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A.E.A.T.
D.I.T.
S.G. de Aplicaciones
INFORMATIVAS 2018
Servicios de Ayuda a la Declaración
Documento de Coordinación con Colaboradores Versión 1.2 (14/12/2018)
Servicios de Ayuda a las Declaraciones Informativas 2018
ÍNDICE
ÍNDICE.........................................................................................................................2
1 INTRODUCCIÓN..............................................................................................5
1.1 Modelos de declaración..................................................................................51.2 Modos de presentación de las informativas 2018...........................................5
2 CONFECCIÓN DE DECLARACIONES........................................................7
2.1 Especificaciones..............................................................................................72.2 Formas............................................................................................................72.3 Pruebas y Servicio de Validación y Prueba (Pruebas de interfaz de envío, firma de
declaraciones y validación de datos).............................................................................7
3 PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES: FORMAS................................9
4 EMPRESAS DE DESARROLLO DE SOFTWARE: INTEGRACIÓN CON LOS
SERVICIOS...................................................................................................................12
4.1 Servicio de Presentación Electrónica con certificado electrónico................12
4.1.1 Envío directo al servidor de la AEAT.................................12
4.1.1.1 Envío de fichero vía el servicio “habitual” de Presentaciones
Telemáticas (como texto en claro)..................................................13
4.1.1.2 Envío del fichero vía el servicio TGVI o TGVI Online
(Transmisión de Grandes Volúmenes de Información)..................14
4.1.2 Enlace con el formulario.....................................................15
4.2 Servicio de Predeclaración con confirmación vía SMS................................15
4.2.1 Envío directo al servidor de la AEAT (No disponible).......15
4.2.2 Enlace con el formulario.....................................................15
4.3 Servicio de Impresión...................................................................................16
4.3.1 Envío directo al servidor de la AEAT.................................16
4.3.2 Enlace con el formulario.....................................................16
4.4 Servicio de Validación y prueba de Impresión.............................................16
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Servicios de Ayuda a las Declaraciones Informativas 2018
4.4.1 Envío directo al servidor de la AEAT.................................17
5 DUDAS MÁS FRECUENTES.......................................................................18
6 ESPECIFICACIONES PARA LA INTEGRACIÓN DEL SOFTWARE
COMERCIAL CON LOS SERVICIOS.......................................................................22
6.1 Integración con el servicio de Presentación Telemática...............................22
6.1.1.1 Envío directo al servidor de la AEAT.........................22
6.1.1.1.1 Funcionalidades que debe cubrir el software comercial
22
6.1.1.1.2 Obtención de datos y autorización para transmisión a la
AEAT necesarios para realizar una firma no criptográfica.........23
6.1.1.1.3 Envío firmado al servidor de la AEAT..................24
6.1.1.1.4 Recepción de la respuesta de la AEAT y envío al
contribuyente...............................................................................29
6.1.1.1.5 Comprobación de la presentación de la declaración35
6.1.1.1.6 Pruebas...................................................................37
6.1.1.2 Enlace con el formulario:............................................40
6.1.2 Juego de caracteres válido...................................................42
6.1.3 Recursos mínimos para trabajar con las páginas HTML de la
AEAT..................................................................................42
6.2 Integración con el servicio de Predeclaración con confirmación vía SMS. .43
6.2.1 Invocación del servicio de Predeclaración..........................43
6.2.1.1 Envío directo al servidor de la AEAT (No disponible)43
6.2.1.2 Enlace con el formulario.............................................43
6.2.2 Juego de caracteres válido...................................................44
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Servicios de Ayuda a las Declaraciones Informativas 2018
6.2.3 Recursos mínimos para trabajar con las páginas HTML de la
AEAT 44
6.3 Integración con el servicio de Impresión......................................................45
6.3.1 Invocación del servicio de Impresión..................................45
6.3.1.1 Envío directo al servidor de la AEAT.........................45
6.3.1.1.1 Envío al servidor de la AEAT................................45
6.3.1.1.2 Recepción de la respuesta de la AEAT y envío al
contribuyente...............................................................................46
6.3.1.1.3 Pruebas...................................................................46
6.3.1.2 Enlace con el formulario.............................................47
6.3.2 Juego de caracteres válido...................................................47
6.3.3 Recursos mínimos para trabajar con las páginas HTML de la
AEAT 47
6.4 Integración con el servicio de Validación y Prueba de Impresión................48
6.4.1 Invocación del servicio de Validación y Prueba.................48
6.4.1.1 Envío directo al servidor de la AEAT.........................48
6.4.1.1.1 Envío al servidor de la AEAT................................48
6.4.1.1.2 Recepción de la respuesta de la AEAT y envío al
contribuyente...............................................................................49
6.4.2 Juego de caracteres válido...................................................49
6.4.3 Recursos mínimos para trabajar con las páginas HTML de la
AEAT 49
6.5 Requisitos comunes a los servicios...............................................................50
6.5.1 Juego de caracteres válido...................................................50
6.5.2 Recursos mínimos para trabajar con las páginas de la AEAT51
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6.5.2.1 Ordenador. Configuración...........................................51
6.5.2.2 Impresora.....................................................................51
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Servicios de Ayuda a las Declaraciones Informativas 2018
1 INTRODUCCIÓN
Este documento recopila los distintos servicios de ayuda a la declaración para las
declaraciones informativas de 2018, que la Agencia Tributaria pone a disposición de
sus colaboradores: empresas de desarrollo (EEDD), entidades colaboradoras
(EECC) y gestores administrativos (GGAA). Por tanto, tiene por objeto difundir la
oferta de servicios y los detalles necesarios para su utilización.
Antes de describir los servicios de ayuda repasaremos la configuración de los
modelos y modos de presentación.
1.1 Modelos de declaración
Este documento recoge la especificación relativa a la interfaz de envío y de firma
de los siguientes modelos de informativas del ejercicio 2018: 180, 181, 182, 184,
187, 188, 189, 190, 193, 198, 280, 294, 295, 296, 345, 347 y 720.
1.2 Modos de presentación de las informativas 2018
Las declaraciones informativas 2018 pueden ser presentadas de las siguientes
formas:
a) Presentación electrónica por Internet, distinguiéndose:
a. Con certificado electrónico: incluyendo los envíos que utilizan el
mecanismo de Transmisión de Grandes Volúmenes de Información
o TGVI en su versión clásica o en su versión Online. Esta forma será
obligatoria para obligados tributarios que tengan el carácter de
Administración Pública, o se califiquen como grandes empresas
(adscritos a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes o a
alguna de las Unidades de Gestión de Grandes Empresas), o
tengan la forma jurídica de SA o SL.
b. Con Cl@ve PIN: Sólo si el presentador es una persona física que
actúa en nombre propio o como apoderado. Sólo para determinados
modelos y para el ejercicio 2018 con el límite de 40.000 registros de
declarados que sean objeto de declaración (salvo el modelo 280,
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que serán 30.000 registros). No podrán usar esta vía los obligados a
presentación con certificado electrónico.
b) Predeclaración con confirmación vía SMS (sin certificado): Exclusivamente
para los modelos 190 y 347, en ambos casos hasta 15 registros de
declarados, y sólo para Comunidades de Propietarios (NIF H). La
presentación no será en ningún caso efectiva hasta que no se haya
realizado la posterior confirmación. No podrán usar esta vía los obligados a
presentación electrónica con certificado electrónico.
A partir de aquí nos referiremos exclusivamente a las declaraciones presentadas
por vía electrónica por Internet con certificado electrónico y para el caso de los
modelos 190 y 347 también Predeclaración con confirmación vía SMS.
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Servicios de Ayuda a las Declaraciones Informativas 2018
2 CONFECCIÓN DE DECLARACIONES
2.1 Especificaciones
Las declaraciones informativas 2018 que sean confeccionadas mediante
herramientas informáticas deben atender a las especificaciones de validaciones
para generar los ficheros correspondientes:
En http://www.agenciatributaria.es Ayuda > Diseños de registro está
publicado el diseño de registro de los distintos modelos de
informativas.
2.2 Formas
Atendiendo a las especificaciones y al diseño de registro existen dos formas
de confección de la declaración:
- Software comercial: Las entidades proveedoras de software pueden
generar el fichero de la declaración. Para ello, como hemos dicho, la
AEAT ha puesto a su disposición en Internet las especificaciones del
diseño de registro.
- Formulario de Ayuda de la AEAT (sólo para los modelos 180, 182,
184, 187, 188, 189, 190, 193, 198, 296, 345 y 347).
2.3 Pruebas y Servicio de Validación y Prueba (Pruebas de interfaz de
envío, firma de declaraciones y validación de datos)
El fichero de declaración obtenido mediante el software comercial, está listo para
su presentación tal como se indica en el apartado 3. Adicionalmente la Agencia
Tributaria ofrece un entorno de Pruebas para Externos con el objetivo de que las
empresas que desarrollan aplicaciones para generar ficheros de declaración de los
modelos de informativas puedan verificar en la fase de pruebas contra el servidor de
la AEAT que dichos ficheros son conformes con las especificaciones, así como el
interfaz de envío y la firma electrónica de la declaración en su caso.
En este entorno de Pruebas para Externos la Agencia Tributaria se ofrece un
“Servicio de Validación y Prueba de Impresión” con el objetivo de que las empresas S.G. Aplicaciones- Coordinación con Colaboradores..........……………………………………..………………..8
Servicios de Ayuda a las Declaraciones Informativas 2018
que desarrollan aplicaciones para generar el fichero de la declaración de los
modelos de informativas puedan verificar en la fase de pruebas contra el servidor de
la AEAT que dichos ficheros son conformes con las especificaciones. Este servicio
no necesita certificado electrónico.
