inquisición y locura en la españa de los siglos xvi y xvii

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This article was downloaded by: [University of Western Ontario] On: 12 November 2014, At: 04:44 Publisher: Routledge Informa Ltd Registered in England and Wales Registered Number: 1072954 Registered office: Mortimer House, 37-41 Mortimer Street, London W1T 3JH, UK Bulletin of Spanish Studies: Hispanic Studies and Researches on Spain, Portugal and Latin America Publication details, including instructions for authors and subscription information: http://www.tandfonline.com/loi/cbhs20 Inquisición y locura en la España de los siglos XVI y XVII Hélène Tropé a a CRES-LECEMO , Université Sorbonne Nouvelle (Paris III) Published online: 03 Dec 2010. To cite this article: Hélène Tropé (2010) Inquisición y locura en la España de los siglos XVI y XVII, Bulletin of Spanish Studies: Hispanic Studies and Researches on Spain, Portugal and Latin America, 87:8, 57-79, DOI: 10.1080/14753820.2010.530835 To link to this article: http://dx.doi.org/10.1080/14753820.2010.530835 PLEASE SCROLL DOWN FOR ARTICLE Taylor & Francis makes every effort to ensure the accuracy of all the information (the “Content”) contained in the publications on our platform. However, Taylor & Francis, our agents, and our licensors make no representations or warranties whatsoever as to the accuracy, completeness, or suitability for any purpose of the Content. Any opinions and views expressed in this publication are the opinions and views of the authors, and are not the views of or endorsed by Taylor & Francis. The accuracy of the Content should not be relied upon and should be independently verified with primary sources of information. Taylor and Francis shall not be liable for any losses, actions, claims, proceedings, demands, costs, expenses, damages, and other liabilities whatsoever or howsoever caused arising directly or indirectly in connection with, in relation to or arising out of the use of the Content. This article may be used for research, teaching, and private study purposes. Any substantial or systematic reproduction, redistribution, reselling, loan, sub-licensing, systematic supply, or distribution in any form to anyone is expressly forbidden. Terms & Conditions of access and use can be found at http://www.tandfonline.com/page/terms- and-conditions

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This article was downloaded by: [University of Western Ontario]On: 12 November 2014, At: 04:44Publisher: RoutledgeInforma Ltd Registered in England and Wales Registered Number: 1072954 Registeredoffice: Mortimer House, 37-41 Mortimer Street, London W1T 3JH, UK

Bulletin of Spanish Studies: HispanicStudies and Researches on Spain,Portugal and Latin AmericaPublication details, including instructions for authors andsubscription information:http://www.tandfonline.com/loi/cbhs20

Inquisición y locura en la España de lossiglos XVI y XVIIHélène Tropé aa CRES-LECEMO , Université Sorbonne Nouvelle (Paris III)Published online: 03 Dec 2010.

To cite this article: Hélène Tropé (2010) Inquisición y locura en la España de los siglos XVI y XVII,Bulletin of Spanish Studies: Hispanic Studies and Researches on Spain, Portugal and Latin America,87:8, 57-79, DOI: 10.1080/14753820.2010.530835

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Page 2: Inquisición y locura en la España de los siglos XVI y XVII

Inquisicion y locura en la Espana delos siglos XVI y XVII

HELENE TROPE

CRES-LECEMO, Universite Sorbonne Nouvelle (Paris III)

Este trabajo, basado en la documentacion del Archivo Historico Nacional, sepropone analizar la vision inquisitorial de la locura y como, ocasionalmentedurante los siglos XVI y XVII, esta se utilizo para acallar determinadasactitudes.1

Desde el Derecho Romano civil y penal la falta de cordura del acusado esuna circunstancia atenuante e incluso eximente de culpa.2 En el Diccionariode los Inquisidores, publicado en Valencia en 1494, ya se distinguıan variassituaciones segun el momento en que sobrevenıa la locura:3 si, cometido elcrimen, el reo enloquecıa, se le daba un curador y el proceso seguıa su curso;pero tambien contemplaba el furor, especie de locura que conllevaba la totalignorancia de quien proferıa palabras hereticas, y que no se penaba, pues,como subrayaba el canonista, ‘su locura ya lo castiga bastante’.4 Estairresponsabilidad del loco acarreaba muchos problemas a los inquisidores

1 Doy las gracias a la Dra Elena Carrera por haberme invitado a preparar unacomunicacion para el simposio ‘Locura y melancolıa en la Espana del siglo XVII’, ası como porlos valiosos comentarios que me hizo sobre este artıculo. Me permitio retomar un tema y unasinvestigaciones apasionantes, lo cual le agradezco profundamente.

El presente trabajo se inscribe en el marco de mis investigaciones precedentes sobre ‘locurae Inquisicion en Valencia’: Helene Trope, Locura y sociedad en la Valencia de los siglos XV alXVII. Los locos del Hospital de los Inocentes (1409�1512) y del Hospital General (1512� 1699)(Valencia: Diputacion de Valencia, Centre d’Estudis d’Historia Local, 1994), 183�206; ‘Folie etInquisition a Valence (1580�1699)’, en Hommage a Pierre Vilar, ed. Association Francaise desCatalanistes (Paris: Editions Hispaniques/AFC, 1994), 171�85.

2 En 1609, ante el tribunal de Granada, la locura a consecuencia de una enfermedad deperlesıa contribuyo a eximir de culpa a Fray Mateo de la Puebla, de la orden de San Agustın,que habıa ‘tratado de amores’ con sus ‘hijas de confesion’ (AHN, Inq., leg. 1953, caja 2, exp. 55,fols 7v�8r).

3 Le Dictionnaire des inquisiteurs [Repertorium Inquisitorium, 1494], trad. y ed. LouisSala-Molins (Paris: Editions Galilee, 1980), 224.

4 La Instruccion 60 de Torquemada de 1484, reconducida varias veces por losinquisidores siguientes, por ejemplo por Gaspar Isidro Arguello en 1630, ordenaba ası mismoque si algun reo enloquecıa antes del juicio, habıa que darle curador. Se deduce que el procesodebıa proseguir hasta su conclusion (vease Tomas de Torquemada, Compilacion de las

ISSN 1475-3820 print/ISSN 1478-3428 online/10/08/000057-23# Bulletin of Spanish Studies. DOI 10.1080/14753820.2010.530835

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que debıan determinar si la enfermedad mental era autentica. De ahı elcaracter tan detallado de algunos de estos procesos.

Como demuestra el libro de Marıa Cristina Sacristan sobre NuevaEspana, esa documentacion procesal proporciona abundante informacionsobre la vision de la locura en la epoca, en especial sobre las normas y sutrasgresion, la ortodoxia y los delitos de fe, la normalidad y lo que se apartabade ella.5 Es ademas una importante fuente sobre los aspectos medicos de lademencia y sus facetas culturales y sociales.

En primer lugar, por tanto, expondre las manifestaciones y tratamientode la locura, para analizar despues aquellos casos en que resultaba difıcildiscernir si la enfermedad era real o fingida. A continuacion examinare lasrelaciones entre la Inquisicion y el Hospital de Locos, con especial atencion alcaso toledano, y, finalmente, me ocupare de la suerte que corrieron aquelloslocos tenidos por susceptibles de difundir sus herejıas o profecıas.

Vision inquisitorial de la locura: manifestaciones y tratamiento

No era infrecuente que los presos murieran o se volvieran locos en las carcelessecretas antes y durante los procesos. Encarcelados sin conocer los motivos, enellos se desarrollaba un fuerte sentimiento de culpa, espoleado por el SantoOficio, que les obligaba a buscar en su memoria en que, cuando y como habıanactuado contra la fe, provocando ası su rapida y profunda destruccion psıquica.

En ocasiones, los alcaides y sus ayudantes informaban a los inquisidoresde que tal o cual preso presentaba un comportamiento anomalo. Tras unacomprobacion in situ, el medico del tribunal emitıa su dictamen. Otras veces,se enviaba al preso al hospital de orates mas proximo o, si no era demasiadoruidoso o violento, a casa de algun particular.6

Los casos de locura entre los presos fueron muy diversos y llamativos,como lo fueron tambien las decisiones que se tomaron respecto a ellos. Sinembargo, el Santo Oficio estaba decidido a erradicar la herejıa, castigando y

instrucciones del Oficio de la santa Inquisicion, 49 hojas, siglo XVIII, Biblioteca Nacional deMadrid, Mss 12014, fol. 124v; vease tambien AHN, Inq., libro 1225, fol. 453r, p. 35:‘[Instruccion] 60. Dese curador a los reos que perdieren el juizio. Como se ha de recebir loque los hijos o deudos de los reos alegaren en su favor’.)

5 Marıa Cristina Sacristan, Locura e Inquisicion en Nueva Espana: 1571� 1760 (MexicoD.F.: Colegio de Michoacan/Fondo de Cultura Economica, 1992).

6 Vease por ejemplo el caso de Juan Lopez detenido en 1589 en Toledo por palabrashereticas, que alego para su defensa que era de poco juicio. Su curador y los mismosinquisidores lo tuvieron por loco y fue llevado al Hospital del Nuncio (Julio Sierra, Procesos enla Inquisicion de Toledo, 1575� 1610: manuscrito de Halle [Madrid: Trotta, 2005]), caso n8 514.Vease tambien el caso de la rea Francisca Rodrıguez, que enloquecio y fue trasladada alhospital de orates de Toledo (AHN, Inq., leg. 2635, caja 1, exp. 10: ‘Relacion de causas de abrilde 1654, tribunal de Granada’), o el de Geronimo Fernandez, portugues judaizante procesadopor el tribunal de Granada en 1653, y llevado a casa del padre de un familiar (AHN, Inq., leg.2635, exp. 3).

