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INSERCIONES 2,00 euros por línea (DIN A-4) 1,40 euros por línea (cuartilla) 34,00 euros mínimo Pagos adelantados Carácter de urgencia: Recargo 100% FRANQUEO CONCERTADO Núm. 09/2 Depósito Legal BU - 1 - 1958 SUSCRIPCION Anual ...................... 104,00 euros Semestral ................ 62,00 euros Trimestral ................ 37,00 euros Ayuntamientos ........ 76,00 euros (I. V. A. incluido) SE PUBLICA TODOS LOS DIAS EXCEPTO SABADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS Director: Diputado Ponente, D. José Antonio López Marañón ADMINISTRACION: EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL Ejemplar: 1,25 euros :—: De años anteriores: 2,50 euros Año 2010 Jueves 25 de noviembre Número 225 INDICE PROVIDENCIAS JUDICIALES – JUZGADOS DE LO SOCIAL. - De Burgos núm. 3. 926/2010. Pág. 2. - De Vitoria-Gasteiz núm. 3. 40/2010. Págs. 2 y 3. - De Vitoria-Gasteiz núm. 3. 39/2010. Págs. 3 y 4. - De Vitoria-Gasteiz núm. 4. 32/2010. Pág. 4. - De Vitoria-Gasteiz núm. 4. 31/2010. Págs. 4 y 5. - De Vitoria-Gasteiz núm. 4. 30/2010. Págs. 5 y 6. ANUNCIOS OFICIALES – JUNTA DE CASTILLA Y LEON. - Delegación Territorial de Burgos. Servicio Territorial de Medio Ambiente. Prórroga del coto de caza BU-10.166 de Quintanavi- des. Pág. 6. - Prórroga del coto de caza BU-10.083 de Huidobro. Pág. 6. - Cambio de titularidad del coto de caza BU-11.026 del término muni- cipal de Burgos. Pág. 6. - Adecuación y cambio de titular del coto privado de caza BU-10.883 de Revilla Vallejera. Págs. 6 y 7. – MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACION. - Tesorería General de la Seguridad Social. Dirección Provin- cial de Burgos. Unidad de Impugnaciones. Pág. 7. - Tesorería General de la Seguridad Social. Dirección Pro- vincial de Burgos. Unidad de Recaudación Ejecutiva 01. Págs. 7 y ss. – CONFEDERACIONES HIDROGRAFICAS. - Del Ebro. Comisaría de Aguas. Pág. 10. – AYUNTAMIENTOS. - Rabé de las Calzadas. Pág. 10. - Arandilla. Pág. 10. - Basconcillos del Tozo. Págs. 10 y 11. ANUNCIOS URGENTES – AYUNTAMIENTOS. - Burgos. Area de Seguridad Pública y Emergencias. Págs. 11 y ss. - Los Balbases. Pág. 15. - Villaverde Mogina. Aprobación definitiva del expediente de modi- ficación presupuestaria 01/2010 del ejercicio de 2010. Pág. 15. - Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmue- bles. Págs. 16 y ss. - Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. Págs. 18 y ss. - Villegas. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por suministro de agua a domicilio. Págs. 20 y 21. - Reglamento del servicio de suministro de agua potable a domici- lio. Págs. 21 y 22. - Cogollos. Pág. 24. – JUNTAS VECINALES. - Doroño. Pág. 15. - Hormaza. Prórroga del coto de caza BU-10.269. Págs. 22 y 23. - Pesquera de Ebro. Pág. 24. – MANCOMUNIDADES. - Mancomunidad Las Merindades. Contratación de las obras «Proyecto de reforma para centro de diagnosis y formación del sector industrial Las Merindades». Fase 1.ª. Pág. 23. – JUNTAS ADMINISTRATIVAS. - Mozoncillo de Juarros. Pág. 24. – ANUNCIOS PARTICULARES. - Club Deportivo de Caza Zorro de Barakaldo. Pág. 24. DIPUTACION PROVINCIAL - Intervención. Propuestas números 9 y 8 de modificación del pre- supuesto de 2010. Pág. 24.

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INSERCIONES2,00 euros por línea (DIN A-4)1,40 euros por línea (cuartilla)

34,00 euros mínimoPagos adelantados

Carácter de urgencia: Recargo 100%

FRANQUEO CONCERTADONúm. 09/2

Depósito LegalBU - 1 - 1958

SUSCRIPCION

Anual ...................... 104,00 eurosSemestral ................ 62,00 eurosTrimestral ................ 37,00 eurosAyuntamientos ........ 76,00 euros

(I. V. A. incluido)

SE PUBLICA TODOS LOS DIAS EXCEPTO SABADOS, DOMINGOS

Y FESTIVOS

Director: Diputado Ponente, D. José Antonio López Marañón

ADMINISTRACION: EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL

Ejemplar: 1,25 euros :—: De años anteriores: 2,50 euros

Año 2010 Jueves 25 de noviembre Número 225

I N D I C EPROVIDENCIAS JUDICIALES

– JUZGADOS DE LO SOCIAL.

- De Burgos núm. 3. 926/2010. Pág. 2.- De Vitoria-Gasteiz núm. 3. 40/2010. Págs. 2 y 3.- De Vitoria-Gasteiz núm. 3. 39/2010. Págs. 3 y 4.- De Vitoria-Gasteiz núm. 4. 32/2010. Pág. 4.- De Vitoria-Gasteiz núm. 4. 31/2010. Págs. 4 y 5.- De Vitoria-Gasteiz núm. 4. 30/2010. Págs. 5 y 6.

ANUNCIOS OFICIALES

– JUNTA DE CASTILLA Y LEON.

- Delegación Territorial de Burgos. Servicio Territorial de MedioAmbiente. Prórroga del coto de caza BU-10.166 de Quintanavi-des. Pág. 6.

- Prórroga del coto de caza BU-10.083 de Huidobro. Pág. 6.- Cambio de titularidad del coto de caza BU-11.026 del término muni-

cipal de Burgos. Pág. 6.- Adecuación y cambio de titular del coto privado de caza BU-10.883

de Revilla Vallejera. Págs. 6 y 7.

– MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACION.

- Tesorería General de la Seguridad Social. Dirección Provin-cial de Burgos. Unidad de Impugnaciones. Pág. 7.

- Tesorería General de la Seguridad Social. Dirección Pro-vincial de Burgos. Unidad de Recaudación Ejecutiva 01.Págs. 7 y ss.

– CONFEDERACIONES HIDROGRAFICAS.

- Del Ebro. Comisaría de Aguas. Pág. 10.

– AYUNTAMIENTOS.

- Rabé de las Calzadas. Pág. 10.- Arandilla. Pág. 10.- Basconcillos del Tozo. Págs. 10 y 11.

ANUNCIOS URGENTES

– AYUNTAMIENTOS.- Burgos. Area de Seguridad Pública y Emergencias. Págs. 11 y ss.- Los Balbases. Pág. 15.- Villaverde Mogina. Aprobación definitiva del expediente de modi-

ficación presupuestaria 01/2010 del ejercicio de 2010. Pág. 15.- Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmue-

bles. Págs. 16 y ss. - Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones,

instalaciones y obras. Págs. 18 y ss.- Villegas. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por suministro

de agua a domicilio. Págs. 20 y 21.- Reglamento del servicio de suministro de agua potable a domici-

lio. Págs. 21 y 22.- Cogollos. Pág. 24.

– JUNTAS VECINALES.

- Doroño. Pág. 15.- Hormaza. Prórroga del coto de caza BU-10.269. Págs. 22 y 23.- Pesquera de Ebro. Pág. 24.

– MANCOMUNIDADES.- Mancomunidad Las Merindades. Contratación de las obras

«Proyecto de reforma para centro de diagnosis y formación delsector industrial Las Merindades». Fase 1.ª. Pág. 23.

– JUNTAS ADMINISTRATIVAS.

- Mozoncillo de Juarros. Pág. 24.

– ANUNCIOS PARTICULARES.

- Club Deportivo de Caza Zorro de Barakaldo. Pág. 24.

DIPUTACION PROVINCIAL- Intervención. Propuestas números 9 y 8 de modificación del pre-

supuesto de 2010. Pág. 24.

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PROVIDENCIAS JUDICIALESJUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO TRES

DE BURGOS

Número autos: Despido/ceses en general 926/2010.Demandante: Javier Beaumont Alcantarilla.Demandados: Fogasa y Lavanbur, S.L.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de con-formidad con lo dispuesto en los artículos 59 de la LPL y 156.4y 164 de la LEC, por el presente se cita a Lavanbur, S.L., comoparte demandada.

Objeto de la citación. –

Asistir en esa condición al/los acto/s de juicio/conciliación,y en su caso, juicio. Y también, si la parte contraria lo pide, yel/la Juez lo admite, contestar al interrogatorio que aquélla puedaformular.

Lugar en que debe comparecer. –

En la sede de esta Oficina Judicial, Avda. Reyes Católicos(Edificio de Juzgados), planta 1, sala 2.

Día y hora en que debe comparecer. –

16/12/2010 a las 10.00 horas para el acto de juicio y la con-ciliación a las 9.57 horas de ese mismo día.

Prevenciones legales. –

1.º – La incomparecencia del demandado, debidamentecitado, no impedirá la celebración de los actos de conciliación,y en su caso, juicio, continuando éste sin necesidad de decla-rar su rebeldía (art. 83.3 LPL).

2.º – Se le hace saber que la parte demandante ha indicadoque acudirá al acto de juicio con Abogado para su defensa y/orepresentación, Procurador o Graduado Social para su repre-sentación, lo que se le comunica a los efectos oportunos.

3.º – Debe asistir al juicio con las pruebas de que intentevalerse (art. 82.2 LPL).

Si precisara de alguna otra prueba que requiera la prácticade alguna diligencia por esta Oficina Judicial, deberá solicitarlacon una antelación de diez días a la fecha señalada para el actodel juicio (art. 90.2 LPL).

4.º – Se le advierte que la parte actora ha solicitado comopruebas:

Al ostentar la condición de persona jurídica se pone en suconocimiento que será su legal representante quien deberá com-parecer al acto del juicio para la práctica del interrogatorio, siem-pre que hubiera intervenido en los hechos controvertidos en elproceso. Si quien intervino en los hechos controvertidos nohubiera sido su legal representante, será la persona que tengaconocimiento personal de los hechos quien habrá de compareceral acto del juicio para la práctica de la prueba (art. 309.1 LEC).Sin perjuicio de que si desea que esa persona sea citada porconducto judicial así deberá comunicarlo antes de diez días ala fecha prevista para el juicio.

5.º – Debe comunicar a esta Oficina Judicial cualquier cam-bio de domicilio que se produzca durante la sustanciación deeste proceso (art. 155.4, párrafo 1.º de la LEC).

6.º – También deberá comunicar y antes de su celebración,la existencia de alguna causa legal que justificara la suspensiónde los actos de conciliación y/o de juicio a los que se le convoca(arts. 83.1 LPL y 188 LEC).

Se le cita bajo apercibimiento de que las siguientes comu-nicaciones se harán fijar copia de la resolución o de la cédulaen el tablón de anuncios de la Oficina Judicial.

En Burgos, a 10 de noviembre de 2010. – La Secretario Judi-cial (ilegible).

201009166/9072. – 106,00

JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO TRESDE VITORIA-GASTEIZ

Grupo: Social.Procedimiento origen: Despidos 40/2010.Pieza ejecución 159/2010E.Sobre: Despido.Ejecutante: Luis Manuel Mendes de Moura.Ejecutado: Servi Baloutas, S.L.Int. no demandado: Fogasa.

Cédula de notificación

Doña Icíar Aguirrebeitia Muro, Secretario Judicial del Juzgadode lo Social número tres de Vitoria-Gasteiz.

Hago saber: Que en autos número 40/2010, pieza ejecución159/2010 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instanciasde Luis Manuel Mendes de Moura, contra la empresa Servi Balou-tas, S.L., sobre despido, se ha dictado la siguiente:

«Auto. –

Magistrado que lo dicta: Doña Patricia Teresa RodríguezArroyo.

En Vitoria-Gasteiz, a 12 de noviembre de 2010.

Antecedentes de hecho. –

Primero. – El 6/10/10 se ha dictado por este Juzgado en estejuicio auto, que ha alcanzado el carácter de firme, cuya partedispositiva es la que sigue:

“1. – Se declara extinguida, desde el día de hoy, la relaciónlaboral que unía a la empresa Servi Baloutas, S.L., con LuisManuel Mendes de Moura.

2. – Se condena a Servi Baloutas, S.L., a pagar a LuisManuel Mendes de Moura la cantidad de 4.328,77 euroscomo indemnización sustitutoria de la readmisión, más otros19.623,78 euros en concepto de salarios de tramitación, encuya cantidad se incluyen las que fueron objeto de condenaen la sentencia.

Dichas cantidades devengarán desde el día de hoy y hastasu total pago, los intereses del artículo 576 de la Ley de Enjui-ciamiento Civil”.

Segundo. – Por Luis Manuel Mendes de Moura se ha pre-sentado escrito solicitando la ejecución de la citada resolución.

Alega en su escrito que no le ha sido satisfecha cantidadalguna.

Fundamentos de derecho. –

Primero. – Dispone el artículo 237.1 de la Ley de Pro-cedimiento Laboral (LPL) que luego que sea firme una senten-cia, se procederá a su ejecución a instancia de parte -salvo elcaso de procedimiento de oficio-, por el órgano que hubiera cono-cido del asunto en la instancia; en el caso presente, este Juz-gado (artículo 235.2 de la LPL).

Añade el apartado segundo del artículo 237 que inciada laejecución, la misma se tramitará de oficio, dictándose al efectolas resoluciones necesarias.

Segundo. – A su vez, el artículo 235 de la misma LPL señalaque la ejecución se llevará a efecto en la forma prevista en laLey de Enjuiciamiento Civil (LECn), cuyo artículo 575 dispone quela ejecución se despachará por la cantidad que figure como prin-cipal, más los intereses vencidos y los que se prevea que pue-dan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta. Enel procedimiento laboral y por aplicación de norma propia, la can-tidad por la que se despache ejecución en concepto provisio-nal de intereses de demora y costas no excederá, para losprimeros, del importe de los que se devengarían durante un añoy, para las costas, del 10% del principal objeto de ejecución(artículo 249 LPL).

PAG. 2 B. O. DE BURGOS25 NOVIEMBRE 2010. — NUM. 225

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B. O. DE BURGOS PAG. 325 NOVIEMBRE 2010. — NUM. 225

Parte dispositiva. –

1. – Se acuerda la ejecución definitiva de auto de fecha6/10/10, solicitada por Luis Manuel Mendes de Moura, parte eje-cutante, frente a Servi Baloutas, S.L., parte ejecutada.

2. – La ejecución se despacha por la cantidad de 23.952,55euros de principal y la de un 20% para intereses y costas, sinperjuicio de su ulterior liquidación.

3. – Notifíquese esta resolución a las partes, y al Fondode Garantía Salarial por si fuera de su interés comparecer enel proceso (artículos 250 y 23 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

Modo de impugnarla por el ejecutado: Mediante escrito for-mulando oposición a la ejecución, en el que se deberán expre-sar todos los motivos de impugnación (tanto los defectos procesalescomo las razones de fondo), que habrá de presentarse en esteJuzgado de lo Social, en el plazo de diez días hábiles, a contardesde el día siguiente al de su notificación (artículos 556 ysiguientes LEC), sin que su sola interposición suspenda la eje-cutividad de lo acordado (artículo 556.2 LEC).

Modo de impugnarla por el ejecutante: Contra esta resolu-ción no cabe recurso alguno (artículo 551.4 LECn). No obstante,si el ejecutante entiende denegada parcialmente la ejecución,podrá interponer recurso de reposición ante el Juez (artículo 552.2de la LEC), mediante escrito presentado en la oficina en los cincodías hábiles siguientes al de su notificación, con expresión dela infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio delrecurrente (artículos 184.2 y 185.1 de la LPL).

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivosrespecto de la resolución recurrida (artículo 184.3 de la LPL).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución deun depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido atrámite. El depósito se constituirá consignando dicho importeen la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgadotiene abierta en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito),consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso(D.A. 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir quienestengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita, quie-nes tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimenpúblico de la Seguridad Social, el Ministerio Fiscal, el Estado, lasComunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organis-mos autónomos dependientes de todos ellos.

Lo acuerda y firma S.S.ª. – Doy fe».

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Servi Balou-tas, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inser-ción en el «Boletín Oficial» de la provincia de Burgos.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicacio-nes se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

En Vitoria-Gasteiz, a 12 de noviembre de 2010. – La Secre-tario Judicial, Icíar Aguirrebeitia Muro.

201009148/9073. – 156,00

Grupo: Social.Procedimiento origen: Despidos 39/2010.Pieza ejecución 158/2010F.Sobre: Despido.Ejecutante: Manuel José de Oliveira Pereira.Ejecutado: Servi Baloutas, S.L.Int. no demandado: Fogasa.

Cédula de notificación

Doña Icíar Aguirrebeitia Muro, Secretario Judicial del Juzgadode lo Social número tres de Vitoria-Gasteiz.

Hago saber: Que en autos número 39/2010, pieza ejecución158/2010 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias

de Manuel José de Oliveira Pereira, contra la empresa Servi Balou-tas, S.L., sobre despido, se ha dictado la siguiente:

Auto. –

Magistrado que lo dicta: Doña Patricia Teresa RodríguezArroyo.

En Vitoria-Gasteiz, a 12 de noviembre de 2010.

Antecedentes de hecho. –

Primero. – El 6/10/10 se ha dictado por este Juzgado en estejuicio auto, que ha alcanzado el carácter de firme, cuya partedispositiva es la que sigue:

«1. – Se declara extinguida, desde el día de hoy, la relaciónlaboral que unía a la empresa Servi Baloutas, S.L., con ManuelJosé de Oliveira Pereira.

2. – Se condena a Servi Baloutas, S.L., a pagar a Manuel Joséde Oliveira Pereira la cantidad de 6.974,14 euros como indem-nización sustitutoria de la readmisión, más otros 19.623,78euros en concepto de salarios de tramitación, en cuya cantidadse incluyen las que fueron objeto de condena en la sentencia.

Dichas cantidades devengarán desde el día de hoy y hastasu total pago, los intereses del artículo 576 de la Ley de Enjui-ciamiento Civil».

Segundo. – Por Manuel José de Oliveira Pereira se ha pre-sentado escrito solicitando la ejecución de la citada resolución.

Alega en su escrito que no le ha sido satisfecha cantidadalguna.

Fundamentos de derecho. –

Primero. – Dispone el artículo 237.1 de la Ley de Pro-cedimiento Laboral (LPL) que luego que sea firme una senten-cia, se procederá a su ejecución a instancia de parte -salvo elcaso de procedimiento de oficio-, por el órgano que hubiera cono-cido del asunto en la instancia; en el caso presente, este Juz-gado (artículo 235.2 de la LPL).

Añade el apartado segundo del artículo 237 que inciada laejecución, la misma se tramitará de oficio, dictándose al efectolas resoluciones necesarias.

Segundo. – A su vez, el artículo 235 de la misma LPL señalaque la ejecución se llevará a efecto en la forma prevista en laLey de Enjuiciamiento Civil (LECn), cuyo artículo 575 dispone quela ejecución se despachará por la cantidad que figure como prin-cipal, más los intereses vencidos y los que se prevea que pue-dan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta. Enel procedimiento laboral y por aplicación de norma propia, la can-tidad por la que se despache ejecución en concepto provisio-nal de intereses de demora y costas no excederá, para losprimeros, del importe de los que se devengarían durante un añoy, para las costas, del 10% del principal objeto de ejecución(artículo 249 LPL).

Parte dispositiva. –

1. – Se acuerda la ejecución definitiva de auto de fecha6/10/10, solicitada por Manuel José de Oliveira Pereira, parte eje-cutante, frente a Servi Baloutas, S.L., parte ejecutada.

2. – La ejecución se despacha por la cantidad de 26.597,92euros de principal y más un 20% de dicha cantidad para inte-reses y costas, sin perjuicio de su ulterior liquidación.

3. – Notifíquese esta resolución a las partes, y al Fondode Garantía Salarial por si fuera de su interés comparecer enel proceso (artículos 250 y 23 de la Ley de ProcedimientoLaboral).

Modo de impugnarla por el ejecutado: Mediante escrito for-mulando oposición a la ejecución, en el que se deberán expre-sar todos los motivos de impugnación (tanto los defectos procesalescomo las razones de fondo), que habrá de presentarse en esteJuzgado de lo Social, en el plazo de diez días hábiles, a contardesde el día siguiente al de su notificación (artículos 556 y

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siguientes LEC), sin que su sola interposición suspenda la eje-cutividad de lo acordado (artículo 556.2 LEC).

