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Principales conceptos de Empresa.

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Derecho Contable.IX Semestre.21

UNIVERSIDAD NACIONAL DANIEL ALCIDES CARRINFACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLTICAS

LA EMPRESA

CURSO:DERECHO CONTABLE.

DOCENTE:Lic. QUILLATUPA MACHUCA, Isabel Anglica.

ALUMNO:PAREDES HINOSTROZA, Wilber Alex.

Cerro de Pasco, Mayo del 2015.

Dedicamos el presente trabajo monogrfico, a las mentes brillantes de antao, que con su empeo y amor a la patria, concibieron la idea de democracia, con sus defectos y virtudes; pero sobre todo; como ejemplos para nuestro tiempo.

ndice ndice4Introduccin6La Empresa71.Origen72.Etimologa93.Concepto9a)Concepto econmico de empresa9b)Concepto jurdico de empresa9i.La empresa como organizacin:10ii.La empresa como actividad10iii.La empresa como institucin104.Naturaleza Jurdica13a)Empresa como conjunto de actividades:13b)Empresa como universalidad de hecho o de derecho:13c)Empresa como una organizacin:14d)Empresa como sujeto de derecho:145.La Empresa ser Sujeto de Derecho?146.Elementos16a)Elementos materiales:16b)Elementos inmateriales:16c)Elementos personales:16d)Otros Elementos17i.Fondo Empresarial17ii.Actividad Empresarial17iii.Empresario177.Clasificacin de las Empresas18a)Segn la actividad o giro18b)Segn la procedencia de capital19c)Segn la forma jurdica19d)Segn su tamao19e)Segn su mbito de actuacin208.Principales Formas Societarias y sus Caracteristicas20a)Empresa Individual de Responsabilidad Limitada - E.I.R.L.20Marco Legal:20Caractersticas:20Denominacin21rganos de la Empresa:21b)Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada - S.R.L.21Marco Legal:21Caractersticas:21Denominacin:22rganos de la Empresa:22c)Sociedad Annima Cerrada - S.A.C.22Marco Legal:22Caractersticas:22Denominacin:23rganos De La Empresa:239.Resumen de Formas Societarias24Conclusiones25Bibliografa26

Introduccin La empresa es la clula creadora de riqueza de que dispone la sociedad; una riqueza que permite el desarrollo econmico y el consiguiente acceso a la cultura, la salud, la seguridad y todos los elementos que proporcionan bienestar y calidad de vida. Las empresas, como si se tratara de algn organismo vivo, nacen, se desarrollan y con el tiempo mueren. Desde el punto de vista tradicional, una primera definicin de carcter econmico sera considerar la empresa como una entidad que organiza con eficacia los factores econmicos, produciendo bienes o servicios para satisfacer las necesidades del mercado y con nimo de alcanzar ciertos objetivos. Pero en este captulo pretendemos dotar de cierta juricidad a un concepto meramente econmico como es la empresa.En el presente trabajo monogrfico hemos considerado tratar los conceptos mas generales sobre lo que es una Empresa, partiendo de cuestiones histricas y de su origen. A continuacin nos referimos a su naturaleza jurdica, cmo est anclda al mundo normativo, las principales caractersticas y cules son los elementos que la constituyen.Finalmente abordamos la tipologa y las principales formas societarias que se han consignado en nuestra legislacin concerniente a la formacin y constitucin de una Empresa. Esperamos que la presente llegue a cubrir las expectativas y requerimientos que el curso exige.

Los Alumnos.

La EmpresaOrigenSe considera que la empresa naci en el seno de la actividad familiar, porque esos procesos productivos-distributivo-asignativos fueron originalmente de actividad familiar[footnoteRef:1]. [1: IBARRA RAMOS, Ramn. Empresa-familia: una relacin constructiva. Primera edicin. Editorial Trillas. Mxico. 2000. Pg. 25 ]

