instructivo: elaborar informaciÓn exÓgena nacional
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MACROPROCESO: GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA Código: U-IN-12.005.009
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INSTRUCTIVO: ELABORAR INFORMACIÓN EXÓGENA NACIONAL, DISTRITAL Y DE CONVENIOS DE COOPERACION Y ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL APOYO Y EJECUCIÓN DE
PROGRAMAS Y PROYECTOS CON ORGANISMOS INTERNACIONALES
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PROCESO: CONTABLE SUBPROCESO: GENERAR, CONSOLIDAR Y REPORTAR ESTADOS CONTABLES E INFORMACIÓN TRIBUTARIA
INSTRUCTIVO:
ELABORAR INFORMACIÓN EXÓGENA NACIONAL, DISTRITAL Y DE CONVENIOS DE COOPERACION
Y ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL APOYO Y EJECUCIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS
CON ORGANISMOS INTERNACIONALES
MACROPROCESO: GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA Código: U-IN-12.005.009
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1. INFORMACIÓN GENERAL DEL INSTRUCTIVO
OBJETIVO: Revisar y ajustar la información exógena nacional y distrital, siguiendo las instrucciones impartidas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN – (Nacional) y la Secretaría de Hacienda Distrital de Bogotá en esta materia.
ALCANCE: Inicia con la revisión de la comunicación anual expedida por la División Nacional de Contabilidad con las instrucciones para la presentación de la información exógena nacional de la respectiva vigencia en el informe de información exógena nacional, y finaliza con la presentación de la información de convenios de cooperación y asistencia técnica con organismos internacionales a la División Nacional de Contabilidad en el informe de convenios de cooperación y asistencia técnica para el apoyo y ejecución de programas o proyectos, con organismos internacionales. La información exógena nacional y de convenios de cooperación internacional aplica para las áreas de Tesorería en el Nivel Nacional, de Sede, de Facultad y en las Unidades Especiales. La información exógena distrital en Bogotá D.C., aplica para las áreas de Tesorería en el Nivel Nacional y en la Sede Bogotá.
DEFINICIONES:
1. ICA - Impuesto de Industria y Comercio: Gravamen de carácter municipal que grava toda actividad industrial, comercial o de servicios que se realiza en Bogotá en forma ocasional o permanente, con o sin establecimientos.
2. IVA - Impuesto al Valor Agregado: Gravamen indirecto al consumo, que se aplica a todas las transacciones del proceso de producción y circulación de bienes y servicios. Este gravamen es nacional.
3. NIT - Número de Identificación Tributaria: Número de identificación tributaria de las personas Naturales o Jurídicas.
4. SGF – QUIPU: Sistema integrado de información que permite el registro, seguimiento y control detallado de las operaciones asociadas al macroproceso de gestión administrativa y financiera de la Universidad Nacional de Colombia.
5. Unidades Especiales: Unidades de gestión especializadas de la Universidad Nacional de Colombia, con organización propia y administración de recursos independiente. Estas unidades son: Editorial UN, Unimedios, UNISALUD y Fondo Pensional UN.
CONDICIONES GENERALES: 1. Las dependencias y/o cargos responsables se refieren a roles generales establecidos para determinar
quién ejecuta determinada actividad, independientemente del cargo que se ocupe o el nombre de la dependencia dentro de la estructura administrativa de la Universidad Nacional de Colombia.
2. La Universidad Nacional de Colombia, como ente jurídico, tiene la responsabilidad de reportar cada año a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN – la información exógena, relacionada con cada una de las transacciones generadas durante una vigencia con personas naturales y/o jurídicas. Lo anterior de acuerdo con los lineamientos que se expidan por el mencionado organismos, a través de Resolución, en cuanto el contenido, las especificaciones técnicas y los plazos para la entrega de la misma.
3. La Universidad Nacional de Colombia, como ente jurídico, tiene la responsabilidad de reportar cada año a la Secretaria de Hacienda Distrital la información relacionada con las operaciones realizadas durante la vigencia con los proveedores de bienes y/o servicios en la ciudad de Bogotá. Estos requerimientos de
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información son emitidos a través de Resolución, en donde se especifican el contenido, las características técnicas y los plazos para la entrega de la misma.
4. La Universidad Nacional de Colombia, como ente jurídico, tiene la responsabilidad de reportar mensualmente a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN – la información exógena sobre convenios de cooperación que se celebren, así como la asistencia técnica para el apoyo y ejecución de sus programas o proyectos con organismos internacionales.
NORMATIVIDAD: 1. Artículos 623 al 631-1 del Estatuto Tributario 2. Ley 863 de 2003 3. Decreto 4660 de 2007 4. Resolución No. 13728 de 2009 de la DIAN 5. Resolución anual expedida por la Secretaria de Hacienda Distrital, mediante la cual se señala el
contenido, las características técnicas y los plazos para la entrega de la información de transacciones que se hayan realizado en la ciudad de Bogotá
6. Resolución anual expedida por la DIAN, mediante la cual señala en contenido y características técnicas para la presentación de la información exógena, y fija los plazos para la entrega de la misma
7. Circular No. 11 de 2008 de la Gerencia Nacional Financiera y Administrativa – División Nacional de Contabilidad.
8. Comunicación expedida por la División Nacional de Contabilidad, en donde se dan las instrucciones a seguir para la presentación de la información exógena nacional y distrital de la respectiva vigencia
2. INFORMACIÓN ESPECÍFICA DEL INSTRUCTIVO
En este instructivo se relaciona cada una de las tareas que se deben seguir para revisar y presentar
información exógena:
(Para revisar cada una de las tareas a efectuar según el tipo de información que se requiera, se debe poner el cursor del
mouse sobre el nombre del informe y dar clic mientras se oprime la tecla control (Ctrl))
◘ Información Exógena Nacional
◘ Información Exógena Distrital en Bogotá D.C.
◘ Convenios de cooperación y asistencia técnica para el apoyo y ejecución de programas o
proyectos con organismos internacionales
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1. Información Exógena Nacional
1. Revisar la comunicación anual expedida por la División Nacional de
Contabilidad
El tesorero debe revisar la comunicación anual expedida por la División Nacional de Contabilidad, en
donde se informa respecto de la presentación de la información exógena nacional de la respectiva
vigencia, con el fin de conocer el contenido, las especificaciones técnicas y los plazos para la
entrega de la misma.
2. Revisar la resolución anual expedida por la DIAN
El tesorero debe revisar la resolución anual expedida por la DIAN para la presentación de la
información exógena nacional de la respectiva vigencia, con el fin de conocer el contenido, las
especificaciones técnicas de la misma, para así darle cumplimiento al momento de hacer la revisión
de la información a presentar.
