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JUNTA DE RT11JAL1101; CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Delegación Territorial en Málaga VÍAS PECUARIAS Expediente: VP(14259/2009 ANUNCIO DE DESLINDE Clasificada por la Orden Ministerial de fecha 30 de marzo de 1963, publicado en B.O.E. N.° 86, de 10 de abril de 1963, y habiendo dictado la Viceconsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía Resolución de fecha 06 de febrero de 2018, por la que se acuerda la acumulación de procedimientos administrativos de deslinde y desafectación parcial de la vía pecuaria denominada "Cordel del Cesmo", en su tramo afectado por las parcelas de referencia catastral 4079104UF5447N00010T y 4079105UF5447N0001QT de la UE L-34 "Cortijo Chico" del P.G.O.U. del término municipal de Mijas, provincia de Málaga, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 del Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 155/1998, de 21 de julio (B.O.J.A. N.° 87, de 4 de agosto), se hace público, para general conocimiento, que las operaciones materiales de deslinde de dicha vía pecuaria darán comienzo el día 24 de mayo de 2018 a las 10:00 horas en el cruce de las calles Telera y Apero de Cortijo Chico del término municipal de Mijas. No obstante, en los casos de notificaciones infructuosas se actuará de acuerdo con lo establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, (B.O.E. N.° 236 , de 02/10/2015) que dispone que "Cuando los interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o bien, intentada ésta, no se hubiese podido practicar, la notificación se hará por medio de un anuncio publicado en el «Boletín Oficial del Estado' Asimismo, previamente y con carácter facultativo, las Administraciones podrán publicar un anunció en el bolehó oficial de la Comunidad Autónoma o de la Provincia, en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio del interesado o de/Consulado o Sección Consular de la Embajada correspondiente. Las Administraciones Públicas podrán establecer otras formas de notificación complementarias a través de los restantes medios de difusión, que no excluirán la obligación de publicar el correspondiente anuncio en el «Boletín Oficial del Estado'. En representación de la Delegación Territorial de Málaga de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio asistirá un Representante de la Administración designado al efecto. Todos aquellos que se consideren interesados podrán formular las alegaciones oportunas en dicho acto. Yt• ten 1; 1 ELEGADO TERRITORIAL dolfo MORENO CARRERA \ 26 \ De Tero &n ._A T e eA rritonal Avda. de la Aurora n° 47-5' Planta. 29002 Málaga Teléf.: 951038300. Fax 951038250 Código:64oxu840Y5MYHJUnV88tYcREmp/82u. Permite la verificación de la Integridad de este documento electrónico en la dirección: https://ws050Juntadeandalucia.es/verificarFirma/ FIRMADO POR ADOLFO MORENO CARRERA FECHA 26/0312018 ID. FIRMA 64ozu840Y5MYR1UnVO8tYcRFmp/82u PAGINA 1/1

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JUNTA DE RT11JAL1101;

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Delegación Territorial en Málaga

VÍAS PECUARIAS

Expediente: VP(14259/2009

ANUNCIO DE DESLINDE

Clasificada por la Orden Ministerial de fecha 30 de marzo de 1963, publicado en B.O.E. N.° 86, de 10 de abril de 1963, y habiendo dictado la Viceconsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía Resolución de fecha 06 de febrero de 2018, por la que se acuerda la acumulación de procedimientos administrativos de deslinde y desafectación parcial de la vía pecuaria denominada "Cordel del Cesmo", en su tramo afectado por las parcelas de referencia catastral 4079104UF5447N00010T y 4079105UF5447N0001QT de la UE L-34 "Cortijo Chico" del P.G.O.U. del término municipal de Mijas, provincia de Málaga, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 del Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 155/1998, de 21 de julio (B.O.J.A. N.° 87, de 4 de agosto), se hace público, para general conocimiento, que las operaciones materiales de deslinde de dicha vía pecuaria darán comienzo el día 24 de mayo de 2018 a las 10:00 horas en el cruce de las calles Telera y Apero de Cortijo Chico del término municipal de Mijas.

