institución educativa internacional derechos del niÑo y del adolescente

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Institución Educativa Internacional DERECHOS DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

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  • Institucin Educativa Internacional DERECHOS DEL NIO Y DEL ADOLESCENTE
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  • I. DEFINICIN Los derechos del nio son aquellos derechos que poseen los nios y adolescentes. Todos y cada uno de los derechos de la infancia son inalienables e irrenunciables, por lo que ninguna persona puede vulnerarlos o desconocerlos bajo ninguna circunstancia. Varios documentos consagran los derechos de la infancia en el mbito internacional, entre ellos la Declaracin de los Derechos del Nio y la Convencin sobre los Derechos del Nio.
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  • II. ANTECEDENTES HISTRICOS La primera declaracin de derechos del nio, de carcter sistemtica, fue la Declaracin de Ginebra de 1924, redactada por Eglantyne Jebb fundadora de la organizacin de Naciones el 26 de diciembre de 1924. Las Naciones Unidas aprobaron en 1948 la Declaracin Universal de los Derechos Humanos que, implcitamente, inclua los derechos del nio, sin embargo, posteriormente se lleg al convencimiento que las particulares necesidades de los nios y nias deban estar especialmente enunciados antes haba decidido que el Fondo Internacional de Emergencia de las Naciones Unidas para los nios (UNICEF) continuara sus labores como organismo especializado y permanente para la proteccin de la infancia (denominndolo oficialmente Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia).
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  • A partir de 1979, con ocasin del Ao Internacional del Nio, se comenz a discutir una nueva declaracin de derechos del nio, fundada en nuevos principios. A consecuencias de este debate, en 1989 se firm en la ONU la Convencin sobre los Derechos del Nio y dos protocolos facultativos que la desarrollan: Protocolo facultativo de la Convencin sobre los Derechos del Nio relativo a la venta de nios, la prostitucin infantil y la utilizacin de nios en la pornografa
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  • III. LA CONVENCIN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIO.- (CDN) es un tratado internacional de las Naciones Unidas por el que los estados firmantes reconocen los derechos del nio. La convencin est compuesta por 54 artculos que consagran el derecho a la proteccin de la sociedad y el gobierno, el derecho de los menores de 18 aos a desarrollarse en medios seguros y a participar activamente en la sociedad. La CDN reconoce a los nios como sujetos de derecho, pero convierte a los adultos en sujetos de responsabilidades. Fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989.
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  • Convencin por los Derechos del Nio y del Adolescente ARTCULOSDERECHOS Artculo 1 Esta Convencin se ocupa de los derechos de todos aquellos que todava no han cumplido los 18 aos. Artculo 2 Todos los Estados deben respetar los derechos del nio, sin distincin de raza, de color, de sexo, de lengua, de religin, de opinin poltica del nio o de su familia. Artculo 3 Los intereses del nio deben ser considerados en primer lugar en todas las decisiones que los afecten. El nio tiene el derecho de recibir la proteccin y las atenciones necesarias para su bienestar. Artculo 4 Todos los gobiernos que firman una ley para hacer valer los Derechos de los nios deben tomar las medidas necesarias para garantizar que se cumpla. Artculo 5 Son los padres o quienes los sustituyen los que deben hacerse cargo del nio. Artculo 6 1. El nio tiene derecho a la vida. 2. El nio tiene el derecho a desarrollar de modo completo su propia personalidad. Artculo 7 y 8 Todos los nios deben ser inscriptos en los registros de las personas desde que nacen. Tambin tienen derecho a tener un nombre y una nacionalidad, as como a conocer a sus padres y ser cuidados por ellos. Artculo 9 El nio tiene el derecho de mantener contacto con sus padres, aunque stos estn separados o divorciados Artculo 10 El nio tiene el derecho de reunirse con sus padres o de permanecer en contacto con ellos cuando stos vivan en el exterior.
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  • ARTCULOSDERECHOS Artculo 11 Los nios no deben ser sacados de su pas de manera ilegal. Artculo 12 El nio debe ser escuchado cada vez que se toman decisiones que lo afectan directamente. Artculo 13 El nio tiene el derecho de poder decir lo que piensa, con los medios que prefiera. Artculo 14 1. El nio tiene el derecho de libertad de pensamiento, de conciencia, de religin. 2. Los padres tienen el derecho y el deber de guiar a sus hijos, y para tales efectos deben tener la libertad de llevar a cabo las ideas en las que creen. Artculo 15 Los nios tienen el derecho de estar junto a los otros. Artculo 16 Los nios tienen derecho a que se respete su vida privada. Artculo 17 Los diarios, los programas radiofnicos y televisivos son importantes para el nio; por este motivo es conveniente que sean adaptados a l. Si un nio no tiene padres, debe haber alguien que se ocupe de l. Artculo 18 Si los padres de un nio trabajan, alguien debe encargarse de l mientras sus padres estn trabajando. Artculo 19 Nadie puede descuidar, abandonar, maltratar o explotar a un nio, ni ejercer violencia sobre l. Artculo 20 Si un nio no puede permanecer con su familia, debe vivir con alguien que se ocupe de l.
