes de mayo de 2008 fue de US$8,200.8

millones7 Si lo anterior lo comparamos con que en Panamá el techo de dinero que perdemos

tanto el Estado y los asociados en corrupción es de mil 200 millones de dólares, según los

índices de percepción citados con anterioridad. Estamos hablando que se pierde una cantidad

considerable de dinero que bien pudiera servir, por ejemplo, para refinanciar la deuda a mejores

condiciones y plazos, cuestión que permitiría tener mejor condición en el pago del servicio de la

deuda y destinar mayores recursos presupuestarios a la prestación de servicios a los que tenemos

derechos las personas y que el Estado tiene la obligación de dar, tales como: derecho a la salud,

educación y un largo etcétera. Y sobre todo pudiéramos destinarlos a visibilizar y potenciar los

servicios de salud reproductiva y sexual de la población panameña.

3 Ibídem. P.80. 4 PÉREZ, Orlando J. y SELIGSON, Mitchell A. P.94. 6 Cfr. PÉREZ CAMPOS, Mónica Isabel. Apuntes sobre la Transparencia. Diario La Prensa. Panamá, Jueves 8 de febrero de 2007. P.12 A. 7 https://www.mef.gob.pa/credito_publico/EMISIONES_2008/Informe%20Mayo%202008.pdf

La corrupción socava la democracia, distorsiona las economías y sume a las personas en la

pobreza. Los escasos recursos dejan de existir como ingresos disponibles. Algunas veces se

deben pagar por servicios que deberían ser gratuitos o brindados a más bajos costos, con lo cual

quedan las instituciones democráticas en entredicho. Bienes esenciales (alimentos y

medicamentos por ejemplo) y servicios básicos resultan encarecidos o se distorsiona por la

corrupción, dejando a las personas en condiciones de desesperación cuando desean obtener

comida, educación y servicios y atención médica.8

Es un llamado de atención que el barómetro de corrupción global del 2005 arrojara

insatisfacción con los partidos políticos y las instituciones públicas a través de la región, toda

vez que ello puede precipitar hacia una involución, a la vuelta de regímenes autocráticos y

totalitarios superados, a un marcado retroceso en los derechos civiles y políticos de los

ciudadanos y ciudadanas.9

Ello iría de la mano, tal vez, con una encuesta que se hizo en varios países de América Latina,

en donde la gente expresó que no les importaba un gobierno de facto, siempre que resolviera sus

problemas.10

El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales adoptado por la

Asamblea General de Naciones Unidas, y que Panamá ratificó en 1977, desde su nacimiento,

nació débil, pues, entre otras cosas, estos derechos no cuentan con indicadores nacionales para

medir su cumplimiento; pero bien podría servir como indicador nacional, los niveles de

corrupción de cada Estado Parte. Por ejemplo, si los indicadores de cualquier Estado en cuanto

a la salud –incluyendo la salud sexual y reproductiva- la educación –incluyendo la educación

sexual y reproductiva, la alimentación, la vivienda y el trabajo, entre otros, no son halagadores,

y los controles contra la corrupción tampoco, dicho Estado no podría alegar que está

cumpliendo con los derechos consagrados en el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y

Culturales.

Panamá, al igual que otros Estados de la región es Parte Contratante de la Convención

Interamericana contra la Corrupción, sin embargo, esta propia Convención, producto del

consenso de los Estados tiene algunas falencias y debilidades, toda vez que, entre otras

cosas, no establece ninguna medida ni preventiva ni punitiva en relación a la falta de

transparencia en muchos Estados de la región sobre el manejo, servicio,

refinanciamiento de la deuda externa. Que por ejemplo, en Panamá el servicio de la

8 Cfr. PÉREZ CAMPOS, Mónica Isabel. Ibídem. 9 Cfr. PÉREZ CAMPOS, Mónica Isabel. Apuntes sobre la Transparencia. Diario La Prensa. Panamá, Jueves 8 de febrero de 2007. P. 12 A. 10 Ibídem.

deuda está entre el 19% y el 20% del presupuesto de 2007. Otra debilidad es que en la

Convención no se haya establecido nada con respecto a las medidas llevadas a cabo del

denominado “consenso de Washington” y que los ajustes estructurales, en particular lo

relativo a los procesos de privatizaciones de las empresas que prestan servicios

públicos, en donde sin más allá ni más acá lo público pasó a lo privado y a las reglas del

libre mercado, fueran más transparentes. Tampoco debe dejarse de lado que la

Convención que se comenta no haya consignado ninguna disposición con respecto al

nepotismo y que la inmensa mayoría de sus normas son non self executing o no

autoejecutables, por lo que requieren de legislación interna que las desarrolle dentro de

cada Estado Parte. Por otra parte, el Mecanismo de Monitoreo (Mesicic) de la

Convención Interamericana contra la Corrupción, de la Organización de Estados

Americanos, debió estar inserto en la misma, pero no fue así, lo que lo constituye en un

mecanismo no vinculante. Por tanto, debería constituirse en un protocolo adicional

como mecanismo vinculante para los Estados Partes. La presentación de informes de

avances de los países y el seguimiento de las recomendaciones, por parte de los Estados,

también deberían ser vinculantes.

VI- A Guisa de Conclusiones.

1- El siglo 19 no conoció el desarrollo de los Derechos Humanos, a nivel interestatal. El

recurso de la guerra era una facultad discrecional de los Estados, lo que se trataba en

consecuencia, pero no se lograba era de humanizarla.

2- La Carta de las Naciones Unidas en su contenido hace alusiones a los Derechos

Humanos. La Declaración Universal de los Derechos Humanos es el primer documento

específico que desarrolla y conceptúa los Derechos Humanos y cuya aprobación se

realiza dentro del marco de una organización internacional. La Declaración Americana

de los Derechos y Deberes del Hombre, a nivel de la región de los Estados americanos,

también consigna una cartilla de derechos humanos. No obstante todos los documentos

anteriormente citados estuvieron redactados en clave masculina.

3- El sesgo androcéntrico en la teoría y en la práctica de los derechos humanos

internacionales estaba servido en los documentos citados y atendían a violaciones que

sufrían principalmente los hombres porque eran quienes actuaban mayoritariamente en

el ámbito público o vinculados a la producción, mientras que para la mujer se reservaba

los espacios de lo privado y el reproductivo.

4- Ocurre un adelanto cualitativo en 1979 cuando se adoptó la Convención para la

Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW). Según

lo dicho por la jurista feminista Alda Facio la CEDAW es la Carta Internacional de los

Derechos Humanos de las Mujeres. Es el primer instrumento internacional con

perspectiva de género.

5- Después siguieron otros instrumentos jurídicos internacionales, entre ellos cabe destacar

la Convención para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belem

Do Pará), que tiene la virtud de ser el primer documento internacional que deja

consignado el derecho de la mujer a vivir una vida libre de violencia y que la violencia

contra las mujeres es una violación de los derechos humanos.

6- En la Conferencia de Viena de 1993 se dejó sentado la necesidad de trabajar lo

relacionado con la mujer desde el marco de los derechos humanos, porque con

anterioridad se realizaba un aparente mejoramiento de la condición de la mujer pero

desde enfoques asistencialistas y de desarrollo.