3. Cargar y generar por empresas el archivo de información exógena nacional en
el SGF – QUIPU
El auxiliar de Tesorería debe cargar y generar por empresa los archivos de la información exógena
nacional a través del SGF – QUIPU. Los formatos a reportar a la DIAN, son: 1001 - Pagos o abonos
en cuenta y 1002- Retención en la fuente practicadas.
Esta es la ruta que se debe seguir en el SGF – QUIPU para cargar y generar por empresas el
archivo de información exógena nacional:
SGF – QUIPU:
Contabilidad>Operativo>Automáticos>Archivos DIAN.
a. Diligenciar los siguientes campos:
i. Grupo Archivos: Hace referencia al código del grupo de archivos planos a procesar. Al llamar
la lista de valores con la tecla F9, se debe escoger el código 1 – ARCHIVOS DIAN.
ii. Empresa: Hace referencia al código de la empresa de la cual se van a generar los medios
magnéticos.
iii. Al llamar la lista de valores con la tecla F9, se debe escoger el código de la empresa.
iv. Desde Período: Corresponde al período desde el cual se va a generar la información
exógena. El formato corresponde a AAAAMM (año, mes).
v. Hasta Período: Corresponde al período hasta el cual se va a generar la información exógena.
El formato corresponde a AAAAMM (año, mes).
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vi. Código Ciudad: Se escoge la opción “0” TODAS.
b. Dar clic en el botón Carga Información; el sistema carga en tablas temporales, la información
correspondiente al período digitado.
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c. Dar clic en el botón Procesa Información; el sistema valida y genera la información, teniendo en
cuenta cada uno de los formatos de información exógena parametrizados previamente de
acuerdo a la resolución anual emitida por la DIAN.
d. Dar clic en el botón Salida Excel, el sistema organiza en archivo Excel la información validada y
generada.
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e. Dar clic en el botón Gen.Archivo; genera en archivo Excel los diferentes formatos, teniendo en
cuenta la estructura establecida en Resolución anual emitida por la DIAN.
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f. Dar clic en el botón Aceptar; el sistema guarda los diferentes formatos en la carpeta C:\Temp.
g. Abrir la carpeta C:\Temp y revisar cada uno de los formatos generados, de acuerdo con lo
establecido por la Resolución de la DIAN para la información tributaria y contable a reportar.
Al realizar la revisión de la información, es importante tener en cuenta que la descripción de los
archivos es la siguiente:
Dmuisca_01100X06200X0000000X
Dmuisca _ Nombre del archivo
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01 Indica si es un archivo nuevo o es un reemplazo
100X Indica el nombre del formato
06 Indica la versión del archivo
200X Indica la vigencia a reportar
0000000X Indica el número de archivos por formato a enviar
4. Validar la información según el formato
a. Validar la información por conceptos de los pagos o abonos en cuenta e información de
los terceros reportada en el formato 1001
El auxiliar de Tesorería debe validar la información por conceptos de los pagos o abonos en cuenta
reportados en el formato 1001 respecto a la información del reporte del SGF – QUIPU Pagos a
Terceros por NIT. Adicionalmente, se debe revisar que el valor de la base del formato 1001 debe ser
mayor o igual que la base del formato 1002. El archivo plano formato 1001 corresponde a
información de pagos o abonos en cuenta.
Esta es la ruta que se debe seguir en el SGF – QUIPU para validar por conceptos los pagos o
abonos en cuenta de la información de los terceros reportada en el formato 1001:
SGF – QUIPU:
Contabilidad>Reportes>Diarios>Pagos Terceros Nit>Ejecución de Reportes
b. Validar por conceptos, bases y retenciones en la fuente practicadas e información de los
terceros reportada en el formato 1002
El auxiliar de Tesorería debe validar la información del formato 1002 que contiene las retenciones
en la fuente practicadas respecto a los valores declarados y pagados. Para esta validación se
requiere adicionalmente el reporte de Descuentos Tributarios generado en el SGF – QUIPU. El
formato 1002 corresponde a la información de retenciones en la fuente practicadas.
Esta es la ruta que se debe seguir en el SGF – QUIPU para generar el reporte de descuentos
tributarios:
SGF – QUIPU:
Tesorería>Reportes>Tributarios>Reporte de Descuentos Tributarios.
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5. Revisar y complementar la información de terceros generada en cada uno de
los formatos
El auxiliar de Tesorería debe revisar y complementar la información de terceros con el fin de
actualizar la información a reportar en los formatos: 1001 - Pagos o abonos en cuenta y 1002-
Retención en la fuente practicadas.
6. Revisar los soportes de los registros, cuando haya lugar, para complementar
la información requerida
El auxiliar de Tesorería debe revisar los soportes a partir de los cuales se efectuaron los registros,
en los casos a que haya lugar, con el fin de corregir o adicionar la información a reportar de los
archivos planos de los formato 1001 y 1002, teniendo en cuenta:
a. Los pagos a partir de los cuales se efectuaron los registros.
b. La información de tributarios, debe corresponder a lo declarado y pagado a la DIAN durante la
vigencia de la cual se está presentando la información exógena nacional.
¿Se deben solicitar correcciones de información de terceros o alguna otra
información de los formatos 1001 y 1002, en el SGF – QUIPU?
Sí: Solicitar los ajustes en el SGF –QUIPU de información de terceros y demás información en los
casos en que haya lugar, ir al numeral 7. No: Diligenciar la hoja de trabajo de conciliación retenciones en la fuente presentadas y pagada
respecto a las información exógena nacional, junto con la certificación, ir al numeral 8.
7. Solicitar los ajustes en el SGF –QUIPU de información de terceros y demás
información, en los casos en que haya lugar
El auxiliar de Tesorería debe solicitar la corrección de la información a reportar de los archivos
planos de los formato 1001 y 1002, luego de la revisión correspondiente.
¿La información ya fue ajustada en el SGF – QUIPU, según el requerimiento
efectuado?
El auxiliar de Tesorería debe verificar que se hayan realizado los ajustes solicitados, de la
información a reportar en los archivos planos correspondiente a los formatos 1001 - Pagos o abonos
en cuenta y 1002- Retención en la fuente practicadas.
Sí: Cargar y generar por empresas, el archivo de información exógena nacional en el SGF – QUIPU,
ir al numeral 3.
No: Solicitar los ajustes en el SGF –QUIPU de información de terceros y demás información, en los
casos en que haya lugar, ir al numeral 7.
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8. Diligenciar la hoja de trabajo de conciliación retenciones en la fuente
presentadas y pagadas respecto a la información exógena nacional, junto con
la certificación
El auxiliar de Tesorería debe diligenciar la hoja de trabajo para conciliación de valores y conceptos
declarados y pagados respecto a la información exógena nacional a reportar a la DIAN, verificando
que la sumatoria generada por cada uno de los conceptos de retención (Ej.: compras, honorarios,
servicios, etc.) corresponda al valor declarado y pagado por cada concepto durante la respectiva
vigencia.