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  • ARTCULOSDERECHOS Artculo 21 El nio tiene el derecho a ser adoptado si su familia no se puede ocupar de l. No se puede comerciar con las adopciones. Artculo 22 1. El nio refugiado tiene el derecho a ser protegido. 2. El nio refugiado debe recibir ayuda para que se rena con su familia. Artculo 23 1. El nio que tiene problemas mentales o fsicos tiene el derecho a vivir como los otros nios y a estar junto a ellos. 2. El nio que tiene problemas mentales o fsicos tiene el derecho a ser atendido. 3. El nio que tiene problemas mentales o fsicos tiene el derecho de ir a la escuela, de prepararse para el trabajo, de divertirse. Artculo 24 y 25 El nio tiene el derecho de alcanzar el mximo nivel de salud fsica y mental y de ser bien atendido o internado cuando tenga necesidad. Artculo 26 Todos los nios tienen derecho a beneficiarse con el servicio de seguridad social de su pas. Artculo 27 El nio tiene el derecho de crecer bien fsica, mental, espiritual y socialmente. Artculo 28 El nio tiene el derecho a la educacin. La escuela debe ser obligatoria y gratuita para todos. Artculo 29 El nio tiene el derecho a recibir una educacin que desarrolle sus capacidades y que le ensee acerca de la paz, de la amistad, de la igualdad y del respeto por el ambiente natural. Artculo 30 El nio que pertenece a una minora tiene el derecho de usar su lengua y de vivir de acuerdo con su cultura y con su religin.
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  • ARTCULOSDERECHOS Artculo 31 El nio tiene el derecho al juego, al reposo, a la diversin y a dedicarse a las actividades que ms le gusten. Artculo 32 Ningn nio debe ser explotado. Ningn nio debe realizar trabajos que puedan ser peligrosos o que le impidan crecer bien o estudiar. Artculo 33El nio debe ser protegido respecto de la droga Artculo 34Ningn nio debe sufrir violencia sexual o ser explotado sexualmente. Artculo 35 y 36Ningn nio puede ser comprado, vendido o explotado de ningn forma. Artculo 37 Ningn nio puede ser torturado, condenado a muerte o a prisin. Ningn nio puede ser privado de su libertad de manera ilegal o arbitraria. Artculo 38 Ningn nio menor de 15 aos debe ser enrolado en un ejrcito ni debe combatir en una guerra. Artculo 39 El nio que ha sido abandonado, explotado y maltratado tiene el derecho a ser ayudado a recuperar su salud y su tranquilidad. Artculo 40 El nio que es acusado de cometer un delito debe ser considerado inocente hasta tanto no se pruebe su culpabilidad en un proceso justo. Y en el caso de comprobarse su culpabilidad, tiene el derecho de recibir un tratamiento acorde con su edad y que lo ayude para poder volver a vivir con los otros. Artculo 41 A estos derechos cada Estado puede agregar otros que puedan mejorar la situacin del nio. Artculo 42Es necesario hacer conocer a todos, adultos y nios, lo que dice esta Convencin.
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  • Aunque la convencin tiene 54 artculos, se rige por cuatro principios fundamentales: 1. No discriminacin: El nio no deber sufrir debido a su raza, color, gnero, idioma, religin, nacionalidad, origen social o tnico, o por ninguna opinin poltica o de otro tipo; ni tampoco debido a su casta o por alguna discapacidad. 2. El inters superior del nio: las leyes y las medidas que afecten a la infancia deben tener primero en cuenta su inters superior y beneficiarlo de la mejor manera posible. 3. Supervivencia, desarrollo y proteccin: las autoridades del pas deben proteger al nio y garantizar su desarrollo pleno - fsico, espiritual, moral y social. 4. Participacin: Los nios tienen derecho a expresar su opinin en las decisiones que le afecten, y que sus opiniones se tomen en cuenta.
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  • Cules son los derechos de los nios? 1. El derecho a la familia Artculo 5: El gobierno debe respetar los derechos y las responsabilidades de los padres de brindar orientacin a sus hijos de acuerdo con sus edades. Artculo 9: El nio tiene derecho a vivir con uno o ambos padres excepto cuando se considere que ello es incompatible con el inters superior del nio. El nio que est separado de uno o de ambos padres tiene derecho a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres. Artculo 10: Los nios y sus padres tienen derecho a salir de cualquier pas y de entrar al suyo a los efectos de la reunin de la familia. Artculo 18: Los padres tienen obligaciones comunes en lo que respecta a la crianza del nio, y el gobierno les prestar la asistencia apropiada. Artculo 20: Los nios privados de su medio familiar debern recibir proteccin especial. Artculo 21: En los pases en que se reconozcan las adopciones, las mismas se realizarn teniendo como consideracin primordial el inters superior del nio.