Este entorno de Pruebas para Externos está disponible en Internet.
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Servicios de Ayuda a las Declaraciones Informativas 2018
3 PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES: FORMAS
Generado el fichero de la declaración, se presentará con certificado
electrónico por Internet para los obligados a la utilización de esta vía y para
aquéllos otros que opten por la misma, en la Sede Electrónica de la AEAT.
La presentación electrónica de declaraciones por Internet con certificado
electrónico técnicamente se realiza de dos formas:
a) Envío vía el servicio “habitual” de Presentaciones Telemáticas (texto en
claro): Todos los modelos. Es la forma clásica de presentación por vía
telemática por Internet. Este servicio valida el contenido de la declaración
en el mismo momento de la presentación, y en el caso de detectarse
errores, se impide la presentación hasta su subsanación.
b) Envío vía el servicio TGVI (en binario): a partir del ejercicio 2018, solo para
los modelos 189 y 296. Este servicio en el momento de presentación
realiza unas validaciones “ligeras” del contenido de la declaración,
realizándose las validaciones completas de modo off-line en las horas
posteriores a la presentación. En caso de detectarse errores tras las
validaciones completas, el declarante deberá proceder a su corrección
usando los servicios que la AEAT pone a su disposición para tal fin. Para
más información puede consultarse la última versión del documento de
“Informativas: Especificaciones para el envío de determinados modelos a la
AEAT por Internet desde una aplicación cliente utilizando el mecanismo
TGVI” publicado en:
http://www.agenciatributaria.es/AEAT.desarrolladores/Desarrolladores/
Desarrolladores.html.
c) Envío vía el servicio TGVI Online (texto en claro): A partir del ejercicio
2018, incluye los modelos 181, 182, 187, 188, 190, 193, 198, 345 y 347.
El servicio por el que deben presentarse las declaraciones de un determinado
modelo y ejercicio dependerá del número de registros (umbral) de la declaración
a presentar. Si la declaración tiene un número de registros por debajo del
umbral o igual al umbral, se podrá presentar vía el servicio “habitual” de S.G. Aplicaciones- Coordinación con Colaboradores..........……………………………………..………………..10
Servicios de Ayuda a las Declaraciones Informativas 2018
Presentaciones Telemáticas u opcionalmente mediante TGVI Online. Si la
declaración tiene un número de registros por encima del umbral, se deberá
presentar vía el servicio TGVI o TGVI Online. Los umbrales son distintos para
cada modelo, pueden variar en función del ejercicio y también pueden ser
modificados a criterio de la AEAT en cualquier momento. Para conocer con
exactitud en un momento dado el umbral para cada modelo y ejercicio deberá
hacerse uso de los servicios descritos en el documento de “Informativas:
Especificaciones para el envío de determinados modelos a la AEAT por Internet
desde una aplicación cliente utilizando el mecanismo TGVI” publicado en:
http://www.agenciatributaria.es/AEAT.desarrolladores/Desarrolladores/
Desarrolladores.html.
Para aquellos modelos donde la vía de presentación TGVI ha sido reemplazada
por TGVI Online, ese umbral dejará de estar disponible a través de la URL de
consulta de umbrales.
A partir de este momento, salvo que se indique explícitamente, este
documento sólo se referirá a las presentaciones vía el servicio “habitual” de
Presentaciones Telemáticas.
Una vez haya sido presentada la declaración, se obtendrá una página de
respuesta del servidor con el justificante de presentación en formato PDF
validado con un código seguro de verificación. El PDF justificante de
presentación contendrá la declaración completa para ficheros con menos de
500 registros tipo 2. En el caso de superar ese límite, el PDF con carácter
general mostrará el registro tipo 1 y una diligencia. De igual forma si la
presentación se realiza vía TGVI Online, el justificante de presentación incluirá
únicamente el registro de tipo 1 y una diligencia, independientemente del
número de registros tipo 2 incluidos en la declaración.
Desde la Sede Electrónica de la AEAT, mediante dicho código seguro de
verificación se podrán obtener copias electrónicas de la declaración en formato
PDF (justificante de presentación), para habilitar su impresión en papel. El
fichero presentado puede obtenerse con la opción de “descarga de ficheros” del
modelo correspondiente.
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Servicios de Ayuda a las Declaraciones Informativas 2018
Además, para los no obligados a presentación electrónica con certificado
electrónico, los modelos 190 y 347 también se podrá presentar por
Predeclaración con confirmación vía SMS, siempre que se trate de
Comunidades de propietarios (NIF H) y la declaración tenga hasta 15 registros.
El contenido de estas declaraciones se valida en el mismo momento del envío y,
si no existe error, quedará provisionalmente en el servidor de la AEAT a la
espera de que sean confirmadas mediante el envío de un mensaje SMS a la
Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Una vez enviada la Predeclaración, como respuesta se obtendrá un PDF del
modelo cumplimentado, con el número de justificante de la declaración y con las
instrucciones para su confirmación.
Una vez obtenido el número de justificante de la declaración, la confirmación
de la misma podrá efectuarse de forma electrónica, sin necesidad de impresión:
Enviando el siguiente mensaje SMS a la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, al número 217223. Ejemplo:
NOTA: El contenido del mensaje SMS corresponde a la palabra
MODELO, seguido del código del modelo, del nº de justificante y del
NIF, separados por un espacio.
La Agencia Tributaria devolverá un mensaje SMS, con remitente
AEAT, confirmando la presentación efectuada junto con un código
seguro de verificación (CSV) de 16 caracteres, que deberá ser
conservado como justificante de dicha presentación.
De no haberse efectuado correctamente la presentación de la
declaración, la Agencia Tributaria enviará un mensaje SMS
comunicando dicha circunstancia e indicando el error que se haya
producido.
No se podrá confirmar presencialmente ni en oficinas de la Agencia
Tributaria, ni en oficinas de entidades colaboradoras.
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MODELO 347 3471234567890 12345678Z
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4 EMPRESAS DE DESARROLLO DE SOFTWARE: INTEGRACIÓN CON LOS SERVICIOS
Las sucesivas especificaciones de estos servicios se publicarán en la página Web
de las empresas de desarrollo firmantes del acuerdo con la Agencia
(http://www.agenciatributaria.es/AEAT.desarrolladores/Desarrolladores/
Desarrolladores.html).
Todos estos servicios, para su uso directo sin integración con el software
comercial, estarán disponibles en la Sede Electrónica de la AEAT.
A continuación, se hace una primera aproximación a dichas especificaciones para
que, desde el software comercial, se pueda realizar la integración con cada uno de
ellos. Los detalles pueden consultarse en el apartado 6.
4.1 Servicio de Presentación Electrónica con certificado electrónico
Existen dos formas de presentar electrónicamente por Internet con certificado
electrónico el fichero que contiene la declaración:
4.1.1 Envío directo al servidor de la AEAT
El envío directo puede realizarse utilizando dos mecanismos:
Vía el servicio “habitual” de Presentaciones Telemáticas.
Vía el servicio TGVI. (Solo modelos 189 y 296)
Vía el servicio TGVI Online (Modelos 181, 182, 187, 188, 190, 198, 345 y
347). Además, el servicio TGVI Online estará también disponible y de
modo exclusivo para los modelos: 156, 192, 194, 196, 291 y 346.
El servicio por el que deben presentarse las declaraciones de un determinado
modelo y ejercicio dependerá del número de registros (umbral) de la declaración
a presentar. Los umbrales son distintos para cada modelo, pueden variar en
función del ejercicio y también pueden ser modificados a criterio de la AEAT en
cualquier momento.
Si la declaración tiene un número de registros por debajo del umbral o igual al
umbral, se deberá enviar vía el servicio “habitual” de Presentaciones S.G. Aplicaciones- Coordinación con Colaboradores..........……………………………………..………………..13
Servicios de Ayuda a las Declaraciones Informativas 2018
Telemáticas o por TGVI Online. Si la declaración tiene un número de registros
por encima del umbral, se deberá enviar mediante el servicio TGVI o TGVI
Online. No obstante, independientemente del umbral, se podrán presentar
declaraciones vía el servicio “habitual” de Presentaciones Telemáticas si éstas
no superan los 40.000 registros (salvo el modelo 280, que serán 30.000
registros).
Para conocer con exactitud en un momento dado el umbral para cada modelo
y ejercicio deberá hacerse uso de los servicios descritos en el documento de
“Informativas: Especificaciones para el envío de determinados modelos a la
AEAT por Internet desde una aplicación cliente utilizando el mecanismo TGVI”
publicado en
http://www.agenciatributaria.es/AEAT.desarrolladores/Desarrolladores/
Desarrolladores.html.
4.1.1.1 Envío de fichero vía el servicio “habitual” de Presentaciones
Telemáticas (como texto en claro)
Para declaraciones con un máximo de 40.000 registros (salvo el modelo 280, que
serán 30.000 registros). Si se superan estos límites, la presentación telemática
deberá realizarse por el servicio TGVI o TGVI Online (ver apartado Error:Reference source not found).
Este servicio requiere el establecimiento de una conexión a Internet y requiere
autenticación de cliente CON CERTIFICADO electrónico.
El servicio de Envío de Fichero, procede a la validación on-line del fichero de tal
modo que si fuera erróneo se devuelve la relación de errores y si es correcto se
devuelve la página html (solo para modelos 180, 184 y 296) o xml (para el resto de
modelos) de respuesta correcta con el justificante de presentación en formato PDF
embebido en el caso del HTML y el código seguro de verificación (CSV). A su vez,
las empresas de desarrollo han podido preparar la forma de envío declaración a
declaración o por lotes.
