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Cusco, miércoles 18 de mayo de 2016

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Cusco, miércoles 18 de mayo de 2016

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Cusco, miércoles 18 de mayo de 20162PRIMER REMATE JUDICIAL

En los seguidos por Cooperativa de Ahorro y Crédito San Pedro de Andahuaylas contra Esteban Ccapcha Cusirimay y Janeth Segovia Corvacho sobre Ejecución de Garantías, en el Expediente N° 00005-2015-0-1004- JM-CI-01, el Primer Juzgado Mixto Sede Anta a cargo de la Señora Juez Doctora Juana Consuelo Camacho Zambrano y Especialista Legal Doctora Patricia Valenza Olivera, ha autorizado al Martillero Público Flavio Alberto Villanelo Ninapaytán con registro N° 263, sacar a Remate Público lo siguiente:EN PRIMERA CONVOCATORIA: El bien inmueble ubicado en el Centro Poblado Nueva Izcu-chaca, Manzana R, Lote 15, , Distrito de Anta, Provincia de Anta y departamento de Cusco, con un área de 298,83 m2, cuyo dominio; linderos y demás características corren inscrita en la Partida N° P31019829, asiento N° 02 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° X -Sede Cusco.VALOR DE TASACIÓN: SI. 237,787.00 Nuevos Soles (Doscientos treinta y siete mil setecientos ochenta y siete con 00/100 Nuevos Soles).BASE DE REMATE: S/. 158,524.67 Nuevos Soles (Ciento cincuenta y ocho mil quinientos veinti-cuatro con 67/100 Nuevos Soles) equivalentes a las dos terceras partes de la tasación.AFECTACIONES:Hipoteca: Constituida por los propietarios del predio inscrito en esta partida a favor de la Coo-perativa de Ahorro y Crédito San Pedro de Andahuaylas hasta por la suma de S/. 120,000.00 Nuevos Soles, según Escritura Pública de fecha 11/02/2014, inscrito en el asiento 00004 de la Partida N° P31019829, asiento N° 02 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona RegistraI N° X -Sede Cusco, otorgado ante Notario Público Marcial Huanca Cayllahua. Fecha de inscrip-ción 18/02/2014.Embargo: El Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Cusco, Mario Castillo Huar-co, con la actuación del Especialista Legal Gloria J. Mora Lovatón, dentro del proceso N° 01517-2014-97-1001-PJ-CI-04 seguido por Mi Banco -Banco De La Microempresa S.A. sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, mediante Resolución N° 01 de fecha 15/07/2014 ha orde-nado trabar embargo en forma de inscripción sobre el inmueble materia de la presente partida, hasta por la suma SI. 17,968.00 Nuevos Soles. Inscrito en el asiento 00005 de la Partida N° P31019829, asiento N° 02 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° X -Sede Cusco. Fecha de Inscripción 06/08/2014.FECHA y HORA DEL REMAIE: jueves 19 de mayo del 2016, a horas 11:00 de la mañana.LUGAR DE REMATE: En el Local del Juzgado Mixto Sede Anta, ubicado en el Centro Cívico S/N Plaza de Armas, Cusco.LOS POSTORES: Deberán 1) Oblar antes del remate, mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre sin sello de no negociable el 10% del valor de la tasación. 2) Pre-sentar en la diligencia, en original y copia documento de identidad y/o RUC, según corresponda; y el Arancel judicial respectivo consignando el Juzgado, número de expediente y el documento de identidad o RUC, con copia del mismo. 3) Presentar copia del Cheque de gerencia si el oblaje se realiza con dicho instrumento. 4) En caso de actuar a través de representante se deberá acreditar los poderes respectivos, con copia de estos. El Adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario y se cancelará al finalizar la diligencia de remate de conformidad con la ley del Martillero Público N° 27728 y su Reglamento (Artículo 18 del Decreto Supremo N° 008-2005-JUS) y están afectos al lGV. El remate será efectuado por Flavio Alberto Villanelo Ninapaytán, Abogado, Martillero Público, Registro N° 263, celular 999 003 423.FLAVIO VILLANELO NINAPAYTANMARTILLERO PÚBLICOPATRICIA VALENZA OLIVERASECRETARIA JUDICIAL11-12-13-16-17-18/05/2016B/. 30028

PRIMER REMATE JUDICIAL - CUSCO

En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO SA con LOPEZ CARAZAS MARLENY y SALAS QUISPE EFRAIN; sobreEJECUCION DE GARANTIAS, Expediente N° 00449-2015-O-1001-JR-CI-02, por orden del 2° JUZGADO CIVIL - Sede Central, a cargo de la SeñorMagistrado ELIOT A. ZAMALLOA CORNEJO, Especialista Legal Señor OLIVERA SARMIENTO DAVID AMERICO, el suscrito Martillero Público rematará en Primera convocatoria, el inmueble ubicado en Predio Urbano Stand O-14 de la fracción A del terreno ubicado en la Margen Derecha del Rio Huatanay, sector Comprendido entre el terminal Terrestre y el Puente Cusichuca, Distrito de Santiago, Provincia y Departamento del Cusco. Inscrito en la Partida Registral N°11003246. Zona Registral N° X Sede Cusco, Oficina registral Cusco.VALOR DE TASACION: US$ 42,530.00 (CUARENTA y DOS MILQUINIENTOS TREINTA CON 00/100 DÓLARES EUA). PRECIO BASE: US$ 28,353.33 (VEINTIOCHO MIL TRESCIENTOSCINCUENTA y TRES CON 33/100 DÓLARES EUA.), que son las dos terceras partes del precio de la tasación.GRAVAMENES y CARGAS. Asiento C00004-Hipoteca, A favor de la CAJAMUNICIPAL DE AHORRO Y CRDITO CUSCO S.A, hasta la suma de US$2,175.00 (DOS MIL CIENTO SETENTA Y CIENTO CON 00/100 DOLARES EUA), El titulo fue presentado el 07/03/2002. Asiento D00008 HIPOTECA - A favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A, hasta por la suma de US$ 28,543.000. El Titulo fue presen-tado el 21/07 /2011. Asiento D0009 AMPLIACION DE HIPOTECA”: A favor de la CAJA MUNI-CIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A, hasta por la suma de US$ 40,000.00, el Titulo fue presentado el 07/11/2012DIA y HORA DEL REMATE: 01 de JUNIO de 2016 a las 09:10 AM.LUGAR: En la sede del Juzgado, sito en la Av. El Sol S/N, Cusco. POSTORES: Oblaran el 10% (US$ 4,253) del Valor de Tasación en efectivo o cheque de gerencia. Adjuntar tasa judicial (CODIGO: 07153) (IMPORTE: . S/.395.00 Soles) por derecho de participación en el remate, consignar número del expediente con copia del arancel, DNI y generales de ley.COMISION DEL MARTILLERO: Corre por cuenta del Adjudicatario, y se cancela a la firma del Acta. De acuerdo a la escala de comisiones determinado en el Art. 18 del DECRETO SUPREMO N° 008 -2005 –JUS y están afectos al IGV. INFORMES: TEL. 01-4222359 / RPM: #949-063-616.6ves-12-13-16-17-18-19-v-16B7v 39059

PRIMER REMATE PÚBLICO

En el Proceso Civil N° 2836-2011-92-1018-PJ-CI-01, seguido por ELIZABETH CHAVEZ DE FERNANDEZ sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO contra EUGENIA MARITZA ONOFRE MAMANI, la Señora Juez del Juzgado de Paz Letrado de Santiago, doctora Basiliska Dueñas Zúñiga, bajo la actuación de la Especialista Legal que al final suscribe, ha dispuesto se VENDA EN PRIMER REMATE PUBLICO.1.- DESCRIPCION DE BIEN: Se trata de Stand N-23 de la fracción “A” del terreno ubicado en el Centro Comercial El Molino 1, distrito de Santiago -Cusco, uso comercial, de estructura metálica de 1 nivel, con servicios luz, agua y desagüe de uso común, de 3. 60 m2, cuyos linderos son: Por el frente con un pasaje común, en línea recta, en una longitud total de 2 mt. Por el lado derecho con el stand 22 en línea recta en una longitud total de 1.80 mt. Por el lado izquierdo con el stand 24, en línea recta en una longitud de 1.80 mt. Por el fondo con el stand particular en línea recta en longitud total de 2.00 mt. Stand inscrito en la Partida N° 11002787.TASACION DE BIEN: $ 38, 610.00.BASE DE REMATE: $ 25, 740.00 equivalente a las 2/3 partes del valor de la tasación.GRAVAMEN: EMBARGO hasta por la suma de S/. 16,000.00 a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco conforme Esquela de Observación de fs. 39.DIA Y HORA DEL REMATE: 14 de Junio 2016 hora 10:00 a.m.LUGAR DEL REMATE: Local del Juzgado de Paz Letrado de Santiago- Módulo Básico de Jus-ticia de Santiago.

POSTORES: Los postores oblarán el equivalente al 10% del valor de la tasación, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre, presentarán su DNI, Arancel Judicial por derecho a participar en Remate con el N° del Expediente, Juzgado y N° de DNI (copia de estos). Martillera María Angela Zeballos Alva, Martillera Pública N° 142. Se publica por 6 veces.Santiago, 09 de Mayo 2016.MARIA ELENA OLARTE LEIVASECRETARIA JUDICIAL13-16-17-18-19-20/05/2016B/. 30050

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo, bajo la dirección del Juez Luis Joel Peña Men-doza y actuación de la Secretaria Judicial Isabel del Carmen Rojas Pino, se tramita el Proceso Civil Nro. 36-2016, seguida por LUISA CALACHAHUIN HUAMÁN sobre SUCESIÓN INTESTA-DA de CATALINAHUAMÁN CALANCHI, tramitada en la vía del proceso No Contencioso, sepublica para los fines de ley.San Jerónimo, 11 de MAYO del 2016.3vces-16-17-18-v-16b/v 39098

EDICTO JUDICIAL

SEÑOR:BASILIO DAVID CANCAPA MORALES.Ante el JPLSJC, en el Exped. N° 259-2015-FC, se ha dispuesto la publicación del edicto judicial en los siguientes términos. RESOLUCIÓN NRO. 01 DEL 05-11- 2015. SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE en la vía ESPECIAL la demanda instada por RUTH MERY QUISPE CCASA en representación de la menor L.B.C.Q. contra BASILIO DAVID CANCAPA MORALES sobre FILIA-CION DE PATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL Y PRESTACIÓN DE ALIMENTOS. EXPIDIEN-DOSE mandato de filiación de paternidad extramatrimonial: TÉNGASE al demandado BASILIO DAVID CANCAPA MORALES como padre de la menor L.B.C.Q. concediéndose al mismo el PLAZO DE DIEZ DÍAS a efecto de que formule oposición y absuelva la demanda de alimentos, de no hacerla bajo apercibimiento que dicho mandato se convierta en declaración judicial de paternidad y se dicte sentencia. RESOLUCIÓN NUMERO 04 DEL 31-03-2016. Estando a lo solicitado, cúmplase con notificar al demandado mediante EDICTOS, (...) bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL.- Lo que se publica para los fines de Ley.San Jerónimo, 13-05-2016.ELIZABETH MAGNOLIA PAREDES SALASSECRETARIA JUDICIAL16-17-18/05/2016B/. 30064

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Espinar, que despacha el señor Juez Titular Dr. Elmer Manuel Ochoa Galloso, bajo la actuación del Secretario Judicial Hugo Guevara Flores, en el proceso N° 00132-2016-0-1009-JM-FC-01, se ha RESUELTO ADMITIR ha trámite la demanda interpuesta por DELIA IRENE HUIILCA LLAVE sobre Declaración Judicial de Unión de Hecho con QVF “HUGO YAURI USCA”, seguido contra la Sucesión y/o Herederos Legales de QVF “Hugo Yauri Usca” representada por su hija Nayda Nayeli Yauri Huillca y quienes tengan la condición de tal; tramítese la presenté demanda en la Vía del Proceso Abreviado; estando a lo previsto por el Artículo 167 y 435 del Código Procesal Civil, procédase a emplazar a la Sucesión y/o Herederos Legales de QVF “Hugo Yauri Usca” mediante Edictos Judiciales, debiendo de apersonarse al proceso los sucesores y/o herederos en el plazo de 30 días, bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal; lo que se publica para los fines pertinentes.Espinar, 28 de abril de 2016.2VCES-17-18-V-16B/V 38981

NOTIFICACIÓN POR EDICTOS

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIOAnte el Juzgado Mixto de la Provincia de Urubamba, despachado por elSr. Juez Daniel Banda Laucata, en el Expediente Civil Nro.: 231-2015-0-1015-JM-CI-01, bajo la actuación del Secretario Judicial Carlos Alberto Tupayachi Flores, vie-ne tramitándose el proceso en mención en el que se ha emitido la resolución N° 02 de fecha quince de abril del año dos mil dieciséis que RESUELVE: ADMÍTASE la demanda interpuesta ADQUISITIVA DE DOMINIO del predio denominado Chaupihuaro del Sector de Micay del distri-to y provincia de Urubamba con un área de2, 334 metros cuadrados, en contra de la sucesión de Maria Otazu Mora y Víctor Zamata Caviedes quienes son: ABEL ZAMATA OTAZU, CORNELIO ZAMATA OTAZU, MANUEL ZAMATA OTAZU y ANA MARIA ZAMATA OTAZU, y contra JUAN SAIRE SAIRE y CARMEN ROSA ZAMATA DE SAIRE con citación de los colindantes Manuel por CARLOS VARGAS USANDIVARES sobre PRESCRIPCIÓN Zamata Otazu, Ana Maria Zamata Otazu, Juan José Mora y al Procurador Publico De Asuntos Judiciales Del Ministerio De Trans-portes y Comunicaciones. Debiendo tramitarse en la vía del proceso ABREVIADO. Confiérase traslado a los demandados por el plazo de Ley, conforme prevé el artículo 486 y 491.5 del Código Procesal Civil bajo apremio de declarar su rebeldía. Conforme lo establecido el artículo 506º concordante con los artículos 167º y 168º del Código Procesal Civil CÚMPLASE con la no-tificación edictal debiendo publicarse el edicto por tres veces con intervalos tres días, asimismo notifíquese por radiodifusión durante cinco días consecutivos conforme dispone el artículo 169º de la norma adjetiva. A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Por ofrecidos los medios probatorios que indica reservándose su admisión y actuación para la etapa procesal correspondiente. A LOS ANEXOS: A sus antecedentes AL OTRO SI DIGO DE LA DEMANDA: Se tomara en cuenta en su oportunidad, debiendo precisar la dirección de la Procuraduría del Ministerio De Trans-porte Y Comunicaciones para su notificación. AL PRIMERO MAS DIGO DE LA DEMANDA: El demandante deberá presentar tantas copias de la demanda, anexos, auto admisorio y demás pertinentes para el emplazamiento de los demandados y colindantes, así como presentar los aranceles judiciales de notificación y exhortos para la notificación de los mismos, todo esto bajo los apercibimientos que hubiera lugar. Se publica el presente para los fines de ley.- Urubamba, 10 de mayo de 2016.3VCES-17-18-19-V-16B/V 39133

