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<liD Nafarroako Gobernua m Gobierno de Navarra Kultura, Kirol eta Departamento de Cultura, Gazteria Departamentua Deporte y Juventud Idazkaritza Tekniko Nagusia Secretaria General Técnica Araubide Juridikoaren Atala Sección de Régimen Jurídico Navarrería, 39-1. 31001 PAMPLONAIIRUÑA Tel. 848 42 46 45 [email protected] En relación con la aprobación de un Convenio entre el Depm1amento de Cultura, Deporte y Juventud y el Ayuntamiento de Tudela que regule el depósito y la cesión en uso de la colección "César Muñoz Sola" al Ayuntamiento de Tudela por cincuenta años, para su exposición permanente en el Museo Muñoz Sola de Arte Moderno, se emite el siguiente INFORME JURÍDICO ANTECEDENTES DE HECHO 1.- Por el Servicio de Museos se emite informe en el que se justifica la necesidad de aprobar un Convenio entre el Depm1amento de Cultura, Deporte y Juventud y el Ayuntamiento de Tudela que regule el depósito y la cesión en uso de la colección "César Muñoz Sola" al Ayuntamiento de Tudela por cincuenta años, para su exposición permanente en el Museo Muñoz Sola de Arte Moderno. En el año 2000 se firmó con su propietario, Tomás Muñoz Asensio, hijo del pintor, un contrato de arrendamiento de la colección Muñoz Sola con una duración de cuatro años y opción de compra, que fue prorrogado hasta 2013. El destino de la colección arrendada era conformar la colección estable del Museo Muñoz Sola de AI1e Moderno, una infraestructura museística propiedad del Ayuntamiento de Tudela pero en cuya creación tuvo participación económica el Gobierno de Navarra. Este Museo fue reconocido por ministerio de la Ley Foral 10/2009, de 2 de julio, de Museos y Colección Museográficas Permanentes y pertenece al Sistema de Museos de Navarra. Ofrece un servicio público de conservación, estudio y difusión de una colección de pintura francesa de los siglos XIX Y XX Y de una selección de la obra del pintor tudelano Muñoz Sola, así como otros programas públicos de arte contemporáneo. En contrato de donación, firmado el 6 de abril de 2016, don Tomás Muñoz Asensio expresó su voluntad de hacer donación pura y simple, intervivos e irrevocable de las obras

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<liD Nafarroako Gobernua m Gobierno de Navarra

Kultura, Kirol eta ~ Departamento de Cultura, Gazteria Departamentua Deporte y Juventud

Idazkaritza Tekniko Nagusia Secretaria General Técnica Araubide Juridikoaren Atala Sección de Régimen Jurídico Navarrería, 39-1. 31001 PAMPLONAIIRUÑA Tel. 848 42 46 45 [email protected]

En relación con la aprobación de un Convenio entre el Depm1amento de Cultura, Deporte

y Juventud y el Ayuntamiento de Tudela que regule el depósito y la cesión en uso de la

colección "César Muñoz Sola" al Ayuntamiento de Tudela por cincuenta años, para su

exposición permanente en el Museo Muñoz Sola de Arte Moderno, se emite el siguiente

INFORME JURÍDICO

ANTECEDENTES DE HECHO

1.- Por el Servicio de Museos se emite informe en el que se justifica la necesidad de

aprobar un Convenio entre el Depm1amento de Cultura, Deporte y Juventud y el

Ayuntamiento de Tudela que regule el depósito y la cesión en uso de la colección "César

Muñoz Sola" al Ayuntamiento de Tudela por cincuenta años, para su exposición

permanente en el Museo Muñoz Sola de Arte Moderno.

En el año 2000 se firmó con su propietario, Tomás Muñoz Asensio, hijo del pintor, un

contrato de arrendamiento de la colección Muñoz Sola con una duración de cuatro años y

opción de compra, que fue prorrogado hasta 2013. El destino de la colección arrendada

era conformar la colección estable del Museo Muñoz Sola de AI1e Moderno, una

infraestructura museística propiedad del Ayuntamiento de Tudela pero en cuya creación

tuvo participación económica el Gobierno de Navarra.

