informe tÉcnico n° 115-2021-mtc/16.02

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“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia” Jirón Zorritos 1203 – Lima - Perú T. (511) 615-7800 www.gob.pe/mtc INFORME TÉCNICO N° 115-2021-MTC/16.02.BURP A : BLGO. JOSÉ LUIS VELASQUEZ LARICO Director de Evaluación Ambiental. Dirección General de Asuntos Ambientales ASUNTO : Evaluación del Plan de Contingencia de la empresa PROCESADORA DE TECNOPOR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - PROCETEC S.A.C. para el Servicio de Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos por Carretera REFERENCIA : 1) Solicitud S/N con H/R N° E-224785-2021 2) Solicitud S/N con H/R N° E-221813-2021 3) Solicitud S/N con H/R N° T-105458-2021 FECHA : Lima, 20 de julio de 2021 Por medio del presente me dirijo a usted, con relación al asunto y documentos de la referencia, para comunicarle lo siguiente: I. ANTECEDENTES 1.1 El 14/04/2021, mediante Solicitud S/N con HR N° T-105458-2021, la empresa PROCESADORA DE TECNOPOR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - PROCETEC S.A.C. solicita a la Dirección General de Asuntos Ambientales (DGAAM) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), la respectiva evaluación del Plan de Contingencia para el servicio de Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos por carretera, para lo cual remite por mesa de partes virtuales un (01) expediente del Plan de Contingencia y el comprobante de pago por derecho de trámite. 1.2 El 31/05/2021, mediante Oficio Nº 2406-2021-MTC/16 la DGAAM remitió a la empresa PROCESADORA DE TECNOPOR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - PROCETEC S.A.C. el Informe Técnico Nº 091-2021-MTC/16.02.BURP de fecha 25/05/2021, que concluye que el Plan de Contingencia presenta observaciones teniendo en cuenta los Lineamientos para la elaboración de un Plan de Contingencia para el Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos, aprobados con Resolución Directoral N° 1075-2016-MTC/16. 1.3 El 16/07/2021, mediante Solicitud S/N con HR N° E-221813-2021, la empresa PROCESADORA DE TECNOPOR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - PROCETEC S.A.C. solicitó a la DGAAM ampliación de Plazo para el levantamiento de las observaciones remitido mediante Informe Técnico Nº 091-2021-MTC/16.02.BURP 1.4 El 20/07/2021, mediante Solicitud S/N con HR N° E-224785-2021, la empresa PROCESADORA DE TECNOPOR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - PROCETEC S.A.C. presentó a la DGAAM el Plan de Contingencia con el levantamiento de las observaciones realizadas en el Informe Técnico Nº 091-2020-MTC/16.02.BURP II ANÁLISIS Se realizó la verificación correspondiente teniendo en cuenta tres aspectos: i) Los incisos a), b), c) y d), del numeral 3, Artículo 22 del Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos, aprobado mediante D.S. Nº 021-2008-MTC y su

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“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

“Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia”

Jirón Zorritos 1203 – Lima - Perú T. (511) 615-7800 www.gob.pe/mtc

INFORME TÉCNICO N° 115-2021-MTC/16.02.BURP

A : BLGO. JOSÉ LUIS VELASQUEZ LARICO Director de Evaluación Ambiental. Dirección General de Asuntos Ambientales

ASUNTO : Evaluación del Plan de Contingencia de la empresa PROCESADORA DE TECNOPOR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - PROCETEC S.A.C. para el Servicio de Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos por Carretera

REFERENCIA : 1) Solicitud S/N con H/R N° E-224785-2021 2) Solicitud S/N con H/R N° E-221813-2021 3) Solicitud S/N con H/R N° T-105458-2021

FECHA : Lima, 20 de julio de 2021

Por medio del presente me dirijo a usted, con relación al asunto y documentos de la referencia, para comunicarle lo siguiente:

I. ANTECEDENTES 1.1 El 14/04/2021, mediante Solicitud S/N con HR N° T-105458-2021, la empresa

PROCESADORA DE TECNOPOR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - PROCETEC S.A.C. solicita a la Dirección General de Asuntos Ambientales (DGAAM) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), la respectiva evaluación del Plan de Contingencia para el servicio de Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos por carretera, para lo cual remite por mesa de partes virtuales un (01) expediente del Plan de Contingencia y el comprobante de pago por derecho de trámite.

1.2 El 31/05/2021, mediante Oficio Nº 2406-2021-MTC/16 la DGAAM remitió a la empresa PROCESADORA DE TECNOPOR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - PROCETEC S.A.C. el Informe Técnico Nº 091-2021-MTC/16.02.BURP de fecha 25/05/2021, que concluye que el Plan de Contingencia presenta observaciones teniendo en cuenta los Lineamientos para la elaboración de un Plan de Contingencia para el Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos, aprobados con Resolución Directoral N° 1075-2016-MTC/16.

1.3 El 16/07/2021, mediante Solicitud S/N con HR N° E-221813-2021, la empresa

PROCESADORA DE TECNOPOR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - PROCETEC S.A.C. solicitó a la DGAAM ampliación de Plazo para el levantamiento de las observaciones remitido mediante Informe Técnico Nº 091-2021-MTC/16.02.BURP

1.4 El 20/07/2021, mediante Solicitud S/N con HR N° E-224785-2021, la empresa

PROCESADORA DE TECNOPOR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - PROCETEC S.A.C. presentó a la DGAAM el Plan de Contingencia con el levantamiento de las observaciones realizadas en el Informe Técnico Nº 091-2020-MTC/16.02.BURP

II ANÁLISIS

Se realizó la verificación correspondiente teniendo en cuenta tres aspectos: i) Los incisos a), b), c) y d), del numeral 3, Artículo 22 del Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos, aprobado mediante D.S. Nº 021-2008-MTC y su

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modificatoria; ii) A través de la Resolución Ministerial N°658-2021-MTC/01, se aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, disponiendo en el artículo 134, que la Dirección General de Asuntos Ambientales (DGAAM) es el órgano de línea con autoridad técnica normativo a nivel nacional que ejerce la autoridad ambiental en el sector transportes, responsable de implementar acciones en el marco del sistema nacional de gestión ambiental para promover el desarrollo sostenible de las actividades y proyectos de infraestructura y servicios de transportes, en concordancia con las políticas nacionales sectoriales y la Política Nacional del Ambiente; y iii) Los “Lineamientos para la elaboración de un Plan de Contingencia para el Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos” aprobados con Resolución Directoral Nº 1075-2016-MTC/16.

2.1 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS

El Plan de Contingencia presenta los siguientes requisitos:

- Solicitud dirigida al Director General firmada por el señor JULIO SULLCA DELGADO, Gerente General de la empresa PROCESADORA DE TECNOPOR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - PROCETEC S.A.C.; cumpliendo lo normado en los “Lineamientos para la elaboración de un Plan de Contingencia para el Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos” aprobados con Resolución Directoral Nº 1075-2016-MTC/16.

- Comprobante de Pago Nº 035971 de fecha 12/03/2020, por el monto de S/ 441.50 soles,

establecido en el Texto Único de Procedimiento Administrativo (TUPA) del MTC, por derecho de tramitación de la DGAAM.

- Mediante Resolución Directoral Nº 0141-2021-MTC/17.02 de fecha 11/01/2021, la Dirección General de Autorizaciones en Transportes (DGAT) otorga el Permiso de Operación Especial para el Servicio de Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos por Carretera de la empresa PROCESADORA DE TECNOPOR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - PROCETEC S.A.C.; por un periodo de cinco (05) años; de conformidad con lo dispuesto en el literal a), numeral 2, Articulo 37º y numeral 1 Artículo 39º, del Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos aprobado con el D.S. Nº 021-2008-MTC.

