información para médicos extranjeros que preparan el mir

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Información para médicos extranjeros que preparan el MIR Edición 2016

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Page 1: Información para médicos extranjeros que preparan el MIR

Información para médicos extranjeros que

preparan el MIR

Edición 2016

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VII. Información para médicos extranjeros que preparan el MIR

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INFORMACIÓN PARA MÉDICOS EXTRANJEROS QUE PREPARAN EL MIR

INFORMACIÓN PARA MÉDICOS EXTRANJEROS QUE PREPARAN EL MIR ............................................................... 288

1. MOVIMIENTOS MIGRATORIOS DE MÉDICOS HACIA ESPAÑA Y DESDE ESPAÑA ............................................................................. 289 2. INFORMACIÓN GENERAL SOBRE EL EXAMEN MIR ................................................................................................................ 292

2.1. ¿Que es el examen MIR? ........................................................................................................................... 292 2.2. ¿Quién es el organismo responsable del examen?...................................................................................... 293 2.3. Es necesario obtener una puntuación de examen superior a la nota de corte para tener un número de orden con el que ser llamado a los actos de elección de plazas. ........................................................................................................ 294 2.4. Los médicos extracomunitarios sin permiso de residencia o trabajo tendrán limitado el número de plazas a las que puedan optar por el “cupo de extranjeros” ..................................................................................................................... 294 2.5. Turno de plazas para médicos con discapacidad igual o superior al 33% .................................................... 296

3. HOMOLOGACIÓN DEL TÍTULO DE MEDICINA PARA MÉDICOS EXTRANJEROS ............................................................................... 297 3.1. El título homologado, requisito indispensable para inscribirse en el examen MIR .......................................... 297 3.2. ¿De qué Organismo Oficial depende la Homologación? ............................................................................ 298 3.3. ¿Qué documentos suelen pedir para la solicitud de Homologación? ........................................................... 298 3.4. ¿Cuáles pueden ser los resultados de la solicitud de Homologación? .......................................................... 298 3.5. ¿Cuánto tiempo tarda? .............................................................................................................................. 299 3.6. ¿Debo guardar copias de los documentos presentados? ............................................................................. 299

4. ACREDITACIÓN DE CONOCIMIENTO DEL IDIOMA ESPAÑOL PARA NACIONALES DE PAÍSES CUYA LENGUA OFICIAL NO SEA EL CASTELLANO ... 299 4.1. ¿Quién tiene que acreditar el conocimiento del idioma? ............................................................................. 299 4.2. ¿Cómo debe acreditarse el conocimiento del idioma? ................................................................................ 299 4.3. Fechas de exámenes y plazos de inscripción ............................................................................................... 300

5. INFORMACIÓN GENERAL SOBRE EL CURSO MIR ASTURIAS PRESENCIAL (MODALIDADES A, B Y D) .................................................... 300 5.1. ¿Dónde se imparten las clases del Curso MIR Asturias? ............................................................................... 300 5.2. ¿Cómo llego a Oviedo?............................................................................................................................. 300 5.3. ¿Dónde puedo buscar un piso o habitación para alquilar y vivir durante el curso? ....................................... 301 5.4. Alumnos extranjeros del Curso MIR Asturias en proporción con los médicos extranjeros de toda la población MIR301

6. INFORMACIÓN SOBRE LA ENTRADA EN ESPAÑA: EL PASAPORTE Y EL VISADO ............................................................................... 302 6.1. Información sobre la obtención de la “Visa de estudiante” (Visado de estudios) ........................................... 302 6.2. Información sobre la obtención de la “Tarjeta de estudiante” ...................................................................... 303 6.3. Información sobre el Visado de estancia (Visa de turista) ............................................................................. 303

7. TARJETA DE IDENTIFICACIÓN DE EXTRANJEROS ................................................................................................................... 304 8. EMPADRONAMIENTO ................................................................................................................................................. 304 9. INSCRIPCIÓN EN EL EXAMEN MIR. RESUMEN DE LA CONVOCATORIA MIR 2016 ........................................................................ 305

9.1. Calendario de las pruebas selectivas MIR 2016 .......................................................................................... 305 9.2. Información relevante ................................................................................................................................ 306 9.3. Requisitos generales de participación ......................................................................................................... 307 9.4. Documentos .............................................................................................................................................. 309 9.5. Plazos para aportar la documentación ....................................................................................................... 311 9.6. Declaración jurada .................................................................................................................................... 312

10. REGULARIZACIÓN DE LA SITUACIÓN EN ESPAÑA DESPUÉS DE LA ADJUDICACIÓN DE LA PLAZA MIR ................................................. 313 10.1. Visado de Estudios ................................................................................................................................... 313 10.2. Visado de Residencia o Trabajo................................................................................................................ 313 10.3. Solicitud excepcional de prórroga del plazo de incorporación a la plaza MIR ............................................. 313

11. DIRECCIONES DE ORGANISMOS OFICIALES ..................................................................................................................... 314 12. RESULTADOS DE TODOS LOS PRESENTADOS ESPAÑOLES Y EXTRANJEROS EN EL MIR ................................................................. 315

12.1. Resultados de los presentados españoles y extranjeros entre los 4.000, 1.000 y 100 primeros puestos del MIR315 12.2. Resultados de TODOS los presentados españoles y extranjeros en el MIR 2.015 (11.227 médicos) ............. 316

13. RESULTADOS EN EL MIR 2015 DE LOS ALUMNOS EXTRANJEROS DEL CURSO MIR ASTURIAS......................................................... 317 13.1. Número de alumnos del Curso MIR que eran extranjeros .......................................................................... 317 13.2. Resultados de los alumnos extranjeros del Curso, comparados con los NO alumnos extranjeros del resto de la población MIR 2012-15 .......................................................................................................................................................... 320 13.3. Resultados de los alumnos extranjeros SIT.4 del Curso en el MIR 2015, comparados con los NO alumnos extranjeros SIT. 4 de otros centros de preparación ........................................................................................................................ 323 13.4. Resultados de los alumnos extranjeros, comparados con los alumnos españoles del Curso MIR Asturias 2012-2015 325

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Muy importante: Cambios en la Homologación de títulos extranjeros en noviembre de 2014

El 22 de noviembre de 2014, se publicó en el BOE el Real Decreto 967/2014 de 21 de noviembre ( http://www.boe.es/boe/dias/2014/11/22/pdfs/BOE-A-2014-12098.pdf ). Este R.D. regula la homologación y convalidación de estudios extranjeros con el grado español de Medicina, introduciendo cambios en el procedimiento de homologación. Se añade nuevos requisitos a los anteriormente existentes, incluyendo la necesidad de que ANECA emita un informe motivado favorable a la homologación. A partir de ahora, entre otros requisitos, es necesario la convalidación de créditos de investigación realizados durante los estudios del solicitante, equivalentes al trabajo de fin de Grado de los médicos españoles). Este cambio en el proceso y requisitos para la homologación, ha extendido los meses necesarios para obtener este documento, impresc indible para la inscripción en el examen MIR. En el momento de redacción de este documento, a mediados de Julio de 2016, cientos de expedientes de médicos extranjeros están pendientes de la resolución de la homologación de su título de Medicina para poder inscribirse en el MIR. No sabemos cuántos de ellos podrán finalmente hacerlo y cuantos no llegarán a tiempo. Aconsejamos encarecidamente a todos los médicos extranjeros interesados en hacer la especialidad en España que inicien los trámites de homologación lo antes posible, porque el plazo de tiempo necesario para los mismos puede ser superior a un año. El Curso MIR Asturias no puede hacer nada por acelerar este proceso, y recordamos que es responsabilidad del alumno tener los documentos necesarios para poder inscribirse en la prueba MIR a tiempo para ello.

Importante: Cambios en la convocatoria MIR 2015

En 2014 la nota de corte se mantuvo en el 35% de la media de las puntuaciones de los diez mejores exámenes de la convocatoria. Solo los médicos presentados con una puntuación igual o mayor a 65,67 netas, han obtenido número de orden en esta convocatoria, requisito imprescindible para convertirse en potencial elector de una plaza MIR. El Ministerio mantuvo en la convocatoria 2015 el número de plazas destinadas al cupo de extranjeros en el 4% de las plazas ofertadas, en el primer llamamiento (244 plazas), y se agotó en el número de orden 4.547.

1. Movimientos migratorios de médicos hacia España y desde España Al igual que en la década de los 70 y 80, Estados Unidos fue un destino preferente para médicos españoles en busca de una especialización de calidad, a partir de 2005, España se convirtió en un destino elegido por médicos de otros países, especialmente de los de habla hispana, en busca de formación médica postgraduada. Simultáneamente, a los movimientos migratorios de médicos extranjeros hacia España, hay también movimientos de emigración de médicos españoles hacia otros países de la CE, en busca principalmente de mejores condiciones laborales. Desde 2006 a 2010, 2.561 médicos españoles han dejado España por este motivo (datos de la Organización Médica Colegial). Según el estudio de demografía médica elaborado por CESM, a estos habría que añadir los cerca de 8.000 facultativos españoles que llevan fuera de España desde antes de 2007. El número de títulos de Licenciado en Medicina homologados por las autoridades españolas en los últimos años es muy superior al número de títulos de Especialistas foráneos homologados, lo que refuerza la idea que la intención de la mayoría de los médicos extranjeros que vienen a España es procurar acceder al sistema de especialización MIR. En el periodo 2000-10, el Ministerio de Educación homologó 40.367 títulos de médicos extracomunitarios, un número similar al total de médicos licenciados de la suma de todas las facultades españolas en el mismo periodo (44.313).

Acceso de nuevos médicos al mercado de trabajo 2.001 2.002 2.003 2.004 2.005 2.006 2.007 2.008 2.009 2.010 2.011 2.012 2.013 2.014 2015 Total

Números clausus

admitidos en las

Facultades

españolas

4.371 4.359 4.359 4.343 4.343 4.726 5.032 5.871 6.229 6.673 6.949 7.061 6.977 6.905 6.847 85.045

Médicos

Licenciados en

España

4.066 4.140 4.010 4.414 4.286 3.899 4.245 4.228 4.259 4.241 4.406 4.665 4.938 5.703 6.163 67.663

Plazas MIR

ofertadas 5.247 5.419 5.670 5.483 5.804 6.048 6.517 6.797 6.944 6.874 6.704 6.388 6.149 6.079 6.097 92.220

Adjudicatarios de

plazas MIR 5.242 5.417 5.661 5.480 5.717 5.804 6.216 6.706 6.941 6.873 6.703 6.349 5.986 6.014 6.095 91.204

Títulos de

Licenciado

extracomunitarios

homologados

1.342 831 3.360 2.634 2.624 3.391 4.819 7.707 6.968 5.928 7.065

(*) 3.491 2.432 ¿? ¿? 45.527

Títulos de

Licenciado

europeo

Reconocidos

203 204 249 235 333 235 556 575 375 271 300 (*)

300 (*)

¿? ¿? ¿? 3.236

Títulos de

Especialista

extranjero

homologados

220 260 288 415 551 577 702 ¿? ¿? 298 ¿? ¿? ¿? ¿? ¿? 3.311

(*) Estimados Fuente: www. gangasmir.blogspot.com

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En los años 2005-09 no se cubrieron todas las plazas de formación ofertadas en el MIR, a pesar de que parte de las plazas (sobre todo de Medicina de Familia) fueron ocupadas por médicos foráneos. Este periodo puede considerarse como “excepcional” en la historia del MIR, pues nunca antes se había dado esta situación. En la convocatoria del 2010 no quedó “libre” ninguna plaza de Medicina de Familia, solo 1 plaza de Farmacología Clínica en un centro privado que exigía conformidad previa (en la práctica, se puede considerar que se agotaron todas las plazas de la convocatoria). En el MIR 2011 no quedó ninguna plaza libre sin elegir. En el MIR 2012 quedaron desiertas 39 plazas, todas ellas de Medicina del Deporte. En el MIR 2013 quedaron desiertas 225 plazas de M. de Familia y Escuelas Profesionales. En el MIR 2014 quedaron 62 plazas desiertas (56 de Medicina del Deporte, 5 de Hidrología y 1 de Medicina Nuclear en un centro privado que exigía conformidad previa). En el MIR 2015 no se convocaron plazas de Escuelas profesionales y quedaron desiertas únicamente 2 plazas de centros que requerían conformidad previa.

Plazas MIR del sistema PÚBLICO que quedaron “desiertas” durante los últimos años Especialidad 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 Total

Medicina Familiar y

comunitaria 52 189 253 51 108 653

Escuelas

Profesionales 35 51 41 36 2 39 117 61 382

Plazas de Centros

que exigen

conformidad

2 4 1 2 9

Total 87 242 298 87 2 0 0 39 225 62 2 1044

En el MIR 2010 Aproximadamente 71% de las plazas MIR de la convocatoria fueron elegidas por médicos españoles y el 29% restante por médicos foráneos. Esa proporción global, varía considerando individualmente cada una de las especialidades ofertadas. En el MIR 2011, el 74,36% de las plazas de la convocatoria fueron asignadas a médicos españoles, y el 25,64% a médicos extranjeros. En el MIR 2012, el 75,58% de las plazas fueron escogidas por médicos españoles y el 24,4% por médicos extranjeros En el MIR 2013, el 81,5% de las plazas fueron escogidas por médicos españoles y el 18,4% por médicos extranjeros. En el MIR 2014, el 87,37% de las plazas fueron escogidas por médicos españoles y el 12,63% por médicos extranjeros. En el MIR 2015, el 89,07% de las plazas fueron escogidas por médicos españoles y el 10,93% por médicos extranjeros. El nº de médicos extranjeros que se presentan al MIR, y que se adjudican plaza, está disminuyendo. Durante las últimas convocatorias ha existido un cupo máximo de plazas MIR que podían ser ocupadas por médicos extracomunitarios sin permiso de residencia o trabajo, afectados por el llamado “cupo de extranjeros”.

En el MIR 2009, de los 4.284 electores extranjeros, aproximadamente 1.900 estaban afectados por el cupo de extranjeros. Solo 672 de ellos (un 10% de las plazas ofertadas de hospitales públicos) pudieron elegir plaza. El cupo de extranjeros se agotó en el MIR 2009 en el número 7.800 aproximadamente. Los electores foráneos afectados por el cupo con un número de orden superior a este, no pudieron elegir plaza.

En el MIR 2010, se volvió a incluir a los médicos extracomunitarios con visa de estudios (situación administrativa nº 4) en el “cupo de extranjeros”, y el Ministerio de Sanidad introdujo la posibilidad de una 2ª convocatoria de plazas en caso de que quedasen plazas libres sin asignar en la 1ª convocatoria de los actos de elección de plazas. En el año 2010 el número de médicos admitidos al MIR afectado por el cupo se incrementó respecto al 2009 (como consecuencia de que el Ministerio incluyó en el cupo de extranjeros a 1.552 médicos extracomunitarios sin permiso de residencia y con visa de estudios, que el año 2009 no estaban afectados por el cupo). Los afectados por el cupo pasaron de 1.900 en 2009, a 3.945 en 2010, por lo que el cupo se acabó antes en 2010 que lo que había ocurrido en 2009.

o El cupo de extranjeros se terminó en la 1ª convocatoria con el nº de orden 4.137. En la 1ª convocatoria MIR 2010 se asignaron 688 afectados por el cupo, siendo el último en elegir el nº 4.137. Hubo 27 incomparecencias a los actos de elección de plaza entre los afectados. Si no hubiera habido incomparecencias de afectados, el último en elegir hubiera sido el nº 4.049.

o El cupo de extranjeros se terminó en la en la 2ª convocatoria en el nº de orden 8.159. En la 2ª convocatoria MIR 2010 se ofrecieron 325 plazas: 267 fueron de Medicina Familiar y Comunitaria, 47 de Medicina de Educación Física (régimen de Escuela en los que se paga matrícula, no se percibe salario, y es posible repetir el MIR sin que sea necesario renunciar a la plaza), 7 de Medicina del Trabajo, 1 de Medicina Preventiva, 1 de Bioquímica Clínica, 1 de Hematología y 1 de Farmacología Clínica que quedó vacante (centro privado que ejerce el derecho de conformidad). En esta segunda convocatoria entre el primer afectado por el cupo (nº 4.146) y el último que eligió (nº 8.159) había 1.204 afectados y hubo 970 que no comparecieron a elegir entre el primero y el último que eligió. Si se hubiesen presentado todos los afectados por el cupo, el último que hubiera elegido habría sido el nº 5.381. La última plaza, de la segunda convocatoria, de Medicina Familiar y Comunitaria se asignó con el nº 6.362 y las 46 siguientes hasta la última (nº 8.159) fueron plazas de Medicina de Educación Física

o El número de médicos electores afectados por el cupo que no tuvieron posibilidad de escoger plaza fue de 1.358 médicos extracomunitarios en situación administrativa 4 y 5.

Desde 2010 hasta 2013, el cupo de extranjeros extracomunitarios se concretó en dos límites en el conjunto de las plazas (no son límites por cada especialidad, sino en el conjunto de todas las especialidades). El primero era efectivo en la convocatoria general y suponía la adjudicación como máximo de un número de plazas (el 10% de las

convocadas hasta 2011, un 8% en 2012, un 4% en 2013, y 2014) que se eligen por riguroso nº de orden junto con el resto de candidatos. En el MIR 2014 el límite era de 244 plazas). Una vez agotado el cupo de extranjeros, ya NO podían elegir plaza aquellos afectados por el cupo que faltasen por elegir.

En el periodo 2010-13, la convocatoria general convocaba una segunda ronda de elección de plazas, para que caso de que quedaran plazas desiertas en la convocatoria general pudieran asignarse en la segunda. En la misma se ofrecían las plazas desiertas de la primera. A ella podían presentarse todos los que no habían elegido plaza en la primera convocatoria o general y que no hubiesen renunciado expresamente a ese derecho, por lo tanto, no era solo para los afectados por el cupo, aunque prácticamente fueran ellos los únicos que comparecían a elegir en la misma. El límite máximo para los afectados por el cupo en la segunda convocatoria se fijaba en cada convocatoria 2010-13 (5% del total de las plazas convocadas). En el caso de que las plazas desiertas de la primera fueran superiores a ese límite, una vez asignadas hasta el límite, el resto quedarían desiertas. En el

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MIR 2014, el Ministerio suprimió la segunda convocatoria de elección de plazas. A partir de esa convocatoria no se ofrecen plazas en el segundo llamamiento (si quedase libre alguna al finalizar la convocatoria genera l, estas quedarán definitivamente desiertas)

En el MIR 2011, el total de médicos admitidos a la convocatoria fue de 13.584. De ellos eran españoles 7.451 (57,85%),

comunitarios 583 (4,29%) y extracomunitarios 5.550 (40,86%). De los 5.550 extracomunitarios inscritos, 1.782 NO estaban afectados por el cupo de extranjeros y 3.768 SI lo estaban. El cupo de extranjeros en la 1ª convocatoria era de 671 plazas (10% de 6.704 plazas convocadas). Los extranjeros extracomunitarios SIT 4 (extracomunitarios con visa de estudiante) y SIT 5 (extracomunitarios que vienen a examinarse desde su país), ambos grupos afectados por el cupo, pasaron de 3.945 a 3.768, lo que supuso una bajada del 4,49% (-177). El saldo negativo se componía de un aumento de los SIT 4 de 1.522 a 1.736, que supuso el 14,06% (+214) y una disminución de los SIT 5 de 2.423 a 2.032 que supuso el 16,14% (-391)

o El cupo de extranjeros se terminó en la 1ª convocatoria con el nº de orden 4.074. En la 1ª convocatoria MIR 2010 se asignaron 671 afectados por el cupo, siendo el último en elegir el nº 4.074. Hubo 28 incomparecencias a los actos de elección de plaza entre los afectados.

o El cupo de extranjeros se terminó en la en la 2ª convocatoria en el nº de orden 5.355. En la 2ª convocatoria MIR 2011 se ofrecieron 29 plazas: 27 de Medicina de Educación Física (régimen de Escuela en los que se paga matrícula, no se percibe salario, y es posible repetir el MIR sin que sea necesario renunciar a la plaza), y 2 plazas de centros privados con derecho a conformidad previa (1 plaza de anatomía patológica y 1 plaza de alergología) La última plaza pública, de la segunda convocatoria, fue el nº 5.355, de Medicina de Educación Física y del Deporte.

o El número de médicos electores afectados por el cupo que no tuvieron posibilidad de escoger plaza fue de 2.227 médicos extracomunitarios en situación administrativa 4 y 5.

En el MIR 2012, el total de médicos admitidos a la convocatoria fue de 13.720. De ellos eran españoles 8.442 (61,53%),

comunitarios 487 (3,55%) y extracomunitarios 4.791 (34,92%). De los 4.791 extracomunitarios inscritos, 1.739 NO estaban afectados por el cupo de extranjeros y 3.052 SI lo estaban. El cupo de extranjeros en la 1ª convocatoria era de 511 plazas (8% de 6.388 plazas convocadas). Los extranjeros extracomunitarios SIT 4 (extracomunitarios con visa de estudiante) y SIT 5 (extracomunitarios que vienen a examinarse desde su país), ambos grupos afectados por el cupo, pasaron de 3.768 a 3.052, lo que supuso una bajada del 19 % (-716). El saldo negativo se componía de una reducción de los SIT 4 de 1.736 a 1.549, que supuso el -10,77% (-187) y una disminución de los SIT 5 de 2.032 a 1.503 que supuso el -26% (-529)

o El cupo de extranjeros se terminó en la 1ª convocatoria con el nº de orden 3.586. En la 1ª convocatoria MIR 2012 se asignaron 511 plazas a afectados por el cupo. Hubo 16 incomparecencias a los actos de elección de plaza entre los afectados.

o La última plaza en la en la 2ª convocatoria se escogió con el nº de orden 9.182 En la 2ª convocatoria MIR 2012 se ofertaron 350 plazas (de las que solo se habrían podido escoger un máximo de 319 por afectados por el cupo de extranjeros). La última plaza de M. de Familia se escogió en la segunda convocatoria con el número de orden 6.349 (antes del nº 6349 no comparecieron a elegir 434 afectados lo que supuso el 62,72% de los mismos hasta ese nº de orden), y la última plaza de Escuela Profesional con el número de orden 9.182. Se cubrieron 311 plazas de las 350 ofertadas. Quedaron desiertas 39 plazas en el segundo llamamiento, todas ellas de Medicina Educación Física y del Deporte.

En el MIR 2013, el total de médicos admitidos a la convocatoria fue de 11.789. De ellos eran españoles 8.008 (67,92%), comunitarios 453 (3,84%) y extracomunitarios 3.328 (28,22%). De los 3.328 extracomunitarios inscritos, 1.483 NO estaban afectados por el cupo de extranjeros y 1.845 SI lo estaban. El cupo de extranjeros en la 1ª convocatoria era de 246 plazas (4% de 6.149 plazas convocadas). Los extranjeros extracomunitarios SIT 4 (extracomunitarios con visa de estudiante) y SIT 5 (extracomunitarios que vienen a examinarse desde su país), ambos grupos afectados por el cupo, pasaron de 3.052 a 1.845, lo que supuso una bajada del 40% (-1.207). El saldo negativo se componía de una reducción de los SIT 4 de 1.549 a 857, que supuso el -45% (-692) y una disminución de los SIT 5 de 1.503 a 988 que supuso el -34% (-515)

o El cupo de extranjeros se terminó en la 1ª convocatoria con el nº de orden 3.182. En la 1ª convocatoria MIR 2013 se asignaron 246 plazas a afectados por el cupo. Hubo 21 incomparecencias a los actos de elección de plaza entre los afectados.

o La última plaza en la en la 2ª convocatoria se escogió con el nº de orden 6.932 En la 2ª convocatoria MIR 2013 se ofertaron 553 plazas (de las que solo se pudieron escoger un máximo de 307 por afectados por el cupo de extranjeros). La última plaza de M. de Familia se escogió en la segunda convocatoria con el número de orden 6.932, y la última plaza de Escuela Profesional con el número de orden 6.446. Se cubrieron 307 plazas de las 553 ofertadas y quedaron 225 plazas desiertas en el segundo llamamiento, todas ellas de M. de Familia y Escuelas Profesionales.

