la aplicación del polígrafo en la Órbita de las relaciones laborales
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7/25/2019 La Aplicacin Del Polgrafo en La rbita de Las Relaciones Laborales
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1
a aplicacin del polgrafo en la
rbita
de
las
relaciones
laborales
Las compaas
y
en especial
sus
reas de recursos humanos tienen
la necesidad constante de verificar
con medidas de seguridad confiables
la
informacin
que
reciben
de sus
trabajadores.
IEGO FELIPE VALDIVIESO
RUEDA
Docente universitario, socio
de
VS M Abogados
1/ustr Jcin:
eonardo Pea Salamanca
l ntroduccin
as compaas y
en
especial sus reas
de
recursos
humanos tienen la necesidad constante de verifi-
car
con
medidas
de
seguridad confiables
la infor
-
macin
que reciben de sus trabajadores durante las dis-
tintas etapas
de la relacin
laboral.
Es
as por ejemplo que en los procesos
de
se-
leccin
es muy
comn
que
se adelanten una
serie de
accio-
nes
encaminadas a validar
la
informacin suministrada
por el
aspirante
de
tal forma
que se cuente con infor
-
macin veraz
de
cara a la decisin final
de
seleccin. En
el
mismo
sentido se encuentran los procesos de valida-
cin
de
faltas laboralesdonde normalmente
se
presentan
conflictos y situaciones anmalas que
exigen
del
trabaja-
dor una declaracin
sobre
hechos y
razones de
defensa
declaracin que al momento
de
ser apreciada por el em-
pleador
puede
por
s sola
carecer de fundamento
verdi-
co ms all
de
la
autntica confianza y en consecuencia
requerir de
un
respaldo que d
mayor certeza.
cT ULI DA D
L
BOR AL Y SEGURIDAD SOC I l
-
7/25/2019 La Aplicacin Del Polgrafo en La rbita de Las Relaciones Laborales
2/6
Es por este motivo que
en
el
pre
sente
escrito
buscaremos estudiar el
examen del
polgrafo,
el
cual
se
utiliza
cada vez con mayor frecuencia
y n
atu
ralidad
como mecanismo al que
acu
den los empleadores de cara a
formar
se una idea
fidedigna
de las personas
con
las que
tiene o
espera ten
er una re
lacin laboral.
Para abordar el anlisis
pro
pue
sto,
daremos
,
en
primer
lugar, una
mirada
general,
histrica y
cientfica
del polgrafo , en la que compartiremos
parte de los
aprendizaje
s
que tuvimos
de los estudios realizados
por
el doctor
Manuel Novoa
Bermdez,
director
eje
cutivo del Instituto Latinoamericano de
Poligrafa. La segunda
parte del
escrito
la
dedicaremos
al anlis
is legal
y
prc
tico del uso del polgrafo como instru
mento para
fundamentar
deci
s
ione
s
en
el mbito de las relaciones laborales
,
as
como evaluar
su pertinencia como
instrumento probatorio
dentro
del
pro
ceso
jurisdiccional
que eventualmente
promueva un trabajador
(o
extrabajador)
cuando
quiera controvertir la
decisin
tomada por el empleador.
2
Una
mirada
general al polgrafo
Para iniciar
el anlisis pro
puesto,
brindaremos
unas
nociones b
sicas acerca
del
polgrafo
,
con lo que
pretendemos desechar creencias
co
loquiales
sobre
su propsito y funcio
namiento , superando la idea
de
ser
un
detector
de
mentiras
y
reconocindo
lo ms como
una disciplina
organizada
y reconocida, cuyos fines son legtimos
y
vlidos
a
la
luz
del derecho
,
de
la
ti
ca
y la
moral social
en
general.
2 1 Una
breve resea
histrica
Aunque
es
difuso el
origen ,
los
antecedes
del
polgrafo
se
asocian
a
la
latente
necesidad de algunosgrupos y
sectores sociale
sde
buscar mtodos obc
jetivos para
detectar el
engao, y de es
ta
forma reemplazar
a la fuerza como
es
trategia inicialmente
utilizada
para
des
velar
si una
persona menta
o no.
