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REPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIN
UNIVERSITARIA, CIENCIA Y TECNOLOGA
INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGA DEL ESTADO BOLVAR
PNF EN INFORMTICA
PROYECTO SOCIO-TECNOLGICO I
TRAYECTO I SEMESTRE II
INFORME FINAL DEL PROYECTO
SOCIOTECNOLGICO I
SOPORTE TCNICO A USUARIAS,
USUARIOS Y EQUIPOS
GRUPO N 4 SECCIN 4M-INF-II TURNO MAANA
CIUDAD BOLVAR, 01 DE JULIO DE 2015
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ndice General
IDENTIFICACIN DEL PROYECTO .............................................................. 3
CAPTULO I.................................................................................................... 4
EL PROBLEMA .............................................................................................. 4
DESCRIPCIONES DE LAS PROBLEMTICAS RELACIONADAS CON LAS
REAS DE SABERES, LAS CIENCIAS BSICAS DE LA COMPUTACIN,
EL PROYECTO CANAIMA EDUCATIVO Y LAS CANAIMITAS. .................. 6
GOOGLE MAPS ........................................................................................... 10
GOOGLE EARTH ......................................................................................... 11
EQUIPOS TCNICOS DE LA INSTITUCIN............................................... 12
OBJETIVOS DEL PROYECTO SOCIOTECNOLGICO I ........................... 12
CAPTULO II ................................................................................................. 14
MARCO TERICO ....................................................................................... 14
BASES TERICAS ...................................................................................... 14
BASES LEGALES ........................................................................................ 16
BASES TCNICAS ...................................................................................... 37
PLANIFICACIN DE LA ALFABETIZACIN TECNOLGICA .................. 38
MICROCLASES ........................................................................................... 42
CAPTULO III ................................................................................................ 45
MARCO METODOLGICO.......................................................................... 45
MATRIZ F.O.D.A. ....................................................................................... 51
ENFOQUE DEL MARCO LGICO .............................................................. 52
CAPTULO IV ............................................................................................... 56
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES................................................ 56
IMPACTOS CAUSADOS EN LA INSTITUCIN EDUCATIVA ................... 56
CAPTULO V ................................................................................................ 59
PROPUESTA DE SOLUCIN ...................................................................... 59
ANEXOS ....................................................................................................... 58
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ALFABETIZADORES C.I.
Erick Flores 25.036.498
Jefferson Alfaro 25.087.093
ngel Ramos 25.361.387
Mara Castillo 26.512.109
TUTORES DEL PROYECTO
TCNICO Ing. Jocenh Blanco.
INSTITUCIONAL Lcda. Milagro Velsquez.
ACADMICA MSc. Carmen Daz.
TTULO DEL PROYECTO SOCIOTECNOLGICO I
Alfabetizacin Tecnolgica a Alumnas, Alumnos y Docente de Aula del 5to
Grado Seccin A Beneficiarios del Proyecto Canaima Educativo de la
Unidad Educativa Estadal Bachiller Felipe Hernndez Ubicada en la
Parroquia Marhuanta de Ciudad Bolvar, Municipio Heres del Estado Bolvar
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CAPTULO I
EL PROBLEMA
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA EXISTENTE
En el 5to Grado Seccin A de la Unidad Educativa Estadal Br.
Felipe Hernndez, Las Alumnas y Los Alumnos, presentan
desconocimiento acerca de la utilizacin idnea de las Porttiles Canaimas,
su Sistema Operativo y los Programas de Grado que poseen. Algo que
apoya an ms la situacin de las Alumnas y los Alumnos, es el que la
Docente de Aula no cuenta con los conocimientos necesarios sobre los
Programas de Grado de las Canaimitas as como el Analfabetismo en cuanto
al uso de las mismas, lo que agrava ms el problema, cabe destacar que el
plantel cuenta con una sala de Computacin la cual no est en
funcionamiento, por la inoperatividad que presentas sus equipos, lo que
tambin es factor a la situacin que presentan los Alumnos, adems de que
no se cuenta con acceso a Internet en la Institucin.
DESCRIPCIN DE LA INSTITUCIN EDUCATIVA ABORDADA
Cuenta con una Infraestructura muy Espaciosa, la cual se compone de
01 Direccin, rea Administrativa, 01 Sala de Computacin, 01 Cocina, 06
Aulas de Educacin Primaria, 02 Aulas de Preescolar, 01 Biblioteca, 01
Cantina, 01 Bao de nias, 01 Baos de Nios, posee un Patio Central para
la realizacin de Actividades Recreativas, actualmente se est construyendo
una Cancha a un lado de la escuela, para la futura realizacin de Actividades
Deportivas.
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RESEA HISTRICA DEL PLANTEL
La Unidad Educativa Estadal Br. FELIPE HERNNDEZ est
ubicada en la calle Carutal de Casanova Norte en la Parroquia Marhuanta a
nivel del Km. 8 Paseo Simn Bolvar, va Pto. Ordaz. Fue fundada en el ao
1.953, con el nombre de Escuela Rural Dr. Rafael Velsquez Mrquez, bajo
la coordinacin de la Prof. Nelly Griffn.
En el ao 1.966, a esta Institucin le cambian su nombre por Escuela
Graduada Br. Felipe Hernndez, en honor a un gran maestro, que siempre
dedic parte de su vida al logro de los fines y objetivos del quehacer
educativo.
En sus inicios como escuela graduada, tuvo como directora a la Prof.
Juanita Romero de Franco, cont con una Matrcula de 65 alumnos y una
infraestructura de 02 aulas. Ese mismo ao fue creado el Preescolar Especial
N. 48.
Actualmente su Personal Directivo lo conforman: Director El Prof.
Ilven Chire, 01 Coordinadora Pedaggica. Adems cuenta con 12 Docentes
de aula, 04 docentes de Educacin Inicial, 02 Docentes de Educacin
Fsica, 02 Docentes del Centro de Recursos para el Aprendizaje, 01 Docente
para la Diversidad Funcional y 01 Defensora Escolar. 05 Administrativos, 10
Obreros, una Matrcula de 507 Alumnos desde Educacin Inicial hasta Sexto
grado.
Su Infraestructura, es muy espaciosa, pero no cuenta con el nmero
de aulas requeridas para funcionar en un solo turno, por lo tanto a partir del
mes de enero del 2003, fue necesario implementar el doble turno, dividiendo
el personal en dos grupos para atender la misma matricula existente.
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DESCRIPCIONES DE LAS PROBLEMTICAS RELACIONADAS CON LAS
REAS DE SABERES, LAS CIENCIAS BSICAS DE LA COMPUTACIN,
EL PROYECTO CANAIMA EDUCATIVO Y LAS CANAIMITAS.
HARDWARE
PROBLEMAS
( ASPECTOS NEGATIVOS)
POTENCIALIDADES
( ASPECTOS POSITIVOS )
Hardware de los Equipos al cual no
se le ha realizado Mantenimiento
Preventivo.
Funcionamiento estable del
Hardware de los Equipos.
SOFTWARE
PROBLEMAS
( ASPECTOS NEGATIVOS)
POTENCIALIDADES
( ASPECTOS POSITIVOS )
Programas Desactualizados. Programas con un ptimo
Funcionamiento.
Sistema Operativo de los Equipos Descontinuado (Sin Apoyo de
Soporte Tcnico).
Funcionamiento Estable del Sistema Operativo.
INFORMTICA
PROBLEMAS
( ASPECTOS NEGATIVOS)
POTENCIALIDADES
( ASPECTOS POSITIVOS )
Sala de Computacin en
Condiciones Deplorables.
Ningn Aspecto para destacar.
Equipos de Computacin
Inoperativos.
Equipos del rea Administrativa en
buen Funcionamiento.
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TELEMTICA
PROBLEMAS
( ASPECTOS NEGATIVOS)
POTENCIALIDADES
( ASPECTOS POSITIVOS )
La Institucin no cuenta con acceso
a Internet.
Ningn Aspecto para destacar.
PROYECTO CANAIMA EDUCATIVO
PROBLEMAS
( ASPECTOS NEGATIVOS)
POTENCIALIDADES
( ASPECTOS POSITIVOS )
Violacin de Material Educativo para
el Estudio de las Alumnas y
Alumnos.
Programas de Grados Instalados.
Docente de Aula que no cuentan con los Conocimientos Necesarios de
Canaima Educativo.
Docente de aula con ciertos
conocimientos sobre el uso y manejo
de las Canaimas.
CANAIMITAS
PROBLEMAS
( ASPECTOS NEGATIVOS)
POTENCIALIDADES
( ASPECTOS POSITIVOS )
Ejecucin Inadecuada del Soporte
Tcnico a ciertos Equipos, por parte
de Organismos Encargados de ello.
Ningn Aspecto para destacar.
Canaimitas que no cuentan con
Cargadores.
Canaimas Cargadas en sus Hogares
o el Aula de Clases.
Canaimas con varias teclas faltantes. Los teclados de las Canaimas ejecutan correctamente su funcin
asignada.
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COMUNIDAD BENEFICIADA:
Unidad Educativa Estadal Bachiller Felipe Hernndez.
NUMERO DE BENEFICIADOS Y BENEFIACIADAS:
37 Alumnas, Alumnos y La Docente de Aula.
GRADO: 5to SECCION: A TURNO: Maana
ENTES U ORGANISMOS INVOLUCRADOS:
CANTV.
Instituto Universitario de Tecnologa del Estado Bolvar.
Unidad Educativa Estadal Bachiller Felipe Hernndez.
Fundacite.
Infocentro.
Centro Bolivariano de Informtica y Telemtica.
INFRAESTRUCTURA DONDE SE EJECUT EL PROYECTO:
Aula de Clases del Grado 5to, Seccin A de la Unidad Educativa Estadal
Bachiller Felipe Hernndez.
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UBICACIN GEOGRFICA:
LOCALIDAD: Ciudad Bolvar
PARROQUIA: Marhuanta
BARRIO, SECTOR O URBANIZACIN: Casanova Norte
DIRECCIN EXACTA:
Paseo Simn Bolvar Km. 8, Va Puerto Ordaz, Casanova Norte, Calle
Carutal, a 200 Mt. Del Liceo Tcnico Comercial Juan Bautista Farrera.