- El administrado presenta un el Plan de Contingencia para el Servicio de Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos por carretera, foliado y suscrito por la ingeniera JOANNA KENIT HUERTAS PARRALES, habilitado con Reg. CIP N°250953. Asimismo, ha incluido el listado de productos y listado de rutas en formato MS Word cumpliendo lo normado en los “Lineamientos para la elaboración de un Plan de Contingencia para el Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos” aprobados con Resolución Directoral Nº 1075-2016-MTC/16.

2.2 SOBRE EL LEVANTAMIENTO DE OBSERVACIONES Mediante Informe Técnico Nº 091-2021-MTC/16.02.BURP de fecha 31/05/2021 se emitieron observaciones al Plan de Contingencias presentado por la empresa PROCESADORA DE TECNOPOR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - PROCETEC S.A.C. y mediante Solicitud S/N con HR N° E-224785-2021, la empresa remitió a la DGAAM

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información sobre el levantamiento de las observaciones al Plan de Contingencias, la misma que se proceden a evaluar. OBSERVACÓN N°01.- El administrado presenta un (01) ejemplar del Plan de Contingencia, con un contenido de 1280 páginas, foliado y suscrito por el profesional encargado de su elaboración, el cual se observa que dicho expediente no se encuentra foliado y suscrito en su totalidad, teniendo como dificultad la ubicación de los Ítem del contenido del Plan de Contingencia, por lo tanto, deberá de corregir dicha observación. Evaluación: El administrado presenta el Plan de Contingencia debidamente foliado y suscrito en su totalidad por el profesional encargado de su elaboración, asimismo la estructura de dicho Plan de Contingencia corresponde a esta entidad, haciendo que la compaginación concuerda con el índice, tal y conforme a los “Lineamientos para la elaboración de un Plan de Contingencia para el Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos” aprobados con R.D Nº 1075-2016-MTC/16, dando así por subsanado dicha observación. CONFORME.

OBSERVACIÓN Nº02.- Referente a las Hojas de Seguridad (MSDS) para cada material y/o residuo peligroso que el administrado adjunta dentro del expediente, se observa que los números de folio que indica la ubicación (Columna “Hoja de seguridad*”) de la hoja de seguridad (MSDS) de todos los materiales que proyecta transportar no coincide con el número de página del Plan de Contingencia, Por lo tanto, deberá REVISAR Y CORREGIR dicha información para cada material y/o residuo peligroso. Tal y conforme a los “Lineamientos para la elaboración de un Plan de Contingencia para el Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos” aprobados con R.D. Nº1075-2016-MTC/16

Los números de folio que indican la

ubicación no coincide con el

número de página del Plan de Contingencia

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Evaluación: El administrado presenta la información correspondiente y se visualiza la implementación de la corrección, remitido a través del expediente HR N° ° E-224785-2021, corrigiendo los números de ubicación de las Hoja de Seguridad (MSDS) descritos en el Formato N°05: Lista de Materiales y/o Residuos Peligrosos a transportar, dando por subsanado dicha observación. CONFORME.

OBSERVACION Nº03.- Se presentan las siguientes observaciones en la Rutas y Lista de Rutas Proyectadas:

1. Lista de Rutas Pág. N° 33: Lista de Rutas por las cuales se planea transportar los

materiales y/o Residuos Peligrosos (y viceversa): El administrado describe en la Ruta N°03: LIMA – PISCO – AYACUCHO – ANDAHUAYLAS – CHINCHEROS, lo cual no concuerda con lo descrito en el Mapa Vial de Ruta (Pág. N°564), por lo tanto, deberá de corregir la información señalada a continuación:

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2. Lista de Rutas Pág. N°33: Lista de Rutas por las cuales se planea transportar los materiales y/o Residuos Peligrosos (y viceversa): El administrado describe en la Ruta N°16: ILO – MOQUEGUA – JULIACA – ANTAUTA, lo cual no concuerda con lo descrito en el Mapa Vial de Ruta (Pág. N°571), por lo tanto, deberá de corregir la información

señalada a continuación:

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3. Lista de Rutas Pág. N°33: Lista de Rutas por las cuales se planea transportar los materiales y/o Residuos Peligrosos (y viceversa): El administrado describe en la Ruta N°36: LIMA – LA OROYA – SAN RAMON - VITOC, lo cual no concuerda con lo descrito en el Mapa Vial de Ruta (Pág. N°581), por lo tanto, deberá de corregir la información señalada a continuación:

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4. Lista de Rutas Pág. N°33: Lista de Rutas por las cuales se planea transportar los materiales y/o Residuos Peligrosos (y viceversa): El administrado describe en la Ruta N°38: CHURIN – SAYAN – CHANCAY - CALLAO, lo cual no concuerda con lo descrito en el Mapa Vial de Ruta (Pág. N°582), por lo tanto, deberá de corregir la información señalada a continuación:

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“Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia”

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5. Lista de Rutas Pág. N° 33: Lista de Rutas por las cuales se planea transportar los materiales y/o Residuos Peligrosos (y viceversa): El administrado describe en la Ruta N°42: MINA ISCAYCRUZ (CHURIN) – SAYAN – CALLAO – REFINERIA CAJAMARQUILLA, lo cual no concuerda con lo descrito en el Mapa Vial de Ruta (Pág. 586), por lo tanto, deberá de corregir la información señalada a continuación:

Evaluación: El administrado presenta la información correspondiente y se visualiza la implementación de la corrección, remitido a través del expediente HR N° E-224785-2021, corrigiendo la descripción de todas las Rutas OBSERVADAS con relación al listado de Rutas proyectadas a transportar con los descrito en los Mapas Viales, asimismo, concuerda con lo descrito en el Formato 02 “Matriz de Identificación de peligro y potenciales riesgos en las rutas para el transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos”, dando por subsanado dicha observación.CONFORME.

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OBSERVACION Nº04.- En el FORMATO Nº 02 “Matriz de Identificación de peligro y potenciales riesgos en las rutas para el transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos” (Pág. N°37 al 424) del Plan de Contingencia, el administrado identifica como peligro a la doble vía, el cual es incorrecto. En su lugar, el peligro sería: Invasión de carril contrario, despistes provocados por pistas o pavimentos resbalosos, fallas mecánicas, pista en mal estado, señalización vial en mal estado. Por lo tanto, deberá de corregir dicha información para todas las 121 rutas. Tal y conforme a los “Lineamientos para la elaboración de un Plan de Contingencia para el Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos” aprobados con R.D. Nº 1075-2016-MTC/16. Evaluación: De acuerdo a la información presentada en el Plan de Contingencia. El administrado corrige la observación, asimismo, amplia los peligros y riesgos de acuerdo a las rutas y sectores que proyecta transitar, Tal y conforme a los lineamientos para la elaboración de un Plan d Contingencia para el Transporte Terrestre de Materiales Peligrosos, dando así, por subsanado dicha observación. CONFORME.

OBSERVACION Nº05.- En el FORMATO Nº 02 “Matriz de Identificación de peligro y potenciales riesgos en las rutas para el transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos”. El administrado describe en la columna “Características de la Vía: Asfaltado y señalizado” referente a algunos sectores que forman parte de las Rutas: 11, 14, 29, 37,40, 41, 42, 50, 58, 59, 73, 76, 83, 87, 88, 92; información que no es congruente con las imágenes que sustentan la identificación del peligro y/o reconocimiento del sector. Por lo tanto, deberá revisar, corregir la descripción de las características de la vía y remplazar las imágenes. Tal y conforme a los “Lineamientos para la elaboración de un Plan de Contingencia para el Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos” aprobados con R.D. Nº 1075-2016-MTC/16.

EJEMPLO 01:

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EJEMPLO 02:

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Evaluación: De acuerdo a la información presentada en el Plan de Contingencia. El administrado corrige la observación, adjuntando la imagen correcta, de tal de tal manera que las imágenes sustenten la identificación del peligro y/o reconocimiento del sector, asimismo, coincida con el lugar o localidad de una posible emergencia, Tal y conforme a los lineamientos para la elaboración de un Plan d Contingencia para el Transporte Terrestre de Materiales Peligrosos, dando así, por subsanado dicha observación. CONFORME.

