informe n° 7 del observatorio de medios “carmen clemente travieso” - caso: el heraldo

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Caracas, 3 de noviembre de 2014 Informe N° 7 del Observatorio de Medios “Carmen Clemente Travieso” Análisis realizado por el Observatorio de Medios "Carmen Clemente Travieso", al medio impreso “El Heraldo", con el fin de evaluar la imagen de la mujer en sus contenidos, y de velar por la ausencia de violencia contra las mujeres. Este estudio se hace luego de haber detectado, a simple vista, la publicación de fotografías de carácter pornográficas. Marco Jurídico Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Artículo 58. La comunicación es libre y plural, y comporta los deberes y responsabilidades que indique la ley. Toda persona tiene derecho a la información oportuna, veraz e imparcial, sin censura, de acuerdo con los principios de esta Constitución, así como a la réplica y rectificación cuando se vea afectada directamente por informaciones inexactas o agraviantes. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir información adecuada para su desarrollo integral.

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Page 1: Informe N° 7 del Observatorio de Medios “Carmen Clemente Travieso” - Caso: El Heraldo

Caracas, 3 de noviembre de 2014

Informe N° 7 del Observatorio de Medios “Carmen Clemente Travieso”

Análisis realizado por el Observatorio de Medios "Carmen Clemente Travieso", al medio impreso “El Heraldo", con el fin de evaluar la imagen de la mujer en sus contenidos, y de velar por la ausencia de violencia contra las mujeres. Este estudio se hace luego de haber detectado, a simple vista, la publicación de fotografías de carácter pornográficas.

Marco Jurídico

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

Artículo 58. La comunicación es libre y plural, y comporta los deberes y responsabilidades que indique la ley. Toda persona tiene derecho a la información oportuna, veraz e imparcial, sin censura, de acuerdo con los principios de esta Constitución, así como a la réplica y rectificación cuando se vea afectada directamente por informaciones inexactas o agraviantes. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir información adecuada para su desarrollo integral.

Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

Artículo 15. Se consideran formas de violencia de género en contra de las mujeres, las siguientes:

15. Violencia mediática: Se entiende por violencia mediática la exposición, a través de cualquier medio de difusión, de la mujer, niña o adolescente, que de manera directa o indirecta explote, discrimine, deshonre, humille o que atente contra su dignidad con fines económicos, sociales o de dominación.

Page 2: Informe N° 7 del Observatorio de Medios “Carmen Clemente Travieso” - Caso: El Heraldo

17. Violencia simbólica: Son mensajes, valores, iconos, signos que transmiten y reproducen relaciones de dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales que se establecen entre las personas y naturalizan la subordinación de la mujer en la sociedad.

Descripción metodológica del estudio

Universo analizado: Ediciones impresas del semanario “El heraldo”.Método de selección: Aleatorio.Muestra seleccionada: Ediciones impresas del semanario “El heraldo” del 17 de octubre al 31 de octubre de 2014. Categorías a evaluar:

Cantidad de publicaciones relacionadas con las mujeres, y número de ellas que constituyen un acto de violencia.

Recursos discursivos empleados para ejercer violencia contra la mujer (en un mismo caso de violencia, se pueden encontrar varios recursos discursivos):

- Estereotipación: Asignación de características intelectuales, emocionales y físicas, a las mujeres por la condición de mujeres, con el objetivo de naturalizar la opresión contra ellas.

- Cosificación: Representación y tratamiento de una persona (mujer) como a un objeto (una cosa no pensante que puede ser usada como se desee).

- Cosificación sexual: Tratamiento a una persona (mujer) como un objeto sexual, ignorando sus cualidades y habilidades intelectuales y personales y reduciéndolas a meros instrumentos para el deleite sexual de otra persona.

- Espectacularización: Es la sobreexposición de la imagen de la mujer con fines violentos, como la mercantilización del cuerpo femenino o la apología a los delitos contra las mujeres.

Page 3: Informe N° 7 del Observatorio de Medios “Carmen Clemente Travieso” - Caso: El Heraldo

Hallazgos

En el estudio realizado a 3 publicaciones consecutivas del semanario "El Heraldo", se encontró que en promedio esta empresa informativa hace 44.3 publicaciones por emisión, de ellas una media de 4.33 contenidos se relacionan con las mujeres, y de este último número 3 constituyen un acto de violencia contra la mujer, basando esta cifra en el mismo cálculo de promedio.

Resultados:Viernes, 17 de octubre de 2014: 45 publicaciones, 4 relacionadas a mujeres (3 de ellas constituyen un acto de violencia contra la mujer).Viernes, 24 de octubre de 2014: 43 publicaciones, 5 relacionadas a mujeres (3 de ellas constituyen un acto de violencia contra la mujer).Viernes, 31 de octubre de 2014: 45 publicaciones, 4 relacionadas a mujeres (3 de ellas constituyen un acto de violencia contra la mujer).

Gráfico A:

Contenidos por emisión Contenidos relacionados con las mujeres

0

5

10

15

20

25

30

35

40

4540

4.3

Cantidad de publicaciones relacionadas con las mujeres

Cantidad de publicaciones relacionadas con las mu-jeres

Fuente: Observatorio de Medios "Carmen Clemente Travieso", (noviembre, 2014).

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Gráfico B:

Contenidos relacionados con las mujeres

Contenidos violentos contra las mujeres

0

0.5

1

1.5

2

2.5

3

3.5

4

4.5

5

4.3

3

Cantidad de publicaciones relacionadas con las mujeres, y número de ellas que constituyen un acto de violencia.

Cantidad de publicaciones relacionadas con las mu-jeres, y número de ellas que constituyen un acto de violencia.

Fuente: Observatorio de Medios "Carmen Clemente Travieso", (noviembre, 2014).

Gráfico C:

0

0.5

1

1.5

2

2.5

3

3.5

3

1

3 3

Recursos discursivos empleados para ejercer violencia contra la mujer

Recursos discursivos empleados para ejercer violencia contra la mujer

Fuente: Observatorio de Medios "Carmen Clemente Travieso", (noviembre, 2014).

Page 5: Informe N° 7 del Observatorio de Medios “Carmen Clemente Travieso” - Caso: El Heraldo

Anexo A:

- Viernes, 24 de octubre de 2014. Página 31. Estereotipación a través de caricatura.

Publicaciones pornográficas

Anexo B- Viernes, 17 de octubre de 2014. Contraportada. Semanario El heraldo:

Page 6: Informe N° 7 del Observatorio de Medios “Carmen Clemente Travieso” - Caso: El Heraldo

Anexo C- Viernes, 24 de octubre de 2014. Contraportada. Semanario El heraldo:

Anexo D- Viernes, 24 de octubre de 2014. Contraportada. Semanario El heraldo:

l

Page 7: Informe N° 7 del Observatorio de Medios “Carmen Clemente Travieso” - Caso: El Heraldo

Anexo E:

- Viernes, 24 de octubre de 2014. Página 31. Humanización de animales, con el fin de vender una noticia, mediante sugerencias sexuales que cosifican la imagen de las mujeres.

Conclusiones

Lo hallado por el Observatorio de Medios “Carmen Clemente Travieso”, durante la evaluación al semanario “El Heraldo”, evidenció gran ausencia de contenidos informativos referentes a las mujeres (invisibilización); al tiempo que aquellas publicaciones relacionadas con mujeres representaban, mayoritariamente, un acto de violencia contra estas. Es sistemático el uso de fotografías pornográficas de mujeres para la mercantilización.