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aislando a los culpables de ella, cuerdos o locos. Si el presunto culpable noescandalizaba demasiado, permanecıa en la carcel, se le confiscaban susbienes y se aguardaba su recuperacion para aplicarle el castigo, ya que, comosenalaba Pena, si bien no se podıa ejecutar a un loco, tampoco se le podıadejar impune.7

El caso de Ana de Acosta

El 26 de mayo de 1662, la Inquisicion de Toledo apreso a esta conversaportuguesa de 15 anos acusandola de judaizar.8 En febrero de 1663, el alcaidedio la voz de alarma, pues la habıa encontrado desnuda y postrada. La jovendeclaro que, de un tiempo a esa parte, recibıa en su celda la visita de ‘un bultode persona vestida de blanco’.9 Tras su visita, el medico y el cirujano deltribunal le diagnosticaron ‘morbo y melancolıa ypocondrıaca’, ası como unagangrena en el pie izquierdo, que harıa necesaria su amputacion parcial (fols150r�150v).

En los testimonios de los medicos del Santo Oficio encontramos uncompendio de las concepciones sobre la melancolıa y la filosofıa de laspasiones entonces en vigor. Se aprecia en ellos el discurso tıpico de la epoca,inspirado en Galeno y fundado sobre la doctrina de los cuatro temperamen-tos, que asociaba elementos, planetas, cualidades primarias, estaciones,humores, facultades y edades.10 La bilis negra o melancholia se considerabaun humor seco, de sintomatologıa diversa y temperatura variable que podıaser a la vez calido y frıo.11

El diagnostico del medico del tribunal toledano era que Ana de Acosta tenıa :

una enfermedad que llaman los medicos melancolıa morbo y esta eshipocondrıaca y por propia passion del zelebro, que es como una locuracontinuada, con miedo y tristeza, hecha de humores melancolicos, y siesta sus padres la han tenido, se curara con dificultad por ser enfermedadhereditaria.12

7 Nicolau Eimeric y Francisco Pena, El Manual de los Inquisidores, ed. LuisSala-Molins, trad. Luis Sala-Molins, Francisco Marın (Barcelona: Muchnik, 1983), 150�52(es la traduccion de la actualizacion realizada por Pena en 1578 del Directorium Inquisitorumde Eimeric de 1376). Veanse, por ejemplo, los casos de Marıa Goncalez, presa por judaizante en1676 por el tribunal de Llerena (AHN., Inq., leg. 1988, exp. 12, fols 16r�v); Melchor Nunez,preso por judaizante en 1641 por el tribunal de Granada (AHN, Inq., leg. 2106, exp. 42, fols11v�12v); y Dona Guiomar de Biezma, procesada por judaizante en 1609 por el tribunal deGranada (AHN, Inq., leg. 1953, exp. 55, fol. 11r).

8 AHN, Inq., leg. 130, exp. 3, fols 145r�164r; leg. 3128, fol. 4r; leg. 3129, fols 2v�207r.9 AHN, Inq., leg. 130, exp. 3, fols 145r�146r.

10 Vease Augustin Redondo, ‘La melancolıa y el Quijote de 1605’, en su Otra manera deleer el ‘Quijote’ (Madrid: Castalia, 1997), 121�46.

11 Christine Orobitg, L’Humeur noire: melancolie, ecriture et pensee en Espagne au XVIe

et au XVIIe siecle (Bethesda: International Scholars Publications, 1997).12 AHN, Inq., leg. 130, exp. 3, fol. 149v.

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Segun las distinciones de la epoca, la melancolıa hipocondrıaca se originabaen el vientre y las vısceras, y engendraba pasiones fundadas en el dolor, deahı que se la asociara a la tristeza.13 En el caso de Acosta, esta se pudo verincrementada por su reclusion en una celda humeda y oscura.

Los medicos la describen como ‘embelesada, absorta a todo, espantada,sin responder’ e insisten en que ‘[su] curazion propia no se puede exercer poraora por ser el tiempo frıo’ y que ‘la carcel donde esta es muy frıa y humeda yno es a proposito para la curacion de dicha enfermedad’. Por ello, y con unaimplacable logica, recomiendan que ‘se lleve a parte cualida’.14 Los remediosprescritos para curar su melancolıa corresponden con las prescripcionesterapeuticas de los medicos desde la antiguedad:

se ha de prevenir el que no se haga mayor [su melancolıa] comiendoalimentos calientes moderadamente, y humedos porque esta enfermedadconsiste en destemplanza seca del zelebro y los alimentos an de ser paramediodıa cavezas de carnero y manos y carne de estremo del brazuelo yde la pierna; para zenas huevos frescos, almendradas, ensaladas deescarola y berrazas cozidas y el remedio mas eficaz de todos por aora [es]alegrarle y dibertirla en lo que se pueda.15

El mantenerla entretenida y darle alimentos templados y humedos ibaencaminado a contrarrestar la sequedad del cerebro causada por la bilisnegra.

La cambiaron de celda pero su gangrena fue a mas y los medicosinsistieron en que habıa que operarla. Justo antes de trasladarla al Hospitaldel Balsamo de Toledo, el 10 de febrero de 1663, la hicieron comparecer enaudiencia y la absolvieron; despues la operaron mutilandole dos dedos.

No cabe duda de que esta mujer, que ademas de melancolıa tenıa fiebrestercianas (‘tabardillo’), estuvo en peligro de muerte; pero era una hereje y larelacion de su causa muestra que los inquisidores nunca dejaron de dudar sifingıa o no su enfermedad mental.16

13 Orobitg, L’Humeur, 33�37, 66�67, 97�104.14 AHN, Inq., leg. 130, exp. 3, fol. 151v.15 Fol. 149v. Sobre la almendrada, el tratado clasico de Dioscorides aclara que las

almendras amargas son secas y calientes, no ası las dulces, y critica a los medicos ‘que enqualquiera enfermedad y complexion, luego ordenan un almendrada al enfermo, el cual esmantenimiento pesado’: Pedacio Dioscorides Anazarbeo, Acerca de la materia medicinal y delos venenos mortıferos, trad. Andres Laguna [1556], ed. facsımil de Pedro Laın Entralgo(Madrid: Fundacion de Ciencias de la Salud, 1999), 112�13. Todo nuestro agradecimiento aJose Luis Peset del CSIC por estos datos.

16 Su caso es comparable al de Leonor Lopez, conversa portuguesa procesada en Toledoen 1670, que, segun los medicos, estaba ‘loca, falta de juicio, por sequedad del cerebrodemasiado caliente’. Estaba furiosa, lanzaba palos y piedras por la ventana, llegando al puntode herir al hijo de otro preso. Este y otros testimoniaron que la rea era una ‘loca rematada’, que

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Beatriz de Campos

A causa de la locura, el proceso de esta judaizante portuguesa, a quien seapreso en diciembre de 1678, se prolongo durante siete anos.17 Cuatro mesesdespues de ser arrestada, empezo a enfermar de locura y, un ano mas tarde,la trasladaron de la carcel secreta a una sala retirada de la enfermerıa delHospital del Balsamo. A pesar de las continuas visitas de los medicos, no hizosino empeorar. En diciembre de 1679 la ingresaron en el Hospital del Nuncio,donde permanecio durante seis anos hasta que, el 5 de marzo de 1686, latrajeron de vuelta a las carceles secretas.

La relacion de su causa suministra abundante informacion acerca de lamelancolıa y de las enfermedades vinculadas con este humor. Todo empezoen abril de 1679 cuando pidio audiencia y dijo que se sentıa mal, con ‘unosdesmayos y baydos de cabeza’, sıntomas a menudo relacionados con la bilisnegra, de la que se pensaba que originaba desmayos y debilidad, debidos alagotamiento de la energıa vital por el frıo y la sequedad de dicho humor.18

Los inquisidores ordenaron que fuera visitada a menudo por el medico y elcirujano; estos testificaron que padecıa aferecıa, o epilepsia (fol. 100r), unaenfermedad que a menudo se vinculaba a la melancolıa.19 Anteriormentela habıan reducido con algunos medicamentos y ligaduras fuertes, ysegun ellos, su salud habıa mejorado. Pero ahora padecıa ‘melancolıahipocondrıaca, [. . .] que procede del utero, hıgado y bazo, y esta privada derazon, de la facultad rectora, y la sangre muestra esto mismo, y los demasaccidentes que padece son desta misma melancolıa’.20 Encontramos aquı lasimagenes tradicionalmente ligadas a la hipocondrıa: los organos bajos, lasvısceras, lo mas hundido y oscuro del ser.21

En sus informes orales, los galenos destacan su falta de pudor y sulenguaje deshonesto: ‘siempre esta desbarriando y diciendo deshonestidades.Ademas ha dado en andar desnuda en carnes passeandose por la carcel’(fol. 101r). Entre las ‘acciones y palabras deshonestas’ que se apuntan,encontramos que ‘en cierta ocasion se le habıa puesto encima un hombre quellamaba ella Soto y que no le habıa hecho nada’ (fol. 99r). Se constata ası quela melancolıa aunaba bilis negra y lujuria, originando una amalgamade locura, pecado y lascivia, mezcla de lo medico, lo religioso y lo etico.Sabido es que estos males se achacaban a los ‘humores pecantes’; no es de

alborotaba con sus gritos no solo a toda la carcel sino incluso al barrio entero. El medico fue averla y aseguro que padecıa ‘locura confirmada’ y de nuevo se recomendo su ingreso en elNuncio. Ası se hizo, y ya no se han encontrado mas noticias sobre ella (AHN, Inq., leg. 3136,folios sin numerar).