Modo de impugnarla por el ejecutante: Contra esta resolu-ción no cabe recurso alguno (artículo 551.4 LECn). No obstante,si el ejecutante entiende denegada parcialmente la ejecución,podrá interponer recurso de reposición ante el Juez (artículo 552.2de la LEC), mediante escrito presentado en la oficina en los cincodías hábiles siguientes al de su notificación, con expresión dela infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio delrecurrente (artículos 184.2 y 185.1 de la LPL).

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivosrespecto de la resolución recurrida (artículo 184.3 de la LPL).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución deun depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido atrámite. El depósito se constituirá consignando dicho importeen la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgadotiene abierta en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito),consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso(D.A. 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir quienestengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita, quie-nes tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimenpúblico de la Seguridad Social, el Ministerio Fiscal, el Estado, lasComunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organis-mos autónomos dependientes de todos ellos.

Lo acuerda y firma S.S.ª. – Doy fe.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Servi Balou-tas, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inser-ción en el «Boletín Oficial» de la provincia de Burgos.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicacio-nes se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revis-tan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

En Vitoria-Gasteiz, a 12 de noviembre de 2010. – La Secre-tario Judicial, Icíar Aguirrebeitia Muro.

201009149/9074. – 158,00

JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO CUATRODE VITORIA-GASTEIZ

Grupo: Social.Procedimiento origen: Despidos 32/2010.Pieza ejecución 81/2010E.Sobre: Materias laborales individuales.Ejecutante: Manuel Alberto Goncalves Martins.Ejecutados: Servi Baloutas, S.L. y Fogasa.

Don Jesús Sevillano Hernández, Secretario Judicial del Juzgadode lo Social número cuatro de Vitoria-Gasteiz.

Hago saber: Que en autos pieza ejecución 81/2010 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancias de Manuel AlbertoGoncalves Martins, contra Servi Baloutas, S.L., sobre materiaslaborales individuales, se ha dictado la siguiente:

Decreto. –

Secretario Judicial que lo dicta: Don Jesús Sevillano Her-nández.

En Vitoria-Gasteiz, a 12 de noviembre de 2010.

Antecedentes de hecho. –

Primero. – Por resolución de fecha 3/11/2010 se acordó enestos autos despachar ejecución contra los bienes del deudorServi Baloutas, S.L. a fin de dar cumplimiento forzoso a loresuelto en sentencia recaída en los mismos.

Segundo. – El importe del principal, intereses legales y cos-tas provisionalmente calculados que aún están pendientes depago asciende, respectivamente a 23.375,38 euros y a 4.675,08euros.

Tercero. – Se dio audiencia por quince días al Fondo deGarantía Salarial a fin de que señalase nuevos bienes del deu-dor sobre los que hacer traba o instase lo que a su derecho con-viniese, contestando dicho Organismo que no se oponía a ladeclaración de insolvencia.

Cuarto. – Dicho deudor había sido declarado ya insolventepor resolución dictada el 2/11/2010 por el Juzgado de lo Socialnúmero uno de Vitoria-Gasteiz.

Parte dispositiva. –

A los efectos de las presentes actuaciones y para el pago de23.375,38 euros de principal y 4.675,08 euros calculados paraintereses y costas, se declara insolvente, por ahora, al deudor ServiBaloutas, S.L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nue-vos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendientede pago.

Publíquese en el Boletín Oficial del Registro Mercantil la decla-ración de insolvencia del deudor (artículo 274.5 de la LPL).

Una vez firme esta resolución, archívense provisionalmentelas actuaciones.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garan-tía Salarial.

Modo de impugnarla: Mediante recurso de revisión ante elJuez, a presentar en la Oficina Judicial dentro de los cinco díashábiles siguientes al de su notificación, por escrito en el quedeberá citarse la infracción en que la resolución hubiera incu-rrido (apartados 1 y 2 del artículo 186 de la LPL).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución deun depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitidoa trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importeen la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgadotiene abierta en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito),consignación que deberá ser acreditada al interponer elrecurso (D.A. 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir quienestengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita,quienes tengan la condición de trabajador o beneficiario del régi-men público de la Seguridad Social, el Ministerio Fiscal, elEstado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales ylos organismos autónomos dependientes de todos ellos.

Lo decreto y firmo. – Doy fe.

Y para que le sirva de notificación a Servi Baloutas, S.L., enignorado paradero, expido la presente para su inserción en el«Boletín Oficial» de la provincia de Burgos.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicacio-nes se harán en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvocuando se trate de auto, sentencia o emplazamiento.

En Vitoria-Gasteiz, a 12 de noviembre de 2010. – El Secre-tario Judicial, Jesús Sevillano Hernández.

201009181/9075. – 86,00

Grupo: Social.Procedimiento origen: Despidos 31/2010.Pieza ejecución 82/2010F.Sobre: Materias laborales individuales.Ejecutante: Luis de Castro Teixeira.Ejecutados: Servi Baloutas, S.L. y Fogasa.

Don Jesús Sevillano Hernández, Secretario Judicial del Juzgadode lo Social número cuatro de Vitoria-Gasteiz.

Hago saber: Que en autos pieza ejecución 82/2010 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancias de Luis de CastroTeixeira, contra Servi Baloutas, S.L., sobre materias laborales indi-viduales, se ha dictado la siguiente:

PAG. 4 B. O. DE BURGOS25 NOVIEMBRE 2010. — NUM. 225

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B. O. DE BURGOS PAG. 525 NOVIEMBRE 2010. — NUM. 225

Decreto. –

Secretario Judicial que lo dicta: Don Jesús Sevillano Her-nández.

En Vitoria-Gasteiz, a 12 de noviembre de 2010.

Antecedentes de hecho. –

Primero. – Por resolución de fecha 3/11/2010 se acordó enestos autos despachar ejecución contra los bienes del deudorServi Baloutas, S.L. a fin de dar cumplimiento forzoso a loresuelto en auto de 23/09/2010.

Segundo. – El importe del principal, intereses legales y cos-tas provisionalmente calculados que aún están pendientes depago asciende, respectivamente a 23.207,04 euros y a 4.641,41euros.

Tercero. – Se dio audiencia por quince días al Fondo deGarantía Salarial a fin de que señalase nuevos bienes del deu-dor sobre los que hacer traba o instase lo que a su derecho con-viniese, contestando dicho Organismo que no se oponía a ladeclaración de insolvencia.

Cuarto. – Dicho deudor había sido declarado ya insolventepor resolución dictada el 2/11/2010 por el Juzgado de lo Socialnúmero uno de Vitoria-Gasteiz.

Fundamentos de derecho. –

Unico. – Procede declarar la insolvencia del deudor cuandono se le hayan encontrado bienes suficientes con que hacer frenteal pago total de la deuda por la que se sigue el procedimientode ejecución, tanto porque no quedan bienes conocidos pen-dientes de realizar, como si los que aún están trabados y no hanllegado a su total realización y destino son razonablemente insu-ficientes -a vista del justiprecio fijado- para lograr la plena satis-facción de la deuda, bien entendido que, en cualquiera de amboscasos, dicha declaración siempre tendrá carácter provisional.

Así resulta de lo dispuesto en el art. 274 (números 2 y 3) dela Ley de Procedimiento Laboral, concurriendo en el presente casolos requisitos que autorizan a un pronunciamiento de esa naturaleza.

Parte dispositiva. –

A los efectos de las presentes actuaciones y para el pago de23.207,04 euros de principal y 4.641,41 euros calculados paraintereses y costas, se declara insolvente, por ahora, al deudor ServiBaloutas, S.L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nue-vos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendientede pago.

Publíquese en el Boletín Oficial del Registro Mercantil la decla-ración de insolvencia del deudor (artículo 274.5 de la LPL).

Una vez firme esta resolución, archívense provisionalmentelas actuaciones.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garan-tía Salarial.

Modo de impugnarla: Mediante recurso de revisión ante elJuez, a presentar en la Oficina Judicial dentro de los cinco díashábiles siguientes al de su notificación, por escrito en el quedeberá citarse la infracción en que la resolución hubiera incu-rrido (apartados 1 y 2 del artículo 186 de la LPL).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución deun depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitidoa trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importeen la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgadotiene abierta en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito),con n.º 4886 0000 64 0082 10, consignación que deberá seracreditada al interponer el recurso (D.A. 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir quienestengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita, quie-nes tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimenpúblico de la Seguridad Social, el Ministerio Fiscal, el Estado, las

Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organis-mos autónomos dependientes de todos ellos.

Lo decreto y firmo. – Doy fe.

Y para que le sirva de notificación a Servi Baloutas, S.L., enignorado paradero, expido la presente para su inserción en el«Boletín Oficial» de la provincia de Burgos.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicacio-nes se harán en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvocuando se trate de auto, sentencia o emplazamiento.

En Vitoria - Gasteiz, a 12 de noviembre de 2010. – El Secre-tario Judicial, Jesús Sevillano Hernández.

201009171/9076. – 116,00

Grupo: Social.Procedimiento origen: Despidos 30/2010.Pieza ejecución 80/2010F.Sobre: Materias laborales individuales.Ejecutante: Avelino Antonio Alfonso de Oliveira.Ejecutados: Servi Baloutas, S.L. y Fogasa.

Don Jesús Sevillano Hernández, Secretario Judicial del Juzgadode lo Social número cuatro de Vitoria-Gasteiz.

Hago saber: Que en autos pieza ejecución 80/2010 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancias de Avelino AntonioAlfonso de Oliveira, contra Servi Baloutas, S.L., sobre materiaslaborales individuales, se ha dictado la siguiente:

Decreto. –

Secretario Judicial que lo dicta: Don Jesús Sevillano Her-nández.

En Vitoria-Gasteiz, a 12 de noviembre de 2010.

Antecedentes de hecho. –

Primero. – En el proceso de ejecución arriba referenciado,por este Juzgado se ha dictado auto despachando ejecución afavor de Avelino Antonio Alfonso de Oliveira contra Servi Balou-tas, S.L., por la cantidad de 23.268,73 euros en concepto de prin-cipal, más 4.653,75 euros para intereses y costas, habiéndoseacordado expedir los despachos oportunos para el conocimientode los bienes del deudor.

Segundo. – En contestación a oficio de fecha 29/10/2010 noscomunican que la entidad bancaria BBVA ha retenido al ejecu-tado la cantidad de 37,84 euros.

Fundamentos de derecho. –

Primero. – Conforme al artículo 580, en relación con elartículo 551.3.1.ª de la LEC tratándose de ejecución de resolu-ciones procesales, no resulta necesario el previo requerimientode pago al deudor, por lo que procede decretar directamenteen esta resolución el embargo de bienes de la parte ejecutadaen cuanto se estimen suficientes para cubrir las cantidades porlas que se ha despachado la ejecución.

Segundo. – De las averiguaciones practicadas resultancuentas corrientes de titularidad de la ejecutada, por lo que esprocedente la aplicación del art. 621 LEC, que establece quecuando se embargaren saldos favorables en cuentas de cual-quier clase abiertas en entidades de crédito, ahorro o financia-ción, el Secretario Judicial responsable de la ejecución enviaráa la entidad orden de retención de las concretas cantidades quesean embargadas o con el límite máximo a que se refiere el apar-tado segundo del artículo 588. La entidad requerida deberá cum-plimentarla en el mismo momento de su presentación, expidiendorecibo acreditativo de la recepción de la orden en el que haráconstar las cantidades que el ejecutado, en ese instante, dis-pusiere en tal entidad. Dicho recibo se remitirá directamente alórgano de la ejecución por el medio más rápido posible.

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Parte dispositiva. –

1. – La anterior comunicación de BBVA informando haber que-dado retenida la cantidad de 37,84 euros, depositados en dichaentidad a nombre de la parte ejecutada, únase a los autos de surazón.

2. – Visto el estado que mantiene la presente ejecución, seacuerda el embargo de dicha cantidad en su totalidad. Comu-níquese el embargo a la entidad depositaria, interesando el ingresode la cantidad embargada en la Cuenta de Consignaciones yDepósitos de este Juzgado, abierta en el grupo Banesto (BancoEspañol de Crédito) con el n.º 4886 0000 64 0080 10.

3. – Líbrese seguidamente por fax a la entidad bancaria BBVAoficio para su efectividad.

Notifíquese esta resolución a las partes.

De esta resolución doy cuenta a S.S.ª.

Modo de impugnarla: Mediante recurso de reposición anteel Secretario Judicial, a presentar en la Oficina Judicial dentrode los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, conexpresión de la infracción en que la resolución hubiera incurridoa juicio del recurrente (artículos 184.1 y 185.1 de la LPL).

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivosrespecto de la resolución recurrida (artículo 184.3 de la LPL).

Lo decreto y firmo. – Doy fe.

Y para que le sirva de notificación a Servi Baloutas, S.L., enignorado paradero, expido la presente para su inserción en el«Boletín Oficial» de la provincia de Burgos.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicacio-nes se harán en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvocuando se trate de auto, sentencia o emplazamiento.

En Vitoria-Gasteiz, a 12 de noviembre de 2010. – El Secre-tario Judicial, Jesús Sevillano Hernández.

201009172/9077. – 116,00

ANUNCIOS OFICIALESJUNTA DE CASTILLA Y LEON

DELEGACION TERRITORIAL DE BURGOS

Servicio Territorial de Medio Ambiente

Información pública de expediente del procedimientode prórroga del coto de caza BU-10.166

En este Servicio Territorial se encuentra en tramitación expe-diente de prórroga del coto privado de caza BU-10.166, deno-minado Quintanavides, iniciado a instancia del Ayuntamiento deQuintanavides. El objeto del referido expediente es el pro-cedimiento de prórroga del coto de caza situado en el términomunicipal de Quintanavides, en la provincia de Burgos, con unasuperficie de 1.150,00 hectáreas.

Lo que se hace público, de conformidad con lo establecidoen el artículo 19 del Decreto 83/1998, de 30 de abril, por el quese desarrolla reglamentariamente el Título IV «De los Terrenos»,de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León,haciendo constar que el referido expediente se encontrará a dis-posición de cualquier persona que desee examinarlo y, en su caso,formular alegaciones durante el plazo de veinte días hábiles desdeel día siguiente al de la publicación del presente anuncio, en lasoficinas del Servicio Territorial de Medio Ambiente (Sección deVida Silvestre), calle Juan de Padilla, s/n., 09006 Burgos.

Burgos, a 20 de octubre de 2010. – El Jefe del Servicio Terri-torial de Medio Ambiente de Burgos, P.A., José Luis GonzaloNebreda.

201008687/8865. – 34,00

Información pública de expediente del procedimiento de prórroga del coto de caza BU-10.083

En este Servicio Territorial se encuentra en tramitación expe-diente de prórroga del coto privado de caza BU-10.083, deno-minado Huidobro, iniciado a instancia de la Junta Vecinal deHuidobro. El objeto del referido expediente es el procedimientode prórroga del coto de caza situado en el término municipal deLos Altos, en la provincia de Burgos, con una superficie de1.335,00 hectáreas.

Lo que se hace público, de conformidad con lo establecidoen el artículo 19 del Decreto 83/1998, de 30 de abril, por el quese desarrolla reglamentariamente el Título IV «De los Terrenos»,de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León,haciendo constar que el referido expediente se encontrará a dis-posición de cualquier persona que desee examinarlo y, en sucaso, formular alegaciones durante el plazo de veinte díashábiles desde el día siguiente al de la publicación del presenteanuncio, en las oficinas del Servicio Territorial de Medio Ambiente(Sección de Vida Silvestre), calle Juan de Padilla, s/n., 09006Burgos.

En Burgos, a 25 de octubre de 2010. – El Jefe del ServicioTerritorial de Medio Ambiente de Burgos, Gerardo GonzaloMolina.

201008761/8944. – 34,00

Información pública de expediente del procedimiento de cambio de titularidad del coto de caza BU-11.026

En este Servicio Territorial se encuentra en tramitación expe-diente de cambio de titularidad del coto privado de caza BU-11.026,denominado La Nevera, iniciado a instancia de Club Deportivo LaNevera. El objeto del referido expediente es el procedimiento decambio de titularidad del coto de caza situado en el término muni-cipal de Burgos, en la provincia de Burgos, con una superficie de638,00 hectáreas.

Lo que se hace público, de conformidad con lo establecidoen el artículo 19 del Decreto 83/1998, de 30 de abril, por el quese desarrolla reglamentariamente el Título IV «De los Terrenos»,de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León, haciendoconstar que el referido expediente se encontrará a disposición decualquier persona que desee examinarlo y, en su caso, formularalegaciones durante el plazo de veinte días hábiles desde el díasiguiente al de la publicación del presente anuncio, en las oficinasdel Servicio Territorial de Medio Ambiente (Sección de Vida Silvestre),calle Juan de Padilla, s/n., 09006 Burgos, durante el horario de aten-ción al público (9 a 14 horas, de lunes a viernes).

En Burgos, a 8 de noviembre de 2010. – El Jefe del ServicioTerritorial de Medio Ambiente de Burgos, Gerardo GonzaloMolina.

201008975/8945. – 34,00

Solicitud de adecuación y cambio de titulardel coto privado de caza BU-10.883

Por la Junta Vecinal de Vizmalo, con C.I.F. número P0900472B,se ha solicitado la adecuación y cambio de titular del coto pri-vado de caza BU-10.883, del término municipal de Revilla Valle-jera (Burgos), con una superficie de 506 hectáreas.

De acuerdo con lo anterior y en cumplimiento de lo estipu-lado en el artículo 24 del Decreto 83/1998, de 30 de abril, quedesarrolla reglamentariamente el Título IV «De los Terrenos», dela Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León, esteServicio Territorial procede a abrir un plazo de informaciónpública durante veinte días hábiles, contados a partir del díasiguiente de la publicación del presente anuncio en el «BoletínOficial» de la provincia, durante el cual, cuantas personas sehallen interesadas, puedan examinar el expediente, en las ofi-

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B. O. DE BURGOS PAG. 725 NOVIEMBRE 2010. — NUM. 225

cinas de este Servicio Territorial, calle Juan de Padilla, s/n., delunes a viernes y de 9 a 14 horas, pudiendo presentar las ale-gaciones que consideren oportunas.

Lo que se comunica para general conocimiento.

En Burgos, a 24 de mayo de 2010. – El Jefe del Servicio Terri-torial de Medio Ambiente, Gerardo Gonzalo Molina.

201004921/8942. – 34,00

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACION

TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Dirección Provincial de Burgos

UNIDAD DE IMPUGNACIONES

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de laLey 30/1992 de 26 de noviembre (B.O.E. de 27/11/1992) de Régi-men Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, se comunica a S.I. E.R. Cabral Aguilar yM.L. Saiz Cuezva que el 21 de septiembre de 2010 el DirectorProvincial de la Tesorería General de la Seguridad Social deBurgos estimó recurso de alzada número 09-101-2010-00170-0presentado el 17 de agosto de 2010, en relación con la recla-mación de deuda 09-10-012605551.

Contra mencionada resolución, que pone fin a la vía admi-nistrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administra-tivo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Burgos,en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a sunotificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio (B.O.E. de 14/07/1998).

El interesado, o sus representantes debidamente acredita-dos, podrán comparecer en la Dirección Provincial de la Teso-rería General de la Seguridad Social de Burgos, situada en lacalle Vitoria, 16, en el plazo de diez días, contados desde elsiguiente al de esta publicación, para conocimiento del conte-nido íntegro de la resolución mencionada.

Burgos, a 3 de noviembre de 2010. – La Jefa de la Unidadde Impugnaciones, Flora Galindo del Val.

201009001/8907. – 34,00

UNIDAD DE RECAUDACION EJECUTIVA 01

Notificacion de embargo de bienes inmuebles a través de anuncio (TVA-502)

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 01, deBurgos.

En el expediente administrativo de apremio que se instruyeen esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor MoralDíez, José Antonio, por deudas a la Seguridad Social, y cuyoúltimo domicilio conocido fue en Avda. Eladio Perlado, 46, 6.º izd.,se procedió con fecha 28/10/2010, al embargo de bienes inmue-bles, de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presenteedicto.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administra-tiva, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Pro-vincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, en elplazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de surecepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en elartículo 34 del texto refundido de la Ley General de la Segu-ridad Social aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994,de 20 de junio (B.O.E. del día 29), significándose que el pro-cedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa apor-tación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido elplazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso

de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podráentenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 delReglamento General de Recaudación de la Seguridad Social,en relación con el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre (B.O.E. del día 27), de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, lo que se comunica a efectos de lo establecido en elartículo 42.4 de dicha Ley 30/1992.

* * *

Diligencia de embargo de bienes inmuebles (TVA-501)

Diligencia: En el expediente administrativo de apremio quese instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra eldeudor de referencia con DNI/NIF/CIF número 13093909D, pordeudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo lasprovidencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyoimporte a continuación se indica:

Número de P. Apremio Periodo Régimen———————————————————————————————————

09 10 011033747 01 2010/01 2010 052109 10 011337982 02 2010/02 2010 0521

Importe deuda:

Principal . . . . . . . . . . . . . 268,80 euros.Recargo . . . . . . . . . . . . . 53,76 euros.Intereses . . . . . . . . . . . . . 8,19 euros.Costas devengadas . . . . 10,46 euros.