Será necesario enviar a cierta URL de la AEAT una cadena de caracteres por el
método POST encapsulada como si fuese desde un formulario. Los campos que
forman la cadena de caracteres irán etiquetados como nombre=valor, en un orden
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determinado, separados mediante el símbolo &, y con el valor en codificación
urlencoded.
4.1.1.2 Envío del fichero vía el servicio TGVI o TGVI Online (Transmisión de
Grandes Volúmenes de Información)
Está disponible para todos los modelos anuales del ejercicio 2018 excepto para el
modelo 280.
En el caso del TGVI, sólo se permite la presentación de declaraciones con más de
un determinado número de registros (umbral), que es distinto en función del modelo
y ejercicio. Para TGVI Online se permitirán declaraciones de cualquier número de
registros.
El servicio TGVI en el momento de presentación realiza unas validaciones
“ligeras” del contenido de la declaración, realizándose las validaciones completas de
modo off-line en las horas posteriores a la presentación. En caso de detectarse
errores tras las validaciones completas, el declarante deberá proceder a su
corrección usando los servicios que la AEAT pone a su disposición para tal fin.
El servicio TGVI Online por el contrario, valida por completo todos los registros de
la declaración, permitiendo presentar solo aquellos registros que han sido validados
correctamente, y dando soporte para poder enmendar aquellos registros que
presentaban problemas de validación.
Para utilizar este mecanismo deberán seguirse las especificaciones publicadas en
la última versión de los documentos “Informativas: Especificaciones para la
validación y presentación por Internet de modelos de declaraciones informativas de
la AEAT usando el mecanismo TGVI Online (v 1.3 o posterior)” e “Informativas:
Especificaciones para el envío de determinados modelos a la AEAT por Internet
desde una aplicación cliente utilizando el mecanismo TGVI”. En estos documentos
hay más información sobre los modelos para los que está disponible este tipo de
transmisión y el límite de registros (umbral).
URL de acceso a la documentación:
https://www.agenciatributaria.es/AEAT.desarrolladores/Desarrolladores/_menu_/
Documentacion/Declaraciones_Informativas/General/General.html
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4.1.2 Enlace con el formulario
Será necesario incorporar en el software comercial una llamada a cierta URL de la
AEAT. Será necesario realizar autenticación de cliente CON CERTIFICADO
electrónico.
Para el ejercicio 2018 esta URL será distinta dependiendo de si el fichero a
presentar tiene un número de registros que supera o no el umbral TGVI para el
modelo y ejercicio de que se trate.
En ambos casos se abrirá una página Web de la AEAT que permitirá recuperar
manualmente el fichero de datos a importar para seguidamente ver su contenido y
remitirlo al servidor de la AEAT.
4.2 Servicio de Predeclaración con confirmación vía SMS
Sólo para los modelos 190 y 347, y sólo en el caso de Comunidades de Propietarios (NIF H) y para declaraciones de hasta 15 registros tipo 2.
La invocación del servicio a partir del ejercicio 2017 se podrá realizar únicamente
mediante enlace con el formulario.
4.2.1 Envío directo al servidor de la AEAT (No disponible)
No disponible para ejercicios 2017 y siguientes.
4.2.2 Enlace con el formulario
Será necesario incorporar en el aplicativo una llamada a cierta URL de la AEAT.
NO será necesario certificado electrónico alguno.
Se abrirá una página Web de la AEAT que permitirá recuperar manualmente el
fichero de datos a importar para seguidamente ver su contenido y remitirlo al
servidor de la AEAT.
Una vez validado el contenido del fichero, si presenta errores se devuelve la
relación de errores y si es correcto se devuelve el modelo cumplimentado en PDF.
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4.3 Servicio de Impresión
Sólo para los modelos 180, 181, 182, 184, 188, 190, 193, 198, 296, 345 y 347.
A partir del fichero generado, existen dos formas de realizar la impresión del
fichero de declaración:
4.3.1 Envío directo al servidor de la AEAT
Este servicio requiere el establecimiento de una conexión a Internet pero NO será
necesario certificado electrónico alguno.
Este servicio NO valida el fichero de declaración. Como respuesta correcta se
obtendrá un documento en formato PDF no válido para su presentación con el
contenido de la declaración, y la relación de errores si se produce algún error. A su
vez, las empresas de desarrollo han podido preparar la forma de envío de la
declaración a declaración o por lotes.
Será necesario enviar a cierta URL de la AEAT una cadena de caracteres por el método POST encapsulada como si fuese desde un formulario. Los campos que forman la cadena de caracteres irán etiquetados como nombre=valor, en un orden determinado, separados mediante el símbolo &, y con el valor en codificación urlencoded.
4.3.2 Enlace con el formulario
Será necesario incorporar en el aplicativo una llamada a cierta URL de la AEAT.
NO será necesario certificado electrónico alguno.
Se abrirá una página Web de la AEAT que permitirá recuperar manualmente el
fichero de datos a importar para seguidamente ver su contenido y remitirlo al
servidor de la AEAT.
Al igual que en el caso anterior, si presenta errores se devuelve la relación de
errores y si es correcto se devuelve el modelo cumplimentado en PDF.
4.4 Servicio de Validación y prueba de Impresión
Sólo disponible en el entorno de Pruebas de Externos. Sólo para los modelos 180,
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181, 182, 184, 188, 190, 193, 198, 280, 296, 345 y 347.
A partir del fichero generado, existe una forma de verificar si el fichero de una
declaración es formalmente correcto y, en su caso, de obtener el documento PDF con la marca de agua “Borrador NO VÁLIDO para su presentación” conteniendo la
declaración.
4.4.1 Envío directo al
servidor de la AEAT
Este servicio requiere el establecimiento de una conexión a Internet pero NO será
necesario certificado electrónico alguno.
El servicio procede a la validación del fichero de tal modo que si fuera erróneo se
devuelve la relación de errores y si es correcto se devuelve el modelo
cumplimentado en formato PDF. A su vez, las empresas de desarrollo han podido
preparar la forma de envío declaración a declaración o por lotes.
Será necesario enviar a cierta URL de la AEAT una cadena de caracteres por el método POST encapsulada como si fuese desde un formulario. Los campos que forman la cadena de caracteres irán etiquetados como nombre=valor, en un orden determinado, separados mediante el símbolo &, y con el valor en codificación urlencoded.
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Servicios de Ayuda a las Declaraciones Informativas 2018
5 DUDAS MÁS FRECUENTES
1. ¿Dónde se acude ante dudas o incidencias informáticas?
Para cualquier duda que pueda surgir, tanto las entidades financieras como los
profesionales tributarios pueden ponerse en contacto con el Centro de Atención
Telefónica dependiente del Departamento de Informática (teléfono 901200347 y
2. Horario de transmisiones ¿se podrán realizar todos los días? ¿existe límite de horario?
Las transmisiones se pueden realizar todos los días a cualquier hora, pero es
necesario que tenga en cuenta las siguientes consideraciones.
En las campañas de presentación Trimestral o Informativas, se produce todos los
años un aumento significativo del número de presentaciones durante el último día de
plazo, especialmente entre las 11 y 14 horas y posteriormente durante la tarde,
desde 18 a las 20 horas.
En la Campaña 2013 de Informativas unas 40.000 declaraciones, realizadas por
unos 7.000 presentadores, se realizaron fuera de plazo. Sólo del modelo 190 se
presentaron 1.500 declaraciones fuera de plazo.
Para paliar este tipo de problemas queremos ofrecerle varias recomendaciones:
1) No espere hasta el último día de plazo. Si tiene declaraciones ya definitivas
preséntelas cuanto antes.
2) No asuma riesgos de última hora. Un fallo en el equipo, en las
comunicaciones o en la electricidad de su oficina, puede suponerle un
grave problema de su operativa y posiblemente podría incurrir en
sanciones tributarias por presentación fuera de plazo.
3) Si tiene finalizadas las declaraciones, no acumule todas las presentaciones
para el último día. La capacidad de procesamiento de nuestro Sistema, a
partir de cierto umbral, puede verse degradada durante los últimos días de
plazo. Por ello, el proceso se realizaría más lento y el tiempo de ejecución
de días anteriores podría verse alterado el último día de plazo.S.G. Aplicaciones- Coordinación con Colaboradores..........……………………………………..………………..19
Servicios de Ayuda a las Declaraciones Informativas 2018
4) Evite, si es posible, las horas pico: 11 a 14 y 18 a 20 horas de los últimos
días de plazo.
3. Ya tengo los ficheros de declaración ¿Qué servicios puedo utilizar para su presentación?
Las declaraciones del ejercicio 2018 serán enviadas vía los diferentes servicios,
dependiendo de varias características, de acuerdo a la siguiente tabla:
Persona o entidad actuando como
presentadorN.º total de registros (incluido
el registro del declarante) Forma de presentación
- Presentadores que no son Personas Físicas- Presentadores Personas Físicas actuando como colaboradores sociales.
Hasta umbral TGVI* Presentación Telemática "habitual" u opcionalmente TGVI Online
Desde umbral TGVI o en su defecto 40.000 registros
* TGVI / TGVI Online según el modelo
Más de 10.000.000 registros * TGVI / TGVI Online
- Presentadores Personas Físicas actuando en nombre propio.- Presentadores personas Físicas actuando como apoderados (de una Persona Física o Jurídica).
Hasta umbral TGVI* Presentación Telemática "habitual" o TGVI Online* Cl@ve PIN
Desde umbral TGVI o en su defecto 40.000 registros
* TGVI / TGVI Online según el modelo.
Más de 10.000.000 registros * TGVI / TGVI Online
El modelo 280 no admite presentación vía TGVI.