No obstante, en los casos de notificaciones infructuosas se actuará de acuerdo con lo establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, (B.O.E. N.° 236 , de 02/10/2015) que dispone que "Cuando los interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o bien, intentada ésta, no se hubiese podido practicar, la notificación se hará por medio de un anuncio publicado en el «Boletín Oficial del Estado' Asimismo, previamente y con carácter facultativo, las Administraciones podrán publicar un anunció en el bolehó oficial de la Comunidad Autónoma o de la Provincia, en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio del interesado o de/Consulado o Sección Consular de la Embajada correspondiente. Las Administraciones Públicas podrán establecer otras formas de notificación complementarias a través de los restantes medios de difusión, que no excluirán la obligación de publicar el correspondiente anuncio en el «Boletín Oficial del Estado'.

En representación de la Delegación Territorial de Málaga de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio asistirá un Representante de la Administración designado al efecto.

Todos aquellos que se consideren interesados podrán formular las alegaciones oportunas en dicho acto.

Yt•

ten 1;1 ELEGADO TERRITORIAL

dolfo MORENO CARRERA

\

26

\ DeTero&n._ATeeArritonal

Avda. de la Aurora n° 47-5' Planta. 29002 Málaga Teléf.: 951038300. Fax 951038250

Código:64oxu840Y5MYHJUnV88tYcREmp/82u. Permite la verificación de la Integridad de este documento electrónico en la dirección: https://ws050Juntadeandalucia.es/verificarFirma/

FIRMADO POR ADOLFO MORENO CARRERA FECHA 26/0312018 ID. FIRMA 64ozu840Y5MYR1UnVO8tYcRFmp/82u PAGINA 1/1

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JUI1TA DE TITIDALIJOTI

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Viceconsejena

RESOLUCIÓN DE LA VICECONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, POR LA QUE SE ACUERDA LA ACUMULACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE DESLINDE PARCIAL DE LA VÍA PECUARIA DENOMINADA "CORDEL DEL CESMO", EN SU TRAMO AFECTADO POR LAS PARCELAS DE REFERENCIA CATASTRAL 4079104UF5447N0001GT Y 4079105UF5447N0001QT DE LA UE L-34 "CORTIJO CHICO" DEL P.G.O.U. Y EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE DESAFECTACIÓN PARCIAL DE LA MISMA VÍA PECUARIA, EN

EL MUNICIPIO DE MIJAS, PROVINCIA DE MÁLAGA.

EXPTE. VP@4259/2009

HECHOS

PRIMERO.- Mediante Resolución de 31 de enero de 2018, la Viceconsejería de Medio Ambiente y Ordenación del

Territorio, acuerda iniciar el procedimiento de deslinde parcial de la via pecuaria denominada "Cordel del Cesmo",

en su tramo afectado por las parcelas de referencia catastral 4079104UF5447N00010T y

4079105UF5447N0001QT de la UE 1-34 "Cortijo Chico" del PGOU del municipio de Mijas, provincia de Málaga.

SEGUNDO.- Mediante Resolución de 12 de diciembre de 2017, la Delegación Territorial de Medio Ambiente y

Ordenación del Territorio en Málaga, acuerda iniciar el procedimiento administrativo de desafectación parcial de la

vía pecuaria "Cordel del Cesmo", en su tramo afectado por las parcelas de referencia catastral

4079104UF5447N0001GT y 4079105UF5447N0001QT de la UE L-34 "Cortijo Chico" del PGOU del municipio de

Mijas, provincia de Málaga.

TERCERO.- Los procedimientos administrativos citados, en fase de instrucción por la Delegación Territorial de Medio

Ambiente y Ordenación del Territorio en Málaga están íntimamente relacionados por lo que resulta conveniente, la

acumulación de ambos procedimientos y ello por aplicación del Principio de "Economia y Eficacia procedimental".