17 AHN, Inq., leg. 138, caja 1, exp. 9, Toledo, 1678�1686, fols 71r�194r.18 Vease Orobitg, L’Humeur, 113�15.19 Vease Orobitg, L’Humeur, 107�09.20 AHN, Inq., leg. 138, caja 1, exp. 9, fol. 100r.21 Vease Orobitg, L’Humeur, 101�04.

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extranar, por tanto, que para sanarla de sus ‘humores crasos o sangredetenida’ se le practicaran sangrıas hasta en tres ocasiones.

La enferma no descansaba. En consecuencia, se le receto una bebida deadormideras que apenas surtio efecto. Se le diagnostico:

melancolıa morbo e hipocondrıa originada de semen corrupto segun lassenales exteriores que le pueden percibir, con calidad venenosa, y asıpudo promptamente obrar en ella aquel delirio y que la mismavehemencia, sin poderlo impedir los medicamentos, la ha pasado amanıa, de que se ha puesto tan furiosa como esta, resistiendose a comery a beber y a todo genero de medicamento por la boca. (fol. 102r)

Como el medico opino que la rea tenıa la cabeza ardiente, le receto banosatemperantes y mando que se le cortara el pelo porque tenıa mucho y muyespeso (fol. 102v).

De poco sirvieron los tratamientos porque en diciembre de 1679 elmedico declaro en audiencia que la mujer no solo no se habıa recuperadosino que habıa aparecido un principio de manıa, lo que la convertıa en unaenferma incurable (fols 113v�114r), que, ademas, se negaba a tomar susmedicinas ‘por obrar su entendimiento depravadamente que es la esenciadel delirio que padece en el entendimiento como es propio de estaenfermedad’ (fol. 114r).

Los mismos documentos suministran interesantes datos acerca deltratamiento de la melancolıa en los hospitales de locos, suma de tiempo,castigos y dieta: ‘se suelen curar [semejantes enfermedades] con tiempo ycastigo y comidas de cabeza de carnero y menudos y parte comoda dedormitorio y vestidos a proposito y asistencia de enfermeras que tienenexperiencias de semejantes enfermedades y modos de curarse’ (fol. 114r).

En los testimonios de su causa llama la atencion la mezcla de delirio,religion judaica y locura. Segun la declaracion de la mujer que la asistıa,Beatriz de Campos sufrıa un extrano desvarıo. A veces decıa que eradoncella y otras que era ‘la reina de Espana y que maldito sea el que reinaen el cielo, aquel chiquito que ası la ha puesto, y que ella dice que no creesino en los diablos, que el poderoso Dios Adonay tiene treinta y tantosnombres’ (fol. 103r). Educada en la religion judıa, recuperaba el materialreligioso catolico para elaborar sus alucinaciones y expresar su oposicion aesta fe. Tambien resulta significativo que los inquisidores consideraran susincoherencias como prueba de falta de juicio, equiparando ası herejıa ylocura.22

22 Sobre esta equiparacion del judaısmo con la locura, vease tambien el caso de AnaMendez, procesada como judaizante en 1628 por el tribunal de Llerena (AHN, Inq., leg. 1987,exp. 24, fols 12r�16r).

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¿Locura real o fingida?

La irresponsabilidad jurıdica del loco, que imposibilitaba su castigo,planteaba verdaderos quebraderos de cabeza al Santo Oficio, sobre todocuando se sospechaba que la enfermedad era simulada. Como senala elManual de los Inquisidores: ‘entre las diez argucias de los herejes pararesponder sin confesar [. . .], la novena consiste en simular estupidez o locura’(Manual, 150).

Pero ¿que ocurrıa cuando los inquisidores se equivocaban? Para FranciscoPena ‘el tema de la locura fingida merece particular atencion. ¿Y si, por unavez, se tratase de un loco autentico? Para tener la conciencia limpia, sesometera a tormento al loco, verdadero o falso’ (Manual, 150).

La Inquisicion nunca vacilo en torturar a los sospechosos de simular sulocura, algo que Pena justificaba porque el bien publico debıa prevalecerfrente a la salvacion del alma de un solo individuo. Visto ası, si se castigabapor error al demente, tampoco era tan grave (Manual, 151�52).

El Santo Oficio solıa recurrir a la tortura para desenmascarar a losfarsantes, un metodo muy eficaz, como demuestra el caso de Bernardo LopezMoreno. Acusado de judaizar, estuvo preso en Granada desde mayo de 1655 yse volvio loco. Pero algunos testigos declararon que mas bien se trataba de unbellaco, por lo que le aplicaron el tormento y le dieron cien azotes, quebastaron para hacerle confesar. Despues se le admitio a reconciliacion, se leconfiscaron sus bienes y abjuro.23

Nada peor que la locura, verdadera o falsa, para los inquisidores,aferrados a la tarea de castigar, cuando no eliminar, a los culpables de‘heretica pravedad’. Las enfermedades mentales les ocasionaban muchasdificultades, empezando por las dudas a la hora de decidir si el reo estaba ono cuerdo. Para ello acudıan a diversas estratagemas, siendo la masutilizada el espiar a los presos (bien por sus acompanantes o por el propiopersonal de la carcel), aunque tambien la opinion de medicos y cirujanosdel tribunal resultaba determinante, como se aprecia en el citado caso deAna de Acosta. En junio de 1663, curada de su gangrena y mas cuerda, lesobreviene ‘un tabardillo que la tiene muy postrada y en peligro de suvida’.24 Temiendo que muera, la quieren confesar, pero la presa ni semueve ni habla. Al calificador de su causa le asaltan las dudas: ¿y siestuviese fingiendo? Al medico del Santo Oficio se le ocurre un ardidpara hacerla reaccionar: entra en su celda junto con un cirujano, variosministros y un brasero con lumbre y hierros incandescentes. Le anuncianque le van a amputar mas dedos del pie y le preguntan si desea confesar,a lo que la desgraciada no puede sino contestar afirmativamente.Administrado el sacramento, el inquisidor no pierde el tiempo: determinaque la presa esta en su sano juicio y la hace abjurar publicamente de los

23 AHN, Inq., leg. 2640, exp. 127.24 AHN, Inq., leg. 3129, fols 2v�207r (fol. 159r).

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delitos de herejıa (fol. 163r). Fue reconciliada y condenada a salir con otrospenitentes vestida con un habito, a un ano de carcel con confiscacion debienes, a tres anos de destierro y a tener que llevar el sambenito en publico(fols 194�207).

Con todo, la Inquisicion no actuaba en solitario. Necesitaba que elhospital de locos respaldase su proceder y solicitaba muy a menudo sucolaboracion. ¿Cual fue la posicion del cabildo de Toledo, del que dependıa elHospital del Nuncio, ante los locos inquisitoriales?25

La Inquisicion de Toledo y el Hospital del Nuncio

Los administradores de los hospitales no siempre aceptaron de buen grado alos locos que les enviaba el Santo Oficio.26 La correspondencia entre losinquisidores de Toledo y el Consejo Supremo de la Inquisicion atestigua que,en la segunda mitad del siglo XVI, esta cuestion suscito constantesdesavenencias entre aquellos y el cabildo de la iglesia.

En 1570 los eclesiasticos se quejaron de que se les enviaban muchospresos, no siempre locos, a lo que los inquisidores respondieron con ardorosasnegativas, solicitando permiso para enviar dementes al hospital sin la previaautorizacion del cabildo. Esta carta muestra la conflictividad, cuando no lalucha por la autoridad y la franca enemistad existente entre unos y otros.Los inquisidores pretenden obviar a los sacerdotes aduciendo que ‘serıa demucho inconveniente esperar los terminos del cabildo, quanto mas que estoes invencion de gentes que de todo punto aborrecen el nombre de laInquisicion’.27 El Consejo ordeno que nadie fuera enviado al Hospital sininformarles primero.

Respecto a la cuestion de la locura real o fingida de los presos, en mas deuna ocasion el rector del hospital escribio a los inquisidores para hacerlessaber que tal o cual persona, enviada por el tribunal, estaba perfectamentecuerda. Ası, en agosto de 1569, solicito audiencia para declarar que el francesJuan Ubal estaba en sus cabales. En su carta se queja de que se les hayaenviado ‘y coma la limosna que esta dedicada a personas locas’.28

25 Sobre la administracion del Hospital del Nuncio por el cabildo, veanse Francisco de B.San Roman, Autobiografıa de Francisco Ortiz y constituciones del Hospital del Nuncio, deToledo (Madrid: Imprenta de Ramona Velasco, viuda de P. Perez, 1932), 21; Ricardo Saez,Recherches sur le clerge castillan et les mentalites religieuses en Espagne a l’epoque moderne(1550�1621). Le cas de l’archeveche de Tolede, 6 vols (Paris: Univ. Paris III, 1997), III, 787�832; vease tambien Saez, ‘Le Corps reclus et souffrant dans l’univers hospitalier du siecle d’or,l’exemple toledan’, en Le Corps dans la societe espagnole des XVIe et XVIIe siecles, ed. AugustinRedondo (Paris: Publications de la Sorbonne, 1990), 153�64 (p. 159).

26 Sobre las protestas que los administradores del Hospital General de Valenciadirigieron a los inquisidores en el siglo XVII, vease Helene Trope, Locura y sociedad, 203�04.