El auxiliar de Tesorería debe elaborar la certificación para la firma del responsable de la
información, en donde se certifique que los valores reportados en la información exógena enviada
corresponden a lo declarado por la Universidad Nacional de Colombia en la respectiva vigencia.
Ver hoja de trabajo conciliación retenciones en la fuente presentadas respecto de la
información exógena nacional reportada.
¿La Tesorería que va a reportar la información exógena nacional es de una facultad o
dependencia de la Sede Bogotá?
Sí: Enviar a la Sección Tesorería Central de Sede Bogotá la hoja de trabajo de conciliación
retenciones en la fuente presentadas y pagadas respecto de la información exógena nacional,
junto con la certificación, ir al numeral 9.
No: ¿La Tesorería que va a reportar la información exógena nacional es la División
Nacional de Tesorería, Unimedios, Editorial Universidad Nacional de Colombia,
UNISALUD Bogotá o Fondo Pensional de la Sede Bogotá?
Sí: Presentar archivos planos y formato de conciliación debidamente diligenciado, junto con
certificación a la División Nacional de Contabilidad, ir al numeral 13.
No: Generar el consolidado de la información exógena nacional de la respectiva Sede en el SGF
– QUIPU, ir al numeral 12.
9. Enviar a la Sección de Tesorería del nivel central de la Sede Bogotá la hoja de
trabajo de conciliación retenciones en la fuente presentadas y pagadas
respecto de la información exógena nacional
El Tesorero de la Facultad o dependencia de la Sede Bogotá debe enviar a la Sección Tesorería del
nivel central, la hoja de trabajo con la conciliación de valores y conceptos declarados y pagados
respecto de la información exógena nacional a reportar a la DIAN, junto con la certificación,
debidamente firmada, en donde conste que los valores reportados en la información exógena
enviada de la respectiva Tesorería corresponden a lo declarado y pagado en la respectiva vigencia.
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10. Recibir la hoja de trabajo de conciliación de retenciones en la fuente
presentadas y pagadas respecto de la información exógena nacional a
reportar, junto con la certificación
El Auxiliar de la Sección Tesorería de la Sede Bogotá debe recibir la hoja de trabajo con la
conciliación de valores y conceptos declarados y pagados respecto de la información exógena
nacional a reportar a la DIAN, junto con la certificación en donde conste que los valores reportados
en la información exógena enviada corresponden a lo declarado y pagado en la respectiva vigencia,
la cual ha sido enviada por los tesoreros de la Sede Bogotá.
11. Verificar la información de la Sede Bogotá para su consolidación, según lo
reportado por cada Tesorería y firmar la certificación
El auxiliar de Tesorería de la Sección Tesorería de la Sede Bogotá debe realizar la consolidación de
la información correspondiente a la Sede Bogotá, para lo cual debe diligenciar la hoja de trabajo
para conciliación de valores y conceptos declarados y pagados respecto de la información exógena
nacional a reportar a la DIAN, además de elaborar la certificación, en donde se hace constar (a
partir de las certificaciones allegadas por cada una de las Tesorerías de la Sede Bogotá) que los
valores reportados en la información exógena enviada corresponden a lo declarado y pagado en la
respectiva vigencia.
El Tesorero de la Sección Tesorería de la Sede Bogotá debe verificar la información consolidada en
la hoja de trabajo para conciliación de valores y conceptos declarados y pagados respecto a la
información exógena nacional a reportar a la DIAN, a partir de la información presentada por cada
una de las Tesorerías de la Sede Bogotá, y firmar la certificación en donde consta que los valores
reportados en la información exógena enviada corresponden a lo declarado y pagado en la
respectiva vigencia.
12. Generar el consolidado de la información exógena nacional de la respectiva
Sede en el SGF – QUIPU
El auxiliar de Tesorería de la respectiva Sede debe generar la información exógena nacional consolidada por cada Sede conforme a las empresas consolidadoras en el SGF – QUIPU:
Esta es la ruta que se debe seguir en el SGF – QUIPU para cargar y generar el archivo de
información exógena nacional:
SGF – QUIPU:
Contabilidad>Operativo>Automáticos>Archivos DIAN.
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a. Diligenciar los siguientes campos:
i. Grupo Archivos: Hace referencia al código del grupo de archivos planos a procesar. Al
llamar la lista de valores con la tecla F9, se debe escoger el código 1 – ARCHIVOS
DIAN.
ii. Empresa: Hace referencia al código de la empresa consolidadora que va a agrupar la
información de los medios magnéticos para enviar al Nivel Nacional. Al llamar la lista de
valores con la tecla F9, se debe escoger el código de la empresa. Generar los archivos
consolidados por cada Sede en el SGF – QUIPU, según le corresponda y teniendo en
cuenta:
SEDE EMPRESA RANGO DE EMPRESAS
Bogotá
2049 - Unidad Gestión General Bogotá 2056 – Consolidado UGI Sede Bogotá
Desde 2001 – Nivel Central Sede Bogotá Hasta 2048 – Consolidado Fondo Bogota (desde 2004 - Dirección Académica, hasta 2023 – Facultad Especial Marengo) Desde 2060 – UGI Nivel Central Bogotá Hasta 2072 – UGI Dirección Académica
Medellín
3049 – Unidad Gestión General Medellín 3056 – Consolidado UGI Sede Medellín
Desde 3001 – Nivel Central Sede Medellín Hasta 3048 – Consolidado Fondo Medellín (desde 3010 - Fondo Especial, hasta 3015 - Facultad de Minas) Desde 3060 – UGI Nivel Central Sede Medellín Hasta 3065 – UGI Facultad de Minas Sede Medellín
Manizales 4049 – Unidad Gestión Desde 4001 – Nivel Central Sede Manizales
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General Manizales 4056 – Consolidado UGI Sede Manizales
Hasta 4048 – Consolidado Fondo Manizales (desde 4010 - Fondo Especial, hasta 4014 - Facultad de Ciencias Exactas y Naturales) Desde 4060 – UGI Nivel Central Sede Manizales Hasta 4063 – UGI Facultad de Ciencias Exactas y Naturales
Palmira
5049 – Unidad Gestión General Palmira 5056 – Consolidado UGI Sede Palmira
Desde 5001 – Nivel Central Sede Palmira Hasta 5048 – Facultad de Ciencias Exactas y Naturales Desde 5060 – UGI Nivel Central Sede Palmira Hasta 5062– UGI Facultad de Ingeniería y Administración
Amazonía
6049 – Unidad Gestión General Sede Amazonía 6056 – Consolidado UGI Sede Amazonía
Desde 6001 – Nivel Central Sede Amazonía Hasta 6010 – Fondo Especial Amazonía Desde 6060 – UGI Nivel Central Sede Amazonía Hasta 6061 – UGI Fondo Especial Sede Amazonía
Orinoquía
7049 – Unidad Gestión General Sede Orinoquía 7056 – Consolidado UGI Sede Orinoquía
Desde 7001 – Nivel Central Sede Orinoquía Hasta 7010 – Fondo Especial Orinoquía Desde 7060 – UGI Nivel Central Sede Amazonía Hasta 7061 – UGI Fondo Especial Sede Orinoquía
Caribe
8049 – Unidad Gestión General Sede Caribe 8056 – Consolidado UGI Sede Caribe
Desde 8001 – Nivel Central Sede Caribe Hasta 8010 – Fondo Especial Sede Caribe Desde 8060 – UGI Nivel Central Sede Caribe Hasta 8061 – UGI Fondo Especial Sede Caribe
iii. Desde Período: Corresponde al período desde el cual se van a generar la información
exógena. El formato corresponde a AAAAMM (año, mes).