PUNTOS DE REFERENCIAS:
1.-Ambulatorio de Casanova Norte
2.- Liceo Tcnico Comercial Juan Bautista Farrera
3.- Altura del Km 8 va Pto. Ordaz
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GOOGLE MAPS
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GOOGLE EARTH
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EQUIPOS TCNICOS DE LA INSTITUCIN
INVENTARIO DE LOS EQUIPOS
La Institucin cuenta con Equipos de una Sala de Computacin no
operativa, por problemas que presentan dichos Equipos, El rea
Administrativa cuenta con 2 equipos los cuales estn Operativos y constan
de las Siguientes Caractersticas:
Sistema operativo Windows XP SP3.
AMD Athlon x2 Dual Core Procesador 4050e 2.10 GHz
Memoria RAM DDR2 de 1 GB.
Tarjeta Madre ECS, modelo Iris 8.
Disco duro Toshiba con 160 GB de almacenamiento y 7200 RPM de
velocidad de trabajo.
Unidades lectora/grabadora de CD/DVD y disquetera.
Teclado estndar.
Ratn ptico marca Compaq.
Monitor LCD marca Compaq.
OBJETIVOS DEL PROYECTO SOCIOTECNOLGICO I
GENERAL:
Alfabetizar Tecnolgicamente a Alumnas, Alumnos y Docente de Aula del 5to
Grado Seccin A Beneficiarios del Proyecto Canaima Educativo de la
Unidad Educativa Estadal Bachiller Felipe Hernndez Ubicada en la
Parroquia Marhuanta de Ciudad Bolvar, Municipio Heres del Estado Bolvar
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OBJETIVOS ESPECFICOS:
1. Analizar los Datos recolectados en el 5to Grado Seccin A de la
Institucin Educativa Seleccionada.
2. Identificar los Problemas existentes en la Ejecucin del Proyecto
Canaima Educativo.
3. Formular alternativas de solucin a los Problemas detectados.
4. Ejecutar el Plan Nacional de Alfabetizacin Tecnolgica
5. Fortalecer al Proyecto Canaima Educativo en el 5to Grado Seccin A
de la Unidad Educativa Estadal Bachiller Felipe Hernndez.
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CAPTULO II
MARCO TERICO
BASES TERICAS
SOFTWARE LIBRE:
Es la denominacin del software que respeta la libertad de todos los
usuarios que adquirieron el producto y, por tanto, una vez obtenido el mismo,
puede ser usado, copiado, estudiado, modificado, y redistribuido libremente
de varias formas. Un programa es software libre si otorga a los usuarios
todas estas libertades de manera adecuada. De lo contrario no es libre.
Existen diversos esquemas de distribucin que no son libres, y si bien
podemos distinguirlos en base a cunto les falta para llegar a ser libres,
nosotros los consideramos contrarios a la tica a todos por igual.
ALFABETIZACIN TECNOLGICA EN SOFTWARE LIBRE:
Es un Derecho Fundamental para todos los Seres Humanos y en
Venezuela, desde el ao 2000, El Gobierno Bolivariano comenz su
avanzada con la Publicacin del Decreto N 825, que Declara el Acceso y
uso de Internet como Poltica Prioritaria para el Desarrollo Cultural,
Econmico, Social y Poltico del Pas.
El Uso de Software Libre, permite al participante liberarse de las
ataduras a las que obliga el pago de una Licencia. Ni el Precio, Ni la
Dificultad, son ya Obstculos para que las Tecnologas de las TIC`s se
Generalicen entre toda la Ciudadana. Habiendo sido ya considerado como
caso de xito por la Unin Europea, con el reconocimiento de diferentes
Premios.
En Venezuela se Consolida, mediante Proyectos como los Infocentros,
espacios mediante los que el Gobierno Bolivariano impulsa la Socializacin y
Apropiacin del Conocimiento.
La Penetracin de Internet en Venezuela alcanza 33%, con marcada
tendencia al Ascenso. Ms del 70% de los Municipios tiene un Infocentro.
Fundabit instal 2 mil centros Informticos en todo el Pas. El Proyecto
Canaima Educativo ha entregado ms de un milln de Porttiles para la
formacin Integral de las Nias y Nios Venezolanos.
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SISTEMA OPERATIVO CANAIMA:
Canaima es una distribucin GNU/Linux Venezolana basada en
Debian surgida como consecuencia del Decreto Presidencial 3.3901 sobre el
uso de Tecnologas Libres en la APN Venezolana, promulgado por el
Presidente Hugo Chvez Fras. El 14 de marzo de 2011 en la Gaceta Oficial
N 39.633.
PROYECTO CANAIMA EDUCATIVO:
El Proyecto Canaima Educativo es un proyecto desarrollado por el
Gobierno de la Repblica Bolivariana de Venezuela con el objetivo de
garantizar el acceso de los venezolanos y las venezolanas a las Tecnologas
de informacin, mediante:
La dotacin de una computadora porttil a los estudiantes y los
docentes de las escuelas nacionales, estadales, municipales,
autnomas y las privadas subsidiadas por el Estado.
La conexin de escuelas a la red de Internet.
La formacin para el buen uso de estas tecnologas.
CANAIMITAS:
El Computador Porttil Canaima Educativo, Dirigido a Estudiantes, Es
un Equipo creado con el propsito de ser utilizado por Nios y Nias en Edad
Escolar. Por su Tamao, Peso y Autonoma de Uso, es Ideal para el Aula de
Clases. Cuentan con un Procesador Intel Mobile y Tarjeta de Red con
Tecnologa Wi-Fi, lo cual hace posible que se Conecten Inalmbricamente a
Internet. Tambin incluyen Cmara Web, Sonido Estreo, Parlantes,
Micrfono Incorporado y una Batera de larga Duracin, La cual misma vara
segn el Modelo del Equipo. Adquiridas en convenio con Portugal, Desde el
ao 2011 en Venezuela, se Ensamblan Computadoras Canaimas en el
Complejo Tecnolgico Simn Rodrguez, Ubicado en el Municipio Baruta del
Estado Miranda, al igual que en el Complejo Tecnolgico Simn Bolvar,
Ubicado en La Carlota (Caracas) y as muchos otras Instalaciones que se
encuentran en todo el Pas.
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BASES LEGALES
CONSTITUCIN DE LA REPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
(1999) EN SUS ARTCULOS:
La Fundamentacin Legal de ste estudio est contenido en los
Artculos (108,110) de la Constitucin siendo el mximo Instrumento Legal de
todos los Venezolanos, donde se destaca como Desarrollo Tecnolgico en el
Proceso Educativo.
Artculo: 102 La educacin es un derecho humano y un deber social
fundamental, es democrtica, gratuita y obligatoria. El Estado la asumir
como funcin indeclinable y de mximo inters en todos sus niveles y
modalidades, y como instrumento del conocimiento cientfico, humanstico y
tecnolgico al servicio de la sociedad. La educacin es un servicio pblico y
est fundamentada en el respeto a todas las corrientes del pensamiento, con
la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno
ejercicio de su personalidad en una sociedad democrtica basada en la
valoracin tica del trabajo y en la participacin activa, consciente y solidaria
en los procesos de transformacin social, consustanciados con los valores
de la identidad nacional y con una visin latinoamericana y universal. El
Estado, con la participacin de las familias y la sociedad, promover el
proceso de educacin ciudadana, de acuerdo con los principios contenidos
en esta Constitucin y en la ley.
Artculo: 108 Los medios de comunicacin social, pblicos y privados,
deben contribuir a la formacin ciudadana. El estado garantizara servicios
pblicos de radio, televisin y redes de bibliotecas y de informtica, con el fin
de permitir el acceso universal a la informacin. Los centros educativos
deben incorporar el conocimiento y aplicacin de las nuevas tecnologas, de
sus innovaciones, segn los requisitos que establezca la ley.
Artculo: 110 El Estado reconocer el inters pblico de la ciencia, la
tecnologa, el conocimiento, la innovacin y sus aplicaciones y los servicios
de informacin necesarios por ser instrumentos fundamentales para el
desarrollo econmico, social y poltico del pas, as como para la seguridad y
soberana nacional. Para el fomento y desarrollo de esas actividades, el
Estado destinar recursos suficientes y crear el Sistema Nacional de
Ciencia y Tecnologa de acuerdo con la ley. El sector privado deber aportar
recursos para los mismos. El Estado garantizar el cumplimiento de los
principios ticos y legales que deben regir las actividades de investigacin
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cientfica, humanstica y tecnolgica. La ley determinar los modos y medios
para dar cumplimiento a esta garanta.
LEY ORGANICA DE EDUCACIN (2009) EN SUS ARTCULOS:
Artculo: 6 El Estado, a travs de los rganos nacionales con competencia en Materia Educativa, ejercer la rectora en el Sistema Educativo. En
consecuencia:
1. Garantiza:
a. El derecho pleno a una educacin integral, permanente, continua y
de calidad para todos y todas con equidad de gnero en igualdad de
condiciones y oportunidades, derechos y deberes.
b. La gratuidad de la educacin en todos los centros e instituciones
educativas oficiales hasta el pregrado universitario.
c. El acceso al Sistema Educativo a las personas con necesidades
educativas o con discapacidad, mediante la creacin de condiciones y
oportunidades. As como, de las personas que se encuentren privados
y privadas de libertad y de quienes se encuentren en el Sistema Penal
de Responsabilidad de Adolescentes.
d. El desarrollo institucional, permanencia y ptimo funcionamiento de
las misiones educativas en sus distintas modalidades.
e. La continuidad de las actividades educativas, en cualquier tiempo y
lugar, en las instituciones, centros y planteles oficiales nacionales,
estadales, municipales, entes descentralizados e instituciones
educativas privadas.
f. Los servicios de orientacin, salud integral, deporte, recreacin,
cultura y de bienestar a los y las estudiantes que participan en el
proceso educativo en corresponsabilidad con los rganos
correspondientes.
g. Las condiciones para la articulacin entre la educacin y los medios
de comunicacin, con la finalidad de desarrollar el pensamiento crtico
y reflexivo, la capacidad para construir mediaciones de forma
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permanente entre la familia, la escuela y la comunidad, en
conformidad con lo previsto en la Constitucin de la Repblica y
dems leyes.
h. El uso del idioma castellano en todas las instituciones y centros
educativos, salvo en la modalidad de la educacin intercultural bilinge
indgena, la cual deber garantizar el uso oficial y paritario de los
idiomas indgenas y del castellano.
i. Condiciones laborales dignas y de convivencia de los trabajadores y
las trabajadoras de la educacin, que contribuyan a humanizar el
trabajo para alcanzar su desarrollo pleno y un nivel de vida acorde con
su elevada misin.
j. Que a ningn o ninguna estudiante, representante o responsable, se
le cobre matrcula y servicios administrativos, como condicin para el
ingreso, permanencia y egreso de las instituciones educativas
oficiales.
k. Que a ningn o ninguna estudiante, representante o responsable,
se le retenga la documentacin acadmica personal, se le cobre
intereses por insolvencia de pago o se tomen otras medidas que
violen el derecho a la educacin y el respeto a su integridad fsica,
psquica y moral.
l. Respeto y honores obligatorios a los smbolos patrios, a la memoria
de nuestro Libertador Simn Bolvar y a los valores de nuestra
nacionalidad, en todas las instituciones y centros educativos.
