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Introducción

El INTECAP como institución responsable de contribuir al incremento de la

productividad y competitividad del talento humano en las organizaciones del país,

realiza acciones de formación, capacitación, asistencia técnica, así como la

evaluación y certificación de competencias laborales consensuadas con el sector

productivo del país.

El talento humano es uno de los ejes más importantes en el proceso productivo

actual porque son las personas quienes emplean la tecnología, gestionan procesos,

mejoran sistemas, elaboran productos o prestan servicios. Por esta razón es de suma

importancia la formación, la capacitación y la certificación de las competencias

basadas en estándares validados por las partes interesadas o en estándares

internacionales, ya que permite a las organizaciones contar con talento humano

calificado.

En la recomendación 195 de la Conferencia General de la Organización Internacional

del Trabajo, realizada en Ginebra el 1 de junio de 2004, por el Consejo de

Administración de la Oficina Internacional de Trabajo – OIT –, se refiere al Marco

para el Reconocimiento y la certificación de las aptitudes profesionales e indica:

“promover el desarrollo, la aplicación y el financiamiento de un mecanismo

transparente de evaluación, certificación y reconocimiento de las aptitudes

profesionales, incluidos el aprendizaje y las experiencias previas, cualquiera que sea

el país en el que se obtuvieran e independientemente de que se hubiesen adquirido

de manera formal o no formal”.

Con el propósito de certificar las competencias que posee una persona y facilitar su

movilidad laboral, el INTECAP ha implementado el sistema de evaluación y

certificación laboral basado en normas de competencia laboral validado por las

partes interesadas (sector económico del país) y según los requerimientos de la

norma internacional ISO 17024.

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Definiciones

Candidato: solicitante que ha cumplido con los prerrequisitos especificados y ha sido admitido en el proceso de certificación (ISO 17024:2012). Esquema de certificación: capacidad para aplicar conocimientos y habilidades para lograr los resultados previstos y otros requisitos relacionados con las categorías de ocupaciones específicas o habilidades personales (ISO 17024:2012). Examinador: persona competente para llevar a cabo y calificar un examen (3.9), cuando el examen requiere juicio profesional (ISO 17024:2012).

Proceso de certificación: las actividades por las que un organismo de certificación determina que una persona cumple los requisitos de certificación. Incluye la solicitud, la evaluación, la decisión de certificación, la renovación de la certificación, el uso de certificados y logotipos/marcas (ISO 17024:2012). Requisitos de certificación: conjunto de requisitos especificados, incluidos los requisitos del esquema, que se deben cumplir con el fin de establecer o mantener la certificación (ISO 17024:2012). Solicitante: persona que ha presentado una solicitud para ser admitido en el proceso de certificación (ISO 17024:2012).

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Certificación de competencias laborales Es el reconocimiento que una organización hace a una persona, entregándole un certificado que describe sus capacidades (competencias).

Evaluación de competencias laborales Para obtener el reconocimiento, la persona realiza una evaluación de sus capacidades (competencias). Estas están descritas en una norma de competencia laboral que ha sido desarrollada con el aval de un comité integrado a nivel sectorial. La evaluación incluye: evaluación de conocimientos (examen teórico), evaluación de habilidades o destrezas (examen práctico) y de producto, cuando así sea el caso. La evaluación busca evidenciar las capacidades de las personas para certificarlas.

Las evaluaciones se gestionan a través de los distintos Centros del INTECAP en toda la República o a través de los Departamentos de Servicios Empresariales de las regionales.

INTECAP como organismo de certificación de competencias laborales

El certificado de competencias laborales lo otorga el INTECAP de acuerdo con la Ley Orgánica, Decreto No. 17-72 del Congreso de la República de Guatemala. El Departamento de Certificación Laboral ha sido creado para la documentación, implementación, mantenimiento y mejora de los sistemas de certificación, basados en normas nacionales e internacionales, buscando en todos los procesos la imparcialidad y la objetividad de los procesos. Para obtener información sobre las certificaciones por competencia, puede dirigirse a los Centros de Capacitación a nivel nacional, consultar la página web www.intecap.edu.gt/certificacion o enviar correo a [email protected].

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Principios del Sistema de certificación de competencias laborales

La certificación se realiza aplicando los siguientes principios:

1. Imparcialidad 2. Objetividad 3. Transparencia 4. Equidad 5. Confidencialidad 6. Seguridad

Estos principios deben ser respetados y aplicados tanto por los candidatos como por las personas involucradas de alguna forma en el proceso de certificación.

