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Cusco, miércoles 6 de julio de 2016

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Cusco, miércoles 6 de julio de 2016

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Cusco, miércoles 6 de julio de 20162MARTILLERO PÚBLICO

GIANNI GASTTONE CHAVEZ ENCISORegistro No. 293 Celular: 995097493 – (01) 7925038 / Correo: [email protected] JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICAEn el expediente No. 150-2003 en los seguidos por ORVISA S.A, contra JUAN BACA HUAMAN Y MARIA ROSARIO PORTILLO LOAYZA sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, el Segundo (2º) Juzgado Mixto – Sede Wanchaq de Cusco a cargo de la señora Juez Elen Angélica Gonzáles Casas, Especialis-ta legal Sayda Verónica Bustos Florez, ha autorizado al Martillero Público Gian-ni Gasttone Chávez Enciso con Registro No. 293, para llevar a cabo la diligencia de REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del siguiente bien:INMUEBLE: Inmueble No. 205 ubicado en la Av. Bolognesi (antes Casa frente al Bosque Municipal de Ccoripata No. 326 de la Av. Bolognesi de la Parroquia de Belén), Distrito de Santiago Provincia y Departamento del Cusco, inscrito en la Partida No. 05001045 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Cusco, Zona Registral No. X – Sede Cusco.VALOR DEL TASACION: US$. 130,555.17 Dólares Americanos.BASE DE REMATE: US$. 87,036.78 Dólares Americanos.AFECTACIONES: 1) HIPOTECA: a favor del BANCO DE LOS ANDES oficina Cusco, en seguridad y garantía de un préstamo de S/. 55,000.00 Soles, que le otorga el menciona banco mediante un pagaré, inscrito en el Asiento 9 de la Partida No. 05001045 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Re-gistral del Cusco, Zona Registral No. X – Sede Cusco; 2) As. 15.- EMBARGO: El Juzgado Mixto de Wanchaq – Cusco, ha dispuesto en el proceso No. 62-03 seguido por ORVISA S.A. contra Juan Baca Huaman sobre Medida Cautelar se treba embargo en forma de inscripción sobre los derechos espectativos, has-ta por la suma de US$. 80,000.00 Dólares Americanos, inscrito en el Asiento D000015 de la Partida No. 05001045 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Cusco, Zona Registral No. X – Sede Cusco; 3) As. 16.- AC-TUALIZACIÓN DE EMBARGO: El Segundo Juzgado Mixto de Wanchaq, en el proceso civil No. 2003-00062-25-1017-JM-CI-2 seguido por ORVISA S.A. con-tra Juan Vaca Huaman sobre Medida Cautelar, mediante Resolución No. 22 de fecha 29/09/2009 ha dispuesto ACTUALIZAR la medida cautelar de embargo en forma de inscripción anotada en el asiento 15 de esta partida registral, inscrita en el Asiento D00016 de la Partida No. 05001045 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Cusco, Zona Registral de Cusco, Zona Re-gistral No. X – Sede Cusco, 4) As. 20.- ACTUALIZACIÓN DE EMBARGO: El Segundo Juzgado Mixto de Wanchaq, en el proceso civil No. 00062-2003-25-1001-JM-02, seguido por ORVISA S.A. contra Juan Baca Huaman; ha resuelto actualizar la medida cautelar de embargo en forma de inscripción sobre los derechos expectaticios, que fuera anotada y actualizada en los el asiento 15 y 16 de la presente partida registral, que tiene el demandado sobre el inmueble; inscrito en el Asiento D00020 de la Partida No. 05001045 del Registro de Pro-piedad Inmueble de la Oficina Registral de Cusco, Zona Registral No. X – Sede Cusco.DIA Y HORA DEL REMATE: Día 17 de Agosto del 2016 a horas 11:00 a.m. (once de la mañana)LUGAR DE REMATE: En el local del Segundo Juzgado Mixto – Sede Wanchaq de Cusco, ubicado en Av. Tacna No. 104 – Piso 6, Wanchaq – Cusco.LOS POSTORES: Oblarán el 10% de la tasación en efectivo o cheque de geren-cia negociable a su nombre, además deberá adjuntar DNI en original y copia y tasa judicial por participar en remate en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado.Número de Expediente y Número de DNI, copia y original firmados. Los Ho-norarios del Martillero Público serán pagados por el Adjudicatario conforme el arancel fijado en el Artículo 18º del Decreto Supremo No. 008-2005-JUS, están afectos al IGV y se cancelan culminado el acto de remate, GIANNI GASTTONE CHAVEZ ENCISO, Martillero Público con Registro No. 293, Especialista Legal Sayda Verónica Bustos Florez, Segundo (2º) Juzgado Misto – Sede Wanchaq de Cusco.6VCES-01-04-05-06-07-08-VII-16B/V 39636

EDICTO JUDICIAL

SEÑORES DE LA SUCESIÓN INTESTADA DE CRISTINA HUMPIRE DE CCOA.Expediente N° 00789-2016-0-1001-JR-CI-04. Seguido por MARITZACHOQUE ALVARADO sobre OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA bajo la actuación del especialista Legal, Abog. Kathy Yjaida Miranda Candia, laSeñora Juez del Cuarto Juzgado Civil Del Cusco Dra. FANNY LUPE PEREZCARLOS, ha dispuesto la publicación dispuesta por Ley para que se notifique mediante edicto a los señores de la Sucesión Intestada de Cristina Humpire de Ccoa, con el extracto de la Demanda y Auto Admisorio cuyo tenor es el siguiente:EXTRACTO DE DEMANDA:MARITZA CHOQUE ALVARADO interpone demanda en contra de ELEUTERIO CCOA TINTAYA y LA SUCESIÓN INTESTADA DE CRISTINA HUMPIRE DE CCOA, sobre OBLIGACION DE HACER consistente en el OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA respecto del 50% de derechos y acciones del Lote de Terreno signado con el Nro. E-13 del Pueblo Joven Independencia, ubicado en el distrito, provincia y departamento del Cusco, debidamente inscrito en la Partida Nro. 11019236 del Registro de Inmuebles de la ciudad del Cusco, sien-do la resolución que admite a trámite el siguiente: RESOLUCION Nro. 02 de fe-cha dos de junio del año dos mil dieciséis. VISTO; y CONSIDERANDO SE RE-SUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por MARITZA CHOQUEALVARADO, con la pretensión de OBLIGACION DE HACER consistente en elOTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA respecto del 50% de derechos y acciones del Lote de Terreno signado con el Nro. E-13 del Pueblo JovenIndependencia, ubicado en el distrito, provincia y departamento del Cusco, de-bidamente inscrito en la Partida Nro. 11019236 del Registro de Inmuebles de la

ciudad del Cusco, contra ELEUTERIO CCOA TINTAYA y LA SUCESIÓNINTESTADA DE CRISTINA HUMPIRE DE CCOA, debiendo tramitarse en la vía del PROCESO SUMARÍSIMO, por lo que conforme al artículo 554 del Código Procesal Civil CORRASE TRASLADO a la demandada por el plazo de CINCO DÍAS, para que conteste la demanda bajo apercibimiento de ser declarado re-belde. AL OTRO SI DICE: Téngase por ofrecidos sus medios probatorios.AL MAS DICE: Insértese en autos los anexos que indica.AL PIMER MAS DICE: Téngase cuenta. AL SEGUNDO MAS DICE: NOTIFÍ-QUESE a la Sucesión de Cristina Humpire Ccoa mediante edictos conforme al artículo 435 del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal, conforme a ley.Cusco, 20 de junio del 2016.3vces-04-05-06-vii-16b/v 39663

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado Mixto de Paruro, que despacha la señora Juez MargotInquiltupa Calvo, bajo la actuación del Secretario Judicial Carlos Astete Saave-dra, se tramita el Expediente N° 22-2015-CI, seguido por JULIA GUTIÉRREZ EGUILUZ DE ZANABRIA, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, se ha dispuesto mediante resolución Nº 02 de fecha 05 de enero del 2016, la pu-blicación mediante edictos de un extracto del auto admisorio, como sigue: “Re-solución N° 02; Paruro, 05 de enero del 2016.- SE RESUELVE: ADMITIR a trá-mite la demanda interpuesta por JULIA GUTIÉRREZ EGUILUZ DE ZANABRIA, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO del inmueble ubicado en el sector Sacse del distrito de Huanoquite, provincia de Paruro, departamento de Cusco, con un área de 5,443.00 m2, contra el ARZOBISPADO DEL cusco, con citación de DEL Director de la dirección Regional de Vivienda, construcción y Saneamiento Cusco, y los colindantes: Iglesia de Huanoquite, Edmundo Cruz Castillo y Rosenda Olivares Janampa Vda. De Castillo. Debiendo tramitarse VIA DEL PROCESO ABREVIADO.Notifíquese a los citados con la demanda y anexos por el plazo de ley. A LOSMEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidas, las mismas que se admitirán, actuarán y merituarán en la oportunidad procesal. AL OTROSI.- Téngase por designado como su representante judicial al Abogado que autoriza el escrito de demanda. DE OFICIO.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 506 del Código Procesal Civil, publíquese el extracto de la presente resolución en el Diario Ofi-cial El Peruano, Diario Judicial del Cusco, en la tablilla que obra en el Juzgado, por el plazo de ley; debiendo la parte interesada recabar los edictos y asegurar su publicación, conforme a ley. A sus antecedentes los anexos adjuntos. Cum-pla el recurrente proporcionar copias suficientes de la demanda y anexos para la notificación a los colindantes citados.- H.S.-Paruro, 07 de junio del 2016.3vces-04-05-06-vii-16b/v 39660

EDICTO JUDICIAL

Ante el Primer Juzgado Mixto de Wanchaq que despacha la Dra. NellyYabar Villagarcia, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Patricia Alarcon Tisoc ,se viene tramitando el Proceso Civil N° 277-2016-0-1 001- JM-CI-01. Ha-biéndose ordenado se notifique por edicto la resolución número 02 de fecha 17 de mayo del 2016: AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del proceso ABREVIADO la demanda incoada por CEFERINO LONCONI MENDOZA E IRENE PEÑA TUERO contra SABINA ACHAHUI MERMA VIUDA DE CALSIN, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO del inmueble ubicado en la APV San Antonio F-27-2 del distrito de San Sebastián, provincia y departamento del Cusco.- Cúmplase asimismo con la citación de los colin-dantes Regina Aquino Huayhua y la Municipalidad Distrital de San Sebastián, a traves, de su Procurador Público, atendiendo a la referencia de colindancias- que efectúan los recurrentes.- córrase traslado a los demandados o fin de que dentro del plazo perentorio de DIEZ DIAS cumplan con obsolver la demanda, bajo apercibimiento de declarárseles rebeldes y proseguir el proceso en su re-beldía. H.S.- Firma la señora Juez N. Yabar. Secretorio Judicial P. Alarcon. Cusco 1 de Julio del 2016.-3vces-04-05-06-vii-16b/v 39658

EDICTO JUDICIAL

En el proceso Civil Nro. 00162-2016-0-1001-JP-FC-04, ante el Segundo Juz-gado de Paz Letrado del Cusco, que Despacha la señorita Juez Ross Mery Tamata Kehuarucho; bajo la actuación de la secretaria judicial Judith Castillo Prado, se ha dispuesto la publicación edictal siguiente:ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por EVELIN DANAE OLAZAVALNUÑEZ DEL PRADO en representación de su menor hijo Oliver Wei Jiang Ola-zaval, sobre PRESTACIÓN DE ALIMENTOS, seguido en contra de LIN JIANG, debiendo sustanciarse el trámite de la presente demanda en la vía del PROCE-SO ÚNICO. En tal virtud, CORRASE traslado a la parte demandada por el plazo de CINCO DÍAS para que conteste la demanda bajo apercibimiento de ser de-clarado REBELDE en caso de renuencia, debiendo acompañar en su escrito de contestación a la demanda el anexo requerido, conforme lo dispone el artículo quinientos sesenta y cinco del Código Procesal Civil sincuyo requisito no será admitida su contestación. H.S.-Cusco, 11 de mayo del 20163VCES-04-05-06-VII-16B/V 39656

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección de la señoraJuez Titular doctora Basiliska Dueñas Zúñiga, Secretaria Judicial MaríaEugenia Macedo Castillo, se viene tramitando el Proceso Civil No ContenciosoN° 1272-2016-0-1018-JP-CI-01, por el cual doña GREGORIA GONZALES

Cusco, miércoles 6 de julio de 2016 3VILLACORTA solicita la SUCESION INTESTADA de la que en vida fuera su esposo JULIO CAMARGO SANCHEZ, a fin de que se le declare su heredero a ella y sus dos hijos RONALD y SHARMELY INDIRA CAMARGO CONZALEZ,cuyo causante ha fallecido en 25 de Mayo del 20016.Se pública el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley. SecretariaJudicial María Eugenia Macedo Castillo.Santiago, 30 de Junio del 2016.3VCES-04-05-06-VII-16B/V 39650

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo, bajo la dirección del Juez Luis Joel Peña Mendoza y actuación de la Secretaria Judicial Isabel del Carmen Rojas Pino, se tramita el Proceso Civil Nro. 147-2016, seguida por VENTU-RA HUALLPA QUISPE VDA. DE SOTTEC sobre SUCESIÓN INTESTADA de Q.V.F. JUAN SOTTEC ZUÑIGA, tramitada en la vía del proceso No Contencio-so, se publica para los fines de ley.San Jerónimo, 30 de junio del 2016.3VCES-04-05-06-VII-16B/V 39648

EDICTO

La Unidad de Investigación Tutelar, viene tramitando investigación tutelar por abandono a favor de los siguientes niños; NN (sexo masculino de 05 meses de edad aproximadamente) /Exp. N° 410-2015, quien fue hallado en la Av. 18 de Mayo por inmediaciones del complejo Policial 06 de Diciembre del distrito de Santiago en fecha 24 de Diciembre del 2015, CANDY KAORY MUÑIZ MERMA (04 años de edad)/Exp. N° 404-2015, disponiendo notificar a sus progenitores y/o cualquier otro familiar o responsable de los mencionados niños, a fin de que se apersone a la UIT -Cusco, sito en la Urb. Santa Úrsula M-1, Wanchaq, bajo el apercibimiento de declarase en estado de abandono en caso de inconcu-rrencia. María Teresa Muñoz Zavaleta, Directora de la Unidad de Investigación tutelar deCusco.MARIA TERESA MUÑOZ ZAVALETADIRECTORAUNIDAD DE INVESTIGACION CAUTELAR CUSCO04-06/07/2016B/. 30351

SUCESION PROCESAL

EN EL EXPEDIENTE 00076-2016-0-1001-JR-CI-02 TRAMITADO ANTE EL SE-GUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL QUE DESPACHA EL SE-ÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO CIVIL DEL CUSCO DOCTOR ELIOT ZAMALLOA CORNEJO, BAJO LA ACTUACION DE LA ESPECIALISTA LEGAL SAIDA CHIUN MANCO, SE HA DISPUESTO NOTIFICAR A LA SUCESION DE QUIEN EN VIDA FUE DAVID PAUCCAR BACA A EFECTO DE QUE SE APERSONEN EN EL PROCESO Y ASUMAN LA DEFENSA DE LOS INTERE-SES QUE SE LES ASISTE AL REFERIDO, EN EL PROCESO SEGUIDO POR JAQUELINA PAUCAR BACA Y JUAN PAUCAR BACA representado por su apoderada Gloria Olivera de Paucar contra David Paucar Baca sobre Petición de Herencia y Acumulativamente la Sucesión Intestada. LO QUE SE CUMPLE CON NOTIFICAR Y BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSE CURADOR PROCESAL.-CUSCO, 28 DE JUNIO DEL 2016.-SAIDA CHIUN MANCOESPECIALISTA LEGAL04-05-06/07/2016B/. 30357

EDICTO

Por ante el Primer Juzgado de Familia de Cusco que despacha el señor Juez Dr. Cesar Aquiles Espinoza Delgado se tramita el Expediente Nro. 212-2016 sobre filiación instado por Juan Diego Llanos Campo contra Efraín Campo Gam-boa y otro , habiéndose ordenado notificar a : LA SUCESION DE LA QUE VIDA FUERA RUTH JOSEFINA CAMPO VASQUEZ , con el extracto de la demanda, siendo como sigue: Resolución Nro. 04.-Cusco, dos de MayoDel dos mil quince. SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del proceso deCONOCIMIENTO la demanda instada por JUAN DIEGO LLANOS CAMPO con-tra la SUCESION INTESTADA de la que vida fuera RUTH JOSEFINA CAMPOVASQUEZ Y sus abuelos maternos EFRAIN CAMPO GAM BOA E YLIA VILMA VASQUEZ CASAPERALTA DE CAMPO sobre FILIACION DE MATERNIDAD, en consecuencia córrase traslado a la demandada por el plazo de Ley, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía- Por ofrecidos los medios probatorios que se indican reservándose su admisión y actuación en la etapa procesal co-rrespondiente. A sus antecedentes los anexos adjuntos.- NOTIFIQUESE me-diante EDICTOS a la sucesión intestada de la que en vida fuera Ruth Josefina Campo Vásquez , con el extracto de la presente demanda bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Hágase Saber.Cusco, 04 de Julio del 2016.3vces-05-06-07-vii-16b/v 39689

EDICTO

Exp. 0344-2016, seguido por SOCIEDAD CONYUGAL CONFORMADA POR MARCELINA PUERTAS MEJIA Y MIGUEL HUAMANI GONZALES y ASCEN-CION YUPANQUI HANCCO, contra JOSE PONCIANO MEDINA FIGUEROA e INMOBILIARIA LA PIEDRA ANGULAR SA., sobre Tercería Excluyente de Propiedad; se ha dictado “Resolución 02.- Cusco, ocho Abril dos mil dieciséis.- VISTA: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por la SO-CIEDAD CONYUGAL CONFORMADA POR MARCELINA PUERTAS MEJIA Y