POLICIA NACIONAL DEL PERU

INSPECTORIA REGIONAL PNP MADRE DE DIOSPLAZA TUPAC AMARU-CUSCOEXPEDIENTE Nº -117-2012Mediante el presente se notifica al SO3 PNP Oscar Iván GUTIERREZ RAMIREZ, la Resolución de Sanción Nro. 66-2012-IGPNP.DIRINV-IR-MDD de fecha 23AGO2012, por la presunta Comi-sión de Infracción Muy Grave, Código MG-27, con la Sanción de Pase a la Situación de Retiro, teniendo el plazo de (05) días hábiles para presentar su Recurso de Apelación, conforme al Procedimiento dispuesto en el D.L. Nro. 1150, debiendo apersonarse a la Insectoría Regional PNP Cusco.Coronel PNP INSPECTOR REGIONAL PNP MADRE DE DIOSAdrián Mercedes ALVARADO HIDALGO.17-18-19/05/2016B/. 30068

EDICTO JUDICIAL

En el proceso civil Nro. 00530-2016-0-1018-JM-FC-01 seguido por Victoria Gamarra Camargo

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Cusco, miércoles 18 de mayo de 2016 3sobre Reconocimiento Judicial de Unión de Hecho seguido ante el Primer Juzgado Mixto de Santiago judicado por la Señora Juez Dra. Bony Eve Gamarra Flores se ha dictado la siguiente resolución: Resolución 01-2015.- SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por VICTORIA GAMARRA CAMARGO, sobre DECLARACIÓN JUDICIAL DE UNIÓN DE HE-CHO, con el que en vida fue “ROBERT USCAPI CUSIHUAMAN”, seguido contra la SUSECIÓN y/o HEREDEROS de quien en vida fue ROBERT USCAPI CUSIHUAMAN, representado por su hijos y/o herederos y quienes tengan la condición de tal; todo bajo expreso apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal (de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 486, Numeral 8) del Código Procesal Civil); tramítese la presente demanda en la vía del PROCESO ABREVIA-DO. AL OTRO SI DIGO: Estando a lo dispuesto por el Artículo 167 del Código Procesal Civil, concordante con el Articulo 435 de la normas antes acotada, procédase a emplazar a los He-rederos y/o a la Sucesión de ROBERT USCAPI CUSIHUAMAN, mediante Edictos Judiciales y Publíquese el extracto de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, el Diario Judicial de mayor circulación del Cusco, en la tablilla que obra en el Juzgado, Gobernatura de esta Pro-vincia y Municipalidad Provincial de esta ciudad, por el plazo de ley; debiendo la parte interesada recabar los edictos y asegurar su publicación, conforme a ley. A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecida las mismas que se admitirán, actuarán y merituarán en la oportunidad procesal respectiva. AL OTRO SI DIGO: Téngase presente. HÁGASE SABER. Lo que se publica para las publicaciones de Ley.-Cusco 16 de mayo del 2016.MARIO RAFAEL RAMOS BEJARESPECIALISTA LEGAL17-18-19/05/2016B/. 30076

PRESCRIPCION ADQUISITIVA.-

De conformidad con la Ley N° 27333, concordante con los artículos 504 y siguientes del C.P.C ante mí, Darwin Alex Somocurcio Pacheco, abogado Notario del distrito de Sicuani, provincia de Canchis, departamento del Cusco, con oficina en el Jr. 2 de Mayo N° 202, del distrito de Sicuani, provincia de Canchis, departamento del Cusco, se presentó ADRIAN ANGEL ARAGON BEDOYA, solicitando la prescripción adquisitiva de dominio del inmueble urbano ubicado en la avenida César Vallejo N° 221, Manzana F, Lote N° 36, de la Asociación Barrio Obrero Vilcanota, del distrito de Sicuani, provincia de Canchis departamento de Cusco, y que cuenta con un área de 266.90 m2. (DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS PUNTO NOVENTA METROS CUADRADOS); y sus linderos y medidas perimétricas son los siguientes: por el Frente oeste: colinda con la ave-nida César Vallejo, con una longitud de 17.40 ml. en línea recta; Por el fondo Este: colinda con la propiedad de la empresa ENAFER PERÚ, con una longitud de 4.80 + 15.40 ml) sumando un total de 20.20 ml. en línea quebrada de dos tramos, entrando por el lado Derecho Sur: colinda con la propiedad del señor Victor Mendoza, con una longitud de 12.80 ml. en línea recta; entrando por el lado Izquierdo Norte, colinda con la propiedad del señor Timoteo Soto, con una longitud de 14.90 ml. En línea recta haciendo un perímetro total de 65.30 ml. El predio a prescribir se encuentra inscrito, siendo la titular la Asociación Barrio Obrero Vilcanota, se emplaza por este medio a todo aquel que tenga derecho sobre esta propiedad, para que puedan hacerlo valer.- Lo que se publica para los fines de Ley.- Sicuani, 22 de abril de 2016.- DARWIN ALEX SOMOCUR-CIO PACHECO.- Abogado Notario Notario de Sicuani REG. CNCMD 0051.-3V 06-12-18 –v-16b/v 38996

EDICTO JUDICIAL

A WENCESLAO MALPARTIDA MENDOZAEn el Expediente Judicial N°: 0336-2016-0-1 001-JP-Cl-01 seguido ante el Juzgado Civil Transi-torio de Cusco que Despacha la Juez Elvia Barriga Moron y bajo la actuación de la especialista legal Indira Arenas Apumaita se ha dispuesto NOTIFICAR a través de edictos al demandado Wenceslao Malpartida Mendoza con el estracto del auto admisorio, en tal sentido en cumpli-miento a lo ordenado se extrae la parte resolutiva del autoadmisorio cuyo texto es el siguiente: Resolución N° 02.- de fecha 14 de marzo del 2016 VISTO Y CONSIDERANDO: SE RESUELVE:1.- ADMITIR a trámite las pretensiones de OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO en la vía del proceso UNICO DE EJECUCION, contenidas en la demanda presentada por SOCORRO ROSA CAVIDES LUNA contra Wenceslao Malpartida Mendoza; En consecuencia2.- SE ORDENA que el demandado Wenceslao Malpartida Mendoza CUMPLA dentro del plazo de CINCO DIAS con pagar a la entidad demandante el monto ascendente a las sumas de: en soles S/. 6,500.00 (SEIS MIL QUINIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES) Y en dólares; $. 25,700.00 (VEINTICINCO MIL SETECIENTOS CON 00/100 DOLAR ES AMERICANOS), más los intereses compensatorios y moratorias a la tasa más alta que fije el sistema financiero y/o bancario nacional y privado, hasta el momento de la liquidación para su pago, mas costas y cos-tos del proceso; bajo expreso apercibimiento de iniciarse la ejecución forzada.- Por Ofrecidos los medios probatorios para ser merituados en su debida oportunidad procesal.- A sus antecedentes los anexos presentados.- Al Otrosi Digo.- Téngase en cuenta.-3.- CUMPLA la Especialista Legal a cargo de la tramitación del presente proceso, con obtener copia del pagare, certificarlo y glosarlas al expediente” dejando en Custodia el Titulo Valor ori-ginal por ante la Administración del Módulo Corporativo Civil de la Corte Superior de Justicia de Cusco.- 4.-NOTIFIQUESE al demandado mediante Edictos estando a la declaración jurada realizado por la parte actora, conforme lo establece el Artículo 435º bajo expreso apercibimiento de nombrarse curador procesal, debiendo la parte actora concurrir a Administración del Módulo Civil, a efecto de recabar el Edicto Correspondiente y realizar la Publicación correspondiente en el Diario Ofi-cial el Peruano y el Diario Judicial de Cusco.- H.S.Cusco,28 de abril del 20162V-12-18-v-16B/V 38926

EDICTO JUDICIAL

Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por el señor Juez John Aleck Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 00453-2016-0- 1001-JR-CI-03, en el que mediante Res. Nro.03 de fecha 02-05-2016, SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la deman-da interpuesta por REYNA ISABEL CASTILLO YANQUIRIMACHI, contra DONATO CASTILLO ESTRADA y REYNALDA YANQUIRIMACHI HUAMÁN, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO delinmueble ubicado en la Prolongación de la Avenida de La Cultura s/n Parustaca Los Jardines del distrito de San Jerónimo , de la provincia y departamento del Cusco; y conforme a lo establecido por el artículo 505º del Código Procesal Civil, cítese con la demanda a los colindantes Sadith Delgado Huamán, Luz Marina Castillo Yanquirimachi , Zaida Huillca Zegarra, Fidelia Caballero de Quispe y la MunicipalidadDistrital de San Jerónimo representada por su Alcalde y con citación de su Procurador Público Municipal, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso ABREVIADO, en conse-cuencia, córrase traslado de la demanda a los demandados por el término de DIEZ DIAS, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía. AL MÁS DIGO.-TÉNGASE por ofreci-dos los medios probatorios que indica los cuales serán admitidos y actuados en la oportunidad procesal. AL PRIMER MÁS DIGO.- CUMPLA con señalar el domicilio real de la citada Fidelia Caballero de Quispe, dentro del TERCER DIA de notificada con la presente resolución, bajo apercibimiento de Ley. AL SEGUNDO MÁS DIGO.- Agréguese a sus antecedentes los anexos adjuntos. DE OFICIO.- Efectúese la publicación de un extracto de la presente resolución en el diario judicial de esta ciudad y en la Tabilla de publicaciones delMódulo Civil, por el término de tres días con intervalo de tres días, conforme a lo dispuesto por el artículo 506º del C.P.C, para cuyo fin la interesada deberá de concurrir ante este Juzgado a efecto de recabar los referidos avisos dentro del TERCER DIA de notificada con la presente resolución, bajo apercibimiento de Ley.H.S.- Firmado por el Juez Alfaro Tupayachi.- Secretaria Judicial Altamirano Mayca.Cusco,09 de mayo de 2016.3vces-12-18-24-v-16

b/v 39054

EDICTO JUDICIAL

PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO.-En la causa civil N° 119-2015-0-1008-JM-CI-01, seguido por Dora Gallegos Arredondo de Rome-ro, contra Miguel Angel Romero Delgado, y la sucesión hereditaria del que en vida fue Vicente Romero Aguirre, se ha dispuesto la publicación de un extracto de la demanda sobre Prescripción adquisitiva de dominio del inmueble del predio urbano denominado KASAPATA ubicado en la población del distrito de Colquemarca, provincia de Chumbivilcas, departamento del Cusco, de la extensión superficial de 62,127.56 metros cuadrados, siendo sus colindancias; por el frente con el camino Colquemarca-Lorccani.- por el fondo con la propiedad de Miguel Angel Romero Delgado, por el lado Izquierdo con la propiedad de don Vicente Romero Aguirre, por el lado Dere-cho también con la propiedad de don Vicente Romero Aguirre.- Lo que se pone en conocimiento para los fines de Ley.-San tomas, 12 de mayo del 2016.3vces-16-18-20-v-16b/v 39106

EDICTO JUDICIAL.-

NOMBRAMIENTO DE CURADOR PROCESAL.-En La causa N° 000119-2015-0-1008-JM-CI-01, seguido por Dora Gallegos Arredondo de Ro-mero, sobre Prescripción adquisitiva de dominio ,en contra de Miguel Ángel Romero Delgado y otros, se ha dispuesto la publicación de Edictos, a fin de que los sucesores procesales o herederos legales de la que en vida fue Vicente Romero Aguirre, se apersonen al proceso acre-ditando su entroncamiento, dentro del término de la presente publicación, bajo apercibimiento de nombrarse un CURADOR PROCESAL.-Santo Tomas, 12 de Mayo del 2016~3vces-16-18-20-v-16b/v 39106

EDICTO JUDICIAL

PROCESO: 2871-2015El Segundo Juzgado de Familia de Cusco se ha declarado el estado de Abandono Moral y Ma-terial a favor de la adolescente Tania Quispe Cáceres de 13 años de edad. Disponiendo como medida de protección, continúe bajo la protección del Hogar Casa Verde, hasta que el Juzgado disponga otra medida de protección. Se dispone la extinción de la patria potestad de los padres biológicos Justina Cáceres Quispe y Plácido Quispe Huamán. Notificándose la presente para los fines consiguientes.INGRID SIERRA TAMAYOSECRETARIA JUDICIAL16-18/05/2016B/. 30062

AVISO JUDICIAL

EN LA INVESTIGACION TUTELAR Nro 2767-2015JUEZ MENDOZA ZEGARRA, DEL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA- CUSCO.En los seguidos a favor del menor Jesus Sullca Quispe sobre ABANDONO MORAL Y MATE-RIAL se ha dispuesto la NOTIFICACION a JUANA QUISPE APAZA y a don ERNESTO SULL-CA PUMA y A LOS FAMILIARES Y/O RESPONSABLES DEL MENCIONADO MENOR, con la sentencia Resolución Nro. 03 Cusco, veintinueve de marzo del dos mil dieciséis.-ANTECE-DENTES... FUNDAMENTOS DE LA DECISION ...DECISION: SE DECLARA EL ESTADO DE ABANDONO MORAL Y MATERIAL del menor Jesus Sullca Quispe ...Se dispone la EXTINCIÓN DE LA PATRIA POTESTAD DE LOS PADRES BIOLÓGICOS A TENOR DE LO PRESCRITO POR EL ARTÍCULO 67 del Código de los Niños y Adolescentes. Se mantenga la medida de protección dictada en favor del menor tutelado hasta que sea promovida en adopción o cumpla la mayoría de edad... se notifique la sentencia conforme a ley... T.R.y H.S. Firmado Mendoza Zegarra. Firmado Luza Pezo Seco Judicial. -Resolución 04.-Cusco, veintidós de abril del dos mil dieciséis.-Se dispone: Notificar a los progenitores del menor tutelado con la Res. 02 sentencia mediante edictos en el Diario judicial y Peruano .Firmado Luza Pezo Sec- Jud. Lo que notifico a Uds., para los fines consiguientes de ley. 3v.Cusco, 27 de abril del 2016.RUTH OLIMPIA LUZA PEZOSECRETARIA JUDICIAL16-18/05/2016B/. 30062