OBSERVACION Nº06.- En el FORMATO Nº02 “Matriz de Identificación de peligro y potenciales riesgos en las rutas para el transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos”. El administrado presenta fotografías cuyo contenido no muestran ni se identifica riesgos ni peligros de las rutas. Por lo tanto, deberá sustituir fotos, señalar e identificar los posibles riesgos y peligros de las rutas. Tal y conforme a los “Lineamientos para la elaboración de un Plan de Contingencia para el Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos” aprobados con R.D. Nº 1075-2016-MTC/16.

Forma Incorrecta:

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Forma Correcta:

Evaluación: Referente al Capitulo III: FORMATO Nº 02 “Matriz de Identificación de peligro y potenciales riesgos en las rutas para el transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos” De acuerdo a la observación presentada en el Plan de Contingencia, el administrado corrige la observación, adjuntando fotografías donde se evidencia la identificación de los peligros y evaluación de los riesgos asociados al lugar critico, con la finalidad de identificar, en cada una de ellas, los posibles lugares de ocurrencia de una emergencia, tal y conforme a los lineamientos para la elaboración de un Plan de Contingencia para el Transporte Terrestre de Materiales Peligrosos, dando así, por subsanado dicha observación. CONFORME.

OBSERVACION Nº07.- En el FORMATO Nº02 “Matriz de Identificación de peligro y potenciales riesgos en las rutas para el transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos”. El administrado no presenta fotografías en cada uno de los sectores de manera independiente. En ese sentido, el administrado deberá adjuntar una o dos fotografías de la zona donde se identifica el peligro evitando utilizar la misma para varios sectores, tal como se solicita en el Formato 02. Además, deberá adicionar foto(s) en las rutas 71, 72, 74, 80, 81, 82, del 105 al 109, puesto que no presenta imágenes de los riesgos detallados en el Formato N°02. Tal y conforme a los “Lineamientos para la elaboración de un Plan de Contingencia para el Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos” aprobados con R.D. Nº 1075-2016-MTC/16. Evaluación: Referente al Capitulo III: FORMATO Nº 02 “Matriz de Identificación de peligro y potenciales riesgos en las rutas para el transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos” De acuerdo a la observación presentada en el Plan de Contingencia, el administrado corrige la observación, adjuntando fotografías para cada sector de forma independiente, donde se evidencia la identificación de los peligros y evaluación de los riesgos asociados al lugar critico, con la finalidad de identificar, en cada una de ellas, los posibles lugares de ocurrencia de una emergencia, tal y conforme a los lineamientos para la elaboración de un Plan de Contingencia para el Transporte Terrestre de Materiales Peligrosos, dando así, por subsanado dicha observación. CONFORME.

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OBSERVACIÓN Nº08.- En el FORMATO N°03 “Matriz de Evaluación y Control de Riesgos”, el administrado deberá relacionar la evaluación con los riesgos identificados en la matriz, de las 121 rutas; así mismo la ponderación debe ser sincerada toda vez que la probabilidad es baja en todos los casos, al igual que el nivel de riesgo medio. Por otro lado, las consecuencias no responden a los riesgos identificados. Por ejemplo, en el riesgo de volcadura con derrame, actividad de transporte, indica que la consecuencia es “golpes o daños leves a la salud y al medio ambiente. En ese sentido, el administrado deberá corregir dicha información para todas las rutas detalladas, interpretando de manera coherente los criterios para evaluar la consecuencia según el instructivo del formato N°03: Matriz de evaluación y control de riesgos aprobados con Resolución Directoral N°1075-2016-MTC/16. Evaluación: De acuerdo a la información presentada en el Plan de Contingencia. El administrado describe las consecuencias acordes a los riesgos identificados en todas las Rutas, de acuerdo a las probabilidades en todos los casos. Tal y conforme a los lineamientos para la elaboración de un Plan d Contingencia para el Transporte Terrestre de Materiales Peligrosos, dando así, por subsanado dicha observación. CONFORME.

OBSERVACIÓN Nº09.- En el FORMATO N°03 “Matriz de Evaluación y Control de Riesgos”, el administrado deberá restructurar la información de los controles de eliminación y sustitución, donde detalla eliminar las rutas bloqueadas por el factor climático, por lo tanto, el administrado deberá proponer de manera coherente los criterios de medidas de control que faciliten su implementación, que sean eficientes y que se encuentren en la jerarquía que corresponda, guardando concordancia, Tal y conforme a los “Lineamientos para la elaboración de un Plan de Contingencia para el Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos” aprobados con R.D. Nº 1075-2016-MTC/16. Evaluación: De acuerdo a la información presentada en el Plan de Contingencia. El administrado corrige la observación, describiendo de manera coherente los criterios de medidas de control y eficientes en la jerarquía que corresponda. Tal y conforme a los lineamientos para la elaboración de un Plan de Contingencia para el Transporte Terrestre de Materiales Peligrosos, dando así, por subsanado dicha observación. CONFORME.

OBSERVACIÓN Nº10.- Pág. N°438. El Administrado describe en el Numeral 4.3.5. Comunicación al MTC del Plan de Contingencia, que dentro de las 72 horas la empresa TRANSPORTES F´LINNOS S.C.R.L., emitirá un Informe Preliminar y antes de los 10 días hábiles se emitirá el Informe Final. Esta información es incorrecta. El administrado deberá corregir en los plazos mencionados anteriormente de acuerdo al Plan de Emergencia formatos 06-A y 06-B, aprobados con Resolución Directoral N°1075-2016-MTC/16. Tal y conforme al Artículo 71, del Decreto Supremo N°021-2008-MTC, Reglamento de Transporte de Material Peligroso. Evaluación: De acuerdo a la información presentada, el administrado corrige la descripción observada, adjuntando dicha información en el capítulo correspondiente, asimismo describe los tiempos correctos de la emisión de los informes preliminar y final, manteniendo así el contenido mínimo y formatos tal y conforme a los lineamientos para la elaboración de un Plan de Contingencia para el Transporte Terrestre de Materiales Peligrosos, dando así por subsanado dicha observación. CONFORME.

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OBSERVACIÓN N°11.- El administrado proyecta transportar Residuos Peligrosos. Por lo tanto, deberá adjuntar al Plan de Contingencia una (01) Copia del registro autoritativo de empresa prestadora de residuos sólidos (EPS-RS) y/o el registro de empresa comercializadora de residuos sólidos (EC-RS), vigente, emitido por la autoridad de salud competente. Tal y conforme a los “Lineamientos para la elaboración de un Plan de Contingencia para el Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos” aprobados con R.D. N° 1075-2016-MTC/16. Evaluación: De acuerdo a la información presentada en el Plan de Contingencia, el administrado menciona que la empresa “PROCETEC S.A.C. no proyecta el transporte de Residuos Peligrosos, tal como lo señala en la Introducción de presente Plan; solo requiere la aprobación de su Plan de Contingencias para el transporte de Materiales Peligrosos, ya que no es empresa que transporta Residuos Sólidos (EORS), por lo tanto, no se requiere dicho permiso para el transporte de materiales peligrosos, conforme con los “Lineamientos para la elaboración de un Plan de Contingencia para el Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos” aprobados con R.D. N° 1075-2016-MTC/16, por lo tanto, luego de la búsqueda en el registro como EO-RS de la web de MINAM (para corroborar el no registro como EO-RS) y a fin de continuar con el procedimiento, se procedió a indicar en el aparatado 2.3.2 del informe técnico que los residuos peligrosos presentados por la empresa se retiran del listado de productos, porque la empresa no cuenta con el registro autoritativo como EO-RS. tal y conforme a los lineamientos para la elaboración de un Plan de Contingencia para el Transporte Terrestre de Materiales Peligrosos, dando así, por subsanado dicha observación CONFORME.