MIGUEL HUAMANI GONZALES y ASCENCION YUPANQUI HANCCO, contra JOSE PONCIANO MEDINA FIGUEROA e INMOBILIARIA LA PIEDRA ANGU-LAR SA., sobre Tercería Excluyente de Propiedad; debiendo sustanciarse el presente en la vía el PROCESO ABREVIADO, CÓRRASE traslado a los de-mandados, por el plazo de DIEZ DIAS, con la finalidad de que se apersonen al proceso y absuelvan el traslado de la demanda, dentro del plazo de Ley, bajo apercibimiento de declarárseles rebeldes.- Y conforme a lo establecido por el artículo 536 del Código Procesal Civil, dispóngase suspensión del proceso 9-1996, sobre indemnización, seguido ante el Primer Juzgado Civil de Cusco, el mismo que se encuentra en ejecución, CURSESE oficio respectivo H.S.- RE-SOLUCION 05.- Cusco, 15 Junio 2016.- NOTIFIQUESE MEDIANTE EDICTOS a JOSE PONCIANO MEDINA FIGUEROA con auto admisorio por el plazo de Ley, bajo apercibimiento designarse Curador Procesal Fdo. Dra. Sandra Con-treras Campana.- Boris Santos de la Gala -Especialista Legal.-Cusco, 04 Julio 2016.3vces-05-06-07-vii-16b/v 39688

EDICTO JUDICIAL

Ante el 2do, Juzgado de Paz Letrado del Cusco, despachado por la señori-ta Juez Ora, Ross Mery Tamata Kehuarucho, bajo la actuación de la se-cretaría judicial Judith Dina Castillo Prado; se tramita el Expediente Civil N° 01399-2016-0-1001-JP-CI-04 de conformidad al artículo 828 del Código Pro-cesal Civil ha dispuesto se publique los edictos. Auto Admisorio Resolución Nº 01 Cusco 16 de junio del 2016 . ,SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en el vía del proceso NO CONTENCIOSO la solicitud interpuesta por PAUL BUSTIN-ZA CCASA, sobre Rectificación de Partida de nacimiento correspondiente a su menor hija Elva Soledad Bustinza Hanccoccallo, quien nació el 25 de julio del 2006, partida que fue inscrita ante la Municipalidad Distrital de San Jerónimo, en cuanto se corrija el nombre de pila del recurrente como padre de la titular, registrado como “PORFIRIO ANASTACIO”, debiendo ser lo correcto “PAUL”, debiendo ser el nombre completo como “PAUL BUSTINZA CCASA”; lo que se publica para los fines de ley.Cusco, 16 de JUNIO del 2016.3vces-05-06-07-vii-16b/v 39685

EDICTOS

En el Primer Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, que despacha la JuezSupernumerario Dr. David Barazorda Velásquez, bajo la actuación de laEspecialista Legal Abog. Rebeca Roca Ferro, se viene tramitando el proceso Nro. 001353- 2016-0-1001-PJ-CI-01, seguido por Roger Casildo Jiménez Gar-cía, sobre Rectificación de Partida de Nacimiento del recurrente, al inscribir se ha omitido el primer nombre de pila de su progenitora PLACIDA, siendo el co-rrecto “ PLACIDA ALICIA GARCIA MUÑOZ, quedando inalterable en lo demás que contiene.-Lo que se publica para los fines de ley.Wanchaq,04 de julio del 2016.1V-06-VII-16B/V 39690

EDICTO JUDICIAL

Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Urcos, que despacha la señora JuezDra. Marina Hilares Villegas y bajo la actuación de la secretaria judicialDelia Aragón Farfán se tramita el Expediente Nro. 108-2016 seguida porHermógenes Bombilla Yanqui sobre Sucesión intestada de quién en vida fuera su señora madre RITA YANQUI QUISPE, quién falleció en fecha 30 de agosto del 2012, sin haber dejado testamento, a fin de que se les declare herederos del causante al recurrente Hermógenes Bombilla Yanqui y hermanos Guido Bom-billa Yanqui y Vicentina Ttito Yanqui, se efectúa la presente publicación a fin de que las personas que tengan vocación hereditaria hagan valer su derecho conforme a ley.-Urcos,04 de julio del 20161V-06-VII-16B/V 39702

GOBIERNO MUNICIPAL DEL CUSCO

OFICINA DE REGISTRO DE ESTADO CIVILEDICTO MATRIMONIALPRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL:Don: MELANIO TORRES VALLEJOSIdentificado con DNI. 41519190Estado Civil: SOLTERONatural de: LAJAS-CHOTA-CAJAMARCANacionalidad: PERUANAEdad: 33 años:Ocupación: EMPLEADODomicilio: AV. PRIMAVERA 453Doña: CAROL MEDALY MANGA VILLAFUERTEIdentificada con DNI. 45930523Estado Civil: SOLTERANatural de: WANCHAQ - CUSCONacionalidad: PERUANAEdad: 26 años:Ocupación: EMPLEADADomicilio: AA.HH. UNION CALLANCA 8-7Fecha de Matrimonio: 30 DE JULIO DEL 2016Las personas que conozcan causales de impedimento pueden denunciarlos como lo establece el Artículo 253 del Código Civil, ante la Jefatura de los Regis-tros del Estado Civil de esta MunicipalidadCusco, 04 de JULIO del 2016.

Cusco, miércoles 6 de julio de 20164WALTER CARPIO CHAVEZDIRECTOR1V-06-VII-16B/V 39701

EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA

En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 21 de Junio del 2016, la recurrente MARUCIA VIRGINIA SALAZAR VALENZUELA, titular del Acta de Nacimiento Nº 1009395487, conforme establece la Directiva Nº DI 263-GRC/017, solicita la Rectificación Administrativa respecto del nombre de su señora madre, habiéndose registrado como ELSA VALENZUELA. Siendo el nombre correcto de la madre de la titular del Acta ELSA VALENZUELA BA-RRANTES. Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley.Cusco, 23 de Junio del 2016Maribel Centeno CardeñaJefe de la Oficina Registral Cusco- RENIEC1V-06-VII-16B/V 39700

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAROCONDO

EDICTO MATRIMONIALEXPEDIENTE MATRIMONIAL Nº 1396- 2016PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVILDON DARWIN ELOY APAZA YUPANQUIDNI 44563421NATURAL HuarocondoEdad 29 añosEstado Civil solteroOcupación chefNacionalidad peruanoDomicilio APV Popular Campesina Santa Rosa s/n delDistrito de Huarocondo Provincia Anta Departamento Cusco.DOÑA YANINA FRANCO CHIREDNI 47926845NATURAL HuarocondoEdad 23 añosEstado civil solteraOcupación ama de casaNacionalidad PeruanaDomicilio APV Popular Campesina Santa Rosa s/n delDistrito de Huarocondo Provincia Anta Departamento Cusco.Quienes contraerán matrimonio Civil el día 15 de Julio del 2016 ahora 09:00 a.m. Las personas que conozcan las causales deimpedimento, pueden denunciarlos como establece el Art. 253 delCódigo Civil, ante la Jefatura delos Registros de Estado Civil de estaMunicipalidad.Huarocondo 04 de Julio del 2016Aurelio Terreros Sotomayor.Jefe de Registradora Civil.1V-06-VII-16B/V 39698

EDICTO JUDICIAL

Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Urcos, que despacha la señora JuezDra. Marina Hilares Villegas y bajo la actuación de la secretaria judicialDelia Aragón Farfán se tramita el Expediente Nro. 106-2016 seguida porJUAN CANCIO PILLCO HUANCA sobre SUCESION INTESTADA de quien en vida fuera su señor padre GREGORIO PILLCO CONDORI quién falleció en fecha trece de marzo de 1996, sin haber dejado testamento a fin de que se declare como herederos al causante Juan Cancio Pillco Huanca y hermanos Francisca Pillco Huanca, Romualdo Pillco Ttito y Amadeo Pillco Ttio.- Se hace la presente publicación a fin de que las personas que tengan interés en el presente hagan valer su derecho conforme a ley.-Urcos, 04 de julio del 2016.1V-06-VII-16B/V 39697

CONVOCATORIA

El Presidente del Comité Electoral don Adrián natividad Fuentes Gonzales, Identificado con DNI. 23871205, convoca a todos los socios y socias de la APY. Kennedy “B” Wanchaq- Cusco, a una Asamblea General Ordinaria la misma que se llevara a cabo el día Sábado 09 de Julio del 2016, a horas 09.00 AM. Y segunda convocatoria para el día Domingo 10 de Julio del 2016, a horas 09.00 AM. , la misma que se llevara a cabo en el local de reuniones ubicado en la MZ-D Lote N°1 de la APV. KENNIDY “B” con la siguiente agenda ELECCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DEADMINISTRACION y VIGILANCIA de la Asociación, para renovar la junta di-rectiva del Consejo de Administración y Vigilancia de conformidad al Art. 49 del Estatuto interno de la Asociación, por lo que se ruega puntual asistencia.Cusco, 05 de Julio del 20161V-06-VII-16B/V 39703

EDICTO JUDICIAL

Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Urcos, que despacha la señoraJuez Dra. Marina Hilares Villegas y bajo la actuación de la secretaria judicial Delia Aragón Farfán se tramita el Expediente Nro. 112-2016 seguida por Teresa Farfán García sobre Sucesión Intestada de quién en vida fuera su señora padre INOCENCIO FARFÁN LOPEZ quién falleció en fecha 11 de setiembre de 1996, a fin de que se les declare como herederos del causante a FELICITAS GARCIA

QUISPE en calidad de cónyuge supértite y a sus hijos Felimón Farfán García, Francisca Farfán García, Teresa Farfán García, Luz Marina Farfán García y Teresa Farfán Garcia.- Se efectúa la presente publicación a fin de que las per-sonas que tengan vocación hereditaria hagan valer su derecho conforme a ley.-Urcos, 04 de Julio del 2016.1V-06-VII-16B/V 39699

PUBLICACIÓN DE JUSTICIA ECLESIÁSTICA

VICARIA JUDICIAL - ARBISPADO DEL CUSCOSegún Decreto N° 0843 - 2016 - OAJE - C, el Sr. Jesús Rolando Rivas Ariza,solicita: RECTIFICACIÓN DE CERTIFICADO DE BAUTIZO de su madreANASTACIA ARIZA SALINAS (fallecida), como sigue:El nombre y apellidos de la bautizada dicen: Anastasia Arisa SalinasDesde ahora debe decir: Anastacia Ariza SalinasEl lugar de nacimiento no dice nada.Desde ahora debe decir: CuscoEl apellido paterno de la madre dice: ArisaDesde ahora debe decir: ArizaDe haber impedimento alguno comunicar a la oficina de la Vicaría Judicial del Arzobispado del Cusco, ubicado en la Calle Hatunrumiyoc s/n (PalacioArzobispal) cercado del Cusco.Cusco, 05 de julio de 20161V-06-VII-16B/V 39704

GOBIERNO MUNICIPAL DEL CUSCO

DIRECCION DE REGISTRO DE ESTADO CIVILEDICTO MATRIMONIALPRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL:Don: YURI ALFREDO MARCAPURA ARAGONIdentificado con DNI 42560464Estado Civil: SOLTERONatural de: CUSCONacionalidad: PERUANAEdad: 32 años:Ocupación: EMPLEADODomicilio: URB. TUPAC AMARU M-1 LT- L1 SAN SEBASTIANDoña: KARLA MEDINA CERECEDAIdentificada con DNI 41892681Estado Civil: SOLTERANatural de: SANTIAGO - CUSCONacionalidad: PERUANAEdad: 33 años:Ocupación: GUIA DE TURISMODomicilio: A.P.V. VICTORIA A-13 CUSCOFecha de Matrimonio: 27 DE JULIO DEL 2016Las personas que conozcan causales de impedimento pueden denunciarlos como lo establece el Artículo 253 del Código Civil, ante la Dirección de los Re-gistros de estado Civil de esta Municipalidad.Cusco, 30 de JUNIO del 2016.Walter Carpio ChávezDirector1V-06-VII-16B/V 39705

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCAHUASI

OFICINA DE REGISTRO DE ESTADO CIVILEDICTO MATRIMONIALPRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL:Don JOSE MEJIA HUAMANIdentificado con DNI N° 43524774Estado Civil SolteroNatural de Ancahuasi-Anta -CuscoNacionalidad: PeruanoEdad: 30 añosOcupación: AcricultorDomicilio: Comunidad Campesina CcolccabambaDoña ANA ÑAHUI LOPEZIdentificada con DNI N° 48539573Estado Civil SolteraNatural de ANCAHUASI- Anta-CuscoNacionalidad: PeruanaEdad: 23 añosOcupación: a su casaDomicilio: Comunidad Campesina CcolccabambaFecha de Matrimonio 24 de julio del 2016, a horas 12:00 pm En el salón Killaru-miyoq de la Municipalidad distrital de Ancahuasi, Provincia deAnta, Región Cusco. Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos de conformidad al Art. 253 del Código Civil, ante esta Je-fatura de la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Ancahuasi - Anta - Cusco.Ancahuasi, 05 de julio del 2016.Rocio Camero CjumoRegistradora civil1V-06-VII-16B/V 39706

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAROCONDO

REGISTRO DE ESTADO CIVILEDICTO MATRIMONIAL

Cusco, miércoles 6 de julio de 2016 5EXPEDIENTE MATRIMONIAL Nº 1407 - 2016PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVILDON ZENON BALLADARES QUINDNI 80047092NATURAL HuarocondoEdad 38 añosEstado Civil solteroOcupación AgricultorNacionalidad peruanoDomicilio Calle Grau s/n del Distrito de HuarocondoProvincia Anta Departamento Cusco.DOÑA YONY SUNATUPA QUISPEDNI 41265344NATURAL HuarocondoEdad 34 añosEstado civil solteraOcupación ama de casaNacionalidad PeruanaDomicilio Calle Grau s/n del Distrito de HuarocondoProvincia Anta Departamento Cusco.Quienes contraerán matrimonio Civil el día 24 de Julio del 2016 a hora 12:30 .m. Las personas que conozcan las causales de impedimento, pueden denunciarlos como establece el Art. 253 del Código Civil, ante la Jefatura delos Registros de Estado Civil de esta Municipalidad.Huarocondo ,04 de Julio del 2016María Carmen Cusi Bolívar.Registradora Civil.1V-06-VII-16B/V 39707

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO

EDICTO MATRIMONIALHago saber que don MARCO ANTONIO CERECEDA HUAMANI con DNI Nro.42506637 de 34 años de edad, soltero de Nacionalidad peruano Natural del Distrito de Cusco Provincia y Departamento del Cusco de ocupación Técni-co en Mantenimiento de Maquinarias con Domicilio enPP:JJ Manco Capac N-7 del Distrito de Santiago -Cusco y la Srta. ERIKA SAN-TOS HUALLPA con DNI Nro. 46460872 de 28 años de edad, Soltera, de Nacio-nalidad Peruana, Natural del Distrito de Cusco Provincia yDepartamento de Cusco de Ocupación su casa , con domicilio en PP .JJ Manco Capac N-7 del Distrito de Santiago PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL, en esta Municipalidad el día Sábado 06 de Agosto del 2016 . Las Perso-nas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos conforme lo establece el Art. 253 del Código Civil.Santiago, 05 de Julio del 2016Nilda Cupi ZunigaJefe de registro civil1V-06-VII-16B/V 39708

EDICTO JUDICIAL

SUCESION INTESTADA.- Por ante el Primer Juzgado de Paz Letrado deCusco, Que, despacho lo Señora Juez Dra.: GILDA A. ZEA NUÑEZ y bajo la actuación de lo Secretorio Judicial Catalina Solazar Miranda; lo Señora ROSA FLORIPES LEVITA ROMERO, viene solicitando lo SUCESION INTESTADA de lo que en vida fue su señor podre Mamerto Levita Quispe fallecido el 29 de Abril del año 1988, publicación que se realizó para los que se crean con derecho o lo sucesión, se opersonen al ProcesoCivil Nro. 01065-2016-0-100 1-JP-Cl-0 1 o ejercer su derecho.Cusco, 06 de Junio del 2016.-1V-06-VII-16B/V 39709

GOBIERNO MUNICIPAL DEL CUSCO

DIRECCION DE REGISTRO DE ESTADO CIVILEDICTO MATRIMONIALPRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL:Don: JUAN CARLOS QUISPE ÑACCHAIdentificado con DNI 45101041Estado Civil: SOLTERONatural de: CUSCONacionalidad: PERUANAEdad: 38 años:Ocupación: OBRERODomicilio: APV. HUAYRACPUNCO LT. E-6 CUSCODoña: YUDIT MARIBEL MEJIA SANAIdentificada con DNI 42778243Estado Civil: SOLTERANatural de: CUSCONacionalidad: PERUANAEdad: 34 años:Ocupación: AMA DE CASADomicilio: APV. HUAYRACPUNCO LT. E-6 CUSCOFecha de Matrimonio: 05 DE AGOSTO DEL 2016Las personas que conozcan causales de impedimento pueden denunciarlos como lo establece el Artículo 253 del Código Civil, ante la Dirección de los Re-gistros de Estado Civil de esta MunicipalidadCusco, 04 de JULIO del 2016.WALTER CARPIO CHAVEZDIRECTOR1V-06-VII-16B/V 39710

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OLLANTAYTAMBO

EDICTO MATRIMONIALPRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL:Don, ROBERTO PALOMINO QUISPE, de 55 años de edad, identificado con DNI N° 23825825, natural del distrito de Huarocondo , Provincia de Anta, De-partamento de Cusco, de ocupación obrero de estado civil soltero, domiciliado en la Comunidad Campesina de Piscacucho S/N del Distrito de Ollantaytambo, Provincia de Urubamba, Departamento del Cusco; y,Doña, EDELMIRA MOLICA LUCANA, de 52 años de edad, identificada con DNI N° 80060223, natural del Distrito de Cusco, provincia de cusco, y Departamen-to de Cusco, de ocupación Su Casa de estado civil soltera, domiciliada en la Comunidad Campesina de Piscacucho S/N, Provincia de Urubamba, Departa-mento del Cusco.FECHA DE CELEBRACIÓN:DIA : 16 de Julio del año 2016.HORA : 11:00 P.M.LUGAR : En la Comunidad Campesina de Piscacucho del Distrital deOllantaytambo. Las personas que conozcan causales de impedimento, pueden denunciarlas tal como establece el Art. 253 del Código Civil ante la Jefatura de los Registros Civiles de esta Municipalidad.Ollantaytambo, 05 de Julio del 2016LIC. ELVIS R. FLORES FARFANAlcalde1V-06-VII-16B/V 39711