7- Los Derechos Reproductivos se conceptualizaron como tal por primera vez en al

Conferencia Mundial sobre la Población y el Desarrollo del Cairo. Pero, no por ello se

debe pensar que como estos derechos han sido conceptualizados en un Programa de

Acción expedido dentro de dicha Conferencia del Cairo y que dicho programa no es

vinculante, entonces estos derechos, es decir, los Derechos Sexuales y Reproductivos,

los Estados no tienen la obligación de cumplir con los mismos. Por el contrario, en la

Conferencia del Cairo se visibilizaron, se pusieron en blanco y negro. Los Derechos

Sexuales y Reproductivos por sí mismos tenían carta de naturaleza en todos los

derechos humanos vinculados a la salud, en particular a la salud reproductiva y más

ampliamente con todos los derechos humanos que inciden sobre la reproducción

humana, así como aquellos que afectan el binomio población-desarrollo sostenible.

8- Los Derechos Reproductivos encuentran contenido, sustentación, desarrollo, aplicación

y alcance en otros derechos tales como: el Derecho a la Vida, el Derecho a la Salud, el

Derecho a la Libertad, Seguridad e Integridad Personales, el Derecho a Decidir el

Número e Intervalo de Hijos, el Derecho a la Intimidad, el Derecho a la Igualdad y a la

no Discriminación, el Derecho al Matrimonio y a Fundar una Familia, el Derecho al

Empleo y a la Seguridad Social, el Derecho a la Educación, el Derecho a la Información

Adecuada y Oportuna, el Derecho a Modificar las Costumbres Discriminatorias contra

la Mujer y el Derecho a Disfrutar del Progreso Científico y a Dar Consentimiento para

ser Objeto de Experimentación.

9- Según el Programa de Acción del Cairo, la definición amplia de la salud reproductiva,

incluye la Salud Sexual. No obstante, los Derechos Sexuales comprenden algunos

aspectos identificables, como lo son: la Información, la Educación, el Comportamiento

Sexual y la Opción y Preferencia. El ejercicio de esto último debe hacerse bajo la

obligación de las personas al ejercicio responsable de su sexualidad, lo que podría

llamarse como ética de la responsabilidad.

10- Panamá tiene estadísticas de las mujeres bajo la jurisdicción de su territorio, sobre todo

aquellas vinculadas a las condiciones de pobreza, pobreza extrema que son críticas.

Posee además debilidad o ausencia de ciertos servicios públicos, en particular de los de

salud pública en general, y en particular, sobre los servicios de salud sexual y

reproductiva de las mujeres en ciertas circunscripciones territoriales en donde están

asentadas mayoritariamente las mujeres indígenas y las afrodescendientes. Y lo

anterior, afecta a las niñas y a las adolescentes como grupo etario vulnerable por las

condiciones de su edad. Existe cierta correspondencia entre la pobreza, la marginación,

la exclusión social, la falta o deficiente forma de los servicios públicos y el índice de

percepción de la corrupción que tienen las personas con respecto a sus funcionarios e

instituciones.

11- El Informe Nacional de Desarrollo Humano reconoce que el 40.5% de la población

nacional vive por debajo de la línea de la pobreza y el 26.5% en condiciones de pobreza

extrema, cuestión que se ha mantenido casi sin modificación desde los años 1970.

12- La Encuesta de los Niveles de Vida de 2003 arrojó información relativa a que las

personas en un 36.8% viven en condiciones de pobreza y tienen un consumo de 953

dólares americanos al año, mientras que 16.6% en extrema pobreza tienen un consumo

de 534 dólares americanos al año. Resultando las mujeres más afectadas, ubicándolas

por debajo de los umbrales de la pobreza, casi doblando la cifra de los hombres situados

en esta misma condición. La Encuesta de los Niveles de Vida de 2003 dejó reportado

que en la República de Panamá la incidencia de la pobreza general de 36.8%. El 16.6%

de los pobres viven en pobreza extrema y el 20.2 % en pobreza no extrema.

13- Como se ve no hay acuerdo ni siquiera en las cifras de pobreza que maneja el país, ello

en sí no contribuye a que haya un mejor tratamiento de los problemas.

14- El Censo de Población del año 2000, levantado por la Contraloría General de la

República de Panamá, arrojó que la responsabilidad económica y formal del hogar

estaba a cargo de las mujeres en un 27%, lo que representa unas cargas física y

emocional agregadas para estas mujeres.

15- En Panamá, la Propuesta de la Ley sobre la Salud Sexual y Reproductiva de 2007, que

promueve la educación en todas las etapas de la vida, responsabilidad tanto del

Ministerio de Salud como el de Educación en conjunto, que ha sido a su vez

consensuada en la Comisión de Salud Sexual y Reproductiva nombrada por el

Ministerio de Salud (cuyos miembros son tanto de instituciones públicas como de

ONG’s) ha sido objetada por sectores ciertos sectores conservadores de la sociedad

panameña.

16- De 1984 a 2005 el porcentaje de prevalencia nacional notificado de SIDA es de 0.9%.

El Ministerio de Salud en 2007 reportó que en 69.3% de transmisión es sexual. El VIH

o Sida en las mujeres es el resultado de falta de educación de salud en general y en

particular falta de educación sexual y reproductiva.

17- La irregularidad de los servicios de salud en anticonceptivos orales e inyectables, los

prejuicios en su utilización y la falta de educación, sumado a la desigualdad en las

relaciones de parejas son elementos factuales de riesgos para embarazos no deseados.

Las mujeres ponen en riesgo su vida al acudir a realizarse prácticas abortivas

clandestinas. Hay un subregistro o cifra oculta en este sentido. Ello ocurre, como se

manifestó, porque existe la tipificación del aborto como delito. Urge, entonces que la

existencia de una ley que establezca los derechos sexuales y reproductivos, como el

anteproyecto que existe, asimismo, es necesario una política sexual y reproductiva que

tome en cuenta los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, consignados en

diferentes instrumentos jurídicos internacionales.

18- El Comité de Derechos Humanos emitió sus Observaciones Finales sobre Panamá, en

Nueva York, de marzo a abril de 2008 recomendó a Panamá como Estado parte revisar

la legislación de forma que la misma ayude efectivamente a las mujeres a evitar

embarazos no deseados y que éstas no tengan que recurrir a abortos clandestinos que

podrían poner en peligro sus vidas, ello con relación al cumplimiento del artículo 6 del

Pacto de Derechos Civiles y Políticos.

19- Según reporta el Informe del Ministerio de Salud del año 2005, la edad promedio de las

relaciones sexuales son los 14 años (13 años para los hombres y 15 años para las

mujeres), 45.7% no usa ningún método anticonceptivo, 25% usa preservativos, 11.9%

píldoras anticonceptivas, 4% de las mujeres declararon haber tenido un embarazo no

deseado y 69.4% de ellas interrumpieron el embarazo, sin ser óbice que tanto el Código

Penal anterior, como el nuevo, tipifican el aborto como delito.

20- En 2001 y 2005, según registros de salud, las mujeres tuvieron un acceso tardío a los

servicios de salud con capacidad de respuestas a las complicaciones y urgencias

obstétricas.

21- Las condiciones de pauperización de las mujeres indígenas está directamente

relacionado con sus problemas de salud sexual y reproductiva, 98% de las personas son

pobres y el 86% se encuentran en pobreza extrema, se les dificulta el acceso a los

servicios de salud mínimos, mucho más los de salud sexual y reproductiva, incluyendo

los de obstetricia.