Además, se podrá presentar Predeclaración con confirmación vía SMS para los
modelos 190 y 347, en ambos casos sólo en el caso de Comunidades de
Propietarios (NIF H) y para declaraciones de hasta 15 registros tipo 2.
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4. ¿Pueden realizarse envíos directos con Cl@ve PIN?
No está previsto. La presentación de declaraciones con Cl@ve PIN deberá
realizarse desde la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
5. ¿Por Internet pueden enviarse ficheros multideclaración como se hacía por EDITRAN?
Por internet (vía el servicio “habitual” de Presentaciones Telemáticas o vía TGVI)
no existen ficheros multideclaración como existían en EDITRAN; es decir, cada
declaración (un modelo de un declarante de un ejercicio/periodo) es un fichero
diferente que se presenta de forma independiente.
6. ¿Qué es el “umbral” y qué implicaciones tiene para el software comercial?
El “umbral” es un límite fijado por modelo y ejercicio que determina qué
declaraciones pueden o deben enviarse vía el servicio TGVI / TGVI Online y cuáles
vía el servicio “habitual” de Presentaciones Telemáticas.
Para un modelo/ejercicio dado, el presentador puede tener declaraciones con un
número de registros por encima y por debajo del umbral. La aplicación debe
discriminarlas y:
a) las que estén por encima del umbral enviarlas vía TGVI / TGVI Online.
b) las que son iguales o están por debajo del umbral enviarlas vía el servicio
habitual de Presentaciones Telemáticas u opcionalmente por TGVI Online.
También se podrán enviar vía el servicio “habitual” de Presentaciones telemáticas
declaraciones por encima del umbral siempre que no se superen los 40.000 registros
(salvo el modelo 280, que serán 30.000 registros), tanto si éstos son de 500
posiciones como si son de 250 posiciones.
7. Si en ejercicios anteriores el software comercial realizaba el envío de las declaraciones exclusivamente vía el servicio “habitual” de presentaciones telemáticas, ¿debe modificarse dicho software comercial para tener en consideración el umbral?
No hace falta si las declaraciones a presentar no superan los 40.000 registros S.G. Aplicaciones- Coordinación con Colaboradores..........……………………………………..………………..21
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(salvo el modelo 280, que serán 30.000 registros), tanto si éstos son de 500
posiciones como si son de 250 posiciones.
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6 ESPECIFICACIONES PARA LA INTEGRACIÓN DEL SOFTWARE COMERCIAL CON LOS SERVICIOS
6.1 Integración con el servicio de Presentación Telemática
En este apartado se recogen las especificaciones para el envío de ficheros de declaración por la vía “habitual” de Presentaciones Telemáticas (como texto en
claro). Para el envío a través del servicio TGVI / TGVI Online debe consultarse el
documento correspondiente.
Invocación del servicio de Presentación Telemática
Deberá realizarse una invocación al servicio por cada fichero con el contenido de
la declaración que se desee presentar1.
La invocación del servicio se podrá realizar de dos formas:
6.1.1.1 Envío directo al servidor de la AEAT
6.1.1.1.1Funcionalidades que debe cubrir el software comercial
1. Debe disponer de un servicio de captura del fichero a transmitir.
2. Con el objeto de realizar una firma no criptográfica, según se especifica en
el apartado 6.1.1.1.2, debe:
Obtener la autorización para la transmisión de la declaración a la
A.E.A.T.
Obtener determinados datos del certificado electrónico del presentador
3. Debe enviar el fichero plano y los datos de firma no criptográfica según se
especifica en el apartado Error: Reference source not found.
4. Debe devolver al contribuyente los datos en formato html como resultado de
la aceptación o no de la declaración según se especifica en el apartado
Error: Reference source not found.
A continuación, se describe cómo debe implementarse esta funcionalidad.1 El contenido del fichero deberá respetar el juego de caracteres válido
indicado en el apartado 6.5.S.G. Aplicaciones- Coordinación con Colaboradores..........……………………………………..………………..23
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6.1.1.1.2 Obtención de datos y autorización para transmisión a la AEAT
necesarios para realizar una firma no criptográfica
Puede consultar las características y especificaciones generales de la Firma No
Criptográfica en el documento “Nueva Firma No Criptográfica: Especificaciones para firmas sin criptografía en presentaciones telemáticas mediante envío directo al servidor de la AEAT y calendario de implantación”, publicado en los
Portales de Entidades Colaboradoras y Entidades Desarrolladoras.
El fichero de declaración informativa generado por el Programa de Ayuda de la
AEAT u otro software comercial, contendrá un registro tipo 1, que empieza por 1, y
cero2, uno o varios registros tipo 2, que empiezan por 2. Pero nunca debe contener
registros que empiecen por 0.
En el registro tipo 1 se localiza el NIF del declarante (posiciones 9 al 17), que se
deberá contrastar en su caso con los datos del usuario. Al usuario se le deberán
mostrar los datos de la declaración a presentar y pedirle su conformidad para la
presentación de la declaración. Para la presentación de la declaración el
presentador deberá disponer de un certificado electrónico que se utilizará para
llamar con autenticación a los servicios de la AEAT.
El hecho de realizar la presentación de declaraciones través de los servicios de
envío directo al servidor de la AEAT implica que el presentador acepta que los datos
de dichas declaraciones son los que está enviando. Es decir, el propio envío de la
declaración supone la aceptación de los datos en ella contenidos, y así lo deberá
garantizar, por los medios que considere, la aplicación o servicio de la empresa
desarrolladora o entidad colaboradora que se integre con el servicio de presentación
electrónica mediante envío directo al servidor de la AEAT.
Ejemplo: En el caso de los formularios de presentación de la AEAT, en el
momento de la firma y envío de la declaración se presenta al usuario la siguiente
ventana de firma para capturar su conformidad:
2 En declaraciones negativas, para algunos modelos.S.G. Aplicaciones- Coordinación con Colaboradores..........……………………………………..………………..24
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Además, el software comercial debe capturar el NIF y la Razón social/Apellidos y
nombre del titular del certificado electrónico que se va a utilizar en la presentación.
El titular del certificado electrónico que se va a utilizar en la presentación será
considerado el “presentador” por los programas de la AEAT.
6.1.1.1.3Envío firmado al servidor de la AEAT
Se enviará a la URL autenticada de la A.E.A.T. que se indica a continuación
(distinta según el modelo, ver tabla A), mediante el método POST un formulario web
que contendrá, entre otros, determinados datos necesarios para comprobar la Firma
No Criptográfica.
Los datos a enviar serán una cadena de caracteres encapsulada como si fuese
desde un formulario por el método POST. Se ha de respetar el orden de las variables, que irán etiquetadas como nombre=valor, separadas mediante el símbolo
&, y sólo con el valor va en codificación urlencoded.
Hay que tener en cuenta que sólo el valor del campo es el que debe ir como
urlencoded, ya que el servidor de la AEAT espera la misma entrada que la que
recibiría desde un navegador. El &nombre= tiene que ir sin urlencoded.
El orden de las variables, su nombre y su contenido son los indicados a
continuación para todos los modelos excepto 280, 294 y 295:
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FIRNIF= NIF del presentador (NIF titular del certificado electrónico
utilizado para realizar la autenticación de cliente)
FIRNOMBRE= Razón social/Apellidos y nombre del presentador (del
titular del certificado electrónico utilizado para realizar la autenticación de
cliente).
FIR=FirmaBasica (valor constante)
IDI=ES (valor constante).
F01=Fichero completo de la declaración informativa leído en el
equipo del cliente, y generado por el programa de Ayuda de la AEAT o
software comercial, eliminados los saltos de línea.
El orden de las variables, su nombre y su contenido son los indicados a
continuación exclusivamente para los modelos 280, 294 y 295:
HID=Constante según el modelo. (ver tabla A)
FIRNIF= NIF del presentador (NIF titular del certificado electrónico
utilizado para realizar la autenticación de cliente)
FIRNOMBRE= Razón social/Apellidos y nombre del presentador (del
titular del certificado electrónico utilizado para realizar la autenticación de
cliente).
SOP=Vacío o Código de entidad de la EE.FF. Nota: Este código es el
que se utiliza en las estadísticas, por lo que es importante que sea correcto.
NAV=Vacío.
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NDC=NIF del declarante. (posiciones 9 al 17 del registro tipo 1)
NAP=Apellidos y nombre o Razón Social del retenedor. (posiciones 18 al 57 del registro tipo 1)
NOM=Apellidos y nombre de la persona de contacto. (posiciones 68 al 107 del registro tipo 1)
TEL=Teléfono. (posiciones 59 al 67 del registro tipo 1)
JUS=Número de Justificante.(posiciones 108 al 120 del registro tipo 1)
EJF=Ejercicio Fiscal. (posiciones 5 al 8 del registro tipo 1)
COM=X o vacío. Declaración complementaria. (posición 121 del registro tipo 1)
SUS=X o vacío. Declaración sustitutiva. (posición 122 del registro tipo 1)
JUA= Número de Justificante anterior en sustitutivas, o vacío. (posiciones 123 al 135 del registro tipo 1)
P01 ... P07=Campos de partidas según el modelo (ver tabla B).
Aclaración: Irán tantas parejas variable=valor como partidas corresponden a la
declaración informativa, empezando por P01 hasta la PXX que corresponda a ese modelo
de declaración.
TXT= Vacío
FIR=FirmaBasica (valor constante)
CRL= Vacío, Reservado AEAT
CMN= Vacío, Reservado AEAT (Camino de lectura del fichero).
LOT=0 (valor constante).
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IDI=ES (valor constante).
LEV=100000000000, valor constante.