iv. Hasta Período: Corresponde al período hasta el cual se van a generar la información
exógena. El formato corresponde a AAAAMM (año, mes).
b. Dar clic en el botón Consolida; el sistema agrupa la información relacionada con cada una
de las empresas que conforman el campo Empresa diligenciado.
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c. Finalizado el paso anterior, oprimir el botón Procesa Información; el sistema valida y
genera la información teniendo en cuenta cada uno de los formatos de información exógena
parametrizados previamente de acuerdo a Resolución anual emitida por la DIAN.
d. Dar clic en el botón Salida Excel; el sistema organiza en archivo Excel la información
validada y generada.
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e. Dar clic en el botón Gen.Archivo; genera en archivo Excel los diferentes formatos,
teniendo en cuenta la estructura establecida en la Resolución anual emitida por la DIAN.
f. Dar clic en el botón Aceptar; el sistema guarda los diferentes formatos en la carpeta
C:\Temp.
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g. Abrir la carpeta C:\Temp y revisar cada uno de los formatos generados, de acuerdo con lo
establecido por la Resolución de la DIAN para la información tributaria y contable a reportar.
Hecho lo anterior, realice la revisión de la información consolidada.
h. Dar clic en el botón Importa/Exporta, para exportar los archivos que se deben enviar a la
División Nacional de Contabilidad
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i. Dar clic en el botón Importar/Exportar; se habilita una ventana “Importar/Exportar”.
Asegurarse de que las opciones seleccionadas correspondan a las señaladas en los
recuadros y oprimir el botón Exportar.
El sistema guarda los 5 archivos *.txt marcados, en la carpeta C:\Temp.
13. Presentar archivos planos y formato de conciliación debidamente
diligenciado, junto con certificación a la División Nacional de Contabilidad
El Tesorero de la respectiva Sede debe enviar a la División Nacional de Contabilidad la hoja de
trabajo de conciliación retenciones en la fuente presentadas y pagadas respecto de la reportada en
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la información exógena nacional y la certificación debidamente firmada en donde consta que los
valores reportados en la información exógena enviada corresponden a lo declarado y pagado en la
respectiva vigencia. Excepto para el caso de las Tesorerías del Nivel Nacional (División Nacional
de Tesorería, Unimedios, Editorial Universidad Nacional de Colombia, UNISALUD Bogotá o
Fondo Pensional de la Sede Bogotá) se debe enviar el archivo plano con la información exógena
nacional, una vez se haya revisado y verificado la información procesada de información exógena
nacional a presentar a la DIAN
Las Sedes Bogotá, Medellín, Manizales, Palmira, Amazonía, Orinoquía y Caribe; UNISALUD
Medellín, Manizales y Palmira; el Fondo Pensional de la Universidad Nacional de Colombia de las
Sedes Medellín, Manizales y Palmira, deben enviar los siguientes 5 archivos, con la debida
certificación del Tesorero en lo relacionado a declaraciones y pagos de retención en la fuente y por
el Contador en lo relacionado a las cifras contables:
TRIB_XXXX.200X12.txt
SICO_XXXX_200X.txt
MVCO_XXXX_200X12.txt
CTBN_XXXX_200X.txt
TERC_XXXX.txt
Ir al procedimiento Consolidar y presentar información exógena- Instructivo para consolidar y
presentar información exógena (Proceso Contable).
2. Información Exógena Distrital en Bogotá D.C.
1. Revisar la comunicación anual expedida por la División Nacional de
Contabilidad
El tesorero debe revisar la comunicación anual expedida por la División Nacional de Contabilidad, en
donde se informa respecto de la presentación de la información exógena distrital de la respectiva
vigencia, con el fin de conocer el contenido, las especificaciones técnicas y los plazos para la
entrega de la misma.
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2. Revisar la resolución anual expedida por la Secretaría de Hacienda Distrital
El tesorero debe revisar la resolución anual expedida por la Secretaría de Hacienda Distrital para la
presentación de la información exógena distrital de la respectiva vigencia, con el fin de conocer el
contenido, las especificaciones técnicas de la misma, para así darle cumplimiento al momento de
hacer la revisión de la información a presentar.
3. Cargar y generar por empresas, el archivo de información exógena distrital en
el SGF – QUIPU
El auxiliar de Tesorería debe seguir la circular o el instructivo elaborado por la División Nacional de
Contabilidad para generar la información de medios magnéticos distritales en el SGF – QUIPU.
Esta es la ruta que se debe seguir en el SGF – QUIPU para cargar y generar por empresas el
archivo de información exógena distrital:
SGF – QUIPU:
Contabilidad>Operativo>Automáticos>Archivos DIAN.
a. Diligenciar los siguientes campos:
i. Grupo Archivos: Hace referencia al código del grupo de archivos planos a procesar. Al llamar
la lista de valores con la tecla F9, se debe escoger el código 99 – MEDIOS MAGNÉTICOS
DISTRITALES.
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ii. Empresa: Hace referencia al código de la empresa de la cual se van a generar los medios
magnéticos distritales.
iii. Al llamar la lista de valores con la tecla F9, se debe escoger el código de la empresa.
iv. Desde Período: Corresponde al período desde el cual se van a generar la información
exógena. El formato corresponde a AAAAMM (año, mes).
v. Hasta Período: Corresponde al período hasta el cual se van a generar la información
exógena. El formato corresponde a AAAAMM (año, mes).
vi. Código Ciudad: Se escoge la opción “1” BOGOTÁ.
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b. Dar clic en el botón Carga Información; el sistema carga en tablas temporales, la información
correspondiente al período digitado.
c. Dar clic en el botón Procesa Información; el sistema valida y genera la información, teniendo en
cuenta cada uno de los formatos de información exógena distritales parametrizados previamente
de acuerdo con la Resolución anual emitida por la Secretaría de Hacienda Distrital de Bogotá.
d. Dar clic en el botón Salida Excel; el sistema organiza en archivo Excel la información validada y
generada.
