informe policial

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INFORME POLICIAL Nº -2015-DIRNAOP-REGPOL-PASCO/CIA-HCA- SEINCRI. Asunto : Diligencias realizadas, en torno a la Denuncia Verbal realizada por la persona de Elizabeth BAZAN PUNTO (38), por presunto Acoso Sexual, en agravio de la menor de iniciales R.C.G.B (17), en contra de dos (02) personas de sexo masculino, hecho ocurrido el día 17JUN2015 a horas 16:00 aprox. en el Jr. Progreso (altura del Colegio Antioquia) – Huariaca. - DA CUENTA I. INFORMACIÓN: --- Que, en el Libro de Registro de Actas de Denuncia Verbal que obra en esta Comisaría PNP. De Huariaca, se encuentra una signada: “Nº 036.- HORA: 19.00.- DÍA. 17.- MES: JUNIO.- AÑO: 2015.- ACTA DE DENUNCIA VERBAL Nº 036-2015-DIRNAOP- REGPOL-PASCO/CIA-HCA-SEINCRI.- En el Distrito de Huariaca, siendo las 16.10 horas del día 17JUN2015, se presentó ante el suscrito la persona Elizabeth BAZAN PUNTO (38), natural de Huariaca – Pasco, estado civil casada, ocupación comerciante, identificada con DNI Nº 10696876 y domiciliada en el Pasaje Héroes de la guerra del pacifico s/n (frente a la Comisaria PNP de Huariaca); la misma que denuncia que el dia de la fecha a horas 16.00 aprox., su menor sobrina Rocio del Carmen GUTIERREZ BAZAN (17), identificada con DNI N° 70868679 en circunstancias que se encontraba caminando por el Jr. Progreso altura del Colegio Antioquia, se apareció un auto de color plomo, en el cual se encontraban tres (03) personas de sexo masculino, de los cuales dos que puede reconocer empezaron a proferir palabras obscenas en contra de la menor en un lapso de tres minutos, la misma

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INFORME POLICIAL N-2015-DIRNAOP-REGPOL-PASCO/CIA-HCA-SEINCRI.

Asunto :Diligencias realizadas, en torno a la Denuncia Verbal realizada por la persona de Elizabeth BAZAN PUNTO (38), por presunto Acoso Sexual, en agravio de la menor de iniciales R.C.G.B (17), en contra de dos (02) personas de sexo masculino, hecho ocurrido el da 17JUN2015 a horas 16:00 aprox. en el Jr. Progreso (altura del Colegio Antioquia) Huariaca. - DA CUENTA

1. INFORMACIN:

--- Que, en el Libro de Registro de Actas de Denuncia Verbal que obra en esta Comisara PNP. De Huariaca, se encuentra una signada:N 036.- HORA: 19.00.- DA. 17.- MES: JUNIO.- AO: 2015.- ACTA DE DENUNCIA VERBAL N 036-2015-DIRNAOP-REGPOL-PASCO/CIA-HCA-SEINCRI.- En el Distrito de Huariaca, siendo las 16.10 horas del da 17JUN2015, se present ante el suscrito la persona Elizabeth BAZAN PUNTO (38), natural de Huariaca Pasco, estado civil casada, ocupacin comerciante, identificada con DNI N 10696876 y domiciliada en el Pasaje Hroes de la guerra del pacifico s/n (frente a la Comisaria PNP de Huariaca); la misma que denuncia que el dia de la fecha a horas 16.00 aprox., su menor sobrina Rocio del Carmen GUTIERREZ BAZAN (17), identificada con DNI N 70868679 en circunstancias que se encontraba caminando por el Jr. Progreso altura del Colegio Antioquia, se apareci un auto de color plomo, en el cual se encontraban tres (03) personas de sexo masculino, de los cuales dos que puede reconocer empezaron a proferir palabras obscenas en contra de la menor en un lapso de tres minutos, la misma que refiri dicindoles que no la molestaran porque no la conocen, por lo que dichas personas la insultaron con palabras soeces para luego retirarse del lugar. Lo que de inmediatamente fue a poner en conocimiento de esta Comisaria PNP de Huariaca a denunciar los hechos suscitados.- Lo que denuncia a la PNP para los fines de Ley, firmando la presente Acta e imprimiendo la huella de su ndice derecho en seal de conformidad; en presencia del instructor que certifica. Fdo. EL INSTRUCTOR SO2 PNP PALACIOS YANQUI Darllen Anthony.- Fdo. LA DENUNCIANTE. ---