F01=Fichero completo de la declaración informativa leído en el
equipo del cliente, y generado por el programa de Ayuda de la AEAT o
software comercial, eliminados los saltos de línea.
PUN=00000000 (valor constante).
FIN= Vacío, F, indicador de fin de datos.
Los programas de la AEAT comprobarán que el valor de la variable &FIRNIF
coincida con el NIF del titular del certificado autenticado en los sistemas de la AEAT,
y en caso de no coincidir se dará un error y se abortará la presentación.
En la siguiente tabla A se recogen la variable HID y el “action” del formulario al
que se envía el fichero según la correspondiente declaración informativa 2018, que
NO se encontrarán operativos hasta las 0:00 horas del día 1 de enero de 2019:
TABLA A
MODELO ACTION HID
294 https://www1.agenciatributaria.gob.es/es13/l/ptp8ptlinkp8 INF8294A
295 https://www1.agenciatributaria.gob.es/es13/l/ptp9ptlinkp9 INF8295A
Resto
Modelos
https://www1.agenciatributaria.gob.es/wlpl/PFTW-PICW/
PresBasica
No es
necesario
Atención: Para todos los modelos la llamada debe realizarse obligatoriamente con
www1 (autenticación con certificado).
En la siguiente tabla B se recogen las partidas P01 a PXX que corresponde a
cada una de las declaraciones informativas, que se deben insertar en el formulario S.G. Aplicaciones- Coordinación con Colaboradores..........……………………………………..………………..28
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que se envía entre las variables JUA y TXT:
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TABLA B
MODELO Variables
280 P01= Número total de declarados relacionados (posiciones 136 al 144 del registro tipo 1)
P02=Importe total de aportaciones (posiciones 145 al 164 del registro tipo 1)
P03=Base de retenciones (posiciones 165 al 184 del registro tipo 1)
294 P01= Número total de registros (posiciones 136 al 144 del registro tipo 1)
P02= Importe de los beneficios (posiciones 145 al 162 del registro tipo 1)
P03= Importe de las adquisiciones (posiciones 177 al 194 del registro tipo 1)
295 P01= Número total de clientes (posiciones 136 al 144 del registro tipo 1)
P02= Valor de adquisición (posiciones 145 al 162 del registro tipo 1)
P03= Valor liquidativo (posiciones 163 al 180 del registro tipo 1)
A continuación, se detalla la secuencia de pasos que debe realizar el software
comercial para las variables que hemos detectado generan mayor tipo de errores en
los envíos:
Contenido de la variable F01=:
1. Pasar la cadena de datos del fichero completo de la declaración a
ISO-8859-13.
2. Eliminar caracteres de tipo CRLF.
3. Transformar el resultado a URLEncoded.
3 Teniendo también en cuenta las indicaciones del apartado 6.5.S.G. Aplicaciones- Coordinación con Colaboradores..........……………………………………..………………..30
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6.1.1.1.4Recepción de la respuesta de la AEAT y envío al contribuyente
La AEAT genera, de forma predeterminada para cualquier petición de
presentación de declaraciones con certificado electrónico:
Una respuesta en formato HTML con la copia electrónica de la
presentación realizada, en formato PDF, embebida dentro de la página,
para los modelos (180, 184, 189, 280, 294, 295, 296, 720).
Una respuesta en formato XML estricto incluye el CSV que permite acceder
a la copia electrónica del justificante de presentación, para los modelos
(181, 182, 187, 188, 190, 193, 198, 345 y 347).
A efectos de la AEAT el justificante de la presentación no es la página HTML o el
XML de salida sino el PDF que se encuentra embebido en la misma o al que se
accede mediante la variable CEL/CSV.
Para los casos de aceptación de la declaración el título de la página de respuesta
correcta comienza por el Código Seguro de Verificación (16 primeros caracteres). El
título de la página de rechazo tiene el texto “ERROR”.
La página correcta siempre contendrá el código seguro de verificación (variable
CEL de Javascript para formato de respuesta en HTML o CSV en caso de formato
de respuesta en XML estricto) y la página de respuesta de error nunca lo contendrá.
El código seguro de verificación, junto con la fecha y hora (variables Javascript FEC
y HOR) y el Nº de entrada de Registro (variable Javascript REG), indican que la
declaración se ha aceptado y grabado en el servidor de la AEAT.
Las variables javascript disponibles son:
var CEL=”&CEL; ”; //Código seguro de verificación de la presentación
var FEC=”&FEC;”; //Fecha de presentación
var HOR=”&HOR;”; //Hora de presentación
var REG=”®”; //Número de entrada de Registro
var NIP=”&NIP; ”; //NIF Presentador.
var APP=”&APP;”;//Apellidos y nombre, razón social o denominación del presentador.
var CAP=”∩”; // En calidad de, del Presentador
var NDC=”&NDC;”; //NIF Declarante.
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var NAP=”≉”; //Apellidos y nombre, razón social o denominación del declarante.
var MOD=”&MOD;”; // Modelo
var EJF=”&EJF;”; //Ejercicio Fiscal
var PER=”&PER;”; //Periodo
var JUS=”&JUS;”; // Número de Justificante.
var IDI=”&IDI;”; // Idioma de la presentación.
Var VIA=”&VIA;”; //Vía de presentación
Adicionalmente, se podrán localizar los mismos datos en la página de respuesta,
viniendo definidos en un formato pseudoxml con los siguientes etiquetados:
<CEL>&CEL;</CEL>
<FEC>&FEC;</FEC>
<HOR>&HOR;</HOR>
<REG>&REG;</REG>
<NIP>&NIP;</NIP>
<APP>&APP;</APP>
<CAP>&CAP;</CAP>
<NDC>&NDC;</NDC>
<NAP>&NAP;</NAP>
<MOD>&MOD;</MOD>
<EJF>&EJF;</EJF>
<PER>&PER;</PER>
<JUS>&JUS;</JUS>
<IDI>&IDI;</IDI>
<VIA>&VIA;</VIA>
En el caso de que la respuesta se proporcione en formato XML estricto (opción
distinta de la salida en HTML), la salida de una presentación realizada
correctamente tendrá el siguiente aspecto:
<?xml version="1.0" encoding="ISO-8859-1"?>
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<presdirecta>
<resultado>
<correcta>
<CSV>aaa</CSV>
<FEC>bbb</FEC>
<HOR>ccc</HOR>
<REG>ddd</REG>
<NIP>eee</NIP>
<APP>fff</APP>
<CAP>ggg</CAP>
<NDC>hhh</NDC>
<NAP>iii</NAP>
<MOD>jjj</MOD>
<EJF>kkk</EJF>
<PER>lll</PER>
<JUS>mmm</JUS>
<IDI>nnn</IDI>
<VIA>ooo</VIA>
</correcta>
</resultado>
En caso de error, la página de respuesta en formato HTML nunca contendrá la
variable JavaScript CEL= y se podrán identificar las causas del error en las variables
JavaScript Err[0]= a Err[99]= . El número máximo de errores que se mostrará será
de 100.
Variables javascript con la descripción de las causas del error:
Err[0]=“&E00;“; Err[1]=“&E01;“;
…
Err[98]=“&E98;“; Err[99]=“&E99;“;
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Así mismo, dispondrá de la misma información en pseudoxml:
<E00>&E00;</E00><E01>&E01;</E01>
…
<E98>&E98;</E08><E99>&E99;</E99>
En el caso de que la respuesta se proporcione en formato XML estricto, y se haya
producido un error en la presentación, la respuesta de error tendrá el siguiente
aspecto:
<?xml version="1.0" encoding="ISO-8859-1"?>
<presdirecta>
<resultado>
<error>
Mensaje de error
</error>
</resultado>
Habrá un único mensaje de error por presentación.
En caso de que la salida se proporcione en formato XML estricto, y la declaración
presente problemas de validación con los registros de tipo 2 (registros de
declarados) entonces el mensaje de salida tendrá el siguiente formato:
<?xml version="1.0" encoding="ISO-8859-1"?>
<presdirecta>
<resumen>
<correctos>
RegistroTipo1CalculadoOK
RegistroTipo2_OK_1
RegistroTipo2_OK_2
RegistroTipo2_OK_n
</correctos>
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<incorrectos>
<registros>
RegistroTipo1CalculadoKO
RegistroTipo2_KO_1
RegistroTipo2_KO_2
RegistroTipo2_KO_m
</registros>
<errores>
RegistroTipo2_PrimerMensajeErrorKO_1
RegistroTipo2_PrimerMensajeErrorKO_2
RegistroTipo2_PrimerMensajeErrorKO_m
</errores>
</incorrectos>
</resumen>
</presdirecta>
Es decir, podremos encontrar tres secciones diferentes en el XML:
- Correctos: Registro Tipo 1 + Registros Tipo 2 que cumplen con las
reglas de validación. El registro Tipo 1 incluirá los macrodatos cuyo
valor habrá sido recalculado y que serán los correspondientes a los
Registros Tipo 2 validados correctamente. Este fragmento del XML
presenta un formato que es presentable directamente, sin necesidad
de retoques adicionales.
- Incorrectos/Registros: Registros Tipo 2 que no han pasado el proceso
de validación.
- Incorrectos/Errores: Mensajes de error asociados a los registros que no
han pasado el proceso de validación (un único mensaje de error por
registro) indicando cual fue el error de validación encontrado.
Cualquiera de las anteriores listas podría ser vacía. La separación entre registros y entre mensajes de error será realizada mediante un fin de línea.