22- Para las mujeres de los pueblos indígenas se suman y juntan dos renglones en el

embarazo: la morbilidad y la mortalidad. Igualmente, como escasez de centros

sanitarios. Hay 0.62 médicos para 10,000 personas cuando el promedio nacional es de

13.63 y 17.96 para la provincia de Panamá (Reporte del Ministerio de Salud-OPS/OMS

de 2004). Para mejorar la salud sexual de las mujeres de los pueblos indígenas es

necesario tomar en cuenta la cultura local, la barrera del idioma y la dificultad en el

acceso geográfico.

23- A pesar que el crecimiento económico del país ha sido muy alto en los últimos años, es

decir, que el producto interno bruto se ha incrementado sostenidamente a través de los

últimos años, no ha habido una cambio sustancial en los indicadores de desarrollo

humano, aún hay persistencia en que las mujeres siguen teniendo problemas para el

acceso a los servicios de salud, por las funciones que se han considerado históricamente

como de “su género,” tales como la función reproductiva pura y dura; el cuidado de los

niños y las niñas, la asistencia de las personas adultas mayores y los/as enfermos/as;

ello combinado y refundido a la realización de múltiples trabajos u oficios y/o que se

ven sumidas en la informalidad, en la precarización y en la invisibilización de su mano

de obra en lo que al ingreso se refiere, todo lo anterior lo realizan con la finalidad de

mejorar el ingreso familiar, aunado al trabajo comunitario que realizan para tratar de

atenuar o paliar las condiciones de pobreza o pobreza extrema en las que están sumidas.

24- Lo anterior alimenta el círculo que corresponde a que en las zonas rurales e indígenas se

de una menor educación formal, cuantitativa y cualitativamente hablando y en

particular, sobre los temas salud pública y que haya un acceso muy bajo a los servicios

de salud sexual y reproductivos de calidad, y creencias y patrones de conducta que

reflejan y aumentan la dimensión de las desigualdades de género.

25- Las causas de defunción por tumores para las mujeres son, tumor de mama, cuello del

útero, estómago y colón. La prevalencia de estas muertes, de las dos primeras,

representan una carencia de en la educación en salud sexual y reproductiva.

26- El Segundo Informe de Desarrollo de Objetivos del Milenio diagnostica que Panamá

tiene un vínculo entre la condición de la población indígena, la pobreza y la extrema

pobreza. El Informe de Desarrollo Humano de Panamá del año 2005 pone a Panamá

como un país de desarrollo humano alto, pero existen profundas asimetrías y

desigualdades que ponen a inmensas porciones de la población viviendo en condiciones

desfavorecidas y en contrapunto con el desarrollo.

27- No existe concordancia entre la cartilla de derechos-consagrados en instrumentos

internacionales y disposiciones nacionales- y la aplicación en la práctica de la misma, lo

que se traduce en que las poblaciones indígenas sigan viviendo con exclusión social,

pobreza y marginalidad.

28- Los problemas de salud más comunes de las mujeres panameñas son: la desnutrición de

las mujeres en edad fértil, el embarazo adolescente, las enfermedades de transmisión

sexual, incluido el VIH o Sida, los tumores malignos, los efectos psíquicos y físicos de

la violencia doméstica. Pero, el principal problema para acceder a los servicios de salud

es económico.

29- Para las mujeres indígenas las desigualdades y dificultades al acceso a los servicios de

salud reproductiva las coloca dentro del grupo de alta incidencia de mortalidad materna,

lo cual se vincula con la pobreza, asimismo como con la falta de servicios y servicios de

emergencias, sobre todo de obstetricia. También afecta a las mujeres indígenas la falta

de métodos de anticoncepción en los dispensarios de salud.

30- Informes del Ministerio de Salud de Panamá señalan que los servicios de salud para la

planificación familiar y salud reproductiva han disminuido en su número de médicos/as

y enfermeros/as entre 2002 y 2005 de 14.2 por 10,000 habitantes a 11,5.

31- Hay coincidencia entre el mapa de la pobreza en Panamá, preparado por el gobierno y

los lugares en que se encuentran asentados geográficamente los afrodescendientes, cuyo

estudio levantó el Banco Mundial.

32- No hay mayores estadísticas sobre los afrodescendientes cuestión que puede ser el

producto de la discriminación y la invisibilización, que siempre han sufrido estas

personas en Panamá.

33- Los datos de 2006 de la Contraloría General de la República de Panamá señalan que se

dieron 513 nacimientos en niñas de 11 a 14 años, lo que representó el 0.78% de los

nacimientos totales. Sólo el 26% de estos nacimientos tiene un adolescente como padre,

en el 74% se reporta un adulto de más de 20 años como padre.

34- Las adolescentes de 15 a 19 años presentaron el 18.22% de los nacimientos vivos en el

2006. Ellas reportaron como padres de sus hijos e hijas a hombres entre 15 a 19 años en

un 16%, de 20 a 24 años en un 40%. El 30% de los padres tenían más de 25 años.

35- En el grupo de 12 a 14 años las niñas resultan ser las más afectadas por la pobreza

general y la pobreza extrema. En el tramo de edad de 15 a 17 años, la pobreza extrema

es mayor en las adolescentes.

36- En el año 2002 se aprobó una ley para garantizar la salud y la educación a las

adolescentes embarazadas. La ley busca garantizar que la adolescente reciba atención

integral de salud, permanezca en el sistema educativo y reciba protección legal en los

casos en que se requieren. No obstante lo existente, las condiciones de las adolescentes

embarazadas y adolescentes madres en el sistema educativo no está aclarada en los

datos estadísticos que dan cuenta del aumento de los casos en todas las regiones. No se

puede apreciar estrategias y líneas de intervención trazadas.

37- El índice de percepción de la corrupción (IPC) en Panamá del año 2001 al 2006 nunca

ha pasado de 3.7, según las mediciones que hace Transparencia Internacional. En la

escala de cero a diez, mientras el Estado se acerca más a diez se considera un índice de

percepción de menos corrupción dentro del país por parte de la población.

38- Según las encuestas sobre democracia y gobernabilidad que el Proyecto de Opinión

Publica de América Latina (LAPOP) ha llevado a cabo, proyecto apoyado por USAID y

valorado como un instrumento crucial para sus misiones nacionales, tanto en su

diagnóstico como para el desafío democrático, … “en el caso de Panamá se ha estimado

que el costo de la corrupción rondaría entre los 600 millones y mil 200 millones de

balboas (equivalentes a dólares) al año. Se estima que la corrupción generalizada puede

causar que la tasa de crecimiento de un país sea entre 0.5 y 1.0% por debajo del

crecimiento en comparación con un país similar con poca corrupción, según cálculos de

las Naciones Unidas.”

39- Es preocupante, que según informe del Banco Interamericano de Desarrollo, el 10% del

producto interno bruto de América se pierde anualmente en corrupción. Son muy

grandes los niveles de desigualdad de la riqueza en los países de América, según

informe del Banco Mundial. Verbigracia, la Encuesta de los Niveles de Vida de 2003

dejó reportado que en la República de Panamá la pobreza general es de 36.8%. El

16.6% de los pobres viven en pobreza extrema y el 20.2 % en pobreza no extrema. Y

según datos del Ministerio de Economía y Finanzas el 20% de la población más pobre

recibe el 1.9% del ingreso total y el 20% de la población más rica recibe el 61.2% del

ingreso total, o sea que el 20% de la población más rica recibe en promedio 32.6 veces

el ingreso que recibe el 20% de la población más pobre.