2. Regula, Supervisa y Controla:
a. La obligatoriedad de la educacin y establece los mecanismos para
exigir a las comunidades, familias, padres, madres, representantes o
responsables, el cumplimiento de este deber social.
b. El funcionamiento del subsistema de educacin universitaria en
cuanto a la administracin eficiente de su patrimonio y recursos
econmicos financieros asignados segn la Ley de Presupuesto para
el Ejercicio Fiscal y sus normas de gobierno de acuerdo con el
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principio de la democracia participativa y protagnica, como derecho
poltico de quienes integran la comunidad universitaria, sin menoscabo
del ejercicio de la autonoma universitaria y la observancia de los
principios y valores establecidos en la Constitucin de la Repblica y
en la presente Ley.
c. El obligatorio cumplimiento de la educacin en la doctrina de
nuestro Libertador Simn Bolvar, el idioma castellano, la historia y la
geografa de Venezuela; y el ambiente en las instituciones y centros
educativos oficiales y privados, hasta la educacin media general y
media tcnica. As como la obligatoria inclusin, en todo el Sistema
Educativo de la actividad fsica, artes, deportes, recreacin, cultura,
ambiente, agroecologa, comunicacin y salud.
d. La creacin y funcionamiento de las instituciones educativas
oficiales y privadas y la idoneidad de las personas naturales o jurdicas
para el cumplimiento de los requisitos ticos, econmicos,
acadmicos, cientficos, de probidad, eficiencia, legitimidad y
procedencia de los recursos para fundar y mantener instituciones
educativas privadas.
e. La calidad de la infraestructura educativa oficial y privada de
acuerdo con los parmetros de uso y diseo dictados por las
autoridades competentes.
f. Los procesos de ingreso, permanencia, ascenso, promocin y
desempeo de los y las profesionales del sector educativo oficial y
privado, en correspondencia con criterios y mtodos de evaluacin
integral y contralora social.
g. La gestin de centros e instituciones educativas oficiales y privadas,
con la participacin protagnica de toda la comunidad educativa.
h. La idoneidad acadmica de los y las profesionales de la docencia
que ingresen a las instituciones, centros o espacios educativos
oficiales y privados del subsistema de educacin bsica, con el objeto
de garantizar procesos para la enseanza y el aprendizaje en el
Sistema Educativo, con pertinencia social, de acuerdo con lo
establecido en la ley especial que rige la materia.
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i. El rgimen de fijacin de matrcula, monto, incremento, aranceles y
servicios administrativos que cancelan los y las estudiantes, sus
representantes o responsables, en las instituciones educativas
privadas. Se prohbe el empleo de figuras o modos como fundaciones,
asociaciones civiles, sociedades mercantiles, o cualquier otro
mecanismo para ejercer coercin, en la cancelacin de montos
superiores a los establecidos por el rgano rector y dems entes que
regulan la materia.
j. Los programas y proyectos educativos, la creacin de fundaciones
destinadas a apoyarlos e instituciones en el sector educativo de
carcter oficial, privado, nacional, estadal, municipal y en las dems
instancias de la administracin pblica descentralizada.
3. Planifica, Ejecuta, Coordina Polticas y Programas:
a. De formacin, orientados hacia el desarrollo pleno del ser humano y
su incorporacin al trabajo productivo, cooperativo y liberador.
b. Para la insercin productiva de egresados universitarios y
egresadas universitarias en correspondencia con las prioridades del
Plan de Desarrollo Econmico y Social de la Nacin.
c. De territorializacin de la educacin universitaria, que facilite la
municipalizacin, con calidad y pertinencia social en atencin a los
valores culturales, capacidades y potencialidades locales, dentro de la
estrategia de inclusin social educativa y del proyecto de desarrollo
nacional endgeno, sustentable y sostenible.
d. De desarrollo socio-cognitivo integral de ciudadanos y ciudadanas,
articulando de forma permanente, el aprender a ser, a conocer, a
hacer y a convivir, para desarrollar armnicamente los aspectos
cognitivos, afectivos, axiolgicos y prcticos, y superar la
fragmentacin, la atomizacin del saber y la separacin entre las
actividades manuales e intelectuales.
e. Para alcanzar un nuevo modelo de escuela, concebida como
espacio abierto para la produccin y el desarrollo endgeno, el
quehacer comunitario, la formacin integral, la creacin y la
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creatividad, la promocin de la salud, la lactancia materna y el respeto
por la vida, la defensa de un ambiente sano, seguro y ecolgicamente
equilibrado, las innovaciones pedaggicas, las comunicaciones
alternativas, el uso y desarrollo de las tecnologas de la informacin y
comunicacin, la organizacin comunal, la consolidacin de la paz, la
tolerancia, la convivencia y el respeto a los derechos humanos.
f. De evaluacin y registro nacional de informacin de edificaciones
educativas oficiales y privadas, de acuerdo con la normativa
establecida.
g. De actualizacin permanente del currculo nacional, los textos
escolares y recursos didcticos de obligatoria aplicacin y uso en todo
el subsistema de educacin bsica, con base en los principios
establecidos en la Constitucin de la Repblica y en la presente Ley.
h. Para la acreditacin y certificacin de conocimientos por experiencia
con base en el dilogo de saberes.
i. Que desarrollen el proceso educativo en instituciones y centros
educativos oficiales y privados, nacionales, estadales, municipales,
entes del Poder Pblico, medios de comunicacin, instituciones
universitarias pblicas y privadas, centros educativos que funcionen
en las dems instancias de la administracin pblica descentralizada.
j. La creacin de una administracin educativa eficiente, efectiva,
eficaz, desburocratizada, transparente e innovadora, fundamentada en
los principios de democracia participativa, solidaridad, tica,
honestidad, legalidad, economa, participacin, corresponsabilidad,
celeridad, rendicin de cuentas y responsabilidad social.
k. De formacin permanente para docentes y dems personas e
instituciones que participan en la educacin, ejerciendo el control de
los procesos correspondientes en todas sus instancias y
dependencias.
l. De ingreso de estudiantes a las instituciones de educacin
universitaria nacionales y privadas.
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m. De evaluacin estadstica permanente de la poblacional estudiantil,
que permita construir indicadores cualitativos y cuantitativos para la
planificacin estratgica de la Nacin.
n. De educacin formal y no formal en materia educativa cultural,
conjuntamente con el rgano con competencia en materia cultural, sin
menoscabo de las actividades inherentes a su naturaleza y
especificidad en historia y geografa en el contexto venezolano,
latinoamericano, andino, caribeo, amaznico, iberoamericano y
mundial. As como en educacin esttica, msica, danza, cine,
televisin, fotografa, literatura, canto, teatro, artes plsticas, artesana,
gastronoma y otras expresiones culturales, con el fin de profundizar,
enriquecer y fortalecer los valores de la identidad nacional como una
de las vas para consolidar la autodeterminacin y soberana nacional.
4. Promueve, Integra y Facilita la Participacin Social:
a. A travs de una prctica social efectiva de relaciones de
cooperacin,
Solidaridad y convivencia entre las familias, la escuela, la comunidad y
la sociedad, que facilite las condiciones para la participacin
organizada en la formacin, ejecucin y control de la gestin
educativa.
b. De las diferentes organizaciones sociales y comunitarias en el
funcionamiento y gestin del Sistema Educativo, facilitando distintos
mecanismos de contralora social de acuerdo con la Constitucin de la
Repblica y las leyes.
c. De las familias, la escuela, las organizaciones sociales y
comunitarias en la defensa de los derechos y en el cumplimiento de
los deberes comunicacionales para la educacin integral de los
ciudadanos y las ciudadanas, en la interpretacin crtica y responsable
de los mensajes de los medios de comunicacin social pblicos y
privados, universalizando y democratizando su acceso.
d. En la defensa de la soberana, la identidad nacional e integridad
territorial.
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5. Promueve la Integracin Cultural y Educativa Regional y Universal:
a. En el intercambio de teoras y prcticas sociales, artsticas, de
conocimientos, experiencias, saberes populares y ancestrales, que
fortalezcan la identidad de nuestros pueblos latinoamericanos,
caribeos, indgenas y afrodescendientes.
b. Desde una concepcin de la integracin que privilegia la relacin
geoestratgica con el mundo, respetando la diversidad cultural.
c. En el reconocimiento y convalidacin de ttulos y certificados
acadmicos expedidos.
d. Para la independencia y cooperacin de la investigacin cientfica y
tecnolgica.
e. En la creacin de un nuevo orden comunicacional para la
educacin.
f. En la autorizacin, orientacin, regulacin, supervisin y seguimiento
a los convenios multilaterales, bilaterales y de financiamiento con
entes nacionales e internacionales de carcter pblico y privado, para
la ejecucin de proyectos educativos a nivel nacional.
Artculo: 9 Los medios de comunicacin social, como servicios pblicos
son Instrumentos esenciales para el desarrollo del proceso educativo y como
tales, Deben cumplir funciones informativas, formativas y recreativas que
contribuyan Con el desarrollo de valores y principios establecidos en la
Constitucin de la Repblica y la presente Ley, con conocimientos, desarrollo
del pensamiento crtico y actitudes para fortalecer la convivencia ciudadana,
la territorialidad y la Nacionalidad. En consecuencia:
1. Los medios de comunicacin social pblicos y privados en
cualquiera de sus Modalidades, estn obligados a conceder espacios
que materialicen los fines de la educacin.