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El XSD de la respuesta en formato XML será el siguiente:
<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><xs:schema xmlns:xs="http://www.w3.org/2001/XMLSchema" elementFormDefault="qualified" attributeFormDefault="unqualified">
<xs:element name="presdirecta"><xs:annotation>
<xs:documentation>Presentacion Directa</xs:documentation></xs:annotation><xs:complexType>
<xs:choice><xs:element name="resultado" type="Resultado"/><xs:element name="resumen" type="Resumen"/>
</xs:choice></xs:complexType>
</xs:element><xs:complexType name="Resultado">
<xs:choice><xs:element name="correcta" type="Correcta"/><xs:element name="error" type="Error"/>
</xs:choice></xs:complexType><xs:complexType name="Resumen">
<xs:sequence><xs:element name="correctos" type="xs:string" minOccurs="0"/><xs:element name="incorrectos" type="Incorrectos" minOccurs="1"/>
</xs:sequence></xs:complexType><xs:complexType name="Correcta">
<xs:sequence><xs:element name="CSV" type="xs:string"/><xs:element name="FEC" type="xs:string"/><xs:element name="HOR" type="xs:string"/><xs:element name="REG" type="xs:string"/><xs:element name="NIP" type="xs:string"/><xs:element name="APP" type="xs:string"/><xs:element name="CAP" type="xs:string"/><xs:element name="NDC" type="xs:string"/><xs:element name="NAP" type="xs:string"/><xs:element name="MOD" type="xs:string"/><xs:element name="EJF" type="xs:string"/><xs:element name="PER" type="xs:string"/><xs:element name="JUS" type="xs:string"/><xs:element name="IDI" type="xs:string"/><xs:element name="VIA" type="xs:string"/>
</xs:sequence></xs:complexType><xs:simpleType name="Error">
<xs:restriction base="xs:string"/></xs:simpleType><xs:complexType name="Incorrectos">
<xs:sequence><xs:element name="registros" type="xs:string" minOccurs="1"/><xs:element name="errores" type="xs:string" minOccurs="1"/>
</xs:sequence></xs:complexType>
</xs:schema>
No es posible anular declaraciones ya grabadas.
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En el caso de producirse algún error de comunicaciones durante la transmisión de
la declaración a la AEAT, se podrá recuperar la página de aceptación o de error
efectuando de nuevo la transmisión de la declaración. Si no hubiese sido
recepcionada anteriormente en la AEAT, se obtendrá la página de respuesta
correcta o error correspondiente. En el caso de ya haber sido grabada y aceptada en
la AEAT se tratará como una consulta mostrándose la hoja de aceptación de la
declaración en el momento anterior (que contendrá el texto YA REALIZADA).
Las páginas de respuesta correcta se modificaron para cumplir con la normativa
relacionada con la Ley 11/2007. (actualmente Ley 39/2015). En el documento
“Nuevo justificante de presentación telemática: servicios de ayuda a la presentación
de las declaraciones” publicado en
http://www.agenciatributaria.es/AEAT.desarrolladores/Desarrolladores/
Desarrolladores.html pueden consultarse los detalles.
6.1.1.1.5Comprobación de la presentación de la declaración
El software comercial puede proporcionar la posibilidad de comprobar que la
declaración ha sido admitida por la AEAT, para lo cual puede utilizar dos
alternativas:
A. Comprobación en la AEAT:
Se enviará a la URL mediante el método POST un formulario que
contendrá los datos necesarios para identificar la declaración presentada.
Desde el servidor de la AEAT únicamente se muestran previa autenticación
de certificado electrónico del titular o presentador.
El “action” del formulario desde el que se envían los datos para la
comprobación de la presentación de las declaraciones informativas será para
todos los modelos:
MODELOS ACTION
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Todos los modelos
https://www1.agenciatributaria.gob.es/wlpl/SCEJ-MANT/ConsultaExt
Los datos a enviar serán una cadena de caracteres encapsulada como si
fuese desde un formulario por el método POST. Se ha de respetar el orden de las variables, que irán etiquetadas como nombre=valor, separadas
mediante el símbolo &, y sólo con el valor va en codificación urlencoded.
El orden de las variables, su nombre y su contenido son los indicados a
continuación:
NIF= NIF del obligado. Dato obligatorio.
ANR= Apellidos y nombre/Razón social. Dato obligatorio.
MOD= Modelo. Dato obligatorio. Se indicará el modelo correspondiente
EJF= Ejercicio. Formato EEEE. Dato obligatorio.
PER= Periodo
FED= Fecha de presentación desde. Formato AAAAMMDD.
FEH= Fecha de presentación hasta. Formato AAAAMMDD.
HOD= Hora de presentación desde. Formato HHMM.
HOH= Hora de presentación hasta. Formato HHMM.
La respuesta tendrá formato XML. Será un listado de las declaraciones que
cumplen los criterios de búsqueda. Se devolverá un número máximo de 100
declaraciones. El XSD de la respuesta será el siguiente:<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><xs:schema xmlns:xs="http://www.w3.org/2001/XMLSchema" elementFormDefault="qualified" attributeFormDefault="unqualified">
<xs:element name="servicioConsultasDirectas"><xs:annotation>
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<xs:documentation>Respuesta del servicio de consultas directas</xs:documentation>
</xs:annotation><xs:complexType>
<xs:choice><xs:element name="respuestaCorrecta" type="RespuestaCorrecta"
maxOccurs="100"/><xs:element name="error" type="Error"/>
</xs:choice></xs:complexType>
</xs:element><xs:complexType name="RespuestaCorrecta">
<xs:sequence><xs:element name="ejercicio" type="Ejercicio"/><xs:element name="modelo" type="Modelo"/><xs:element name="periodo" type="Periodo"/><xs:element name="nif" type="Nif"/><xs:element name="csv" type="Csv"/><xs:element name="expediente" type="Expediente"/><xs:element name="fechaYHoraPresentacion" type="xs:dateTime"/>
</xs:sequence></xs:complexType><xs:complexType name="Error">
<xs:sequence><xs:element name="descripcionError" type="xs:string"/>
</xs:sequence></xs:complexType><!-- definiciones de tipos --><xs:simpleType name="Ejercicio">
<xs:restriction base="xs:string"><xs:length value="4"/><xs:pattern value="\d{4}"/>
</xs:restriction></xs:simpleType><xs:simpleType name="Modelo">
<xs:restriction base="xs:string"><xs:length value="3"/>
</xs:restriction></xs:simpleType><xs:simpleType name="Periodo">
<xs:restriction base="xs:string"><xs:length value="2"/>
</xs:restriction></xs:simpleType><xs:simpleType name="Nif">
<xs:restriction base="xs:string"><xs:length value="9"/>
</xs:restriction></xs:simpleType><xs:simpleType name="Csv">
<xs:restriction base="xs:string"><xs:length value="16"/>
</xs:restriction></xs:simpleType><xs:simpleType name="Expediente">
<xs:restriction base="xs:string"><xs:length value="25"/>
</xs:restriction></xs:simpleType>
</xs:schema>
B. Almacenamiento de la respuesta correcta.
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El software comercial podrá almacenar en sus sistemas la respuesta
correcta devuelta por la AEAT en su día, la cual podrá mostrar al
contribuyente cada vez que éste se lo solicite.
6.1.1.1.6Pruebas
Se ha habilitado en Internet un entorno de Pruebas para Externos para la
realización de pruebas de presentaciones telemáticas de los modelos de
informativas del ejercicio 2018 (presentaciones vía el servicio “habitual” de
Presentaciones Telemáticas y vía TGVI / TGVI Online). Este entorno se encuentra
operativo los días laborables en horario de 8:00h a 15:00h.
Para la realización de pruebas vía TGVI debe consultarse el documento
“Informativas: Especificaciones para el envío de determinados modelos a la AEAT
por Internet desde una aplicación cliente utilizando el mecanismo TGVI”. En este
apartado se comentan las características de las pruebas vía el servicio “habitual” de
Presentaciones Telemáticas.
Las pruebas en este entorno permiten comprobar que los ficheros de declaración
son conformes con las especificaciones, así como el interfaz de envío al servidor de
la AEAT y la firma electrónica (Firma No Criptográfica) de la declaración. Se requiere
el establecimiento de una conexión a internet y es necesario firmar con certificado
electrónico de usuario.
Las URLs o “action” de llamada a los servicios en el entorno de Pruebas para
Externos son las mismas que las especificadas en el apartado Error: Referencesource not found pero sustituyendo el dominio “www1.agenciatributaria.gob.es” por
“www7.aeat.es”. La autoridad de certificación de los certificados del servidor de la
AEAT en este entorno utilizados en la conexión SSL es distinta a la de los
certificados del entorno de Producción.
Los logs de errores de este entorno se borran con periodicidad diaria, por lo que
cualquier consulta de las empresas desarrolladoras relativa a problemas en sus
envíos de prueba deberá hacerse el mismo día de la realización de la prueba.
En el entorno de Pruebas para Externos no está habilitada la presentación en
nombre de terceros, por lo que las declaraciones a presentar durante las pruebas
deberán consignar en el registro tipo 1 como datos del declarante el mismo “NIF” y
S.G. Aplicaciones- Coordinación con Colaboradores..........……………………………………..………………..40
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“Apellidos y nombre, denominación o razón social” que los del certificado electrónico
con el que se esté realizando la presentación.
Para las pruebas en este entorno, las empresas deberán tener en cuenta las
siguientes consideraciones relativas al registro tipo 1 del fichero a presentar (salvo
para el modelo 280, cuyas particularidades se explican más adelante):
1. Poner en el campo NIF del declarante (posiciones 9 a 17 del Diseño de
Registro) el NIF con el que hacen las pruebas, que deberá coincidir con el
NIF del titular del certificado electrónico utilizado4.
El NIF del declarante podrá ser una persona física y/o jurídica, en función
del modelo.