40- En Panamá el saldo de la deuda pública externa en el mes de mayo de 2008 fue de

US$8,200.8 millones. Si lo anterior lo comparamos con que en Panamá el techo de

dinero que perdemos tanto el Estado y los asociados en corrupción es de mil 200

millones de dólares, según los índices de percepción citados con anterioridad. Estamos

hablando que se pierde una cantidad considerable de dinero que bien pudiera servir, por

ejemplo, para refinanciar la deuda a mejores condiciones y plazos, cuestión que

permitiría tener mejor condición en el pago del servicio de la deuda y destinar mayores

recursos presupuestarios a la prestación de servicios a los que tenemos derechos las

personas y que el Estado tiene la obligación de dar, tales como: derecho a la salud,

educación y un largo etcétera. Y sobre todo pudiéramos destinarlos a visibilizar y

potenciar los servicios de salud reproductiva y sexual de la población panameña.

41- La corrupción socava la democracia, distorsiona las economías y sume a las personas en

la pobreza. Los escasos recursos dejan de existir como ingresos disponibles. Algunas

veces se deben pagar por servicios que deberían ser gratuitos o brindados a más bajos

costos, con lo cual quedan las instituciones democráticas en entredicho. Bienes

esenciales (alimentos y medicamentos por ejemplo) y servicios básicos resultan

encarecidos o se desvían por la corrupción, dejando a las personas en condiciones de

desesperación cuando desean obtener alimentación, educación, servicios y atención

médica.

42- Es un llamado de atención que el barómetro de corrupción global del 2005 arrojara

insatisfacción con los partidos políticos y las instituciones públicas a través de la región,

toda vez que ello puede precipitar hacia una involución, a la vuelta de regímenes

autocráticos y totalitarios superados y llevarnos hacia un marcado retroceso en los

derechos civiles y políticos de los ciudadanos y las ciudadanas.

43- El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales adoptado por la

Asamblea General de Naciones Unidas, y que Panamá ratificó en 1977, desde su

nacimiento, nació débil, pues, entre otras cosas, estos derechos no cuentan con

indicadores nacionales para medir su cumplimiento; pero bien podría servir como

indicador nacional, los niveles de corrupción de cada Estado Parte. Por ejemplo, si los

indicadores de cualquier Estado en cuanto a la salud –incluyendo la salud sexual y

reproductiva- la educación –incluyendo la educación sexual y reproductiva, la

alimentación, la vivienda y el trabajo, entre otros, no son halagadores, y los controles

contra la corrupción tampoco, dicho Estado no podría alegar que está cumpliendo con

los derechos consagrados en el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

44- Panamá, al igual que otros Estados de la región es Parte Contratante de la Convención

Interamericana contra la Corrupción, sin embargo, esta propia Convención, producto

del consenso de los Estados tiene algunas falencias y debilidades, toda vez que, entre

otras cosas, no establece ninguna medida ni preventiva ni punitiva en relación a la falta

de transparencia en muchos Estados de la región sobre el manejo, servicio,

refinanciamiento de la deuda externa. Que por ejemplo, en Panamá el servicio de la

deuda está entre el 19% y el 20% del presupuesto de 2007. Otra debilidad es que en la

Convención no se haya establecido nada con respecto a las medidas llevadas a cabo del

denominado “consenso de Washington” y que los ajustes estructurales, en particular lo

relativo a los procesos de privatizaciones de las empresas que prestan servicios

públicos, en donde sin más allá ni más acá lo público pasó a lo privado y a las reglas del

libre mercado, fueran más transparentes. Tampoco debe dejarse de lado que la

Convención que se comenta no haya consignado ninguna disposición con respecto al

nepotismo. Asimismo, como que la inmensa mayoría de las normas de la Convención

son non self executing o no autoejecutables, por lo que requieren de legislación interna

que las desarrolle dentro de cada Estado Parte. Por otra parte, el Mecanismo de

Monitoreo (Mesicic) de la Convención Interamericana contra la Corrupción debió estar

inserto en la misma, pero no fue así, lo que lo constituye en un mecanismo no

vinculante. Por tanto, debería constituirse en un protocolo adicional como mecanismo

vinculante para los Estados Partes. La presentación de informes de avances de los países

y el seguimiento de las recomendaciones, por parte de los Estados, también deberían ser

vinculantes.

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FORO INTERAMERICANO DE MUJERES CONTRA LA CORRUPCION

LOS DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS

En Argentina, en los últimos tiempos, se produjo un avance significativo, desde el punto de

vista normativo, en relación al acceso a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, al

aprobarse tres leyes fundamentales: la que crea el Programa de Salud Sexual y Procreación

Responsable; la que incorpora a la anterior ligadura de Trompas y Vasectomía y la que crea el

Programa Nacional de Educación Sexual Integral.

Los poderes públicos fueron dotados de herramientas indiscutibles para implementar políticas

públicas que, adecuadamente aplicadas, posibilitarían que todas las personas puedan alcanzar

el nivel más elevado de salud sexual y procreación responsable.

Los derechos sexuales y reproductivos, son parte inescindible de los derechos humanos

básicos de las mujeres establecidos en las Convenciones y Tratados internacionales con rango

constitucional; y en los distintos compromisos contraídos por el país.

Sin embargo estamos muy lejos en nuestro país que las mujeres y las parejas ejerzan el

efectivo goce de estos derechos. La mortalidad materna es la evidencia más trágica de esta

problemática de salud

Más de una mujer muere por día en nuestro país por la reproducción, en general son

pobres, con bajo nivel educativo y olvidadas por la sociedad. El 30% de esas muertes tienen

por causa el aborto.

No hay una aplicación sistemática, monitoreada y evaluada de las y políticas y acciones

establecidas en las normas.

Hoy no llegan los métodos anticonceptivos que debe proveer el ministerio; a la ligadura de

trompas y vasectomía prácticamente no se accede si no hay denuncias y acciones específicas.

En relación al aborto no punible no hay acceso si no es por vía judicial. El acceso a un DIU, es

retaceado, pero si se paga en el sector privado de la salud, se soluciona inmediatamente. No se

habla de aborto pero ¿dónde se hacen los alrededor de 500.000 abortos que se realizan en

nuestro país en el año? Cuándo los distintos insumos no llegan en tiempo y forma a todas y

cada una de las personas, cuántos ganan y quiénes hacen negocios con las ineficientes políticas

o acciones públicas? ¿Cuántos hacen el juego, voluntaria o involuntariamente al comercio de

la salud?

El acceso efectivo a los derechos sexuales y reproductivos requiere un abordaje integral en

todos los planos, incluido la ética y la batalla contra la corrupción en todos los ámbitos y

niveles.

Sólo construiremos una sociedad más democrática y solidaria cuando se respeten los, derechos

humanos de todas y todos.

Clori Yelicic –Legisladora Cdad. (m.c.)

Bs. As. 30 de Mayo de 2008

Clori Yelicic, Sec,Nacional de la Mujer del Partido Socialista, legisladora de la Ciudad de Bs.

As, (m.c.) y Convencional Constituyente de la Ciudad en 1996. Delegada por su partido ante la

Internacional Socialista de Mujeres.

Se desempeñó incansablemente en defensa de los derechos de la mujer en todas las áreas en las

que ha participado, integró el Nucleamiento de Mujeres Políticas, que en la época de la

dictadura trabajaron por la defensa de los derechos humanos, la democracia y los derechos de

las mujeres. En sus cargos de Concejal, Convencional Constituyente y Diputada por la Ciudad

de Buenos Aires defendió siempre el derecho a la igualdad y a la no discriminación de la mujer.