27 AHN, Inq., leg. 3070, exp. 21.28 AHN, Inq., leg. 3069, exp. 180, fols 1r�5v.

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El desacuerdo surgio de nuevo en 1574, cuando el cabildo se nego a acogera Francisco Tirado en el Hospital del Nuncio, alegando falta de plazas, ya quela institucion no podıa mantener a mas de cuarenta enfermos. Losinquisidores protestaron y el rector acudio al tribunal, para acabarreconociendo que, en el ano y medio en que habıa desempenado esta funcıon,se habıan admitido otros internos supernumerarios. El 22 de abril el Consejodecidio que la institucion se hiciera cargo del reo.29

Tambien resulta sugestivo el caso de Guillermo Keith, escoces de 69 anos,a quien la Inquisicion apreso en 1578 por criticar su actuacion para con losherejes. Absuelto en un primer momento a causa de su locura, se le envio alHospital del Nuncio, donde hizo mil desatinos durante ocho meses, hasta queintento huir. En noviembre de 1579 el Consejo ordeno su traslado a lascarceles secretas y el inicio de su causa, pero en una carta fechada en 1580 losinquisidores insisten en que se trata de ‘un viejo barbaro sin juicio ni discursoalguno’ y que ‘bolvelle a estas carceles no servirıa mas que de dar costa alfisco y ocupar este tribunal con mil impertinencias y pesadumbres ydesasosegar a los presos’.30 Debio permanecer hospitalizado hasta su muerte,pues no se han hallado mas noticias de el.

Lo acontecido a Cesar Calvino, piamontes y vecino de Madrid, es similar.Se le quiso ingresar en el manicomio porque habıa perdido el juicio yalborotaba las carceles con sus gritos. El rector se negaba por falta de espacioy solicitaba que se consultase al Cabildo. Por el Manuscrito de Halle se sabeque, finalmente, el Santo Oficio le dio tormento (cordel y potro) y lo envio alhospital de locos.31

A traves de estos ejemplos se aprecia lo embarazosos que podıan resultaraquellos reos dementes a quienes no se podıa mantener tranquilos en lascarceles secretas y a los que el cabildo tampoco querıa acoger ni alimentargratuitamente en el hospital.

De la correspondencia entre los inquisidores toledanos y el Consejo en lasegunda mitad del siglo XVII se desprende que el cabildo seguıa mostrandosemuy reticente a la hora de enviar a los presos inquisitoriales al manicomio:nunca habıa plazas vacantes, pero si se aceptaba a alguno era a condicion deque se pagaran por el dos reales diarios y una fanega de trigo cada mes (aunqueel hospital podıa reducir esa cantidad a un real al dıa).32 Si el preso era pobre,era el fisco quien pagaba, razon por la que, a veces, el tribunal optaba pordevolver a los enfermos a sus familias. Ası le ocurrio a Bernardo de Asmendia

29 AHN, Inq., leg. 3071, exp. 157, exp. 158 y exp. 160 (Toledo, 22 de abril de 1574); veasetambien AHN, Inq., libro 1231, fol. 91v, rubrica ‘Presos’, n8 10: ‘Que compelan al Rector delNuncio reciva a un loco’.

30 AHN, Inq., leg. 3073, exp. 27, exp. 80 y exp. 85; leg. 3074, exp. 4; vease tambienSierra, Procesos en la Inquisicion de Toledo, caso n8 134.

31 Sierra, Procesos en la Inquisicion de Toledo, causas vistas fuera de auto desde el 7 demarzo de 1601 al primero de abril de 1602, caso n8 976.

32 AHN, Inq., leg. 3098, carta de 27 de julio de 1624.

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en 1623, preso por proferir herejıas y al que se considero ‘desmentado’,‘yncapaz y falto de juicio’ y ‘pobre’, aunque la imposibilidad de hallar a su mujerhizo necesario ingresarlo en otro hospital de locos.33

El tribunal toledano no siempre estaba dispuesto a pagar por lamanutencion de los internos. En agosto de 1683, la Inquisicion se hallabafuertemente endeudada y no podıa costear los sesenta y ocho ducadosnecesarios para mantener a Adan Caravallo en el hospital del Nuncio, por loque se solicito a la Suprema el traslado del preso al hospital de locos deZaragoza y no fue este el unico caso.34

No obstante, las relaciones entre el cabildo y el Santo Oficio fueronmejorando poco a poco. En febrero de 1681, el hospital considero que una desus internas, Marıa de Robles, se habıa recuperado. El Consejo decreto suretorno a las carceles secretas y por orden del arcediano de Toledo, la plazavacante se adjudico a uno de los reos de la Inquisicion.35 El nuevo interno eraJuan de Espinosa, pobre y procesado por haber celebrado misa sin estarordenado, cuyos familiares habıan certificado carecer de medios paramantenerlo.36

Aunque los intereses del cabildo y del tribunal de Toledo no concordabansiempre del todo, comprobamos que ambos acabaron colaborandopara ingresar en el hospital de locos del Nuncio a ciertos presos de laInquisicion, en especial a aquellos, locos o no, que por su comportamientoruidoso y escandaloso desasosegaban a los demas presos en las carcelesinquisitoriales. Como vamos a estudiar ahora, ni todos los reos que lostribunales mandaban a los manicomios eran considerados locos por losinquisidores, ni tampoco se mandaba a los hospitales de orates a todoslos presos tenidos por locos. Eso sı, no cabe duda de que, en algunos casos,la Inquisicion utilizo la locura como arma para aislar o aniquilar adeterminados reos.

33 AHN, Inq., leg. 3097, carta del 3 de octubre de 1623; AHN, Inq., leg. 3097, carta del 10de noviembre de 1623 [respuesta de la Suprema]: ‘que le embıen aquı para que se encamine aalguna otra casa de los locos’.

34 AHN, Inq., leg. 3108, carta de 9 de agosto de 1638.35 AHN, Inq., leg. 3146, ‘Relacion de las causas de fe pendientes desde el 5 de diciembre

de 1679 hasta el 13 de febrero de 1680’, fol. 1r; AHN, Inq., leg. 3146, ‘Relacion de las causas defe que estan pendientes desde el dıa 13 de febrero hasta el dıa 20 de agosto deste ano de 1680’;AHN, Inq., leg. 3146, fols 11v�12r; AHN, Inq., leg. 3146, ‘Relacion de las causas de fependientes desde el 20 de agosto hasta el 20 de octubre de 1680, fol. 15v, n8 67; AHN, Inq., leg.3146, n8 64, ‘Relacion de las causas de fe pendientes desde el veinte de octubre de 1680 hasta el20 de 1681’, fols 21v�22r, n8 64.

36 AHN, Inq., leg. 3150, caja 1, ‘Relacion de las causas de fe desde 24 de noviembre de1690’, fol. 3r, n811; AHN, Inq., leg. 3149, caja 2, ‘Informacion sobre el estado en que se halla elLicenciado Juan de Espinosa que esta en el Hospital del Nuncio (julio de 1689)’; AHN, Inq.,leg. 3149, caja 2, ‘Con el proceso contra el Lizenciado Juan de Espinosa (septiembre de 1689)’.

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La locura como metodo de aislamiento: ¿herejes locos oendemoniados?

Dado que era teoricamente imposible castigar a un reo que ya estuviera locoal cometer su crimen, los inquisidores podıan aplicarle una pena leve oincluso suspender su causa y soltarle tras obtener el visto bueno de laSuprema. Tal fue el caso de Juan Garcıa, iluso e iludente, visionario ysupersticioso, a quien se llevo ante el tribunal de Toledo en 1544.37

Este peon de albanil, que trabajaba en las obras de la iglesia mayor,afirmaba que, por sus suenos, sabıa mas que los letrados y los inquisidores;incluso conocıa el trabajo de Dios en el cielo. Contaba que las nubes delluvia se debıan a los abusos cometidos por los ministros de justicia y a laconducta del Papa, e incluso llego a sostener que el inquisidor le habıarobado mas de diez mil ducados, amen de otras afirmaciones escandalosas,que llevaron a los inquisidores a darle a elegir entre recibir cien azotes oingresar en el manicomio. Garcıa rechazo ambas opciones. Interrogados suscompaneros de trabajo, afirmaron que el hombre no estaba en su sano juicio,por lo que se decidio su absolucion y puesta en libertad, no sin antesamenazarle con propinarle esos cien azotes si volvıa a las andadas, cuerdoo loco.

Por el contrario, hubo momentos en que la locura sirvio de poco a algunosherejes, bien porque el Santo Oficio no los creyo enfermos o porque considerosus delitos tan graves que no podıan quedar impunes. Ası sucedio en 1592,con la detencion de Fernando Merino en Salamanca, acusado de renegar deDios, blasfemar y haber herido a un alguacil. Aunque se alego su falta decordura, los inquisidores lo sentenciaron a recibir cien azotes, llevar mordazay ser desterrado del distrito durante tres anos.38

Alonso de Mendoza: suenos profeticos y falta de juicio

Otra de las preocupaciones inquisitoriales era evitar que el supuesto loco secomunicase con otros presos o con el mundo exterior. Para ello lo recluıan enun castillo, fortaleza o monasterio, como hicieron con Alonso de Mendoza,miembro de una de las familias mas antiguas e ilustres de Espana.39

La necesidad de aislarlo ocasiono al Santo Oficio innumerablesproblemas, en especial cuando empezo a estorbar en las carceles secretas ya resistirse en las audiencias. Mendoza era canonigo magistral de la Iglesiade Toledo y abad de San Vicente de la Sierra y cuando, en 1587, conocio a lacelebre visionaria Lucrecia de Leon, comenzo a transcribir los cientos de

37 AHN, Inq., leg. 114, exp. 7 (Toledo, 1544).38 Sierra, Procesos en la Inquisicion de Toledo, n8 631.39 Nacido en 1537, era hijo de don Alonso Suarez de Mendoza, oriundo de Guadalajara,

y dona Juana Jimenez de Cisneros, de Madrid.