1. INVESTIGACIONES:

1. Diligencias Preliminares Efectuadas:

1. Oficios Cursados:

Con Oficio N 212-2015-DIRNAOP-REGPOL-PASCO/CIA.HCA-SEINCRI, se solicit al Director del Instituto de Medicina Legal Huariaca, se practique el Examen Psicolgico en la menor de iniciales R.C.G.B (17). ---------------

1. Actas Realizadas:

--- A la Formulacin de la presente investigacin se realizaron las siguientes Actas:

Un(01) Acta de Denuncia Verbal. Un(01) Acta de Intervencin.

1. Otros:

--- A la formulacin de la presente se realizaron los documentos que a continuacin se detallan:

Dos(02) Constancias de Notificacin.

1. Documentos Recepcionados:

1. Procedente del Instituto de Medicina Legal de Pasco, se recepcion los siguientes documentos.

Un(01) Protocolo de Pericia Psicolgica N 149-2015-PSC.

1. ANLISIS DE LOS HECHOS:

1. Que, el da 17JUN2015 a horas 16.10 se present a esta Comisaria PNP de Huariaca, la menor de iniciales R.C.G.B (17), indicando que en ciricusntancias que esta se encontraba al frontis del colegio Antioquia unas personas de sexo masculino a bordo de un vehculo de color plomo la habran acosado sexualmente con palabras, motivo por el cual personal policial de esta sub unindad a . -------------------------------------------------

1. Conforme a lo declarado por Vernica PANDURO RUIZ (24), esta seala segn su declaracin que el da 03SET2012, a horas 12:50 aprox., se encontraba con su seora madre y se diriga al centro educativo Antioquia con el fin de Roger a su menor hijo, instantes en que su madre Juana RUIZ MORALES, se acerca a la persona de Yuliana Cati ARIAS CARHUAS, con fin segn refiere de conversar cosas personales y se producen las agresiones verbales en contra de Juana Ruiz morales por parte de la denunciada, por lo que Vernica PANDURO RUIZ, intento calmar las agresiones y se produjo un forcejeo entre estas resultando de aquello segn refiere con rasguos en los brazos y al intento de defenderse de la denunciada le dio una bofetada en el rostro calmndose esta y continuando su rumbo ambas partes. Refiere la denunciante que el motivo de las Agresiones Verbales y Fsicas se deben a que la denunciada le falt el respeto a su seora madre quien se desempea como Gobernadora del distrito de Huariaca Pasco y que se tratara de un acto bochornoso con el fin de opacar la labor de su madre, asimismo seala no haber estado involucrado con anterioridad en casos similares con la persona de Yuliana Cati ARIAS CARHUAS, al ser preguntada si hubieron personas testigos de los hechos ocurridos el da de las agresiones seala que estuvieron su madre doa Juana Rosa RUIZ MORALES y doa Clelia CUELLO SOTO. --------------------------------------------------------------------------------------