2. Orientan su programacin de acuerdo con los principios y valores
educativos y culturales establecidos en la Constitucin de la
Repblica, en la presente Ley y en el ordenamiento jurdico vigente.
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3. Los medios televisivos estn obligados a incorporar subttulos y
traduccin a la lengua de seas para las personas con discapacidad
auditiva. En los subsistemas del Sistema Educativo se incorporan
unidades de formacin para contribuir con el conocimiento,
comprensin, uso y anlisis crtico de contenidos de los medios de
comunicacin social. Asimismo la ley y los Reglamentos regularn la
propaganda en defensa de la salud mental y fsica de la Poblacin.
Artculo: 13 destaca: formar en, por y para el trabajo liberador, en una
perspectiva integral y politcnica, mediante polticas de desarrollo
humanstico, cientfico y tecnolgico, vinculadas al desarrollo endgeno
productivo y de proteccin al medio ambiente.
LOCTI (2005 - 2030) EN SUS ARTICULOS:
Artculo 10. El Plan Nacional de Ciencia, Tecnologa e Innovacin es el
instrumento de planificacin y origen de la gestin del Ejecutivo Nacional,
para establecer los lineamientos y polticas nacionales en materia de ciencia,
tecnologa e innovacin, as como para la estimacin de los recursos
necesarios para su ejecucin.
Artculo 11. El Ministerio de Ciencia y Tecnologa elaborar el Plan Nacional
de Ciencia, Tecnologa e Innovacin bajo los trminos que disponga el
presente Decreto Ley y los reglamentos.
Artculo 12. El Plan Nacional de Ciencia, Tecnologa e Innovacin definir
los objetivos que en ciencia, tecnologa e innovacin deba alcanzar el sector
pblico, en el mbito nacional, estadal, municipal y los que, mediante
acuerdo, deban cumplirse por el sector privado y las universidades, en
funcin de las necesidades previsibles y de los recursos disponibles.
Artculo 13. El Plan Nacional de Ciencia, Tecnologa e Innovacin contendr
objetivos a ser alcanzados en el corto, mediano y largo plazo, incluyendo las
reas prioritarias de desarrollo. El Plan Nacional de Ciencia, Tecnologa e
Innovacin se orientar fundamentalmente segn las siguientes lneas de
accin:
1. Investigacin y desarrollo para mejorar la calidad de vida.
2. Generacin de conocimientos y fomento del talento humano.
-
25
3. Fomento de la calidad e innovacin productiva.
4. Fortalecimiento y articulacin de redes de cooperacin cientfica e
innovacin Tecnolgica.
Artculo 14. Los rganos del Estado que forman parte del Sistema Nacional
de Ciencia Tecnologa e Innovacin, debern seguir los lineamientos
generales establecidos en el Plan Nacional de Ciencia Tecnologa e
Innovacin, adaptando sus propios planes a dichos lineamientos. De igual
forma, las instituciones de educacin superior y organizaciones del sector
privado miembros del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnologa e Innovacin,
de mutuo acuerdo y acogindose a tales lineamientos, podrn participar de
los recursos de que disponga el Ministerio de Ciencia y Tecnologa, para el
financiamiento de programas y proyectos de investigacin y desarrollo, a los
fines de la consecucin coordinada de los objetivos previstos en el Plan
Nacional de Ciencia, Tecnologa e Innovacin, sin perjuicio de los dems
aportes y obligaciones que este Decreto Ley y otras leyes les impongan.
Artculo 15. El desarrollo y ejecucin del Plan Nacional de Ciencia,
Tecnologa e Innovacin, y los mecanismos operativos del Sistema Nacional
de Ciencia, Tecnologa e Innovacin se regirn por los siguientes criterios:
1. Funcionamiento interactivo y coordinado entre los elementos,
instituciones y normas que lo conforman.
2. Respeto a la pluralidad de enfoques tericos y metodolgicos,
alentando la creacin del conocimiento, estimulando los enfoques
interdisciplinarios, multidisciplinarios y transdisciplinarios y
disponiendo de la capacidad de adaptacin necesaria para responder
a las demandas de la sociedad.
3. Promocin de la descentralizacin estadal y municipal, de la
desconcentracin y del crecimiento armnico del pas.
4. Establecimiento de alianzas estratgicas entre el sector pblico y
privado en un Marco que facilite la transferencia y el aprovechamiento
de los conocimientos por la sociedad venezolana.
5. Promocin de la participacin de los integrantes del Sistema y de
otros miembros de la sociedad.
-
26
Artculo 16. A las instituciones y organismos, pblicos y privados, miembros
del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnologa e Innovacin, que soliciten
participar en los programas de financiamiento ofrecidos por el Ministerio de
Ciencia y Tecnologa para la ejecucin del Plan Nacional de Ciencia,
Tecnologa e Innovacin, se les podr exigir recursos para cofinanciar estos
programas. Los aportes respectivos se fijarn de mutuo acuerdo, tomando en
cuenta las posibilidades y condiciones econmicas de las partes
involucradas.
Artculo 17. El Ministerio de Ciencia y Tecnologa promover los procesos
de Concertacin y participacin que definan escenarios para la formulacin
de polticas, planes y prioridades de desarrollo.
Artculo 18. Los integrantes del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnologa e
Innovacin, debern suministrar la informacin que les sea solicitada y que
permita al Ministerio de Ciencia y Tecnologa elaborar indicadores y orientar
polticas.
Aquellos miembros del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnologa e
Innovacin y todos aquellos que reciban fondos a travs del Ministerio de
Ciencia y Tecnologa, debern suministrar la informacin pertinente que les
sea solicitada para evaluar el rendimiento de tales financiamientos.
Artculo 19. El Ministerio de Ciencia y Tecnologa es el rgano rector en
materia de Ciencia y tecnologa y actuar como coordinador y articulador del
Sistema Nacional de Ciencia, Tecnologa e Innovacin, en las acciones de
desarrollo cientfico y tecnolgico, con los organismos de la Administracin
Pblica Nacional.
Los mecanismos de comunicacin y participacin del Sistema
Nacional de Ciencia, Tecnologa e Innovacin sern definidos en el
reglamento de este Decreto-Ley.
LOPNNA (2007) EN SUS ARTCULOS:
Artculo: 81 Derecho a Participar.
Todos los nios y adolescentes tienen derecho a participar libre, activa
y plenamente en la vida familiar, comunitaria, social, escolar, cientfica,
cultural, deportiva y recreativa, as como a la incorporacin progresiva a la
ciudadana activa.
-
27
El Estado, las familias y la sociedad deben crear y fomentar
oportunidades de participacin de todos los nios, nias y adolescentes y
sus asociaciones.
LEY DE INFOGOBIERNO (2014) EN SUS ARTICULOS:
Soberana e Independencia Tecnolgica
Artculo: 3 El Estado garantiza la apropiacin social del conocimiento
asociado a las tecnologas de informacin libres que se desarrollen,
adquieran, implementen y usen con el fin de emplearlas de forma
independiente. Igualmente, aquellas tecnologas privativas en proceso de
migracin a tecnologas libres, deben garantizar el uso y ejecucin de modo
independiente. Para ello, se establecern fuentes de financiamiento que
impulsen programas y proyectos de investigacin y desarrollo, fomenten la
industria nacional de informacin libre y promueva la formacin del talento
humano en materia de tecnologa de informacin libre, en los trminos y
condiciones establecidos en la presente Ley.
Principio de Igualdad
Artculo: 7 La obligacin establecida en el artculo anterior en ningn caso
se entender como un modo de restriccin o discriminacin para las
personas, por lo que, el acceso a la prestacin de los servicios pblicos,
como a cualquier actuacin del Poder Pblico, debe ser garantizada por
cualquier medio existente, sin perjuicio de las medidas que la presente Ley y
la normativa que a tal efecto se establezca, con el fin de hacer efectivo el
derecho de las personas a utilizar las tecnologas de informacin en sus
relaciones con el Estado.
Fomento del Conocimiento de las Tecnologas de Informacin
Artculo 16. Es deber del Poder Pblico, en forma corresponsable con el
Poder Popular, garantizar a todas las personas, a travs del sistema
educativo los medios para la formacin, socializacin, difusin, innovacin,
investigacin y comunicacin en materia de tecnologas de informacin
libres, segn los lineamientos de los rganos rectores en las materias.
-
28
Formacin
Artculo 17. El Poder Pblico debe proporcionar la formacin en materia de
tecnologas de informacin libres de sus respectivos colectivos laborales,
para que interacten con los sistemas y aplicaciones, desempeando
eficientemente sus labores y funciones en la gestin pblica. Asimismo debe
facilitar la formacin de las personas, a fin de garantizar la apropiacin social
del conocimiento.
LEY DE UNIVERSIDADES (1970) EN SUS ARTICULOS:
Artculo: 3 las universidades deben realizar una funcin rectora en la
educacin, la cultura y la ciencia. Para cumplir esta misin, sus actividades
se dirigirn a crear, asimilar y difundir el saber mediante la investigacin y la
enseanza; a complementar la formacin integral iniciada en los ciclos
educacionales anteriores; y a formar los equipos profesionales y tcnicos que
necesita la nacin para su desarrollo y progreso.
Artculo: 18 el consejo nacional de Universidades es el organismo
encargado de asegurar el cumplimiento de la presente ley por las
universidades, de coordinar las relaciones de ellas entre s como el resto del
sistema educativo, de armonizar sus planes docentes, culturales y cientfico y
de planificar su desarrollo de acuerdo con las necesidades del pas. Este
consejo, con sede en Caracas tendr su secretario permanente y una oficina
de planificacin del sector universitario, vinculada los dems organismos de
planificacin educativa, que le sirve de asesora tcnica.
LEY DE CONSEJOS COMUNALES (2009) EN SUS ARTICULOS:
Artculo: 56 El ministerio del poder popular con competencia en materia de
participacin ciudadana dictar las polticas estratgicas, planes generales,
programas y proyectos para la participacin comunitaria en los asuntos
pblicos y acompaar a los consejos comunales en el cumplimiento de sus
fines y propsitos, y facilitar la articulacin en las relaciones entre stos y
los rganos y entes del Poder Pblico.