—————————

Total . . . . . . . . . . . . . . . . 341,21 euros.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme alo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recau-dación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto1415/2004 de 11 de junio (B.O.E. del día 25), declaro embargadoslos inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en larelación adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargoa las responsabilidades del deudor en el presente expediente, queal día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su casoal conyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipo-tecarios indicándoles que los bienes serán tasados con refe-rencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterioshabituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Eje-cutiva, por las personas o colaboradores que se indican en elcitado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible ventaen pública subasta de los mismos en caso de no atender al pagode su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de nomediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese con-forme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valora-ción contradictoria de los bienes que le han sido trabados enel plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la noti-ficación de la valoración inicial efectuada por los órganos derecaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entreambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferenciaentre ambas, consideradas por la suma de los valores asigna-dos a la totalidad de los bienes, no excediera del 20% de lamenor, se estimará como valor de los bienes el de la tasaciónmás alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecu-tiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mer-cantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, quedeberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quincedías desde su designación. Dicha valoración, que será la defi-nitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los lími-tes de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipode subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del men-cionado Reglamento.

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Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registrode la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotaciónpreventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería Gene-ral de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargasque figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuacio-nes pertinentes y la remisión, en su momento, de este expedientea la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite lostítulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en elplazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción dela presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, seránsuplidos tales títulos a su costa.

Descripción de las fincas embargadas. –

Deudor: Moral Díez, José Antonio.

Finca número: 01.

Datos finca urbana. – Descripción finca: Garaje en Avda. Ela-dio Perlado, n.º 46-48-50, en Burgos.

Tipo vía: Avenida; Nombre vía: Eladio Perlado; N.º vía: 46;Piso: Sótano; Puerta: 37; Código postal: 09007; Código munici-pal: 09061.

Datos registro. – Número registro: 3; Número tomo: 3.631;Número libro: 298; Número folio: 93; Número finca: 27.808.

Descripción ampliada. – Garaje en casa de P.O. en Avda. Ela-dio Perlado, n.º 46-48-50, sótano 37, en Burgos. Con una super-ficie construida de 9,90 m.2. Cuota: 0,185000.

En Burgos, a 28 de octubre de 2010. – El Jefe Ejecutivo, JuanManuel Moreno Maeso.

201009008/8908. – 132,00

Notificacion de embargo de bienes inmuebles a través de anuncio (TVA-502)

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 01, deBurgos.

En el expediente administrativo de apremio que se instruyeen esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor Oso-rio Fernández, Juan José, por deudas a la Seguridad Social, ycuyo último domicilio conocido fue en B.º Lanzas Agudas, 10,se procedió con fecha 28/10/2010, al embargo de bienes inmue-bles, de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presenteedicto.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa,podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincialde la Tesorería General de la Seguridad Social, en el plazo deun mes, contado a partir de su recepción por el interesado, con-forme a lo dispuesto en el artículo 34 del texto refundido de laLey General de la Seguridad Social aprobado por el RealDecreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29),significándose que el procedimiento de apremio no se suspen-derá sin la previa aportación de garantías para el pago de ladeuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposi-ción de dicho recurso de alzada sin que recaiga resoluciónexpresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dis-pone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudaciónde la Seguridad Social, en relación con el artículo 115.2 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. del día 27), de Régi-men Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a efectosde lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992.

* * *

Diligencia de embargo de bienes inmuebles (TVA-501)

Diligencia: En el expediente administrativo de apremio quese instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra eldeudor de referencia con DNI/NIF/CIF número 72022554D, por

deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo lasprovidencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyoimporte a continuación se indica:

Número de P. Apremio Periodo Régimen———————————————————————————————————

09 10 010230869 11 2009/11 2009 052109 10 010748104 12 2009/12 2009 052109 10 011098516 01 2010/01 2010 052109 10 011403862 02 2010/02 2010 052109 10 011920184 03 2010/03 2010 0521

Importe deuda:

Principal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.018,68 euros.Recargo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 203,74 euros.Intereses . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35,13 euros.Costas e intereses presupuestados . . . 100,00 euros.

—————————Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.357,55 euros.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme alo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recau-dación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto1415/2004 de 11 de junio (B.O.E. del día 25), declaro embargadoslos inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en larelación adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargoa las responsabilidades del deudor en el presente expediente, queal día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en sucaso al conyuge, a los terceros poseedores y a los acreedoreshipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados conreferencia a los precios de mercado y de acuerdo con los cri-terios habituales de valoración por esta Unidad de Recau-dación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que seindican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectosde la posible venta en pública subasta de los mismos en casode no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijarel tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apre-miado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasaciónfijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bie-nes que le han sido trabados en el plazo de quince días, acontar desde el siguiente al de la notificación de la valoracióninicial efectuada por los órganos de recaudación o sus cola-boradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones,se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas,consideradas por la suma de los valores asignados a la tota-lidad de los bienes, no excediera del 20% de la menor, se esti-mará como valor de los bienes el de la tasación más alta. Encaso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitaráde los Colegios o asociaciones profesionales o mercantilesoportunos, la designación de otro perito tasador, que deberárealizar nueva valoración en plazo no superior a quince díasdesde su designación. Dicha valoración, que será la defini-tivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los lími-tes de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipode subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del men-cionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Regis-tro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe ano-tación preventiva del embargo realizado, a favor de la TesoreríaGeneral de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de car-gas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actua-ciones pertinentes y la remisión, en su momento, de esteexpediente a la Dirección Provincial para autorización de lasubasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite lostítulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el

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B. O. DE BURGOS PAG. 925 NOVIEMBRE 2010. — NUM. 225

plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción dela presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, seránsuplidos tales títulos a su costa.

Descripción de las fincas embargadas. –

Deudor: Osorio Fernández, Juan José.

Finca número: 01.

Datos finca urbana. – Descripción finca: Vivienda en Colin-dres, calle Manuel Fernández Madrazo, 20.

Tipo vía: Calle; Nombre vía: Manuel Fernández Madrazo;Número vía: 20; Código postal: 39750.

Datos registro. – Número tomo: 633; Número libro: 79;Número folio: 195; Número finca: 6.677.

Descripción ampliada. – Urbana: Vivienda piso sin anejos,en calle Manuel Fernández Madrazo, número 20, en Colindres.Con una superficie útil de 54,11 m.2. Linda: Norte, vivienda dere-cha tipo A, y caja de escaleras de este portal número 20; sur,vivienda derecha tipo B del portal número 18; este, caja de esca-leras de este mismo portal número 20 y terreno propio del grupo,y oeste, terreno propio del grupo de uso común. Cuota: 3,3%.Ref. catastral: 3354901VP6035S0002RI.

De esta finca se embarga el 16,666667 (1/6) del pleno domi-nio y el 8,333333 (1/12) de la nuda propiedad con carácter pri-vativo.

Se notifica a los copropietarios de la finca María FernándezAlvarez y Guillermo Osorio Fernández.

En Burgos, a 28 de octubre de 2010. – El Jefe Ejecutivo, JuanManuel Moreno Maeso.

201009009/8909. – 142,50

Notificacion de embargo de bienes inmuebles a través de anuncio (TVA-502)

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 01, deBurgos.

En el expediente administrativo de apremio que se instruye enesta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor VillaverdeGarcía, Nicanor, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo últimodomicilio conocido fue en calle Alonso de Cartagena, 8, 3.º izda.,se procedió con fecha 28/10/2010, al embargo de bienes inmue-bles, de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presenteedicto.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa,podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincialde la Tesorería General de la Seguridad Social, en el plazo deun mes, contado a partir de su recepción por el interesado, con-forme a lo dispuesto en el artículo 34 del texto refundido de laLey General de la Seguridad Social aprobado por el RealDecreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29),significándose que el procedimiento de apremio no se suspen-derá sin la previa aportación de garantías para el pago de ladeuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposi-ción de dicho recurso de alzada sin que recaiga resoluciónexpresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dis-pone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudaciónde la Seguridad Social, en relación con el artículo 115.2 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. del día 27), de Régi-men Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a efectosde lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992.

* * *

Diligencia de embargo de bienes inmuebles (TVA-501)

Diligencia: En el expediente administrativo de apremio quese instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra eldeudor de referencia con DNI/NIF/CIF número 13081033J, por

deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo lasprovidencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyoimporte a continuación se indica:

Número de P. Apremio Periodo Régimen———————————————————————————————————

09 10 010161959 11 2009/11 2009 052109 10 010680608 12 2009/12 2009 052109 10 011029202 01 2010/01 2010 052109 10 011333740 02 2010/02 2010 0521

Importe deuda:Principal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 829,42 euros.Recargo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 165,89 euros.Intereses . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29,57 euros.Costas e intereses presupuestados . . . 90,00 euros.

—————————Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.114,88 euros.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme alo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recau-dación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto1415/2004 de 11 de junio (B.O.E. del día 25), declaro embargadoslos inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en larelación adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargoa las responsabilidades del deudor en el presente expediente, queal día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su casoal conyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipo-tecarios indicándoles que los bienes serán tasados con refe-rencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterioshabituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Eje-cutiva, por las personas o colaboradores que se indican en elcitado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible ventaen pública subasta de los mismos en caso de no atender al pagode su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de nomediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese con-forme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valora-ción contradictoria de los bienes que le han sido trabados enel plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la noti-ficación de la valoración inicial efectuada por los órganos derecaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entreambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferenciaentre ambas, consideradas por la suma de los valores asigna-dos a la totalidad de los bienes, no excediera del 20% de lamenor, se estimará como valor de los bienes el de la tasaciónmás alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecu-tiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mer-cantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, quedeberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quincedías desde su designación. Dicha valoración, que será la defi-nitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los lími-tes de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipode subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del men-cionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registrode la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotaciónpreventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería Gene-ral de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargasque figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuacio-nes pertinentes y la remisión, en su momento, de este expedientea la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite lostítulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en elplazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción dela presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, seránsuplidos tales títulos a su costa.

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Descripción de las fincas embargadas. –

Deudor: Villaverde García, Nicanor.

Finca número: 01.

Datos finca urbana. – Descripción finca: Vivienda en calleAlonso de Cartagena, número 8, 3.º izda., Burgos.

Tipo vía: Calle; Nombre vía: Alonso de Cartagena; Númerovía: 8; Piso: 3.º; Puerta: Izda.; Código postal: 09005; Código muni-cipal: 09061.

Datos registro. – Número registro: 1; Número tomo: 4.041;Número libro: 746; Número folio: 189; Número finca: 47.570.

Descripción ampliada. – Urbana: Vivienda en calle Alonsode Cartagena, número 8, planta 3, puerta izquierda, en Burgos.Con una superficie construida de 69,34 m.2. Cuota: 0,98%. Refe-rencia catastral: 2689109VM4828N0007RI.

Se notifica a la esposa Margarita Campomar Viadas.

En Burgos, a 28 de octubre de 2010. – El Jefe Ejecutivo, JuanManuel Moreno Maeso.

201009010/8910. – 132,00

CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL EBRO

Comisaría de Aguas

Ref.: 2007-P-131 IT/cb.

Por resolución de esta Confederación Hidrográfica del Ebrode fecha 17 de septiembre de 2010, se otorga a Promoneo, S.L.,la concesión de un aprovechamiento de aguas públicas a deri-var del río Nela, en Moneo - Medina de Pomar (Burgos), con uncaudal medio equivalente en el mes de máximo consumo (julio)de 6,944 l/s. y con destino a abastecimiento de urbanización yservicios anejos, y con sujeción a las condiciones que figuran enla resolución citada.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Zaragoza, a 17 de septiembre de 2010. – El Comisarioadjunto, P.A. el Jefe de Area, Antonio Coch Flotats.

201009015/8914. – 34,00

Ayuntamiento de Rabé de las Calzadas

El Ayuntamiento de Rabé de las Calzadas, en sesión plenariacelebrada el 15 de noviembre de 2010 aprobó inicialmente elpresupuesto general de la Entidad, formado para el ejercicio de2010 y sus bases de ejecución, así como la plantilla de perso-nal, de conformidad con los artículos 112.3 de la Ley 7/85, de2 de abril y 169 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Hacien-das Locales.

Se expone al público en la Secretaría Municipal, por plazode quince días hábiles, contados a partir del siguiente hábil ala inserción del anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia,durante los cuales los interesados señalados en el artículo 170del citado texto refundido podrán examinar el expediente y pre-sentar reclamaciones ante el Pleno.

El presupuesto se considerará definitivamente aprobado sial término del periodo de exposición pública no se hubieran pre-sentado reclamaciones. En otro caso, se requerirá acuerdoexpreso por el que se resuelvan las formuladas y se apruebe defi-nitivamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169.1del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el textorefundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

En Rabé de las Calzadas, a 15 de noviembre de 2010. – ElAlcalde, José Pampliega de la Torre.

201009197/9114. – 34,00

Informada por la Comisión Especial de Cuentas e Informa-tiva de Economía y Hacienda del Ayuntamiento de Rabé de lasCalzadas la cuenta general de este Ayuntamiento, correspon-diente al ejercicio de 2009, y de conformidad con lo establecidoen el artículo 212 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el quese aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de lasHaciendas Locales, se expone al público por plazo de quincedías, durante los cuales y ocho más, a partir del siguiente a lainserción de este edicto en el «Boletín Oficial» de la provincia,los interesados podrán presentar reclamaciones, reparos uobservaciones.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Rabé de las Calzadas, a 15 de noviembre de 2010. – ElAlcalde-Presidente, José Pampliega de la Torre.

201009198/9115. – 34,00

Ayuntamiento de Arandilla

Aprobación definitiva del expediente de modificaciónpresupuestaria n.º EMC/3-10/CE del ejercicio 2010

El expediente EMC/3-10/CE de modificación presupuesta-ria del Ayuntamiento de Arandilla para el ejercicio 2010 quedaaprobado definitivamente con fecha 4 de noviembre de 2010,en vista de lo cual, de conformidad con el artículo 169 del RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Hacien-das Locales, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20de abril, se procede a la publicación de dicha modificación delpresupuesto resumida por capítulos.

El presupuesto de gastos ha sido aumentado de la siguienteforma:

AUMENTOS DE GASTOS

Cap. Denominación Euros———————————————————————————————————————————6. Inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14.000,00

——————Total aumentos . . . . . . . . . . . . . . . . 14.000,00—————––—————————————————————

El anterior importe ha sido financiado tal y como se resumea continuación:

AUMENTOS DE INGRESOS

Cap. Denominación Euros———————————————————————————————————————————8. Activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14.000,00

——————Total aumentos . . . . . . . . . . . . . . . . 14.000,00—————––—————————————————————

Contra la aprobación definitiva de la modificación presu-puestaria podrá interponerse directamente recurso conten-cioso-administrativo en la forma y plazos que establecen lanormativa vigente, según lo dispuesto en el artículo 171 en rela-ción con los artículos 177 y 179 del Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundidode la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

En Arandilla, a 9 de noviembre de 2010. – El Alcalde, JavierMartínez Herrero.

201009040/8965. – 60,00

Ayuntamiento de Basconcillos del Tozo

Aprobación definitiva del presupuesto generalpara el ejercicio 2010

Aprobado definitivamente el presupuesto general del Ayun-tamiento de Basconcillos del Tozo para el ejercicio 2010, al nohaberse presentado reclamaciones en el periodo de exposiciónpública, y comprensivo aquel del presupuesto general de la Enti-dad, bases de ejecución y plantilla de personal, de conformidad

PAG. 10 B. O. DE BURGOS25 NOVIEMBRE 2010. — NUM. 225

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B. O. DE BURGOS PAG. 1125 NOVIEMBRE 2010. — NUM. 225

con el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 demarzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley regu-ladora de las Haciendas Locales, y artículo 20 del Real Decreto500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo porcapítulos.

ESTADO DE GASTOS

Cap. Denominación Euros———————————————————————————————————————————1. Gastos de personal . . . . . . . . . . . . . . . . . 69.217,46

2. Gastos en bienes corrientes y servicios . . 59.500,00

4. Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . 21.306,19

6. Inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . 164.537,48——————

Total presupuesto . . . . . . . . . . . . . . 314.561,13—————––—————————————————————

ESTADO DE INGRESOS

Cap. Denominación Euros———————————————————————————————————————————1. Impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70.515,54

2. Impuestos indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . 8.187,79

3. Tasas, precios públicos y otros ingresos . 27.550,00

4. Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . 48.828,00

5. Ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . 6.644,40

7. Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . 152.835,40——————

Total presupuesto . . . . . . . . . . . . . . 314.561,13——————––————————————————————

Plantilla de personal del Ayuntamiento de Basconcillos delTozo:

A) Funcionario de carrera, número de plazas: 1. Secretaría-Intervención, Grupo A-1 (interino).

B) Personal laboral eventual, número de plazas: 2.

– Personal técnico: 1.

– Personal de limpieza: 1.

Contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá inter-ponerse directamente recurso contencioso-administrativo en laforma y plazos que establecen la normativa vigente, según lo dis-puesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Leyreguladora de las Haciendas Locales.

En Basconcillos del Tozo, a 20 de octubre de 2010. – ElAlcalde, José María Ruiz Villalobos.

201009054/8967. – 34,00

ANUNCIOS URGENTESAYUNTAMIENTO DE BURGOS

Area de Seguridad Pública y Emergencias

Resoluciones en expedientes en materia de tráfico a propietarios con domicilio desconocido

o que hayan rehusado la notificación

De conformidad con lo dispuesto en los arts. 59.4 y 61 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común(B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública noti-ficación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancio-nadores que se indican, dictadas por la autoridad competente alas personas o entidades denunciadas que a continuación se rela-cionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domi-cilio conocido, esta no se ha podido practicar.

Contra estas resoluciones, que ponen fin a la vía adminis-trativa, puede interponerse en el plazo de un mes contado a par-

tir del día siguiente a esta publicación, recurso de reposición anteel mismo órgano que lo dictó.

Las resoluciones dictadas son ejecutivas desde el momentode esta publicación y las multas deberán abonarse en periodovoluntario dentro de los quince días siguientes con la advertenciade que, de no hacerlo, se procederá a su exacción por vía eje-cutiva, incrementado con el recargo del 20% de su importe y porapremio.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad Admi-nistrativa de la Policía Local.

Fecha ImporteExp./año Apellidos y nombre D.N.I. denuncia (euros)

——————————————————————————————————————————————————————031451/2010 ALBA SANTAMARIA, ROBERTO CARLOS 013162932-D 19/06/2010 200,00032866/2010 ALONSO ZAMORANO, RUBEN 071273009-B 03/06/2010 300,00033060/2010 ALVAREZ DIAZ, MANUEL 050206248-P 10/06/2010 300,00032689/2010 ARRANZ PABLOS DE, PEDRO LUIS 050161774-Q 28/05/2010 300,00032785/2010 BOLAÑOS RODRIGUEZ, JUAN FELIX 009276311-C 31/05/2010 300,00034074/2010 CABRAL AGUILAR, EUFEMIO RAUL 071307500-W 09/07/2010 200,00030980/2010 CARRANZA BEREZO, JOSE IGNACIO 013141719-W 12/07/2010 500,00032692/2010 CARRASCO GARCIA, MARIA DEL CARMEN 013120116-L 28/05/2010 300,00036015/2010 CASAS SAINZ, RUBEN 071263699-Q 15/07/2010 48,00032881/2010 CRESPO DELGADO, CRISTINA 013167131-E 03/06/2010 300,00032753/2010 CUEVAS VERDEJO, SAUL 071265158-A 30/05/2010 300,00030037/2010 DA SILVA OLIVEIRA, JOAQUIN X8610980- 25/06/2010 500,00030833/2010 EGIDO GUZON, DAVID 071276262-K 26/05/2010 200,00031439/2010 GOMEZ BEREZO, RAUL 071274583-K 29/05/2010 200,00032887/2010 GONZALEZ PINO, RICHARD 071293172-A 03/06/2010 300,00032735/2010 IOSIP, DANUT IOAN X5672352-T 29/05/2010 300,00032677/2010 LANDIVAR CASTILLO, MARIA VICTORIA 016019717-X 28/05/2010 300,00032874/2010 MARQUEZ GALLEGO, PILAR BEGOÑA 013076736-V 03/06/2010 400,00032620/2010 MARTINEZ TERAN, JAIRO 071289074-E 26/05/2010 400,00032840/2010 MARTINEZ TERAN, JAIRO 071289074-E 02/06/2010 300,00032769/2010 MONTERO MORA, JUANA 071293740-L 31/05/2010 300,00029393/2010 MONTIEL FERNANDEZ, CARMELO 012710284-R 28/06/2010 500,00032774/2010 MORENO PEREZ, SONIA 013147825-J 31/05/2010 300,00030920/2010 OLEA FERNANDEZ, SERGIO 071290702-V 28/05/2010 200,00034131/2010 PRIETO REDONDO, RICARDO 071264405-D 19/07/2010 200,00032579/2010 RENES GONZALEZ, VICENTE 013160361-Z 25/05/2010 300,00033504/2010 RIO DEL GARCIA, LUIS 071264646-C 06/07/2010 150,00032583/2010 ROJO HURTADO, RUBEN 013166298-V 25/05/2010 500,00032666/2010 SANTAMARIA GONZALEZ, SILVIA 071279646-R 27/05/2010 300,00032586/2010 SANTAMARIA PALACIOS, MANUEL 013079777-E 25/05/2010 400,00032880/2010 SANTAMARIA PALACIOS, MANUEL 013079777-E 03/06/2010 400,00031427/2010 SANTAMARIA SANTAMARIA, ANA BELEN 071283423-Y 18/06/2010 200,00032605/2010 VAZ, CECILIO X6271813-N 25/05/2010 300,00028530/2010 VLAD, VALENTIN X8318823-E 13/06/2010 500,00

Burgos, a 16 de noviembre de 2010. – La Concejal Delegadade Seguridad Ciudadana, Gema Conde Martínez.

