informe departamental de categorizaciÓn … · presentación del informe de la cuenta ante la...

13
Gobernación de Arauca Secretaría de Planeación HUMANIZANDO EL DESARROLLOCalle 20 Carrera 21 Esquina, 2º Piso Tel: 8852476 Arauca Arauca (Colombia). Email: [email protected] INFORME DEPARTAMENTAL DE CATEGORIZACIÓN 2017 Departamento de Arauca Arauca, Noviembre de 2016

Upload: lybao

Post on 06-Oct-2018

220 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: INFORME DEPARTAMENTAL DE CATEGORIZACIÓN … · presentación del informe de la Cuenta ante la Contraloría General de la República y la información fue reportada con la calidad

Gobernación de Arauca Secretaría de Planeación

“HUMANIZANDO EL DESARROLLO”

Calle 20 Carrera 21 Esquina, 2º Piso Tel: 8852476 Arauca – Arauca (Colombia). Email: [email protected]

0

INFORME DEPARTAMENTAL DE CATEGORIZACIÓN 2017

Departamento de Arauca

Arauca, Noviembre de 2016

Page 2: INFORME DEPARTAMENTAL DE CATEGORIZACIÓN … · presentación del informe de la Cuenta ante la Contraloría General de la República y la información fue reportada con la calidad

Gobernación de Arauca Secretaría de Planeación

“HUMANIZANDO EL DESARROLLO”

Calle 20 Carrera 21 Esquina, 2º Piso Tel: 8852476 Arauca – Arauca (Colombia). Email: [email protected]

1

INFORME DEPARTAMENTAL DE CATEGORIZACIÓN 2017

Gobernador de Arauca: RICARDO ALVARADO BESTENE

Secretario de Planeación Departamental: JOSÉ ALÍ DOMÍNGUEZ MARTÍNEZ

Profesional Universitario Secretaria de Planeación Departamental: MARTHA CECILIA LÓPEZ LANDÍNEZ

Page 3: INFORME DEPARTAMENTAL DE CATEGORIZACIÓN … · presentación del informe de la Cuenta ante la Contraloría General de la República y la información fue reportada con la calidad

Gobernación de Arauca Secretaría de Planeación

“HUMANIZANDO EL DESARROLLO”

Calle 20 Carrera 21 Esquina, 2º Piso Tel: 8852476 Arauca – Arauca (Colombia). Email: [email protected]

2

INTRODUCCIÓN

Con la aplicación de las políticas de descentralización territorial, la administración departamental ha previsto el desarrollo de acciones orientadas hacia el fortalecimiento institucional municipal, direccionando su acción hacia el logro de entidades territoriales ágiles, dinámicas y oportunas tanto en su gestión como en sus resultados. Uno de los temas en los que se consolida el acompañamiento a la acción municipal es el que realiza la Secretaria de Planeación Departamental en cuanto al tema de categorización municipal. Esta es una labor que se realiza a lo largo del año y especialmente desde el mes de junio, comprende entre otras acciones la actualización y entrega cada Municipio de la cartilla de Categorización Municipal (versión actualizada para el año) que para este año correspondió a la versión 2017, en la que de manera sencilla se ilustra a las administraciones municipales sobre el contenido de las Leyes 617 de 2000 y 1551 de 2012, se explica el procedimiento para realizar la categorización de la siguiente vigencia, las responsabilidades respecto de la expedición del Decreto de Categorización anual y las restricciones legales vigentes para las entidades territoriales que por incumplimiento tanto a la expedición oportuna del Decreto, así como a los límites de gastos de funcionamiento puede tener la administración municipal. Para el presente año, hubo comunicación constante con los municipios y se logró que gestionaran oportunamente las certificaciones del Departamento Administrativo Nacional de Estadística -DANE y la Contraloría General de la República –CGR, obteniéndose que antes del 31 de octubre de 2016, todos los municipios del departamento expidieran y enviaran sus Decretos de Categorización para la vigencia 2017 al Ministerio del Interior y de Justicia. El presente informe que compila el contenido de los decretos de categorización 2017, y pretende ser un elemento importante para la toma de decisiones, especialmente porque contempla el análisis de cumplimiento de límites de gastos de funcionamiento ejecutado durante la vigencia 2015, elemento central de la Ley 617 de 2000.