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suenos profeticos en los que la joven vaticinaba el futuro de Espana.40 Estoscontenıan durısimos ataques a Felipe II y predecıan la perdicion del reino,transmitiendo un mensaje abiertamente sedicioso.41 El 20 de mayo de 1590,los inquisidores entraron en casa de Mendoza, confiscaron varios cuadernos ypapeles muy sospechosos y, cinco dıas despues, este, Lucrecia, fray LucasAllende y otros fueron apresados y encerrados en la carcel de la Inquisiciontoledana. La mujer fue juzgada por herejıa y sedicion, pero Mendoza, hombrede recia personalidad, empezo a desafiar la autoridad del tribunal apenas sele detuvo, gritando y diciendo ‘cosas descompuestas’.42 En marzo de 1591recuso a los inquisidores Lope de Mendoza y Pedro de Zarate, acusandoles deparcialidad, y apelo al Papa en una carta en la que declaraba que sudetencion se debıa a causas polıticas.

Es probable que el Santo Oficio mirara a este pequeno grupo con sumorecelo, pues sospechaba que estaban relacionados con Antonio Perez, exsecretario del rey, a quien este habıa enviado a prision en 1585, acusado dedar muerte a Juan de Escobedo. Perez huyo de Madrid y se refugio en sutierra natal, Zaragoza, donde organizo una revuelta que solo la intervenciondel ejercito real pudo sofocar. Los Mendoza habıan sido partidarios delex secretario, por lo que la vinculacion quedaba clara a ojos de losinquisidores.43 De ahı el especial interes de estos por aislar al reo.

A partir de abril de 1592, el prisionero se rebela cada vez masviolentamente contra lo que el considera una injusticia. Los recien nom-brados inquisidores, Quiroga y Morejon, ven en esa conducta una senal deque se trata de un loco furioso. Al ano siguiente, Zarate, Morejon y Quirogaescriben al Consejo, insistiendo en que Mendoza esta peor que nunca. Por esacarta sabemos que este habıa solicitado en audiencia que concluyera sucausa sin mas declaracion de testigos, alegando que ya habıa respondido alos cargos del fiscal. Ante la negativa del tribunal, se habıa alteradosobremanera y proferido palabras deshonestas.

Su indisciplina se interpreta como signo de locura:

40 Sobre los procesos de visionarios tramitados por la Inquisicion de Toledo entre 1587 y1596, veanse: Vicente Beltran de Heredia, ‘Un grupo de visionarios y seudo profetas durantelos ultimos anos de Felipe II’, Revista Espanola de Teologıa, 7 (1947), 373�97 y 483�534; JuanBlazquez Miguel, Suenos y procesos de Lucrecia de Leon (Madrid: Editorial Tecnos, 1987);Richard L. Kagan, Los suenos de Lucrecia. Polıtica y profecıa en la Espana del siglo XVI(Madrid: Nerea, 1991); Marıa V. Jordan Arroyo, Sonar la Historia. Riesgo, creatividad yreligion en las profecıas de Lucrecia de Leon (Madrid: Siglo XXI, 2007).

41 AHN, Inq., leg. 3079, exp. 212: ‘[. . .] se havıa de perder Hispania y la restauraciondella y la mudanza de la sede apostolica y que Piedrola havıa de ser Rey y que su Magestaddava officios y obispados a personas que no lo merecıan’.

42 AHN, Inq., leg. 3713, caja 1, pieza 8, fols 103v�104v: ‘desacato notable con el tribunal’.43 Veanse Blazquez Miguel, Suenos y procesos, 43; Kagan, Los suenos de Lucrecia, 109�

35. Sobre la ayuda que presto fray Lucas de Allende a Perez para evadirse de la prision deMadrid en 1590, vease Gregorio Maranon, Antonio Perez. El hombre, el drama, la epoca,2 vols, 2a ed. (Madrid, Espasa-Calpe, 1948 [1947]), I, 99, 114�15, 472 y II, 790�92.

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estubo muy desconpuesto y recepto muchas cosas muy desconcertadas ydisparatadas y entre otras que le truxesen tres pares de medias calcasverdes, negras y coloradas. Y como a mas de tres anos que esta preso y sean yntentando con el todos quantos medios se nos an representado derigor y blandura y se save de antes que entrase en las carceles el malnatural que tiene.44

La resistencia fısica que opuso cuando quisieron enviarlo de nuevo a la carcelhizo pensar a los instructores que su furia era tal que, de no pertenecer a tanilustre familia, habrıa que ingresarlo en el hospital de locos, y que estarıamejor aislado en un castillo o monasterio. Quiza habıan aprendido la lecciondel asunto Perez, en el contexto de hostilidades y desconfianza hacia lapolıtica real en esos anos.

Del documento se desprende que el ingreso en el manicomio seconsideraba infamante para personas tan senaladas como Alonso deMendoza y que, en realidad, lo que se pretendıa con su internamiento enun lugar apartado era impedir el trato del preso con el mundo exterior, paraque no anduviese difundiendo sus perniciosas ideas ni difamando al SantoOficio.45 Ademas, Mendoza no es un caso unico. Se le compara con Guillen deCasaos, astronomo y escribano, quien tambien difundio los suenos deLucrecia ademas de los propios.46 Ambos, a juicio de los inquisidores,presentan pruebas fehacientes de locura, ya que tales ‘profetas’, sonadoresy visionarios no pueden sino haber perdido la razon.

Los inquisidores escribieron de nuevo al Consejo en noviembre,confirmando que el preso estaba enajenado y certificando que, portestimonios obtenidos, ya lo estaba antes de ingresar en prision. Si no loparecıa, era porque se trataba de una persona letrada.47

El 16 de diciembre de 1593, a la vista de la informacion recabada, elConsejo dispone que la causa sea sobreseıda, ‘se dexe en el punto y estado queesta en el entretanto que se cura de la locura que parece tener’ y que el presosea enviado a un monasterio extramuros, bien custodiado y sin que tengaacceso a tinta, papel o libros ni pueda comunicarse con persona alguna(fol. 327r).48

Su lugar de reclusion sera objeto de numerosa correspondencia. En unprimer momento, se sugiere (y resulta muy significativo) el castillo de

44 AHN, Inq., leg. 3078, exp. 172, carta de 2 de octubre de 1593.45 Vease la reaccion de gran inquietud de los inquisidores cuando se enteran de que fray

Lucas Allende, tambien relacionado con Lucrecia, condenado en marzo de 1596 a un ano dereclusion en un monasterio, no respeta la obligacion de guardar el secreto que le ha sidoencargado por el tribunal y habla mal del Santo Oficio: AHN, Inq., leg. 3080, exp. 60.

46 AHN, Inq., leg. 3078, exp. 179. Sobre Guillen de Casaos, vease Kagan, Los suenos deLucrecia, 132�35.

47 AHN, Inq., leg. 3078, exp. 179.48 AHN, Inq., leg. 3713, caja 1, pieza 8, fols 326v�327r.

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Guadamur, siempre que el Consejo no vea inconveniente en el hecho de queen el mismo tambien se encuentra presa la mujer de Antonio Perez.49 Pareceque sı lo vio, porque en enero se barajan otras posibilidades, hasta que, el 10de febrero, se escoge el monasterio toledano de San Agustın, adonde se letraslada el 28 de marzo. A Mendoza le acompanan un medico para que le curey un fraile dominico, consultor del Santo Oficio, para aquietarlo y ‘procurarpor medio de ambos medicos espiritual y corporal ponerle en razon yreportarle’.50

La causa queda sobreseıda, pero el indomito reo no ceja en sus desvarıos.El proceso se alarga debido a sus continuas apelaciones y se encuentra cadavez mas desasosegado, pues no ve el fin de su reclusion. Por fin, en junio de1596, es condenado a seis meses de prision ‘sin tocar en la culpa de lasedicion’.51 Sin embargo, ni el fiscal ni Mendoza se conforman, alargando asıla causa otro ano mas, durante el cual sigue mostrandose tan ingobernablecomo siempre.

En agosto de 1597, cuando ya lleva preso siete anos, solicita audiencia ypresenta una peticion para el rey en la que protesta por su situacion, ruegaque se tengan en cuenta los muchos servicios prestados por su familia y semande poner fin a su proceso.52 Ni que decir tiene que el monarca hizo casoomiso de sus suplicas.

A finales de septiembre, lo enviaron al monasterio de Santa Marıa deSisla (Toledo), aun mas lejano y solitario, adonde pidio que se le enviaran suspertenencias desde San Agustın, sobre todo su brasero. Examinado este, seencontraron escondidos entre la ceniza dos cuadernos con ‘muchas cosascontra su Majestad y contra el modo de proceder de la Inquisicion y susministros significando que avıa de acudir a Roma sobre su negocio conpalabras de hombre que se hallava ya en camino y que yva desterrado’.53 Conel tiempo, Alonso de Mendoza se tranquilizo y resigno, quiza vencido por laenfermedad o la edad. Murio en su celda del monasterio a finales deseptiembre o primeros de octubre de 1603.54

De este caso tan sugerente se deduce que, para el Santo Oficio, cualquiertipo de rebelion contra la autoridad*y en especial contra la suya propia*seinterpretaba como signo incontrovertible de demencia, sirviendose de laenfermedad mental para desacreditar a los reos sediciosos a quienes

49 AHN, Inq., leg. 3078, exp. 189.50 AHN, Inq., leg. 3079, exp. 7 (carta del 29 de enero de 1594), exp. 30, exp. 21.51 AHN, Inq., leg. 3712/2/11, 28 de junio de 1596; citado por Kagan, Los suenos de

Lucrecia, 233, n. 68.52 La carta no lleva fecha pero los inquisidores se refieren a ella en una carta al Consejo

fechada en Toledo a 7 de agosto de 1597, con lo cual es de suponer que la de Mendoza esanterior de algunos dıas; AHN, Inq., leg. 3080, exp. 131. Vease Kagan, Los suenos de Lucrecia,180�81.

