la constitución de la república bolivariana de venezuela
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR
INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA DE PUERTO CABELLO
INGENIERÍA DE MANTENIMIENTO MECÁNICO
FORMACION SOCIOPOLITICA.
LA NUEVA RACIONALIDAD COMUNICATIVA
PROFESOR: ALFREDO PRADO
SECCION: 10-31
Integrantes
Modesta Cumare C.I: 10.972.007
Mariela Romero C.I: 14.382.194 Ángel Perozo. C.I: 13.602.341.
Oscar Colina. C.I: 13.491.845. Carlos Sanchez. C.I: 15.227.236. Frank Colina. C.I: 13.491.839.
PUERTO CABELLO, JUNIO DE 2011.
INDICE.
Portada:………………………………………………………………. Pág. 1
Introducción:…………………………………………………………. Pág. 3
Desarrollo:…………………………………………............................. Pág. 4 – 8
Conclusión:…………………………………………………………… Pág. 9
Bibliografía:…………………………………………………………... Pág. 10
INTRODUCCION
Con la entrada en vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela el 1° de enero del año 2000, se ha diferenciado la historia democrática y
republicana con el antes y después de esta importantísima fecha, la cual ha marcado un
nuevo camino en el acontecer económico, político, social y jurídico del Estado
venezolano para beneficio de todos los que en ella habitan, tanto nacionales como
extranjeros.
Como Carta Magna que es, nuestra Constitución marca el rumbo de todas y cada
una de las leyes existentes y las que de ella se deriven por lo que el arduo trabajo
legislativo en cuanto a la adecuación de aquellas leyes que coliden con sus postulados y
principios ha sido apremiante, amén de la creación de otras que recojan el espíritu,
propósito y razón por los cuales fue desarrollada dicha Constitución
DESARROLLO.
LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
(EN ADELANTE, CRBV).
Es el documento vigente que contiene la Ley fundamental del país, dentro de cuyo
marco deben ceñirse todos los actos legales. En ella se generan las instituciones,
derechos y deberes fundamentales.
Se trata de un documento en idioma español. Se compone de un preámbulo, 350
artículos (ordenados en Títulos y Capítulos), y Disposiciones transitorias (para su
implementación).
Fue redactado por la Asamblea Constituyente de Venezuela, constituida por 128
constituyentes, elegidos por votación popular con ese objetivo fundamental.
Se sometió a consulta popular su aprobación, por primera vez en toda la historia de
Venezuela, el 15 de diciembre de 1999, recibiendo la aprobación con el 71,21% de los
votos (2.820.556), el rechazo del 28,79% (1.141.792), y con la abstención del 54,06%
(4.876.782).
¿QUE MOTIVO LA ELABORACIÓN DE UNA NUEVA CONSTITUCIÓN?
Lo que motivó a la elaboración de nuestra nueva constitución aprobada en el año 1999, se sustenta
en la mínima participación a los ciudadanos al no existir un Estado de Derecho ó un bienestar colectivo
y duradero para la mayoría de la población. Estas limitaciones hicieron defectuoso el funcionamiento
del Estado, restando legitimidad a la operación del sistema político y generando la crisis
además del malfuncionamiento del sistema jurídico, y la misma constitución de 1.961 al
no ser aplicada a favor del pueblo, lo que obligo en el poder constituyente buscar con
urgencia la necesidad del colectivo de refundar la República donde ésta se adaptase a los
nuevos tiempos de la realidad y de las necesidades del país para establecer una sociedad
democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de
justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la
independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, asegurar el derecho al trabajo, al
educación, la cultura, la solidaridad, la integridad territorial, la convivencia y la
igualdad sin discriminación ni subordinación alguna.
LA CONSTITUCIÓN: Puede definirse como la ³ley fundamental, esté escrita o no, de un
ESTADO, la cual fija los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado (Ejecutivo,
Legislativo, Judicial, Ciudadano y Electoral). Le garantiza al pueblo ciertos derechos. Es la cristalización
jurídica de un acto constituyente. Es un concepto político, dada su fundamentación en una decisión del
poder constituyente y es un concepto jurídico, púes posee una configuración jurídica.
ESTRUCTURA DE LA CONSTITUCIÓN :
EL PREAMBULO:
El preámbulo de la constitución venezolana es donde se invoca la protección de Dios y se exalta al
Libertador Simón Bolívar y a los "grandes servidores de la patria ".El preámbulo es una declaración
genérica que conduce el texto de la constitución y que en la tradición constitucional venezolana, se le ha
dado valor jurídico. No es un texto meramente poético aunque su redacción sea narrativamente
hermosa, es un texto político-jurídico de cumplimiento obligatorio por todos los habitantes de nuestro
país. Establece los fines e ilumina cada uno de los artículos que se persiguen en la consagración del texto
legal más importante del país y recoge las motivaciones y fines de la ley fundamental. El Preámbulo de
la Constitución venezolana define a la República Bolivariana de Venezuela como un "Estado de
justicia, federal y descentralizado". En el mismo sentido se establece en el Artículo 4 cuyo texto es el
siguiente: Artículo 4. "La República Bolivariana de Venezuela es un Estado Federal descentralizado en
los términos consagrados en esta Constitución, y se rige por los principios de integridad territorial,
cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad." Por su parte, el Artículo 6 dispone que "El
gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y
será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y
de mandatos revocables".
ORIGEN DE LA CONSTITUCION VENEZOLANA:
La Constitución tiene su origen fundamentalmente en un acto eminentemente político. El poder
constituyente que no es otra cosa que un movimiento social con voluntad espontánea y viva de hacer.
PARTE DOGMATICA DE LA CONSTITUCIÓN VENEZOLANA:
La Constitución venezolana en su parte dogmática establece unos principios fundamentales que
comprometen el desarrollo orgánico del propio texto constitucional, y el posterior desarrollo legislativo
nacional, estadal y municipal. La parte dogmática en la cual se establecen como pilares la democracia, la
independencia y el carácter de forma federal del Estado venezolano, entre otros.
PARTE ORGANICA DE LA CONSTITUCION VENEZOLANA:
La parte orgánica de la constitución regula aspectos referidos a la nacionalidad, prerrogativas y
obligaciones exclusivas de los venezolanos y prevenciones generales como el principio de supremacía
constitucional y el no-depósito de dos poderes en una sola persona, el proceso de creación de las leyes y
todo lo relativo a los aspectos esenciales de la organización política del estado venezolano. (La soberanía
nacional reside esencial y originariamente en el pueblo.
LEYES DERIVADAS DE LA CONSTITUCIÓN :
Leyes Orgánicas:
Según el artículo 203 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, son las que así
denomina esta Constitución; las que se dicten para organizar los poderes públicos o para desarrollar los
derechos constitucionales y las que sirvan de marco normativo a otras leyes.
Leyes Generales:
Instrumentos Jurídicos de rango legal, sancionado por el órgano representativo de la rama legislativa
del Poder Público Nacional Asamblea Nacional.
Códigos:
Son las leyes que reúnan sistemáticamente las normas relativas a una determinada materia.
Tratado Internacional:
Es un instrumento jurídico reconocido entre países internacionales.
Ley Aprobatoria:
Es el permiso que da la Asamblea Nacional, para que el Ejecutivo apruebe un Tratado Internacional,
empréstitos, créditos adicionales (Nº 18 Art. 186 de la CRBV).
Leyes Habilitantes:
Es cuando la Asamblea Nacional delega sus actividades de creación y aprobación de leyes al
Ejecutivo Nacional. (Art.203 CRBV) No puede ser ultra anual
Constituciones Estadales:
Son aquellas que hacen referencia a los poderes públicos Estadales.
Leyes Estadales:
Tienen preferencia sobre la Ley Nacional, salvo cuando no tienen carácter privativo(es decir que
colidan con la ley nacional) (Art. 162 y 164 de la CRBV)
Ordenanzas Municipales:
Son los actos sancionados por las cámaras municipales o cabildos, cuya aplicación son para regular
las actividades del municipio.
Decretos Leyes:
Actos administrativos dictados por la rama ejecutiva del Poder nacional Presidente de la República.
Ley de Presupuestos:
Se encuentra desarrollada en el Art. 187 nº 6 de la CRBV
Leyes de Base:
Son aquellas que establecen los postulados fundamentales para la regulación de una materia o
institución determinada.