2.3 CONTENIDO DEL PLAN DE CONTINGENCIA

2.3.1 Datos generales de la empresa

El Plan de Contingencia, presenta los datos generales de acuerdo con el FORMATO N° 01 de los Lineamientos, el cual se presenta a continuación:

FORMATO N° 01: DATOS GENERALES

ÍTEM DESCRIPCIÓN

Denominación o razón social: PROCESADORA DE TECNOPOR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - PROCETEC S.A.C.

Domicilio Fiscal: NRO. SN SEC. BELLAVISTA PUCYURA (A 100M. DEL PARADERO CASA DE 2 PISOS) CUSCO - ANTA – PUCYURA

Teléfono y/o fax: 991202099

Correo electrónico: [email protected]

Numero de RUC: 20490588028

Nombre del apoderado legal: JULIO SULLCA DELGADO

Número de Resolución Directoral de Renovación del Permiso de Operación Especial para el Servicio de Transporte Terrestre de materiales y/o residuos peligrosos emitida

R.D. N° 0141-2021-MTC/17.02 Fecha: 11/01/2021

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Fuente: Plan de contingencia de la empresa PROCESADORA DE TECNOPOR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - PROCETEC S.A.C.

La empresa PROCESADORA DE TECNOPOR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - PROCETEC S.A.C. ha presentado la relación de los vehículos autorizados por la MTC para el servicio de transporte de materiales y/o residuos peligrosos, la misma que se muestra en el Cuadro Nº 01 del ítem 5.1.1 del anexo del presente informe, y que se encuentra autorizado mediante Resolución Directoral N° 0141-2021-MTC/17.02. La empresa ha presentado en el expediente la lista de Conductores para el Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos peligrosos por carretera, el mismo que se presenta en el ítem 5.1.2. del anexo del presente informe.

2.3.2 Descripción de los materiales y/o residuos peligrosos

En la página 16 del Plan de Contingencia presentado con documento de la referencia 01, se presenta la lista de materiales y/o residuos peligrosos que proyecta transportar, según el FORMATO N° 05 de los Lineamientos para la elaboración de un Plan de Contingencia para el Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos” aprobados con Resolución Directoral Nº 1075-2016-MTC/16. Asimismo, adjunta las hojas de seguridad (MSDS) en español donde se indica el nombre y el código del material.

Presenta en la página 26 del Plan de Contingencia, el cuadro de compatibilidad de materiales peligrosos para el transporte terrestre, acorde a la clase de productos que ha declarado transportar, teniendo en cuenta lo establecido en la Guía de Respuesta en caso de Emergencia (GRE). Cabe resaltar que de la revisión del expediente presentado, así como de la búsqueda en la base de datos1 de Empresas Operadoras de Residuos Sólidos (EO-RS) publicada en la página web del Ministerio del Ambiente (MINAM), la empresa PROCESADORA DE TECNOPOR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - PROCETEC S.A.C. no se encuentra registrada como EO-RS; en tal sentido, debido a que es requisito mínimo conforme a los “Lineamientos para la elaboración de un Plan de Contingencia para el Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos” aprobados con R.D. N° 1075-2016-MTC/16, los residuos sólidos presentados en la relación de Materiales y/o Residuos Peligroso, ubicado en la página 14 al 17 del Plan de Contingencia no serán considerados en la presente aprobación: - ACEITE MINERAL USADO - AGUA RESIDUALES FENÓLICAS - AGUAS CONTAMINADAS CON QUÍMICOS - BATERÍA ÁCIDO PLOMO USADAS - BATERÍAS DE RADIOS Y PILAS USADAS - BOLSAS DE CEMENTO USADAS

1 https://sites.google.com/minam.gob.pe/dgrs-eo/p%C3%A1gina-principal

por la Dirección General de Transporte Terrestre y fecha de aprobación:

Nombre del Profesional que elabora el Plan de Contingencia / Número de Registro del Colegio Profesional:

INGENIERA AMBIENTAL JOANNA KENIT HUERTAS PARRALES Registro CIP Nº 250953

Persona o Unidad Responsable de Ejecutar el Plan de Contingencia:

JULIO SULLCA DELGADO

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- BOLSAS PLÁSTICAS CON QUÍMICOS - ENVASES AGROQUÍMICOS - ENVASES DE PINTURA Y TUBOS DE SILICONA USADOS - ENVASES DE SPRAY VACÍOS - EPP CONTAMINADOS CON SUSTANCIAS QUÍMICAS - FILTROS USADOS - LATAS VACÍAS DE CIANURO CON BOLSAS DE CAL COMPACTADAS. - LODOS PTAR - MANGUERAS FLEXIBLES Y CONTAMINADAS CON SUSTANCIAS QUÍMICAS. - MATERIAL CONTAMINADO - MEDICAMENTOS, PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, PSICOTRÓPICOS, BOTÁNICOS Y

VETERINARIOS FUERA DE ESPECIFICACIONES O CADUCADOS. - :NEUMÁTICOS FUERA DE USO Y GRÁNULOS DE CAUCHO VULCANIZADO PROCEDENTE

DE LA TRITURACIÓN EN ATMOSFERA AMBIENTAL DE NEUMÁTICOS FUERA DE USO. - RAEES - RECIPIENTES QUÍMICOS USADOS - RECIPIENTES Y RESIDUOS DE PINTURA - RESIDUO DE ACEITE USADO DE COCINA - RESIDUO DE EQUIPOS ELÉCTRICOS EN DESUSO - RESIDUOS BIOLÓGICOS - RESIDUOS DE LABORATORIO - RESIDUOS DE LUMINARIA - RESIDUOS HOSPITALARIOS - RESIDUOS ORGÁNICOS HALOGENADOS - RESIDUOS ORGÁNICOS NO HALOGENADOS - RESIDUOS SÓLIDOS INFLAMABLES - SOLUCIONES CONTAMINADAS CON METALES PESADOS. - SOLVENTES USADOS - TAMBORES METÁLICOS Y PLÁSTICOS CONTAMINADOS CON SUSTANCIAS QUÍMICAS - TÓNER Y CARTRIDGES DE FAX E IMPRESORAS USADOS. - TRAPOS, GUAIPES, ROPA Y PAPELES SUCIOS Y/O CONTAMINADOS CON SUSTANCIAS

QUÍMICAS. - TUBO FLUORESCENTE

2.3.3 Identificación de los peligros y potenciales riesgos en las rutas para el transporte

terrestre de materiales y/o residuos peligrosos

Las rutas por donde operará la empresa a nivel de provincia, distrito o localidad, se presentan en la página 34 del Plan de Contingencia presentado con documento de la referencia 01 y se indica en el Cuadro N° 02, el cual se muestra en el anexo del presente informe.

El Plan de Contingencia ha identificado las zonas críticas de las rutas por donde realizará las actividades de carga, transporte y descarga de los materiales y/o residuos peligrosos, según el FORMATO N° 02 de los Lineamientos. Asimismo, una vez identificadas las zonas críticas, la empresa ha evaluado los riesgos según el FORMATO N° 03 de los Lineamientos.

El representante legal de la empresa PROCESADORA DE TECNOPOR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - PROCETEC S.A.C. presenta la Declaración Jurada (FORMATO N° 04 de los Lineamientos), respecto a tener conocimiento de las restricciones en cuanto a las disposiciones nacionales, regionales y locales sobre circulación y transporte terrestre de

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materiales y/o residuos peligrosos, y zonas de amortiguamiento de las Áreas Naturales Protegidas. Página 454.

2.3.4 Planificación de las acciones de Prevención y/o Mitigación

El Plan de Contingencia presenta el Organigrama de funciones de forma gráfica y descriptiva indicando la coordinación y atención de los niveles de emergencia (cargos y responsabilidades de los actores involucrados) en la activación del Plan de Contingencia. Figura en la página 456.

Asimismo, presenta el diagrama de flujo del sistema de comunicación para la activación del plan de contingencia, incluyendo los números telefónicos de los principales actores involucrados (internos y externos). Figura en la página 457.