53 AHN, Inq., leg. 3080, exp. 147.54 Veanse Blazquez Miguel, Suenos y procesos, 90; Kagan, Los suenos de Lucrecia, 181.

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encerraba en monasterios donde se encontraban tan aislados o mas que enlos propios hospitales de locos. Ademas, esta medida aplicada a prisionerosilustres les libraba del baldon que suponıa su ingreso en el manicomio, cosaque podrıa haber podido potenciar el sentimiento de hostilidad hacia laInquisicion. Sin duda, el recuerdo de Antonio Perez seguıa muy vivo.

El fervor profetico como forma de locura

A los ojos de los inquisidores, se tenıa que estar muy loco para criticar al rey oal Santo Oficio o para profetizar la perdicion de Espana, como bien prueba elcaso del frances Claude Largier, a quien se detuvo en 1607 por declarar antetestigos que la Inquisicion ‘era la perdicion de Espana y la Christiandad’ yvaticinar, inspirado por la divinidad, que ‘antes de veynte anos se avıa deperder Espana y quel dirıa por donde se avıa de ganar o perder’.55 Por dosveces intento que el monarca leyera sus escritos. Una vez detenido, seaportaron los documentos ante el tribunal, quien lo considero loco: ‘por notener pies ni cabeza los discursos y la letra no poderse leer se dexaron’. En unprimer momento se decidio su interrogatorio bajo tortura pero se suspendioel tormento, sustituyendolo por cincuenta azotes y diez anos de destierro.

El fervor profetico que campaba por la Espana en crisis de finales del XVIy principios del XVII fue una forma, indirecta y solapada, de expresion deintensas crıticas polıticas.56 Lo que mas interesa resaltar en este contexto escomo el Santo Oficio, arteramente, identificaba profecıas y demencia. Con sumentalidad maniquea y aferrado al dogma, consideraba loco a cualquieropositor al regimen establecido y autorizado. Ademas, calificar de orates aesos visionarios les permitıa desautorizarlos y excluirlos ipso facto. A finalesdel XVII, las fuertes sospechas que despertaban los suenos profeticosllevaban a tildar tranquilamente de enajenados a quienes prestaban oıdos,o, lo que era peor, su pluma, a esos videntes.

Alzarse contra el rey se consideraba una locura merecedora de la mayorseveridad, sin tener en cuenta la extrema juventud de los rebeldes ni elcaracter posiblemente ludico de la sublevacion. Ası lo demuestra el castigoejemplar que se aplico en Sevilla a los siete jovenes que, a finales de 1620 yprincipios de 1621, participaron en un intento de alzamiento, animados porlas promesas de un presunto profeta. Es significativo como las palabras

55 Sierra, Procesos en la Inquisicion de Toledo, caso n8 1161. Sobre este caso, veaseJean-Pierre Dedieu, L’Administration de la foi. L’Inquisition de Tolede (XVIe� XVIIIe siecle)(Madrid: Casa de Velazquez, 1992), 27.

56 Veanse Alain Milhou, ‘Esquisse d’un panorama de la prophetie messianique enEspagne (1482�1614)’, en La Prophetie comme arme de guerre des pouvoirs (XVe�XVIIe

siecles), ed. Augustin Redondo (Paris: Presses de la Sorbonne Nouvelle, 2000), 11�29;Augustin Redondo, ‘El profeta y el caballero. El juego con la profecıa en la elaboracion delQuijote’, en El Quijote en Buenos Aires: lecturas cervantinas en el cuarto centenario, ed. AliciaParodi, Julia D’Onofrio y Juan Diego Vila (Buenos Aires: Instituto de Filologıa y LiteraturasHispanicas ‘Dr. Amado Alonso’/Asociacion de Cervantistas, 2006), 83�102.

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locura y frenesı extrano se utilizan para calificar el incidente desde el mismoinicio de la causa.57

Pero no todos los casos de sedicion o de discrepancia se podıan eliminarası, sin mas ni mas, mediante una ejecucion en medio de la plaza. Habıaformas de discordancia o de oposicion mucho mas encubiertas y a las que, sinembargo, no se consideraba menos peligrosas. De ahı que tambien laInquisicion utilizara el manicomio como espacio de segregacion.

El Hospital del Nuncio como espacio de segregacion de los herejes:del luterano Joseph (1568) al bufon Don Francisco Bazan (1679�1682)

No era infrecuente que los inquisidores toledanos utlizasen el Hospital delNuncio como centro de reclusion en el que separar a peligrosos herejes a losque consideraban totalmente cuerdos y, por ello, mucho mas peligrosos, yaque eran capaces de difundir sus herejıas con tino y agudeza. Tal fue el casode un luterano llamado Joseph, oriundo de Gante, que habıa sido detenido enGuadalajara por haber pisoteado unas imagenes y cuyas circunstancias seexplican en una carta enviada a la Suprema el 5 de mayo de 1568.58 Desde laprimera audiencia, la Inquisicion lo considero ‘herege pertinacıssimo’ porcontradecir la doctrina y defender las tesis de Lutero, las cuales explicaba agritos en la carcel sin que fuera posible acallarlo.

Un episodio de supuesta locura fue el motivo alegado para su ingreso enel celebre hospital toledano el 3 de octubre de 1566, donde permancecio sietemeses y adonde regresarıa el 17 de noviembre de 1567. Parece ser que este‘herege muy fino y consumado’ suponıa un riesgo moral para presos ypersonal penitenciario, entre los que intentaba propagar sus ideas, por lo quese decidio su traslado al manicomio hasta que tuviera lugar el proceso, en elque se voto a relajacion. Y ello pese a la escueta respuesta del Consejo, queordenaba su permanencia en las carceles secretas porque ‘no parece convienesacar a relajar de la Casa del Nuncio’, lo que pone de manifiesto que, a ojos dela Suprema, este espacio civil, dedicado a sanar a aquellos perturbados cuyacondicion se consideraba eximente de culpa, no debıa confundirse con unespacio penal, de donde se les sacaba para castigarlos.

57 El sugerente tıtulo de la relacion de este suceso escrita por Juan Nyon es: Aquı serefiere brevemente y con toda brevedad un caso muy extrano, sucedido en la Ciudad de Sevillaeste presente ano en que se da cuenta como unos hombres dieron en una locura, y frenesıestrano, que fue querer alcarse con aquella Ciudad, y hazerse Reyes y senores della, conjurandopara ello a todos los mas que podıan: dızese del modo que fueron descubiertos, y el justo castigoque se les dio (Barcelona, Estevan Libreros, 1621). Sobre la narracion de este acontecimientoen dicha relacion, vease Augustin Redondo, ‘El intento de alzamiento sevillano a principios delsiglo XVII (diciembre de 1620�enero de 1621) y su repercusion en la prensa primitiva’, enHomenaje a Don Antonio Domınguez Ortiz, ed. Juan Luis Castellano Castellano y Miguel LuisLopez-Guadalupe Munoz, 3 vols (Granada: Univ. de Granada, 2008), II, 689�97.

58 AHN, Inq., leg. 3070, caja 1, exp. 120.

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¿Curar o castigar? ¿Locos o herejes? Entre estos terminos distintos,cuando no contrapuestos, estrechamente vinculados por sutiles relacionesdialecticas e ideologicas, tejıa el Santo Oficio su estrategia de limpieza,eliminacion y represion.

Hacia 1681, el hospital se volvio a utilizar para confinar a don FranciscoBazan de Zuniga Oxıa y Castro de Moncadaz, ‘hombre de placer’ (es decir,bufon), que habıa sido traıdo a la Corte de Carlos II por Juan Jose de Austriatras un largo internamiento en el hospital de locos de Zaragoza.59 De Bazanse conserva un retrato de cuerpo entero, obra de Carreno Miranda y fechadohacia 1684�1685, en el que aparece en medio de un espacio vacıo, vestido conausteridad, de negro y con ancho cuello blanco, en una actitud de suplica ycontricion (vease Fig. 1).60 Todo en el cuadro parece dirigir la mirada alenigmatico papel que lleva en la mano, quiza destinado al monarca:¿memorial, carta o denuncia?

A Bazan se le llamaba ‘el anima del Purgatorio’ porque, en su locura,creıa hallarse en ese lugar.61 Sus problemas con el Santo Oficio comenzaroncuando se le denuncio por proferir proposiciones hereticas. Puede que leacusara alguno de los cortesanos descontentos que, segun el Diario denoticias de 1677 a 1678, decıan que era espıa del rey.62 Ya en enero de 1677,don Juan de Austria se habıa quejado de otro bufon, Alvarado, a quien se

59 AHN., Inq., leg. 3146, ‘Relacion de las causas de fe pendientes desde el 12 deseptiembre hasta el 20 de diciembre de 1681’, n8 39.

