juicio oral penal guatemalteco

Upload: carlos-e-cano

Post on 06-Jul-2018

229 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 8/18/2019 Juicio Oral Penal guatemalteco

    1/25

    FASE INTERMEDIA 1. EL PROCEDIMIENTO INTERMEDIO. 

    1.1. Procedimiento Intermedio: Concepto:  La fase intermedia se desarrolla después de agotada la etapa deinvestigai!n. Es deir" después de #a$er reali%ado un &mulo de diligeniasonsistentes en informaiones" evidenias o prue$as auténtias" 'ue servir(n paradeterminar si es posi$le someter al proesado a una formal ausai!n ) si proedela petii!n del *uiio oral ) p&$lio. Esta fase est( situada entre la investigai!n ) el *uiio oral" u)a funi!n prinipal onsiste en determinar si onurren lospresupuestos proesales 'ue ameritan la apertura del *uiio penal+ ,e arateri%apor ser un tanto $reve" )a 'ue es un momento proesal en el 'ue el -ue% de PrimeraInstania ontralor de la investigai!n" ali/a los #e#os ) las evidenias en 'ue

    fundamenta la ausai!n el Ministerio P&$lio luego se le omunia a las partes elresultado de las investigaiones" los argumentos ) defensas presentadason/riéndoseles audienia por el pla%o de seis d0as para 'ue mani/esten sus puntosde vista ) uestiones previas. Posteriormente" el -ue% determina se proede o no laapertura a *uiio penal. ,e trata de 'ue" tanto los distintos medios de investigai!n"omo otras deisiones tomadas durante la investigai!n preliminar" 'uefundamentan la ausai!n del Ministerio P&$lio" sean sometidas a un ontrolformal ) sustanial por parte del !rgano *urisdiional 'ue ontrola la investigai!n") las propias partes proesales.

     

    Fines u objetivo: Esta$leer omo ra%!n de esta etapa+ 1. el ontrol garantista *udiial para evitar *uiios super/iales . /*ar el #e#o motivo del *uiio oral" alual 'ueda vinulado el tri$unal de sentenia.

     

    1.2. Actividad de los Sujetos Procesales: 

    SOLICITUD DE APERTURA DEL M.P.:2enido el pla%o onedido para la investigai!n" el /sal de$er( formular la

    ausai!n ) pedir la apertura del *uiio" o $ien soliitar" si proediere" elso$reseimiento o la lausura ) la v0a espeial del proedimiento a$reviado uando

    fuese proedente. 34rt. 55 CPP6.El *ue% ordenar( la noti/ai!n del re'uerimiento al Ministerio P&$lio alausado ) a las dem(s partes" entreg(ndoles opia del esrito. Las atuaiones'uedar(n en el *u%gado para su onsulta por el pla%o de seis d0as omunes. 34rt.557 CPP.6

    4l d0a siguiente de rei$ida la ausai!n del Ministerio P&$lio" el *ue%se8alar( d0a ) #ora para la ele$rai!n de una audienia oral" la ual de$er(llevarse a a$o en un pla%o no menor de die% d0as ni ma)or de 'uine" on el o$*etode deidir la proedenia de la apertura a *uiio...

    Para permitir la partiipai!n del 'uerellante ) las partes iviles en el proeso"éstos de$er(n manifestarlo por esrito al *ue% antes de la ele$rai!n de la

    audienia" su deseo de ser admitidos omo tales. 34rt. 59: CPP6.Actitud del acusado: En la indiada audienia+ a6 ,e8alar los viios formales

    en 'ue inurre el esrito de ausai!n re'uiriendo su orrei!n $6 Plantear lase;epiones u o$st(ulos a la perseui!n penal ) ivil prevista en el C!digo 6 CPP6.

    Actitud del querellante:  En la indiada audienia+ a6 ad#erirse a la

    ausai!n del Ministerio P&$lio" e;poniendo sus propios fundamentos o manifestar

  • 8/18/2019 Juicio Oral Penal guatemalteco

    2/25

    'ue no ausar( $6 ,e8alar los viios formales en 'ue inurre el esrito de ausai!nre'uiriendo su orrei!n 6 O$*etar la ausai!n por'ue omite alg&n imputado oalg&n #e#o o irunstania de interés para la deisi!n penal" re'uiriendo suapliai!n o orrei!n.

    Actitud de las artes ci!iles: En la audienia las partes iviles de$er(n

    onretar detalladamente los da8os emergentes del delito u)a reparai!npretenden. Indiar(n tam$ién" uando sea posi$le" el importe apro;imado de laindemni%ai!n o la forma de esta$leerla. La falta de umplimiento de estepreepto se onsiderar( omo desistimiento de la ai!n.

     RE"UERIMIENTO DE SO#RESEIMIENTO$ CLAUSURA

      U OTRA FORMA CONCLUSI%A DEL M.P.:,i el Ministerio P&$lio re'uiri! el so$reseimiento" la lausura ) otra forma

    onlusiva 'ue no fuera la ausai!n" el *ue% ordenar( al d0a siguiente de lapresentai!n de la soliitud" la noti/ai!n a las partes" entreg(ndoles opia de lamisma ) poniendo a su disposii!n en el despa#o las atuaiones ) las evidenias

    reunidas durante la investigai!n para 'ue puedan ser e;aminadas en un pla%oom&n de ino d0as.En la misma resolui!n onvoar( a las partes a un audienia oral 'ue de$er(

    reali%arse dentro de un pla%o no menor de ino d0as ni ma)or de die%. 34rt. 597?I,. CPP6.

     Facultades & de'eres de las artes: En la referida audienia 3de 7 d0as6"

    las partes por igual podr(n+ a6 o$*etar la soliitud de so$reseimiento" lausura"suspensi!n ondiional de la perseui!n penal" de proedimiento a$reviado oapliai!n de riterio de oportunidad $6 ,oliitar la revoai!n de las medidasuatelares. 34rt. 597 TER.6

    En el d0a de la audienia se oneder( el tiempo neesario para 'ue adaparte fundamente sus pretensiones ) presente los medios de investigai!npratiados. De la audienia se levantar( un ata ) al /nali%ar" en forma inmediata"el *ue% resolver( todas las uestiones planteadas )" seg&n orresponda+ a6Deretar( la lausura provisional... $6 el so$reseimiento uando... 6 suspender(ondiionalmente el proeso... d6 apliar( el riterio de oportunidad...e6 Rati/ar("revoar(" sustituir( o impondr( medidas autelares. 4#ora $ien si el -ue% onsidera'ue de$e proeder la ausai!n" ordenar( su formulai!n" la ual de$er(presentarse en el pla%o m(;imo de siete d0as" esto es ausar( ) se proeder( omoen el apartado 'ue anteede 3soliitud de apertura6. 34rt. 597 @A4TER. CPP6.

     

    (.). Recepción de Medios de Investiación:La reepi!n de la prue$a doumental 'ue pretendan #aer valer las partes )

    el se8alamiento de los medios de investigai!n en fundan su oposii!n se #ar( enla misma audienia 3pla%o no menor de die% d0as ni ma)or de 'uine6 34rt. 55>B9:CPP6.

     (.*. Resolución del Procedimiento ! Auto de Apertura del "uicio:

    4l /nali%ar la interveni!n de las partes en la audienia de pla%o no menor dedie% d0as ni ma)or de 'uine" el *ue% inmediatamente deidir( so$re las uestionesplanteadas la apertura del *uiio o de lo ontrario el so$reseimiento" la lausura delproedimiento o el ar#ivo" on lo ual 'uedar(n noti/adas las partes. 34rt. 591

    CPP6.

    Citaciones:4l ditar el auto de apertura del *uiio" el *ue% itar( a 'uienes se les #a)a otorgadopartiipai!n de/nitiva en el proedimiento" a sus mandatarios" a sus defensores )al Ministerio P&$lio para 'ue" en el pla%o om&n de die% d0as ompare%an a *uiioal tri$unal designado ) onstitu)an lugar para rei$ir noti/aiones. ,i el *uiio sereali%are en un lugar distinto al del proedimiento intermedio" el pla%o de itai!nse prolongar( ino d0as m(s. 34rt. 599 CPP6.

     Remisión de Actuaciones:

  • 8/18/2019 Juicio Oral Penal guatemalteco

    3/25

    Pratiadas las noti/aiones orrespondientes" se remitir(n las atuaiones" ladoumentai!n ) los o$*etos seuestrados a la sede del tri$unal ompetente para el *uiio" poniendo a su disposii!n a los ausados.

     

    Cuarta Parte 

    EL +UICIO 1. EL -AICIO. 1.1. #l "uicio $ral:

    Esta es la etapa plena ) prinipal del proeso por'ue" frente al Tri$unal de,entenia integrado por tres *uees distintos al 'ue onoi! en la fase preparatoriae intermedia" en ella se produe el enuentro personal de los su*etos proesales )de los !rganos de prue$a ) se resuelve" omo resultado del ontraditorio" elonito penal.

    $bjetivo:  Rati/ar 'ue es en la fase de *uiio oral donde se produe elontraditorio" la reepi!n de prue$as" el *uiio ) el fallo *udiial.

    Re%uisitos: @ue el *ue% 'ue ontrol! la investigai!n le #a)a remitido al Tri$unal de,entenia" la doumentai!n ) las atuaiones siguientes+ 46 La petii!n deapertura a *uiio ) la ausai!n del Ministerio P&$lio o del 'uerellante ?6 El ata dela audienia oral en 'ue se determin! la apertura del *uiio C6 La resolui!n por laual se deide admitir la ausai!n ) a$rir a *uiio. 34rt. 17O del CPP6 )" D6 4#ora$ien" uando se trata de *uiio por delito de ai!n privada" el interesado presentadiretamente la 'uerella ante el Tri$unal de ,entenia" 'ue de estimarseproedente" se itar( a *uiio 34rt. 99 ) 59=B75 del CPP.6

      Actos de Preparación del &ebate: 

    Rei$idos los autos 3la ausai!n ) los doumentos en 'ue se funda ) el autode apertura a *uiio6" el tri$unal de sentenia da iniio a los atos preparatorios dela audienia p&$lia" onediendo oportunidad por un pla%o de seis d0as para+

     16 Depurar el proedimiento o plantear irunstanias 'ue pudieran anular o #aer

    in&til el de$ate. Es deir 'ue se presenten reusaiones ) e;epionesfundadas en nuevos #e#os" si los #u$iere 34r. 59= CPP6.

    6 Integrar el Tri$unal de ,entenia. 34rt. 9 del CPP"6.  56 Ofre%an las parte los medios de prue$a a presentar 34rt. 59 CPP.6 

    En un pla%o de o#o d0as" a ontar desde el venimiento de los seis d0asreferidos antes" se proede a+

     16 Pratiar diligenias de antiipo de prue$a por uasas e;epionales 34rt. 59

    del CPP.6.6 La uni!n o separai!n de *uiios 34rt.59>6" seg&n fuera la ausai!n por delitos

    de la misma o similar naturale%a" o 'ue surgen de un mismo ato o formanparte de un plan om&n. No proeder(" si los delitos est(n onstituidos porelementos diferentes o re'uieren prue$a distinta.

    En uanto al *u%gamiento de varios ausados a la ve% proede uandoéstos partiipan en la reali%ai!n de un mismo #e#o" )a sea omo autores o!mplies. De no ser as0" es proedente la separai!n de *uiios.

    56

  • 8/18/2019 Juicio Oral Penal guatemalteco

    4/25

    76 El tri$unal podr( ditar el so$reseimiento si fuera evidente una ausa e;tintivade la perseui!n penal" se trate de un inimputa$le o e;ista ausa de *usti/ai!n. Proeder( el ar#ivo si el ausado #a sido delarado re$elde 34rt.57 CPP6.