En el MIR 2014, el total de médicos admitidos a la convocatoria fue de 12.199. De ellos eran españoles 8.730 (71,56%),

comunitarios 503 (4,12%) y extracomunitarios 2.966 (24,31%). De los 2.966 extracomunitarios inscritos, 1.372 NO estaban afectados por el cupo de extranjeros y 1.594 SI lo estaban. El cupo de extranjeros en la 1ª convocatoria era de 244 plazas (4% de 6.079 plazas convocadas). Los extranjeros extracomunitarios SIT 4 (extracomunitarios con visa de estudiante) y SIT 5 (extracomunitarios que vienen a examinarse desde su país), ambos grupos afectados por el cupo, pasaron de 1.845 a 1.594, lo que supuso una bajada del 13,6 % (-251). El saldo negativo se componía de una reducción de los SIT 4 de 857 a 663, que supuso el -22,6% (-194) y una disminución de los SIT 5 de 988 a 931 que supuso el -5,7% (-57)

o El cupo de extranjeros se terminó con el nº de orden 3.870. En el MIR 2014 se asignaron 244 plazas a afectados por el cupo. Hubo 14 incomparecencias a los actos de elección de plaza entre los afectados.

o En el MIR 2014, el Ministerio suprimió la segunda convocatoria de elección de plazas

En el MIR 2015, el total de médicos admitidos a la convocatoria fue de 12.430. De ellos eran españoles 9.216 (74,14%), comunitarios 519 (4,18%) y extracomunitarios 2.695 (21,68%). De los 2.695 extracomunitarios inscritos, 1.291 NO estaban afectados por el cupo de extranjeros y 1.404 SI lo estaban. El cupo de extranjeros en la 1ª convocatoria era de 244 plazas (4% de 6.097 plazas convocadas). Los extranjeros extracomunitarios SIT 4 (extracomunitarios con visa de estudiante) y SIT 5 (extracomunitarios que vienen a examinarse desde su país), ambos grupos afectados por el cupo, pasaron de 1.594 a 1.404, lo que supuso una bajada del 11,81 % (-190). Hubo un aumento de los SIT 4 de 663 a 713, que supuso el +8.03 (+50) y una disminución de los SIT 5 de 931 a 691 que supuso el -25,86% (-240)

o El cupo de extranjeros se terminó con el nº de orden 4.547. En el MIR 2015 se asignaron 244 plazas a afectados por el cupo. Hubo 25 incomparecencias a los actos de elección de plaza entre los afectados.

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o En el MIR 2015, el Ministerio suprimió la oferta de plazas de formación especializada en Escuelas Profesionales.

2. Información general sobre el examen MIR

2.1. ¿Que es el examen MIR?

Es un examen de 225 preguntas (+ 10 preguntas de reserva = 235 preguntas), de respuesta múltiple (test) de medicina, que debe contestarse en un máximo de 5 horas. Cada pregunta acertada vale 3 puntos y cada pregunta fallada resta – 1 punto. En esta prueba se evalúan en cinco horas, mediante un examen de preguntas de test, los conocimientos médicos de 8.000 a 25.000 médicos, dependiendo de las diferentes convocatorias. La nota obtenida en el Examen (90 % de la nota final), junto con la valoración del baremo o expediente académico (10% de la misma), permite clasificar en orden decreciente de puntuación a todos los presentados. Los que obtengan las puntuaciones más altas escogerán, unos meses después, la especialidad y el Hospital donde la realizarán.

Último número de orden que pudo escoger una plaza MIR del sistema PÚBLICO (turno general) año MIR 01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12 13 14 15

Último nº con plaza de Escuela Profesional

8.447 7.512 7.590 7.336 7.735 (*)

8.052 (*)

8.863 (*)

9.391 (*)

11.342 (*)

11.463 11.862 9.138 (*)

7.321 (*)

8.524 (*)

(*)

8.159 (**)

5.355 (**)

9.182 (**)

6.446 (**)

Último nº con plaza de Medicina de Familia

6.665 6.703 7.314 7.135 7.742 (*)

8.145 (*)

8.892 (*)

9.425 (*)

10.340 11.550 11.604 9.176 7.355 8.087 7.753

6.362 (**)

6.349 (**)

6.932 (**)

(*) En los años 2005-9, por primera vez en la historia del MIR quedaron desiertas plazas que NO fueron escogidas (sobre todo plazas de Medicina de Familia y de Escuelas Profesionales). En 2011 no quedó ninguna plaza sin ser elegida. En 2012 quedaron desiertas 39 plazas de Medicina del Deporte. En 2013 quedaron desiertas 225 plazas, después del agotamiento del cupo de extranjeros en la segunda convocatoria. En 2014 quedaron desiertas 62 plazas (56 de Medicina del Deporte, 5 de Hidrología y 1 de Medicina Nuclear en un centro privado que exigía conformidad previa). En 2.015 el Ministerio suprimió las plazas de Escuelas Profesionales. (**) Plazas escogidas a en 2010-13 en la segunda convocatoria (destinada sobre todo a médicos extracomunitarios afectados por el cupo de extranjeros que no habían podido escoger en la primera convocatoria). En 2011 todas las plazas de M. de Familia se cubrieron en la primera convocatoria de los actos de elección de plaza. En 2012 se cubrieron 243 plazas de M. de Familia en la segunda convocatoria. En 2013 se cubrieron 279 plazas de M. de Familia en la segunda convocatoria. En 2014, el Ministerio suprimió la 2ª convocatoria

6.665 6.7037.314 7.135

7.742 8.1458.892

9.42510.34010.340

11.604

9.176

7.3558.087 7.753

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6.000

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12.000

2.001 2.002 2.003 2.004 2.005 2.006 2.007 2.008 2.009 2.010 2.011 2.012 2.013 2.014 2.015

Numero en el que se agotó la ULTIMA plaza de medicina de familia en las últimas convocatorias MIR

Si estás afectado por el cupo de extranjeros, el agotamiento de la mayoría de las especialidades para ti coincidirá con el corte del cupo de extranjeros en la primera convocatoria de los actos de elección de plazas:

En el MIR 2010, con un 10% de plazas para el cupo de extranjeros, el cupo se agotó en el nº de orden 4.137 En el MIR 2011, con un 10% de plazas para el cupo de extranjeros, el cupo se agotó en el nº de orden 4.074 En el MIR 2012, con un 8% de plazas para el cupo de extranjeros, el cupo se agotó en el nº de orden 3.586 En el MIR 2013, con un 4% de plazas para el cupo de extranjeros, el cupo se agotó en el nº de orden 3.182 En el MIR 2014, con un 4% de plazas para el cupo de extranjeros, el cupo se agotó en el nº de orden 3.870 En el MIR 2015, con un 4% de plazas para el cupo de extranjeros, el cupo se agotó en el nº de orden 4.547

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Numero en el que se agotó el cupo de extranjeros en las últimas convocatorias MIR

El número total de plazas que se podían adjudicar a aspirantes afectados por el cupo de extranjeros en el MIR 2.015 era de 244 plazas. En 2.014 también fue de 244 plazas. En el MIR 2.013 fue de 553 plazas (246+307). En el MIR 2.012 de 830 plazas (511+319, de las que finalmente solo se adjudicaron 822), en el MIR 2011 de 1.006 (671+335, de las que finalmente solo se adjudicaron 700), en el MIR 2.010 fue de 1031 (687+344), en 2.009 de 672, en el MIR 08 de 657, en el MIR 2.007 de 617, en el MIR 2.006 de 572 y en el MIR 2.005 de 545.

2.2. ¿Quién es el organismo responsable del examen?

Este Examen viene siendo convocado anualmente, desde 1978, por el Ministerio de Sanidad y por el Ministerio de Educación, y se realiza en el mismo día y hora en toda España. La convocatoria del examen es potestad exclusiva de dichos Ministerios y no depende del Curso MIR.

El Curso MIR Asturias no puede, ni debe, asumir responsabilidad alguna sobre la convocatoria del examen MIR, potestad exclusiva de los Ministerios de Sanidad y de Educación. Durante los meses en los que se programará el curso, la organización tratará de adaptar el programa del mismo, a la fecha en la que se convoque el examen MIR de ese año. Si el examen MIR se realizase antes de Enero, el Curso se dará por terminado el día antes de la realización del MIR. La convocatoria se publica en el BOE (Boletín Oficial del Estado) unos meses antes de la realización del examen. En los últimos años la convocatoria se ha publicado en el mes de Septiembre y los exámenes han sido a finales de Enero o principios de Febrero. En la convocatoria se indica la documentación a aportar y los plazos para ello. La documentación pedida es parecida generalmente a la que debes presentar para optar a la homologación, por ello es importante que tengas copias de todo lo que has presentado. Puedes consultar en la página web del Ministerio de Sanidad y Consumo, en el apartado sobre Formación Sanitaria Especializada ( http://sis.msc.es/fse/ ), los requisitos exigidos en la convocatoria del año anterior. Las fechas de publicación de las últimas convocatorias han sido: MIR 2003: Orden de 15 de octubre de 2003 (B.O.E. 17 de octubre) MIR 2004: Orden de 27 de septiembre de 2004 (B.O.E. 1 de octubre) MIR 2005: Orden de 16 de septiembre de 2005 (B.O.E 22 de septiembre) MIR 2006: Orden de 14 de septiembre de 2006 (B.O.E. 22 de septiembre) MIR 2007: Orden de 12 de septiembre de 2007 (B.O.E. 19 de septiembre) MIR 2008: Orden de 15 de septiembre de 2008 (B.O.E. 19 de septiembre) MIR 2009: Orden de 14 de septiembre de 2009 (B.O.E. 22 de septiembre) MIR 2010: Orden de 15 de septiembre de 2010 (B.O.E. 22 de septiembre) MIR 2011: Orden de 19 de septiembre de 2011 (B.O.E. 26 de septiembre) MIR 2012: Orden de 18 de septiembre de 2012 (B.O.E. 22 de septiembre) MIR 2013: Orden de 12 de septiembre de 2013 (B.O.E. 23 de septiembre) MIR 2014: Orden de 10 de septiembre de 2014 (B.O.E. 17 de septiembre) MIR 2015: Orden de 10 de septiembre de 2015 (B.O.E. 18 de septiembre) MIR 2016: Orden de 6 de septiembre de 2016 (B.O.E. 13 de septiembre)

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2.3. Es necesario obtener una puntuación de examen superior a la nota de corte para tener un número de orden con el que ser llamado a los actos de elección de plazas.

En la convocatoria MIR 2012, el Ministerio modificó sustancialmente la nota de corte de la prueba. Desde 2008 a 2011 solo se necesitaba tener una puntuación positiva en el examen para obtener un número de orden, y en MIR 2012 el corte se fijó en el 30% de la media de la nota de los 10 mejores exámenes, equivalente a 58 netas. Esta nota de corte se fijó en el MIR 2013 en el 35% de la media aritmética obtenida por los diez mejores exámenes en la convocatoria (en esa operación no se tendrán en cuenta los números decimales). Solo superaron la prueba y obtuvieron número de orden, los aspirantes cuya valoración particular del examen fuera igual o superior a ese 35% de la media de los diez mejores (equivalente a 66 preguntas netas). El resto de los médicos presentados fueron eliminados y no obtuvieron número de orden (28% de los presentados). En el MIR 2014, el Ministerio mantuvo la nota de corte en el 35% de la media aritmética obtenida por los diez mejores exámenes en la convocatoria (equivalente a 66,33 preguntas netas). En el MIR 2015 fueron admitidos al examen 12.427 médicos, para 6.097 plazas convocadas. 11.227 médicos se presentaron al examen. De los presentados 9.288 obtuvieron un número de orden (electores) en las listas de resultados definitivos del Ministerio, después de la aplicación de la nota de corte (65,67 netas), y 1.939 médicos fueron eliminados por no haber obtenido una puntuación de examen superior a la nota de corte. En el MIR 2015, la última plaza se escogió con el número de orden 7.759 (médico no afectado por el cupo de extranjeros), y con el 4.547 (médico si afectado por el cupo de extranjeros). A diferencia de las últimas convocatorias, NO todos los presentados que obtuvieron número de orden (electores) del MIR 2015, y no estaban afectados por el cupo de extranjeros han podido escoger una plaza de formación sanitaria especializada. Se han adjudicado 6.095 plazas. Quedaron 2 plazas desiertas de centros privados que exigían conformidad previa (1 plaza de Cir. Ortopédica y Traumatología de la Clínica Universitaria de Navarra y 1 plaza de Medicina Nuclear del Centro Médico CETIR). Ha habido 9.288-6.095=3.193 electores (con nº de orden) sin plaza: 1.268 incomparecencias a los actos de elección de plaza, 1.310 médicos que no pudieron elegir por tener un número de orden superior al agotamiento de la última plaza en el 7.759 y 615 médicos afectados por el cupo de extranjeros que no pudieron elegir por tener un número de orden superior al agotamiento del cupo en el 4.547. Tampoco pudieron escoger, los 1.939 médicos eliminados por la nota de corte. Finalmente, de los 11.227 presentados, 6.095 obtuvieron plaza (54,28%) y 5.132 no obtuvieron plaza (45,71%), por uno u otro motivo de los enumerados anteriormente.

2.4. Los médicos extracomunitarios sin permiso de residencia o trabajo tendrán limitado el número de plazas a las que puedan optar por el “cupo de extranjeros”

A. ¿QUÉS EL EL”CUPO DE EXTRANJEROS” O LÍMITE DEL NÚMERO DE PLAZAS QUE PUEDEN ELEGIR LOS EXTANJEROS EXTRACOMUNITARIOS SIN PERMISO DE RESIDENCIA O TRABAJO? Todos los médicos de países extracomunitarios que tienen suscrito y en vigor un Convenio de Cooperación Cultural con España pueden presentarse a las pruebas MIR junto con los médicos españoles y comunitarios. Solo hay un examen, solo hay una lista de plazas y solo hay una lista de nº de orden de todos los admitidos al MIR clasificados en función de sus resultados en la prueba (90% del examen + 10% del baremo académico). Pero existe un LÍMITE para el número de plazas de especialización que pueden ser asignadas a los médicos extranjeros extracomunitarios afectados por el cupo de extranjeros (no casados o hijos de comunitarios, sin permiso de residencia permanente, o sin permiso de residencia temporal en España). Ese límite de plazas es lo que se conoce como “cupo de extranjeros”. Dicho “cupo” limita el número de plazas a las que pueden acceder en el MIR a un 4% de las plazas de la convocatoria. El “cupo de extranjeros” puede variar en cada convocatoria (la cifra del 4% fue la aplicada en el MIR 2013 y 2014). Los aspirantes extranjeros extracomunitarios con visa de estudios, estuvieron incluidos en el llamado “cupo de extranjeros” hasta el año 2006. Durante los años 2007 a 2009, probablemente debido a que quedaban plazas libres sin escoger, la convocatoria del MIR no incluyó a los extracomunitarios en situación administrativa 4 en el cupo. Ello contribuyó al “efecto llamada” y aumento del número de médicos extranjeros que se inscribieron en las pruebas. Los aspirantes extranjeros extracomunitarios con visa de estudios, se volvieron a incluir en el año 2010 en el “cupo de extranjeros”. El cupo de las plazas ofertadas para Médicos que podían ser ocupadas por ciudadanos nacionales de países extracomunitarios que carecen de permiso de residencia en España, se redujo en el MIR 2012, desde el 10% anterior hasta el 8% en la primera vuelta ordinaria de asignación de plazas. En el MIR 2013, se redujo nuevamente, en esta ocasión, hasta un 4% de las plazas en la primera vuelta de asignación de plazas. En el MIR 2014, se mantuvo en el 4% de las plazas, y se eliminó la 2ª vuelta de los actos de elección de plaza. En 2010 y 2011 no quedó libre ninguna plaza pública de formación médica especializada (se cubrieron todas las plazas públicas ofertadas). En 2012 quedaron 39 plazas desiertas en la segunda convocatoria, todas ellas de la escuela profesional de Medicina de Educación Física y Deporte. En 2013 quedaron desiertas 225 plazas, todas ellas de M. de Familia y de Escuelas Profesionales. En 2014 quedaron desiertas 62 plazas (56 de Medicina del Deporte, 5 de Hidrología y 1 de Medicina Nuclear en un centro privado que exigía conformidad previa). En 2015 no quedó libre ninguna plaza pública de formación médica especializada (se cubrieron todas las plazas públicas ofertadas).

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B. ¿QUE EXTRANJEROS ESTÁN AFECTADOS POR EL LÍMITE DEL “CUPO DE EXTRANJEROS”? Los médicos extranjeros que se matriculan en el MIR en situación administrativa 4 (con visa de estudios) y 5 (resto de situaciones), están afectados por el límite del cupo de extranjeros. C. ¿CUÁLES SON LAS DIFERENTES SITUACIONES ADMINISTRATIVAS DE LOS MÉDICOS EXTRANJEROS QUE SE PRESENTAN AL MIR? Las diferentes situaciones administrativas (SIT) de los extranjeros en el MIR son las siguientes (información sacada de la última convocatoria, puede variar en el próximo MIR):

SITUACIÓN EN BLANCO. Los médicos Comunitarios (ciudadanos de países de la UE o que formen parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, los ciudadanos de Suiza y del Principado de Andorra). NO están afectados por el LÍMITE del cupo. En los listados del Ministerio salen con las siglas de su nacionalidad y con su situación en blanco, como los españoles.

SITUACIÓN 1. Los médicos extracomunitarios Asimilados (médicos cónyuges o parejas con unión análoga a la conyugal o médicos hijos y dependientes, de los ciudadanos comunitarios). NO están afectados por el LÍMITE del cupo. En los listados del Ministerio salen con las siglas de su nacionalidad y con situación 1.

SITUACIÓN 2. Los médicos extracomunitarios con permiso de residencia permanente (ciudadanos extracomunitarios que residen en España con permiso definitivo por trabajo u otras circunstancias que no sean permiso por estudios). NO están afectados por el LÍMITE del cupo. En los listados del Ministerio salen con las siglas de su nacionalidad y con situación 2.

SITUACIÓN 3. Los médicos extracomunitarios con permiso de residencia temporal (ciudadanos extracomunitarios que residen en España con permiso temporal por trabajo u otras circunstancias que no sean permiso por estudios). NO están afectados por el LÍMITE del cupo. En los listados del Ministerio salen con las siglas de su nacionalidad y con situación 3.

SITUACIÓN 4. Los ciudadanos extracomunitarios que están en España por autorización de estancia por Estudios, SI están afectados por el LÍMITE del cupo. En los listados del Ministerio salen con las siglas de su nacionalidad y con situación 4.

SITUACIÓN 5. Los ciudadanos extracomunitarios que no residen en España y habiéndose inscrito en las pruebas vienen a examinarse, generalmente con visa de turista. SI están afectados por el LÍMITE del cupo (este grupo sale como RESTO SITUACIONES). En los listados del Ministerio salen con las siglas de su nacionalidad y con situación 5

D. ¿CÓMO FUNCIONA EL CUPO DE EXTRANJEROS?

PRIMER LLAMAMIENTO A LOS ACTOS DE ELECCION DE PLAZA El cupo es un LÍMITE máximo de plazas que pueden asignarse, en cada convocatoria, a médicos extracomunitarios no asimilados, y sin permiso de residencia permanente o temporal en España. NO es una reserva de plazas, ni general, ni por especialidad, ni por hospital. Todos los médicos españoles y extranjeros admitidos hacen el mismo examen, en las mismas aulas y optan a las mismas plazas de cualquier especialidad y de cualquier hospital y acuden a los actos de asignación de plaza en la misma sala de elección, el mismo día y a la misma hora (según su número de orden). La única diferencia para todos es el nº de orden obtenido en las pruebas y es por ese nº de orden por el que son llamados a elegir y se les asigna la plaza elegida, escogida por cada uno entre las que han dejado “libres” los que han elegido por delante de él porque obtuvieron mejor nº de orden . Los resultados salen publicados en las mismas listas del Ministerio, incluyendo a todos los médicos españoles y extranjeros admitidos. Solo hay una lista de resultados, ordenada alfabéticamente y que contiene, entre otros datos, el nº de orden obtenido en las pruebas (examen + baremo). Todos son llamados a elegir plaza por ese orden en diferentes días, solo en función del nº de orden. El ordenador del Ministerio sabe quién está o no afectado por el LÍMITE del denominado cupo de extranjeros. En el MIR 2014 se estableció un límite máximo de 244 plazas, límite para los ciudadanos extracomunitarios afectados por el denominado cupo de extranjeros. Ese límite máximo supuso el 4% de las plazas ofertadas y representa un saldo de partida (244 plazas) al que se le van restando unidades conforme van eligiendo los afectados por el cupo de extranjeros, por riguroso nº de orden. El ordenador del Ministerio sabe por el código SIT (situación administrativa de los extranjeros), quién está afectado o no por el cupo de extranjeros. Cuando entre el conjunto de todos los llamados a elegir plaza, españoles y extranjeros, juntos por riguroso nº de orden de resultados, hayan pasado a elegir por su nº de orden los 244 (en el ejemplo del MIR 2014) afectados con MEJOR número de orden, el ordenador del Ministerio avisará y una de las personas que gestionan las pruebas desde el estrado dirá que el cupo ha llegado a su límite máximo, es decir que su saldo de partida (244) se ha quedado a cero (0). A partir de entonces ninguno de los afectados por el cupo de extranjeros que queden, puede seguir eligiendo plaza. Ese saldo de partida en la primera convocatoria puede llegar a su límite máximo o no. Se resume a continuación lo ocurrido durante los últimos años: Hasta los MIR 2007-08 nunca había llegado a su límite, porque se presentaban pocos médicos extranjeros a la prueba. En el MIR 2009, por primera vez, se llegó a dicho límite máximo (10% de las plazas), con un número de orden cercano al

7.800. En el MIR 2010, el cupo de extranjeros de la primera convocatoria de elección de plazas (10% de las plazas), se terminó en el

número de orden 4.137. En el MIR 2011, el cupo de extranjeros de la primera convocatoria (10% de las plazas), se terminó en el número de orden

4.074. En el MIR 2012, el cupo se redujo desde el anterior 10% de las plazas hasta el 8% en la primera vuelta ordinaria de

asignación de plazas. El cupo de extranjeros de la primera convocatoria se terminó en el número de orden 3.586. El 43,9 % de los alumnos del Curso MIR Asturias con visa de estudios (SIT. 4) consiguieron superar la nota de corte del cupo de extranjeros en la primera convocatoria. Solo el 27,7% de los NO alumnos (de otros Centros de preparación) con Visa de Estudios (SIT.4) lo consiguieron.

En el MIR 2013, el cupo se redujo nuevamente, desde el anterior 8% de las plazas hasta el 4% en la primera vuelta ordinaria de asignación de plazas. El cupo de extranjeros de la primera convocatoria se terminó en el número de orden 3.182. El 42,7 % de los alumnos del Curso MIR Asturias con visa de estudios (SIT. 4) consiguieron superar la nota de corte del cupo de extranjeros en la primera convocatoria. Solo el 18,1% de los NO alumnos (de otros Centros de preparación) con Visa de Estudios (SIT.4) presentados al MIR 2013 lo consiguieron.

En el MIR 2014, el cupo se mantuvo en el 4% de las plazas y se suprimió la 2ª vuelta de asignación de plazas. El cupo de extranjeros se terminó en el número de orden 3.870. El 47,7 % de los alumnos del Curso MIR Asturias con visa de estudios

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(SIT. 4) consiguieron superar la nota de corte del cupo de extranjeros. Solo el 18,1% de los NO alumnos (de otros Centros de preparación) con Visa de Estudios (SIT.4) presentados al MIR 2014 lo consiguieron.

En el MIR 2015, el cupo se mantuvo en el 4% de las plazas. El cupo de extranjeros se terminó en el número de orden 4.547. El 50 % de los alumnos del Curso MIR Asturias con visa de estudios (SIT. 4) consiguieron superar la nota de corte del cupo de extranjeros. Solo el 22,1% de los NO alumnos (de otros Centros de preparación) con Visa de Estudios (SIT.4) presentados al MIR 2015 lo consiguieron.

Para que, estando afectado por el cupo de extranjero, puedas elegir plaza de la mayoría de las especialidades, es imprescindible que prepares el MIR con la máxima intensidad que puedas e intentes sacar un número de orden por debajo del 4.000. Este número es solo orientativo ya que varía en cada convocatoria dependiendo de: número de plazas ofertadas en esa convocatoria % de plazas asignadas al cupo en ese MIR número de médicos presentados al MIR ese año número de médicos afectados por el cupo presentado al MIR en esa convocatoria. Cuántos menos afectados por el cupo se

presentes, más se estirará hacia atrás el número de orden en el que se agotará el cupo de extranjeros (a igualdad de los otros factores).

