la cuestión étnica en venezuela

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República Bolivariana De Venezuela Entre el discurso oficial y la práctica

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Presentación acerca de la situación en Venezuela para el curso "La cuestión étnica en América Latina", del trimestre 10-I. Licenciatura en Antropología Social, UAM-Iztapalapa

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Page 1: La cuestión étnica en Venezuela

República BolivarianaDe Venezuela

Entre el discurso oficial y la práctica

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Ubicación geográfica

Page 3: La cuestión étnica en Venezuela

Alrededor del 1% de la población de Venezuela, pertenece a grupos originarios yq ue mantienen su cultura propia diferente a la legada desde el periodo colonial.

Las primeras estimaciones de 1942 existían unos dos millones de indígenas

Los misioneros católicos y los conquistadores comenzaron a penetrar en regiones al sur del río Orinoco ante todo a partir del siglo XVIII, cuando primero los jesuitas y luego los capuchinos establecieron misiones a lo largo del Orinoco y en Guayana.

Alrededor del 1% de la población de Venezuela, pertenece a grupos originarios yq ue mantienen su cultura propia diferente a la legada desde el periodo colonial.

Las primeras estimaciones de 1942 existían unos dos millones de indígenas

Los misioneros católicos y los conquistadores comenzaron a penetrar en regiones al sur del río Orinoco ante todo a partir del siglo XVIII, cuando primero los jesuitas y luego los capuchinos establecieron misiones a lo largo del Orinoco y en Guayana.

Aspectos étnicos y númerode etnias en Venezuela

Page 4: La cuestión étnica en Venezuela

Grupos etnicos Idioma original Arawacas - wayuú, añú, baniva, piapoko, warekena y kurripako Caribes - pemón, yukpa, chaima, caribe, akawayo, mapoyo Yanomamo - yanomami, sanemá Chibchas - barí, Hoti Makú - puinave Tupí - yeral Salivas - mako, sáliba, piaroa Guajivas - kiuva Sin conexión lingüística - warao, waikerí, pumé, sapé, urak

Hay numerosos grupos étnicos aborígenes en Venezuela.La manera más práctica para diferenciarlos es a través de sus idiomas originales

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Los wayuú son la étnica mas numerosa de Venezuela, procuran regirse por sus propias leyes y han tratado de permanecer independientes de Colombia y Venezuela. Habitan principalmente en el Noroeste del estado Zulia y en la Goajira colombiana.

Los Kurripako habitan en Colombia, Venezuela (en el Amazonas) y Brasil y practican la agricultura, la pesca y la caza. Están emparentados especialmente con los Warekena y Baré.

Los pemón Habitan ante todo en la Gran Sabana. Son la etnia más numerosa de las del grupo caribe.

Los yukpas habitan la Sierra de Perijá, entre Venezuela y Colombia. Los yanomamo habitan una zona entre Venezuela y Brasil. Empezaron a

expandirse a finales del siglo XIX en territorio de los maquiritares, pero han sufrido en las últimas décadas por la presión demográfica de criollos en su territorio.

Los waraos son, después de los wayuús, una de las etnias más numerosas de Venezuela, habitan ante todo el delta del Orinoco y zonas cercanas en la costa. Son expertos en el uso de las canoas en esa zona y se adaptan rápidamente a la vida en los manglares.

Sitio y condición étnica

Page 7: La cuestión étnica en Venezuela

Con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna, en ejercicio de su poder originario representado por la Asamblea Nacional Constituyente mediante el voto libre y en referendo democrático, decreta la siguiente.

Artículo 9. Los idiomas indígenas también son de uso oficial para los pueblos indígenas y deben ser respetados en todo el territorio de la República, por constituir patrimonio cultural de la Nación y de la humanidad.

Condiciones jurídicas

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Artículo 119. El Estado reconocerá la existencia de los pueblos y comunidades indígenas, su organización social, política y económica, sus culturas, usos y costumbres, idiomas y religiones, así como su hábitat y derechos originarios sobre las tierras que ancestral y tradicionalmente ocupan y que son necesarias para desarrollar y garantizar sus formas de vida. Corresponderá al Ejecutivo Nacional, con la participación de los pueblos indígenas, demarcar y garantizar el derecho a la propiedad colectiva de sus tierras, las cuales serán inalienables, imprescriptibles, inembargables e intransferibles de acuerdo con lo establecido en esta Constitución y la ley.