Page 4: INFORME DEPARTAMENTAL DE CATEGORIZACIÓN … · presentación del informe de la Cuenta ante la Contraloría General de la República y la información fue reportada con la calidad

Gobernación de Arauca Secretaría de Planeación

“HUMANIZANDO EL DESARROLLO”

Calle 20 Carrera 21 Esquina, 2º Piso Tel: 8852476 Arauca – Arauca (Colombia). Email: [email protected]

3

1. ASPECTOS LEGALES El artículo 7 de la Ley 1551, determinó que los distritos y municipios se clasificarán atendiendo su población, ingresos corrientes de libre destinación, importancia económica y situación geográfica.

Transcribimos los parágrafos 1, 2, 3, 4 5 y 6 de éste artículo, donde se establece:

1. Los municipios que de acuerdo con su población deban clasificarse en una determinada categoría, pero superen el monto de ingresos corrientes de libre destinación anuales señalados en el presente artículo para la misma, se clasificarán en la categoría inmediatamente superior.

Los municipios cuya población corresponda a una categoría determinada, pero cuyos ingresos corrientes de libre destinación anuales no alcancen el monto señalado en el presente artículo para la misma, se clasificarán en la categoría correspondiente a sus ingresos corrientes de libre destinación anuales.

2. Reglamentado por el Decreto Nacional 1638 de 2013. Se entiende por importancia económica el peso relativo que representa el Producto Interno Bruto de cada uno de los municipios dentro de su departamento. El Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, será responsable de calcular dicho indicador.

3°. Sin perjuicio de la categoría que corresponda según los criterios señalados en el presente artículo, cuando un distrito o municipio destine a gastos de funcionamiento porcentajes superiores a los límites que establece la ley se reclasificará en la categoría inmediatamente inferior.

Ningún municipio podrá aumentar o descender más de dos categorías entre un año y el siguiente.

4°. Los alcaldes determinarán anualmente, mediante decreto expedido antes del treinta y uno (31) de octubre, la categoría en la que se encuentra clasificado para el año siguiente, el respectivo distrito o municipio.

Page 5: INFORME DEPARTAMENTAL DE CATEGORIZACIÓN … · presentación del informe de la Cuenta ante la Contraloría General de la República y la información fue reportada con la calidad

Gobernación de Arauca Secretaría de Planeación

“HUMANIZANDO EL DESARROLLO”

Calle 20 Carrera 21 Esquina, 2º Piso Tel: 8852476 Arauca – Arauca (Colombia). Email: [email protected]

4

Para determinar la categoría, el decreto tendrá como base las certificaciones que expida el Contralor General de la República sobre los ingresos corrientes de libre destinación recaudados efectivamente en la vigencia anterior y sobre la relación porcentual entre los gastos de funcionamiento y los ingresos corrientes de libre destinación de la vigencia inmediatamente anterior, y la certificación que expida el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, sobre población para el año anterior y sobre el indicador de importancia económica.

El Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, y el Contralor General de la República remitirán al alcalde la certificación de que trata el presente artículo, a más tardar, el treinta y uno (31) de julio de cada año,

Si el respectivo Alcalde no expide el decreto en el término señalado en el presente parágrafo, dicha categorización será fijada por el Contador General de la Nación en el mes de noviembre del mismo año.

El salario mínimo legal mensual que servirá de base para la conversión de los ingresos, será el que corresponda al mismo año de la vigencia de los ingresos corrientes de libre destinación determinados en el presente artículo.

5°. Los municipios de frontera con población superior a setenta mil (70.000) habitantes, por su condición estratégica, se clasificarán como mínimo en la cuarta categoría, y en ningún caso los gastos de funcionamiento de dichos municipios podrán superar el ochenta por ciento de sus ingresos corrientes de libre destinación.