El Plan de Contingencia presenta procedimientos y cronogramas:

• Procedimientos donde se detallen las acciones y actividades de prevención (antes de la emergencia); respuesta (durante la emergencia); y mitigación (posterior a la emergencia), considerando los riesgos identificados en el Capítulo III. Figura en las páginas 482 al 566.

• Cronograma de inspección y mantenimiento de sus equipos de emergencia (periodo de revisión y responsable) y la frecuencia de inspección técnica de los vehículos (periodo de revisión y responsable). Figura en las páginas 473 al 474.

• Programación anual de capacitación y simulacros para todo el personal de la

organización (gerencia, funcionarios y otros actores involucrados), donde se indica: nombre del curso (breve descripción y a que acciones de prevención y mitigación ante eventos de emergencia corresponde), frecuencia, horas de duración, participantes, las posibles fechas de las capacitaciones y el lugar. Figura en las páginas de 475 al 481.

• Para la adecuada planificación de acciones, el administrado cuenta con una adecuada logística y equipamiento (kits de emergencia e indumentarias de protección personal), a fin de afrontar una emergencia ambiental en caso de derrames, incendios u otras eventualidades y Guía de Respuesta en caso de Emergencia. Figura en las páginas de 567 al 570.

2.3.5 Ejecución del Plan de Contingencia

La empresa PROCESADORA DE TECNOPOR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - PROCETEC S.A.C. presenta la Ejecución del Plan de Contingencia, a partir de la página 572. En caso de la ocurrencia de una emergencia la empresa indica literalmente que:

• Ejecutará el Plan de Contingencia con la finalidad de mitigar los impactos generados a la salud y al ambiente.

• Dará cuenta, en el término de la distancia, de lo ocurrido a la DGAAM, según lo establecido en el numeral 2, artículo 71 del Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos aprobado por D. S. Nº021-2008-MTC. (Formato Nº06-A de los lineamientos).

• Implementará acciones que conlleven a mitigar y disponer el componente contaminado de las zonas afectadas.

• Elaborará y presentará a la DGAAM, posteriormente al suceso, el informe final del suceso producido durante la carga, transporte y/o descarga de materiales y/o residuos peligrosos, de acuerdo con lo establecido en el numeral 3, artículo 71 del

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Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos aprobado por D. S. Nº021-2008-MTC.

• El informe Final contemplará las acciones de remediación en caso el evento de emergencia haya ocasionado un daño al ambiente. (Formato Nº06-B de los lineamientos).

2.3.6 Anexos del Plan de Contingencia

La empresa PROCESADORA DE TECNOPOR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - PROCETEC S.A.C. presenta como adjuntos al Plan de Contingencia los siguientes documentos:

• Certificado de Habilidad o Declaración Jurada de Habilitación. Página 584.

• Mapas Viales (Origen – Destino). Páginas 587 al 670.

• Hojas de seguridad (MSDS) de los materiales peligrosos transportados. Páginas 671

al 1261.

• Lista de entidades externas a las cuales se debe recurrir en caso de emergencia

(Cuerpo General de Bomberos, Policía Nacional, Defensa Civil, Centros de Salud, etc.)

con sus respectivos números telefónicos. Páginas 1262 al 1267.

• Resolución Directoral del Permiso de Operación Especial para el Servicio de

Transporte de Materiales y/o Residuos Peligrosos. Páginas 1268 al 1270.

• Copia de la póliza de seguro vigente, según lo establecido en el Artículo 21 del

“Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos”

aprobado mediante D.S. Nº 021-2008-MTC. Anexo al Plan de Contingencia. Páginas

1271 al 1295.

• Glosario que aclare la terminología utilizada en el desarrollo del Plan de Contingencia

elaborado. Páginas 1296 al 1297.

2.4 EVALUACIÓN DEL PLAN DE CONTINGENCIA

• De la evaluación técnica realizada al Plan de Contingencia presentado por la empresa PROCESADORA DE TECNOPOR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - PROCETEC S.A.C., el cual se enmarca dentro del cumplimiento del Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2008-MTC en concordancia con el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del MTC y los Lineamientos para la elaboración de un Plan de Contingencia para el Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos, aprobado con Resolución Directoral N° 1075-2016-MTC/16; se considera CONFORME para su aprobación.

• En vista que no se realizó la inspección in situ, es menester indicar que la información presentada por parte de la empresa tiene carácter de declaración jurada de conformidad con lo establecido en el artículo 51 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 “Ley de Procedimiento Administrativo General”, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.

• La DGAAM, en el marco de sus funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, supervisará y fiscalizará el cumplimiento de las medidas ambientales propuestas en Plan de Contingencia en concordancia con los materiales y/o residuos peligrosos, rutas de transporte y vehículos

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declarados (Resolución Directoral Nº 0141-2021-MTC/17.02) en el Plan de Contingencia presentado por la empresa PROCESADORA DE TECNOPOR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - PROCETEC S.A.C.

• De suscitarse un accidente durante la operación de Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos, la empresa PROCESADORA DE TECNOPOR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - PROCETEC S.A.C., en su caso, el remitente de los materiales y/o residuos peligrosos de acuerdo a lo establecido en el artículo 71 del Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2008-MTC y a las actividades contempladas en su Plan de Contingencia a aprobar, deberá ejecutar las siguientes acciones:

a) Ejecutar lo previsto en el Plan de Contingencia con la finalidad de permitir activar el funcionamiento de medidas de carácter preventivo, de control y reactivo durante la operación de Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos, que conlleven a prevenir el riesgo a la salud y el ambiente o mitigar los impactos generados a la salud y el ambiente.

b) Dar cuenta, en el término de la distancia, de lo ocurrido a la DGAAM del MTC al correo electrónico [email protected] , teléfono 511-6157800 Anexo 1626, y en el plazo de dos (02) días de ocurrida la emergencia, presentar por mesa de partes del MTC un informe por escrito de la emergencia y de las medidas adoptadas para disminuir los daños, de acuerdo al FORMATO N° 06-A de los Lineamientos, por mesa de partes del MTC.

c) Implementará acciones que conlleven a mitigar y disponer el componente contaminado de las zonas afectadas.

d) En el plazo de siete (07) días hábiles de ocurrido el accidente, remitir a la DGAAM – MTC, el informe Final, que contemplará las acciones de remediación en caso el evento de emergencia haya ocasionado un daño al ambiente. (Formato Nº06-B de los lineamientos). Las acciones de limpieza, remediación y otras acciones que conlleven a verificar el cumplimiento de la normativa ambiental se verificará a través de las supervisiones especiales que la DGAAM- MTC, en el marco de sus funciones establecidas a través de la Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01, se aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, disponiendo en el artículo 134, que la DGAAM es el órgano de línea con autoridad técnica normativo a nivel nacional que ejerce la autoridad ambiental en el sector transportes, responsable de implementar acciones en el marco del sistema nacional de gestión ambiental para promover el desarrollo sostenible de las actividades y proyectos de infraestructura y servicios de transportes, en concordancia con las políticas nacionales sectoriales y la Política Nacional del Ambiente.

e) El titular deberá ejecutar su Programa de Capacitación y Simulacros, en

correspondencia con lo declarado en su Plan de Contingencia; asimismo, deberá remitir el informe en formato digital a la DGAAM con los resultados de las actividades ejecutadas anualmente, siendo la fecha límite de su presentación el mes de noviembre durante la vigencia del Plan en mención.

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• Sin perjuicio de lo expuesto, cabe señalar que, el presente pronunciamiento se limita únicamente a la evaluación del expediente presentado por la empresa PROCESADORA DE TECNOPOR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - PROCETEC S.A.C. bajo los términos de las características propias de los materiales, rutas y características propias de la empresa. En ese sentido, no se extienden a otros motivos similares anteriores o posteriores que haya podido o pueda advertir la DGAAM. En consecuencia, el presente análisis no se vincula ni desvirtúa otros pronunciamientos emitidos o por emitirse.