-
29
DECRETOS PRESIDENCIALES
N 825 (2000)
Declara el acceso y el uso de internet como poltica prioritaria para el
desarrollo cultural, econmico, social y poltico de la Repblica Bolivariana de
Venezuela. Desarrollando lo previamente establecido en el plan nacional de
telecomunicaciones sobre el desarrollo de una sociedad de informacin.
Igualmente, el decreto dispone las directrices que debern seguir los rganos
de la administracin pblica nacional para la insercin de esta tecnologa de
informacin en todos los mbitos de la nacin.
De conformidad con lo previsto en el artculo 110 de la Constitucin de
la Repblica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo dispuesto en
los artculos 1 de la Ley de Telecomunicaciones y 5 de la Ley Orgnica de
la Administracin Central, en Consejo de Ministros.
CONSIDERANDO
Que la Constitucin reconoce como de inters pblico la ciencia, la
tecnologa, el Conocimiento, la innovacin y sus aplicaciones y los servicios
de informacin, a los fines de lograr el desarrollo econmico, social y poltico
del pas, y que el Ejecutivo Nacional a travs del Ministerio de Ciencia y
Tecnologa, debe velar por el cumplimiento del mencionado precepto
constitucional,
CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Telecomunicaciones tiene como finalidad
insertar a la Nacin dentro del concepto de sociedad del conocimiento y de
los procesos de interrelacin, teniendo en cuenta que, para el desarrollo de
estos procesos, la red mundial denominada Internet, representa en la
actualidad y en los aos por venir, un medio para la interrelacin con el resto
de los pases y una herramienta invalorable para el acceso y difusin de
ideas,
CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Telecomunicaciones plantea entre sus
objetivos a mediano plazo el incentivo al uso de Internet a todos los niveles y
-
30
mejorar la calidad de vida de la poblacin, a travs del uso de los servicios
de telecomunicaciones,
CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Ordenacin del Territorio plantea la amplia
divulgacin del conocimiento y el uso de las modernas tecnologas de
telecomunicaciones,
CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Desarrollo Regional indica que las
comunicaciones, tanto fsicas como electrnicas, constituyen uno de los
factores fundamentales de consolidacin del nuevo modelo de desarrollo
territorial,
CONSIDERANDO
Que el Estado provee servicios de diversas ndoles a los ciudadanos,
los cuales pueden ser prestados en forma ms eficiente a travs de Internet,
logrndose as un beneficio inmediato para la poblacin,
CONSIDERANDO
Que Internet es un medio que permite acceder a nuevos
conocimientos, empleos y mano de obra especializada, adems de ser un
importante generador de iniciativas que incentivan el espritu emprendedor
de la poblacin, sin distincin de clases sociales ni de generaciones,
constituyendo una fuente inagotable de oportunidades para pequeas,
medianas y grandes empresas,
CONSIDERANDO
Que el Ejecutivo nacional ha previsto el impacto positivo que tienen las
tecnologas de informacin, incluyendo el uso de Internet, en el progreso
social y econmico del pas, en la generacin de conocimientos, en el
incremento de la eficiencia empresarial, en la calidad de los servicios
pblicos y en la transparencia de los procesos,
-
31
DECRETA
Artculo: 1 Se declara el acceso y uso de Internet como poltica prioritaria
para el Desarrollo cultural, econmico, social y poltico de la Repblica
Bolivariana de Venezuela.
Artculo: 2 Los rganos de la Administracin Pblica Nacional debern
incluir en los planes sectoriales que realicen, as como en el desarrollo de
sus actividades, metas relacionadas con el uso de Internet para facilitar la
tramitacin de los asuntos de sus respectivas competencias.
Artculo: 3 Los organismos pblicos debern utilizar preferentemente
Internet para el intercambio de informacin con los particulares, prestando
servicios comunitarios a travs de Internet, tales como bolsas de trabajo,
buzn de denuncias, trmites comunitarios con los centros de salud,
educacin, informacin y otros, as como cualquier otro servicio que ofrezca
facilidades y soluciones a las necesidades de la poblacin. La utilizacin de
Internet tambin deber suscribirse a los fines del funcionamiento operativo
de los organismos pblicos tanto interna como externamente.
Artculo: 4 Los medios de comunicacin del Estado debern promover y
divulgar Informacin referente al uso de Internet. Se exhorta a los medios de
comunicacin privados a colaborar con la referida labor informativa.
Artculo: 5 El Ministerio de Educacin, Cultura y Deportes dictar las
directrices tendentes a instruir sobre el uso de Internet, el comercio
electrnico, la interrelacin y la sociedad del conocimiento. Para la correcta
implementacin de lo indicado, debern incluirse estos temas en los planes
de mejoramiento profesional del magisterio.
Artculo: 6 El Ministerio de Infraestructura tramitar el otorgamiento de las
Habilitaciones administrativas necesarias para prestar servicios de acceso a
Internet de manera expedita, simplificando los requisitos exigidos.
Artculo: 7 El Ministerio de Educacin, Cultura y Deportes, en coordinacin
con los Ministerios de Infraestructura, de Planificacin y Desarrollo y, de
Ciencia y Tecnologa, presentar anualmente el plan para la dotacin de
acceso a Internet en los planteles educativos y bibliotecas pblicas,
estableciendo una meta al efecto.
-
32
Artculo: 8 En un plazo no mayor de tres (3) aos, el cincuenta por ciento
(50%) de los programas educativos de educacin bsica y diversificada
debern estar disponibles en formatos de Internet, de manera tal que
permitan el aprovechamiento de las facilidades interactivas, todo ello previa
coordinacin del Ministerio de Educacin, Cultura y Deportes.
Artculo: 9 Todos los Ministerios presentarn a la Presidencia de la
Repblica, en un plazo de noventa (90) das continuos contados a partir de la
publicacin del presente Decreto en la Gaceta Oficial de la Repblica
Bolivariana de Venezuela, sus respectivos planes de ejecucin, incluyendo
estudios de financiamientos e incentivos fiscales a quienes instalen o
suministren bienes y servicios relacionados con el acceso y el uso de Internet
destinados a la aplicacin de los objetivos previstos en el presente Decreto.
Artculo: 10 El Ejecutivo Nacional establecer polticas tendentes a la
promocin y Masificacin del uso de Internet. As mismo, incentivar polticas
favorables para la adquisicin de equipos terminales por parte de la
ciudadana, con el objeto de propiciar el acceso a Internet.
Artculo: 11 El Estado, a travs del Ministerio de Ciencia y Tecnologa
promover
Activamente el desarrollo del material acadmico, cientfico y cultural para
lograr un acceso adecuado y uso efectivo de Internet, a los fines de
establecer un mbito para la investigacin y el desarrollo del conocimiento en
el sector de las tecnologas de la informacin.
Artculo: 12 Todos los Ministros quedan encargados de la ejecucin del
presente Decreto, bajo la coordinacin de los Ministros de Educacin,
Cultura y Deportes, de Infraestructura y de Ciencia y Tecnologa. Dado en
Caracas, a los diez das del mes de mayo de dos mil. Ao 190 de la
Independencia y 141 de la Federacin. (L.S.)
N 3390 (2004)
Establece el uso del software libre en la administracin pblica y en
los servicios pblicos, busca facilitar en el menor tiempo y con el menor costo
la reduccin de la brecha social y tecnolgica:
De conformidad con lo dispuesto en los artculos 110 y 226 de la
Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela, 12 y 47 de la Ley
-
33
Orgnica de la Administracin Pblica y, 2, 19 y 22 del Decreto con Rango y
Fuerza de Ley Orgnica de Ciencia, Tecnologa e Innovacin, en Consejo de
Ministros,
CONSIDERANDO
Que es prioridad del Estado incentivar y fomentar la produccin de bienes y
servicios para satisfacer las necesidades de la poblacin,
CONSIDERANDO
Que el uso del Software Libre desarrollado con Estndares Abiertos
fortalecer la industria del software nacional, aumentando y fortaleciendo sus
capacidades,
CONSIDERANDO
Que la reduccin de la brecha social y tecnolgica en el menor tiempo y
costo posibles, con calidad de servicio, se facilita con el uso de Software
Libre desarrollado con Estndares Abiertos,
CONSIDERANDO
Que la adopcin del Software Libre desarrollado con Estndares Abiertos en
la Administracin Pblica y en los servicios pblicos facilitar la
interoperabilidad de los sistemas de informacin del Estado, contribuyendo a
dar respuestas rpidas y oportunas a los ciudadanos, mejorando la
gobernabilidad,
CONSIDERANDO
Que el Software Libre desarrollado con Estndares Abiertos, permite mayor
participacin de los usuarios en el mantenimiento de los niveles de seguridad
e interoperatividad,
-
34
DECRETA
Artculo: 1 La Administracin Pblica Nacional emplear prioritariamente
Software Libre desarrollado con Estndares Abiertos, en sus sistemas,
proyectos y servicios informticos. A tales fines, todos los rganos y entes de
la Administracin Pblica Nacional iniciarn los procesos de migracin
gradual y progresiva de stos hacia el Software Libre desarrollado con
Estndares Abiertos.
Artculo 2. A los efectos del presente Decreto se entender por:
Software Libre: Programa de computacin cuya licencia garantiza al usuario
acceso al cdigo fuente del programa y lo autoriza a ejecutarlo con cualquier
propsito, modificarlo y redistribuir tanto el programa original como sus
modificaciones en las mismas condiciones de licenciamiento acordadas al
programa original, sin tener que pagar regalas a los desarrolladores previos.
Estndares Abiertos: Especificaciones tcnicas, publicadas y controladas
por alguna organizacin que se encarga de su desarrollo, las cuales han sido
aceptadas por la industria, estando a disposicin de cualquier usuario para
ser implementadas en un software libre u otro, promoviendo la
competitividad, interoperatividad o flexibilidad.
Software Propietario: Programa de computacin cuya licencia establece
restricciones de uso, redistribucin o modificacin por parte de los usuarios, o
requiere de autorizacin expresa del Licenciador.