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ANTA

AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA.En la oficina de Registro Civil de la Municipalidad Provincial de AntaDepartamento del Cusco con expediente Nº 06483 de Fernando Saico Chávez el titular del acta de Nacimiento Nº 41 del año de 1963 y conforme establece la DI-263-GRC/017 solicita la Rectificación Administrativa del pre nombre del padre en el acta se ha consignado como Justo Saico Álvarez, debiendo ser lo correcto y completo como JUSTO PASTOR SAICO ALVAREZ. Lo que se hace de conocimiento Público a fin de que las personas resulten perjudicadas por la rectificación, puedan formular oposición dentro de los 15 días siguientes a la publicación conforme lo estipulado en el Art. 73 - D.S 015-98-PCM.Anta, 05 de Julio del 2016Walter Ricra VasquezRegistrador civil1V-06-VII-16B/V 39712

GOBIERNO MUNICIPAL DEL CUSCO

DIRECCION DE REGISTRO DE ESTADO CIVILEDICTO MATRIMONIALPRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL:Don: MANUEL ENRIQUE UNDA NUÑEZIdentificado con DNI 43572781Estado Civil: SOLTERONatural de: CUSCONacionalidad: PERUANAEdad: 30 años:Ocupación: LIC. EN TURISMODomicilio: URB. TTIO S -1- 9 WANCHAQDoña: ALYSSA BRENDA SANCHEZ ZAMBRANOIdentificada con DNI 70584228Estado Civil: SOLTERANatural de: JESUS MARIA - LIMANacionalidad: PERUANAEdad: 25 años:Ocupación: LIC. EN TURISMODomicilio: URB. MARISCAL GAMARRA A-10 CUSCOFecha de Matrimonio: 27 DE JULIO DEL 2016Las personas que conozcan causales de impedimento pueden denunciarlos como lo establece el Artículo 253 del Código Civil, ante la Dirección de los Re-gistros de estado Civil de esta Municipalidad.Cusco,05 de julio del 2016 .Walter Carpio Chávezdirector1V-06-VII-16B/V 39713

EDICTO NOTARIAL

ANTE LA NOTARIA PÚBLICA DEL DR. JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, UBICADO EN EL INMUEBLE NRO. 460 DE LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO, DEL CERCADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO; LA SRA. SILVIA CORINA BARRA YANQUE, SOLICITA LA RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE MATRIMONIO CON TEOFILO JULIO RODRIGUEZ MAN-GA, DONDE SE LE A MENCIONADO DE FORMA INCORRECTA A LA CON-TRAYENTE COMO DOÑA SILVIA CORINA BARRA LLANQUE, IGUALMENTE EL NOMBRE DE LA PROGENITORA DE LA SOLICITANTE FUE CONSIGNA-DA INCORRECTAMENTE COMO ISIDORA LLANQUE, SIENDO SU NOMBRE CORRECTO Y COMPLETO YSIDORA YANQUE DE BARRA, LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES DE LEY.CUSCO, 04 DE JULIO DE 2016.1V-06-VII-16B/V 39714

Cusco, miércoles 6 de julio de 20166SUCESIÓN INTESTADA

ANTE LA NOTARIA DEL DR. NESTOR AVENDAÑO GARCIA, SITA EN LACALLE AYACUCHO N° 200 DE ESTA CIUDAD, LA SEÑORA: LUZ MARINAPUELLES CASTRO , SOLICITA LA SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN ENVIDA FUE: ROQUE PUELLES CASTRO, FALLECIDO EN ESTA CIUDAD, ELDÍA 19 DE DICIEMBRE DEL 2015 Y HABIENDO SIDO SU ÚLTIMODOMICILIO EN ESTA CIUDAD DEL CUSCO. SE COMUNICA A FIN DE QUELOS QUE TENGAN VOCACION HEREDITARIA,HAGA USO DE SU DERE-CHO DENTRODEL TERMINO DE LEY.CUSCO, 05 DE JULIO DEL 2016.1V-06-VII-16B/V 39715

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ZURITE ANTA-CUSCO

OFICINA DE REGISTRO CIVILEDICTO MATRIMONIALHace saber: Qué de conformidad al Art.248 del código civil. han presentado el Expediente Matrimonial los pretendientes: Don: MARIO CUSIHUALLPA BAEZ, de 50 años de edad natural del distrito de ANCAHUASI-ANTA-CUSCO, estado Civil Soltero, de ocupación AGRICUL-TOR hijo de DON BARTOLOME CUSIHUALLPA VARGAS y Doña: JUSTINA BAEZ CRUZ, con domicilio actual en el distrito de ANCAHUASI- ANTA-CUS-CO, y ROSALIA CRUZ HUAMAN de 49 años de edad, natural del distrito de ANCAHUASI-ANTA- CUSCO, estado civil SOLTERA de ocupación. SU CASA, hija de Don: CECILIO CRUZ HUARI, y de Doña: SIMIONA HUAMAN QUISPE, con domicilio actual en el distrito de ANCAHUASI-ANTA-CUSCO, con el fin de contraer matrimonio civil en la oficina de Registro Civil el día 04 de agosto a las 12.00 del año 2016; los que conozcan las causales de impedimento podrán hacer dentro del término que estipula la ley y de conformidad a lo establecido en el Art.253 del Código Civil.Zurite, 5 de julio del 2016.VICTOR BELLIDO TORRESJefe de registro civil 1V-06-VII-16B/V 39716

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección de la señoraJuez Titular doctora Basiliska Dueñas Zúñiga, Secretaria Judicial MaríaEugenia Macedo Castillo, se viene tramitando el Proceso Civil No Contencioso N° 756-2016-0-1 018-JP-CI-01, por el cual doña MARIA TERESA ZEA QUISPE solicita la SUCESION INTESTADA de los que en vida fueron VALENTIN ZEA BECERRA y ANDREA QUISPE QUISPE, fallecidos en 03 de Marzo del 2011, Y 24 de Febrero del 2009 respectivamente a fin de que se les declare su heredera Universal, conjuntamente a que a sus hermanos TEODOCIO VICTOR y DAVID JESUS ZEA QUISPESe pública el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley. SecretariaJudicial María Eugenia Macedo CastilloSantiago, 01 de Julio del 2016.1V-06-VII-16B/V 39717

AVISO DE RECTIFICACIÓN DE ÁREA

CONFORME AL ART. 21 DE LA LEY 27157, ARTS. 36, 38 Y 40 DE SU RE-GLAMENTO, ART. 5, INC C. C, DE LA LEY N° 27333 Y ART. 506 DEL C.P.C, COMUNICO QUE LOS HERMANOS JAIME LEONIDAS RENE, JUANA ROSA, EMILIO, LOURDES, WILLINGTON, YONI y NOEMI ARREDONDO ZARATE, SOLICITAN AL DESPACHO NOTARIAL A MI CARGO EL TRAMITE DE REC-TIFICACION DE ÁREA Y LINDEROS DEL INMUEBLE DE SU PROPIEDAD, SIGNADO ACTUALMENTE COMO LOTE TERRENO NUMERO 112 (PUERTA PRINCIPAL), 116, 118, 126 (PUERTAS SECUNDARIAS), 134 Y 136 (PUER-TAS PRINCIPALES) DE LA CALLE CUSI COYLLOR DE LA ASOCIACION PRO VIVIENDA LOS INCAS, DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMEN-TO DEL CUSCO; QUE CUENTA CON UN AREA INSCRITA DE 310.00 M2; Y CON UN ÁREA REAL ACTUAL DE: 324.04 M2.-PERIMETRO: 75.74 ML. COLINDANCIAS: POR EL FRENTE: CON EL JIRON CUSICCOYLLOR CON 23•18ML . EN LINEA RECTA; POR EL COSTADO DERECHO: ENTRANDO CON EL JIRON CUSICCOYLLOR, CON 10.68 ML. EN LINEA RECTA; POR EL COSTADO IZQUIERDO: ENTRANDO CON EL LOTE C1-5,CON 15.22+7.10 ML. EN LINEA RECTA DE DOS SEGMENTOS, HACIENDO UN TOTAL DE 22.32 ML.Y POR EL FONDO: CON EL LOTE C1-1, CON 10.69+8.87ML. EN LINEA RECTA DE DOS SEGMENTOS, HACIENDO UN TOTAL DE 19.56 L.HABIENDO SIDO ADMITIDA A TRAMITE LA SOLICITUD Y ESTAR ARRE-GLADA A DERECHO; CUMPLO CON REALIZAR LAS PUBLICACIONES DE LEY CON LA FINALIDAD DE QUE SE APERSONEN QUIENES LO CONSIDE-REN NECESARIO.ANTONIETA OCAMPO DELAHAZANOTARIA DE CUSCO CNC. 0273VCES-06-12-18-VII-16B/V 39718

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO

EDICTO MATRIMONIALHago saber que don MARCO ANTONIO MOLINA AYBAR con DNI Nro. 42275706 de 33 años de edad, soltero de Nacionalidad peruano Natural del Distrito de Huanta Provincia Huanta y Departamento de Ayacucho de ocupación Guía Oficial de Turismo con Domicilio en APV La Pradera F-3 Calle Los Gera-nios del Distrito de Santiago ,Cusco y la Srta. JENNIFHER ROSALIA CALCINA RAMOS con DNI Nro. 44224106 de 29 años de edad, Soltera, de Nacionalidad Peruana, Natural del Distrito de Yanacancha

Provincia Pasco Departamento de Cerro de Paseo de Ocupación Técnico en Enfermería, con domicilio en Calle Los Geranios APV La Pradera F-3 del Distrito de Santiago PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL, en estaMunicipalidad el día Miércoles 27 de Julio del 2016 .Las Personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos conforme lo establece el Art. 253 del Código Civil.Santiago, 05 de Julio del 2016. NILDA CUPI ZUNIGARegistradora civil1v-06-vii-16b/v 39719

PRESCRIPCION ADQUISITIVA VEHICULAR

De conformidad con el artículo 3 de la ley 28325, Ley de Prescripción de Ve-hículos, comunico que ante mi Despacho Notarial, sito en el inmueble número 513 del Jirón Jaquijahuana del distrito y provincia de Anta y departamento de Cusco, se presentaron los cónyuges EMETERIO OVIEDO DELGADO, iden-tificado con DNI N° 23825445, Y LUZMILA TAPIA CARRASCO, identificado con DNI N° 23888206, ambos con domicilio en el Jr. jaquijahuana sin número del distrito y provincia de Anta y departamento de Cusco, quienes solicitan se tramite la Prescripción Adquisitiva del vehículo con las siguientes característi-cas: Placa de rodaje WO-8455.- MARCA: MITSUBISHI.- MODELO: CANTER FE214EXSLCP2.- AÑO FAB :1989.- CARROCERIA: BARANDA.- N° SERIE: FE214EA00740.- N° MOTOR: 4D31P920848.- COLOR: BLANCO CRISTAL, VERDE.- TIPO COMBUSTIBLE: PETROLEO.- Se comunica a fin de que los que tengan algún derecho, lo hagan valer dentro del término de ley.Anta, 05 de julio de 2016.YORKA.I. JORDAN GAMARRAABOGADA NOTARIA1v-06-vii-16b/v 39720

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN

SUB GERENCIA DE REGISTRO Y ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIALDON: JOSE CARLOS CUBA SUPANTAEDAD: 31 AÑOSESTADO CIVIL: SOLTEROOCUPACION: ING. ELECTRONICONACIONALIDAD: PERUANODNI: 43814433DOMICILIO: APV. SR DE COYLLORITY A-7-B DEL DISTRITO DE SAN SE-BASTIANDOÑA: ROCIO SOLEDAD QUISPE ABARCAEDAD: 30 AÑOSESTADO CIVIL: SOLTERAOCUPACION: CONTADORANACIONALIDAD: PERUANADNI: 43294041DOMICILIO: APV. SR DE COYLLORITY A-7-B DEL DISTRITO DE SAN SE-BASTIANFECHA DEL MATRIMONIO: 15 DE JULIO DEL 2016HORAS: 11.00.00 AM HORASQUIENES PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL EN ESTA MUNICI-PALIDAD, LAS PERSONAS QUE CONOZCAN CAUSAL ES DE IMPEDIMEN-TO LEGAL, PODRAN DENUNCIARLOS DENTRO DEL PLAZO DE LEY DE CONFORMIDAD DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 253 DEL CODIGO CIVIL, ANTE LA SUB GERENCIA DE REGISTRO Y ESTADO DE ESTA MU-NICIPALIDAD.SAN SEBASTIAN, 05 DE JULIO DEL 2016.ABOG.- ALFREDO RIMASCA CHACONSUB GERENTE DE REGISTRO Y ESTADO CIVIL06/07/2016B/. 30365

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi, que dirige la Señora Juez Doctora OFE-LIA PAREDES SALAS, bajo la actuación del Secretario Judicial Abogado Ma-nuel J. Cordero Sánchez, se viene tramitando el Proceso Civil No. 085-2016-FT, se ha dictado la siguiente resolución:AUTO DE APERTURA DE INVESTIGACION TUTELAR. Res. No. 1.Urcos, 04 de Marzo del año 2016. Donde SE RESUELVE: APERTURAR IN-VESTIGACION TUTTELAR, Por Abandono Moral y Material a favor del me-nor EDON EDGAR TACURI AYME (11 años), contra sus progenitores JUANA AYME FLORES Y EDONQUISA TACURI YAPURA. PUBLIQUESE mediante edictos la presente investigación a fin de que alguna persona interesada con-curra a Despacho,Urcos, 15 de Junio del 2016.MANUEL JUAN CORDERO SANCHEZSECRETARIO JUDICIAL06/07/2016PODER JUDICIAL

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi, que dirige la Señora Juez Doctora OFE-LIA PAREDES SALAS, bajo la actuación del Secretario Judicial Abogado Ma-nuel J. Cordero Sánchez, se viene tramitando el Proceso Civil No. 037-2014-FT, se ha dictado la siguiente resolución:AUTO DE APERTURA DE INVESTIGACION TUTELAR. Res. No. 2.Urcos, 03 de Febrero del año 2014. Donde SE RESUELVE: APERTURAR IN-VESTIGACION TUTTELAR, Por Abandono Moral y Material a favor de la menor

Cusco, miércoles 6 de julio de 2016 7YURI HUAMAN CHULLUNQUIA (14 años), contra su progenitores ISIDORA CHULLUNQUIA YUCA Y ANDRES ABELINO HUAMAN CCASA. PUBLIQUE-SE mediante edictos la presente investigación a fin de que alguna persona inte-resada concurra a Despacho,Urcos, 23 de Junio del 2016MANUEL JUAN CORDERO SANCHEZSECRETARIO JUDICIAL06/07/2016PODER JUDICIAL

EDICTO JUDICIAL

En el Juzgado de Paz Letrado de Pomacanchi, que despacha el Sr. Juez Efraín la Torre Valenzuela, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Violeta Lizbeth Huamaní Benites, se tramita el Exp. Civil N° 00007-2016-0-1 003-JP-CI-01 se-guido por BRAULIA ESPINAR NOGUERA sobre RECTIFICACIÓN DE PARTI-DA DE NACIMIENTO, solicitando que se rectifique su partida de nacimiento, en el sentido que se incluya el primer nombre de pila (JUANA) y su apellido materno (BERRIO) de su progenitora, manera que el nombre de su progenitora quede como Juana Escolástica Noguera Berrio admitida la solicitud, en vía del proceso no contencioso. Se efectúa la presente publicación para los fines con-siguientes de ley.Pomacanchi, 04 de julio del año 2016.VIOLETA LIZBETH HUAMANI BENITESSECRETARIA JUDICIAL06/07/2016B/. 30366

DIVISION DE REGISTRO CIVIL DE LA

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQEDICTO MATRIMONIALEl que suscribe:Jefe de la División de Registro Civil hace de conocimiento que;Don: LUIS ANTONIO SOTO FELIX de 30 años de edad, con DNI N° 45741342, de Estado Civil SOLTERO, de ocupación CONTADOR, natural de JUNIN, con domicilio en: ASOCIACION LOS SAUCES B -9 yDoña: YONY MONZON HUAYLLAPUMA de 33 años de edad, con DNI N° 41572533, de Estado Civil SOLTERA, de ocupación CONTADORA, Natural de CUSCO, con domicilio en : ASOC. FRANCISCO MORALES BERMUDEZ C -1.Pretenden contraer MATRIMONIO CIVIL en esta Municipalidad el Día:VIERNES 15 DE JULIO DEL 2016.Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán realizar la de-nuncia correspondiente en Concordancia al Art. N°253 del Código Civil en las Oficinas de Registro Civil de La Municipalidad de Wanchaq.Wanchaq, 05 de JULIO del 2016GUILLERMO HANCCO HUILLCAREGISTRADOR06/07/2016B/. 30364

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ZURITE

EDICTO MATRIMONIALHace saber: Qué de conformidad al Art.248 del código civil, han presentado el Expediente Matrimonial, los pretendientes.Don: EDER USUCACHI HUANUCO, de 29 años de edad natural de Zurite-Anta- Cusco, estado Civil Soltero, de ocupación Mecánico Automotriz, hijo de Don: JULIO EDGAR USUCACACHI HUAMANCCARI y Doña: AGUEDA HUANUCO QUISPE, con domicilio actual en Zurite -Anta-Cusco, y Doña: EVELIN HUA-MAN MEZA de 29 años de edad, natural de Cusco- Cusco, estado civil soltera de ocupación Técnico en Computación, hija de Don: ESTANISLAO HUAMAN JARO y de Doña: LUISA AUGUSTA MEZA QUISPE, con domicilio actual en el Distrito de Ancahuasi- Anta-Cusco, con el fin de contraer matrimonio civil en la oficina de Registro Civil el día 30 de julio a las 11.30 a.m. del año 2016; los que conozcan las causales de impedimento podrán hacer dentro del término, que estipula la ley y de conformidad a lo establecido en el Art.253 del Código Civil.Zurite, 30 de junio del 2016VICTOR BELLIDO TORRESJEFE DE LA OFICINA DE REGISTRO CIVIL06/07/2016B/. 30368