Lo
s
esfuerzos
se
ce
ntraron
en la idea
de
medir las respue
s
tas
fisio-
c T
U LID D
L
BOR L
v
SEGURID D
Soci L
oto Humberto Pinto
Para Diego
Va/divieso la
importancia de
esta herramienta radica en su virtua-
lidad para
apoyar
otra
clase
de
pruebas
y
sirve
principalmente
para reforzar el
criterio y convencimiento del juez.
lgicas
(como
variacin en la presin
arterial,
frecuencia
respiratoria, ritmo
cardaco)
que
tiene
una persona
cuando
en su relato se aleja
de
la verdad.
Fue
as como
inicialmente
se crearon sistemas de
medicin
como
el cardiosismgrafo , el cual se fu nda
mentaba en el estudio de la rbita car
diaca de una persona, de tal forma
que
de sus reacciones se pretenda deducir
la veracidad
del
relato
realizado
por el
interrogado. As mismo
se
identifican
en la his
toria instrumentos
que preten
dieron
medir reaccione
s respiratorias
y electrodrmicas con
el
fin de asociar
ciertos
resultados
al hecho de
estar
dn
dose un relato donde la
persona estu
vie
ra
minti
endo o
engaando.
El
resultado
de es
to
s
esfuer
zos
se puso en conjunto al unir los di
ferente
s
mtodos y
herramientas ,
entre
ellas la
s ya
mencionada
s
c rdio
sis
mgrafo,
neumgr
afo
y galvangra
fo - , aparecien
do
el primer detector
de mentira
s, el
cual
se
considera
fue
inventado
por Leonard Keeler del De
partamento de
Polica de
Berkeley
(Ca
lifornia).
La
primera utilizacin
de
un
polgrafo
en
un
juicio
por
homicidio se
op n n
present en los aos
20
en los Estados
Unidos;
sin
embargo,
el
juez
dentro del
proceso
neg
la
admisibilidad
del testi
monio ana lizado
a la ptica del polgra
fo
en
consideracin
a que dicha
prueba
no era reconocida cientficamente.
Dur
a
nte
la
dcada
de los
se
tenta
la Universidad de
Utah, una
de las
principales
abanderada
sen el estudio de
la tcnica
,
propuso un proce
so
ambicio
so
para validar
la metodologa de lapo
ligrafa.
Para ello acudi
a un sistema
de preguntas comparativas, siguiendo
los estndares
de la American Societ
y
for
Testing
Materials (ASTM).
Esta
tcnica
ha continuado
su
evolucin
, y es
de amplia
utili
zac in
en diversos pases del mundo para usos
asociados a la defensa y
seguridad.
No
obstante, hoy
en
da ha tras
cendido
a las
esfe
ras privada
s, es
decir
, es
una herra
mienta cada
v
ez
ms us
ada
en las
rela
ciones
entre particulares,
aunque
no es
pacfico
su
reconocimiento como me
dio
probatorio en
las instancias juris
diccionale
s.
2 2
Poligrafa
no
solo
polgrafo
El
polgrafo
como
herra
mienta para
evaluar
la credibilidad de
la
s afirmaciones efectuadas
por una
pers
ona
, es ms
que una
herramienta
aislada.
Su
implementacin y correc
to
manejo
se encuad ra en
una
discipli
na completa que estudia su
funciona
mi
ento y sus efectos, ampliando
as el
alcance
de esta
figur
a,
comprendin
dola
ya
no como un mecanismo, sino
como una ciencia
organizada ,
que cada
da
adquiere
m
s importancia,
no
s
olo
en el
mundo
jurdico, sino en el espec
tro social en general.
El
polgrafo, y en general
la ciencia de la poligrafa, es un
tema
que
hoy
da cobra
plena importancia,
pues la tecnologa
permite
verificar la
veracidad de ciertos hechos que antes
no
podamo
s confirmar certeramente
por medio de
mecanismos cientficos
y
ana
lizados .
El
uso de
este mecani
s
mo se
ha
vis
to
estigmatizado
por
interpreta
ciones coloquiales, incluso
llegando a
11
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opinin
12
ser identificado
como un mero
detector
de
mentiras afirmacin que considera
mos
desacertada
frente
a
los
fundamen
tos
estudios
y desarrollos
cientficos
que ha tenido
el instrumento.
De hecho
en Colombia ha
existido un gran
desarroll
en la
prc
tica del
examen de polgrafo. Incluso
somos reconocidos internacionalmen
te
hasta el punto
de afirmar que es el
pas ms avanzado en la prctica de la
poligrafa en
todo
el
continente ameri
cano
superando incluso a los
EE.UU.
Contamos
con
institutos y centros
de
dicados
exclusivamente
a formar
espe
cialistas
en
poligrafa y a ofrecer
estos
servicios los
cuales cada da son ms
buscados
por
las compaas.
2 3
Reconocimiento
internacional
cientfico
a
la poligrafa
La poligrafa es una
disci
plina
reconocida por
distintas asocia
ciones internacionales como la ASTM
en donde se encuadra como una prcti
ca
forense
y de psicofisiologa
forense
que
se fundamenta a
saber
en la psi
cologa la
fisiologa
y su medicin
con
el polgrafo
instrumento ; se encua
dra en la psicometra.
Es pertinente sealar que el
campo natural
de la
poligrafa es el m
bito
forense
siendo
entonces una disci
plina tambin reconocida
por
la Acade
mia
Americana
de Ciencias Forenses
en
donde
ha sido
clasificada
de forma
general
como
una evaluacin forense
de la credibilidad.
2 4
Otros
mecanismos
de evaluacin cientfica
de la credibilidad
Si bien por su importancia
y difusin a nivel global
hoy
da
el
po
lgrafo resulta ser el medio
ms
rele
vante y comn para la
evaluacin
de
la
credibilidad existe otro tipo
de tec
nologas alternas
que
bien
conducen
a
resultados
y propsitos
similares
a
los
de
la poligrafa reforzando
no
solo
las
herramientas para conseguir tales
i
nes sino demostrando
que existe una
necesidad
global
por encontrar alter
nativas
de seguridad en la credibili-
dad
de
las afirmaciones que
efectan
las
personas.
Como
alternativas a
la poli
grafa se encuentra
el escner de
reso
nancia magntica funcional y
el
escner
de huella digital
cerebral
cuyos meca
nismos
permiten medir ydetectar el en
gao a
travs
de la activacin de la onda
p300 del cerebro
a
travs
de
la cual
se
reconoce
y manifiesta el
engao.
Esta tecnologa ha conta
do con un importante soporte por par
te de la ciencia y tambin fue aplicada
en su momento para detectar
el
enga
o.
Por
motivos
prcticos
y operativ
os
dej de
ser
funcional
para
la
evalua
cin de
la
credibilidad especialmen
te
por su
elevado costo
e
inconvenien
te
diseo
fsico.
En la misma orientacin
se encuentran el analizador compu
tarizado del estrs de voz usado por
primera vez en la Guerra
de
Vietnam
bajo la denominacin de PSE-
el
an
lisis
del engao a
travs de la
dilatacin
de
la pupila
el
estudio
de
imgenes
tr
micas
y
calor
corporal
como
ndices
del
engao e incluso ell sser oppler en
la
industria aeronutica donde se
ha
utili
zado
para analizar si la persona en una
entrevista miente o no.
No
obstante la existencia de
estos
otros medios de
evaluacin
de la
credibilidad no podemos desconocer
que
estos no
son
de
uso
generalizado
no solo
por
las
dificultades
operativas
en su utilizacin sino porque las exi
gencias tcnicas para su interpretacin
hacen que
sea prctica
exigente yexclu
siva de muy
pocos profesionales
y
cen
tros especializados.
2 5 l procedimiento
de
utilizacin
del
polgrafo
En la
poligrafa moderna
se
ha
estandarizado
un
procedimiento de
cuatro etapas que excluyen directamen-
. te la concepcin coloquial de que este
mecanismo es descuidado y sus resul
tados
ajenos
a un
proceso
organizado
y
sistematizado.
El
procedimiento para
eva
luar
y detectar el engao en las decla-
raciones
de una
persona
puede
durar
aproximadarneme do horas y tiene
cuatro
fase .
que
consist
en
en:
l
Entrevista pretest. Una
entre
v ta pre ia a
la
e aluacin con
el
mecani rno
del
polgrafo efectuando
pregun tas lave al
entrevis
tado como
introduccin
ymedici
n
del estado
ini
cial
fisiolgico
de la persona.
2. Instr
umentacin
o
me
dicin
i iolgi
ca:
el proceso concreto
de relacin entre la
persona
y
el
pol
grafo midiendo ndices
corporales
y fi
siolgicos especiales.
3. Anlisis e interpreta
cin dato
s: esta fase se concreta
en
el
estudio del experto
en la disciplina
de
la
poligrafa sobre las
declaraciones
emiti
das y las reacciones
fisiolgicas
al con
testar
interrogantes
concretos.
4.
Entrevista
postest:
una
evaluacin explicativa por parte del
sujeto bajo examen sobre
cada
respues
ta
en
la que
genere
reacciones que
in
duzcan a
engao.
Este procedimiento reali
zado por un
experto
puede generar una
probabilidad
de certeza alta;
sin embar
go esto
no
quiere
decir
que sea
un
me
canismo que revele una verdad absolu
ta
e
incontrovertible.
2 6 Los lmites
jurdicos
al uso del polgrafo
No obstante su
base cientfi
ca
el
uso del
polgrafo
tiene lmites ju
rdicos que deben ser reconocidos por
quienes hacen uso de este
tipo de
exa
men.
Lo anterior teniendo
en
cuenta
que
en
el
estudio
se
debe excluir
toda in
dagacin que vulnere los derechos fun
damentales
de
las personas y se debe
garantizar contar siempre con el pleno
consentimiento previo de quien es so
metido a este tipo
de prueba.
Quienes
conocen
de este tema
y practican lapo
ligrafa de
forma
correcta deben abste
ner
entre otras de
efectuar
preguntas
sobre tendencias polticas religiosas o
sexuales ya que de ninguna manera la
prctica del
examen
puede ser utiliza
da
para invadir
la
intimidad y
dignidad
de la
persona interrogada.
De igual for-
A C
TU LI
D D l BOR L Y
SEGU RID D
SOCIAL
-
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4/6
ma se debe garantizar
que
no existan
consecuencias
negativas
para
quien
vo
luntariamente decida
no
someterse a
la
prctica del examen.
3 El
polgrafo
en el
derecho colombiano
su
incidencia
en
las
relaciones laborales
En este aparte concreto
es
tudiaremos el impacto
del polgrafo
y
su
consiguiente disciplina en la rbita
del
derecho
y
en especial, de
las relacio
nes laborales, evaluando diversos esce
narios
en
donde
hoy
da
es
permitido
el
uso
y aplicacin
de
esta disciplina.
3 1 Reglamentacin
administrativa del
polgrafo
e
intentos
por
legislar
la
materia
Un reconocimiento a la ne
cesidad de implementar medidas de re
glamentacin al
uso del polgrafo como
actividad deseable en la
prctica
del de
recho han motivado los
intentos por ex
pedir
normas
sobre la materia.
El
primer antecedente
ad
ministrativo
es
la Resolucin 2593 del
2003 proferida por
la
Superintendencia
de
Vigilancia.
Esta resolucin se carac
teriz por
el
reconocimiento efectuado
por esta entidad administrativa acerca
del
uso del
polgrafo
por
parte de
las
empresas
de
seguridad y vigilancia
autorizando la utilizacin de
es
ta he
rramienta como un servicio que pue
de ser ofrecido por esta empresa,
in
sistiendo siempre en
la
necesidad, para
su
utilizacin, en
la
autorizacin expre
sa
y previa
del
interrogado
as como
la
implementacin de mecanismos
que
garanticen la
reserva
de
los resultados
del examen.
En
el
mismo sentido
se
profiri la Resolucin 2417 del 2008,
que modificara la Resolucin 2856 del
2006 y
que
ratificara que las empresas
de seguridad y vigilancia pueden ofre
cer poligrafa
como un
servicio de
ase
soramiento .
La
DIAN tambin
emitira
la
Resolucin
14
del2012
en
donde
se
permitira el
uso
de
la
poligrafa para
cTU LID D L
BOR L
YS
EGU
RD DSOCI L
funcionarios de libre nombramiento y
remocin. Frente a un conflicto que so
bre dicha resolucin
se
plante a
nivel
constitucional
la Corte
Constitucional
colombiana consider que
era
posible
el
uso
del polgrafo para contribuir en la
construccin del criterio de la entidad
para contratar, considerando el examen
como
un
medio idneo
y de eleccin
discrecional de
cada contratante.
En materia
de
proyectos
de ley, se
han
presentado dos
en par
ticular:
El primero tuvo
como
in
tencin modificar
el
Cdigo
de
Procedi
miento
Penal e ncluso fue aprobado por
la
comisin primera en primer
debate
en la
Cmara de Representantes, para
poder
incluir
el polgrafo como medio
de prueba. El proyecto nunca
prosper
por
haber
se agotado la legislatura antes
de surtir
el
trmite respectivo.
Otro
proyecto de ley
tena
la
concreta intencin
de permitirlo, de
legando
en el presidente de la Republica
la funcin de
reglamentar su uso.
Es
pertinente sealar
que
ambos
proyecto
s de
ley
fueron retira
dos
y
se plante la formulacin de un
a aplicacin
del
polgrafo en los
procesos
de seleccin
de personal
no est
prohibida por lo
tanto dentro
de la
rbita de la
libertad
contractual
se autoriza
as
partes
en
este
caso
al
contratante
para acudir os
medios jurdicamente
aceptables
que
considere necesarios
para
formar
su
criterio
opinin
proyecto unificado hecho que
an
se
encuentra
en
estudio para su posterior
presentacin. Entre
las
propuestas
que
se pretenden incluir es
una reglamen
tacin
ntegra a
su utilizacin
y el
re
conocimiento de estudios de postgrado
en materia de poligrafa.
3 2 El polgrafo
en
los procesos
de
seleccin
de personal
La aplicacin del polgrafo
en los procesos de seleccin
de
perso
nal no est
prohib
ida por lo
tanto den
tro de
la
rbita de la libertad contrac
tual
se
autoriza a
la
s partes
en
es
te
caso
al
contratantepara
acudir
a
los medios
jurdicamente aceptables
que
conside
re necesarios para formar
su
criterio
y as fundar
su decisin
de contrata
cin
. Por ello
si
el polgrafo es reque
rido por
la
empresa como un requisi
to fundamental dentro del proceso de
seleccin no
puede entonce
s
ser con
siderado esto una
prctica ilcita
pues
es propio de la autonoma de la volun
tad del contratante: decidir enriquecer
su
convencimiento
con los
resultados
de un
ex
amen
tcnico cientfico y
ju
rdicamente acepado.
Lo
anterior,
sin perjuicio de
las
autorizaciones y reservas a las que
tiene derecho el preseleccionado a un
cargo para preservar
sus
derechos
fun
damentales.
3 3 El
polgrafo
dentro
de los procesos disciplinarios
Otro escenario
que
merece
ser estudiado es el relacionado
con
el
polgrafo
como
instrumento dentro
de
un proceso disciplinario laboral.
En
el
marco de un
proceso
disciplinario
por
incumplimiento del
contrato de trabajo
nos
referimos a las
relaciones del sector privado) es el em
pleador quien toma las decisiones rela
cionadas
con el efecto
que
para el traba
jador represente determinada
falta.
Dicha
decis
in
no
puede ser
fruto de
un
acto arbitrario,
por el con
trario tiene
que ser
el resultado
de un
proceso
cuidadoso
de
investigacin
in
terna dondeentre
otras
se
haya garan-
13
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5/6
op n n
4
tizado al trabajador
el
debido proceso
de defensa y contradiccin.
Adelantado
el
proceso dis
ciplinario, corresponde al empleador
la toma de una decisin,
que
no es
cosa
distinta
que
la manifestacin expresa de
la certeza sobre la existencia o inexis
tencia
de
la falta laboral. La decisin
tomada podr ser objeto
de
discusin a
instancias
de la
jurisdiccin ordinaria
laboral, donde ser el juez
quien
ten
ga la ltima palabra sobre la justicia
de
la medida.
. Frente a las exigencias pro-
pias del proceso disciplinario,
es
cada
vez
ms
comn
que los
empleadores in
troduzcan dentro
de
s
us
procedimien
tos de investigacin la
posibilidad
de
que sus colaboradores, voluntariamen
te, al momento
de
rendir sus descar
gos
(oportunidad
de
la
defensa)
lo pue
dan hacer
acompaados de
una prueba
de
polgrafo.
Es importante sealar que
lo
anterior
no es una
manifestacin
de
desconfianza hacia el trabajador. Por
el contrario, debe ser vista como una
oportunidad para aportar
elementos
que
refuercen
lo
dicho por
el
trabajador en
su propia declaracin.
Por lo
tanto,
de manera algu
na
se puede considerar que una invita
cin a rendir una declaracin utilizan
do
el polgrafo implique
una
afectacin
de
los derechos fundamentales
de
la in
timidad, buen nombre y honra. El an
terior
argumento
se
ve reforzado con
el
hecho
de que el procedimiento est
limitado a
que
sea previamente auto
rizado por el trabajador y que en los
eventos
donde
no
se
autorice
el uso
del
mecanismo
,
ello no
pueda
considerar
se como
un
indici negativo al momen
to de
la
toma de
la decisin dentro
del
proceso
disciplinario.
De
acuerdo
con
lo
antes
ex
presado, queda en evidencia que el em
pleador puede legtimamente utilizar
el
polgrafo;
sin
embargo,
debe tener
en cuenta que siempre requiere auto
rizacin
previa
y que
es
indispensable
salvaguardar durante
todo
el proceso
lo
s derechos fundamentales (la intimi-
dad , buen
nombre
, la honra y el
debi
do
proceso).
3 4
El
polgrafo: medio
de prueba o mecanismo
de apreciacin
de
los medios
probatorios dentro de los
procesos judiciales?
Una
vez
analizado
el
tema
acerca
uso del
polgrafo
en el
mbi
to
de las
relaciones
laborales,
se
con
sidera
pertinente hacer una reflexin
fi
nal
so
bre
las repercusiones
de
este mecanis
mo en la esfera
de lo
s procesos judicia
les
, buscando determinar si puede er
considerado
como un
med
io
de prueba
autnomo o ms bien debe orientarse a
un elemento que facilita la apreciacin
de medios probatori
os
y que colabora
con
la
formacin
del
criterio
del
ope
rador judicial.
u efectos puede
dar
el
juez
os
resultados de la
prueba
poligrfica ,
debe ser
tomada
como
una
prueba
autnoma
o
como
un
mecanismo
para apreciar
otras pruebas?
Esta reflexin es de vital
preponderancia, toda
vez
que
frente a
la
controversia judicial
que
pueda originar
la decisin tomada
por
el
empleador,
corresponder a este probar al juez la
ocurrencia
de
la falta , siendo pertinen
te
la pregunta
de si el
resultado
del
po
lgra
fo
puede
ser
valorado como prueba
dentro
de
la instancia judicial.
3.4.1. La libertad pro
batoria en
el
rgimen procesal co
lombiano
El derecho colombiano se
ala con claridad
el
principio
de
lber-
tad en rnareria probatoria, y en concre
to.de el de medios de prueba .Las
leye
olombianas
no ex
cluyen ningn
mecanismo y porel con trario permiten
que quien
00
probar
de
terminado he
cho. pueda hacerlo con
los
elementos
que considere pertinentes para
formar
el
conwncimiemo
del
ju
ez.
As
lo eala
el
artculo
175
del Cdigo
de
Procedimiento Civil
cuando e table e
que
: Sirven como
pruebas, la declaracin de parte, el ju
ramento,
el
te timonio
de
terceros
el
dictamen
pericial,
la
ins
peccin
cial, los
docume
n
tos,
los indicios y cua
lesquiera otros me
dio
s que sean tiles
para
la
formacin del c
onvencimiento
del
juez (
..)