Hoy es una de las principales luchadoras por la despenalización del aborto y la búsqueda de

paridad entre mujeres y varones en todos los ámbitos de decisión, en el marco de los principios

del socialismo que guían la lucha por una sociedad con más igualdad, solidaridad y por la paz.

Clori Yelicic [email protected]

FORO INTERAMERICANO DE MUJERES

CONTRA LA CORRUPCION

DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS

En los últimos años se ha producido desde el punto de vista normativo un sustancial

avance en la sanción de leyes relacionadas con los derechos sexuales y reproductivos. El

Parlamento Nacional se colocó a la altura de las necesidades para dotar a los poderes públicos

de herramientas que explicitan la obligatoriedad de instrumentar políticas públicas para el

efectivo cumplimiento de los derechos humanos de todas las personas, fundamentalmente de

los derechos sexuales y reproductivos.

Sin lugar a dudas, esta agenda parlamentaria constituyó una respuesta coherente a la

larga lucha de las mujeres, que desde los distintos ámbitos , sectores y organizaciones no

gubernamentales comenzaron a tejer fuertes alianzas con las legisladoras, cuyo incremento a

partir de la ley de cupo permitió el cambio y la transformación de la agenda. El fuerte impulso

dado por la incorporación a la Constitución Nacional de tratados y convenciones

internacionales de derechos humanos, como así también los compromisos contraídos por el país

en la Conferencias Mundiales de Naciones Unidas sobre Población en 1994 y sobre la Mujer en

1995, posibilitaron instalar el debate público de temas largamente postergados y ocultados.

La sanción de las leyes sobre el programa de salud sexual y procreación responsable,

ligadura de trompas y vasectomía, educación sexual, derechos de los padres en el proceso de

nacimiento de los hijos, entre otras constituyen posibilidades ciertas de avanzar en los derechos

de las personas a tener una vida sexual satisfactoria y segura, a gozar de plena capacidad de

reproducirse y de libertad para decidir cuándo y cuán a menudo hacerlo y a tener acceso a

servicios de salud de calidad. Asimismo, contribuir a disminuir la morbimortalidad materna e

infantil; prevenir los embarazos no deseados y los consecuentes abortos inseguros. La sanción

del Protocolo Facultativo de la CEDAW constituye otra herramienta fundamental para la

exigibilidad de estos derechos otorgando la posibilidad de reclamar en el orden internacional

ante el incumplimiento del Estado.

A pesar de las abundantes normativas nacionales, provinciales y locales en la materia;

de programas implementados desde el ejecutivo nacional como el de Salud Sexual y

Procreación Responsable, con los respectivos convenios y/o compromisos con las distintas

jurisdicciones, comprobamos que cientos de mujeres a lo largo y ancho del país, ven violados

sus derechos humanos al no tener acceso a los derechos sexuales y reproductivos, generándose

además un grave problema de salud pública.

La punta del iceberg lo constituye la mortalidad materna y es la evidencia más trágica

de esta problemática de salud. Hoy tenemos un dato alarmante: las estadísticas oficiales nos

muestran que la tasa de mortalidad materna se elevó de 3,9 x10.000n.v. en 2005 a 4,8

x10.000n.v. en 2006.

Esto significa que en 2006 han muerto 346 mujeres por causa de la maternidad.

Causas que en su gran mayoría, se considera que alrededor de un 80% o más , podrían haberse

evitado. Si consideramos el subregistro de al menos el 10%, llegamos a la vergonzosa

conclusión de que más de una mujer muere por día en nuestro país por esta causa. Además el

30 % de esas muertes tienen como causa el aborto inseguro.

Si observamos esta tasa por provincias la preocupación es aún mayor: provincias que

cuadruplican el promedio como Jujuy (16.5); triplican: Chaco (12.6), Misiones (12.5); duplican

Formosa (10,7), La Rioja (9,6), las menos, son las jurisdicciones con tasas aceptables: Ciudad

de Bs. As., Río Negro y Neuquén con el 1, 8.

Pero además es necesario ver la evolución de estas en los últimos 6 años y del año

1993, mortalidad materna (x10.000n.v.) y mortalidad infantil (x1.000n.v.):

Año Mortalidad Materna Mortalidad Infantil

1993 4,6 22,9

2001 4,3 16,3

2002 4,6 16,8

2003 4,4 16,5

2004 4,0 14,4

2005 3,9 13,3

2006 4,8 12,9

Estas cifras nos indican que hay un claro retroceso en la tasa de mortalidad infantil, al

comparar el último período con el año 1993, aunque sigue siendo alta y si miramos por

provincias vamos a ver las enormes desigualdades que tienen nuestros niños de vivir o

enfermarse y morir, según donde nacieron. Pero no nos detendremos aquí en este tópico, que

también tiene relación directa, sobre todo la mortalidad perinatal, con la salud y condiciones de

vida de la madre. En este mismo período de tiempo la tasa de mortalidad materna se ha

mantenido estable con oscilaciones alrededor del 4 x10.000n.v.

Prácticamente triplicamos las tasas que tienen nuestros países vecinos, Uruguay 1,8 y

Chile 1,6. Bien señalan expertos y estudios en la materia como el CEDES , si no se buscan

otras estrategias será imposible que en el 2015 tengamos una tasa de 1,3 x 10.000 nacidos

vivos, que es la Meta del Milenio a la que se comprometió nuestro país.

Para agregar otra preocupación a las ya existentes, en el pasado mes de julio un

funcionario del Ministerio de Salud de la Nación informó que se esperaba para el 2007 un

nuevo aumento de la mortalidad materna, que se podría analizar con las cifras que se darían a

conocer en el mes de octubre; que el aumento se estaba verificando en las provincias de

Buenos Aires, Jujuy, Santiago del Estero y Mendoza; y pronosticó que la mortalidad infantil

acompañará ese ascenso1

Existe información de la falta de acceso a los derechos sexuales y reproductivos de las

personas a través de diversos ámbitos y por la conjunción de muchos factores que se suman

para agravar esta problemática sanitaria y social que debe tener una respuesta eficiente,

eficaz, integral y continua en el tiempo para lograr revertirla.

Desde fines del 2007 las áreas específicas de los ejecutivos provinciales y locales

manifiestan la falta de provisión desde el Programa Nacional de métodos anticonceptivos.

Ante esta situación algunas provincias o municipios han salido ha comprar insumos ante la

emergencia, pero otras tantas, por falta de presupuesto, por negligencia o por falta de decisión

política no proveen a las pacientes de los métodos anticonceptivos. Existen áreas, donde ante

la falta de anticonceptivos debieron promover la utilización del DIU, porque era el único

anticonceptivo que poseían. Doble violación de derechos, por un lado la no libertad de las

mujeres de poder decidir qué método utilizar , y por otra parte no garantizar el derecho a la

salud de las mujeres, ya que pueden verse obligadas al uso de un método que puede no ser el

1 Prensa Social- Foro sobre mortalidad materna- La Voz del Interior, Córdoba, edición digital,

25/07/08

recomendado para ellas. Pero al mismo tiempo en otros lugares existe subutilización de

algunos métodos.