201009253/9161. – 147,00

Resoluciones en expedientes en materia de tráfico a propietarios con domicilio desconocido

o que hayan rehusado la notificación

De conformidad con lo dispuesto en los arts. 59.4 y 61 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común(B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública noti-ficación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancio-nadores que se indican, dictadas por la autoridad competente alas personas o entidades denunciadas que a continuación se rela-cionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domi-cilio conocido, esta no se ha podido practicar.

Contra estas resoluciones, que ponen fin a la vía adminis-trativa, puede interponerse en el plazo de un mes contado a par-tir del día siguiente a esta publicación, recurso de reposición anteel mismo órgano que lo dictó.

Las resoluciones dictadas son ejecutivas desde el momentode esta publicación y las multas deberán abonarse en periodovoluntario dentro de los quince días siguientes con la advertenciade que, de no hacerlo, se procederá a su exacción por vía eje-

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cutiva, incrementado con el recargo del 20% de su importe y porapremio.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad Admi-nistrativa de la Policía Local.

Fecha ImporteExp./año Apellidos y nombre D.N.I. denuncia (euros)

——————————————————————————————————————————————————————012237/2010 ALFA NORAY MEDITERRANEO, S.L. B5346825-2 31/05/2010 600,00012302/2010 ALFA NORAY MEDITERRANEO, S.L. B5346825-2 31/05/2010 600,00011080/2010 ALFA NORAY MEDITERRANEO, S.L. B5346825-2 31/05/2010 600,00012538/2010 ALFA NORAY MEDITERRANEO, S.L. B5346825-2 31/05/2010 600,00013534/2010 ALFA NORAY MEDITERRANEO, S.L. B5346825-2 21/06/2010 600,00014856/2010 ALFA NORAY MEDITERRANEO, S.L. B5346825-2 05/07/2010 600,00017813/2010 INSTALACIONES LURKO, S.L. B4853764-1 28/06/2010 600,00017779/2010 RENT MOVIL SUR, S.L. B8135943-2 28/06/2010 600,00

Burgos, a 16 de noviembre de 2010. – La Concejal Delegadade Seguridad Ciudadana, Gema Conde Martínez.

201009254/9162. – 68,00

Edicto de notificación de iniciación de expediente sancionador por infracción de las normas de tráfico urbano

Intentada sin efecto la notificación personal a cada uno delos interesados en el domicilio o lugar adecuado a tal fin, de con-formidad con los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/92, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presenteedicto se notifica el acuerdo de iniciación de los expedientes san-cionadores que se indican, instruidos por la Sección Adminis-trativa (Negociado de Sanciones) del Area de Seguridad Públicay Emergencias de este Ayuntamiento, a las personas o entida-des denunciadas que a continuación se relacionan.

Los correspondientes expedientes se encuentran en la Secciónreferida, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito loque en su defensa estimen conveniente, con aportación o propo-sición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazode veinte días naturales, contados desde el siguiente a la publica-ción del presente edicto en el «Boletín Oficial» de la provincia deBurgos.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del dere-cho para formular alegaciones y/o aportar o proponer pruebas,se dictarán las oportunas resoluciones.

Fecha ImporteExp./año Apellidos y nombre D.N.I. denuncia (euros)

——————————————————————————————————————————————————————036729/2010 A. LITMA, S.L. B2421280-5 27/05/2010 200,00046964/2010 ACINAS HUERTA, JOSE 071290722-Z 01/10/2010 200,00044321/2010 ADMINISTRATEL, S.L. B8283914-3 07/09/2010 48,00041454/2010 AGUSTIN ALONSO, JOSE MIGUEL 009265565-S 29/06/2010 300,00047638/2010 AIT KHOUYA, ABDERRAHIM X2704115-M 21/09/2010 60,00047220/2010 ALFAYATE GARCIA, JOSE MARCOS 013138497-T 15/09/2010 60,00041332/2010 ALONSO MARTIN, CARLOS 013143931-Y 29/06/2010 300,00042870/2010 ALONSO MIGUEL DE, MARIANO 072859849-N 01/10/2010 200,00041023/2010 ALONSO PASCUAL, LORENZO 013105399-E 26/06/2010 300,00037611/2010 ALVAREZ JIMENEZ, LUIS 050747032-Q 19/07/2010 200,00037236/2010 ALVAREZ VEGA, GRACIELA ESPERANZA 071278929-C 14/06/2010 200,00037573/2010 ALZAGA MENDOZA, ROBERTO 013124995-E 06/07/2010 200,00046597/2010 ANDRES IZQUIERDO, JULIO 013096237-Z 09/10/2010 200,00031172/2010 APARICIO MUÑOZ, ANDREA 072889657-N 30/06/2010 200,00047914/2010 ARAQUE PEÑA DE LA, PABLO JOSE 013154496-Z 21/09/2010 48,00037790/2010 ARCE LOPEZ, MATIAS 013113611-T 02/08/2010 60,00038473/2010 ARMACENTRO, S.L. B7936993-0 10/08/2010 60,00047340/2010 ARNAIZ GUTIERREZ, GUILLERMO 013171341-T 17/09/2010 60,00035701/2010 ARNAIZ VELASCO, OLGA 013135718-G 13/07/2010 60,00043078/2010 ARNAIZ ZAMANILLO, YOLANDA 013114901-W 25/08/2010 60,00034336/2010 ARRANZ ALEGRIA, JUAN JOSE 014252030-B 14/06/2010 48,00035042/2010 ARRANZ MONJE, JESUS 013144798-E 22/06/2010 60,00035751/2010 AZNAR MARIN, JUAN JOSE 017186555-N 13/07/2010 48,00036055/2010 AZOFRA VARONA, IVAN 013158726-N 15/07/2010 60,00035594/2010 BALBAS CALVO, JESUS ALBERTO 013162677-F 13/07/2010 60,00038021/2010 BALBAS CALVO, JESUS ALBERTO 013162677-F 06/08/2010 60,00040948/2010 BALLORCA ANGULO, GUADALUPE 013087445-P 26/06/2010 300,00041268/2010 BARBERO DIEZ, JUAN SIMON 013143073-E 28/06/2010 300,00031392/2010 BARROSO MUÑOZ, ANGELA 011930376-T 08/06/2010 200,00

Fecha ImporteExp./año Apellidos y nombre D.N.I. denuncia (euros)

——————————————————————————————————————————————————————040995/2010 BARRUETA URETA, JUAN JOSE 014525700-G 26/06/2010 400,00037894/2010 BELLO ANDRES, MANUEL 071252480-K 02/08/2010 60,00037922/2010 BELLO ANDRES, MANUEL 071252480-K 02/08/2010 60,00038540/2010 BENITO ALONSO, VITORES 013058030-X 26/07/2010 200,00037689/2010 BENITO ORTEGA, FERNANDO 013065089-P 22/07/2010 200,00037059/2010 BENITO ROJO, VIRGINIA 071106874-M 01/06/2010 200,00041943/2010 BERMEJO VIÑE, ELIECER 013076802-Z 23/08/2010 300,00036325/2010 BLANCO LOPEZ, SEGUNDO 013068844-Z 19/07/2010 60,00035760/2010 BONAL FERNANDEZ, BEATRIZ 013158316-Q 13/07/2010 48,00037178/2010 BRAVO MANERO, ADORACION 013085377-X 26/06/2010 60,00047886/2010 BRENLLA CERNADA, ESPERANZA 013134514-L 21/09/2010 60,00047489/2010 BUSTAMANTE RUIZ, CARLOS 072124905-X 17/09/2010 60,00037636/2010 BUSTILLO GONZALEZ, HILARIO 013048848-M 15/07/2010 200,00037504/2010 BUSTO REBE, JOSE MARIA 013126439-V 01/07/2010 200,00034868/2010 CAMARERO PERAITA, RODOLFO 013151745-T 22/06/2010 48,00033425/2010 CANTON SERNA DE LA, JOSE JAVIER 013132914-Y 25/06/2010 200,00047773/2010 CANTON SERNA DE LA, JOSE JAVIER 013132914-Y 21/09/2010 60,00047308/2010 CANTON SERNA DE LA, JOSE JAVIER 013132914-Y 15/09/2010 60,00047584/2010 CANTON SERNA DE LA, JOSE JAVIER 013132914-Y 17/09/2010 60,00038293/2010 CANTON SERNA DE LA, JOSE JAVIER 013132914-Y 10/08/2010 48,00046995/2010 CARCEDO OLMO DEL, ALFONSO 071265442-B 16/09/2010 200,00043965/2010 CARPINTERO LIAÑO, MARIA EUGENIA 013765682-K 03/09/2010 60,00044663/2010 CARRANZA CAMPOMAR, PEDRO 012987198-H 09/09/2010 400,00037742/2010 CARREÑO OJEDA, JESUS MIGUEL 071279584-P 02/08/2010 48,00037474/2010 CARRILLO CARRANZA, CARLOS 071938268-H 04/06/2010 200,00046728/2010 CASTRO DE GARCIA, FELIX 051050517-Q 09/09/2010 200,00047127/2010 CAUCE SERVIC. JURIDICOS Y GESTION, S.L. B0935704-7 15/09/2010 60,00034528/2010 CECOGA SERVIC. AGROALIMENTARIOS, S.L. B0905750-6 16/06/2010 48,00047484/2010 COLINA ARREBA, ELSA 013122759-V 17/09/2010 48,00035654/2010 COMVUR AUTO INDUSTRIA, S.L. B4744947-5 13/07/2010 60,00047342/2010 COPIADORAS DE BURGOS, S.L. B0905165-7 17/09/2010 60,00047720/2010 COPIADORAS DE BURGOS, S.L. B0905165-7 21/09/2010 60,00047456/2010 COPIADORAS DE BURGOS, S.L. B0905165-7 17/09/2010 60,00041161/2010 CUBILLO LOPEZ, JESUS DANIEL 013071603-J 28/06/2010 300,00037983/2010 CUESTA BAYONA, JOSE LUIS 013070050-R 04/06/2010 200,00035771/2010 CUESTA INFANTE, LUIS 071290521-C 13/07/2010 60,00038479/2010 DA ROCHA SOARES, MARIA DE LURDES X8695749-R 10/08/2010 60,00033786/2010 DIEGO GARCIA, FRANCISCO JAVIER 013135677-D 02/07/2010 200,00035982/2010 DIEZ DE BALDEON GONZALEZ, JOSE LUIS 013161478-G 15/07/2010 48,00041122/2010 DIEZ MARIN, FIDEL 012221941-V 27/06/2010 400,00041422/2010 DIEZ MIGUEL, VALENTIN 012913833-T 29/06/2010 400,00044318/2010 DIEZ RODRIGUEZ, ALBERTO 032664163-T 07/09/2010 48,00047603/2010 DIEZ RODRIGUEZ, ALBERTO 032664163-T 17/09/2010 60,00047697/2010 DIEZ RODRIGUEZ, ALBERTO 032664163-T 21/09/2010 48,00033446/2010 DIOS CONDE, AURELIO DE 013894584-P 23/06/2010 200,00041372/2010 DUARTE MILLAN, FRANCISCO 032002924-B 29/06/2010 300,00033819/2010 EGUREN ALBISTEGUI, JAVIER 015338556-V 07/06/2010 200,00037495/2010 ELECNOR, S.A. A4802705-6 09/07/2010 200,00037701/2010 ELECNOR, S.A. A4802705-6 02/06/2010 200,00038554/2010 ENSITEL SEGURIDAD, S.L. B9516454-7 21/07/2010 200,00043234/2010 EST. CONTROL DE CALIDAD Y PROYEC., S.L. B7919383-5 17/09/2010 200,00043856/2010 EUROPLOM, S.L. B2117297-8 20/08/2010 60,00037979/2010 FAJARDO MINGUEZ, SONIA MARIA 013143079-M 02/08/2010 48,00035662/2010 FEITO RODRIGUEZ, ROSA 013103435-J 13/07/2010 60,00047936/2010 FERENC ATTILA, SIMON X8433234-P 02/10/2010 200,00047411/2010 FERNANDEZ ARROYO, MARIA ADORACION 013058114-W 17/09/2010 60,00041142/2010 GALLEGO CORNIERO, JUAN CARLOS 012738253-W 28/06/2010 300,00035936/2010 GAMAZO MENENDEZ, ALBERTO 013159661-G 15/07/2010 60,00036583/2010 GAMAZO MENENDEZ, ALBERTO 013159661-G 23/07/2010 60,00046712/2010 GARCAO PIRES, JOAO MARIA X3320173-P 07/09/2010 200,00035670/2010 GARCIA GONZALEZ, PEDRO 035545289-P 13/07/2010 48,00036143/2010 GARCIA HERNANDEZ, JORGE 012398840-T 19/07/2010 60,00040455/2010 GARCIA HIDALGO, MIGUEL ANGEL 013137093-E 30/07/2010 60,00044353/2010 GARCIA MIGUEL, MARIA BELEN 013130137-N 07/09/2010 60,00041207/2010 GARCIA MIÑON, ANGEL 013038753-F 28/06/2010 300,00043789/2010 GARCIA ORTEGA, PEDRO 013144156-R 20/08/2010 48,00047675/2010 GARCIA SALDAÑA, LUIS MIGUEL 012728042-A 21/09/2010 48,00043382/2010 GE CAPITAL LARGO PLAZO, S.L. B7863355-9 14/10/2010 200,00042921/2010 GOMEZ ALEGRE, MANUEL 077588604-J 21/07/2010 200,00040801/2010 GONZALEZ CANTERO, ISABEL 013080441-L 24/06/2010 400,00036285/2010 GONZALEZ FRANCES, JORGE 071289647-C 19/07/2010 60,00034679/2010 GONZALEZ GARCIA, JOSE GABRIEL 013060660-H 16/06/2010 60,00043660/2010 GONZALEZ GONZALEZ, AURELIO 013129740-Y 20/08/2010 60,00040510/2010 GONZALEZ GRACIA, MIGUEL ANGEL 013076783-H 06/08/2010 60,00036133/2010 GONZALEZ MONZON, FRANCISCO JAVIER 013147518-M 19/07/2010 48,00041158/2010 GONZALEZ PERAITA, CASILDA 013126633-G 28/06/2010 300,00041127/2010 GONZALEZ PEREZ, JOSE FELIX 013072886-P 27/06/2010 400,00

PAG. 12 B. O. DE BURGOS25 NOVIEMBRE 2010. — NUM. 225

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B. O. DE BURGOS PAG. 1325 NOVIEMBRE 2010. — NUM. 225

Fecha ImporteExp./año Apellidos y nombre D.N.I. denuncia (euros)

——————————————————————————————————————————————————————038460/2010 GONZALEZ RUIZ, FELIX LUIS 013105711-N 10/08/2010 60,00044682/2010 GONZALEZ TOBIO, MARIA ESTHER 033148995-S 09/09/2010 300,00044170/2010 GORANOVA, DESISLAVA X8373976-K 03/09/2010 60,00044012/2010 GORANOVA, DESISLAVA X8373976-K 03/09/2010 60,00037404/2010 GRUPO ALIMENTARIO BURGALES, S.L. B0935718-7 14/06/2010 200,00037324/2010 GRUPO EL ARBOL DISTRIB. SUPERMERC., S.A. A8022325-8 18/06/2010 60,00035690/2010 GUTIERREZ BLANCO, MARIA AMPARO 013140825-M 13/07/2010 60,00047324/2010 HALAM BURGOS, S.L. B0942566-1 15/09/2010 60,00044597/2010 HELLIN VELASCO, MICAEL 012185225-D 08/09/2010 300,00047832/2010 HERNANDEZ MORENO, MARIA ISABEL 002202741-P 21/09/2010 60,00042067/2010 HERRERA MARISCAL, ALVARO 071268442-K 03/09/2010 400,00043840/2010 HERREROS BARRIOS, LETICIA 071283089-V 20/08/2010 60,00037890/2010 HUIDOBRO HIDALGO, RODRIGO 013131809-M 02/08/2010 60,00038171/2010 HUIDOBRO HIDALGO, RODRIGO 013131809-M 06/08/2010 48,00043186/2010 IBAÑEZ GONZALEZ, RAMON 030582761-Y 02/09/2010 200,00042848/2010 IBAÑEZ MARTINEZ, ALBERTO 030614421-H 23/09/2010 60,00033873/2010 IGLESIAS SUBIRA, ANTONIO 013133792-X 10/07/2010 200,00036793/2010 IGNAT, AURELIAN X7931762-M 28/05/2010 200,00037201/2010 INNOVIA INTEGRAL, S.A.U. A8470734-8 30/06/2010 60,00038416/2010 INTERBON, S.A. A7867148-4 10/08/2010 60,00043077/2010 IVANOV SALI, MIROSLAV X8321877-V 19/08/2010 200,00043266/2010 IVAYLOV NIKOLOV, YULIYAN X5871628-G 26/07/2010 200,00035979/2010 IZQUIERDO HERNANDO, JOSE ANTONIO 013145468-W 15/07/2010 60,00047094/2010 JIMENEZ IGLESIAS, LUCILA 039852113-J 15/09/2010 48,00047426/2010 JIMENEZ IGLESIAS, LUCILA 039852113-J 17/09/2010 60,00047067/2010 JORGE LOZANO, ALBERTO 013130440-Q 08/10/2010 60,00047182/2010 JUEZ BUENO, MARIA JOSEFA 013102037-H 15/09/2010 60,00047387/2010 JUEZ BUENO, MARIA JOSEFA 013102037-H 17/09/2010 60,00038217/2010 JUEZ NOGUERO, JUAN CARLOS 013112511-G 06/08/2010 60,00044058/2010 JULGREPA AUTOS 2008, S.L. B8527525-3 03/09/2010 48,00047741/2010 LO, OUSMANE X2865765-B 21/09/2010 60,00037188/2010 LOGISTICA VANTRANS, S.L. B0936743-4 26/06/2010 200,00047583/2010 LOMAS VARGAS, RUBEN 013168642-S 17/09/2010 60,00035876/2010 LOPEZ GARCIA, HELIODORO 013100011-Q 15/07/2010 60,00044745/2010 LOPEZ GARCIA, IGNACIO 013134561-C 09/09/2010 300,00037747/2010 LOZANO GONZALEZ, MARIA SOLEDAD 013088950-H 02/08/2010 60,00044624/2010 LUPU, VICTOR CRISTIAN X7488830-F 08/09/2010 400,00046775/2010 MALDONADO GOMEZ, CRISTIAN 053056780-N 22/09/2010 200,00043498/2010 MANZANO GRANADOS, MARIA YOLANDA 051921983-N 24/08/2010 200,00037399/2010 MARCOS FERNANDEZ, PATRICIA 013154751-Q 18/06/2010 200,00041436/2010 MARIN ALONSO, ROCIO 013166227-S 29/06/2010 300,00047852/2010 MARIÑO GONZALEZ, JOSE ENRIQUE 050460963-K 21/09/2010 48,00034404/2010 MARTIN BERNAL, JOSE LUIS 013132863-R 14/06/2010 60,00047660/2010 MARTIN CAMPOS, JESUS 013152010-N 21/09/2010 60,00037989/2010 MARTIN GONZALEZ, ALVARO 013161855-J 06/08/2010 60,00042572/2010 MARTIN NAVARRO, MARIA NIEVES 025163148-K 13/08/2010 200,00043935/2010 MARTIN OBREGON, ALBERTO 071280342-F 20/08/2010 60,00044190/2010 MARTIN OBREGON, ALBERTO 071280342-F 07/09/2010 48,00035716/2010 MARTIN PARA, ISMAEL 050839885-H 13/07/2010 48,00046965/2010 MARTINEZ BENITEZ, JOSE ANTONIO 039657011-C 20/09/2010 200,00038183/2010 MARTINEZ LAREDO, JOSE LEANDRO 013152663-K 06/08/2010 48,00046725/2010 MARTINEZ MARTINEZ, RAMON 011647516-V 09/09/2010 200,00043083/2010 MARTINEZ MECERREYES, JAVIER 013144290-C 16/08/2010 200,00040826/2010 MARTINEZ ZORRILLA, ANTONIO 013226188-S 25/06/2010 300,00037290/2010 MARZOCCHINI, CARLOS X4660943-Q 21/06/2010 200,00035779/2010 MATA DE LA GUERRERO, DANIEL 013148458-W 13/07/2010 48,00038231/2010 MATA DE LA GUERRERO, DANIEL 013148458-W 06/08/2010 48,00046999/2010 MATE CURIEL, JAVIER 071104560-Z 18/09/2010 200,00047787/2010 MATE CURIEL, JAVIER 071104560-Z 21/09/2010 48,00046412/2010 MATE CURIEL, JAVIER 071104560-Z 04/10/2010 200,00036385/2010 MATE IGLESIA, LORENZO 071264600-C 23/07/2010 60,00044134/2010 MEDIAVILLA ELVIRA, SOFIA 013136230-X 03/09/2010 60,00044689/2010 MELGOSA SEDANO, MARIA DEL ROCIO 013131788-F 09/09/2010 300,00047635/2010 MELINTE AURAS, CATALIN X6796087-R 21/09/2010 48,00043988/2010 MELINTE, IOAN X7433616-Q 03/09/2010 60,00044638/2010 MELON SALAS, RUBEN 071264727-D 08/09/2010 300,00036229/2010 MENENDEZ CALVO, JAIRO 013160947-W 19/07/2010 48,00035671/2010 MENOR 2003, S.L. B0926964-8 13/07/2010 60,00043538/2010 MERINO ROJO, FELIPE 012725186-E 16/08/2010 200,00036594/2010 MERINO RUBIO, JOSE RAMON 013131928-D 23/07/2010 60,00047804/2010 MIU, VALENTIN X7639551-D 21/09/2010 60,00030662/2010 MOCANU, STEFAN X3003854-P 17/06/2010 60,00031332/2010 MOCANU, STEFAN X3003854-P 11/06/2010 200,00047708/2010 MONJE LARA DE, JOAQUIN 000354134-A 21/09/2010 48,00043179/2010 MONTES LARREATEGUI, OLGA 013145397-T 06/09/2010 200,00043879/2010 MORAL DEL LOPEZ, VICTOR MANUEL 013146212-X 20/08/2010 60,00044250/2010 MORAL DEL LOPEZ, VICTOR MANUEL 013146212-X 07/09/2010 60,00