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e. Dar clic en el botón Gen.Archivo; genera en archivo Excel los diferentes formatos, teniendo en
cuenta la estructura establecida en Resolución anual emitida por la Secretaría de Hacienda
Distrital de Bogotá.
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f. Dar clic en el botón Aceptar; El sistema guarda los diferentes formatos en la carpeta C:\Temp.
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PROCESO: CONTABLE SUBPROCESO: GENERAR, CONSOLIDAR Y REPORTAR ESTADOS CONTABLES E INFORMACIÓN TRIBUTARIA
g. Abrir la carpeta C:\Temp y revisar cada uno de los archivos planos generados, de acuerdo a lo
establecido por la Resolución de la Secretaría de Hacienda Distrital para la información tributaria
y contable a reportar.
Descripción archivos planos:
1. Dmuisca_01006201000000001 (archivo definitivo): Corresponde a la información de
compras de bienes y/o servicios, en la jurisdicción del Distrito Capital.
Contenido del archivo plano:
- Columna A: Vigencia
- Columna B: Tipo de Documento
- Columna C: Número de Documento
- Columna D: Nombres y apellidos o razón social
- Columna E: Dirección
- Columna F: Teléfono
- Columna G: Código municipio (codificación DANE)
- Columna H: Nombre del municipio
- Columna I: Nombre del departamento
-Columna J: Valor acumulado anual de las compras de bienes y servicios, sin incluir
el IVA.
-Columna K: Valor acumulado de cuentas por pagar con corte al 31 de diciembre de la
vigencia reportada.
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2. Dmuisca_01206201000000001 (archivo temporal): Contiene la información de la columna
valor acumulado de compras.
3. Dmuisca_01306201000000001 (archivo temporal): Contiene la información de columna
valor acumulado cuentas por pagar.
4. Dmuisca_01406201000000001 (archivo definitivo): Corresponde a la información de
retención del impuesto de Industria y Comercio reportada por los agentes de retención,
practicadas en la ciudad de Bogotá.
Contenido del archivo plano:
- Columna A: Vigencia
- Columna B: Tipo de Documento
- Columna C: Número de Documento
- Columna D: Nombres y apellidos o razón social
- Columna E: Dirección
- Columna F: Teléfono
- Columna G: Código municipio (codificación DANE)
- Columna H: Nombre del municipio
- Columna I: Nombre del departamento
-Columna J: Base de retención
-Columna K: Tarifa aplicada
-Columna L: Monto retenido anualmente
4. Revisar y validar la información de terceros de los archivos planos de la
información exógena distrital
El auxiliar de Tesorería debe revisar y validar la información de terceros de los archivos planos
generados con la información exógena distrital, teniendo en cuenta que esté completa y diligenciada
de acuerdo con las instrucciones indicadas en la resolución de la Secretaría de Hacienda Distrital.
¿Está completa y correcta la información de terceros?
Sí: Revisar la información de valores anuales de compras de bienes y servicios y de valores
acumulados de cuentas por pagar, ir al numeral 6.
No: Complementar la información de los terceros, ir al numeral 5.
5. Complementar la información de los terceros
El auxiliar de Tesorería debe proceder a ubicar los soportes, para complementar los datos de los
terceros a reportar en la información exógena distrital.
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6. Revisar la información de compras de bienes y servicios y de valores
acumulados de cuentas por pagar
El auxiliar de Tesorería debe revisar y validar la información de compras de bienes y servicios y de
valores acumulados de cuentas por pagar con corte al 31 de diciembre de la vigencia reportada del
archivo plano Dmuisca_01006201000000001, teniendo en cuenta los siguientes datos:
- Columna A: Vigencia
- Columna B: Tipo de Documento
- Columna C: Número de Documento
- Columna D: Nombres y apellidos o razón social
- Columna E: Dirección
- Columna F: Teléfono
- Columna G: Código municipio (codificación DANE)
- Columna H: Nombre del municipio
- Columna I: Nombre del departamento
- Columna J: Valor acumulado anual de las compras de bienes y servicios, sin incluir el IVA.
- Columna K: Valor acumulado de cuentas por pagar con corte al 31 de diciembre de la
vigencia reportada.
7. Revisar que la información de bases de retención, tarifas aplicadas y monto
retenido anualmente, corresponda con los valores declarados por concepto
de retenciones en la fuente de ICA de la respectiva vigencia
El auxiliar de Tesorería debe revisar que la información de retención del impuesto de Industria y
Comercio reportada por la Universidad Nacional de Colombia, como agente de retención,
practicadas en la ciudad de Bogotá, corresponda con los valores declarados por concepto de
retenciones en la fuente de ICA de la respectiva vigencia, así mismo, debe verificar la
información que se relaciona a continuación y que se reportará en el archivo plano
Dmuisca_01406201000000001:
- Columna A: Vigencia
- Columna B: Tipo de Documento
- Columna C: Número de Documento
- Columna D: Nombres y apellidos o razón social
- Columna E: Dirección
- Columna F: Teléfono
- Columna G: Código municipio (codificación DANE)
- Columna H: Nombre del municipio
- Columna I: Nombre del departamento
- Columna J: Base de retención
- Columna K: Tarifa aplicada
- Columna L: Monto retenido anualmente
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Adicionalmente se debe validar la información de medios magnéticos generada en el SGF – QUIPU
respecto a los reportes generados en el SGF – QUIPU de descuentos tributarios y de Pagos a
terceros por NIT.
Esta es la ruta que se debe seguir en el SGF – QUIPU para validar los valores de información
exógena distrital frente a valores pagados en la declaración:
SGF – QUIPU:
a) Tesorería>Reportes>Tributarios>Reporte de Descuentos Tributarios (ICA);
b) Contabilidad>Reportes>Diarios>Pagos Terceros Nit>Ejecución de Reportes.
¿Se deben solicitar ajustes en la información de terceros y/o valores a reportar en
los archivos planos de la información exógena distrital?
Sí: Solicitar los ajustes en el SGF – QUIPU de información de terceros y valores a reportar en los
archivos planos de la información exógena distrital, en los casos a que haya lugar, ir al numeral
8.
No: Diligenciar la hoja de trabajo de conciliación retenciones en la fuente de ICA presentadas y
pagadas respecto de las información exógena distrital, junto con la certificación, ir al numeral 9.
8. Solicitar los ajustes en el SGF – QUIPU de información de terceros y valores a
reportar en los archivos planos de la información exógena distrital, en los
casos en que haya lugar
El auxiliar de Tesorería debe solicitar al grupo de soporte SGF – QUIPU, la corrección de la
información a reportar de los archivos planos, de acuerdo con la revisión efectuada.
¿La información ya fue ajustada en el SGF – QUIPU, según el requerimiento
efectuado?
El auxiliar de Tesorería debe verificar que se hayan realizado los ajustes solicitados a la información
a reportar en los archivos de la información exógena distrital.
