interpretacion de la ley penal

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INTERPRETACION DE LA INTERPRETACION DE LA LEY PENAL LEY PENAL Prof. Gabriel Zaliasnik Prof. Gabriel Zaliasnik

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INTERPRETACION DE LA LEY PENAL. Prof. Gabriel Zaliasnik. TODO ES COSA DE INTERPRETACION……………………. INTERPRETACION DE LA LEY PENAL.  “operación mental cuyo objeto es la captación íntegra, exacta y fiel de un juicio a través de la proposición que lo enuncia.” - PowerPoint PPT Presentation

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INTERPRETACION DE LA INTERPRETACION DE LA LEY PENALLEY PENAL

Prof. Gabriel ZaliasnikProf. Gabriel Zaliasnik

Page 2: INTERPRETACION DE LA LEY PENAL

TODO ES COSA DE INTERPRETACION……………………

Page 3: INTERPRETACION DE LA LEY PENAL

INTERPRETACION DE LA LEY PENALINTERPRETACION DE LA LEY PENAL

““operación mental cuyo objeto es la operación mental cuyo objeto es la captación íntegra, exacta y fiel de un juicio captación íntegra, exacta y fiel de un juicio a través de la proposición que lo enuncia.”a través de la proposición que lo enuncia.”

Labor de aplicación de Normas Jurídicas.Labor de aplicación de Normas Jurídicas.

siempre el juez realiza una interpretación. siempre el juez realiza una interpretación. (claridad u obscuridad es indiferente)(claridad u obscuridad es indiferente)

reglas de interpretación reglas de interpretación C. P. no contempla C. P. no contempla normas especiales. Debe recurrirse a normas normas especiales. Debe recurrirse a normas generales d el título preliminar del Código Civilgenerales d el título preliminar del Código Civil

Siempre restrictiva x carácter D° PenalSiempre restrictiva x carácter D° Penal

Page 4: INTERPRETACION DE LA LEY PENAL

INTERPRETACION DE LA LEY PENALINTERPRETACION DE LA LEY PENAL

reglas de interpretación reglas de interpretación C. P. no contempla C. P. no contempla normas especiales. Debe recurrirse a normas normas especiales. Debe recurrirse a normas generales d el título preliminar del Código Civilgenerales d el título preliminar del Código Civil

No son reglas impuestas por la lógica jurídica, sino No son reglas impuestas por la lógica jurídica, sino que responden a un criterio propio de la llamada que responden a un criterio propio de la llamada Escuela de la Exégesis, en el origen del Escuela de la Exégesis, en el origen del movimiento codificador de fines del Siglo XVIII y movimiento codificador de fines del Siglo XVIII y del siglo XIX. del siglo XIX.

artículo 3 del Código Civil establece que el único artículo 3 del Código Civil establece que el único que puede interpretar de manera general es el que puede interpretar de manera general es el legislador y rechaza como fuente de precedente la legislador y rechaza como fuente de precedente la interpretación judicial.interpretación judicial.

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TIPOS DE INTERPRETACION DE LA LEY PENALTIPOS DE INTERPRETACION DE LA LEY PENAL

interpretación puede ser :interpretación puede ser :

-- autenticaautentica

- - judicial;y, judicial;y,

-- doctrinal doctrinal

Page 6: INTERPRETACION DE LA LEY PENAL

1.- Interpretación autentica1.- Interpretación autentica

Es la interpretación de la Ley hecha Es la interpretación de la Ley hecha también por medio de la Ley, sea una ley también por medio de la Ley, sea una ley diferente de la interpretada, sea por otro diferente de la interpretada, sea por otro pasaje de la misma ley. pasaje de la misma ley.

La Interpretación auténtica puede ser La Interpretación auténtica puede ser contextualcontextual o o posteriorposterior. .

En la interpretación En la interpretación contextualcontextual es el es el propio legislador en el mismo texto de la propio legislador en el mismo texto de la Ley, él que realiza una interpretación de la Ley, él que realiza una interpretación de la misma. (ej. 12 N°1 CP misma. (ej. 12 N°1 CP Alevosía) Alevosía)

PosteriorPosterior el legislador con posterioridad el legislador con posterioridad a la dictación de la Ley dicta una ley que a la dictación de la Ley dicta una ley que interpreta la Ley anterior fijando un sentido interpreta la Ley anterior fijando un sentido obligatorio.obligatorio.