1. De la declaracin de la denunciada Yuliana Cati ARIAS CARHUAS (29), indica no tener amistad, enemistad ni parentesco con su denunciante Vernica PANDURO RUIZ, narra que el da de los hechos 03SET2012, a horas 12:50 aprox., se diriga del mercado del distrito de Huariaca Pasco, con direccin a la Municipalidad del referido distrito en compaa de Clelia CUELLO SOTO, momentos en que se encontr con Hilda CHAVIN GALARZA, con la cual converso un momento, cuando se dispona a alcanzar a su amiga Clelia CUELLO SOTO, fue interceptada segn refiere por la seora Juana Rosa RUIZ MORALES, quien la agredi verbalmente con palabras soeces, la denunciada refiere que la esquivo y en ese instante esta seora la cogi de la boca lastimndole el labio, al mismo tiempo seala que esta le refera ser la Gobernadora de Huariaca, al instante prosigui su camino en ese instante asevera que se acerc la seora Vernica PANDURO RUIZ, quien le dio un golpe en la cabeza que la dejo atnita, asimismo que prosiguieron estas dos personas a maltratarla verbalmente, poco despus se dirigi a la comisara del distrito donde se le expidi su oficio de Reconocimiento Mdico Legal. Al ser preguntada si agredi a la persona de Vernica PANDURO RUIZ, manifest que ella no la lesiono pues cree que est persona se autolesiono. --------------------------------------------------------------- 1. De las preguntas que le hace su abogado defensor contesto puntualmente que vio que la seora Vernica PANDURO RUIZ, haba tenido una pelea en horas de la maana con su pareja sentimental Rolando BERROSPI BECERRA, el mismo que es la ex pareja sentimental de la denunciada Yuliana cati ARIAS CARHUAS, declara que en anterior oportunidad fue agredida Verbal y Fsicamente por parte de Juana Rosa RUIZ MORALES, el da 12AGO2011, en su centro de labores, asimismo presento su denuncia ante el Juez de Paz de Huariaca, y la Gobernacin por lo que adjunta las copias de dicha denuncia y la solicitud de garantas personales; agrega al terminar su declaracin se le recepcione la denuncia en contra de la Gobernadora Juana Rosa RUIZ MORALES, por el Delito de Abuso de Autoridad y Agresiones Fsicas y Psicolgicas, de igual manera a la seora Vernica PANDURO RUIZ, concluye solicitando se realice una investigacin a fondo de los hechos. -----------------------------------------------

1. Que, de la declaracin de la testigo Clelia CUELLO SOTO (42), refiere trabajar en la Municipalidad de Huariaca, contesta tener una amistad laboral con la persona de Yuliana Cati ARIAS CARHUAS y ninguna tipo de relacin con la persona de Vernica PANDURO RUIZ, refiere que e da de los hechos 03SET2012 a horas 12:50 aprox., se encontraba en compaa de Yuliana Cati ARIAS CARHUAS, pasando por el puente conocido como Mosqueta, fue en ese instante que Yuliana se encontr con la persona de Juana RUIZ MORALES, ponindose a conversar de cosas que no llego a escuchar, pero Yuliana sigui su camino casi al instante diciendo que no la tocasen, fue en ese instante que la persona de Juana le toco el labio no percatndose si por este acto se hubiera lastimado dicho lugar Yuliana, mientras se retiraban dijo que llego la persona de Vernica PANDURO RUIZ, quien pregunto a su madre que era lo que suceda contestndole la seora Juana que le haban faltado el respeto y fue as que le dio una cachetada hablndole palabras soeces y poco despus cada parte continuo su rumbo, seala que durante toda la pelea entre estas personas se encontraba a unos diez (10) metros de distancia y que no tuvo participacin en estos hechos, precisa una vez ms al preguntrsele quien agredi en el labio a la persona de Yuliana ARIAS CARHUAS, seala que Juana RUIZ MORALES la toco en el labio pero que no vio en ese instante sangre ni quejas por parte de la supuesta agredida, asimismo que la persona de Vernica PANDURO RUIZ le dio una cachetada a Yuliana en la altura de la sien y el pmulo, indica que no vio que le araaran los brazos a la persona de Vernica PANDURO RUIZ y que tomo conocimiento despus de los hechos que la pelea se debi a un problema sentimental entre Yuliana ARIAS CARHUAS Y Vernica PANDURO RUIZ, por la persona de Cristian BERROSPI BECERRA. ------------------------------------