EDICTO MATRIMONIAL DE LEY

Se hace saber que ante la Municipalidad Provincial de La Convención del Dis-trito de Santa Ana Provincia de La Convención Departamento de Cusco, se han presentado los Pretendientes:Don DARWIN RAFAEL BACA USCACHI, identificado con DNI. N°43852846, de 30 años de edad, Estado Civil Soltero, de Nacionalidad Peruano, natural de Urcos- Quispicanchis-Cusco profesión u ocupación PNP, con Domicilio en Jr -Machupicchu 420 de esta ciudad.Doña CELY CUELLAR CALLASACA identificada con DNI N°44304181 de 29 años de edad, de Estado Civil Soltera, de Nacionalidad Peruana, natural de Quillabamba, Distrito de Santa Ana Provincia de La Convención Departamento de Cusco, de Profesión u ocupación Empleada, con domicilio en Jr. Machupic-chu 420 de esta ciudad PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL el día SABADO 06 de AGOSTO del año 2016.Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme lo establece el Art. 253 del Código Civil.Quillabamba, 04 de Julio del 2016.JUANA ATAUCHI CUSIHUALLPAJEFE DE REGISTRO CIVIL06/07/2016B/. 30369

AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA

DE PARTIDA DE NACIMIENTOEn la Oficina de Registro Civil de la Municipalidad Provincial de La Convención, Distrito de Santa Ana de la provincia de La Convención, departamento y región del Cusco, el recurrente don Pedro Celestino Ortiz Mendoza, identificado con DNI. N° 23861211, mediante expediente Administrativo N°10201, de fecha 23 de Junio del 2016, y conforme lo establece la DI 263-GRC/017, solicita la rec-tificación Administrativa de la partida de nacimiento de su hijo (Niño Especial), registrado bajo el folio N°128, Año 1992, perteneciente a: Yury Ortíz Ccuyro, por existir error tanto en el margen izquierdo como en el cuerpo principal del acta el apellido materno del titular “Ccuyro” siendo lo correcto CCUIRO, asimismo el nombre de la progenitora Maritza Ccuyro Rodriguez, consignada erróneamente el apellido paterno Ccuyro siendo lo correcto CCUIRO. Por lo que de conformi-dad a lo estipulado en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a LeyQuillabamba, 04 de Julio del año 2016.JUANA ATAUCHI CUSIHUALLPAJEFE DE REGISTRO CIVIL06/07/2016B/. 30369

SANEAMIENTO DE INMUEBLE

LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL -LA CONVENCIÓN, CON DOMICILIO EN JR. INDEPENDENCIA S/N DEL DISTRITO DE SANTA ANA, PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN, DEPARTAMENTO DEL CUSCO, HACE DE CONOCIMIENTO QUE SE ENCUENTRA EFECTUANDO EL SANEAMIEN-TO FISICO LEGAL DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA INICIAL N°711 DE LA COMUNIDAD NATIVA DE SHIMAA UBICADA EN LA JURISDICCIÓN DE LA COMUNIDAD NATIVA SHIMAA COMPRENSIÓN DEL DISTRITO DE ECHA-RATE. PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN, DEPARTAMENTO DEL CUSCO. EL MISMO QUE CUENTA CON UN ÁREA ACTUAL DE 1.4474 HA. CON LOS SIGUIENTES LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS: PERÍMETRO: 481.93 ML. POR EL NORTE: EN LINEA QUEBRADA ABARCA LOS VERTICES DEL 1 AL 10 CON UNA LONGITUD DE 132.00 ML. COLINDA CON LA COMUNIDAD NATIVA SHIMA. POR EL ESTE: EN LINEA QUEBRADA ABARCA LOS VERTI-CES DEL 10 AL 25 CON UNA LONGITUD DE 116.24 ML. COLINDA CON EL RIACHUELO KITOATO Y CON LA COMUNIDAD NATIVA DE SHIMAA. POR EL SUR: EN LÍNEA QUEBRADA ABARCA LOS VÉRTICES DEL 25 AL 44 CON UNA LONGITUD DE 134.81 ML. COLINDA CON EL RIACHUELO KITOATO Y LA COMUNIDAD DE SHIMAA. POR EL OESTE: EN UNEA QUEBRADA ABARCA LOS VÉRTICES DEL 44 AL 1 CON UNA LONGITUD DE 98.88 ML. COLINDA CON LA COMUNIDAD NATIVA DE SHIMAA. ANTE LA OFICINA DE REGISTRO PÚBLICOS SEDE N°X QUILLABAMBA -SUNARP PARA LA INS-CRIPCIÓN DE DERECHO DE PROPIEDAD. DE CONFORMIDAD A LA LEY 26512 Y N°27493, DS. 06-98 ED, DS. 130-2001 EF MODIFICADO POR EL DE-CRETO SUPREMO N°007-2008 EF. A FIN DE QUE AQUELLOS TERCEROS QUE SE CREAN CON DERECHO O AFECTADOS PUEDAN PRESENTAR SU OPOSICIÓN CONFORME A LEY.JOSE DANIEL CARBAJAL LUNADIRECTOR UGEL- LA CONVENCION06/07/2016B/. 30369

PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DE VEHICULO

Ante mí, ABEL SALUSTIO POZO UGARTE, en mi Oficina Notarial ubicada en Jirón Quillabamba N° 205, Plaza de Armas -Quellouno, se ha presentado NE-LIDA WILSON VDA. DE SANCHEZ, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 24994940, solicitando al amparo del artículo 3º de la Ley N° 28325 Y del Decreto Supremo N° 012-2006-JUS, Prescripción Adquisitiva de Dominio de Vehículo, a fin de que se le declare propietaria del Vehículo con Placa de Rodaje N° PZ-3627 , cuyas características son:Clase: Camioneta PickupPeso Neto: 1,46 tn.Marca: NissanPeso Bruto: 3.46 tn.Modelo: L 140T JuniorCarga Útil: 2.00 tn.Año de Fabricación: 1982N° de Asientos: 3Tipo Carrocería: BarandaAncho: 1.69 mtColor: AzulAltura: 1.72 mt.N° de Serie: L140041810.Longitud: 4.69 mt.N° de Motor: H20080756JNº de Pasajeros: 2Tipo Combustible: GasolinaNº de Ruedas: 4N° de Cilindros: 4Nº De Ejes: 2El mismo que se encuentra inscrito en la partida Nº 60014363 de la Sede Re-gistral Cusco, a nombre de JOSE VICTOR SANCHEZ ORTIZ, convocándose a todo aquel que tenga derecho sobre el bien para hacerlo valer conforme a Ley.Quellouno, 22 de junio de 2016-07-05ABEL SALUSTIO POZO UGARTEABOGADO-NOTARIO06/07/2016B/. 30369

Cusco, miércoles 6 de julio de 20168EDICTO JUDICIAL

EXP: 116-2016-0- PEJuzgado de Investigación Preparatoria de Espinar Especialista: Sofía Ríos QuirozSe pone en conocimiento de BERNARDO IMATA HUAYLLA; con la resolu-ción N° 01 Y 03, de fechas 19 de mayo y 27 de junio del 2016, el requerimien-to de proceso inmediato solicitado por el representante del Ministerio Público, en su contra por el delito contra la familia en su modalidad de omisión de asis-tencia familiar en agravio del menor representado por su progenitora Maria Vargas Vilca y señala audiencia para el día VEINTIUNO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A LAS NUEVE HORAS, en la sala de audiencia del Juz-gado de Investigación preparatoria de esta sede, conforme lo establece el ar-tículo 3500 del C.P.P.; Así mismo se le REQUIERE para que en el lazo de 24 horas de notificado designe abogado de su libre elección bajo apercibimiento de nombrársele un defensor público de oficio, en caso de incumplimiento.Espinar, 27 de junio del 2016.04-05-06/07/2016CPJ

EDICTO PENAL.EL Señor Juez del Juzgado Penal Unipersonal de Canchis, Eduardo Sumire López, en el Proceso Penal N° 298-2013-68-1007-JR-PE-O1: seguido contra DANTE COLQUE CAMI, por el delito contra la fe pública, en su modalidad de falsificación de documentos en general, sub tipo FALSIFICACIÓN DE DOCU-MENTO PÚBLICO, en agravio de Martin Maxi Puma Aytara, bajo la actuación del Especialista Legal Abog. Gualberto Serrano TrujiIIo , ha resuelto comu-nicar al acusado DANTE COlQUE CAMI con el tenor la resolución N° 04 de fecha 15 de junio del 2016, dictada en acto de audiencia Pública.RESOLUCIÓN N° 04 Sicuani, quince de Junio Del año dos mil dieciséis.VISTOS Y OIDOS; En la audiencia pública de juzgamiento programada para esta fecha, Y CONSIDERANDO:PARTE EXPOSITIVA: (Queda registrado en audio) PARTE CONSIDERATI-VA: (Queda registrado en audio) PARTE RESOLUTIVA: (Se transcribe en su integridadDECISION: Por estos fundamentos, el Órgano Jurisdiccional, RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la audiencia de juicio oral convocada para esta fecha por la inconcurrencia injustificada de lEaN MAG-NO YUCRA CERRillO y la falta de notificación de DANTE COlQUE CCAMI.2. DECLARAR CONTUMAZ a LEON MAGNO YUCRA CERRILLO, con DNI N° 40149871, nacido el 10 de Noviembre del año 1974 en el Distri-to de Checacupe, Provincia de Canchis, Departamento de Cusco, estatura 1.65, estado civil soltero, padres Melquiades y Filomena, con domicilio real en Asociación Alto Huancane sIn, del distrito de Checacupe, Provincia de Canchis, Departamento de Cusco, 3. Se GIRE los oficios respectivos tanto a la Policía Nacional de esta jurisdic-ción y a nivel nacional, se inscribirá en los registros del Poder Judicial, para su ubicación, captura y conducción compulsiva del acusado para la instala-ción de la audiencia de juzgamiento en la fecha a fijarse.4. Se RESERVA El JUZGAMIENTO hasta la ubicación del acusado.- H.S.5. SE DISPONE SE REITERE LA NOTlFICACION DEL ACUSADO DANTE COLQUE CCAMI EN SU DOMICILIO REAL Y SE PUBLIQUE LOS EDICTOS CORRESPONDIENTES.6. SE SUSPENDE LA PRESENTE AUDIENCIA PARA. EL DIA LUNES 18 DE JULIO DEL AÑO 2016 A HORAS 08:30 AM.04-05-06/07/2016CPJ

NOTIFICACION VIA EDICTOEXPEDIENTE: 00004-2015-0-1014-JR-PE-O1A LA PERSONA DE JOSE ANCCO QUISPEAnte el Juzgado de Investigación Preparatoria del Camanti Quincemil, que despacha el Señor Juez Percy LIancay Inquiltupa, bajo la actuación del Espe-cialista legal Luis Enrique Castillo Núñez, emplaza al imputado JOSE ANC-CO QUISPE, donde se dispone notificar vía edicto las resoluciones recaídas en el presente proceso; ordenado en la resolución N° 22 de fecha diez de junio del año dos mil dieciseis, recaída en el proceso penal Nro. 004-2015-0, seguido contra Alex Huamani Mansilla y Otros como autores del delito de contrabando, en agr-avio de la SUNAT ADUANAS, con el tenor siguiente.- RESUELVE: 1. TENER POR RECEPCIONADA la disposición No. 03-2016-DE ARCHIVO DE DENUNCIA, de fecha veintiséis de mayo del año dos mil dieciseis, por la que el representante del Ministerio Publico dispone RECTI-FICAR el nombre del imputado Alex Pay o José Pay, siendo lo correcto de Marcelino Paye Ccolque, así como dispone que NO PROCEDE A FORMA-LIZAR Y CONTINUAR CON LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA, contra José Ancco Quispe y Marcelino Paye Ccolque, por la presunta comisión de delitos aduaneros en la figura de contrabando en agravio del Estado, repre-sentado por el Procurador Publico de la SUNAT ¬ADUANAS así dispone su archivo. 2. CUMPLASE con notificar a las partes en sus domicilios señalados en autos, así como vía edicto judicial la presente resolución, al imputado José Ancco Quispe, tanto en el diario Judicial de mayor circulación, así como en el Portal Web institucional del Poder Judicial, asimismo habilitase la notificación del edicto en la tablilla del Juzgado, y en los lugares de mayor difusión de este Distrito, con cuyo fin gírese oficio a la Policía, así como a la Municipa-lidad Distrital de Camanti, para su publicación respectiva por el termino de ley. Rubrica del Juez Percy Llancay Inquiltupa, ante mi Luis Enrique Castillo Núñez, Especialista Legal.- Doy Fe. LO QUE NOTIFICO A USTED.04-05-06/07/2016

CPJEDICTO PENAL

Expediente: 2154-2015-28-1001-JR-PE-02SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO secretario: Ze-naida Gonzáles Yucra.Se cita y emplaza a WALTER DIAZ LACUTA¡ para que se ponga a derecho el día VEINTIDÓS DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las OCHO HORAS (hora exacta) en la PRIMERA SALA de audiencias ubicado en el tercer nivel del palacio de Justicia del Cusco, y se defienda de los car-gos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito Con-tra la Seguridad Publica, en la modalidad de delito de Peligro Común, sub tipo Conducción de Vehículo en estado de ebriedad en agravio de la Sociedad.Cusco, 01 de julio de 2016.04-05-06/07/2016CPJ

EDICTO PENALEXPEDIENTE: Nro: 01679-2016-95-1001-JR-PE-02PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO SECRETARIA: Marleny Saryasy Gomez.Se cita y emplaza al (los) acusados: WILBER SUSAY CCASANI.¬Para que se ponga a derecho y se defienda sobre los cargos que se le atri-buye por la comisión del delito Contra la Seguridad Publica Sub Tipo Peligro Común en la Modalidad dé Conducción de vehículo en estado de ebriedad en agravio de la Sociedad. Res. Nro. 01 Cusco, uno de julio del año dos mil dieciséis, señálese fecha para el verificativo de audiencia de Juicio Oral de proceso inmediato para el día VEINTISIETE DE SETEIMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS ONCE DE LA MAÑANA. acto que tendrá lugar EN LA DECIMA SALA PENAL DE AUDIENCIAS DEL MÓDULO PENAL ubicado en tercer nivel Palacio de Justicia Cusco. Subsistiendo los apercibimientos de ley, notifíquese a las partes procesales.Cusco, O 1 de julio del 20 16.04-05-06/07/2016CPJ

EDICTO PENALExpediente: 2322-2014-25-1001-JR-PE-01SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCOSecretario: Zenaida Gonzáles Yucra.Se cita y emplaza a ERASMO ESPINOZA PACCO¡ para que se ponga a de-recho el día OCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) en la PRIMERA SALA de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia del Cusco, y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito Contra la Seguridad Publica, en la modalidad de delito de Peligro Común, sub tipo Conducción de Vehículo en estado de ebriedad en agravio de la Sociedad.Cusco, 30 de junio de 2016.04-05-06/07/2016CPJ

EDICTO JUDICIALEn el 3° JUZGADO FAMILIA DE Cusco que despacho el señor juez Edwin Romel Bejar se viene tramitando el expediente 0330-2016-0-1001-JR-FT- so-bre Violencia Familia, en el que se ha dispuesto la notificación de la agravia-da CHIPA MERMA, MARIBEL con las medidas de protección contenidas en resolución numero dos de fecha cuatro de marzo del dos mil dieciséis que RESUELVE: PRIMERO.- DISPONER como medidas de protección a favor de la víctima Maribel Chipa Merma a que deberán ser cumplidas por el de-nunciado Juan José Solis Merma en condición de cónyuge de la agraviada y que son las siguientes: 1. ORDENAR al denunciado el cese y abstención de toda agresión física, psicológica y verbal, como amenazas, intimidación o daños de cualquier for-ma, golpes, insultos, amenazas; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de la agraviada. 2. ORDENAR EL IMPEDIMENTO DEL DENUNCIADO de acercarse a la agraviada a no menos de 100 mt., prolúbiendo su retorno al in mueble donde habita la agraviada.3. ORDENAR EL IMPEDIMENTO DEL DENUNCIADO de generar cualquier tipo de conflicto o pelea dentro y fuera de del domicilio de la agraviada 4. DISPONER que la POLICIA NACIONAL DEL PERU EN TODAS SUS DE-PENDENCIAS Y A NIVEL NACIONAL brinde atención prioritaria y protección inmediata a la victima a su sola petición verbal y presentación de la presente resolución, considerando este REQUERIMIENTO SUFICIENTE por parte, de este Despacho Judicial para el cumplimiento de las medidas de protección, efectuando la inmediata detención del denunciado. incluso allanando su do-micilio o el lugar donde estén ocurriendo los hechos. en caso de flagrante delito. vinculado a actos de violencia familiar en aplicación de lo dispuesto por el artículo 17 de la ley N° 30364. 5. DISPONER que el denunciado preventivamente reciba terapia psicológica en el centro de salud la Fundación Cristo Vive, para cuyo fin GÍRESE EL OFICIOCorrespondienteMedidas de Protección que deberán ser cumplidas BAJO APERCIBIMIENTO de remitir copias certificadas a la Fiscalía Penal de Turno por el delito de desobediencia y resistencia a la autoridad además de disponer su detención por 24 horas y el pago de una multa progresiva de SURPS..SEGUNDO: Disponer que la víctima reciba terapia sicológica a fin de superar los actos de violencia en su contra por parte de la fundación Cristo Vive, para

Cusco, miércoles 6 de julio de 2016 9cuyo efecto gírese el oficio correspondiente.TERCERO: Que el denunciado indemnice a la agraviada con el monto de S/300.00 nuevos soles que deberá realizar dentro de los diez días de notifi-cado con la presente resolución.CUARTO: NOTIFICAR a la agraviada y denunciado en su domicilió real; así como a la Comisaría de Tahuantinsuyo, para el cumplimiento de las medidas de protección en aplicación de lo dispuesto por el segundo párrafo del artícu-lo 23 de la Ley 30364 H.S.¬Se deja constancia que no se registra la audiencia por audio y video por no contar el juzgado con dicho equipos. Proceso que se tramita bajo la actuación de la secretaria judicial Joselin Pez o huallpa.Cusco, 30 de junio del 2016.04-05-06/07/2016CPJ

