la . .¡, .al 8 '/.l ~t'i~ q...

9
*" \. \ .. 1/~'¡o6 . ~ ..J ~ ~ lA . "r . y:~c\ :~:;-ao \ ~ /..":'7) 1\ J v' \.1) U - 'Y'~~:\r'.,7:, "~'l\:- '/.l ~t'i~ . ~&W . ' ' . ' . ' . ' DEL EGACI 6 N FEDERAL ~:i¡' t-~ \ ' \ ~ 'f<.t- . . ' ': , "~ Q ,1 ,> 'L \\, :::~" . , / OFIeIO No. oFMARNAT I 3706 I 05 ""':"'0>...",,: .- " . .¡ 8 !!> \),,1008 ..,~'\. ... o W al , . ~ 'V 5'0 SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES DELEGACION ESTADO DE MEXICO Metepec, México a 31 de octubre de 2005 PRESIDENTE DEL COMISARIADO EJIDAL PRESENTE Analizado y evaluado el Informe Preventivo y el Aviso para el aprovechamiento de recursos forestales no maderables con fines comerciales denominado "Aprovechamiento de Musgo en el Ejido Mesas Altas del Xoconusco", ubicado en el municipio de Donato Guerra, Estado de México y presentado por el Presidente del Comisariado Ejidal, a quien en lo sucesivo será denominado como el Promovente, y CONSIDERANDO . Que el 9 de septiembre y 3 de octubre del año en curso, el Promovente ingresó en ésta Delegación Federal el Informe Preventivo y el Aviso para el aprovechamiento de recursos forestales no maderables con fines comerciales para la evaluación y dictaminación del proyecto denominado "Aprovechamiento de Musgo en el Ejido Mesas Altas del Xoconusco", conforme lo establecido en los artículos 28, fracción XI, 30, 31 fracción I y 35, fracción 11,de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 24 fracciones IX y XI del Capítulo Cuarto de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. Que en cumplimiento a lo establecido en la fracción I del Artículo 34 de la LGEEPA que dispone que la SEMARNA T publicará la solicitud de autorización en materia de impacto , ambiental en su Gaceta Ecológica y en acatamiento a lo que establece el Artículo 37 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente . en materia de evaluación del impacto ambiental, el 15 de septiembre de 2005, la SEMARNAT publicó a través de la separata número DGIRA/037 de su Gaceta Ecológica y en la página electrónica de su portal wwW.semarnat.gob.mx. el listado del ingreso de proyectos sometidos al procedimiento de evaluación de impacto y riesgo ambiental durante el periodo del 8 al 14 de septiembre de 2005, dentro de los cuales se incluyó la solicitud que presentó el "Promovente" para que la Delegación Estatal, en }Iso de las atribuciones que le confiere el Artículo 39 del Reglamento Interior de la cretarí'a de Medio Ambiente y. Recursos Naturales diera inicio al procedimiento de evaluación de impacto ambiental del "Proyecto". Que en virtud de que el referido proyecto se ubica dentro de la Reserva de la Biosfera "Mariposa Monarca", y a fin de cumplir con lo estipulado en el artículo 24 primer párrafo del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental; se solicitó la r opinión de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP), mediante . éI-.C ~ ,;-.L .. _~fi . tCiO No. OFMARNAT/1102JOS. . \ ~. '\ ~ .\ ' - ~o ('. .. Apmveeh3m;en'o de Musgoen ,1 Ejido Mesas AI'3' d,1 Xoconuseo" 1. 11. Proteccion de Datos LFTAIPG Proteccion de Datos LFTAIPG Proteccion de Datos LFTAIPG

Upload: lehuong

Post on 01-Oct-2018

217 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: lA . .¡, .al 8 '/.l ~t'i~ Q ~&Wsinat.semarnat.gob.mx/dgiraDocs/documentos/mex/resolutivos/2005/15... · ingreso de proyectos sometidos al procedimiento de evaluación de impacto

*"

\.\

..

1/~'¡o6.

~..J

~~ lA

. "r

.y:~c\:~:;-ao \ ~

/..":'7) 1\Jv' \.1) U

- 'Y'~~:\r'.,7:, "~'l\:-

'/.l ~t'i~.~&W.

' '

.

'

.

'

.

' DEL E G A C I 6 N F E D E R A L~:i¡' t-~ \ '

\

~'f<.t-

..