Se puede decir que tanto el desarrollo tecnolgico como el mejoramiento de las comunicaciones son las que han hecho posibles que ese intercambio, originado en la familia, trascendiera a otras esferas sociales, dndose as el camino para un desarrollo cada vez mayor de la empresa. No obstante, hay que sealar que el nacimiento de la empresa tal como la consideramos actualmente se inicia en la Edad Media, a pesar de que existan actividades empresariales desde la ms remota antigedad. En la poca feudal naci una nueva clase social, asentada en las ciudades, que desarrollaba actividades empresariales y mercantiles. La unidad bsica era la familia y tena una motivacin artesanal y tcnica. Naci la clula de la empresa primitiva, modelo que an perdura en la actualidad constituido por los pequeos empresarios autnomos: empresas de 1-3 trabajadores que denominamos microempresas. En el siglo XVII, las repblicas Italianas se hallaban en su mximo esplendor y su potencial econmico provena de sus empresas, principalmente mercantiles, que comerciaban en todos los estados del mundo. La estructura bsica de las empresas italianas era una unidad simple, tcnico econmica y en algunos casos sobrepasaba la dimensin estricta familiar de la poca feudal. Haba nacido lo que denominamos capitalismo mercantil. Con la revolucin industrial protagonizada por Inglaterra durante el siglo XIX surge una empresa compleja, compuesta de mltiples socios, que representa un cambio profundo en la concepcin anterior. Interviene la organizacin del trabajo. La produccin se realiza en amplias naves industriales en cuyo interior se agrupan las actividades funcionales semejantes y la unidad econmica empresarial est constituida por la produccin. Es el nacimiento del capitalismo industrial. En esta etapa se iniciaron los estudios de mtodos y tiempos y la organizacin del trabajo. A principios del siglo XX, se inicia la segunda revolucin industrial con la aparicin del motor de combustin, la electricidad y la electrnica. La empresa deviene una unidad an ms compleja. Se inician las sociedades annimas, las estructuras de grupos de empresas y la actuacin sobre bases funcionales. Despus de la II Guerra Mundial se inicia una nueva etapa que denominaremos capitalismo financiero internacional, donde la empresa est considerada como una organizacin, su estructura bsica est formada por holdings, grupos empresariales y su unidad econmica es simplemente una unidad de decisin. Se caracteriza por movimiento de capitales, gestin de carteras y recursos financieros dirigidos por organizaciones multinacionales de decisin. Toda esta evolucin histrica la podemos resumir en el siguiente cuadro:

Actualmente debemos referirnos a un fenmeno que ha calado todos los aspectos sociales, y que ha merecido una influencia no menos importante dentro del desarrollo de la empresa, nos estamos refiriendo, ya no a una revolucin industrial sino informtica, que est generando nuevas formas y mtodos de hacer empresa y que tiende a cambiar las estructuras empresariales. Etimologa La palabra empresa tiene su raz etimolgica en el latn prehendere[footnoteRef:2], que significa "emprender una actividad que implica trabajo o que presenta dificultades". Por tanto, en una primera aproximacin podramos considerar el empresario como un emprendedor, aceptacin vigente en la actualidad, aunque parcial e incompleta. [2: EMPRESA Y EMPRESARIO. Consultado el 14/06/2011. Disponible en: http://www.edicionsupc.es/ftppublic/pdfmostra/OE00401M.pdf. ]

ConceptoA continuacin abordaremos el concepto de empresa desde dos enfoques distintos: a) Concepto econmico de empresa En general, existe un relativo acuerdo en la ciencia econmica, en cuanto a que en la empresa hay combinacin de capital, de trabajo humano y de organizacin. Entendiendo a la empresa como la organizacin del trabajo ajeno y del capital, para producir bienes o servicios destinados a ser cambiados. Esto es: el capital puede ser propio o ajeno; en cuanto al trabajo, necesariamente se debe organizar el trabajo ajeno, para ser considerado como empresa. Algunos autores agregan la finalidad de obtener una ganancia [footnoteRef:3] y, opuestamente, otros autores prevn que la empresa pueda no tener finalidad de lucro[footnoteRef:4]. [3: Rippe Kaiser, Bugallo Montao, Longone & Miller, Instituciones de Derecho Comercial Uruguayo, p. 43. ] [4: A esta definicin, Bugallo Montao agrega "con o sin fines de lucro" (Bugallo Montao, Manual Bsico de Derecho de la Empresa, p. 9). ]