SEGUNDO LLAMAMIENTO A LOS ACTOS DE ELECCION DE PLAZA Nota: en el MIR 2014 se suprimió el 2º llamamiento. Solo funcionó durante las convocatorias MIR 2010-13 Cuando concluido el primer llamamiento de los aspirantes que hayan tenido número de orden en la relación definitiva de resultados, sigan existiendo plazas en formación no cubiertas, se realizará un segundo llamamiento. Es decir, una vez hayan pasado el resto de los que quedan por elegir en los días que queden, si quedan plazas libres, podrá haber una segunda convocatoria de elección de plazas al que podrán acceder los afectados por el cupo, a elegir las plazas que no se hayan elegido previamente. En el segundo llamamiento habrá otro LÍMITE máximo de plazas para los afectados por el cupo. Ese límite máximo se ha concretado, por el momento, en el 5% de las plazas ofertadas de titularidad pública, si las hubiera, que hayan quedado sin elegir previamente: En el MIR 2010, se ofertaron 325 plazas para el segundo llamamiento. El cupo de extranjeros en la 2ª convocatoria se

terminó en el nº de orden 8.159. En el MIR 2011, se ofertaron 29 plazas para el segundo llamamiento. El cupo de extranjeros en la 2ª convocatoria se terminó

en el nº de orden 5.355 En el MIR 2012, habían quedado libres 350 plazas en la primera convocatoria, de las que, según se establecía en la

convocatoria en el BOE, solo se podían cubrir durante el segundo llamamiento un total de 319 plazas por afectados por el cupo de extranjeros (511 del primer llamamiento + 319 del segundo llamamiento = 830 plazas máximas para médicos afectados por el cupo). La última plaza en la 2ª convocatoria se escogió con el nº de orden 9.182 (era la última persona no afectada por la nota de corte de 58 netas de la convocatoria). El 91% de los alumnos del Curso MIR Asturias con visa de estudios (SIT. 4) pudieron elegir plaza en la segunda convocatoria. Solo el 77% de los NO alumnos (de otros Centros de preparación) con Visa de Estudios (SIT.4) lo consiguieron.

En el MIR 2013, habían quedado libres 533 plazas en la primera convocatoria, de las que, según se establecía en la convocatoria en el BOE, solo se podían cubrir durante el segundo llamamiento un total de 307 plazas por afectados por el cupo de extranjeros (246 del primer llamamiento + 307 del segundo llamamiento = 553 plazas máximas para médicos afectados por el cupo). La última plaza en la 2ª convocatoria se escogió con el nº de orden 6.932. El 87,64% de los alumnos del Curso MIR Asturias con visa de estudios (SIT. 4) presentados al MIR 2013 pudieron elegir plaza entre la primera y la segunda convocatoria. Solo el 63,97% de los NO alumnos (de otros centros de preparación) con Visa de Estudios (SIT.4) presentados al MIR 2013 lo consiguieron

2.5. Turno de plazas para médicos con discapacidad igual o superior al 33%

Por primera vez, en el MIR 2012, el Ministerio reservó un % de plazas para médicos con una discapacidad superior al 33%. El 7% de las plazas ofertadas, podían ser adjudicadas a aspirantes que habiendo acreditado una discapacidad igual o superior al 33%, hubieran optado por el turno específico de aspirantes con discapacidad en el momento de la inscripción al MIR. El aspirante con discapacidad, puede elegir la plaza y especialidad, según el número de orden obtenido, que considere compatible con su situación particular, sin que ello prejuzgue el resultado, positivo o negativo, del reconocimiento médico obligatorio inicial al que han de someterse todos los residentes (con discapacidad o no), al incorporarse a la plaza adjudicada. En el momento en que el número de plazas por adjudicar se iguale con el número de plazas reservadas para personas con discapacidad pendientes de adjudicar y resten aspirantes del turno de discapacidad que hayan superado la puntuación mínima que se determine en la Convocatoria, se suspenderán los actos de adjudicación para el turno ordinario, y comenzarán a elegir las personas con discapacidad, aunque tengan menos puntuación que las del turno general. Las plazas reservadas en el turno de discapacidad que no sean cubiertas se reasignarán al turno libre, reanudándose los actos ordinarios de adjudicación En el MIR 2012, el turno especial de discapacitados partía, en principio, con una reserva de 447 plazas (7% del total de plazas ofertadas). De los 49 admitidos por ese turno que obtuvieron nº de orden, eligieron plaza durante los actos de asignación 36 de ellos, y 13 no comparecieron a elegir. Las plazas desiertas de dicho turno se incorporaron automáticamente al turno general. En el MIR 2013, el turno especial de discapacitados partía en el principio con una reserva de 430 plazas (7% del total de plazas ofertadas). De los 38 admitidos por ese turno que obtuvieron nº de orden, eligieron plaza durante los actos de asignación 27 de ellos, y 11 no comparecieron a elegir. Las plazas desiertas de dicho turno se incorporaron automáticamente al turno general a lo largo del mismo En el MIR 2014, el turno especial de discapacitados partía en el principio con una reserva de 426 plazas (7% del total de plazas ofertadas). De los 73 admitidos por ese turno que obtuvieron nº de orden, eligieron plaza durante los actos de asignación 57 de ellos, y 16 no comparecieron a elegir. Las plazas desiertas de dicho turno se incorporaron automáticamente al turno general a lo largo del mismo En el MIR 2015, el turno especial de discapacitados partía en el principio con una reserva de 427 plazas (7% del total de plazas ofertadas). De los 55 admitidos por ese turno que obtuvieron nº de orden, eligieron plaza durante los actos de asignación 43 de ellos, y

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12 no comparecieron a elegir. Las plazas desiertas de dicho turno se incorporaron automáticamente al turno general a lo largo del mismo

3. Homologación del título de medicina para médicos extranjeros La homologación de tu título de Medicina es un requisito imprescindible para poder INSCRIBIRTE en el examen MIR. Desde el año 2010 se exige tener el título HOMOLOGADO YA en el momento de inscribirse (habitualmente a finales de septiembre)

Muy importante: Cambios en la Homologación de títulos extranjeros en Noviembre de 2014

El 22 de noviembre de 2014, se publicó en el BOE el Real Decreto 967/2014 de 21 de noviembre (http://www.boe.es/boe/dias/2014/11/22/pdfs/BOE-A-2014-12098.pdf ). Este R.D. regula la homologación y convalidación de estudios extranjeros con el grado español de Medicina, introduciendo cambios en el procedimiento de homologación. Se añade nuevos requisitos a los anteriormente existentes, incluyendo la necesidad de que ANECA emita un informe motivado favorable a la homologación. A partir de ahora, entre otros requisitos, es necesario la convalidación de créditos de investigación realizados durante los estudios del solicitante, equivalentes al trabajo de fin de Grado de los médicos españoles). Este cambio en el proceso y requisitos para la homologación, ha extendido los meses necesarios para obtener este documento, imprescindible para la inscripción en el examen MIR. En el momento de redacción de este documento, a mediados de Julio de 2016, cientos de expedientes de médicos extranjeros están pendientes de la resolución de la homologación de su título de Medicina para poder inscribirse en el MIR. No sabemos cuántos de ellos podrán finalmente hacerlo y cuantos no llegarán a tiempo. Aconsejamos encarecidamente a todos los médicos extranjeros interesados en hacer la especialidad en España que inicien los trámites de homologación lo antes posible, porque el plazo de tiempo necesario para los mismos puede ser superior a un año. El Curso MIR Asturias no puede hacer nada por acelerar este proceso, y recordamos que es responsabilidad del alumno tener los documentos necesarios para poder inscribirse en la prueba MIR a tiempo para ello.

3.1. El título homologado, requisito indispensable para inscribirse en el examen MIR

Homologación del

título de Medicina

Obtención de la

VISA de estudios

Obtención de la

tarjeta de

estudiante

Matrícula en el

examen MIR

Matrícula en el

Centro de Estudios

(por ejemplo, Curso

MIR Asturias)

Realización del

examen MIR

En 2010 desapareció la admisión condicional a la prueba, de forma que todos los aspirantes debían haber obtenido sus documentos de inscripción con fecha anterior a la finalización del plazo de inscripción en el MIR. Es decir, que a partir del MIR 2010, en el caso de los médicos extranjeros, la Resolución de homologación o reconocimiento de su título de Medicina, debía tener fecha igual o anterior a la finalización del plazo de inscripción en el MIR (para el MIR 2013, el día 4 de octubre de 2013). La falta de este requisito supone la NO ADMISIÓN al examen. En 2010, el Ministerio de Sanidad modificó la convocatoria, de forma que los médicos extracomunitarios que quieran presentarse al examen MIR deberán acreditar como requisito PREVIO para poder solicitar y optar a estos exámenes, que tengan homologado su título universitario en el momento de la inscripción el MIR. Si eres médico extranjero debes tener y presentar, la resolución de homologación o reconocimiento de tu título de medicina, ANTES DE QUE FINALICE EL PLAZO DE DE INSCRIPCIÓN EN EL MIR. Decenas de los alumnos foráneos del Curso 2015 NO fueron sido admitidos al MIR por tener problemas con la homologación de su título de licenciado en Medicina. Nos ha apenado enormemente que, después, de 7-10 meses de intenso trabajo, un trámite administrativo les haya impedido realizar el examen MIR. El proceso de homologación de títulos extranjeros es independiente del Curso MIR, y el Curso NO puede ayudar ni agilizar los trámites de la misma. Por ello, te recomendamos encarecidamente que inicies tus trámites de homologación cuanto antes, pues estos pueden prolongarse 12 meses o incluso más. No te confíes porque a compañeros tuyos les hayan homologado a tiempo. No siempre es igual y si no tienes homologado tu título, NO serás admitido en el examen MIR, y no podrás examinarte, aunque te hayas preparado concienzudamente. Recuerda que todos los trámites legales que te permitirán presentarte al examen dependen exclusivamente de ti y de los posibles cambios en la legislación dependiente de los Ministerios de Sanidad, de Educación y de Trabajo e Inmigración. Para permanecer legalmente en España durante el período de duración del Curso MIR, deberás también realizar también los trámites de visado y posterior solicitud de la tarjeta de estudiante. Toda la información aquí recogida ha podido sufrir cambios de última hora. Te aconsejamos utilizar estos datos meramente como primera aproximación, y que comiences cuanto antes a intentar resolver los trámites, poniéndote directamente en contacto tú con los Organismos Oficiales pertinentes. El Curso MIR Asturias NO puede asumir ninguna responsabilidad al respecto. Estos IMPORTANTES trámites dependen exclusivamente de ti, y creemos que debes dedicarles el tiempo que merecen, priorizándolos por encima del tiempo dedicado a la preparación del examen MIR.

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VII. Información para médicos extranjeros que preparan el MIR

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3.2. ¿De qué Organismo Oficial depende la Homologación?

La competencia para homologar títulos de educación superior extranjeros a títulos españoles universitarios, corresponde a la Subdirección General de Títulos, Convalidaciones y Homologaciones, dependiente del Ministerio de Educación de España. Es un proceso lento que puede llevar desde varios meses a más de un año. Los documentos necesarios, lugar de presentación de los mismos y plazos de la homologación se pueden consultar en el Ministerio de Ciencia e Innovación de España (página web: http://www.mecd.gob.es/educacion-mecd/areas-educacion/universidades/educacion-superior-universitaria/titulos/homologacion-titulos/homologacion-titulos-universitarios.html ), en donde encontrarás información útil. También puedes acercarte a preguntar personalmente en:

Subdirección General de Títulos, Convalidaciones y Homologaciones. Servicio de Homologación de Títulos Extranjeros Universitarios. Paseo del Prado, nº 28. 2807 MADRID.

Ministerio de Educación de España. Centro de Información y Atención al Ciudadano. Sección de Información Educativa. C/Alcalá, nº 36. 28014 MADRID. Teléfono: 902 21 85 00, FAX: 91 701 86 48.

Direcciones Provinciales del Ministerio de Educación o en las Delegaciones Provinciales del Gobierno También puedes acudir a informarte a la Embajada de España de tu país y preguntar por la Sección de la misma encargada

de facilitar información relativa a homologaciones de títulos universitarios. En algunos países, dentro de la Embajada hay una Oficina de Educación.

El proceso de homologación de títulos extranjeros es independiente del Curso MIR, y el Curso no puede ayudar ni agilizar los trámites de la misma. Te recomendamos iniciar los trámites de homologación lo antes posible. Si no la obtienes a tiempo, todo tu esfuerzo de preparación no te servirá para presentarte al MIR.

3.3. ¿Qué documentos suelen pedir para la solicitud de Homologación?

Los documentos oficiales necesarios para solicitar la homologación del título de Licenciado en Medicina suelen incluir (esta información no es oficial, consulta con los organismos oficiales pertinentes):

Modelo de solicitud (http://www.mecd.gob.es/educacion-mecd/areas-educacion/universidades/educacion-superior-universitaria/titulos/homologacion-titulos/modelos-solicitud.html )

Modelo de tasas (http://www.mecd.gob.es/educacion-mecd/areas-educacion/universidades/educacion-superior-universitaria/titulos/homologacion-titulos/tasas.html#Modelo_790 )

Copia compulsada del documento que acredite la identidad y nacionalidad del solicitante, expedido por las autoridades competentes del país de origen o de procedencia o por las autoridades españolas competentes en materia de extranjería. En el caso de los ciudadanos españoles, fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o autorización para verificar los datos de identidad que obran en poder de la Administración.

Copia compulsada del título cuya homologación se solicita o de la certificación acreditativa de su expedición y, en su caso, de la correspondiente traducción oficial.

Copia compulsada de la certificación académica de los estudios realizados por el solicitante para la obtención del título, en la que consten, entre otros extremos, la duración oficial, en años académicos, del plan de estudios seguido, las asignaturas cursadas y la carga horaria de cada una de ellas y, en su caso, de la correspondiente traducción oficial.

Acreditación de la competencia lingüística necesaria para el ejercicio en España de la correspondiente profesión regulada. Acreditación del abono de la tasa mediante el comprobante original de la transferencia. Se podrá requerir, además, otros documentos que se considere necesarios para la acreditación de la equivalencia entre los

dos títulos universitarios. Todos los documentos que se aporten deberán ser oficiales y estar expedidos por las autoridades competentes para ello, de acuerdo con el ordenamiento jurídico del país de que se trate. Asimismo, en los casos en los que sea necesario, los documentos originales han de estar debidamente legalizados mediante:

La apostilla del Convenio de la Haya (documentos expedidos por países que han suscrito el convenio de la Haya) o Por vía diplomática (documentos expedidos por países que han suscrito el convenio de Andrés Bello). La legalización por vía

diplomática se podrá realizar en: Embajada o Consulado de España Ministerio de Educación del país de origen para títulos y certificados de estudios Ministerio de Asuntos Exteriores del país donde se expidieron los documentos

La legalización o la apostilla deberán figurar sobre el documento original, antes de la realización de la copia que se vaya a compulsar. Las autoridades competentes para la compulsa de las fotocopias de los documentos son:

Registro del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno Embajadas y Consulados de España Notario.

Lugar de entrega: En cualquier registro público de la Administración General del Estado y Comunidades Autónomas Más información: teléfono 91 327 76 81 (Centro de Información al Ciudadano del Ministerio)

3.4. ¿Cuáles pueden ser los resultados de la solicitud de Homologación?

Los resultados de la homologación pueden ser:

Homologado al Título Español de Licenciado en Medicina.

Homologado condicional. En este caso, será necesario realizar un examen de algunas materias de la licenciatura (examen de conjunto). El examen se realiza en diferentes universidades del territorio español.

No homologado.

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3.5. ¿Cuánto tiempo tarda?

Por la experiencia de años anteriores sabemos que los trámites de homologación pueden demorarse 12 meses (y en ocasiones pueden tardar hasta más de un año). La homologación puede ser un proceso lento. Los trámites de homologación suelen incluir los siguientes pasos:

Solicitud dirigida al titular del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Instrucción de oficio de la Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones

Informe motivado de la Agencia Nacional de la Calidad y Acreditación (ANECA).

Resolución de homologación y equivalencia a titulación española, en la que se indica si el aspirante es homologado, homologado condicional pendiente de superar el examen de conjunto, o no homologado. A los aspirantes pendientes de examen de conjunto se les suele comunicar por carta, si desean recurrir la decisión del Consejo o aceptan realizar el examen. Deben comunicar su decisión al Ministerio mediante un escrito. En el caso de haber aceptado la propuesta de realizar el examen de conjunto, el aspirante deberá ponerse en contacto con una Universidad española. Cada Universidad tiene unas fechas y una modalidad de examen diferente, por lo que no podemos proporcionarte más información al respecto.

La Subdirección Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte expide la credencial con la resolución favorable.

Te recomendamos encarecidamente que inicies tus trámites de homologación cuanto antes, pues estos pueden prolongarse . No te confíes porque a compañeros tuyos les hayan homologado a tiempo. No siempre es igual y si no tienes homologado tu título, no podrás INSCRIBIRTE en el examen MIR.

3.6. ¿Debo guardar copias de los documentos presentados?

Casi todos los documentos que se necesitan presentar para realizar la homologación, serán después necesarios para realizar la inscripción al examen MIR. Por ello te recomendamos o tener DOS copias de todos los documentos presentados, o sacar copia de todos ellos antes de presentarlos. Recuerda: El proceso de homologación de títulos extranjeros es independiente del Curso MIR, y el Curso no puede ayudar ni agilizar los trámites de la misma. El no tener homologado el título de Medicina en el momento de la inscripción en el examen MIR es motivo de no admisión a la prueba. Los plazos pueden variar en cada convocatoria y son responsabilidad única y exclusiva de los Ministerios de Sanidad y de Educación

4. Acreditación de conocimiento del idioma español para nacionales de países cuya lengua oficial no sea el castellano

4.1. ¿Quién tiene que acreditar el conocimiento del idioma?

TODOS los aspirantes nacionales de estados cuyo idioma oficial no sea el castellano, acreditarán documentalmente el conocimiento suficiente del mismo. El documento acreditativo deberá presentarse en el plazo de presentación de solicitudes (del 21 al 30 de septiembre de 2015, en el MIR 2015) o en su defecto en el plazo de subsanación y reclamación a la Relación Provisional de Admitidos y No Admitidos (16/11/2015 en el MIR de 2015). Estarán exentos de acreditar este requisito: Los aspirantes cuyo título de Licenciado (o Diplomado en su caso) en virtud del cual se presentan a estas pruebas selectivas, haya

sido expedido por alguna universidad del Estado español o de otros Estados cuya lengua oficial sea el castellano. Así mismo estarán exentos, los aspirantes que acrediten haber concluido en el Estado Español un período de, al menos dos años

completos de formación especializada en ciencias de la salud, como consecuencia de haber obtenido plaza en formación en anterior convocatoria nacional.

Los aspirantes que fueron admitidos a examen en las convocatorias 2012-2013, 2013-2014 o 2014-2015.

4.2. ¿Cómo debe acreditarse el conocimiento del idioma?

Los aspirantes nacionales de países cuya lengua oficial no sea el castellano deberán acreditar un conocimiento suficiente del castellano, mediante la presentación de fotocopias compulsadas de los Diplomas requeridos en la Orden de Convocatoria, que acrediten un conocimiento suficiente del idioma. En 2011 se modificó el nivel de idioma exigido, pasando a exigirse un nivel avanzado (C1 o C2). Debe acreditarse el conocimiento del idioma mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos: Diploma de español C1 o C2, expedido con carácter oficial por la persona titular de la Dirección del Instituto Cervantes, según lo

previsto en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los “diplomas de español como lengua extranjera (DELE), modificado por el Real Decreto 264/2008, de 22 de febrero.

Certificado acreditativo de la adquisición de las competencias correspondientes a los cursos especializados de los niveles C1 y C2, expedido por el órgano competente de la administración educativa de la correspondiente comunidad autónoma, o en su caso del Estado, de acuerdo con lo previsto para dichos niveles en el Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación y disposiciones de desarrollo.

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VII. Información para médicos extranjeros que preparan el MIR

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4.3. Fechas de exámenes y plazos de inscripción

En 2016 se ha previsto la realización de 3 convocatorias de examen, que tendrán lugar en los meses de abril, mayo, y julio, y que serán de aplicación en las condiciones y en los lugares que se especifican en: http://diplomas.cervantes.es/informacion/inscripcion_fechas_examen_dele.html Nota: el plazo de inscripción para el examen de Julio TERMINA el día 8 de junio de 2016. Recuerda que deberás inscribirte en los exámenes uno o varios meses ANTES de las fechas de realización de los mismos, y que las fechas de Octubre y Noviembre NO te permitan tener el diploma a tiempo de inscribirte en el MIR Puedes ampliar esta información en: http://diplomas.cervantes.es/

5. Información general sobre el Curso MIR Asturias presencial (modalidades A, B y D)

Homologación del

título de Medicina

Obtención de la

VISA de estudios

Obtención de la

tarjeta de

estudiante

Matrícula en el

examen MIR

Matrícula en el

Centro de Estudios

(por ejemplo, Curso

MIR Asturias)

Realización del

examen MIR

Para permanecer legalmente en España durante el período de duración del Curso MIR, deberás tener el visado de estudios y la tarjeta de estudiante.

Recuerda, el material del Curso NO se envía fuera de España, salvo en la modalidad C INTERNACIONAL (un único envío a principio del Curso)

5.1. ¿Dónde se imparten las clases del Curso MIR Asturias?

Las clases para los alumnos matriculados en las Modalidades “de presencia”, se realizan en Oviedo, capital del Principado de Asturias, que se encuentra en el norte de España, aproximadamente a 1 hora en avión, o a 5 horas de Madrid en autobús, automóvil o tren. Desde 2013, el Curso también tiene sedes presenciales en las ciudades de Madrid, Barcelona y Sevilla. Las clases del curso en Oviedo se imparten en el Aula del Seminario Metropolitano. La dirección es C/ Prado Picón S/N, Oviedo. Puedes buscar en mapas virtuales para ver su ubicación dentro de la ciudad. Oviedo es una ciudad relativamente pequeña, de unos 200.000 habitantes, donde es fácil desplazarse a pie, y con múltiples servicios cercanos. Si deseas conocer más sobre Oviedo, puedes consultar la página web del Ayuntamiento de Oviedo ( http://www.oviedo.es )

5.2. ¿Cómo llego a Oviedo?

El aeropuerto de Oviedo (Asturias) se encuentra a 45 minutos de la ciudad. Existen taxis y un servicio de autobús cada 30 minutos aproximadamente, que se coge en el Aeropuerto y llega a la terminal de autobuses de Oviedo. La terminal de autobuses de Oviedo se encuentra en la calle Pepe Cosmen, a 15 minutos a pie del centro de Oviedo. La estación de tren está muy próxima a la estación de autobuses, en la Avenida Santander.

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5.3. ¿Dónde puedo buscar un piso o habitación para alquilar y vivir durante el curso?

El Curso MIR no asesora ni participa en el alquiler de pisos, ni habitaciones a ningún estudiante, y cada estudiante es responsable de encontrar lo que desee. Puedes ver anuncios con ofertas de alojamiento en el tablón de anuncios del Colegio de Médicos de Asturias y en los alrededores del Seminario Metropolitano de Oviedo.

5.4. Alumnos extranjeros del Curso MIR Asturias en proporción con los médicos extranjeros de toda la población MIR

El número de alumnos extranjeros fue aumentando año a año entre 2005 a 2009, y descendiendo progresivamente a partir 2010, coincidiendo con la progresiva dificultad que encontraban los médicos afectados por el cupo de extranjeros para conseguir una plaza MIR. En el MIR 2015 el 12,81% % de los presentados españoles y el 7,89% % de los presentados extranjeros de TODA LA POBLACIÓN MIR fueron alumnos del Curso Intensivo MIR Asturias.

NACIONALIDAD DE LOS PRESENTADOS 2011 2012 2013 2014 2015

Alumnos España %alumnos

/España Alumnos España

%alumnos /España

Alumnos España %alumnos

/España Alumnos España

%alumnos /España

Alumnos España %alumnos

/España

Español 1.040 6.558 15,86% 734 7.181 10,22% 616 7.027 8,77% 753 7.843 9,60% 1.081 8.440 12,81%

Extranjero 314 5.310 5,91% 267 4.551 5,87% 165 3.214 5,13% 187 2.947 6,35% 220 2.787 7,89%

Total 1.354 11.868 11,41% 1.001 11.732 8,53% 781 10.241 7,63% 940 10.790 8,71% 1.301 11.227 11,59%

En 2014, el 19,9% de los alumnos del Curso presentados al MIR eran médicos extranjeros. Ese mismo año, el 27,3 % de los presentados de toda la población MIR fueron foráneos. Como puede verse en la tabla adjunta, el % de médicos extranjeros en toda la población MIR es mayor el % de foráneos entre el subconjunto de alumnos del Curso. La mayor parte de los médicos extranjeros que realizan el Curso están en situación administrativa 4, es decir, están en España con visa de estudios, y por lo tanto sujetos al llamado “cupo de extranjeros”.