Distribucin Software Libre desarrollado con Estndares Abiertos para
el Estado Venezolano: Un paquete de programas y aplicaciones de
Informtica elaborado utilizando Software Libre con Estndares Abiertos para
ser utilizados y distribuidos entre distintos usuarios.
Artculo: 3. En los casos que no se puedan desarrollar o adquirir
aplicaciones en Software Libre bajo Estndares Abiertos, los rganos y entes
de la Administracin Pblica Nacional debern solicitar ante el Ministerio de
Ciencia y Tecnologa autorizacin para adoptar otro tipo de soluciones bajo
las normas y criterios establecidos por ese Ministerio.
Artculo: 4 El Ministerio de Ciencia y Tecnologa, adelantar los programas
de capacitacin de los funcionarios pblicos, en el uso del Software Libre
desarrollado con Estndares Abiertos, haciendo especial nfasis en los
responsables de las reas de tecnologas de informacin y comunicacin,
-
35
para lo cual establecer con los dems rganos y entes de la Administracin
Pblica Nacional los mecanismos que se requieran.
Artculo: 5 El Ejecutivo Nacional fomentar la investigacin y desarrollo de
software bajo modelo Software Libre desarrollado con Estndares Abiertos,
procurando incentivos especiales para desarrolladores.
Artculo: 6 El Ejecutivo Nacional fortalecer el desarrollo de la industria
nacional del software, mediante el establecimiento de una red de formacin,
de servicios especializados en Software Libre desarrollado con Estndares
Abiertos y desarrolladores.
Artculo: 7 El Ministerio de Ciencia y Tecnologa ser responsable de
proveer la Distribucin Software Libre desarrollado con Estndares Abiertos
para el Estado Venezolano, para lo cual implementar los mecanismos que
se requieran.
Artculo: 8 El Ejecutivo Nacional promover el uso generalizado del
Software Libre desarrollado con Estndares Abiertos en la sociedad, para lo
cual desarrollar mecanismos orientados a capacitar e instruir a los usuarios
en la utilizacin del Software Libre desarrollado con Estndares Abiertos.
Artculo: 10 El Ministerio de Educacin y Deportes, en coordinacin con el
Ministerio de Ciencia y Tecnologa, establecer las polticas para incluir el
Software Libre desarrollado con Estndares Abiertos, en los programas de
educacin bsica y diversificada.
Artculo: 11 En un plazo no mayor de noventa (90) das continuos, contados
a partir de la publicacin del presente Decreto en la Gaceta Oficial de la
Repblica Bolivariana de Venezuela, el Ministerio de Ciencia y Tecnologa
deber presentar ante la Presidencia de la Repblica, los planes y
programas que servirn de plataforma para la ejecucin progresiva del
presente Decreto.
Artculo: 12 Cada Ministro en coordinacin con la Ministra de Ciencia y
Tecnologa, en un plazo no mayor de noventa (90) das continuos, contados
a partir de la aprobacin por parte de la Presidencia de la Repblica de los
planes y programas referidos en el artculo anterior, publicar en la Gaceta
Oficial de la Repblica Bolivariana de Venezuela su respectivo plan de
implantacin progresiva del Software Libre desarrollado con Estndares
Abiertos, acogindose a los lineamientos contenidos en aquellos, incluyendo
-
36
estudios de financiamiento e incentivos fiscales a quienes desarrollen
Software Libre con Estndares Abiertos destinados a la aplicacin de los
objetivos previstos en el presente Decreto. Igualmente, las mximas
autoridades de sus entes adscritos publicaran a travs del Ministerio de
adscripcin sus respectivos planes.
Los planes de implantacin progresiva del Software Libre desarrollado
con Estndares Abiertos de los distintos rganos y entes de la
Administracin Pblica Nacional, debern ejecutarse en un plazo no mayor
de veinticuatro (24) meses, dependiendo de las caractersticas propias de
sus sistemas de informacin. Los Ministros mediante Resolucin y las
mximas autoridades de los entes que le estn adscritos a travs de sus
respectivos actos, determinarn las fases de ejecucin del referido Plan, as
como las razones de ndole tcnico que imposibiliten la implantacin
progresiva del Software Libre en los casos excepcionales, de acuerdo a lo
establecido en el artculo 3 del presente Decreto.
Artculo: 13 El Ministerio de Ciencia y Tecnologa establecer dentro de los
planes y programas contemplados en el presente Decreto, mecanismos que
preserven la identidad y necesidades culturales del pas, incluyendo a sus
grupos indgenas, para lo cual procurar que los sistemas operativos y
aplicaciones que se desarrollen se adecuen a su cultura.
Artculo: 14 Todos los Ministros quedan encargados de la ejecucin del
presente Decreto, bajo la coordinacin de la Ministra de Ciencia y
Tecnologa.
Dado en Caracas, a los das del mes de dos mil cuatro. Ao 194 de la
Independencia y 145 de la Federacin. (L.S.).
-
37
VINCULACIN DEL PROYECTO CON EL PLAN DE LA PATRIA 2013
2019
OBJETIVOS
HISTRICOS
OBJETIVOS
NACIONALES
OBJETIVOS
ESTRATGICOS
I. Defender, expandir y
consolidar el bien ms
preciado que hemos
reconquistado despus de
200 aos: La
Independencia Nacional.
1. Desarrollar nuestras
capacidades cientfica-
tecnolgicas
vinculadas a las
necesidades del
pueblo.
1.5.1 - 1.5.1.1 -
1.5.1.2 -
1.5.1.3 -1.5.1.4 -
1.5.1.2- 1.5.2.1
- 1.5.3 - 1.5.3.1 -
1.5.3.3
BASES TCNICAS
PLAN NACIONAL DE ALFABETIZACIN TECNOLGICA
El Plan Nacional de Alfabetizacin Tecnologa (PNAT) Nace en el marco de
la Misin Ciencia y tiene como objetivo central, formar en el uso de las
tecnologas de comunicacin e informacin a los sectores populares y
comunidades ms recnditas del pas. Y alfabetizando en el uso de las
herramientas ofimticas e informtica.
-
38
PLANIFICACIN DE LA ALFABETIZACIN TECNOLGICA
SOPORTE TCNICO A USUARIAS Y USUARIOS
UNIDAD CONTENIDOS ACTIVIDADES RECURSOS
1
LA
COMPUTACI
N COMO
HERRAMIENT
A EDUCATIVA
1.-La computadora como
herramienta educativa.
2.-La computadora en la
educacin.
3.-Los Educadores y la
Computadora.
4.-La Computadora es una
Oportunidad Histrica
5.-El Nio y la Computadora.
6.-Importancia de la
Computacin en la Educacin.
7.-Como trabajamos con los
Nios de 6 a 11 aos con la
Computadora.
8.-La Computadora en el Hogar.
-Canaimitas.
-Pizarrn.
-Marcador.
- Borrador.
- Rotafolios.
1.-Que es un Computador.
2.-Dispositivo de Entrada y
Salida.
3.-Definicin de Hardware.
4.-Componentes Bsicos del
Hardware.
-Canaimitas.
-Plan
Nacional de
Alfabetizaci
-
39
2
CONOCIENDO
EL
COMPUTADO
R
5.-Partes del Ratn.
6.-Forma Adecuada de
Manipular el Ratn.
7.-Funciones del Ratn
8.-Definicin de Teclado.
9.-Partes del Teclado.
10.-Definicin de Software.
11.-Tipos de Software.
n
Tecnolgica.
-Pizarrn.
-Marcador.
- Borrador.
- Rotafolios.
3
USO BASICO
DEL
COMPUTADO
R CANAIMITA
1.-Encendido de la Canaimita.
2.-Sistema Operativo Canaima.
3.-Ingreso en Canaima.
4.-Entorno de Canaima.
5.-Elementos de la Interfaz de
Canaima.
6.-Exploracin de Archivos y
Carpetas.
7.- Carpetas Personales
Canaima.
8.-Men de Aplicaciones de
Canaima.
9.-Men de Acciones en
Canaima.
-Canaimitas.
-Plan
Nacional de
Alfabetizaci
n
Tecnolgica.
-Pizarrn.
-Marcador.
- Borrador.
- Rotafolios.
-
40
10.-Apariencias de Canaima.
11.-Archivos y Directorio de
Canaima.
12.-Cerrar Sesin en Canaima.
13.-Apagar el Computador de
Canaima.
4
PROGRAMAS
DE
APLICACIN
EN CANAIMA
1.-Abrir Open Libre Office.
2.-Pantalla Principal de Open
Libre Office.
3.-Documento.
4.-Guardar un Documento.
5.-Insertar Texto.
6.-Seleccin de Texto.
7.-Cerrar un Documento.
8.-Crear un Documento.
9.-Formato de Texto.
10.-Copiar, Pegar, Cortar y
Mover Texto.
11.-Abrir Presentaciones.
12.-Crear Presentacin.
13.- Diseo de Diapositivas.
14.- Insertar Objetos (Texto,
Imgenes, etc)
-Canaimitas.
-Plan
Nacional de
Alfabetizaci
n
Tecnolgica.
-Pizarrn.
-Marcador.
- Borrador.
-
41
15.-Insertar Diapositivas.
16.- Ver Presentacin.
17.-Guardar Documento.
18.-Internet.
19.- Navegador Web.
- Rotafolios.
- Video
Beam
SOPORTE TCNICO A EQUIPOS DE COMPUTACIN
ACTIVIDAD TAREAS RECURSOS
MANTENIMIENTO
PREVENTIVO
-Respaldar Archivos
-Realizar Limpieza al
Hardware
-Pendrives
-Destornilladores
-Brochas
-Programas
Limpiadores
MANTENIMIENTO
CORRECTIVO
-Instalar Sistema
Operativo (Formatear),
en caso de que se
requiera.
-Destornilladores
-Brochas
-DVD de Instalacin del
S.O
-
42
MICROCLASES
TEMA OBJETIVO
GENERAL
ACTIVIDADES RECURSO
S
FECHA
N 1
UN BUEN
TRATO ENTRE
COMPAERO
S,
NO AL
ACOSO
1) Promover
los valores
de
compaerism
os evitando
la agresin y
las ofensas.
1) Presentacin
de rotafolio
sobre al tema.
2) Lluvia de
ideas sobre el
Bullygn.