SUCESIÓN INTESTADA

De conformidad con el artículo 41 de la Ley 26662 “Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos”, comunico que ante mi Despacho Notarial, sito en el jirón 2 de Mayo, N° 202, de la ciudad de Sicuani, se presentó doña PRUDENCIA CUSI DE HUANCACHOQUE, solicitando la sucesión intestada de quien en vida fue don MARCOS HUANCACHOQUE OCSA, fallecido el 05 de marzo del año 2016, teniendo como su último domicilio el inmueble N° 228, de la calle Túpac Amaru, del distrito de Tinta, provincia de Canchis, departamento del Cusco; que se publica para los fines consiguientes de Ley.Sicuani, 13 de mayo de 2016.DARWIN ALEX SOMOCURCIO PACHECOABOGADO- NOTARIO18/05/2016B/. 30087

EDICTO NOTARIAL

ANTE LA NOTARIA PÚBLICA DEL DR. JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, UBI-CADO EN EL INMUEBLE NRO. 460 DE LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO, DEL CERCADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO; EL SR. MOISES ESPINOZA PAREDES, CON-JUNTAMENTE CON JUAN CRISOSTOMO ESPINOZA PAREDES, HUGO ESPINOZA CORVA-CHO, ROBERTO OSWALDO ESPINOZA CORVACHO, EDUARDO ESPINOZA CCORI, LEON-CIO ESPINOZA CCORI, MARIA ANTONIETA ESPINOZA CCORI, MARTHA ESPINOZA CCORI Y JORGE ESPINOZA CCORI SOLICITAN LA SUCESIÓN INTESTADA, DEL QUE EN VIDA FUE SR. ANTONIO ESPINOZA COLLADO; FALLECIDO EL 04 DE MARZO DEL AÑO 1996, SIN DEJAR TESTAMENTO, HABIENDO TENIDO COMO ÚLTIMO DOMICILIO EN URBANIZACIÓN TTIO N° I -2 -4, DISTRITO WANCHAQ, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CUSCO, LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES DE LEY.CUSCO, 12 DE MAYO DE 2016.JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGONABOGADO-NOTARIO18/05/2016B/. 30086

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCAHUASI

OFICINA DE REGISTRO DE ESTADO CIVILEDICTO MATRIMONIALPRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL:Don GROVER HUAMAN QUISPEIdentificado con DNI N°46326584Estado Civil SolteroNatural de Pampahuaylla, Limatambo,AntaNacionalidad: PeruanoEdad: 25 años

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Cusco, miércoles 18 de mayo de 20164Ocupación: AgricultorDomicilio: Como Ccasacancha-Ancahuasi,AntaDoña GRICELDA HUARI MEJIAIdentificada con DNI N°42258424Estado Civil SolteraNatural de Ancahuasi- Anta-CuscoNacionalidad: PeruanaEdad: 32 añosOcupación: a su casaDomicilio: Como Ccasacancha -Ancahuasi-AntaFecha de Matrimonio 29 de mayo del 2016, a horas 10:00 am, En el salón Killarumiyoq de la Municipalidad distrital de Ancahuasi, Provincia de Anta, Región Cusco.Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán denunciarlos de conformidad al Art. 253 del Código Civil, ante esta Jefatura de la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Ancahuasi -Anta - Cusco.Ancahuasi, 09 de mayo del 2016.MARINA CANCHA LENESREGISTRADORA CIVIL18/05/2016B/. 39030

SUCESION INTESTADA

ANTE LA NOTARIA PÚBLICA DEL DR. JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGON, UBI-CADO EN EL INMUEBLE NRO. 460 DE LA CALLE PAMPA DEL CASTILLO, DEL CERCADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO; REYNALDA HUAMAN CASTRO, EN CALIDAD DE CONYUGE SUPERSTITE, EVER YHONATAN HANCCO HUAMAN Y ALEX HANCCO HUA-MAN, EN CALIDAD DE HIJOS DEL CAUSANTE, SOLICITAN LA SUCESIÓN INTESTADA DEL QUE EN VIDA FUE SEÑOR: ADRIAN HANCCO HUAMAN, FALLECIDO, EL 01 DE ENERO DEL 2009; LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES DE LEY.CUSCO, 09 DE MAYO DEL 2016.JORGE OSWALDO BUSTAMANTE ARAGONABOGADO- NOTARIO18/05/2016B/. 30082

AVISO DE CONVOCATORIA

El Presidente del concejo de Administración don: Justo Teófilo Esquivel Caballero, Identificado con DNI. 23827449, de la asociación Pro vivienda Kennedy “B” del Distrito de Wanchaq, Pro-vincia y departamento del Cusco, convoca a todos los señores socios y socias a una asamblea general extraordinaria la misma que se llevara a cabo, el día Sábado 21 DE MAYO DEL 2016 primera convocatoria a horas 09.00 Am. Y segunda convocatoria para el día DOMINGO 22 DE MAYO DEL 2016, a horas 09.00 Am. La misma que se llevara a cabo en el local de reuniones ubicado en la Manzana “D” Lote N°1 de la APV. Kennedy “B” Distrito de Wanchaq, Provincia y Región Cusco, con la siguiente agenda: NOMBRAMIENTO DEL COMITÉ ELECTORAL para renovar la junta directiva del Concejo directivo de Administración y Consejo de Vigilancia de conformidad al Art. 37 del Estatuto Interno, por lo que se ruega puntual asistencia, firmado por el convocante.Cusco, 17 de Mayo del 2016.18/05/2016B/. 30081

EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA

En la Oficina Registral de Cusco -RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 09 de Mayo del 2016, la recurrente BLANCA ELIZABETH TORREBLANCA CRUSATTI, titular del Acta de Nacimiento N° 1009390475, conforme establece la Directiva N° DI 263-GRC/017, solicita la Rectificación Admi-nistrativa respecto del nombre de su señora madre, habiéndose registrado como TERESA CRU-SATTI. Siendo el nombre correcto de la madre de la titular del Acta MARIA TERESA CRUZATTI SIFUENTES. Por consiguiente el nombre correcto de la titular del Acta es BLANCA ELIZABETH TORREBLANCA CRUZATTI Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley.Cusco, 12 de Mayo del 2016MARIBEL CENTENO CARDEÑAJEFE DE LA OFICINA REGISTRAL CUSCO18/05/2016B/. 30078

EDICTO JUDICIAL

Por ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Espinar, que despacha la señorita Juez Nataly Consuelo Cáceres Velarde, se viene tramitando el Proceso Judicial N° 035 -2016 -CI, habiéndose resuelto: ADMITIR LA DEMANDA de sucesión intestada interpuesta por JESUS MARIANO SUCA CCAMA, de quien en vida fue su cónyuge EULOGIA LAGUNA DE SUCA, para que previo los trámites de ley, se le declare único y universal heredero NOTIFÍQUESE a la Beneficencia Pública de la ciudad de Cusco y al Representante del Ministerio Público de esta ciudad, publíquese los edictos de ley en el Diario Judicial del Distrito y en el tabladillo del Juzgado de Espinar. H.S.- Juez Dra. N. Cáceres. Secretaria Judicial P. Catari P.- Lo que se publica para los fines de Ley.Espinar; 19 de Abril del 2016-05-17PASCUAL CATARI PARIPANCASECRETARIO JUDICIAL18/05/2016B/. 30084

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Espinar, que despacha el señor Juez Dr. Elmer Manuel Ochoa Galloso, bajo la actuación del Secretario Judicial Hugo Guevara Flores, se dicto sentencia en el Proceso Civil N° 20-2016-0-1 009-J M-CI-01; seguido por Elisban Huillcahancco Ccamerc-coa, sobre cambio de nombre; habiéndose RESUELVE: DECLARAR FUNDADA la demanda; y, en consecuencia, SE ORDENO:CAMBIAR el nombre del actor que actualmente tiene de Elisbán Huillcahancco Ccamerccoa, por el de Josué Huillcahancco Ccamerccoa, debiendo ser identificado en adelante con dicho nombre en todos sus documentos oficiales; precisándose Que únicamente se cambia el nombre, mante-niéndose inalterables los apellidos; lo que se publica para los fines pertinentes.Espinar, 13 de mayo de 2016.HUGO GUEVARA FLORESSECRETARIO JUDICIAL18/05/2016B/. 30084

DIVISION DE REGISTRO CIVIL DE LA

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQEDICTO MATRIMONIALEl que suscribe:Jefe de la División de Registro Civil hace de conocimiento que;Don: MARCO ANTONIO BERMUDEZ INQUILLA de 32 años de edad, con DNI N° 42094418, de Estado Civil SOLTERO, de ocupación ESTUDIANTE, natural de SICUANI, con domicilio en: URB. PROGRESO PROL. QUILLABAMBA E -11 yDoña: DELIA BERTELIZA ALVAREZ TORRES de 31 años de edad, con DNI N° 42543627, de Estado Civil SOLTERA, de ocupación ADMINISTRADORA, Natural de COMBAPATA, con domicilio en: URB. PROGRESO PROL. QUILLABAMBA E -11.

Pretenden contraer MATRIMONIO CIVIL en esta Municipalidad el Día:SABADO 28 DE MAYO DEL 2016.Las personas que conozcan causales de impedimento, podrán realizar la denuncia correspon-diente en Concordancia al Art. N°253 del. Código Civil en las Oficinas de Registro Civil de La Municipalidad de Wanchaq.Wanchaq, 17 de MAYO del 2016.GUILLERMO HANCCO HUILLCAREGISTRADOR18/05/2016B/. 30083

PUBLICACIÓN DE JUSTICIA ECLESIÁSTICA

VICARIA JUDICIAL -ARBISPADO DEL CUSCOSegún Decreto N° 0586 -2016 -OAJE -C, la Sra. Guillermina Concha Ccorihuamán, solicita: RECTIFICACIÓN DE CERTIFICADO DE BAUTIZO de su bisabuela PETRONILA QUINTANILLA CABALLERO (fallecida), como sigue:El nombre de la bautizada dice: PetronaDesde ahora debe decir: PetronilaEl nombre de la madre dice: EscolastinaDesde ahora debe decir: EscolásticaDe haber impedimento alguno comunicar a la oficina de la Vicaría Judicial del Arzobispado del Cusco, ubicado en la Calle Hatunrumiyoc sIn (Palacio Arzobispal) cercado del Cusco.Cusca, 16 de mayo de 2016LIC. ISRAEL CONDORHUAMAN ESTRADAVICARIUS JUDICIALES18/05/2016B/. 30085

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO

JUZGADO MIXTO DE URUBAMBAEDICTO JUDICIALPRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIOAnte el Juzgado Mixto de la provincia de Urubamba, despachado por el Sr-. Juez Daniel Banda Laucata, en el Expediente Civil Nro.: 225-2015-0-1015-JM-CI-01, bajo la actuación del Secre-tario judicial Carlos Alberto Tupayachi Flores, viene tramitándose el proceso en mención en el que se ha emitido la resolución N° 02 de fecha diecinueve de enero del año dos mil dieciséis que RESUELVE: ADMITIR: A trámite la demanda interpuesta por EUSEBIA RIOS HUAMAN DE HUILLCA, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO E INSCRIPCION DEL IN-MUEBLE urbano con justo título ubicado en el Nº 148 - antes S/N -de la CALLE CHAUPICALLE DEL SECTOR DE QURA OCLLO, del distrito de Ollantaytambo, provincia de Urubamba, Región de Cusco, de una extensión de 494.23 metros cuadrados, contra la SUCESIÓN DEL Q. V.F. GERARDO OQUENDO MEDINA, debiendo tramitarse en la vía del PROCESO ABREVIADO; en consecuencia, estando a lo manifestado por a recurrente, NOTIFIQUESE MEDIANTE EDICTOS A LA SUCESION DEL Q. V.F. GERARDO OQUENDO MEDINA en los respectivos diarios en la forma y plazos establecidos por Ley, otorgándoles el plazo de 10 días, después de la última pu-blicación de la notificación, a fin de hagan valer su derecho conforme a Ley, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía, nombrárseles curador procesal y continuar con el trámite del proceso.- Por ofrecidos los medios probatorios que indica reservándose su admisión y actuación para la etapa procesal correspondiente.- Conforme a lo dispuesto por el Art. 506 del C.P.C notifíquese mediante publicaciones a las personas interesadas, siendo de responsabilidad de la recurrente realizar el trámite respectivo para la notificación mediante edictos.- NOTIFÍQUESE a los colin-dantes del inmueble MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OLLANTAYTAMBO, SIXTA CENTENO CORDOVA y, BERTHA BEJAR LOZANO, en las direcciones alcanzadas debiendo acompañarse copia de la demanda y anexos.- A LOS DEMAS EXTREMOS.- Éstese al principal.- A sus antece-dentes los anexos que indica. Se publica el presente para los fines de ley.-Urubamba, 04 d mayo de 2016.CARLOS ALBERTO TUPAYACHI FLORESSECRETARIO JUDICIAL18-19-20/05/2016B/. 30041

AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA

DE PARTIDA DE NACIMIENTOEn la Oficina de Registro Civil de la Municipalidad Provincial de La Convención, Distrito de Santa Ana, de la provincia de La Convención, departamento y región del Cusco, el recurrente don BO-RIS ALEXIS CHAVEZ ZEBALLOS, identificado con DNI. N° 40602787, mediante expediente Ad-ministrativo N°6930, de fecha 02 de Mayo del 2016, y conforme lo establece la DI 263-GRC/017, solicita la rectificación Administrativa de fa partida de nacimiento registrado bajo el folio N°573, Año 1978, perteneciente a: BORIS ALEXIS CHÁVEZ ZEBALLOS, por existir error en el apellido materno del titular “Zeballos” siendo lo correcto ZEVALLOS, y error/omisión en los datos de sus progenitores del titular consignados erróneamente como “Mario Ferdinand Chávez” “Juana Zeballos”, siendo el dato correcto y completo MARIO FERDINAND CHÁVEZ ALFARO -JUANA ZEVALLOS MENDOZA. Por lo que de conformidad a lo estipulado en el Art. 73 del Decreto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a LeyQuillabamba, 09 de Mayo del año 2016.JUANA ATAUCHI CUSIHUALLPAJEFE DE REGISTRO CIVIL18-24-30/05/2016B/. 30088

“AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU”