2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015

% extranjeros de TODOS los presentados al MIR (POBLACIÓN MIR)

20% 27% 34% 44% 44% 45% 39% 31% 27% 25%

% extranjeros entre el subconjunto de ALUMNOS del

Curso 9% 14% 19% 24% 23% 23% 27% 21% 20% 17%

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VII. Información para médicos extranjeros que preparan el MIR

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6. Información sobre la entrada en España: el pasaporte y el visado Para entrar en España deberás estar provisto de pasaporte en vigor y un visado. Un visado es una diligencia que se extiende en el pasaporte por los representantes diplomáticos y consulares españoles, que acredita la no existencia de inconvenientes para efectuar la entrada en España. Existen varias clases de visado: de tránsito, de estancia, de residencia, de residencia y trabajo, de residencia y trabajo de temporada, de estudios y el visado de investigación. De especial interés para los alumnos extranjeros del Curso MIR Asturias son dos:

el visado de estudios (para alumnos de las modalidades A, B, C nacional y D) el visado de estancia o visa de turista (para alumnos de la modalidad C internacional, que se preparan en su país y vendrán

a España solo para hacer el examen). Puedes ampliar la información en: http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/ServiciosAlCiudadano/InformacionParaExtranjeros/Paginas/Inicio.aspx http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/ServiciosAlCiudadano/InformacionParaExtranjeros/Paginas/RequisitosDeEntrada.aspx http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/ServiciosAlCiudadano/InformacionParaExtranjeros/Paginas/VisadosDeLargaDuracion.aspx Para ampliar información sobre el nº de identidad de extranjero (N.I.E.) http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/ServiciosAlCiudadano/InformacionParaExtranjeros/Paginas/NIE.aspx

6.1. Información sobre la obtención de la “Visa de estudiante” (Visado de estudios)

Homologación del

título de Medicina

Obtención de la

VISA de estudios

Obtención de la

tarjeta de

estudiante

Matrícula en el

examen MIR

Matrícula en el

Centro de Estudios

(por ejemplo, Curso

MIR Asturias)

Realización del

examen MIR

Para venir a España a preparar el MIR en las modalidades del Curso MIR Asturias presenciales (MIR plus, A, B y D) o a distancia desde otra ciudad española (modalidad C), deberás obtener una Visa de estudiante. NO sirve la Visa de turista ya que el tiempo que dura el Curso MIR es superior a tres meses. Para los trámites para obtenerla tienes que dirigirte al Consulado de España de tu país de origen. La competencia para expedir un visado de estudios corresponde única y exclusivamente a la Sección Consular de la Embajada de España en tu país, quien a su vez depende del Ministerio de Asuntos Exteriores de España. Cada Consulado tiene sus normas y reglamentos para la obtención de la Visa de Estudiante. Los trámites pueden durar 3 meses. Tan pronto como hayas decidido inscribirte en el Curso MIR, debes acercarte a las oficinas Consulares de España en tu país, para enterarte que documentos se exigen en tu país para poder solicitar la Visa de estudiante. Entre los documentos solicitados habitualmente se incluyen:

Título de licenciado/ graduado en Medicina y Cirugía. Es conveniente empezar a tramitar la homologación en cuanto obtengas el título. En las Secciones Consulares de la Embajada de España de algunos países requieren que el título esté homologado, en otros es suficiente con que la homologación esté en trámite.

Pasaporte con vigencia para todo el período para el que se solicita el visado.

Seguro médico, se trata de una póliza de seguro muy específica. El Consulado te facilitará toda la información. Es importante por si tienes un problema de salud mientras estás realizando el Curso aquí en España.

Acreditación de la disposición de medios de subsistencia para todo el período de estancia en España.

Acreditación de la disposición de alojamiento para tu estancia en España, (carta de admisión en una residencia de estudiantes, contrato de alquiler o carta personal del titular del contrato de arrendamiento y certificado de empadronamiento).

Certificado médico.

Certificado de antecedentes penales.

Comprobante de abono de las tasas consulares.

Certificado del centro docente en el que has sido admitido y programa del plan de estudios. Si te has matriculado en nuestro curso, solicita cuanto antes a nuestras oficinas el Certificado de que estás matriculado en el Curso MIR Asturias (Se envían dos diferentes, uno emitido por el Curso MIR Asturias y otro por el Colegio de Médicos de Asturias, pero solo a los alumnos que lo solicitan. No te olvides de pedirlo cuanto antes en nuestra Secretaría si lo necesitas).

Factura de haber abonado el importe de la matrícula en el centro docente que hayas elegido (en nuestro caso, el Curso MIR Asturias).

Si necesitas el Certificado de estar matriculado en el Curso MIR Asturias para obtener una VISA de estudiante, no olvides solicitarla a la Secretaría del Curso con margen de tiempo suficiente, después de haber formalizado la inscripción en el Curso MIR. Ten en cuenta que, si hay algún error en tus datos, será necesario repetir los trámites, y se perderá tiempo importante para tí. TODOS los documentos deberán estar traducidos al español. Los siguientes documentos deberán contener la Apostilla de la Haya: seguro médico, Certificado médico y Certificado de antecedentes penales.

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Generalmente la concesión del visado de estudios se demora aproximadamente un mes. Desde la notificación de la concesión tendrás dos meses de plazo para recogerlo.

6.2. Información sobre la obtención de la “Tarjeta de estudiante”

Homologación del

título de Medicina

Obtención de la

VISA de estudios

Obtención de la

tarjeta de

estudiante

Matrícula en el

examen MIR

Matrícula en el

Centro de Estudios

(por ejemplo, Curso

MIR Asturias)

Realización del

examen MIR

El visado de estudios (ver punto anterior) NO es suficiente para permanecer en España durante el período de duración de tus estudios. Necesitarás solicitar además la tarjeta de estudiante, en el plazo de un mes desde la entrada a España. También se te asignará un Número de Identificación de Extranjeros - NIE. En ningún caso se podrá solicitar desde España la Tarjeta de Estudiante si vienes desde el país de origen SIN Visado de estudios o con un Visado de turista. La tarjeta de estudiante es una autorización de estancia en España por estudios y tienes que solicitarla una vez que estés en España ante la Oficina de Extranjeros, Jefatura Superior o Comisaría de Policía de la localidad donde vayas a residir. Estos organismos dependen del Ministerio del Interior. Generalmente los documentos necesarios para la solicitud de la tarjeta de estudiante son:

1. Completar la solicitud oficia 2. Pasaporte en vigor y fotocopia 3. Visado de estudios 4. Seguro médico con la misma vigencia de la autorización de estancia 5. Acreditación de la disponibilidad de medios económicos para sufragar los gastos derivados de tu estancia en España, coste

de tus estudios y del regreso a tu país una vez concluidos los estudios. 6. Certificado médico para verificar que no padece ninguna enfermedad susceptible de cuarentena previstas en el reglamento

sanitario internacional 7. Certificado de antecedentes penales 8. Certificado de empadronamiento. 9. Certificado del centro docente en el que has sido admitido. Si te has matriculado en nuestro curso, solicita a nuestras oficinas

el Certificado de que estás matriculado en el Curso Intensivo MIR Asturias (Se envían dos diferentes, uno emitido por el Curso MIR Asturias y otro por el Colegio de Médicos de Asturias, pero solo a los alumnos que lo solicitan. No te olvides de pedirlo cuanto antes en nuestra Secretaría si lo necesitas).

10. Factura de haber abonado el importe de la matrícula en el Curso MIR.

La vigencia de la autorización de estancia podrá limitarse a la duración de tus estudios. Si esta duración se prolongase más de doce meses, la tarjeta será renovable anualmente. Cuando los extranjeros que participen en estas pruebas permanezcan en España, deberán estar legalmente en nuestro país por lo que el visado/situación/autorización en la que se ampare dicha estancia, deberá encontrarse en vigor (o en situación de renovación) según las previsiones contenidas en la legislación de extranjería que en cada caso resulten de aplicación” (Art 29 y ss de la Ley 4/2000, art 37 y ss del R.D. 557/2011). Al amparo de lo establecido en el art 40.2 del R.D. 557/2011 la prórroga deberá solicitarse durante los sesenta días naturales PREVIOS a la fecha de expiración de la vigencia de su autorización o durante los noventa días naturales posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de la autorización. En la inscripción al examen MIR, hay que aportar fotocopia compulsada tanto de la tarjeta de estudios/NIE/visado, como del resguardo sellado de su renovación.

6.3. Información sobre el Visado de estancia (Visa de turista)

La visa de turista habilita para una estancia ininterrumpida o estancias sucesivas por un período o suma de períodos cuya duración total no exceda de tres meses, a partir de la fecha de la primera entrada (este es el visado que debes obtener si has decidido inscribirte en el Curso MIR Asturias “modalidad C INTERNACIONAL a distancia” y vienes únicamente a realizar el examen).

La visa de turista SOLO sirve para la modalidad C internacional. Esta visa NO sirve para el resto de modalidades del Curso (A, B, C nacional y D), ya que conllevan estancias en España de más de 3 meses. Para obtener el visado de turista deberás dirigirte personalmente a las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en tu país: te informarán de los requisitos necesarios para su obtención (varían según el país de origen del solicitante). Como los trámites para su concesión pueden durar 3 meses, tan pronto como te sea posible deberás acercarte a las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en tu país para solicitarlo. En el momento de realizar la solicitud de visado, tendrás que abonar la tasa establecida en cada caso. En el plazo de dos meses desde la notificación de la concesión, deberás pasar personalmente a recoger el visado.

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7. Tarjeta de identificación de extranjeros A. ¿QUÉ ES LA TARJETA DE IDENTIFICACIÓN DE EXTRANJEROS? Es un documento de identificación personal del extranjero como lo es el DNI para los españoles. Es el documento único y exclusivo que acreditará que te encuentras en situación de residencia legal en España por un periodo superior a seis meses. En la tarjeta de Identificación de Extranjeros figurará el número de identificación de extranjero - NIE, datos personales, foto del titular, huella dactilar, vigencia y motivos de otorgamiento. B. ¿CÓMO Y DÓNDE SE SOLICITA?

1. Para obtener la tarjeta de identificación de extranjeros necesitas estar de forma legal en España por un periodo superior a seis meses, es decir tener una autorización de residencia o autorización de residencia y trabajo, autorizaciones de estudios, renovaciones de las autorizaciones u otras circunstancias que te habiliten para tu regularización en territorio español. A partir de la concesión de la autorización dispondrás de un mes para solicitarla.

2. Deberás presentarte personalmente en la Oficina de Extranjeros o, en su defecto, en la Comisaría de Policía de la provincia donde fijes tu domicilio.

C. ¿QUÉ DOCUMENTACIÓN SE REQUIERE PARA SOLICITARLA POR PRIMERA VEZ? Hay que presentar la siguiente documentación:

1. Solicitud (original y copia) cumplimentada y firmada 2. Pasaporte o título de viaje con sello de entrada 3. Tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carné 4. Visado, en su caso 5. Resolución de concesión de la autorización que justifica la expedición de la tarjeta 6. Justificante del abono de las tasas correspondientes

D. ¿CUÁL SERÁ SU VIGENCIA? La vigencia de la tarjeta de Identificación de Extranjeros será la misma que la autorización de residencia o estudios concedida.

8. Empadronamiento A. ¿QUÉ ES EL EMPADRONAMIENTO? El padrón municipal es el registro administrativo donde figuran todos los vecinos que viven o residen habitualmente en ese municipio. Sus datos son una prueba de la residencia en el municipio. Según la ley toda persona que viva en España tiene la obligación de empadronarse en el municipio donde resida. B. ¿PARA QUÉ SIRVE EL EMPADRONAMIENTO? El empadronamiento será el documento que acredite el tiempo de permanencia en territorio español, independientemente de su nacionalidad o de su situación legal, es decir si tiene o no residencia o bien la misma está en trámite. La inscripción en el Padrón acredita como vecino del municipio. Para poder realizar el empadronamiento se necesitará establecer un domicilio, el cual no es necesario que sea de propiedad, puede ser en alquiler o bien la casa de un familiar o un conocido. Es aconsejable realizar el empadronamiento cuando se llegue a España. Este documento te será necesario para:

7. Para solicitar la regularización o permisos de residencia y trabajo 8. Le será exigido para realizar el canje del permiso de conducir en el caso de existir convenio con su país de nacimiento 9. Es imprescindible para realizar la inscripción escolar de sus hijos y todos los demás trámites inherentes a los extranjeros.

La Ley establece la renovación del empadronamiento cada dos años de todos los extranjeros comunitarios sin autorización de residencia permanente. El transcurso del plazo señalado será causa para acordar la caducidad de las inscripciones que deban ser objeto de renovación. C. DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA PODER EMPADRONARSE La inscripción se realiza en el Ayuntamiento correspondiente a la localidad donde residas. Es un trámite sencillo. Necesitarás los siguientes documentos, aunque algún Ayuntamiento puede proponer la aportación de otros en sustitución de alguno de los documentos a continuación relacionados:

1. Formulario de Alta. 2. Fotocopia y original del pasaporte. 3. Fotocopia y original del contrato de alquiler o la autorización firmada por el dueño de la vivienda donde está alojado. Si es el

caso, deberá incluirse en el formulario para poder empadronarse en su domicilio. Igualmente, el dueño de la vivienda tendrá que renovar su empadronamiento para incluirte a tí.

4. En caso de hijos, se presentará fotocopia y original de los pasaportes y libro de familia D. ¿QUÉ HACER SI CAMBIO DE DOMICILIO A UN NUEVO MUNICIPIO? Si cambias de domicilio deberás solicitar por escrito el alta en el municipio donde fijes tu nueva residencia. Dentro de los primeros diez días del mes siguiente, el nuevo municipio solicitará la baja del padrón a tu antiguo municipio.

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9. Inscripción en el examen MIR. Resumen de la convocatoria MIR 2016

Homologación del

título de Medicina

Obtención de la

VISA de estudios

Obtención de la

tarjeta de

estudiante

Matrícula en el

examen MIR

Matrícula en el

Centro de Estudios

(por ejemplo, Curso

MIR Asturias)

Realización del

examen MIR

Recuerda que todos los trámites que te permitirán presentarte al examen dependen exclusivamente de ti y que debes dedicar todo el tiempo e interés necesario para presentar toda la documentación en los plazos indicados en la convocatoria MIR de tu año (se publica

en el BOE en fechas diferentes cada año, pero normalmente suele ser a mediados de septiembre). Esta información NO tiene carácter oficial, puede variar en la próxima convocatoria y es responsabilidad exclusiva del Ministerio de Sanidad. Por ejemplo, en el año 2006, se añadió un requisito sobre acreditación del conocimiento suficiente del idioma para médicos extranjeros de países de habla no hispana. A partir de 2010 es necesario tener el título de Medicina homologado o reconocido ANTES de inscribirse en las pruebas. En el MIR 2011 se introdujeron 2 novedades: se incrementó el nivel de español exigido a los médicos extranjeros procedentes de países cuyo idioma nativo no sea el español y se modificaron los documentos de acreditación de nacionalidad e identidad de los aspirantes extracomunitarios En el MIR 2012 se introdujeron 4 novedades: La nota de corte equivalente al 30% de la media de los 10 mejores exámenes de la convocatoria, la reducción del cupo de extranjeros durante el primer llamamiento a un máximo del 8% de las plazas, la reserva del 7% de las plazas para el turno de médicos con discapacidad igual o superior al 33%, y la desaparición de la admisión condicional a la prueba. TODOS los requisitos de participación deberán cumplirse y acreditarse en el plazo de presentación de solicitudes, aunque se podrán aportar también en el plazo de subsanación y reclamación a la Relación Provisional de Admitidos y No Admitidos En el MIR 2013 se disminuyeron las plazas del cupo de extranjeros en el primer llamamiento a un 4% de las plazas ofertadas y se incrementó la nota de corte hasta el 35% de la media de los 10 mejores exámenes de la convocatoria. En el MIR 2014 se eliminó la segunda convocatoria de los actos de elección de plaza. En el MIR 2015: se modificó el diseño del examen, pasando de preguntas con 5 opciones de respuesta a preguntas con 4 opciones de respuesta. El proceso de Homologación de títulos extranjeros también cambió, alargando el tiempo necesario para obtener este documento, imprescindible para poder inscribirse en el examen MIR. Puedes acceder a información sobre la última convocatoria MIR en la página web del Ministerio de Sanidad y en la del BOE: http://sis.msssi.es/fse/Default.aspx?MenuId=IE-00 http://boe.es/boe/dias/2016/09/13/pdfs/BOE-A-2016-8391.pdf

9.1. Calendario de las pruebas selectivas MIR 2016

Plazo de presentación de instancias Del 19 al 28 de Septiembre de 2016, ambos inclusive

Exhibición Relaciones Provisionales de Admitidos A partir del 11 de Noviembre de 2016

Exhibición Relaciones Definitivas de Admitidos A partir del 29 de Diciembre de 2016

Fecha del examen Sábado 28 de Enero de 2017

Exhibición de Plantillas de Respuesta Correctas A partir del 6 de Febrero de 2017

Plazo reclamaciones a las Plantillas de Respuestas correctas 7, 8 y 9 de Febrero de 2017

Reunión de las Comisiones Calificadoras 21 de Febrero de 2017

Exhibición de las Relaciones Provisionales de Resultados A partir del 28 de Febrero de 2017

Exhibición de las Relaciones Definitivas de Resultados A partir del 24 de Marzo de 2017

Actos de Asignación de Plazas A partir del 10 de Abril de 2017

Plazo de Incorporación 22, 23, 24, 25 y 26 de Mayo de 2017

Es conveniente consultar la página web del Ministerio de Sanidad y Consumo, en la dirección

http://sis.msssi.es/fse/Default.aspx?MenuId=QE-00

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VII. Información para médicos extranjeros que preparan el MIR

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ya que en esa página se mantiene permanentemente actualizada la información relativa a las pruebas selectivas en curso (convocatoria actual: plazas, requisitos, documentos, plazos, calendario, enlaces con el Boletín Oficial del Estado, acceso a los datos propios, etc.).

Teléfono de información del Ministerio, de lunes a viernes, de 9 a 14 horas: 91 596 11 81

9.2. Información relevante

Novedades relevantes en la convocatoria de pruebas selectivas 2016-2017

Nueva condición para acogerse a la exención del abono de tasas: Se incorpora por primera vez la posibilidad de exención del

abono de tasas a los aspirantes que acrediten ser víctimas de terrorismo y para ello se ha incluido una nueva casilla en el

M790. Es importante señalar que esta condición solamente se puede acreditar mediante sentencia judicial firme o resolución

administrativa.

Obligatoriedad de presentación del certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales : También se incorpora

por primera vez una nueva condición que está recogida en una nueva casilla del modelo 790 y que hace relación a que

TODOS los aspirantes deben declarar bajo juramento o promesa marcando la casilla a la que se ha hecho referencia que

conocen y aceptan la obligación de presentar el certificado negativo expedido por el Registro Central de Delincuentes

Sexuales en caso de ser adjudicatarios de plaza. Todos los aspirantes deben marcar esta casilla, ya que, en caso contrario,

serán declarados NO ADMITIDOS a la prueba.

Penalización por abandono o renuncia de la plaza en formación: En cumplimiento de lo previsto en el Real Decreto 639/2014

(troncalidad), los aspirantes que hayan obtenido plaza en la convocatoria 2014/15 y siguiente y hayan optado por no

incorporarse a la plaza adjudicada o por renunciar a la misma en las dos convocatorias, serán penalizados y no podrán ser

admitidos en la presente prueba selectiva.

Únicamente se mantiene la posibilidad de adjudicación presencial para los aspirantes a plazas de Medicina y Enfermería.

Además, siguen vigentes las novedades ya incorporadas en la pasada convocatoria y concretamente, son:

Posibilidad de justificar la inscripción en el desempleo sin enviar el documento, siempre que el aspirante rellene la casilla

única que aparece en el Modelo 790 “DOY MI CONSENTIMIENTO para la consulta y verificación de los datos de

identidad y desempleo...”: En caso de optar por no dar el consentimiento y presentar el documento, la certificación relativa a

la condición de demandante de empleo, se solicitará en la correspondiente oficina del Servicio Público de empleo Estatal o

entidad asimilada en la respectiva comunidad autónoma. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará con una

declaración jurada o promesa escrita del solicitante; a tal fin el modelo 790 de solicitud incorpora la fórmula impresa

mediante la que se hará esta declaración jurada por lo que solamente será preciso firmar dicho modelo, sin que sea necesario

aportar otro documento.

Posibilidad de realizar el pago de la tasa electrónicamente: Los aspirantes podrán efectuar el pago electrónico de la tasa tanto

si van a realizar presentación electrónica de la solicitud, como si deciden presentarla en papel. A través de la dirección de

internet https://sede.msssi.gob.es/fse/modelo790/ rellenarán el formulario que permite la cumplimentación por internet del

modelo 790. Cuando lleguen a la opción “realizar pago” y siempre que no sean beneficiarios de la exención de la tasa, se les

ofertará la posibilidad de realizar el pago electrónico de la tasa. Se deberán seguir las instrucciones que indique el sistema (es

imprescindible que el titular de la cuenta o tarjeta -no es necesario que sea el propio aspirante- desde la que se haga el

pago, disponga del certificado válido de firma electrónica de persona física) y una vez efectuado el pago, la entidad

colaboradora generará el número de referencia completo (NRC) que aparecerá impreso en el apartado “INGRESO” del

M790. En el justificante figurará el NRC que servirá al interesado como comprobante del pago de la tasa. Posteriormente,

podrá optar por realizar la presentación electrónica de la solicitud, si cumple el resto de los requisitos exigidos para ello o

generar e imprimir el formulario en papel y presentarlo en los registros presenciales del Ministerio de Sanidad, Servicios

Sociales e Igualdad o en las Delegaciones o Subdelegaciones de Gobierno que se especifican en el anexo III, sin perjuicio de

lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

La presentación y pago de los derechos de examen en la correspondiente entidad financiera colaboradora, o en su caso, del

original de la transferencia bancaria, no eximirá del trámite de presentación del modelo 790 en tiempo y forma.

Posibilidad de realizar presentación electrónica de la solicitud cuando se cumplan los requisitos que se especifican a

continuación: Los interesados podrán realizar la presentación electrónicamente en la Sede Electrónica del Ministerio de

Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad https://sede.msssi.gob.es/fse/modelo790/. El mencionado modelo deberá ser

cumplimentado y presentado siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario como requisito previo poseer

un certificado digital de persona física válido. Los aspirantes que pueden acogerse a esta vía de presentación de la solicitud

deben cumplir los siguientes requisitos:

o Tener nacionalidad española.

o Disponer de certificado electrónico válido. Puede consultar la lista de certificados admitidos en la página Web del

Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

o Rellenar el campo Nº de identificación (NIF) en el formulario.

o Marcar la casilla única del Modelo 790 mediante la que el solicitante da su consentimiento para la consulta y

verificación de identidad y/o desempleo.

o Marcar la casilla del modelo 790 mediante la que el solicitante declara bajo juramento o promesa la obligatoriedad

de presentar, en el caso de ser adjudicatario plaza de cualquier especialidad, certificado negativo del Registro Central

de Delincuentes Sexuales, en los términos previstos en la base II.8.

o Haber sido admitido a examen en alguna de las convocatorias 2013-2014, 2014-2015 o 2015-2016.

o No optar al cupo de plazas de personas con discapacidad.

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o No renunciar a plaza en formación como residente.

o Si el aspirante está en situación de desempleo y cumple las condiciones para estar exento del pago de la tasa ,

deberá marcar la casilla “doy mi consentimiento para verificar la situación de identidad y/o desempleo” en el modelo

790. En este caso, se debe marcar además la casilla por la que declara que carece de rentas superiores en

cómputo mensual al salario mínimo interprofesional (655,20 euros). Con cualquier otra causa de exención o

reducción de la tasa no se podrá realizar presentación electrónica de la solicitud.

o La presentación de solicitudes por esta vía conllevará igualmente el pago electrónico de la tasa de derechos de

examen en los términos descritos en el apartado anterior.