Fecha ImporteExp./año Apellidos y nombre D.N.I. denuncia (euros)

——————————————————————————————————————————————————————036384/2010 MORENO MARTINEZ, BERNARDO 074513968-V 23/07/2010 60,00038495/2010 MOYA DAZA, JOSE FRANCISCO 071915872-R 03/09/2010 200,00041263/2010 MOZOS DE LOS PLAZA, JOSE ANTONIO 071251590-M 28/06/2010 300,00037826/2010 OBRAS, CAMINOS Y ASFALTOS, S.A. A3221237-5 02/08/2010 60,00044417/2010 OLAYA URBINA, ALEXANDER 071704727-L 07/09/2010 48,00047825/2010 OLIVAN GONZALEZ RUEDA, FERMIN IGNAC. 013026085-N 21/09/2010 60,00041184/2010 OLMO MARTINEZ, FRANCISCO JAVIER DEL 013087822-V 28/06/2010 300,00046752/2010 OPREA, ANGHEL X9572397-G 13/09/2010 200,00038361/2010 OROMENDIA FUENTE DE LA, ENRIQUE 050871603-L 10/08/2010 60,00033742/2010 ORTEGA MONJA, CESAR 013158530-T 27/06/2010 200,00033481/2010 ORTEGA PAREDES, VICENTE 013103045-Z 23/06/2010 200,00041046/2010 ORTEGA PEREDA, GABRIEL 013088696-V 27/06/2010 300,00043713/2010 ORTEGO FERNANDEZ RETANA, JON ANDONI 014249790-W 20/08/2010 60,00046644/2010 ORTIZ CABO DE, INOCENCIO 048955743-J 01/09/2010 200,00043917/2010 ORTIZ GARCIA, AGUSTIN 071258719-G 20/08/2010 48,00043555/2010 ORTIZ MELCHOR, MARIA DEL CARMEN 013296762-W 17/09/2010 200,00047175/2010 OVERLEASE, S.A. A7897457-3 15/09/2010 60,00047412/2010 OVERLEASE, S.A. A7897457-3 17/09/2010 60,00041017/2010 PASCUAL NUÑEZ, JOSE ANTONIO 016211084-V 26/06/2010 300,00037197/2010 PASTOR SORIA, DAVID 072884657-A 24/06/2010 200,00037192/2010 PASTOR TOMAS, VICTOR MANUEL 025170615-J 24/06/2010 200,00047321/2010 PENHA SOARES, LUIZ X4175048-L 15/09/2010 48,00036136/2010 PEREZ MARTINEZ, MARIA ANGELES 013745947-C 19/07/2010 60,00038660/2010 PETROVA MARINA, NEVENA X4080293-R 24/08/2010 200,00047754/2010 PEÑA LARRAZABAL, MARIA ISABEL MARTA 014934796-E 21/09/2010 48,00041179/2010 PEÑA RODRIGUEZ, EMILIO JOSE 071220281-E 28/06/2010 300,00034584/2010 PINEDO PINEDO, MARIA JESUS 013051487-E 16/06/2010 48,00037115/2010 PIÑERO CAMIN, LUIS MARIO 012412098-X 30/06/2010 200,00040936/2010 PONS ARCE, DAVID 071274441-V 26/06/2010 300,00044719/2010 POPA, CLAUDIU X3773575-B 09/09/2010 300,00047177/2010 PRADO DE MALDONADO, SARA 071938761-M 15/09/2010 60,00037204/2010 PRADO SERNA, FRANCISCO 013061595-X 23/06/2010 200,00038417/2010 PUERTAS DIMARA, S.A. A4554291-7 10/08/2010 60,00041241/2010 QUINTANO CAMARA DE LA, AMANDO ERN. 013119375-Z 28/06/2010 400,00041177/2010 RAMON LOPEZ, MIGUEL ANGEL 001098253-A 28/06/2010 400,00033818/2010 RAMON SARMIENTO, JIMMY FERNANDO X4929590-T 06/07/2010 200,00047888/2010 RAMOS GONZALEZ, ALFONSO 033359116-P 21/09/2010 48,00044290/2010 RASPIEL, S.L. B7813759-3 07/09/2010 60,00035733/2010 RECALDE RIVAS, MARIA 016287256-J 13/07/2010 60,00036074/2010 RECALDE RIVAS, MARIA 016287256-J 15/07/2010 60,00036494/2010 REDONDO LOPEZ, JESUS MARIA 013160670-R 23/07/2010 60,00033702/2010 REGUERO PEREZ, YOLANDA 015981171-N 12/07/2010 200,00036464/2010 RILOVA PEREZ, JOSE IGNACIO 013136702-E 23/07/2010 60,00038190/2010 RILOVA PEREZ, JOSE IGNACIO 013136702-E 06/08/2010 60,00034551/2010 RODRIGO GONZALEZ, ALBERTO 013163375-S 16/06/2010 48,00034917/2010 RODRIGO GONZALEZ, ALBERTO 013163375-S 22/06/2010 48,00046805/2010 RODRIGUEZ ALONSO, DONATO 013108078-X 13/06/2010 200,00037490/2010 RODRIGUEZ GIL, JOSE ANTONIO 013035648-F 09/07/2010 200,00034632/2010 RODRIGUEZ PEREZ, ANTONIO 013054561-Z 16/06/2010 48,00034570/2010 RUIZ BOLADO, FERNANDO 013170783-V 16/06/2010 60,00040987/2010 RUIZ MILLAN, JUAN DE LA CRUZ 013126530-Q 26/06/2010 300,00037916/2010 SAGREDO NEBREDA, DAVID 013166922-C 02/08/2010 60,00034633/2010 SAIZ ALVARADO, JOSE MANUEL 013119117-D 16/06/2010 48,00047805/2010 SAIZ CALVO, MARTA 071264888-D 21/09/2010 60,00040960/2010 SAIZ CARASA, FRANCISCO JAVIER 013123630-Z 26/06/2010 300,00040972/2010 SAIZ CARASA, FRANCISCO JAVIER 013123630-Z 26/06/2010 300,00041295/2010 SALVADOR RODA, SALVADOR 013107395-V 28/06/2010 300,00047114/2010 SAN MARTIN GUTIERREZ, RAFAEL JESUS 071288182-G 15/09/2010 60,00044301/2010 SANCHEZ CASTELLANO, AMADEO 072968586-M 07/09/2010 60,00040392/2010 SANCHO IZQUIERDO, JOSE 003051243-V 04/08/2010 60,00041989/2010 SANCHO MARTINEZ, HILARIO 013126968-V 27/08/2010 300,00037477/2010 SANCHO PEREZ, IGNACIO 013143380-F 16/06/2010 200,00037237/2010 SANDOVAL SANTOS, JESUS 009733206-C 14/06/2010 200,00044109/2010 SANTAMARIA DIEZ, NATALIA 013149941-J 03/09/2010 48,00044325/2010 SANTAMARIA DIEZ, NATALIA 013149941-J 07/09/2010 48,00043794/2010 SANTAMARIA MARTINEZ, ELADIO 013119491-S 20/08/2010 48,00044112/2010 SANTAMARIA MARTINEZ, ELADIO 013119491-S 03/09/2010 60,00040461/2010 SANTAMARIA QUINTANILLA, MARIO 071279598-E 05/08/2010 200,00038577/2010 SANTAMARIA URRIZA, JOSE RAMON 013131128-Z 04/08/2010 200,00040287/2010 SANZ IBAÑEZ, IGNACIO 013131002-A 01/07/2010 60,00038118/2010 SARDIÑAS ORTEGA, LUIS 013130360-M 06/08/2010 60,00041490/2010 SEDANO OLMO DEL, IVAN 013155597-B 16/07/2010 300,00044151/2010 SILVAN MON, NOELIA 053135822-A 03/09/2010 48,00047183/2010 SINERSE, S.L. B0941751-0 15/09/2010 48,00035828/2010 TEBYCON, S.A. A0902682-4 15/07/2010 60,00035857/2010 TEBYCON, S.A. A0902682-4 15/07/2010 60,00035669/2010 TEBYCON, S.A. A0902682-4 13/07/2010 48,00

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Fecha ImporteExp./año Apellidos y nombre D.N.I. denuncia (euros)

——————————————————————————————————————————————————————037101/2010 TECNOLOGIA SERV. AGRARIOS AREAS VERDES B0943346-7 15/06/2010 200,00037574/2010 TECOZAM ESTR. Y DRENAJES, S.L. B8321466-8 06/07/2010 200,00037151/2010 TINCA, MARIN 003127476-M 22/06/2010 60,00040762/2010 TORRE MIRONES, JOSE MARIO 013909874-A 23/06/2010 300,00044618/2010 TURZO LOPEZ, NAGORE 071286376-S 08/09/2010 300,00030621/2010 URIZARNA HOYO DEL, MIGUEL ANGEL 013130343-B 09/06/2010 60,00038090/2010 UTE VILLAZOPEQUE U3240182-0 06/08/2010 48,00041060/2010 VAZQUEZ ALONSO, RAQUEL 013119445-S 27/06/2010 300,00034855/2010 VELASCO VARONA, GUILLERMO 013151592-P 22/06/2010 48,00046668/2010 VELEZ COLLANTES, SIMON DAVID X5769470-N 03/09/2010 200,00033351/2010 YUSTA SAINZ, JESUS 013064131-Q 30/06/2010 200,00042949/2010 ZAPATA MASMITJA, JOSE MARIA 037329716-A 26/08/2010 60,00

Burgos, a 16 de noviembre de 2010. – La Concejal Delegadade Seguridad Ciudadana, Gema Conde Martínez.

201009255/9163. – 876,00

Edicto de notificación de requerimiento de identificación de infractor

Intentada sin efecto la notificación personal a cada uno delos interesados en el domicilio o lugar adecuado a tal fin, de con-formidad con los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/92, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presenteedicto se notifican los requerimientos de identificación de infrac-tor por los hechos denunciados en los expedientes cuyos datosse relacionan, los cuales se encuentran en el Negociado de San-ciones del Area de Seguridad Pública y Emergencias.

A tal efecto, en virtud de lo establecido en el artículo 72.3 delReal Decreto Legislativo 339/1990 de 2 de marzo, por el que seaprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulaciónde Vehículos a Motor y Seguridad Vial, como titular del vehículo,se le requiere para que en el plazo de veinte días naturales con-tados desde el siguiente a la publicación del presente edicto enel «Boletín Oficial» de la provincia de Burgos, identifique veraz-mente por escrito (Registro General del Ayuntamiento o Regis-tro Auxiliar de la Unidad Administrativa de la Policía Local) laidentidad completa, número de D.N.I., domicilio a efecto de noti-ficaciones y permiso o licencia de conducción, del conductor res-ponsable de los hechos denunciados en el expediente.

Exp./año Apellidos y nombre D.N.I. Fecha denuncia——————————————————————————————————————————————————————044691/2010 FRANCO CASADO JESUS MARIA

Y LABARRA SOLO AZUCENA, S.C. G0936103-1 09/09/2010041141/2010 GLAXO WELLCOME, S.A. A0825088-8 27/06/2010040949/2010 MONTAJES VIDRIO MOVIES, S.L B0944783-0 26/06/2010041011/2010 TRANSPORTES BARRIUSO, S.L. B0910074-4 26/06/2010040961/2010 URETA MOTOR, S.A. A0903919-9 26/06/2010041229/2010 URETA MOTOR, S.A. A0903919-9 28/06/2010

Burgos, a 16 de noviembre de 2010. – La Concejal Delegadade Seguridad Ciudadana, Gema Conde Martínez.

201009256/9164. – 68,00

Resoluciones en expedientes en materia de tráfico a propietarios con domicilio desconocido

o que hayan rehusado la notificación

De conformidad con lo dispuesto en los arts. 59.4 y 61 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común(B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública noti-ficación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancio-nadores que se indican, dictadas por la autoridad competente alas personas o entidades denunciadas que a continuación se rela-cionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domi-cilio conocido, esta no se ha podido practicar.

Contra estas resoluciones, que ponen fin a la vía adminis-trativa, puede interponerse en el plazo de un mes contado a par-

tir del día siguiente a esta publicación, recurso de reposición anteel mismo órgano que lo dictó.

Las resoluciones dictadas son ejecutivas desde el momentode esta publicación y las multas deberán abonarse en periodovoluntario dentro de los quince días siguientes con la advertenciade que, de no hacerlo, se procederá a su exacción por vía eje-cutiva, incrementado con el recargo del 20% de su importe y porapremio.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad Admi-nistrativa de la Policía Local.

Fecha ImporteExp./año Apellidos y nombre D.N.I. denuncia (euros)

——————————————————————————————————————————————————————035342/2010 AGUILAR MARINA, JOSE MANUEL 013161571-M 14/04/2010 96,00024524/2010 AKRACH, ADIL X2897104-R 19/05/2010 96,00036747/2010 ALI, RASIB X6768704-B 18/05/2010 96,00027395/2010 BLANCO PEREZ, ANA BELEN 013151358-G 07/05/2010 60,00030492/2010 CALLEJA ALVAREZ, JAVIER 071295680-G 22/05/2010 96,00035147/2010 CALZADA CALZADA, FLORENCIO 011511307-Z 04/03/2010 96,00036943/2010 CHELLAKH, ABDENOUR X2979282-T 11/05/2010 96,00028407/2010 CRUZ FERREIRA, MARIA DEL MAR 013128419-L 18/03/2010 96,00035305/2010 DEMIROV BANOV, BORISLAV X8363244-F 20/04/2010 96,00030106/2010 DIEZ RODRIGUEZ, CESAR 044917937-H 07/05/2010 96,00035519/2010 DIEZ RODRIGUEZ, CESAR 044917937-H 08/04/2010 96,00036982/2010 ESPINOSA CORRAL, ISABEL 013123528-G 03/05/2010 96,00035167/2010 ESTEBAN LOECHE, MARIA CONSUELO 004146322-C 31/03/2010 96,00030097/2010 FERREIRA DO NASCIMENTO, SALUSTIANO 071364490-K 03/05/2010 96,00033866/2010 GARCIA SOBRIN, JAVIER 002534133-Q 10/03/2010 96,00028905/2010 GEORGIEVA ZAMFIROVA, MARIYA X6218188-T 15/04/2010 60,00021048/2010 GOMEZ RAMOS, MIRIAM 071266535-T 24/02/2010 96,00035550/2010 GONZALEZ GONZALEZ, JESUS MARIA 013151655-W 17/04/2010 96,00023135/2010 GONZALEZ RUIZ, FELIX LUIS 013105711-N 26/04/2010 60,00027239/2010 GONZALEZ RUIZ, FELIX LUIS 013105711-N 05/05/2010 60,00019920/2010 HERNANDO VELEZ, ANA MARIA SOLEDAD 071338744-N 17/02/2010 96,00029821/2010 HERREZUELO PEREZ, ALFREDO 013117486-B 17/05/2010 60,00035404/2010 IVAYLOV IVAYLOV, VASIL X8436449-A 29/03/2010 96,00035318/2010 JORGE LOZANO, ALBERTO 013130440-Q 22/04/2010 96,00035136/2010 LEOPOLDINO DA SILVA, SUELY X2249758-J 31/03/2010 96,00035253/2010 LOPEZ LOPEZ, CARLOS 013146486-P 12/04/2010 96,00035390/2010 MAFALDA MACHADO, TEIXEIRA X5264518-W 07/04/2010 96,00035256/2010 MANZANARES ALUNDA, LUIS DAVID 072152244-W 10/04/2010 96,00034019/2010 MARIJUAN GARCIA, GERMAN 013015414-J 10/03/2010 96,00026576/2010 MARTIN DIEZ, BEATRIZ 071261132-W 03/05/2010 60,00035536/2010 MARTIN MARTINEZ, LORENZO 013022839-D 29/04/2010 96,00029660/2010 MARTIN OBREGON, ALBERTO 071280342-F 13/05/2010 48,00035235/2010 MARTINEZ DELGADO, PURIFICACION 012710343-Z 15/04/2010 96,00029589/2010 MAYOR GIL, PEDRO 071279704-J 13/05/2010 48,00035262/2010 MISU, MARIAN X5325135-Z 21/04/2010 96,00029785/2010 MOLINA GARRIDO, MARIA VICTORIA 074687601-T 17/05/2010 60,00035482/2010 ORDAS ALEGRE, MARIA LUZ 013144309-Q 30/04/2010 96,00037003/2010 ORDOÑEZ GUERRA, ANGELINA X3200898-B 11/05/2010 96,00036675/2010 ORDOÑEZ GUERRA, ANGELINA X3200898-B 27/04/2010 96,00037070/2010 ORTEGA ESTEFANIA, JOSE MANUEL 012106361-N 23/05/2010 96,00036726/2010 PASCUAL BARTOLOME, SEGUNDO 012724054-V 10/05/2010 96,00035382/2010 PAZ REJAS, LIZ ANGELICA X6178767-R 25/03/2010 96,00025588/2010 PEREZ COLINA, AMELIA 038010879-K 23/03/2010 96,00035112/2010 PEREZ SANTAMARIA, DIEGO 071287658-D 10/03/2010 96,00035326/2010 PINTO VELASCO, ALBERTO 051346839-Y 15/04/2010 96,00029417/2010 RODRIGUEZ MENAYO, ALICIA 013084446-E 04/05/2010 96,00036671/2010 ROJAS VELA, ANTONIO 071309206-Y 08/04/2010 96,00036977/2010 RUIZ DAVALOS, SANTIAGO 014543963-M 03/05/2010 96,00025641/2010 RUSU, CATALIN X7982406-A 16/04/2010 60,00030186/2010 SAEZ GARCIA, LORENA 071273158-E 04/05/2010 96,00029620/2010 SAN MIGUEL MANZANEDO, JOSE MARIA 013133812-F 13/05/2010 48,00036689/2010 SANTAMARIA COELLO, MICHEL 071272497-M 06/04/2010 150,00023710/2010 SARMIENTO CARRION, ALEJANDRO NICOL. 013146224-E 14/04/2010 48,00035240/2010 SEBASTIAN SANZ, MANUEL 013049391-L 15/04/2010 96,00030027/2010 URDIALES CAMPO DEL, ALEJAND. RICARDO 025729392-M 17/05/2010 60,00029452/2010 URDIALES CAMPO DEL, ALEJAND. RICARDO 025729392-M 13/05/2010 60,00027810/2010 VERGARA VERA, TATIANA MERCEDES X1426210-A 11/05/2010 60,00035507/2010 YE, XIAOLI X1842218-X 16/04/2010 96,00029247/2010 ZAHARIA NICOLETA, FLORICA X5320324-X 11/05/2010 60,00027349/2010 ZUBIZARRETA DIAZ DE GUEREÑU, M.ª ICIAR 016264074-S 07/05/2010 60,00

Burgos, a 16 de noviembre de 2010. – La Concejal Delegadade Seguridad Ciudadana, Gema Conde Martínez.