Sí: Cargar y generar por empresas el archivo de información exógena distrital en el SGF – QUIPU, ir
al numeral 3.
No: Solicitar los ajustes en el SGF – QUIPU de información de terceros y valores a reportar en los
archivos planos de la información exógena distrital, en los casos en que haya lugar, ir al numeral
8.
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9. Diligenciar la hoja de trabajo de conciliación retenciones en la fuente de ICA
presentadas y pagadas respecto de las información exógena distrital, junto
con la certificación
El auxiliar de Tesorería debe diligenciar la hoja de trabajo para conciliación de valores de retención
en la fuente de ICA declarados y pagados respecto de la información exógena distrital a reportar a
la Secretaría de Hacienda Distrital, verificando que la información esté correcta.
Ver hoja de trabajo conciliación retenciones en la fuente ICA presentadas respecto de la
información exógena distrital reportada
El auxiliar de Tesorería debe elaborar la certificación para la firma del responsable de la
información, en donde se certifique que los valores reportados en la información exógena distrital
enviada corresponden a lo declarado por la Universidad en la respectiva vigencia.
¿La Tesorería que va a reportar la información exógena distrital es de la Sede
Bogotá?
Sí: Enviar a la Sección Tesorería de la Sede Bogotá la hoja de trabajo de conciliación retenciones
en la fuente ICA presentadas y pagadas respecto de la información exógena distrital, junto con
la certificación, ir al numeral 10.
No: Presentar archivos planos y formato de conciliación debidamente diligenciado, junto con
certificación a la División Nacional de Contabilidad, según corresponda, ir al numeral 14.
10. Enviar a la Sección Tesorería de la Sede Bogotá la hoja de trabajo de
conciliación retenciones en la fuente ICA presentadas y pagadas respecto de
la información exógena distrital, junto con la certificación
El Tesorero debe enviar a la Sección Tesorería de la Sede Bogotá la hoja de trabajo con la
conciliación de valores declarados y pagados respecto de la información exógena distrital a reportar
a la Secretaría de Hacienda Distrital, junto con la certificación, debidamente firmada, en donde
conste que los valores reportados en la información exógena enviada de la respectiva Tesorería,
corresponden a lo declarado y pagado en la respectiva vigencia.
11. Recibir la hoja de trabajo de conciliación retenciones en la fuente de ICA
presentadas y pagadas respecto de la información exógena distrital a
reportar, junto con la certificación
El Auxiliar de la Sección Tesorería de la Sede Bogotá debe recibir la hoja de trabajo con la
conciliación de valores declarados y pagados respecto de la información exógena distrital a reportar
a la Secretaría de Hacienda Distrital, junto con la certificación en donde conste que los valores
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reportados en la información exógena enviada corresponden a lo declarado y pagado en la
respectiva vigencia, la cual ha sido enviada por los tesoreros de la Sede Bogotá.
12. Verificar la información exógena distrital de la Sede Bogotá y consolidarla,
según lo reportado por cada Tesorería de la Sede Bogotá y firmar la
certificación
El auxiliar de Tesorería de la Sección Tesorería de la Sede Bogotá debe realizar la consolidación de
la información correspondiente a la Sede Bogotá en un libro de Excel por cada empresa en el SFG –
QUIPU. Así mismo, debe diligenciar la hoja de trabajo para conciliación de valores declarados y
pagados respecto de la información exógena distrital a reportar, además de elaborar la certificación,
en donde consta (a partir de las certificaciones allegadas por cada una de las Tesorerías de la Sede
Bogotá) que los valores reportados en la información exógena enviada corresponden a lo declarado
y pagado en la respectiva vigencia.
Ver hoja de trabajo conciliación retenciones en la fuente ICA presentadas respecto de la
información exógena distrital reportada
El Tesorero del nivel central de la Sede Bogotá debe verificar la información consolidada en la hoja
de trabajo para conciliación de valores declarados y pagados respecto de la información exógena
distrital a reportar, a partir de la información presentada por cada una de las Tesorerías de la Sede
Bogotá, y firmar la certificación en donde consta que los valores reportados en la información
exógena enviada corresponden a lo declarado y pagado en la respectiva vigencia.
14. Presentar archivos planos y formato de conciliación diligenciado, junto con
certificación a la División Nacional de Contabilidad, según corresponda
Los Tesoreros del nivel central de la Sede Bogotá, de la División Nacional de Tesorería, de
Unimedios, de la Editorial Universidad Nacional de Colombia, de UNISALUD Bogotá y del Fondo
Pensional de la Sede Bogotá deben enviar a la División Nacional de Contabilidad la hoja de trabajo
de conciliación retenciones en la fuente presentadas y pagadas respecto a la reportada en la
información exógena distrital y la certificación debidamente firmada en donde consta que los valores
reportados en la información exógena enviada corresponden a lo declarado y pagado en la
respectiva vigencia.
La Sección Tesorería de la Sede Bogotá debe enviar, además, los siguientes archivos consolidados
por empresa en el SGF – QUIPU, con la debida certificación del Tesorero en lo relacionado con las
declaraciones y pagos de retención en la fuente de ICA:
a. Dmuisca_01006201000000001 (archivo definitivo): Corresponde a la información de
compras de bienes y/o servicios, en la jurisdicción del Distrito Capital.
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b. Dmuisca_01406201000000001 (archivo definitivo): Corresponde a la información de
retención del impuesto de Industria y Comercio reportada por los agentes de retención,
practicadas en la ciudad de Bogotá.
Ir al procedimiento Consolidar y presentar información exógena- Instructivo para consolidar y
presentar información exógena (Proceso Contable).
3. Convenios de cooperación y asistencia técnica para el apoyo y ejecución de programas o proyectos con organismos
internacionales
1. Identificar si hay convenios de cooperación y asistencia técnica para el apoyo
y ejecución de programas o proyectos con organismos internacionales en los
que se hayan realizado pagos.
El auxiliar del área de Tesorería debe ingresar a la dirección www.ori.unal.edu.co en el link
Convenios Instituciones de Educación Superior y Otras, allí abrirá una página de Administración de
Convenios donde se puede elegir el tipo de convenio que se desea consultar, y que le permitirá la
búsqueda por el año de suscripción, país, tipo de convenio, estado o nombre de la institución
contraparte.
El tesorero deberá constatar si una vez realizada la consulta en la página web de la ORI, hay o no,
convenios de cooperación y asistencia técnica para el apoyo y ejecución de programas o proyectos
con organismos internacionales que hayan involucrado pagos a través de su área de Tesorería.
¿Se cuenta con información para reportar?
Sí: Revisar la información a reportar de contratos de venta de bienes o de prestación de servicios
con cargo a los convenios de cooperación y asistencia técnica para el apoyo y ejecución de
programas o proyectos con organismos internacionales, ir al numeral 2.
