la acción procesal.-

28
ACCION JURISDICCION PRETENSION DEMANDA

Upload: mdgg1887

Post on 09-Jul-2015

170 views

Category:

Law


0 download

DESCRIPTION

La acción procesal. Elementos. Características. La acción en la Constitución nacional. La pretensión y sus elementos. Comparación entre acción y pretensión.-

TRANSCRIPT

Page 1: La acción procesal.-

ACCION

JURISDICCION

PRETENSION

DEMANDA

Page 2: La acción procesal.-

Sentencia

Ley provincial

Ley Nacional

Const. Nac.

Resoluciones Acción

Pretensión

Jurisdicción

Demanda

Competencia

Page 3: La acción procesal.-
Page 4: La acción procesal.-

Quince acepciones distintas (Pekelis en “Azione”)

Veintitrés definiciones (García Valdés en “Teoría de las acciones y de su acumulación” Revista de D.P. esp. 1945).

“Es el poder jurídico que tiene todo sujeto de derecho, de acudir a los órganos jurisdiccionales para reclamarles la satisfacción de una pretensión”. (Couture)

Page 5: La acción procesal.-

“Es el derecho público, cívico, subjetivo, abstracto y autónomo, que tiene toda persona natural o jurídica,

para obtener la aplicación de la jurisdicción del Estado a un caso concreto mediante una sentencia, a través de un proceso, o para pedir que se inicie la investigación penal

previa al proceso”.

Page 6: La acción procesal.-

La acción en nuestra Constitución

Nacional

Page 7: La acción procesal.-

Nos, los Representantes del pueblo de la Confederacion Argentina, reunidos en Congreso General

Constituyente por voluntad y elección de las Provincias que la componen, en cumplimiento de pactos preexistentes, con el

objeto de constituir la unión nacional, AFIANZAR LA JUSTICIA, consolidar la paz interior, proveer la defensa

común, promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad para nosotros, para nuestra

posteridad, y para todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino: invocando la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia: ordenamos, decretamos y

establecemos esta Constitución para la Confederación Argentina.

Page 8: La acción procesal.-

“Cada provincia dictará para sí una Constitución bajo el sistema representativo republicano, de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la Constitución

Nacional; y que ASEGURE SU ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, su régimen

municipal, y la educación primaria. Bajo de estas condiciones el Gobierno federal, garante a cada provincia

el goce y ejercicio de sus instituciones”.

Page 9: La acción procesal.-

“Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su

ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria

lícita; de navegar y comerciar; DE PETICIONAR A LAS AUTORIDADES; de entrar, permanecer,

transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar

libremente su culto; de enseñar y aprender”.

Page 10: La acción procesal.-

“La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos

de nobleza. TODOS SUS HABITANTES SON IGUALES ANTE LA LEY, y admisibles en los

empleos sin otra condición que la idoneidad. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas”.

Page 11: La acción procesal.-

“NINGÚN HABITANTE DE LA NACIÓN PUEDE SER PENADO SIN JUICIO PREVIO fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la

causa. Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo; ni arrestado sino en virtud de orden escrita de

autoridad competente. Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos…”

Page 12: La acción procesal.-

“La garantía constitucional de la defensa en juicio impone la posibilidad

efectiva de ocurrir ante un órgano jurisdiccional en procura de justicia (pág.

748)”.

Page 13: La acción procesal.-

El art. 75 inc. 22 de la CN.

Art. 10 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos

“Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un

tribunal independiente e imparcial para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal”.

Page 14: La acción procesal.-

1. SUJETOS Actor (Activo)

Juez (Pasivo)

2. OBJETO: obtener sentencia

Civil: favorable o no

Penal: responsabilidad o inocencia del imputado

3. CAUSA: el interés que justifica que el Estado tutele bienes jurídicos.

Page 15: La acción procesal.-

DERECHO: una norma de la ley que garantice al actor el bien que pretende

CALIDAD: la identidad de la persona del actor con la persona favorecida por la ley y de la persona obligada con la del demandado

INTERES: conseguir el bien mediante la intervención del órgano público.

Page 16: La acción procesal.-

EL INTERES ES LA MEDIDA DE LA

ACCION

Page 17: La acción procesal.-

1. Existencia de posibilidad de accionar.

2. Ausencia de caducidad del derecho de acción.

3. Capacidad jurídica del actor.

4. Adecuada investidura de la autoridad.

Page 18: La acción procesal.-

Derecho o Poder Jurídico

Público

Abstracto

Autónomo

Bilateral

Metaderecho (relación con la cuestión constitucional)

Page 19: La acción procesal.-

“La acción aparece como un servicio que el ciudadano presta al Estado; y

la jurisdicción aparece como un servicio que el Estado presta al ciudadano” (Gladis de Midón).

Page 20: La acción procesal.-

Posiciones:

1- Confunde objeto y pretensión

2- Principal función a la pretensión

3- Principal función al tribunal

4- Relación jurídica que se ventilará en el proceso

Demanda pretensión

Contestación thema decidendum

Page 21: La acción procesal.-

La pretensión como el fin concreto que el demandante persigue, es decir, las declaraciones que pretende se

hagan en la sentencia; esa pretensión es, por lo tanto, el petitum de la demanda, lo que se pide en ella que sea

reconocido o declarado en la sentencia a favor del demandante.

Page 22: La acción procesal.-

1. SUJETOS: son el demandante (activo) y el demandado (pasivo).

En Materia penal (Pretensión punitiva): • Fiscal o Juez de oficio. • Imputado.

2. OBJETO (PETITUM): persigue una sentencia favorable, es decir que se satisfaga su pretensión.

3. CAUSA PETENDI: el fundamento de la pretensión, compuesta por hechos constitutivos, modificativos o impeditivos de la relación jurídica sustancial pretendida, discutida o negada.

Page 23: La acción procesal.-

ACCION PRETENSIONAbstracta Concreta

Sujetos: actor y juez Sujetos: actor y demandado

Derecho a manifestar a los

órganos jurisdiccionales la

resolución de un conflicto

Manifestación de voluntad

Algo que se tiene Algo que se hace

Sentencia favorable o no Objeto: sentencia favorable

Page 24: La acción procesal.-

Preguntas Acción Pretensión

¿Entre quienes? (sujetos) Actor y autoridad (juez o

arbitro)

Actor y demandado

¿Para que? (objeto) Lograr la apertura y

posterior desarrollo de un

proceso

Lograr la emisión de una

sentencia (objeto del

proceso) favorable al interés

del pretendiente

¿Por qué? (causa) Mantenimiento de la paz

social y de la armónica

convivencia mediante la

erradicación de la fuerza

ilegitima

Hecho que origina el

conflicto en el plano de la

realidad social cuya

existencia se afirma en la

demanda (plano jurídico del

proceso) mas la imputación

jurídica que el pretendiente

hace contra aquel respecto

de quien se pretende, a

base del hecho con

trascendencia en el derecho

Page 25: La acción procesal.-

ACCION EXCEPCION

PRETENSION DEFENSA

DEMANDA CONTESTACION

Page 26: La acción procesal.-
Page 27: La acción procesal.-
Page 28: La acción procesal.-