' j¡ ': ,"~

Q,1

,> 'L

\\, :::~" . , / O F I e I O No. o F MA R N A T I 3706 I 05""':"'0>...",,: .- "

. .¡8!!>\),,1008 ..,~'\.... oW al, .~ 'V5'0

SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTEY RECURSOS NATURALES

DELEGACION ESTADO DE MEXICO Metepec, México a 31 de octubre de 2005

PRESIDENTE DEL COMISARIADO EJIDAL

PRESENTE

Analizado y evaluado el Informe Preventivo y el Aviso para el aprovechamiento de recursosforestales no maderables con fines comerciales denominado "Aprovechamiento de Musgoen el Ejido Mesas Altas del Xoconusco", ubicado en el municipio de Donato Guerra,Estado de México y presentado por el Presidente del ComisariadoEjidal, a quien en lo sucesivo será denominado como el Promovente, y

CONSIDERANDO.

Que el 9 de septiembre y 3 de octubre del año en curso, el Promovente ingresó enésta Delegación Federal el Informe Preventivo y el Aviso para el aprovechamiento derecursos forestales no maderables con fines comerciales para la evaluación ydictaminación del proyecto denominado "Aprovechamiento de Musgo en el EjidoMesas Altas del Xoconusco", conforme lo establecido en los artículos 28, fracción XI,

30, 31 fracción I y 35, fracción 11,de la Ley General del Equilibrio Ecológico y laProtección al Ambiente; 24 fracciones IX y XI del Capítulo Cuarto de la Ley General deDesarrollo Forestal Sustentable.

Que en cumplimiento a lo establecido en la fracción I del Artículo 34 de la LGEEPA quedispone que la SEMARNA T publicará la solicitud de autorización en materia de impacto

, ambiental en su Gaceta Ecológica y en acatamiento a lo que establece el Artículo 37del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

. en materia de evaluación del impacto ambiental, el 15 de septiembre de 2005, laSEMARNAT publicó a través de la separata número DGIRA/037 de su GacetaEcológica y en la página electrónica de su portal wwW.semarnat.gob.mx. el listado delingreso de proyectos sometidos al procedimiento de evaluación de impacto y riesgoambiental durante el periodo del 8 al 14 de septiembre de 2005, dentro de los cualesse incluyó la solicitud que presentó el "Promovente" para que la Delegación Estatal,

en }Iso de las atribuciones que le confiere el Artículo 39 del Reglamento Interior de lacretarí'a de Medio Ambiente y. Recursos Naturales diera inicio al procedimiento de

evaluación de impacto ambiental del "Proyecto".

Que en virtud de que el referido proyecto se ubica dentro de la Reserva de laBiosfera "Mariposa Monarca", y a fin de cumplir con lo estipulado en el artículo 24primer párrafo del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y laProtección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental; se solicitó la

r opinión de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP), mediante

. éI-.C ~ ,;-.L..

_~fi.

tCiO No. OFMARNAT/1102JOS. .

\ ~. '\

~ .\ '

- ~o ('. ..Apmveeh3m;en'o de Musgoen ,1 Ejido Mesas AI'3' d,1 Xoconuseo"

1.

11.

Proteccion de Datos LFTAIPG

Proteccion de Datos LFTAIPG

Proteccion de Datos LFTAIPG

Page 2: lA . .¡, .al 8 '/.l ~t'i~ Q ~&Wsinat.semarnat.gob.mx/dgiraDocs/documentos/mex/resolutivos/2005/15... · ingreso de proyectos sometidos al procedimiento de evaluación de impacto

En apego a lo anterior y con fundamento en los artículos 8 segundo párrafo de la.. ConstituciónPolíticade los Estados UnidosMexicanos;28, fracciónXI,30, 31 Y35, fracción

It, de la LeyGeneral del EquilibrioEcológicoy la Protección al Ambiente;4, 5, fracción S, 33,fracción 1,48 Y49 primer párrafo de su Reglamento en materia de Evaluación del ImpactoAmbiental; 24 fracciones IX,X YXIdel Capítulo Cuarto y 97 de la LeyGeneral de DesarrolloForestal Sustentable y 54 de su Reglamento; 32 bis de la LeyOrgánica de la AdministraciónPública Federal, 16 fracción X de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo y 39

cción ,IX del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos

~,rL9, '

\~

'.

.'