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  • 2. El derecho a expresarse libremente y al acceso a la informacin Artculo 12: Los nios tienen derecho a expresar sus opiniones libremente y a que esa opinin sea debidamente tenida en cuenta en todos los asuntos que le afecten. Artculo 13: Los nios tienen derecho a expresar sus puntos de vista, obtener informacin y difundir informaciones e ideas de todo tipo. Artculo 14: El nio tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religin, bajo la orientacin adecuada de sus padres. Artculo 15: Los nios tienen derecho a formar asociaciones libremente y a celebrar reuniones con otros. Artculo 16: Los nios tienen derecho a la proteccin contra injerencias en su vida privada, su familia, su domicilio y su correspondencia. Artculo 17: El nio tendr acceso a informacin y material procedentes de diversas fuentes nacionales e internacionales. Esos materiales deberan ser de inters social y cultural para el nio, y se debera desalentar la difusin de materiales perjudiciales para l.
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  • 3. El derecho a la educacin Artculo 28: Los nios tienen derecho a la educacin. La enseanza primaria debera ser gratuita y obligatoria para todos los nios. Todos los nios deberan tener acceso a la enseanza secundaria. Artculo 29: La educacin deber desarrollar la personalidad, las aptitudes y la capacidad mental y fsica del nio. El nio debera aprender a respetar su cultura y la de los dems.
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  • 4. El derecho a la identidad Artculo 7: Todo nio tiene derecho a un nombre y a adquirir una nacionalidad, a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos. Artculo 8: El gobierno tiene obligacin de proteger la identidad, el nombre, la nacionalidad y las relaciones familiares del nio.
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  • 5. El derecho a la proteccin contra los abusos Artculo 11: El gobierno tiene obligacin de hacer todo lo posible para prevenir los secuestros y la retencin ilcita de nios en el extranjero por parte de sus padres o terceros. Artculo 19: Los nios sern protegidos contra los abusos y el abandono. Los gobiernos establecern programas orientados a prevenir los abusos y brindar tratamiento a quienes hayan sido vctimas de malos tratos. Artculo 34: Los nios estarn protegidos contra los abusos sexuales, incluida la prostitucin y la explotacin en actividades pornogrficas. Artculo 35: El gobierno tomar las medidas adecuadas para impedir la venta, la trata y el secuestro de los nios.
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  • 6. El derecho a una vida segura y sana Artculo 6: Todos los nios disfrutan del derecho a la vida, y el gobierno debe hacer todo lo posible por garantizar la supervivencia y el desarrollo de los nios. Artculo 24: Los nios contarn con el derecho al disfrute del ms alto nivel posible de salud y al acceso a los servicios sanitarios y mdicos. Artculo 27: Los nios tienen derecho a un nivel de vida decente. Artculo 33: Los nios tienen derecho a la proteccin contra el uso ilcito de los estupefacientes y sustancias sicotrpicas y contra su participacin en la produccin y el trfico de esas sustancias.
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  • 7. El derecho a la proteccin contra la discriminacin Artculo 2: Todos los derechos se aplican a todos los nios, y los nios deben ser protegidos contra toda forma de discriminacin. Artculo 30: Los nios de las comunidades minoritarias disfrutan del derecho a tener su propia vida cultural, a practicar su propia religin y a emplear su propio idioma.
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  • 8. El derecho a la proteccin especial en tiempos de guerra Artculo 22: Los nios refugiados o que traten de obtener el estatuto de refugiado sern objeto de proteccin especial. Artculo 38: Los nios menores de 15 aos de edad no participarn en los conflictos armados. Los nios afectados por los conflictos armados tienen derecho a cuidado y atencin especiales. Artculo 39: Los nios que hayan sido vctimas de los conflictos armados, la tortura, el abandono, el maltrato o la explotacin recibirn tratamiento especial orientado a lograr su recuperacin.
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  • 9. El derecho de los nios impedidos a la atencin especial Artculo 23: Los nios impedidos tienen derecho a los servicios de rehabilitacin, y a la educacin y capacitacin que los ayuden a disfrutar de una vida plena y decorosa. 10. El derecho a un trato especial en caso de privacin de la libertad Artculo 37: Ningn nio ser sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, ni ser detenido o privado de su libertad ilcitamente. Todo nio privado de su libertad tendr acceso a la asistencia jurdica, as como a mantener contacto con su familia. Artculo 40: Los nios que hayan transgredido las leyes, sean acusados o declarados culpables, cuentan con el derecho a recibir asistencia jurdica y un trato respetuoso.