. Esta r
eg la
se
encuentra
re
plicada en el
Cdigo
Procesal del Tra
bajo y
de
la Seguridad Social cuando
expresa en
su
artculo 51 que Sonad
misibles todos los
medios de
prueba es
tablecidos en la
ley, pero
la
prueba pe
ricial solo tendr lugar
cuando el
juez
estime que
debe
designar un perito que
lo
asesore
en
los asuntos que requieran
conocimientos especiales .
Entonces , entendiendo el
principio
de
libertad probatoria,
se
pue
de
decir que
nue
stra legislacin
per
mite la
po
sibilidad
de
incluir diversos
medios
de
prueba dentro
de
los proce
so
s para la apreciacin
del
juez, sin que
existan limitaciones.
No obstante la libertad pro
batoria advertida, no consideramos
que
el
polgrafo pueda constituir por s mis
mo un
me
dio probatorio
,
lo
anterior
ba
sado en
lo
s fundamentos
que
expresa
mos a continuacin.
3.4.2. El polgrafo: me
canismo de apreciacin, sin consti
tuir un medio de prueba
El interrogante que surge
es qu efectos puede dar el juez a
lo
s
resultados
de
la prueba poligrfica,
debe
ser tomada como una prueba
aut
n?ma o como un mecanismo para apre
Ciar otras pruebas?
Sobre este particular, no
exi
s
te
unanimidad
en la
doctrina, por
lo
tanto
hay
quienes sostiene que
el
po
lgrafo constituye una verdadera prueba
;
A CTU LID D L BOR LY
SEGUR
ID D SO CI
L
i
-
7/25/2019 La Aplicacin Del Polgrafo en La rbita de Las Relaciones Laborales
6/6
pericial, dada la
validez
tcnica y cien
tfica con que cuenta
este mecanismo,
mientras
que otros
por
el
contrario
afir
man que no es
una
prueba
independien
te sino un instrumento
que
enriquece
la
apreciacin del juez de otra prueba,
como es
el testimonio o el interrogato-
rio
de
parte.
En nuestra opinin, sin
des
conocer
la validez
cientfica
del pol
grafo, consideramos que este tipo de
exmenes deben estar
lejos
de ser to
mados
dentro
de un proceso judicial
como
un instrumento probatorio aut
nomo,
siendo en consecuencia una he
rramienta
que
apoya la construccin del
convencimiento del juez al momento de
apreciar
una prueba
principal como
lo
sera
la
testimonial o
la
declaracin
de
parte. Lo anterior, ya que tomarlo como
un elemento
autnomo
podra implicar:
de una lado la
violacin
del
principio
constitucional de la no autoincrimina-
cin
(obligar
judicialmente
al
polgra
fo
es
tanto como aceptar que la
perso
na
no
pueda
resistirse a incriminarse ,
y de otro, aceptarlo como prueba
peri
cial podra llegar
al
absurdo
de
dejar
en
manos de quien prctica
el
polgrafo la
bsqueda de la verdad, aspecto
que
en
el escenario
de la
controversia judicial
est reservado al juez.
El juez no puede entregar su
conocimiento y permitir
que en
ade
lante los procesos sean
resueltos por
circunstancias nicamente cientficas,
pues
precisamente
el operador
judicial
es
quien
debe valorar hechos ypruebas
con el prudente
arbitrio
que ostenta y
no
valerse
de un
ndice
cientfico
de
pro
babilidad para tomar
decisiones,
pues
como ya habamos
sealado,
si bien el
ndice
de probabilidad es alto, no es
una
prueba que arroje un
ndice
del
100 ,
es
decir,
que
no es
una
verdad
absolu
ta e incontrovertible.
No proscribimos el polgra
fo en
materia probatoria, nicamente
comprendemos que debe servir como
un
auxilio
al
juez y a
la
justicia para
formar un criterio y fallar en derecho,
pues este
es una
herramienta para
va
lorar los
testimonios
o
declaraciones
de
parte
dentro
de los procesos,
como
lo
AcTUALIDAD LABORAL v SEGURIDAD
Soci L
es el
nivel de escolaridad
del
declaran
te, o las situaciones que por
la
tacha de
falsedad o sospecha
se
pueden propo
ner
al juez.
