indice salino ortus - ranf

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nAd cxxxu Barcelona 15 de Mayo de 1930 Mm. 9 E L R E S T A U R A " F H R M A e É ü T i e O " Kedacción y Adninlatraelón t Paseo de Gracia, 75, pral., 2.a Indice Salino Ortus.—Junta Central de Subdelegados de Sanidad de España.—Notas Farmacéuticas de Madrid Una interesantísima Exposición.—Revista de revistas.—Sección Oficial.—Noticias.— Necrología. REDACTORES A. Borrell, C. Castells, A. Colomer, R. Cusí, R. Gavaldá, J. Isamat, J. Pascua1 S.Punsoda, I. Rauric, R. Rogerío-Sánchez Martínez, C. Torres González, N. Vergés COLABORADORES J. Casares, F. de Castro, R. Casamada, C. Chicote, O. Fernández, F. Hergueta^ F. Finestres, R. Folch, P. Font Quer, G. P. Forrester, J. Goizueta, J. B. Gomís, R. Herrero de la Orden, J. Martínez Salas, N. Miret, L. Narbona, S. Pagés Maruny, F. J. Palomas, L. Pérez de Albeniz, J. M. Remis de Prado, J. Rogerio Sánchez, E. Soler, S. Tayá, L. Torres Canal, O. Utande, T. Zúñiga Cerrudo. Indice Salino Ortus Nueva reacción para el diagnóstico de neoplasias malignas por el Dr. R. Sánchez Martínez. o-^e»-* '— Existen dos grandes teorías que pretendo explicar el Origen y consti- tución del cáncer: Unas caracterizan al elemento productor del cáncer como ser vivo orga- nizado atribuyendo su origen a un coccidio (Barier) a un acarido (Daliger) a los blastomicetos (Postier) y entre los que destacan las de Doyen, Rap- pin, etc., que lo atribuyen al Bacilo tumefacíens. Estas teorías han sido combatidas en España por el Dr. Ramón y Cajal y otros eminentes histó- logos y no han tenido la suficiente demostración científica para ser tomadas como artículo de fé. Hexametilentetramina - DF. Andreu Tubos de 20 tabletas de 0*50 gramos.

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Page 1: Indice Salino Ortus - RANF

nAd cxxxu Barcelona 15 de Mayo de 1930 Mm. 9

E L R E S T A U R A

" F H R M A e É ü T i e O " K e d a c c i ó n y A d n i n l a t r a e l ó n t Paseo de Gracia, 75, pral., 2.a

Indice Salino Ortus.—Junta Central de Subdelegados de Sanidad de España.—Notas Farmacéuticas de Madrid Una interesantísima Exposición.—Revista de revistas.—Sección Oficial.—Noticias.—

Necrología.

REDACTORES A. Borrell, C. Castells, A. Colomer, R. Cusí, R. Gavaldá, J. Isamat, J. Pascua1 S.Punsoda, I . Rauric, R. Rogerío-Sánchez Martínez, C. Torres González, N. Vergés

COLABORADORES J. Casares, F. de Castro, R. Casamada, C. Chicote, O. Fernández, F. Hergueta^ F. Finestres, R. Folch, P. Font Quer, G. P. Forrester, J. Goizueta, J. B. Gomís, R. Herrero de la Orden, J. Martínez Salas, N. Miret, L. Narbona, S. Pagés Maruny, F. J. Palomas, L. Pérez de Albeniz, J. M. Remis de Prado, J. Rogerio Sánchez,

E. Soler, S. Tayá, L. Torres Canal, O. Utande, T. Zúñiga Cerrudo.

Indice Salino Ortus Nueva reacción para el diagnóstico de neoplasias malignas

por el D r . R. S á n c h e z Mar t ínez .

o-^e»-* ' —

Existen dos grandes teorías que pretendo explicar el Origen y consti­tución del cáncer:

Unas caracterizan al elemento productor del cáncer como ser vivo orga­nizado atribuyendo su origen a un coccidio (Barier) a un acarido (Daliger) a los blastomicetos (Postier) y entre los que destacan las de Doyen, Rap-pin, etc., que lo atribuyen al Bacilo tumefacíens. Estas teorías han sido combatidas en España por el Dr. Ramón y Cajal y otros eminentes histó­logos y no han tenido la suficiente demostración científica para ser tomadas como artículo de fé.

Hexametilentetramina - DF. Andreu Tubos de 20 tabletas de 0*50 gramos.

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226 El Restaurador Farmacéutico

Otras teorías consideran el origen del cáncer debido a una causa interna en el organismo atacado o precanceroso.

Tres grupos podemos destacar en esta; teorías celulares, teorías nervio­sas y teoría bioquímica iniciada por Slosse, Redyng, y Wattermann y conti­nuada por nosotros.

Virchow consideraba el cáncer como una enfermedad específica y constituida. Waldeyer afirma que los carcinomas son neoplasias epiteliales estableciendo una clara diferencia entre los procesos carcinoma y sarco-matoso.

Hauser cree que no existe más diferencia entre la célula normal y la cancerosa, que el origen bioquímico de cada una. Otelo Warburg ha ob­servado un desequilibrio en la cantidad de ácido láctico de tres a cuatro veces en más en la cantidad de este ácido que entra con la sangre en un sarcoma y la que sale.

Los trabajos de Bayet, Slosse y Redig establecen diferencias en el subtractum salino de Ca. Mg. Na. y K y otros elemenios biogenésicos.

Nosotros hemos podido determinar que en los tumores de origen be-̂ Migno ios elementos Ca. Mg. entran en la misma proporción que en los tejh dos normales, mientras que en los procesos malignos se encuentran muy dis­minuidos estando por el contrario aumentado el Na. y K.

La disminución de las cantidades de Ca. y Mg. y el aumento del K. Na. ¿es efecto o causa de la formación neopíasica maligna?

Para contestar a esta interrogación es preciso estudiar la función de la membrana celular en su aspecto bioquímico.

La función primordial de dicha membrana es su facultad seccionante para dejar pasar del interior ál exterior y viceversa los productos de asi­milación y desasimilación. ,

Malfitano y Fourneau hicieron ensayos para determinar la función de la membrana celular empleando membrana dé colodión y de lecitina, con resultados negativos. Mas tarde Fourneau añadió a las substancias ante­riores colesterina demostrando la gran importancia que dicho cuerpo ejerce en la vida celular y que es imprescindible para la permeabilidad de la membrana una cantidad de colesterina que desdoblándose y regenerándose pueda producir los fenómenos de asimilación y desásimilación.

Para nosotros estas funciones de descomposición de la colesterina no se producen más que en presencia de Un elemento escitante, que bien pudiera ser, por sus propiedades biogenesicas el Mg. como elementó bio-catalítico.

La colesterina desarrolla su acción en presencia de agentes excitantes magnésicos y de otros lipoides de radicales ácidos, formándose éteres

Aeido acetilo» salieílieo & Dr. Andreu Tubos de 20 tabletas de 0'50 gramos.

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El Restaurador Farmacéutico 227

complejos, presentando en este momento la máxima actividad en los fenó­menos de nutrición y desasimilación celular y volviendo por regresión del sistema complejo químico al estado primitivo de reposo.

En la célula cancerosa se puede suponer que por no existir en canti­dad el elemento regulador no se produce el sistema regresivo y la célula permanece en constante actividad nutritiva, apoderándose de los alimentos destinados a las células próximas y al resto del organismo.

La célula crece y desarrolla con gran intensidad produciendo un tejido embrionario que no posee completas las características de estos.

Existe en la célula cancerosa-un proceso mayor de oxidación que es el que origina la gran cantidad de ácido láctico que determinó Warburg, y que nosotros hemos podido comprobar especialmente en el sarcoma.

De estas oxidaciones se producen substancias con propiedades lisicas y que destruyen células normales.

Prenger, Burge y otros consideran al K. Na. Ca. Mg. como elementos biogenésicos esenciales.

Estos cuatro elementos se muestran en sus propiedades contrarios dos a dos; el Mg. ly Ca. se aproximan por sus propiedades bioquímicas, con­trarias en absoluto a las del K. y Na. que actúan como elementos biológi­camente tóxicos.

El calcio tiene la propiedad interesante para nosotros de favorecer la permeabilidad vascular regularizando las funciones vitales de las células, mostrándose en su manera de obrar biológica contrario al K.

Todos estos trabajos demostrados nos hacen afirmar en nuestra teoría: La mayor eliminación de Ca. y Mg. de los procesos cancerosos, la dismi­nución de estos elementos en los tejidos enfermos, latoxicidad de la célula cancerosa, las fermentaciones anormales, etc., todo ello demuestra la falta de Ca. la no neutralización del Na. y K. y la mayor cantidad de estos cuerpos en el organismo canceroso.

El K. tiene una actividad radioactiva; según Thomson muy importante en el crecimiento celular y que produce una excitación en la célula normal qus se regula por las reacciones de molécula albuminóidea por el calcio y en presencia del magnesio.

Osborn y Lafayette han podido determinar el origen del crecimiento celular, que, según ellos, es debido a la presencia de aminoácidos de cade­na abierta, de tal manera que si a una célula se la nutre sólo con aminoáci­dos cíclicos, esta célula no crece.

En la célula neoplásica maligna se ha determinado la existencia de aminoácidos de cadena abierta en cantidad, pudiendo dar origen al creci­miento anárquico del tejido.

Hexametilentetpamiiia - Dr. Andreu Tubos de SO tabletas de 0*60 gramos.

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228 SI Restaurador Farmacéutico

Aminoácidos, oxígeno, falta de calcio, exceso de K . y Na., radiaciones derivadas de estos compuestos; he aquí lo fundamental del desarrollo de la célula cancerosa. Las células, sin el freno biológico natural, se desarro­llan apoderándose de las sustancias nntritivas destinadas por la ley de vida a otras células y tejidos, derivándose como consecuencia lógica los fenó­menos caquécticos en el sér canceroso.

Es natural que según sea la relación de los elementos excitantes con los elementos reguladores, tanto más grave será el proceso de canceri-zación.

Si la diferencia entre dichos elementos es pequeña, las funciones ex­citadoras estarán reguladas en parte por el Ca. y Mg.

Cuando el Ca. y Mg. disminuyen profundamente en la célula cancero­sa, el crecimiento es rápido, invadiendo los tejidos en que se asienta.

Estas son las consecuencias de la presencia del cáncer; respecto a so origen no tenemos opinión determinada, suponiendo es la generalización en el organismo de este proceso patológico. ,

Como consecuencia de nuestros trabajos hemos buscado una reacción practicable preferentemente en lo orina, a la que denominamos J/7^/ce ¿flr-liijo Orius ( I . S. O.); reacción, no de diagnóstico absoluto, pero sí de pro­nóstico en la evolución del proceso,'y cuyos resultados, en los 1.200 casos tratados, nos han dado un valor verdaderamente práctico. Este resultado viene determinado por una constante que está representada por un coefi­ciente salino, determinativo de la alteración del organismo canceroso.:

Indudablemente, cualquiera que sea la causa que origine el proceso neoplásico, la realidad es que se produce un, desequilibrio químico en las sustancias constitutivas normales del sér celular, modificaciones fáciles de apreciar en la orina, heces y tumor.

La principal determinación a que hemos orientado este desequilibrio es la obtención de un índice que debe aplicarse a investigar la evolución de neoformación.

La relación de este índice está determinada por = C. El valor de

C. en el I . S. O. normal está comprendido entré 7 y 9; pudiéndo asegurar que, cuando este valor del I . S. O. es inferior a 7, existe una alteración bio­química; sospechando, cuando es bastante inferior a 7, la presencia de neo-formaciones malignas.

Si se demuestra la presencia de neofórmaciones de este origen, indu­dablemente el I . S. O. tiene un valor muy importante.

La determinación de esta relación es sencilla, y nosotros seguimos uri método original, cómodo y rápido para su determinación, con el que obte-

Aeido aeetilo-salioilieo - DF. Andreir Tubos de S» tabletas de 0*50 gramos.

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Especial idades F a r m a c é u t i c a s

r/

Consejo de Ciento, 3 4 1 — T e l é f o n o 14070 — BARCELONA

Alcaíá, núm. 9 - Teléfono 14407 — M A D R I D

P R O D U C T O S Q U Í M I C O S Y F A R M A C É U T I C O S DE PUREZA Y PROCEDENCIA G A R A N T I D A S ACCESORIOS DE F A R M A C I A

P E R F U M E R Í A , ETC.

S e r v i c i o r á p i d o y esmerado ü P í d a n s e p r e c i o s

E S A N O F E L E CONTRAVENENO D E L MOSQUITO

Previene el paludismo y le cura en ledas sus formas \ Dosis curativa: Seis pildoras diarias, por quince días . J

Dosis preventiva y reconstituyente: Dos pildoras ¡jj diarias. p

Rogamos a los s e ñ o r e s doctores que lo ensayen en los casos qu^ resultaron incurables con cualquier otro % tratamiento, con la seguridad de que d e s p u é s no lo

a b a n d o n a r á n nunca.

I D E P Ó S I T O

J U A N m A R T I H Alcalá, 9, M A D R I D : y B A R C E L O N A , Consejo Neeto. 341

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Giba S o c i e d a d A n ó n i m a de P r o d u c t e s Q u í m i c o s U Calle de Aragón, 286 BARCELONA

C o i c o s c o n c e s i o n a r i o s p a r a E s p a ñ a y C o l o n i a s d e t

Ikiarca

PRODUCTOS QOÍMIGOS FARM.008

Adrenalina crist. Acido acetil-salicílico crist.

> dietil barbitúrico * fosfórico 1.750

1.350 > » anhydro » nucléinico

Azul de metileno medicinal Benzaldehído sin cloro Creosota pura de haya 12 0/0

* » » » 20 0/0 Carbonato de creosota Cloral hidratado Dimetil-amido-oxiquinicina Dimetil-oxíquinicina Fenacetina Fenolftaleina Guayacol puro cristalizado

> » líquido > » carbonato

Litólo-Ciba Nucleinato de sosa soluble Piperacina Salisán (tubos de 20 comprs.) (Acido acetil-salicílico) Sulfoguayacolato de potasa Vainillina pura 100 0/o Yohimbina clorhidrato Yohimbina comprimidos (tubos

de 10 comprs.)

Depositada

ESPECIALIDADES FARM.CA*

Adrenalina sol. de clorhidr. 1 0/0 Adrenalina idem inyectable Agomensina comprs. e inyect. Atoquinol » y pomada Biotose líquida Cibalgina comprs. inyect. y líq. Cibalbúmina, inyectable Coaguleno polvo, comprs. e in­

yectable Coramina líquida e inyect. Dial comprs. Didial * Dialacetina comprs. Digifolina * inyectable y

líquida Elbon comprs. Ferrofitina granulada

> pildoras Fitina comprimidos, cápsulas

» sellos, granulada y polvo Fitinato de quinina comprimidos Fortossana polvo Hemypnone compr. y suposi­

torios Lipoiodína comprimidos Orypán líquido Pavón comprs. líquido e inyect. Peristaltina comprs. e inyect. Salena pura Salenal pomada Septacrol inyect. Sistomensina comprs. e inyect. Vioformo polvo

< cajitas pulverizadoras

Apartado, 744 gg

8 B 5S

I Sociedad para la Industria Química en Basilea i ss * w es

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til Restaurador Farmacéutico 229

nemos una cifra que, en realidad, no es la del cáncer, pero sí la que nos conviene para nuestros cálculos, ya que es un número que procede de la precipitación del calcio a la temperatura de ebullición por el oxálico y lue­go valoración del ácido no combinado, empleando como indicador el di-metilaminoazobenzol.

Esta cifra, después de practicado este método comparativamente con los clásicos, nos ha concordado perfectamente con las halladas por otros investigadores.

Cotejando las reacciones hoy en uso: Botelho, Abderhalden, Davis, con la nuestra, L S. O., hemos podido comprobar la mayor eficiencia en la nues­tra, con un promedio de paralelismo con la clínica de 92 con 35 por 100 de casos comprobados en un total de enfermos de 1.200, casos comprobados y comprobables.

Este método ha sido ya ensayado y hemos tenido la satisfacción de verlo publicado en obras de autores muy destacados hoy en estos impor­tantes problemas.

{Trabajo le ído por el autor en el Real Colegio de F a r m a c é u t i c o s de M a d r i d , en l a sesión del 21 de a b r i l pasado.)

J u n t a C e n t r a l de S u b d e l e g a d o s de S a n i d a d de E s p a ñ a Celebrada ei día 30 de abril, a las siete y media de la

tarde, en el Colegio de Médicos de Madrid

Abierta la sesión por el presidente, Dr. Mariscal, y co.n la asistencia de los Sres. Lacasa, Alarcón, González y López Mora, es leída el acta de la anterior, siendo aprobada.

El sí? López Mora excusa al Sr. Hergueta de no poder asistir por en­contrarse indispuesto.

Se da cuenta del estado de Caja, habiendo en existencia, en 30 de abril de 1930, 1.181,45 pesetas.

Se acordó ir abonando al oficial de Secretaría, paulatinamente, algu­nos atrasos, hasta amortizar la deuda. También se acuerda el que se pida al Sr. Aspizua el comprobante de lo que costó la tira de folletos sobre con­clusiones de la última Asamblea. Se da lectura de las Juntas provinciales constituidas, que son once. El secretario dice que todavía no ha recibido

Hexametilentetramina - Dr. Andreu Tubos de 20 tabletas de 0*50 gramos.

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230 El Restaurador Farmacéutico

las relaciones de Subdelegados de las provincias de Alava, Albacete, A v i ­la, Castellón, Ciudad Real, Cuenca, Lugo, Salamanca y Santander. Se acuerda se vuelvan a pedir.

Se da lectura a varias peticiones de los Subdelegados de Medicina y Veterinaria de Vizcaya; de los Subdelegados de Sanidad de Barcelona y, singularmente, de los de Veterinaria; del Subdelegado de Veterinaria de Molina de Aragón (Guadalajara), sobre distintivo; del Sr. Oteo, Subdelé-V gado de Medicina de Villarcayo (Burgos); consulta del Subdelegado de Veterinaria de Montanchez (Cáceres), sobre revisión de expediente; del se­ñor Boza, de Pamplona; del Sr. Murilló, de Hinojosa (Córdoba); del señor Auñón, de Belchite (Zaragoza); del Sr. Mallén, de Huesca.

Se acuerda contestar a las peticiones recibidas, una vez sigan los trá­mites reglamentarios y sean informadas.

También se tomó el acuerdo de reiterar gestiones de la Junta Provin­cial de Zaragoza y de su presidente, Sr. Oliver, para celebrar en aquella capital la próxima Asamblea de Subdelegados.

Se acuerda dar las gracias a quienes se han ofrecido para ayudar a la tirada de EL Moni to r Sanitario, y entre ellos a los señores Subdelegados que han ofrecido anuncios y a los Sres. Madariaga, de Madrid; Andreu, de Barcelona, y Liras, de Villadiego (Burgos).

No habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión.

Notas farmacéuticas de Madrid

En el domicilio del Dr. Hergueía se han reunido en junta los Subdele­gados de Farmacia, asistiendo a la misma los doctores D. Rafael López Mora, D. José Rodríguez González, D. Lucas Torres Canal, D. í^jjmán He­rrero de la Orden, D. Juan Bautista Gomís, D. Rafael Folch y Ándreu y D. Juan Sánchez Puente.

El Dr. Hergueta expone el objeto de la reunión y dice que ha sido a petición del Sr. Herrero de la Orden.

Después de algún cambio de impresiones se tomaron los siguientes acuerdos:

1.° Que los Dres. López Mora y Hergueta visiten al Dr. Palanca, D i ­rector general de Sanidad, y le expongan los deseos de los Subdelegados

Aeido aeetilo-salieílieo - Dr. Andreu Tubos de SO tabletas de 0'60 gramos.

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El Restaurador Farmacéutico 231

de Farmacia de que Ies sean concedidas las conclusiones aprobadas en d i ­ferentes Asambleas.

2. ° Que se le entregue una copia del Reglamento de la Agrupación oficial de Subdelegados de Farmacia de España y otra copia de la reforma hecha a dicho Reglamento por los Subdelegados de Farmacia de Barce­lona.

3. ° Que también se le entregue una relación de lo que debe ser la función del Subdelegado de Farmacia y servicios que ha de prestar.

4. ° Y, por último, que se le pida gratificación, sueldo o subvención para los Subdelegados de Farmacia.

También se acordó que la Subdelegación de Farmacia del distrito de la Inclusa sea fusionada con la del distrito de la Latina, propiedad del se­ñor Herrero de la Orden.

No habiendo más asuntos que tratar se levantó la sesión.

Los Dres. López Mora y Hergueta, presidente y secretario, respectiva­mente, de la Agrupación oficial de Subdelegados de Farmacia de España,, y en representación de la referida entidad, celebraron una conferencia con el Director general de Sanidad, Dr. Palanca, tratando de diferentes asuntos relacionados con los Subdelegados de Farmacia, haciéndole entrega de pe^ liciones y de los Reglamentos de la Agrupación.

Al mismo tiempo le expusieron cuál debiera ser la función del Subde­legado y servicios que debiera prestar.

Y, por último, le indicaron los deseos de los Subdelegados de tener alguna gratificación o subvención anual.

Los representantes de la Agrupación'salieron satisfechísimos de la bue­na acogida que les hizo el Dr. Palanca y de sus palabras de aliento para que se siga trabajando en beneficio de la salud pública.

Los socios pertenecientes a la Caja de Socorro del Cuerpo de Farma­céuticos Titulares de la provincia de Barcelona, han nombrado al Sr. don Fernando Hergueta^ su representante en la Asamblea que tendrá lugar en Madrid el día 13 del corriente mayo.

HexamétilentetFamina - DF. Andreu Tubos de 20 tabletas de 0*50 gramos.

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232 El Restaurador Farmacéutico

Una interesantísima Exposición especiai de aparatos, máqoinas y demás material para Laboratorios y tábr ícas de prodoctos

químicos "Achema V I " en Frankfurt a|M., Alemania Una Exposición interesantísima para todos los químicos, farmacéuticos

con laboratorio, laboratorios químico-farmacéuticos y la industria química -en general, se celebrará en el próximo mes de junio, en los días 10 hasta 22, en la ciudad de Frankfurt a/M., Alemania.

En esta Exposición se reunirá un núcleo de unos 300 expositores, to­dos fabricantes que se dedican como especialidad a la construcción de aparatos y máquinas y demás materiales empleados en laboratorios y fábri­cas de productos químicos. La Exposición está organizada por una gran Sociedad alemana de químicos, y allí se expone todo lo que tiene, relación con la producción mecánica de productos químicos y farmacéuticos de cualquier clase. El visitante, pues, tiene la ocasión de enterarse de los d i ­ferentes procedimientos de fabricación y se le enseñan los correspondien­tes aparatos y máquinas, desde los más pequeños y sencillos hasta las má­quinas modernísimas de la última invención. La mayoría de las máquinas, para poderse uno hacer cargo de su funcionamiento, se expondrán traba-Jando. Además, habrá una serie de Congresos químicos y farmacéuticos, conferencias y proyecciones de películas técnicas, muy interesantes.

Como ya queda dicho, se trata de una Exposición muy especializada y «strictamente concentrada a las citadas industrias. El Certamen recibe el apoyo moral y material de un gran número de sabios de la Química y Físi­ca, de catedráticos universitarios, directores de laboratorio y directores comerciales y técnicos de las mayores fábricas de productos químicos del mundo. La ciudad de Frankfurt a/M misma, es hoy día el verdadero centro de la química alemana y en sus alrededores se concentra un gran número de fábricas de productos químicos de renombre universal.

La primera Exposición de esta especialidad se celebró hace diez años, en forma muy modesta, y después de varias repeticiones se celebró, la úl­tima vez, el año 1927. El incremento que ha tomado el número de exposi­tores, la superficie ocupada por los stands y el número de visitantes, prue­ban irrefutablemente que cada vez se le concede mayor importancia. Del modesto número de 75 expositores en el año 1920, subió la cantidad de éstos a 266 en el año 1927 y para este año están anunciados ya más de 300 expositores. La última Exposición fué visitada por 25.000 técnicos interna-

Aeido aeetilo-salieílieo - ]>P. Andreu Tubos de 90 tabletas de 0*50 gramos.

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£1 Restaurador Farmacéutico 239

S E C C I O N O F I C I A L

Ministerio de la Gobernación

7(eglamer¡to de la €scuela J/acio-r¡al de Sanidad

( Cont inuac ión)

Artículo 10. La Dirección de la Escuela estará asesorada por una Junta rectora, integrada por seis Profesores numerarios, elegidds ca­da año durante el mes de Junio, por la totalidad de los Profesores nume­rarios, agregados y auxiliares y el Secretario. A la Junta rectora com­pete: La distribución de los trabajos entre el personal docente, el horario de clases, la admisión de alumnos, la vigilancia de la administrsción del presupuesto y de los fondos de la Escuela, el examen estudio y pro­puesta del presupuesto que cada año ha de elevarse a la Superioridad, la revisión anual del programa, y, en general, todas las cuestiones que le sean sometidas por el Director o cu­ya solución sea requerida por la Su­perioridad o por los mismos Profe­sores que la forman. La Junta rectora se reunirá, cuando menos, una vez cada trimestre y cuantas veces crea oportuno convocar la Dirección de la Escuela o lo pidan por escrito, Justificando el objeto de la reunión, tres de sus miembros.

Artículo 11. El nombramiento de Director de la Escuela se hará por

el Ministro de la Gobernacióu, pre­vio concurso de méritos entre Doc­tores de Medicina que ofrezcan pre­via garantía de sólida preparación y competencia en materias de Sanidad pública, con arreglo a las condicio­nes que se fijen en la convocatoria.

El concurso será juzgado por una Comisión, constituida por:

1.0 El Director general de Sani­dad, Presidente.

2. ° Un Inspector general de Sa­nidad, de la Dirección general.

3. ° El Director del Instituto Na­cional de Higiene de Alfonso XIÍI.

4. ° El Decano de la Facultad de Medicina de Madrid.

5. ° Un Médico del Instituto de Higiene Militar.

Para la propuesta del candidato designado, dicha Comisión estimará como preferentes cuantos méritos y títulos se refieran a servicios efecti­vamente prestados en epidemias, misiones, viajes de estudio, trabajos científicos personales, trabajos di­dácticos sanitarios, etc., por encima de los títulos meramente acadé­micos.

Artículo 12. El nombramiento de Director se hará por un periodo de cinco años, y será renovable por pe­riodos iguales hasta los límites de sesenta años de edad, si la Junta rectora de la misma Escuela o la Dirección general de Sanidad no estiman conveniente, al vencer los plazos correspondientes, proponer a la Superioridad la convocatoria de un nuevo concurso.

Hexametilentetramina - Dr. Andreu Tubos de 20 tabletas de 0*50 gramos.

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240 £1 Restaurador Farmacéutico

Artículo 13. Los Profesores nu­merarios de la Escuela serán elegi­dos mediante concurso, siendo pre­feridos, en igualdad de condiciones, los pertenecientes al Colegio de Sanidad Nacional. Para la primera designación, al constituirse la Es­cuela, las plazas vacantes se cubri­rán por concurso de méritos, a pro­puesta de una Comisión constituida por:

1. ° El Director de la Escuela, previamente nombrado.

2. ° El Director del Instituto de Alfonso XIII ; y

3. " Un Médico, del Instituto de Higiene Militar.

En lo sucesivo, y en ocasión de vacante, será la Junta Rectora, pre­sidida por el Director de la Escuela, la que proponga el nombramiento, y en uno y otro caso, la piopuesta sé hará con arreglp a las normas que la Superioridad disponga.

Los Profesores que pertenezcan al Cuerpo de Sanidad Nacional no podrán renunciar a sus cargos de plantilla. Tanto ellos cómo los no pertenecientes al Cuerpo, si los hu­biere, desempeñarán el cargo de Profesor de la Escuela con carácter absolutamente gratuito, pudiendo sin embargo el día que estas plazas ten­gan consignación en presupuestos, disfrutar los emolumentos que Ies correspondan en concepto de gra­tificación.

El nombramiento de Profesores, como el de Director, será por cinco años.

Artículo 14. El Director de la Escuela Nacional de Sanidad no po­drá ejercer otro cargo dentro de la organización de la Sanidad pública nacional; dedicará la máxima parte de su actividad a esa función direc­tora; gozará del sueldo que tenga asignado al cargo en los presupues­tos del Estado, más las gratificacio­nes que Se acuerden concederle.

Artículo 15. La Escuela Nacio­nal de Sailidad pondrá un Secretario cuya misión será la dirección y or­denación de los trabajos de oficina y de la dirección de los servicios interiores de la Escuela; será nom­brado por el mismo procedimiento que los Profesores; disfrutará, el día que exista consignación en presu­puestos, de igual gratificación que ellos; pertenecerá forzosamente al Cuerpo de Sanidad Nacional y podrá compatibilizar el cargo de Secreta-río con el de Profesor o Profesor auxiliar, formando parte de la Junta Rectora.

La Secretaría tendrá la dotación precisa para sufragar sus gastos de material y personal auxiliar, que de­berá pertenecer a la plantilla de la Dirección general de Sanidad, con el fin de que las dotaciones sean lo más económicas posibles.

Artículo 16. Uno de los Profeso­res será nombrado por la Junta Rec­tora, Bibliotecario, y se ocupará de lá formación de una biblioteca sani­taria central. Otro Profesor, o en su defecto el mismo Secretario, tendrá a su cargo el Museo, al cual se ads-

Aeido aeetilo-salioflieo - DP. Andreu Tubos de 90 tabletas de 0*50 gramos.

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M.moi

GLEFINA Unico reconstituyente sustituto del Aceite de Hígado

de Bacalao en todas las épocas del afío* Rropstrado cor»

Extracto de Aceite de Hígado de Bacalao, Hipofosfitos

y Extracto de Malta.

L . _ PARA LAS E N F E R M E -

Mk mSt J k DADES DEL APARATO JBk jSM ÉSk RESPIRATORIO Y SUS

CONVALECENCIAS Preparado oon

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Page 15: Indice Salino Ortus - RANF

El Restaurador Farmacéutico 241

cribirá un funcionario que ejerza las funciones de conservador, y el cual será elegido entre la plantilla del Ministerio, por idénticas razones que el personal auxiliar de Secretaría.

Artículo 17. Además de los Pro­fesores numerarios, la Junta rectora propondrá a la Superioridad los Profesores agregados que se preci­sen para enseñanza de aquellas ma­terias muy especializadas dentro de cada disciplina, y cuya extensión no precise el nombramiento de un ti ­tular.

Estos Profesores tendrán la obli­gación de sustituir ar titular de la disciplina para la que sean ;agrega-dos en casos justificados, debiendo pasar a ellos la gratificación que dis­frute el Profesor si la sustitución dura más de la mitad del curso.

Los Profesores agregados serán nombrados por la Dirección general de Sanidad, a propuesta de la Junta rectora.

Artículo 18. La Junta rectora propondrá anualmente el presupues­to de la Escuela Nacional de Sani­dad, que elevará a la Dirección ge­neral de Sanidad para su aproba­ción.

Los Profesores que por negligen­cia, abandono u otras causas justifi­cadas no merezcan la confianza del Claustro de Profesores, podrán ser separados de su cargo docente cuan­do lo acuerde el Claustro con un nú­mero mínimo de dos terceras partes de los votos de los Profesores que lo constituyan.

Artículo 19. La Dirección de la Escuela, previo acuerdo de la Junta rectora, podrá proponer a la Supe­rioridad el nombramiento de los au­xiliares, técnicos y subalternos que sean indispensables para el buen funcionamtento y rendimiento de su misión.

III.—De los alumnos.

Artículo 20. La Junta rectora f i ­jará anualmente el número de alum­nos que se admitirán en los cursos generales, en armonía con la capaci­dad de la Escuela. La convocatoria se publicará siempre en el mes de Abril.

Artículo 21. Transcurrido un mes de plazo de la convocatoria, la Junta rectora, examinará los expedientes de los aspirantes, y si excedieran de las plazas anunciadas verificará una selección, atendiendo a los méritos y circunstancias siguientes, sin que el orden signifique preferencia.

Edad. Expediente académico de bachi­

llerato y universitario. Trabajos realizados en materias

sanitarias. Profesores con que ha trabajado. Fichas de orientación profesional

de fecha anterior al comienzo de los estudios universitarios.

Trabajos publicados. Estudios en el extranjero. Idiomas que posee. Otros antecedentes personales.

Hexametilentetpamina - Dr. Andreu Tubos de 20 tabletas de 0'50 gramos.

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242 El Restaurador Farmacéutico

Finalmente, podrá sometérseles a un ejercicio escrito, en el que expli­quen su orientación y hagan la jus­tificación o defensa de su actuación pasada.

Artículo 22. Los alumnos satis­farán la cantidad de 500 pesetas anuales en calidad de matrícula. La Junta rectora podrá modificar la cuantía de la matrícula; pero nece­sitará para ello previa autorización de la Dirección general de Sanidad.

Articulo 23. La Junta rectora de la Escuela propondrá a la Superio­ridad el numero de alumnos que a sü juicio, y por su posición econó­mica, deben disfrutar de plazas gra­tuitas, y que en todo caso no pasará del 10 por 100.

Artículo 24. La falta de asisten­cia durante quince días a la Escue­la, sin causa justificada, llevará con­sigo la pérdida del curso, y por tanto, la imposibilidad de lograr el diploma de aptitud.

Si las faltas fueran por causas de enfermedad y pasasen de quince días en cada uno de los tres prime­ros trimestres o de diez en el ultimo trimestre, los alumnos tendrán dere­cho a continuar sus estudios en la época correspondiente del siguiente curso hasta obtener el oportuno cer­tificado, si la oposición del Claustro es favorable.

Los Médicos alumnos quedan obligados a guardar las considera­ciones de cortesía, corrección y dis­ciplina exigidas a personas de su categoría social y académica.

Artículo 25. Las pruebas finales de curso se verificarán a fin de cada trimestre, agrupando las asignaturas y constituyendo un Tribunal que juzgue los ejercicios propuestos co­mo materia de examen, y que serán preferentemente prácticos.

Artículo 26. Los Profesores pro­pondrán a la Junta rectora los temas o ejercicios que han de servir para el examen, y los Tribunales darán a cada alumno la puntuación que se derive de su actuación, y que ele­varán a la Dirección de la Escuela para que la Secretaría las haga cons­tar en el expediente personal de cada, alumno.

Por acuerdo del Claustro y tam­bién por el de las dos terceras par­tes, podrán ser expulsados de la-Escuela aquellos alumnos que por su comportamiento se estime no de­ben continuar en la misma.

\M.-Relaciones con otros Centros..

Artículo 28. Siendo el carácter de la enseñanza esencialmente prác­tico, la Escuela Nacional de Sanidad establecerá relaciones estrechas con todos los Centros sanitarios de la nación, y muy especialmente con los siguientes conforme a lo indicado en el apartado a) del artículo 1.°

Instituto de Alfonso Xr l I . Hospital del Rey. Escuela Nacional de Puericultura, Dispensarios y Sanatorios antitu­

berculosos, Dispensarios antivenéreos.

Aeido acetilo- salieílieo - Dr. Tubos de 30 tabletas de 0'50 gramos,

Andreu

Page 17: Indice Salino Ortus - RANF

£1 Restaurador Farmacéutico 243

Instituto de Navalmoral de la Mata y Dispensarios antipaludícos.

Instituto del Cáncer. Institutos provinciales de Higiene. Departamento de Estadística sani­

taria. Igual consideración merecen los

organismos dependientes del Minis­terio del Trabajo, con su Escuela Social, indispensable para la orga­nización de curso de Higiene indus­trial y social.

Articulo 29. La Dirección gene­ral de Sanidad gestionará del Minis­terio de Instrucción pública la asis-íencia de los Maestros Nacionales a los cursos que organice la Escuela.

Igual conducta se seguirá con los Ingenieros por intermeaio del Minis­terio de Economía Nacional o de Fomento.

Artículo 30. Se reconoce a la Es­cuela, representada administrativa y juridícamente por su Junta rectora, la facultad de recibir donativos, sub­venciones, mandas, etc., destinadas a contribuir, desde el punto de vista económico, a los fines generales de su actuación.

Artículo 31. Por el Ministerio de la Gobernación se dictarán cuantas disposiciones sean precisas para la ejecución y cumplimiento de este Reglamento, quedando desde luego derogadas cuantas se opongan al mismo.

Aprobado por su Majestad.—Ma­drid, 12 de Abril de 1930.—El M i ­nistro de la Gobernación, Enrique Marzo Balaguer.

Real decreto-ley re ía t ivo a l a unif icación y r e o r g a n i z a c i ó n de plant i l las en el Cuerpo de Sanidad Nac iona l .

EXPOSICION

SEÑOR: Por Real decreto de 28 de febrero de 1922, se creó en el M i ­nisterio de la Gobernación la Direc­ción general de Sanidad del Reino, con tres Inspecciones generales, de­nominadas de Sanidad Interior, Ex­terior y de Instituciones sanitarias, asignando a las mismas la categoría de Jefe de Administración civil de primera clase, con el haber anual correspondiente.

Al decretarse en 29 de marzo de't!1927, la fusión de unificación de las tres Ramas de la Sanidad Inte­rior, Exterior e Instituciones sanita­rias, se dejan subsistentes las tres Inspecciones generales, y el Real de­creto-ley de Presupuestos de 1928 re­conoció también la categoría y ha­ber que tenían las tres Inspecciones generales.

El Real decreto-ley de 20 de j u ­nio de 1928, que originó la Real or­den de 12 de julio del mismo año, estableció las plantillas del Cuerpo de Sanidad nacional, incluyendo las tres categorías de Jefe de Adminis-tracción civil de primera clase, que corresponden a las tres Inspecciones generales anejas a la Dirección y como esta inclusión ha motivado la duda de si la asignación y categoría de los tres Jefes de Administración

Hexametilentetramiiia - DF. Andreu Tubos de 20 tabletas de 0'60 gramos.

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244 El Restaurador Farmacéutico

civil de primera clase, que figuran en el presupuesto vigente de 1930 en el capítulo 3.°, artículo 14, bajo la denominación de\ «Plantilla unifi­cada del Cuerpo de Sanidad nacio­n a l , han pasado a ser propias del Cuerpo de Sanidad nacional o son de las tres Inspecciones generales anejas a la Dirección, a fin de que estas dudas queden totalmente des­vanecidas el ministro que suscribe, de acuerdo con el Consejo de M i ­nistros, tiene la honra de someter a lo aprobación de V. M . el adjunto proyecto de Real decreto-ley.

Madrid, 25 de abril de 1930. SEÑOR:

A L. R. P. de V. M . , ENRIQUE MARZO^BALAGUER

REAL DECRETO-LEY

Núm. 1.205. A propuesta del Ministro de la

Gobernación y de acuerdo con Mi Consejo de Ministros,

Vengo en decretarlo siguiente: Artículo 1.° La asignación y ca­

tegoría de los tres Jefes de Admi­nistración civil de primerá clase que figuran en el presupuesto vigente de 1930, en el capítulo III ar­tículo 14, bajo la denominación de «Plantilla unificada del' Cuerpo de Sanidad nacional», corresponden a los tres cargos de Inspectores gene­rales de Sanidad en sus denomina­ciones de Interiore Instituciones Ex­terior e Instituciones sanitarias.

(Articulo 2.° Los funcionarios que desempeñen dichas Inspecciones ge­

nerales de Sanidad tendrán la cate­goría y disfrutarán el haber a las mismas asignado sólo mientras per­manezcan en el ejercicio del cargo.

Artículo 3.° El haber desempe­ñado el cargo de Inspector general de Sanidad en cualquiera de sus tres denominaciones. Interior, Exterior e Instituciones sanitarias, no atribuye derecho alguno al funcionario que lo ha ejercido para seguir disfrutan­do de la categoría de Jefe de Admi­nistración civil de primera clase y sueldo correspondiente, una vez haya cesado en el desempeño del mismo.

Artículo 4.° El ministro de la Gobernación adoptará las disposi­ciones necesarias para el debido cumplimiento del presente Real de­creto-ley.

Artículo 5.° Se autoriza al mi ­nistro de la Gobernación para reorganizar las plantillas del Cuer­po de Sanidad nacional, dentro de las cifras globales del presupuesto y disposiciones vigentes.

Artículo 6.° El Gobierno dará en su día cuenta a las Cortes del presente Real decreto-ley.

Dado en Sevilla a ventiséis de abril de mil novecientos treinta.

ALFONSO El ministro de la Gobernación,

ENRIQUE MARZO BALAGUER.

Aeido aeetilo-salicílieo - DP. Tubos de 20 tabletas de 0*50 gramos.

Andre u

Page 19: Indice Salino Ortus - RANF

El Restaurador Farmacéutico 247

ra comprometer la eficacia del virus, debiendo entonces ia Dirección ge­neral de Sanidad autorizar especial­mente al organismo peticionario pa­ra realizar la adquisición en otro Centro.

En caso de que alguno de los pro­ductos pedidos no puedan ser su­ministrados por el Instituto, la D i ­rección de éste lo pondrá en cono­cimiento del peticionario para que éste pueda adquirirle libremente en el comercio.

Artículo 4.° El Ministro de la Gobernación aprobará en el plazo máximo de un mes las tarifas por que han de regirse los suministros y servicios del Instituto Nacional de Higiene, teniendo en cuenta que el precio de los productos suministra­dos por este organismo ha de ser inferior a los similares elaborados por la industria privada.

Artículo 5.° La producción* del Instituto Nacional de Higiene de Al ­fonso XIII estará sujeta a todas las garantías y comprobaciones que preceptúan las disposiciones vigen-ter para los productos similares.

Artículo 6.° Cuando alguno de los organismos comprendidos en el artículo 2.° precise adquirir material sanitario, lo efectuará necesariamen­te por intermedio del Parque Cen­tral de Sanidad y previo el informe de esta Sección del Instituto de A l ­fonso XII I .

Artículo 7.° Quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan o

dificulten el cumplimiento del pre­sente Decreto.

Dado en Sevilla, a veintisiete de Abril de mil novecientos treinta.

ALFONSO

El Ministro de la Gobernación, ENRIQUE MARZO BALAGUER

Real decreto disponiendo que el Inst i tuto Técnico de Compro­bación y Rest r icc ión de tóxicos y estupefacientes, f u n c i o n a r á en lo sucesivo como una I n s t i ­tución sanitaria dependiente de la Dirección general de S a n i ­dad.

EXPOSICION

SEÑOR: Por Real decreto de 25 de Marzo dej «1927, designando D i ­rector para el Instituto Técnico de Comprobación, se confirió a este Centro la categoría, derechos y atri­buciones que corresponden a las Direcciones generales, y así ha ve­nido funcionando independiente­mente de la Dirección general de Sanidad, llenando una urgenre ne­cesidad por su transcendental fun­ción, no sólo en la vida sanitaria del país, sino en un importante sector industrial cuyo desarrollo progresi­vo se patentiza de día en día y cu­yos productos, por ser aplicados a curación de las enfermedades, re­quieren una fiscalización por parte del Estado que garantice al público la pureza, inocuidad y corrección de su elaboración.

Hexametilentetramina - Di». Andreu Tubos de 20 tabletas de 0*50 gramos.

Page 20: Indice Salino Ortus - RANF

248 SJ Restaurador Farmacéutico

Posteriormente a esta primordial función del organismo citado, se le acumularon otras de tan fundamen­tal interés como la restricción en la distribución y venta de estupefa­cientes y el registro de especialida­des farmacéuticas, constituyéndose un Centro de abundante contenido técnico y administrativo, que hasta el presente ha venido realizando su complejo cometido escrupulosamen­te y con positivos resultados para los intereses sanitarios de la Nación; siendo justo reconocer que el éxito, tanto en la organización como en el desenvolvimiento del Instituto Téc­nico de Comprobación, se debe, en su casi totalidad, a la persona a quien se encomendó gestión direc­tora de tanta importancia y en la que se complementaba su sólida y amplia preparación científica y téc­nica con el prestigio personal y una cabal competencia, hija de la prác­tica adquirida y del conocimiento de Centros similares del extranjero.

El organismo que nos ocupa ha venido disfrutando de una vida eco­nómica autónoma, a la cual subve­nía, de una parte, el «distintivo sa­nitario», creado para el sostenimien­to de su personal y material, y de otra, los fondos procedentes de las inscripciones sanitarias (especialida­des farmacéuticas, sueros, vacunas, etcétera), de las cuales se autorizó un gasto de 200.000 pesetas para las primeras necesidades; veneros económicos ambos que al desapare­cer las Cajas especiales, dando cum­

plimiento a lo preceptuado en la ley de Contabilidad del Estado, quedan pendientes del informe que las Cor­tes han de dar, en su día, sobre su legalidad.

Por otra parte, la tramitación de las obligaciones y resoluciones re­ferentes al registro de especialida­des, crea con frecuencia dificulta­des, nacidas de una dualidad de in­tervenciones, que perjudican al inte­rés general y a la buena marcha de a Administración sanitaria, según pone de manifiesto el Real decreto de 10 de Julio de 1928 determinan­do que para la aplicación de las dis­posiciones de registro de especiali­dades y restricción de estupefacien­tes, los Inspectores farmacéuticos de las Aduanas, los Subdelegados de las tres ramas y los Inspectores pro­vinciales de Sanidad dependerán de la Dirección general del Instituto Técnico de Comprobación, suscitán­dose el caso de que, tanto estos fun­cionarios como los asuntos que en estos aspectos les concierne resol­ver, dependan de dos Direcciones generales distintas.

Por todo lo expuesto, y con el fin de que estos servicios, esencialmen­te sanitarios, no queden fuera de los propios de la Dirección general de Sanidad, a la que compete ordenar­los, unificarlos y acoplarlos, aho­rrando trámites y demoras innecesa­rios y para proceder a la urgente necesidad de reorganizar estos ser­vicios en plazo perentorio, el Minis­tro que suscribe tiene el honor de

Aeido aeetilo-salioílieo ~ DP. Tubos de 20 tabletas de 0*50 gramos.

Andreu

Page 21: Indice Salino Ortus - RANF

Les Etablissements CHAT EL A IN

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^ l (Pastilla contra la tos)

M í l x l x x o I ^ o g ; y 1 (Pomada nasal)

•«f o r x x a x í y 1 Liquido, comprimidos

del T>f . J k t a i x x g o - t

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Anemia, Neurastenia, Convalecencia, Crecimiento.

Blenorragia, Cistitis, Hipertrofia de la próstata.

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Paludismo, Insuficiencia hepática.

Au :ointoxicación, Enteritis, Dispeps a, Dermatosis

Antisepsia general. Higiene intima

Heraerroides, Prostatitis, Fistulas, Rectitis.

Arterioesclorosis, Enfisema Artritismo, Cardiopatias.

Reumas, Gota, Neuralgias JLumbago.

Quemaduras, Llagas, Ulceras varicosas, Injertos,

Bronquitis crónicas. Tuberculosis.

Coriza, Bronquitis, Tos violenta, Asma, Enfisema

Tos, Bronquitis, Anginas (desprendimiento de oxí­geno naciente).

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Page 22: Indice Salino Ortus - RANF

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Page 23: Indice Salino Ortus - RANF

£1 Restaurador Farmacéutico 249

someter a la aprobación de V. M . el siguiente Decreto.

Madrid, 26 de Abril de 1930.

SEÑOR: A L. R. P. de V. M.,

ENRIQUE MARZO BALAGUER

REAL DECRETO

Num. 1.214.

A propuesta del Ministro de la Gobernación y de acuerdo con mi Consejo de Ministros,

Vengo en decretar lo siguiente: Artículo 1.0 El Instituto Técnico

de Comprobación y restricción de tóxicos y estupefacientes funciona­rá, en lo sucesivo, como una institu­ción sanitaria dependiente de la Di ­rección general de Sanidad.

Artículo 2.° Por el Ministerio de la Gobernación se dictarán cuantas disposiciones sean precisas para el cumplimiento de este Real decreto, quedando derogadas todas aquellas que a él se opongan.

Dado en Sevilla a veintisiete de Abril de mil novecientos treinta.

ALFONSO El Ministro de la Gobernación, #

ENRIQUE MARZO BALAGUER

2 S T O T I O 1 ^ - 3

J/uevo ./)oc/or.—Nuestro queri­do amigo y compañero D. Luis Civil Preciado, farmacéutico y odontólogo acreditado de Madrid, acaba de ob­

tener el título de Doctor en Farma­cia con un notable trabajo sobre: L a Caries Dentaria.-*Estudio de su génesis desde el punto de vista qnimieo y microbiológico».

Nuestro querido amigo recibe el título de Doctor al cumplirse sus bodas de plata con la profesión far­macéutica.

Nuestra felicitación por tan plau­sibles motivos.

X a resfricciótj de esfupefac/en-ies.—En el Consejo de Ministros del día 29 del pasado se acordó se ponga en vigor el Decreto-ley de restricción de estupefacientes y que se hagan en su reglamento las lige­ras modificaciodes que la práctica aconseja.

Esperamos su publicación en la Gaceta para poder comunicarlo a nuestros lectores.

De <El Castellano* de Toledo. Excur s ión docente.—-Xos alum­

nos del doctorado de farniacia , —Como en años anteriores, días pasados visitó nuestra ciudad el sa­bio catedrático de la Facultad de Farmacia de Madrid, doctor don Rafael Folch.

Explica este doctor la asignatura de Historia de la Farmacia, del doc­torado, su viaje no tenía otro fin que mostrar a los treinta y dos alumnos que le acompañaban, las grandezas

Hexametilentetramina - Dr. Andreu Tubos de 20 tabletas de 0'50 gramos.

Page 24: Indice Salino Ortus - RANF

250 El Restaurador Farmacéutico

artísticas de la imperial Ciudad. Fueron recibidos en la Estación

por el farmacéutico del Hospital provincial, don Andrés Pita y Arro­yo, íntimo amigo del profesor, único que tenía noticias de la llegada, con la previa advertencia de que no se avisara a nadie, queriendo con ello evitar molestias y toda ostentación a que es tan refractario.

Llegaron en el primer tren de la mañana, dirigiéndose al Hospital de Tavera, donde admiraron la intere­sante Farmacia del siglo XVI, conti­nuando su visita a los demás Monu­mentos y regresando a la corte en el tren de la tarde.

El doctor Folch es un verdadero entusiasta de Toledo, el que conoce hasta en su menor detalle, y motivos de gratitud le debemos por la difu­sión que con estas excursiones hace de nuestras riquezas artísticas cuyos conocimientos difunden por todas las regiones de la Península los doc_ tores farmacéuticos que cada año nos visitan.

N E C R O L O G Í A

Ha fallecido en esta ciudad la Sra. D.a María Morros Roger, aman-tísima esposa de nuestro distinguido amigo y colega D. