la biblia del adr. breve introducción a las mercancías ... · del año 2015 podrá usarse el adr...
TRANSCRIPT
seguridadpublica.es http://www.seguridadpublica.es/2014/10/la-biblia-del-adr-mercancias-peligrosas/
21 octubre,2014
La biblia del ADR. Breve introducción a las mercancías Peligrosas. Baremosancionador.
Mucha gente desconoce en amplitud todo lo relacionado a mercancias peligrosas. Esto requeriría por su parte mucha formación e información,no obstante vamos a hacer una pequeña introdución a las mismas.
Cierto es que puede parecer un tema engorroso por la densidad del mismo, pero es de gran importancia conocer como se desenvuelve todoello en nuestro país, según los acuerdos con otros paises, aunque las infracciones vienen modificadas y reguladas en nuestra propialegislación.
Las mercancías peligrosas es algo que cambia constantemente, en mayor o menor medida , para ser exactos cada dos años tendremos unnuevo modelo de ADR que deberemos conocer de su existencia porque será nuestra biblia en esta materia. En él se establecerá todo lorelacionado a las mercancías peligrosas, cuales son, como transportarlas, cantidades máximas, causas de exención, etiquetas o marcas. A suvez la ley puede sufrir modificaciones paralelamente.
Por ejemplo, que un vehículo lleve mercancías peligrosas no significa que deba llevar etiquetas o placa naranja obligatoriamente en elmismo. Aunque pueda sonar extraño, hay que hacer mención que el ADR establece exención según la carga y el material que se transporta.Valga por tanto esto de ejemplo, para entender que todo esta regulado dentro del ADR y por tanto es importante al menos, conocer dondebuscarlo.
Actualmente esta disponible el ADR 2013 que puede descargarse desde la página del Ministerio de Fomento aquí.
El próximo ADR estará en vigor en el año 2015 y será obligatorio a mediados del año, mientras tanto durante el primer semestredel año 2015 podrá usarse el ADR 2013 o 2015 pero no de forma mixta.
Usted no esta registrado en seguridadpublica.es por lo tanto no puede descargarlo desde nuestros servidores. Puede hacer un registroprimero.
El ADR se divide en dos partes, Anejo A y Anejo B . El primero es el más entenso y denso y consta de 7 capítulos, por su parte el Anejo Bconsta de solamente 2 capítulos.
La estructura para buscar en el ADR es sencilla, veremos una sucesión de números por ejemplo 9.1.1.2, esto hace mención al capitulo 9punto 1, apartado 1 y subapartado 2. Podemos denominarlo como queramos pero su estructura permite una búsqueda más rápida sobretodo si tenemos en cuenta que el ADR consta de más de 1.000 páginas. Además el propio ADR nos obligará a tener que buscar algo según sunumeración (referencias de búsqueda).
Vamos a ver ahora como buscar las referencias en la tabla de mercancías peligrosas que incluye el ADR.
Interpretando esta tabla:
Punto (1), indica 2059 que hace mención al número ONU que tiene asociado ese material.
Punto (2), nos da su nombre y descripción en referencia a su código.
Punto (3a), indica su clase, en este caso 3. Nos referencia 2.2 por tipo de material o sustancia. Esto es capítulo 2 y apartado 2.
Punto (3b), refiere a su código de clasificación, que sería D.
Punto (4), el grupo de embalaje. El grupo de embalaje es I, pero no hace referencia a 2.1.1.3, es decir capítulo 2, y apartado 1.1.3, queindica textualmente “Grupo de embalaje I: Materias muy peligrosas, Grupo de embalaje II: Materias medianamente peligrosas y Grupo deembalaje III: MAterias que presentan un grado menor de peligrosidad”.
Punto (5) en cuanto a sus etiquetas, según el 5.2.2.
Es decir, cada sustancia tendrá su número, su clase, su embalaje, sus etiquetas y así hasta la columna (20), todo según lo contenido en elADR. Por lo tanto, si conocemos el código del producto sabremos todo del material.
*También puede verse una tabla organizada por orden alfabético de materiales y objetos descargarla aquí, que viene incluida en el propioADR.
Las mercancías peligrosas, como se ha comentado, son una materia muy densa , por ello es vital conocer lo básico y ayudarse con elADR para poder completar la información, de lo contrario sería imposible adentrarse en la misma. No por ello hay que tener miedo y máximocuando las posibles denuncias que se efectúen no tienen que hacerse en el momento, es de vital importancia fotografíarlo todo, estudiarlo concalma y luego dar cuenta de la posible infracción.
Vamos ahora a hacer un repaso a las estiquetas existentes.
Aquí se puede ver en la página exacta del ADR 2013 donde se encuentran estas etiquetas.
Ahora veremos el panel que debe ir en los vehículos que transporten mercancías peligrosas sin encontrarse en causa de exención.
Esta información en la página 770 del ADR 2013.
En cuanto a marcas (que no etiquetas) son informativas a la vez que hacen mención a una obligación. Por ejemplo, para aquellas sustanciasllevadas en caliente esta marca indica que cuanto no exista el calor en la misma, dejará de ser considerada mercancía peligrosa. Pero haymuchas más marcas que debemos al menos conocer.
Por su parte las instrucciones escritas según en el ADR son obligatorias y deben estar al alcance de la mano para todos los conductores delo contrario podrían conllevar una denuncia. Son iguales para todos los conductores, esto significa que se han unificado. Pueden verse eimprimirse en las páginas 786 a 790.
A cuadro de resumen de etiquetas y marcas.
Todo ello debe ser tenido al menos en cuenta en casos de investigación de accidentes donde existan vehículos que transporten mercanciaspeligrosas.
Debe extremarse mucho la precaución con este tipo de accidentes, por tanto es importante conocer la mercancía que transporta antes deaproximarse, y en base a ello acordonar la zona a una distancia prudencial.
Desde la propia página del Ministerio de Fomento podemos ver la descripción de la figura del Consejero de Seguridad.
A través de la Directiva 96/35/CE del Consejo de 3 de junio de 1996, relativa a la designación y a la cualificación profesional de Consejeros deSeguridad para el transporte por carretera, por ferrocarril o por vía navegable de mercancías peligrosas, los Estados Miembros, concienciadoscon el aumento de transporte de mercancías peligrosas y la necesidad de establecer medidas que potenciara la seguridad de éstos, acordaronla creación de la figura de un experto en el ámbito del transporte de estas materias.
Como Estado Miembro, existe la obligación de transponer la citada Directiva al ámbito nacional, para el transporte por carretera, este procesose realizó mediante el Real Decreto 97/2014 de 14 de febrero , (BOE del 27.02.14) que regula la obligatoriedad de disponer del citadoConsejero y para el transporte por ferrocarril o por via navegable, este proceso se realizó mediante el Real Decreto 1566/1999 de 8 de octubre ,y la Orden FOM/605/2004 de 27 de febrero del Ministerio de Fomento (BOE del 09.03.04) que desarrolla los exámenes para acceder a dichaTitulación.
Existen cinco especialidades diferentes de Consejero de Seguridad para el transporte por carretera:
Clase 1: “Explosivos”
Clase 2: “Gases”
Clase 7: “Radiactivos”
Productos petrolíferos: “UN 1202 – gasóleo, UN 1203 – gasolina, UN 1223 – queroseno, UN 3475 – mezcla de etanol y gasolina omezcla de etanol y combustible para motores, y el combustible de aviación clasificado en los Nº UN 1268 o UN 1863
Resto de las materias incluidas en las clases: 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, 5.2, 6.1, 6.2, 8 y 9
El texto de esta Directiva fue asumido por el ADR/RID en su versión correspondiente al año 2001.
Nombramiento de los consejeros de seguridad
Las empresas deberán comunicar a la Comunidad Autónoma, donde radique el domicilio fiscal de la empresa, quién es su consejero deseguridad, así como cualquier modificación que exista. (Comunicación del nombramiento del Consejero de Seguridad, anejo 3 del RD97/2014).
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 38 del Real Decreto 97/2014, en el caso de operaciones de descarga en instalaciones agrícolaspodrá pactarse la realización de estas operaciones bajo la responsabilidad de otra figura que no sea el receptor de la mercancía. El pacto secomunicará a los órganos competentes de las Comunidades Autónomas o de las Ciudades de Ceuta y Melilla donde radiquen los domiciliosfiscales de las empresas que derivan y que asumen la responsabilidad en las maniobra de carga o descarga. (Comunicación de Asunción deResponsabilidad, anejo 4 del RD 97/2014).
Partes de accidentes
En caso de accidente durante el transporte de mercancías peligrosas por carretera o en las operaciones de carga y descarga de la mercancía,cuando concurran alguna de las circunstancias establecidas, los Consejeros de Seguridad deberán redactar un un informe de sucesos, tal ycomo se establece en la apartado 1.8.5 del ADR en vigor, que deberá ser comunicado a la Dirección General de Transporte Terrestre y alórgano competente de la Comunidad Autónoma del ámbito territorial en el que se ha producido el accidente, en un plazo máximo de 30 días.Lista de direcciones.
Aspectos importantes a tener en cuenta
No existen requisitos mínimos para los aspirantes, esto es, no será necesario estar en posesión de titulación alguna o experiencia previa en elsector.
Éstas son las recomendaciones que desde este Ministerio se hacen para que la profesión de consejero de seguridad se ejerza conresponsabilidad: Código de buenas prácticas del consejero de seguridad .
Baremo sancionador puede descargar en PDF
COD. CONCEPTO NORMASINFRINGIDAS
NORMASANCIONAD.
NT. P.SANCIÓNADOR
CUANTÍA DE LA SANCIÓN
GA DOCUMENTACIÓN
GA01 De carácter muygrave
GA01.01 Carecer delcertificado deaprobación delvehículo para eltransporte a realizar;llevarlo caducado, ollevar uno distinto alexigidoreglamentariamente.
Art. 8.1.2 ADRArt. 9.1.3 ADR
Art. 140.15.3LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Transportista y cargador
GA01.02 Transporte demercancíaspeligrosas sin indicaren la carta de porteel nº ONU, ladesignación oficialdel transporte, elgrupo de embalajey/o algunainformaciónrelevante.
Art. 5.4.1.1.1ADR
Art.140.15.13LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4.001 € Cargador o expedidor, según el caso
GA01.03 Transporte demercancías de laclase 1 en el que lacarta de porte noindica la masa netatotal del contenido demateria explosiva.
Art. 5.4.1.2.1ADR
Art.140.15.13LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4.001 €Cargador o expedidor, según el caso
GA01.04 Transporte demercancías en unaunidad de transportesometida afumigación (UN3359), sin recoger lacarta de porte lasmenciones del 5.5.2del ADR.
Art. 5.5.2 ADR Art.140.15.13LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Cargador o expedidor,
GA01.05 Los documentos,relacionados con eltransporte devehículos ocontenedores quehan sido sometidos arefrigeración oacondicionamiento yque no han sidocompletamenteventilados antes deltransporte, carecende las indicacionesdel ADR 5.5.3.7.
Art. 5.5.3 ADR Art.140.15.13LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Cargador o expedidor, según el caso
GA01.06 Transporte demercancíaspeligrosas con unacarta de porte en laque la informaciónque permitadeterminar si existeninfracciones muygraves es ilegible.
Art. 5.4.1.1.2ADR
Art.140.15.13LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Cargador o expedidor, según el caso
GA01.07 Transporte demercancíaspeligrosas sin lacarta de portepreceptiva para lasmercancíaspeligrosastransportadas.
Art. 5.4.1 ADRArt. 8.1.2.1 a)ADR
Art. 140.15.8LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Transportista y cargador o expedidor, ensu caso
GA01.08 Transporte demercancíaspeligrosas sinidentificar la/smercancía/speligrosa/stransportada/s enla/s carta/s de porte
Art. 5.4.1 ADRArt. 8.1.2 ADR
Art. 140.15.8LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Transportista y cargador o expedidor, ensu caso
GA01.09 Transporte demercancíaspeligrosas al amparode las derogacionestemporales del ADRsin llevar losdocumentos relativosa las mismas en elvehículo.
Art. 1.5 ADRArt. 7 RealDecreto97/2014
Art. 140.15.8LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Transportista y cargador o expedidor, ensu caso
GA01.10 Transportarmercancíaspeligrosascareciendo delpermiso, autorizaciónespecial oautorización previaque, en su caso, seanecesario oincumpliendo lascondicionesseñaladas en ellos.
Art. 7 RealDecreto97/2014 Art.4.3 ADR Art.1.5 ADRPartes 4 y 5ADR
Art. 140.15.9LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Transportista y cargador o expedidor, ensu caso
GA01.11 Transporte demercancíaspeligrosas de laclase 7 sin que elexpedidor haya unidoa la carta de porteuna declaraciónrelativa a lasmedidas que eltransportista tengaque tomar, en sucaso.
Art.5.4.1.2.5.2ADR
Art. 140.15.8LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Transportista y cargador o expedidor, ensu caso
GA01.12 Transporte demercancíaspeligrosas sin elcorrespondientecertificado dearrumazón (estiba)del cargamento delvehículo ocontenedor cuandoel transporte precedea un recorridomarítimo.
Art. 5.4.2 ADR Art. 140.15.8LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Transportista y cargador o expedidor, ensu caso
GA02 De carácter grave
GA02.01 Transporte demercancíaspeligrosas sin lasinstruccionesescritas para caso deaccidente, deconformidad con elADR.
Art. 5.4.3 ADRArt. 8.1.2.1ADR
Art. 141.5.1LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801€ Transportista
GA02.02 Transporte demercancíaspeligrosas con lasinstruccionesescritas redactadasen el/los idioma/sincorrecto/s.
Art. 5.4.3.2ADR D.A.1ªReal Decreto97/2014
Art. 141.5.1LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801€ Transportista
GA02.03 Las instruccionesescritas del ADR nose llevan al alcancede la mano en lacabina del vehículo.
Art. 5.4.3.1ADR
Art. 141.5.1LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801 € Transportista
GA02.04 Carecer delcertificado delimpieza de lacisterna, en loscasos que seanecesario.
Art. 31 RealDecreto97/2014 Art.35 RealDecreto97/2014
Art. 141.5.8LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801€ Transportista, cargador o descargador ensu caso
GA02.05 Transporte demercancíaspeligrosas en el quela carta de portepresenta la carenciao el uso incorrectodel número y ladescripción de losbultos, cuando seaaplicable.
Art. 5.4.1.1.1e) ADR
Art. 141.5.11LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801€ Cargador o expedidor, según el caso
GA02.06 Transporte demercancíaspeligrosas sin incluirel grado de llenadode la cisterna en lacarta de porte
Art. 32 RealDecreto97/2014
Art. 141.5.11LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801€ Cargador o expedidor, según el caso
GA02.07 Transporte demercancíaspeligrosas sin indicaren la carta de portelos medios deretención, vacíos, sinlimpiar
Art. 5.4.1.1.6ADR
Art. 141.5.11LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801€ Cargador o expedidor, según el caso
GA02.08 Transporte demercancíaspeligrosas con unacarta de porte en laque no se indica elnombre y la direccióndel o de losexpedidor/es.
Art. 5.4.1.1.1g) ADR
Art. 141.5.11LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801€ Cargador o expedidor, según el caso
GA02.09 Transporte demercancíaspeligrosas con unacarta de porte en laque no se indica elnombre y la direccióndel o de losdestinatario/s.
Art. 5.4.1.1.1h) ADR
Art. 141.5.11LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801€ Cargador o expedidor, según el caso
GA02.10 Transporte demercancíaspeligrosas con unacarta de porte noredactada en el/losidioma/s correcto/s.
Art. 5.4.1.4ADR D.A.1ªReal Decreto97/2014
Art. 141.5.11LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801€ Cargador o expedidor, según el caso
GA02.11 Transporte demercancíaspeligrosas sin que enla carta de portefigure la mención deformar parte de unacadena de transporteque incluya unrecorrido marítimo oaéreo en su caso
Art. 5.4.1.1.7ADR
Art. 141.5.11LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801€ Cargador o expedidor, según el caso
GA02.12 Transporte demercancíaspeligrosas con laausencia de lainformación relativa adisposicionesparticulares,especiales oadicionales en lacarta de porte.
Art. 5.4.1 ADR Art. 141.5.11LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801 € Cargador o expedidor, según el caso
GA02.13 Transporte demercancíaspeligrosas en el quelos documentos detransporte nocontienen lacorrespondienteinformación correcta(diferente de lasanteriores).
Art. 5.4.1 ADR Art. 141.5.11LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801€ Cargador o expedidor, según el caso
GA02.14 No consevar unacopia de la carta deporte o deldocumento decontrol, a disposiciónde la Inspección delTransporte Terrestre,durante un año.
OrdenFOM/238/03OrdenFOM/2861/12
Art. 141.17LOTT
G Art. 143.1.d)LOTT
401€ Expedidor y transportista, y en su caso eloperador de transporte.
GA03 De carácter leve
GA03.01 No llevar a bordo delvehículo losdocumentosobligatorios relativosal mismoposeyéndolos
Art. 8.1.2 ADR Art. 142.7.1LOTT
L Art. 143.1.c)LOTT
301 € Transportista
GA03.02 No llevar a bordo delvehículo undocumento deidentificación confotografía por cadamiembro de latripulación, cuandosea exigible.
Art. 8.1.2 ADR Art. 142.7.3LOTT
L Art. 143.1.c)LOTT
301 € Transportista
GA03.03 Transporte demercancíaspeligrosas quepresenta uncertificado dearrumazón delcontenedor/vehículoque no estáredactado conformea la sección 5.4.2 delcódigo IMDG cuandoel transporte precedea un recorridomarítimo.
Art. 5.4.2 ADR Art. 142.7.5LOTT
L Art. 143.1.c)LOTT
301€ Cargador o expedidor, según el caso
GB SEÑALIZACIÓN YETIQUETAS
GB01 De carácter muygrave
GB01.01 Transporte demercancíaspeligrosas utilizandobultos (envases,embalajes,recipientes apresión, GRG,grandes embalajes)sin las marcasprescritas en el ADRparte 6.
Art. 6.1.3 ADRArt. 6.2.2.7ADR Art.6.2.2.8 ADRArt. 6.2.2.9ADR Art.6.2.3.9 ADRArt. 6.2.3.10ADR Art. 6.3.4ADR Art. 6.4ADR Art. 6.5.2ADR Art.6.5.4.5.3 ADRArt. 6.6.3 ADR
Art. 140.15.5LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4.001 € Transportista y cargador
GB01.02 Transporte demercancíaspeligrosas utilizandocisternas portátiles,CGEM, cisternasfijas (vehículoscisterna), cisternasdesmontables,contenedorescisterna, cajasmóviles cisterna,vehículos batería,cisternas de materialplástico reforzadocon fibras, cisternasde residuos queopera al vacío oMEMU que carezcandel marcadoprescrito en el ADRParte 6 o decualquier otraseñalización o marcaexigible, así comollevarlos ilegibles.
Art. 6.7.2.20ADR Art.6.7.3.16 ADRArt. 6.7.4.15ADR Art.6.7.5.13 ADRArt. 6.8.2.5ADR Art.6.8.3.5 ADRArt. 6.8.4 e)ADR Art. 6.9.6ADR
Art. 140.15.5LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4.001 € Transportista y cargador
GB01.03 Transporte demercancíaspeligrosas utilizandovehículos, depósitoso contenedores paragranel que carezcandel marcadoprescrito en el ADRParte 6 o decualquier otraseñalización o marcaexigible, así comollevarlos ilegibles.
Art. 6.11.3.4ADR
Art. 140.15.5LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Transportista y cargador
GB01.04 Transporte demercancíaspeligrosas utilizandobultos sin las marcasy etiquetas prescritospor el ADR Parte 5.
Tabla A ADRArt. 3.4 ADRArt. 3.5 ADRParte 4 ADRArt. 5.1 ADRArt. 5.2 ADRArt. 5.5 ADR
Art. 140.15.5LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Transportista y cargador
GB01.05 Transporte demercancíaspeligrosas utilizandosobreembalajes sinlas marcas y/oetiquetas prescritasen el ADR, cuandosea exigible.
Tabla A ADRArt. 5.1.2 ADR
Art. 140.15.5LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Transportista y cargador
GB01.06 Transporte demercancíaspeligrosas utilizandocisternas portátiles,CGEM, cisternasfijas (vehículoscisterna), cisternasdesmontables,contenedorescisterna, cajasmóviles cisterna,vehículos batería,MEMU, vehículos,contenedores ocontenedores paragranel que carezcande placas-etiquetas,etiquetas o decualquier otraseñalización o marcaexigible, así comollevarlos ilegibles.
Tabla A ADRParte 5 ADR
Art. 140.15.5LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Transportista y cargador
GB01.07 Transporte demercancíaspeligrosas utilizandocisternas portátiles,CGEM, cisternasfijas (vehículoscisterna), cisternasdesmontables,contenedorescisterna, cajasmóviles cisterna,vehículos batería,MEMU, vehículos,contenedores ocontenedores paragranel que carezcande paneles naranja,así como llevarlosilegibles.
Tabla A ADRParte 5 ADR
Art. 140.15.5LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Transportista y cargador
GB01.08 Transporte demercancíaspeligrosas utilizandovehículos,contenedores odepósitos careciendode la marca para lasmateriastransportadas encaliente cuando seaaplicable, así comollevarla ilegible.
Art. 5.3.3 ADR Art. 140.15.5LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Transportista y cargador
GB01.09 Transportarmercancíaspeligrosas utilizandovehículos,contenedores odepósitos careciendode la marca desustanciaspeligrosas para elmedio ambientecuando seaaplicable, así comollevarla ilegible.
Art. 5.3.6 ADR Art. 140.15.5LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Transportista y cargador
GB01.10 Transporte demercancíasutilizando una unidadde transportesometida afumigación (UN3359), sin la marcade advertenciadescrita en el ADRParte 5.
Art. 5.5.2 ADR Art. 140.15.5LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Transportista y cargador
GB01.11 Transportarmercancíaspeligrosas utilizandovehículos ocontenedorescareciendo de lamarca deadvertencia paramaterias quepresentan un riesgode asfixia cuando seusan para fines derefrigeración oacondicionamiento,cuando seaaplicable, así comollevarla ilegible.
Art. 5.5.3 ADR Art. 140.15.5LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Transportista y cargador
GB01.12 Transporte demercancíaspeligrosas utilizandocisternas portátiles,CGEM, cisternasfijas (vehículoscisterna), cisternasdesmontables,contenedorescisterna, cajasmóviles cisterna,vehículos batería,MEMU, vehículos,contenedores ocontenedores paragranel con placas-etiquetas, etiquetaso cualquier otraseñalización o marcaexigible noadecuadas a lamercancíatransportada.
Tabla A ADRParte 3 ADRParte 5 ADR
Art.140.15.15LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Cargador o expedidor, según el caso
GB01.13 Transporte demercancíaspeligrosas utilizandocisternas portátiles,CGEM, cisternasfijas (vehículoscisterna), cisternasdesmontables,contenedorescisterna, cajasmóviles cisterna,vehículos batería,MEMU, vehículos,contenedores ocontenedores paragranel con panelesnaranja noadecuados a lamercancíatransportada.
Tabla A ADRParte 5 ADR
Art.140.15.15LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Cargador o expedidor, según el caso
GB01.14 Transportarmercancíaspeligrosas, sin laseñalización relativaa las cantidadeslimitadas en lasunidades detransporte.
Tabla A Col.(7a) ADR Art.3.4 ADR
Art. 140.15.5LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Transportista y cargador
GB01.15 No identificar eltransporte demercancíaspeligrosas en elexterior del vehículo.
Parte 3 ADRParte 5 ADRParte 7 ADR
Art. 140.15.11LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Pérdida de honorabilidad del gestor de laempresa Transportista y cargador o expedidor,en su caso
GB02 De carácter grave
GB02.01 Transporte demercancíaspeligrosas en bultosetiquetados omarcadosinadecuadamente.
Tabla A ADRParte 3 ADRParte 4 ADRParte 5 ADR
Art. 141.5.12LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801€ Cargador o expedidor, según el caso
GB03 De carácter leve
GB03.01 Utilizar paneles,placas-etiquetas,etiquetas, placas,marcas, letras,figuras o símboloscuyo tamaño no seajuste al exigido.
Parte 3 ADRParte 4 ADRParte 5 ADRParte 6 ADR
Art. 142.7.2LOTT
L Art. 143.1.c)LOTT
301€ Transportista
GC CONDICIONESTÉCNICAS DE LOSVEHÍCULOS
GC01 De carácter muygrave
GC01.01 Transporte demercancíaspeligrosas utilizandocisternas, CGEM,vehículos,contenedorescisterna, cajasmóviles cisterna oMEMU quepresenten fugas.
4.2 a 4.7 ADR Art. 140.15.2LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Transportista y cargador
GC01.02 El vehículo, cisterna,CGEM, vehículobatería, MEMU ocontenedor utilizadopara el transporte demercancíaspeligrosas no cumplecon el estándar deaprobación ypresenta un peligroinmediato.
6.7 a 6.12ADR Art. 9.1ADR
Art.140.15.18LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Pérdida de honorabilidad del gestor de laempresa Cargador o expedidor, según el caso
GC01.03 Transporte demercancíaspeligrosas a granelen unvehículo/contenedorque no esestructuralmenteadecuado.
Art. 6.11 ADR Art.140.15.18LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Pérdida de honorabilidad del gestor de laempresa Cargador o expedidor, según el caso
GC01.04 El vehículo, cisterna,CGEM, vehículobatería, MEMU ocontenedor utilizadopara el transporte demercancíaspeligrosas estádañado y presentaun peligro inmediato.
6.7 a 6.12ADR 4.2 a 4.7ADR Art. 9ADR
Art.140.15.18LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Pérdida de honorabilidad del gestor de laempresa Cargador o expedidor, según el caso
GC02 De carácter grave
GC02.01 Carecer de losextintores queresulten obligatoriosen función delvehículo o la cargatransportada, odisponer de unoscuya correctautilización no estégarantizada.
Art. 8.1.4 ADR Art. 141.5.3LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801€ Transportista
GC02.02 Los extintores deincendios no hanpasado la inspecciónperiódica.
Art. 8.1.4.4ADR
Art. 141.5.3LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801€ Transportista
GC02.03 Los extintores deincendios portátilesconforme al ADR novan provistos de unprecinto que permitacomprobar que nohan sido utilizados.
Art. 8.1.4.4ADR
Art. 141.5.3LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801€ Transportista
GC02.04 La instalación de losextintores deincendios no losprotege de losefectos climáticos, demodo que suscapacidadesoperacionales sepueden verafectadas.
Art. 8.1.4.5ADR
Art. 141.5.3LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801€ Transportista
GC02.05 Transportarmercancíaspeligrosasincumpliendo lodispuesto en lasnormas de aplicaciónacerca delequipamiento delvehículo o de losmiembros de latripulación.
Art. 5.4.3 ADRArt. 8.1 ADR
Art. 141.5.2LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801€ Transportista
GC02.06 La unidad detransporte no tiene abordo una máscarade evacuación deemergencia por cadamiembro de latripulación, cuandosea aplicable.
Art. 5.4.3 ADRArt. 8.1.5 ADR
Art. 141.5.2LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801€ Transportista
GC02.07 Utilizar bultos en eltransporte que noestén correctamentecerrados.
Art. 4.1 ADR Art. 141.5.6LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801 € Transportista y cargador
GC02.08 Transporte demercancíaspeligrosas encisternas, CGEM,vehículos,contenedorescisterna, cajasmóviles cisterna oMEMU que no esténcorrectamentecerrados (incluidoslos vacíos y sucios),que permita que elcontenido sederrame al exteriorde maneraincontrolada.
4.2 a 4.7 ADR Art. 141.5.6LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801€ Transportista y cargador
GC02.09 El vehículo, lacisterna, el CGEM, laMEMU o elcontenedor ya nocumple las normasde homologación obien está dañado,pero no crea unpeligro inmediato.
4.2 a 4.7 ADR6.7 a 6.12ADR Art. 9.1ADR
Art. 141.5.10LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801€ Cargador
GD CONDICIONES DELTRANSPORTE
GD01 De carácter muygrave
GD01.01 Transporte demercancíaspeligrosas prohibidaspara el transporte enel ADR.
Tablas A y BADR Art. 2.2ADR
Art. 140.15.6LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Pérdida de honorabilidad del gestor de laempresa Transportista y cargador o expedidor,en su caso
GD01.02 Transporte demercancíaspeligrosas realizadoen bultos sin estarpermitido por el ADR.
Tabla A Col.(8) ADR
Art. 140.15.9LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4.001 € Pérdida de honorabilidad del gestor dela empresa Transportista y cargador oexpedidor, en su caso
GD01.03 Transporte demercancíaspeligrosas realizadoen cisternas, CGEM,vehículos,contenedorescisterna, cajasmóviles cisterna oMEMU sin estarpermitido por el ADR.
Tabla A ADR4.2 a 4.7 ADR
Art. 140.15.9LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Pérdida de honorabilidad del gestor de laempresa Transportista y cargador o expedidor,en su caso
GD01.04 Transporte demercancíaspeligrosas realizadoa granel sin estarpermitido por el ADR.
Tabla A Col.(10) y (17)ADR Art. 6.11ADR
Art. 140.15.4LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Transportista y cargador
GD01.05 Transporte demercancíaspeligrosas realizadoen una cisterna ovehículo noautorizado para lasmismas.
Tabla A Col.(10) y (12)ADR 4.2 a 4.7ADR
Art. 140.15.7LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Pérdida de honorabilidad del gestor de laempresa Transportista y cargador o expedidor,en su caso
GD01.06 Transporte demercancíaspeligrosas a granelen un contenedor ovehículo noautorizado para lasmismas.
Tabla A Col.(10) y (17)ADR Art. 6.11ADR Art. 7.3ADR
Art. 140.15.7LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Pérdida de honorabilidad del gestor de laempresa Transportista y cargador o expedidor,en su caso
GD01.07 Transporte demercancíaspeligrosas enenvases, embalajes,GRG, grandesembalajes orecipientes a presiónno autorizados parala mercancíapeligrosatransportada.
Tabla A Col.(8) ADR Art.4.1 ADR
Art. 140.15.7LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Pérdida de honorabilidad del gestor de laempresa Transportista y cargador o expedidor,en su caso
GD01.08 Transporte demercancíaspeligrosas encisternas odepósitos,mercancías de laclase 1 o mercancíasa granel envehículos, cisternaso contenedores noautorizados para lamercancía peligrosatransportada.
Tabla A Col.(10) ADRTabla A Col.(12) ADRTabla A Col.(14) ADR Art.9.1 ADR
Art. 140.15.7LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Pérdida de honorabilidad del gestor de laempresa Transportista y cargador o expedidor,en su caso
GD01.09 Incumplir lasprohibiciones decargamento encomún en un mismovehículo. Así mismo,no respetar lascondiciones deaislamiento,protección osegregación de lacargareglamentariamenteestablecidas.
Art. 28 RealDecreto97/2014 Art.7.5.2 ADR
Art.140.15.17LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Cargador o expedidor, según el caso
GD01.10 Incumplir laslimitaciones de lascantidades atransportar.
Art. 28 RealDecreto97/2014 Art.1.1 ADR Parte3 ADR Parte 4ADR Art. 7.5.5ADR
Art.140.15.14LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Cargador o expedidor, según el caso
GD01.11 Incumplir lascondiciones exigidasen la excepción opermiso especial.
Art. 7 RealDecreto97/2014 Art.1.5 ADR
Art. 140.15.9LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Transportista y cargador o expedidor, ensu caso
GD01.12 Transportarmercancíaspeligrosascareciendo de laautorización previaque, en su caso, seanecesaria oincumpliendo lascondicionesseñaladas en ella.
Art. 7 RealDecreto97/2014 Art.5.1.5.4 ADR
Art. 140.15.9LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4.001 € Transportista y cargador o expedidor,en su caso
GD01.13 No informar de lainmovilización delvehículo en caso deaccidente o incidentegrave, o no adoptarmedidas deseguridad yprotección, exceptoen caso deimposibilidad.
Art. 20 RealDecreto97/2014
Art. 140.15.1LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Transportista
GD02 De carácter grave
GD02.01 Transportar bultos demercancíaspeligrosas en uncontenedor o grancontenedor que nosea estructuralmenteadecuado.
Art. 7.1.4 ADR Art. 141.5.7LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801€ Transportista y cargador
GE CARGA YDESCARGA
GE01 De carácter muygrave
GE01.01 Transporte demercancíaspeligrosas enenvases yembalajes, GRG,grandes embalajes orecipientes a presiónincumpliendo lasnormas sobre elgrado de llenado.
Art. 4.1 ADR6.1 a 6.6 ADR
Art.140.15.14LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4.001 € Cargador o expedidor, según el caso
GE01.02 Transporte demercancíaspeligrosas realizadoen cisternas, CGEM,vehículos,contenedorescisterna, cajasmóviles cisterna oMEMU incumpliendolas normas sobre elgrado de llenado.
Art. 32 RealDecreto97/2014 4.2 a4.7 ADR 6.7 a6.10 ADR Art.6.12 ADR
Art.140.15.14LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Cargador o expedidor, según el caso
GE01.03 Incumplir laprohibición de fumarespecíficamenteseñalada en lalegislación sobretransporte demercancíaspeligrosas.
Art. 7.5.9 ADRArt. 8.3.5 ADR
Art.140.15.10LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Transportista y cargador o expedidor, ensu caso
GE01.04 Utilizar fuego o lucesno protegidas, asícomo aparatos dealumbrado portátilescon superficiescapaces de producirchispas.
Art. 7.5.11ADR Art. 8.3.4ADR Art. 8.5ADR
Art.140.15.12LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Transportista, cargador y descargador
GE02 De carácter grave
GE02.01 Incumplir laobligación deconectar a tierra lamasa metálica delvehículo, cisterna odepósito durante lasmaniobras de cargao descarga, cuandoresulte exigible.
Art. 33 RealDecreto97/2014 Parte6 ADR Art.7.5.10 ADRArt. 8.5 ADR
Art. 141.5.13LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801€ Cargador o descargador
GE02.02 No realizar en lasplantas cargadoras odescargadoras lascomprobaciones quesean obligatoriasantes, durante odespúes de lacarga/descarga.
Capítulo VReal Decreto97/2014
Art. 141.5.14LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801€ Cargador o descargador
GF ENVASES YEMBALAJES
GF01 De carácter muygrave
GF01.01 Transporte demercancíaspeligrosas utilizandoenvases/embalajes,recipientes apresión, GRG ograndes embalajesno autorizados parala mercancía de quese trate.
Tabla A ADRArt. 3.4 ADRArt. 3.5 ADRArt. 4.1 ADR6.1 a 6.6 ADR
Art.140.15.18LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Pérdida de honorabilidad del gestor de laempresa Cargador o expedidor, según el caso
GF01.02 El envase/embalaje,recipiente a presión,GRG o granembalaje utilizado enel transporte demercancíaspeligrosas no cumplecon las disposicionesaplicables.
Art. 4.1 ADR6.1 a 6.6 ADR
Art.140.15.18LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Pérdida de honorabilidad del gestor de laempresa Cargador o expedidor, según el caso
GF01.03 El espacio vacío enlosenvases/embalajeses insuficiente parael transporte delíquidos.
Art. 4.1 ADR Art.140.15.14LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4.001 € Cargador o expedidor, según el caso
GF01.04 Transporte demercancíaspeligrosas en bultosque estánincorrectamenteembalados yaseguradosinteriomente.
Art. 4.1 ADR Art.140.15.18LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Pérdida de honorabilidad del gestor de laempresa Cargador o expedidor, según el caso
GF01.05 El envase interior esinsuficientementeresistente pararesistir la presióninterna de lamercancía o existeuna incorrectaválvula deaireación/respiración.
Art. 4.1 ADR Art.140.15.18LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Pérdida de honorabilidad del gestor de laempresa Cargador o expedidor, según el caso
GF01.06 Transporte demercancíaspeligrosas en bultosque están dañados ypresentan un peligroinmediato.
Art. 4.1 ADR Art.140.15.18LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Pérdida de honorabilidad del gestor de laempresa Cargador o expedidor, según el caso
GF01.07 Transporte demercancíaspeligrosas con fugade la mercancía enlos bultos.
Art. 4.1 ADR6.1 a 6.6 ADR
Art.140.15.18LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Pérdida de honorabilidad del gestor de laempresa Cargador o expedidor, según el caso
GF01.08 Transporte demercancíaspeligrosas en bultosconenvases/embalajes,recipientes apresión, GRG ograndes embalajesdeteriorados o vaciossin limpiar.
Art. 4.1 ADR Art.140.15.18LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Pérdida de honorabilidad del gestor de laempresa Cargador o expedidor, según el caso
GF01.09 Incumplir las normasde embalaje encomún en un mismobulto.
Art. 4.1.10ADR
Art.140.15.16LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Cargador o expedidor, según el caso
GF01.10 Transporte demercancíaspeligrosas usandoenvases/embalajes,recipientes apresión, GRG ograndes embalajesno homologados oque se encuentrengravementedeteriorados o quepresenten fugas oque carezcan dealguno de losrequisitos técnicosexigidos.
Art. 4.1 ADR6.1 a 6.6 ADR
Art.140.15.18LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Pérdida de honorabilidad del gestor de laempresa Cargador o expedidor, según el caso
GF02 De carácter grave
GF02.01 Transporte demercancíaspeligrosas en unembalaje combinadocon un embalajeexterior que no estáadecuadamentecerrado.
Art. 4.1 ADR Art. 141.5.6LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801€ Transportista y cargador
GF02.02 Incumplir lasdisposiciones sobrefechas de ensayo,Inspección y plazosde utilización deenvases, embalajes,recipientes apresión, GRG ygrandes embalajes.
Art. 4.1 ADR6.1 a 6.6 ADR
Art. 141.5.9LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801 € Cargador
GF02.03 Transporte demercancíaspeligrosas en bultosque están dañadospero no presentan unpeligro inmediato.
Art. 4.1 ADR Art. 141.5.10LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801€ Cargador
GG MERCANCÍASPELIGROSAS YVIAJEROS
GG02 De carácter Grave
GG02.01 Transportarmercancíaspeligrosas envehículos de viajerosen cantidades nopermitidas.
Art. 8.3.1 ADR Art. 141.5.5LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801€ Transportista
GG02.02 Transportar viajerosen unidades quetransportenmercancíaspeligrosas fuera delos supuestospermitidos.
Art. 8.3.1 ADR Art. 141.5.4LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801€ Transportista
GH OBLIGACIONES DELAS EMPRESAS ALAS QUE SE LESEXIGE TENERCONSEJERO DESEGURIDAD.
GH01 De carácter muygrave
GH01.01 Transportar, cargar odescargarmercancíaspeligrosas,careciendo deconsejero deseguridad o que esteno esté habilitadopara la materia oactividad de que setrate.
Art. 1 R.D.1566/99 Art.1.8.3 ADR
Art.140.15.19LOTT
MG Art. 143.1.i)LOTT
4001€ Empresas obligadas a tener consejerode seguridad
GH02 De carácter grave
GH02.01 Incumplir losconsejeros deseguridad lasobligaciones que lesatribuye sunormativa específica.
Art. 1.8.3 ADRR.D. 1566/99Real Decreto97/2014OrdenFOM/605/04OrdenFOM/2924/06
Art. 141.5.15LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801€ Empresas obligadas a tener consejero deseguridad
GH02.02 No remitir a lasautoridadescompetentes elinforme anual o lospartes de accidentes,cuando ello resulteobligatorio.
R.D. 1566/99Real Decreto97/2014 Art.1.8 ADR
Art. 141.5.16LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801€ Empresas obligadas a tener consejero deseguridad
GH02.03 No conservar laempresa los informesanuales durante elplazo legalmenteestablecido, nohabiéndose remitidoa los órganoscompetentes.
R.D. 1566/99Real Decreto97/2014 Art.1.8 ADR
Art. 141.5.17LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801€ Empresas obligadas a tener consejero deseguridad
GH02.04 No proporcionar alos trabajadores queintervienen en elmanejo demercancíaspeligrosas laformación adecuadapara prevenir riesgosocasionales.
Art. 1.3 ADR Art. 141.5.18LOTT
G Art. 143.1.f)LOTT
801€ Empresa de quien dependan lostrabajadores
GH03 De carácter leve
GH03.01 No incluir en losinformes anualesalguno de los datosexigibles por lanormativa.
OrdenFOM/2924/06
Art. 142.7.6LOTT
L Art. 143.1.c)LOTT
301 € Empresas obligadas a tener consejero deseguridad
GH03.02 No incluir en lospartes de accidentealguno de los datosexigibles por lanormativa vigente.
Art. 1.8.3 ADRArt. 1.8.5 ADR
Art. 142.7.6LOTT
L Art. 143.1.c)LOTT
301 € Empresas obligadas a tener consejero deseguridad
GH03.03 No comunicar a losórganoscompetentes laidentidad de losconsejeros deseguridad con quecuente la empresa ysus áreas deresponsabilidad,poseyéndolos.
Art. 9 R.D.1566/99
Art. 142.7.7LOTT
L Art. 143.1.c)LOTT
301 € Empresas obligadas a tener consejero deseguridad
GH03.04 No conservar lasempresas losinformes anualesdurante el plazoreglamentarioestablecido, siempreque se hubieranremitido a losórganoscompetentes.
Art. 9 R.D.1566/99 Art.1.8.3 ADR
Art. 142.7.8LOTT
L Art. 143.1.c)LOTT
301€ Empresas obligadas a tener consejero deseguridad
GH03.05 Remitir, fuera deplazo, a lasautoridadescompetentes, lospartes de accidentes.
Art. 8 R.D.1566/99 RealDecreto97/2014 Art.1.8.5 ADR
Art. 142.7.9LOTT
L Art. 143.1.c)LOTT
301€ Empresas obligadas a tener consejero deseguridad
GH03.06 Remitir, fuera deplazo, a lasautoridadescompetentes, elinforme anual.
Art. 9 R.D.1566/99 RealDecreto97/2014
Art. 142.7.9LOTT
L Art. 143.1.c)LOTT
301 € Empresas obligadas a tener consejero deseguridadhttp://www.seguridadpublica.es/pdf.jpg