EDICTO DE ABANDONO DE MENORAnte el Primer Juzgado de Familia de Cusco, se viene tramitando elProceso N° 00240-20 14-0-100 1-JR-FT-01, seguido a favor del menor Jhon ,..Brayan Gómez Flores, de 7 años de edad, sobre Abandono Material yPeligro Moral, para efectos legales pertinentes se ha dispuesto la no-tificación a los padres y hermanos de dicho menor, a efecto de que hagan valer sus derecho, oponerse, apersonarse y declarar conforme a ley bajo apercibimiento de declararse el abandono con fines de adopción.Cusco, 14 de junio de 2016.2/veces interdiarios.04-05-06/07/2016CPJ

EDICTO DE ABANDONO DE MENORAnte el Primer Juzgado de Familia de Cusco, se viene tramitando el Proceso N° 00240-20 14-0-100 1-JR-FT-O1, seguido a favor del menor Jhon Brayan Gómez Flores, de 7 años de edad, sobre Abandono Material y Peligro Moral, para efectos legales pertinentes se ha dispuesto la notificación a los padres y hermanos de dicho menor, a efecto de que hagan valer sus derecho, oponer-se, apersonarse y declarar conforme a ley, bajo apercibimiento de declararse el abandono con fines de adopción.Cusco, 14 de junio de 2016.2/veces interdiarios.04-05-06/07/2016CPJ

EDICTO JUDICIALAnte el, Juzgado de Investigación Preparatoria, bajo la dirección de la se-ñora Jueza Dra. Solina Maybee Apaza Bejar y la Actuación de la Secretaria Judicial Karina Margarita Cácercs del Río, se ha ordenado la notificación por edictos del imputado Anfoni Albert Rocca Mollehuanca con un extracto del Acta de Audiencia de requerimiento de prisión preventiva con la resolucion N° 8 de fecha 17-06-2016, en el incidente 39 derivado del Proceso Principal Nro. 00065-2015-0-1011-JR-PE .O1, seguido en contra de Gerardo Barricn-tos Prieto y otros, por el delito de Contra la vida el cuerpo y la salud tipo penal homicidio calificado sub tipo asesinato por la condición oficial del agente con crueldad y por lucro en agravio de Q.V.F Ronald Nuriez Valdez y otro, siendo como sigue:RESPECTO DEL ACTA DE AUDIENCIA DE PRISION PREVENTIVA RESO-LUCIÓN NRO. 08Paruro diecisiete de junioDel año dos mil dicciséis.¬PARTE EXPOSITIVA y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio.PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe:SE DISPONE:l. Declara FRUSTRADA la presente audiencia.2. Se REPROGRAME la presente diligencia, para el día CINCO DEAGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA. 3. Se dispone notificar a ANFONI ALBERT ROCA MOLLEHUANCA con la [onna1ización de la investigación preparatoria y con la ampliación de la for-ma1ización, diligencia que debe hacerse efectivo en el proceso principal a proveerse oportunamente.4. NOTIFIQUESE con la reprogramación de esta audiencia vía edictosParuro, 17 de junio del 2016.Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate.04-05-06/07/2016CPJ

EDICTO VIOLENCIA FAMILIARFamilia Tutelar N° 36-2016, El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NO-TIFICAal demandado JUVENAL QUISPE HUIILCA, con el extracto de la resolución N° 01 de fecha 07/03/2016: SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en la vía del PROCESO UNICO, la demanda interpuesta por el representante del Mi-nisterio Público, sobre cese de actos de VIOLENCIA FAMILIAR, consistentes en MAL TRATO PSICOLOGICO, contra JUVENAL QUISPE HUILLCA; en tal virtud, córrase traslado de la demanda al demandado por el plazo de cinco días hábiles, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Hágase. Saber. Finna Juez Víctor Hugo Silva Gamboa, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Rocío Callaymara Ayquipa.04-05-06/07/2016CPJ

EDICTO PENALExp. 0877-2011-12-1 015-JR-PE-01.

Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Orma-chea.Se CITAA y EMPLAZA a la acusada contumaz FELlCIA CUADROS GALAR-ZA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de FALSEDAD IDEOLÓ-GICA, en agravio del Estado Peruano.Urubamba, 31 de mayo del 2016.04-05-06/07/2016CPJ

EDICTO PENALExp. 1 71-2013-4-1 015-JR-PE-01.Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Orma-chea.Se CITA y EMPLAZA al acusado contumaz JUAN ALBERTO CARBAJAL CARBAJAL para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formu-lados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Lesiones Culposas, en agravio de Max Arthur Loayza Carrion.Urubamba, 06 de junio del 2016.04-05-06/07/2016CPJ

EDICTO PENALExp. 0877-2011-12-1 015-JR-PE-01.Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Orma-chea.Se CITA y EMPLAZA a la acusada contumaz FELICITA CUADROS GALAR-ZA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de FALSEDAD IDEOlÓ-GICA, en agravio del Estado Peruano.Urubamba, 31 de mayo del 2016.04-05-06/07/2016CPJ

EDICTO PENALExp. 111-2012-79-1 015-JR-PE-01.Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Orma-chea.Se CITA y EMPLAZA a la acusada contumaz ESTHER CRUZ QUISPE; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de FALSEDAD IDEOLÓGICA, en agravio de el Estado Peruano.Urubamba, 31 de mayo del 2016.04-05-06/07/2016CPJ

EDICTO PENALExp. 096-2011-97-1 015-JR-PE-01 .Se CITAA y EMPLAZA al acusado contumaz WILLlAN CALLAÑAUPA UBAL-DE; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Violación Sexual, en agravio de la persona de iniciales A.T.a. d CH.Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Orma-chea.Urubamba, 06 de junio del 2016.04-05-06/07/2016CPJ

EDICTO PENALExp. 111-2012-79-1 015-JR-PE-01.Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Orma-chea.Se CITA Y EMPLAZA a la acusada contumaz ESTHER CRUZ QUISPE; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de FALSEDAD IDEOLÓGICA, en agravio del Estado Peruano.Urubamba, 06 de junio del 2016.04-05-06/07/2016CPJ

EDICTO PENALExp. 46-2014-2-1 015-JR-PE-01.Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Orma-chea.Se CITA Y EMPLAZA a los acusados: LUCIO SILVA YABAR, RONALD PAUL CANAL ZAPATA Y RITA BACA QUISPE; para que se pongan a dere-cho y se defiendan de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Incumplimiento de Hurto Agravado en grado de tentativa, en agravio de Manuel Quispe Mesco.Urubamba, 06 de junio del 2016.04-05-06/07/2016CPJ

EDICTO PENALExp. 089-2014-49-1 015-JR-PE-01.Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Orma-chea.Se CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz PERCY ZAMBRANO CCAPA-CA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Conducción de vehículo en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad.Urubamba, 06 de junio del 2016.

Cusco, miércoles 6 de julio de 20161004-05-06/07/2016CPJ

EDICTO PENALExp. 139-2014-43-1 015-JR-PE-01.Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Orma-chea.Se CITA y EMPLAZA al acusado contumaz ALFREDO MAYTA LEVITA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio de Marisol Ttito Huamán.Urubamba,06 de junio del 2016.04-05-06/07/2016CPJ

EDICTO PENALExp.- 02-2015-48-1015-JR-PE-01.Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Orma-chea.Se CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz SALUSTIO CALLAÑAUPA PAL-MA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de la menor de iniciales A. C. Q.Urubamba, 06 de junio del 2016.04-05-06/07/2016CPJ

EDICTO PENALExp. 90-2012-23-1 015-JR-PE-01.Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Orma-chea.Se CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz RULE ALFREDO MAYTA MAR-CA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio de Victoria Haydee López Bibiano.Urubamba, 06 de junio del 2016.04-05-06/07/2016CPJ

EDICTO PENALExp. 065-2014-95-1 015-JR-PE-01.Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Orma-chea.Se CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz EDWIN HUANACO ZAMATA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso queSe le sigue por el delito de Conducción en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad.Urubamba, 06 junio de 2016.04-05-06/07/2016CPJ

EDICTO PENALExp. 193-2011-83-1 015-JR-PE-01.Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Orma-chea.Se CITA y EMPLAZA a la acusada contumaz MARUJA CHOQUECONZA CUSIHUAMÁN; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos for-mulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Lesiones Leves, en agravio de Irma Callañaupa Qui.spe.Urubamba, 06 de junio del 2016.04-05-06/07/2016CPJ

EDICTO PENAL.EXP. NRO.024S-2014-90-1 01 S-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea.SE CITA y EMPLAZA al acusado SANTIAGO RODRIGUEZ POMARROSA¡ para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Conducción de Vehículo en estado de ebriedad en agravio de la Sociedad.Urubamba, 06 de junio del 2016.04-05-06/07/2016CPJ

EDICTO PENALExp. 1 58-2014-53-101 5-JR-PE-O1.Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Orma-chea.Se CITA y EMPLAZA al acusado contumaz HUGO ROLANDO PEDRAZA CUSIHUALLPA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Incum-plimiento de Obligación Alimentaria, en agravio de Victoria Haydee López Bibiano.Urubamba, 06 de junio del 2016.04-05-06/07/2016CPJ

EDICTO PENAL.EXP. NRO.01 0-2014-3-1 015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Uru-bamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea.SE CITA y EMPLAZA al acusado SANTIAGO RODRIGUEZ POMAR ROSA;

para que se ponga a derecho y se defienda de poscargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Lesiones Graves en agravio de Tatiana Villanueva.Urubamba, 06 de junio del 2016.04-05-06/07/2016CPJ

EDICTO PENAL.EXP. NRO.01 0-2014-3-1 015-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal de Uru-bamba. Especialista: Alan Gibaja Ormachea.SE CITA Y EMPLAZA al acusado WILFREDO ESPINOZA GUZMAN¡ para que se ponga a derecho y se defienda de poscargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Omisión de Asistencia Familiar en agravio de de Wilder Wilfredo Espinoza Viena.Urubamba, 06 de junio del 2016.04-05-06/07/2016CPJ

EDICTO PENALExp. 150-2013-3-101 5-JR-PE-O1.Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Orma-chea.Se CITA y EMPLAZA al acusado contumaz EDGAR HUAMÁN BAUTISTA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Incumplimiento de Obli-gación Alimentaria, en agravio de Cinthia Montoya Marcavillaca. .Urubamba, 06 de junio del 2016.04-05-06/07/2016CPJ

EDICTO PENALExp. 103-2013-24-1 015-JR-PE-01.Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Orma-chea.Se CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz ALBERTO RAMOS MENDOZA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Lesiones Graves, en agravio de Cristian Alberto Barrueta Villena.Urubamba, 06 de junio del 2016.04-05-06/07/2016CPJ

EDICTO PENALExp. 068-2013-31-1 015-JR-PE-01.Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Orma-chea.Se CITA y EMPLAZA al acusado contumaz ABELARDO QUISPE BACA; para que se ponga a derecho y se defienda d~ los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio de Oiga Huamán Tunqui.Urubamba, 06 de junio del 2016.04-05-06/07/2016CPJ

EDICTO PENALExp. 051-2011-22-1 015-JR-PE-01.Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Orma-chea.Se CITA y EMPLAZA a la acusada contumaz MARÍA JESÚS HUAMÁN QUISPE; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formu-lados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Lesiones Graves, en agravio de Primitiva Quispe Uscamayta.Urubamba, 06 de junio del 2016.04-05-06/07/2016CPJ

EDICTO PENALExp. 0877-2011-12-1 015-JR-PE-01.Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Orma-chea.Se CITA Y EMPLAZA a la acusada contumaz FELICITA CUADROS GALAR-ZA; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de FALSEDAD IDEOLÓ-GICA, en agravio del Estado Peruano.Urubamba,06 de junio del 2016.04-05-06/07/2016CPJ

EDICTO PENALExp.090-2011-38-1015-JR-PE-01.Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba. Especialista: Alan Gibaja Orma-chea.Se CITA Y EMPLAZA al acusado contumaz PAULlNO DIAZ HUAMANHUI-LLCA ¡ para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito de Tráfico de Moneda Falsa, en agravio del Estado Peruano.Urubamba, 06 de junio del 2016.04-05-06/07/2016CPJ

EDICTO JUDICIALEXPEDIENTE : 0000l-2013-87-1014-JR-PE-O1

Cusco, miércoles 6 de julio de 2016 11A LAS MENOR DE INICIALES C. .C. REPRESENTADO POR MARCIAL UINO CHACON y MENORES DE INICIALES S.R.L. R.A.H.l REPRESENTA-DO POR ROSALlO SALAZAR TORRES y SABINA LIRA CERECEDAEl Juzgado Penal de Investigación Preparatoria del Distrito de Camanti -Quincemil, que despacha el Señor Juez Dr. Percy Llancay Inquiltupa, bajo la actuación del Especialista de Legal Luis Enrique Castillo Núñez, se notifica a las agraviadas MENORES DE INICIALES C.Q.C. REPRESENTADO POR MARCIAL QUINO CHACON y MENORES DE INICIALES S.R.L. Y R.A.H.L. REPRESENTADO POR ROSALIO SALA-ZAR TORRES y SABINA LIRA CERECEDA, en los seguidos contra JUSTI-NA CCOLQUE MAMANI y OTROS, por el delito contra la Libertad Personal en su Modalidad de Trata de Personas Agravada, por el que se reprograma la audiencia de control de acusación, emitida en la resolución N° 38 de fecha 16 de junio del 2016 que en su parte resolutiva RESUELVE: 1. DECLARA INFUNDADA la observación realizada por la defensa Publica, de los acu-sados Justina Ccolque Mamani y Cesar Hancco Viza, en el extremo de la observación a la tipificación del requerimiento acusatorio. 2. TENER por pre-cisado que el requerimiento de acusación es contra Justina Ccolque Mamani y Cesar Hancco Viza, y no contra Elena Chambi Coya, de quien ya se emitió el auto de sobreseimiento correspondiente en dicho extremo. 3. DECLARAR la validez formal de la acusación seguida contra Justina Ccolque Mamani y Cesar Hancco Viza, por la presunta comisión del delito contra la libertad en la figura delictiva de delitos contra la libertad personal en su modalidad de trata de personas, agravada conducta prevista en el numeral 3 y 4 del primer párrafo del articulo 153 - A del Código Penal, y teniendo como tipo básico el articulo 153 del Código Penal en agravio de las menores de iníciales CRSL y RAHL representado por Rosalio Salazar Torres y Sabina Lira Cereceda así como en agravio de CQC representado por Marcial Quino Chacón, y conti-núese con la presente audiencia por sus causales legales. Da por concluido y en este estado se reserva el derecho para emitir la resolución correspon-diente dentro del término de ley, la misma que se notificara a las partes en su domicilio señalado en autos y sin peIjuicio del mismo y considerando que se tiene audiencias programadas en esta judicatura y por lo avanzado del tiem-po se dispone la continuación de la presente audiencia, para el dia CATOR-CE DE JULIO DEL AÑo DOS MIL DIECISEIS, A HORAS QUINCE HORAS la misma que hade verificarse en el Juzgado de Investigación Preparatoria del distrito de Camanti Quincemil, lo que se notifica en este acto a las partes. Hágase Saber.- Media firma del Señor Juez Percy Llancay Inquiltupa, ante mi Luis Enrique Castillo Núñez, Especialista Judicial de Juzgado.- Doy Fe. LO QUE NOTIFICO A USTEDES.04-05-06/07/2016CPJEXPEDIENTE : 01177-2014-0-1001-JM-FT-O1MATERIA : VIOLENCIA FAMILIARResolución Nro. 28Cusco, 23 de junio de 2016.Habiéndose producido discordia respecto de la sentencia venida en consulta, por cuanto en el VOTO del señor Juez Superior Luis Fernando M urillo Flores opina por: “Se DESAPRUEBA la sentencia contenida en la Resolución N° 24, del 13 de noviembre de 2015, que declara: “(...) INFUNDADA la demanda de Violencia Familiar que obra a fojas 50 y siguientes (...)” (folio 339 a 350). DEBIENDO la juzgadora volver a emitir pronunciamiento. Y lo devolvieron.”; y en el VOTO EN DISCORDIA de la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar, al que se adhiere la Señora Juez Superior Miriam Helly Pi-nares Silva, es por: “APROBAR la sentencia contenida en la Resolución N° . 24 del trece de noviembre de dos mil quince (folio 339 y siguientes), que resuelve declarar: “INFUNDADA la demanda de violencia familiar interpuesta por el Ministerio Público contra Claudia Vanesa Quispe Castro...”. y los de-volvieron.”. En consecuencia, teniendo en cuenta 10 dispuesto por el articulo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fm a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por 10 que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente a la Señora Juez Superior Karinna Justina Holgado Noa inte-grante de la Primera Sala Laboral, conforme a 10 dispuesto por la Resolución Administrativa N°005-2015-CED-CSJCU-PJ; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA el 11DE JULIO DE 2016, a horas 12:50 DEL MEDIODÍA, de conformidad con 10 dispuesto en el articulo 409 del Código Procesal Civil, no procediendo el pedido de informe oral.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con 10 dispuesto por el articulo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.¬S.S. MURlLLO FLORES.- PINARES SILVA.- DELGADO AYBAR.” MiguelEspejo Rosell. - Secretario de Sala.PUBLICACIÓN DISPUESTA CONFORME AL ARTÍCULO 144 LOPJ1° SALA CIVIL - Sede CentralEXPEDIENTE : 00874-2015-0-1001-JR-CI-05MATERIA : INDEMNIZACION“Resolución Nro. 21 Cusco, 23 de junio de 2016.Habiéndose producido discordia respecto de la sentencia venida en grado de apelación, por cuanto en el VOTO del señor Juez Superior Luis Fernando Murillo Flores opina porque: “Se declara NULA la sentencia, contenida en la Resolución N° 15, del 11 de diciembre de 2015, que declara: “(...) INFUN-DADA la demanda civil sobre pago de indemnización de daños y perjuicios, presentada por Mauro Orlando Olivera Enríquez, contra el Comité de Servi-cios Integrados Turísticos y Culturales (...)” (folio 514 a 520). DEBIENDO la

juzgadora volver a emitir pronunciamiento conforme las observaciones de la presente. Y lo devolvieron.”; y en el VOTO EN DISCORDIA de la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar, al que se adhiere la Señora Juez Superior Miriam Helly Pinares Silva, es por: “CONFIRMAR la sentencia con-tenida en la resolución Nro. 15 de fecha once de diciembre de dos mil quin-ce (fojas oS 14 Y siguientes), que declara: “INFUNDADA la demanda CIVIL sobre pago de indemnización de daños y perjuicios, presentada por Mauro Orlando Olivera Enríquez, contra el Comité de Servicios Integrados Turísti-cos y Culturales...”. y los devolvieron.”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgá-nica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente a la Señora Juez Superior Karin-na Justina Holgado Noa integrante de la Primera Sala Laboral, conforme a lo dispuesto por la Resolución Administrativa N° 005-2015-CED-CSJCU-PJ; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA el 20 DE JULIO DE 2016, a horas 12:50 DEL MEDIODÍA, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, oficina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. S.5.- MURILLO FLORES.-PINARES SILVA.- DELGADOAYBAR” Miguel Espejo Rosell S04-05-06/07/2016CPJ