Beneficios de la certificación de competencias laborales

Para la persona certificada: contar con un documento que respalde sus

competencias (capacidades), independientemente si la competencia la adquirió mediante un proceso formal (estudiando en una institución de formación) o no formal (a través de la experiencia).

Para la organización: contar con personal calificado que le permita desarrollar

productos o servicios de mejor calidad y atender de forma satisfactoria las demandas del competitivo mercado nacional e internacional.

Para el país: las organizaciones que son más competitivas, generan más y

mejores relaciones comerciales a nivel nacional e internacional; lo que contribuirá a que el país sea más competitivo.

Documentos relacionados

Los interesados en una certificación deben consultar también los documentos

disponibles en www.intecap.edu.gt/certificacion, haciendo clic en el numeral 2:

Certificación basada en ISO 17024.

Normativo para la certificación de personal

El esquema de certificación de su interés

El proceso de certificación

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Proceso de certificación

Solicitud

Las personas interesadas en obtener un certificado pueden acercarse a cualquier

Centro de Capacitación del INTECAP en donde les orientarán acerca de los centros

de evaluación, requisitos, costos, documentos a presentar y toda la información

relacionada con el proceso de certificación.

Una vez aceptada la solicitud, el solicitante recibirá la norma de competencia laboral, el plan de evaluación (fecha, hora, lugar de la evaluación) y todos los requerimientos necesarios para el proceso.

Las empresas y organizaciones en general que deseen certificar a su personal, pueden comunicarse con el Departamento de Servicios Empresariales para obtener la información y la cotización correspondiente. Prerrequisitos

Los prerrequisitos de edad, escolaridad y experiencia deben ser consultados en cada esquema de certificación.

Documentos a presentar

Solicitud de Certificación (adjuntando la documentación solicitada según el esquema de certificación), disponible en www.intecap.edu.gt/certificacion

Documento personal de identificación DPI en original y fotocopia (legible) o pasaporte vigente si es extranjero.

Constancia laboral. Constancia de cancelación del proceso de evaluación, reevaluación o

renovación. Constancia de carencia de antecedentes penales y policíacos (según

requerimiento del esquema de certificación). Constancia de capacitaciones relacionadas con la certificación solicitada.

Cuando la solicitud de certificación la realiza una empresa, no es necesario que los colaboradores que ingresan al proceso presenten la constancia de carencia de antecedentes penales y policíacos (si es requerido por el esquema de certificación). La empresa puede presentar una constancia laboral con la lista de los colaboradores con la siguiente información:

Nombre completo, de acuerdo con los datos referidos en el documento de

identificación personal

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Número de DPI o de pasaporte Experiencia en el puesto (en años y meses).

Este documento deberá estar firmado y sellado por el responsable del área de recursos humanos de la empresa o autoridad competente de la organización.

Nota: para los candidatos que presenten su solicitud de forma individual y que no

cuentan con lugar, mobiliario y maquinaria para evaluarse (según los

requerimientos del esquema solicitado), el INTECAP analizará la posibilidad

de realizar una convocatoria que se hará pública en el portal del INTECAP. La

necesidad de desarrollar este evento dependerá de las solicitudes

presentadas, la disponibilidad de equipo, instalaciones y del evaluador a

cargo.

Evaluación La evaluación consiste en la aplicación de exámenes teóricos y prácticos. Ver el esquema de certificación de su interés, en donde se explican los métodos de evaluación. Consideraciones generales para la evaluación

La evaluación teórica se realiza en un salón del INTECAP o de una empresa que cuente con las condiciones necesarias.

En el plan de evaluación se establece qué insumos, equipos, utensilios, herramientas, entre otros, son llevados por el candidato y cuáles debe aportar la empresa u organización (si la certificación es en una empresa). El plan de evaluación se elabora conjuntamente con el candidato o con el representante de la empresa.

Los candidatos que no aprueben el examen en la primera oportunidad, podrán realizar procesos de reevaluación con base en las áreas donde no tuvieron éxito (brechas) y deberán cancelar el valor de la misma según las brechas declaradas.

Todo candidato tiene derecho a realizar los procesos de reevaluación indicados en cada esquema de certificación.

Si el candidato no aprueba el examen en tres oportunidades, transcurridos seis meses podrá reiniciar el proceso, cancelando nuevamente el valor de la evaluación.