Empresario es la persona que organiza y explota la empresa. La empresa es un producto de la obra del empresario. Toda empresa supone un titular, persona fsica o jurdica, que la ha creado, que la ha dotado de organizacin, que la hace funcionar y que obtiene las utilidades que en su funcionamiento se producen o que se hace cargo de las prdidas. b) Concepto jurdico de empresa Los juristas se han esforzado por dar un concepto jurdico de la empresa, puesto que entienden que, en cuanto fenmeno econmico, interesa al Derecho. Los intentos efectuados son mltiples y los resultados variados. Aumenta las dificultades para encontrar una nocin unitaria, el hecho de que ser este concepto estudiado por juristas de distintas ramas del Derecho, segn ya hemos sealado. A continuacin, esquematizaremos las distintas concepciones jurdicas sobre la empresa, a los efectos de dar una visin general. No haremos un anlisis de los detalles y fundamentos de cada concepcin, pues entendemos que ello excedera los fines de esta exposicin. No seguiremos un orden de aparicin histrica de cada concepcin sino que los expondremos de acuerdo a un sistema que permita comprenderlas, relacionarlas y compararlas. Algunas concepciones son descriptivas de la complejidad de este instituto. Otras definen a la empresa en funcin de algunos de sus aspectos o manifestaciones. i. La empresa como organizacin: Se sostiene por algunos autores que la empresa es un conjunto organizado de elementos o de fuerzas productivas de las que se sirve el empresario para sus fines econmicoproductivos (Vivante, Ferrara, Garrigues, Broseta Pont). Es el concepto ms simple. Se aproxima a concepciones econmicas ya adelantadas. Se toma slo el aspecto esttico. ii. La empresa como actividad Ciertos autores entienden que la empresa es la actividad econmica y profesional del empresario para la produccin o mediacin en el mercado de bienes y servicios (Casanova, Messineo, Graziani, Ferri, Ascarelli, Escarra y, entre nosotros, Supervielle). Esta tesis define a la empresa, tomando solo un aspecto, el subjetivo, funcional o dinmico. Entienden que el aspecto organizacional corresponde a lo que se denomina casa de comercio. Para esta tesis la empresa es una actividad y, como tal, un quid inmaterial. No es un sujeto de Derecho, ni un objeto de Derecho. Escapa a esas categoras. Es un tertium genus. iii. La empresa como institucin Una doctrina muy difundida sustenta que la empresa es una institucin, lo cual no aclara demasiado el panorama dada la diversidad de concepciones en cuanto al trmino institucin. Ciertos autores que describen la empresa sostienen que esa obra creadora del empresario culmina con su objetivizacin, con su exteriorizacin, que permite que la empresa pueda ser aprehendida por personas diversas de su creador e incluso subsistir y permanecer y continuar aun cuando ste desaparezca. Se llega as a una concepcin institucionalista de la empresa, en que se sobreponen los intereses superiores de la organizacin creada a los intereses de los individuos que la formaron o la integran. Dentro de este enfoque de la empresa, se suele sostener el principio de la conservacin de la empresa, por el cual se procuran soluciones jurdicas para que la empresa se conserve a pesar de las vicisitudes personales que afectan al empresario que la cre. Nosotros aclaramos que, en los recursos jurdicos adoptados para la conservacin de la empresa, en rigor, lo que se ha dado es una solucin jurdica para la continuidad o la sucesin en las relaciones jurdicas contradas por el sujeto ya sea persona fsica o jurdica - que cre y organiz la empresa. As, por ejemplo, en nuestro medio, frente a la crisis de alguna empresa de inters general o pblico, el Estado ha dispuesto la intervencin o la expropiacin de bienes del establecimiento comercial o la adquisicin de acciones de la sociedad annima, que es su titular. Es decir que se arbitran soluciones para que se mantenga o sustituya un sujeto de Derecho, responsable de las relaciones jurdicas nacidas en la explotacin de la organizacin empresaria en dificultades. En lo que consideramos como una variante de la posicin institucionalista, Zaldvar sostiene que la empresa es un nuevo ente, el cual se califica como universalidad de Derecho. Ahora bien, hay autores que definen a la empresa desde diversos puntos de vista: Segn Ramn Ibarra Ramos, la empresa es una organizacin humana cuya esencia radica en el esfuerzo cooperativo de hombres que se unen con un fin que sea estable [footnoteRef:5]. Asimismo, este autor perfilando su idea afirma que, entendemos por empresa aquella organizacin humana que se estructura con unos fines estables, que se pretenden lograr durante un tiempo razonablemente largo y que se esfuerza por incorporar valores en lo que se ha denominado proceso de institucionalizacin. [5: IBARRA RAMOS, Ramn (2000). Empresa-familia: una relacin constructiva. Primera edicin. Mxico. Editorial Trillas. Pg. 15. ]

El Diccionario de la Lengua Espaola, en la segunda acepcin de esta palabra define a la empresa como Unidad de organizacin dedicada a actividades industriales, mercantiles o de prestacin de servicios con fines lucrativos[footnoteRef:6] [6: REAL ACADEMIA ESPAOLA (2005). Diccionario de la Lengua Espaola. T 8. Vigsima segunda edicin. Lima, Per. Talleres Grficos QUEBECOR WORLD PER S.A. Pgina 603. En el mismo diccionario se define al comerciante como persona propietaria de un comercio o aquel que comercia(negocia comprando y vendiendo o permutando gneros o mercancas) ]

Para Oswaldo Hundskopf La empresa como instituto jurdico no existe en sentido puro, ya que no se trata de una creacin propia del derecho, sino que es un concepto surgido de la actividad econmica del hombre, que el derecho se vio precisado a recocer[footnoteRef:7].Es este postulado el que lo lleva a afirmar que la empresa es una organizacin de capital y trabajo cuyo fin es la produccin de bienes y la prestacin de servicios en la que el empresario es el que asume el riesgo y la direccin de la explotacin econmica. En ese mismo sentido, Ulises [7: HUNDSKOPF E.,Oswaldo (2000). Derecho Mercantil: temas societarios. Primera edicin. Lima, Per. Fondo de Desarrollo Editorial de la Universidad de Lima. Pg. 230. ]

Montoya Manfredi define a la empresa como la organizacin de los factores de la produccin, capital y trabajo[footnoteRef:8]. [8: MONTOYA MANFREDI, Ulises; MONTOYA ALBERTO, Ulises; MONTOYA ALBERTI, Hernando (2004). Derecho Comercial. Parte general Derecho de Sociedades, Derecho Concursal, Derecho del Consumidor, Derecho de la Competencia. Tomo I. 11 Edicin aumentada y actualizada. Lima, Per. Editora Grijley. Pg. 74. ]