\),,\008.,~Io..~.~ "\.lO oIU CI8, .'-~ . '#

~~~

DELEGACiÓN FEDERAL\\

\

o F I e I o No. D F MA R NA T I 3706 I 05

SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTEY RECURSOS NATURAlES

DELEGACION ESTADO DE MEXICO

IV. Que el 4 de octubre de 2005 se realizó una visita de carácter técnico al sitio delproyecto, por personal de esta Delegación Federal, con el fin de reconocer algunas delas características propias del proyecto.

V. Que con base en lo manifestado en los documentos de referencia, el proyectodenominado "Aprovechamiento de Musgo en el Ejido Mesas Altas delXoconusco", se pretende llevara cabo el qprovechamientoforestal no maderablemediante la remoción de musgo, así como la conservación del recurso, por lo que lasáreas destinadas para tales intervenciones no estarán sujetas a un régimen de Cambiode Uso del Suelo de terrenos forestales.

VI. Que la Delegación procedió a evaluar el Proyecto propuesto bajo lo establecido en lasNormas Oficiales Mexicanas: NOM-11-SEMARNAT-1996,"Que establece losprocedimientos, criterios y especificaciones para realizar el aprovechamiento,transporte y almacenamiento de musgo, heno y doradilla", a lo establecido en elPrograma de Ordenamiento Ecológico del Territorio en el Estado de México,publicado en la Gaceta de Gobierno del Estado de México,el 4 de junio de 1999, asícomo a lo dispuesto en el Programa de Manejo de la Reserva de la Biosfera MariposaMonarca, decretado en el D.O.F. con fecha 30 de abril de 2001 y la Declaratoria deÁrea Natural Protegida con carácter de Reserva de la Biosfera, publicada en elD.O.F. 10 de noviembre del 2000.

'Y

VII. Que según lo manifestado en los documentos de referencia, el proyecto denominado"Aprovechamiento de Musgo en el Ejido Mesas Altas del Xoconusco", no secontrapone con los usos actuales de suelo especificados para la zona.

VIII. Que como resultado del análisis y evaluación de la documentación del mencionado,proyecto, esta Delegación Federal determina que el proyecto es viable a desarrollarseen las áreas propuestas, siempre y cuando, el Promovente aplique correctamente lasmed;das de mitigación o compensación señaladas en la documentación presentada yen esta resolución, para minimizar las afectaciones que ocasionará durante susdiferentes etapas de desarrollo.

Que mediante oficio No.__FOO.-587de fecha 25 de octubre del aRo en curso, laCONANP,emite la opinión favorable al aprovechamiento referido, en virtud de que elproyecto, se ubica dentro de la zona de amortiguamiento de la Reserva de la BiosferaMariposa Monarca.

, "Aprovechamiento de Musgo en el Ejido Mesas Altas del Xoconusco"Municipio de Donato Guerra. México.

Page 3: lA . .¡, .al 8 '/.l ~t'i~ Q ~&Wsinat.semarnat.gob.mx/dgiraDocs/documentos/mex/resolutivos/2005/15... · ingreso de proyectos sometidos al procedimiento de evaluación de impacto

Ú,,\D08.,~~.!I "-ID OMI ea, ~'-~ . :,~ ,,~~

DELEGACiÓN F~DERAL\

o F I e I o No. D F MA R N AT I 3706 I 05

SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTEY RECURSOS NATURALES

DELEGACION ESTADO DE MEXICO

Naturales, esta Delegación Federal determina que el proyecto en cuestión ESPROCEDENTE; por lo tanto, ha resuelto AUTORIZARDE MANERACONDICIONADAsudesarrollo, sujeto a los siguientes

T É R M I N O S:

PRIMERO.- Se autoriza en materia de Impacto Ambiental, la realización del proyectodenominado "Aprovechamiento de Musgo en el Ejido Mesas Altas del Xoconusco",presentado por el C. Julián Cruz Araujo, Presidente del Comisariado Ejidalde Mesas Altasdel Xoconusco; a desarrollarse en el Ejido del mismo nombre, dentro del área deamortiguamiento de la Reserva de la Biosfera Mariposa Monarca en el municipiode DonatoGuerra, Estado de Méxicoy cuyas coordenadas geográficas extremas son las siguientes:

\

v: ., L L dO

-'

La autorización comprende:

a. El aprovechamiento forestal referido como de aprovechamiento de Musgo, de laespecie Polvtrichum SP.: en una superficie total de 132-50-00 hectáreas (cientotreinta y dos hectáreas, cincuenta áreas) y un volumen máximo de extracción de145,884 kg. (ciento cuarenta y cinco mil ochocientos ochenta y cuatro kilogramos),distribuido de la siguiente manera:

¿j'~ 4~ I El volumende extraccióntotalsolicitadose reduceen un 40%,todavezquede acuerdo

\' ~~\la opinión de,

la CONANP y a juicio del personal de ésta a mi cargo, la existencia real

~ éJ) "Aprovechamientode Muagoen el EjidoMesasAltasdel Xoconusco"'. ' Municipio de DonatoGuerra, México.

- -- ---- __nA 19023"47.89" 100015" 51.72"B 19023" 28.37" 100016' 32.21"e 19022" 02.36" 100016" 32.21"D 10 22" 08.00" 100015" 56.03"

ANUALIDAD CLASIFICACION SUPERFICIE INTENSIDAD DE VOLUMEN A(Ha) CORTA APROVECHAR (Kg)

(%)

2005 A 28 45 42.525/

2006 A 22 45 33,412.50

v 2007 A 14.50 35 22.021.87

'-( 2008 M 10 35 7.875

L 2009 M 38 30 29.925'T

, B 20 30 1Ó.125

Total 1.5 -145,884.37

Page 4: lA . .¡, .al 8 '/.l ~t'i~ Q ~&Wsinat.semarnat.gob.mx/dgiraDocs/documentos/mex/resolutivos/2005/15... · ingreso de proyectos sometidos al procedimiento de evaluación de impacto

\\

- "'\

j-ft (jIi

\. ~

.~

"

~.~\)"\DOa.,~"

.

., \IU fA, .'-~ . #-~~~

DELEGACiÓN FEDERAL

o FIe Io ~. D F MA R NA T I 3706 I 05

SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTEY RECURSOS NATURALES

DELEGACION ESTADO DE MEXICO

de Polytrichum sp es baja, lo que no permite considerar a la especie para suaprovechamiento como se propone en el estudio correspondiente y en la informaciónadicional enviada. Asimismo,en la quinta anu~lidad (2009), ésta se redujo en superficiecon la finalidad de proteger y asegurar la permanencia del recurso.

La presente no autoriza:

a. El Cambio de Uso del Suelo de las áreas forestales.b. La introducción de cultivos agrícolas o el desarrollo de actividades ganaderas en las áreas

donde se desarrollará el aprovechamiento forestal.c. La apertura de nuevos caminos de acceso.d. El aprovechamiento de individuos catalogados según la Norma Oficial Mexicana NOM-

059-SEMARNA T-2001.e. El aprovechamiento de arbolado verde

SEGUNDO.-La presente resolución tendrá una vigencia de cinco años para desarrollar lasactividades del proyecto, dicho plazo comenzará a partir del día siguiente a la fecha derecepción del presente documento, y podrá ser prorrogable a juicio de esta Secretaría,siempre y cuando, el Promovente lo solicite por escrito a esta Delegación Federal, contreinta días naturales de antelación a la fecha de su vencimiento, previa validación de laDelegación de la Procuraduría Federal deProtección al Ambiente (PROFEPA) en el Estadode México, al último informe de cumplimiento de las condicionantes. Dicha solicitud deberáacompañarse con el oficio emitido por la PROFEPA, en donde se indique que elPromovente ha dado cumplimiento a los Términos y Condicionantes establecidos en lapresente autorización,en caso contrario, no procederádicha gestión.

TERCERO.- El Promovente queda sujeto a cumplir con las obligaciones contenidas en elArtículo 50 Fracción 11del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y laProtección al Ambiente en materia de Evaluación del Impacto Ambiental, en caso de quedesista de realizar las obras motivo de la presente autorización, para que esta DelegaciónFederal determine las medidas que deban adoptarse a efecto de que no se produzcanalteraciones nocivas al ambiente.

it

CUARTO.- El Promovente deberá hacer del conocimiento de esta Delegación Federal, denera previa, cualquier modificación a lo señalado en el Informe Preventivo, presentado en

os términos previstos en el Artículo 28 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio°Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental, paraque con toda oportunidad se determine lo procedente.