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO- Compete a la Viceconsejerla de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio la acumulación de los citados

procedimientos, en virtud de lo preceptuado en el articulo 57 de la ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo

Común de las Administraciones Públicas, que establece "El órgano administrativo que inicie o tramite un

procedimiento, cualquiera que haya sido la forma de su iniciación, podrá disponer; de oficio o a instancia de parte,

su acumulación a otros con los que guarde identidad sustancial o intima conexión, siempre que sea el mismo

órgano quien deba tramitar y resolver el procedimiento.". Pero ello siempre y cuando, se cumplan los requisitos

exigidos en uno y otro caso, es decir, la acumulación de los procedimientos no dispensa del cumplimiento estricto de

las exigencias sustantivas y de las garantias procedimentales que a cada uno de ellos por separado le son exigibles.

RESUELVE

Acordar la acumulación de los procedimientos administrativos de deslinde parcial de la via pecuaria denominada

"Cordel del Cesmo", en su tramo afectado por las parcelas de referencia catastral 4079104UF5447N0001GT y

4079105UF5447N0001QT de la UE L-34 "Cortijo Chico" del PGOU del municipio de Mijas, provincia de

Málaga.

Contra el acuerdo de acumulación no procederá recurso alguno.

EL VICECONSEJERO

Fdo, José Luis Hernández Garijo

Avda. de la Guardia Cia 71/.955 00 35 00 Fax. 955 ®37 75 41071 SEVRD\

Código:64oxu772NLO1KYaj tUOCjw60A4Ftrn/i. Permite la verificación de la integridad de este documento electrónico en la dirección: https://ws050.juntadeandalucia.es/verincarFirma/

FIRMADO POR JOSE LUIS HERNANDEZ GARIJO FE: ii i 27/02/2018

ID. FIRMA 64oxu7728101KYajtUOCjw6DA4Rm/1 PAGINA 1 1/1

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6086 10 abril 1063 B. a del E.-Núm. 86

clon de la Empresa, y cinco Vocales pertenecientes a la actual Comisión Social, en representación de los empleados, todos ellos con sus respectivos suplentes.

Corresponderá a esta Comisión determinar el alcance y aun-cedan en cada caso concreto, de la disposición anterior y en-Minar y resolver en vía previa a la administrativa fludlcial cualquier cuestión que suscite la aplicarán de este Convenio.

3.. Previsión—Una Comalia designada conjuntamente por las representaciones Social y Económica deberá redactar un proyecto de Caja de Previsión autónoma, con la finalidad de complementar las prestaciones de viudedad y orfandad que con* ceda la Mutualidad Laboral de Banca a las viudas y huérfana de las empleados del Banco.

Este proyecto, acompañado de los correspondientes estudios actuariales, deberá ser entregado a la Dirección General de la Empresa ciento de los tres meses siguientes a la fecha Ce apro-bación del presente Convenio. y la administración del Banco tomará acuerdo al respecto en el plazo de los tres meses si-guientes.

le Reglamento de Régimen Interior.—La Comisión Mata establecida en la anterior disposición segunda adaptará las ar-ticulas 7.8, número segundo; 30, párrafo segundo; 59 al 83. ambos Inclusive; 73, 114 y 115, 133 y 137 del vigente Reglamento de Régimen Interior, a lo acordado en el presente Convenio.

Se Efectos retroactivas—El presente Convenio no tendrá efecto retroactivo alguno, excepto en lo que se refiere al cómputo de los trienios que. por sustitución de las quinquenios. se es-tablecen en el articulo 12

Para el cómputo de estos nuevos trienios, se tendrá en caen-!: nignicr.to:

Todo empleado que en 1 de enero de 1963 tuviese devengado parte de un quinquenio, lo consolidará en la fecha de su normal vencimiento, si es antes de 1 de enero de 1961 En otro caso, esto es, si el vencimiento excediera de la indicada fecha de 1 de enero de 1966, se consolidará en esta última fecha aun cuando no hubiesen transcurrido los cinco ata.