• Finalmente, se precisa que la vigencia del Plan de Contingencia presentado por la empresa PROCESADORA DE TECNOPOR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - PROCETEC S.A.C. está sujeta a la vigencia del permiso otorgado mediante Resolución Directoral Nº 0141-2021-MTC/17.02.

III. CONCLUSIONES

3.1 De la evaluación técnica realizada al Plan de Contingencia presentado por la empresa PROCESADORA DE TECNOPOR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - PROCETEC S.A.C., el cual se enmarca dentro del cumplimiento del artículo 22 del Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos aprobado con D.S. N° 021-2008-MTC en concordancia de la Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01, se aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, disponiendo en el artículo 134, que la Dirección General de Asuntos Ambientales (DGAAM) es el órgano de línea con autoridad técnica normativo a nivel nacional que ejerce la autoridad ambiental en el sector transportes y los Lineamientos para la elaboración de un Plan de Contingencia para el Transporte de Materiales y/o Residuos Peligrosos, aprobados con Resolución Directoral Nº1075-2016-MTC/16, se considera CONFORME para su aprobación.

3.2 Adicionalmente, en el Plan de Contingencia presentado con documento de la referencia 01,

se precisa el listado de las rutas por donde operará la empresa en la página 34 y el listado de materiales peligrosos en la página 16 al 19.

3.3 De suscitarse un accidente durante la operación de transporte, la empresa PROCESADORA

DE TECNOPOR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - PROCETEC S.A.C., y, en su caso, el remitente de los materiales y/o residuos peligrosos de acuerdo con lo establecido en el artículo 71 del Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2008-MTC y a las actividades contempladas en su Plan de Contingencia a aprobar, deberá ejecutar las siguientes acciones:

a) Ejecutar lo previsto en el plan de contingencia con la finalidad de permitir activar el funcionamiento de medidas de carácter preventivo, de control y reactivo durante la operación de Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos, que conlleven a prevenir el riesgo a la salud y el ambiente o mitigar los impactos generados a la salud y el ambiente.

b) Dar cuenta, en el término de la distancia, de lo ocurrido a la DGAAM al correo electrónico [email protected] , teléfono 511-6157800 Anexo 1626, y en el plazo de dos (02) días de ocurrida la emergencia, presentar un informe por escrito de la emergencia y de las medidas adoptadas para disminuir los daños, de acuerdo al FORMATO N° 06-A de los lineamientos, por mesa de partes del MTC.

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c) Implementará acciones que conlleven a mitigar y disponer el componente contaminado de las zonas afectadas.

d) En el plazo de siete (07) días hábiles de ocurrido el accidente, remitir a la DGAAM, el informe Final, que contemplará las acciones de remediación en caso el evento de emergencia haya ocasionado un daño al ambiente. (FORMATO N° 06-B de los lineamientos). Las acciones de limpieza, remediación y otras acciones que conlleven a verificar el cumplimiento de la normativa ambiental se verificará a través de las supervisiones especiales que la DGAAM, en el marco de sus funciones.

e) El titular deberá ejecutar su Programa de Capacitación y Simulacros, en correspondencia

con lo declarado en su Plan de Contingencia; asimismo, deberá remitir el informe en formato digital a la DGAAM con los resultados de las actividades ejecutadas anualmente, siendo la fecha límite de su presentación el mes de noviembre durante la vigencia del Plan en mención.

A través de la Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01, se aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, disponiendo en el artículo 134, que la DGAAM es el órgano de línea con autoridad técnica normativo a nivel nacional que ejerce la autoridad ambiental en el sector transportes, responsable de implementar acciones en el marco del sistema nacional de gestión ambiental para promover el desarrollo sostenible de las actividades y proyectos de infraestructura y servicios de transportes, en concordancia con las políticas nacionales sectoriales y la Política Nacional del Ambiente, supervisará y fiscalizará el cumplimiento de las medidas ambientales propuestas en el Plan de Contingencia, en concordancia con los materiales y/o residuos peligrosos, rutas de transporte y vehículos declarados (Resolución Directoral Nº 0141-2021-MTC/17.02) en el Plan de Contingencia presentado por la empresa PROCESADORA DE TECNOPOR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - PROCETEC S.A.C.

IV. RECOMENDACIÓN

4.1 Remitir el presente Informe Técnico a la Dirección General de Asuntos Ambientales para su consideración y se gestione la opinión legal, así como se emita la Resolución Directoral correspondiente, e incluyéndose en lo resolutivo las conclusiones indicadas en el numeral III antes mencionado.

V ANEXOS 5.1 Cuadro Nº 01: Listado de Vehículo autorizado y Conductor. Total 02 / 02. 5.2 Formato N° 05: Lista de Materiales y/o Residuos Peligrosos. Total 98. 5.3 Cuadro N° 02: Rutas para el Servicio de Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos

Peligrosos. Total 121. Es todo cuanto informo para los fines que estime conveniente.

Atentamente,

_________________________________

Bruno Ulises Rios Pérez Especialista Ambiental

C.I.P. Nº 179586

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ANEXOS

5.1 CUADRO Nº 01: Listado de Vehículos Autorizados y Conductores de los vehículos.

5.1.1. Listado de Vehículos Autorizados

Fuente: Plan de contingencia de la empresa PROCESADORA DE TECNOPOR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - PROCETEC S.A.C.

5.1.2 Listado de Conductores de Vehículos:

N° NOMBRES Y APELLIDOS N° DE LICENCIA

1 FRANCO URIEL CONDORI QUISPE Z45158735

2 JULIO SULLCA DELGADO Z23990547 Fuente: Plan de contingencia de la empresa PROCESADORA DE TECNOPOR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA -

PROCETEC S.A.C.