Page 7: INTERPRETACION DE LA LEY PENAL

1.- Interpretación auténtica1.- Interpretación auténtica problema : El efecto normal de una Ley interpretativa, problema : El efecto normal de una Ley interpretativa,

en virtud de una ficción jurídica es que se entiende en virtud de una ficción jurídica es que se entiende incorporada a la Ley que ha interpretado. (art. 9 c.c)incorporada a la Ley que ha interpretado. (art. 9 c.c)

¿ Puede tener entonces efecto retroactivo?¿ Puede tener entonces efecto retroactivo? Si Si Ley interpretativa se entiende por ficción formar parte Ley interpretativa se entiende por ficción formar parte de la Ley interpretada, tendría efecto retroactivo.de la Ley interpretada, tendría efecto retroactivo.

S/e doctrina mayoritaria considera que no puede S/e doctrina mayoritaria considera que no puede

dársele efecto retroactivo a la ley interpretativa, salvo dársele efecto retroactivo a la ley interpretativa, salvo que la nueva ley favorezca al afectado. que la nueva ley favorezca al afectado.

Fundamentos: Si Ley interpretativa fija sentido de Fundamentos: Si Ley interpretativa fija sentido de una norma susceptible de interpretaciones distintas, una norma susceptible de interpretaciones distintas, si el legislador posteriormente opta por una de las si el legislador posteriormente opta por una de las posibles interpretaciones, se impediría que al posibles interpretaciones, se impediría que al afectado que se le aplique interpretación más afectado que se le aplique interpretación más favorable. Por lo que no rige la ficción por favorable. Por lo que no rige la ficción por incorporación hacia el pasado sino que simplemente incorporación hacia el pasado sino que simplemente hacia el futuro. hacia el futuro.

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2.- Interpretación Judicial2.- Interpretación Judicial::

Es la que hacen los tribunales al fallar los casos concretos de que Es la que hacen los tribunales al fallar los casos concretos de que conocenconocen. .

Esta interpretación sólo tiene efecto obligatorio respecto de los casos en Esta interpretación sólo tiene efecto obligatorio respecto de los casos en que actualmente se pronunciaren las sentencias de acuerdo a lo que que actualmente se pronunciaren las sentencias de acuerdo a lo que prescribe el artículo 3 del Código Civil.prescribe el artículo 3 del Código Civil.

Excepcinalemente se asienta : ej. Expresión malhechores art. 456 bis N°3 Excepcinalemente se asienta : ej. Expresión malhechores art. 456 bis N°3 CPCP

Page 9: INTERPRETACION DE LA LEY PENAL

3.- Interpretación Doctrinal3.- Interpretación Doctrinal::

Es la que se hace privadamente por los Es la que se hace privadamente por los juristas y estudiosos de la Ley y el juristas y estudiosos de la Ley y el derecho.derecho.

Su libertad es máxima, pero su fuerza Su libertad es máxima, pero su fuerza obligatoria es nula. obligatoria es nula.

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REGLAS DE INTERPRETACION DE LA LEY PENALREGLAS DE INTERPRETACION DE LA LEY PENAL

Código Civil (título preliminar, párrafo 4) establece Código Civil (título preliminar, párrafo 4) establece reglas obligatorias para el interprete judicial, que le reglas obligatorias para el interprete judicial, que le permiten realizar una interpretación avanzada, permiten realizar una interpretación avanzada, centrada en el sentido de la Ley y no en el tenor centrada en el sentido de la Ley y no en el tenor literal de ésta.literal de ésta.

No todas las reglas son aplicables a la Ley penal, por No todas las reglas son aplicables a la Ley penal, por la particular naturaleza de está y la primacía del la particular naturaleza de está y la primacía del principio de reserva legal.principio de reserva legal.

Los elementos que se señalan en estas normas son Los elementos que se señalan en estas normas son los siguientes: elemento gramatical, histórico, los siguientes: elemento gramatical, histórico, teleológico, sistemático, es importante destacarteleológico, sistemático, es importante destacar que que no existe entre ellos un orden de precedencia. no existe entre ellos un orden de precedencia.