Este NIF también deberá tenerse en cuenta en el campo NIF del declarante
de los registros tipo 2.
2. Poner en el campo Apellidos y nombre, denominación o razón social del
declarante (posiciones 18 a 57 del Diseño de Registro) los valores que
correspondan acordes al NIF utilizado.
3. Cumplimentar el campo Número identificativo de la declaración (posiciones
108 a 120 del Diseño de Registro).
Para evitar rechazos por duplicados, si el fichero es enviado con éxito y se quiere
realizar un nuevo envío del mismo (mismo modelo, ejercicio, periodo y NIF), se
deberá:
4. Presentar la nueva declaración como sustitutiva:
a. Poner una “S” en el campo Decl. sustitutiva (posición 122 del Diseño
de Registro).
b. En el campo Número identificativo de la declaración anterior
(posiciones 123 a 135 del Diseño de Registro) indicar el valor del
Número identificativo de la declaración presentada con anterioridad.
La declaración presentada con anterioridad será:
i. Si se está presentando la primera sustitutiva: la declaración
4 Deberá utilizarse un certificado electrónico de los admitidos por la AEAT.
El NIF deberá estar dado de alta en el censo de la AEAT.S.G. Aplicaciones- Coordinación con Colaboradores..........……………………………………..………………..41
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inicial.
ii. Si se está presentando la segunda o posteriores sustitutivas:
la declaración sustitutiva inmediatamente anterior.
c. Modificar de nuevo el campo Número identificativo de la declaración
(posiciones 108 a 120 del Diseño de Registro) para indicar otro valor
distinto.
Recuerde que, si una presentación se realiza con éxito, en los sucesivos envíos
de prueba debe presentar declaraciones sustitutivas.
Para las pruebas en este entorno del modelo 280 (declaración multi-envío), las
empresas deberán tener en cuenta las siguientes consideraciones relativas al
registro tipo 1 del fichero a presentar:
1. Poner en el campo NIF del declarante (posiciones 9 a 17 del Diseño de
Registro) el NIF con el que hacen las pruebas, que deberá coincidir con el
NIF del titular del certificado electrónico utilizado5.
Este NIF también deberá tenerse en cuenta en el campo NIF del declarante
de los registros tipo 2.
2. Poner en el campo Apellidos y nombre, denominación o razón social del
declarante (posiciones 18 a 57 del Diseño de Registro) los valores que
correspondan acordes al NIF utilizado.
3. Cumplimentar el campo Número identificativo de la declaración (posiciones
108 a 120 del Diseño de Registro) de acuerdo a las particularidades del
sistema multi-envío que se describen en el Anexo de la Orden
HAP/2118/2015.
El comportamiento de los envíos en el entorno de Pruebas para Externos es muy
similar al del entorno de Producción (el PDF justificante de presentación podría no
estar disponible y en caso de estarlo aparecerá una marca de agua). Las empresas
deberán prestar especial atención a no utilizar las URLs de Pruebas para Externos
cuando pongan sus aplicaciones a disposición de sus usuarios finales para realizar
envíos reales. Para los envíos reales las URLs deberán ser las del entorno de
5 Deberá utilizarse un certificado electrónico de los admitidos por la AEAT.
El NIF deberá estar dado de alta en el censo de la AEAT.S.G. Aplicaciones- Coordinación con Colaboradores..........……………………………………..………………..42
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Producción. La AEAT no se hace responsable de los problemas derivados de un mal
uso de las URLs por parte de las empresas.
6.1.1.2 Enlace con el formulario:
La invocación al servicio se realizará a través de un formulario HTML, en la
siguiente URL (sólo disponible en el entorno de Producción6), que requiere
autenticación de cliente (de forma obligatoria):
Presentación declaraciones con un número de registros menor o igual que
el umbral TGVI:
https://www1.agenciatributaria.gob.es/wlpl/PA18-MXXX/index.zul
Donde XXX puede tomar los valores: 180, 182, 184, 187, 188, 190, 193,
198, 280, 296, 345, 347 y 720.
Modelo 189 (disponible a partir del 1 de Marzo):
https://www1.agenciatributaria.gob.es/wlpl/OV18-M189/index.zul?EDFI
Modelo 294:
https://www1.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/internet/dep/
aplicaciones/ov/iemodelb.html?mod=82940
Modelo 295:
https://www1.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/internet/dep/
aplicaciones/ov/iemodelb.html?mod=82950
Presentación declaraciones con un número de registros mayor que el
umbral TGVI:
https://www1.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/internet/dep/
aplicaciones/ov/iextgv0a.html?ejercicio=2018&modelo=XXX
Donde XXX puede tomar los valores: 189 y 296.
6 En el Entorno de Pruebas de Externos no está disponible esta URL. Los
formularios de prueba de presentación de informativas están disponibles en
el menú “Declaraciones Informativas” del Portal de Pruebas externas,
accesible desde el Portal de Desarrolladores.S.G. Aplicaciones- Coordinación con Colaboradores..........……………………………………..………………..43
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Presentación de declaraciones con un número de registros mayor que el
umbral TGVI mediante TGVI Online:
https://www1.agenciatributaria.gob.es/wlpl/OVPT-NTGV/tgvionline.html?
modelo=XXX&ejercicio=2018
Donde XXX puede tomar los valores: 181, 182, 187, 188, 190, 193, 198, 345 y
347.
El servicio de Presentación Telemática procederá a la firma electrónica de la
declaración utilizando el certificado electrónico, y realizará la petición
correspondiente a los programas HOST de la AEAT, que validarán la declaración y
la firma y devolverán al contribuyente una respuesta con el resultado de la
presentación según lo descrito en el apartado 6.1.1.1.4.
En el Portal de Desarrolladores se encuentra publicado el documento
“Informativas: Especificaciones para el envío de determinados modelos a la AEAT
por Internet desde una aplicación cliente utilizando el mecanismo TGVI” en el que se
recoge el servicio al que puede llamarse (vía GET o POST) para obtener el umbral
TGVI de cada modelo.
En el menú “Declaraciones Informativas” del Portal de Pruebas externas,
accesible desde el Portal de Desarrolladores están disponibles los formularios de
presentación y en su caso también formularios de ayuda de los modelos de
informativas, para poder realizar pruebas en el Entorno de Pruebas de Externos.
6.1.2 Juego de caracteres válido
Ver apartado 6.5 Requisitos comunes a los servicios.
6.1.3 Recursos mínimos para trabajar con las páginas HTML de la
AEAT
Ver apartado 6.5 Requisitos comunes a los servicios.
S.G. Aplicaciones- Coordinación con Colaboradores..........……………………………………..………………..44
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6.2 Integración con el servicio de Predeclaración con confirmación
vía SMS
Sólo para los modelos 190 y 347, en ambos casos sólo en el caso de Comunidades de Propietarios (NIF H) y para declaraciones de hasta 15 registros tipo 2.
6.2.1 Invocación del servicio de Predeclaración
Deberá realizarse una invocación al servicio por cada fichero con el contenido de
la declaración que se desee enviar7.
La invocación del servicio a partir del ejercicio 2017 se podrá realizar únicamente
mediante enlace con el formulario.
6.2.1.1 Envío directo al servidor de la AEAT (No disponible)
No disponible para ejercicios 2018 y siguientes.
6.2.1.2 Enlace con el formulario
La invocación al servicio se realizará a través de un formulario HTML, en las
siguientes URL (sólo disponible en el entorno de Producción8):
https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/PA18-M190/index.zul
https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/PA18-M347/index.zul
Se presentará al usuario una página HTML que permite seleccionar, a través de
una ventana de diálogo, el fichero a enviar al servicio de Predeclaración.
El fichero enviado se validará con los programas de la AEAT y, si es correcto, se
almacenará provisionalmente en las bases de datos de la AEAT obteniéndose como
respuesta un PDF con el contenido de la declaración que puede ser impreso, 7 El contenido del fichero deberá respetar el juego de caracteres válido
indicado en el apartado 6.5.8 En el Entorno de Pruebas de Externos no está disponible esta URL. Los
formularios de prueba de predeclaración de informativas están disponibles
en el menú “Declaraciones Informativas” del Portal de Pruebas externas,
accesible desde el Portal de Desarrolladores.S.G. Aplicaciones- Coordinación con Colaboradores..........……………………………………..………………..45
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almacenado y utilizado para la confirmación de la declaración vía SMS.
Si el fichero presenta algún error, se obtendrá una página HTML con los errores
encontrados.
En el menú “Declaraciones Informativas” del Portal de Pruebas externas,
accesible desde el Portal de Desarrolladores están disponibles los formularios de
envío de predeclaraciones, para poder realizar pruebas en el Entorno de Pruebas de
Externos.
6.2.2 Juego de caracteres válido
Ver apartado 6.5 Requisitos comunes a los servicios.
6.2.3 Recursos mínimos para trabajar con las páginas HTML de la
AEAT
Ver apartado 6.5 Requisitos comunes a los servicios.
S.G. Aplicaciones- Coordinación con Colaboradores..........……………………………………..………………..46
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6.3 Integración con el servicio de Impresión
Sólo para los modelos 180, 181, 182, 184, 187, 188, 189, 190, 193, 198, 296, 345
y 347.
6.3.1 Invocación del servicio de Impresión
Deberá realizarse una invocación al servicio por cada fichero con el contenido de
la declaración que se desee imprimir9.
La invocación del servicio se podrá realizar de dos formas:
6.3.1.1 Envío directo al servidor de la AEAT
6.3.1.1.1Envío al servidor de la AEAT
Al servicio se le pasará por el método POST del protocolo http una cadena de
caracteres encapsulada como si fuese desde un formulario. Se debe respetar el orden de las variables, que irán etiquetadas como nombre=valor, separadas
mediante el símbolo &, y sólo con el valor en codificación URLEncoded.