Este Museo fue reconocido por ministerio de la Ley Foral 10/2009, de 2 de julio, de

Museos y Colección Museográficas Permanentes y pertenece al Sistema de Museos de

Navarra. Ofrece un servicio público de conservación, estudio y difusión de una colección

de pintura francesa de los siglos XIX Y XX Y de una selección de la obra del pintor

tudelano Muñoz Sola, así como otros programas públicos de arte contemporáneo.

En contrato de donación, firmado el 6 de abril de 2016, don Tomás Muñoz Asensio

expresó su voluntad de hacer donación pura y simple, intervivos e irrevocable de las obras

que integran la Colección "CESAR MUÑOZ SOLA", a favor del Gobierno de Navarra,

con el fin de que, preferentemente, fuera destinada de forma permanente a su exposición

al público en el Museo de Arte Muñoz Sola de Tudela.

En el informe emitido se manifiesta que la Dirección General de Cultura-Institución

Príncipe de Viana considera que este conjunto de obras pictóricas componen la colección

permanente de un equipamiento museístico público desde su creación en 2001 , con la

cual se ha construido el discurso museográfico y que sustenta la actividad pública y

educativa del centro. Su donación por parte del propietario ha contribuido a dar

estabilidad al equipamiento y a consolidar su actividad, siendo voluntad del

Departamento de Cultura, Depo11e y Juventud que la colección siga estando

preferentemente adscrita con carácter permanente al Museo Muñoz Sola de Arte Moderno

de Tudela, un equipamiento propiedad del Ayuntamiento de Tudela, quien lo gestiona a

través de la EPEL Castel Ruiz.

2.- Por Resolución 187/2016, de 31 de mayo, de la Directora General del Presupuesto, se

acepta la donación efectuada por don Tomás Muñoz Asensio de las obras que integran la

colección "César Muñoz Sola" a favor del Gobierno de Navarra y se autoriza su cesión

gratuita al Ayuntamiento de Tudela por un periodo de cincuenta años para su exposición

permanente en el Museo Muñoz Sola de Arte Moderno de la localidad; esta resolución

establece que el condicionado de la cesión se recogerá en el convenio a suscribir entre el

Departamento de Cultura, Deporte y Juventud y el Ayuntamiento de Tudela que figura

como anexo en la misma.

3.- La Comunidad Foral de Navarra, tal y como se señala en el artículo 44.9 de la Ley

Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de reintegración y amej oramiento del Régimen Foral

de Navarra, tiene atribuida la competencia exclusiva en materia de patrimonio histórico,

artístico, monumental , arquitectónico, arqueológico y científico. La Ley Foral 14/2005 , de

22 de noviembre, del Patrimonio Cultural de Navarra establece en su artículo 4 las

competencias que corresponden a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra

OÍD Nafarroako Gobernua m Gobierno de Navarra

Kultura, Kirol eta ~ Departamento de Cultura, Gazteria Departamentua Deporte y Juventud

Idazkaritza Tekniko Nagusia Secretaría General Técnica Araubide Juridikoaren Atala Sección de Régimen Jurídico Navarrería, 39-1. 31001 PAMPLONNlRUÑA Tel. 848 42 46 45 [email protected]

en relación con el Patrimonio Cultural de Navarra, entre las que se encuentran el fomento

y la divulgación de los bienes del Patrimonio Cultural de Navarra; en el artículo 3 de la

citada Ley Foral se señala que la Administración de la Comunidad Foral de Navarra

colaborará con las entidades locales en orden a la recuperación, conservación,

acrecentamiento y divulgación del Patrimonio Cultural de Navarra.

Por último, el artículo 9.1 de la Ley Foral 14/2005 establece que la Administración de la

Comunidad Foral ejercerá sus competencias en materia de Patrimonio Cultural a través

del Departamento competente en materia de cultura.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

1.- El expediente objeto del presente informe tiene por objeto la celebración de un

convenio entre el Departamento de Cultura, Deporte y Juventud y el Ayuntamiento de

Tudela que regule el depósito y la cesión en uso de la colección "César Muñoz Sola" al

Ayuntamiento de Tudela por cincuenta años, para su exposición permanente en el Museo

Muñoz Sola de Arte.