    =6 Por la gravedad del delito el tri$unal a soliitud de parte proeder( a dividir el

    de$ate" para tratar primero aera de la ulpa$ilidad )" posteriormente" lorelativo a la pena o medida de seguridad. 34rt. 575 del CPP6.El presidente del Tri$unal de ,entenia organi%a la ele$rai!n de la futura

    audienia ontraditoria" se8ala d0a ) #ora para tal efeto" asegura la presenia delas partes ) !rganos de prue$a ordena las itaiones" empla%amientos ) trasladosneesario.

     . EL DE?4TE. 2.1. #l &ebate: 

    Concepto: Es la etapa fundamental del *uiio" en 'ue se onreta la ausai!n ) seesu#a al ausado si éste lo desea" se rei$e ) produe toda la prue$a tendiente ade/nir" lo atinente a la e;istenia del #e#o imputado" la partiipai!n ulpa$le )puni$le del proesado ) a la determinai!n de la sani!n o medida de orrei!n )en donde se esu#a las valoraiones de las partes so$re todo lo ourrido a travésde la emisi!n de sus respetivos alegatos.

     Principios Fundamentales:  Esta etapa del proeso est( informada por losprinipios de oralidad 35=6" pu$liidad 357=6" inmediai!n 35796" onentrai!n )ontinuidad 35=:6 )" ontradii!n ) disusi!n 35==6.

     

    2.2. &esarrollo del &ebate: En la fe#a ) #ora se8alados+a.6 El presidente del Tri$unal de ,entenia 'ue dirige la audienia 34rt. 5==6" onstata la

    presenia de las partes" del /sal" testigos" peritos e interpretes ) delara a$ierto elde$ate 34rt. 5=6" #aiendo las advertenias de le) al ausado 34rt. 5=76.

    $.6 ,e proeder( a la letura de la ausai!n ) el auto de apertura a *uiio 34rt. 5=76Incidentes:

    .6 Podr(n plantearse inidentes por irunstanias nuevas o no onoidas omoreusaiones ) e;epiones 34rt. 5=>6" o la ampliai!n de la ausai!n 'ue tam$iénpodr( #aerse en el urso de la audienia #asta antes de errar la parte de

    reepi!n de prue$as 34rt. 556.&eclaración del Acusado:d.6 Delarai!n del ausado so$re el #e#o motivo del proeso" si es 'ue desea #aerlo

    34rt. 5:6.Recepción de Pruebas:

    e.6 Reepi!n de prue$as" delaraiones" interrogatorios" refutaiones" argumentaionesso$re los medios de prue$a 'ue de viva vo% se plantean.La Prueba se practica, reproduce y discute en el siguiente orden:F Peritos: 'uienes on $ase en sus onoimientos en ienia" arte" industria o

    ual'uier atividad #umana" espeialmente en el ampo de la riminal0stia"opinan so$re aspetos de interés pro$atorio 34rt. 5=6

    F Testi,os: 'ue delaran so$re #e#os 'ue #an a0do $a*o el dominio de sussentidos ) 'ue interesan al proeso 34rt. 56.

    F Lectura de Docu-entos e Inor-es 34rt. 5:6.F E/0i'ici1n de  o$*etos" instrumentos o uerpos del delito para su

    reonoimiento. Reroducci1n de gra$aiones ) audiovisuales 34rt. 5:6.F Insecci1n o reconstrucci1n 2udicial de los #e#os fuera del tri$unal 34rt.

    5:6.F Lectura & discusi1n de rue'as anticiadas. 34rt. 5:6F Pr3ctica de nue!as rue'as surgidas de *uiio o derivadas del mismo. 34rt.

    516. 

  • 8/18/2019 Juicio Oral Penal guatemalteco

    5/25

    Los &nios medios de prue$a son los 'ue se presentan ) disutenver$almente en el de$ate $a*o los prinipios de inmediai!n" pu$liidad )ontradii!n. Estamos frente a una atividad pro$atoria produida on todas lasgarant0as onstituionales ) proesales" &nia apa% de destruir la presuni!n deinoenia.

      &iscusión Final ! Clausura:Rei$ida la prue$a" prosigue la disusi!n /nal ) ierre del de$ate" en la 'ue el

    /sal ) la defensa presentan sus onlusiones ) valoraiones. Ello signi/a 'uee;ponen en forma lara ) persuasiva por 'ué de$en resolverse omo piden. Esta esla oportunidad para presentar en forma fundada sus puntos de vista destaando lo'ue les interesa 34rt. 56.

    ,e trata de induir al Tri$unal a la postura 'ue se sustenta )" por lo tanto dee;poner ra%onamientos onvinentes 'ue ondu%an a un fallo favora$le.

    La defensa" seg&n orresponda" plantear( la inoenia de su liente" la dudara%ona$le 'ue impida una sentenia ondenatoria" una /gura delitiva menos

    grave" la atenuai!n del delito 'ue se imputa o ausas 'ue e;imen laresponsa$ilidad penal.4l /nali%ar las onlusiones" orresponde la &ltima pala$ra al ausado 34rt.

    56 ) a ontinuai!n el Tri$unal delara lausurado el de$ate. 

    &ocumentación del &ebate 'AC(A):El ata del de$ate" es un ato *udiial fundamental en el proeso penal pues

    si no se reali%a" ello impliar( la nulidad del de$ate )" omo onseuenia de lasentenia. Claro est( 'ue si $ien esa nulidad no esta regulada en la le)" no o$sta" els!lo #e#o de no e;istir el ata" se tiene 'ue el -uiio Oral no e;isti! en el mundo

    e;terior. Pues la ausenia de la misma" de*a la sentenia sin sustentai!n legal"por'ue el medio id!neo para pro$ar 'ue el de$ate se reali%!" es &niamente el ata.Conforme al art0ulo 5>7 del C!digo Proesal Penal+ G4ta del De$ate. @uien

    desempe8e la funi!n de seretario durante el de$ate levantar( ata" 'ueontendr(" por lo menos" las siguientes enuniaiones+

     1.B Lugar ) fe#a de iniiai!n ) /nali%ai!n de la audienia" on meni!n de las

    suspensiones ordenadas ) de las reanudaiones..B El nom$re ) apellido de los *uees" de los representantes del Ministerio P&$lio" del

    ausado ) de las dem(s partes 'ue #u$ieren partiipado en el de$ate" inlu)endodefensor ) mandatario.

    5.B El desarrollo del de$ate" on meni!n de los nom$res ) apellidos de los testigos"peritos e intérpretes" on alarai!n aera de si emitieron la protesta solemne dele) antes de su delarai!n o no lo #iieron" ) el motivo de ello" designando losdoumentos le0dos durante la audienia.

    9.B Las onlusiones /nales del Ministerio P&$lio" del defensor ) dem(s partes.7.B La o$servania de las formalidades eseniales" on meni!n de si se proedi!

    p&$liamente o fue e;luida la pu$liidad" total o parialmente.=.B Otras meniones previstas por la le)" o las 'ue el presidente ordene por si" o a

    soliitud de los dem(s *uees o partes" ) las protestas de anulai!n )".B Las /rmas de los miem$ros del tri$unal ) seretario. 

    El Tri$unal podr( disponer la versi!n ta'uigr(/a o la gra$ai!n total o parialdel de$ate" o 'ue se resuma" al /nal de alguna delarai!n o ditamen" la parteesenial de ellos" en u)o aso onstar( en el ata la disposii!n del tri$unal ) laforma en 'ue fue umplida. La versi!n ta'uigr(/a" la gra$ai!n o la s0ntesisintegrar(n los atos del de$ate.G

     4dem(s de los anteriores re'uisitos se de$e asentar 'ue se tom! la

    delarai!n del proesado" pero no es neesaria la transripi!n de toda sudelarai!n. De$e onsignarse 'ue omparei! el testigo" 'ue se le tom! protesta") 'ue delar!" ) una $reve ) suinta transripi!n de su delarai!n" pero noneesariamente tiene 'ue transri$irse todo su di#o. Lo mismo ourre en el aso

    de peritos ) otras personas 'ue #an de$ido asistir al de$ate. Tam$ién de$e

  • 8/18/2019 Juicio Oral Penal guatemalteco

    6/25

    ontener el ata del de$ate" las protestas ) aotaiones 'ue el presidente o laspartes soliiten 'ue se #aga ontar.

    G4rt0ulo 5>=. Comuniai!n del ata. El ata se leer( inmediatamentedespués de la sentenia ante los ompareientes" on lo 'ue 'uedar( noti/ada eltri$unal podr( reempla%ar su letura on la entrega de una opia para ada una de

    las partes" en el mismo ato al pie del ata se de*ar( onstania de la forma en 'ueella fue noti/ada.GG4rt0ulo 5>. 2alor del ata. El ata demostrar(" en prinipio" el modo en 'ue

    se desarrollo el de$ate" la o$servania de las formalidades previstas para él" laspersonas 'ue #an intervenido ) los atos 'ue se llevaron a a$o.G

     

    5. L4 ,ENTENCI4. *.1. Concepto:

    La sentenia es el &ltimo ato o fase proesal del *uiio oral" 'ue est(

    onformada por un ra%onamiento l!gio deisivo" mediante el ual el !rgano *urisdiional pone /n a la instania del proeso penal. Tam$ién puede deirse 'uees el ato proesal on el 'ue el Tri$unal o -ue% resuelve" fund(ndose en las atas )lo atuado en el de$ate" la ausa penal ) ivil" en su aso" llevadas a suonoimiento.

     Clases de Sentencia:,entenia 4$solutoria. Para efetos de la sentenia" el C!digo Proesal Penal" en elart0ulo 5>1" esta$lee+ G4$solui!n. La sentenia a$solutoria se entender( li$re delargo en todos los asos. Podr(" seg&n las irunstanias ) la gravedad del delito"ordenar la li$ertad del ausado" la esai!n de las restriiones impuestas

    provisionalmente ) resolver( so$re las ostas. 4pliar(" uando orresponda"medidas de seguridad ) orrei!n. Para las medidas de seguridad ) orrei!n )las insripiones rige el art0ulo siguiente.G,entenia Condenatoria+ G4rt0ulo 5>. Condena. La sentenia ondenatoria /*ar(las penas ) medidas de seguridad ) orrei!n 'ue orrespondan. Tam$iéndeterminar( la suspensi!n ondiional de la pena )" uando proediere" laso$ligaiones 'ue de$er( umplir el ondenado )" en su aso" uni/ar( las penas"uando fuere posi$le.

    La sentenia deidir( tam$ién so$re las ostas ) so$re la entrega de loso$*etos seuestrados a 'uien el tri$unal estime on me*or dere#o a poseerlos" sinper*uiio de los relamos 'ue orrespondieren ante los tri$unales ompetentes

    deidir( so$re el deomiso ) destrui!n" previstos en la le) penal.Cuando la sentenia esta$le%a la falsedad de un doumento" el tri$unalmandar( insri$ir en él una nota marginal so$re la falsedad" on indiai!n deltri$unal" del proedimiento en el ual se dit! la sentenia ) de la fe#a de supronuniamiento. Cuando el doumento esté insrito en un registro o/ial" o uandodetermine una onstania o su modi/ai!n en él" tam$ién se mandar( insri$ir enel registro.G

     Re%uisitos de la Sentencia:G4rt0ulo 5>. Re'uisitos de la sentenia. La ,entenia ontendr(+

    1.B La meni!n del tri$unal ) la fe#a en 'ue se dita el nom$re ) apellido del ausado )

    los dem(s datos 'ue sirvan para determinar su identidad personal si la ausai!norresponde al Ministerio P&$lio si #a) 'uerellante ad#esivo sus nom$res )apellidos. Cuando se e*er%a la ai!n ivil" el nom$re ) apellido del atos ivil )" ensu aso" del terero ivilmente demandado.