EDICTO JUDICIALQue, en el Proceso Civil Nº 00312-2015-0-1010-JM-CI-01 seguido Tengo el agrado de dirigirme a usted, con la finalidad de que se sirva ordenar a quien corresponda PUBLIQUE en el pizarrón de publicaciones de la dependencia a su cargo por tres días hábiles con intervalo de tres días, la transcripción sumaria de la demanda y auto admisorio es : ADMITIR a TRÁMITE la DEMANDA interpuesta por: Aurelia Enriquez Holgado sobre : rectificación de área con la finalidad de que se rectifique el área del bien inmueble de nuestra propiedad, denominado “Huadquiña parc. Tintinccasa Nro 109, ubicado en el sector Unuyoc, del distrito de Santa Teresa, provincia de la Convención, departamento de Cusco, inscrito en la partida Nº 02050936, del registro de predios de la zona registral Nº X- sede Cusco, oficina registral de Quillabamba; contra: Wilbert Sinti Escobedo, Eusebia Salas Viuda de Holgado, Paulino Holgado Contreras y la Dirección Regional de Agricultura Cusco, en la VÍA DEL PROCESO ABREVIADO, TÉNGASE por ofrecidos los medios probatorios que se indican, los cuales serán admitidos o rechazados en su oportunidad, y PUBLÍQUESE por tres veces, con intervalo de tres días, para los fines de ley; conforme lo establece 506º de la norma adjetiva civil. Fdo. Juez Titular Erasmo Waldir Urruchi Zuñiga, Fdo. Sri Radha Castro Mellado.Quillabamba, 06 de abril del año 2016.RADHA CASTRO MELLADOSECRETARIA JUDICIAL18-24-30/05/2016B/. 30088

EDICTO MATRIMONIAL DE LEY

Se hace saber que ante la Municipalidad Provincial de La Convención del Distrito de Santa Ana Provincia de La Convención Departamento de Cusco, se han presentado los Pretendientes:Don LIBIO ALVAREZ BAÑOS, identificado con DNI.N°40431907, de 38 años de edad, Estado Civil Soltero, de Nacionalidad Peruano, natural de San Sebastián- Cusco, de Profesión u ocupa-ción Agricultor, con Domicilio en Sector Serranuyoc Bajo Jurisdicción del Distrito de Santa Ana

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Cusco, miércoles 18 de mayo de 2016 5Provincia de La Convención Departamento de Cusco.Doña IRENE MACEDO PACAMIA, identificada con DNI N°44727128 de 34 años de edad, de Estado Civil Soltera, de Nacionalidad Peruana, natural de Puerto Maldonado- Tambopata, de Profesión u ocupación su casa, con domicilio en Sector Serranuyoc Bajo; PRETENDEN CON-TRAER MATRIMONIO CIVIL el día LUNES 30 de MAYO del año 2016.Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme lo estable-ce el Art. 253 del Código Civil.Quillabamba, 13 de Mayo del 2016.JUANA ATAUCHI CUSIHUALLPAJEFE DE REGISTRO CIVIL18/05/2016B/. 30088

EDICTO MATRIMONIAL DE LEY

Se hace saber que ante la Municipalidad Provincial de La Convención del Distrito de Santa Ana Provincia de La Convención Departamento de Cusco, se han presentado los Pretendientes:Don DUSHAN HERNAN KOVACHEVICH MLADENICH, identificado con DNI.N°44267603, de 47 años de edad, Estado Civil Soltero, de Nacionalidad Peruano, natural de JESUS MARIA- LIMA de profesión u ocupación ing. De sistemas, con Domicilio en Prol. Salkantay E-2 de esta ciudad.Doña KARINA HERRERA SOTO identificada con DNI N°42598766 de 33 años de edad, de Estado Civil Soltera, de Nacionalidad Peruana, natural de Quillabamba del Distrito de Santa Ana Provincia de La Convención Departamento de Cusco de Profesión u ocupación SU CASA, con domicilio en Prol. Salkantay E-2 de esta ciudad; PRETENDEN CONTRAER MATRIMONIO CIVIL el día VIERNES 03 de JUNIO del año 2016.Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlos conforme lo estable-ce el Art. 253 del Código Civil.Quillabamba, 17 de Mayo del 2016.JUANA ATAUCHI CUSIHUALLPAJEFE DE REGISTRO CIVIL18/05/2016B/. 30088

AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA

DE PARTIDA DE NACIMIENTOEn la Oficina de Registro Civil de la Municipalidad Provincia! de la Convención, Distrito de Santa Ana, de la provincia de la Convención, departamento y región del Cusco, la recurrente doña JUANA ZEVALLOS DE CHAVEZ, identificado con DNI. N° 24961556, mediante expediente Ad-ministrativo N°6929, de fecha 02 de Mayo del 2016, y conforme lo establece la DI 263-GRC/017, solicita la rectificación Administrativa de la partida de nacimiento de su menor hijo registrado bajo el Acta N°61755263, Año 2001, perteneciente a: MARIO DEIVER CHÁVEZ ZEBALLOS, por existir error en el apellido materno del titular y el apellido paterno de la progenitora “ZEBALLOS” siendo los datos correctos Titular: MARIO DEIVER CHÁVEZ ZEVALLOS, su progenitora doña JUANA ZEVALLOS MENDOZA. Por lo que de conformidad a lo estipulado en el Art. 73 del De-creto Supremo 015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a leyQuillabamba, 09 de Mayo del año 2016.JUANA ATAUCHI CUSIHUALLPAJEFE DE REGISTRO CIVIL18/05/2016B/. 30088

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Anta, que despacha el Dr. Arturo Cabrera Orue, bajo la actuación del Especialista Legal Elvis Renny Morales Loaiza, se viene tramitando el Proceso Civil Nº 251-2015-0-1004-JP-CI-01, Seguido por TRINIDAD ATAULLUCO ZUMAYTA sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, de la recurrente, en el sentido que se corrija su apellido materno de ZUMAYTA a SUMAYTA debiendo quedar en lo sucesivo como TRINIDAD ATAULLUCOSUMAYTA, asimismo para que se agregue el apellido materno de sus progenitores para que de manera completa figuren como SATURNINO ATAULLUCO HUAMAN y FLORA SUMAYTA HUILLCA,Se publica para los fines de ley.Anta, 16 Mayo del 2016.1V-18-V-16B/V 39142

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO.

A VISO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVAEn la oficina de Registro y Estado Civil de la Municipalidad Distrital deSantiago - Cusco con Expediente N° 06046 de fecha 13/05/2016, con poder fuera de registro, ha solicitado el Ciudadano (a) : GREGORIO CHOQUE MAMANI sobre RECTIFICACION ADMINIS-TRATIVA de su Acta de Nacimiento N° 816 correspondiente a: JESSENIA MORALES CORO-NEL del año 1975 ,Registrada en la oficina de Registro Civil de la Municipalidad de Santiago, en el que existe omisión de consignación en el rubro nombre del progenitor (SEGUNDO PRE NOM-BRE) debiendo consignarse como: CIRILO quedando sus prenombres como: PEDRO CIRILO.Lo que se hace de conocimiento Público a fin de que las personas que resulten perjudicadas por la rectificación, puedan formular oposición dentro de los 15 días siguientes a la publicación, conforme al Art. 74 del D.S.015-98- PCM ante esta Municipalidad.Lo que se da cumplimiento al Art. 73 del D.S.015-98-PCM, para sus fines.Santiago, 16 de Mayo del 2016Mary López FabreRegistrador civil1V-18-V-16B/V 39143

EDICTO JUDICIAL

CAMBIO DE APELLIDO PATERNOExpediente N°: 13-2016-CIAnte el Juzgado Mixto de Chumbivilcas, bajo la dirección de la SeñoritaJuez NORMA PALOMINO PAREDES Y la actuación del Secretario JudicialErick Lovaton Herrero, se ha dispuesto la publicación por edictos lo siguiente: Que FREDY MA-MANI TOLEDO viene solicitando el cambio de sus apellidos paterno “MAMANI” al de “TOLEDO”, y materno “TOLEDO” a“PINEDA” debiendo de quedar como “FREDY TOLEDO PINEDA” por lo que, se pone en conoci-miento conforme corresponde, Lo que se publica para los fines pertinentes,Santo Tomas, dieciséis de mayo del 20161V-18-V-16B/V 39140

AVISO

Ante mi despacho Notarial, ubicado en el Jr. Bolivar Nro. 741, del distrito yprovincia de Calca, departamento de Cusco; se hizo presente la Sra. MARIA ANTONIETA CU-SIHUAMAN OCHOA, con DNI Nro. 24465466; solicitando la rectificación de su partida de na-cimiento, en la que se ha omitido en consignar el primer prenombre y el segundo apellido del padre de la titular de la partida en cuestión; consignándose: GREGORIO CUSIHUAMAN; siendo lo correcto: MARIO GREGORIO CUSIHUAMAN ILLANES; por ende el nombre completo y co-rrecto del padre de la titular de la partida de nacimiento es MARIO GREGORIO CUSIHUAMAN ILLANES.-Lo que hago de conocimiento público para los fines de ley.--- Calca, 17 de Mayo de 2,016

WILLIAM L.SARAVIA PALOMINONotario de Calca.1V-18-V-16B/V 39139

AVISO

Ante mi despacho Notarial, ubicado en el Jr. Bolívar Nro. 741, del distrito yprovincia de Calca, departamento de Cusco; se hizo presente la Sra. MARIA ANTONIETA CU-SIHUAMAN OCHOA, con DNI Nro. 24465466; solicitando la rectificación del acta de defunción de su sr. padre, donde se ha omitido consignar el primer prenombre del Q.E.V.F. Sr. MARIO GREGORIO CUSIHUAMAN ILLANES; consignándose: GREGORIO CUSIHUAMAN ILLANES; siendo lo correcto: MARIO GREGORIO CUSIHUAMAN ILLANES; todo ello de conformidad a la partida de nacimiento del causante.--- Lo que hago de conocimiento público para los fines de ley.--- Calca, 17 de Mayo de 2,016.WILLIAM L.SARAVIA PALOMINONotario de Calca.1V-18-V-16B/V 39139

AVISO

Ante mi despacho Notarial, ubicado en el Jr. Bolívar Nro. 741, del distrito yprovincia de Calca, departamento de Cusco; se hizo presente la Sra. FELICITAS CUSIHUAMAN OCHOA, con DNI Nro. 24985366; solicitando la rectificación de su partida de nacimiento, en la que se ha omitido en consignar el primer prenombre y el segundo apellido del padre de la titular de la partida en cuestión; consignándose: GREGORIO CUSIHUAMAN; siendo lo correcto: MA-RIO GREGORIO CUSIHUAMAN ILLANES; por ende el nombre completo y correcto del padre de la titular de la partida de nacimiento es MARIO GREGORIO CUSIHUAMAN ILLANES.- Lo que hago de conocimiento público para los fines de ley.--- Calca, 17 de Mayo de 2,016.WILLIAM L.SARAVIA PALOMINONotario de Calca.1V-18-V-16B/V 39139

SUCESIÓN INTESTADA

ANTE LA NOTARÍA DEL DR. NÉSTOR AVENDAÑO GARCIA, SITA EN LA CALLE200 ESTA CIUDAD, EL SEÑOR:FAVIO POMALAZA FERNANDEZ, SOLICITA LA SUCESION INTESTADA, DE QUIEN EN VIDA FUE: FRANCISCO POMALAZA CRISOSTOMO, FALLECI-DO EN ESTA CIUDAD, EL DÍA 08 DE DICIEMBRE DE 1980, Y HABIENDO SIDO SU ÚLTIMO DOMICILIO EN ESTA CIUDAD DELCUSCO. SE COMUNICA A FIN DE QUE LOS QUE TEN-GAN VOCACIÓN HEREDITARIA; HAGA USO DE SU DERECHO DENTRO DEL TERMINO DE LEY.CUSCO, 14 DE MAYO DEL 2016.1V-18-V-16B/V 39137

EDICTO JUDICIAL

Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Urcos, que despacha la señora Juez Dra. Marina Hilares Villegas y bajo la actuación de la secretaria judicial Delia Aragón Farfán, se tramita el Expediente Nro. 87-2016 seguida por FRANZ LUYCHO GARCIA sobre SUCESION INTESTADA de quién en vida fuera su madre FLORENTINA GARCIA ESPINOZA quién falleció en fecha 03 de abril de 1998 sin haber dejado testamento, siendo su último domicilio en la calle Manco Capac S/N del distrito de Lucre de la provincia de Quispicanchi, departamento del Cusco a fin de que se declare como herederos únicos y universales al recurrente FRANZ LUYCHO GARCIA y A SUS HERMANAS SANDRA LUYCHO GARCIA y DINA LUYCHO GARCIA, Se efectúa la presente publicación a fin de que las personas que tengan vocación hereditaria en el presente hagan valer su derecho conforme a ley. Urcos, 16 de mayo del 2016.1V-18-V-16B/V 39138

EDICTO JUDICIAL

Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Quispicanchi, que despacha la señora Juez Dra. Marina Hilares Villegas y bajo la actuación de la secretaria judicial Delia Aragón Farfán, se tramita el Expediente Nro. 63-2016 seguida por NICOLASA ARREDONDO DUEÑAS sobre SUCESION INTESTADA de quién en vida fue CASIMIRO ARREDONDOBERRIO, quién falleció el 07 de noviembre del 2001 siendo su último domicilio real en la loca-lidad de Huambutio, de la provincia de Quispicanchi, departamento del Cusco a fin de que se declare como heredera a su cónyuge supérstite Placida Dueñas Sullca conjuntamente que sus hijos Nicolasa Arredondo Dueñas, Sinforosa ArredondoDueñas, María Salome Arredondo Dueñas, Placida Arredondo Dueñas, Isabel Arredondo Due-ñas, Cristina Arredondo Dueñas, Juan David Arredondo Dueñas, Rosa Luz Arredondo Dueñas y Evelin Midua Arredondo Dueñas, se efectúa la presente publicación a fin de que las personas que tengan vocación hereditaria hagan valer su derecho conforme a ley.Urcos, 13 de mayo del 2016.1V-18-V-16B/V 39136

SUCESION INTESTADA

Ante mí, LUIS ALBERTO LIRA APAZA, Notario Público, con oficio notarial enProlongación Av. La Cultura O-12-8 del distrito de San Sebastián - Cusco, doña: JUDITH ZEGA-RRA FARFAN, solicita la Rectificación de su partida de nacimiento, donde en forma errónea se ha omitido consignar: el apellido materno de su progenitor y progenitora y el sello del registrador civil, siendo lo correcto el nombre de los padres: FORTUNATO ZEGARRA FARFAN y JULIA FARFAN ARIAS, lo que pongo en conocimiento conforme a ley.San Sebastián, 16 de Mayo de 2016.1V-18-V-16B/V 39135

EDICTO RECTIFICACION ADMINISTRATIVA

En la Oficina Registral de Cusco - RENIEC, con Solicitud S/N de fecha 25 de Setiembre del 2015, la recurrente JUANA EMPERATRIZ MORVELI FARFAN, titular de la Partida de Nacimien-to Nº 10C9372555, conforme lo establece la Directiva Nº DI 263-GRC/017, solicita Rectificación Administrativa del nombre de la madre de la titular del Acta, habiéndose consignado el nombre de la madre como VICTORIA FARFAN, siendo el nombre correcto de la madre VICTORIA TA-DEA FARFÁN GAMARRA. Por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Art. 73 del Decreto Supremo015-98-PCM, se realiza la presente publicación conforme a Ley.Cusco, 30 de setiembre del 2015.Maribel Centeno CardeñaJefe de la Oficina Registral Cusco - RENIEC1V-18-V-16B/V 39134