PUBLICACIÓN DISPUESTA CONFORME AL ARTÍCULO 144 LOPJ“1° SALA CIVIL - Sede CentralEXPEDIENTE : 01177-2014-0-1001-JM-FT-01MATERIA : VIOLENCIA FAMILIARResolución Nro. 28Cusco, 23 de junio de 2016. Habiéndose producido discordia respecto de la sentencia venida en consulta, por cuanto en el VOTO del señor Juez Superior Luis Fernando Murillo Flores opina por: “Se DESAPRUEBA la sentencia contenida en la Re-solución N° 24, del 13 de noviembre de 2015, que declara: “(…) INFUNDADA la demanda de Violencia Familiar que obra a fojas 50 y siguientes (…)” (folio 339 a 350). DEBIENDO la juzgadora volver a emitir pronunciamiento. Y lo de-volvieron.”; y en el VOTO EN DISCORDIA de la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar, al que se adhiere la Señora Juez Superior Miriam He-lly Pinares Silva, es por: “APROBAR la sentencia contenida en la Resolución Nº . 24 del trece de noviembre de dos mil quince (folio 339 y siguientes), que resuelve declarar: “INFUNDADA la demanda de violencia familiar interpuesta por el Ministerio Público contra Claudia Vanesa Quispe Castro…”. Y los de-volvieron.”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente a la Señora Juez Superior Karinna Justina Holgado Noa inte-grante de la Primera Sala Laboral, conforme a lo dispuesto por la Resolución Administrativa N° 005-2015-CED-CSJCU-PJ; SEÑALÁNDOSE fecha de VIS-TA DE CAUSA el 11 DE JULIO DE 2016, a horas 12:50 DEL MEDIODÍA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 409 del Código Procesal Civil, no procediendo el pedido de informe oral.- ORDENARON que mediante Secre-taría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-S.S. MURILLO FLORES.- PINARES SILVA.- DELGADO AYBAR.” Miguel Espejo Rosell.- Secretario de Sala.04-05-06/07/2016CPJ

PUBLICACIÓN DISPUESTA CONFORME AL ARTÍCULO 144 LOPJ1° SALA CIVIL - Sede CentralEXPEDIENTE : 00874-2015-0-1001-JR-CI-05MATERIA : INDEMNIZACION“Resolución Nro. 21Cusco, 23 de junio de 2016. Habiéndose producido discordia respecto de la sentencia venida en grado de apelación, por cuanto en el VOTO del señor Juez Superior Luis Fernando Murillo Flores opina porque: “Se declara NULA la sentencia, con-tenida en la Resolución N° 15, del 11 de diciembre de 2015, que declara: “(…) INFUNDADA la demanda civil sobre pago de indemnización de daños y perjuicios, presentada por Mauro Orlando Olivera Enríquez, contra el Co-mité de Servicios Integrados Turísticos y Culturales (…)” (folio 514 a 520). DEBIENDO la juzgadora volver a emitir pronunciamiento conforme las obser-vaciones de la presente. Y lo devolvieron.”; y en el VOTO EN DISCORDIA de la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar, al que se adhiere la Señora Juez Superior Miriam Helly Pinares Silva, es por: “CONFIRMAR la sentencia contenida en la resolución Nro. 15 de fecha once de diciembre de dos mil quince (fojas 514 y siguientes), que declara: “INFUNDADA la deman-da CIVIL sobre pago de indemnización de daños y perjuicios, presentada por Mauro Orlando Olivera Enríquez, contra el Comité de Servicios Integrados Turísticos y Culturales …”. Y los devolvieron.”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resolu-ciones, que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente a la Señora Juez Su-perior Karinna Justina Holgado Noa integrante de la Primera Sala Laboral,

Cusco, miércoles 6 de julio de 201612conforme a lo dispuesto por la Resolución Administrativa N° 005-2015-CED-CSJCU-PJ; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA el 20 DE JULIO DE 2016, a horas 12:50 DEL MEDIODÍA, la que se realizará en la sala de audien-cias ubicada en el segundo piso, oficina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. S.S.- MURILLO FLORES.-PINARES SILVA.- DELGADO AYBAR” Miguel Espejo Rosell Secretario de Sala.04-05-06/07/2016CPJ

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTOA LA PERSONA DE: MARTHA EUGENIA DELGADO LLAYQUIAnte el Segundo Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Cusco, a cargo de la señora Juez Dra. Erika Nuñez Orihuela, bajo la actuación de la Espe-cialista de Juzgado Fortunata Mamani Maita, se viene tramitando el Proceso Penal W 002568-2014-84-1001-JR-PE-OI, seguido contra MARTHA EUGENIA DELGADO LLAVQUI por la comisión del delito Contra el patri-monio en la modalidad de usurpación, sub. tipo USURPACIÓN POR DES-POJO PARCIAL DE LA POSESIÓN AGRAVADA POR HABERSE COMETI-DO CON LA INTERVENCIÓN DE DOS O MAS PERSONAS en agravio de FAUSTO RAURAU PALIZA Y FELlPA RODAS SERNA, de donde se tiene que por Res. 05, dictado en audiencia pública del 28 de junio del 2016, se ha dispuesto que la acusada MARTHA EUGENIA DELGADO LLAYQUI se notifi-que vía edicto judicial, siendo el tenor literal de la parte resolutiva el siguiente: (...) SE RESUELVE:1. DAR POR FRUSTRADA la presente audiencia por falta de devolución de la cedula de notificación de MARTHA EUGENIA DELGADO LLAVQUI.DISPONER la reprogramación de la presente audiencia para el DIA DIECI-NUEVE DE JULIO A LAS DOCE CON TREINTA EN ESTA ONCEAVA SALA.NOTIFICARSE bajo con el carácter de URGENTE en el domicilio real CALLE TRES CRUCES DE ORO W 328 INTERIOR A-l.A efecto de garantizar la debida notificación se cumplan con los edictos ju-diciales por tres días consecutivos a efecto de convalidar cualquier error en la notificación, y se cumpla con notificar en todos los domicilios procesales y reales que ella tuviera por señalado a efecto de resolver su situación jurídica, debiendo de de manera expresa consignarse que la procesada MARTHA EUGENIA DELGADO LLA VQUI se encuentra bajo apercibimiento de ser declarada contumaz en caso de inconcurrencia. Firmado por la Juez Nuñez.¬Cusco, 30 de Junio de 2016.05-06-07/07/2016CPJ

PUBLICACIÓN DISPUESTA CONFORME AL ARTÍCULO 144 LOPJ1° SALA CIVIL - Sede Central EXPEDIENTE : 00417-2010-0-1001-JR-CI-O1 MATERIA : INEFICACIA DE ACTO JURIDICO“Resolución Nro. 57 Cusco, 28 de junio de 2016.Habiéndose producido discordia respecto al extremo que impone costas y costos de la sentencia venida en grado de apelación, por cuanto en el VOTO del Señor Juez Superior Luis Fernando Murillo Flores al que se adhiere la Señora Juez Superior Miriam Helly Pinares Silva, opina porque: «Se CON-FIRMA la sentencia, contenida en la Resolución N° 27, del 16 de abril de2014, en el extremo que declara: “(...) INFUNDADA la demanda de fojas diecinueve, interpuesto por José Pacheco Pinto contra Justina Molina Solís, Braulio Avalos Guisado y María Luisa Salome Pinto Corrales de Pacheco so-bre Nulidad de acto jurídico de la escritura pública de compra venta (...)” (folio 270 a 278). REVOCANDOLA, en cuanto a la decisión que establece: “Sin costas ni costos procesales”. REFORMANDO dicha decisión, se declara “con costas y con costos”. INNECESARIO emitir pronunciamiento respecto a la nulidad formulada (folio 350). Y lo devolvieron.”; y en el VOTO EN DISCOR-DIA PARCIAL de la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar, es por: “CONFIRMAR el extremo de la sentencia que exonera a la parte actora de las costas y costos procesales. Y los devolvieron.”. En consecuencia, te-niendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de reso-luciones, que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente a la Señora Juez Su-perior Karinna Justina HolgadoNoa integrante de la Primera Sala Laboral, conforme a lo dispuesto por la Resolución Administrativa N° 005-2015-CED-CSJCU-PJ, para que dirima el extremo en discordia; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA el 21 DE JULIO DE 2016, a horas 12:40 DEL MEDIODÍA, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, oficina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cum-pla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artí-culo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orqánica del Poder Judicial.¬S.S.MURILLO FLORES.-PINARES SILVA.- DELGADO AYBAR.-“ Miguel Es-pejo Rosell Secretario de Sala.05-06-07/07/2016CPJ

PUBLICACIÓN DISPUESTA CONFORME AL ARTÍCULO 144 LOPJ1° SALA CIVIL - Sede CentralEXPEDIENTE : 00417-201O-0-1001-JR-CI-O1MATERIA : INEFICACIA DE ACTO JURIDICO“Resolución Nro. 57 Cusco, 28 de junio de 2016.

Habiéndose producido discordia respecto al extremo que imponecostas y costos de la sentencia venida en grado de apelación, por cuanto en el VOTO del Señor Juez Superior Luis Fernando Murillo Flores al que se adhiere la Señora Juez Superior Miriam Helly Pinares Silva, opina porque: “Se CONFIRMA la sentencia, contenida en la Resolución N° 27, del 16 de abril de 2014, en el extremo que declara: “(...) INFUNDADA la demanda de fajas diecinueve, interpuesto por José Pacheco Pinto contra Justina Moli-na Salís, Braulio Avalos Guisado y María Luisa Salame Pinto Corrales de Pacheco sobre Nulidad de acto jurídico de la escritura pública de compra venta (...)” (folio 270 a 278). REVOCANDOLA, en cuanto a la decisión que establece: “Sin costas ni costos procesales”. REFORMANDO dicha decisión, se declara “con costas y con costos”. INNECESARIO emitir pronunciamiento respecto a la nulidad formulada (folio 350). Y lo devolvieron.”; y en el VOTO EN DISCORDIA PARCIAL de la Señora Juez Superior Yenny Margot Del-gado Aybar, es por: “CONFIRMAR el extremo de la sentencia que exonera a la parte actora de las costas y costos procesales. Y los devolvieron.”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fin a la instancia, tres votos confor-mes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente a la Señora Juez Superior Karinna Justina HolgadoNoa integrante de la Primera Sala Laboral, conforme a lo dispuesto por la Resolución Administrativa N° 005-20 15-CED-CSJCU-PJ, para que dirima el extremo en discordia; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA el 21 DE JULIO DE 2016, a horas 12:40 DEL MEDIODÍA, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, oficina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cum-pla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artí-culo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.¬S.S.MURILLO FLORES.-PINARES SILVA.-DELGADO AYBAR.-” Miguel.¬Espejo Rosell Secretario de Sala.05-06-07/07/2016CPJTERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TAMBO-

PATACORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRE DE DIOS PODER JUDICIAL DEL PERÚTERCER JUZGADO PENAL INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DETAMBOPATAEXPEDIENTE 345-2016-0-2701-JR. PE-03JUEZ : EDGAR LEON QUISPEESPECIALISTA JUDICIAL. : KATHERIN VILLAFUERTE CABRERA NUME-RO DE RESOLUCIÓN : 07 de fecha 30 de junio del 2016..SE CITA al investigado GUILLERMO HUAMANI QUISPE, por la presunta comisión del delito contra la familia, en la modalidad de omisión de asistencia familiar en agravio de sus menores hijos, representados por su progenitura Felicitas Chirinos Ochoa, para el DíA 19 DE JULIO DEL 2016. A LAS 07:15 MINUTOS DE LA MAÑANA hora exacta para la realización de la AUDIENCIA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO, la que se llevará a cabo en la Tercera Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, sito en la avenida Ernesto Rivera W 722 de esta ciudad.05-06-07/07/2016CPJ

EDICTO PENALEXPEDIENTE No. 00173-2016-0-1014-TR-PE-O1JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE QUISPICANCHl.Especialista Judicial: Sonia L. Quispe JorgeDelito: OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR.Se pone en conocimiento del imputado ROGER OLARTE TAPARACO que la audiencia de Control de acusación, citado en el Proceso Penal N° 00173-2016-0-1014-JR-PE-O1. que se le sigue por el presunto delito de Omi-sión de Asistencia familiar en agravio la menor, representado por su proge-nitora QUISPE ULLOA, ROXAN, audiencia que se verificará el día 20 DE JULIO DEL AÑO 2016 A HORAS 12: 00 M en la segunda Sala de Audiencias de esta Sede Judicial, ubicado en la Urb Tambillo S/N ¬Casa de la Juventud del Distrito de Urcos, Provincia de Quispicanchi y Departamento de Cusco, a la que deberá concurrir el imputado con su abogado defensor de su elección, a fin de ejercer su derecho.¬Urcos, 30 de Junio del 2016.05-06-07/07/2016CPJ

NOTIFICACIÓN VíA EDICTOA LAS PERSONAS DE: DORA MOSCOSO GUILLEN V JAIME ALBERTO SEMINARIO CALDERÓNAnte el Segundo Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Cusco, a cargo de la señora Juez Dra. Erika Nuñez Orihuela, bajo la actuación de la Espe-cialista de Juzgado Fortunata Mamani Maita, se viene tramitando el Proceso Penal W OOS7-2014-10-1001-JR-PE-03, seguido contra DORA MOSCOSO GUILLEN y otros por la comisión del delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, subtipo HOMICIDIO SIMPLE en grado de tentativa y otro en agravio de FIDEL VERA VELÁSQUEZ y SATURNINA VELÁSQUEZ CRUZ DE VELA, de donde se tiene que por Res. N° 15, dicta-do en audiencia pública del 10 de mayo de 2016, se ha dispuesto que a los acusados:_DORA MOSCOSO GUILLEN y JAIME ALBERTO SEMINARIO CALDERÓN se notifique vía edicto judicial, cuyo tenor de la parte resolutiva

Cusco, miércoles 6 de julio de 2016 13es el siguiente: SE RESUELVE:1. DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia. 2. DECLARAR INAPLAZABLE la presente audiencia SE DISPONE respecto del señor JAIME ALBERTO SEMINARIO CALDERON y de DORA MOSCO-SO GUILLEN se curse los oficios correspondientes a la defensoría pública para que concurra defensores designados a los citados procesados. 3. A los procesados CESAR QUISPE TARRAGA y JOSE ARTURO CUBAS MARIN, se les otorgue el plazo de 24 horas a partir de la fecha para efectos de que ratifiquen sus defensas o en su defecto se les designe de igual forma defensor público para la fecha a ser programada, en caso de la inasisten-cia de cualquier de los presentes se dispondrá inmediatamente su captura y contumacia en aplicación a lo dispuesto en el artículo 71 y en tal sentido independientemente de lo resuelto se dispone que las partes presentes y sus abogados defensores queden notificados y en caso de inasistencia se les impondrá multa solidaria entre las defensas Y los patrocinados de 3 URP. 4. SE PROGRAMA la presente audiencia pare el DIA DOCE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A LAS DIECISEIS HORAS 4 DE LA TARDE EN LA ‘ESRA ONCEAVA SALA sin perjuicio de que en la multa progresiva se aplique a ‘los abogados que se incorporen en el proceso, res-pecto a los abogados se va ha cursar al colegio de abogados correspondien-te para efectos de que se le habrá proceso disciplinarioCorrespondiente. 5. Se notifique a la señora DORA MOSCOSO GUILLEN y JAIME SEMINA-RIO CAlDERON en sus domicilios procesales y reales para ser efectivo la contumacia, también mediante edictos para subsanar cualquier omisión que pudiera generarseRespecto de la notificación. Firmado por la Juez Nuñez.¬ Cusco, 30 de Junio del 2016.05-06-07/07/2016CPJ

EDICTOSPUBLICACION QUE SE EFECTUA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART. 144 DE L .O.P.J.2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 00092-2016-0-1001-JR-LA-02MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : ROXANA BOHORQUEZ ABARCAEMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIO-NAL DE CUSCO,DEMANDADO : GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO, DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO,DEMANDANTE : DELGADO ARAGON, CARMEN DORAResolución Nro.6Cusco, 22 de junio de 2016Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la Resolución N°3 del 18 de marzo de 2016 (folio 58 a 66), materia de grado, “Solo con respecto al pago de la bonificación por zona diferenciada con la remuneración total o integra“, debido a que los Jueces Superiores en mayoría señores Ladrón de Guevara De la Cruz y Alfaro Herrera, emiten voto para que se confirme la sentencia; la Juez Superior señorita Velásquez Cuentas, emite voto en discordia parcial para que se revoque la resolución antes men-cionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen re-solución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Jueza dirimente expedita a la señora Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que el Secretario de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. H. S. S.S. LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ.- VELASQUEZ CUENTAS.- ALFARO HERRERA.- Jenrry Enciso Lovatòn Secretaria de Sala.-05-06-07/07/2016CPJExp. Nro : 03373-2015-0-1001-JR-LA-02RELATOR : ROXANA BOHORQUEZ ABARCADEMANDADO : DIRECCON REGIONAL DE EDUCACION DE CUS-CO,PROCURADOR PÚBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO,DEMANDANTE : DURAN ROZAS, MERCEDES REBECAResolución Nro.9Cusco, 22 de junio de 2016Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la Resolución N°4 del 31 de marzo de 2016 (folio 46 a 59), materia de grado, “Solo con respecto al pago de la bonificación por zona diferenciada con la remuneración total o integra“ ,debido a que los Jueces Superiores en mayoría señores Ladrón de Guevara De la Cruz y Alfaro Herrera, emiten voto para que se confirme la sentencia; la Juez Superior señorita Velásquez Cuentas, emite voto en discordia parcial para que se revoque la resolución antes men-

cionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen re-solución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Jueza dirimente expedita a la señora Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que el Secretario de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. H. S. S.S. LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ.- VELASQUEZ CUENTAS.- ALFARO HERRERA.- Jenrry Enciso Lovatòn Secretaria de Sala.-05-06-07/07/2016CPJ