    .B La enuniai!n de los #e#os ) irunstanias 'ue #a)an sido de la ausai!n o de suapliai!n" ) del auto de apertura del *uiio los da8os u)a reparai!n relama elator ivil ) sus pretensi!n reparadora.

    5.B La determinai!n preisa ) irunstaniada del #e#o 'ue el tri$unal estimeareditado.

    9.B Los ra%onamientos 'ue induen al tri$unal a ondenar o a$solver.7.B La parte resolutiva" on meni!n de las disposiiones legales aplia$les )"

    =.B La /rma de los *uees.G

  • 8/18/2019 Juicio Oral Penal guatemalteco

    7/25

     La ,entenia siempre se pronunia en nom$re del pue$lo de la Rep&$lia de

    Huatemala. 

    Procedimiento de &eliberación:

    Los integrantes del tri$unal de sentenia proeden inmediatamente adeli$erar en privado so$re lo 'ue #an esu#ado ) preseniado 34rt. 556 ) salvo'ue deidan reanudar el de$ate 3596" faultad 'ue tiene por la lealtad a la *ustiia) ompromiso on la verdad #ist!ria" proeden a valorar la prue$a onforme a lasana r0tia ra%onada 34rt. 576" 'ue no es otra osa 'ue la li$re onieniae;pliada ) fundada.

    Deli$erar(n en orden l!gio so$re lo ourrido en el de$ate+  F Cuestiones previas 'ue #u$iesen de*ado para resolver #asta ese momento.  F E;istenia del #e#o riminal.  F Responsa$ilidad penal.  F Cali/ai!n del delito.

      F Pena a imponer.  F Responsa$ilidades iviles.  F Costas *udiiales.  F Otras meniones previstas en la le) omo la suspensi!n de la ondena" la onversi!n

    ) la onmuta 3)a no pueden los *uees de*ar a$ierto el proedimiento omo se #a0aantes" si no 'ue proeden onforme al art0ulo > a presentar denunia o$ligatoriaal !rgano ausador.6

    Deiden por votai!n. El *ue% 'ue no esta de auerdo e;pondr( la ra%!n de sudisrepania 34rt. 56. La sentenia solo podr( ser a$solutoria 34rt. 5>16 oondenatoria 34rt. 5>6. 4doptada la deisi!n se transri$e en su totalidad osolamente la parte resolutiva 34rt. 5>:6. En seguida regresan a la sala del de$ate )

    e;plian su fallo ) lo leen.Posteriormente se levanta el ata del de$ate. 

    Sistemas de #stimativa de la Prueba:E;isten distintos sistemas para valorar la prue$a" a ontinuai!n se se8alan los m(simportantes+

    1 Siste-a de Prue'a Le,al:  En este sistema" la le) proesal e;plia $a*o 'ueondiiones el *ue% de$e ondenar ) $a*o uales de$e a$solver"independientemente de su riterio propio. El C!digo Proesal Penal anterior3derogado6 se $asa$a en este sistema. Por e*emplo" el art0ulo 1: estipula$a 'uela onfesi!n lisa ) llana" on las formalidades de la le)" #a0a plena prue$a o el

    art0ulo :7 'ue esta$le0a 'ue no #a0a prue$a en adulterio la onfesi!n de unosolo de los enausados. De fondo este sistema se $asa en la deson/an%a #aia los *uees ) pretende limitar su riterio interpretativo.

    La Inti-a Con!icci1n: En el sistema de 0ntima onvii!n" la persona toma sudeisi!n sin tener 'ue $asarse en reglas a$stratas ) generales de valorai!npro$atoria" sino 'ue en $ase a la prue$a presentada de$e deidir ual es la#ip!tesis 'ue estima omo ierta. 4 diferenia del sistema de sana r0tia ra%onada"no se e;ige la motivai!n de la deisi!n. Este sistema es propio de los proesos on *urados.

    5 La Sana Cr4tica Ra5onada: El *ue% de$e onvenerse so$re la on/rmai!n o no dela #ip!tesis" pero en $ase a un an(lisis raional ) l!gio. Por ello es o$ligatorio 'ue

    el *ue% motive todas sus deisiones" demostrando el ne;o entre sus onlusiones )los elementos de prue$a en los 'ue se $asa. La motivai!n re'uiere 'ue el *ue%desri$a el elemento pro$atorio ) realie su valorai!n r0tia" )a 'ue de loontrario la resolui!n del *ue% ser0a inontrola$le ) podr0a ser ar$itraria. El C!digoProesal Penal vigente reoge este prinipio en sus art0ulos 1= ) 57. ,i $ien lavalorai!n de la prue$a es tarea eminentemente *udiial" el /sal de$er( reurrir ala sana r0tia para ela$orar sus #ip!tesis ) fundamentar sus pedidos.

     +icios de la Sentencia:

     G4rt0ulo 5>9. %icios de la sentencia. Los defetos de la sentenia 'ue #a$ilitan la

    apelai!n espeial" son los siguientes+

  • 8/18/2019 Juicio Oral Penal guatemalteco

    8/25

    1.B @ue el ausado o las partes iviles no estén su/ientemente individuali%ados..B @ue falte la enuniai!n de los #e#os imputados o la enuniai!n de los da8os ) la

    pretensi!n de reparai!n del ator ivil.5.B ,i falta o es ontraditoria la motivai!n de los votos 'ue #aga la ma)or0a del

    tri$unal" o no se #u$ieren o$servado en ella las reglas de la sana ritia ra%onada

    on respeto a medios o elementos pro$atorios de valor deisivo.9.B @ue falta o sea inompleta en sus elementos eseniales la parte resolutiva.7.B @ue falte la fe#a o la /rma de los *uees" seg&n lo dispuesto en los art0ulos

    anteriores.=.B La ino$servania de las reglas previstas para la redai!n de las sentenias.

      "uinta Parte: 

    IMPU6NACIONES 1. RECAR,O,. (.(. Concepto:

    En el aspeto proesal" un reurso es la relamai!n 'ue" onedida por la le)o reglamento" formula 'uien se ree per*udiado o agraviado por la resolui!n de un *ue% o tri$unal" para ante el mismo o el superior inmediato" on el /n de 'ue lareforme o revo'ue.

     $bjeto:  Para evitar a$usos de poder" motivar ma)or ree;i!n" orregir errores#umanos o interpretaiones inorretas de la le)" as0 omo prevenir a$usos oar$itrariedades" el Dere#o #a reado medios 'ue permiten om$atir" ontradeir orefutar las deisiones *udiiales. Estas medidas son los reursos" 'ue no son m(s'ue las diferentes v0as para propiiar el ree;amen de una deisi!n *udiial por elmismo tri$unal 'ue la dit! o uno de ma)or *erar'u0a.

    Los medios de impugnai!n 'ue ontempla la atual legislai!n proesalpenal" tienen omo o$*etivo 'uitarle a la segunda instania el papel de impulso delformalismo en el 'ue se #a$0a onvertido" so$re todo por la apliai!n de oneptosdel dere#o privado por lo 'ue para enau%ar los reursos a su orreta naturale%a *ur0dia" desaparee la onsulta" se a$revian los pla%os" inlusive para la apelai!ngenéria no se se8ala d0a para la vista" por'ue se entiende 'ue en el memorial deinterposii!n se e;plian las ra%ones de la impugnai!n" ) 'ue las partes 'ue est(nde auerdo on la resolui!n reurrida e;pondr(n sus ra%ones inmediatamente.4dem(s" la ma)or0a de reursos no tienen efeto suspensivo" pues el proedimientoontin&a a menos 'ue la resolui!n" 'ue anali%a otro tri$unal" sea neesaria paraavan%ar proesalmente. La apelai!n de sentenias ) autos de/nitivos tam$iénad'uiere arater0stias distintas" puesto 'ue no pueden revisarse los #e#os/*ados en el proeso sino s!lo la posi$le e;istenia de errores en la apliai!n deldere#o sustantivo o ad*etivo.

     (.7. Recursos $rdinarios: 4rt0ulo 5>. FACULTADES DE RECURRIR.JJ Las resoluiones *udiiales ser(n reurri$les" s!lo por los medios ) en los asos

    esta$leidos.JJ Podr(n reurrir 'uienes tengan interés direto en el asunto.JJ Cuando proeda" el Ministerio P&$lio podr( reurrir en favor del ausado.JJ Las partes iviles podr(n reurrir s!lo en lo onerniente a sus intereses.JJ El defensor podr( reurrir autom(tiamente on relai!n al ausado. 4rt0ulo 5>>. INTERPOSICION.JJ Los reursos de$er(n ser interpuestos en las ondiiones de modo ) tiempo 'ue

    determine la le).JJ En aso de defeto u omisi!n de forma o de fondo" el interponente tendr( un pla%o

    de tres d0as" ontados a partir de su noti/ai!n" para 'ue lo orri*a o ampl0erespetivamente.

     4rt0ulo 9::. DESISTIMIENTO.

  • 8/18/2019 Juicio Oral Penal guatemalteco

    9/25

    JJ @uienes #a)an interpuesto un reurso pueden desistir de él antes de su resolui!n"sin per*udiar a los dem(s reurrentes o ad#erentes" respondiendo por las ostas.

    JJ El defensor no podr( desistir de los reursos 'ue #a)a interpuesto sin la aeptai!ndel imputado o ausado.

    JJ El imputado o el ausado podr( desistir de los reursos interpuestos por su defensor"

    previa onsulta on éste" 'uien de*ar( onstania en el ato respetivo. 4rt0ulo 9:1. EFECTOS.JJ ,i en un proeso #u$iere varios oimputados o oausados" el reurso interpuesto en

    interés de uno de ellos favoreer( a los dem(s" siempre 'ue los motivos en 'ue sefunde no sean e;lusivamente personales.

    JJ El reurso del terero ivilmente demandado tam$ién favoreer( al imputado odemandado" salvo 'ue sus motivos oniernan a intereses meramente iviles.

    JJ La interposii!n de un reurso suspender( la e*eui!n s!lo en los delitos de graveimpato soial ) peligrosidad del sindiado" salvo 'ue se dispongan lo ontrario o se#a)an desvaneido los indiios de riminalidad.

     

    Reposición:,ostiene Clari( Olmedo 'ue La reosici1n  no es un reurso en sentido

    estrito por areer de efeto devolutivo. Es un art0ulo dentro del proeso 'uepuede tener lugar tanto en la instrui!n omo en el *uiio.

    Es m(s durante el *uiio propiamente di#o es el &nio reurso 'ue puedeinterponerse ontra las resoluiones 3autos o deretos6 ditadas por el Tri$unal de,entenia uando resuelven temas o puntos distintos de a'uel 'ue onstitu)e lauesti!n de fondo disutida en el proeso. la 'ue ser( resuelta por sentenia.

    En términos generales" on el reurso de reposii!n la parte 'ue se onsidera

    agraviada relama 'ue el mismo *ue% 'ue dito la resolui!n la revo'ue porontrario imperio por onsiderarla ar$itraria o ilegal.

    De su o$*eto 'uedan e;luidas todas las deisiones so$re el fondo" seande/nitivas o provisionales. De a'u0 'ue la -oti!aci1n 0a de ser sie-re denaturale5a rocesal. Pero adem(s de$e tratarse de una resolui!n ditada sinsu$staniai!n" vale deir sin interveni!n o audienia de am$as partes. Mu#os!digos e;lu)en los deretos de mero tr(mite" limitando el o$*eto a los Gautosditados sin su$staniai!nG" pero la *urisprudenia #a e;tendido este onepto aderetos 'ue tienen signi/ai!n de GautosG.