De acuerdo con la legislación ambiental vigente, queda prohibido desarrollar obras yactividades distintas a las señaladas en la presente autorización.

QUINTO.- De conformidad con el Artículo 35 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y laProtección al Ambiente y 49 de su Reglamento en Materia de Evaluación del ImpactoAmbientalla presenteautorizaciónsóloserefierea losaspectosambientales de las obras y

ac~dades descritas en el Término Primero por lo que es obligación del Promovente,

1\ '/ "Aprovechamientode Musgoe~ el EjidoMesas Altasdel Xoconusco"~ Municipio de DonatoGuerra, México.

Page 5: lA . .¡, .al 8 '/.l ~t'i~ Q ~&Wsinat.semarnat.gob.mx/dgiraDocs/documentos/mex/resolutivos/2005/15... · ingreso de proyectos sometidos al procedimiento de evaluación de impacto

\.

" "

\),t.IDoa.,~~.~ \..., o111 GI, .,'~ '#

~~\*

\\

DELEGACiÓN FEDERAL

o F Ie I o No. DFMAR NAT I 3706 I 05

SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTEY RECURSOS NATURALES

DELEGACION ESTADO DE MEXICO

tramitar y en su caso obtener las autorizaciones, concesiones, licencias y permisos similaresque sean requisito para la realización del proyecto. Queda bajo su más estrictaresponsabilidad la validez de los contratos civiles, mercantiles o laborales que haya firmadoel Promovente para.la legal operación c;lelproyecto autorizado, así como el cumplimiento ylas consecuencias legales que corresponda aplicar a otras autoridades.

SEXTO.- De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 47 primer párrafo del Reglamentode la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección Ambiental en Materia deEvaluación del Impacto Ambiental, las actividades autorizadas del proyecto, estarán sujetas

. a la d~scripción contenida en el Informe Preventivo, a los planos incluidos en ésta, así comoa)o dispuesto en la presente autorización conforme a las siguientes

C O N D I C ION A N T E S:

El Promovente deberá

1. Cumplir con todas y cada una de las medidas <;leprevención, control, mitigación yrestauración propuestas en el Informe Preventivoy el Aviso para el aprovechamiento derecursos forestales no maderables con fines comerciales denominado

/ "Aprovechamient~ de Musgo en el Ejido Mesas Altas del Xoconusco" así como delas condicionantes establecidas en la presente resolución. El p.f'omovente seráresponsable de que la calidad de la información presentadaen los reportes e informes,permita a la autoridad correspondienteevaluary en su caso certificarel cumplimientode lasCondicionantes.

2. Aprovechar el musgo en manchones o franjas de 2 metros de ancho como máximo, siguiendoel contorno del terreno. No se podrá aprovechar el mismo sitio hasta que se haya recuperado

'completamente. ,4

3. Dar preferencia a las áreas rocosas para la recolección de musgo.

~\i\

4. Limitar el aprovechamiento del musgo presente en orillas de caminos, ríos, arroyos y engeneral cuerpos de agua, dejando una franja de protección de 2 metros como mínimo, paraprevenir problemas de erosión. ' ,

5. En las porciones de musgo donde se localicen hongos no se deberá de aprovechar para lacontinuidad del desarrollo y perpetuidad de hongo.

6., Realizar el acarreo del musgo a los sitios de concentración mediante animales de carga, no

Q , permitiéndose el uso de vehículos.c/..t: '" 7. Evitar la extracción de musgo en las zonas donde exista regeneración natural de vegetación

~ ,

arbóre? asociada con el musgo y donde se presenten escurrimientos natur;.alesa fin de evitar

\;. ~a erosión hidrtca.\ ~ ~ "Aprovechamiento de Musgo en el Ejido Mesas Altas del Xoconusco", Municipio de DonatoGuerra, México.

Page 6: lA . .¡, .al 8 '/.l ~t'i~ Q ~&Wsinat.semarnat.gob.mx/dgiraDocs/documentos/mex/resolutivos/2005/15... · ingreso de proyectos sometidos al procedimiento de evaluación de impacto

-- -- -_u --- -

~\),,\008.,~~.. ~OIJ O... ..., .'-~ . ,