Broseta al definir a la empresa nos indica: Es una organizacin de capital y trabajo, destinada a la produccin o a la mediacin de bienes o de servicios para el mercado. En el mismo sentido, Halperin la define como: la organizacin de bienes o de servicios con un fin econmico[footnoteRef:9] [9: Broseta y Halperin citado por HUNDSKOPF E.,Oswaldo (2000). Derecho Mercantil: temas societarios. Primera edicin. Lima, Per. Fondo de Desarrollo Editorial de la Universidad de Lima. Pg. 231. ]

Desde el punto de vista econmico, puede considerarse a la empresa como una unidad econmica que puede funcionar a travs de una o varias unidades jurdicas en la que se organizan los factores de la produccin para la elaboracin y produccin de bienes y servicios[footnoteRef:10]. [10: HUNDSKOPF E.,Oswaldo (2000). Derecho Mercantil: temas societarios. Primera edicin. Lima, Per. Fondo de Desarrollo Editorial de la Universidad de Lima. Pg. 230. ]

En el Proyecto de Ley N 5343/99: Ley Marco del Empresariado, se define a la empresa como la organizacin econmica dedicada a la produccin o comercializacin de bienes, o la prestacin de servicios. [footnoteRef:11] [11: Congreso de la Repblica. Autores: Muiz Zichez Jorge, Avendao Valdez Jorge, Coral Prez Vctor, Fernndez Baca Graciela, Flores Nano Lourdes, Noriega Febres Javier Proyecto de Ley N 5343/99: Ley Marco del Empresariado. fecha de presentacin: 21/10/1999. Definiciones. ]

Hay muchas definiciones ms de la empresa. De esta mera enunciacin se advierte que hay una gran variedad de opiniones: ya se describe a la empresa en sus distintos aspectos o manifestaciones, ya se la define en funcin de slo alguno de esos aspectos, ya como conjunto de elementos o como conjunto de elementos personales o como actividad. Como consecuencia de esa gama de conceptos, muchos autores han manifestado su escepticismo en cuanto a lograr un concepto jurdico de empresa y otros han aconsejado su no adopcin. Han entendido que se trata de un fenmeno econmico an no aprehendido por el Derecho. Naturaleza Jurdica Oswaldo Hundskopf, cita las siguientes teoras[footnoteRef:12]: [12: HUNDSKOPF E.,Oswaldo (2000). Derecho Mercantil: temas societarios. Primera edicin. Lima, Per. Fondo de Desarrollo Editorial de la Universidad de Lima. Pg. 232-233. ]

Empresa como un patrimonio autnomo, patrimonio separado o patrimonio de afectacin: Consiste en el conjunto de bienes muebles, elementos inmateriales, servicios, etc., perfectamente diferenciado del patrimonio civil del empresario. El empresario si bien es el titular de la empresa, tiene su patrimonio separado de la misma. Sin embargo en esta teora existe una falta de separacin de responsabilidad, lo cual puede apreciarse claramente en el caso de las empresas unipersonales y en el de los socios colectivos. Origen del surgimiento de la empresa de responsabilidad limitada. a) Empresa como conjunto de actividades: Diferencia entre la actividad econmica de empresario y el conjunto de medios con los que ste realiza dicha actividad econmica que se denomina hacienda o establecimiento. No obstante se desvincula del elemento personal. La empresa no es un simple conglomerado de elementos de diversa ndole unidos solamente por un vnculo econmico b) Empresa como universalidad de hecho o de derecho[footnoteRef:13]: [13: La universalidad de hecho resulta de la voluntad del hombre y la universalidad de derecho es creada por a ley. ]