Pizarra
Marcadores
Borrador
Cuaderno
Canaimitas
30/ 06/
2015
N 2
CABALLITOS
DE SAN JUAN
1) Conocer el
Juego
tradicional
Caballito de
San Juan.
1) Lectura
sugerida de
material de
estudio.
3) Debatir
acerca de la
importancia de
la tradicin de
los Caballitos
de San Juan.
Pizarra
Marcadores
Borrador
Cuaderno
Canaimitas
30/ 06/
2015
-
43
ANTECEDENTES RELACIONADOS CON EL PROYECTO
1.-
AUTORES
Yeidy Isbet Varela Rangel
AO
2011
TTULO
Programa de Alfabetizacin Tecnolgica en Software Libre
INSTITUCIN
Universidad de los Andes - Facultad de Ingeniera
PAS
Venezuela
OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIN
1. Ofrecer a las comunidades el acceso a los recursos tecnolgicos
presentes en las Universidades y necesarios para lograr la difusin y
el acceso de la informacin.
2. Motivar a las comunidades a dar cumplimiento del decreto 3390,
ofreciendo una alternativa deformacin.
3. Ofrecer al profesor oportunidades de formacin para la solidaridad con
los sectores menos favorecidos para el acceso tecnolgico.
-
44
2.-
AUTORES
Daza Mejas, Heidi Coromoto
Fernndez Torres, Iris Coromoto
Medina Ramos, Yessica Gabriela
Palacios Guerrero, Henry David
AO
2011
TTULO
Alfabetizacin Tecnolgica Sobre Software Libre En El Infocentro Joaquin
Trincado, Comunidad De Cerro Mara, Municipio Iribarren, Barquisimeto
Estado Lara
INSTITUCIN
Universidad Nacional Experimental Politcnica De La Fuerza Armada
Bolivariana.
PAS
Venezuela
OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIN
1. Utilizar las Nuevas Tecnologas enmarcadas en software libre que le
permitirn convertirse en una comunidad integral con conocimientos
que pondrn en prctica en el da a da de sus actividades.
2. Motivar a la Comunidad de Cerro Mara a la utilizacin Prioritaria de
Software Libre, como sistema base por encima del Software
Propietario.
-
45
CAPTULO III
MARCO METODOLGICO
ACTIVIDADES REALIZADAS
SEMESTRE ACTIVIDADES TAREAS RESPONSABLES
I
Creacin de los Blogs
Publicar las
Tareas.
Cada Estudiante
Diagnstico a la
Institucin Abordada
Recoleccin de
Datos en la
Institucin
Asignada.
Erick Flores
Jefferson Alfaro
ngel Ramos
Mara Castillo
Inventario a Equipos
de Institucin.
Recoleccin de
Datos.
Erick Flores
Jefferson Alfaro
ngel Ramos
Mara Castillo
Levantamiento de la
Informacin.
Recoleccin de
Datos.
Erick Flores
Jefferson Alfaro
ngel Ramos
Mara Castillo
Visita a Los Medios de
Comunicacin
(Prensa, Radio y
Televisin).
Publicar
Nota de Prensa.
Erick Flores
Jefferson Alfaro
ngel Ramos
Mara Castillo
Diagnstico
Participativo en la
Institucin
Identificar
Fortalezas y
Debilidades en la
Ejecucin del
Proyecto as
como sus
Oportunidades y
Amenazas.
Erick Flores
Jefferson Alfaro
ngel Ramos
Mara Castillo
-
46
Visitas Organismos
que Apoyan el
Proyecto (CBIT,
Infocentro, CGP,
Biblioteca Virtual)
Recoleccin de
Datos en los
Organismos que
apoyan la
Ejecucin del
Proyecto.
Erick Flores
Jefferson Alfaro
ngel Ramos
Mara Castillo
Visita a la Institucin
Para Realizacin de la
Validacin de la
Comunidad
Validacin Final
por parte de la
Institucin
Educativa para la
realizacin del
Proyecto.
Erick Flores
Jefferson Alfaro
ngel Ramos
Mara Castillo
Creacin de los Blogs
Publicar las
Tareas.
Cada Estudiante
Visita Tcnica a
Instituciones
Educativa donde
desarrollan al
Proyecto Canaima
Educativo
Recolectar de
Informacin.
Erick Flores
Jefferson Alfaro
ngel Ramos
Mara Castillo
Planificacin del
Proyecto
Distribucin de
los Contenidos
del Plan Nacional
de Alfabetizacin
Tecnolgica.
Erick Flores
Jefferson Alfaro
ngel Ramos
Mara Castillo
Visita a Los Medios de
Comunicacin
(Prensa, Radio y
Televisin).
Publicar Nota de
Prensa.
Erick Flores
Jefferson Alfaro
ngel Ramos
Mara Castillo
-
47
II
Ejecucin del
Proyecto
Alfabetizacin
Tecnolgica en
el Sistema
Operativo
Canaima a
Usuarias y
Usuarios del 5to
Grado A de la
U.E.E Br. Felipe
Hernndez.
Erick Flores
Jefferson Alfaro
ngel Ramos
Mara Castillo
Elaboracin de
Carteleras
Exposicin de las
Carteleras.
Erick Flores
Jefferson Alfaro
ngel Ramos
Mara Castillo
Video Tutorial del Proyecto Canaima
Educativo.
Video Instructivo
Sobre el
Proyecto
Canaima
Educativo
Erick Flores
Jefferson Alfaro
ngel Ramos
Mara Castillo
Portal o Pgina Web
de la Escuela.
Creacin de Pagina Web de la Escuela y la Ejecucin del
Proyecto.
Erick Flores
Jefferson Alfaro
ngel Ramos
Mara Castillo
Informe Final.
Entrega del
Informe Final.
Erick Flores
Jefferson Alfaro
ngel Ramos
Mara Castillo
Evaluacin del
Proyecto.
Defensa del
Proyecto.
Erick Flores
Jefferson Alfaro
ngel Ramos
Mara Castillo
-
48
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES
SEMESTRE A CORTO
PLAZO
A MEDIANO
PLAZO
A LARGO
PLAZO
I
Publicacin de
entradas en los
Blogs.
Diagnstico a la
Institucin
Abordada.
Inventario a Equipos de Institucin.
Levantamiento de la Informacin.
Visita a Los Medios de Comunicacin (Prensa, Radio y Televisin).
Diagnstico
Participativo en
la Institucin.
Visitas
Organismos que
Apoyan el
Proyecto (CBIT,
Infocentro, CGP,
Biblioteca Virtual)
Visita a la
Institucin Para
Realizacin de la
Validacin de la
Comunidad
Publicacin de
entradas en los
Blogs.
-
49
II
Visita Tcnica a
Instituciones que
Desarrollan el
Proyecto
Educativo.
Planificacin del
Proyecto.
Visita a Los Medios de
Comunicacin (Prensa, Radio y
Televisin).
Elaboracin de
Carteleras.
Video Tutorial del Proyecto Canaima
Educativo.
Portal o Pgina Web de la Escuela.
Soporte Tcnico
a la Institucin
Educativa.
Ejecucin del
Proyecto.
Entrega de
Informe Final.
Evaluacin del Proyecto.
-
50
TCNICAS E INSTRUMENTOS EMPLEADOS
SEMESTRE TECNICAS INSTRUMENTOS
I
Observacin Directa
Registro Fotogrfico
Revisin Bibliogrfica
Encuesta.
Entrevista.
Galera de Fotos.
Textos Impresos.
Videos.
Libros.
II
Observacin Directa
Registro Fotogrfico
Revisin Bibliogrfica
Encuesta.
Entrevista.
Galera de Fotos.
Textos Impresos.
Videos.
Libros.
-
51
MATRIZ F.O.D.A.
FORTALEZAS OPORTUNIDADES DEBILIDADES AMENAZAS
Motivacin de
las y Alumnas y
Alumnos por
aprender sobre
el uso de sus
Porttiles
Canaima.
Cantidad menor de
Canaimas sol con
Cargadores
Daados.
Inoperatividad de
algunas
Canaimitas.
No impartir la
Alfabetizacin a
todos los nios
por igual.
Clases
Espordicas
impartidas por
la Docente de
Aula.
Tendencia
favorable por parte
de la Docente de
Aula al ser tambin
representante.
Docentes que no
tienen
conocimiento
amplio de cmo
impartir los
Programas
Informticos de
Grado.
No tener acceso
a Internet.
Total
disposicin de
la Docente de
Aula (Tutora
Institucional) en
cuanto a ideas
de beneficio a
la Ejecucin del
Proyecto.
Disponibilidad
absoluta por parte
del personal
Directivo de la
Institucin.
Inexperiencia en
el uso de los
equipos
Canaima.
No solucionar
las deficiencias
que presentan
ciertas
Canaimitas.
-
52
ENFOQUE DEL MARCO LGICO
PROYECTO CANAIMA EDUCATIVO
RBOL DE PROBLEMAS
Deficiencias en la Ejecucin del Proyecto
Canaima Educativo.
Dificultades en el uso de las
Porttiles Canaima.
Posibilidad de que algunos Nios
no reciban el Proyecto de
Alfabetizacin de Manera
Completa.
Docente de Aula
no capacitado en
Proyecto
Canaima
Educativo.
Programas de
Grado
Desactualizados.
Inoperatividad de
algunas
Canaimitas.
Nios que no
poseen sus
Canaimitas.
-
53
PROYECTO CANAIMA EDUCATIVO
RBOL DE SOLUCIONES
Docente de Aula
capacitado en el
Proyecto
Canaima
Educativo.
Programas de
Grado
actualizados.
Operatividad de
todas las
Canaimitas.
Solicitud de
Canaimitas a
rganos
Encargados.
Eficiencia En la Ejecucin del Proyecto
Canaima Educativo.
Alfabetizacin Del Proyecto
Canaima Educativo a las Alumnas
y Alumnos de Manera Completa.
Optimo Uso de las Porttiles
Canaima.
-
54
CANAIMITAS
RBOL DE PROBLEMAS
Canaimitas con
Gran cantidad de
Imgenes y
Juegos.
Algunas
Canaimitas con
Software
Privativo.
Utilizacin de las Porttiles
Canaima por parte de Terceros.
Canaimitas con
Cargadores
Daados.