El candidato será declarado competente cuando reúna todas las evidencias requeridas por la normas de competencia laboral.

El INTECAP cuenta con evaluadores (examinadores) expertos y calificados, quienes se encargarán del proceso de evaluación.

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Cuando el candidato se presenta a la evaluación, pero por cualquier motivo (actitud o comportamiento inadecuado u otro motivo personal) se hace necesario suspenderla, el INTECAP dará por ejecutada la evaluación sin derecho a

devolución de los valores pagados.

Responsabilidades del candidato durante la evaluación

Cumplir con lo que establece el documento: Normativo para la certificación de personas.

Presentarse con su DPI (indispensable). Presentarse 15 minutos antes del horario establecido según el plan de

evaluación. Llevar los materiales para la evaluación (lapicero y lo que se le requirió según

el plan de evaluación y el esquema de certificación correspondiente). No consultar ningún documento o ayuda. No copiar respuestas de otros participantes. No usar celular o agendas electrónicas. No copiar el contenido de los exámenes ni revelarlo a otros. Los exámenes han

sido diseñados para que el proceso sea objetivo y transparente, por tanto el INTECAP no concede la revisión de los documentos de las pruebas, así como tampoco divulga las hojas de respuestas.

Cuando los candidatos no cumplan con las disposiciones anteriores, el evaluador tomará la mejor decisión para no comprometer la imparcialidad de la evaluación. Derechos del candidato El candidato que no esté de acuerdo con los resultados de la evaluación, puede presentar solicitud de apelación, en un período de 15 días después de haber recibido los resultados. Una comisión se encargará de la investigación y el análisis de la información para verificar la imparcialidad del proceso. El INTECAP cuenta con un proceso de atención de quejas y apelaciones al cual puede acudir cualquier solicitante, candidato o persona certificada, cuando no esté satisfecho con el proceso o con los resultados (ver el proceso en www.intecap.edu.gt/certificacion, en certificación basado en ISO 17024.

Criterios para la evaluación

La evaluación se basa en los criterios establecidos en el esquema de certificación correspondiente y de todo lo indicado en el presente documento.

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Certificación Los resultados de las evaluaciones se integran en un expediente (portafolio de evidencias). Serán analizados cuidadosamente por el evaluador y por personal del INTECAP. Se elabora un reporte de resultados de las evaluaciones, especificando el estado de cada uno. De acuerdo con estos resultados, a algunos candidatos se le emitirá el certificado, otros quizás tengan que realizar procesos de reevaluación, para lograr la certificación. Vigencia del certificado La vigencia de la certificación dependerá del esquema de certificación correspondiente. Mantenimiento de la certificación Durante el ciclo de la certificación, el INTECAP podrá monitorear a las personas certificadas mediante:

La actualización de datos de las personas certificadas (las personas certificadas tienen la obligación de enviar al INTECAP la información actualizada: dirección de domicilio, correo electrónico, número telefónico, lugar de trabajo, entre otros).

Solicitud de información sobre el desempeño de los colaboradores certificados a empresas a través de medios electrónicos.

Conocimiento sobre quejas o reclamos del trabajo de personas certificadas. Cuando la persona certificada no cumpla con las condiciones especificadas

como personal certificado, el INTECAP le advertirá sobre la situación y si esto persiste, puede suspenderle o cancelarle el certificado.

Si durante el ciclo de la certificación se modifica el contenido de las normas de competencia laboral o existen cambios por disposición gubernamental, el INTECAP comunicará a las personas certificadas si tienen que realizar un nuevo proceso de evaluación o si será de acuerdo con el vencimiento de la vigencia de la certificación.

Uso del certificado La persona certificada se compromete a cumplir con lo que está establecido en el normativo para certificación de personas, relacionado con el uso del certificado.

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El uso indebido del certificado implica sanciones desde la suspensión o retiro de la certificación hasta acciones legales. El certificado es propiedad del INTECAP, por lo que deberá ser devuelto en caso de cancelación. Renovación de la certificación Antes del vencimiento de la validez de la certificación (tres meses), la persona certificada deberá solicitar la renovación de la certificación y realizar el proceso establecido para mantener su condición de personal certificado.

Sanciones, suspensión y retiro de la certificación

Sanciones Cuando la persona certificada incurra en infracciones, el INTECAP actuará según lo establecido en el procedimiento: Suspensión o retiro o reducción del alcance de la certificación P.S.CL-05. a. Amonestación escrita con el requerimiento de que cesen las infracciones en un

plazo determinado

b. Suspensión del certificado

c. Retiro del certificado

Las siguientes causas pueden dar lugar a sanciones por parte del INTECAP: a. Alterar o cambiar el contenido del alcance del certificado o su vigencia. b. Presentar documentación falsa para obtener o mantener la certificación. c. Uso indebido del certificado o para actos ilícitos. d. Quejas presentadas por clientes del empleador o clientes de la persona

certificada. Estas quejas serán analizadas y validadas por el INTECAP. e. Resultar el titular de un certificado condenado judicialmente por cualquiera de los

hechos descritos en el literal anterior. Este criterio será validado por el INTECAP a través del Departamento Jurídico.

El INTECAP puede solicitar que se dé la difusión y la publicidad que considere conveniente acerca de las sanciones, la suspensión y el retiro de una persona certificada.

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Suspensión del certificado Las causas o criterios por los cuales se suspende un certificado son:

a. Por no cumplir con los acuerdos de pago. b. No presentar información o documentación requerida. c. Por incurrir el titular del certificado en cualquiera de las causas que pueden dar

lugar a sanciones descritas en el presente documento. Condiciones: a. El estado de suspensión no debe superar los seis meses calendario a partir de su

inicio. Si este plazo es superado, se procede al retiro respectivo. Si el plazo definido para la suspensión sobrepasa la fecha de vigencia del certificado, prevalecerá la fecha de vigencia del certificado.

b. Cuando el titular siga utilizando el certificado, el INTECAP podrá iniciar las acciones legales correspondientes y exigir el pago de los derechos y compensaciones por el uso indebido del certificado.

c. El INTECAP puede solicitar que se dé la difusión y publicidad que considere conveniente acerca del retiro del certificado.

d. La suspensión de la certificación implica la renuncia por parte del titular a cualquier acción legal en contra del INTECAP. Así mismo, el titular no podrá seguir utilizando el certificado para ningún fin a partir de la fecha en que le sea comunicada la suspensión.

e. Las personas que ingresan a un proceso de certificación firman el R.S.CL-04 Solicitud de certificación que contiene compromisos generales y compromisos para el buen uso del certificado asegurando que, en caso de suspensión de la certificación, la persona certificada se abstendrá de promocionar su certificación mientras dure la suspensión y de hacer declaraciones relativas a la certificación a partir de la suspensión.

El INTECAP puede exigir como condición para levantar la suspensión, el resarcimiento de perjuicios sufridos por terceros o por el mismo INTECAP.

El INTECAP levanta la suspensión cuando la persona certificada haya realizado las acciones correctivas de acuerdo con las causas que dieron origen a la suspensión.

Retiro del certificado El INTECAP podrá retirar el certificado por una de las siguientes causas: a. Por solicitud escrita del titular (persona certificada).

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b. Por no cumplir con las acciones correctivas dictaminadas por el INTECAP, dentro de los plazos establecidos según las causas que dieron origen a una suspensión.

c. Por causas que dan lugar a sanciones descritas anteriormente. d. Por reincidencia en una sanción de suspensión del certificado. e. Por incurrir en actividades que atentan contra la imagen del INTECAP o de las

actividades de certificación. Condiciones: a. En caso de retiro del certificado, todos los derechos de uso del mismo cesan

inmediatamente, quedando obligado el titular a suspender toda publicidad relativa al mismo, a partir de la fecha en que le sea notificado por escrito el retiro del certificado.

b. Las personas que ingresan a un proceso de certificación firman el R.S.CL-04 Solicitud de certificación, que contiene compromisos generales y compromisos para el buen uso del certificado asegurando que en caso de retiro de la certificación, la persona certificada se abstendrá de hacer declaraciones relativas a la certificación a partir del retiro.

c. Si por alguna razón la persona certificada no es localizable en el territorio nacional por ninguno de los medios, el INTECAP publicará en su página web: www.intecap.edu.gt/certificacion, una lista de personas con certificado retirado o el estado de la certificación.

d. Cuando la persona siga utilizando el certificado, el INTECAP podrá iniciar las acciones legales correspondientes y exigir el pago de los derechos y compensaciones por el uso indebido del certificado.

El INTECAP puede solicitar que se dé la difusión y la publicidad que considere conveniente acerca del retiro de la certificación. Toda persona a quien se le ha retirado el certificado, puede presentar una solicitud de reactivación del mismo en el Departamento de Certificación Laboral o en el Departamento Técnico Pedagógico de la Región. El INTECAP hará el análisis correspondiente para decidir si procede la reactivación del mismo. Reducción de alcance de la certificación El Departamento de Certificación Laboral podrá reducir el alcance de la certificación a una persona certificada por una de las siguientes causas: a. A solicitud de la persona certificada. b. Por dificultad del candidato para resolver los temas que dieron lugar a una

suspensión en un tiempo definido (siempre que en el esquema de certificación tenga alcances diferentes).

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Condiciones: a. Las personas que ingresan a un proceso de certificación firman la Solicitud de

certificación que contiene los compromisos generales y compromisos para el buen uso del certificado asegurando que en caso de reducción del alcance de la certificación, la persona certificada se abstendrá de seguir promocionando su certificación mientras dure la reducción del alcance y de hacer declaraciones relativas a la certificación a partir de la reducción del alcance.

b. El INTECAP puede solicitar que se dé la difusión y la publicidad que considere conveniente acerca de la reducción del alcance del certificado.

Las personas certificadas pueden presentar la solicitud de ampliación del alcance del certificado (incluyendo a las personas a quienes se les ha reducido el alcance), de acuerdo con los alcances de los esquemas de certificación ofertados.

Descripción del proceso de sanciones, suspensión y retiro de la certificación

Conformar comisión: al establecer que una persona certificada por INTECAP está siendo cuestionada en cuanto a su situación, el Departamento de Certificación Laboral conforma una comisión para investigar, analizar y tomar una decisión.

Reunir información: la comisión reúne toda la información relacionada con la persona certificada como los cuestionamientos que se le atribuyen, los trabajos realizados, los servicios prestados y los detalles de utilidad para la elaboración del informe correspondiente.

Analizar la información y tomar la decisión: los integrantes de la comisión analizan la información, elaboran el informe, plantean las conclusiones y toman la decisión.

Comunicar la decisión: se convocará a la persona certificada, se le presentan las evidencias que fundamentan la suspensión, retiro o reducción de la certificación.

Si por cualquier motivo la persona certificada no puede asistir a la convocatoria, se le notificará el resultado de la investigación a su dirección de residencia, por medio electrónico o se publicará el estado de la certificación en la página www.intecap.edu.gt/certificación.

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Registrar información: el personal del Departamento de Certificación Laboral, registra la información y archiva el informe para la trazabilidad de personas certificadas.

Reactivación de la certificación: si la persona certificada desea recuperar su certificado o el alcance del certificado, podrá presentar su solicitud por escrito al Departamento de Certificación Laboral o al Departamento Técnico Pedagógico de la Región. El Departamento de Certificación Laboral hará el análisis correspondiente y establecerá si es factible lo solicitado.

Esquemas de certificación por competencias laborales disponibles en

este sistema de certificación

Núm. Esquema de certificación Sector

1 Operador de montacargas de combustión gas propano – GLP.

Transporte

2 Operador de montacargas de combustión gasolina-diésel

Transporte

3 Operador de montacargas eléctrico Transporte

4 Operador de portacontenedores Transporte/comercio

5 Operador de cabezal portuario Transporte/comercio

6 Agente de seguros de vida colectiva Seguros y fianzas

7 Agente de seguros de vida individual Seguros y fianzas

8 Agente de seguros de automóviles

9 Ajustador de seguros de automóviles Seguros y fianzas

10 Suscriptor de seguros de automóviles Seguros y fianzas

11 Suscriptor de seguros de vida colectiva Seguros y fianzas

12 Suscriptor de seguros de vida individual Seguros y fianzas

13 Cocinero Hotelería y turismo

14 Manejo higiénico de los alimentos y bebidas Hotelería y turismo

15 Auditor de calidad de vestuario Textil

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La actualización de este listado puede ser consultado en:

www.intecap.edu.gt/certificacion Certificación basado en ISO 17024.

Departamento de Certificación Laboral División Técnica

Edificio Sede Central, Sexto nivel Tel. 24105555 extensiones 626, 640 y 630 Calle del Estadio Mateo Flores 7-51 zona 5

Ciudad de Guatemala

[email protected], www.intecap.edu.gt/certificacion