Modificación en el número de opciones de respuesta del examen y en el formato de la hoja de respuestas : Se mantiene

nuevamente el número de opciones de respuesta de los ejercicios que, como en el año anterior, tendrán cuatro opciones de

respuesta, de las que solamente una de ellas será la correcta. Este cambio no supone modificación en el sistema de

valoración de las preguntas, es decir, cada pregunta acertada se valorará con 3 puntos, cada pregunta errónea restará 1

punto y las contestadas en blanco no serán tenidas en cuenta. Como en la pasada convocatoria, se mantiene el formato de

hoja de respuestas con sistema de marcado.

La falta de firma del Modelo 790 por parte de los aspirantes, supondrá la EXCLUSIÓN de la prueba.

Otros aspectos destacables de las Pruebas Selectivas 2016-2017

Cupo de plazas para extracomunitarios: En las especialidades para la titulación de Medicina, el número de plazas que podrán

ser adjudicadas a aspirantes extranjeros no comunitarios que carezcan de permiso de residencia en España será como el año

anterior el 4% de las plazas ofertadas y no habrá segunda vuelta de adjudicación.

Declaración jurada de carencia de rentas en el caso de aspirantes en situación de desempleo. El propio M790 de solicitud

incorpora la fórmula impresa mediante la que se hará esta declaración jurada, por lo que solamente será preciso firmar dicho

modelo sin que sea necesario aportar otro documento. Además, y como ya se ha citado anteriormente, los aspirantes podrán

optar por acreditar la situación de desempleo sin enviar documentación siempre que presten su consentimiento expreso, a

través de la casilla destinada al efecto en el modelo de solicitud 790 para consultar su situación ante la Plataforma de

Intermediación de datos del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

Nota de corte para todas titulaciones. Se mantiene en el 35% de la media aritmética obtenida por los diez mejores exámenes

en cada titulación (en esa operación no se tendrán en cuenta los números decimales). Se entenderá que superan la prueba,

los aspirantes cuya valoración particular del examen sea igual o superior a ese 35% de la media de los diez mejores. El resto

serán eliminados y no obtendrán número de orden.

Se mantiene, sin cambios, el sistema para la adjudicación de plazas a aspirantes que hayan acreditado una discapacidad

igual o superior al 33% y hayan optado por el turno específico de aspirantes con discapacidad. El 7% de las plazas

ofertadas para cada titulación, podrán ser adjudicadas a estos aspirantes, en los mismos términos ya aplicados en la

convocatoria anterior. Es decir, el aspirante con discapacidad elegirá la plaza y especialidad, según el número de orden

obtenido, que considere compatible con su situación particular, sin que ello prejuzgue el resultado, positivo o negativo, del

reconocimiento médico obligatorio inicial al que han de someterse todos los residentes (con discapacidad o no), al

incorporarse a la plaza adjudicada. En el momento en que el número de plazas por adjudicar se iguale con el número de

plazas reservadas para personas con discapacidad pendientes de adjudicar y resten aspirantes del turno de discapacidad que

hayan superado la puntuación mínima que se determine en la Convocatoria, se suspenderán los actos de adjudicación para el

turno ordinario y comenzarán a elegir las personas con discapacidad, aunque tengan menos puntuación que las del turno

general. Las plazas reservadas en el turno de discapacidad que no sean cubiertas se reasignarán al turno libre, reanudándose

los actos ordinarios de adjudicación.

Reconocimiento médico. En las bases de la convocatoria se prevé que el reconocimiento médico que deben llevar a cabo los

Servicios de Prevención de Riesgos Laborales para todos los adjudicatarios de plazas (pertenezcan o no al turno de personas

con discapacidad), se realice en el plazo de 3 meses a partir del día en el que concluye el plazo de toma de posesión.

Al igual que en la convocatoria anterior No habrá Admisión Provisional a la prueba. Todos los requisitos de participación

deberán cumplirse y acreditarse en el plazo de presentación de solicitudes y se podrán aportar también en el plazo de

subsanación y reclamación a la Relación Provisional de Admitidos y No Admitidos.

9.3. Requisitos generales de participación

Leer atentamente, además, los apartados Documentos y Plazos para aportar la documentación. Cumplimentar, firmar y presentar el Modelo de solicitud 790. La presentación de este modelo sea en soporte papel o

electrónicamente, deberá hacerse en el plazo establecido para ello en el calendario que figura como anexo de la orden. No serán

tenidas en cuenta las solicitudes presentadas con anterioridad o posterioridad a dicho plazo.

Nacionalidad de los aspirantes

Ser español o nacional de países integrantes de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo, de la Confederación

Suiza o del Principado de Andorra.

Los aspirantes extranjeros nacionales de países no comunitarios también podrán participar en las Pruebas Selectivas,

siguiendo las reglas del siguiente cuadro resumen sobre la participación, documentación y cupo de plazas para los

aspirantes extranjeros no comunitarios

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1º) Régimen comunitario (*)

2º) Con autorización de residencia en

cualquier modalidad (*)

3º) Con autorización de estancia por

estudios (Sujetos a cupo de plazas)

4º) Resto de situaciones (Sujetos a

cupo de plazas)

Médicos SI SI SI(**) SI(***)

Presentación Declaración Jurada para extranjeros

NO NO SI SI

Afectados por el cupo de plazas para extranjeros

NO NO SI(****) SI(****)

(*) Situación que deben acreditar documentalmente, mediante presentación de fotocopia compulsada de la Tarjeta de Identidad de Extranjero. (**) Siempre que el país del que sea nacional el aspirante, tenga suscrito y en vigor, Convenio de Cooperación Cultural con España. (***) Siempre que el país del que sea nacional el aspirante, tenga suscrito y en vigor, Convenio de Cooperación Cultural con España y aporten fotocopia del pasaporte compulsada en la Oficina Consular de España del país donde presenta la solicitud (****) El número total de plazas que se pueden adjudicar a estos aspirantes es de 253 para Médicos. Pagar la tasa por derechos de participación: 29,89 € para todos los aspirantes. Están exentos del abono de la tasa por derechos

de examen, los siguientes grupos:

Los aspirantes que figuren como demandantes de empleo en los términos previstos en el art. 18 de la Ley 66/1997 de 30 de

diciembre, en su redacción dada por el art. 14 de la Ley 55/1999 de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales,

Administrativas y de Orden social. Recuerde que, además del certificado del INEM (donde debe estar inscrito como

mínimo un mes antes a la publicación en el B.O.E. de la Orden de convocatoria), es preceptivo e imprescindible incluir

una declaración jurada de carecer de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional ; el

propio modelo 790 de solicitud incorpora la fórmula impresa mediante la que se hará esta declaración jurada por lo

que solamente será preciso firmar dicho modelo, sin que sea necesario aportar otro documento. Además, y como ya se

ha citado anteriormente, los aspirantes podrán optar por acreditar la situación de desempleo sin enviar documentación

siempre que presten su consentimiento expreso, a través de la casilla destinada al efecto en el modelo de solicitud 790

para consultar su situación ante la Plataforma de Intermediación de datos del Ministerio de Hacienda y Administraciones

Públicas.

Los aspirantes que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Si su situación requiere algún tipo de

adaptación para realizar el examen, deben hacer constar esta circunstancia mediante carta independiente dirigida a:

Subdirección General de Ordenación Profesional; Área de Formación Sanitaria Especializada; Ministerio de Sanidad,

Servicios Sociales e Igualdad, Paseo del Prado, 18-20; 28071 MADRID.

Los aspirantes que acrediten su condición de víctimas de terrorismo.

Los aspirantes que acrediten su pertenencia a familia numerosa, estarán exentos del abono de la tasa en su totalidad, si son

de familia numerosa de "Categoría Especial" y tendrán una bonificación del 50% si son de familia numerosa de "Categoría

General". Estos últimos deben abonar 14,95 €.

Los aspirantes que realicen el pago de la tasa mediante transferencia desde el extranjero, deberán tener en cuenta las

siguientes instrucciones:

o Es obligatorio que cada pago se haga de forma individualizada, realizando una transferencia por cada opositor y,

además, debe figurar expresamente en la transferencia, el nombre completo del opositor y el concepto por el que

hace la transferencia.

o Cuando el ingreso correspondiente a una transferencia no se corresponda con el importe íntegro de la tasa

establecida, el aspirante afectado será declarado No admitido por importe incompleto de la tasa.

Respecto al nivel de idioma: Los aspirantes nacionales de estados cuyo idioma oficial no sea el castellano acreditarán el

conocimiento suficiente del mismo, (excepto los que hubieran sido admitidos a examen en las convocatorias 2013/2014,

2014/2015 o 2015/2016) con la presentación de copia compulsada de alguno de los siguientes documentos:

Diploma de español C1 o C2, expedido con carácter oficial por la persona titular de la Dirección del Instituto Cervantes,

según lo previsto en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los “diplomas de español como

lengua extranjera (DELE), modificado por el Real Decreto 264/2008, de 22 de febrero.

Certificado acreditativo de la adquisición de las competencias correspondientes a los cursos especializados de los

niveles C1 y C2, expedido por el órgano competente de la administración educativa de la correspondiente comunidad

autónoma, o en su caso del Estado, de acuerdo con lo previsto para dichos niveles en el Real Decreto 1629/2006, de 29

de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial

reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación y disposiciones de desarrollo.

Como en años anteriores, estarán exentos de acreditar este requisito del idioma:

Los aspirantes cuyo título de Licenciado (o Diplomado en su caso) en virtud del cual se presentan a estas pruebas

selectivas, haya sido expedido por alguna universidad del Estado español o de otros Estados cuya lengua oficial sea el

castellano.

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Así mismo estarán exentos, los aspirantes que acrediten haber concluido en el Estado Español un período de, al menos

dos años completos de formación especializada en ciencias de la salud, como consecuencia de haber obtenido plaza en

formación en anterior convocatoria nacional.

Los aspirantes que hayan participado que fueron admitidos a examen en las convocatorias 2013-2014, 2014-2015 o

2015-2016.

Renuncia previa. Los aspirantes que se encuentren realizando un periodo de formación especializada en plaza de residente

obtenida en anteriores convocatorias de pruebas selectivas, para el acceso a plazas de formación sanitaria especializada, solo

podrán concurrir a las de 2016/17, si junto con su solicitud aportan renuncia previa y expresa a la plaza en formación que

desempeñan. En el documento de renuncia deberá figurar la diligencia expedida por el correspondiente gerente o el registro de

entrada en el Servicio de Personal correspondiente, que no podrán ser posteriores a la fecha en la que finalice el plazo de

presentación de solicitudes. La falta de renuncia previa en los términos previstos en el párrafo anterior implicará la exclusión de las

pruebas. Debe tenerse además en cuenta lo dicho anteriormente respecto a la penalización y la no admisión a esta prueba

selectiva si se ha abandonado o renunciado a plaza adjudicada en las convocatorias 2014/15 y 2015/16.

Recuerde que el examen se desarrolla simultáneamente el mismo día y a la misma hora para todas las titulaciones, por lo que

solamente es posible ser admitido a examen para una titulación. Esto es especialmente relevante para las personas que tengan

más de un título de Licenciado o Diplomado y para los Licenciados en Bioquímica. Estos últimos deben optar en la instancia por la

prueba selectiva de Químicos o por la de Biólogos.

Tenga en cuenta que el plazo de presentación de instancias es corto. No espere al último día para presentar su instancia . Este

trámite podrá hacerse electrónicamente, de acuerdo con los requisitos especificados anteriormente o en soporte papel. En este

último caso podrá utilizar alguna de las siguientes opciones:

En el Registro General del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, (Paseo del Prado 18-20) en Madrid, de

lunes a viernes de 9,00 a 17,30 horas ininterrumpidamente y los sábados de 9,00 a 14,00 horas.

En las Unidades administrativas de las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno.

Por correo certificado, pidiendo en la Oficina de Correos que le sellen la copia para el interesado del Modelo 790, como

garantía de la fecha de presentación.

En la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre.

Aviso: Para las solicitudes que se envíen desde el extranjero mediante alguna empresa internacional de transporte, la fecha válida, es la de la entrada efectiva de la documentación en alguno de los Registros autorizados y NO la de entrega a la empresa.

9.4. Documentos

Los aspirantes que fueron admitidos al examen en las convocatorias 2013-14, 2014-15 o 2015-16 están exentos de aportar

los siguientes documentos:

El título o equivalente (certificación sustitutoria o reconocimiento u homologación en el caso de títulos extranjeros)

La Certificación Académica Personal. Únicamente deben presentarla en el caso de aportar un mérito académico nuevo

(Tesis Doctoral), o si solicitan la modificación de los incluidos en el expediente del año anterior.

El diploma acreditativo de conocimiento del idioma español.

Sí que deben aportar el resto de la documentación junto con el Modelo 790.

Asimismo, estarán exentos de acreditar el idioma:

Aspirantes cuyo título de Licenciado/Grado/Diplomado en virtud del cual se presentan a estas pruebas selectivas, haya sido

expedido por alguna universidad del Estado Español o de otros Estados cuya lengua oficial sea el castellano.

Así mismo estarán exentos, los aspirantes que acrediten haber concluido en el estado español un periodo de al menos dos años

completos de formación especializada en ciencias de la salud, como consecuencia de haber obtenido plaza en formación en

anterior convocatoria nacional de Pruebas Selectivas.

Los aspirantes que hayan sido admitidos a examen en alguna de las convocatorias 2013/2014, 2014/2015 o 2015/2016.

Modelo 790 de solicitud (https://sede.msssi.gob.es/fse/modelo790 ) debidamente cumplimentado, firmado y validado por la

entidad bancaria. Este último requisito no afecta a los aspirantes exentos del pago de la tasa, que lo sustituirán por los documentos

acreditativos de su condición. Es posible hacer el pago electrónico de la tasa y también la presentación electrónica del Modelo 790,

siempre que se cumplan los requisitos indicados en la opción Información relevante y Requisitos generales de participación.

Cuando las solicitudes se presenten en el extranjero a través de las oficinas consulares, deberá adjuntarse a la solicitud,

documento acreditativo del ingreso de la tasa mediante transferencia bancaria a la siguiente cuenta restringida de recaudación,

abierta en la entidad financiera "Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima (BBVA, S.A.)", siendo por cuenta del aspirante

los gastos y comisiones que se originen por dicha transferencia:

SWIFT BBVA ES MM IBAN ES29 0182 2370 4102 00000822

Debe seguir las instrucciones especificadas en el apartado Información relevante y Requisitos generales de participación respecto a la realización de transferencias.

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VII. Información para médicos extranjeros que preparan el MIR

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Respecto a los documentos de identidad.

Los aspirantes que ostenten nacionalidad española aportarán fotocopia compulsada del D.N.I.

Los aspirantes extranjeros nacionales de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo, de Suiza o de Andorra, aportarán

fotocopia compulsada del pasaporte o del documento nacional de identidad en vigor con el que hayan efectuado la entrada

en territorio español acompañado en su caso, del certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros.

Los cónyuges e hijos de las personas contempladas en el apartado anterior, aportarán fotocopia compulsada de la Tarjeta de

residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea expedida por las autoridades españolas o, en su caso, acreditación

de que se encuentra en tramitación por haberla solicitado antes de que finalice el plazo de presentación de instancias.

Los aspirantes nacionales de terceros países que sean titulares de una autorización de residencia en España, aportarán fotocopia

compulsada de la Tarjeta de Identidad de Extranjero.

Los aspirantes nacionales de terceros países que presenten su solicitud en España por encontrarse en nuestro país con

autorización de estancia por estudios u otra situación que les permita permanecer en el mismo, aportarán fotocopia

compulsada del pasaporte en vigor junto con copia compulsada del visado que autorice su estancia legal en España o, en su

caso, de la Tarjeta de Identidad de Extranjero.

Los aspirantes nacionales de terceros países que presenten su solicitud a través de las representaciones diplomáticas de España

en el extranjero, aportarán fotocopia del pasaporte en vigor, que deberá estar compulsada por la oficina diplomática o

consular de España en el país que corresponda. Esta compulsa de la oficina consular, también se exigirá en los supuestos en

los que las solicitudes se remitan mediante empresas internacionales de transporte desde los países de origen.

Los aspirantes de los anteriores apartados 5 y 6 deberán aportar, además, Declaración Jurada o promesa escrita, tal como se

especificaba en el cuadro de Información relevante y Requisitos generales de participación.

Respecto a la verificación de la identidad.

Los solicitantes deberán presentar la documentación compulsada que se indica en los apartados anteriores, sin perjuicio de que

pueden optar por acreditar su identidad sin presentar dicha documentación, siempre que den su consentimiento expreso

marcando con una X la casilla destinada a tal efecto en el Modelo 790. De esta manera la acreditación de sus datos se

puede llevar a cabo mediante una consulta al Sistema de Verificación de Datos de Identidad, en los términos previstos en el

Real Decreto 522/2006, de 28 de abril, desarrollado por la Orden PRE/3949/2006, de 26 de diciembre, por la que se

establece la configuración, características, requisitos y procedimientos de acceso al Sistema de Verificación de Datos de

Identidad.

Las consultas realizadas al mencionado Sistema de Verificación de Datos de Identidad, solamente facilitan información sobre la

identidad y nacionalidad del interesado sin facilitar información relativa a la situación administrativa concreta de los

extranjeros no comunitarios en nuestro país. Por este motivo, los ciudadanos extranjeros no comunitarios que dispongan de

autorización de residencia en España en régimen comunitario o con autorización de residencia o de residencia y trabajo en

cualquiera de sus modalidades, deberán aportar fotocopia compulsada de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (T.I.E.), para

poder ser tratados en igualdad de condiciones que los ciudadanos españoles.

Por tanto, a los aspirantes no comunitarios que se acojan a la opción de dar su consentimiento para que sus datos de

identidad puedan ser verificados, pero que NO APORTEN fotocopia compulsada de la Tarjeta de Identidad de Extranjero ,

una vez verificada su identidad, se les dará igual tratamiento que a los que disponen de una autorización de estancia por

estudios. Es decir, se les exigirá la Declaración Jurada de extranjeros para ser admitidos y además, estarán afectados por el

cupo de plazas para extranjeros.

Fotocopia compulsada del título de Licenciado/Grado, o del recibo de abono de las tasas para la expedición del mismo, o la

resolución de reconocimiento u homologación o certificación de equivalencia del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o

del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, en el caso de títulos obtenidos en el extranjero.

Fotocopia compulsada de la Certificación Académica Personal de los estudios de licenciatura o grado (NO SIRVEN PAPELETAS U

OTRO DOCUMENTO DISTINTO). Si no puede aportar este documento junto con la instancia, pero sí aporta el título, se le dará un

baremo de 1, es decir, como si todas las notas fueran aprobados. Cuando las certificaciones académicas se refieran a estudios

cursados en universidades extranjeras, deberán presentarse en el documento oficial expedido por la Universidad debidamente

legalizado y con traducción jurada, en el que debe figurar, además, la tabla de calificaciones utilizada por dicha Universidad.

Fotocopia compulsada de la/s Certificación/es Académica/as Personal/es (NO SIRVEN PAPELETAS U OTRO DOCUMENTO

DISTINTO, salvo el Título de Doctor en su caso) de Tesis Doctorales. La calificación de la Tesis Doctoral, debe haberse obtenido

como fecha tope, el día que finaliza el plazo de presentación de instancias. Los Títulos de Doctor obtenidos en el extranjero,

deben estar homologados, no pudiendo superar la fecha de homologación, la del día que finaliza el plazo de presentación de

instancias.

Fotocopias compulsadas de los Diplomas requeridos en la Orden de Convocatoria, que acrediten un conocimiento suficiente

del idioma, para aquellos aspirantes que sean nacionales de países cuya lengua oficial no sea el español. Pueden acreditarlo

mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos:

Diploma de español C1 o C2, expedido por el Director del Instituto Cervantes según lo previsto en el Real Decreto 1137/2002,

de 31 de octubre, por el que se regulan los "diplomas de español como lengua extranjera (DELE)", publicado en el "Boletín

Oficial del Estado" del 8 de noviembre de 2002, modificado por Real Decreto 264/2008 de 22 de febrero, publicado en el

“Boletín Oficial del Estado” de 12 de marzo de 2008.

Certificado acreditativo de la adquisición de las competencias correspondientes a los cursos especializados de los niveles C1

ó C2, expedido por el órgano competente de la Administración educativa competente de la correspondiente comunidad

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autónoma, o en su caso del Estado, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, por el que

se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica

2/2006, de 3 de mayo y disposiciones de desarrollo.

Fotocopias compulsadas de los documentos que acrediten la exención o bonificación del abono de tasas, sea por desempleo,

discapacidad, familia numerosa o víctimas de terrorismo. Este año se han refundido en el Modelo 790 las casillas de los

consentimientos en una sola, que incluye tanto al consentimiento para la verificación de los datos de identidad como de

desempleo o cualesquiera otros datos que ya obren en poder de la administración pública cuando su verificación sea necesaria

para la correcta resolución de este procedimiento. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará con una declaración

jurada o promesa escrita del solicitante; a tal fin el modelo 790 de solicitud incorpora la fórmula impresa mediante la que se

hará esta declaración jurada por lo que solamente será preciso firmar dicho modelo, sin que sea necesario aportar otro

documento.

Renuncia previa para los residentes en formación. Certificado original o fotocopia compulsada del documento de renuncia en el

que deberá figurar la diligencia expedida por la Gerencia o el sello de entrada en el registro del correspondiente Servicio de

Personal, en la que se especifique la fecha de extinción del respectivo contrato en formación, que no podrá ser posterior a la fecha

en la que finalice el plazo de presentación de instancias. La no aportación de este documento será causa de No admisión.

9.5. Plazos para aportar la documentación

Todos los plazos que se especifican, se refieren a la posibilidad de presentación de los documentos POR PRIMERA VEZ. Los errores que en la baremación de los mismos se puedan producir, son subsanables en los plazos correspondientes de reclamación establecidos a lo largo del desarrollo de las Pruebas selectivas. Modelo 790 de solicitud debidamente cumplimentado y firmado, se debe presentar en el plazo establecido de presentación de

instancias (del 19 al 28 de septiembre de 2016).

Fotocopia compulsada del D.N.I., o del pasaporte o de la Tarjeta de Identidad de Extranjero. Con las salvedades especificadas

en el apartado de Documentos, se debe presentar en el plazo establecido de presentación de instancias (del 19 al 28 de

septiembre de 2016). La no aportación es causa de No admisión y únicamente podrá subsanar el envío en el plazo previsto de

reclamación a la Relación Provisional de Admitidos, es decir, 10 días naturales a partir del siguiente al de su exhibición pública

(11/11/2016).

La Declaración Jurada de aspirantes extranjeros de países no comunitarios en los casos que procede (ver Información relevante y

Requisitos generales de participación), debe presentarse en el plazo establecido de presentación de instancias (del 19 al 28 de

septiembre de 2016). La no aportación es causa de No admisión y únicamente se podrá subsanar el envío en el plazo previsto de

reclamación a la Relación Provisional de Admitidos, es decir, 10 días naturales a partir del siguiente al de su exhibición pública

(11/11/2016).

La Documentación que acredita el derecho a la exención o bonificación del abono de tasas, sea por desempleo, discapacidad,

familia numerosa o víctimas del terrorismo, debe presentarse en el plazo establecido de presentación de instancias (del 19 al 28

de septiembre de 2016). La no aportación es causa de No admisión y únicamente podrá subsanar el envío en el plazo previsto de

reclamación a la Relación Provisional de Admitidos, es decir, 10 días naturales a partir del siguiente al de su exhibición pública

(11/11/2016).

Fotocopia compulsada del título de licenciatura o grado, o del recibo de abono de las tasas para la expedición del mismo, o la

resolución de reconocimiento u homologación o certificación de equivalencia, en el caso de títulos obtenidos en el extranjero. Si

NO se aporta este documento junto con la instancia, supondrá la NO ADMISIÓN al examen. Podrá subsanar y aportar el

documento, en el plazo previsto de reclamación a la Relación Provisional de Admitidos, es decir, 10 días naturales a partir del

siguiente al de su exhibición pública (11/11/2016), siempre que hubiera obtenido el título o equivalente, como fecha tope, el

último día de presentación de solicitudes (28 de septiembre de 2016). Es decir, que el abono de los derechos de expedición del

título en el caso de los españoles, o la Resolución de homologación, reconocimiento o equivalencia en el caso de los extranjeros,

deben tener fecha igual o anterior al día 28 de septiembre de 2016.