No: Elaborar y firmar certificación informando que no se celebraron convenios de cooperación y
asistencia técnica para el apoyo y ejecución de programas o proyectos con organismos
internacionales, ir al numeral 8.
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2. Revisar la información a reportar de contratos de venta de bienes o de
prestación de servicios con cargo a los convenios de cooperación y
asistencia técnica para el apoyo y ejecución de programas o proyectos con
organismos internacionales
El auxiliar del área de Tesorería debe consultar el SGF – QUIPU para verificar si se celebraron
contratos de venta de bienes o de prestación de servicios, vigentes con cargo a los convenios de
cooperación y asistencia técnica y revisar si se han realizado pagos o abonos en cuenta en el
período a reportar.
Esta es la ruta que se debe seguir en el SGF – QUIPU para consultar la información sobre contratos
de venta de bienes o de prestación de servicios:
SGF – QUIPU:
Proyectos> Reportes> Mov x Proy x Impu.
El auxiliar del área de Tesorería debe revisar la clase de contrato suscrito con cargo al convenio de
cooperación y asistencia técnica para el apoyo y ejecución de programas o proyectos con
organismos internacionales.
3. Diligenciar la hoja “Principal” del Formato 1159 de la Dirección de Impuestos
y Aduanas Nacionales – DIAN
El auxiliar del área de Tesorería debe diligenciar la hoja de Excel llamada “Principal” del Formato
1159 de la DIAN, donde se debe incluir el número del convenio, identificación del convenio en
ejecución, nombre o razón social del organismo internacional con el cual se celebró el contrato y el
país origen.
Ver formato 1159 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN
Ver anexo N° 53 especificaciones técnicas del formato 1159
4. Revisar pagos del período a reportar
El auxiliar del área de Tesorería debe revisar la información respecto de pagos o abonos realizados
de contratos en el período a reportar.
Esta es la ruta que se debe seguir en el SGF – QUIPU para consultar la información sobre pagos de
contratos de convenios:
MACROPROCESO: GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA Código: U-IN-12.005.009
Versión: 1.0
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SGF – QUIPU:
Contratos> Consultas> Consulta General.
5. Diligenciar la hoja “Secundario_Contratos” del Formato 1159 de la DIAN
El auxiliar del área de Tesorería debe diligenciar la hoja de Excel llamada “Secundario_Contratos”
del Formato 1159 de la DIAN que contiene los siguientes campos: número del contrato, valor total
del contrato, fecha inicial del contrato, fecha final del contrato, clase de contrato, teniendo en cuenta
la información generada en el SGF – QUIPU respecto a pagos de contratos en el período a reportar.
Los contratos se deben reportar teniendo en cuenta la clase de contrato, de acuerdo con la
siguiente codificación:
a. Contratos de obra y/o suministro, en el concepto 7100.
b. Contratos de consultoría, en el concepto 7200.
c. Contratos de prestación de servicios, en el concepto 7300.
d. Contratos de concesión, en el concepto 7400.
e. Otros contratos, en el concepto 7500.
En el caso de avances girados, se debe aclarar que el reporte del pago se realiza en el período en
que se registre la legalización de dicho avance y el número del contrato corresponderá al número de
comprobante que genera la legalización.
Esta es la ruta que se debe seguir en el SGF – QUIPU para consultar información sobre pagos en
desarrollo de los contratos suscritos:
SGF – QUIPU:
Contratos> Consultas> Consulta General.
6. Diligenciar la hoja “Secundario_Pagos” del Formato 1159 de la DIAN
El auxiliar del área de Tesorería debe diligenciar la hoja de Excel llamada “Secundario_Pagos” que
contiene los siguientes campos: número del convenio, clase de contrato, número del contrato,
concepto del pago, tipo de documento, número de identificación del contratista, dígito de
verificación, primer apellido del contratista, segundo apellido del contratista, primer nombre del
contratista, otros nombres del contratista, razón social del contratista, dirección del contratista,
código departamento, código municipio, valor del pago o abono en cuenta, base retención aplicada
a título de renta, retención aplicada a título de renta, retención aplicada a título de IVA, valor
impuesto sobre las ventas descontable correspondiente al periodo que se reporta.
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Para el diligenciamiento de la hoja de Excel llamada “Secundario_Pagos”, es necesario consultar en
el SGF – QUIPU para conocer, en el caso de legalizaciones, el período de la misma, los terceros a
los cuales se les pagó y los valores cancelados; y, en el caso de pagos, para establecer igualmente
los valores cancelados y sus correspondientes retenciones. Los valores reflejados en el reporte por
imputación incluyen el Gravamen a los Movimientos Financieros – GMF, por ello es necesario saber
el valor exacto del pago sin dicho gravamen. No se deben incluir los anticipos girados, éstos se
relacionarán en el período en que se amorticen y se realicen otros pagos.
Para los datos personales de cada tercero es necesario consultar por Detalle de Auxiliares, el dígito
de verificación para el caso de Personas Jurídicas, dirección, código de departamento y municipio
para todos los terceros.
Esta es la ruta que se debe seguir en el SGF – QUIPU para consultar información sobre pagos de
órdenes de pago y valores cancelados:
SGF – QUIPU:
1. Pagos: Cuentas por Pagar> Consultas> Ordenes de Pago> General.
2. Avances: Contabilidad> Consultas> Movimientos> por auxiliar.
El auxiliar del área de Tesorería debe revisar los pagos o abonos en cuenta de los contratos
suscritos con cargo al convenio de cooperación y asistencia técnica, la base de retención en la
fuente practicada a titulo de renta, la retención en la fuente a título de renta y la retención en la
fuente practicada a titulo de IVA, para reportar la información según el concepto al que
correspondan, de la siguiente manera:
a) Salarios, prestaciones sociales y demás pagos laborales efectivamente pagados al
trabajador, cuando el pago mensual supere la suma sujeta a retención en la fuente, en el
concepto 5001.
b) Honorarios: El valor acumulado pagado o abonado en cuenta, en el concepto 5002.
c) Comisiones: El valor acumulado pagado o abonado en cuenta, en el concepto 5003.
d) Servicios: El valor acumulado pagado o abonado en cuenta, en el concepto 5004.
e) Arrendamientos: El valor acumulado pagado o abonado en cuenta, en el concepto 5005.
f) Intereses y rendimientos financieros: El valor acumulado pagado o abonado en cuenta, en el
concepto 5006.
g) Compra de activos movibles: El valor acumulado pagado o abonado en cuenta, en el
concepto 5007.
