justicia juvenil

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PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR SEDE AMBATO GRUPO: LA LIGA DE LA JUSTICIA INTEGRANTES: Fredy Paúl Orna Vásquez Xavier Alexander Pérez Díaz Karen Nohemi Rueda Gamboa (JEFA DE GRUPO) TEMA: LA JUSTICIA JUVENIL (menores de 18 años )

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Page 1: JUSTICIA JUVENIL

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR

SEDE AMBATO GRUPO: LA LIGA DE LA JUSTICIAINTEGRANTES:Fredy Paúl Orna Vásquez Xavier Alexander Pérez Díaz Karen Nohemi Rueda Gamboa (JEFA DE GRUPO)TEMA: LA JUSTICIA JUVENIL (menores de 18 años )

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JUSTICIA JUVENIL • La mayoría de los estados fijan edades mínimas y máximas

para juzgar a personas como menores o adultos. Igual a los adultos, los menores pueden ser acusados de delitos mayores y delitos menores.

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• Sin embargo, sólo los menores pueden ser acusados de los delitos por una condición o status offenses en inglés. Esa condición es ser menor de edad. Algunos ejemplos de estas ofensas incluyen: ausentarse a la escuela, violar un toque de queda o huir de su hogar.

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• En general, en la mayoría de los estados, está establecido que los niños menores de 6 años no son capaces de desarrollar la actitud mental para cometer ciertos delitos.

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• Sin embargo, se considera que los niños entre los 6 y 16 años (o 17 y 18, según el estado) son capaces de tener la intención criminal necesaria para ser acusados de delitos violentos.

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DERECHO A LA DEFENSA • Igual a los adultos, los menores pueden presentar

argumentos y defensas validas al crimen por cual se les acusa. Además, tanto los adultos como los menores pueden alegar que no tienen responsabilidad criminal debido a problemas graves de salud mental o retrasos pronunciados en su desarrollo. Deben presentar la documentación médica que acredite esas condiciones.

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PROCEDIMIENTO PENAL PARA MENORES DE EDAD

Cuando se acusa a un menor de un delito violento, como agresión agravada u homicidio, en general, los tribunales realizan una audiencia de renuncia a la jurisdicción o de transferencia para determinar si el menor debe ser juzgado como adulto.

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• Cuando se le juzga como menor, los estados generalmente mantienen la jurisdicción sobre el niño hasta que cumpla los 18 o 21 años de edad.

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PERSONAS VULNERABLES (EMBARAZADAS)

• Se ratifica en los casos de mujeres en estado de gestación reciban arresto domiciliario según el COIP, Art.537

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 • La entrada en vigencia del Código Orgánico

Integral Penal (COIP) significa que los adolescentes tendrían, por primera vez, un sistema de control y seguimiento de las medidas socioeducativas, que son una alternativa a la privación de la libertad.

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