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  • 11. El derecho a la proteccin contra el trabajo perjudicial Artculo 31: Los nios tienen derecho al descanso, al esparcimiento, al juego y a participar en actividades artsticas y culturales. Artculo 32: Los nios tienen derecho a estar protegidos contra el desempeo de cualquier trabajo que ponga en peligro su salud, educacin o desarrollo.
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  • A partir de la promulgacin de la Convencin de 1989 se ha ido adecuando la legislacin interna a los principios contemplados en la Declaracin. Aunque la legislacin y el sistema jurdico de cada pas suele ser diferente, casi la totalidad de los pases han ido consagrando medidas especiales para su proteccin, a nivel legislativo e incluso derechos constitucionales. Entre los Derechos del nio destacan los siguientes:
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  • Son diez los principales sobre los derechos que estn contemplados en la declaracin. 1. El nio tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad. El nombre esta constituido por el conjunto de palabras con la se identifica y designa a cada persona, la nacionalidad es el vinculo con un estado concreto, por el individuo queda adscrito a una nacin concreta y por el que se genera derechos y deberes recprocos. Esos derechos estn a cargo de los padres o apoderados del nio. 2. No sufrir discriminacin de ningn tipo. El nio disfrutara de todos los derecho expuestos en la declaracin de los derechos del nio sin discriminacin por motivos de raza, color, sexo, idioma, religin, opiniones polticas o de otra ndole, origen nacional o social, o por posicin econmica etc.
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  • 3. A una buena alimentacin que caracteric su desarrollo. 4. A una vivienda digna, en un ambiente de paz y amor. Si bien es cierto que esta estipulado que todos los nios tendrn el derecho disfrutar de alimentacin y vivienda, es tambin muy cierta que la situacin social de millones de nios pobres frente a un grupo menor de nio privilegiados es ya insoportables, pero lo es mas aun, por las repercusiones que esta situacin determina en el derecho de la vida y la personalidad de cada ser. La infancia es una edad decisiva en todo orden de cosas el mas desenvolvimiento fsico y mental de hombres y mujeres depende la nutricin, del amor y la proteccin adecuada, de los cuidados y los estmulos que solo un hogar verdadero y a una comunidad autentica son capaces de procurar.
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  • 5. A la educacin gratuita, que desarrolle sus actitudes. 6. Al descanso y al esparcimiento propio de su edad. La educacin del nio debe estar dirigida al desarrollo integro de su personalidad y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y libertades fundamentales debiendo permitrseles disfrutar de la mismas oportunidades a todos para que sean capaces de desarrollar sus capacidades y convertirse en miembros tiles de la sociedad. En la practica vemos los nios pobres tiene un rendimiento escolar muy bajo en comparacin con los nios de estratos sociales altos. Pero no solo su capacidad de aprendizaje se ve afectada por las circunstancias que lo rodea, tambin lo son otras reas de su comportamiento total en proceso de formacin.
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  • 7. A disfrutar del mas alto nivel de salud. 8. A la vida y desarrollo. Los hijos concebidos requieren contar con un ambiente favorable su desarrollo integral, esto es posible cuando se les prodiga de amor y los medios de subsistencia adecuados, es indispensable velar por su salud, la cual esta garantizada por el estado a travs del servicio de seguridad social. Lamentablemente en nuestra sociedad observamos a nios que cuentan con mala o nula asistencia medica, ya que viven en lugares recnditos de nuestro pas donde el estado se hace presente con servicios bsicos de salud que la poblacin necesita se puede observar que tambin muchos nios que muchos nios se encuentra afectados con enfermedades y secuelas de las mismas debido al descuido de las personas que los tienen a su cargo no los conducen aun centro de salud ya sea por ignorancia o por falta de dinero.
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  • 9. A ser protegido contra la explotacin y el abuso. 10. A ser tratado con respeto. El nio debe ser protegido contra toda clase de abandono, crueldad y explotacin. en ningn caso se deber permitir que trabaje antes de cierta edad, o dedicarse a ninguna ocupacin o empleo que pueda perjudicar su salud o su educacin, e impedir su desarrollo fsico, mental y moral. Lo que establece la declaracin de los derechos del nio y lo que en realidad acontece es muy contradictorio. Es comn observar como los nios se alistan como trabajadores ambulantes, de tal manera que la calle se convierte en su campo de accin, ya que en ella pasan la mayor parte del da all completan su aprendizaje, adquiriendo otros tipos de destreza para enfrentar al mundo hostil que tiene por delante. Es nuestra obligacin procurar a los nios de cuanto esta expresado en estos artculos ya que ellos son el futuro de nuestra sociedad, y solo cumpliendo con ellas podremos pensar en un pas mas justo y con igualdades para todos