~~~

DELEGACiÓNF E D E R A\L

\

o F Ie lONa. D F MA R N AT / 3706 / 05

SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTEY RECURSOS NATURALES

DELEGACION ESTADO DE MEXICO

...8. Realizar trabaios de conservación de suelos en forma rustica, sobre todo en las zonas de

aprovechamiento en donde se presenten pendientes iauales ó mavores al 30%.

9. Se prohibe matar, capturar, colectar, comercializar y/o traficar, durante todas las etapas delproyecto a las especies y subespecies de flora y fauna silvestres, presentes en las áreasaledañas al aprovechamiento,principalmentea: Senecio sp. (Hoja ancha). Lo anterior arazón de que dicha especie se encuentra en el área del proyecto y está catalogada enestatus conforme la NOM-059-SEMARNAT-2001. Se adoptarán las medidas y accionesnecesarias para garantizar el cumplimiento de esta disposición. Dichas acciones deberánanexarse af Informe Final a que se refiere la Término Octavo de éste resolutivo.

10. El Promovente, será responsable de cualquier ilícito en que incurran sus trabajadores o losde las empresas que contrate, y se le sujetará a las disposiciones jurídicas que establezcanlas leyes en la materia.

11. Mantener un estricto control sobre las vías de acceso a las áreas de aprovechamiento, a finde evitar la extracción clandestina de este y otros recursos.

12. Llevar a cabo acciones encaminadas a la protección contra siniestros naturales..:-

13. Tener un estricto control sobre el pastoreo y establecer las correspondientes medidaspreventivas para evitar incendios forestales, a fin de proteger las plantas de las áreas dereforestación.

14. Se prohíbe construir nuevos caminos de acceso al predio; los ya existentes deberán estarsujetos a un programa de rehabilitación permanente.

15. Nb se permite el aprovechamiento comercial o derribo de vegetación arbórea o arbustiva deotras especies en el área del proyecto.

16. Apegarse a las normas oficiales mexicanas y demás ordenamientos en materia deprotecciónal ambienteaplicablesal proyecto.

17. Considerar en todo momento que si durante las acciones de la extraccióndel musgo selleguen a presentar consecuencias negativasque repercutan sobre los individuos de lasespecies de flora y fauna o de su hábitat,sin que el Promovente hayaaplicado las medidaséorrectivas o las aplicadas no remediental situación, la presente autorizaciónquedará sinefecto y el responsableserá sujetode las sancionescorrespondientes.

18. Para el cumplimiento de lo establecido en el presente documento, el responsable técnico(Ing. Serafín Martínez Rangel), se encargará de asesorar y dirigir durante elaprovechamiento, a los integrantes del Ejido.

/"1 ,.

-11. U SEPTIMO.- El Promovente deberá dar aviso a esta Delegación Federal, turnando copia a larT ... Delegación de la PROFEPA en el Estado de México, conforme lo establecido en el artículo

49, segundo párrafo, del Reglamento de la Ley General del Equilíbrio Ecológico y la

\~ I pro

.

tección al Ambiente en Materia de Evaluacióndel ImpactoAmbiental,del inicio y la

j ~Vclusión de lasobrasautorizadas,dentrode los tres días, siguientes a que hayan dado

''«¡ ~ "Aprovechamiento de Musgo en el Ejido Mesas Altas del Xoconusco"- Municipiode DonatoGuerra, México.

Page 7: lA . .¡, .al 8 '/.l ~t'i~ Q ~&Wsinat.semarnat.gob.mx/dgiraDocs/documentos/mex/resolutivos/2005/15... · ingreso de proyectos sometidos al procedimiento de evaluación de impacto

\\

\

"

..~,

qJ-.(1 /

\~~

~--- _n___-

,/.!!>\)"\DOa.,~\.GIt oIU CIt, .,~ . '#

~""'AiO~

DELEGACiÓN FEDERAL

o F I e I o No. D F MA R N A T I 3706 I 05

SECRETARIA DE MEDIOAMBIENTEY RECURSOS NATURALES

DElEGACION ESTADO DE MEXICO

principio; así como la fecha de terminación de dichas obras, dentro de los tres día.sposteriores a que esto ocurra.

OCTAVO.-El Promovente deberá presentar Informes anuales y un informe final sobre elcumplimiento de los Términos y Condicionantes que así lo ameriten. El informe deberácomplementarse con anexos fotográficos y/o de vídeo y enviar copia del acuse de recibocorrespondiente a la Delegación de la PROFEPAen el Estado de México y a la Reserva dela Biosfera de la Mariposa Monarca.