La empresa est integrada por una variedad de elementos no ligados entre si materialmente, los cuales aspiran a un tratamiento jurdico unitario (ideal). Utilizacin del concepto romano de universitas. Pero, toda universalidad como concepto jurdico es al mismo tiempo de hecho y de derecho, y que si de universalidades se trata, la realidad del trfico mercantil demuestra que el objeto de las relaciones jurdicas no es la universalidad como tal, sino los elementos que integran la empresa. c) Empresa como una organizacin: Organizacin espiritual, es decir, el ordenamiento de los factores reales y personales que la constituyen ms que los elementos materiales de cosas y de derechos a ella asignados Sin embargo; la idea organizadora por si misma no es objeto de proteccin jurdica, ni de transmitirse independientemente de los elementos que a integran. d) Empresa como sujeto de derecho: O ms concretamente como persona jurdica. Ms all de un conjunto de medios de produccin, la empresa es el sujeto autnomo de derechos No obstante, hay que tener presente que la empresa por si misma no puede ser sujeto autnomo de derechos y obligaciones, siendo en realidad el empresario individual o colectivo quien asume los derechos y obligaciones que recaen sobre sta. Empresa como objeto de derecho: Se refiere a ella como el conjunto patrimonial de bienes cuya titularidad o propiedad pertenece a una o ms personas. Este concepto de empresa- objeto se semeja al de hacienda- contenido en el Cdigo Civil italiano Desde este punto de vista, la empresa puede ser objeto de negociacin jurdica, puede cederse, transmitirse, constituir derechos reales sobre ella. Esto explica por qu una sociedad puede transmitir sus negocios a otra sociedad sin necesidad de que desparezca la empresa Las teoras expuestas no han logrado constituir satisfactoriamente el concepto jurdico de empresa, por lo que solo nos queda la definicin proporcionada por la Economa. La Empresa ser Sujeto de Derecho?En principio hay que entender que la empresa no tiene capacidad jurdica; no obstante ello, la empresa como entidad social organizada, sus inversiones, su capital de trabajo y su presentacin cerrada en el trfico jurdico, son todos hechos que permiten plantearnos si la empresa, como tal, no podra ser titular de derechos y obligaciones. Esta tendencia de subjetividad jurdica es prohijada sobre bases jurdicas sociolgicas, y defendida por Thomas Raiser [footnoteRef:14] , que posteriormente encontrara en Endemann un defensor destacado al sealar que el negocio era un sujeto de relaciones ligadas al trfico. Sea que se le considere persona jurdica o no, con Endemann se puso en boga la idea de que el negocio tiene su propia vida, tiene su propio carcter y movimiento, que de ninguna manera depende slo de propietario. Los auxiliares y an el principal dedican sus esfuerzos al negocio y no a la persona de aqul. El propio negocio, y no el comerciante, determina en la mayora de los casos la propensin de los terceros a tratar con l. El verdadero titular del crdito es el negocio. [14: Citado por SCHMIDT Karsten. Derecho Comercial. Ttulo original en alemn: Handelsrecht. Traducida por Federico Werner. Berlin 1987, p. 77 y ss. ]

A la teora antes expuesta y que apunta a las necesidades jurdicas de hecho y a conceptos ligados al trfico, se le hace naturalmente difcil enfrentar los dogmas que posteriormente surgieron en cuanto a la capacidad y de la persona jurdica. Luego se consider dicha teora superada y no tan lejana la concepcin de la idea de personificacin de la empresa, es as que en 1907 con Giesecke nace la teora del sujeto, en tanto la independizacin de la empresa y su conversin en sujeto de derecho encajaba bastante bien, sobre todo con los esfuerzos a favor de una legislacin consolidada de la empresa, a la cual considerndose como sujeto de derecho, se destacaba su autonoma frente a sus dueos. Por ejemplo, una sociedad comercial que explota una empresa no se presenta entonces como duea de una empresa, sino slo como quien suministra el marco organizativo. Esta teora brinda ayuda ideolgica al derecho interno de la empresa, en tanto agrupa a los socios, a la gerencia y a los empleados como integrantes de la empresa. No obstante al ponderar el derecho externo de la empresa como unidad y entender esto como principio jurdico, tendramos que pensar en que los empleados estuvieran en relacin laboral con la empresa; que los proveedores pudieran ejercer acciones contra la empresa; que la empresa estuviera inscrita como titular del dominio de los inmuebles o muebles dedicados a la explotacin en los respectivos registros; o que fuera la empresa la que cayera en concurso. Pero todo esto no es as. Slo el titular de la empresa (el propietario, el comerciante, la sociedad, etc) puede ser empleador, adquirente, propietario y deudor quirografario. En conclusin la empresa est asignada a su propietario que puede ser un empresario individual (Empresa Individual de Responsabilidad Limitada) o una Sociedad. Como unidad activa y organizativa est sometida a reglas especiales y, en ese sentido, se diferencia del estatus de cualquier otro bien material, pero no por ello es un sujeto de derecho. Una imputacin patrimonial confiable slo est garantizada por el titular de la empresa (SOCIEDAD) y no por sta. Entonces debemos precisar lo siguiente: La imputacin patrimonial en el caso del titular de la empresa presupone que sta y su titular son dos cosas distintas, es decir que no son idnticos. La imputacin de derechos no se produce respecto a la empresa sino en relacin con su titular (SOCIEDAD), por ello Sociedad y Empresa no son lo mismo. ElementosDe forma dispersa, Ulises Montoya Manfredi[footnoteRef:15], seala que los elementos integradores de la empresa y sus signos distintivos son: a) El establecimiento; b) La clientela; c) El nombre comercial; d) El rotulo, la ensea o el emblema del establecimiento comercial; e) La marca. [15: MONTOYA MANFREDI, Ulises; MONTOYA ALBERTO, Ulises; MONTOYA ALBERTI, Hernando (2004). Derecho Comercial. Parte general Derecho de Sociedades, Derecho Concursal, Derecho del Consumidor, Derecho de la Competencia. Tomo I. 11 Edicin aumentada y actualizada. Lima, Per. Editora Grijley. ]