Vinculación a la totalldati—Los acuerdos recogidos en el articulado de este Convenio forman un conjunto unitario atrae-clonahle. Por consiguiente, si los argalia Competentes del Mi-nisterio de Trabajo, en el uso de las facultades que le correspon-den, no aprobara alguno de los pactas que comprende el Con-venio, éste se considerará ineficaz en su totalidad, debiendo re-claree íntegramente.

MINISTERIO DE AGRICULTURA

ORDEN de 30 de marzo de 1963 par la que se aprueba la clasificadas de las alas pecuarias existentes en el término municipal de Rijas, provincia de MSgS,

fimo, Sr.: Visto el expediente Incoado para la clasificación de las vías pecuarias existentes en el término municipal de Mips, provincia de Málaga;

Resultando que ante petición formulada por el Mandamien-to de Mijas y, con el fin de determinar el itineraria anchura y demás caracteristicas de las vas pecuarias eatentes en el mencionado término municipal, se acordó por la Dirección Ge-neral de °anuden' preceder a la clasificación de dichos pasos ganaderos de dominio público, designando para la práctica de las trabajas pertinentes al Perito Agrícola del Estado don Fede-rico Villora Garcia, quien, una vez realizados los trabajos de campa y oidas las opiniones de las autoridades locales, redactó el proyecto de clasificación con base en el deslinde practicado en el mes de diciembre de 1875, datos obrantes en el Archivo del Ayuntamiento de Miles e Información facilitad* por las prácticos de la localidad, utilizando como elementos auxiliares los planos confeccionados por el Instituto Geográfico y Ca-

Resultando que dicho proyecto fué sometido a exposición Pública en el Ayuntamiento de Mas y devuelto a la Dirección General cie Ganaderfa, una vez transcurridos las plazos regla-mentarias con la reclamación presentada por doña Maria Te-resa Echevarría Rodríguez. diligencias e Informes de la Cor-poración Municipal y Hermandad Sindical de Labradores y Ganaderos:

Resultando que doña Marta Teresa Echevarría, en los es-critos de reclamación prasentados en el Ayuntamiento y en la Dirección General de Ganadera se opone a la clasificación de les Idas pecuarias, ea cuanto éstas puedan afectar a la finca de su propiedad que se describe en la certificación del Reglar°

de la Propiedad, que acompaña, alegando, en iSrita511 que tanto la finca descrita como aquellas otras de las que procede, se en. cucaran libres de cargas desde el 1 de enero de 1853, fecha de la creación del moderno Registra que, con arreglo a los ar-ticulas DI y 33 de la Ley Hipotecaria, tiene la posesión pacífi-ca de la finca inscrita y que, en cualquier caso, como el docu-mento público que aporta, justifica que la finca estaba inscrita, al menos desde el 13 de noviembre de 1918, se ha legitimado su posesión sellas los premuras que menciona y la doctrina es-tablecida por el Tribunal Supremo en las sentencias que cita;

Resultando que, reconocido el terreno por el Ingeniero agró-nomo, Inspector del Servido de Vías Pecuarias. se comprobó que la vra. pecuaria «Cañada Real de la Puente de la adelfas es la que afecta a la finca de doña Maria Teresa Echevarría y, como la situación en que se encuentra dicha cañada impide uti-lizarla para el paso de ganada 1L Por otra Parta en es Precisó para dicho fin, se acordé considerarla como Innecesaria en re-unión celebrada en el Ayuntamiento el día 18 de marzo de 1963, procediéndose por el citado Ingeniero agrónomo a redactar tm nuevo proyecto de clasificación, en el que se propone declarar Innecesaria la cañada de referencia y descansaderos situados en la misma;

Resultando que remitido el expediente a la Asesora Jurídica del Departamento, informó en el sentido de ser procedente su aprobación en la forma propuesta por la Dirección General de Ganarles:a