Leyes de Desarrollo:
Son leyes que establecen los planes de orientación y planificación territorial. Desarrollan el contenido
de las leyes de Base
NIVEL SUB-LEGAL:
Reglamentos:
Actos administrativos de efectos generales emanados por el órgano representativo de la rama
ejecutiva de cualquiera de los Poderes Públicos (Nacional, Estadal, Municipal) en ejercicio de su
competencia y cuya finalidad es de desarrollar los contenidos expresos en la ley sin alterar el espíritu,
propósito y razón del legislador venezolano. (Art. 236 nº 10 de la CRBV). El ejecutivo no puede
reglamentar contrariando los preceptos de rango legal.
Reglamentos Autónomos:
Son actos administrativos de efectos generales que pueden ser emanados tanto por el ejecutivo y
legislativo y cuya finalidad es la de regular las materias que tengan un vacío de ley. Ej. Reglamento de
Interior y de Debates de la Asamblea Nacional
Decretos ejecutivos:
Son actos administrativos de efectos generales dictados por los entes ejecutivos de cualquiera de las
ramas del Poder Público, en atribución de sus facultades legales. Ejemplos: Decretos de salario mínimo,
Días de Duelo y Fiesta Nacional, Aumento del Pasaje, Decreto sobre la creación de Ministerios.
Acuerdos:
Actos administrativos de efecto particular, emanados del órgano representativo de la rama
Legislativa del Poder Público (Nacional, Estadal, Municipal) en el ejercicio de sus competencias.
Ejemplo: Condecoraciones
Resoluciones:
Actos Administrativos de efectos particulares, emanados del órgano representativo de la rama
Ejecutiva del Poder Público Nacional en el ejercicio de sus competencias. Ejemplo: Designación de
Ministros, Ascensos de Coronel en adelante (Ejército).
Órdenes e Instrucciones:
En su esencia es lo mismo, aunque algunos doctrinarios afirman que la principal diferencia radica en
el medio por la cual se imparte (la orden es escrita y la instrucción es verbal).
Contratos:
(Art. 1133 de Código Civil). Es un convenio celebrado entre dos o más personas que permite
constituir, reglar, modificar o transmitir entre ellos un vínculo legal. Siempre tiene aplicación preferente
a la Ley, nunca pueden violar el contenido de la misma.
Algunos tipos de Contrato:
Contrato Colectivo-
Individual, Contrato Verbal o Escrito y el Contrato Determinado oIndeterminado.
Sentencia:
Es el acto concreto de la Ley. Es donde se carnifica la misma. Emana de los órganos jurisdiccionales
correspondiente
CONCLUSIÓN
La Constitución de La República Bolivariana de Venezuela, fue impulsada por el Comandante Hugo
Chávez, recibiendo un gran respaldo de diversos sectores y el rechazo de los partidos tradicionales. El
Presidente Chávez y sus seguidores la llaman la "Constitución Bolivariana", por inspirarse en los ideales
de Simón Bolívar y su ideología el Bolivarianismo, además establece el inicio de Quinta República de
Venezuela. Se compone de un Preámbulo, 350 artículos, divididos en 9 Títulos, Capítulos, las
Disposiciones Derogatorias, Transitorias y Finales. El primer título (artículos 1º a 9º), establece el
cambio de nombre del país de "República de Venezuela" a "República Bolivariana de Venezuela"
demás una serie de principios elementales de un Estado de derecho. Este título resume la filosofía
política de la Constitución, en cuanto toca a la relación del hombre con el poder. Así, establece, por
ejemplo que las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos, y reconoce la importancia de la
justicia social y del respeto a los derechos fundamentales. Contiene diversos principios inspiradores de
la organización política del Estado: soberanía nacional, democracia participativa, forma federal
descentralizada, etc. El valor jurídico de la Constitución es regulado por ella misma: se trata de una
norma, por consiguiente su observancia es obligatoria para toda persona, institución o grupo, y
evidentemente también para todos los órganos del Estado. El principio de respeto al Estado de derecho
se completa mediante los principios de legalidad, los símbolos de la patria y los idiomas oficiales.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela prevé dos clases de interpretación
constitucional. La primera está vinculada con el control difuso de la constitucionalidad de las leyes y de
todos los actos realizados en ejecución directa de la Constitución; y la segunda, con el control
concentrado de dicha constitucionalidad. En el artículo 334 de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela impone a todos los jueces la obligación de asegurar la integridad de la
Constitución.
BIBLIOGRAFÍA
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1.999)-Caracas-Venezuela.
Aporrea - Blog de Opinión El Jurísta - Blog de Opinión.