Fotocopia compulsada de la Certificación Académica Personal de los estudios de licenciatura o grado (NO SIRVEN PAPELETAS U

OTRO DOCUMENTO DISTINTO). Si no puede aportar este documento junto con la instancia, pero sí aporta el título, se le dará un

baremo de 1, es decir, como si todas las notas fueran aprobados. Podrá subsanar y aportar el documento, en el plazo previsto de

reclamación a la Relación Provisional de Admitidos, es decir, 10 días naturales a partir del siguiente al de su exhibición pública

(11/11/2016), siempre que hubiera obtenido el documento, como fecha tope, el último día de presentación de solicitudes (28 de

septiembre de 2016).

Fotocopias compulsadas de los Diplomas requeridos en la Orden de Convocatoria, que acrediten un conocimien to suficiente

del idioma. Debe presentarse en el plazo establecido de presentación de instancias (del 19 al 28 de septiembre de 2016). La no

aportación es causa de No admisión y únicamente se podrá subsanar el envío en el plazo previsto de reclamación a la Relación

Provisional de Admitidos, es decir, 10 días naturales a partir del siguiente al de su exhibición pública (11/11/2016).

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Fotocopia compulsada de la Certificación Académica Personal (salvo el Título de Doctor en su caso) de Tesis Doctoral. NO

SIRVEN PAPELETAS U OTRO DOCUMENTO DISTINTO. La calificación de la Tesis Doctoral debe haberse obtenido, como fecha

tope, el día que finaliza el plazo de presentación de instancias (28/09/2016). Los Títulos de Doctor obtenidos en el extranjero

deben estar homologados y la fecha de homologación, deberá ser igual o anterior al día que finaliza el plazo de presentación de

instancias. (28/09/2016). El o los documentos se pueden presentar con la instancia y también y únicamente, en el plazo de

reclamación a la Relación Provisional de Admitidos, es decir, 10 días naturales a partir del siguiente al de su exhibición pública

(11/11/2016).

Renuncia previa. Certificado original o fotocopia compulsada del documento de renuncia en el que deberá figurar diligencia

expedida por la Gerencia o el sello de entrada en el registro del correspondiente Servicio de Personal en el que se especifique la

fecha de extinción del respectivo contrato en formación, que no podrá ser posterior a la fecha en la que finalice el plazo de

presentación de instancias (28/09/2016). La no aportación es causa de No admisión y únicamente podrá subsanar el envío en el

plazo previsto de reclamación a la Relación Provisional de Admitidos, es decir, 10 días naturales a partir del siguiente al de su

exhibición pública (11/11/2016).

9.6. Declaración jurada

Los titulares de Tarjeta de Estancia por Estudios y los extranjeros extracomunitarios que vengan directamente desde su país a realizar el examen (situación administrativa 5) deberán presentar la Declaración Jurada y estarán afectados por el cupo de plazas para extranjeros. La Declaración Jurada se puede descargar en: http://sis.msssi.es/fse/FicherosMirweb/IE-00/IE-08/0/4a45b8f1f808f92c34e942e409869f3c33089b96.pdf Declaración Jurada/Promesa, a realizar por aspirantes nacionales de Estados no miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, ni de la Confederación Suiza o del Principado de Andorra, con los que España tenga firmado y en vigor un Convenio de Cooperación Cultural, que participen en la convocatoria de pruebas selectivas para graduados/licenciados/ diplomados. D.___________________________________________________________________, con Pasaporte nº ______________de Nacionalidad ___________________, al amparo de lo previsto en la base II.1.d) en relación con la IV.2 e) de la convocatoria de pruebas selectivas 2016 para el acceso en el año 2017 a plazas de formación sanitaria especializada

DECLARA

1. Que conoce y acepta que su participación en esta prueba y la obtención, en su caso, de plaza en formación a través de la

misma, no le exime de su obligación de regularizar su situación en España mediante la obtención de la correspondiente

autorización de estancia por estudios, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre

derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y en su Reglamento, aprobado por Real Decreto

557/2011, de 20 de abril.

2. Igualmente, se compromete mediante el presente documento a realizar, una vez que haya sido adjudicatario de plaza, cuantas

gestiones sean necesarias ante las autoridades consulares de España en su país de origen, ante los órganos correspondientes

del Ministerio del Interior y ante la autoridad laboral competente, a fin de regularizar su situación, de tal forma que pueda

realizar en el centro/unidad docente en la que obtenga plaza, el periodo de formación de la especialidad de que se trate y

suscribir, el correspondiente contrato de residencia, por el tiempo que dure el programa oficial de la especialidad en la que se

ha obtenido plaza.

3. Asimismo, el interesado manifiesta su compromiso de realizar las gestiones que se citan en el párrafo anterior para que pueda

incorporarse a la plaza en formación que le haya sido adjudicada, en el plazo de toma de posesión que se establezca para los

seleccionados en la convocatoria 2016/2017, a través de la Resolución que se cita en la base XII.1 de la misma.

4. Que conoce y acepta que a los efectos establecidos en los párrafos anteriores, la circunstancia de resultar adjudicatario de una

de las plazas ofertadas en la presente convocatoria no supondrá por sí misma, sin la concurrencia de otras circunstancias de

índole excepcional, razón de interés público a los efectos previstos en el artículo 127 del Reglamento de la Ley Orgánica

4/2000, por el que se regula, entre otras, la figura de autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales

por razón de interés público.

El presente documento, de conformidad con lo previsto en la base IV.2, de la convocatoria antes citada, se adjunta al modelo 790 de "Solicitud de admisión a pruebas selectivas de acceso a formación sanitaria especializada y liquidación de tasa de derechos de examen" En_____________ a ___ de__________________ de 201___

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Es conveniente consultar la página web del Ministerio de Sanidad y Consumo, en la dirección http://sis.msssi.es/fse/Default.aspx?MenuId=QE-00

ya que en esa página se mantiene permanentemente actualizada la información relativa a las pruebas selectivas en curso (convocatoria actual: plazas, requisitos, documentos, plazos, calendario, enlaces con el Boletín Oficial del Estado, acceso a los datos propios, etc).

Teléfono de información del Ministerio, de lunes a viernes, de 9 a 14 horas: 91 596 11 81

10. Regularización de la situación en España después de la adjudicación de la plaza MIR Los adjudicatarios de plaza deberán regularizar su situación en España mediante la obtención de la correspondiente autorización de estancia por estudios o de residencia y trabajo, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero. El haber escogido una plaza MIR, por sí mismo, NO es suficiente para la autorización de residencia temporal. Te aconsejamos, que una vez hayas escogido tu plaza MIR, comiences a realizar los trámites cuanto antes. Puedes ampliar esta información en la página del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, dedicada a “Inmigración y Emigración”: http://www.empleo.gob.es/es/sec_emi/areas/inmigracion/index.htm http://extranjeros.empleo.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/index.html

10.1. Visado de Estudios

El Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, aprobado por el Real Decreto 2393/2004 de 29 de diciembre (Boletín Oficial del Estado de 7 de enero de 2005), contempla varios supuestos distintos de situaciones aplicables a los adjudicatarios de plazas de Formación Sanitaria Especializada. El artículo 91 del R.D. establece un “Régimen especial para los estudios de especialización en el ámbito sanitario”, en los s iguientes términos: “Los licenciados extranjeros en Medicina y Cirugía que estén en posesión del correspondiente título español o extranjero debidamente homologado y realicen estudios de especialización en España, según regulación específica, podrán realizar las actividades lucrativas laborales derivadas o exigidas por dichos estudios de especialización, sin que sea necesario que dispongan de la correspondiente autorización de trabajo, sin perjuicio de la necesidad de comunicación de esta circunstancia a la autoridad competente. La oficina consular de su lugar de residencia podrá expedir el visado de estudios tras la verificación de que se encuentran realizando los estudios de especialización mencionados en el párrafo anterior.” La Subdirección General de Formación Sanitaria Especializada entiende que este artículo es de aplicación a los ciudadanos extranjeros adjudicatarios de plaza que ya están en España con una autorización de estancia por estudios y a los que estando con autorizaciones de estancia por motivos de turismo u otros, regresen a su país y soliciten el visado de estudios que se especifica en el artículo 91, en la correspondiente Oficina Consular española. El documento de “INFORME DE DATOS”, expedido por dicha Subdirección es acreditación suficiente para realizar dicha solicitud. Podrán descargar dicho documento de la web del Ministerio (www.msssi.gob.es, itinerario: Profesionales/Formación/Situación Personal de la convocatoria actual) los interesados que lo deseen, desde el día siguiente a la fecha de asignación de la plaza, y que se encuentren con un visado de turista, con visado de estudios cuya caducidad sea anterior a las fechas de incorporación, o que no estén físicamente en España en ese momento. En el documento consta su participación en las pruebas selectivas y la asignación de plaza con la Fecha, Especialidad, Centro, Localidad y Comunidad Autónoma correspondiente, con el objeto de que puedan iniciar o acelerar los trámites de regularización que en cada caso procedan. Por tanto, cualquier adjudicatario de plaza de formación sanitaria especializada por el sistema de residencia y que disponga de autorización de estancia por estudios (bien porque ya la tenía o por haberla obtenido en la Oficina Consular de España en su país), podrá suscribir el contrato de trabajo inherente a dicha plaza, sin que sea necesario que disponga de la correspondiente autorización de trabajo, debiendo comunicar mediante escrito dirigido a la Oficina de Extranjeros, o en su defecto, Área o Dependencia de Trabajo e Inmigración de la Delegación o Subdelegación de Gobierno correspondiente a la provincia de su plaza, en el que manifieste que está en situación de estudios en España, que ha obtenido plaza de Formación Sanitaria Especializada y que, desde la fecha de toma de posesión (sea esta la que sea), realiza los estudios de especialización en el Centro correspondiente.

10.2. Visado de Residencia o Trabajo

En el caso de adjudicatarios extranjeros no comunitarios, que disponen actualmente de algún tipo de autorización de residencia temporal o de autorización inicial de residencia y trabajo, el gerente o sujeto legitimado como empleador, deberá presentar la solicitud de autorización para residir y trabajar del adjudicatario, en el nuevo sector y ámbito geográfico, ante la Oficina de Extranjería.

10.3. Solicitud excepcional de prórroga del plazo de incorporación a la plaza MIR

A los ciudadanos extranjeros de países no comunitarios que NO hayan obtenido las autorizaciones pertinentes de la administración española para permanecer y trabajar en España, y por tanto, NO resulta posible su incorporación inmediata a la plaza, la Dirección General de Ordenación Profesional les autorizará excepcionalmente la demora de la firma del contrato. Estas prórrogas deben ser necesariamente solicitadas por el Centro en el plazo de incorporación (20 y 21 de mayo de 2014, en el caso del MIR 2013), siempre que en dicho plazo (o con anterioridad al mismo), los interesados hayan manifestado su voluntad de incorporarse a la plaza, bien personalmente, bien mediante representante autorizado, bien mediante escrito personal dirigido a la Comisión de Docencia. Cualquier situación administrativa que permita la firma legal del contrato NO dará lugar al derecho de prórroga de incorporación. La mera solicitud de la prórroga NO da derecho a su concesión y fuera de los supuestos que impidan formalizar el contrato por no tener regulada su estancia en España, NO se concederá prórroga de incorporación, PERDIENDO TODOS LOS DERECHOS DERIVADOS DE LA PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO SELECTIVO, EN EL CASO DE SER DENEGADA.

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11. Direcciones de organismos oficiales Organismo oficial Dirección y teléfono Horario

Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

http://www.msssi.gob.es/sanidad/portada/home.htm

Paseo del Prado, 18-20 - Planta Baja

Madrid

Horario. Lunes a viernes de 9 a 17.30 h - Sábados de 9 a 14 h

Teléfono: 901 400 100 Fax: 91 596 4480

Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

http://www.mecd.gob.es/portada-mecd/

C/ Alcalá, 36 28071 Madrid

Horario de atención presencial: Lunes a viernes de 9 a 17:30 h

Sábados de 9 a 14 h En verano (20 de junio a 16 de septiembre) :

Lunes a viernes de 8 a 15 h Sábados de 8 a 14.00 h

Teléfono: 902 218 500 Fax: 91 701 8648

Horario de atención telefónica: Lunes a viernes de 9 a 17:30 h

Sábados de 9 a 14 h Ministerio de Empleo y Seguridad Social

http://www.empleo.gob.es/index.htm

C/ Agustín de Bethencourt, 4. Madrid

Horario: Lunes a viernes de 9 a 17.30 h - Sábados de 9

a 14 h

Teléfono: 91 363 0000

Instituto Cervantes

http://www.cervantes.es/default.htm

C/ Alcalá, 49. Madrid

Teléfono: 91436 7600

Ministerio del Interior

http://www.interior.gob.es/

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12. Resultados de TODOS los presentados españoles y extranjeros en el MIR

12.1. Resultados de los presentados españoles y extranjeros entre los 4.000, 1.000 y 100 primeros puestos del MIR

Los médicos extranjeros tienen una menor representación entre los 4.000 primeros números de orden que los médicos españoles, a pesar de que suponen un % importante de los médicos presentados al MIR (un 45% en 2011, un 39% en 2012, un 31% en 2013, un 27% en 2014 y un 25% en 2015).

NACIONALIDAD DE LOS PRESENTADOS 2010 2011 2012 2013 2014 2015

Español 6.525 6.558 7.181 7.027 7.843 8.440

Extranjero 5.029 5.310 4.551 3.214 2.947 2.787

Total 11.554 11.868 11.732 10.241 10.790 11.227

Segmentación de los presentados al MIR según su nacionalidad

MIR 2013 MIR 2014 MIR 2015

Sobre el total de presentados

7.027;

69%

3.214;

31%Españoles

Extranjeros

Sobre el total de presentados

7.843;

73%

2.947;

27%

Españoles

Extranjeros

Sobre el total de presentados

8.440;

75%

2.787;

25%

Españoles

Extranjeros

Sobre los presentados que

obtuvieron un nº de orden inferior

al 4000

3406;

85%

594;

15%Españoles

Extranjeros

Sobre los presentados que

obtuvieron un nº de orden inferior

al 4000

3499;

87%

501;

13%

Españoles

Extranjeros

Sobre los presentados que

obtuvieron un nº de orden inferior

al 4000

3599;

90%

401;

10%

Españoles

Extranjeros

Sobre los presentados que

obtuvieron un nº de orden inferior

al 1000

927;

93%

73; 7%

Españoles

Extranjeros

Sobre los presentados que

obtuvieron un nº de orden inferior

al 1000

928;

93%

72; 7%

Españoles

Extranjeros

Sobre los presentados que

obtuvieron un nº de orden inferior

al 1000

950;

95%

50; 5%

Españoles

Extranjeros

Sobre los presentados que

obtuvieron un nº de orden inferior

al 100

97; 97%3; 3%

Españoles

Extranjeros

Sobre los presentados que

obtuvieron un nº de orden inferior

al 100

96; 96%4; 4%

Españoles

Extranjeros

Sobre los presentados que

obtuvieron un nº de orden inferior

al 100

97; 97%3; 3%

Españoles

Extranjeros

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VII. Información para médicos extranjeros que preparan el MIR

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12.2. Resultados de TODOS los presentados españoles y extranjeros en el MIR 2.015 (11.227 médicos)

Los resultados son muy diferentes según se incluyan en el análisis todos los presentados al examen (11.227 médicos) o sólo los que superaron la nota de corte equivalente al 35% de la media de las diez mejores notas de examen de esa convocatoria (9.288 médicos). Evidentemente, si se excluyen del análisis el 17,27% de los presentados que PEORES puntuaciones han tenido (ELIMINADOS por la nota de corte), las medianas del RESTO mejoran tanto en netas como en número de orden. Los resultados que reflejan a todos los presentados son los de ANTES DE LA NOTA DE CORTE.

Se incluyen los a continuación los resultados antes y después de la nota de corte. La nota de corte supone un cambio de paradigma en el MIR, y los análisis de la población de electores después de la nota de corte, NO pueden compararse con los de años anteriores al 2012, donde la nota de corte, en lugar de estar en 65,67 netas (2015), estaba en +0,33 netas.

En el cuadro adjunto se resumen los resultados definitivos de los 11.227 presentados al MIR 2015, segmentados por nacionalidad, por baremo, y por nacionalidad y baremo. Comparando los resultados de españoles y extranjeros se puede concluir lo siguiente:

Las diferencias mayores de preguntas netas y número de orden se encuentran en los subconjuntos de baremo de sobresaliente y notable, respectivamente.

Las diferencias menores de preguntas netas y número de orden se encuentran en el subconjunto de baremo de aprobado.

RESULTADOS ANTES DE LA NOTA DE CORTE DE

65,67 NETAS

Nº de

Presentados

Mediana

(P50) de Nº de ORDEN

Mediana (P50) de BAREMO

académico

Mediana (P50) de

preguntas NETAS

Todos los presentados 11.227 5.614 1,76 115,67

Españoles 8.440 4.761 1,77 123,00

Extranjeros 2.787 8.088 1,73 84,33

DIFERENCIAS 5.653 -3.327 0,04 38,67

Sobresalientes 208 417 3,19 160,50

Sobresalientes Españoles 156 198 3,20 167,50

Sobresalientes Extranjeros 52 5.250 3,16 111,83

DIFERENCIAS 104 -5.052 0,04 55,67

Notables 3.249 2.692 2,26 138,33

Notables Españoles 2.443 1.975 2,26 145,00

Notables Extranjeros 806 6.816 2,27 99,17

DIFERENCIAS 1.637 -4.841 -0,01 45,83

Aprobados 7.770 6.601 1,59 105,33

Aprobados Españoles 5.841 5.974 1,61 112,00

Aprobados Extranjeros 1.929 8.533 1,54 78,33

DIFERENCIAS 3.912 -2.559 0,07 33,67

Nota: para poder calcular los números de orden de los presentados que no alcanzaron la nota de corte (eliminados), se ha utilizado el mismo criterio utilizado por el Ministerio, la ordenación de todos los presentados por sus puntos totales (examen y baremo), de mayor (nº 1) a menor (número 11.227).

RESULTADOS DESPUES DE LA NOTA DE CORTE DE

65,67 NETAS

Nº de Electores

Mediana (P50) de

Nº de ORDEN

Mediana (P50) de BAREMO

académico

Mediana (P50) de

preguntas NETAS

Todos los electores 9.288 4.645 1,80 124,00

Españoles 7.465 4.164 1,80 127,67

Extranjeros 1.823 6.415 1,80 106,00

DIFERENCIAS 5.642 -2.251 0,00 21,67

Sobresalientes 202 389 3,19 162,17

Sobresalientes Españoles 155 193 3,21 167,67

Sobresalientes Extranjeros 47 4.487 3,16 118,33

DIFERENCIAS 108 -4.294 0,05 49,34

Notables 2.909 2.283 2,26 142,33

Notables Españoles 2.315 1.833 2,26 146,33

Notables Extranjeros 594 5.259 2,27 115,67

DIFERENCIAS 1.721 -3.426 -0,01 30,66

Aprobados 6.177 5.662 1,64 115,67

Aprobados Españoles 4.995 5.343 1,64 118,67

Aprobados Extranjeros 1.182 6.958 1,60 101,17

DIFERENCIAS 3.813 -1.615 0,04 17,50

Page 31: Información para médicos extranjeros que preparan el MIR

317

CURSO INTENSIVO MIR ASTURIAS

PREPA

RA

CIÓ

N IN

TEN

SIV

A D

EL

EXA

MEN

MIR

13. Resultados en el MIR 2015 de los alumnos extranjeros del curso MIR Asturias

13.1. Número de alumnos del Curso MIR que eran extranjeros

El número de alumnos extranjeros fue aumentando año a año entre 2005 a 2009, y descendiendo progresivamente a partir 2010, coincidiendo con la progresiva dificultad que encontraban los médicos afectados por el cupo de extranjeros para conseguir una plaza MIR. En el MIR 2015 el 12,81% % de los presentados españoles y el 7,89% % de los presentados extranjeros de TODA LA POBLACIÓN MIR fueron alumnos del Curso Intensivo MIR Asturias.

NACIONALIDAD DE LOS PRESENTADOS 2011 2012 2013 2014 2015

Alumnos España %alumnos

/España Alumnos España

%alumnos /España

Alumnos España %alumnos

/España Alumnos España

%alumnos /España

Alumnos España %alumnos

/España

Español 1.040 6.558 15,86% 734 7.181 10,22% 616 7.027 8,77% 753 7.843 9,60% 1.081 8.440 12,81%

Extranjero 314 5.310 5,91% 267 4.551 5,87% 165 3.214 5,13% 187 2.947 6,35% 220 2.787 7,89%

Total 1.354 11.868 11,41% 1.001 11.732 8,53% 781 10.241 7,63% 940 10.790 8,71% 1.301 11.227 11,59%

131 208 287 366 346 314 267165 187 220

12621241

1201 1123

616753

1081

734

10401130

0

200

400

600

800

1000

1200

1400

1600

Curso

2006

Curso

2007

Curso

2008

Curso

2009

Curso

2010

Curso

2011

Curso

2012

Curso

2013

Curso

2014

Curso

2015

Extranjeros Españoles

Segmentación de los alumnos del Curso MIR según su nacionalidad. Números absolutos

14% 19% 25% 23% 23% 27% 21% 20% 17%

91% 86% 81% 75% 77% 77% 73% 79% 80% 83%

9%0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

100%

Curso

2006

Curso

2007

Curso

2008

Curso

2009

Curso

2010

Curso

2011

Curso

2012

Curso

2013

Curso

2014

Curso

2015

Extranjeros Españoles

Segmentación de los alumnos del Curso MIR según su nacionalidad. (% de alumnos según su nacionalidad)

En 2015, el 17% de los alumnos del Curso presentados al MIR eran médicos extranjeros. Ese mismo año, el 24,8 % de los presentados de toda la población MIR fueron foráneos. Como puede verse en la tabla adjunta, el % de médicos extranjeros en toda la población MIR es mayor el % de foráneos entre el subconjunto de alumnos del Curso. La mayor parte de los médicos extranjeros que realizan el Curso están en situación administrativa 4, es decir, están en España con visa de estudios, y por lo tanto sujetos al llamado “cupo de extranjeros”.

Page 32: Información para médicos extranjeros que preparan el MIR

318

VII. Información para médicos extranjeros que preparan el MIR

P

REPA

RA

CIÓ

N IN

TEN

SIV

A D

EL

EXA

MEN

MIR

2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015

% extranjeros de TODOS los presentados al MIR (POBLACIÓN MIR)

20% 27% 34% 44% 44% 45% 39% 31% 27% 25%

% extranjeros entre el subconjunto de ALUMNOS del

Curso 9% 14% 19% 24% 23% 23% 27% 21% 20% 17%

34%19%

44%

25%

44%

23%

45%

23%39%

27% 31%21% 27% 20% 25

17

73%86%

66%81%

56%

75%

56%

77%

55%

77%61%

73% 69%79% 73% 80% 75

83

14%27%

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

100%

Poblac

ión

MIR 2

007

Alum

nos 2

007

Poblac

ión

MIR 2

008

Cur

so 2

008

Poblac

ión

MIR 2

009

Cur

so 2

009

Poblac

ión

2010

Cur

so 2

010

Poblac

ión

2011

Cur

so 2

011

Poblac

ión

2012

Cur

so 2

012

Poblac

ión

2013

Cur

so 2

013

Poblac

ión

MIR 2

014

Cur

so M

IR20

14

Poblac

ión

MIR

Cur

so 2

015

Extranjeros Españoles

Segmentación de los alumnos del Curso MIR según su nacionalidad. Se comparan los % de alumnos extranjeros del Curso con el % de

electores extranjeros de la Población MIR de ese mismo año.

El grupo de alumnos extranjeros es un conjunto muy heterogéneo, con alumnos procedentes de 63 países distintos. El grupo más numeroso de alumnos extranjeros procede de los países latinoamericanos. En la siguiente gráfica se muestra la evolución en los últimos años del número de alumnos procedentes de Ecuador, Colombia, Venezuela, Perú, Honduras, Chile, Guatemala, México y República Dominicana.