Vistos Ice articulas 1. 2.0 y 5.0 al 12 del Reglamento de Vías Pecuarias de 23 de diciembre de 1941 las articulas Lo, 35 y 38 de la Ley Hipotecaria, texto refundido de 8 de febrero de 1944. las sentencias del Tribunal Supremo de 22 de mamo y 26 de diciembre de 1958, 12 de junio de 1959 y 15 de noviembre de 1962 y la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958:

Considerando que si bien los documentas que obran en el expediente, y de modo concretó la certificación del deslinde y amojonamiento realizado en el mes de diciembre de 1816, liad-flan la existencia de la «Cañada Real de la Fuente se la Adet fa» y descansaderos que se describen en el proyecto de clasi-ficación. ha de tenerse en cuenta que, según la documentación aportada por doña Maria Teresa Echevarría Rodríguez la fin-ca que describe en su escrito de reclamación se halla inscrita en el Registro de la Propiedad desde el ato 1908:

Considerando que la clasificación ha sido proyectada ajus. anclase a lo dispuesto en los articulo, pertinentes del Regla-mento de Pies Pecuarias, que durante el periodo de exposición pública no se han presentado mis reclamaciones que la ante-riormente examinada y que en la tramitación del expediente se han cumplido todos los requisitos legales,

Este Ministerio ha resuelto;

L. Aprobar la clasificación de las viis pecuarias existentes en el término municipal de Mas. prendo& de Málaga. Por la que se consideran:

Vine pecuarias necesarias

Cordel del Cesmo.—Su anchura es de treinta y siete ine• trus con setenta y un eentimetras (37.61 metros), correspon-diendo a este término de Mijos solamente la mitad de la misma en el tramo que la via pecuaria lleva como eje la línea divisoria con el término municipal de Fuengirola.

Vías pecuarias innecesarias

Cañada real de la Puente de la Adelfa, que por Vado Ca-rretas y Torre de La Cola del Moral, se dirige par la casta de a Marina al término de Marbella—Su anchura es de setenta y cinco Metros con veintidós centimetros (71212 re).

Descansaderos innecesairos

Descansadero-abrevadero de la Fuente de la Adelfa—Ocupa una superficie aproximada de cuatro hectáreas velarais áreas y diez centiáreas (4 Ha. r. a. 10 ca).

Descansadero del Ahogadero—Ocupa una superficie aproar-moda de una hectárea ochenta áreas y noventa centiáreas (1 Ha. 80 a. 90 ce.).

No obstante cuanto antecede al practicar las operaciones de deslinde se tendrá en cuenta las especiales condiciones topo-gráficas del terreno. alteraciones por el transcurso del Renal en cauces fluviales o marítimos, paso por zonas urbanas o si-tuaciones de derecho creadas al amparo del articulo segundo del Reglamento de Vias Pecuarias.

Estimar la reclamación presentada por doña Maria Te-resa Echevarría Rodriguez, considerando legitimada la posesión de loa tezrezios de la Cañada Real de la Puente de la Adelfa

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É: O: á E.—Núm. 88

10 abid 1963 6087

comprendidas dentro de los limites de la finro inscrita como de Su propiedad en el Registro de la Propiedad de Marbella. cuya certificación obra cc. el expediente,

3a La situación y linderos de los descansaderos, asi como la dirección, longitud. descripción y demás características de las vioa pecuarias relacionadas, son las que se expresan en el proyecto de clasificación redactado por el Ingeniero agrónomo don Manuel Martínez de Magra y Garras de Martilla, Inspeo bar del Servido de Vías Pecuarias.

.4.0 ei en el término municipal existiesen oteas vial pecua-rias, además de las mencionadas, aquellas no perderán su carác-ter 'de tales y podrán ser adicionadas a la presente clasificación por los tramites reglamentarios.