2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 03335-2015-0-1001-JR-LA-02MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVARELATOR : ROXANA BOHORQUEZ ABARCADEMANDADO : DIRECION REGIONAL DE EDUCACION DE CUSCO,PROCURADOR PÚBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO,DEMANDANTE : YEPEZ CASTILLO, HERBERTResolución Nro.6Cusco, 23 de junio de 2016Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la Resolución N°3 del 30 de marzo de 2016 (folio 40 a 48), materia de grado, “Solo con respecto al pago de la bonificación por zona diferenciada con la remuneración total o integra“, debido a que los Jueces Superiores en mayoría señores Ladrón de Guevara De la Cruz y Alfaro Herrera, emiten voto para que se confirme la sentencia; la Juez Superior señorita Velásquez Cuentas, emite voto en discordia parcial para que se revoque la resolución antes men-cionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen re-solución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Jueza dirimente expedita a la señora Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que el Secretario de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. H. S. S.S. LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ.- VELASQUEZ CUENTAS.- ALFARO HERRERA.- Jenrry Enciso Lovatòn Secretaria de Sala.-05-06-07/07/2016CPJ

2° SALA LABORALEXPEDIENTE : 02958-2012-0-1001-JR-LA-03MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRA-TIVARELATOR : ROXANA BOHORQUEZ ABARCAEMPLAZADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO,MINISTERIO PUBLICO : FISCALIA SUPERIOR CIVIL,DEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION CUSCO,DEMANDANTE : JARANDILLA ROZAS, LOURDESResolución Nro.19Cusco, 22 de junio de 2016Habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la Resolución N°15 del 28 de marzo de 2016 (folio 126 a 136), materia de gra-do, “Solo con respecto al pago de la bonificación por zona diferenciada con la remuneración total o integra“, debido a que los Jueces Superiores en mayoría señores Ladrón de Guevara De la Cruz y Alfaro Herrera, emiten voto para que se confirme la sentencia; la Juez Superior señorita Velásquez Cuentas, emite voto en discordia parcial para que se revoque la resolución antes men-cionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen re-solución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Jueza dirimente expedita a la señora Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Yenny Margot Delgado Aybar; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral; en caso de que, no hagan uso de dicho

Cusco, miércoles 6 de julio de 201614derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con los dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que el Secretario de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. H. S. S.S. LADRON DE GUEVARA DE LA CRUZ.- VELASQUEZ CUENTAS.- ALFARO HERRERA.- Jenrry Enciso Lovatòn Secretaria de Sala.-05-06-07/07/2016CPJ

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CALCANOTIFICACION VIA EDICTO A FERNANDO ALZAMORA PUERTAS‘1El señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Calca, Dr. Jorge Pareja Quispe, en el Incidente Penal N° 137-2015-52-1005-JR-PE-O1, se-guido contra Fernando Alzadora Puertas por el delito de Falsedad Ideologica en agravio del Estado y otro, bajo la actuación de la Especialista Judicial de Audiencias Judith Chipayo Barrios, ha resuelto comunicar al acusado con el extracto de la audiencia de fecha 27 de junio del año 2016.ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE ACU-SACIONl. INTRODUCCIÓN:EXPEDIENTE N° : 137-2015-52-1001-JR-PE-01JUEZ : JORGE PAREJA QUISPEFECHA : 27-06-2016HORA DE INICIO : 14:30 AMSALA DE AUD. : SALA DE AUDIENCIA DEL JIP- CALCADELITO : FALSEDAD IDEOLOGICAIMPUTADO : LUZ MARINA BELLIDO VARGASAGRAVIADO : ESTADO Y OTROESPECIALISTA DE CAUSA: ILBIS MOLLOCONDO VARGASESPECIALISTA DE AUDIO: JUDITH CHIPAYO BARRIOSAudiencia que será grabada en sistema de audio (Art. 361. 2 CPPy Art. 26 REGA)JUEZ: Emite resoluciónRESOLUCION N° 04Calca veintisiete de junio del año 2016PARTE EXPOSITIVA y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audioPARTE RESOLUTIVA.EN TAL VIRTUDPor estos fundamentos el Juzgado de Investigación Preparatoria de Calca RESUELVE:l.DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia por inconcurrencia injus-tificada de la defensa del imputado Fernando Alzadora Puertas 2. REPRO-GRAMAR la presente audiencia para el día DOS DE AGOSTO DEL AÑO 2016 A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, quedando notificados las partes procesales asistentes a la presente audiencia así mismo se dispone la no-tificación a las partes que inasistieron dejando la constancia que se hace la reprogramación con esta fecha debido a que el imputado Fernando AlzadoraPuertas tiene su domicilio real Comunidad de San Antonio Sector de Lacco Primera Zona del distrito de Yanatile 3. EXCLUIR de la defensa técnica del imputado Fernando Alzadora Puertas al abogado Serapio Surco Ramirez, debiendo notificarse con la presente resolución al acusado Fernando Alza-dora Puertas en su domicilio real ubicado en Comunidad de San Antonio Sector de Lacco Primera Zona del distrito de Yanatile, debiendo dirigirse el exhorto correspondiente sin peIjuicio de notificarse al teléfono celular N° 984- 200248 así mismo se notifique vía edicto judicial a fin de que en el termino de veinticuatro horas cumpla con designar a otro abogado reemplazante bajo apercibimiento de designarse a la defensa publica de esta provincia de Calca para que asuma su defensa debiendo dirigirse el oficio correspondiente a la Oficina de la Defensoria Publica de esta provincia de Calca 5. DECLARA INAPLAZABLE la presente audiencia y deja subsistente los apercibimientos establecidos en el artículo 85 del Código Procesal Penal para que en caso de inconcurrencia de la defensa de los imputados se proceda a la exclusión de la defensa. H.S05-06-07/07/2016CPJ

EDICTO JUDICIALEXP: 129-2011-11- PEJuzgado de Investigación Preparatoria de Espinar Especialista: Sofía Ríos QuirozSe emplaza a RAUL EDISON LUNA NAVARRO; con la resolución N° 01 de fecha 05 de abril del 2016, que CORRE TRASLADO por el plazo perento-rio de 10 DÍAS UTILES, para que absuelva el Requerimiento de Acusación formulada en su contra por el delito contra la administración publica, en la modalidad de delitos cometidos por funcionario públicos tipo concusión, sub tipo concusión de sub. tipo colusión en agravio de la Municipalidad Provincial de Espinar, conforme lo establece el artículo 350 del e.p.p.; Así mismo se le REQUIERE para Que en el plazo de 24 horas de notificado desiane aboaado de su libre elección, bajo apercibimiento de nombrársele un defensor público de oficio, en caso de incumplimiento.Espinar, 27 de junio del 2016.05-06-07/07/2016CPJ

EDICTO JUDICIALEXP: 064-2015-80- PE

Juzgado de Investigación Preparatoria de Espinar Especialista: Sofía Ríos QuirozSe emplaza a WILlAN INCA AROSQUIPA; con la resolución N° 01 de fecha 12 de mayo del 2016, que CORRE TRASLADO por el plazo perentorio de 10 DÍAS UTILES, para que absuelva el Requerimiento de Acusación formulada en su contra por el delito contra el patrimonio en su modalidad de receptación tipo receptación en agravio de Nilo Herbert Lazarte Nuñonca, conforme lo establece el artículo 350 del C.P. P.; Así mismo se le REQUIERE para que en el plazo de 24 horas de notificado designe abogado de su libre elección, bajo apercibimiento de nombrársele un defensor público de oficio, en caso de incumplimiento.Espinar, 27 de junio del 201605-06-07/07/2016CPJ

EDICTO JUDICIALEXP: 064-2015-80- PEJuzgado de Investigación Preparatoria de Espinar Especialista: Sofía Ríos QuirozSe emplaza a WILlAN INCA AROSQUIPA; con la resolución N° 01 de fecha 12 de mayo del 2016, que CORRE TRASLADO por el plazo perentorio de 10 DÍAS UTILES, para que absuelva el Requerimiento de Acusación formulada en su contra por el delito contra el patrimonio en su modalidad de receptación tipo receptación en agravio de Nilo Herbert Lazarte Nuñonca, conforme lo establece el artículo 350 del e.p.p.; Asimismo se le REQUIERE para que en el plazo de 24 horas de notificado designe abogado de su libre elección, bajo apercibimiento de nombrársele un defensor público de oficio, en caso de incumplimiento.Espinar, 27 de junio del 201605-06-07/07/2016CPJ

PUBLICACIÓN DISPUESTA CONFORME AL ARTÍCULO 144 LOPJ1° SALA CIVIL - Sede CentralEXPEDIENTE : 00417-2010-0-1001-JR-CI-01MATERIA : INEFICACIA DE ACTO JURIDICO“Resolución Nro. 57Cusco, 28 de junio de 2016. Habiéndose producido discordia respecto al extremo que impone costas y costos de la sentencia venida en grado de apelación, por cuanto en el VOTO del Señor Juez Superior Luis Fernando Murillo Flores al que se ad-hiere la Señora Juez Superior Miriam Helly Pinares Silva, opina porque: “Se CONFIRMA la sentencia, contenida en la Resolución N° 27, del 16 de abril de 2014, en el extremo que declara: “(…) INFUNDADA la demanda de fojas diecinueve, interpuesto por José Pacheco Pinto contra Justina Molina Solís, Braulio Avalos Guisado y María Luisa Salome Pinto Corrales de Pacheco so-bre Nulidad de acto jurídico de la escritura pública de compra venta (…)” (folio 270 a 278). REVOCANDOLA, en cuanto a la decisión que establece: “Sin costas ni costos procesales”. REFORMANDO dicha decisión, se declara “con costas y con costos”. INNECESARIO emitir pronunciamiento respecto a la nulidad formulada (folio 350). Y lo devolvieron.”; y en el VOTO EN DISCOR-DIA PARCIAL de la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar, es por: “CONFIRMAR el extremo de la sentencia que exonera a la parte actora de las costas y costos procesales. Y los devolvieron.”. En consecuencia, te-niendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de re-soluciones, que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolu-ción, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente a la Señora Juez Superior Karinna Justina Holgado Noa integrante de la Primera Sala Laboral, conforme a lo dispuesto por la Resolución Administrativa N° 005-2015-CED-CSJCU-PJ, para que dirima el extremo en discordia; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA el 21 DE JULIO DE 2016, a horas 12:40 DEL ME-DIODÍA, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, oficina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-S.S.MURILLO FLORES.-PINARES SILVA.-DELGADO AYBAR.-” Miguel Es-pejo Rosell Secretario de Sala.05-06-07/07/2016CPJEDICTO DE NOTIFICACIONExp. 88-2015-FT, juzgado Mixto de Paucartambo, juez Gilberto Gil, Especia-lista Yakelin Granilla Cora, seguido por Rosa Condori Quispe contra Grego-rio Tacuri Condori; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente:Resolución Nro. 03; Paucartambo, 16 de junio del 2016: (...) SE RESUELVE: Declarar REBELDE al demandado GREGORIO TACURI CONDORI, debien-do continuar el proceso en su rebeldía. Siendo el estado del presente pro-ceso dispone PROGRAMAR el verificativo de la AUDIENCIA ÚNICA para el día SIETEDE JULIO DEL ANO DOS MIL DIEClSEIS a horas DOS Y TREINTA DE LA TARDE (...) a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del juzgado Mixto de Paucartambo, diligencia a la que deben asistir todas las partes procesales. (...) H.S.¬06-07-08/07/2016CPJ

Cusco, miércoles 6 de julio de 2016 15EDICTO DE NOTIFICACION

Exp. 14-2015-FT, juzgado Mixto de Paucartambo, juez Gilberto Gil, Especia-lista Yakelin Granilla Cora, seguido por Félix Gregorio Puma Quispe contra Francisca Puma Huaman; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente:Resolución Nro. 06; Paucartambo, 16 de junio del 2016: (...) SE DISPONE: REPROGRAMAR el verificativo de la AUDIENCIA UNICA para el día AU-DIENCIA ÚNICA para el día SIETE DE JULlO DEL AÑO DOS MIL DIECI-SEIS a horas ONCE DE LA MAÑANA (. ..) a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del juzgado Mixto de Paucartambo, diligencia a la que deben asistir las partes procesales, bajo apercibimiento de llevarse a cabo con la parte que concurra. (...H.S.- y Resolución Nro. 02; Paucartambo, 09 de Marzo del 2015: (...) SE RE-SUELVE: ADMITIR La demanda interpuesta por la señora REPRESENTAN-TE DEL MINISTERIO PUBLICO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR (Maltrato Psi-cológico), en contra de FRANCISCA PUMA HUAMAN en agravio de la menor Noemí Francisca Puma Puma representada por su progenitor Felix Gregorio Puma Quispe, debiendo substanciarse en la vía del PROCESO UNICO; enconsecuencia CÓRRASE TRASLADO a la demandada por el plazo impro-rrogable de CINCO DÍAS HÁBILES para que absuelva la demanda, con el conocimiento de la Representante del Ministerio Publico, bajo expreso aper-cibimiento de ser declarada rebelde y continuar en proceso en su rebeldía. Notifíquese a la parte agraviada con la presente resolución.(...) H.s.¬YAKELIN.06-07-08/07/2016CPJ

EDICTO DE NOTIFICACIONExp. 115-2015-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Espe-cialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Lucía Ciriaca Khuno Tacuri contra Isidro Gamarra Huancco; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente:Resolución Nro. 02; Paucartambo, 16 de Junio del 2016: SE DISPONE: (...) PROGRAMAR el verificativo de la AUDIENCIA UNICA para el día SIETE DEJULlO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas DOCE DEL MEDIO DIA (...), aLlevarse a cabo en el Despacho de la Juez del Juzgado Mixto de Paucar-tambo, diligencia a la que deben asistir todas las partes procesales, bajo apercibimiento de llevarse a cabo con la parte que concurra. (...)H.S.- (...) H.s.- y Resolución Nro. 01; Paucartambo, 09 de Marzo del 2015: (...) SE RESUELVE: SE RESUELVE: (...)ADMITIR La demanda interpuesta por el señor REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR (Violencia Física), en contra de ISIDRO GAMARRA HUANCCO en agravio de LUCIA CIRIACA KHUNO T ACURI, debiendo substanciarse en la vía del PROCESO ÚNICO; en consecuencia CÓRRASE TRASLADO al demandado por el plazo improrrogable de CINCO DÍAS HÁBILES para que absuelva la demanda, bajo expreso apercibimiento de ser declarado rebelde y continuar el proceso en su rebeldía.(...) H.S.¬06-07-08/07/2016CPJ

EDICTO DE NOTIFICACIONExp. 108-2015-FT, juzgado Mixto de Paucartambo, juez Gilberto Gil, Espe-cialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Margarita Quispe Aukapuru contra Abraham Macedo Hancco y otro; se ha dispuesto notificar a las partes pro-cesales con lo siguiente:Resolución Nro. 02; Paucartambo, 16 de junio del 2016: (...) SE RESUELVE: Declarar REBELDE a los demandados JORGE MACEDO AUCCAPUMA yABRAHAM MACEDO HANCCO, debiendo continuar el proceso en su rebel-día. ~Siendo el estado del presente proceso dispone PROGRAMAR el verificativo de la AUDIENCIA ÚNICA para el día SIETE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas DIEZ DE LA MAÑANA (...) a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del juzgado Mixto de Paucartambo, diligencia a la que deben asistir todas las partes procesales. (...) H.S.¬06-07-08/07/2016CPJ

Juzgado Mixto y Unipersonal de EcharatiEDICTO (Juzgado Mixto de Echarate)Juzgado Mixto y Unipersonal de EcharateFamilia Tutelar N° 125-2015, El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA al demandado HUGO OSCAR QUITO y a la agraviada JOSE FINA VILLEGAS SÁNCHEZ, con el extracto de la resolución N° 01 de fecha 06/08/2015: SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en la vía del PROCESO UNICO, la demanda interpuesta por el representante del Ministerio Público, sobre cese de actos de VIOLENCIA FAMILIAR, consistentes en MALTRA-TO FISICO y PSICOLOGICO, contra MAXCELSO SERRANO CONCHA, en agravio de JOSE FINA VILLEGAS SÁNCHEZ; en tal virtud, córrase traslado de la demanda al demandado por el plazo de cinco días hábiles, DEBIENDO con cuyo fin notificarse al demandado con el auto admisorio de la demanda, dándose un plazo perentorio de tres días hábiles, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, y continuar el proceso en su rebeldía -. Hágase. Saber. Firma Juez Víctor Hugo Silva Gamboa, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Rocío Callaymara Ayquipa.06-07-08/07/2016CPJ Juzgado Mixto y Unipersonal de EcharatiEDICTO JUDICIALEdicto Familia Penal Exp. 250-2016-FP, El señor Juez del Juzgado Mixto y

Unipersonal de Echarate de la Provincia de la Convención, CITA y EMPLAZA al menor de iniciales E.P.T, representado por sus progenitores Daniel Pillco Tilca y Brigida Tillca Condori, a fin de concurran a la Audiencia de Esclare-cimiento de los Hechos a verificarase el día 18 DE JULIO DEL 2016 a horas 09:00 a.m., por la presunta infracción a la Ley Penal que se le sigue al menor de iniciales E.P.T. , por delito contra la libertad, en su modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación de persona en estado de inconciencia, en agravio de la persona de iniciales A.L.C.Echarate, 10 de junio del 2016.06-07-08/07/2016CPJ