EDICTO PENAL

SEÑOR: Carlos Solis Pantigoso.El señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del cusco, Dr. Gilbert Arias Paullo, en el proceso N° 1475-2016-0-1001-JR-PE-02, seguido contra Carlos Solis Pantigoso, con DNI. 44676556, por el delito de Conducción en Estado de Ebriedad, en agravio de la Socie-dad bajo la actuación de la especialista Judicial Abog. Fiorella M. Miranda Yanquirimachi, se le

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Cusco, miércoles 18 de mayo de 20166ha dispuesto notificar con la Resolución N° 02 del 05/05/16, Resolución N° 01 del 02/05/2016 y el extracto del requerimiento fiscal del Proceso Inmediato, cuyo contenido es el siguiente:REQUERIMIENTO DEL PROCESO INMEDIATO.- El Fiscal Provincial de la Tercera Fiscalía Provincial Penal de Wanchaq cuarto despacho, formula PROCESO INMEDIATO contra CAR-LOS SOLIS PANTIGOSO como autor del delito contra la Seguridad Pública – Peligro común, en la modalidad de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la SOCIEDAD representada por el Ministerio Público, la Fiscalía ha tipificado en delito en el primer párrafo del Artículo 274° del Código Penal modificado por la Ley N° 29439. El Ministerio Público, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato.Resolución N° 01Cusco, 02 de mayoDel año dos mil dieciséis.DADO CUENTA: El requerimiento de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO que precede, y de conformidad a lo previsto en el Artículo 446° del Código Procesal Penal modificado por el Decreto Legislativo N° 1194, a todos los extremos del escrito que antecede SE DISPONE:CITAR a la audiencia única pública de incoación para determinar la procedencia del proceso inmediato para el DÍA DIEZ DE MAYO DEL DOS MIL DIECISÉIS A LAS ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS (hora exacta), en la SEGUNDA SALA de audiencias del Módulo Penal Central de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la Av. El Sol (Palacio de Justicia).RESOLUCIÓN N° 02Cusco, diez de mayo de añoDos mil dieciséisPor las consideraciones expuestas (registradas en audio) el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco RESUELVE:DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia de Incoación del Proceso Inmediato por falta de notificación debida al imputado Carlos Solis Pantigoso.Se dispone reprogramar la presente audiencia para verificarse el día VEINTITRES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS OCHO DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS, A VERIFICARSE EN LA Segunda Sala de audiencias del Módulo Penal, quedando debidamen-te notificados los presentes, subsistiendo los apercibimientos decretados en autos en caso de inconcurrencia.Disponiéndose la notificación debida conforme a ley con el contenido del requerimiento de In-coación del Proceso Inmediato, la Resolución N° 01así como el contenido de la presente acta al imputado Carlos Solis Pantigoso en su domicilio real sito en la A.P.V. Fedatac manzana C, lote 7 del distrito de San Sebastián, provincia y departamento del Cusco sin perjuicio de notificársele mediante edictos de ley, debiendo efectuar el extracto correspondiente por parte del especialista de causa.Cusco 11 de mayo del 2016.18-19-20/05/2016CPJ

EDICTO DE NOTIFICACIONExp. 69-2016-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Grani-lla Cora, seguido por Odette Marlit Ramos Dumas contra RolandoYonage Quibito; se ha dispuesto notificar al demandado con la siguiente:Resolución Nro. 01; Paucartambo, 22 de Abril del 2016: (...): ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia Física en agravio de ODETTE MARLlT YONAGE QUIBITO en contra de ROLANDO YONAGE QUIBITO. (oo.) ORDENAR al denunciado ROLAN-DO YONAGE QUIBITO ELCESE Y ABSTENCiÓN inmediata de toda agresión física, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de la agraviada ODETTE MARLlT YONAGE QUIBITO. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de alguna medida Cautelar, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día DIECISIETE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas OCHO DE LA MAÑANA (...) a realizarse en el Despacho del señor Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso .de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran.16-17-18/05/2016CPJ

EDICTO DE NOTIFICACIONExp. 83-2015-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Gra-nilla Cora, seguido por Bertha Chipana Rojas contra Carlos Alberto miranda Barreto; se ha dis-puesto notificar a las partes procesales con lo siguiente:Resolución Nro. 02; Paucartambo, 28 de Abril del 2016: (...): PROGRAMAR el verificativo de la AUDIENCIA UNICA para el día VEINTITRES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas ONCE DE LA MAÑANA (.. .), a llevarse a cabo en el Despacho de la juez del juzgado Mixto de Paucartambo, diligencia a la que deben asistir todas las partes procesales, bajo apercibimien-to de llevarse a cabo con la parte que concurra. y Resolución Nro. 01; Paucartambo, 19 de Agosto del 2015: (...):ADMITIR La demanda interpuesta por el señor REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR (Violencia Física), en contra de CARLOS ALBERTO MIRANDA en agravio de BERTHA CHIPANA ROJAS, debiendo substanciarse en la vía del PROCESO ÚNICO; en consecuencia CÓRRASE TRASLADO al demandado por el plazo improrrogable de CINCO DíAS HÁBILES para que absuelvan la demanda, bajo expreso aperci-bimiento de ser declarados rebeldes y continuar el proceso en su rebeldía16-17-18/05/2016CPJ

EDICTO DE NOTIFICACIONExp. 72-2016-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Gra-nilla Cora, seguido por Inés Cutipa Leonardo contra Tito Tejada Velasquez; se ha dispuesto notificar al demandado con la siguiente:Resolución Nro. 01; Paucartambo, 26 de Abril del 2016: (...): ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar (Violencia Psicológica) en agravio de INES CUTlPA lEONARDO en contra de TITO TEJADA VELASQUEZ. En virtud de dar protección inmediata a la presunta victima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado TITO TEJADA VELASQUEZ El CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Psicoló-gica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de la agraviada ODETTE MARLlT YONAGE QUIBITO. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de alguna medida Cautelar, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día DIECISIETE DE MAYO DEL AÑO DOS Mil DIECISEIS a horas ONCE DE lA MAÑANA (...) a realizarse en el Despacho del señor juez del juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Pau-cartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. H.S.16-17-18/05/2016CPJ

EDICTO DE NOTlFICACIONExp. 120-2014-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Gra-nilla Cora, seguido por Apolonia Mamani Lima contra Pedro Damiano Chua Condori; se ha dis-puesto notificar al demandado con la siguiente:Resolución Nro. 01; Paucartambo, 02 de Diciembre del 2014: (...): CORRER traslado de la nueva Demanda de Violencia Familiar al demandado PEDRO DAMIANO CHUA CONDORI, a fin de que cumpla con absolver el mismo dentro del termino del CINCO DIAS de notificado con la presente, bajo expreso apercibimiento de ser pasible de la efectivización de los apercibimientos dictados en la sentencia ya pro lada en su contra. Y Resolución Nro. 03; Paucartambo, 25 de Abril del 2016: PROGRAMAR el verificativo de la AUDIENCIA UNICA para el día VEINTITRES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas DIEZ DE LA MAÑANA (.

..), a llevarse a cabo en el Despacho de la Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo, diligencia a la que deben asistir todas las partes procesales, bajo apercibimiento de llevarse a cabo con la parte que concurra. H.S. 16-17-18/05/2016CPJ

EDICTO DE NOTIFICACIONExp. 98-2014-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Grani-lla Cora, seguido por Felicitas Quispe Puma contra Alejandro Yupanqui Huayta; se ha dispuesto notificar al demandado con la siguiente:Resolución Nro. 01; Paucartambo, 17 de Octubre del 2014: (...): ADMITIR La demanda inter-puesta por la señora REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO, sobre VIOLENCIA FA-MILIAR (Maltrato Físico y Psicológico), encontra de FELICITAS QUISPE PUMA en agravio de su conviviente ALEJ~NDRO ~YUPANQUI HUAYTA, debiendo substanciarse en la vía del PROCESO UNICO; en consecuencia CÓRRASE TRASLADO a la demandada por el plazo improrrogable de CINCO DíAS HÁBILES para que ab-suelva la demanda, con el conocimiento del Representante del Ministerio Publico, bajo expreso apercibimiento de ser declarada rebelde y continuar en proceso en su rebeldía. Y Resolución Nro. 06; Paucartambo, 29 de Abril del 2016: REPROGRAMAR el verificativo de la AUDIENCIA ÚNICA para el día VEINTICINCO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas OCHO DE LA MAÑANA (...) a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Mixto de Paucartambo, diligencia a la que deben asistir la partes procesales.16-17-18/05/2016CPJ

EDICTO DE NOTIFICACIONExp. 20-2015-FT, juzgado Mixto de Paucartambo, juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Felipe Choque Huanca en representación del menor de las iniciales G..CH.Y. contra Nerlinda Yapo Zamalloa; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente:Resolución Nro. 07; Paucartambo, 29 de abril del 2016: (...): Declarar REBELDE a la demandada NERLlNDA YAPO ZAMALLOA, debiendo continuar el proceso en su rebeldía. Siendo el estado del presente proceso dispone PROGRAMAR el verificativo de la AUDIENCIA ÚNICA para el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas DIEZ DE LA MAÑANA (...) a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del juzgado Mixto de Paucartambo, diligencia a la que deben asistir todas las partes procesales.16-17-18/05/2016CPJ

EDICTO DE NOTIFICACIONExp. 1 06-2015-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Gra-nilla Cora, seguido por Bacilia Castro Huaranca contra Valentin Pacco Quispe; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente:Resolución Nro. 02; Paucartambo, 28 de Abril del 2016: (...): PROGRAMAR el verificativo de la AUDIENCIA UNICA para el día VEINTITRES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas DOCE DEL MEDIO DIA (.. .), a llevarse a cabo en el Despacho de la Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo, diligencia a la que deben asistir todas las partes procesales, bajo apercibimiento de llevarse a cabo con la parte que concurra. Y Resolución Nro. 01; Paucartambo, 23 de Octu-bre del 2015: (...): ADMITIR La demanda interpuesta por el señor REPRESENTANTE DEL MI-NISTERIO PUBLICO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR (Violencia Física), en contra de VALENTIN PACCO QUISPE en agravio de BACILlA CASTRO HUARANCA, debiendo substanciarse en la vía del PROCESO ÚNICO; en consecuencia CÓRRASE TRASLADO al demandado por el plazo improrrogable de CINCO DíAS HÁBILES para que absuelva la demanda, bajo expreso apercibi-miento de ser declarado rebelde y continuar el proceso en su rebeldía.16-17-18/05/2016CPJ

EDICTO DE NOTIFICACIONExp. 15-2015-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Grani-lla Cora, seguido por Maura Quispe Samata contra Victor Luna Huanca; se ha dispuesto notificar al demandado con la siguiente:Resolución Nro. 01; Paucartambo, 26 de Enero del 2015: (...): ADMITIR La demanda interpuesta por MAURA QUISPE SAMATA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR (Maltrato Físico y psicológico), en contra de VICTOR LUNAHUANCA, debi~ndo substanciarse en la vía del PROCESO ÚNICO; en consecuencia CORRA-SE TRASLADO al demandado por el plazo improrrogable de CINCO DíAS HÁBILES para que absuelva la demanda, con el conocimiento del Representante del Ministerio Publico, bajo expre-so apercibimiento de ser declarado rebelde y continuar en proceso en su rebeldía. Y Resolución Nro. 04; Paucartambo, 25 de Abril del 2016: PROGRAMAR el verificativo de la AUDIENCIA UNI-CA para el día VEINTITRES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas NUEVE DE LA MAÑANA (.. .), a llevarse a cabo en el Despacho de la Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo, diligencia a la que deben asistir todas las partes procesales, bajo apercibimiento de llevarse a cabo con la parte que concurra. H.S. 16-17-18/05/2016CPJ

EDICTO DE NOTIFICACIONExp. 07-2014-FT, juzgado Mixto de Paucartambo, juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Paula Quispe Aslla contra jorge Pfuño Quispe; se ha dispuesto notificar al demandado con la siguiente:Resolución Nro. 12; Paucartambo, 25 de abril del 2016: (...): REPROGRAMAR el verificativo de la AUDIENCIA UNICA para el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas DOCE DEL MEDIO DIANA (...), diligencia a la que deben asistir todas las partes procesa-les, bajo apercibimiento de llevarse a cabo con la parte que concurra.16-17-18/05/2016CPJ

EDICTO DE NOTIFICACIONExp. 104-2015-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Gra-nilla Cora, seguido por Evarista Ccoyo Ccuno contra Fernando Ccoyo Kcoya; se ha dispuesto notificar al demandado con la siguiente:Resolución Nro. 04; Paucartambo, 29 de Abril del 2016: (oo.): SE RESUELVE: Dar por no pre-sentado el escrito de absol ución de demanda presentada por FERNANDO CCOYO KCOY A; en consecuencia, Declarar REBELDE al demandado FERNANDO CCOYO KCOYA, debiendo continuar el proceso en su rebeldía. Siendo el estado del presente proceso PROGRAMESE el verificativo de la AUDIENCIA ÚNICA para el día VEINTICINCO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas NUEVE DE LA MAÑANA (oo.) a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Mixto de Paucartambo, diligencia a la que deben asistir todas las partes procesales.16-17-18/05/2016CPJ

EDICTO DE NOTlFICACIONExp. 76-2015-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Gra-nilla Cora, seguido por Lucia Uxsa Samata contra Fidel Aico Kcuno; se ha dispuesto notificar al demandado con la siguiente:Resolución Nro. 01; Paucartambo, 05 de Agosto del 2015: (.. .): ADMITIR La demanda interpues-ta por el señor REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO, en contra de FIDEL AICO KCU-NO sobre VIOLENCIA FAMILIAR (Violencia Física Y,Psicológica), en agrav]o de LUCIA UXA SAMATA, de~iendo substanciarse en la la del PROCESO UNICO; en consecuencia CORRASE TRASLADO al demandado por el plazo improrrogable de CINCO DíAS HÁBILES para que ab-suelva la demanda, bajo expreso apercibimiento de ser declarado rebelde y continuar el proceso en su rebeldía. Y Resolución Nro. 05; Paucartambo, 28 de Abril del 2016: PROGRAMAR el verificativo de la AUDIENCIA UNICA para el día DIECIOCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas OCHO DE LA MAÑANA (.. .), a llevarse a cabo en el Despacho de la Juez