Hay que tener en cuenta que sólo el valor del campo es el que debe ir como
urlencoded; ya que el servidor de la AEAT espera la misma entrada que el que
recibiría desde un navegador. El &nombre= tiene que ir sin urlencoded.
Para todos los modelos indicados con anterioridad, la URL de llamada directa al
servicio es:
https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/OVCT-IPDF/ovweb/vistaprevia
El orden de las variables, su nombre y su contenido son los indicados a
continuación:
VARIABLES A ENVIAR
IDI= Idioma en el que se envían los datos (ES)
FIC= Fichero plano completo de la declaración informativa
9 El contenido del fichero deberá respetar el juego de caracteres válido
indicado en el apartado 6.5.S.G. Aplicaciones- Coordinación con Colaboradores..........……………………………………..………………..47
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EJF= 2018
MOD= XXX (modelos 180, 181, 182, 184, 187, 188, 189, 190,
193, 198, 296, 345, 347 y 720)
6.3.1.1.2Recepción de la respuesta de la AEAT y envío al contribuyente
El fichero enviado se procesará, sin validar, obteniendo como respuesta correcta
un documento en formato PDF con el contenido de la declaración, este documento
no será válido para su presentación por lo que llevará una marca de agua con la
siguiente inscripción:
BORRADOR NO VÁLIDO PARA SU PRESENTACIÓN
SIN VALIDAR
Si durante el proceso se produce algún error, se obtendrá una página HTML con
los errores encontrados.
6.3.1.1.3Pruebas
Se ha habilitado un entorno de Pruebas para Externos para la realización de
pruebas de impresión de los modelos de informativas del ejercicio 2018. Este
entorno se encuentra operativo los días laborables en horario de 8:00h a 15:00h.
Las URLs o “action” de llamada a los servicios en el entorno de Pruebas para
Externos son las mismas que las especificadas en el apartado 6.3.1.1.1 pero
sustituyendo el dominio “www2.agenciatributaria.gob.es” por “www6.aeat.es”.
Los logs de errores de este entorno se borran con periodicidad diaria, por lo que
cualquier consulta de las empresas desarrolladoras relativa a problemas en sus
envíos de prueba deberá hacerse el mismo día de la realización de la prueba.
El comportamiento de los envíos en el entorno de Pruebas para Externos es
idéntico al del entorno de Producción. Las empresas deberán prestar especial
atención a no utilizar las URLs de Pruebas para Externos cuando pongan sus
aplicaciones a disposición de sus usuarios finales para realizar envíos reales. Para
los envíos reales las URLs deberán ser las del entorno de Producción. La AEAT no
S.G. Aplicaciones- Coordinación con Colaboradores..........……………………………………..………………..48
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se hace responsable de los problemas derivados de un mal uso de las URLs por
parte de las empresas.
6.3.1.2 Enlace con el formulario
A través de un formulario HTML, en la siguiente URL(sólo disponible en el entorno
de Producción10):
https://www2.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/internet/dep/
aplicaciones/ov/iemodelh.html?
mop=8XXX0&imp=1&fic=<path_al_fichero_a_presentar>
Donde la variable XXX contendrá como valores en sustitución el código del
modelo (valores posibles: 180, 182, 184, 188, 190, 193, 198, 296, 345 y 347), y la
variable fic contendrá el camino, en el sistema de ficheros local, al fichero que se
desea enviar al servicio de impresión. Se presentará al usuario una página HTML
que permite seleccionar, a través de una ventana de diálogo, el fichero a enviar al
servicio de Impresión.
El fichero enviado se procesará con los programas de la AEAT, sin validar, y si es
correcto, se obtendrá como respuesta un PDF con el contenido de la declaración
para ser impreso.
Si durante el proceso se produce algún error, se obtendrá una página HTML con
los errores encontrados.
6.3.2 Juego de caracteres válido
Ver apartado 6.5 Requisitos comunes a los servicios.
6.3.3 Recursos mínimos para trabajar con las páginas HTML de la
AEAT
Ver apartado 6.5 Requisitos comunes a los servicios.
10 En el Entorno de Pruebas de Externos no está disponible esta URL. Para
pruebas con el formulario en el Entorno de Pruebas de Externos deberá
utilizarse la URL:
S.G. Aplicaciones- Coordinación con Colaboradores..........……………………………………..………………..49
Servicios de Ayuda a las Declaraciones Informativas 2018
6.4 Integración con el servicio de Validación y Prueba de Impresión
Sólo disponible en el entorno de Pruebas de Externos. Sólo para los modelos
180, 182, 184, 187, 188, 190, 193, 198, 280, 296, 345 y 347.
6.4.1 Invocación del servicio de Validación y Prueba
Deberá realizarse una invocación al servicio por cada fichero con el contenido de
la declaración que se desee validar11.
La invocación del servicio se podrá realizar de la siguiente forma:
6.4.1.1 Envío directo al servidor de la AEAT
6.4.1.1.1Envío al servidor de la AEAT
Al servicio se le pasará por el método POST del protocolo http una cadena de
caracteres encapsulada como si fuese desde un formulario. Se debe respetar el orden de las variables, que irán etiquetadas como nombre=valor, separadas
mediante el símbolo &, y sólo con el valor en codificación URLEncoded.
Hay que tener en cuenta que sólo el valor del campo es el que debe ir como
urlencoded; ya que el servidor de la AEAT espera la misma entrada que el que
recibiría desde un navegador. El &nombre= tiene que ir sin urlencoded.
Para todos los modelos indicados con anterioridad, la URL de llamada directa al
servicio es:
https://www6.aeat.es/wlpl/PFTW-PICW/ServVali
El orden de las variables, su nombre y su contenido son los indicados a
continuación:
VARIABLES A ENVIAR
IDI= Idioma en el que se envían los datos (ES)
LEV= 000000000000 (Constante)
FIC= Fichero plano completo de la declaración informativa
11 El contenido del fichero deberá respetar el juego de caracteres válido
indicado en el apartado 6.5.S.G. Aplicaciones- Coordinación con Colaboradores..........……………………………………..………………..50
Servicios de Ayuda a las Declaraciones Informativas 2018
RUT= Vacío, Reservado AEAT (Camino de lectura del fichero).
PRG= Vacío
FIN= vacío
EJF= 2018
MOD= XXX
Donde XXX puede ser alguno de los siguientes modelos: 180, 181, 182, 184,
188, 190, 193, 198, 280, 296, 345 y 347.
6.4.1.1.2Recepción de la respuesta de la AEAT y envío al contribuyente
El fichero enviado se validará con los programas HOST de la AEAT, y si la respuesta
es correcta se obtendrá el documento de la declaración en formato PDF. En caso de
error, la respuesta será una página HTML con la relación de errores.
6.4.2 Juego de caracteres válido
Ver apartado 6.5 Requisitos comunes a los servicios.
6.4.3 Recursos mínimos para trabajar con las páginas HTML de la
AEAT
Ver apartado 6.5 Requisitos comunes a los servicios.
S.G. Aplicaciones- Coordinación con Colaboradores..........……………………………………..………………..51
Servicios de Ayuda a las Declaraciones Informativas 2018
6.5 Requisitos comunes a los servicios
6.5.1 Juego de caracteres válido
Se tienen que utilizar los caracteres visibles de ISO-8859-1, ya que los invisibles
(saltos de línea, tabuladores,etc.) modifican la posición de los datos.
En concreto, los caracteres admitidos son los siguientes:
CARÁCTER TEXTO CÓDIGO DECIMAL
Blanco 32
& Ampersand 38
‘ Comilla 39
( Paren. Drcho. 40
) Paren. Izqdo. 41
, Coma 44
- Guión 45
. Punto 46
/ Barra 47
0-9 Números 48-57
: Dos puntos 58
; Punto y coma 59
A-Z Letras 65-90
a-z Letras 97-122
_ Guión bajo 95
Ç Cedilla 199
Ñ Eñe 209
“ Doble comilla 34
áéíóú Vocales con tildes 225, 233, 237, 243, 250S.G. Aplicaciones- Coordinación con Colaboradores..........……………………………………..………………..52
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ÁÉÍÓÚ
äëïöü
ÄËÏÖÜÜ
àèìòù
ÀÈÌÒÙ
aguda, grave y diéresis
193, 201, 205, 211, 218
228, 235, 239, 246, 252
196, 203, 207, 214, 220
224, 232, 236, 242, 249
192, 200, 204, 210, 217
ç Cedilla minúscula 231
ñ Eñe minúscula 241
6.5.2 Recursos mínimos para trabajar con las páginas de la AEAT
6.5.2.1 Ordenador. Configuración.
Sistemas operativos12:
Windows XP, Vista o 100% compatibles.
Linux: distribuciones que admitan Java 7 oficial de Oracle.
Mac OS X 10.6.8 o superior
Navegadores13:
Internet explorer 7 o superior
Firefox 16 o superior
Google Chrome
Apple Safari
12 Las versiones indicadas son las recomendadas para trabajar en las páginas
html de la AEAT que cargan el applet de @firma. Para páginas que no carguen
dicho applet, también funcionan versiones anteriores.13 Mismo comentario que en la Nota de Página anterior.S.G. Aplicaciones- Coordinación con Colaboradores..........……………………………………..………………..53
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6.5.2.2 Impresora
Para imprimir la declaración es necesario tener instalado en el ordenador un visor
de PDF (Adobe Acrobat Reader 7.0 o superior) e impresora.
S.G. Aplicaciones- Coordinación con Colaboradores..........……………………………………..………………..54