Dficit en el uso de las Porttiles Canaima.
Inoperatividad de las
Porttiles Canaima.
Farragosidad del
Sistema Operativo de las
Canaimitas.
-
55
CANAIMITAS
RBOL DE SOLUCIONES
Gran cantidad de
juegos e imgenes
borradas de las
Canaimitas.
Todas las
Canaimitas con
Software Libre.
Utilizacin de las
Porttiles
Canaima solo por
parte de alumnas
y alumnos.
Utilizacin de
cargadores en el
saln para la
carga de las
Porttiles
Canaima.
Uso Eficiente de las Porttiles Canaima.
Operatividad de las
Porttiles Canaimas.
Fluidez del Sistema
Operativo de las
Canaimitas.
-
56
CAPTULO IV
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
CONCLUSIONES:
El Proyecto de Alfabetizacin Tecnolgica realizado en la Unidad
Educativa Estadal Br. Felipe Hernndez se ejecut de la mejor manera ya
que Alumnas y Alumnos aprendieron a utilizar eficazmente sus Porttiles
Canaima a travs de las clases que se le Impartieron fundamentadas en el
Plan Nacional de Alfabetizacin Tecnolgica, clases que ayudaron a los
Alumnos a conocer ms acerca de las Computadoras que ellos poseen; en la
parte de Hardware en la cual lograron obtener el conocimiento sobre la
identificacin de las piezas de sus Porttiles; as como tambin en el
Software el manejo del S.O Canaima y sus Programas de Aplicacin.
RECOMENDACIONES:
Tener Acceso a Internet.
Recuperacin de la Sala de Informtica que posee la Institucin.
Seguir Permitiendo la Ejecucin de Proyectos Sociotecnolgicos en la
Institucin Educativa.
Implementar el Software Libre como S.O de uso Primordial en la
Institucin.
IMPACTOS CAUSADOS EN LA INSTITUCIN EDUCATIVA
EDUCATIVOS:
El Impacto Educativo que tuvo el Proyecto fue muy Importante puesto que
las Alumnas y Alumnos lograron aprender a utilizar de una mejor manera sus
Porttiles Canaima lo cual los ayudar a cada de uno de ellos a recibir sus
clases de una manera diferente ya que las Actividades y Tareas las podrn
realizar utilizando su Canaima.
SOCIALES:
El Diagnostico Participativo fue eje fundamental para establecer una
socializacin con la Comunidad Abordando Temas en Cuestin a la
Ejecucin del Proyecto.
-
57
TECNOLGICOS:
Tecnolgicamente la Institucin fue muy beneficiada, ya que por
medio de la Ejecucin del Proyecto, la misma ahora cuenta con medios de
Informacin y Comunicacin que la enlazan a la Red.
CULTURALES:
A travs de la Micro-Clase Nro. 2 se Imparti a los Alumnos Material
de Estudio acerca de una de las Tradiciones Culturales de Ciudad Bolvar
Los Caballitos de San Juan, reforzado el conocimiento que ya tenan sobre
el Tema.
BIBLIOGRAFA CONSULTADA
1. Proyecto de Aprendizaje del 5to Grado Seccin A de la Unidad Educativa
Estadal Br. Felipe Hernndez El Buen trato entre Compaeros, No al Acoso
Escolar.
2. Plan Nacional de Alfabetizacin Tecnolgica (PNAT)
3. Leyes Consultadas:
Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela (1999).
Ley Orgnica de Educacin (2009).
Ley Orgnica de Ciencia Tecnologa e Innovacin (2005 - 2030)-
Ley Orgnica para la Proteccin de Nios, Nias y Adolescentes
(2007)
Ley de Infogobierno (2013)
Ley de Universidades (1970)
Ley de Consejos Comunales (2009)
4.- Decreto Presidencial ao 2000.
5.- Decreto Presidencial 3390 ao 2004.
6.- Plan patria 2013 2019.
7.- Pginas Web Consultadas:
http://blog.chavez.org.ve/programa-patria-venezuela-2013-
2019/#.VY69AVchOTw
http://www.leyesvenezolanas.com/
-
58
http://proyectosociocomunitarioinatur.blogspot.com/2011/04/relacion-
del-proyecto-con-las-lineas.html
http://canaimaeducativo.wikispaces.com/%C2%BFQu%C3%A9+es+Pr
oyecto+Canaima+Educativo%3F
https://es.wikipedia.org/wiki/Hardware
https://es.wikipedia.org/wiki/Software
https://es.wikipedia.org/wiki/Software_libre
http://proyectomajawa.blogspot.com/
http://www.monografias.com/trabajos82/alfabetizacion-tecnologica-
venezuela/alfabetizacion-tecnologica-venezuela.shtml
-
59
CAPTULO V
PROPUESTA DE SOLUCIN
POSIBLES
SOLUCIONES
ACTIVIDADES
REALIZADAS
RECURSOS RESPONSABLES
Alfabetizacin
Tecnolgica en
el Sistema
Operativo
Canaima
Clases
Realizadas a lo
largo de la
Ejecucin del
Proyecto
basadas en
Unidades de
Estudio ya
Diseadas
- Plan Nacional
de Alfabetizacin
Tecnolgica
-Pizarra
- Video Beam
-Marcadores
-Rotafolios
-Canaimitas
Erick Flores
Jefferson Alfaro
ngel Ramos
Mara Castillo
Exposiciones
Informativas
Serie de
Exposiciones
alusivas a El
Computador, El
Software Libre y
El Proyecto
Canaima
Educativo
-Pizarra
-Marcadores
-Rotafolios
Erick Flores
Jefferson Alfaro
ngel Ramos
Mara Castillo
Micro-Clases
Breves Clases
sobre Los
Caballitos de
San Juan y El
Proyecto de
Aprendizaje del
Aula Un buen
trato entre
Compaeros, no
al Acoso Escolar
-Pizarra
-Marcadores
-Rotafolios
Erick Flores
Jefferson Alfaro
ngel Ramos
Mara Castillo
-
60
-
61
-
62
Ttulo del PST I
Alfabetizacin Tecnolgica a Alumnas, Alumnos y Docente de Aula del 5to Grado Seccin A Beneficiarios del Proyecto Canaima Educativo de la Unidad Educativa Estadal Bachiller Felipe Hernndez Ubicada en la Parroquia Marhuanta de Ciudad Bolvar, Municipio Heres del Estado Bolvar
Alfabetizadores:
Erick Flores
Jefferson Alfaro
ngel Ramos
Mara Castillo
GRUPO N 4
Institucin: IUTEB PNF INFORMTICA
Semestre II Seccin 4M Trayecto I
RESUMEN
El Proyecto se Ejecut en la Unidad Educativa Estadal Bachiller Felipe Hernndez. Los
Beneficiarios fueron Los Alumnos, Las Alumnas y La Docente de Aula del 5to Grado
Seccin A. La Institucin est ubicada en la Parroquia Marhuanta de Ciudad Bolvar. Para
detectar los problemas existentes realizamos el Abordaje a la Institucin Educativa,
aplicando encuestas y tomando fotografas. Posteriormente se hizo el Diagnstico
Participativo y se aplic la Matriz FODA. Conociendo los problemas realizamos los Arboles
de Problemas y los Arboles de Solucin de acuerdo al Enfoque del Marco Lgico,
procediendo a planificar las posibles soluciones. El Objetivo General del Proyecto Socio
Tecnolgico I es Alfabetizar Tecnolgicamente a Alumnas, Alumnos y Docente de Aula del
5to Grado Seccin A Beneficiarios del Proyecto Canaima Educativo de la Unidad
Educativa Estadal Bachiller Felipe Hernndez, Ubicada en la Parroquia Marhuanta de
Ciudad Bolvar, Municipio Heres del Estado Bolvar. Los Objetivos Especficos:
1. Analizar los Datos recolectados en el 5to Grado Seccin A de la Institucin
Educativa Seleccionada.
2. Identificar los Problemas existentes en la Ejecucin del Proyecto Canaima
Educativo.
3. Formular alternativas de solucin a los Problemas Detectados.
4. Ejecutar el Plan Nacional de Alfabetizacin Tecnolgica.
-
63
5. Realizar Mantenimiento Preventivo y Correctivo a los Equipos de Computacin de
la Escuela.
6. Fortalecer al Proyecto Canaima Educativo en el 5to Grado Seccin A de la Unidad
Educativa Estadal Bachiller Felipe Hernndez.
Para solucionar los problemas ejecutamos el Plan Nacional de Alfabetizacin Tecnolgica
durante semanas brindando Soporte Tcnico a Usuarios y Usuarias Beneficiarios, quienes
aprendieron a utilizar mejor y manejar las Canaimitas. Se realizaron varias Exposiciones
Informativas, 3 Carteleras y Micro-Clases que trataron los siguientes Temas:
Exposiciones Informativas:
1. Conociendo al Proyecto Canaima Educativo.
2. Utilidad de la Computadora.
3. Importancia de la Computadora en la Escuela.
4. Historia de la Computadora.
5. La Computadora.
6. Partes de la Computadora.
7. El Procesamiento de la Informacin.
8. El Software.
Carteleras:
1. Conociendo al Proyecto Canaima Educativo.
2. La Computadora.
3. Software Libre.
Micro-Clases:
1. Un Buen trato entre Compaeros, No al Acoso.
2. Los Caballitos de San Juan.
Este proyecto tiene su basamento legal en la Constitucin Bolivariana de Venezuela, los
Decretos Presidenciales N 825, 3390 y la Resolucin N 3147, adems est vinculado
con el Plan de la Patria 2013/ 2019. : Se aplic la Investigacin de Campo con el Registro
Fotogrfico, Videos y La Investigacin Documental con la Revisin de Documentos.
Palabras Claves: Software Libre, Sistema Operativo Canaima, la Computacin
Como Herramienta Educativa. Proyecto Canaima Educativo,
Alfabetizacin Tecnolgica, Canaimitas.
rea de Estudio: reas de Saberes: Software y Hardware .Soporte Tcnico a
Usuarias, Usuarios y Equipos.
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64
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65
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66
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67
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84
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85
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86
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87
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92
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93
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94
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95
-
96
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97
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98
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99
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100
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101
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102
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103
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104
1 Semestre
-
105
2 Semestre