5.2 FORMATO N° 05: Lista de Materiales y/o Residuos Peligroso

Nº MATERIAL Y/O RESIDUO PELIGROSO N° ONU CLASE HOJA DE

SEGURIDAD

1 ACETILENO 1001 2.1 678

2 ÁCIDO CLORHÍDRICO 1789 8 690

3 ÁCIDO FLUORHIDRICO 1052 8 696

4 ÁCIDO FOSFORICO AL 85% 1805 8 698

5 ÁCIDO NÍTRICO 2031 8 702

6 ÁCIDO SULFÁMICO 2967 8 704

7 ÁCIDO SULFÚRICO 1830 8 711

8 AIRE SINTÉTICO 1002 2.2 713

9 ALCOHOL ETÍLICO 1170 3 739

10 ALCOHOL ISOPROPÍLICO 1219 3 744

11 ALCOHOL N-PROPÍLICO 1274 3 749

12 AMONIACO 1005 2.3 751

13 ARGÓN 1006 2.2 757

14 ASBESTO 2212 9 766

15 AZUFRE 1350 4.1 772

16 BARNIZ TRANSPARENTE BRILLANTE 1263 3 774

N° PLACA AÑO

FABRICACIÓN

1 ASM-971 2021

2 X4U-732 2020

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Nº MATERIAL Y/O RESIDUO PELIGROSO N° ONU CLASE HOJA DE

SEGURIDAD

17 BASE ZINCROMATO 1263 3 778

18 BENTONITA N.R. N.R. 790

19 CARBÓN ACTIVADO 1362 4.2 798

20 CARBÓN MINERAL ANTRACITA N.R. N.R. 800

21 CARBÓN VEGETAL 1361 4.2 804

22 CARBURO DE CALCIO 1402 4.3 814

23 CATALIZADOR 3105 5.2 820

24 CEMENTO PORTLAND N.R. N.R. 827

25 CIANURO DE HIDRÓGENO 1051 3 832

26 CIANURO DE SODIO 1689 6.1 835

27 CLINKER DE CEMENTO PORTLAND N.R. N.R. 842

28 CLORO 1017 2.3 855

29 CLORO GRANULADO 1748 5.1 857

30 CONCENTRADO DE COBRE 3077 9 860

31 CONCENTRADO DE ESTAÑO N.R. N.R. 863

32 CONCENTRADO DE ORO 3077 9 865

33 CONCENTRADO DE PLATA 3077 9 870

34 CONCENTRADO DE PLOMO 3077 9 875

35 CONCENTRADO FLOTACIÓN DE ESTAÑO N.R. N.R. 878

36 CONCENTRADO GRAVIMÉTRICO DE ESTAÑO

N.R. N.R. 881

37 CONCENTRADO MINERAL N.R. N.R. 884

38 CONCENTRADOS DE ZINC 3077 9 889

39 DETERGENTE EN POLVO N.R. N.R. 892

40 DISOLVENTE 1263 3 896

41 DOWFROTH 250 N.R. N.R. 898

42 ESCORIA DE ESTAÑO N.R. N.R. 910

43 ESTANDAR DE ORO AA 3264 8 912

44 ETANOL 1170 3 918

45 ETIL XANTATO DE SODIO 3342 4.2 922

46 FLUORURO CALCICO, SINTÉTICO N.R. N.R. 940

47 HIDRÓXIDO DE SODIO 1823 8 953

48 HIDRÓXIDO DE CALCIO 3262 8 957

49 HIPOCLORITO DE SODIO 1791 8 963

50 HOLLÍN N.R. N.R. 972

51 LACA 1263 3 974

Page 24: INFORME TÉCNICO N° 115-2021-MTC/16.02

“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

“Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia”

Jirón Zorritos 1203 – Lima - Perú T. (511) 615-7800 www.gob.pe/mtc

Nº MATERIAL Y/O RESIDUO PELIGROSO N° ONU CLASE HOJA DE

SEGURIDAD

52 LACA PIROXILINA 1263 3 981

53 LÁMINA DE PLOMO 3077 9 983

54 LÍQUIDO CORROSIVO GENÉRICO 1760 8 989

55 LITIO 1415 4.3 996

56 MERCURIO 2809 8 1003

57 METABISULFITO DE SODIO N.R. N.R. 1005

58 METANOL 1230 3 1010

59 METIL ETIL CETONA (MEK) 1193 3.1 1015

60 METIL ISOBUTIL CARBINOL (MIBC) 2053 3 1022

61 METIL ISOBUTIL CETONA 1245 3 1029

62 MOLIBDENO 3089 4.1 1033

63 MONÓXIDO DE PLOMO 3288 6.1 1035

64 NITRATO DE AMONIO 1942 5.1 1040

65 NITRATO DE AMONIO ESTABILIZADO 2067 5.1 1042

66 NITRATO DE CALCIO 1454 5.1 1047

67 NITRATO DE PLATA 1493 5.1 1055

68 NITRATO DE PLOMO 1469 5.1 1062

69 NITRATO DE POTASIO 1479 5.1 1065

70 NITRÓGENO 1066 2.2 1070

71 OLEO MATE SINTÉTICO 1263 3 1078

72 OXIDO DE CALCIO 1910 8 1080

73 ÓXIDO DE HIERRO N.R. N.R. 1082

74 ÓXIDO NITROSO 1066 2.2 1088

75 OXÍGENO 1072 5.1 1095

76 PERÓXIDO DE HIDROGENO 2015 5.1 1101

77 PINTURA ANTICORROSIVA 1263 3 1105

78 PINTURA DE LATEX N.R. N.R. 1109

79 PINTURA ESMALTE SINTÉTICO 1263 3 1111

80 PINTURA PARA TRÁFICO 1263 3 1113

81 PIRITA DE HIERRO N.R. N.R. 1115

82 POLVO DE ZINC 1436 4.3 1121

83 RA – CN300 N.R. N.R. 1124

84 SODA CAUSTICA (EN ESCAMAS - CRISTAL)

1823 8 1144

85 SODA CAUSTICA LÍQUIDA 1824 8 1148

86 STARGOLD 1956 2.2 1159

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“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

“Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia”

Jirón Zorritos 1203 – Lima - Perú T. (511) 615-7800 www.gob.pe/mtc

Nº MATERIAL Y/O RESIDUO PELIGROSO N° ONU CLASE HOJA DE

SEGURIDAD

87 SULFATO DE AMONIO N.R. N.R. 1166

88 SULFATO DE COBRE PENTAHIDRATADO 3077 9 1171

89 SULFATO DE ZINC HEPTAHIDRATADO 3077 9 1180

90 SULPOMAG N.R. 8 1189

91 SURFACTANTE 1993 3 1194

92 THINNER 1263 3 1205

93 ULTRASOL MAGNUM P44 1759 8 1230

94 ULTRASOL NKS 46 1479 5.1 1236

95 UREA AGRICOLA N.R. N.R. 1241

96 XANTATO AMÍLICO DE POTASIO 3342 4.2 1244

97 XANTATO ISOPROPILICO DE SODIO 3342 4.2 1250

98 ZINC, GRANULAR 1435 N.R. 1255 Fuente: Plan de contingencia de la empresa PROCESADORA DE TECNOPOR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - PROCETEC S.A.C.

5.3 CUADRO N° 02: Rutas para el Servicio de Transporte Terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos por carretera

RUTAS ORIGEN-DESTINO

01 LIMA – ICA – NASCA – CAMANA – MOLLENDO – ILO – TACNA

02 LIMA – AREQUIPA – PUNO

03 LIMA – PISCO – AYACUCHO – CHINCHEROS - ANDAHUAYLAS

04 LIMA, CORCONA, SAN MATEO, LA OROYA, HUANCAYO, HUANCAVELICA

05 LIMA – TRUJILLO – CHICLAYO – SANTA CRUZ.

06 LIMA, ICA, NASCA, PUQUIO, CHALHUANCA, ABANCAY, CUSCO, PUERTO MALDONADO.

07 LIMA, CALLAO, CERRO DE PASCO

08 LIMA – CALLAO – CHIMBOTE – TRUJILLO – LAMBAYEQUE – PIURA - TUMBES

09 LIMA – HUARAL – HUANUCO – TINGO MARIA – PUCALLPA

10 LIMA – HUARAZ – CARAZ – YURACMARCA – BAMBAS

11 LIMA – TRUJILLO – CHICAMA – CAJAMARCA - CHACHAPOYAS

12 LIMA – CHICLAYO – JAEN – RIOJA – TARAPOTO - YURIMAGUAS

13 PUNO (DESAGUADERO) – CUSCO - HUANCAYO

14 MATARANI – AREQUIPA – ESPINAR – COTABAMBAS

15 ILO – AREQUIPA – ESPINAR – COTABAMBAS

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“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

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16 ILO – MOQUEGUA - JULIACA – ANTAUTA

17 LIMA – CAMANA – AREQUIPA – ESPINAR – COTABAMBAS

18 LIMA – MATARANI – AREQUIPA – CERRO VERDE

19 LIMA - AREQUIPA – LAS YARAS – TACNA – PALCA (MINERA PUCAMARCA).

20 MATARANI – ILO – TACNA

21 MATARANI – LA JOYA – CAYLLOMA – CUSCO

22 LIMA – MINA ANTAMINA (ANCASH)

23 AREQUIPA – PASAMAYO - TUMBES

24 LIMA – MOQUEGUA – TACNA

25 PUNO – MOQUEGUA - TACNA

26 CUSCO – AREQUIPA – TACNA

27 CUSCO – SICUANI – ESPINAR – AREQUIPA - MATARANI

28 CUSCO – SICUANI – ESPINAR – AREQUIPA - ILO

29 CHILLOROYA – ESPINAR – AREQUIPA - MATARANI

30 LAS BAMBAS (CHALLHUAHUACHO) – AREQUIPA - MATARANI

31 (MINERA BATEAS) HUAMBO - MATARANI

32 AREQUIPA – YURA (CEMENTO YURA) - TIQUILLACA

33 MATARANI – AREQUIPA – YURA (CEMENTO YURA) - CARACOTO

34 YURA (CEMENTO YURA) – JULIACA – CARACOTO – SICUANI (CUSCO)

35 MINA TOQUEPALA – CERRO VERDE – YURA (CEMENTO YURA) – JULIACA – CARACOTO.

36 LIMA – LA OROYA - SAN RAMON - VITOC

37 LIMA – CANTA – CULLHUAY – ALPAMARCA – HUALLAY

38 CHURIN – SAYAN – CHANCAY – CALLAO

39 YAULI – MOROCOCHA – MATUCANA – CALLAO

40 MINA UCHUCCHACUA – OYON – CHURIN – SAYAN - CALLAO

41 MINA RAURA (HUANUCO) – OYON – CHURIN – SAYAN – CALLAO – REFINERIA CAJAMARQUILLA.

42 MINA ISCAYCRUZ (CHURIN) – SAYAN – CALLAO – REFINERIA CAJAMARQUILLA.

43 OYON – CHURIN – SAYAN – CALLAO

44 (MILPO) CERRO LINDO – CHINCHA ALTA - CHILCA – CALLAO

45 (MILPO) CERRO LINDO – CHINCHA ALTA - CHILCA – REFINERIA CAJAMARQUILLA.