201009252/9160. – 225,00

PAG. 14 B. O. DE BURGOS25 NOVIEMBRE 2010. — NUM. 225

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B. O. DE BURGOS PAG. 1525 NOVIEMBRE 2010. — NUM. 225

Junta Vecinal de Doroño

Advertido error en el anuncio de las bases que han de regirla contratación por procedimiento abierto de la concesión dearrendamiento de local social en Doroño, publicado en el «Bole-tín Oficial» de la provincia número 210, de fecha 4 de noviem-bre de 2010 y conforme establece el artículo 105.2 de la Ley30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,se procede a corregir el mismo estableciéndose el canon esta-blecido en el punto 3 de la siguiente manera:

Canon del arrendamiento anual por utilización (máximo de 10puntos), estableciéndose como mínimo la cantidad de 1.200,00euros anuales.

Treviño, a 8 de noviembre de 2010. – El Alcalde Pedáneo,Manuel Abad Prieto.

201008979/9129. – 68,00

Ayuntamiento de Los Balbases

Aprobación definitiva del expediente de modificaciónpresupuestaria n.º 01/2010 del ejercicio de 2010

El expediente 01/2010 de modificación presupuestaria delAyuntamiento de Los Balbases para el ejercicio de 2010 quedaaprobado definitivamente con fecha 3 de junio de 2010, en vistade lo cual, de conformidad con el artículo 169 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el textorefundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y elartículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se procedea la publicación de dicha modificación del presupuesto resumidapor capítulos.

El presupuesto de gastos ha sido aumentado de la siguienteforma:

AUMENTOS DE GASTOS

Cap. Denominación Importe—————————————————————————————————————

1. Gastos de personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.000,00

2. Gastos en bienes corrientes y servicios . . 7.000,00

4. Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . 25.000,00

6. Inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 64.594,00——————

Total aumentos . . . . . . . . . . . . . . . . 106.594,00———————————–———————————————

El anterior importe ha sido financiado tal y como se resumea continuación:

DISMINUCIONES DE GASTOS

Cap. Denominación Importe—————————————————————————————————————

6. Inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . -15.000,00——————

Total disminuciones . . . . . . . . . . . . -15.000,00——————————————————————————

AUMENTOS DE INGRESOS

Cap. Denominación Importe—————————————————————————————————————

7. Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . 65.594,00

8. Activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . 98.000,00——————

Total aumentos . . . . . . . . . . . . . . . . 163.594,00———————————–———————————————

DISMINUCIONES DE INGRESOS

Cap. Denominación Importe—————————————————————————————————————

7. Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . -72.000,00——————

Total disminuciones . . . . . . . . . . . . -72.000,00———————————–———————————————

Contra la aprobación definitiva de la modificación presupues-taria podrá interponerse directamente recurso contencioso-admi-nistrativo en la forma y plazos que establecen la normativa vigente,según lo dispuesto en el artículo 171 en relación con los artículos177 y 179 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se apruebael texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

En Los Balbases, a 9 de noviembre de 2010. – El Alcalde,Esteban Martínez Zamorano.

201009212/9133. – 116,00

Ayuntamiento de Villaverde Mogina

Aprobación definitiva del expediente de modificaciónpresupuestaria n.º 01/2010 del ejercicio de 2010

El expediente 01/2010 de modificación presupuestaria delAyuntamiento de Villaverde Mogina para el ejercicio de 2010 quedaaprobado definitivamente con fecha 21 de mayo de 2010, en vistade lo cual, de conformidad con el artículo 169 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el textorefundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y elartículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se procedea la publicación de dicha modificación del presupuesto resumidapor capítulos.

El presupuesto de gastos ha sido aumentado de la siguienteforma:

AUMENTOS DE GASTOS

Cap. Denominación Importe—————————————————————————————————————

2. Gastos en bienes corrientes y servicios . . 5.000,00

6. Inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36.594,00——————

Total aumentos . . . . . . . . . . . . . . . . 41.594,00———————————–———————————————

El anterior importe ha sido financiado tal y como se resumea continuación:

AUMENTOS DE INGRESOS

Cap. Denominación Importe—————————————————————————————————————

7. Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . 16.594,00

8. Activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.000,00——————

Total aumentos . . . . . . . . . . . . . . . . 41.594,00———————————–———————————————

Contra la aprobación definitiva de la modificación presupues-taria podrá interponerse directamente recurso contencioso-admi-nistrativo en la forma y plazos que establecen la normativa vigente,según lo dispuesto en el artículo 171 en relación con los artículos177 y 179 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se apruebael texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

En Villaverde Mogina, a 9 de noviembre de 2010. – El Alcalde,Adrián Villaquirán García.

201009213/9134. – 116,00

Aprobado provisionalmente, por el Pleno de este Ayun-tamiento en sesión celebrada el día 21 de mayo de 2010, el expe-diente del establecimiento y la modificación de los elementostributarios y las correspondientes ordenanzas fiscales de:

– Impuesto sobre bienes inmuebles.

– Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

Y no habiéndose presentado reclamaciones al respectodurante el periodo de exposición pública, se ha elevado a defi-nitivo el acuerdo, de conformidad con lo establecido en elartículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladorade las Haciendas Locales.

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Para dar cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 17.4de la citada Ley se publica dicho acuerdo, junto con el texto ínte-gro de las ordenanzas fiscales que figuran a continuación, parasu vigencia y posible impugnación jurisdiccional.

Villaverde Mogina, a 16 de noviembre de 2010. – El Alcalde,Adrián Villaquirán García.

201009214/9135. – 68,00

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTOSOBRE BIENES INMUEBLES

Artículo 1. – Hecho imponible:

1. – El hecho imponible del impuesto sobre bienes inmue-bles está constituido por la titularidad de los siguientes derechossobre los bienes inmuebles rústicos y urbanos y sobre losinmuebles de características especiales:

a) De una concesión administrativa sobre los propios inmue-bles o sobre los servicios públicos a que se hallen afectos.

b) De un derecho real de superficie.

c) De un derecho real de usufructo.

d) Del derecho de propiedad.

2. – La realización del hecho imponible que corresponda deentre los definidos en el apartado anterior por el orden en él esta-blecido determinará la no sujeción del inmueble a las restantesmodalidades en el mismo previstas.

3. – Tendrán la consideración de bienes inmuebles rústicos,de bienes inmuebles urbanos y de bienes inmuebles de carac-terísticas especiales los definidos como tales en las normas regu-ladoras del Catastro Inmobiliario. El carácter urbano o rústico delinmueble dependerá de la naturaleza del suelo.

4. – No están sujetos a este impuesto:

a) Las carreteras, los caminos, las demás vías terrestres ylos bienes del dominio público marítimo terrestre e hidráulico,siempre que sean de aprovechamiento público y gratuito.

b) Los siguientes bienes inmuebles propiedad de los muni-cipios en que estén enclavados:

– Los de dominio público afectos a uso público.

– Los de dominio público afectos a un servicio público ges-tionado directamente por el Ayuntamiento, excepto cuando setrate de inmuebles cedidos a terceros mediante contrapres-tación.

– Los bienes patrimoniales, exceptuados igualmente los cedi-dos a terceros mediante contraprestación.

Artículo 2. – Sujetos pasivos:

1. – Son sujetos pasivos, a título de contribuyentes, las per-sonas naturales o jurídicas y las herencias yacentes, comunidadesde bienes y otras entidades que, sin personalidad jurídica,constituyan una unidad económica o un patrimonio separado,susceptible de imposición, que ostenten la titularidad de un dere-cho constitutivo del hecho imponible del impuesto, en los términosprevistos en el apartado 1 del artículo 1 de esta ordenanza.

Los supuestos de responsabilidad tributaria se exigirán conarreglo a la Ley 230/63 General Tributaria, y con arreglo al Regla-mento General de Recaudación.

2. – En los supuestos de cambio, por cualquier causa, en latitularidad de los derechos que constituyen el hecho imponiblede este impuesto, los bienes inmuebles objeto de dichos dere-chos quedarán afectos al pago de la totalidad de la cuota tri-butaria. A estos efectos, los notarios solicitarán información alServicio de Recaudación de la Diputación Provincial, y poste-riormente advertirán a los comparecientes sobre las deudas pen-dientes por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles asociadas alinmueble que se transmite.

3. – Responden solidariamente de la cuota de este impuesto,y en proporción a sus respectivas participaciones, los copartí-cipes o cotitulares de las entidades a que se refiere el artículo33 de la Ley General Tributaria, si figuran inscritos como talesen el Catastro Inmobiliario. De no figurar inscritos, la responsa-bilidad se exigirá por partes iguales en todo caso.

Artículo 3. – Exenciones:

1. – Se aplicarán de oficio las exenciones enumeradas en elartículo 62 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, porel que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de lasHaciendas Locales, así como cualquier otro supuesto recogido ennorma de rango legal, tal como establece el artículo 9.1 del RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se apruebael texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

No obstante, en dichos supuestos los interesados podrán ins-tar su reconocimiento de la Diputación Provincial como Entidadque asume la gestión tributaria.

2. – Asimismo, previa solicitud, estarán exentos:

a) Los bienes inmuebles que se destinen a la enseñanza porcentros docentes acogidos, total o parcialmente, al régimen deconciertos educativos, en cuanto a la superficie afectada a laenseñanza concertada.

b) Los declarados expresa e individualizadamente monu-mento o jardín histórico de interés cultural, conforme a la normativavigente en el momento del devengo del impuesto.

3. – También estarán exentos, aquellos bienes que sin estarcomprendidos en los apartados anteriores, cumplan las condi-ciones establecidas en el artículo 62 del Real Decreto Legisla-tivo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundidode la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

4. – Disfrutarán de exención los siguientes inmuebles:

a) Los de naturaleza urbana cuya cuota líquida sea igual oinferior a 3 euros.

b) Los de naturaleza rústica, en el caso de que, para cadasujeto pasivo, la cuota líquida correspondiente a la totalidad debienes rústicos poseídos en el municipio, sea igual o inferior a3 euros.

5. – Gozarán de exención los inmuebles destinados a Cen-tros Sanitarios, cuya titularidad corresponda al Estado, lasComunidades Autónomas o las Entidades Locales, y pertenez-can a una o varias de las siguientes categorías:

– Hospital público gestionado por la Seguridad Social.

– Hospital público que ofrezca algunos servicios de formagratuita.

– Centros de asistencia primaria, de acceso general.

Para disfrutar de esta exención, será preciso solicitarla,acompañando informe técnico sobre la dotación, equipamientoy estado de conservación de las instalaciones, que permita pres-tar un servicio de calidad.

Esta exención surtirá efecto a partir del ejercicio siguiente ala fecha de la solicitud, y no puede tener carácter retroactivo.

Artículo 4. – Bonificaciones:

1. – Tendrán derecho a una bonificación del 50 por 100 enla cuota del impuesto, los inmuebles que constituyan el objetode la actividad de las empresas de urbanización, construccióny promoción inmobiliaria y no figuren entre los bienes de su inmo-vilizado.

El plazo de aplicación de esta bonificación comprenderádesde el periodo impositivo siguiente a aquel en que se inicienlas obras hasta el posterior a la terminación de las mismas, siem-pre que durante ese tiempo se realicen obras de urbanizacióno construcción efectiva, y sin que, en ningún caso, pueda exce-der de tres períodos impositivos.

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B. O. DE BURGOS PAG. 1725 NOVIEMBRE 2010. — NUM. 225

Para disfrutar de la mencionada bonificación, los interesa-dos deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Acreditación de que la empresa se dedica a la actividadde urbanización, construcción y promoción inmobiliaria, mediantela presentación de los Estatutos de la Sociedad.

b) Acreditación de que el inmueble objeto de la bonificaciónno forma parte del inmovilizado, mediante aportación de certi-ficación del Administrador de la Sociedad, o de fotocopia delúltimo balance presentado en la Agencia Estatal de la Admi-nistración Tributaria, a efectos del Impuesto sobre Sociedades.

c) La solicitud de la bonificación se debe formular antes delinicio de las obras.

2. – Las viviendas de protección oficial disfrutarán de una boni-ficación del 50% en la cuota del impuesto, durante los tres perio-dos impositivos siguientes al del otorgamiento de la calificacióndefinitiva que realice el órgano competente.

Dicha bonificación se concederá a petición del interesadoen cualquier momento anterior a la terminación de los tresperiodos impositivos de duración de la misma y surtirá efectos,en su caso, desde el periodo impositivo siguiente a aquel en quese solicite.

3. – Tendrán derecho a una bonificación del 95% de la cuotalos bienes de naturaleza rústica de las cooperativas agrarias yde explotación comunitaria de la tierra. En este caso bastará conacreditar la inscripción en el registro correspondiente de la enti-dad que figure como sujeto pasivo.

4. – Gozarán de una bonificación del 25% en la cuota ínte-gra del impuesto los inmuebles destinados a vivienda, cuyos pro-pietarios ostenten la condición de titulares de familia numerosa.

Esta bonificación tendrá una vigencia de cinco años, y seráincompatible con cualquier otro beneficio fiscal en el Impuestosobre Bienes Inmuebles que pudiera corresponder al sujetopasivo o al inmueble.

Artículo 5. – Base imponible y base liquidable:

1. – La base imponible está constituida por el valor catas-tral de los bienes inmuebles.

Estos valores podrán ser objeto de revisión, modificación oactualización en los casos y de la manera prevista en el RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Hacien-das Locales y en la Ley del Catastro Inmobiliario.

2. – La base liquidable de este impuesto será el resultadode practicar en la base imponible las reducciones que legalmentese establezcan.

3. – La determinación de la base liquidable es competenciade la Dirección General del Catastro y recurrible ante los Tribu-nales Económico-Administrativos del Estado.

4. – La Diputación Provincial, como ente gestor, podrádeterminar la base liquidable cuando la base imponible resultede la tramitación de los procedimientos de declaración, comu-nicación, solicitud, subsanación de discrepancias e inspeccióncatastral; si bien, durante el año 2004 la base liquidable será deter-minada por la Dirección General del Catastro.

5. – En ningún caso se aplicarán reducciones a los bienesinmuebles clasificados como de características especiales.

Artículo 6. – Tipo de gravamen y cuota:

1. – La cuota íntegra de este impuesto será el resultado deaplicar a la base liquidable el tipo de gravamen que quedará fijadoen:

– El 0,4% cuando se trate de bienes de naturaleza urbana.

– El 0,3% cuando se trate de bienes de naturaleza rústica.

– El 1,3% cuando se trate de bienes de característicasespeciales.

2. – La cuota líquida se obtendrá minorando la cuota ínte-gra en el importe de las bonificaciones previstas en el artículo4 de esta ordenanza.

Artículo 7. – Periodo impositivo y devengo del impuesto:

1. – El impuesto se devengará el primer día del período impo-sitivo.

2. – El periodo impositivo coincide con el año natural.

3. – Los hechos, actos y negocios que deben ser objeto de decla-ración o comunicación ante el Catastro Inmobiliario tendrán efec-tividad en el devengo de este impuesto inmediatamente posterioral momento en que produzcan efectos catastrales. La efectividadde las inscripciones catastrales resultantes de los procedimientosde valoración colectiva y de determinación del valor catastral de losbienes inmuebles de características especiales coincidirá con la pre-vista en las normas reguladoras del Catastro Inmobiliario.

Artículo 8. – Régimen de gestión y liquidación:

1. – La liquidación y recaudación, así como la revisión de losactos dictados en vía de gestión tributaria de este impuesto, seráncompetencia de la Diputación Provincial, en la que se ha con-ferido su delegación al amparo del artículo 7.º del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el textorefundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

La gestión tributaria comprenderá las funciones de reco-nocimiento y denegación de exenciones y bonificaciones, rea-lización de las liquidaciones conducentes a la determinación delas deudas tributarias, emisión de los documentos de cobro,resolución de los expedientes de devolución de ingresos inde-bidos, resolución de los recursos que se interpongan contradichos actos y actuaciones para la asistencia e información alcontribuyente referidas a las materias comprendidas en esteapartado.

2. – Se podrán agrupar en un único documento de cobrotodas las cuotas de este impuesto relativas a un mismo sujetopasivo cuando se trate de bienes rústicos sitos en un mismo muni-cipio.

3. – No será necesaria la notificación individual de las liqui-daciones tributarias en los supuestos en que se hayan practi-cado previamente las notificaciones del valor catastral y baseliquidable previstas en los procedimientos de valoración colec-tiva. Una vez transcurrido el plazo de impugnación previsto enlas citadas notificaciones sin que se hayan utilizado los recur-sos pertinentes, se entenderán consentidas y firmes las basesimponible y liquidable notificadas, sin que puedan ser objeto denueva impugnación al procederse a la exacción anual delimpuesto.

4. – El impuesto se gestiona a partir de la información con-tenida en el Padrón catastral y en los demás documentos expre-sivos de sus variaciones elaborados al efecto por la DirecciónGeneral del Catastro, sin perjuicio de la competencia muni-cipal para la calificación de inmuebles de uso residencial deso-cupados.

Los datos contenidos en el Padrón catastral deberán figu-rar en las listas cobratorias, documentos de ingreso y justificantesde pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

5. – En los supuestos en los que resulte acreditada, con pos-terioridad a la emisión de los documentos a que se refiere el apar-tado anterior, la no coincidencia del sujeto pasivo con el titularcatastral, las rectificaciones que respecto a aquel pueda acor-dar el órgano gestor a efectos de liquidación del impuestodevengado por el correspondiente ejercicio, deberán ser inme-diatamente comunicadas a la Dirección General del Catastro enla forma en que por ésta se determine. Esta liquidación tendrácarácter provisional cuando no exista convenio de delegación defunciones entre el Catastro y el Ayuntamiento o Entidad Localcorrespondiente.

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En este caso, a la vista de la información remitida, la Direc-ción General del Catastro confirmará o modificará el titularcatastral mediante acuerdo que comunicará a Diputación paraque se practique, en su caso, liquidación definitiva.

6. – Las alteraciones concernientes a los bienes inmueblessusceptibles de inscripción catastral que tengan trascendenciaa efectos de este impuesto determinarán la obligación de los suje-tos pasivos de formalizar las declaraciones conducentes a suinscripción en el Catastro Inmobiliario, conforme a lo establecidoen sus normas reguladoras.

Sin perjuicio de ello, el Ayuntamiento comunicará al Catas-tro Inmobiliario en la forma que se determine por su normativareguladora, las declaraciones a que se refiere este artículo, quese entenderán realizadas cuando las circunstancias o alteracionesa que se refieren consten en la correspondiente licencia o auto-rización municipal, quedando exento el sujeto pasivo de la obli-gación de declarar antes mencionada.

Artículo 9. – Régimen de ingreso:

1. – El periodo de cobro para los valores recibo notificadoscolectivamente se determinará cada año y se anunciará públi-camente.

Las liquidaciones de ingreso directo deben ser satisfechasen los periodos fijados en el Reglamento General de Recau-dación.

2. – Transcurridos los periodos voluntarios de pago sin quela deuda haya sido satisfecha, se iniciará el periodo ejecutivo,lo que comporta el devengo del recargo del 20 por 100 delimporte de la deuda no ingresada, así como de los intereses dedemora correspondientes.

El recargo será del 10 por 100 cuando la deuda se ingreseantes de que haya sido notificada al deudor la providencia deapremio.

Artículo 10. – Régimen de recursos:

Contra los actos de gestión tributaria, los interesados pue-den formular recurso de reposición ante la Diputación Provincialde Burgos, previo al contencioso administrativo, en el plazo deun mes a contar desde la notificación expresa o de la finaliza-ción del período de exposición pública de los padrones corres-pondientes.

La interposición de recursos no suspende la acción admi-nistrativa para el cobro, a menos que dentro del plazo previstopara interponer el recurso, el interesado solicite la suspensiónde la ejecución del acto impugnado y acompañe garantía porel total de la deuda tributaria.

No obstante, en casos excepcionales, se puede acordar lasuspensión del procedimiento, sin prestación de garantía,cuando el recurrente justifique la imposibilidad de prestaralguna, o bien demuestre fehacientemente la existencia deerrores materiales en la liquidación que se impugna.