En junio de 2008 el Conders, (Consorcio Nacional de Derechos Sexuales y

Reproductivos) dio a conocer un informe, producto del monitoreo social que realiza en relación

al efectivo cumplimiento de estos derechos, y allí señalan que alrededor de un millón de

mujeres de hogares pobres que dependen de los servicios de salud públicos y de las obras

sociales para poder ejercer su derecho a decidir, no están recibiendo desde diciembre del año

pasado los anticonceptivos orales de distribución gratuita, ni aquellos que suelen recetarse en el

puerperio (anticonceptivos de lactancia). Si bien hay municipios que compraron los

medicamentos con presupuesto propio y algunos hospitales públicos que acopiaron

anticonceptivos y abastecieron a las pacientes con esos excedentes, la distribución de los

anticonceptivos es responsabilidad del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación

Responsable del Ministerio de Salud de la Nación (PNSSyPR). Según el monitoreo que realizan

los grupos que conforman dicho Consorcio en diciembre pasado —con excepción de los

preservativos y los DIU— hubo serias irregularidades en la entrega de los anticonceptivos. En

marzo, se recuperó la distribución de los anticonceptivos inyectables y de la "píldora del día

después", pero siguió faltando los anticonceptivos orales además de folletería y un protocolo de

atención pre y post aborto para los casos que permite la ley.

También señalan en el informe que “…el 28 de Mayo, Día Internacional de Acción por la Salud

de la Mujer, se planteó en todos los ámbitos el reconocimiento del PNSSyPR como aporte a la

salud de las mujeres; que por ello la falta de métodos anticonceptivos en todo el país es

preocupante, ya que así como afecta directamente la salud de las mujeres, atenta contra la

confianza de la población en este programa. Es grave que todavía no todos los centros de salud

tengan la cantidad necesaria de métodos y que en muchos casos algunos métodos no se usen o

sean subutilizados, como suele ocurrir con los dispositivos intrauterinos no promovidos por la

decisión de personal de salud que no los acepta, o que sólo los indican a mujeres con gran

número de hijos…Otro método subutilizado es la anticoncepción hormonal de emergencia…que

tiene precisas indicaciones. En muchas oportunidades este método no es utilizado por las

mujeres y jóvenes porque desconocen su existencia o su disponibilidad. Otras veces los

profesionales de la salud no la indican por no conocer bien su mecanismo de funcionamiento,

por miedo a las presiones de los sectores conservadores, o por creencias personales. Todavía el

gobierno, tanto el nacional como los provinciales, están en deuda respecto a difundir el

programa y permitir que todas las personas conozcan tanto sus derechos como el hecho de que

el Estado debe garantizarles la plena vigencia de los mismos. La capacitación del personal de

salud sobre los derechos sexuales y reproductivos, así como en el Programa Nacional de

SSyPR, es otra tarea que el gobierno también debe encarar y sostener en el tiempo.” 2

También en el pasado mes de junio La Fundación para Estudio e Investigación de la Mujer

(FEIM) y la asociación Gestos (Brasil) presentaron un informe en la Sesión Especial de la

Asamblea General de la ONU sobre VIH-SIDA para la región sur. El estudio consigna que

desde el año 2004 en adelante el grupo femenino más afectado por el SIDA es el de 15 a 24

años y señala como principal vía de contagio a las relaciones sexuales sin protección.

En el rango de 13 a 19 años el predominio de los nuevos casos “es aún mayor” en las mujeres

que en los varones. “No se trata sólo de tener disponibilidad de preservativos, sino también de

brindarles a las mujeres jóvenes un servicio de salud sexual y reproductiva adecuado, y mejorar

el nivel de educación general de las más chiquitas”.3

En suma de la información existente se observan grandes deficiencias en todo lo relacionado a

la información, orientación y prestaciones de servicios referidas a la salud sexual y procreación

responsable, en los niveles provinciales y locales. Y al mismo tiempo que están muy lejos de

cumplirse las obligaciones de los niveles nacionales , estipulados en la ley 25.673, sobre la

capacitación de educadores, trabajadores sociales y demás operadores comunitarios, tanto para

mejorar la atención de la demanda como para contribuir a la actualización de conocimientos

básicos , sobre salud sexual y procreación responsable, en la comunidad educativa. Las

Consejerías, indicadas por el Ministerio de Salud, pensadas como espacios de reflexión y acción

en la comunidad han sido muy poco desarrolladas. Estas serias debilidades constituyen

verdaderos obstáculos para detectar las conductas de riesgo, brindar contención a los grupos

más vulnerables y prevenir además del embarazo no deseado, las enfermedades de transmisión

sexual, VIH/sida y cáncer genital y mamario como está propuesto en la citada ley.

Existen muchas obras sociales y de medicina prepaga que no realizan la colocación del

DIU y en relación a las píldoras anticonceptivas, a veces la no facilidad en el acceso hace que

las mujeres resuelvan por otra vía su adquisición.

La información existente es contundente: la obligación establecida en la ley que la

autoridad de aplicación debe realizar la implementación, seguimiento y evaluación del programa

no se cumple; por lo cual si esta situación no se revierte nos alejaremos cada vez más de la

meta que las personas en general y las mujeres en particular puedan ejercer sus derechos, que,

2 www.conders.org.ar. 3 Idem anterior

desde el 2002, están explicitados y garantizados por ley; por todos los tratados de rango

constitucional y por los diversos compromisos asumidos por el país.

Cabe preguntarnos cuáles y cuántos factores influyen para configurar esta realidad.

Es necesario avanzar en la conciencia colectiva sobre esta problemática por todos los medios y

mecanismos posible como son las actividades de este Foro. Desde las organizaciones no

gubernamentales, desde la sociedad civil se debe jugar un fuerte papel de monitoreo social que

se traduzcan en reclamos y exigencias a las/los responsables en todos los niveles para que los

derechos se cumplan, para que las leyes y las normativas se cumplan. Todos los avances han

sido peleados y ganados por un accionar colectivo, no para queden impresos en los libros sino

para que la gente viva mejor, para que haya más igualdad y equidad sobre todo para los que

menos tienen, en especial para las mujeres pobres que son las verdaderas víctimas de esta

situación.

Muchos aspectos que configuran verdaderos obstáculos para efectivizar derechos

fueron planteados anteriormente, pero existen otros que debemos analizar y que tienen que ver

con el tema de este FORO que es la corrupción. Cuando falta ética y no se cumple

eficazmente la función pública, se abren las posibilidades, los canales para que se comercie con

las salud de las personas y las consecuencias de las “irregularidades” siempre las pagan quienes

menos tienen; en estos casos especialmente las mujeres que están menos informadas, aquellas

que poseen un menor nivel educacional, y un menor capital cultural y social para exigir el

cumplimiento de sus derechos.

Nos preguntamos cuántos de estos factores influyen y determinan que no lleguen los

métodos anticonceptivos a todas y cada una de las mujeres y las parejas, ¿qué sucede en toda la

cadena de responsabilidades? El Ministerio de Salud de la Nación que debe efectuar las

provisiones a todas las jurisdicciones: ¿cuáles son los problemas y obstáculos por el cual no

compra dichos insumos en tiempo y forma? En otras oportunidades el Ministerio realizó la

distribución a las provincias, sin embargo se detectó tiempo después que no fueron distribuidos

y no llegaban a las usuarias. ¿Cómo se explica todo esto si cuando se paga, no existe ninguna

limitación para el acceso a cualquier método? Pareciera que cuando hay efectivo para solventar

gastos se terminan los obstáculos ideológicos o de creencias. Es esta una arista muy fuerte para

trabajar y atacar, ya que esto lesiona profundamente la equidad y la igualdad. Son muy

importantes estas jornadas para crear conciencia y encontrar estrategias para combatir estas

situaciones que suman más elementos para impedir el efectivo cumplimiento de derechos.