1. De la declaracin de Juana Rosa RUIZ MORALES (47), quien se desempea como gobernadora del distrito de Huariaca Pasco, es madre de Vernica PANDURO RUIZ y que no tiene amistad ni parentesco con Yuliana Cati ARIAS CARHUAS, indica que el da 03SET2012 a horas 12:50 aprox., que sala de su domicilio con hija Vernica, con la finlidad de recoger a su nieto de su centro educativo, se adelant un par de pasos mientras su hija aseguraba su puerta y cuando se encontraba por el puente Mosqueta vio que se acercaba la seorita Yuliana Cati ARIAS CARHUAS en compaa de Clelia CUELLO SOTO, es que se acerca a Yuliana a preguntar acerca de unos documentos que envi a la municipalidad y en ese momento le contesto de una manera grotesca y con palabras soeces a lo que refiere que la dejo atnita y cuando reaccin le dijo que era una malcriada y esta le volvi a faltar el respeto con palabras soeces, fue en ese instante que menciona que llego su hija y al ver la una supuesta reaccin matonesca por parte de Yuliana la abrazo y le dijo que se fueran, para as esta ltima irse encima de Vernica cogindole los brazos y arandola tratndose de soltar y con ese fin le dio una bofetada a Yuliana, para luego cada parte tomar su rumbo, contesta al ser preguntada de quien agredi a Yuliana Cati ARIAS CARHUAS, que su hija le dio una bofetada por que esta le vena araando los brazos y que no hubieron otro tipo de intercambio de golpes ya sean patas o puetes y que considera que Yuliana se auto lesiono con la finalidad de quedar como vctima, asimismo seala que el motivo de la pelea entre estas personas se dio desde horas de la maana entre Yuliana y Vernica por un problema sentimental ya que su hija tiene una relacin amorosa con la ex pareja sentimental de la Yuliana; indica tambin no haber tenido contacto fsico con Yuliana ARIAS CARHUAS el momento de la discusin. Agrego a su declaracin que no participo en la agresiones que sufriera la seorita Yuliana y que toma este escndalo con un fin poltico para destituirla de su cargo por lo cual considera injustas y que la persona de Yuliana ARIAS CARHUAS la est calumniando y que recurre a la prensa para desprestigiarla. ---------------

1. Que, del examen de Mdico Legal N 002034-L que se le practico a la persona de Vernica PANDURO RUIZ (24), el da 03SET2012 a horas 16.27, presenta las siguientes lesiones: EQUIMOSIS VIOLCEA DE 04 CM X 03 CM EN LA REGIN ANTEROINTERNA TERCIO DISTAL DE BRAZO DERECHO, ASOCIADA A EXCORIACIONES POR FRICCIN EN DICHA ZONA. EXCORIACIN UNGUEAL DE 01 CM EN REGIN POSTERIOR TERCIO MEDIO DEL ANTEBRAZO DERECHO. EXCORIACIN UNGUEAL DE 1 CM EN LA REGIN DEL DORSO DE LA MANO DERECHA ASOCIADA A EQUIMOSIS VIOLCEA VERDOSA A NIVEL DE CUARTO Y QUINTO DEDOS DE MANO DERECHA. EQUIMOSIS VIOLCEA VERDOSA EN REGIN ANTEROEXTERNA TERCIO SUPERIOR DEL ANTEBRAZO IZQUIERDO; cuya conclusin especifica: OCACIONADO POR AGENTE CONTUNDENTE DURO Y ROCE CON SUPERFICIE DURA. OCASIONADO POR UA HUMANA, asimismo arroja como Atencin Facultativa Uno (01) e Incapacidad Mdico Legal Cuatro (04). --------