Contra la denegación del recurso de reposición puedeinterponerse recurso contencioso administrativo en los plazossiguientes:

– Si la resolución ha sido expresa, en el plazo de dosmeses, contados desde el día siguiente al de la notificación delacuerdo resolutorio del recurso de reposición.

– Si no hubiera resolución expresa, en el plazo de seis meses,contados desde el día siguiente a aquel en que hay que enten-der desestimado el recurso de reposición.

Artículo 11. – Fecha de aprobación y vigencia:

Esta ordenanza, aprobada en Pleno de este Ayuntamientoen sesión celebrada el día 21 de mayo de 2010, empezará a regirel día 1 de enero de 2011, y continuará vigente mientras no seacuerde la modificación o derogación.

Disposición adicional única. –

Las modificaciones producidas por la Ley de PresupuestosGenerales del Estado u otra norma de rango legal que afectena cualquier elemento de este impuesto, serán de aplicación auto-mática dentro del ámbito de la ordenanza.

201009215/9136. – 486,00

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTOSOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS

Artículo 1. – Establecimiento del impuesto y normativa apli-cable:

1. – De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 15.1 y 59.2del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el quese aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Hacien-das Locales, se acuerda la imposición y ordenación en este Muni-cipio del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

2. – El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones yObras se regirá en este Municipio:

a) Por las normas reguladoras del mismo, contenidas en elReal Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Hacien-das Locales, y por las demás disposiciones legales y regla-mentarias que complementen y desarrollen dicha Ley.

b) Por la presente ordenanza fiscal.

Artículo 2. – Hecho imponible:

1. – Constituye el hecho imponible de este impuesto la rea-lización de cualquier construcción, instalación u obra para la quese exija la obtención de la correspondiente licencia de obras ourbanística, se haya obtenido o no dicha licencia, siempre quesu expedición corresponda a este Ayuntamiento.

2. – El hecho imponible se produce por la mera realizaciónde las construcciones, instalaciones y obras mencionadas; yafecta a todas aquellas que se realicen en este término munici-pal, aunque se exija la autorización de otra Administración.

Artículo 3. – Construcciones, instalaciones y obras sujetas:

Son construcciones, instalaciones y obras sujetas al impuestotodas aquellas cuya ejecución implique la realización del hechoimponible definido en el artículo anterior; y en particular lassiguientes:

a) Las obras de nueva planta y de ampliación de edificios,o necesarias para la implantación, ampliación, modificación oreforma de instalaciones de cualquier tipo.

b) Las obras de modificación o de reforma que afecten a laestructura, el aspecto exterior o la disposición interior de los edi-ficios, o que incidan en cualquier clase de instalaciones existentes.

c) Las obras provisionales.

d) La construcción de vados para la entrada y salida devehículos de las fincas en la vía pública.

e) Las construcciones, instalaciones y obras realizadas enla vía pública por particulares o por las empresas suministradorasde servicios públicos, que corresponderán tanto a las obras nece-sarias para la apertura de calas y pozos, colocación de postesde soporte, canalizaciones, conexiones y, en general, cualquierremoción del pavimento o aceras, como las necesarias para lareposición, reconstrucción o arreglo de lo que haya podido estro-pearse con las calas mencionadas.

f) Los movimientos de tierra, tales como desmontes, expla-naciones, excavaciones, terraplenados, salvo que estos actosestén detallados y programados como obras a ejecutar en unproyecto de urbanización o edificación aprobado o autorizado.

g) Las obras de cierre de los solares o de los terrenos y delas vallas, los andamios y los andamiajes de precaución.

PAG. 18 B. O. DE BURGOS25 NOVIEMBRE 2010. — NUM. 225

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B. O. DE BURGOS PAG. 1925 NOVIEMBRE 2010. — NUM. 225

h) La nueva implantación, la ampliación, la modificación, lasustitución o el cambio de emplazamiento de todo tipo de ins-talaciones técnicas de los servicios públicos, cualquiera que seasu emplazamiento.

i) Los usos e instalaciones de carácter provisional.

j) La instalación, reforma o cualquier otra modificación delos soportes o vallas que tengan publicidad o propaganda.

k) Las instalaciones subterráneas dedicadas a los aparca-mientos, a las actividades industriales, mercantiles o profesio-nales, a los servicios públicos o a cualquier otro uso a que sedestine el subsuelo.

l) La realización de cualesquiera otras actuaciones esta-blecidas por los planes de ordenación o por las ordenanzas queles sean aplicables como sujetas a licencia municipal, siempreque se trate de construcciones, instalaciones u obras.

Artículo 4. – Exenciones:

Está exenta del pago del impuesto la realización de cualquierconstrucción, instalación u obra de la que sea dueño el Estado,las Comunidades Autónomas o las Entidades Locales, queestando sujetas al mismo, vayan a ser directamente destinadasa carreteras, ferrocarriles, puertos, aeropuertos, obras hidráuli-cas, saneamiento de poblaciones y de sus aguas residuales, aun-que su gestión se lleve a cabo por Organismos Autónomos, tantosi se trata de obras de inversión nueva como de conservación.

Artículo 5. – Sujetos pasivos:

1. – Son sujetos pasivos de este impuesto, a título de con-tribuyentes, las personas fisicas o jurídicas y las entidades a quese refiere el artículo 33 de la Ley General Tributaria, que seandueños de la construcción, instalación u obra, sean o no pro-pietarios del inmueble sobre el que se realice aquélla.

A los efectos previstos en el párrafo anterior, tendrá la con-sideración de dueño de la construcción, instalación u obraquien soporte los gastos o el coste que comporte su realización.

2. – En el supuesto de que la construcción, instalación u obrano sea realizada por el sujeto pasivo contribuyente, tendrán lacondición de sujetos pasivos sustitutos del mismo quienes soli-citen las correspondientes licencias o realicen las construccio-nes, instalaciones u obras.

El sustituto podrá exigir del contribuyente el importe de lacuota tributaria satisfecha.

Artículo 6. – Base imponible:

La base imponible del impuesto está constituida por elcoste real y efectivo de la construcción, instalación u obraentendiéndose por tal, a estos efectos, el coste de ejecución mate-rial de aquélla.

No forman parte de la base imponible, el Impuesto sobre elValor Añadido, las tasas, precios públicos y demás prestacio-nes patrimoniales de carácter público local relacionadas, en sucaso, con la construcción instalación u obra, ni tampoco los hono-rarios de profesionales, el beneficio empresarial del contratistani cualquier otro concepto que no integre, estrictamente, el costede ejecución material.

Artículo 7. – Tipo de gravamen y cuota:

1. – El tipo de gravamen será el 4 por 100.

2. – La cuota de este Impuesto será el resultado de aplicara la base imponible el tipo de gravamen.

3. – Se establece como mínimo una cuota de 6,00 euros conindependencia de la base imponible.

Artículo 8. – Bonificaciones:

1. – Se establece una bonificación del 50 por 100 a favor delas construcciones, instalaciones u obras que sean declaradasde especial interés o utilidad municipal por concurrir circuns-tancias sociales, culturales, histórico-artísticas o de fomento delempleo que justifiquen tal declaración. Corresponderá dicha

declaración al Pleno de la Corporación y se acordará previa soli-citud del sujeto pasivo, por voto favorable de la mayoría simplede sus miembros.

2. – Se establece una bonificación del 50 por 100 a favor delas construcciones, instalaciones u obras de los sujetos pasivosque sean vecinos de Villaverde Mogina o personas jurídicas condomicilio en Villaverde Mogina con una antigüedad de 5 añosen ambos casos. Corresponderá dicha declaración al Pleno dela Corporación y se acordará previa solicitud del sujeto pasivo,por voto favorable de la mayoría simple de sus miembros.

3. – Se establece una bonificación del 50 por 100 a favor delas construcciones, instalaciones u obras que se realicen en fin-cas urbanas de la localidad de Villaverde Mogina. Esta bonificaciónno será acumulable a la bonificación del apartado anterior.

4. – Se establece una bonificación del 50 por 100 a favor delas construcciones, instalaciones u obras en las que se incorporensistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la ener-gía solar para autoconsumo. La aplicación de esta bonificaciónestará condicionada a que las instalaciones para producción decalor incluyan colectores que dispongan de la correspondientehomologación de la Administración competente.

La bonificación prevista en este apartado se aplicará a lacuota resultante de aplicar, en su caso, la bonificación a que serefiere el apartado anterior.

5. – Se establece una bonificación del 25 por 100 a favor delas construcciones, instalaciones u obras vinculadas a los pla-nes de fomento de las inversiones privadas en infraestructuras.

La bonificación prevista en este apartado se aplicará a lacuota resultante de aplicar, en su caso, las bonificaciones a quese refieren los apartados anteriores.

6. – Se establece una bonificación del 25 por 100 a favor delas construcciones, instalaciones u obras referentes a las vivien-das de protección oficial.

La bonificación prevista en este apartado se aplicará a lacuota resultante de aplicar, en su caso, las bonificaciones a quese refieren los apartados anteriores.

7. – Se establece una bonificación del 50 por 100 a favor delas construcciones, instalaciones u obras que favorezcan las con-diciones de acceso y habitabilidad de los discapacitados.

La bonificación prevista en este apartado se aplicará a lacuota resultante de aplicar, en su caso, las bonificaciones a quese refieren los apartados anteriores.

Artículo 9. – Deducciones de la cuota:

De la cuota líquida resultante de aplicar, en su caso, las boni-ficaciones de la cuota íntegra previstas en el artículo anterior, sededucirá el 100% del importe de la tasa que deba satisfacer elsujeto pasivo por la expedición de la licencia urbanística corres-pondiente a la construcción, instalación u obra de que se trate.

Artículo 10. – Devengo:

El impuesto se devenga en el momento de iniciarse la cons-trucción, instalación u obra, aun cuando no se haya obtenido lacorrespondiente licencia.

Artículo 11. – Gestión:

1. – La gestión del impuesto se llevará a cabo por el Organode la Administración que resulte competente, bien en virtud decompetencia propia, bien en virtud de convenio o acuerdo de dele-gación de competencias; todo ello conforme a lo preceptuadoen los artículos 7, 8 y 103 del Real Decreto Legislativo 2/2004,de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Leyreguladora de las Haciendas Locales, así como en las demás dis-posiciones que resulten de aplicación.

2. – La gestión, liquidación, recaudación e inspección delimpuesto se llevará a cabo conforme a lo preceptuado en losartículos 2.2, 10, 11, 12, 13 y 104 del Real Decreto Legislativo

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2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundidode la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y en las demásnormas que resulten de aplicación.

Artículo 12. – Revisión:

Los actos de gestión, liquidación, recaudación e inspeccióndel impuesto serán revisables conforme al procedimiento apli-cable a la Entidad que los dicte. En particular, cuando dichosactos sean dictados por una Entidad Local, los mismos se revi-sarán conforme a lo preceptuado en el artículo 14 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el textorefundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

Disposición adicional única. – Modificación del impuesto:

Las modificaciones que se introduzcan en la regulación delimpuesto, por las Leyes de Presupuestos Generales del Estadoo por cualesquiera otras Leyes o Disposiciones, y que resultende aplicación directa, producirán, en su caso, la correspondientemodificación tácita de la presente ordenanza fiscal.

Disposición final única. – Aprobación, entrada en vigor y modi-ficacion de la ordenanza fiscal:

La presente ordenanza fiscal, aprobada por el Pleno del Ayun-tamiento en sesión celebrada el 21 de mayo de 2010, comen-zará a regir el mismo día de la publicación del texto integro dela ordenanza en el «Boletín Oficial» de la provincia, y continuarávigente en tanto no se acuerde su modificación o derogación.En caso de modificación parcial de esta ordenanza fiscal, losartículos no modificados continuarán vigentes.

201009216/9137. – 340,00

Ayuntamiento de Villegas

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo deexposición al público queda automáticamente elevado a definitivoel acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Villegas de8 de agosto de 2010, sobre imposición y la ordenanza fiscal detasa y Reglamento del suministro de agua a domicilio, cuyo textoíntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Hacien-das Locales.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASAPOR SUMINISTRO DE AGUA A DOMICILIO

Artículo 1. – De conformidad con lo establecido en los artículos15 a 19 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de lasHaciendas Locales, este Ayuntamiento establece la tasa porsuministro de agua a domicilio que se regirá por la presente orde-nanza fiscal, cuyas normas se establecen de conformidad con elartículo 58 de la citada Ley 39/1988.

Artículo 2. – Hecho imponible:

Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación delservicio de suministro de agua a domicilio, así como el suministroa locales, establecimientos industriales y comerciales y cuales-quiera otros suministros de agua que se soliciten a este Ayun-tamiento.

Artículo 3. – Sujetos pasivos:

1. Son sujetos pasivos, en concepto de contribuyentes, laspersonas físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere elartículo 35 de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciem-bre, que soliciten o resulten beneficiadas o afectadas por el serviciode suministro de agua.

2. Tendrá la consideración de sujeto pasivo sustituto del con-tribuyente el propietario de las viviendas o locales, que podrárepercutir, en su caso, las cuotas satisfechas sobre los usuariosde aquellas, beneficiarios del servicio.

Artículo 4. – Responderán solidariamente de las obligacio-nes tributarias del sujeto pasivo las personas físicas y jurídicasa que se refiere el artículo 43 de la Ley General Tributaria 58/2003,de 17 de diciembre, en los supuestos y con el alcance que allíse señale.

Artículo 5. – Se devenga la tasa y hace la obligación de con-tribuir desde el momento en que se inicie la prestación del servicioentendiéndose iniciada, dada la naturaleza de la recepción obli-gatoria del mismo, cuando esté establecido y en funciona-roiento el servicio de suministro de agua a domicilio.

Artículo 6. – Exenciones:

No se reconocerá ninguna exención, salvo aquellas queexpresamente estén previstas en normas con rango formal de Ley.

Artículo 7. – Cuota tributaria y tarifas:

1. La cuota tributaria correspondiente a la concesión de lalicencia o autorización de acometida a la red de agua, se exi-girá por una sola vez y consistirá por vivienda o local en un importede 150,25 euros.

– Si se precinta la acometida:

Por falta de consumo solicitando el usuario que se precinte,la tasa por reenganche será de 150,25 euros.

– Con carácter provisional, 150,25 euros.

2. La cuota tributaria a exigir por la prestación del servicio desuministro de agua será anual, aplicando las siguientes tarifas:

Tarifa 1. - Uso doméstico:

– Hasta 100 metros cúbicos, 12 euros.

– Exceso cada metro cúbico, 0,25 euros.

Tarifa 2. - Uso en actividades económicas, excepto explo-taciones ganaderas:

– Hasta 100 metros cúbicos, 12 euros.

– Exceso cada metro cúbico, 0,25 euros.

Tarifa 3. - Uso en explotaciones ganaderas:

– Hasta 100 metros cúbicos, 12 euros.

– Exceso cada metro cúbico, 0,25 euros.

El cobro de consumo de agua se efectuará anualmente.

El plazo de pago en periodo voluntario será de dos mesesdesde la aprobación del padrón; transurrido este plazo se pro-cederá a su cobro por vía de apremio.

La falta de pago de algún recibo se presumirá como renun-cia a la prestación del servicio, pudiendo el Ayuntamiento darde baja de oficio a su titular, y el consiguiente corte del sumi-nistro de agua, previa tramitación de expediente con audienciaal interesado.

Artículo 8. – Alta:

Las altas en el servicio surtirán efecto a partir de la notifica-ción de la concesión.

Artículo 9. – Periodo impositivo:

El periodo impositivo coincidirá con el año natural, salvo enlos casos de inicio, cese o restitución del servicio, donde la cuotase prorrateará por trimestres naturales, teniendo en cuenta elmomento en que se haya producido cualquiera de dichossupuestos.

Artículo 10. – Baja:

La baja voluntaria en el servicio de aguas no será efectivahasta que no sea cumplimentada y firmada por el abonado y searetirado el contador y precintada la toma, debiendo pagar lascuotas devengadas hasta ese momento.

El Ayuntamiento podrá exigir al solicitante la retirada del con-tador y el precintado de la toma, siendo de su cargo los gastosque se ocasionen.

PAG. 20 B. O. DE BURGOS25 NOVIEMBRE 2010. — NUM. 225

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B. O. DE BURGOS PAG. 2125 NOVIEMBRE 2010. — NUM. 225

El Ayuntamiento comprobará la retirada y precintado del con-tador.

Artículo 11. – Obligación de pago:

La obligación de pago de la tasa regulada en esta ordenanzanace desde que se inicie la prestación del servicio con perio-dicidad anual.

Disposición final. –

La presente ordenanza entrará en vigor al día siguiente desu publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, permane-ciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

Villegas, a 16 de noviembre de 2010. – El Alcalde, MiguelAngel Martín Dávila.

201009225/9139. – 170,00

REGLAMENTO DEL SERVICIO DE SUMINISTRODE AGUA POTABLE A DOMICILIO

TITULO I. – DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. – El suministro de agua potable a domicilio se regirápor las disposiciones de este Reglamento, redactado de con-formidad con lo establecido en la legislación de Régimen Localy ordenanza reguladora de la tasa por suministro de agua a domi-cilio aprobada por este Ayuntamiento.

Articulo 2. – El Ayuntamiento concederá el suministro de aguapotable a domicilio a solicitud de los interesados en las condi-ciones que este Reglamento establece.

Toda concesión confiere únicamente la facultad de consumiragua para el fin y la forma que haya sido solicitada y correlativa-mente concedida. La menor alteración somete al concesionarioa las penalidades consignadas en este Reglamento.

TITULO II. – DE LAS CONCESIONES EN GENERAL

Artículo 3. – La conexión comprende desde el collarín de tomade la canalización general hasta la llave de registro situado enuna arqueta al pie del inmueble.

El mantenimiento y reparación de averías en la conexión serápor cuenta del usuario.

Artículo 4. – Se entenderá por ramal de acometida el que,partiendo de la tuberia general de distribución, conduce elagua al pie del inmueble que se va a abastecer.

El Ayuntamiento decidirá sobre dimensionamiento de aco-metida y contador a instalar, fijado este último por las normas.

El Ayuntamiento podrá exigir al solicitante que las obras deacometida a la red general se realicen por profesional autorizado,siendo de su cargo los gastos que se ocasionen.

Cada nueva acometida deberá hacerse dejando al exteriordel inmueble el contador y una llave de paso instalada en sitiovisible y de fácil acceso.

Todas las obras que se pretendan realizar por los usuariosserán solicitadas por escrito con quince días de antelación. Yserá por cuenta del concesionario autorizado el coste de lasmismas.

Artículo 5. – Las tarifas serán señaladas en la ordenanza fis-cal reguladora de la tasa por suministro de agua a domicilio.

Artículo 6. – EI pago de los derechos de acometida se efec-tuará una vez concedida y antes de efectuar la obra.

Artículo 7. – En los supuestos en que el suministro se hubierepactado a nombre del titular del inmueble y enajenase o trans-mitiese su derecho de propiedad a favor de tercero, para queel suministro pueda seguir efectuándose será necesario que secomunique al Ayuntamiento, dentro del plazo máximo de un mesdesde la fecha de la transmisión de la propiedad del inmueble,y que el nuevo propietario solicite el suministro.

Artículo 8. – No se concederán concesiones con carácter pro-visional a excepción de que se utilicen de forma temporal paraobras y previa instalación de contador, facilitando el número decuenta para el pago del recibo. Esta concesión provisional ter-minará automáticamente cuando finalicen las obras, siendo elconstructor o en su caso el propietario del inmueble el que abo-nará el agua consumida durante la concesión.

Para el pago del enganche se estará a lo dispuesto en laordenanza fiscal reguladora de la tasa por suministro de aguaa domicilio.

Artículo 9. – Contadores:

Todos los usuarios están obligados a la instalación de un con-tador-medidor de agua antes de la prestación del servicio. Enel supuesto de no atender esta obligación, se considerará queel usuario renuncia voluntariamenrte al servicio, al no respetarlas condiciones recogidas en este Reglamento.

Si los contadores sufren desperfectos por causas depen-dientes del usuario o del propietario del inmueble, o en todo casopor causas ajenas al Ayuntamiento, y no se hubiera reparado osustituido en el plazo de quince días, se aplicarán las normasdel apartado anterior.

Los contadores deberán colocarse en el exterior del inmue-ble, en sitio visible y de fácil acceso.

Cuando se detecte la existencia de un consumo de agua yel usuario del mismo no figure en el padrón, será dado de altade oficio, notificándole dicha resolución a los efectos oportunosy requiriéndole para que proceda a la instalación del contador.Mientras no dispusiere del mismo, la facturación se realizará sobreel consumo mínimo y la cuota resultante se incrementará en un50%, imponiéndole una sanción de 150,00 euros por carecer decontador.

Los contadores se instalarán por los abonados por sucuenta.