6°. Los municipios pertenecientes a cada uno de los grupos establecidos en el presente artículo, tendrán distinto régimen en su organización, gobierno y administración. El régimen correspondiente a cada categoría será desarrollado por la ley que para el efecto expida el Congreso de la República en el término de dos años contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ley. Las comisiones especiales de ordenamiento territorial del Congreso de la República tendrán activa participación en el proceso de formación.

Una vez expedido y publicado el Decreto de Categorización, copia del mismo debe ser enviada junto con sus soportes al Ministerio del Interior para su registro. La categorización de los municipios se tiene en cuenta para determinar: delegación

Page 6: INFORME DEPARTAMENTAL DE CATEGORIZACIÓN … · presentación del informe de la Cuenta ante la Contraloría General de la República y la información fue reportada con la calidad

Gobernación de Arauca Secretaría de Planeación

“HUMANIZANDO EL DESARROLLO”

Calle 20 Carrera 21 Esquina, 2º Piso Tel: 8852476 Arauca – Arauca (Colombia). Email: [email protected]

5

y asignación de atribuciones y funciones, fijar los honorarios de los Concejales; salario del Alcalde, el Personero y el Contralor; determinar los períodos de sesión de los Concejos (ya que éstos varían según la categoría), determinar la integración de las juntas administradoras locales, organizar las comunas, expedir y cancelar personerías jurídicas de organismos comunales, entre otros. A continuación se transcriben algunos Artículos de la Ley 617/2000, que ilustran sobre las consecuencias por incumplimiento de la misma: Artículo 84. Sanciones por incumplimiento. El incumplimiento de lo previsto en la presente ley, constituirá falta gravísima, sancionable disciplinariamente de conformidad con la ley. Artículo 80. Restricción al apoyo financiero de la Nación. Prohíbase a la Nación otorgar apoyos financieros directos o indirectos a las entidades territoriales que no cumplan las disposiciones de la presente ley; en consecuencia a ellas no se les podrá prestar recursos de la Nación, cofinanciar proyectos, garantizar operaciones de crédito público o transferir cualquier clase de recursos, distintos de los señalados en la Constitución Política. Tampoco podrán acceder a nuevos recursos de crédito y las garantías que otorguen no tendrán efecto jurídico. Tampoco podrán recibir los apoyos a que se refiere el presente artículo, ni tener acceso a los recursos del sistema financiero, las entidades territoriales que no cumplan con las obligaciones en materia de contabilidad pública y no hayan remitido oportunamente la totalidad de su información contable a la Contaduría General de la Nación Artículo 90. Otorgamiento de créditos. Ninguna entidad financiera podrá otorgar créditos a las entidades territoriales que incumplan los límites establecidos en la presente ley, sin la previa autorización del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la suscripción de un plan de desempeño en los términos establecidos en la Ley 358 de 1997 y sus disposiciones complementarias.

Page 7: INFORME DEPARTAMENTAL DE CATEGORIZACIÓN … · presentación del informe de la Cuenta ante la Contraloría General de la República y la información fue reportada con la calidad

Gobernación de Arauca Secretaría de Planeación

“HUMANIZANDO EL DESARROLLO”

Calle 20 Carrera 21 Esquina, 2º Piso Tel: 8852476 Arauca – Arauca (Colombia). Email: [email protected]

6

2. POBLACIÓN DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES PARA LA VIGENCIA 2015

La siguiente tabla muestra la población de los municipios y el Departamento de Arauca para la vigencia fiscal de 2015:

POBLACIÓN MUNICIPAL

ENTIDAD POBLACIÓN

2015

ARAUCA 88.481

ARAUQUITA 41.309

CRAVO NORTE 3.331

FORTUL 25.379

PUERTO RONDÓN 3.844

SARAVENA 47.203

TAME 52.767 Fuente: Certificaciones DANE

Esta información fue certificada por el Banco de Datos de la Territorial Centro Oriental del DANE, en el mes de julio de 2016.