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Versión: 1.0
INSTRUCTIVO: ELABORAR INFORMACIÓN EXÓGENA NACIONAL, DISTRITAL Y DE CONVENIOS DE COOPERACION Y ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL APOYO Y EJECUCIÓN DE
PROGRAMAS Y PROYECTOS CON ORGANISMOS INTERNACIONALES
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PROCESO: CONTABLE SUBPROCESO: GENERAR, CONSOLIDAR Y REPORTAR ESTADOS CONTABLES E INFORMACIÓN TRIBUTARIA
h) Compra de activos fijos: El valor acumulado pagado o abonado en cuenta, en el concepto
5008.
i) Cargos diferidos y/o gastos pagados por anticipado: El valor acumulado pagado o abonado
en cuenta, en el concepto 5009.
j) Los pagos por concepto de aportes parafiscales al SENA, a las Cajas de Compensación
Familiar y al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, en el concepto 5010.
k) Los pagos por concepto de aportes parafiscales a las empresas promotoras de salud EPS y
los aportes al Sistema de Riesgos Profesionales, incluidos los aportes del trabajador, en el
concepto 5011.
l) Los pagos o abonos en cuenta por concepto de aportes obligatorios para pensiones
efectuados al Instituto de Seguros Sociales y a los Fondos de Pensiones, incluidos los
aportes del trabajador, en concepto 5012
m) Los demás pagos a terceros, en el concepto 5016.
7. Elaborar y firmar certificación adjuntando formato
El auxiliar del área de Tesorería debe elaborar la certificación adjuntando el Formato 1159 de la
DIAN, informando los pagos realizados en cumplimiento de los contratos de venta de bienes o de
prestación de servicios suscritos para el desarrollo de convenios de cooperación técnica y asistencia
técnica celebrados con organismos internacionales. Así mismo, una vez revisada la información a
reportar, el tesorero debe firmar la certificación en señal de aprobación de los datos reportados.
¿El área de Tesorería que va a reportar la información de convenios de cooperación y
asistencia técnica con organismos internacionales es de la Sede Bogotá?
Sí: Enviar a la Sección Tesorería de Sede Bogotá la certificación informando si se reporta o no
información de convenios de cooperación y asistencia técnica con organismos internaciones, ir
al numeral 9.
No: Presentar la información de convenios de cooperación y asistencia técnica con organismos
internacionales a la División Nacional de Contabilidad, ir al numeral 13.
8. Elaborar y firmar certificación informando que no se celebraron convenios de
cooperación y asistencia técnica para el apoyo y ejecución de programas o
proyectos, con organismos internacionales
El tesorero y el auxiliar del área de Tesorería deben elaborar y firmar la certificación informando que
no se celebraron convenios de cooperación técnica y asistencia técnica con organismos
internacionales en el mes inmediatamente anterior.
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PROCESO: CONTABLE SUBPROCESO: GENERAR, CONSOLIDAR Y REPORTAR ESTADOS CONTABLES E INFORMACIÓN TRIBUTARIA
¿El área de Tesorería que va a reportar la información de convenios de cooperación y
asistencia técnica con organismos internacionales es de la Sede Bogotá?
Sí: Enviar a la Sección Tesorería de la Sede Bogotá la certificación, informando si se reporta o no
información de convenios de cooperación y asistencia técnica con organismos internaciones, ir
al numeral 9.
No: Presentar la información de convenios de cooperación y asistencia técnica con organismos
internacionales a la División Nacional de Contabilidad, ir al numeral 13.
9. Enviar a la Sección Tesorería del nivel central de la Sede Bogotá la
certificación informando si se reporta o no información de convenios de
cooperación y asistencia técnica con organismos internaciones
El Tesorero del área que ha suscrito la certificación, debe enviarla a la Sección Tesorería de la Sede
Bogotá, informando si se cuenta o no con información de pagos en cumplimiento de los contratos de
venta de bienes o de prestación de servicios suscritos para el desarrollo de convenios de
cooperación técnica y asistencia técnica celebrados con organismos internacionales, en el mes
inmediatamente anterior.
10. Recibir la certificación en donde se informa si se reporta o no información de
convenios de cooperación y asistencia técnica con organismos internaciones
El auxiliar de la Sección Tesorería del Nivel Central de la Sede Bogotá debe recibir la certificación
en donde las áreas de Tesorería de la Sede Bogotá informan si se cuenta o no con información de
pagos en cumplimiento de los contratos de venta de bienes o de prestación de servicios, suscritos
para el desarrollo de convenios de cooperación técnica y asistencia técnica celebrados con
organismos en el mes inmediatamente anterior.
11. Verificar la información reportada por cada Tesorería de la Sede Bogotá y
consolidarla
El auxiliar de la Sección Tesorería del Nivel Central de la Sede Bogotá debe consolidar la
información mensual de todos los contratos vigentes con cargo a convenios de cooperación técnica
y asistencia técnica celebrados con organismos internacionales, junto con el detalle de los pagos o
abonos en cuenta que se realizaron en el período a reportar, en el formato 1159, haciendo una
revisión técnica de los terceros y verificando que los nombres y apellidos se encuentren
diligenciados correctamente.
Ver formato 1159 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN
Ver anexo N° 53 especificaciones técnicas del formato 1159
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12. Verificar y firmar el certificado de la información reportada por cada Tesorería
de la Sede Bogotá
El Tesorero del Nivel Central de la Sede Bogotá debe verificar la información consolidada con base
en la información presentada por cada una de las Tesorerías de la Sede Bogotá, y firmar la
certificación.
13. Presentar la información de convenios de cooperación y asistencia técnica
con organismos internacionales a la División Nacional de Contabilidad
Los Tesoreros deben enviar a la División Nacional de Contabilidad, mensualmente, antes del día 15
de cada mes siguiente del período a reportar, el formato 1159 de la DIAN diligenciado, con la
información de los pagos realizados en cumplimiento de los contratos de venta de bienes o de
prestación de servicios suscritos con organismos internacionales para el desarrollo de convenios de
cooperación técnica y asistencia técnica, junto con la respectiva certificación. De igual forma se
deberá proceder cuando no se hayan presentado pagos por este concepto.
Ir al procedimiento Consolidar y presentar información exógena- Instructivo para consolidar y
presentar información exógena (Proceso Contable).
ELABORÓ
Socorro Cardozo Miranda, Nohora Judith Rojas Rojas, María Fernanda Forero
REVISÓ
Áreas de Tesorería o dependencias que hagan sus veces de la Universidad Nacional de Colombia, Liliana Díaz Poveda, Katty A. Novoa Cardoso, Aura María Cárdenas Paulsen.
APROBÓ
Ángela María González Lozada
CARGO
Jefe División Nacional de Tesorería, Asistente administrativo División Nacional de Tesorería, Contratista
CARGO
Tesorero, auxiliar de Tesorería o quienes ejercen este rol, asesoras y contratista de la Gerencia Nacional Financiera y Administrativa
CARGO
Gerente Nacional Financiera y Administrativa
FECHA
10 de diciembre de 2010 FECHA
15 de diciembre de 2010
FECHA 05 de abril de 2011