     4rt0ulo 9:. PROCEDENCIA 8 TRAMITE.

    JB El reurso de reposii!n proeder( ontra las resoluiones ditadas sin audieniaprevia" ) 'ue no sean apela$les. El tri$unal 'ue las dit! e;aminar( nuevamente lauesti!n ) ditar( la resolui!n 'ue orresponda.

    JB En un pla%o de tres d0as se interpondr( por esrito fundado ) el tri$unal lo resolver(de plano.

     4rt0ulo 9:5. REPOSICION DURANTE EL +UICIO.JB Las resoluiones emitidas durante el tr(mite del *uiio s!lo podr(n ser reurridas por

    las partes mediante su reposii!n.JJ En el de$ate" el reurso se interpondr( oralmente ) se tramitar( ) resolver(

    inmediatamente.

    JJ La reposii!n durante el *uiio e'uivale a la protesta de anulai!n a 'ue se re/ere laapelai!n espeial en el aso de 'ue el tri$unal no deida la uesti!n onforme alreurso interpuesto.

      Apelación:

    En términos generales puede deirse 'ue es el 'ue se interpone ante el *ue%superior para impugnar la resolui!n del inferior. En la legislai!n #a$itual se daontra las sentenias de/nitivas" las sentenias interloutorias ) las provideniassimples 'ue ausen un gravamen 'ue no pueda ser reparado por la senteniade/nitiva. Ll(mase tam$ién recurso de alzada.

    ?a*o el nom$re de apelai!n" el Li$ro III del CPP trata el reurso ordinariomediante el ual las ,alas de la Corte de 4pelaiones onoe la legalidad de las

  • 8/18/2019 Juicio Oral Penal guatemalteco

    10/25

    resoluiones enumeradas en los arts. 9:9 ) 9:7. 4lgunos autores #an deididollamar a este reurso de 4pelai!n Henéria para difereniarlo de a'uel otro 'ue elmismo CPP denomina 4pelai!n Espeial" u)o o$*eto impugnativo se enuentraregulado en el art. 917.

    La apelai!n GgenériaG resulta ser el m(s importante reurso durante el

    per0odo instrutivo. ,e arateri%a por la olegialidad del tri$unal ad quen" la ,alade la Corte de apelaiones 34rt. 9>6.,on apela$les en forma espe0/a las resoluiones de ma)or reperusi!n para

    el proeso" tales omo el so$reseimiento" las 'ue denieguen la pr(tia de prue$aantiipada" las 'ue denieguen o restrin*an la li$ertad del imputado" et.

    Es de le) 'ue el reurso de apelai!n esté espe0/amente previsto respetode resoluiones trasendentales de la instrui!n e;lu)éndose otras de granrelevania JJ al no estar menionadas en el art. 9:9 JJ omo por e*.+ el auto deapertura a *uiio regulado en el art. 59 del CPP.

    De tal manera 'ue el legislador #a optado por el sistema de ta;atividad pararegular la impugna$ilidad o$*etiva del reurso de 4pelai!n 3genéria6" de manera

    tal 'ue s!lo ser(n apela$les uando espe0/amente la le) los delare tales" en esteaso se trata de las resoluiones *urisdiionales ta;ativamente enumeradas en losarts. 9:9 ) 9:7. 2ale deir 'ue primera gran diferenia 'ue efet&a la le) es la dedistinguir autos 39:96 ) sentenias 39:76 reurri$les por v0a de la 4pelai!n3genéria6.

     4rt0ulo 9:9. APELACION.JJ ,on apela$les los autos ditados por los *uees de primera instania 'ue resuelvan.

    1.B Los onitos de ompetenia..B Los impedimentos" e;usas ) reusaiones.5.B Los 'ue no admitan" denieguen o delaren a$andonada la interveni!n del

    'uerellante ad#esivo o del ator ivil.9.B Los 'ue no admitan o denieguen la interveni!n del terero demandado.7.B Los 'ue autorien la a$steni!n del e*eriio de la ai!n penal por parte del

    Ministerio P&$lio.=.B Los 'ue denieguen la pr(tia de la prue$a antiipada..B Los 'ue delaren la suspensi!n ondiional de la perseui!n penal..B Los 'ue delaren so$reseimiento o lausura del proeso.>.B Los 'ue delaren la prisi!n o imposii!n de medidas sustitutivas ) sus

    modi/aiones.1:. Los 'ue denieguen o restrin*an la li$ertad.11. Los 'ue /*en término al proedimiento preparatorio )

    1. Los 'ue resuelvan e;epiones u o$st(ulos a la perseui!n penal ) ivil.15. Los autos en los uales se delare la falta de mérito. JJ Tam$ién son apela$les los autos de/nitivos emitidos por el *ue% de e*eui!n ) los

    ditados por los *uees de pa% relativos al riterio de oportunidad.

    4rt0ulo 9:7. SENTENCIAS APELA#LES.JJ Las 'ue emiten los *uees de primera instania 'ue resuelvan el proedimiento

    a$reviado ontenido en el li$ro uarto de proedimientos espeiales"

    4rt0ulo 9:=. INTERPOSICION.

    JJ El reurso de apelai!n se interpondr( ante el *ue% de primera instania" 'uién loremitir( a la sala de la orte de apelaiones a donde orresponde.

     4rt0ulo 9:. TIEMPO 8 FORMA.JJ La apelai!n se interpondr( por esrito dentro del término de tres d0as indiando el

    motivo en 'ue se funda.JJ ,e delarar( inadmisi$le si el apelante no orrige en su memorial los defetos u

    omisiones. 4rt0ulo 9:. EFECTOS.

  • 8/18/2019 Juicio Oral Penal guatemalteco

    11/25

    JJ Todas las apelaiones se otorgar(n sin efeto suspensivo del proedimiento" salvo lasde las resoluiones 'ue impidan seguir onoiendo del asunto por el *ue% deprimera instania sin 'ue sea neesaria su anulai!n.

    JJ E;epto en los asos espeiales se8alados en este C!digo" la resolui!n ser(e*eutada #asta 'ue sea resuelta por el tri$unal superior.

     4rt0ulo 9:>. COMPETENCIA.JJ El reurso de apelai!n permitir( al tri$unal de al%ada el onoimiento del proeso

    s!lo en uanto a los puntos de resolui!n a 'ue se re/eren los agraviados.JJ El tri$unal podr( on/rmar" revoar" reformar o adiionar la resolui!n. 4rt0ulo 91:. TRAMITE.JJ Otorgada la apelai!n ) #e#as las noti/aiones se elevar(n las atuaiones

    originales a m(s tardar a la primera #ora la$ora$le del d0a siguiente. 4rt0ulo 911. TRAMITE DE SE6UNDA INSTANCIA.

    JJ El tri$unal resolver( dentro del pla%o de tres d0as ) en forma erti/ada" devolver(las atuaiones" inmediatamente.JJ Para la apelai!n de sentenia por proedimiento a$reviado se se8alar( audienia

    dentro del pla%o de ino d0as de rei$ido el e;pediente. El apelante ) dem(s partese;pondr( sus alegatos inluso por esrito.

    JJ Terminada la audienia" el tri$unal deli$erar( ) emitir( la sentenia. 

     Apelación #special:Este reurso onstitu)e un medio de impugnai!n peuliar en el sistema de *ustiiapenal de Huatemala" )a 'ue el pro)eto original del C!digo Proesal Penalontempla$a &niamente la asai!n" luego en la revisi!n del mismo por parte del

    Dotor 4l$erto Kerrarte" se introdu*o la /gura de reurso de anulai!n" pero/nalmente la le)" lo ontempla omo 4pelai!n Espeial. 2ale su$ra)ar 'ue estereurso de 4pelai!n Espeial no es una Casai!n pe'ue8a 3asaionita6 omoe'uivoadamente se a/rma" pues on este reurso se persigue el ontrol de lasdeisiones *udiiales 3sentenias entre otras6 teniendo en uenta el prinipio deeleridad ) eonom0a proesal. No olvidemos 'ue este reurso es ordinario ) por el#e#o de onsiderarlo asai!n pe'ue8a" se e;ige un e;eso de formalismos paraser admisi$le" de ese modo se impide entrar a onoer el fondo de estaimpugnai!n. Consideramos 'ue &niamente de$e llenarse los re'uisitos 'ue la le)e;ige ) nuna de$e e;igirse m(s ) #aerla engorrosa.

    4ntes de alan%ar su /rme%a 3osa *u%gada6 o de ausar estado" la sentenia

    penal ) las dem(s resoluiones 'ue se diten durante el *uiio plenario pueden serimpugnadas" en los asos autori%ados por la le) por la parte 'ue resulte agraviada.4 esos /nes la parte 'ue se onsidere agraviada podr( interponer los reursosespe0/amente previstos. En los sistemas on instania &nia" omo ourren onlos !digos modernos" la sentenia es reurri$le mediante alguna modalidadasatoria" tal omo suede en el CPP de Huatemala mediante la 4pelai!n Espeial3CPP" 917 ) ss.6" primero ) eventualmente después mediante la asai!n previstapor el art. 95 ) ss." reurso 'ue tam$ién se autori%a on respeto a otrasresoluiones del *uiio 'ue tengan valor de de/nitivas.

    De manera tal 'ue e;iste una do$le v0a de aeso a las ,alas de la Corte de4pelaiones" la 4pelai!n Henéria ) la 4pelai!n Espeial. En el aso de esta

    &ltima se puede a/rmar 'ue su fundamentai!n se limita e;lusivamente a motivosde dere#o" sea de fondo o de forma 3CPP 91>6. De a'u0 'ue el ampo de los#e#os fundamentadores de la resolui!n 'ueda e;luido del entra en la 4pelai!nEspeial. Es deir 'ue los viios 'ue se ontrolan por esta v0a impugnativa" son losdenominados omo viios in procedendo 3art. 91>" in. 6 ) los denominados omoviios in iudicando in iure 391>" in. 16" 'uedando e;luidos los llamados viios iniundicando in facti.

     

    4rt0ulo 917. O#+ETO.JJ ,e podr( interponer el reurso de apelai!n espeial ontra la sentenia del tri$unal

    de sentenia o ontra la resolui!n del mismo ) el de e*eui!n 'ue ponga /n a la

    http://redusacunoc.tripod.com/PROCESAL_PENAL_II.html#_ftn2http://redusacunoc.tripod.com/PROCESAL_PENAL_II.html#_ftn2

  • 8/18/2019 Juicio Oral Penal guatemalteco

    12/25

    ai!n" a la pena o a una medida de seguridad ) orrei!n" imposi$ilite 'ue ellasontin&en" impida el e*eriio de la ai!n" o deniegue la e;tini!n" onmutai!n osuspensi!n de la pena.

     4rt0ulo 91=. INTERPONENTES.

    F El Ministerio P&$lioF El @uerellante ad#esivoF El ausado ) su defensorF El ator ivil ) el responsa$le ivilmente" en la parte 'ue les orresponde.

     4rt0ulo 91. AD9ESION.JJ @uien no #a)a planteado el reurso de apelai!n espeial" podr( ad#erirse al reurso

    onedido a otro" dentro del per0odo del empla%amiento. El ato de$er( ontenerlos re'uisitos 'ue se e;igen.

     4rt0ulo 91. FORMA 8 PLAO.

    JJ El reurso de apelai!n espeial se interpondr( por esrito dentro del pla%o de die%d0a%" ante el tri$unal 'ue dit! la resolui!n reurrida.JJ El reurrente indiar( separadamente ada motivo" itar( los preeptos legales 'ue

    onsidere err!neamente apliados o ino$servados ) e;presar( ual es la apliai!n'ue pretende.

     4rt0ulo 91>. MOTI%OS.JJ El reurso de apelai!n espeial s!lo se #ar( valer uando la sentenia ontenga los

    siguientes viios+1.6 De fondo+ ino$servania" interpretai!n inde$ida o err!nea apliai!n de la le)..6 De forma+ ino$servania o err!nea apliai!n de la le) 'ue onstitu)e un

    defeto del proedimiento.En este aso el reurso ser( admisi$le s!lo si elinteresado #a relamado su su$sanai!n o #e#o protesta de anulai!n. 4rt0ulo 9:. MOTI%OS A#SOLUTOS DE ANULACION FORMAL.JJ No ser( neesaria la protesta previa" uando se invo'ue la ino$servania o err!nea

    apliai!n de las disposiiones onernientes+1.B 4l nom$ramiento ) apaidad de los *uees ) a la onstitui!n del tri$unal..B 4 la ausenia del Ministerio P&$lio en el de$ate o de otra parte u)a presenia

    prevé la le).5.B 4 la interveni!n" asistenia ) representai!n del ausado en el de$ate" en los

    asos ) formas 'ue la le) esta$lee.

    9.B 4 la pu$liidad ) ontinuidad del de$ate" salvo las ausas de reserva autori%ada.7.B 4 los viios de la sentenia.=.B 4 in*ustiia notoria.

     4rt0ulo 91. EFECTOS.JJ El tri$unal de apelai!n espeial onoer( solamente de los puntos de la sentenia

    impugnada en el reurso.JJ ,i proede el reurso por motivos de fondo" anular( la sentenia reurrida )

    pronuniar( la 'ue orresponda.JJ Por motivos de forma" anular( la sentenia ) el ato proesal impugnado ) enviar( el

    e;pediente al tri$unal respetivo para su orrei!n. El tri$unal de sentenia ditar(

    nuevamente el fallo orrespondiente. 4rt0ulo 9. REFORMATIO IN PEIUS.JJ Cuando la resolui!n s!lo #a)a sido reurrida por el ausado o por otro en su favor"

    no se modi/ar( en su per*uiio" salvo 'ue los motivos se re/eran a interesesiviles.

    JJ 4l impugnar lo referente a responsa$ilidades iviles" el monto /*ado s!lo podr(modi/arse o revoarse en ontra del reurrente" si la parte ontraria lo soliita.

     (RAMI(# ,A AP#,ACI$- #SP#CIA,

     

    4rt0ulo 95. INTERPOSICION.

    http://redusacunoc.tripod.com/PROCESAL_PENAL_II.html#_ftn3http://redusacunoc.tripod.com/PROCESAL_PENAL_II.html#_ftn3

  • 8/18/2019 Juicio Oral Penal guatemalteco

    13/25

    JJ Interpuesto el reurso" se remitir(n las atuaiones al tri$unal ompetente el d0a#($il siguiente de noti/adas las partes" 'uienes ompareer(n a di#o tri$unal"empla%(ndolas para 'ue ompare%an ante di#o tri$unal )" en su aso" para /*arnuevo lugar para rei$ir noti/aiones dentro del 'uinto d0a siguiente al de lanoti/ai!n.

    JJ El ausado podr( pedir la designai!n de un defensor de o/io" para 'ue promuevael reurso ante el tri$unal ompetente..JJ El defensor podr( soliitar un defensor de o/io omo su sustituto" uando el *uiio se

    #a)a ele$rado en territorio distinto. El presidente del tri$unal proveer( elreempla%o.

     4rt0ulo 99. DESISTIMIENTO TACITO.JJ ,i no ompareiere el reurrente" el tri$unal delarar( desierto el reurso"

    devolviendo las atuaiones.JJ La ad#esi!n no su$sistir( si se delara desierto el reurso" salvo el aso del ausador

    partiular.

     4rt0ulo 97. DECISION PRE%IA.JJ El tri$unal deidir( so$re la admisi!n formal del reurso si umplen on los re'uisitos

    de tiempo" argumentai!n" fundamentai!n ) protesta.JJ ,i lo delara inadmisi$le devolver( las atuaiones. 4rt0ulo 9=. PREPARACION DEL DE#ATE.JJ 4dmitido el reurso" las atuaiones 'uedar(n por seis d0as en el tri$unal. Los

    interesados podr(n e;aminarlas.JJ 2enido ese pla%o" el presidente /*ar( audienia para el de$ate on intervalo no

    menor de die% d0as" noti/ando a todas las partes.

     4rt0ulo 9. DE#ATE.JJ La audienia se ele$rar(" ante el tri$unal" on las partes 'ue ompare%an.JJ La pala$ra se oneder( siguiendo el orden previsto.JJ Podr(n #a$lar los a$ogados de 'uienes no interpusieron el reurso.JJ No se admitir(n réplias.JJ @uienes intervengan en la disusi!n podr(n de*ar en poder del tri$unal notas esritas

    so$re sus alegaiones.JJ El ausado ser( representado por su defensor" podr( asistir a la audienia ) podr(

    #aer uso de la pala$ra en &ltimo término.JJ Cuando el reurso fuere interpuesto por él o su defensor" ) éste no ompareiere" se

    proeder( a su reempla%o.JJ Las partes pueden reempla%ar su partiipai!n en la audienia por un alegato"presentado un d0as antes de la misma.

     4rt0ulo 9. PRUE#A.JJ Cuando el reurso se $ase en un defeto de proedimiento" se podr( ofreer prue$a

    on ese o$*eto" la 'ue ser( rei$ida en la audienia onforme a las reglas del *uiio"en lo pertinente.

     S#-(#-CIA ,A AP#,ACI$- #SP#CIA,

     

    4rt0ulo 9>. DELI#ERACION$ %OTACION 8 PRONUNCIAMIENTO.JJ Terminada la audienia" el tri$unal deli$erar(.JJ ,i fuere neesario deferir la deli$erai!n ) el pronuniamiento" el tri$unal se

    onstituir( nuevamente en la sala.JJ El presidente anuniar( ante los ompareientes d0a ) #ora de la audienia para

    pronuniar sentenia" fe#a 'ue no e;eder( de los die% d0as.JJ La sentenia se pronuniar( siempre en audienia p&$lia. 4rt0ulo 95:. PRUE#A INTAN6I#LE.JJ La sentenia no #ar( mérito de la prue$a o de los #e#os 'ue se delaren pro$ados

    onforme a la sana r0tia ra%onada.

  • 8/18/2019 Juicio Oral Penal guatemalteco

    14/25

    JJ ,!lo se referir( a ellos para la apliai!n de la le) su$stantiva o por e;istirontradii!n en la sentenia reurrida.

     4rt0ulo 951. DECISION PROPIA.JJ ,i la sentenia aoge el reurso" por ino$servania o err!nea apliai!n o

    interpretai!n inde$ida de un preepto legal" se resolver( el aso en de/nitiva"ditando la sentenia 'ue orresponde. 4rt0ulo 95. REEN%IO.JJ La sentenia fundada en la ino$servania o err!nea apliai!n de la le) 'ue

    onstitu)a un defeto de proedimiento" anular( total o parialmente la deisi!nreurrida ) ordenar( la renovai!n del tr(mite.

    JJ 4nulada la sentenia" no podr(n atuar los *uees 'ue intervinieron en supronuniamiento para un nuevo fallo.

     

    Recurso de ueja:Es de/nido generalmente omo el 'ue se interpone ante el tri$unal superior"uando el inferior inurre en denegai!n o retardo de *ustiia. En determinadosproesos ) en iertas legislaiones 3otros pa0ses ivil" penal" la$oral et.6 se aludeal reurso de 'ue*a omo el 'ue puede interponer la parte agraviada uando el *ue%denegare la apelai!n por a'uella interpuesta" a efeto de 'ue se le otorgue elreurso denegado ) se ordenen la remisi!n del e;pediente.

     4rt0ulo 91. PROCEDENCIA.JJ Cuando el *ue% #a)a negado el reurso de apelai!n" proediendo este" el agraviado

    puede reurrir en 'ue*a ante el tri$unal de apelai!n dentro de los tres d0as a partir

    de su noti/ai!n" pidiendo 'ue se otorgue el reurso. 4rt0ulo 915. TRAMITE.JJ El *ue% respetivo e;pedir( el informe dentro de veintiuatro #oras al presidente del

    tri$unal de al%ada" 'uién pedir( tam$ién las atuaiones si fuere neesario. 4rt0ulo 919. RESOLUCION DE LA "UE+A.JJ ,er( resuelta dentro de veintiuatro #oras de rei$ido el informe ) las atuaiones"

    en su aso.JJ 4nte la desestimai!n del reurso" las atuaiones ser(n devueltas sin m(s tr(mite.JJ En aso ontrario se oneder( el reurso soliitado.

     

    (.). Recursos #/traordinarios: 

    Casación:4i!n de asar o anular. Este onepto tiene e;traordinaria importania en

    materia proesal" por'ue #ae referenia a la faultad 'ue en algunas legislaionesest( atri$uida a los m(s altos tri$unales de esos pa0ses" para entender en losreursos 'ue se interponen ontra las sentenias de/nitivas de los tri$unalesinferiores" revo(ndolas o anul(ndolas" es deir" as(ndolas o on/rm(ndolas. Laasai!n tiene omo prinipal /nalidad uni/ar la *urisprudenia" pues sin esauni/ai!n no e;iste verdadera seguridad *ur0dia. Por regla general" el reurso deasai!n se limita a plantear uestiones de Dere#o" sin 'ue esté permitido a$ordaruestiones de #e#o )" naturalmente" tampoo el tri$unal de asai!n puedeentrar en ellas.

    El sistema normativo esta$leido por el C.P.P. sigue una larga tradii!nontinental europea omo modalidad reursiva" pero 'ue en su /nalidad de uni/arla *urisprudenia termina por ser la *urisprudenia de la Corte ,uprema de -ustiia" através de su C(mara Penal la 'ue JJatuando omo Corte de Casai!nJJ vadise8ando los alanes ) modalidades del reurso de asai!n. De modo tal 'ue ladotrina del preedente *urisprudenial se onstitu)e en poo menos 'ue fuentegeneratri% de dere#o" arater0stio no )a del sistema ontinental europeo sino delsistema angloBameriano del coman law.

  • 8/18/2019 Juicio Oral Penal guatemalteco

    15/25

     4rt0ulo 95. Procedencia.

    El reurso de asai!n proede ontra las sentenias o autos de/nitivosditados por las salas de apelaiones 'ue resuelvan+

    1.6 Los reursos de apelai!n espeial de los fallos emitidos por los tri$unales de

    sentenia" o uando el de$ate se #alle dividido" ontra las resoluiones 'ue integranla sentenia..6 Los reursos de apelai!n espeial ontra los autos de so$reseimiento ditados por el

    tri$unal de sentenia.5.6 Los reursos de apelai!n ontra las sentenias emitidas por los *uees de primera

    instania" en los asos de proedimiento a$reviado.9.6 Los reursos de apelai!n ontra las resoluiones de los *uees de primera instania

    'ue delaren el so$reseimiento o lausura del proeso ) los 'ue resuelvane;epiones u o$st(ulos a la perseui!n penal.

     4rt0ulo 95. Interonentes.

    JJ Podr( ser interpuesto por las partes. 4rt0ulo 95>. Moti!os.JJ De forma+ uando verse so$re violaiones eseniales del proedimiento 3ver art. 99:

    CPP6.JJ De fondo+ si se re/ere a infraiones de la le) 'ue inu)eron deisivamente en la

    parte resolutiva de la sentenia o auto reurridos 3ver 991 CPP6. 4rt0ulo 99. Li-itaciones.JJ El Tri$unal de Casai!n onoer( s!lo &niamente de los errores *ur0dios ontenidos

    en la resolui!n reurrida.

    JJ ,!lo 'ue advierta violai!n a una norma onstituional o legal" podr( disponer laanulai!n ) el reenv0o para la orrei!n de$ida. 4rt0ulo 995. For-a & la5o.JJ ,e interpone ante la Corte ,uprema -ustiia 3C(mara respetiva6 o ante el tri$unal

    'ue emiti! la resolui!n adversada" dentro del pla%o de 17 d0as de noti/ada laresolui!n 'ue lo motiva" on e;presi!n de los fundamentos legales.

    JJ ,!lo se tendr( por fundamentado uando se e;presen de manera lara ) preisa losart0ulos e inisos 'ue autorien el reurso ) de las le)es 'ue se onsiderenvioladas" indiando si es por motivos de forma o de fondo.

    JJ Cuando se trate de la apliai!n de la pena de muerte" el reurso podr( interponerse

    sin llenar formalidades. 34rt.97. TRAMITE DE LA CASACION.

     JJ ,i umple los re'uisitos se se8ala d0a ) #ora para la vista 39996JJ ,i se interpone fuera del pla%o o no umple los re'uisitos se re#a%ar( de plano.

    39976JJ ,e onoer( en vista p&$lia donde se puede alegar de pala$ra ) por esrito 399=6JJ ,e resuelve dentro de los 17 d0as siguientes a la vistaJJ ,i se delara la proedenia por fondo" asa la sentenia ) emite la 'ue en dere#o

    orresponde3996

    JJ ,i delara la proedenia por forma" #ar( el reenv0o al tri$unal 'ue orresponda paraorri*a los viios.3996

    JJ Cuando resuelva la li$erta del proesado si ordenar( su inmediata li$ertad 99>6 

    Revisión:4un'ue no es propiamente un reurso" sino un proedimiento 'ue permite el

    e;amen de una sentenia e*eutoriada ) por tanto la e;epi!n al prinipio de osa *u%gada" est( u$iado en el CPP omo un medio de impugnai!n 34rts. 975 al 9=56.

    ,i $ien la pa% soial ) la ertidum$re *ur0dia determina el ar(ter intoa$le )de/nitivo de las sentenias /rmes" la *ustiia no puede 'uedar su$ordinada a un

    dogma *ur0dio por'ue e;isten ) se #an ompro$ado errores *udiiales 'ue son

  • 8/18/2019 Juicio Oral Penal guatemalteco

    16/25

    onnaturales al *uiio del #om$re. Cuando la verdad real es ontraria a la verdadformal de la osa *u%gada ondenatoria" el prinipio de a!or rei o$liga la anulai!ndel fallo ondenatorio" no as0 del a$solutorio u)o ree;amen es imposi$le en virtuddel mismo postulado.

    Proeder( la revisi!n uando nuevos #e#os o elementos de prue$a sean

    id!neos para fundar la a$solui!n del ondenado o esta$leer una ondena menosgrave 39776. 4rt0ulo 975. O'2eto.JJ La revisi!n para perseguir la anulai!n de la sentenia penal e*eutoriada" ual'uiera

    'ue sea el tri$unal 'ue la #a)a ditado" a&n en asai!n" s!lo proede en favor delondenado a ual'uiera de las penas previstas para los delitos o de a'uel a 'uiense le #u$iere impuesto una medida de seguridad ) orrei!n.

     4rt0ulo 979. Facultad de i-u,nar.JJ El propio ondenado o el representante legal si es inapa% el !n)uge"

    asendientes" desendientes o #ermanos en el aso de falleidosJJ El Ministerio P&$lioJJ El *ue% de e*eui!n en aso de apliai!n retroativa de una le) penal m(s $enigna. 4rt0ulo 9=7. For-a.JJDe$e promoverse por esrito ante la Corte ,uprema de -ustiia" e;presando losmotivos ) disposiiones legales en 'ue se funda. 

    TRAMITE DE LA RE%ISIONJJ Ana ve% rei$ida la impugnai!n o soliitud" el tri$unal esta$leer( si proede )

    otorgar( pla%o al interponente para 'ue omplete re'uisitos faltantes

    JJ 4l noti/arse la primera resolui!n el ondenado podr( designar defensorJJ La muerte del ondenado no suspende el tr(miteJJ Inmediatamente de admitida la revisi!n se le dar( interveni!n al Ministerio P&$lio o

    al ondenado" seg&n sea el aso" ) se dispondr( la reepi!n de los medios deprue$a &tiles.

    JJ Conluida la instrui!n se se8alar( audienia para 'ue se mani/esten los 'ueintervienen en la revisi!n pudiendo aompa8ar alegatos esritos.

    JJ El tri$unal" al pronuniarse" delarar( sin lugar la revisi!n" o anulara la sentenia.JJ La sentenia podr( ordenar nuevo *uiio" la li$ertad del ondenado o variar ) restituir

    parial o totalmente los efetos de la sentenia anterior tam$ién podr(pronuniarse so$re indemni%ai!n al ondenado. 3arts. 975B9=5 CPP6.

     

    Se/ta Parte 

    OTROS PROCEDIMIENTOS 1. PROCEDIMIENTO, E,PECI

  • 8/18/2019 Juicio Oral Penal guatemalteco

    17/25

    prevenir la omisi!n de nuevos delitos ) la naturale%a espeial de los il0itosprivados ) las faltas" determinan la reai!n de iertas variantes al proeso penalordinario om&n.

     El proedimiento ordinario se integra por las siguientes fases+

      a.B Preparatoria 3investigai!n6$.B Intermedia 3ali/ai!n6.B -uiio Oral 3de$ate ) sentenia6d.B Impugnai!n 3revisi!n6e.B E*eui!n de la ,entenia Penal.

     Pero el C!digo Proesa Penal esta$lee ino asos distintos al proedimiento om&n" asa$er+ 

    (.7. Procedimiento Abreviado: 

    Concepto:Proede uanto el Ministerio P&$lio estima su/iente" por la falta de

    peligrosidad" la falta de voluntad riminal del imputado o por la esasa gravedaddel delito" la imposii!n de una pena no ma)or de dos a8os de privai!n de li$ertado de una multa.

     Procedencia:

    Luego de transurrido el proedimiento preparatorio ) venido el pla%o para la

    investigai!n" el Ministerio P&$lio puede en lugar de formular la ausai!n ) pedirla apertura a *uiio" soliitar si proede la v0a espeial del proedimiento a$reviado3556" ante el *ue% de primera instania 'ue ontrola la investigai!n.

    En estos asos" el Ministerio P&$lio" omo en los dem(s asos dedes*udiiali%ai!n" tiene la potestad para disponer de la ai!n penal" on ladiferenia de 'ue no se a$stiene de e*eritarla sino de tramitar el proeso en formaa$reviada.

      Cu(les son los presupuestos neesario para 'ue sea proedente el Proedimiento4$reviado 

    JJ @ue el Ministerio P&$lio" luego de la investigai!n estime su/iente la imposii!n deuna pena privativa de li$ertad no ma)or de dos a8os o de una pena no privativa deli$ertad.

     JJ @ue el Ministerio P&$lio uente on el auerdo del imputado ) su defensor ) 'ue el

    imputado admita el #e#o desrito en la ausai!n ) su partiipai!n en el" as0 omo la aeptai!n de la v0a del Proedimiento 4$reviado propuesto.

      En 'ué onsiste el proedimiento JJ Ana ve% 'ue el M.P. #a)a re'uerido el tr(mite del proedimiento a$reviado" el *ue%

    ordenar( al d0a siguiente de la presentai!n de di#a soliitud" la noti/ai!n a laspartes" entreg(ndoles opia de la misma ) pondr( a disposii!n en el despa#o lasatuaiones ) las evidenias reunidas durante la investigai!n para 'ue puedan sere;aminadas en un pla%o om&n de ino d0as.

     JJ En la misma resolui!n onvoar( a las partes a una audienia oral 'ue de$e

    reali%arse dentro de un pla%o no menos de ino d0as ni ma)or de die% 3art. 597?is.6.

     JJ En la referida audienia las partes podr(n o$*etar la soliitud de proedimiento

    a$reviado 3597 Ter.6 ) se les oneder( tiempo para 'ue fundamenten sus

    pretensiones ) presenten los medios de investigai!n pratiados. ,e levantar(

  • 8/18/2019 Juicio Oral Penal guatemalteco

    18/25

    ata ) el *ue% resolver( todas las uestiones planteadas 3597 @u(ter.6" es deir"puede delarar la proedenia o improedenia del tr(mite del proedimientoa$reviado 'ue se le soliit!.

     JJ ,i el tri$unal no admite la v0a soliitada ) estimare onveniente el proedimiento

    om&n" para un ma)or onoimiento de los #e#os o ante la posi$ilidad de 'ueorresponda una pena superior a la se8alada" re#a%ar( el re'uerimiento )empla%ar( al M. P." para 'ue onlu)a la investigai!n ) formule nuevore'uerimiento 3arts. 9=7 ) 597 @u(ter6.

     JJ ,i se estima proedente el tr(mite del proeso a$reviado" el *ue% oir( al imputado )

    ditar( la resolui!n 'ue orresponda sin m(s tr(mite. Podr( a$solver o ondenar"pero la ondena en ning&n aso podr( superar la pena re'uerida por el M. P. 39=76asimismo tampoo ser( disutida la pretensi!n ivil" la 'ue podr( ser disutida enun tri$unal ese ramo.

     

    JJ La sentenia se $asar( en el #e#o desrito en la ausai!n admitida por elimputado" sin per*uiio de inorporar otros favora$les a él" u)a prue$a tenga sufuente en el proedimiento preparatorio" ) se podr( dar al #e#o una ali/ai!n *ur0dia distinta a la de la ausai!n 39=76.

     JJ Contra la sentenia proede el reurso de apelai!n. Como se puede apreiar" en el Proedimiento 4$reviado se dan tres e;epiones a lasreglas generales" en el desarrollo de su proedimiento" a sa$er+ 

    1.B Es el &nio aso en 'ue el *ue% de instrui!n dita la sentenia

    .B La onfesi!n tiene valide% omo medio de prue$a" siempre 'ue el *ue% deinstrui!n aepte esta v0a )"5.B No #a) aumulai!n de ai!n ivil" )a 'ue ésta se tramita de manera

    independiente ante el tri$unal ompetente del ramo ivil. 

    (.). Procedimiento #special de Averiuación: 

    Concepto:Este proedimiento de urgenia $usa" so$re todo" evitar las deteniones

    ilegales" proteger a las v0timas de tan a$errante pr(tia ) prourar el efetivo

    respeto de los dere#os #umanos" partiularmente los de goe de li$ertad ) a nosufrir ve*(menes o oaiones.

     Procedencia:

    Cuando fraasa un reurso de e;#i$ii!n personal" pero e;iste fundadassospe#as para a/rmar 'ue la persona a u)o favor se interpone" #a sido detenidailegalmente por un funionario p&$lio o fuer%as regulares o irregulares del Estado"Cual'uier persona podr( soliitar a la Corte ,uprema de -ustiia 'ue ordene alMinisterio P&$lio" para 'ue en un pla%o m(;imo de ino d0as informe so$re elresultado de la investigai!n" ) enargar a+ 16 Prourador de los D.K 6 una entidad *ur0dia o" 56 al !n)uge o a los parientes" la averiguai!n o proedimiento

    preparatorio. 3art. 9= CPP6. 