Juzgado Mixto y Unipersonal de EcharateEDICTO (Juzgado Mixto de Echarate)Proceso N° 253-2016-Familia Tutelar.- El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA a DOMINGO KIMPER CCACCASTO y ANA MARIA CRUZ CASTRO, progenitores del menor Domingo Sabio Kimper Cruz., para que comparezcan al Juzgado Mixto Y Unipersonal de Echarate, a fin de ren-dir su declaración respecto al Abandono Moral y Material de sus menor hijo, bajo apercibimiento de ley. Echarate 16 de junio del 2016. Bajo la actua-ción de la señorita Secretaria Abog. Rocío Callaymara...&.-l vz. Firma.- Juez. Abog. Víctor Hugo Silva Gamboa.06-07-08/07/2016CPJ

Juzgado Mixto y Unipersonal de EcharatiEDICTO (Juzgado Mixto de Echarate)Proceso N° 235-2016-Familia Tutelar.- El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA a FERNDO MENACHO ALLCCA y NILA TORRES CRUZ, progenitores de los menores de iniciales Y.M.T., para que comparez-can al Juzgado Mixto Y Unipersonal de Echarate - La Convención, a fin de rendir sus declaraciones respecto al Abandono Moral y Material de su menor hija, bajo apercibimiento de ley. Echarate 16 de junio del 2016. Bajo la actua-ción de la señorita Secretaria Abog. Rocío Callaymara A. 2 vz. Firma.- “Abog. Víctor Hugo Silva Gamboa.06-07-08/07/2016CPJ

PUBLICACIÓN DISPUESTA CONFORME AL ARTÍCULO 144 LOPJ1° SALA CIVIL - Sede CentralEXPEDIENTE : 00612-2015-0-1001-JR-CI-03MATERIA : EJECUCION DE ACTA DE CONCILIACION“Resolución Nro. 14 Cusco, 4 de julio de 2016.Habiéndose producido discordia respecto del auto venido en grado de apela-ción, por cuanto en el VOTO del señor Juez Superior Ángel Cáceres Cáceres al que se adhiere la Señora Juez Superior Miriam Helly Pinares Silva, opina por: “1. Declarar la NULIDAD DE TODO LO ACTUADO, hasta el estado de volverse a providenciarse nuevamente conforme a ley, el escrito de subsa-nación de observaciones de fecha 13 de abril del 2015 de (folio 44 y 45). 2.- DISPUSIERON devolver al presente expediente al Juzgado de origen para que en el más breve plazo se tramite conforme a ley, esto es, se emita la resolución correspondiente conforme a ley. 3.- RECOMENDAR al Juez J1wn Aleck Alfaro Tupayachi y la Secretaria Judicial Pamela Desiree Altamirano Mayca, a que tengan mayor cuidado al dar cuenta y al momento de calificar los recursos de subsanación de las omisiones emitidas y evitar el retardo pro-cesal, bajo apercibimiento de ponerse en conocimiento de la ODECMA. y lo devolvieron los actuados,”; y en el VOTO EN DISCORDIA del Señor Juez Su-perior Luis Fernando Murillo Flores, es porque: “se CONFIRME El auto final, contenido en la Resolución N° 6, del 23 de julio de 2015, que declara: lt(...) IMPROCEDENTE la demanda de fojas treinta y dos y siguientes, interpuesto por Víctor Efraín Castelo Tamayo, apoderado de la Universidad Andina del Cusco (...)” (folio 75 a 78), con lo demás que contiene y lo devolvieron.”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fin a la instancia, tres votos confor-mes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente a la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar al ser Magistrada hábil para dirimir el proceso; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA el 21 DE JULIO DE 2016, a horas 9:05 DE LA MAÑANA, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, oficina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- S.S.- MURILLO FLORES.- PINARES SILVA.-DELGADO AYBAR”. Miguel Espejo Rosel/. Secretario de Sala.06-07-08/07/2016CPJ

PUBLICACIÓN DISPUESTA CONFORME AL ARTÍCULO 144 LOPJ10 SALA CIVIL - Sede CentralEXPEDIENTE : 00612-2015-0-1001-JR-CI-03MATERIA : EJECUCION DE ACTA DE CONCILIACION“Resolución Nro. 14 Cusco, 4 de julio de 2016.Habiéndose producido discordia respecto del auto venido en grado de apela-ción, por cuanto en el VOTO del señor Juez Superior Ángel Cáceres Cáceres al que se adhiere la Señora Juez Superior Miriam Helly Pinares Silva, opina por: “1. Declarar la NULIDAD DE TODO LO ACTUADO, hasta el estado de volverse a providenciarse nuevamente conforme a ley, el escrito de subsa-nación de observaciones de fecha 13 de abril del 2015 de (folio 44 y 45). 2.- DISPUSIERON devolver al presente expediente al Juzgado de origen para

Cusco, miércoles 6 de julio de 201616que en el más breve plazo seTramite conforme a ley, esto es, se emita la resolución correspondiente con-forme a ley. 3.- RECOMENDAR al Juez Jhon Aleck Alfaro Tupayachi y la Secretaria Judicial Pamela Desiree Altamirano Mayca, a que tengan mayor cuidado al dar cuenta y al momento de calificar los recursos de subsanación de las omisiones emitidas y evitar el retardo procesal, bajo apercibimiento de ponerse en conocimiento de la ODECMA. y lo devolvieron los actuados,”; y en el VOTO EN DISCORDIA del Señor Juez Superior Luis Fernando Murillo Flores, es porque: “se CONFIRME El auto final, contenido en la Resolución N° 6, del 23 de julio de 2015, que declara: “(...) IMPROCEDENTE la deman-da de fojas treinta y dos y siguientes, interpuesto por Víctor Efraín Castelo Tamayo, apoderado de la Universidad Andina del Cusco (...)” (folio 75 a 78), Con lo demás que contiene y lo devolvieron.”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente a la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar al ser Magistrada hábil para dirimir el proceso; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA el 21 DE JULIO DE 2016, a horas 9:05 DE LA MAÑANA, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, oficina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- S.S.- MU-RILLO FLORES.- PINARES SILVA.-DELGADO Espejo Rosell. Secretario de Sala.06-07-08/07/2016CPJ

EDICTO PENALSEÑOR: ORLANDO ROJAS CERECEDALa señora Juez del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. ZULA YSANCHEZ TITO, en el Proceso Nro. 754-2015-27-1001-JR-PE-06, seguido contra Orlando Rojas Zereceda, con DNI 46282496, por el delito de Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, sub tipo LESIONES GRAVES, en agravio de Susana Flores de Basilio, bajo la actuación de la especialista Judicial Abog. Janet Barrios Medrano, se le ha dispuesto notificar con la Resolución N° 03 del 06/06/16 y el extracto de la acusación fiscal cuyo contenido es el siguiente:En tal virtud, SE RESUELVE: 1. La reprogramación de la presente audiencia para el día OUINCE DE JU-LlO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a las NUEVE HORAS MINUTOS (hora exacta) la realización de la audiencia de Prisión Preventiva en la Sexta Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubi-cado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Palacio de Justicia sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico de co-municar de tal hecho a su Superior. 2. PRECISESE además que la inasistencia injustificada del abogado defen-sor de la parte imputada a la audiencia programada motivara que el operador judicial imponga las sanciones correspondientes.3. Debiendo notificarse al procesado Orlando Rojas Zereceda, en su domici-lio según su ficha RENIEC y mediante edictos.¬Cusco, 30 de Junio del 2016.06-07-08/07/2016CPJ

EDICTO DE NOTIFICAClÓNExp. 92-2015-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Espe-cialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Jesusa Huaman Saire contra Bel-tran luna Condori; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente:Resolución Nro. 02; Paucartambo, 13 de Junio del 2016: (...) SE RESUELVE: (...) PROGRAMESE fecha para el verificativo de la AUDIENCIA UNICA para el día SEIS DE JULlO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas NUEVE DE LA MAÑANA (fecha señalada de acuerdo a la agenda de programación de audiencias que maneja el juzgado), a llevarse a cabo en el Despacho de la Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo, diligencia a la que deben asistir el demandado y la agraviada, bajo apercibimiento de llevarse a cabo con la par-te que concurra y con la presencia del Representante del Ministerio Público. (...) H.S.- y Resolución Nro. 01; Paucartambo, 07 de Setiembre del 2015: (...) SE RESUELVE: SE RESUELVE: ADMITIR La demanda interpuesta por el señor REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR (Violencia Física), en contra de BELTRAN LUNA CONDORI en agravio de JESUSA HUAMAN SAIRE, debiendo substanciarse en la vía del PROCESO ÚNICO; en consecuencia CÓRRASE TRASLADO al demandado por el plazo improrrogable de CINCO DÍAS HÁBILES para que absuelva la demanda, bajo expreso apercibimiento de ser declarado rebelde y continuar el proceso en su rebeldía. (...).-H.S.06-07-08/07/2016CPJ

EDICTO JUDICIALLa Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo Dra. Liz Dennis Acuña Mole, en el Proceso N° 26-2016-83 seguido contra Mabel Julyssa Juarado Quispe por la comisión del delito Contra la Libertad en la modalidad de Violación de la Libertad Personal sub. Tipo Trata de Personas, en agravio las menores agraviadas de iniciales Y.S.S. y R.I.J., representadas

por sus progenitoras Juana Soto Villalba y Felicia Jeremias Etene, bajo la ~ actuación del Especialista Judicial Abog. Wilian Rodríguez Limache, ha resuelto comunicar a las MENORES AGRAVIADAS DE INICIALES Y.S.S. y RJ.J., REPRESENTADAS POR SUS PROGENITORAS JUANA SOTO VILLALBA y FELlCIA JEREMIAS ETENE, con el tenor de la resolución Re-solución Nro. 01.- RESOLUCIÓN NRO.01.- Paucartambo, veintiocho de junio del dos mil dieciséis.- DADO CUENTA.- Con el requerimiento Fiscal de Sobreseimiento que antecede presentado en fecha veintidós de junio del año dos mil dieciséis, por la Fiscal Provincial Penal de la Fiscalia Mixta de Paucartambo, de conformidad a lo previsto y establecido en el numeral dos literal a) del artículo 3440 del Código Procesal Penal vigente; y en aplicación de lo previsto en el numeral 1 ° del artículo 3450 del Código Procesal Penal, este Órgano Jurisdiccional SE DISPONE: 1.- CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS UTILES, a efectos de que dentro del mismo puedan por escrito: formular oposición a la solicitud de archivo; de conformidad al numeral 2 del artículo 3450 del Código Procesal Penal, ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar para de-batir los fundamentos del requerimiento de sobreseimiento a señalarse en su oportunidad.- 2.- PRECISESE que la carpeta fiscal con todos los elemen-tos de convicción se encuentran en este Despacho Judicial, para los fines que correspondan. 3.- NOTIFÍQUESE VÍA EDICTOS la resolución N° 01, en aplicación del artículo 128 del C.P.P., a efecto de garantizar el derecho de defensa de las agraviadas partes y el debido proceso conforme a ley. 4. NO-TIFÍQUESE a los demás sujetos procesales conforme a ley.-H.S06-07-08/07/2016CPJ

NOTIFICACIÓN POR EDICTOEn el Proceso de Violencia Familiar N° 00039-2016-0-1003-JM-FT. Por ante el Juzgado Mixto, Liquidador y Unipersonal de la Provincia de Acomayo del departamento del Cusco, que Despacha la señora Juez Titular Vanessa Pau-lina Castillo Cusi, bajo la actuación del Especialista JudicialLuis Enrique Alvarez Cáceres, seguido por JULIANA QUISPE QUISPE en contra VICENTE HUAMAN QUISPE se dispuso la publicación edictal siguien-te:Se ha CONVOCADO audiencia oral a efecto de confirmar las medidas de protección necesarias y de ser el caso pronunciarse sobre algunas medidas cautelares que pudieran ser aplicables, _diligencia a verificarse el día MAR-TES DOCE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, audiencia que se realizara en la sala de audiencia del Juzgado Mixto de la provincia de Acomayo; Es lo que se pública para los fines perti-nentes de Ley.Acomayo, 16 de junio del 2016.06-07-08/07/2016CPJ

PUBLICACIÓN DISPUESTA CONFORME AL ARTÍCULO 144 LOPJ1° SALA CIVIL - Sede CentralEXPEDIENTE : 00612-2015-0-1001-JR-CI-03MATERIA : EJECUCION DE ACTA DE CONCILIACION“Resolución Nro. 14Cusco, 4 de julio de 2016. Habiéndose producido discordia respecto del auto venido en gra-do de apelación, por cuanto en el VOTO del señor Juez Superior Ángel Cáce-res Cáceres al que se adhiere la Señora Juez Superior Miriam Helly Pinares Silva, opina por: “1. Declarar la NULIDAD DE TODO LO ACTUADO, hasta el estado de volverse a providenciarse nuevamente conforme a ley, el escrito de subsanación de observaciones de fecha 13 de abril del 2015 de (folio 44 y 45). 2.- DISPUSIERON devolver al presente expediente al Juzgado de origen para que en el más breve plazo se tramite conforme a ley, esto es, se emita la resolución correspondiente conforme a ley. 3.- RECOMENDAR al Juez Jhon Aleck Alfaro Tupayachi y la Secretaria Judicial Pamela Desiree Altamirano Mayca, a que tengan mayor cuidado al dar cuenta y al momento de calificar los recursos de subsanación de las omisiones emitidas y evitar el retardo pro-cesal, bajo apercibimiento de ponerse en conocimiento de la ODECMA. Y lo devolvieron los actuados,”; y en el VOTO EN DISCORDIA del Señor Juez Su-perior Luis Fernando Murillo Flores, es porque: “se CONFIRME El auto final, contenido en la Resolución N° 6, del 23 de julio de 2015, que declara: “(…) IMPROCEDENTE la demanda de fojas treinta y dos y siguientes, interpuesto por Víctor Efraín Castelo Tamayo, apoderado de la Universidad Andina del Cusco (…)” (folio 75 a 78), con lo demás que contiene y lo devolvieron.”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fin a la instancia, tres votos confor-mes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente a la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar al ser Magistrada hábil para dirimir el proceso; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA el 21 DE JULIO DE 2016, a horas 9:05 DE LA MAÑANA, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, oficina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- S.S.- MURILLO FLORES.- PINARES SILVA.-DELGADO AYBAR”. Miguel Espejo Rosell. Secretario de Sala.06-07-08/07/2016CPJ

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO SALA MIXTA PENAL LIQUIDADORA Y SALA PENAL DE

APELACIONES DE SICUANI - CANCHIS.

TABLA SEMANAL DE VISTA DE CAUSAS Y AUDIENCIAS HORA EXPEDIENTEEXPEDIENTEEXPEDIENTEEXPEDIENTE MATERIA IMPUTADO

DEMANDADODELITO

PRETENCIÓNAGRAVIADO

DEMANDANTEACTO

PROCESALREO JUEZ DIRECTOR

L U N E S 4 D E J U L I O D E 2 0 1 6TABLA DE AUDIENCIAS DE VISTA DE CAUSAS EN DIVERSAS MATERIAS

09:30 09:40 09:45 09:50 09:55 10:00

286-2015-LA 5-2016-LA 290-2014-LA 355-2015-CI 122-2015-LA 329-2015-CI

Laboral Laboral Laboral Civil Laboral Civil

Unidad Ejetoria 409 Hospital S UGEL Canchis UGEL Canchis Jose Ugarte Figueroa UGEL Canchis Lilian Monasterio Alarcon

Contencioso Administr Contencioso Administr Contencioso Administr Interdicto de Recobrar Contencioso Administr Acciòn de Amparo

Vargaya Vilchez Daniel Fermina Llimpi Ramos Elva Linares Aparicio Edith Tairo Zambrano Victor Condori Higuera Alejandro Neyra barriga

Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa

Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles

M A R T E S 5 D E J U L I O D E 2 0 1 6TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS CON EL N.C.P.P.

09:30 221-2016-4-PE Penal Cesar Parque Gonzales Hurto Simple Yaneth Cruz Ccasa Aud Apel de Auto Libre Meza- Alvarez-Trelles

M I E R C O L E S 6 D E J U L I O D E 2 0 1 6TABLA DE AUDIENCIAS DE VISTA DE CAUSAS EN DIVERSAS MATERIAS

09:30 09:40 09:50 10:00 10:05 10:10

343-2015-LA 124-2015-LA 340-2015-LA 3-2016-LA 322-2015-LA 312-2015-LA

Laboral Laboral Laboral Laboral Laboral Laboral

UGEL Canchis UGEL Canchis UGEL Canchis UGEL Canchis UGEL Canchis UGEL Canchis

Contencioso Administr Contencioso Administr Contencioso Administr Contencioso Administr Contencioso Administr Contencioso Administr

Walter Chacon Condori Fany Flores Calderon Zoyla Delgado Madueño Wilber Barrios Valer Bertha Carriòn Pallardel Petronila Andia Osorio

Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa

Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles

TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS EN LIQUIDACIÓN11:00 43-2010-PE Penal Asunto Jucharo Chchipa Violaciòn Sexual Menor de Iniciales Y.L.L. Continuaciòn Càrcel Meza- Alvarez-Trelles

J U E V E S 7 D E J U L I O D E 2 0 1 6TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS CON EL N.C.P.P.

09:00 11:00

50-2014-PE 90-2016-97-PE

Penal Penal

Roger Mamani Vargas Jonatan Nina Flores

Violaciòn Sexual Violaciòn Sexual

Menor de Iniciales K.P.S.T. Menor de Iniciales E.Q.C.

Aud Apel de Sent Aud Apel de Auto

Libre Càrcel

Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles

TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS EN LIQUIDACIÓN10:00 588-2008-PE Penal Jorge Lopinta Maqquera Homicidio Calificado QEVF Cleofe Alcca Pinedo Apertura Càrcel Meza- Alvarez-Trelles

V I E R N E S 8 D E J U L I O D E 2 0 1 6TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS EN LIQUIDACIÓN

07:30 5119-2008-PE Penal Carlos Echevarria Bernales Peculado El Estado Peruano Lectura Sentencia Libre Meza- Alvarez-Trelles

Jueces Superiores: Dres. Dina Meza Monge, Liberata Sonia Alvarez Mendoza y Efraín Trelles Sulla.

Fiscal Superior: Dr. Efraín Quesada Velez.

DINA MEZA MONGE FRANCISCA LLANOS FORA RESIDENTA DE SALA SECRETARIA DE SALA

Cusco, miércoles 6 de julio de 201624