150

200

250

300

Países de procedencia de la mayor parte de alumnos extranjeros del Curso

Page 33: Información para médicos extranjeros que preparan el MIR

319

CURSO INTENSIVO MIR ASTURIAS

PREPA

RA

CIÓ

N IN

TEN

SIV

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EL

EXA

MEN

MIR

PAIS MIR06 MIR07 MIR08 MIR09 MIR10 MIR11 MIR12 MIR13 MIR14 MIR15

ECU 2 2 5 6 9 14 14 22 54

COL 21 14 32 53 74 54 33 10 22 47

VEN 22 3 32 33 39 62 35 28 37 40

PER 67 46 64 69 62 49 25 21 26 33

HON 3 1 6 12 19 19 33 10 14 26

CHI 6 7 10 11 22 16 17 15 21 24

GUA 5 6 5 16 5 18 2 2 6 12

MEX 8 33 44 43 35 31 20 7 18 12

DOM 7 8 38 34 15 10 7 12 3 11

BOL 2 2 4 6 14 11 9 5 5 7

CUB 4 1 1 2 6 5 3 5 6

ARG 5 1 2 2 1 2 3 1 4

COS 4 1 3 3 1 4 4

ITA 14 5 14 18 20 8 1 2 6 4

NIC 1 1 3 1 4 1 1 3

ARU

2

PAN 1 4 7 3 3 1 1 2

POR 4 2 6 8 1 4 4 1 2

BRA 4 5 1

1 1

CHIN

1 1

FRA 1 4 3 4 1

HUN

3 1

MAC

1

MAR 5 11 4 2 1

RUS 1 2 1 2 2 1 2 2 1

SAL 5 3 15 22 12 10 3 1

SIR 1 1 3 1

UZB

1

ALE 1

3 1

AND 1

1

ARL 1 1 1

BEL

1

BLC 1

BUL

1

CAN

1 1 1

CSP 1

CV

1

DIN

1

ESV

1

FIN 1

1

GBR 1 1

GRE 1

HOL 1

IND 1

IRA 2

IRK 1

IRL 1

ISR 2

JAP 1

1

LET

1 1

LIB 1

1 1

Total 194 131 304 363 361 324 211 144 200 303

Page 34: Información para médicos extranjeros que preparan el MIR

320

VII. Información para médicos extranjeros que preparan el MIR

P

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N IN

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EXA

MEN

MIR

13.2. Resultados de los alumnos extranjeros del Curso, comparados con los NO alumnos extranjeros del resto de la población MIR 2012-15

Las diferencias entre presentados extranjeros alumnos y NO alumnos son muy grandes, (mayores que las diferencias entre alumnos y NO alumnos españoles). Se combinan los dos criterios de segmentación (nacionalidad y baremo académico) para poder comparar “iguales” con “iguales”. Se presentan gráficas sobre el comportamiento de los médicos EXTRANJEROS (alumnos y NO alumnos) subdivididos según su baremo académico, de los 4 últimos años

MIR 2015

Alumnos No Alumnos Diferencias Alumno No Alumno Diferencias Alumno No Alumno Diferencias Alumno No Alumno Diferencias

Todos los presentados extranjeros 220 2.567 -2.347 5.221 8.291 -3070 1,84 1,72 0,12 118,33 81,00 37,33

Sobresalientes Extranjeros 5 47 -42 1.842 5.938 -4096 3,28 3,15 0,13 139,33 103,00 36,33

Notables Extranjeros 75 731 -656 4.065 7.122 -3057 2,24 2,27 -0,03 127,67 94,33 33,34

Aprobados Extranjeros 140 1.789 -1.649 6.157 8.771 -2614 1,66 1,53 0,13 109,33 75,33 34,00

Alumnos No Alumnos Diferencias Alumno No Alumno Diferencias Alumno No Alumno Diferencias Alumno No Alumno Diferencias

Todos los electores extranjeros 200 1.623 -1.423 4.841 6.570 -1730 1,86 1,78 0,08 120,67 103,67 17,00

Sobresalientes Extranjeros 5 42 -37 1.842 5.250 -3408 3,28 3,16 0,12 139,33 111,83 27,50

Notables Extranjeros 71 523 -452 3.980 5.490 -1510 2,24 2,28 -0,04 128,00 113,33 14,67

Aprobados Extranjeros 124 1.058 -934 5.766 7.124 -1358 1,70 1,59 0,11 116,33 99,67 16,66

RESULTADOS ANTES DE LA NOTA

DE CORTE DE 65,67 NETAS

Nº de PresentadosMediana (P50) de Nº de ORDEN

antes de la nota de corte

Mediana (P50) de BAREMO

académicoMediana (P50) de preguntas NETAS

RESULTADOS DESPUES DE LA

NOTA DE CORTE DE 65,67 NETAS

Nº de ElectoresMediana (P50) de Nº de ORDEN

antes de la nota de corte

Mediana (P50) de BAREMO

académicoMediana (P50) de preguntas NETAS

MIR 2014

Alumnos No Alumnos Diferencias Alumnos No Alumnos Diferencias Alumnos No Alumnos Diferencias Alumnos No Alumnos Diferencias

Todos los presentados Extranjeros 187 2.762 -2.575 4.980 7.776 -2.796 1,80 1,72 0,08 114,33 77,67 36,66

Sobresalientes Extranjeros 4 50 -46 3.439 5.195 -1.757 3,15 3,16 -0,01 123,67 104,67 19,00

Notables Extranjeros 55 827 -772 3.084 6.523 -3.439 2,19 2,28 -0,09 132,33 92,67 39,66

Aprobados Extranjeros 128 1.885 -1.757 5.635 8.285 -2.650 1,61 1,54 0,07 111,00 71,33 39,67

Alumnos No Alumnos Diferencias Alumnos No Alumnos Diferencias Alumnos No Alumnos Diferencias Alumnos No Alumnos Diferencias

Todos los electores Extranjeros 166 1.655 -1.489 4.558 5.952 -1.394 1,82 1,81 0,01 120,33 103,33 17,00

Sobresalientes Extranjeros 4 40 -36 3.439 4.130 -691 3,15 3,15 0,00 123,67 115,83 7,84

Notables Extranjeros 51 575 -524 2.959 5.049 -2.090 2,22 2,28 -0,06 134,33 110,67 23,66

Aprobados Extranjeros 111 1.040 -929 5.041 6.342 -1.301 1,62 1,59 0,03 115,67 99,00 16,67

RESULTADOS ANTES DE LA NOTA

DE CORTE DE 66,33 NETAS

Nº PresentadosMediana (P50) de Nº de ORDEN antes

de la nota de corteMediana (P50) de BAREMO académico Mediana (P50) de preguntas NETAS

RESULTADOS DESPUES DE LA

NOTA DE CORTE DE 66,33 NETAS

Nº ElectoresMediana (P50) de Nº de ORDEN antes

de la nota de corteMediana (P50) de BAREMO académico Mediana (P50) de preguntas NETAS

MIR 2013

Alumnos No Alumnos Diferencias Alumnos No Alumnos Diferencias Alumnos No Alumnos Diferencias Alumnos No Alumnos Diferencias

Todos los presentados Extranjeros 165 3.049 -2.884 4.244 7.171 -2.927 1,93 1,70 0,23 107,67 69,00 38,67

Sobresalientes Extranjeros 2 46 -44 1.700 5.157 -3.457 3,16 3,21 -0,05 134,83 91,00 43,83

Notables Extranjeros 72 844 -772 3.346 6.342 -2.996 2,27 2,30 -0,03 118,50 78,00 40,50

Aprobados Extranjeros 91 2.159 -2.068 5.206 7.461 -2.255 1,56 1,53 0,03 98,00 65,00 33,00

Alumnos No Alumnos Diferencias Alumnos No Alumnos Diferencias Alumnos No Alumnos Diferencias Alumnos No Alumnos Diferencias

Todos los electores extranjeros 141 1.585 -1.444 3.670 5.060 -1.390 1,95 1,78 0,17 117,33 98,67 18,66

Sobresalientes Extranjeros 2 33 -31 1.700 3.093 -1.394 3,16 3,21 -0,05 134,83 115,33 19,50

Notables Extranjeros 64 494 -430 3.093 4.044 -951 2,30 2,29 0,01 121,67 109,17 12,50

Aprobandos Extranjeros 75 1.058 -983 4.150 5.436 -1.286 1,61 1,60 0,01 112,67 95,00 17,67

ANTES DE LA NOTA DE CORTE DE

66 NETAS

Nº presentadosMediana (p50) de Nº ORDEN antes

de la nota de Corte

Mediana (p50) de BAREMO

académicoMediana (p50)de preguntas NETAS

DESPUES DE LA NOTA DE CORTE

DE 66 NETAS

Nº ElectoresMediana (p50) Nº ORDEN despues

de la nota de corte

Mediana (p50) de BAREMO

académicoMediana (p50)de preguntas NETAS

MIR 2012

Alumnos No Alumnos Diferencias Alumno No Alumno Diferencias Alumno No Alumno Diferencias Alumno No Alumno Diferencias

Numero de presentados Extranjeros 267 4.284 -4.017 4.555 7.778 -3.223 116,49 77,46 39,03 1,71 1,68 0,03

Sobresalientes Extranjeros 2 82 -80 929 5.090 -4.162 151,83 102,70 49,13 3,39 3,20 0,19

Notables Extranjeros 77 1.079 -1.002 4.188 6.802 -2.614 119,18 86,58 32,60 2,27 2,28 -0,01

Aprobados Extranjeros 188 3.123 -2.935 4.864 8.144 -3.280 114,89 73,70 41,19 1,58 1,54 0,04

Alumnos No Alumnos Diferencias Alumno No Alumno Diferencias Alumno No Alumno Diferencias Alumno No Alumno Diferencias

Número de electores Extranjeros 241 2.752 -2.511 4.197 5.930 -1.733 121,15 100,94 20,21 1,72 1,74 -0,02

Sobresalientes Extranjeros 2 71 -69 929 4.168 -3.240 151,83 113,93 37,90 3,39 3,22 0,17

Notables Extranjeros 71 759 -688 3.816 5.089 -1.273 121,90 107,94 13,96 2,27 2,29 -0,02

Aprobados Extranjeros 168 1.922 -1.754 4.423 6.229 -1.806 119,54 98,07 21,47 1,60 1,59 0,01

población NO trucada por la nota de

corte en 58 netas

Nº Presentados Mediana (p50) de Nº de orden Mediana (P50) de preguntas netas Mediana (P50) de Baremo

población trucada por la nota de

corte en 58 netas

Nº Presentados Mediana (p50) de Nº de orden Mediana (P50) de preguntas netas Mediana (P50) de Baremo

º

Las diferencias entre alumnos y NO alumnos disminuyen después de excluir de la estadística a los 1.939 ELIMINADOS por la nota de

corte de 65,67 netas. Ello se debe a que los resultados de los alumnos mejoran menos que los de los NO alumnos después de truncar

artificialmente la distribución con la nota de corte, porque esta elimina solo al 4,2% de los alumnos con peores puntuaciones (55

alumnos), y, en cambio, elimina al 19 % de los NO alumnos con peores puntuaciones (1.884 NO alumnos). Esta eliminación

“desigual” en los dos subconjuntos, explica por qué las diferencias entre alumnos y NO alumnos parecen menores después de la nota

de corte, de lo que son cuando se considera a todos los presentados al MIR (que son las diferencias REALES entre los dos subconjuntos).

Las cifras importantes, por tanto, son los resultados ANTES de la nota de corte.

Page 35: Información para médicos extranjeros que preparan el MIR

321

CURSO INTENSIVO MIR ASTURIAS

PREPA

RA

CIÓ

N IN

TEN

SIV

A D

EL

EXA

MEN

MIR

MIR 2014 MIR 2015

Mediana de Número de Ordensegmentación por nacionalidad y baremo

(antes del corte de 66,33 netas)

77

34393084

56355195

6523

8285

Extranjero Sobresaliente Extranjero Notable Extranjero Aprobado

Alumnos No alumnos

Extranjeros

Mediana de Número de Ordensegmentación por nacionalidad y baremo

(antes del corte de 65,67 netas)

1842

4065

61575938

7122

8771

Extranjero Sobresaliente Extranjero Notable Extranjero Aprobado

Alumnos No alumnos

Extranjeros

91

3439

5195

0

1000

2000

3000

4000

5000

6000

Alumnos No alumnos

Mediana de Número de Ordensegmentación por nacionalidad y baremo(antes del corte de 66,33 netas)

Extranjeros

Hay

1.756nº de orden de diferencia entre

alumnos y No alumnos

Mediana de Número de Ordensegmentación por nacionalidad y baremo

(antes del corte de 65,67 netas)

1842

5938

Extranjero Sobresaliente

Alumnos No alumnos

Extranjeros

Mediana de Baremo

58

1,791,69

0

0,2

0,4

0,6

0,8

1

1,2

1,4

1,6

1,8

2

Alumnos No Alumnos

Hay una diferencia de

4.096números de orden de los alumnos respecto a la de los NO alumnos

3084

6523

Extranjero Notable

Alumnos No alumnos

Mediana de Número de Ordensegmentación por nacionalidad y baremo(antes del corte de 66,33 netas) Hay

3.439nº de orden de diferencia entre

alumnos y No alumnosExtranjeros

Mediana de Número de Ordensegmentación por nacionalidad y baremo

(antes del corte de 65,67 netas)

4065

7122

Extranjero Notable

Alumnos No alumnos

Extranjeros

Mediana de Baremo

58

1,791,69

0

0,2

0,4

0,6

0,8

1

1,2

1,4

1,6

1,8

2

Alumnos No Alumnos

Hay una diferencia de

3.057 números

de orden de los alumnos respecto a la de los NO alumnos

93

5635

8285

1

1001

2001

3001

4001

5001

6001

7001

8001

Alumnos No alumnos

Mediana de Número de Ordensegmentación por nacionalidad y baremo(antes del corte de 66,33 netas)

Hay

2.650nº de orden de diferencia entre

alumnos y No alumnos

Extranjeros

Mediana de Número de Ordensegmentación por nacionalidad y baremo

(antes del corte de 65,67 netas)

6157

8771

Extranjero Aprobado

Alumnos No alumnos

Extranjeros

Mediana de Baremo

58

1,791,69

0

0,2

0,4

0,6

0,8

1

1,2

1,4

1,6

1,8

2

Alumnos No Alumnos

Hay una diferencia de

2.614 números

de orden de los alumnos respecto a la de los NO alumnos

Page 36: Información para médicos extranjeros que preparan el MIR

322

VII. Información para médicos extranjeros que preparan el MIR

P

REPA

RA

CIÓ

N IN

TEN

SIV

A D

EL

EXA

MEN

MIR

A continuación, se presentan los datos de la variable nº de orden de los electores EXTRANJEROS de los 3 últimos años, segmentados por baremo con gráficos box-plot que muestran el comportamiento no solo de los percentiles 25, 50y 75, sino de todos los médicos de cada segmento.

Comparación de NÚMERO DE ORDEN de alumnos y no alumnos aprobados

extranjeros en los tres últimos años

188 128913081 18852159

179

5487

8105

10220

11694

421

2945

4861

6998

11672

79

5469

7461

9074

10239

673

3219

5206

6877

10204

57

6114

8285

9719

10789

593

3691

5635

7529

10679

apro

bad

os

Comparación de NÚMERO DE ORDEN de alumnos y no alumnos notables extranjeros

en los tres últimos años

77 55721078 827844

210

3964

6818

9367

11625

140

1891

4190

6292

11152

48

3637

6342

8309

41

23

1724

3346

5557

9575

28

3937

6523

8754

10761

87

1583

3084

6261

9388

no

tab

les

Comparación de NÚMERO DE ORDEN de alumnos y no alumnos sobresalientes

extranjeros en los tres últimos años

2 4289 5046

26

2048

4712

7754

10995

435

1419

927

191

1252

5157

7603

9552

1392

17002007

4

2248

5195

7513

10443

3439

1665

4543

sob

resa

lien

tes

727

4811

Page 37: Información para médicos extranjeros que preparan el MIR

323

CURSO INTENSIVO MIR ASTURIAS

PREPA

RA

CIÓ

N IN

TEN

SIV

A D

EL

EXA

MEN

MIR

13.3. Resultados de los alumnos extranjeros SIT.4 del Curso en el MIR 2015, comparados con los NO alumnos extranjeros SIT. 4 de otros centros de preparación

En las Listas del Ministerio no figura, como es natural, el Centro de preparación de cada presentado, pero existe un subgrupo de la población MIR que permite la comparación entre los resultados de los alumnos preparados en Curso MIR Asturias frente a los preparados en otros Centros (utilizando los datos de las Listas del Ministerio, no lo publicado en internet). Todos los presentados con visa de estudios (SIT 4), estudiaron en un centro de preparación del MIR (ese es el motivo por el que obtuvieron la visa de estudios). La mayoría de los alumnos extranjeros del Curso están en situación administrativa 4, con visa de estudios, y sujetos al cupo de extranjeros. Si comparamos específicamente los resultados de alumnos y NO alumnos con visa de estudios que fueron electores en el último MIR, obtenemos un resultado muy favorable para los alumnos, comparados con el resto de electores en SIT 4 que estudiaron en otros centros de Preparación

677 presentados con Visa de estudios en el MIR 2015 (antes de la nota de corte)

Nº presentados Mediana de Nº de

ORDEN

Alumnos con Visa de estudios (SIT 4) 90 4.608

NO alumnos con Visa de estudios (SIT 4) 587 7.264

517 presentados con Visa de estudios en el MIR 2015 superaron la nota de corte de 66

netas y obtuvieron número de orden (electores)

Nº electores % que superan 65,67

netas

Alumnos con Visa de estudios (SIT 4) 84 93,3 %

NO alumnos con Visa de estudios (SIT 4) 433 73,76 %

175 presentados con Visa de estudios en el MIR 2015 pudieron escoger (nº orden

inferior al 4.547

Nº de presentados que pudieron escoger en el 1º llamamiento

% presentados con numero de orden inferior al 3.182

Alumnos con Visa de estudios (SIT 4) 45 50 %

NO alumnos con Visa de estudios (SIT 4) 130 22,1 %

En el MIR 2015, el cupo se mantuvo en el 4% de las plazas. El cupo de extranjeros se terminó en el número de orden 4.547

El 50 % de los alumnos del Curso MIR Asturias con visa de estudios (SIT. 4) consiguieron superar la nota de corte del cupo de extranjeros. Solo el 22,1% de los NO alumnos de otros centros de preparación con Visa de Estudios (SIT.4) lo consiguieron. El resultado de los alumnos es prácticamente el doble mejor que el de los NO alumnos SIT 4.

% de los presentados con VISA de estudios con numero de orden inferior al 4.547

30

50%

22%

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

Alumnos No Alumnos

Mediana de Baremo

58

1,791,69

0

0,2

0,4

0,6

0,8

1

1,2

1,4

1,6

1,8

2

Alumnos No Alumnos

El % de alumnos que puede escoger es más

del DOBLE del de

los NO alumnos con Visa de estudios

Page 38: Información para médicos extranjeros que preparan el MIR

324

VII. Información para médicos extranjeros que preparan el MIR

P

REPA

RA

CIÓ

N IN

TEN

SIV

A D

EL

EXA

MEN

MIR

MIR 2014 antes de la nota de corte MIR 2015 antes de la nota de corte

Nº de presentados con VISA de estudios antes del corte de 66,3 netas

186

88

535

0

100

200

300

400

500

600

Alumnos No Alumnos

Mediana de Baremo

58

1,791,69

0

0,2

0,4

0,6

0,8

1

1,2

1,4

1,6

1,8

2

Alumnos No Alumnos

El 16,4% de los

presentados con

visa de estudios

fueron alumnos del Curso

Nº de presentados con VISA de estudios antes del corte de 65,67 netas

27

90

587

0

100

200

300

400

500

600

700

Alumnos No Alumnos

Mediana de Baremo

58

1,791,69

0

0,2

0,4

0,6

0,8

1

1,2

1,4

1,6

1,8

2

Alumnos No Alumnos

El 13,3% de los

presentados con visa de estudios fueron alumnos del Curso

189

3.971

6.879

0

1.000

2.000

3.000

4.000

5.000

6.000

7.000

8.000

Alumnos No Alumnos

Mediana de Baremo

58

1,791,69

0

0,2

0,4

0,6

0,8

1

1,2

1,4

1,6

1,8

2

Alumnos No Alumnos

Hay una diferencia

de 2.908 números

de orden en la

mediana de alumnos

y NO alumnos con visa de estudios

Mediana Nº de orden de los presentados con VISA de estudios

antes del corte de 66,3 netas

28

4.608

7.264

0

1.000

2.000

3.000

4.000

5.000

6.000

7.000

8.000

Alumnos No Alumnos

Mediana de Baremo

58

1,791,69

0

0,2

0,4

0,6

0,8

1

1,2

1,4

1,6

1,8

2

Alumnos No Alumnos

Hay una diferencia de

2.656 números de

orden en la mediana de alumnos y NOalumnos con visa de estudios

Mediana Nº de orden de los presentados con VISA de estudios

antes del corte de 65,67 netas

% de los presentados con VISA de estudios con numero de orden inferior al 3.870

191

48%

18%

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

Alumnos No Alumnos

Mediana de Baremo

58

1,791,69

0

0,2

0,4

0,6

0,8

1

1,2

1,4

1,6

1,8

2

Alumnos No Alumnos

El % de aprobados

entre los alumnos

SIT 4 son un

263% mejores

que los de los NO

alumnos con visa de estudios

% de los presentados con VISA de estudios con numero de orden inferior al 4.547

31

50%

22%

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

Alumnos No Alumnos

Mediana de Baremo

58

1,791,69

0

0,2

0,4

0,6

0,8

1

1,2

1,4

1,6

1,8

2

Alumnos No Alumnos

El % de alumnos que puede escoger es más

del DOBLE del de

los NO alumnos con Visa de estudios

Page 39: Información para médicos extranjeros que preparan el MIR

325

CURSO INTENSIVO MIR ASTURIAS

PREPA

RA

CIÓ

N IN

TEN

SIV

A D

EL

EXA

MEN

MIR

13.4. Resultados de los alumnos extranjeros, comparados con los alumnos españoles del Curso MIR Asturias 2012-2015

MIR 2015

En el MIR 2015, ANTES de la nota de corte de 65,67 netas, la mediana de número de orden de nuestros alumnos ha sido de 3.934 (3.698 para los 1.081 alumnos españoles y 5.221 para los 220 alumnos extranjeros). En el MIR 2015, ANTES de la nota de corte de 65,67 netas, los alumnos españoles han obtenido una mediana de número de orden 1.523 posiciones mejor (más baja) que la mediana de número de orden de los alumnos extranjeros. Ambos grupos han tenido alumnos con posiciones extremas (muy bajas y muy altas

Todos los presentados 1.301 1,79 130,33 3.934

Españoles 1.081 1,78 132,33 3.698

Extranjeros 220 1,84 118,33 5.221

DIFERENCIAS 861 -0,06 14,00 -1.523

Sobresalientes 22 3,16 162,17 382

Sobresalientes Españoles 17 3,14 169,00 171

Sobresalientes Extranjeros 5 3,28 139,33 1.842

DIFERENCIAS 12 -0,14 29,67 -1.671

Notables 378 2,25 145,33 1.927

Notables Españoles 303 2,26 147,67 1.758

Notables Extranjeros 75 2,24 127,67 4.065

DIFERENCIAS 228 0,02 20,00 -2.307

Aprobados 901 1,64 123,00 4.815

Aprobados Españoles 761 1,64 125,00 4.640

Aprobados Extranjeros 140 1,66 109,33 6.157

DIFERENCIAS 621 -0,02 15,67 -1.517

Mediana (P50) de

BAREMO académico

RESULTADOS ANTES DE LA NOTA

DE CORTE DE 65,67 NETAS

Nº de

Presentados

Mediana (P50) de

Nº de ORDEN

Mediana (P50) de

preguntas NETAS

En el MIR 2015, DESPUÉS de la nota de corte de 65,67 netas, la mediana de número de orden de nuestros alumnos ha sido de 3.774 (3.588 para los 1.046 alumnos españoles y 4.841 para los 200 alumnos extranjeros). En el MIR 2015, DESPUES de la nota de corte de 65,67 netas, los alumnos españoles han obtenido una mediana de número de orden 1.253 posiciones mejor (más baja) que la mediana de número de orden de los alumnos extranjeros. Ambos grupos han tenido alumnos con posiciones extremas (muy bajas y muy altas