     Admisibilidad:JJ Para deidir la proedenia la Corte ,uprema de -ustiia" onvoa a una audienia al

    M.P." al 'ue soliit! el proedimiento ) dem(s interesados JJ Con $ase en las prue$as aportadas la C,- deidir( el re#a%o de la soliitud o

    e;pedir( mandato de averiguai!n. 3art. 9= CPP6. 

    (r3mite:JJ En mandato designar( la persona a 'uien orresponde al averiguai!n los motivos )

    'ue el investigador designado est( e'uiparado a un agente del M.P. el pla%o en 'ue

  • 8/18/2019 Juicio Oral Penal guatemalteco

    19/25

    de$e presentar informes ) designai!n del *ue% 'ue ontrola la investigai!n 39=>CPP6.

     JJ El investigador se onformar( la investigai!n onforme al proedimiento

    preparatorio de ai!n p&$lia )" una ve% umplida la investigai!n formular( la

    ausai!n siguiendo el proedimiento intermedio. 4 partir del auto de apertura a *uiio rigen las reglas omunes. 39:B95 CPP.6. 

    (.*. "uicio por &elito de Acción Privada: 

    Concepto:En los delitos en 'ue no se lesiona el interés soial" orresponde al agraviado

    ompro$ar el #e#o 'ue ausa su ausai!n" entones no son neesarias las fasesproesales de instrui!n e intermedia. El Tri$unal de sentenia admite la 'uerella )onvoa a una audienia de oniliai!n para $usar un auerdo entre las partes" si

    este no se logra" entones se pasa a -uiio Oral.  Acto de Iniciación:

    JJ El interesado formular( ausai!n mediante 'uerella" umpliendo los re'uisitos deésta" pudiendo e*erer a la ve% la ai!n ivil 3art. 99 CPP6.

     JJ La 'uerella puede ser desestimada por'ue sea mani/esto 'ue el #e#o no onstitu)e

    delito o por falta de re'uisitos. En este &ltimo aso podr( repetir su 'uerellaumpliendo las formalidades. 3art. 97 CPP6.

     Investiación Preparatoria:

    JJ En aso de no ser posi$le para el agraviado identi/ar o individuali%ar al 'uerellado odeterminar su domiilio o residenia o esta$leer en forma lara ) preisa el #e#opuni$le" el 'uerellante podr( soliitar al *ue% 'ue sea el M.P. 'ue realie lainvestigai!n preparatoria 3art. 9= CPP6.

     Conciliación:

    JJ 4dmitida la 'uerella" el tri$unal onvoar( a una audienia de oniliai!n"remitiendo opia al 'uerellado de la ausai!n 3art. 9 CPP6.

      "uicio:

    JJ

  • 8/18/2019 Juicio Oral Penal guatemalteco

    20/25

    JJ El proedimiento se regir( por las reglas omunes" salvo las esta$leidas aontinuai!n+1.B Cuando el imputado sea inapa%" éste ser( representado..B En el proedimiento interior el *ue% podr( re#a%ar el pedido si estima 'ue

    orresponde apliar una pena" ) ordenar( la ausai!n.

    5.B El *uiio se tramitar( on independenia de ual'uier otro *uiio.9.B El de$ate se reali%ar( a puertas erradas uando sea neesario.7.B La sentenia versar( so$re la a$solui!n o so$re la apliai!n de una medida de

    seguridad ) orrei!n.=.B No ser(n aplia$les las reglas referidas al proedimiento a$reviado. 3art. 97

    CPP6. (. CPP6.

     JJ El *ue% podr( prorrogar la audienia por un término no ma)or de tres d0as" de o/io o

    a petii!n de parte" para preparar la prue$a" disponiendo la li$ertad simple oauionada del imputado.

     

    JJ Contra la sentenia proede la apelai!n 'ue se interpondr( ver$almente o poresrito on e;presi!n de agravios dentro del término de dos d0as de noti/ada lasentenia" reurso del ual onoer( el *ue% de primera instania" 'uien resolver(dentro del pla%o de tres d0as. 3art. 9>1 CPP6

     

    S=ti-a Parte 

    LA E+ECUCION PENAL 1. EL -AICIO.

     (.(. ,a #jecución Penal:Previo a desarrollar el presente tema u$iaremos el mismo dentro del

    artiulado del C!digo Proesal Penal" el ual lo enontramos regulado en losart0ulos del 9> al 7:= del itado uerpo normativo.

    4un'ue el proeso penal termina on el fallo *udiial /rme" el ontrol *urisdiional en materia penal a$ara la e*eui!n de la sani!n penal ) lavigilania del umplimiento de los /nes onstituionales para los 'ue se impone.Esta etapa tiene por o$*eto el ontrol *udiial del umplimiento ) e*eui!n de lapena ) del respeto a las /nalidades onstituionales de la sani!n penal.Para tal efeto el C!digo Proesal Penal nos india+

    G4rt0ulo 9>5. E*eutoriedad.

  • 8/18/2019 Juicio Oral Penal guatemalteco

    21/25

    Las ondenas penales no ser(n e*eutadas antes de 'ue se enuentren/rmes. 4 tal efeto" el d0a en 'ue deviene /rme" se ordenar(n las omuniaiones einsripiones orrespondientes ) se remitir( los autos al *ue% de e*eui!n.

    Cuando el ondenado de$e umplir pena privativa de li$ertad" el *ue% dee*eui!n remitir( e*eutoria del fallo" al esta$leimiento en donde de$a umplirse

    la prisi!n" para 'ue se proeda seg&n orresponda. ,i estuviere en li$ertad"ordenar( inmediatamente su deteni!n ) una ve% apre#endido proeder( onformea esta regla.

    Ordenar( tam$ién" las opias indispensa$les para 'ue se lleve a a$o lasmedidas para umplir los efetos aesorios de la sentenia+ omuniaiones"insripiones" deomiso" destrui!n ) devolui!n de osas ) doumentos.G

    4nteriormente los sistemas *udiiales nos india$an 'ue la atividad de los *uees /nali%a$a on ditar un fallo a ra%!n de #a$érsele imputado a un su*eto laomisi!n de un delito o falta" ) 'ue los pro$lemas 'ue se susita$an posteriormenteeran de naturale%a administrativa. Esto genera 'ue" a'uellos 'ue son ondenadosal enarelamiento lleguen a onvertirse en o$*etos olvidados" arentes de

    dere#os" odiados por su misma soiedad ) #asta onsiderados sus enemigos"ontraviniendo agrantemente lo esta$leido en el art0ulo 1> de la Constitui!n elual india 'ue+ Gel sistema peniteniario de$e tender a la readaptai!n soial ) a lareeduai!n de los relusos ) umplir on el tratamiento de los mismos"...G. Ano delos o$*etivos de la Hran*a Penal de Pav!n es+ La regenerai!n del reo" medianteprogramas de orientai!n ) tra$a*o 'ue lo reintegre de nuevo a la soiedad.

    Este riterio en la realidad es totalmente lo ontrario pues las instituiones seonsideran leg0timas para e*erer ontra ellos ual'uier tipo de violenia 'ueonstitu)e ausa de transgredir sus dere#os omo #umano. Entones los *ueesevaden la responsa$ilidad de ontrolar *urisdiionalmente las medidasadministrativas dentro de las (reles" el estado f0sio de las mismas ) la impunidad

    dentro de ellas.,eg&n Carlos Ru$ianesG esta apliai!n 'ueda fuera del ampo del dere#openal" para entrar en el del dere#o administrativo" en su fa% peniteniaria" o $ienen el dere#o e*eutivo penal o dere#o peniteniario" u$i(ndose dentro de estasultimas la apliai!n material de las penas privativas de li$ertad. Esto no o$sta" sinem$argo" el ontrol *urisdiional de los *uees" resolviendo los inidentes 'ue seplanteen durante tal e*eui!n.

    4tualmente en nuestro ordenamiento *ur0dio e;isten los *uees de E*eui!n"regulados en el art0ulo 71 del C.P.P. indi(ndonos 'ue+ GLos *uees de e*eui!ntendr(n a su argo la e*eui!n de las penas ) todo lo 'ue a ellas se relaiones"onforme lo esta$lee este C!digo.G Esta nueva institui!n fue reada por el

    meanismo de -udiiali%ai!n de la Pena" para 'ue ellos vigilen ) ontrolen laonsumai!n de la pena de prisi!n" por medio de meanismos onretos 'uepermitan 'ue al reluso se le garantien sus dere#os uando umpla su ondena.El prinipal pro$lema de la e*eui!n penal es la relai!n entre el sistemapeniteniario ) la administrai!n de *ustiia" )a 'ue la primera no desea el ontrolde entes e;ternos ) pre/ere mantenerse fuera de este ontrol tal omo lo delOrganismo -udiial a través de los -uees de E*eui!n. Estos -uees de E*eui!nPenal vienen entones a dar esperan%a ) vida" en $ene/io de la apliai!n de ladignidad #umana" es deir 'ue la pena privativa de li$ertad no estar( )a *am(srelaionada on represi!n ) astigo.

     

    Concepto:Es la apliai!n efetiva de la pena o astigo impuesto por autoridad leg0tima"

    a 'uien #a ometido un delito o falta" siendo ditada la misma por el -ue% o tri$unalen la sentenia" enarg(ndose el umplimiento de ella a un miem$ro integrante delPoder -udiial denominado -ue% de E*eui!n Penal" 'uien de$e indiar el entro endonde de$er( umplirla el senteniado.

     &octrinas sobre la ejecución penal .

    El ,istema Peniteniario guatemalteo o ,istema de E*eui!n de las penasde$e entenderse omo parte del Dere#o Penal" dot(ndole de todas las garant0as'ue limitan la oeri!n penal en un Estado de Dere#o.

  • 8/18/2019 Juicio Oral Penal guatemalteco

    22/25

    La indiferenia onstitu)e la forma generali%ada de pensar Bonsiente o noBen 'ue nos olvidamos sistem(tiamente del iudadano ondenado por los !rganos *urisdiionales" *usto en el momento en 'ue el poder penal del Estado semani/esta de manera m(s dram(tia" pues es a'u0 donde se desarrolla la represi!nEstatal. Por ello" es neesario advertir el peligro de anali%ar la E*eui!n Penal o

    lugar arelario omo un elemento e;terno al sistema *ur0dio.Raionali%ar el uso de la (rel para garanti%ar la o$servania del respetode$ido a los dere#os e intereses de los relusos es" sin duda" un valioso aportepara #umani%ar ) desvirtuar el estigma de ser un ondenado. Este aporte" se'uedar0a orto" si no se omplementa on un on*unto de normas 'ue garantien enforma efetiva todas las inidenias de las etapas de E*eui!n Penal" pues si no seotorga a las personas sometidas al enierro" #erramientas $(sias para e*erer eldere#o de defensa" de nada sirve la reai!n de !rganos *udiiales ni *urisdiionales en nuestro ordenamiento penal.