Para Oswaldo Hundskopf, los elementos de la empresa son tres[footnoteRef:16], los mismos que interrelacionados entre si de forma funcional dan origen a la misma. Los elementos a saber son: [16: HUNDSKOPF E.,Oswaldo (2000). Derecho Mercantil: temas societarios. Primera edicin. Lima, Per. Fondo de Desarrollo Editorial de la Universidad de Lima. Pg. 231-232. ]

a) Elementos materiales: Conformados por todos aquellos bienes muebles e inmueble que forman parte de ella, tales como el establecimiento, mercancas, materias primas, etc. b) Elementos inmateriales: Consisten en aquellas relaciones jurdicas de origen contractual, derechos de crdito o los que integran la propiedad inmaterial, tales como el nombre comercial, marcas, patentes, secretos industriales, el derecho de arrendamiento, etc. c) Elementos personales: Se encuentra incluido el empresario, as como el personal que presta su colaboracin en la empresa, y con el cual nace una relacin que escapa al mbito del derecho mercantil, como es la relacin laboral. A estos elementos brindados por dicho autor habra que adherirle el siguiente elemento: Procedimientos: toda vez que la empresa no tiene un fin, sino procedimientos de produccin, la manera de ejecutar sus actividades. Ejm: Know How, Franquicia, etc En conclusin podemos considerar como elementos de la empresa son los siguientes: Personal: Sociedad, Empleados, etc - Material: Patrimonial empresarial. Procedimientos: Know How, Franquicia, etc d) Otros Elementos Segn el Proyecto de Ley N 5343/99: Ley Marco del Empresariado son elementos esenciales de la empresa el fondo empresarial y la actividad empresarial i. Fondo Empresarial Segn el Proyecto de Ley N 5343/99: Ley Marco del Empresariado, el fondo empresarial es el conjunto de bienes y derechos organizados por una o ms personas naturales o jurdicas, destinado a la produccin o comercializacin de bienes o la prestacin de servicios, el cual una vez registrado otorga a su titular el beneficio de excusin[footnoteRef:17] [17: Congreso de la Repblica. Autores: Muiz Zichez Jorge, Avendao Valdez Jorge, Coral Prez Vctor, Fernndez Baca Graciela, Flores Nano Lourdes, Noriega Febres Javier Proyecto de Ley N 5343/99: Ley Marco del Empresariado. fecha de presentacin: 21/10/1999. Definiciones. ]

ii. Actividad Empresarial Es el conjunto de operaciones que lleva a cabo un empresario, directamente o a travs de sus representantes, para explotar un fondo empresarial. iii. Empresario[footnoteRef:18] [18: Existe una aproximacin entre comerciante y empresario. Mientras el primero acta en el campo comercial, el segundo puede intervenir en otros campos econmicos. As, comerciante es quien realiza profesionalmente actos de comercio, mientras que el empresario es el titular de la empresa. ]