3. GRADO DE IMPORTANCIA ECONÓMICA MUNICIPAL: La siguiente tabla muestra la importancia económica de los municipios para a vigencia 2016:

GRADOS DE IMPORTANCIA ECONÓMICA MUNICIPAL

ENTIDAD GRADO 2017

ARAUCA 2

ARAUQUITA 2

CRAVO NORTE 7

FORTUL 5

PUERTO RONDÓN 7

SARAVENA 4

TAME 3 Fuente: Resolución 1361 de 2016

Esta se encuentra en el Artículo 11° de la Resolución 1361 del 15 julio 2016, expedida por el DANE.

Page 8: INFORME DEPARTAMENTAL DE CATEGORIZACIÓN … · presentación del informe de la Cuenta ante la Contraloría General de la República y la información fue reportada con la calidad

Gobernación de Arauca Secretaría de Planeación

“HUMANIZANDO EL DESARROLLO”

Calle 20 Carrera 21 Esquina, 2º Piso Tel: 8852476 Arauca – Arauca (Colombia). Email: [email protected]

7

4. INGRESOS CORRIENTES DE LIBRE DESTINACIÓN 2015 A continuación se resumen los datos de ingresos corrientes de libre destinación ICLD de los municipios del Departamento de Arauca para la vigencia 2015:

INGRESOS CORRIENTES DE LIBRE DESTINACIÓN EN SALARIOS MÍNIMOS

ENTIDAD

ICLD (en miles)

CGR

% GASTOS

FUNCIONAMIENTO CGR

SMLV 2015 644.350

ARAUCA 20.699.453 67,91% 32.125

ARAUQUITA 5.596.372 68,40% 8.685

CRAVO NORTE 1.426.572 64,75% 2.214

FORTUL 2.662.563 61,60% 4.132

PUERTO RONDÓN 1.061.506 67,95% 1.647

SARAVENA 5.333.178 50,83% 8.277

TAME 4.441.547 64,67% 6.893

Fuente. Certificaciones Contraloría General de la República

Esta información fue certificada por el Contralor Delegado para Economía y Finanzas Públicas de la Contraloría General de la República –CGR-, en el mes de julio de 2016 Para la presente vigencia, dado que todos los municipios cumplieron la presentación del informe de la Cuenta ante la Contraloría General de la República y la información fue reportada con la calidad y oportunidad exigidas, todos contaron con la Certificación que expide de la Contraloría General de la República. De igual manera, de acuerdo con los cálculos realizados por la Contraloría General de la República, todos los municipios del Departamento de Arauca tuvieron una adecuada ejecución de sus gastos de funcionamiento, ya que para todos los casos el porcentaje de gastos de funcionamiento respecto del total de ingresos corrientes de libre destinación estuvieron por debajo del 80%. Siendo el 80% el porcentaje máximo para gastos de funcionamiento, el permitido por la Ley 617 de 2000.

Page 9: INFORME DEPARTAMENTAL DE CATEGORIZACIÓN … · presentación del informe de la Cuenta ante la Contraloría General de la República y la información fue reportada con la calidad

Gobernación de Arauca Secretaría de Planeación

“HUMANIZANDO EL DESARROLLO”

Calle 20 Carrera 21 Esquina, 2º Piso Tel: 8852476 Arauca – Arauca (Colombia). Email: [email protected]

8

5. DECRETOS DE CATEGORIZACIÓN 2017

La siguiente tabla muestra los Actos Administrativos expedidos por las Administraciones Municipales para establecer la categoría para la vigencia 2017:

ENTIDAD ACTO ADMINISTRATIVO FECHA EXPEDICIÓN

ARAUCA DECRETO 106 12/09/2016

ARAUQUITA DECRETO 103 30/09/2016

CRAVO NORTE DECRETO 110 10/10/2016

FORTUL DECRETO053 17/08/2016

PUERTO RONDÓN DECRETO 030 12/08/2016

SARAVENA DECRETO 138 11/10/2016

TAME DECRETO 062 13/10/2016 Fuente: Decretos de Categorización 2017

Los Municipio de de Arauca, Arauquita, Cravo Norte, Fortul, Puerto Rondón, Saravena y Tame expidieron los Decretos de Categorización 2017 antes del 31 de octubre de 2016.