Artículo 120. El aprovechamiento de los recursos naturales en los hábitats indígenas por parte del Estado se hará sin lesionar la integridad cultural, social y económica de los mismos e, igualmente, está sujeto a previa información y consulta a las comunidades indígenas respectivas. Los beneficios de este aprovechamiento por parte de los pueblos indígenas están sujetos a la Constitución y a la ley.

Artículo 121. Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y desarrollar su identidad étnica y cultural, cosmovisión, valores, espiritualidad y sus lugares sagrados y de culto. El Estado fomentará la valoración y difusión de las manifestaciones culturales de los pueblos indígenas, los cuales tienen derecho a una educación propia y a un régimen educativo de carácter intercultural y bilingüe, atendiendo a sus particularidades socioculturales, valores y tradiciones.

Page 9: La cuestión étnica en Venezuela

Artículo 123. Los pueblos indígenas tienen derecho a servicios de formación profesional y a participar en la elaboración, ejecución y gestión de programas específicos de capacitación, servicios de asistencia técnica y financiera que fortalezcan sus actividades económicas en el marco del desarrollo local sustentable.

Artículo 125. Los pueblos indígenas tienen derecho a la participación política. El Estado garantizará la representación indígena en la Asamblea Nacional y en los cuerpos deliberantes de las entidades federales y locales con población indígena, conforme a la ley.

Artículo 281 (...) 8.Velar por los derechos de los pueblos indígenas y ejercer las acciones necesarias para su garantía y efectiva protección.

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27/07/09.-La Declaración de las Naciones Unidas Sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas prohíbe en el artículo 30 expresamente en las tierras, hábitat o territorios indígenas el desarrollo de actividades militares a menos que las justifique. Existe un descontento entre el pueblo Yukpa, ya que se está construyendo inconsultamente  unas infraestructuras para crear dos Bases Militares en su territorio; muy en especial en el sector Tukuko, donde se encuentran más de la mitad de las comunidades del pueblo Yukpa; de igual manera ocurre tal descontento entre las comunidades ubicadas en la cuenca del río Negro, aunque con mayor silencio ya que en este sector vive la representante del Estado-Gobierno, la Viceministra Indígena del Poder Popular para los Pueblos Indígenas.

Desde los tiempos de la cuarta república se hablaba de construir estas bases militares en territorios de los pueblos indígenas ubicados en la Sierra de Perijá, los intereses mineros y militares de las trasnacionales presentes en el plan Colombia, o como lo denominamos en nuestro país Plan Venezuela, fueron expuestos sutilmente en reunión realizada en el Ministerio de Relaciones Exteriores el día 23 de mayo de 1996 por empresarios norteamericanos del carbón que tienen concesiones mineras otorgadas en la línea fronteriza, tanto del lado colombiano como del lado venezolano, como son las empresas: Minera MAICCA, la ISKE A.V.V., Tomen y TransMar Coal Inc.

Soberanía.org

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EL estatus de los grupos indígenas en Venezuela

Los Grupos indígenas en Venezuela son reconocidos como parte de la población venezolana.Tienen las garantías individuales de todos los venezolanos sin distinción de raza o condición económica.Se les reconoce el derecho a una lengua propia y territorio propio.

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www.Soberania.org

www.redvenezolana.net/constitucion

www.ts.ucr.ac.cr/revi-ac.htm

www.indigenas.bioetica.org/DOCTRINA-Cepal.pdf

www.acnur.org/biblioteca/pdf/1424.pdf

es.wikisource.org/wiki/Declaracion_sobre_los_Derechos_de_los_ Pueblos_Indigenas  

www.conflictosmineros.net/contenidos/24-venezuela

legislaciones.item.org.uy/?q=node/84

http://www.youtube.com/watch?v=LG7L4eMfzUw&feature=related

http://www.youtube.com/watch?v=DkzZxEHU2Og&feature=related

http://www.youtube.com/watch?v=xLF1NvS9zDE&feature=PlayList&p=B8EA00684B85145B&playnext=1&playnext_from=PL&index=17

http://www.youtube.com/watch?v=NtelMhPh2F8&feature=related

Direcciones pertinentes al curso, que hacen referencia

al caso Venezuela

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Algunos aportes para tratar el tema de los territorios indígenas y su autonomía. Acceso y control sobre los recursos naturales.

Texto de Pablo Regalsky para el Centro de Comunicación y Desarrollo Andino CENDA

www.cenda.org/publicaciones/territoriosindigenasyestadoplurinacional.pdf