El acceso a la ligadura de trompas y vasectomía en el sistema público de salud constituye en la

mayoría de las provincias, una barrera casi infranqueable; sólo las mujeres que conocen sus

derechos suelen pedir ayuda a organizaciones no gubernamentales para acceder a esta práctica.

No se visualiza la capacitación sistemática y permanente de los equipos de salud en esta materia

y las Consejerías indicadas por el Ministerio de salud tienen un desarrollo muy desigual en el

país y en algunos casos prácticamente no se ha hecho nada en la materia. En relación al parto

humanizado, derechos de los padres y de los hijos en el proceso de nacimiento, en muchos

lugares del país existen trabas muy fuertes desde los profesionales de la salud para cambiar

anacrónicas costumbres que se suman a las insuficiencias de infraestructura.

Continuamente ocurren situaciones de mujeres con embarazos enmarcados en los casos

de aborto permitidos por el Código Penal (Art. 86, inc.1 y 2) y que sin embargo inician un

azaroso camino para lograr la interrupción del mismo, que la mayoría de las veces resulta

inaccesible para las mujeres de menores recursos. Es habitual que sean derivadas al ámbito de la

justicia con diversos resultados y muchas veces aún con resultados favorables todavía les queda

encontrar un hospital público que lo realice con la congoja del paso del tiempo que produce

demoras irreversibles.

Constituyen violaciones a los derechos humanos básicos los casos de muchas mujeres

que no han recibido atención oportuna, y más aún aquellos donde existía peligro para la vida o

la salud de la mujer grávida, que terminaron de la más vergonzante manera, lisa y llanamente

con la vida de la mujer, como es el caso de Ana María Acevedo de Santa Fe. Otro caso que

tomó estado público es el de LMR, una joven de Guernica con discapacidad mental y violada

que no pudo acceder a la interrupción del embarazo en el sistema sanitario público a pesar de

contar con un fallo favorable de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.

Es auspiciosa en este sentido la apertura del debate iniciado en la Cámara de Diputados

de la Nación en este tema y el dictamen de la Comisión de Salud que fija el procedimiento para

llevar adelante el aborto no punible, dando una solución concreta a las situaciones planteadas

anteriormente.

En relación al aborto no se habla, pero sin embargo cabe preguntarse ¿dónde se hacen

los alrededor de 500.000 abortos que se realizan en nuestro país en el año?

Es alentador que el pasado 28 de Mayo se presentó en el Parlamento Nacional el

Proyecto de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto legal, Seguro y Gratuito, con más

de 20 firmas de diputadas y diputados de diversos bloques políticos, que abre la posibilidad

cierta de iniciar un debate amplio en el ámbito legislativo nacional. Este proyecto fue elaborado

con la participación de más de 200 organizaciones, grupos y personalidades vinculadas al

movimiento de mujeres. En sus fundamentos expresan la necesidad de cambiar las leyes que

están atrás de la sociedad sobre la base que el derecho es una construcción social; y que

Despenalizar y legalizar el aborto es reconocer que no hay una única manera válida de

enfrentar el dilema ético que supone un embarazo no deseado. Es reconocer la dignidad, la

plena autoridad, la capacidad y el derecho de las mujeres para resolver estos dilemas y dirigir

sus vidas, es aceptar que el derecho a decidir sobre el propio cuerpo es un derecho

personalísimo ya que éste es el primer territorio de ciudadanía de todo ser humano.

Pero volvamos a preguntarnos frente a toda esta realidad: ¿Cuándo no hay acceso a la

interrupción de un embarazo permitido por la ley, cuándo mueren cientos de mujeres por causa

de abortos inseguros, pero quienes tienen medios económicos encuentran lugares que no ponen

en riesgo sus vidas, cuándo no llega la información, los métodos anticonceptivos y prestaciones

de salud en tiempo y forma a todas y cada una de las personas, cuántas vidas se pierden, cuánto

se pierde en términos de calidad de vida, de salud, de prevención de diversas enfermedades?

Pero, al mismo tiempo ¿cuántos ganan o hacen negocios con las ineficientes políticas o

acciones públicas? ¿Cuántos hacen el juego, voluntaria o involuntariamente al comercio de la

salud?

La legislación existente y las políticas en esta materia dejaron atrás el silencio e instaló la

perspectiva de género y derechos. Debemos profundizar en este camino y en la agenda

pendiente.

El programa de Salud Sexual y Procreación Responsable (ley 25.673) conforma el

primer programa de carácter nacional de salud reproductiva y constituye sin duda una de las

más importantes políticas de salud actuales y de alguna forma viene a dar cohesión nacional a

los programas locales. Es necesario señalar que los programas locales que se desarrollaron antes

que el nacional, en la mayoría de los casos se dieron por el fuerte impulso y monitoreo de la

sociedad civil a través de las organizaciones no gubernamentales dedicadas al tema.

El concepto de “salud sexual y reproductiva” es muy reciente. La Conferencia de El

Cairo (1994) y posteriormente la Conferencia Mundial sobre Mujer de Beijing en 1995

acuñaron un concepto, una definición que permite separar entre la relacionada con la

reproducción y la vinculada a la vida sexual.

Entre los 15 principios formulados en El Cairo, se destaca el 4°: “El avance en la

igualdad de género, la equidad y el empoderamiento de las mujeres, la eliminación de todas las

formas de violencia contra las mujeres, y asegurar las capacidades de las mujeres de controlar su

fecundidad, son los pilares de los programas de población relacionados con el desarrollo”, en

oposición a los enfoques demográficos anteriores.

“Salud sexual y reproductiva es tener relaciones sexuales gratificantes y

enriquecedoras, sin coerción y sin temor de infección, ni de un embarazo no deseado, poder

regular la fertilidad sin riesgo de efectos secundarios desagradables o peligrosos; tener un

embarazo y parto seguros y criar niños saludables” es la definición que toma el Ministerio de

Salud de la Nación en la Guía para el uso de métodos anticonceptivos.

En el mismo sentido desarrolla que: la sexualidad y la reproducción constituyen

dimensiones básicas del desarrollo de cada persona, hombre o mujer, y por lo tanto de la salud

individual. Es por eso que el derecho a la salud constituye un derecho humano esencial, y los

derechos sexuales y reproductivos se reconocen como parte integral de los derechos humanos.

La “Convención para la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la

mujer”, incorporada en la constitución Nacional, junto a las otras convenciones y tratados de

derechos humanos en el árt.75°, inc. 22º, especifica la obligatoriedad del estado de tomar todas

las medidas necesarias para eliminar la discriminación de la mujer en la esfera de la atención

médica, el acceso a los servicios de salud, a la planificación familiar y al derecho a decidir libre

y responsablemente el número de hijos y el intervalo entre los nacimientos y a tener acceso a la

información, la educación y los medios que les permitan ejercer estos derechos.

El desarrollo de estos aspectos tienen consecuencias positivas para la salud de las

mujeres pues contribuyen a reducir significativamente los riesgos inherentes al proceso

reproductivo; a evitar los embarazos de alto riesgo; a disminuir los embarazos no deseados y su

lamentable consecuencia, el aborto provocado en condiciones riesgosas, que es la primera causa

de mortalidad materna en la Argentina.

