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ALCALDIA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. AMI3IEVIE Juse Ce.strne Mutis JARDIN BOTANICO DE BOGOTA JOSE CELESTINO MUTIS RESOLUCION No. 160 21 DE MAYO DE 2015 POR LA CUAL SE DELEGAN EN EL (LA) SECRETARIO (A) GENERAL Y DE CONTROL DISCIPLINARIO, LA (EL) ASESORA (R) DE PLANEACION Y LOS (LAS) SUBDIRECTORES (AS) DEL JARDÍN BOTÁNICO DE BOGOTA JOSE CELESTINO MUTIS LAS FUNCIONES RELACIONADAS CON LA ACTIVIDAD CONTRATUAL Y LA ORDENACIÓN DEL GASTO PARA LAS COMPRAS EN LA TIENDA VIRTUAL DEL ESTADO COLOMBIANO EL DIRECTOR DEL JARDIN BOTANICO JOSE CELESTINO MUTIS En uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las conferidas en el numeral 11 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, Ley 489 de 1998 y el Decreto Distrital 040 de 1993. CONSIDERANDO: Que conforme al artículo 209 de la Constitución Política "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones". Que la Constitución Política en el artículo 211 señala que "la ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar determinadas funciones en sus subalternos o en otras autoridades" Que el artículo 9° de la Ley 489 de 1998 establece que las autoridades administrativas en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con dicha ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias. Que en el parágrafo del artículo citado, se determina que los representantes legales de las entidades descentralizadas podrán delegar funciones a ellas asignadas, de conformidad con los criterios establecidos en la misma ley, con los requisitos y en las condiciones que prevean los estatutos respectivos. Que según el artículo 87 del Decreto 714 de 1996, los órganos y entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, tendrán la capacidad de contratar y comprometer a nombre de la persona jurídica de la que hacen parte y ordenar el gasto en desarrollo de lás apropiaciones incorporadas en su presupuesto, lo que constituye la autonomía presupuestál que se refieren la Constitución Política y la Ley; y, que tales facultades estarán en cabez1 del .. I;;;I k Página 1 de 4 janfín 33otánico de (Bogotá José Celestino 9Vlutis Centro de Investioacián e Desarrollo Científico *. ' f BO U TA I-11 iCAKIA Av calle 63 No. 68-95 Tel: 4377060 www.jbb.gov.co

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ALCALDIA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

AMI3IEVIE Juse Ce.strne Mutis

JARDIN BOTANICO DE BOGOTA JOSE CELESTINO MUTIS

RESOLUCION No. 160

21 DE MAYO DE 2015

POR LA CUAL SE DELEGAN EN EL (LA) SECRETARIO (A) GENERAL Y DE CONTROL DISCIPLINARIO, LA (EL) ASESORA (R) DE PLANEACION Y LOS (LAS) SUBDIRECTORES (AS) DEL JARDÍN BOTÁNICO DE BOGOTA JOSE CELESTINO MUTIS LAS FUNCIONES RELACIONADAS CON LA ACTIVIDAD CONTRATUAL Y LA ORDENACIÓN DEL GASTO

PARA LAS COMPRAS EN LA TIENDA VIRTUAL DEL ESTADO COLOMBIANO

EL DIRECTOR DEL JARDIN BOTANICO JOSE CELESTINO MUTIS

En uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las conferidas en el numeral 11 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, Ley 489 de 1998 y el Decreto Distrital 040 de 1993.

CONSIDERANDO:

Que conforme al artículo 209 de la Constitución Política "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones".

Que la Constitución Política en el artículo 211 señala que "la ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar determinadas funciones en sus subalternos o en otras autoridades"

Que el artículo 9° de la Ley 489 de 1998 establece que las autoridades administrativas en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con dicha ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.

Que en el parágrafo del artículo citado, se determina que los representantes legales de las entidades descentralizadas podrán delegar funciones a ellas asignadas, de conformidad con los criterios establecidos en la misma ley, con los requisitos y en las condiciones que prevean los estatutos respectivos.

Que según el artículo 87 del Decreto 714 de 1996, los órganos y entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, tendrán la capacidad de contratar y comprometer a nombre de la persona jurídica de la que hacen parte y ordenar el gasto en desarrollo de lás apropiaciones incorporadas en su presupuesto, lo que constituye la autonomía presupuestál que se refieren la Constitución Política y la Ley; y, que tales facultades estarán en cabez1 del.. I;;;I

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janfín 33otánico de (Bogotá José Celestino 9Vlutis Centro de Investioacián e Desarrollo Científico *. ' f

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Av calle 63 No. 68-95 Tel: 4377060 www.jbb.gov.co

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21 DE MAYO DE 2015

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PARA LAS COMPRA

N EN EL (LA) SECRETARIO (A) GENERAL Y DE CONTROL SORA (R) DE PLANEACION Y LOS (LAS) SUBDIRECTORES O DE BOGOTA JOSE CELESTINO MUTIS LAS FUNCIONES CTIVIDAD CONTRATUAL Y LA ORDENACIÓN DEL GASTO EN LA TIENDA VIRTUAL DEL ESTADO COLOMBIANO

irá delegarlas en funcionarios del nivel directivo y serán ejercidas as consagradas en el Estatuto General de Contratación de la

disposiciones legales vigentes.

de 1993, Estatuto General de Contratación de la Administración culo 21 de la Ley 1150 de 2007, establece que "Los jefes y los s entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la ontratos y desconcentrar la realización de licitaciones en los empeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus

Jefe de cada entidad quien po teniendo en cuenta las nor Administración Pública y en la

Que el artículo 12 de la Ley 8 Pública, adicionado por el ad representantes legales de 1. competencia para celebrar servidores públicos que de equivalentes.