Todos los electores 1.246 1,81 131,67 3.774

Españoles 1.046 1,79 133,00 3.588

Extranjeros 200 1,86 120,67 4.841

DIFERENCIAS 846 -0,07 12,33 -1.253

Sobresalientes 22 3,16 162,17 382

Sobresalientes Españoles 17 3,14 169,00 171

Sobresalientes Extranjeros 5 3,28 139,33 1.842

DIFERENCIAS 12 -0,14 29,67 -1.671

Notables 371 2,25 145,67 1.871

Notables Españoles 300 2,26 147,67 1.694

Notables Extranjeros 71 2,24 128,00 3.980

DIFERENCIAS 229 0,02 19,67 -2.287

Aprobados 853 1,65 125,00 4.625

Aprobados Españoles 729 1,65 126,33 4.465

Aprobados Extranjeros 124 1,70 116,33 5.766

DIFERENCIAS 605 -0,05 10,00 -1.301

Mediana (P50) de

BAREMO académico

RESULTADOS DESPUES DE LA

NOTA DE CORTE DE 65,67 NETASNº de Electores

Mediana (P50) de

Nº de ORDEN antes

de la nota de corte

Mediana (P50) de

preguntas NETAS

Page 40: Información para médicos extranjeros que preparan el MIR

326

VII. Información para médicos extranjeros que preparan el MIR

P

REPA

RA

CIÓ

N IN

TEN

SIV

A D

EL

EXA

MEN

MIR

MIR 2014

En el MIR 2014, ANTES de la nota de corte de 66,33 netas, la mediana de número de orden de nuestros alumnos ha sido de 3.693 (3.398 para los 753 alumnos españoles y 4.980 para los 187 alumnos extranjeros). En el MIR 2014, ANTES de la nota de corte de 66,33 netas, los alumnos españoles han obtenido una mediana de número de orden 1.584 posiciones mejor (más baja) que la mediana de número de orden de los alumnos extranjeros. Ambos grupos han tenido alumnos con posiciones extremas (muy bajas y muy altas

RESULTADOS ANTES DE LA NOTA DE

CORTE DE 66,33 NETAS

presentados

P50

BAREMOP50 NETAS P50 NORDEN

Todos los alumnos presentados 940 1,74 128,83 3.693

Españoles 753 1,73 132,00 3.398

Extranjeros 187 1,80 114,33 4.980

Diferencias 566 -0,07 17,67 -1.582

Sobresalientes 19 3,19 155,67 702

Sobresalientes Españoles 15 3,25 162,33 392

Sobresalientes Extranjeros 4 3,15 123,67 3.439

Diferencias 11 0,10 38,66 -3.047

Notables 245 2,24 147,67 1.565

Notables Españoles 190 2,25 151,67 1.249

Notables Extranjeros 55 2,19 132,33 3.084

Diferencias 135 0,06 19,34 -1.835

Aprobados 676 1,62 120,00 4.622

Aprobados Españoles 548 1,62 122,17 4.488

Aprobandos Extranjeros 128 1,61 111,00 5.635

Diferencias 420 0,01 11,17 -1.147 En el MIR 2014, DESPUÉS de la nota de corte de 66,33 netas, la mediana de número de orden de nuestros alumnos ha sido de 3.495 (3.249 para los 719 alumnos españoles y 4.558 para los 166 alumnos extranjeros). En el MIR 2014, DESPUES de la nota de corte de 66,33 netas, los alumnos españoles han obtenido una mediana de número de orden 1.309 posiciones mejor (más baja) que la mediana de número de orden de los alumnos extranjeros. Ambos grupos han tenido alumnos con posiciones extremas (muy bajas y muy altas

RESULTADOS DESPUES DE LA NOTA DE

CORTE DE 66,33 NETASNº Electores

P50

BAREMOP50 NETAS P50 NORDEN

Todos los alumnos electores 885 1,76 131,33 3.495

Españoles 719 1,74 133,33 3.249

Extranjeros 166 1,82 120,33 4.558

Diferencias 553 -0,08 13,00 -1.309

Sobresalientes 18 3,18 156,00 664

Sobresalientes Españoles 14 3,21 167,00 262

Sobresalientes Extranjeros 4 3,15 123,67 3.439

Diferencias 10 0,06 43,33 -3.177

Notables 240 2,24 148,33 1.513

Notables Españoles 189 2,24 152,00 1.245

Notables Extranjeros 51 2,22 134,33 2.959

Diferencias 138 0,02 17,67 -1.714

Aprobados 627 1,62 122,67 4.368

Aprobados Españoles 516 1,62 125,33 4.119

Aprobandos Extranjeros 111 1,62 115,67 5.041

Diferencias 405 0,00 9,66 -923

Page 41: Información para médicos extranjeros que preparan el MIR

327

CURSO INTENSIVO MIR ASTURIAS

PREPA

RA

CIÓ

N IN

TEN

SIV

A D

EL

EXA

MEN

MIR

MIR 2013

En el MIR 2013, ANTES de la nota de corte de 66 netas, la mediana de número de orden de nuestros alumnos ha sido de 3.264 (3.038 para los 616 alumnos españoles y 4.287 para los 165 alumnos extranjeros). En el MIR 2013, ANTES de la nota de corte de 66 netas, los alumnos españoles han obtenido una mediana de número de orden 1.207 posiciones mejor (más baja) que la mediana de número de orden de los alumnos extranjeros. Ambos grupos han tenido alumnos con posiciones extremas (muy bajas y muy altas

Nº presentados

Mediana (p50) de

Nº ORDEN antes de

la nota de Corte

Mediana (p50)

de BAREMO

Mediana (p50)

de NETAS

Alumnos Alumnos Alumnos Alumnos

TODOS los alumnos presentados 781 3.264 1,75 122,33

Españoles 616 3.038 1,72 125,17

Extranjeros 165 4.244 1,93 107,67

Diferencias 451 -1.207 -0,21 17,50

Alumnos Sobresalientes 14 662 3,15 152,50

Sobresalientes Españoles 12 453 3,15 155,83

Sobresalientes Extranjeros 2 1.700 3,16 134,83

Diferencias 10 -1.247 -0,01 21,00

Alumnos Notables 228 1.722 2,26 138,83

Notables Españoles 156 1.219 2,26 146,83

Notables Extranjeros 72 3.346 2,27 118,50

Diferencias 84 -2.127 -0,01 28,33

Alumnos Aprobados 539 3.807 1,59 116,33

Aprobados Españoles 448 3.669 1,59 118,00

Aprobados Extranjeros 91 5.206 1,56 98,00

Diferencias 357 -1.538 0,03 20,00

ANTES DE LA NOTA DE CORTE DE

66 NETAS

En el MIR 2013, DESPUÉS de la nota de corte de 66 netas, la mediana de número de orden de nuestros alumnos ha sido de 3.034 (2.754 para los 583 alumnos españoles y 3.670 para los 141 alumnos extranjeros). En el MIR 2013, DESPUES de la nota de corte de 66 netas, los alumnos españoles han obtenido una mediana de número de orden 916 posiciones mejor (más baja) que la mediana de número de orden de los alumnos extranjeros. Ambos grupos han tenido alumnos con posiciones extremas (muy bajas y muy altas

Nº Electores

P50 Nº ORDEN

despues de la nota

de corte

P50 BAREMO P50 NETAS

Alumnos Alumnos Alumnos Alumnos

Electores 724 3.034 1,77 125,00

Españoles 583 2.754 1,75 127,67

Extranjeros 141 3.670 1,95 117,33

Diferencias -916 -0,20 10,34

Sobresalientes 14 662 3,15 152,50

Sobresalientes Españoles 12 453 3,15 155,83

Sobresalientes Extranjeros 2 1.700 3,16 134,83

Diferencias -1.247 -0,01 21,00

Notables 217 1.595 2,26 141,00

Notables Españoles 153 1.184 2,26 147,33

Notables Extranjeros 64 3.093 2,30 121,67

Diferencias -1.909 -0,04 25,66

Aprobados 493 3.596 1,61 119,00

Aprobados Españoles 418 3.490 1,61 120,33

Aprobandos Extranjeros 75 4.150 1,61 112,67

Diferencias -660 0,00 7,66

DESPUES DE LA NOTA DE CORTE

DE 66 NETAS

Page 42: Información para médicos extranjeros que preparan el MIR

328

VII. Información para médicos extranjeros que preparan el MIR

P

REPA

RA

CIÓ

N IN

TEN

SIV

A D

EL

EXA

MEN

MIR

MIR 2012

En el MIR 2012, ANTES de la nota de corte de 58 netas, la mediana de número de orden de nuestros alumnos ha sido de 3.441 (3.030 para los 734 alumnos españoles y 4.555 para los 267 alumnos extranjeros). En el MIR 2012, ANTES de la nota de corte de 58 netas, los alumnos españoles han obtenido una mediana de número de orden 1.525 posiciones mejor (más baja) que la mediana de número de orden de los alumnos extranjeros. Ambos grupos han tenido alumnos con posiciones extremas (muy bajas y muy altas

Nº PresentadosMediana (p50)

de Nº de orden

Mediana (P50)

de preguntas

netas

Mediana (P50)

de Baremo

Alumnos Alumnos Alumno Alumno

Numero de Alumnos presentados 1.001 3.441 129,19 1,75

Españoles 734 3.030 133,18 1,76

Extranjeros 267 4.555 116,49 1,71

Diferencias -1.525 16,69 0,05

Alumnos Sobresalientes 13 141 171,46 3,32

Sobresalientes Españoles 11 76 174,79 3,32

Sobresalientes Extranjeros 2 929 151,83 3,39

Diferencias -853 22,96 -0,07

Alumnos Notables 288 1.507 148,16 2,25

Notables Españoles 211 1.170 152,49 2,24

Notables Extranjeros 77 4.188 119,18 2,27

Diferencias -3.018 33,31 -0,03

Alumnos Aprobados 700 4.132 122,51 1,60

Aprobados Españoles 512 3.956 124,70 1,61

Aprobados Extranjeros 188 4.864 114,89 1,58

Diferencias -909 9,81 0,03

población NO truncada por la nota

de corte en 58 netas

En el MIR 2012, DESPUES de la nota de corte de 58 netas, la mediana de número de orden de nuestros alumnos ha sido de 3.275 (2.972 para los 719 alumnos españoles y 4.197 para los 241 alumnos extranjeros). En el MIR 2012, DESPUES de la nota de corte de 58 netas, los alumnos españoles han obtenido una mediana de número de orden 1.225 posiciones mejor (más baja) que la mediana de número de orden de los alumnos extranjeros. Ambos grupos han tenido alumnos con posiciones extremas (muy bajas y muy altas

población truncada por la nota de

corte en 58 netasNº Presentados

Mediana (p50)

de Nº de orden

Mediana (P50)

de preguntas

netas

Mediana (P50)

de Baremo

Número de Alumnos electores 960 3.275 130,54 1,75

Españoles 719 2.972 134,17 1,76

Extranjeros 241 4.197 121,15 1,72

Diferencias -1.225 13,02 0,04

Alumnos Sobresalientes 13 141 171,46 3,32

Sobresalientes Españoles 11 76 174,79 3,32

Sobresalientes Extranjeros 2 929 151,83 3,39

Diferencias -853 22,96 -0,07

Alumnos Notables 281 1.450 148,85 2,25

Notables Españoles 210 1.161 152,50 2,24

Notables Extranjeros 71 3.816 121,90 2,27

Diferencias -2.655 30,60 -0,03

Alumnos Aprobados 666 3.975 124,22 1,61

Aprobados Españoles 498 3.876 125,72 1,62

Aprobados Extranjeros 168 4.423 119,54 1,60

Diferencias -548 6,18 0,02

Page 43: Información para médicos extranjeros que preparan el MIR

329

CURSO INTENSIVO MIR ASTURIAS

PREPA

RA

CIÓ

N IN

TEN

SIV

A D

EL

EXA

MEN

MIR

MIR 2014 antes de la nota de corte MIR 2013 antes de la nota de corte

719 221

8605

1446

2

3249

5651

10708

3327

87

5817

8387

Nº de orden antes de la nota de corte

Mediana

3.249

Mediana

5.817

616 165

10213

1483

74

3038

4925

10204

2561

23

4244

6643

Mediana

3.038

Mediana

4.244

Hay

1.206nº de orden de diferencia entre medianas de

alumnos españolesy extranjeros

454 125265 96

8605

1668

11

3419

5692

10708

3703

324

6827

86558568

1119

2

2835

5468

10559

2768

87

4972

7573

Nº de orden antes de la nota de corte

Mediana

2.835

Mediana

3.419

Mediana

4.972

Mediana

6.827

405 89211 76

10213

1713

81

3264

5224

10204

2789

228

4657

6779

9094

1154

74

2377

4415

9601

2106

23

4056

6256

Mediana

2.377

Mediana

3.264

Mediana

4.056

Mediana

4.657

753 187

191,33

178,33

132

67,00

105

150

83,33

7,00

114,33

135

Preguntas Netas

Hay

17,67Preguntas netas de

diferencia entre

medianas de

alumnos españoles y extranjeros

Mediana

132 Mediana

114,3

616 165

178,00183,67

125,17

-3,67

102,00

144,33

77,33

-4,67

107,67

128,67

Mediana

125 netas

Mediana

107,6 netas

Hay

17,3Netas de diferencia entre medianas de alumnos españoles

y extranjeros

Globalmente, los resultados de los alumnos españoles suelen ser mejores que los de los alumnos extranjeros. El grupo de alumnos extranjeros es muy heterogéneo, con médicos procedentes de hasta 59 países distintos, por lo que resulta difícil segmentar para analizar las causas de este diferente comportamiento en esta variable. Probablemente este hecho este motivado por una conjunción de diversos factores, en diferente proporción para cada uno de los subgrupos de los diferentes países. Entre ellos podríamos citar los siguientes: El grupo de médicos extranjeros tiene como dificultad añadida a la preparación del examen, la adaptación a otro país, diferentes

costumbres, dificultades burocráticas y en algunos casos, diferente idioma. Durante la preparación están más lejos de la familia y amigos, y los periodos de”vacaciones” entre las distintas vueltas de preparación son tan breves, que muchos de ellos deciden no viajar a sus países de origen.

Existencia diferencias en la orientación de la carrera, con mayor carga lectiva práctica en algunos países extranjeros y una menor carga teórica, que es la que más se refleja en lo preguntado en el MIR. El examen MIR es una prueba objetiva, igual para todos, y discrimina entre los distintos conocimientos teóricos de los aspirantes, sin evaluar las habilidades prácticas. No evalúa, por la dificultad para hacerlo de forma objetiva y justa, otras características de un buen médico que no sean sus conocimientos teóricos y su capacidad de deducción frente a un caso clínico. Desde MIR 2009 se han incorporado preguntas con imágenes para intentar simular un entorno “más clínico” en los casos que se preguntan. Tener un buen número de orden en el MIR no es sinónimo de ser un buen médico, pues la prueba no tiene en cuenta otras características importantes de la personalidad, empatía, habilidad manual, autocrítica, capacidad para el trabajo en equipo y sobre todo, interés sincero por ayudar al paciente.

Page 44: Información para médicos extranjeros que preparan el MIR

330

VII. Información para médicos extranjeros que preparan el MIR

P

REPA

RA

CIÓ

N IN

TEN

SIV

A D

EL

EXA

MEN

MIR

El MIR no evalúa habilidades prácticas, como poner saber poner una “simple” inyección, auscultar a un paciente, coger una vía venosa,

realizar una reanimación cardiopulmonar o suturar una herida.

Existencia de diferencias en las materias teóricas impartidas en las facultades de Medicina de diferentes países (lo preguntado en el MIR puede tener más relación con lo impartido en las facultades de Medicina españolas). Si hay diferencias entre los contenidos y enfoque de los temarios de las diferentes asignaturas entre las facultades españolas, mucho más puede haberlas entre estas y decenas de diferentes facultades de otros países. Si se pregunta algo diferente de lo estudiado, indudablemente esto supone una dificultad añadida. Este problema también lo experimentan parcialmente los alumnos españoles que cursaron algunas de sus asignaturas en otro país de Europa, mediante el programa Erasmus de intercambio universitario.

Existencia de diferencias en el entrenamiento para resolver preguntas de test (en algunas facultades puede que no se emplee este sistema de evaluación, y sean más frecuentes otros tipos de examen, tipo tema a desarrollar o incluso pruebas orales o prácticas.

Los estudiantes de distintas facultades y países tienen diferente entrenamiento a la hora de enfrentarse a exámenes tipo “test” (preguntas

de opción múltiple)

Entre los alumnos extranjeros, es más frecuente que no presentarse al MIR el mismo año en el que se acaba la carrera de Medicina. Cuanto más tiempo pasa desde que se acabó la carrera, mayores dificultades hay para recordar los contenidos teóricos que no se hayan utilizado o en la práctica clínica. Este fenómeno ocurre tanto en alumnos extranjeros como en alumnos españoles, y se refleja en unos mejores resultados globales entre el grupo de alumnos que acaba la carrera el mismo año de la convocatoria MIR, que el obtenido globalmente par los alumnos que se licenciaron hace varios años.

Los alumnos “recién licenciados” suelen sacar mejores números de orden en el MIR

Es importante recordar que, como decíamos al principio del capítulo, la estadística solo describe el comportamiento de grupos, nunca de individuos, y que en el resultado de cada persona NO está predeterminado, y depende sobre todo, de su esfuerzo y trabajo personal durante la preparación. Como ejemplo de lo anterior citaremos a un alumno del año 2013, Premio del Curso MIR al alumno con mejor número de orden, de Chile que, con un baremo de notable, obtuvo el número de orden 23 en el MIR. Su número de orden fue el más bajo (el mejor número de orden) entre todos los 3.214 electores extranjeros del MIR 2013, y su examen también fue el mejor de todos ellos. Su examen ocupó

Page 45: Información para médicos extranjeros que preparan el MIR

331

CURSO INTENSIVO MIR ASTURIAS

PREPA

RA

CIÓ

N IN

TEN

SIV

A D

EL

EXA

MEN

MIR

el puesto 21º mejor entre todos los presentados al MIR de 2013 (10.241 médicos), y ocupó el primer puesto entre los mejores números de orden de los alumnos del Curso MIR en ese año. Este ejemplo no es el único:

En el MIR 2009, 1 alumno extranjero quedó entre los 100 primeros de toda España y 25 alumnos extranjeros obtuvieron un número de orden inferior al 1.000.

En el MIR 2010 los tres mejores alumnos extranjeros del Curso, obtuvieron los números de orden 161, 163 y 175. 32 alumnos extranjeros obtuvieron un número de orden inferior al 1.000.

En el MIR 2011 los tres mejores alumnos extranjeros del Curso, obtuvieron los números de orden 113, 256 y 334. 13 alumnos extranjeros obtuvieron un número de orden inferior al 1.000.

En el MIR 2012 los tres mejores alumnos extranjeros del Curso, obtuvieron los números de orden 140, 189 y 198. 20 alumnos extranjeros obtuvieron un número de orden inferior al 1.000.

En el MIR 2013 los tres mejores alumnos extranjeros del Curso, obtuvieron los números de orden 23, 228 y 230. 11 alumnos extranjeros obtuvieron un número de orden inferior al 1.000.

En el MIR 2014 los tres mejores alumnos extranjeros del Curso, obtuvieron los números de orden 87, 325 y 349. 16 alumnos extranjeros obtuvieron un número de orden inferior al 1.000.

En el MIR 2015 los tres mejores alumnos extranjeros del Curso, obtuvieron los números de orden 60, 217 y 337. 17 alumnos extranjeros obtuvieron un número de orden inferior al 1.000.

MIR 2014 MIR 2015

Mediana de Nº de Orden de Alumnos españoles y extranjeros, segmentados por Baremo comparados con NO alumnos

Mediana de Nº de Orden de Alumnos extranjeros segmentados por Baremo comparados con NO alumnos

Mediana de Número de Ordensegmentación por nacionalidad y baremo

(antes del corte de 66,33 netas)

392

1249

4488

232

2000

5749

Español Sobresaliente Español Notable Español Aprobado

Alumnos No alumnos

Españoles

Mediana de Número de Orden

segmentación por nacionalidad y baremo(antes del corte de 66,33 netas)

77

34393084

56355195

6523

8285

Extranjero Sobresaliente Extranjero Notable Extranjero Aprobado

Alumnos No alumnos

Extranjeros

Mediana de Número de Ordensegmentación por nacionalidad y baremo

(antes del corte de 65,67 netas)

171

1758

4640

203

2028

6208

Español Sobresaliente Español Notable Español Aprobado

Alumnos No alumnos

Españoles

Mediana de Número de Ordensegmentación por nacionalidad y baremo

(antes del corte de 65,67 netas)

1842

4065

61575938

7122

8771

Extranjero Sobresaliente Extranjero Notable Extranjero Aprobado

Alumnos No alumnos

Extranjeros

Los alumnos que realizaron todos o casi todos los test recomendados en el calendario del curso obtuvieron muy buen resultado, independientemente de su nacionalidad. Los que realizaron pocas o ninguna pregunta de test durante su preparación, NO obtuvieron buenos resultados, independientemente de su nacionalidad. Mediana a número de orden (línea) y número de alumnos (barra) en cada intervalo de nº de preguntas de test realizadas del calendario del curso intensivo:

Page 46: Información para médicos extranjeros que preparan el MIR

332

VII. Información para médicos extranjeros que preparan el MIR

P

REPA

RA

CIÓ

N IN

TEN

SIV

A D

EL

EXA

MEN

MIR

3942 42

49

59 60

7479

153

133

0

7.299 7.144

6.0295.716

4.662 4.734

3.643

3.130

2.295

1.221

0

1.000

2.000

3.000

4.000

5.000

6.000

7.000

8.000

Alumnos españoles (test realizados en el intensivo)

Nº de alumnos Mediana Norden ANTES de la nota de corte

22

23

2021 22

18 18

30

21

15

8.555

7.353

6.619

7.054

5.8076.039

3.1433.423

2.060 1.855

0

5

10

15

20

25

30

35

0

1.000

2.000

3.000

4.000

5.000

6.000

7.000

8.000

9.000

<2500 2500-5000 5001-7500 7501-10000 10001-1250012501-1500015001-1750017501-2000020001-2250022501-25000

Alumnos extranjeros (test realizados en el intensivo)

Nº de alumnos Mediana Norden ANTES de la nota de corte

Los alumnos que realizaron todos o casi todos los test recomendados en el calendario del curso obtuvieron muy buen resultado, independientemente de su baremo académico y nacionalidad. Los que realizaron pocas o ninguna pregunta de test durante su preparación, NO obtuvieron buenos resultados, independientemente de su baremo académico y nacionalidad. Mediana a número de orden (línea) y número de alumnos (barra) en cada intervalo de nº de preguntas de test realizadas del calendario del curso intensivo

Page 47: Información para médicos extranjeros que preparan el MIR

333

CURSO INTENSIVO MIR ASTURIAS

PREPA

RA

CIÓ

N IN

TEN

SIV

A D

EL

EXA

MEN

MIR

1 1 1 1

4.275

2.602

4.811

727

0

0,2

0,4

0,6

0,8

1

1,2

0

1000

2000

3000

4000

5000

6000

Alumnos extranjeros de baremo sobresaliente (test realizados en el intensivo)

Nº de alumnos Mediana Norden ANTES de la nota de corte

5 5 5

4

1

4

10

11

7

6

8.267

6.178

5.493

6.112

4.078

6.033

2.9272.648

1.171

1.874

0

2

4

6

8

10

12

0

1.000

2.000

3.000

4.000

5.000

6.000

7.000

8.000

9.000

Alumnos extranjeros de baremo notable (test realizados en el intensivo)

Nº de alumnos Mediana Norden ANTES de la nota de corte

1718

15

17

20

13

7

19

13

9

8.763

7.817

6.636

7.442

5.918

6.827

3.4233.969

3.386

1.855

0

5

10

15

20

25

0

1.000

2.000

3.000

4.000

5.000

6.000

7.000

8.000

9.000

10.000

Alumnos extranjeros con baremo de aprobado (test realizados en el intensivo)

Nº de alumnos Mediana Norden ANTES de la nota de corte

Si eres médico extranjero extracomunitario y estas afectado por el cupo de extranjeros (no tienes permiso de residencia en España),

tienes que esforzarte al máximo durante la preparación, e intentar obtener un número de orden por debajo del 4.000(*), para procurar estar dentro del cupo de extranjeros.

(*) El número de orden 4.000 es solo orientativo, el corte del cupo depende de variables que son desconocidas en este momento: nº de plazas MIR ofertadas en la convocatoria, % de plazas reservadas al cupo de extranjeros en esa convocatoria, número de electores extranjeros en situación administrativa 4 y 5 que se presentan al MIR en ese año, números de orden que obtiene cada uno de los electores afectados por el cupo y % de incomparecencias a los actos de elección de plaza.