6. CATEGORÍA ADOPTADA POR CADA MUNICIPIO PARA LA VIGENCIA 2017.

A continuación se observan categorías grupos e importancia económica que fueron adoptadas por los municipios en los Decretos de Categorización 2017.

CATEGORÍAS EN LOS DECRETOS DE CATEGORIZACIÓN 2017

ENTIDAD CATEGORÍA GRUPO IMPORTANCIA

ECONÓMICA.

ARAUCA CUARTA SEGUNDO GRUPO - MUNICIPIOS INTERMEDIOS GRADO DOS

ARAUQUITA SEXTA NO LO INCLUYÓ GRADO DOS

CRAVO NORTE SEXTA TERCER GRUPO - MUNICIPIOS BÁSICOS GRADO SIETE

FORTUL SEXTA NO LO INCLUYÓ GRADO CINCO

PUERTO RONDÓN SEXTA NO LO INCLUYÓ GRADO SIETE

SARAVENA SEXTA NO LO INCLUYÓ GRADO CUATRO

TAME SEXTA TERCER GRUPO - MUNICIPIOS BÁSICOS GRADO TRES Fuente. Registros enviados por los Alcaldes

Los municipios de Arauca, Cravo Norte y Tame incluyeron todos los elementos de que trata la Ley 1551 de 2012. Los municipios de Arauquita, Fortul, Puerto Rondón y Saravena los incluyeron parcialmente.

Page 10: INFORME DEPARTAMENTAL DE CATEGORIZACIÓN … · presentación del informe de la Cuenta ante la Contraloría General de la República y la información fue reportada con la calidad

Gobernación de Arauca Secretaría de Planeación

“HUMANIZANDO EL DESARROLLO”

Calle 20 Carrera 21 Esquina, 2º Piso Tel: 8852476 Arauca – Arauca (Colombia). Email: [email protected]

9

7. CUMPLIMIENTO DE ENVÍO DE LOS DECRETOS DE CATEGORIZACIÓN 2017 AL MINISTERIO DEL INTERIOR

La siguiente tabla muestra las fechas en que fueron enviados los Decretos de Categorización 2017 al Ministerio del Interior.

FECHAS DE ENVÍO DE LOS DECRETOS DE CATEGORIZACIÓN

ENTIDAD FECHA REMISIÓN AL

MIN INTERIOR

ARAUCA 13/09/2016

ARAUQUITA 04/10/2016

CRAVO NORTE 25/08/2016

FORTUL 25/08/2016

PUERTO RONDÓN 12/08/2016

SARAVENA 21/10/2016

TAME 25/10/2016 Fuente. Registros enviados por los Alcaldes

Puede observarse que todos los municipios enviaron el Decreto de Categorización Municipal 2017 antes de finalizar el mes de Octubre.

8. ESTADÍSTICAS DEPARTAMENTALES DE CUMPLIMIENTO DEL ENVÍO DE LOS DECRETOS DE CATEGORIZACIÓN 2016 AL MINISTERIO DEL INTERIOR

Revisada la información entregada por las entidades territoriales sobre sus Decretos de Categorización 2017, tenemos lo siguiente:

RESUMEN DE CUMPLIMIENTO ENVÍO

DECRETOS

TOTAL ENTIDADES 7

CUMPLE 7

INCUMPLE 0

NO REPORTARON INFORMACIÓN 0

Page 11: INFORME DEPARTAMENTAL DE CATEGORIZACIÓN … · presentación del informe de la Cuenta ante la Contraloría General de la República y la información fue reportada con la calidad

Gobernación de Arauca Secretaría de Planeación

“HUMANIZANDO EL DESARROLLO”

Calle 20 Carrera 21 Esquina, 2º Piso Tel: 8852476 Arauca – Arauca (Colombia). Email: [email protected]

10

Los municipios de Arauca, Arauquita, Cravo Norte, Fortul, Puerto Rondón, Saravena y Tame presentaron pruebas documentales de haber enviado copia del Decreto de Categorización junto con sus soportes al Ministerios del Interior.