    Las onepiones dotrinarias ) legales aera de 'ue la (rel es el remedioa la delinuenia se enuentra en risis" )a 'ue omo antinomia e;iste el fen!meno

    de las (reles llenas ) un reimiento inontrolado de delinuenia.E;isten dotrinas 'ue *usti/an el astigo retri$utivo ) otras 'ue e;plian elastigo a$oliionista. De ellas se desprende la onseuenia l!gia de 'ue elsistema penal vigente se #a mostrado inadeuado 3tanto en teor0a omoemp0riamente6 frente a los /nes utilitaristas pre/*ados" )a 'ue las fases legales dela individuali%ai!n de las penas" legal" *udiial ) peniteniaria de$en permitir laongruenia del sistema peniteniario on la readaptai!n soial. El o$*etivo en lae*eui!n penal de los onitos generales" seg&n el autor alem(n Kil de aufmannen su o$ra GCriminolog0a+ E*eui!n Penal ) Terapia ,oialG" en la atualidad se #agenerali%ado ampliamente en las disusiones so$re pro$lemas de reformaarelaria" pues poner en ontraposii!n los oneptos de Gantigua e*eui!n de

    ustodiaG ) de Gmoderna e*eui!n de tratamientoG de$en entenderse en el sentido'ue el preso en e*eui!n de ustodia es GustodiadoG en forma segura durante eltiempo de deteni!n en el esta$leimiento penal en am$io" en la e*eui!n detratamiento rei$e a)uda para" por lo menos parialmente" eliminar las di/ultadese;istentes en ontra de una vida en om&n leal a la soiedad. aufmann se8ala 'ueel onepto de terapia no signi/a entender al delinuente omo enfermo3fomentando as0 su irresponsa$ilidad6 sino 'ue de$e ser entendida omoofreimiento de a)uda para solui!n de los pro$lemas" posi$ilitando la vida soialom&n" mediante la manteni!n de sus normas elementales.

     #jecución $rientada por el (ratamiento.

    4 este respeto el autor aufmann disute tres pro$lemas $(sios para eltratamiento siendo+a> La E*eui!n de Tratamiento ) Pensamiento Retri$utivo+

    Por deenios de a8os en la dogm(tia penal se #a mantenido la disputaalrededor de los /nes de la pena ) la llamada teor0a retri$utiva de ésta. Para Ro;0n"la ulpa$ilidad del autor es el fundamento para la individuali%ai!n de la pena. ,inem$argo" el n&leo irrenunia$le de esta teor0a s!lo reside en dos prinipios+ no sepuede ir m(s all( de la medida de la ulpa$ilidad. Por est( ra%!n no se puede darning&n onito de o$*etivos entre la e*eui!n de tratamiento ) el llamadopensamiento retri$utivo" por'ue la Gretri$ui!nG se #a transformado en la teor0a deldere#o penal de la ulpa$ilidad ) de ello resulta 'ue la teor0a retri$utiva de*a de

    tener legitimidad ) signi/ai!n para la e*eui!n de la pena por areer deefetividad para los /nes de la misma. 4 este respeto de la teor0a retri$utiva" anta/rma 'ue si la *ustiia suum$e" aree de todo valor 'ue los #om$res vivan so$rela tierra. El pensamiento severamente retri$utivo pone distania #umana entre losinternos ) los operadores de la fase de e*eui!n. @uiera la re0proa on/an%aimponiendo la partiipai!n del preso en la terapia ) provoa la alineai!n de lospenados peniteniarios en frentes opuestos.'> E*eui!n de Tratamiento ) ,eguridad ) Orden+El pro$lema parte de dos diretries+B Por una parte" el pensamiento de seguridad.B Por otra" el pensamiento de tratamiento.

  • 8/18/2019 Juicio Oral Penal guatemalteco

    23/25

    La seguridad" 'ue lleva inmerso orden Bno es un valor en siB Esto proviene"induda$lemente" de su fuerte aentuai!n" e;istente en nuestros d0as de latradii!n militar de la e*eui!n penal. Con eso" surgen re$eliones" agresiones" et.'ue van en ontra del pensamiento de tratamiento. ,in em$argo" no es posi$lea$andonar las reglas raionales del orden" por'ue inluso se le puede #aer

    omprender al preso ) éste puede ser parte integrante de una e*eui!n detratamiento.La teor0a de Preveni!n Espeial oinide en alguna manera on esta teor0a

    pues presenta tres estados espeiales dirigidos al aseguramiento a través delenierro al ondenado" la intimidai!n" apliando penas para )a no delin'uir ) elme*oramiento en el aso de los reinidentes. En este sentido Maier ita al /l!sofogriego Plat!n" 'ue desde su punto de vista anali%a el /n de la pena de la siguientemanera+ Gning&n #om$re prudente pena por'ue se #a peado" sino para 'ue no sepe'ueG.

    Para los delinuentes" respeto de los uales" onforme a todas lase;perienias ) a su arrera riminal" se llega a la onlusi!n de 'ue pueden fugarse

    ) 'ue tam$ién en li$ertad perpetrar(n nuevamente delitos" no se le puede darprioridad al pensamiento de tratamiento sino 'ue en primer plano tiene 'ue estar elde seguridad. No se niega el onito entre GseguridadG ) GtratamientoG" pero elpro$lema esenial reside so$re todo" en la mentalidad de los funionarios dee*eui!n penal por su elevado reelo" 'ue les lleva a una so$re valorai!n de laneesidad de seguridad" $a*o el supuesto interés propio de 'ue el GdelinuenteGest( $ien enerrado.

    4nte esto" una transformai!n de la e*eui!n penal lleva paralelo un tra$a*orespeto a la opini!n p&$lia" pero m(s all(" en el sentido de 'ue en relai!n atodas las deisiones $ien GponderadasG 3no para ual'uier Glaise%BfarreG Bde*ar#aerB ) falta de apliai!n6 #asta las del Ministro" tiene 'ue d(rsele a la e*eui!n

    penal protei!n en ontra de la presi!n de la opini!n p&$lia. ,olo entones losfunionarios estar(n dispuestos a am$iar de atitud.c> Tratamiento igual de todos los presos e individuali%ai!n+

    aufmann plantea una situai!n real respeto del mundo f(tio delesta$leimiento penal" ) se8ala 'ue una e*eui!n penal est( arateri%ada en loGfundamental por la privai!n" por ello todos los presos presionan en formaomprensi$le por tener los mismos dere#os" por'ue" *ustamente" éstos est(n tanlimitados.G a8ade 'ue frente a ello el pensamiento de tratamiento ordena Gasignardifereniadamente a los presos distintas lases de permisos ) venta*as )aprove#ando 'ue en un esta$leimiento penal nada permanee esondido" #a)'ue partir de 'ue este onito se plantea m(s laramente mientras m(s se impone

    el pensamiento de tratamiento. Ana primera a)uda para superar este onitoreside en #aer onsiente su e;istenia" naturalmente primero de los funionarios"pero luego tam$ién a los presos. ,in ooperai!n de los &ltimos no es posi$le unae*eui!n de tratamiento. donde aparee un mont!n de onitos del rol ) elaspeto ta;ativo" resulta laro 'ue se re'uiere el am$io de determinadassituaiones.

    En este 0nterin del pensamiento de tratamiento e;iste un intraonito deldiretor 3funionarios 2rs. presos por las medidas disiplinarias o el serviio depoli0a o el serviio psiol!gio6. ,in em$argo" estas e;petativas opuestas respetoa la onduta del diretor se pueden iertamente e#ar a$a*o parialmente" uandotodos los partiipantes en la e*eui!n est(n onsientes en la uesti!n de omo #a

    de e*eutarse el pensamiento de tratamiento o Ge*eui!n modernaG omo algunosle llaman.

     (.7. (ribunal de #jecución.

    El art0ulo 71 del C.P.P. nos india 'ue+ GLos *uees de e*eui!n tendr(n a suargo la e*eui!n de las penas ) todo lo 'ue a ellas se relaiones" onforme loesta$lee este C!digo.G Esta nueva institui!n fue reada por el meanismo de -udiiali%ai!n de la Pena" para 'ue ellos vigilen ) ontrolen la onsumai!n de lapena de prisi!n" por medio de meanismos onretos 'ue permitan 'ue al relusose le garantien sus dere#os uando umpla su ondena.

     Interación: 

  • 8/18/2019 Juicio Oral Penal guatemalteco

    24/25

    ,eg&n disposiiones 'ue emanan de la Corte ,uprema de -ustiia medianteauerdos.

     Funciones:1.B Revisar el !mputo pratiado en la sentenia" on a$ono a la prisi!n sufrida

    desde la deteni!n ) determinar on e;atitud la fe#a en 'ue /nali%a laondena..B Controlar el umplimiento adeuado del régimen peniteniario" disponer las

    inspeiones de los esta$leimientos peniteniarios 'ue fuesen neesarios" )#aer ompareer ante s0 a los penados on /nes de vigilania ) ontrol.

    5.B Prourar la ateni!n de a'uellos pro$lemas 'ue el penado enfrentar( alreuperar su li$ertad" en lo 'ue fuere posi$le.

    9.B Resolver los inidentes relativos a la e*eui!n ) e;tini!n de la pena 'ue se lepresenten.

    7.B Promover la revisi!n de la sentenia e*eutoriada ante la Corte ,uprema de -ustiia uando sur*a una Le) m(s $enigna para el ondenado.

    =.B Conoer ) resolver las soliitudes de li$ertad antiipada" las revoaiones deli$ertad ondiionada" el pago de las multas 'ue se impongan ) laonmutai!n de las penas.

     (.). #jecución ! #/tinción de la Pena: 

    #jecución:a6 Las sentenias penales s!lo se e*eutar(n uando estén /rmes. Para tal efeto"

    se ordenar(n las omuniaiones e insripiones orrespondientes ) eltri$unal de sentenia remitir( los autos al -ue% de E*eui!n.

    $6 Cuando el ondenado de$a umplir pena privativa de li$ertad" el *ue% de

    e*eui!n remitir( e*eutoria del fallo al esta$leimiento donde de$aumplirse. ,i estuviere en li$ertad" ordenar( inmediatamente su deteni!n.

    #/tinción:De onformidad on el art0ulo 1: del C!digo Penal se e;tinguen de la

    siguiente forma+1.B Por umplimiento..B Por muerte del reo.5.B Por amnist0a.9.B Por indulto.7.B Por perd!n del ofendido en los asos se8alados por la le).=.B Por presripi!n.

     4l e;tinguirse la pena por umplimiento el -ue% de E*eui!n de$e promover

    inmediatamente la li$ertad del ondenado ) prourar la ateni!n de a'uellospro$lemas 'ue el penado enfrente al reuperar su li$ertad.

      Tr(mite+

     (.*. #jecución ! #/tinción de las Medidas de Seuridad ! Corrección:JJ Cuando sea proedente apliar por analog0a las instituiones de la re#a$ilitai!n"

    onmutai!n" perd!n del ofendido o la apliai!n de una le) m(s $enigna" seo$servar(n las siguientes disposiiones+1.B En el aso de inapaidad intervendr( el tutor" 'uien tendr( la o$ligai!n de

    vigilar la e*eui!n de la medida de seguridad ) orrei!n..B El *ue% de e*eui!n determinar( el esta$leimiento adeuado para la e*eui!n

    de la medida ) podr( modi/ar su deisi!n" inluso a petii!n del tutor o de ladirei!n del esta$leimiento. Podr( asesorarse de peritos 'ue designar( alefeto.

    5.B El *ue% de e*eui!n /*ar( un pla%o" no ma)or de seis meses" a u)o términoe;aminar(" peri!diamente" la situai!n de 'uien sufre una medida ele;amen se llevar( a a$o en audienia oral" a puertas erradas" previoinforme del esta$leimiento ) de peritos. La deisi!n versar( so$re laesai!n o ontinuai!n de la medida )" en este &ltimo aso" podr( modi/arel tratamiento o varias el esta$leimiento en el ual se e*euta.

  • 8/18/2019 Juicio Oral Penal guatemalteco

    25/25

    9.B Cuando el *ue% de e*eui!n tenga onoimiento" por informe fundado" de 'uedesapareieron las ausas 'ue motivaron la internai!n" onvoar(inmediatamente a la audienia prevista en el iniso anterior. 3art. 7:7 CPP6.