En el supuesto de que sea necesario instalar un nuevo conta-dor por averia del existente, el abonado deberá solicitar la sustitu-ción por uno nuevo, entregándose en el Ayuntamiento la numeracióndel antiguo.

Los gastos de instalación del contador, reparación y, en sucaso, sustitución del mismo por otro nuevo, serán de cargo delrespectivo propietario.

El abonado estará obligado a facilitar el paso al Ayun-tamiento o sus empleados para que puedan proceder a la lec-tura del contador.

El Ayuntamiento por providencia de Alcaldía puede, sin otrotrámite, cortar el suministro de agua a un abonado, cuando nie-gue la entrada al domicilio para el examen de las instalacioneso lectura del contador.

Por impedir la labor inspectora del Ayuntamiento así comola lectura de contadores, se impondrá una sanción de 1.200 euros.

El Ayuntamiento de Villegas por sí mismo o por terceros con-tratados, tiene derecho a la inspección y vigilancia de las ins-talaciones, acometidas o contadores del abonado para evitarfraudes, así como a los efectos de proceder a la lectura del con-tador.

Artículo 10. – Si el curso de las aguas experimentase en algu-nas partes o en toda la red variaciones e interrupciones porsequías, heladas, reparaciones de averías, escasez o insuficienciadel caudal, agua sucia o cualesquiera otras semejantes, nopodrán los concesionarios hacer reclamación alguna en conceptode indemnización por daños y perjuicios, sea cual fuere eltiempo que dure la interrupción del servicio, entendiéndose queen este sentido la concesión del suministro se hace siempre enprecario, quedando obligados los concesionarios, no obstante,al pago de la cuota anual establecida.

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En el caso de que haya que restringir el consumo de aguapor escasez, el uso doméstico será el último que se restrinja.

Artículo 11. – Suspensión del suministro:

El Ayuntamiento de Villegas podrá suspender el suministrocuando se dé alguna de las circunstancias siguientes:

1. Cuando un abonado impida la labor inspectora del Ayun-tamiento así como la lectura de los contadores.

2. Cuando no se paguen puntualmente las cuotas de con-sumo.

3. Cualquier hecho o situación que suponga incumplimientodel Reglamento del servicio.

TITULO III. – INFRACCIONES Y SANCIONES

Artículo 12. – Tendrán la consideración de infracclones, lasacciones y omisiones que contravengan lo establecido en el pre-sente Reglamento, siendo consideradas:

1. lnfracciones muy graves:

– El impedimento del uso del servicio público de abasteci-miento por otra u otras personas con derecho a su utilización.

– El impedimento o la grave y relevante obstrucción al nor-mal funcionamiento del servicio público de abastecimiento.

– Los actos de deterioro grave y relevante de las infraes-tructuras e instalaciones del servicio público de abastecimiento.

2. Infracciones graves:

– Impedir la entrada del Ayuntamiento o personal contratado,al lugar donde se encuentren las instalaciones, acometidas o con-tadores del abonado para su lectura o cuando existan indiciosrazonables de posible defraudación o perturbación del servicio.

– Manipular las instalaciones con objeto de impedir que loscontadores registren el caudal realmente consumido.

– Suministrar datos falsos para evitar el pago de los recibos.

– El descuido del mantenimiento y conservación de las ins-talaciones responsabilidad de los particulares, por considerarloun acto de deterioro de intensidad grave.

– El no pagar puntualmente las cuotas de consumo.

– Las acciones y omisiones que, contraviniendo lo estable-cido en la presente ordenanza y en función de la intensidad dela perturbación causada, supongan un perjuicio económicograve.

3. Infracciones leves:

– Proceder a la conexión con la red de abastecimiento sinel permiso previo de conexión, por considerarlo una perturba-ción leve causada al normal funcionamiento del servicio.

– Las acciones y omisiones que, contraviniendo lo estable-cido en la presente ordenanza y en función de la intensidad dela perturbación causada, supongan un perjuicio económicoleve.

Artículo 13. – Sanciones:

Las sanciones, competencia de la Alcaldía, deberán respetarlas siguientes limitaciones:

– Infracciones muy graves: Hasta 3.000 euros.

– Infracciones graves: Hasta 1.500 euros.

– Infracciones leves: Hasta 750 euros.

Disposición final. –

Este Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publi-cación en el «Boletín Oficial» de la provincia, permaneciendo envigor hasta su modificación o derogación expresa.

Villegas, a 16 de noviembre de 2010. – El Alcalde, MiguelAngel Martín Dávila.

201009226/9140. – 300,00

Junta Vecinal de Hormaza

A tenor de lo establecido en la disposición transitoria séptimay artículo 21.4 de la Ley 4/1996, de 12 de julio de Caza de Cas-tilla y León, artículo 18 del Decreto 83/1998, de 30 de abril porel que se desarrolla reglamentariamente el Título IV «De los Terre-nos» de la Ley anterior y artículo 84 de la Ley 30/1992, de Régi-men Jurídico de las Administraciones Públicas y ProcedimientoAdministrativo Común, se expone al público por el plazo de quincedías, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el«Boletín Oficial» de la provincia, la relación de propietarios de fin-cas rústicas a los que por desconocido, resultar ignorado su para-dero o habiendo intentado la notificación personal, no ha sidoposible comunicar la tramitación del expediente de prórroga delcoto de caza BU-10.269 de Hormaza, perteneciente al Ayun-tamiento de Estépar, a fin de presentar las alegaciones que esti-men oportunas en caso de oponerse a la inclusión de sus fincasen el coto referenciado.

Por ello se hace saber a todos los propietarios y titulares defincas rústicas de terrenos de la Jurisdicción de Hormaza, per-teneciente al Ayuntamiento de Estépar, y en concreto a los seña-lados en esta relación, que de no oponerse expresamente porescrito en el plazo señalado, se considerará que prestan su con-formidad a la inclusión de las fincas de su propiedad a efectosde aprovechamiento cinegético en el coto de caza BU-10.269,por un periodo de 10 años, finalizando la cesión al término dela campaña cinegética 2020/2021.

Relación de titulares conforme a datos catastrales.

PROPIETARIO SUPERF.––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––ALCALDE ANTON GRACINIANO 0,1160 AMIGO BARRIO FORTUNATO 0,1440ANDRES DE VELASCO CELEDONIA Y V 0,3160ANTON RODRIGUEZ M.ª GLORIA 1,9340ARNAIZ GONZALEZ CLlNIA 5,0809ARNAIZ GONZALEZ EUTOPIA 0,1259ARNAIZ GONZALEZ VIDAL 3,6270ARNAIZ PAMPLlEGA M.ª LUISA 0,2420CARRASCO GONZALEZ MAXIMO 1,1760CENTENO MAYOR ANTONIO 8,0337COFRADIA VERACRUZ 0,3600CORRAL ABASCAL ISABEL 0,4157DIEZ GONZALEZ 0,6740ENAGAS S.A. 1,9994FERNANDEZ ANDRES RAIMUNDO 0,9200FERNANDEZ DE LA PEÑA MIGUEL 0,2582GARCIA MINGUEZ LUIS 0,1560GONZALEZ GONZALEZ ADELAIDA 3,6340GONZALEZ MEDINA LUCIO 0,9360GONZALEZ ORIVE IRENEO 1,6077GONZALEZ ORIVE SABINA 3,9259GONZALEZ RODRIGO JULIA 1,0400GUTIERREZ DIEZ PERPETUA 1,5258GUTIERREZ GARCIA CUSTODIO 2,4080GUTIERREZ GARCIA DALMACIO 0,3425GUTIERREZ GARCIA GERMAN 1,6322GUTIERREZ GARCIA ISIDRO 1,3693GUTIERREZ GARCIA MARINA 0,6947GUTIERREZ MEDINA DOMINGO 12,5049GUTIERREZ NICOLAS VALERIANO 0,1720GUTIERREZ PEREZ ALICIA 1,6060HORTIGÜELA RAMOS URBANO 0,0960HOSPITAL DE LA CONCEPCION 0,6100MARTINEZ MAYOR JESUS 1,9880MAYOR ALCALDE ALEJANDRO 0,2867MAYOR ARNAIZ PEDRO 11,6275MAYOR GARCIA JOSE ANTONIO 0,8180

PAG. 22 B. O. DE BURGOS25 NOVIEMBRE 2010. — NUM. 225

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B. O. DE BURGOS PAG. 2325 NOVIEMBRE 2010. — NUM. 225

PROPIETARIO SUPERF.––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––MAYOR GONZALEZ EVILASIO 21,6218MAYOR GUTIERREZ JOSE 2,6600MAYOR GUTIERREZ MARIANA 0,3900MEDINA PEREZ TRINIDAD 0,5137NICOLAS PEÑA GERMANA 0,1880ORIVE POZA MARGARITA 1,5262ORTEGA POZO CRISTINA 0,3280PALACIOS PEÑA FAUSTINO 0,1382PARDO PEREZ PRIMITIVA 0,2320PEÑA MARTINEZ VICENTE 0,7236PEÑA RODRIGUEZ 0,9520PEREZ DIEZ INOCENCIO 0,6265PEREZ GARCIA BENITO 0,1940PEREZ MARTINEZ VICENTE 0,2790PEREZ PARDO MARIA ROSARIO 0,2900PEREZ PEREZ FELlPA 1,7540PEREZ POZA EMERITO 0,3800PEREZ RODRIGUEZ 0,2040PEREZ RODRIGUEZ ENRIQUE 1,7183POZA ANDRES NICOLAS 0,9760POZA ORTEGA FABIAN 0,3810POZA ORTEGA HERMANOS 2 0,6492POZA RODRIGUEZ CELESTINO 0,1320PUENTE PEÑA TERESA 0,0283RODRIGUEZ PEREZ 7,7440RODRIGUEZ PEREZ ANGEL 43,9645RODRIGUEZ PEREZ HNOS. 2 3,5499RODRIGUEZ RODRIGUEZ GUADAL. 0,3360RUIZ PEREZ MARIA ANUNCIACION 15,5118RUIZ PEREZ MARIA DULCE 0,0747RUIZ PEREZ MARIA ESTHER 0,0194RUIZ PEREZ MARIA JOSEFA 0,0762RUIZ PEREZ ROSA MARIA 4,9868SAGREDO LOPEZ AGAPITA 0,1600SALDAÑA ILLERA 0,2800VALENCIANO LAORDEN VICENTE M. 1,6333VIAS PECUARIAS 1,0300VILLANUEVA ORDOÑEZ MANUEL 0,6720VILLANUEVA ORDOÑEZ RAFAEL 0,9473VIVAR SADORNIL CONSUELO 0,5240VIVAR SANCHEZ IRENEO 1,5963DESCONOCIDO POLlG. 501 PARC. 5.185 0,0461POLlG. 502 PARC. 5.017 0,0494POLlG. 504 PARC. 5.517 0,7011POLlG. 504 PARC. 5.518 0,6496POLlG. 504 PARC. 15.558 0,8063POLlG. 506 PARC. 5.007 0,1147POLlG. 506 PARC. 5.705 0,0076POLlG. 507 PARC. 5.121 0,1891POLlG. 507 PARC. 5.126 0,1768POLlG. 507 PARC. 15.118 0,1613POLlG. 507 PARC. 25.161 0,2797POLlG. 509 PARC. 15.122 0,1827

––––––––––TOTAL 197,7604

Hormaza, a 15 de octubre de 2010. – El Alcalde PedáneoNicolás González Ortega.

201009196/9132. – 164,00

Mancomunidad Las Merindades

Aprobado por la Asamblea de esta Mancomunidad los plie-gos de condiciones económico-administrativas particulares y téc-nicas, para la contratación de las obras «Proyecto de reforma paracentro de diagnosis y formación del sector industrial Las Merin-dades» (exp. 36/09) según el documento técnico (fase 1.ª)

redactado por el Arquitecto don Pablo Benito Carrillo, se procedea la convocatoria de procedimiento público. Las condiciones queservirán de base para la contratación se extractan a continuación:

Objeto: «Proyecto de reforma para centro de diagnosis y for-mación del sector industrial Las Merindades» (exp. 36/09)según el documento técnico (fase 1.ª) redactado por el Arqui-tecto don Pablo Benito Carrillo.

Procedimiento: Procedimiento público abierto con tramitaciónurgente.

Requisitos: Se establecen en los pliegos de condicionessegún lo exigido en la Ley 30/2007 de 30 de octubre de Contra-tos del Sector Público y la modificación efectuada por el R.D. Ley9/2008, de 28 de noviembre. Clasificación: Grupo C, Subgrupo 4,Categoría D.

Criterios de adjudicación: Aumento del plazo de garantía (1punto), reducción de precio (1 punto), reducción del plazo deejecución (2 puntos), mejoras en equipamiento (6 puntos).

Los pliegos de condiciones así como el proyecto podrán soli-citarse por correo electrónico en la dirección:

[email protected]

Teléfono 947 130 149.

Garantías: 3% como provisional y 5% como definitiva. La pri-mera del precio máximo de licitación y la segunda del precio deadjudicación (en ambos casos excluido el I.V.A.).

Precio máximo de licitación: 594.223,00 euros (incluidoI.V.A. y demás gastos según pliegos).

Plazo de presentación de instancias: 13 días naturales con-tados desde el siguiente a la publicación del presente edicto.Si el último es sábado o inhábil se prorrogará al siguiente hábil.Horario de 9 a 14 horas (lunes a viernes).

Modelo de proposición:

D. …………, mayor de edad, con plena capacidad de obrar,con domicilio (completo) en ……………, y con D.N.I. …………,en nombre propio (o en representación de ……………, segúnacredita con poder bastanteado), enterado de la convocatoriapublicada en el «Boletín Oficial» de la provincia n.º …………, asícomo en la sección del perfil del contratista de la páginawww.mancomunidadlasmerindades.es, mediante procedimientoabierto y tramitación urgente, para la contratación del «Proyectode reforma para centro de diagnosis y formación del sector indus-trial Las Merindades» (exp. 36/09) según el documento técnico(fase 1.ª) redactado por el Arquitecto don Pablo Benito Carrilloy de acuerdo a los pliegos y documentos técnicos recibidos, soli-cita tomar parte en el mismo con arreglo a las condiciones eco-nómico-administrativas y técnicas que conoce íntegramente yacepta en su totalidad, ofertando por la ejecución de la obra:

– Precio final: ……… euros (en letra y número), incluidos todoslos impuestos y gastos que se derivan de dichos pliegos (des-glosar a continuación el anterior precio en base e I.V.A. aplica-ble). Base ……… + I.V.A. (tipo …) ……… = ……….

– Plazo de garantía de las obras e instalaciones ……… (añosy/o meses, según proceda).

– Plazo total de ejecución ……… (semanas/meses según pro-ceda).

– Mejoras (detallar en documento anexo al modelo de pro-posición): ………….

Fdo. (Nombre, apellidos y D.N.I.).

Sra. Presidenta de la Mancomunidad Las Merindades (Burgos).

En Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja, a 26 de octu-bre de 2010. – La Presidenta, Mercedes Alzola Allende.

201008968/9128. – 176,00

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Junta Administrativa de Mozoncillo de Juarros

Esta Junta Vecinal, en sesión celebrada el día 8 de diciem-bre de 2009, acordó la aprobación provisional de la modifica-ción de las siguientes ordenanzas fiscales:

– Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación delservicio de abastecimiento de agua.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se apruebael texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Loca-les, se somete el expediente a información pública por el plazode treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción deeste anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia, para que losinteresados puedan examinar el expediente y presentar lasreclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado recla-maciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo

En Ibeas de Juarros, a 27 de octubre de 2010. – El AlcaldePedáneo, José Antonio Alegre Díez.

201009281/9155. – 68,00

Ayuntamiento de Cogollos

Aprobación provisional del presupuesto generalpara el ejercicio de 2010

El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 15 denoviembre de 2010, ha aprobado inicialmente el presupuestogeneral del Ayuntamiento de Cogollos para el ejercicio 2010, cuyoestado de gastos consolidado asciende a 627.915,47 euros yel estado de ingresos a 627.915,47 euros, junto con sus basesde ejecución, la plantilla de personal y sus anexos y documen-tación complementaria.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169 del RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se apruebael texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Loca-les, y en el artículo 20.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril,se somete el expediente a información pública y audiencia de losinteresados, por el plazo de quince días durante los cuales podránlos interesados examinarlo y presentar las alegaciones, recla-maciones y sugerencias que estimen oportunas.

Si transcurrido el plazo anteriormente expresado no sehubieran presentado reclamaciones, se considerará definitiva-mente aprobado este presupuesto general.

En Cogollos, a 15 de noviembre de 2010. – El Alcalde, OscarMariano Marijuán Heras.

201009244/9167. – 68,00

Junta Vecinal de Pesquera de Ebro

Por la Junta Vecinal de Pesquera de Ebro (Burgos), en sesióncelebrada el día 12 de noviembre de 2010, fue aprobado el pro-yecto de «Pavimentación de las calles Barrancazo, del Moraly Sopeñas, en Pesquera de Ebro (Burgos)» incluido en elF.C.L. 2010, de la Excma. Diputación Provincial de Burgos,redactado por el Arquitecto Técnico D. Julián Orive García, cuyoimporte asciende a la cantidad de 30.000,00 euros.

Se expone al público con la publicación inmediata y urgenteen el tablón de anuncios de la Junta Vecinal, así como en el «Bole-tín Oficial» de la provincia, durante un plazo de quince días natu-rales a contar desde el día inmediato al de su publicación en el«Boletín Oficial» de la provincia, para que las personas interesa-das puedan presentar las reclamaciones que consideren oportu-nas. De no formularse ninguna, este acuerdo se elevará a definitivo.

En Pesquera de Ebro, a 12 de noviembre de 2010. – El AlcaldePedáneo, Moisés Jesús Crespo Gallo.

201009257/9168. – 68,00

Club Deportivo de Caza Zorro de Barakaldo

En relación al anuncio de cambio de titular del coto de cazaBU-10.871, publicado el 13 de septiembre de 2010, boletín número174, donde dice «……… no ha sido posible comunicar la tramita-ción del expediente de cambio de titular del coto de caza BU-10.871de Bedón, perteneciente al Ayuntamiento de Merindad de Sotos-cueva», debe decir «.……… no ha sido posible comunicar la tra-mitación del expediente de cambio de titular, a favor del ClubDeportivo de Caza Zorro de Barakaldo, del coto de caza BU-10.871,perteneciente a la Jurisdicción de Merindad de Sotoscueva».

Bedón, a 11 de noviembre de 2010. – El Presidente del ClubDeportivo de Caza Zorro de Barakaldo, Joaquín González García.

201009195/9131. – 68,00

DIPUTACION PROVINCIALINTERVENCION

Aprobado por el Pleno de esta Corporación Provincial, ensesión ordinaria de fecha 16 de noviembre, propuesta número9 de modificación del presupuesto de 2010, por un importe de12.122.928,90 euros, queda expuesto al público el expediente,en la Intervención de esta Diputación Provincial, por término dequince días hábiles a partir del siguiente al de la inserción deeste edicto en el «Boletín Oficial» de la provincia.

El expediente podrá ser examinado por quienes lo deseen,así como presentar contra el mismo las reclamaciones que seconsideren pertinentes, todo ello en cumplimiento y de acuerdocon lo dispuesto en el artículo 177.2 del R.D.L. 2/2004, de 5 demarzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley regu-ladora de las Haciendas Locales.

Burgos, a 16 de noviembre de 2010. – El Presidente, VicenteOrden Vigara.

201009273/9153. – 68,00

El Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Burgos, ensesión ordinaria celebrada el día 5 de octubre de 2010, aprobóel expediente número 8 de modificación de créditos del presu-puesto de la Diputación Provincial para 2010.

El expediente ha sido expuesto al público, a efectos de recla-maciones, mediante anuncio insertado en el «Boletín Oficial» dela provincia número 196, de 14 de octubre de 2010 por espa-cio de quince días, sin que en dicho plazo, según se acreditaen certificación de la Secretaría de 3 de noviembre de 2010, sehaya presentado contra el mismo reclamación alguna.

A los efectos previstos en los artículos 169 y 177 delR.D.L. 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refun-dido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, el resumende los capítulos de gastos, una vez incorporados los créditos delexpediente de modificación número 8, queda de la siguiente forma: Cap. Concepto Euros—————————————————————————————————————

I. Gastos de personal . . . . . . . . . . . . . . . . 43.761.497,56II. Gastos en bienes ctes. y servicios . . . . 17.470.110,35III. Gastos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . 911.134,00IV. Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . 15.781.696,85VI. Inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . 45.660.626,96VII. Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . 47.523.328,59VIII. Activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.556.582,03IX. Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.371.256,00–––——————

Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 180.036.232,34———————————–———————————————

Burgos, a 16 de noviembre de 2010. – El Presidente, VicenteOrden Vigara.

201009274/9154. – 69,00

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