CUMPLE7

100%

INCUMPLE0

0%

NO REPORTARON INFORMACIÓN

00%

CUMPLIMIENTO ENVÍO DECRETOS DE CATEGORIZACIÓN AL MINISTERIO DEL

INTERIORMUNICIPIOS DEPARTAMENTO DE ARAUCA

VIGENCIA 2017

Page 12: INFORME DEPARTAMENTAL DE CATEGORIZACIÓN … · presentación del informe de la Cuenta ante la Contraloría General de la República y la información fue reportada con la calidad

Gobernación de Arauca Secretaría de Planeación

“HUMANIZANDO EL DESARROLLO”

Calle 20 Carrera 21 Esquina, 2º Piso Tel: 8852476 Arauca – Arauca (Colombia). Email: [email protected]

11

CONCLUSIONES

- Los Municipios de Arauca, Arauquita, Cravo Norte, Fortul, Puerto Rondón,

Saravena y Tame cumplieron con la expedición de los Decretos de Categorización 2017.

- Los Decretos de Categorización 2017 de los municipios del Departamento de Arauca fueron expedidos antes del 31 de octubre de 2016.

- Los Decretos de Categorización fueron elaborados adecuadamente por tres de los municipios.

- Todos los municipios del Departamento enviaron copia del Decreto junto con sus anexos al Ministerio del Interior y de Justicia.

RECOMENDACIONES y/o SUGERENCIAS: Revisada la información de categorización 2017, se realizan de manera general las siguientes recomendaciones y/o sugerencias:

- TRÁMITE DE LA CERTIFICACIÓN ANTE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA:

Se requiere que todas las entidades territoriales monitoreen desde comienzo del año sobre el recibido a la información contenida en los Informes que se envía con destino a la CGR y la Contaduría. Igualmente, verificar si el reporte fue suficiente o si por el contrario se requiere realizar ajustes o aclaraciones que soliciten dichas entidades. De ocurrir esto, se deben hacer en el menor tiempo posible, ya que son el insumo indispensable para que la CGR realice los cálculos correspondientes. Para ello, una vez la administración entregue el informe anual ante la CGR, se sugiere ponerse en contacto con los funcionarios encargados de la revisión de la información y expedición de la Certificación y mantener comunicación constante hasta el momento en que la certificación haya llegado al municipio.

Page 13: INFORME DEPARTAMENTAL DE CATEGORIZACIÓN … · presentación del informe de la Cuenta ante la Contraloría General de la República y la información fue reportada con la calidad

Gobernación de Arauca Secretaría de Planeación

“HUMANIZANDO EL DESARROLLO”

Calle 20 Carrera 21 Esquina, 2º Piso Tel: 8852476 Arauca – Arauca (Colombia). Email: [email protected]

12

- ELABORACIÓN DE LOS DECRETOS DE CATEGORIZACIÓN

Los municipios deben tener en cuenta que la norma vigente es la Ley 1551 de 2012, por lo que se recomienda revisar dicha Ley, no sólo para el ejercicio de categorización sino para el desarrollo de sus diferentes competencias, por cuanto se trata del régimen municipal vigente.

- CUMPLIMIENTO EN EL ENVÍO DE LA INFORMACIÓN AL MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA: Por tratarse de una obligación legal el expedir el Decreto de Categorización de manera anual, y de su radicación ante el Ministerio del Interior, se ratifican las orientaciones dada sobre cumplimiento. Finalmente, que para ser incluido en los informes que realiza ésta Secretaría, estar pendiente de enviarnos copia de la información en la primera semana del mes de noviembre de cada año.