Titular de la empresa. Segn la definicin contenida en el Proyecto de la Ley marco de empresariado, el empresario es la persona natural o jurdica que explota un fondo empresarial por cuenta propia y asume el riesgo de la actividad empresarial. La presente ley incluye a quien de hecho explota un fondo empresarial con prescindencia de la forma y los requisitos prescritos por sta o las leyes especiales que resulten aplicables El empresario es el titular de la empresa: es quien organiza el trabajo ajeno; quien ejerce una actividad coordinadora, continuada y sistemtica con habitualidad, con carcter de profesionalidad encaminada hacia un objetivo. Clasificacin de las Empresas Existen numerosas diferencias entre unas empresas y otras. Sin embargo, segn en qu aspecto nos fijemos, podemos clasificarlas de varias formas. Dichas empresas, adems cuentan con funciones, funcionarios y aspectos dismiles, a continuacin se presentan los tipos de empresas segn sus mbitos y su produccin. a) Segn la actividad o giro Las empresas pueden clasificarse, de acuerdo con la actividad que desarrollen, en: Empresas del sector primario. Empresas del sector secundario Empresas del sector terciario. Una clasificacin alternativa es: Industriales. La actividad primordial de este tipo de empresas es la produccin de bienes mediante la transformacin de la materia o extraccin de materias primas. Las industrias, a su vez, se clasifican en: Extractivas. Cuando se dedican a la explotacin de recursos naturales, ya sea renovables o no renovables. Ejemplos de este tipo de empresas son las pesqueras, madereras, mineras, petroleras, etc. Manufactureras: Son empresas que transforman la materia prima en productos terminados, y pueden ser: De consumo final. Producen bienes que satisfacen de manera directa las necesidades del consumidor. Por ejemplo: prendas de vestir, muebles, alimentos, aparatos elctricos, etc. De produccin. Estas satisfacen a las de consumo final. Ejemplo: maquinaria ligera, productos qumicos, etc. Comerciales. Son intermediarias entre productor y consumidor; su funcin primordial es la compra/venta de productos terminados. Pueden clasificarse en: Mayoristas: Venden a gran escala o a grandes rasgos. Minoristas (detallistas): Venden al por menor. Servicio. Son aquellas que brindan servicio a la comunidad que a su vez se clasifican en: Transporte Turismo Instituciones financieras Servicios pblicos (energa, agua, comunicaciones) Servicios privados (asesora, ventas, publicidad, contable, administrativo) Educacin Finanzas Salud b) Segn la procedencia de capital Empresa privada: si el capital est en manos de accionistas particulares (empresa familiar si es la familia) Empresa pblica: si el capital y el control est en manos del Estado Empresa mixta: si el capital o el control son de origen tanto estatal como privado o comunitario. c) Segn la forma jurdica Atendiendo a la titularidad de la empresa y la responsabilidad legal de sus propietarios. Podemos distinguir: Empresas individuales: si slo pertenece a una persona. Esta puede responder frente a terceros con todos sus bienes, es decir, con responsabilidad ilimitada, o slo hasta el monto del aporte para su constitucin, en el caso de las empresas individuales de responsabilidad limitada o EIRL. Es la forma ms sencilla de establecer un negocio y suelen ser empresas pequeas o de carcter familiar. Empresas societarias o sociedades: constituidas por varias personas. Dentro de esta clasificacin estn: la sociedad annima, la sociedad colectiva, la sociedad comanditaria, la sociedad de responsabilidad limitada Las cooperativas u otras organizaciones de economa social. d) Segn su tamao No hay unanimidad entre los economistas a la hora de establecer qu es una empresa grande o pequea, puesto que si existe un criterio nico para medir el tamao de la empresa. Los principales indicadores son: el volumen de ventas, el capital propio, nmero de trabajadores, beneficios, etc. El ms utilizado suele ser segn el nmero de trabajadores. Este criterio delimita la magnitud de las empresas de la forma mostrada a continuacin: Micro empresa: si posee 10 o menos trabajadores. Pequea empresa: si tiene un nmero entre 100 trabajadores. Gran empresa: si posee ms de 100 trabajadores. Multinacional: si posee ventas internacionales. La ley vigente Ley 28015: Ley de Promocin y Formalizacin de la Micro y Pequea Empresa: 03/07/03), tiene como nota caracterstica un nmero total de trabajadores de la microempresa que no exceda de 10 (diez) trabajadores y para la Pequea empresa que no exceda de 100 (cien) trabajadores; y con niveles de ventas anuales para la micro empresa, hasta de 150 UIT y para la pequea empresa hasta 1700 UIT[footnoteRef:19]. [19: Contamos con el Decreto Legislativo que aprueba la ley de promocin de la competitividad, formalizacin y desarrollo de la micro y pequea empresa y de acceso al empleo decente- Decreto Legislativo 1086: 28/06/08. ]