60 Museo del Prado, oleo sobre lienzo, 200 x 101 cm. Segun el inventario del Alcazarde 1686, existio otro retrato de el, hoy perdido, de Francisco de Herrera el Mozo: ‘retratos deun negro y de Francisco Bazan y enanos con un juguete de perro y animales y un bosque, demano de Francisco de Herrera por acabar’ (vease Monstruos, enanos y bufones en la Cortede los Austrias: a proposito del ‘Retrato de enano de Juan van der Hamen’, Museo delPrado, 20 de junio al 31 de agosto de 1986 [Madrid: Amigos del Museo del Prado, 1986], 22,112�13).

61 Sobre Francisco Bazan, veanse Jose Moreno Villa, Locos, enanos, negros y ninospalaciegos. Gente de placer que tuvieron los Austrias en la corte espanola desde 1563 a 1700:estudio y catalogo (Mexico D.F.: La Casa de Espana en Mexico, 1939), 50 y 77; FernandoBouza, Locos, enanos y hombres de placer en la corte de los Austrias (Madrid: Temas de Hoy,1996), 39 y 82; Fernando Bouza y Jose Luis Betran, Enanos, bufones, monstruos, brujos yhechiceras (Barcelona, Debolsillo, 2005), 52�69.

62 Tiene el Rey un loco que le trujo D. Juan de Zaragoza, cuya locura es decir esta el enel purgatorio; y tiene la mayor memoria que se ha visto, y discurre en todo muy bien; y losmalcontentos dicen que mejor ha sabido S. A. lograr la espıa del Rey que no Valenzuela,porque no se aparta el loco un punto del lado del Rey, y todo cuanto pasa sin faltar un apice lorefiere a S. A., y no solo esto, sino es lo que hizo y oyo cuarenta anos ha; y como le lleven lalocura adelante, es juicioso’ (Sabado 13 de Marzo de 1677), Diario de noticias de 1677 a 1678.Decima sexta parte de las miscelaneas y papeles varios curiosos y manuscritos de D. JuanAntonio de Valencia Idiaquez (citado en parte por Fernando Bouza, Locos, enanos, 82;transcrito en Marques de la Fuensanta y D. Jose Sancho Rayo, Coleccion de documentosineditos para la historia de Espana, 54 vols [Madrid: Imprenta de Miguel Ginesta, 1877],LXVII, 99).

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Retrato de Francisco Bazan, pintado por Juan Carreno de Miranda# Reproduccion, Biblioteca Nacional de Espana, Madrid.

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expulso de la Corte.63 Quiza la memoria y agudeza de Bazan molestaron en laCorte, donde comenzo a ser considerado mas un ‘truhan discreto’, peligroso eincomodo informador, que un divertido e inofensivo ‘bobo y loco’. Sea comofuere, se le apreso en Madrid el 2 de mayo de 1679. Tras el dictamen de losmedicos, el 10 de abril se decidio su ingreso en el manicomio y la suspensionde su causa, pero el Consejo opto por encarcelarlo a finales de ese mes y quefuera interrogado y sometido a observacion, sobre todo ‘en los crecientes ymenguantes de luna’. No tardarıa en ser encomendado de nuevo al hospitalde locos; se trataba, segun la relacion de causa de 1681, de evitar a los fielesel dano que pudieran ocasionarles sus peregrinas ideas. El desenlace de esteepisodio es de lo mas inesperado: el 12 de abril de 1682 el Consejo ordeno quefuese liberado y llevado a Aranjuez para entretener al rey.64

Segun Jose Moreno Villa, es posible seguirle la pista entre 1676 a 1689,gracias a los diferentes regalos que recibio de Palacio en forma de ropa entreesos anos. Ello permite suponer que sus problemas con la Inquisicion nofueron sino un infausto parentesis en su vida de bufon. Sea como fuere, suinternamiento en un hospital de orates permitio a quienes quizas molestaraalejarlo de la corte. Su caso vino a poner en tela de juicio la libertad depalabras o inmunidad jurıdica de la que supuestamente gozaba el ‘loco decorte’. Deducimos de ello que la distancia que mediaba entre la locura fingidadel bufon y la locura ‘real’ podıa llegar a reducirse hasta desaparecer y que lafrontera entre locura y herejıa era a veces muy tenue. Como vamos acomprobar ahora, la lınea que en aquellos siglos se trazaba entre locura ybrujerıa era tambien muy sutil y por ello de gran interes.

Locura, brujerıa y demonio

Es de sobra conocido el escepticismo o, al menos la enorme prudencia, delSanto Oficio en relacion con lo sobrenatural. Segun ciertos medicos de laepoca (Jean Wier o Andres Laguna), algunos inquisidores dudaban de quelos contactos entre brujas y demonios fueran reales, por lo que las penasaplicadas a estos delitos tampoco resultaban muy graves, tal y como sedesprende de lo acordado en la asamblea del Consejo de la Inquisicion sobrecrımenes de brujerıa, celebrada en Granada en 1526.65 Otras instruccionesde 1546, dirigidas por el Consejo a los inquisidores de Navarra, apuntaban

63 Diario de noticias, 73 (domingo 24 de enero de 1677). Vease tambien pag. 76 (jueves28 de enero de 1677): ‘A Alvarado, el Bufon, desterrado y embargado cuanto tenıa, queimportaba mas de 200.000 ducados’.

64 AHN, Inq., leg. 3148, ‘Relacion de las causas de fe pendientes desde el 15 de abril de1682 hasta el 14 de julio de 1682’.

65 Augustin Redondo, Antonio de Guevara (1480?� 1545) et l’Espagne de son temps(Geneve: Droz, 1976), 300; Augustin Redondo, ‘Le Discours d’exclusion des ‘‘deviants’’ tenu parl’Inquisition a l’epoque de Charles Quint’, en Les Problemes de l’exclusion en Espagne (XVIe�XVIIe siecles), ed. Augustin Redondo (Paris: Publications de la Sorbonne, 1983), 23�75 (pp. 40�42).

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que los unguentos que utilizaban las brujas podıan originar la locura y, porconsiguiente, ser la causa de sus pretendidas conductas paranormales.66

A veces, las condenadas achacaban a la locura sus visiones.67 Otras vecesla alegaban en su defensa, como Juana Izquierda, quien, tras negar sucondicion de bruja, aclaro que si se habıa acusado a sı misma y a otrasde tal delito fue ‘por miedo al tormento y porque estaba fuera de sujuizio’.68 De poco le sirvieron sus explicaciones, pues, tras sufrir y sobrevivira la tortura, fue condenada a abjurar de sus creencias y a salir en autode fe.

Aunque no creyesen en hechicerıas, sortilegios y supersticiones, losinquisidores tenıan una muy real voluntad de castigar a quienes lospracticaban, sin dejarse influir por la simplicidad o la ignorancia delos acusados. No obstante, en ocasiones tuvieron en cuenta la locuramanifiesta.69 Llegaron incluso a suspender los procesos, absolviendo aunas encausadas cuya reputacion y credibilidad quedaban danadasirreparablemente a causa de su consideracion como enfermas mentales.70

Sin embargo, en otras ocasiones, los herejes eran demasiado peligrosospara el orden polıtico-religioso establecido y su locura, pese a ser manifiesta,no constituyo eximente alguno e incluso se achaco al demonio. Un claroejemplo es el de Pedro Ysabal, el ‘Rey Ungido’, a quien el Santo Oficio mandoprender y encarcelar en octubre de 1645. La primera parte de su historia hasido magistralmente estudiada por Raphael Carrasco y Francois Gomez,basandose en los procesos de veintitres encausados ante el Tribunal de

66 AHN, lib. 322: ‘Libro septimo del Consejo de su Magestad de la Santa GeneralInquisicion a las inquisiciones de la corona de Aragon y Navarra desde 9 de henero de 1536hasta 20 de diziembre de 1546’, fols 145v�146v. Sobre esta discusion en torno a los unguentos ysobre la asociacion entre brujerıa, demonio y melancolıa, vease Roger Bartra, Cultura ymelancolıa. Las enfermedades del alma en la Espana del Siglo de Oro (Barcelona, EditorialAnagrama, 2001), 49�63. Vease tambien Jordan Arroyo, Sonar la Historia, 56�57.

67 AHN, leg. 1808, exp. 4, fols 6v�8r: en 1669 ante el tribunal de Zaragoza una viuda de45 anos declara que los diablos la molestan y que esta loca. Rechaza comulgar, se preguntapara que sirve ir a misa, todo ello mezclado con ‘pensamientos desonestos’.

68 Sierra, Procesos en la Inquisicion de Toledo, caso n8 558.69 AHN, leg. 799, fol. 102v (sin fecha, ¿finales del siglo XVI o principios del siglo XVII?):

‘De los hechiceros. [. . .], y se advierte que en estos delictos no se perdona a la simplicidad niignorancia, aunque los sortilegios se ayan hecho con buen celo y para buen effecto como si sehicieran para hallar algun hurto de cossas de iglessias y para sanar algun enfermo demaleficios, todos se han de castigar, consideradas las circunstancias’.

70 Por ejemplo, hacia 1537, la Suprema escribe al tribunal de Barcelona acerca de unamujer procesada por bruja: ‘Vimos el proceso de Joana Roquells y pues a vos y a los consejerosy medicos paresce que esta muger no tiene juyzio natural, deveysla soltar con fiancas como vaasentado en su proceso’ ; AHN, Lib. 322, fols 145�146. Sobre el criterio ilustrado del tribunalde Zaragoza respecto de la realidad de la brujerıa y las causas de brujas suspendidas por faltade pruebas, vease Marıa Tausiet, Abracadabra Omnipotens. Magia urbana en Zaragoza en laEdad Moderna (Madrid: Siglo XXI, 2007), 171�90.