El concepto actual de Salud Reproductiva trasciende pues, el tradicional enfoque de

salud materno-infantil. Rescata la función social de la reproducción humana, pasando desde una

perspectiva individual hacia una concientización colectiva de compromiso y responsabilidad

con el desarrollo humano y social. Es un proceso fuertemente asociado al desarrollo de la mujer

y de su familia, como sujeto social con roles múltiples y fundamentales: reproducción biológica

y social (cuidado y crianza de los hijos), trabajo doméstico (cuidado del hogar), trabajo

productivo fuera del hogar, participación social y comunitaria. Incluye la promoción de los

derechos humanos y de relaciones armoniosas, de equidad e igualdad entre hombres y mujeres.

La magnitud de esta tarea no es una responsabilidad exclusiva del sector Salud, sino que incluye

la intersectorialidad y la participación social con la intervención de organismos

gubernamentales y no gubernamentales, organizaciones sociales, sectores políticos (autoridades

municipales, poder legislativo), medios de comunicación, sector educativo.4

El Ministerio de Salud de la Nación aprobó por Resolución Ministerial Nº 989 del

09/08/05 en el marco del programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica la

Guía para el mejoramiento de la atención Pos- Aborto que procura acercar a los profesionales

del Equipo de Salud algunos instrumentos que le permitan ofrecer a las mujeres una mejor

calidad de atención desde una perspectiva integral, que va desde el episodio mismo hasta poner

en práctica consejería y alternativas anticonceptivas, evitando el recurso a los abortos repetidos.

Se señala en la citada guía que el abordaje de la atención de las complicaciones del aborto debe

enmarcarse en el respeto de los derechos reproductivos, como parte fundamental de los derechos

humanos de la mujer y como un deber de todo profesional de la salud.

En junio de 2007, los Ministros de Salud de los países del MERCOSUR y Estados

Asociados (Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay, Chile, Bolivia y Ecuador) reafirmaron el

compromiso de tomar medidas para el cumplimiento de las metas de Desarrollo del Milenio

especialmente la reducción de la mortalidad materna en 3/4 partes para el 2015. Para Argentina,

esa meta significa que para 2015, la tasa de mortalidad materna se reduzca a 1,3 x10.000 n.v.

Objetivo que parece muy lejano ya que partimos de una tasa de m.m de 4,8 x 10.000 n.v. en

2006 si el Estado no realiza enérgicas acciones para lograrlo.

A este respecto, es oportuno citar recientes declaraciones de la Subdirectora5 de la

Organización Mundial de la Salud que al respecto evaluó que, sólo si el gobierno mantiene su

compromiso político, le da al sistema de salud los recursos necesarios y garantiza la cantidad

adecuada de profesionales para lidiar con las complicaciones obstétricas, podrán revertirse las

disparidades existentes para alcanzar los Objetivos del Milenio.

Pero hay otro aspecto central que se debe abordar: la persistencia de la desigualdad en

nuestra región y en nuestro país que explica las altas tasas de pobreza a pesar del crecimiento

económico. Señala Bernardo Kliksberg “La extensión de la pobreza y las inequidades de acceso

4 Guía para el uso de métodos anticonceptivos. Ministerio de Salud de la Nación, 2004 5 Daisy Mafubelu, Subdirectora de la OMS, declaraciones en la Reunión del Programa Especial de ONU para investigación en Reproducción Humana realizado en Buenos Aires el 25 de junio de 2008.

llevan a que en América Latina la mortalidad materna sea de 90 muertes por cada 100.000

nacidos vivos, la de Canadá es de seis. Pero hay que tener cuidado con lo que Mirta Roses,

directora de la OPS, llama acertadamente “la tiranía de los promedios”. La mortalidad materna

en poblaciones indígenas llega a 400 o 500 por cada 100.000. En cuanto a la mortalidad infantil,

la situación de pobreza hace que 30 de cada 1.000 niños no llegan a cumplir los cinco años de

edad, contra tres en Suecia o Noruega. Del mismo modo, en América Latina hay 220 millones

de personas que viven en tugurios... “Son accidentes de nacimiento” que marcan claramente el

destino de una persona si las políticas públicas no intervienen para superar estos obstáculos.”6

Para revertir estas realidades es necesario hacer un plan muy fuerte de cambio, de

seguimiento, de compromisos, de impulso de acciones sostenidas en el tiempo. Habrá avances

cuando cada día que pase tengamos menos muertes evitables de mujeres y de niños.

El seguimiento y monitoreo constituyen cuestiones imprescindibles para producir esos

cambios y se debe realizar generando espacios abiertos y participativos, con las

organizaciones de mujeres, de la sociedad civil, académicas, expertos, representantes del

gobierno y tantos otros que se dedican a la temática, que conocen, que tienen experiencias, que

pueden hacer diferentes aportes, que pueden estudiar mejor la información para encontrar las

debilidades y proponer las necesarias acciones en las políticas públicas que reviertan la

situación existente hoy.

Es imprescindible estudiar los nudos que pueden posibilitar andar un camino de

cambios profundos: cómo mejorar la conciencia colectiva, qué acciones hay que fortalecer para

disminuir los embarazos no deseados; cómo abordar la capacitación de los equipos de salud;

qué resultados arroja la observación de los egresos hospitalarios; cómo hacer el seguimiento de

la morbilidad severa; quién evalúa la atención pos-aborto; cómo implementar la guía de aborto

no punible, cómo se avanza en el debate del aborto.

Del trabajo colectivo y de la evaluación permanente sin duda surgirán cambios positivos

para la implementación de esta normativa y comprobaremos los cambios cuando más mujeres

y hombres hayan hecho suyas estas leyes y les haya posibilitado mejorar la vida cotidiana,

viviendo la sexualidad como parte de la vida y no como enfermedad.

Habremos logrado el efectivo cumplimiento de la normativa de derechos sexuales y

reproductivos cuando las políticas públicas lleguen a cada rincón del país promoviendo la

autodeterminación sexual y reproductiva, para garantizar derechos, buscar equidad y disminuir

desigualdades y sufrimientos para muchos de los que menos tienen.

6 Bernardo Klisksberg ¿Cómo enfrentar la inseguridad en América Latina? Nueva Sociedad-( F. Ebert) - Buenos Aires Mayo-Junio 2008

La plena vigencia de los derechos fundamentales es una utopía que orienta la acción y

será siempre perfectible. El camino de su realización está íntimamente relacionado con el

compromiso ético y político para reducir las desigualdades entre ricos y pobres, entre varones y

mujeres.

Lic. Clori Yelicic

Legisladora Ciudad de Buenos Aires ( M.C. )

Buenos aires, Agosto de 2008

Desde el último boletín han ocurrido hechos importantes como la resolución del Consejo

Federal de Educación que aprobara los lineamientos curriculares básicos para el

desarrollo de los programas de educación sexual integral en todo el ciclo educativo en

todas las provincias del país. Este demorado trámite es imprescindible para que las

provincias elaboren los programas e inicien la educación sexual integral en todas las

escuelas públicas y privadas. Es necesario que esto se realice sin demoras, por eso es clave

que toda la ciudadanía controle su puesta en marcha. Todos los grupos y organizaciones

integrantes del CoNDeRS estamos involucrados en este tema ya que es clave para

garantizar plenamente los derechos sexuales y reproductivos de todas las personas.

A pesar de estos instrumentos legales, las campañas de prevención y educación para la salud no

establecen estrategias de largo plazo ni son suficientes, declaraciones de diversas organizaciones

de la sociedad civil.