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Cusco, miércoles 18 de mayo de 2016 7del Juzgado Mixto de Paucartambo, diligencia a la que deben asistir todas las partes procesales, bajo apercibimiento de llevarse a cabo con la parte que concurra. H.S. 16-17-18/05/2016CPJ

EDICTO DE NOTIFICACIONExp. 93-2015-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Gra-nilla Cora, seguido por Leonarda Calcina Quispe contra juan Wilber Condori Ramos; se ha dis-puesto notificar al demandado con la siguiente:Resolución Nro. 07; Paucartambo, 29 de abril del 2016: (.. .): Declarar REBELDE al demandado JUAN WILBER CONDORI RAMOS, debiendo continuar el proceso en su rebeldía. Siendo el estado del presente proceso disponePROGRAMAR el verificativo de la AUDIENCIA ÚNICA para el día ,..VEINTICUATRO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas ONCE DE LAMAÑANA (...) a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Mixto dePaucartambo, diligencia a la que deben asistir todas las partes procesales.16-17-18/05/2016CPJ

EDICTO DE NOTIFICACIONExp. 70-2015-FT, juzgado Mixto de Paucartambo, juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Luisa Valdeiglesias Curasi contra jaime Valdeiglesias Curasi; se ha dispuesto notificar al demandado con la siguiente:Resolución Nro. 04; Paucartambo, 29 de abril del 2016: (...): Declarar REBELDE a la demandada HILDA PUMALLlCA HUAMAN, debiendo continuar el procesoen su rebeldía. Siendo el estado, del presente proceso dispone PROGRAMAR elverificativo de la AUDIENCIA UNICA para el día VEINTITRES DE MAYO DELAÑO DOS MIL DIECISEIS a horas OCHO DE LA MAÑANA (Fecha señalada de acuerdo a la agenda de programación de audiencias que maneja el juzgado y teniendo en cuenta el diligen-ciamiento de las cedulas de notificación dirigido al demandado) a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del juzgado Mixto de Paucartambo, diligencia a la que deben asistir todas las partes procesales. 16-17-18/05/2016CPJ

EDICTO DE NOTIFICACIONExp. 81-2015-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Gra-nilla Cora, seguido por Francisca Meza Hancco contra Jacinto Soncco Quispe; se ha dispuesto notificar al demandado con la siguiente:Resolución Nro. 05; Paucartambo, 29 de abril del 2016: (...): Declarar REBELDE al demandado JUAN WILBER CONDORI RAMOS, debiendo continuar el proceso en su rebeldía. Siendo el estado del presente proceso dispone .PROGRAMAR el verificativo de la AUDIENCIA UNICA para el día IVEINTICUATRO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas ONCE DE LAMAÑANA (...) a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Mixto dePaucartambo, diligencia a la que deben asistir todas las partes procesales.16-17-18/05/2016CPJ

EDICTO DE NOTIFICACIONExp. 94-2015-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Gra-nilla Cora, seguido por Elena Bautista Champi contra Percy Tapara Sanchez; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente:Resolución Nro. 02; Paucartambo, 29 de abril del 2016: (...): Declarar REBELDE al demandado PERCY TAPARA SANCHEZ, debiendo continuar el proceso en su rebeldía. Siendo el estado de~ presente proceso dispone PROGRAMAR el verificativo de la AUDIENCIA UNICA para el día VEINTICUATRO DE MAYO nDEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas NUEVE DE LA MAÑANA (...) a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Mixto de Paucartambo, diligencia a la que deben asistir todas las partes procesales.16-17-18/05/2016CPJ

EDICTO DE NOTIFICACIONExp. 73-2016-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Gra-nilla Cora, seguido por Alcianet Dominguez Valdivia contra Sandro Camacho Ninantay; se ha dispuesto notificar al demandado con la siguiente:Resolución Nro. 01; Paucartambo, 26 de Abril del 2016: (...): ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia Psicológica en agravio de AlCIANET DOMIN-GUEZ V AlDIVIA en contra de SANDRO CAMACHO NINANTAY.(...) ORDENAR al denunciado SANDRO CAMACHO NINANT A Y El CESE Y ABSTENCiÓN inmediata de toda agresión Psi-cológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; de-biendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de la agraviada AlCIANET DOMINGUEZ VAlDIVIA. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de alguna medida Cautelar, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día DIECISIETE DE MAYO DEL AÑO DOS Mil DIECISEIS a horas DOCE DEL MEDIO DIA (...) a realizarse en el Despacho del señor Juez del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Pau-cartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. H.S.16-17-18/05/2016CPJ

EDICTO PENALPROCESO PENAL Nro.270-2015-66PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LACONVENCIÓNJUEZ: CARLOS REINALDO HUAÑAC CONTRERASESPECIALISTA: DA YMA GABRIELA NA VIA CANALSE EMPLAZA A:_LUIS ALBERTO GUTIERREZ ROMANEn los seguidos contra de los investigados ARTURO PILLCO QUISPE, por la presunta comisión del DELITO CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA- DELITOSCOMETIDOS POR PARTICULARES, en la modalidad de VIOLENCIA Y RESISTENCIA ALA AUTORIDAD, sub tipo VIOLENCIA CONTRA LA AUTORIDAD PARA IMPEDIR EL EJECI-CIO DE US FUNCIONES EN SU FORMA AGRAVADA, delito previsto y sancionado por el artí-culo 3660 del Código Penal, en concordancia con el artículo 3670 inciso 3 del segundo parrafo del mismo cuerpo sustantivo penal, en agravio deL ESTADO REPRESENTADO POR LA PRO-CURADURIA PÚBLICA DE ASUNTOS JURIDICOS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR-POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ se ha dispuesto: NOTIFIQUES E al agraviado, con la Res. N° 01; en el siguiente tenor: 1. CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTI-LES, a efectos de que dentro del mismo puedan por escrito: formular oposición a la solicitud de archivo; de conformidad al numeral 22 del artículo 3450 del Código Procesal Penal, ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar para debatir los fundamentos del requerimiento de sobreseimiento a señalarse en su oportunidad.2. PRECISESE que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentran en custodia del Juzgado, para los fines pertinentes. 3. CITAR para el día DIEZ DE 1UNIO AÑO DOS MIL DIECISEIS a las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusa-ción en la SALA DE AUDIENCIAS del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de La Con-vención, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico de comunicar de tal hecho a su Superior. Debiendo precisarse que la fecha señalada obedece a la congestión de

audiencias del Juzgado. 4. NOTIFÍQUESE vía edicto al agraviado Luis Alberto Gutierrez Román y los demás con al presente resolución a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos.16-17-18/05/2016CPJ

EDICTO PENALAnte el Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención, que despacha el señor Juez Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista Jennifer Tupayachi Ayala, en el Expediente 00063-2016-0, seguido contra MARCO QUINTANILLA MUÑOZ, por el presunto delito de Omisión de Asistencia Familiar en agravio de menor V.F.Q.B, se ha dispuesto se efectúe la presente publicación notificando al imputado con las siguientes: Resolución Nro. 01 Quillabamba, once de marzo del dos mil dieciséis. DADO CUENTA con el requerimiento fiscal presentado por el representante del Ministerio Público, por considerar que las diligencias actua-das preliminarmente establecen suficientemente la realidad del delito y la intervención del impu-tado en su comisión, y conforme a lo previsto en el artículo 3500 del CPP; CÓRRASE TRASLA-DO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad o terminación anticipada), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8), proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) pro-poner acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusa-ción. PRECÍSESE que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan. DESÍGNESE abogado de oficio, para que asuma la defensa del imputado, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo su derecho de sustituido por abogado de su libre elección comunicándolo en forma inmediata al juzgado, para ello, se nQtificará al Coordinador de los De-fensores de Oficio en su sede institucional, adjuntando copia de la acusación, para que cumpla con lo ordenado, con el apersonamiento inmediato del abogado de oficio, bajo apercibimiento de tenerse por designado a él mismo. NOTIFÍQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada. Resolución Nro. 02 Quillabamba, veintiocho de marzo del dos mil dieciséis. Téngase por designado como abogado defensor del imputado Marco Quintanilla Muñoz al defensor públi-co abogada Hiancarla Margriet Dongo Esquivel, para los fines consiguientes de ley. 16-17-18/05/2016CPJ

EDICTO PENALPROCESO PENAL Nro. 508-2015-61PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LACONVENCIÓNJUEZ: CARLOS REINALDO HUAÑAC CONTRERASESPECIALISTA: DA YMA GABRIELA NA VIA CANALSE EMPLAZA A:RUBEN ROLANDO YABAR SALAS Y BASILIA USCAQUISPEEn los seguidos contra de los investigados RUBEN ROLANDO YABAR SALAS, por la presunta comisión del delito contra el patrimonio, en su modalidad de hurto, sub tipo Hurto Agravado, en grado de tentativa, previsto y sancionado en su tipo base por el articulo 185° del Código Penal y reprimido por el tipo especifico del segundo párrafo, numeral 1), del articulo 186° del Código Penal, concordado con lo dispuesto por el articulo 16° del Código Penal, en agravio de BASILIA USCA QUISPE, se ha dispuesto: NOTIFIQUESE al imputado y agraviada, con la Res. N° 01; en el siguiente tenor:1.- CÓRRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8), pro-poner los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación proba-toria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba; que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de ‘acusación. 11) El plazo de absolución de 10 días, se computará sin excusa alguna a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, con prescindencia de la varia-ción del abogado defensor del acusado no comunicada oportunamente al órgano jurisdiccional.2.- PRECISESE que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentran en el Despacho Fiscal, para los fines pertinentes.3.- CITAR para el día DOS DE AGOSTODEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A LAS OCHO HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la TERCERA SALA DE AUDIENCIAS del Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo apercibimiento en caso de in-concurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico de comunicar de tal hecho a su Superior. Debiendo precisarse que la fecha señalada obedece a la congestión de audiencias del Juzgado.4.- PRECÍCESE: 1). Que la representante del Ministerio Público deberá concurrir a la audiencia con la carpeta fiscal, 2). Que el desarrollo íntegro de la audiencia será grabado en audio; y 3). Que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos 1° Y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comu-nicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ.5.- PRECÍCESE además que la inasistencia injustificada del abogado defensor de la parte im-putada a la audiencia programada motivara que el operador judicial aplique lo dispuesto por el inciso 2 y 3 del artículo 85 del CPP modificado por Ley N° 300762.2 Articulo 85. Reemplazo del abogado defensor inasistente.6.- NOTIFÍQUESE al imputado con la presente resolución mediante EDICTO JUDICIAL para evitar nulidades posteriores y teniendo en cuenta que no ha sido ubicado el domicilio real del imputado, incluida a la parte agraviada.3. El juez o colegiado competente sanciona de conformidad con el articulo 292 de la Ley Orgá-nica del Poder Judicial, al defensor que injustificadamente no asiste a una diligencia a la que ha sido citado o que injustificadamente abandona la diligencia que se estuviere desarrollando”EDICTO JUDICIALJUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓNEXPEDIENTE: 00268-2013-28-1010-JR-PE-O1ACUSADOS: Javier Farfán Acostupa.DELITO : Omisión de Asistencia Familiar.AGRAVIADA: Menor de iniciales B.S.F.M, representado por su progenitora Silvia Mora Abal.JUEZ : MIGUEL ANGEL ARIZABAL ARRIAGA.ESPECIALISTA: jOSE CARLSO VIVANCO PEREZ.ESP. AUDlO : DIANA POZO GALLEGOS.Se CITA y EMPLAZA al acusado lA VIER F ARF AN ACOSTUP A. para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso penal que se le sigue por el delito de Hurto Agravado, proceso N°00268-2013-28-1010-JR-P-01, en agravio de la menor de iniciales B.S.F.M. Conforme se dispuso en la audiencia de fecha 12 de mayo del 2016 mediante resolución numero dos; y, quien deberá comparecer a la audiencia de juicio oral el día MARTES 12 DE IULIO DEL AÑO 2016. A HORAS DOS DE LA TARDE. en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 148 del Jirón Espinar del distrito de Santa Ana, provincia de la Convención, departamento de Cusco.Quillabamba, 12 de mayo de 201616-17-18/05/2016CPJ

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Cusco, miércoles 18 de mayo de 20168EDICTO PENAL

Se cita y emplaza a los IMPUTADOS GALDYS MONTALVO PAUCAR, TRIFON SANTOS PI-ÑARES ESPINOZA, HILADA MONTIVILLER V ASQUEZ, MARIO CONCEPCIÓN GUEV ARA P AUCARMA YT A, OLGA NINACO TERAN, MODESTO QUIÑÓNEZ CARRASCO, y ANET HUILLCA GUZMAN, WILBER GUEV ARA MELLADO, BENITO BRAVO FARFAN, ZENAIDA SEQUEIROS SALAS, ABRAHAM MANUEL SALAS CONDE, MARCO ANTONIO MAMANI CA-BRERA, VILMA BARRIENTOS AY ALA, FREDY MIRKO AMUDIO ZAPATA, JOSE MANUEL LUNA VILLAFUERTE, MARLENY POZO BARRIENTOS, MARCO ANTONIO ARAOZ GAMBOA, MERY ONTON PALIZA, JOSE CASTILLO DIAZ, WILBERT GONZALO ROQUE V ASQUEZ, ASUNCIÓN HUAMANRICRA LAURA, JORGE EDWIN MOLINA OROSCO, ALE X CURI LEON, DONATO YANQUE MARTINEZ, FORTUNATO ECHEV ARRIA CEV ALLOS, HEBERT P A YE LUNA, KROMER CARDENAS RUIZ, GABRIEL ARMANDO HUAMANI SALHUA, EVA BRIGI-DA CONDORI QUISPE, WILLIAM ALFARO ANAYA, SUSANA GONZALES GALLEGOS, PEPE HUILLAS LLOCLLA, P AUL EDW ARS LA TORRE ELORRIET A, A YNER ARONE CASTILLO GALINDO, EDGAR VEGA NEYRA, DINA FUENTES CACERES y JULIO CESAR ARIAS BRA-VO en el proceso 00199-2011-44, seguido contra GLADYS MONTALVO PAUCAR y OTROS, por el presunto delito de PECULADO DOLOSO, en agravio del Estado, para que asista a la audiencia de control de de requerimiento mixto y se defiendan de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día SEIS DE JULIO DEL DOS MIL DIECISÉIS A LAS DIEZ DE LA MAÑANA (10.00 A.M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr.Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba).Quillabamba, 11 de mayo del 2016.16-17-18/05/2016CPJ