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REGLAS DE INTERPRETACION DE LA LEY PENALREGLAS DE INTERPRETACION DE LA LEY PENAL

La profesora de derecho Internacional Cecilia La profesora de derecho Internacional Cecilia Medina agrega como regla de interpretación de Medina agrega como regla de interpretación de los tratados incorporados a la legislación interna los tratados incorporados a la legislación interna de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de nuestra Constitución Política el nuestra Constitución Política el Artículo 31 de Artículo 31 de la Convención de Vienala Convención de Viena sobre Tratados sobre Tratados Internacionales:Internacionales:

” ” Un tratado deberá interpretarse de buena Un tratado deberá interpretarse de buena fe conforme al sentido corriente que haya fe conforme al sentido corriente que haya de atribuirse a los términos del tratado en de atribuirse a los términos del tratado en el contexto de éstos y teniendo en cuenta el contexto de éstos y teniendo en cuenta su objetivo y fin”.su objetivo y fin”.

Page 12: INTERPRETACION DE LA LEY PENAL

a.- a.- Elemento Gramatical:Elemento Gramatical:

Ley entrega reglas para entender las expresiones Ley entrega reglas para entender las expresiones que la Ley emplea.que la Ley emplea.

a.- a.- Si el legislador las ha definido Si el legislador las ha definido

expresamente para ciertas materias, se les expresamente para ciertas materias, se les dará a estas su significado legaldará a estas su significado legal. .

Es importante destacar que cuando la definición Es importante destacar que cuando la definición aparece dada para “ciertas materias”, tienen aparece dada para “ciertas materias”, tienen solamente en éstas, su significación legal y en las solamente en éstas, su significación legal y en las demás seguirá imperando, el significado demás seguirá imperando, el significado determinado por la tercera regla de interpretación. determinado por la tercera regla de interpretación.

b.- b.- La palabras técnicas de toda ciencia o arte La palabras técnicas de toda ciencia o arte se tomarán en el sentido que les den los que se tomarán en el sentido que les den los que profesan la misma ciencia o arte, a menos que profesan la misma ciencia o arte, a menos que aparezca claramente que se han tomado en un aparezca claramente que se han tomado en un sentido diverso.sentido diverso.

Page 13: INTERPRETACION DE LA LEY PENAL

a.- a.- Elemento Gramatical:Elemento Gramatical:

c.- En los demás casos, c.- En los demás casos, debe darse a las debe darse a las expresiones legales su sentido natural y expresiones legales su sentido natural y obvio, obvio, según el uso general de las mismassegún el uso general de las mismas. .

Erróneamente se ha pensado que el sentido Erróneamente se ha pensado que el sentido natural y obvio de las palabras se encuentra en natural y obvio de las palabras se encuentra en el Diccionario de la Lengua Española, esta el Diccionario de la Lengua Española, esta interpretación contradice abiertamente, el interpretación contradice abiertamente, el mismo texto del artículo 20 que se remite más mismo texto del artículo 20 que se remite más lógicamente, al lógicamente, al uso generaluso general y no a los y no a los diccionarios. diccionarios.

El juez deberá apreciar muchas otras El juez deberá apreciar muchas otras valoraciones culturales y que no son cuestiones valoraciones culturales y que no son cuestiones de hecho sometidas a la prueba, sino de hecho sometidas a la prueba, sino circunstancias de pública notoriedad. circunstancias de pública notoriedad.

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b.- b.- Elemento sistemáticoElemento sistemático::

Es un elemento que complementa a todos Es un elemento que complementa a todos los principios de interpretación, ya que los principios de interpretación, ya que parte de la base que parte de la base que un precepto legal un precepto legal no debe considerarse aisladamenteno debe considerarse aisladamente y y de que el derecho penal no es el único sino de que el derecho penal no es el único sino que se encuentra inserto dentro de un que se encuentra inserto dentro de un ordenamiento jurídico. ordenamiento jurídico.

Artículo 22 del Código Civil inc. 2°: “Artículo 22 del Código Civil inc. 2°: “ Los Los pasajes oscuros de una Ley pueden ser pasajes oscuros de una Ley pueden ser ilustrados por medio de otras leyes, ilustrados por medio de otras leyes, particularmente si versan sobre el particularmente si versan sobre el mismo asunto”.mismo asunto”.

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c.- c.- Elemento Etico socialElemento Etico social::

Es un elemento Es un elemento supletoriosupletorio de los demás y de los demás y sólo puede acudirse a él cuando no ha sólo puede acudirse a él cuando no ha podido determinarse el sentido de la Ley de podido determinarse el sentido de la Ley de conformidad a las reglas anteriores.conformidad a las reglas anteriores.

Artículo 24”Artículo 24” En los casos a que no En los casos a que no pudieren aplicarse las reglas de pudieren aplicarse las reglas de interpretación precedentes, se interpretación precedentes, se interpretarán los pasajes obscuros o interpretarán los pasajes obscuros o contradictorios del modo que más contradictorios del modo que más conforme parezca al espíritu general de conforme parezca al espíritu general de la Legislación y a la equidad naturalla Legislación y a la equidad natural”. ”.

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c.- c.- Elemento históricoElemento histórico::

Historia fidedigna del establecimiento Historia fidedigna del establecimiento de la ley.de la ley.

Art. 19 inciso 2°Art. 19 inciso 2°

Antecedentes que motivaron su Antecedentes que motivaron su dictación, condiciones socio culturales dictación, condiciones socio culturales de la época, opinión de sus de la época, opinión de sus redactores, etc..redactores, etc..

Page 17: INTERPRETACION DE LA LEY PENAL

Elemento teleológicoElemento teleológico

Teorías modernas de interpretación insisten Teorías modernas de interpretación insisten en las necesidad de realizar una en las necesidad de realizar una interpretación cada vez más teleológica de interpretación cada vez más teleológica de la Ley penal, esto es, la Ley penal, esto es, hecha tomando en hecha tomando en cuenta la razón y la finalidad de la cuenta la razón y la finalidad de la normanorma. .

Sostienen que la Ley en si misma (en el Sostienen que la Ley en si misma (en el caso que nos ocupa el derecho penal caso que nos ocupa el derecho penal positivo), no proporciona normalmente positivo), no proporciona normalmente criterios suficientes de interpretación, criterios suficientes de interpretación, debiendo por lo tanto recurrirse a otros debiendo por lo tanto recurrirse a otros ámbitos que están más allá de ella.ámbitos que están más allá de ella.

Page 18: INTERPRETACION DE LA LEY PENAL

Elemento teleológicoElemento teleológico Tradicionalmente se ha enfatizado un sólo Tradicionalmente se ha enfatizado un sólo

aspecto de la misma, a saber la necesidad aspecto de la misma, a saber la necesidad de tener presente los bienes jurídicos de tener presente los bienes jurídicos protegidos, como núcleo del ámbito de protegidos, como núcleo del ámbito de significación y de los límites de dichas significación y de los límites de dichas normas, en especial de los tipos legales. normas, en especial de los tipos legales.

El profesor Jorge Mera extiende la El profesor Jorge Mera extiende la tradicional interpretación teleológica que ha tradicional interpretación teleológica que ha efectuado la doctrina y jurisprudencia, ya efectuado la doctrina y jurisprudencia, ya que un su opinión esta interpretación sólo que un su opinión esta interpretación sólo considera uno de los fines del derecho considera uno de los fines del derecho penal, el penal, el carácter protector preventivo, carácter protector preventivo, esto es la protección de los Bienes esto es la protección de los Bienes Jurídicos Vitales.Jurídicos Vitales.

Page 19: INTERPRETACION DE LA LEY PENAL

Elemento teleológicoElemento teleológico De esta forma una autentica interpretación De esta forma una autentica interpretación

teleológica debe considerar, tb. el otro fin teleológica debe considerar, tb. el otro fin del derecho penal -de del derecho penal -de carácter garantista-carácter garantista- referido al respeto a los derechos humanos referido al respeto a los derechos humanos de los inculpados (reales o potenciales) y de de los inculpados (reales o potenciales) y de la libertad de todos, eventualmente la libertad de todos, eventualmente afectada de manera arbitraria cuando las afectada de manera arbitraria cuando las prohibiciones penales infringen las garantías prohibiciones penales infringen las garantías propias del Estado de Derecho. propias del Estado de Derecho.

Se deben utilizar los Se deben utilizar los derechos humanos derechos humanos como criterio orientador directo de la como criterio orientador directo de la interpretacióninterpretación de las normas penales. de las normas penales.

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Elemento teleológicoElemento teleológico Doctrinas modernas de interpretación recurren a los derechos humanos, Doctrinas modernas de interpretación recurren a los derechos humanos,

al elemento sistemático y a las normas internacionales de derechos al elemento sistemático y a las normas internacionales de derechos humanos. para la interpretación de las normas penales.humanos. para la interpretación de las normas penales.

Dirigen la interpretación a una conciliación entre el derecho interno y Dirigen la interpretación a una conciliación entre el derecho interno y las normas internacionales. Debe realizarse un esfuerzo en el sentido las normas internacionales. Debe realizarse un esfuerzo en el sentido que el derecho interno parezca más conforme con las normas que el derecho interno parezca más conforme con las normas internacionales debidamente ratificadas por Chile. internacionales debidamente ratificadas por Chile.

En nuestra legislación un claro ejemplo de esta incompatibilidad entre En nuestra legislación un claro ejemplo de esta incompatibilidad entre el derecho interno y las normas internacionales, era el antiguo texto de el derecho interno y las normas internacionales, era el antiguo texto de la Ley de Cheque que tipifica el delito de giro doloso de cheques. la Ley de Cheque que tipifica el delito de giro doloso de cheques.

La doctrina unánimemente determina que se trata de una prisión por La doctrina unánimemente determina que se trata de una prisión por deudas, claramente proscrito por las normas internacionales. Lo que deudas, claramente proscrito por las normas internacionales. Lo que correspondería teóricamente sería o una modificación de la Ley de correspondería teóricamente sería o una modificación de la Ley de modo de excluir dichas hipótesis, o bien mientras subsista la Ley, la modo de excluir dichas hipótesis, o bien mientras subsista la Ley, la interposición de un recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad., interposición de un recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad., con el fin que se declare inconstitucional la Ley en la parte en que se con el fin que se declare inconstitucional la Ley en la parte en que se sanciona la prisión por deudas.sanciona la prisión por deudas.

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Otras clasificacionesOtras clasificaciones Según su resultado:Según su resultado:

- declarativa - declarativa cdo el sentido delprecepto es exactamente el cdo el sentido delprecepto es exactamente el mismo que fluye de su tenor literal.mismo que fluye de su tenor literal.

- restrictiva - restrictiva cdo el sentido es más restringido que aquel que cdo el sentido es más restringido que aquel que aparentemente emana de su tenor gramatical.aparentemente emana de su tenor gramatical.

- extensiva - extensiva si sucede lo contrario. Su alcance es más amplio. si sucede lo contrario. Su alcance es más amplio.

s/e art. 23 teoricamente proscribe este tipo de s/e art. 23 teoricamente proscribe este tipo de interpretaciones. “lo favorable u odioso de una disposición no interpretaciones. “lo favorable u odioso de una disposición no debe tomarse enc uenta para ampliar o restringir su debe tomarse enc uenta para ampliar o restringir su interpretación”.interpretación”.

Contraviene Legalidad o reserva.Contraviene Legalidad o reserva.

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ANALOGIAANALOGIA

La analogía La analogía “es la aplicación de un “es la aplicación de un principio jurídico que establece la Ley principio jurídico que establece la Ley para un hecho determinado, a otro hecho para un hecho determinado, a otro hecho no regulado, pero jurídicamente no regulado, pero jurídicamente semejante al primero.”semejante al primero.”

Doctrinariamente se distingue entre la Doctrinariamente se distingue entre la analogía legis y la analogía jurisanalogía legis y la analogía juris. En el . En el primer caso el asunto se resuelve de primer caso el asunto se resuelve de conformidad con la regla establecida por una conformidad con la regla establecida por una ley para un caso semejante; en el segundo, ley para un caso semejante; en el segundo, según principio extraído del “ espíritu general según principio extraído del “ espíritu general de la Legislación” o de la “equidad natural”.de la Legislación” o de la “equidad natural”.

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ANALOGIAANALOGIA

En materia penal se impide la aplicación de la En materia penal se impide la aplicación de la analogía. Artículo 19 Nº 3 inciso 8.analogía. Artículo 19 Nº 3 inciso 8.