En
la prctica, actualmente
los
operadores
jurdicos han
optado por
entender el examen de polgrafo
como
una herramienta auxiliar a la hora
de
valorar un verdadero medio probato
rio, como
sera el testimonio o el inte
rrogatorio.
En
este sentido, cuando un
empleador utiliza el polgrafo como
elemento para fundar su
convencimien
to
dentro
de la
relacin
laboral,
este
no
puede ser llevado
como
un medio de
prueba
al
escenario
de la
discusin ju-
dicial,
toda
vez
que
el polgrafo no cabe
como medio
autnomo,
pues una
cosa
es
que el
empleador confi
su
conven
cimiento
al
resultado de
un
polgrafo,
y otra
diferente es
que el juez al mo
mento
de decidir cmo forma
su
con
vencimiento,
lo debe hacer
con
pleno
apego al derecho, y requerir al emplea
dor
para
que
soporte probatoriamente
la existencia
de
los hechos y de la fal
ta, teniendo
que
acudir inevitablemen
te a pruebas como los documentos, las
declaraciones o testimonios.
4 onclusiones
El polgrafo hoy en da ha
adquirido una importancia
fundamen
tal en el
mundo
empresarial y
en la so
ciedad
en general,
pues permite efec
tuar una evaluacin en situaciones
concretas a
posibles
engaos o frau
des,
contando
con un
sustento
cientfi
co,
por
lo
que adquiere mayor protago
nismo
en
distintos escenarios.
Teniendo
en cuenta
el pro
tagonismo
del polgrafo y los grandes
avances de esta disciplina
en
Colombia,
siendo uno
de los
pases ms
avanzados
en esta
materia, se han realizados
es
fuerzos para reglamentar su
utilizacin.
Es as como
han
cursado
en el Congreso
dos proyectos
de
ley y se han expedido
varios
actos administrativos.
No
obstante
la ausencia
de
.
normatividad expresa
que
reglamente
el uso
del
polgrafo, en nuestro
pas vie-
\ .
opinin
ne siendo llevado
y
aceptado dentro del
trmite de
procesos judiciales, especial
mente
en
materia
penal.
Ahora bien, este mecanis
mo
puede ser utilizado para fundar
un
convencimiento
propio
pero debe tener
se
en cuenta que siempre requiere auto
rizacin previa y
es
indispensable sal
vaguardar durante todo
l
proceso los
derechos
fundamentales.
Concretamente, en
materia
de recursos humanos es permitido
usar
el polgrafo para
la seleccin
de perso
nal,
pues no
es jurdicamente
reprocha
ble,
y
es
vlido
como elemento en el que
el
empleador
quiera soportar parte de
su decisin
de contratacin.
En
lo
referente a procesos
disciplinarios laborales, el polgrafo
es
permitido como apoyo al momento de
tomar los
descargos
del trabajador
in
vestigado, quien
deber
haberlo autori
zado de manera previa y voluntaria. La
negativa a
someterse al
examen no
pue
.-
de ser
un indicio
en contra.
El empleador puede
decidir
libremente
si
confa
su decisin al
resul
tado
del
polgrafo. No obstante,
frente
a un escenario
de
reclamacin judicial
deber contar
con
pruebas legtima-
mente aceptadas
(testimonios,
confe
sin en los descargos, documentos) que
evidencien la
ocurrencia de
los
hechos
y la falta, pues
el polgrafo no
es
sufi
ciente
para ello.
Por
otra parte, en el esce
nario
judicial el polgrafo no constitu
ye
un medio
de
prueba
autnomo.
No
consideramos
que
pueda
tener
la
condi
cin de ser un dictamen pericial, pues
to
que
adems de violar el principio no
autoincriminacin, puede llevar a re
emplazar al juez por el intrprete del
examen,
desconociendo
la
calidad
de
ciencia
humana y no cientfica
que
tie
ne
el derecho.
Finalmente, en
la
actuali-
dad la importancia de esta herramien-
ta radica en su virtualidad para apoyar
otra clase
de pruebas
y sirve principal-
mente
para
reforzar
el
criterio
y
conven
cimiento
del
juez
sobre
ciertos
hechos
que respaldan la prueba poligrfica.
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