La ley define a la pequea y microempresa (MYPE) como una unidad econmica constituida por una persona natural o jurdica, bajo cualquier forma de organizacin o gestin empresarial, que desarrolla actividades de extraccin, transformacin, produccin, comercializaron de bienes o prestacin de servicios dentro de los parmetros establecidos (artculo 2 ley 28015). e) Segn su mbito de actuacin En funcin del mbito geogrfico en el que las empresas realizan su actividad, se pueden distinguir Empresas locales: son aquellas empresas que venden sus productos o servicios dentro de una localidad determinada. Regionales: son aquellas empresas que venden sus productos o servicios a varias localidades o provincias de un pas. Nacionales: son aquellas empresas que venden sus productos o servicios dentro de los lmites de un pas. Pueden tener sucursales en varias partes del pas Multinacionales o Transnacionales. Principales Formas Societarias y sus Caracteristicas a) Empresa Individual de Responsabilidad Limitada - E.I.R.L.Marco Legal: Forma Individual - Ley N 21621Caractersticas:Es una persona jurdica de derecho privado.Constituida por la voluntad de una sola persona (voluntad unipersonal).El capital de la empresa deber estar ntegramente suscrito y pagado al momento de constituirse la empresa.La empresa tiene patrimonio propio (conjunto de bienes a su nombre), que es distinto al patrimonio del titular o dueo.La responsabilidad de la empresa est limitada a su patrimonio. El titular del negocio no responde personalmente por las obligaciones de la empresa.El titular ser solidariamente responsable con el gerente de los actos infractorios de la ley practicados por su gerente. Siempre que consten en el libro de actas y no hayan sido anulados.En los dems casos, la responsabilidad del titular y del gerente ser personal.Las acciones legales contra las infracciones del gerente prescriben a los dos aos a partir de la comisin del acto que les dio lugar.Se constituye para el desarrollo exclusivo de actividades econmicas de pequea empresa.DenominacinLa empresa adoptar una denominacin que le permita individualizarla, seguida de la indicacin Limitada o acompaada de sus siglas: E.I.R.L. Tambin puede utilizar su nombre abreviado (siglas).rganos de la Empresa:El Titular, es el rgano mximo de la empresa que tiene a su cargo la decisin de los bienes y actividades.La Gerencia, es designada por el titular, tiene a su cargo la administracin y representacin de la empresa.El titular puede asumir el cargo de gerente, en cuyo caso asumir las facultades, deberes y responsabilidades de ambos cargos y se le denominar: Titular gerente.b) Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada - S.R.L.Marco Legal: Ley General de Sociedades N 26887Caractersticas:Requiere de un mnimo de dos socios y no puede exceder de veinte socios.Los socios tienen preferencia para la adquisicin de las aportaciones.El Capital Social est integrado por las aportaciones de los socios.Al constituirse la sociedad, el capital debe estar pagado en no menos del 25% de cada participacin. Asimismo, debe estar depositado en una entidad bancaria o financiera del sistema financiero nacional a nombre de la sociedad.La responsabilidad de los socios se encuentra delimitada por el aporte efectuado, es decir, no responden personalmente o con su patrimonio por las deudas u obligaciones de la empresa.La voluntad de los socios que representen la mayora del capital social regir la vida de la sociedad. El estatuto determina la forma y manera como se expresa la voluntad de los socios, pudiendo establecer cualquier medio que garantice su autenticidad.Es una alternativa tpica para empresas familiares.Denominacin:La sociedad adoptar una denominacin seguida de la indicacin Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada o de su abreviatura: S.R.L. Tambin puede utilizar su nombre abreviado.rganos de la Empresa:Junta General de Socios, representa a todos los socios de la empresa. (Es el rgano mximo de la empresa).Gerente, es el encargado de la administracin y representacin de la sociedad.Subgerente, reemplaza al gerente en caso de ausencia. c) Sociedad Annima Cerrada - S.A.C.Marco Legal:Ley General De Sociedades N 26887Caractersticas:El nmero de accionistas no puede ser menor de dos y como mximo tendr 20 accionistas.Se impone el derecho de adquisicin preferente por los socios, salvo que el estatuto disponga lo contrario.Se constituye por los fundadores al momento de otorgarse la escritura pblica que contiene el pacto social y el estatuto, en cuyo caso suscriben ntegramente las acciones.El Capital Social est representado por acciones nominativas y se conforma con los aportes (en bienes y/o en efectivo) de los socios, quienes no responden personalmente por las deudas sociales.Es una persona jurdica de Responsabilidad Limitada.No puede inscribir sus acciones en el Registro Pblico del Mercado de Valores.Predomina el elemento personal, dentro de un esquema de sociedad de capitales.Surge como reemplazo de la Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada S.R.L.Es la alternativa ideal para empresas familiares.Denominacin:La denominacin adoptada debe incluir la indicacin Sociedad Annima Cerrada o estar acompaada de su abreviatura: S.A.C.rganos De La Empresa:Junta General de Accionistas, es el rgano supremo de la sociedad. Est integrada por el total de socios que conforman la empresa.Gerente, es la persona en quien recae la representacin legal y de gestin de la sociedad. El gerente convoca a la junta de accionistas.Subgerente, reemplaza al gerente en caso de ausencia.Directorio, el nombramiento de un directorio por la junta (ver S.A.C.) es facultativo (no es obligatorio).

Resumen de Formas Societarias

Conclusiones La empresa es la organizacin dinmica de los elementos de la produccin, pertenece por tanto a la realidad econmica, en tanto que la sociedad es la estructura jurdica de la empresa y pertenece al plano jurdico. La empresa como objeto derecho, es pasible de actos traslativos de dominio. La sociedad nace de un acuerdo entre varias personas (Pacto Social) y su correspondiente inscripcin, mientras que la empresa nace de la actividad creadora del empresario social (SOCIEDAD) o individual. Las Sociedades Comerciales, dotadas de personalidad jurdica, y por ende, con nombre y patrimonio propio, con capacidad para contratar, son sujetos de derechos y obligaciones que no se identifican con el concepto de empresa: unidad econmica de produccin que es objeto y no sujeto de derecho. El derecho a negado a la empresa categora jurdica, constituyendo para la generalidad de la doctrina y para nosotros un objeto de derecho del empresario ( sea esta persona fsica o persona moral). La empresa que es la organizacin dinmica de los elementos de la produccin, pertenece por tanto a la realidad econmica, en tanto que la sociedad es la estructura jurdica de la empresa y pertenece al plano jurdico. Para que una sociedad pueda constituirse como tal, es necesario que esta tenga personalidad jurdica, esto significa que la sociedad es una entidad de derecho, es un ser ficticio que puede adquirir derechos y obligaciones, al igual que una persona natural, es susceptible de ser representada y de actuar por si en la vida de los negocios. La sociedad responde a una estructura legal cuya esencia es el contrato social, a diferencia de la empresa cuyo contrato son simplemente clusulas que los empresarios redactan para imponer condiciones al mercado. El Decreto Ley N 21621 regula a la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, como forma de organizacin empresarial con personalidad jurdica diferente a la de su Titular a fin de facilitar el eficaz desenvolvimiento de la Pequea Empresa. A cada titular de empresa corresponde necesariamente una empresa y a cada empresa, necesariamente, un titular.

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