1. De los documentos presentados por Yuliana Cati ARIAS CARHUAS (29), de la denuncia interpuesta por esta por Faltas contra la Persona presentadas ante el Juzgado de Paz el da 17AGO2011 y las solicitud de Garantas Personales presentada ante la gobernacin de Huariaca el da 13AGO2011, contra Juana Rosa RUIZ MORALES (47), si bien muestra un antecedente de haber tenido problemas con anterioridad entre estas personas, el despacho de las instituciones donde obran las denuncias realizaran sus investigaciones independientemente para el esclarecimiento de lo denunciado y a fin de establecer responsabilidades. ---------------------------------------------------------------------

1. Que del examen Mdico Legal N 002038-L practicada a la persona de Yuliana Cati ARIAS CARHUAS (29), presenta las siguientes lesiones: EQUIMOSIS VERDOSA EN LA REGIN NASOLABIALIZQUIERDA ASOCIADA A TUMEFACCCION PERILESIONAL. EQUIMOSIS ERITAMATOSO-VIOLCEA ASOCIADA A SOLUCION DE CONTINUIDAD EN MUCOSALABIAL INFERIOR A NIVEL CANINO IZQUIERDO, con las siguientes conclusiones: OCACIONADO POR AGENTE CONUNDENTE DURO con Atencin Facultativa Uno (01) e incapacidad Mdico Legal Siete (07). ----------------------------------------------

1. Si bien es cierto que las investigaciones despus de haber culminado con recepcionar las declaraciones de los involucrados, se puede acreditar las lesiones en las personas de Vernica PANDURO RUIZ (24) y Yuliana Cati ARIAS CARHUAS (29), las mismas que se agredieron mutuamente segn sus declaraciones y de las dos personas que presenciaron los hechos, cabe mencionar que se presume que el problema sea de ndole sentimental ya que la persona de Cristian BERROSPI BECERRA es el ex enamorado de Yuliana CARHUAS ARIAS y la actual pareja de Vernica PANDURO RUIZ por lo que hubiera una posible enemistad por estos motivos, siendo el posible causante de esta pelea los celos, asimismo de las declaraciones se puede extraer que Yuliana Cati ARIAS CARHUAS (29), seala a Juana Rosa RUIZ MORALES (47), como su presunta agresora, negando esta ltima haber tenido contacto fsico se las ocasiono Vernica PANDURO RUIZ ya que menciona haber abofeteado a Yuliana Cati ARIAS CARHUAS en el intento de zafarse ya que esta ultima la venia sosteniendo y araando los brazos, as como lo ratifica en su declaracin Clelia CUELLO SOTO, que presencio el golpe que le dio est a la altura de la cien y el pmulo, menciona de la misma forma que Juana RUIZ MORALES cogi la boca de Yuliana pero no afirma a ver visto que sangrara o se quejara de este acto en el instante de la gresca. -----------------------------------------------------------------------------

1. SITUACIN DE LOS IMPLICADOS:

--- Que, las personas de Yuliana ARIAS CARHUAS (29), Clelia CUELLO SOTO (42), Juana RUIZ MORALES (47) y Vernica PANDURO RUIZ (24), se encuentran como NOTIFICADAS.

1. ANEXOS:

--- Se adjunta los siguientes documentos:

Cinco(05) Declaraciones. Cuatro(04) Notificaciones de Detencin. Cuatro(04) Acta de Lectura de Derecho del Investigado. Cuatro(04) Actas de Lectura de Derechos al Imputado. Cuatro(04) Actas de Registro Personal. Cuatro(04) Hoja de Datos. Un(01) Certificado Mdico Legal N 001341-L. Un(01) Acta de Reconocimiento Fsico. Un(01) Acta de Inspeccin Tcnica Policial. Un(01) Acta de Denuncia Verbal. Un(01) Acta de Intervencin Policial. Una(01) Constancia. Una(01) Declaracin Jurada de Domicilio. Una (01) Copia Xerogrfica de Tarjeta de Propiedad. Una (01) Copia Xerogrfica de Licencia de Conducir.

Huariaca, 25 de Junio del 2012.

ES CONFORMEEL INSTRUCTOR