EDICTO PENALSEÑOR: VICTOR DIAZ CUSILa señora Juez del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Luz Marina Merma Delgado, en el proceso Nro 0375-2012-36-1001-JR-PE-05, seguido contra Victor Diaz Cusi, por el delito de Lesiones Leves Por Violencia Familiar, en agravio de Hilda Paucar Mendo-za, bajo la actuación de la Especialista Judicial Abog. Gina Frisancho Parada, se ha dispuesto notificarle con el Requerimiento Fiscal de Revocatoria de Suspensión de la Pena y la Resolución NQ 08 del 17-06-2014 cuyo contenido es el siguiente:REOUERIMIENTO FISCAL.- El Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corpo-rativa de Cusco - Segundo Despacho de Investigación, señalandodomicilio procesal Calle Pedro Vilca Apaza 313 - 315 Wanchaq oficina N° 306, ante Usted me presento y expongo: Al amparo de !o dispuesto por el Artículo 59 del Código Penal y 488 del Código Procesal Penal, concordante con los Artículos 11 y 94 numeral 2 del Decreto Legislativo Nro. 052 - Ley Orgánica del Ministerio Publico, solicito SE REVOQUE PENA DEL IMPUTADO VICTOR DIAZ CUSI.FUNDAMENTOS DEL REQUEIMIENTO FISCAL DE REVOCATORIA.Que, en fecha 04 de julio del año 2014, el Segundo Juzgado Penal Unipersonal dispuso aprobar el acuerdo de conclusión anticipada del proceso CONDENANDO a VICTOR DIAZ CUSI, como autor del delito contra’ la Vida el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, subtipo Lesio-nes Leves Agravadas por Violencia Familiar, en agravio de Hilda Paucar Mendoza, imponiendo una pena de TRES ANOS Y SEIS MESES DE PENAL PRIVATIVA DE LIBERTAD SUPENDIDA EN SU EJECUCION POR EL PLAZO DE TRES ANOS, A PAGAR LA REP ARACION CIVIL CONFORME A LOS ACUERDOS AFIRMADOS, DONDE EL INCUMPLIMIENTO DE 01 CUOTA IMPLICARA EL INCUMPLIMIENTO DE ESTA REGLA DE CONDUCTA, ADE MAS A QUE SE ABSTENDRA DE AGREDIR A LA AGRAVIADA HILDA PAUCAR MENDOZA,’ NO COMETER NUEVO DELITO DOLOSO Y LA PROHIBICION DE INGERIR BEBIDAS ALCOHOLICAS. En el presente proceso se advierte que el sentenciado Victor Díaz Cusi no viene cumpliendo con las reglas de conducta impuestas por el Órgano Jurisdiccional, tales como el pago de la repa-ración civil que, pues dicho sentenciado debía de cumplir con el pago de la reparación civil, ascendiente a tres mil soles, monto dinerario que tenia que ser pagado en treinta cuotas de cien soles mensuales, pagos los cuales debían de realizarse el ultimo día hábil de cada mes, debiendo de comenzar las mismas en el mes de julio del 2014, sin embargo dicho sentenciado a la fecha no viene cumpliendo con abonar dichos montos dinerarios, es mas el dicho senten-ciado incumplió con la regla de no volver a agredir a la agraviada, tal y conforme se tiene de la denuncia presentada ante la Comisaría de San Jerónimo en fecha 28 de setiembre del año 2015, así como incumplir con acudir ante el Juez de Ejecución cada 30 días a informar y justificar de sus actividades y firmar el libro de control. Se precisa que el sentenciado Víctor Díaz Cusi no cumple el Mandato Judicial no obstante de que el Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria mediante resolución N° 08 de fecha 17 de junio del año 2014 le ha apercibido expresamente que cumpla las reglas de conducta y con el pago de la reparación civil, en consecuencia se advierte que el imputado no tiene interés en cumplir los alcances de la sentencia dictada en aplicación del proceso de Conclusión Anticipada. En ese orden de ideas cobra vigencia el artículo 59 del Código Penal y la jurisprudencia Penal del Tribunal Constitucional que textualmente prescribe lo siguiente: “El artículo 59 del Código Penal establece que, frente al incumplimiento de las normas de conducta impuestas, el Juez podrá, según sea el caso y conforme a sus atribuciones jurisdic-cionales, aplicar las alternativas señaladas en los siguientes incisos: 1) amonestar al infractor; 2) Prorrogar el periodo de suspensión hasta la mistad del plazo inicialmente fijado; en ningún caso la prorroga acumulada excederá de tres años y 3) REVOCAR LA SUPENSION DE LA PENA. ES DE RECORDAR QUE DICHA NORMA NO OBLIGA AL JUEZ A APLICAR LAS ALTERNATIVAS EN FORMA SUSCESIVA NI OBLIGATORIA PARA CADA CASO”Resolución Nro. 08, Cusco, 12/05/2014.- DADO CUENTA: (...) DISPONE: 1 Siendo su estado pasar los Autos a EJECUCIÓN DE SENTENCIA, ponerse en conocimiento de las partes que el expediente se encuentra en este Despacho Judicial, para su cumplimiento y fines consiguien-tes de ley, debiendo permanecer en la Unidad de Custodia y Grabación del Modulo Penal de Cusco, mientras dure la ejecución del mismo. 2. En ejecución de sentencia REQUIERASE al sentenciado VICTOR DÍAZ CUSI, a fin de que cumpla con las reglas de conducta impuestas en la sentencia, bajo expreso apercibimiento de aplicarse los apremios regulados por el artículo 59 del Código Penal. 3. REQUIERAS E al sentenciado para que cumpla con el pago de la suma de SI. 3.000.00 nuevos soles por concepto de reparación civil, la cual deberá ser pagada conforme a lo señalado en el numeral segundo de la presente resolución, sin perjuicio de ello requiérase al sentenciado VICTOR DÍAZ CUSI a fin de que dentro del plazo de tres días de notificado con la presente cumpla con señalar bienes libres embargables baio expreso apercibimiento en caso de incumplimiento de iniciarse la ejecución forzada a petición de la pacte procesal legitimada. 4. NOTIFIQUES E a VÍCTOR DÍAZ CUSI con la presente resolución en su domicilio real y procesal que aparece de autos, para los fines legales consiguientes. Encomendando su tramitación a la especialista que da cuenta por disposición Superior. H.S., (u.) Lo que notifico a Usted, Media Finna del Señor Juez Dra. Agripina Usca Caviedes, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe.Cusco, 12 de Mayo del 2016.TERCER JUZGADO DEINVESTIGACIÓN PREPARATORIA DETAMBOPATATERCER JUZGADO PENAL INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DETAMBOPATAEXPEDIENTE 345-2016-0-2701-JR-PE-03JUEZ : EDGAR LEON QUISPEESPECIALISTA JUDICIAL. : KATHERIN B. VILLAFUERTE CABRERA NUMERO DE RESOLU-CIÓN: 04 de fecha 03 de mayo de 2016. SE CITA al investigado GUILLERMO HUAMANI QUISPE, por la presunta comisión del Delito Contra la Familia en la modalidad de omisión de asistencia familiar en agravio de sus menores hijos representados por su progenitora Felicitas Chirinos Ochoa, para el DíA 02 DE JUNIO DEL 2016. A LAS 07:30 MINUTOS DE LA MAÑANA [hora exacta para la realización de la AUDIEN-CIA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, la que se llevará a cabo en la Tercera Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, sito en la avenida Ernesto Rivero W 722 de esta ciudad.

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EDICTO JUDICIAL MEDIDAS DE PROTECCION VIOLENCIA FAMILIARAL DENUNCIADO: DARWIN PINTO ARAGON.En el proceso N° 00586-2016-0-1018-JM-FT-02, seguido en su contra, sobre CESE DE ACTOS DE VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de YOV ANA PUMA SANCHEZ, que se tramita en el Se-gundo Juzgado Mixto del Módulo de Justicia de Santiago - Cusco, Judicado por el doctor López Trelles y la actuación del Secretario Judicial Cabana Zuvileta, se ha dispuesto notificarle con un extracto del ACTA DE MEDIDAS DE PROTECCION, cuyo tenor es el siguiente:H(...) Fecha. Santiago, 30 de marzo de 2016 (...) Resolución N° 04. AUTOS Y VISTOS: (...) Por cuyos fundamentos: (...)Se establecen las siguientes medidas cautelares de protección a favor de la agraviada Yovana Puma Sánchez que deben ser cumplidas por el denunciado Darwin Pinto Aragón:1.- Cese de todo acto de violencia física y psicológica por parte de Darwin Pinto Aragón hacia la agraviada, bajo apercibimiento de ordenarse su detención por veinticuatro horas, previa eva-luación física y/o psicológica.2.- Prohibición de acercamiento a la agraviada tanto en su domicilio como en lugares públicos, en caso de incumplimiento, bajo apercibiendo de detención por 24 horas.3.- Terapia psicológica que recibirá la agraviada y el denunciado en el centro de salud de Be-lenpampa.4.- Fórmese cuaderno con las copias certificadas de los actuados y la presente acta para la ejecución respectiva.5.- REMITASE los actuados del presente proceso al Juzgado de Paz Letrado de Santiago. Leída que fue la presente resolución la parte manifiesta su conformidad.Notifíquese con la presente acta al denunciado en su domicilio señalado en autos.Con lo que concluyo la presente diligencia firmando los presentes después que lo hizo el señor Juez, de lo que doy fe.(...)”Lo que se le notifica, por tres veces consecutivas, para los fines de ley.Santiago, 10 de mayo de 2016.16-17-18/05/2016CPJ

EDICTO PENALEXPEDIENTE PENAL: N° 0424-2010-0-1001-SP-PE-02SALA PENAL UQUIDADORA TRANSITORIA DEL CUSCOSecretario: Y ohanna Gallegos PaucarSe cita, emplaza al acusado EDUARDO ENRIQUE FLORES CRUZADO, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso que se le sigue por el delito específico de robo agravado, en agravio de Consettur Machupicchu S.A.C.Cusca, 10 de mayo del 201 6AVISO JUDICIALEN LA INVESTIGACION TUTELAR Nro 00690 - 2016JUEZ MENDOZA ZEGARRA, DEL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILlA- CUSCO.En los seguidos a favor del menor N.N. ROMARIO sobre ABANDONO MORAL YMATERIAL se ha dispuesto la NOTIFICACION a LOS PROGENITO-RES Y/ORESPONSABLES DEL MENCIONADO MENOR, con la sentencia Resolución Nro. 03 Cusco, primero de abril del dos mil dieciseis. ANTECEDENTES... FUNDAMENTOS DE LA DECISION ...DECISION : SE DECLARA EL ESTADO DE ABANDONO MORAL Y MATERIAL del menor N.N.ROMARIO ... Se dispone la extinción de la patria potestad de los padres biológicos.. .se mantenga la medida de protección dictada en favor del menor tutelado ,hasta quesea promovido en adopción o cumpla la mayoría de edad . . . se dispone la inscripción en los Registros corres-pondientes de la Municipalidad Provincial del Cusco ... con el nombre de ROMARIO GONZA PERALT A ... se notifique la sentencia conforme a ley... T.R.y H.5. Firmado Mendoza Zegarra. Firmado Luza Pezo Seco Judicial. - Resolución 06 .- Cusco , once de mayo del dos mil dieciseis .- ... se dispone: notificar a los aprogenitores yo responsables del menor N.N.ROMARIO , con la Resolución Nro.03 mediante edictos judiclaes, que se efectuará en el portal Web Oficiala del Poder Judiciales y en el Diario de mayor circulación, encomendándose para cuyo efecto al Jefe de Servicios judiciales y recaudación de la Corte Superior de Justicia de Cusco Firmado Luza Pezo Sec- Jud. Lo que notifico a Uds., para los fines consiguientes de ley . 3v.Cusco, 12 de mayo del I 2016.. Rolp.16-17-18/05/2016CPJ

AVISO JUDICIALEN LA INVESTIGACION TUTELAR Nro 00690 - 2016JUEZ MENDOZA ZEGARRA, DEL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILlA- CUSCO.En los seguidos a favor del menor N.N. ROMARIO sobre ABANDONO MORAL YMATERIAL se ha dispuesto la NOTIFICACION a LOS PROGENITORES Y/O RESPONSABLES DEL MENCIONADO MENOR, con la sentencia Resolución Nro. 03 Cusco, primero de abril del dos mil dieciseis. ANTECEDENTES... FUNDAMENTOS DE LA DECISION ... DECISION : SE DECLARA EL ESTADO DE ABANDONO MORAL Y MATERIAL del menor N.N.ROMARIO ... Se dispone la extinción de la patria potestad de los padres biológicos.. .se mantenga la medida de protección dictada en favor del menor tutelado, hasta c¡uesea promovido en adopción o cumpla la mayoría de edad se dispone la inscripción en los Registros correspondientes de la Municipa-lidad Provincial del Cusco ... con el nombre de ROMARIO GONZA PERAL T A ... se notific¡ue la sentencia conforme a ley... T.R.y H.5. Firmado Mendoza Zegarra. Firmado Luza Pezo Seco Judicial. – Resolución 06 .- Cusco ,once de mayo del dos mil dieciseis .- ... se dispone: notificar a los aprogenitores y o responsables del menor N.N.ROMARIO , con la Resolución Nro.03 me-diante edictos judiciales, c¡ue se efectuará en el portal Web Oficial a del Poder Judiciales y en el Diario de mayor circulación, encomendándose para cuyo efecto al Jefe de Servicios judiciales y recaudación de la Corte Superior de Justicia de Cusco Firmado Luza Pezo Sec- Jud. Lo c¡ue notifico a Uds., para los fines consiguientes de ley . 3v.Cusco, 12 de mayo del I 2016.. Rolp.16-17-18/05/2016CPJ

EDICTO PENALSEÑOR: WILBERT JOSE MORALES TORREJONEl Señor Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria DR Miguel Wesly Astete Reyes, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Ananid Milagros Carbajal García, ha dispuesto se notifique al imputado Wilbert José Morales Torrejón con la resolución N° 01 del 21/12/15 dictada en el proceso Nro. 2970-20l5-6l-l00l-JR-PE-O1 y resolución Nro 03 de fecha 04/04/2016.REQUERIMIENTO de PRISION PREVENTIVA en contra de Wilbert Jose Morales Torrejon so-bre Feminicidio, en agravio de Q.V.F Lucia Ramos deBalderrama;resolución cuyo tenor es el siguiente:RESOLUCIÓN NRO. 01 Cusco, veintiuno de Diciembre Del año dos mil quince. l. PARTE EXPOSITIVAEl Fiscal Adjunto Provincial Penal del Tercer Despacho de Investigación de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco, ha comunicado al juzgado su disposición de Investi-gación Preparatoria en fecha quince de Diciembre del año dos mil quince, y ha requerido en la misma fecha la imposición de la medida coercitiva de prisión preventiva contra el imputado WILBERT JOSE MORALES TORREJON.11. PARTE CONSIDERATIVA 1. El artículo 271.1 ° del CPP prescribe que el Juez de la Investigación Preparatoria, dentro de las 48 horas siguientes al requerimiento del Ministerio Público, realizará la audiencia para determinar la procedencia de la prisión preventiva. La audiencia se celebrará con la concurrencia obligatoria del Fiscal, del imputado y su defensor. El defensor del imputado que no asista será reemplazado por el defensor de oficio. 2. El artículo 2.24.b. de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo 271.1° del CPP, permite que el imputado sujeto a detención preliminar, continúe con la restricción de su