En ningún caso, los jefes representantes legales de las entidades estatales quedarán exonerados, por virtud de la oelegación, de sus deberes de control y vigilancia de la actividad precontractual y contractual".

Que el artículo 12 de la Ley 80 de 1993 prevé que los jefes o representantes legales de las entidades estatales podrán dzsconcentrar la realización de todos los actos y trámites inherentes a los procesos contractuales tara la celebración de contratos, sin consideración a la naturaleza o cuantía de los mismos, e los funcionarios de los niveles directivo y asesor, teniendo en cuenta para el efecto las normas que rigen la distribución de funciones en sus respectivos organismos.

Que por el numeral 2° del ar Jardín Botánico de Bogotá J operaciones y los contratos q ordenar el gasto, de conforr Directiva y las disposiciones

Que la delegación se ha c celeridad y cumplimiento a artículo 209 de la Constitució

iculo 7° del Decreto 040 de 1993, se ha asignado al Director del sé Celestino Mutis, la función de: "Dictar los actos, realizar las ie se requieran para el buen funcionamiento del Jardín Botánico, y idad con los Acuerdos del Concejo, las decisiones de la Junta statutarias que rigen la entidad".

nstituido en uno de los mecanismos más efectivos para darle los principios de la función administrativa contemplados en el Política.

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ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

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JARDIN BOTANICO DE BOGOTA JOSE CELESTINO MUTIS

RESOLUCION No. 160

21 DE MAYO DE 2015

POR LA CUAL SE DELEGAN EN EL (LA) SECRETARIO (A) GENERAL Y DE CONTROL DISCIPLINARIO, LA (EL) ASESORA (R) DE PLAN EACION Y LOS (LAS) SUBDIRECTORES

(AS) DEL JARDÍN BOTÁNICO DE BOGOTA JOSE CELESTINO MUTIS LAS FUNCIONES RELACIONADAS CON LA ACTIVIDAD CONTRATUAL Y LA ORDENACIÓN DEL GASTO

PARA LAS COMPRAS EN LA TIENDA VIRTUAL DEL ESTADO COLOMBIANO

Que de acuerdo con el Decreto 4170 del 3 de noviembre de 2011 por el cual se crea la Agencia Nacional de Contratación Pública- Colombia Compra Eficiente-, se determinan sus objetivos y estructura, se dispone en su artículo 2 que como ente rector, tiene como objetivo desarrollar e impulsar políticas públicas y herramientas, orientadas a la organización y articulación, de los partícipes en los procesos de compras y contratación pública con el fin de lograr una mayor eficiencia, transparencia y optimización de los recursos del Estado.

Que de conformidad con el artículo 3 numeral 7 de la referida norma, La Agencia Nacional de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente- ejercerá entre otras funciones la de "Diseñar, organizar y celebrar los acuerdos marco de precios y demás mecanismos de agregación de demanda de que trata el artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, de acuerdo con los procedimientos que se establezcan para el efecto.

Que la Tienda Virtual del Estado Colombiano es el aplicativo del SECOP para: (a) adquirir bienes y servicios a través de los Acuerdos Marco de Precios; (b) adquirir bienes a través de la modalidad de Mínima Cuantía en Grandes Almacenes ^ y (c) otros instrumentos de agregación de demanda

Que en consideración de lo anterior, resulta necesario expedir un acto administrativo, en los términos del artículo 10° de la Ley 489 de 1998, mediante el cual se deleguen las funciones contractuales de los procesos que se tramitan ante la Tienda Virtual del Estado Colombiano, así como el ejercicio de las atribuciones correspondientes a la ordenación del gasto, en los servidores públicos que ejercen cargos directivos en el Jardín Botánico de Bogotá José Celestino Mutis.

Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Delegar en el (la) Secretario (a) General y de Control Disciplinario, la (el) Asesora (r) de Planeación y en los (las) Subdirectores (as) Técnico (a) Operativo, Científico (a) y Educativo (a) y Cultural, la función para adelantar en su integridad los procesos, contractuales que se tramitan ante la Tienda Virtual del Estado Colombiano, necesarios para la

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(AS) DEL JARDÍN BOTÁNI O DE BOGOTA JOSE CELESTINO MUTIS LAS FUNCIONES RELACIONADAS CON LA á CTIVIDAD CONTRATUAL Y LA ORDENACIÓN DEL GASTO

PARA LAS COMPRA" EN LA TIENDA VIRTUAL DEL ESTADO COLOMBIANO

ejecución de sus proyectos, sí como los todos los trámites y actuaciones inherentes a estos

procesos.

ARTÍCULO SEGUNDO: Las unciones delegadas deberán ser ejercidas de conformidad con la Constitución Política, la Ley, el Manual de Funciones y Competencias Laborales, el Plan de Contratación y el Presupue .to de Funcionamiento e Inversión del Jardín Botánico José Celestino Mutis, atendiendo las instrucciones y orientaciones impartidas por la Dirección

General de la Entidad.

ARTÍCULO TERCERO: La p consecuencia, los trámites conforme a las delegaciones

esente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. En ontractuales que se encuentren en curso deberán adelantarse quí otorgadas.

COMUNIQUESE Y CUIVIPLASE

S O EDO A TIN Z ZAMORA D RECTOR GEN RAL

JARDI BOT ICO JOSE CELESTINO MUTIS

Aprobó: Clara María Mojica Cortes — Jefe de la • cina Asesora Jurídica. Proyectó: Paula Marcela Arango Arango- Aboga a Grupo Contrataros.

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Av. calle 63 No. 68-95 Tel: 4377060 varwjbb.gov.co Info: Línea 195

BOGOTÁ