46 SAN PEDRO DE CORIS – HUANCAYO - LA OROYA – CALLAO

47 TERMINAL CALLAO – CHILCA – CHINCHA ALTA – ASTOBAMBA – HUACHOCOLPA

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“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

“Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia”

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48 TERMINAL CALLAO – TAMBO DE MORA – TINGUE – LARAMARCA

49 TERMINAL CALLAO – PISCO – HUAYTARA – ANCHONGA

50 TERMINAL CALLAO – NASCA – AREQUIPA – ICHUÑA

51 TERMINAL CALLAO – ICA – OCOÑA – CASTILLA (AREQUIPA)

52 TERMINAL CALLAO – PISCO – CARAVELÍ – TAPAY

53 TERMINAL CALLAO – ICA – PUQUIO – CAYARANI

54 TERMINAL CALLAO – PASAMAYO – PATIVILCA – MANAS – GORGOR

55 TERMINAL CALLAO – CHIMBOTE – PACASMAYO – HUALGAYOC

56 TERMINAL CALLAO – ICA – CHALA – CHUMPI

57 TERMINAL CALLAO – CHIMBOTE – TRUJILLO – PULAN

58 TERMINAL CALLAO – CHILCA – SUNAMPE – JULCANI

59 PISCO - CHINCHA ALTA - YAURICOCHA – JULCANI

60 CALLAO - PISCO - MATANARI – ILO

61 ARCATA – CAYLLOMA – YURA - MATARANI

62 PALLANCATA –CASTROVIRREYNA – PISCO – MATARANI

63 MINA INMACULADA – COTAHUASI – CHUQUIBAMBA – MATARANI

64 CHUMBIVILCAS – ESPINAR – IMATA - MATARANI

65 UCHUMAYO – LA REPARTICION – MATARANI

66 CALLAO – NASCA – ISLAY – MINA TOQUEPALA

67 QUELLAVECO – MATARANI – ICA – CALLAO

68 SUYCKUTAMBO – IZCAHUACA – NASCA – CALLAO

69 ANTAUTA – AREQUIPA - CAMANA – PISCO

70 LIMA – ICA – PUQUIO - ARCATA

71 LIMA – PISCO – PUQUIO - ARCATA

72 ARCATA – AREQUIPA - MATARANI

73 LIMA - SAYAN - CHURIN - MALLAY

74 LIMA - LA OROYA - CERRO DE PASCO – UCHUCCHACUA - OYON – MALLAY

75 LIMA – NASCA - ORCOPAMPA

76 AREQUIPA - CORIRE – APLAO - PAMPACOLCA - ORCOPAMPA

77 AREQUIPA – YURA – PATAHUASI - CAYLLOMA

78 AREQUIPA – JULIACA – AZANGARO – SAN ANTON - ANTAUTA

79 JULIACA - AREQUIPA - OCOÑA – PISCO

Page 28: INFORME TÉCNICO N° 115-2021-MTC/16.02

“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

“Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia”

Jirón Zorritos 1203 – Lima - Perú T. (511) 615-7800 www.gob.pe/mtc

80 PALLANCATA - CHINCHA ALTA - CHILCA - LIMA

81 PALLANCATA - NASCA - CAMANA - YURA

82 LIMA – NASCA – PUQUIO – IZCAHUACA – MINA INMACULADA

83 YURA – NASCA – PUQUIO – IZCAHUACA – MINA INMACULADA

84 LIMA – LA OROYA – HUANUCO – CORONEL PORTILLO

85 LIMA – LA OROYA - HUANUCO – TOCACHE - YURIMAGUAS

86 LIMA – LA OROYA – SAN MARTIN DE PANGOA - ATALAYA

87 LIMA – NASCA – CAMANA - LAMPA

88 LIMA – ICA – NASCA - ANTABAMBA

89 LIMA - PISCO - NASCA - LUCANAS

90 LIMA – PASAMAYO – TRUJILLO - CAJABAMBA

91 LIMA – CHIMBOTE - TRUJILLO – SANTA CRUZ

92 LIMA – CHIMBOTE - PATAZ

93 LIMA – CHIMBOTE - TRUJILLO – CHOTA

94 LIMA – CHIMBOTE - SECHURA – TALARA

95 LIMA – CHIMBOTE – TRUJILLO – SANCHEZ CARRION

96 LIMA – CHIMBOTE – TRUJILLO – SANTIAGO DE CHUCO

97 LIMA - CAMANA - APLAO – CHUQUIBAMBA

98 TERMINAL CALLAO – PARAMONGA - RECUAY – AIJA

99 MACUSANI – JULIACA - MATARANI - ILO

100 LIMA – MATUCANA – TARMA – CHANCHAMAYO

101 AREQUIPA – CONDESUYOS – LA UNION

102 AREQUIPA – JULIACA – SAN ANTONIO DE PUTINA – LA RINCONADA

103 AREQUIPA – JULIACA - QUISPICANCHI

104 AREQUIPA – ATICO – CARAVELI - PARINACOCHAS

105 (MINERA BATEAS) CAYLLOMA – CAMANA – ICA - LIMA

106 CARACOTO - CAMANA – ICA - LIMA

107 MATARANI – CAMANA – ICA – LIMA

108 PALLANCATA – ICA – CAMANA – AREQUIPA

109 (MINERA BATEAS) CAYLLOMA – AREQUIPA – MATARANI

110 PIURA – SULLANA – TAMBO GRANDE – LAS LOMAS - AYABACA

111 SECHURA - PIURA - CHULUCANAS - MORROPPON

Page 29: INFORME TÉCNICO N° 115-2021-MTC/16.02

“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”

“Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia”

Jirón Zorritos 1203 – Lima - Perú T. (511) 615-7800 www.gob.pe/mtc

112 PIURA – PAITA - TALARA

113 TALARA – CONTRA ALMIRANTE VILLAR – TUMBES - ZARUMILLA

114 PAITA – CHICLAYO - CHICAMA – CHIMBOTE - CALLAO

115 SALAVERRY – CHIMBOTE – BARRANCA - CALLAO

116 ILO – CHINCHA (RELLENO DE SEGURIDAD ¨HUATIQUMER¨) - CALLAO

117 ILO – CAMANA – ICA - LURIN (RELLENO SANITARIO ¨PORTILO GRANDE¨)

118 PUERTO DEL CALLAO - CHORRILLOS - LURIN (RELLENO SANITARIO ¨PORTILO GRANDE¨)

119 PUERTO DEL CALLAO – AV. NESTOR GAMBETA (MAX OIL S.A.C.)

120 PUERTO DEL CALLAO – VENTANILLA – CARABAYLLO (RELLENO SEGURIDAD ZAPALLAL¨)

121 PUERTO DEL CALLAO – VENTANILLA – (RELLENO SANITARIO ¨MODELO CALLAO¨)

Fuente: Plan de contingencia de la empresa PROCESADORA DE TECNOPOR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - PROCETEC S.A.C.