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Zaragoza entre 1644 y 1651.71 Todos ellos estaban convencidos de que estepastor prodigioso, nacido en Biescas, estaba, segun ciertos vaticinios e inclusoescritos del propio Arcangel San Miguel, predestinado para salvar a Aragon,destronar a Felipe IV, eliminar a la Casa de Austria y convertirse en monarcadel universo entero (de ahı su sobrenombre). Uno de sus seguidores, jesuita, sebasaba en una profecıa de San Vicente Ferrer para afirmar que, con Ysabal, seconvertirıa en Papa, reemplazando a Inocencio X.72 Sin duda, este milagrosoprofeta era la expresion encubierta de las grandes inquietudes polıticasaragonesas, reprimidas desde los tiempos de Felipe II.

Mis propias investigaciones entre los documentos del tribunal deGranada me han llevado a averiguar que Ysabal consiguio huir de Aragony escapo a esta ciudad, donde quiza esperaba recibir el apoyo y aprobacionde cierto canonigo del Sacromonte.73 Capturado, su historia concluye enlas carceles granadinas, no sin antes causar enormes trastornos a losinquisidores y sus asistentes.

Al ser encarcelado en 1648, no nego los cargos que se le imputaban. Por elcontrario, confeso treinta y tres de ellos, aunque afirmando que era Dios quieninspiraba su discurso. Ya no volvio a comparecer voluntariamente. Por masque le amenazaron con tenerlo por confeso, se negaba a aceptar su papel de reo,insistıa en su calidad de rey y sostenıa que el tribunal estaba supeditado a el,por lo que carecıa de potestad para juzgarle.74

En el verano de 1650, tras quejarse el alcaide de que Ysabal estabafurioso, no acataba la autoridad del tribunal y los habıa excomulgado a todos,los inquisidores escribieron a la Suprema expresando sus dudas sobre si elreo era simplemente contumaz o si estaba irremediablemente loco.75 Lasinstrucciones que reciben es que otro medico y un nuevo calificador examinen

71 La primera etapa (la aragonesa) del juicio inquisitorial a Pedro Ysabal fue dada aconocer por Francois Gomez y Raphael Carrasco (Francois Gomez, Le Tribunal du Saint-Officede Saragosse [1561� 1700]. Essai d’etude quantitative, these de doctorat sous la direction deRaphael Carrasco, 2 vols [Montpellier: Univ. Paul Valery, 1998], I, 165�71; Raphael Carrasco,‘Prophetisme et mecontentement populaire en Aragon au XVIIe siecle. Pedro Isabal, visionnaireet reformateur’, en Millenarismes et messianismes dans le monde iberique et latino-americain,ed. Jean Franco y Francis Uteza [Montpellier: Univ. Paul Valery, 2000], 127�50). Sobre PedroYsabal, veanse: AHN, Inq., leg. 2633, exp. 35, exp. 40; leg. 2634, caja 1, exp. 2, exp. 6, exp. 14, exp.45, exp. 52, exp. 58, exp. 66, exp. 88, exp. 104, exp. 115, exp. 120, exp. 127, exp. 132, exp. 145; ytambien AHN, Inq., leg. 2635, exp. 3; leg. 2636, caja 1, exp. 10, exp. 31, exp. 49, exp. 103, exp. 145,exp. 195 ; Inq., leg. 2644, caja 1 (exp. 21, exp. 32, exp. 42, exp. 53, exp. 62, exp. 75, exp. 84); Inq.,leg. 2645, caja 1, exp. 10, fol. 10r.

72 AHN, Inq., libro 994, fol. 646r, caso n8 18: ‘Pedro de Ripa, 1645’.73 Vease AHN, Inq., libro 994, fol. 64r. No es sino una hipotesis mıa en la que habra que

profundizar.74 Solo se puede resumir aquı lo ocurrido durante las numerosas audiencias. Vease en

especial Inq., leg. 2633 (relaciones de causas fechadas en junio 1650; enero de 1651; julio de1651; septiembre de 1651).

75 AHN, Inq., leg. 2633, leg. 40 (12 de julio de 1650, Granada, ‘Papeles tocantes a lacausa de Pedro de Ysabal’).

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‘su juicio y capacidad’, y que los inquisidores den cuenta al Consejo de ‘si lalocura es cierta o fingida y si esta obseso o endemoniado’.76

El proceso era de una enorme gravedad, pues Ysabal habıa atacado a lapropia monarquıa y por ello respondieron con el habil argumento de que, sibien sus desvarıos eran evidentes, el estar relacionados con la causa hacıanpensar que fueran cosa de demonio:

si se seguira esta causa como contra contumaces (que parece los meritosde ella lo piden) porque aunque tambien pudiera seguirse como confurioso, no emos querido intentar este medio ni azer informazion de sulocura por no desbanecer esta causa que es de la grabedad que VuestraExcelencia tiene entendido, y porque aunque sus locuras y disparates sonmuchos, son todos en la materia de su causa y no en otra y ası mas parezeendemoniado que loco, porque demas de la frequenzia con que habla latın,aunque barbara y descompuestamente, parece que este impedimiento queaora pone en esta causa, puede ser efecto del demonio prebiendo que setrata de poner fin a ella.77

Se aducıa que era el diablo quien le habıa privado de razon para evitar suenjuiciamiento.78 Vemos ası como, cuando se hacıa imprescindible castigar aun hereje o, peor aun, a un oponente polıtico, destruyendo su buen nombre, laInquisicion sabıa hallar la manera de pasar por alto la enfermedad mentalcomo atenuante o eximente de culpa.

Pedro Ysabal murio en la carcel hacia 1662. En las relaciones de causasde anos posteriores, se alude a su fallecimiento y se indica que ese mismo anose habıa votado la suspension del juicio.79 Es facil suponer que los catorceanos que paso en la carcel, ası como la condena de muchos de sus seguidores,bastaron para que las gentes dejaran de creer que el ‘Rey Ungido’ salvarıa aAragon. Lo que sı resulta interesante son las vacilaciones de calificadores ymedicos en torno a la locura del reo, sus dudas de si estaba ‘obseso oendemoniado’. La conclusion ‘mas pareze endemoniado que loco’ permitio

76 AHN, Inq., leg. 2634, caja 1, exp. 2, la ‘Relacion de causa de julio de 1651’, donde seevoca la carta de la Suprema fechada en 19 de mayo.

77 AHN, Inq., leg. 132 (tribunal de Granada, ‘Relacion de causa de noviembre de 1651’).78 AHN, Inq., leg. 2633, exp. 35, folios sin numerar; vease en especial la ‘Relacion de

causas de enero de 1651’.79 AHN, Inq., leg. 2643, exp. 62, junio, 10 de 1664; AHN, Inq., leg. 2644, caja 1, exp. 21

(n8 122); exp. 32 (n8 77); exp. 42 (n8 82); exp. 53 (n8 84); exp. 62 (n8 82). (Tribunal de Granada,1667); AHN, Inq. 2645, caja 1, exp.10, fol. 10r; exp. 36, fol. 15r; exp. 99, fol. 20; AHN, Inq., leg.2645, caja 2, exp. 263, fol. 25 (causas de difuntos).

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obviar la cuestion de su demencia y castigarlo.80 De todo ello se deduce quepara el Santo Oficio las categorıas de brujo, endemoniado, obseso y loco noeran compartimentos estancos.

En conclusion, la documentacion inquisitorial nos permite acercarnos a lalocura desde varios punto de vista. Primero, desde las teorıas medicasvigentes en la epoca: definicion y tratamiento de la enfermedad. Sinembargo, cabe destacar que, al acudir a los medicos se perseguıa un dobleobjetivo: determinar la veracidad de la locura del reo y devolverle la corduracuanto antes para poderlo juzgar.

Segundo, desde su consideracion como eximente o atenuante queobstaculizaba la aplicacion de las penas y que, en manos de los inquisidores,podıa transformarse en arma ofensiva, utilizada para aniquilar y excluir.Incluso hemos visto como, en casos de especial gravedad, podıan ignorar suvalor exculpatorio, haciendo pasar al reo por endemoniado, como ocurrio conPedro de Ysabal. Ya valiendose de la locura, ya descartandola, alcanzaban suobjetivo, que era asegurar a la Iglesia la exclusividad en la elaboracion deldiscurso religioso e impedir cualquier forma de heterodoxia que pudieseponer en entredicho el orden establecido.

Para finalizar, cabe subrayar una paradoja: los que quisieron acabar conel libre discurrir o pensar de los reos, tildandolos de locos, endemoniados oherejes, consiguieron eternizar su discurso al tomar minuciosas notasescritas de cuanto se decıa en sus juicios. Queriendo silenciarlos, lograronlo que pocas instituciones en la Historia: dejar memoria escrita, detallada yfiel de su pensamiento, haciendo que su voz llegase hasta nosotros a traves delos siglos. A esos locos de la inquisicion he querido darles ahora la ultimapalabra.

80 Los terminos en que los inquisidores analizan la herejıa de Ysabal invierten losterminos en que enjuiciaron a otro reo, Bartolome Sanchez, juzgado tres veces por el tribunalde Cuenca por hereje de 1553 a 1560, al que finalmente decidieron considerar como loco yenviaron al hospital de locos de Zaragoza. Vease Sara T. Nalle, Mad for God: BartolomeSanchez, the Secret Messiah of Cardenete (Charlottesville: Univ. of Virginia, 2001).

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