5a Todo plan de urbanismo, obras públicas o de cualquier otra clase que implique modificación de las características de las das pecuarias precisará la correspondiente autorización de este -Departamento. si procediere, a cuyo efecto se dará cuen-ta a la Direceiau General de Ganaderia, con la suficiente ante. ladón para el oportuno estudio.

6.0 Que se proceda. una vez firme la Masificación. al des. linde y amojonamiento de las vías pecuarias y descansaderos, mi corno a la parcelación y enajenación de los terrenos innece-sarias, debiendo tenerse en cuenta, al efectuar la parcelación. los pasas o accesos que se utilicen para las tincas colindantes con la vía pecuaria o próximas a la misma. Los terrenas inne-cesarios no podrán ser ocupados bajo ningún pretexto, mien-tras no se lleve a cabo su adjudicación en forma reglamentaria.

gs Esta Resolución, que será publicada en el «Boletín Ofi-cial del lanadoo y de la provincia. para general conocimiento agota la ola gubernativa, pudiendo. los que se consideren afec-tados por ella, interponer recurso de reposición ante este Mi-nisterio. como presto al contencioso-administrativo. dentro del plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los mímica 111 y 126 de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958, en relación con los articulas 52 y siguientes de la Les, de 27 de diciembre de 1956. reguladora de la. jurisdicción contencioso-administrativa,

Lo que comunico a V. I. paro su conocimiento y electas. Dios guarde a V. L muchos afma Madrid. 39 de marzo de 1963.—P. A, Santiago Pardo Canalla

• Ilmo. .S. Director general de (»naden&

RE.SOLUClON del Senado Nacional de Concentración Parcelarla y Ordenación Rural por la que se adjudican las Obras de acondicionamiento ele la red de delegues en Carrasoosa del Campa /Cuenca)

Como resultado de la subasta anunciada en e! «Bale= Oacial del Estadios número 43. de 19 de febrero de 1963, para las obras de acondicionamiento de la red de desagües en Can-escasa del Campo iCuenca', cuyo presupuesto de contrata asciende a cuatro millones setecientas treinta y cinco mil setecientas no-venta y dos pesetas con noventa y ocho céntimas i4.735.192.98 pmetaisi, con esta fecha. la Dirección del Servicio Nacional de Concentración Parcelaria y Ordenacitia Rural ha resuelto adju-dicar dicha abra a aConsmictora Enana S. s.s. cm la can-tidad de dos Millones setecientas setenta y dos mil trescientas treinta y tres pesetas con veinte Mimé i2.77233320 pesetas]. con una bala que representa el 41.46 por 100 del presupuesto antes Indicado.

'Madrid. 29 de mano de 1463,—r Director, Ramón &nota 1.578

RESOLUCION del Servicio Nacional de Concentración Parcelaria U Ordenación Rural por la que se anuda

subasta para la ejercieron por contrata de las obras de daneantiento, tramos afirmadas, Obras de fábrica ft acondicionamiento de los arados ni Quejigal iscila-manoap.

Se anuncia subasta para la ejecución por contrata de las obras de daneamiento, untos afirmados, obras de fábrica y acondicionamiento de los prados en Quejigal Ralamancana

El presupuesta de ejecución de las obras asciende a un millón ciento ochenta y tres mil sesenta y tres pesetas con cincuenta y nueve céntimos il.183.063.59 mamas].

El proyecto y el pliego de condiciones de la subasta podrán ezaminarse en las oficinas centrales del Servicio Nacional de ConcentacIón Parcelarla y Ordenación Rural en Madrid (M-ala. número 54). y en la Delegación de dicho Organismo en

Salamanca (Calvo Mulo, numero 1), durante loa días hábiles y horas de oficina. La apertura de los pliegos tendrá lugar en Madrid en las oficinas centrales del Servicio Nacional de con-centración Parcelaria y Ordenación Rural el dia 8 de mayo de 1963. a las troce treinta (13.30) horas, ante la Junta Califi-cadora presidida por el Secretario técnico. y al mismo pasaran concurrir las personas naturales o Juridicas que no se hallen Mareas en alguna causa lega: de excepción o inconmaulaulad.