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Cusco, miércoles 18 de mayo de 2016 9libertad a las resultas de la audiencia de prisión preventiva, la misma que inexorablemente debe realizarse dentro del plazo de 48 horas del requerimiento fiscal, bajo responsabilidad. 3. El artículo 139.4° de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo 1.1° del Titulo Preliminar del CPP, garantiza la publicidad de los procesos, máxime en una audiencia de prisión preventiva por la trascendencia del derecho a la libertad individual objeto de discusión, lacual debe desarrollarse con las máximas garantías de publicidad queposibiliten una decisión dotada de transparencia, legitimidad y justicia al permitir el control ciuda-dano con su sola presencia en la audiencia en la medida que “la potestad de administrar justicia emana del pueblo”, como lo reconoce el 138° de la norma suprema; máxime si las restricciones a la publicidad están diseñadas específicamente para la etapa del juicio e incluso en forma dis-crecional por el juez que dirige la audiencia según el artículo 357° del CPP.16-17-18/05/2016CPJ

EDICTO PENALEXPEDIENTE: Nro. : 1932 -2012SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO DE CUSCO SECRETARIA: Fortunata Mamani Maita.Se cita y emplaza a el acusado: JAVIER CANO HUAMANPara que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le atribuye por la comisión del delito Uso de documento privado falso en agravio de Eco Andes Adventures SRL representado por Yeshica Bombilla Mendoza. RES. N° 6. del 11 de mayo del 2016: Vistos y Considerando: (oo.) En tal virtud: 10 DÉJESE SIN EFECTO sólo la fecha y hora convocada mediante resolución uno, para la audiencia de juicio oral del día dieciséis de Mayo del dos mil dieciséis a horas diez en la décima Sala Pena del Módulo Penal. r RE PROGRÁMESE la Audiencia de Juicio Oral a verificarse el día VEINTISÉIS DE JULIO DEL DOS MIL DIECISÉIS a HORAS NUEVE en la SALA ONCE del MODULO PENAL ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia; quedado subsistente los apremios dictados en la resolución número uno del veintitrés de septiembre del dos mil quince (bajo apercibimiento de declarársele REO CONTUMAZ en caso de inconcurren-cia a la audiencia convocada). H.S. Cusca, 12 de Mayo del 2016.E~IALlSTA JUDICIAL DE JUZGADO Corte Sup4wior de Juma de Cusca PODER JUDICIAL16-17-18/05/2016CPJ

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE URUBAMBA EDICTO PENALEXPEDIENTE: 00061.2016.27.1015.JR.PE.01JUEZ: JENRRY ENCISO LOVATONESPECIALISTA: OMAR LUIYI SUAREZ LIPAEL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACiÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE URUBAMBA - CUSCO EMITE:RESOLUCiÓN Nro. 04VISTO, OíDOS Y CONSIDERANDO: Queda grabado en el registró en audio.PARTE RESOLUTIVA: Por estos fundamentos, se resuelve DECLARAR FRUSTRADA la pre-sente audiencia, por no haberse notificado validamente al procesado Carlos Iturriaga Atausinchi. SE DISPONE notificar el procesado Carlos Iturriaga Atausinchi, mediante edictos. RE PROGRÁ-MESE la audiencia de incoación de proceso inmediato, tomándose en cuenta la agenda del Juz-gado, por lo que, se señala fecha el VEINTITRÉS DE MAYO DEL DOS MIL DIECISÉIS a horas DOCE DEL MEDIO DlA, audiencia a verificarse en el local del Juzgado de Investigación Prepa-ratoria de Urubamba, sito en Calle Comercio sIn, quedando notificados con la fecha y hora antes indicada los asistentes a esta sesión, subsistiendo los apercibimientos decretados en autosUrubamba, 22 de abril del 2016.16-17-18/05/2016CPJ

NOTIFICACION VIA EDICTOA LA PERSONA DE ISAAC BERRIO GARCÍAAnte el Segundo Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Cusco, a cargo de la señora Juez Dra. Erika Nuñez Orihuela, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Fortunata Mamani Maita, se viene tramitando el Proceso Penal N° 001487-2014-22 1001-JR-PE-01, seguido contra

ISAAC BERRIO GARCÍA por la comisión del delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, subtipo LESIONES LEVES en agravio de SABINO CAMERO LETONA, de donde se tiene que por S, dictado en audiencia pública del catorce de abril del dos mil die-ciséis, se ha dispuesto que al acusado ISAAC BERRIO GARCíA se notifique vía edicto judicial, a efecto de que el día DIECIOCHO DE MAYO DEL DOS MIL DIECISÉIS A HORAS ONCE DE LA MAÑANA concurra a la AUDIENCIA PUBLICA a verificarse en la CUARTA SALA DE AU-DIENCIAS DE ESTA SEDE JUDICIAL, quedando vigente los apremios de ley, entre otros: bajo apercibimiento de declararse CONTUMAZ y disponer su captura a nivel nacional del acusado Isaac Berrio García en caso de no concurrir a la audiencia.Cusco. 10 de Mavo del 201616-17-18/05/2016CPJ

EDICTO PENALSEÑOR: Carlos Solis Pantigoso.El señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del cusco, Dr. Gilbert Arias Paullo, en el proceso N° 1475-2016-0-1001-JR-PE-02, seguido contra Carlos Solis Pantigoso, con DNI. 44676556, por el delito de Conducción en Estado de Ebriedad, en agravio de la Socie-dad bajo la actuación de la especialista Judicial Abog. Fiorella M. Miranda Yanquirimachi, se le ha dispuesto notificar con la Resolución N° 02 del 05/05/16, Resolución N° 01 del 02/05/2016 y el extracto del requerimiento fiscal del Proceso Inmediato, cuyo contenido es el siguiente:REQUERIMIENTO DEL PROCESO INMEDIATO.- El Fiscal Provincial de la Tercera Fiscalía Provincial Penal de Wanchaq cuarto despacho, formula PROCESO INMEDIATO contra CAR-LOS SOLIS PANTIGOSO como autor del delito contra la Seguridad Pública – Peligro común, en la modalidad de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la SOCIEDAD representada por el Ministerio Público, la Fiscalía ha tipificado en delito en el primer párrafo del Artículo 274° del Código Penal modificado por la Ley N° 29439. El Ministerio Público, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato.Resolución N° 01Cusco, 02 de mayoDel año dos mil dieciséis.DADO CUENTA: El requerimiento de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO que precede, y de conformidad a lo previsto en el Artículo 446° del Código Procesal Penal modificado por el Decreto Legislativo N° 1194, a todos los extremos del escrito que antecede SE DISPONE:CITAR a la audiencia única pública de incoación para determinar la procedencia del proceso inmediato para el DÍA DIEZ DE MAYO DEL DOS MIL DIECISÉIS A LAS ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS (hora exacta), en la SEGUNDA SALA de audiencias del Módulo Penal Central de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la Av. El Sol (Palacio de Justicia).RESOLUCIÓN N° 02Cusco, diez de mayo de añoDos mil dieciséisPor las consideraciones expuestas (registradas en audio) el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco RESUELVE:DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia de Incoación del Proceso Inmediato por falta de notificación debida al imputado Carlos Solis Pantigoso.Se dispone reprogramar la presente audiencia para verificarse el día VEINTITRES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS OCHO DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS, A VERIFICARSE EN LA Segunda Sala de audiencias del Módulo Penal, quedando debidamen-te notificados los presentes, subsistiendo los apercibimientos decretados en autos en caso de inconcurrencia.Disponiéndose la notificación debida conforme a ley con el contenido del requerimiento de In-coación del Proceso Inmediato, la Resolución N° 01así como el contenido de la presente acta al imputado Carlos Solis Pantigoso en su domicilio real sito en la A.P.V. Fedatac manzana C, lote 7 del distrito de San Sebastián, provincia y departamento del Cusco sin perjuicio de notificársele mediante edictos de ley, debiendo efectuar el extracto correspondiente por parte del especialista de causa.Cusco 11 de mayo del 2016.18-19-20/05/2016CPJ

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Cusco, miércoles 18 de mayo de 201610CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO

SALA MIXTA PENAL LIQUIDADORA Y SALA PENAL DE APELACIONES DE SICUANI - CANCHIS.

TABLA SEMANAL DE VISTA DE CAUSAS Y AUDIENCIAS

HORA EXPEDIENTEEXPEDIENTEEXPEDIENTEEXPEDIENTE MATERIA IMPUTADO

DEMANDADO

DELITO

PRETENCIÓN

AGRAVIADO

DEMANDANTE

ACTO

PROCESAL

REO JUEZ DIRECTOR

L U N E S 16 D E M A Y O D E 2 0 1 6TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS CON EL N.C.P.P.

09:30 10:30 11:30 12:00

342-2014-PE 77-2014-49-PE 29-2016-PE 203-2015-PE

Penal Penal Penal Penal

Neil Mayta Yana Antonio Cruz Arosquipa Alicia Gutierrez Fernandez Nelly Paullo Pozo

Microcomerc de Drogas Daño Agravado Lesiones Graves Daños

El Estado Ferrocarril Andino S.A. Leonarda Quispe Ulhua Tomasa Vargas Castro

Aud Apel de Auto Aud Apel de Auto Aud Apel de Auto Aud Apel de Sent

Libre Libre Libre Libre

Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles

M A R T E S 17 D E M A Y O D E 2 0 1 6TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS CON EL N.C.P.P.

08:30 09:30 10:00 10:30 11:30 14:30

126-2013-86-P 93-2015-60-PE 123-2014-35-P 65-2016-27-PE 93-2014-43-PE 283-2013-58-P

Penal Penal Penal Penal Penal Penal

Raul Benegas Coaguila Sabino Maldonado Erazo Justina Callo Quispe y otros Mario Soncco Champi Lucio Aroni Ccasa Pascuala Armas Cuba y otros

Contrabando Contrabando Robo Agravado Omis Asistencia Famil Homicidio Culposo Homicidio Simple

SUNAT - ADUANAS SUNAT - ADUANAS Victor Bombilla Luna Menor de Iniciales SSE QEVF Asunta Campos C. QEVF Emlio Aguirre Leòn

Aud Apel de Auto Aud Apel de Auto Aud Apel de Auto Aud Apel de Auto Aud Apel de Auto Cont Aud de Apel

Libre Libre Libre Libre Libre Libre

Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles

M I E R C O L E S 18 D E M A Y O D E 2 0 1 6TABLA DE AUDIENCIAS DE VISTA DE CAUSAS EN DIVERSAS MATERIAS

10:00 10:10 10:20 10:25 10:30

314-2015-LA 288-2015-LA 310-2015-LA 236-2015-LA 239-2015-CI

Laboral Laboral Laboral Laboral Civil

UGEL Canchis UGEL Canchis UGEL Canchis UGEL Canchis Roger Caceres Alvarez

Contencioso Administr Contencioso Administr Contencioso Administr Contencioso Administr Oblig Dar Suma Dinero

Avelino Corrales Roman Julia Vega Monge Vilma Caballero Medrano Eloy Roman Caballero y/o Caja Municipal Cusco

Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa Vista de la Causa

Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles

J U E V E S 19 D E M A Y O D E 2 0 1 6TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS CON EL N.C.P.P.

08:30 09:30 10:30 11:30 12:30

47-2016-54-PE 16-2016-PE 215-2015-PE 12-2016-PE 159-2013-43-P

Penal Penal Penal Penal Penal

Eloy Huisa Quispe Walter Huaman Chaucca Narciso Humiyauri Cuyo Evangelina Apfata Llamocca Vicente Mamani Mamani

Violaciòn Sexual Homicidio Simple Violaciòn Sexual Usurpaciòn Agravada Violaciòn Sexual

Menor de Iniciales GVDM Oswaldo Huamani Salcedo Menor de Iniciales BUA Juana Alferez Ninaquispe Menor de Iniciales TMEP

Aud Apel de Auto Aud Apel de Sent Aud Apel de Sent Aud Apel de Sent Aud Apel de Sent

Libre Libre Libre Libre Libre

Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles

V I E R N E S 20 D E M A Y O D E 2 0 1 6TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS EN LIQUIDACIÓN

08:30 5119-2008-PE Penal Echevarria Bernales Carlos Peculado El Estado Peruano Continuaciòn Libre Meza- Alvarez-Trelles TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS CON EL N.C.P.P.

10:00 11:00 11:30

259-2014-47-P 259-2014-73-P 223-2014-27-P

Penal Penal Penal

Erick Vilchez Ordoñez Ricardo Yuri Cornejo Sanchez Hector Diaz Ccasa

Const Actor Civil Colusiòn Agravada Resist a la Autoridad

Municip Prov de Canchis El Estado Hugo Ramirez Tasayco

Aud Apel de Auto Aud Apel de Auto Aud Apel de Auto

Libre Libre Libre

Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles Meza- Alvarez-Trelles

Jueces Superiores: Dres. Dina Meza Monge, Liberata Sonia Alvarez Mendoza y Efraín Trelles Sulla.

Fiscal Superior: Dr. Efraín Quesada Velez.

DINA MEZA MONGE RAUL GUTIERREZ OCHOA RESIDENTA DE SALA SECRETARIO DE SALA

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Cusco, miércoles 18 de mayo de 2016 13

Aplicación de la Ley que regula el Proceso Inmediato

en casos de Flagrancia

19Hora: 4:00 p.m.

Lugar:

Dra. Dina Meza Monge Dr. Efraín Trelles SullaDra. Sonia Liberata Álvarez MendozaIntegrantes de la Sala Superior Descentralizada de Canchis - Sicuani

Jueves

mayo

Sede Judicial de Canchis - Sicuani

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

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CORTE SUPERIOR DE

JUSTICIA DEL CUSCO

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Seminario Taller:

DIRIGIDO A: MAGISTRADOS, SERVIDORES JUDICIALES

Y OPERADORES DE JUSTICIA

Expositor:

Panelistas:

Dr. Luis Alfonso Sarmiento Núñez, Presidente de la Sala Penal de Apelaciones de Cusco

Organiza:

COMISIÓN DE CAPACITACIÓN DE MAGISTRADOS

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