2.- Los convenios de colaboración se encuentran excluidos del ámbito de aplicación de la

Ley Foral 6/2006, de 9 de Junio, de Contratos Públicos, en vitiud de lo establecido en su

atiículo 29.2, según el cual quedan excluidos de su ámbito: "La presente Ley Foral no

será de aplicación a los convenios que, con un objeto distinto de los contratos de obra,

suministro o asistencia, celebren las Administraciones Públicas entre sí o con otros

Organismos o Entidades Públicas; tampoco será de aplicación a los convenios de

colaboración que, con arreglo a las normas específicas que los regulan , celebren las

anteriores entidades con personas físicas o jurídicas sujetas al Derecho Privado, siempre

que su objeto sea diferente del de dichos contratos".

Tal y como se desprende del informe emitido por el Servicio de Museos, el convenio

propuesto es un negocio jurídico que articula la cesión de la colección "César Muñoz

Sola", cuyas obras figuran en el anexo que acompaña al convenio, así como la

colaboración entre los firmantes para llevar a cabo una actuación en respuesta de

objetivos compartidos sin que ninguna de las partes tenga ningún tipo de interés

patrimonial; en definitiva, se trata de ordenar una actuación conjunta para la satisfacción

del interés público.

3.- El artículo 88.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la

Comunidad Foral de Navarra (LFACFN) establece que la Administración de la

Comunidad Foral de Navarra podrá suscribir convenios de colaboración con las demás

Administraciones Públicas en el ámbito de sus respectivas competencias.

A los efectos previstos en el artículo 88.4 LF ACFN, el instrumento de formalización del

convenio de colaboración especifica: los órganos que lo suscriben y la capacidad jurídica

con la que actúa cada una de las partes; la competencia que ejerce cada Administración;

las actuaciones que se acuerdan desarrollar y el plazo de vigencia.

4. - La firma del Convenio supone la cesión en uso de la colección "César Muñoz Sola"

al Ayuntamiento de Tudela por un periodo de cincuenta años. Tal y como dispone el

artículo 46.1 de la Ley Foral 14/2007, de 4 de abril, del Patrimonio de Navarra, "el uso de

los bienes muebles patrimoniales y derechos incorporales podrán ser cedidos

gratuitamente por el Departamento competente en materia de patrimonio". Consta en el

expediente la autorización de la cesión de la colección al Ayuntamiento de Tudela

contenida en la Resolución 187/2016, de 31 de mayo, de la Directora General del

Presupuesto. En el convenio se detallan todos los extremos a los que hace referencia el

artículo 44.2 de la citada Ley Foral, como la finalidad a la que han de destinarse los

bienes cedidos, la obligación del mantenimiento de la actividad, la prohibición de

enajenar o gravar los bienes y el plazo de cesión, que se fija en cincuenta años.

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Kultura, Kirol eta ~ Departamento de Cultura, Gazteria Departamentua Deporte y Juventud

Idazkaritza Tekniko Nagusia Secretaria General Técnica Araubide Juridikoaren Atala Sección de Régimen Jurídico Navarrería, 39-1 . 31001 PAMPLONNlRUÑA Tel. 848 42 46 45 [email protected]

5.- Conforme al artículo 91 LFACFN, corresponde al Gobierno de Navarra la aprobación

del presente Convenio, adjuntándose su texto al Acuerdo de Gobierno propuesto. Como

parte firmante, por parte del Gobierno de Navarra, se designa a la Consejera de Cultura,

Deporte y Juventud, de acuerdo con el m1ículo 90.1 LFACFN.

6.- El presente expediente está sujeto a la fiscalización previa por parte de la Intervención

General de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.l.a) del Decreto Foral 31 /2010, de 17

de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Control Interno.

7.- Finalmente, ha de señalarse que el informe del Registro de Convenios y Acuerdos,

previo a la tramitación del Protocolo, que regula el artículo 6 del Decreto Foral 43/2010,

de 9 de agosto, tiene carácter potestativo. En aplicación del artículo 7 de tal disposición la

Secretaría General Técnica deberá tramitar la inscripción, en el plazo de quince días

hábiles desde su firma, en el citado Registro.

CONCLUSIÓN

A la vista de lo anteriormente expuesto, se considera que la firma de un convenio de

colaboración entre el Departamento de Cultura, Deporte y Juventud y el Ayuntamiento de

Tudela que regule el depósito y la cesión en uso de la colección "César Muñoz Sola" al

Ayuntamiento de Tudela por cincuenta años, para su exposición permanente en el Museo

Muñoz Sola de Arte Moderno, es conforme a Derecho.

Pamplona, a 15 de junio de 2016

EL SECRETA

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