NOVENO.-En el momento de que el Promovente decida realizar modificaciones alproyecto, deberá solicitar la autorización respectiva a esta Delegación Federal por escrito ycon la información de detalle suficiente, que permita a la autoridad analizar si el cambiodecidido altera de manera significativa el proyecto original y los Términos y Condicionantesde ésta resolución. El aviso a la autorización deberá hacerse con un mínimo de treinta díasa la fecha estimada para el inicio de las actividades. El Promovente deberá esperar laautorización de esta Delegación Federal, en el caso de que esta no sea emitida en los plazosindicados por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se entenderá que la solicitudfue autorizada.

DECIMO.- La presente resolución a favor del Promovente es personal. En caso depretender transferir los derechos y obligaciones contenidos en este documento, de acuerdocon lo establecido en el artículo 49, segundo párrafo, del Reglamentode la Ley General delEquilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del ImpactoAmbiental, el Promovente deberá solicitarlo por escrito a esta autoridad, quien determinarálo procedentey en su caso, acordará la transferencia.

Es conveniente señalar que la transferencia de los derechos de la autorización a 1aque serefiere el párrafo anterior, se acordará única y exclusivamente, en el caso de que la empresainteresada en desarrollar el proyecto, ratifique en nombre propio ante esta Secretaría, ladecisión de sujetarse, apegarse y responsabilizarse de los derechos y obligacionesimpuestos al Promovente para la realizacióndel proyecto.

DECIMO PRIMERO.- Serán nulos de pleno derecho todos los actos que se efectúen en~ntravención a lo dispuesto en !a presente-autorización.

DECIMO SEGUNDO.- Esta resolución se emite sin perjuicio de que el Promovente tramitey, en su caso, obtenga las autorizaciones, concesiones, licencias permisos y análogos quesean requisitos para fa realización de las actividades motivo de la presente, cuando así loconsideren las leyes y los reglamentosque correspondan aplicar a esta Delegación Federaly a otras autoridadesfederales, esta(aleso municipales.

DECIMO TERCERO.- El Promovente será el único responsable de realizar las obras ygestiones necesarias para mitigar, restaurary controlar todos aquellos impactos ambientalesadversos, atribuiblesa la realizaciónde las actividadesautorizadas, que no hayan sido

(fideradas en el Informe Preventivo.

\ \. :Aprovechamientode Musgoenel Ejido MesasAltasdel Xoconusco". Municipio de DonatoGuerra, México.

Page 8: lA . .¡, .al 8 '/.l ~t'i~ Q ~&Wsinat.semarnat.gob.mx/dgiraDocs/documentos/mex/resolutivos/2005/15... · ingreso de proyectos sometidos al procedimiento de evaluación de impacto

~----

DELEGACiÓN FEDERAL,\

o F I e I o No. D F MA R NA T I 3706 I 05

SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTEY RECURSOS NATURALES t

DELEGACION ESTADO DE MEXICb

En virtud de lo anterior, el Promovente, será el responsable ante esta Secretaría, decualquier ilícito en materia de Impacto Ambiental, en el que incurran las compañías o elpersonal que se contrate para efectuar las actividades de aprovechamiento forestal nomaderable del proyecto de referenci~; quienes deberán acatar estrictamente tos Términos yCondicionantes a los cuales quedan sujetos mediante la presente resolución, en razón de lodescrito en el Término Primero.

En caso de que las acciones de la extracción del musgo ocasionen afectaciones quellegasen a alterar el equilibrio ecológico, se ajustarán a lo previsto en el Artículo 56 delReglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente enmateria de Evaluación del Impacto Ambiental.

DECIMO CUARTO.- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales podrá evaluarnuevamente el Informe Preventivo i el Aviso, o solicitar información adicional con el fin demodificar, suspender, cancelar, revocar o extinción de la autorización otorgada, si estuvieraen riesgo el equilibrio ecológico o se produjeran afectaciones negativas imprevistas en elambiente, de acuerdo con las atribuciones que le confiere el Artículo 39, fracción IX delReglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

DECIMO QUINTO.- El Promovente deberá mantener en el sitio del proyecto, copiasrespectivas del expediente del Informe Preventivo y del Aviso, los planos del proyecto, así'como de la presente resolución, para efecto de mostrarlas a la autoridad competente que asílo requiera.

Asimismo, para la autorización de futuros proyectos en el sitio, el Promovente deberá hacerreferencia a esta resolución, con el objeto de que se consideren los impactos sinérgicos y/oacumulativos que se pudieran generar.

DECIMO SEXTO.- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, vigilará elcumplimiento de los términos establecidos en el presente instrumento, así como losordenamientos aplicables en materia de Impacto Ambiental. Para ello ejercitará entre otras,las facultades que le confieren los Artículos 55, 59 Y 61 del Reglamento en materia deEvaluación de Impacto Ambiental de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protecciónal Ambiente.

DECIMO SEPTIMO.- Esta Delegación Federal notificará de la presente resolución alPromovente por alguno de los medios previstos en el Artículo 35 y demás relativos yaplicables a la Ley Federal de Procedimientos Administrativos.

DECIMO OCTAVO.- Conforme a lo señalado en el Artículo 97 de la Ley General deDesarrollo Forestal Sustentable y 53. 54 y 56 de su Reglamento y a lo establecido en laNo\ma Ofi9al Mexicana NOM-11-SEMARNAT-1996, se da por recibido el Aviso para el

vecJ::l3miento de recursos forestales maderables con fines comerciales (musgo).

,

"Aprovechamiento de Musgo en el Ejido Mesas Altas del Xoconusco"Municipio de Donato Guerra, México.

Page 9: lA . .¡, .al 8 '/.l ~t'i~ Q ~&Wsinat.semarnat.gob.mx/dgiraDocs/documentos/mex/resolutivos/2005/15... · ingreso de proyectos sometidos al procedimiento de evaluación de impacto

.

8!o\),,'008 "k.~

.,/ ~GIl O111 UI, .~~\b#

DELEGACiÓN FED~RAL \\

o F I e I o No. D F MA R N AT I 3706 I 05>t

SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTEY RECURSOS NATURAlES

DElEGACION ESTADO DE MEXICO

DECIMO NOVENO.- La legal procedencia de este producto forestal no maderable, deberárealizarse al amparo de las remisiones forestales expedidas por esta Delegación Federal,mismas que se identificarán con el siguiente código.

Nombre del predioEL Mesas Altas de Xoconusco

CódigoN-15-032-MES-001

VIGESIMO.- Deberá informar trimestral y semestralmente, dentro de los primeros 15 dias delos meses correspondientes, sobre los movimientos que se realicen con la documentaciónantes descrita, misma que se identificará con el siguiente código.

Asimismo yal término de cada anualidad, deberá presentar el finiquito correspondiente.

VIGESIMO PRIMERO.- El incumplimiento de cualquiera de los Términos resolutivos y/o lamodificación del proyecto en las condiciones en que fue expresado en la documentaciónpresentada, podrá invalidar la presente resolución, sin pe~uicio de la aplicación de lassanciones previstas en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente,en su Reglamento en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental y demás ordenamientosque resulten aplicables.

t.1t:;U!\,; ,':\MSiENTE

C. NA1'URX_=S,,",,'1-~¡",(\.

v..J¡¡i~iY~~~:':.¡"')n1- .' ¡;;q;, '!"~'. :. . :¡I :\II:'¡ . ~ i .':,

'., :\- -'""'"'~""-' :::;:: ;Hf~/'~,:.- ~nj

:.G¡0~¡ ~: ):::~AL-.~~:::.')c-~ \,,;:)(¡CO

e.c.p. Dr. Ernesto Enkerlin Hoeflich.- Presidente de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas.-México. D.F. .Ing. Eduardo Ramirez Alvarado.- Director de la Reserva de la Biosfera Mariposa Monarca.-Zitácuaro. Mich. .Biól. Ricardo Juárez Palacios.- Director General de Impacto y Riesgo Ambiental.- México. D.F.Lic. Alejandro Soto Romero.- Delegado Federal de la PROFEPA en el Estado de México.-Toluca.M~.

ic. David Hernández Karim.- Subdelegadode Gestión para la ProtecciónAmbiental y Recursoslatural .-Edificio.g. nesto Marin Mercado.- Jefe de la Unidadde Aprovechamientoy Restauraciónde Recursos

orales.- EdifiCi

~

'

~'/. e:. oJoK*WM*E "El 'M* SP' G.

¡tacor.: 1~P~ O~9I05 '" 1t5f;~ 1<XX5 f t ::> 2 q. !

..

"Aprovechamiento de Musgo en el Ejido Mesas Altas del Xoconusco"Municipio de Donato Guerra. México.

Proteccion de Datos LFTAIPG