Ninguna ley podrá establecer penas sin que la Ninguna ley podrá establecer penas sin que la conducta que la sanciona este expresamente conducta que la sanciona este expresamente descrita en ella”.descrita en ella”.

Cdo. no existe Ley, no se puede condenar. Lo mismo Cdo. no existe Ley, no se puede condenar. Lo mismo sucederá cuando exista Ley, pero no sea aplicable al sucederá cuando exista Ley, pero no sea aplicable al caso particular. La analogía en materia penal es la caso particular. La analogía en materia penal es la creación por el juez de una figura delictiva nueva, creación por el juez de una figura delictiva nueva, sin ley preexistente a la infracción, con lo cual la sin ley preexistente a la infracción, con lo cual la decisión judicial, pasa a ser fuente del decisión judicial, pasa a ser fuente del derecho penalderecho penal, en contravención al principio de , en contravención al principio de reserva.reserva.

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ANALOGIAANALOGIA problema interesante: problema interesante: ¿Se podría absolver a una ¿Se podría absolver a una

persona, o disminuirle la pena por analogía?persona, o disminuirle la pena por analogía?

Esto es lo que se llama Esto es lo que se llama analogía in bonam analogía in bonam parteparte, defendida por autores como Carrara, , defendida por autores como Carrara, Labatut, Cury, Novoa. Labatut, Cury, Novoa. sería aceptable la analogía in bonam parte, sería aceptable la analogía in bonam parte, por el cáracter de ultima ratio del derecho penal por el cáracter de ultima ratio del derecho penal y aplicación del y aplicación del principio pro reoprincipio pro reo..

En contra de esta interpretación Alfredo En contra de esta interpretación Alfredo Etcheberry argumenta que es incompatible con Etcheberry argumenta que es incompatible con la naturaleza de la Ley penal, al menos en un la naturaleza de la Ley penal, al menos en un sistema fundamentado en el principio de sistema fundamentado en el principio de reserva.reserva.

Page 25: INTERPRETACION DE LA LEY PENAL

Concurso aparente de leyes penalesConcurso aparente de leyes penales

Si bien volveremos a esto con ocasión de los Si bien volveremos a esto con ocasión de los “concursos de delitos”, se trata de un problema de “concursos de delitos”, se trata de un problema de interpretación.interpretación.

Esta vinculado a existencia de diversos tipos Esta vinculado a existencia de diversos tipos penalespenales

Hay concurso aparente cuando un hecho Hay concurso aparente cuando un hecho determinado lógica y formalmente aparece determinado lógica y formalmente aparece contenido en varios tipos penales pero sólo puede contenido en varios tipos penales pero sólo puede (desde perspectiva del injusto) tipificar uno de ellos (desde perspectiva del injusto) tipificar uno de ellos (Bustos)(Bustos)

Conducta aparece subsumida al mismo tiempo en Conducta aparece subsumida al mismo tiempo en más de una figura penal.más de una figura penal.

Page 26: INTERPRETACION DE LA LEY PENAL

Concurso aparente de leyes penalesConcurso aparente de leyes penales Para determinar cual se aplica doctrina ha Para determinar cual se aplica doctrina ha

establecido ciertos P°s :establecido ciertos P°s :

1)1) P° de especialidad : Ver si normas se encuentran P° de especialidad : Ver si normas se encuentran en relación de genero a especie. Prima ley en relación de genero a especie. Prima ley especial.especial.

2)2) P° de consunción o absorción : atiende al disvalor P° de consunción o absorción : atiende al disvalor delictivo de la conducta. Cuando una contiene el delictivo de la conducta. Cuando una contiene el disvalor de la otra prima aquella. Ej. Disvalor de disvalor de la otra prima aquella. Ej. Disvalor de tipo robo consumado absorbe tentativa de robo.tipo robo consumado absorbe tentativa de robo.

3)3) P° de subsidiariedad: Cdo expreso texto legal P° de subsidiariedad: Cdo expreso texto legal exige que no concurra otro tipo.exige que no concurra otro tipo.

4)4) P° de accesoriedad . Cury cree que no es más que P° de accesoriedad . Cury cree que no es más que derivado del P° de consunción.derivado del P° de consunción.