Las preposiciones se presentarán en das sobres cenados, en uno de los cuales se acompañaran las documentos que se in-dican en el apanado quinto del pliego de condiciones particu-lares y económicas. incluyéndose en el mismo el resguardo de haber constituido una fianza provisional de veintitrés mil seis-

cientos sesenta y una pesetas con veintisiete céntimos 123,661.27 pesetas) y la acreditación de haber realizado obras de análogo carácter a las que son objeto de la presente subasta. Las pro-omicrones deberán presentarse en cualquiera de las oficinas Indicadas antes de las doce horas del día 3 de mayo de 1963.

.Las proposiciones se ajustarán al siguiente modelo:

92 que suscribe en su propio nombre (o en represen-

tación de motu apoderamiento que acompaña), vecino

de provincia de can documento de Identidad que exhibe y con domicilio en .......calle de número en- terado del anuncio de la subasta para la ejecución de obras por contrata publicada en se compromete a llevar a cabo las obras de ..... por la, cantidad de ...... pesetas ten letra y a(lsera?, ajustándose en un todo al pliego, de condiciones de la subasta y a los ce condiciones facultativas del proyecto que declara oraron En :abre aparte, de amera]) con las tendido-nea de la convocatoria, presenta la documentación exigida para manar parte en la subasta.

(lecha y firma del proponente)

Madrid, 3 de abril de 1963.—El Director. Reman Beneyto,

1.650.

RESOLOCION del Servicio Nacional de Concentración

Porcelana p Ordenación Rural por /a que se anuncia

subasta para la ejecución por contraía de las obras de

«Red de saneamiento, camino a firmado de la cañada

p obras de lúbrica mi la zona de Castillejo de Asaba Ya lantelleait

Se animad subasta para M ejecución por contrata de Lis obras de «Red de saneamiento, camino afirmado de la cañada y auras de fabrica en la zona de Castillejo de Asaba (Salar

mancma El presupuesto de ejecución de las obras asciende a dos mi-

llones quinientas noventa y ocho mil quinientas ochenta y sets pesetas con sesenta y seis céntimos 12.598.506.66 pesetas).

El proyecto y el pliego de condiciones de la subasta podrán examinarse en las oficinas centrales de! Servicio Nacional de Concentración Parcelarla y Ordenadon Rural en Madrid (Al-calá, número 54], y en la Delegación de dicho Organismo en Salamanca ]Calvo Sotelo, número a durante los din hábiles y horas de oficina. La apertura de los pliegos tendrá lugar en Madrid en las oficinas centrales del Servida Nacional de con-cantmción Parcelaria y Ordenación Rural el dia 3 de mayo de 1963. a las trece treinta i13.30, horas, ante la Junta Califi-cadora presidida por el Secretario técnico. y al mismo podrán concurrir las personas naturales o prontas que no se hallen incurpas pa latina maga letal de excepción o incompatibilidad.

Las proposiciones se presentaran ea dos sobres cerrados, en uno de los cuales se aciimrsfianin loe documentos que se In-dican en el apartado quinto del pliego de condiciones Particu-lares y económicas, incluyéndose en el mismo el resguardo de haber constituido ara t'ama provisional de cincuenta y un mll novecientas setenta y una pesetas con setenta y tres céntimos 151.971.73 pesetas] y la acreditación de haber realizado obras de análogo raracter a las que son objeto de la presente su-basto, las proposiciones deberán presentarse en cualquiera de las oficinas indicadas ames de las doce horas del clla $ de abril de 1963

Las proposiciones se ajustarán al siguiente modelo:

El que suscribe -------en su propio nombre to en represen-

tación de según apoderamiento que acompaña), vecino

de provincia de con documento de identidad que

exhibe y con domicilio en calle de número en-

terado del anuncio de la subasta para la ejecución de obras por contram publicada en se compromete a llevar • cabo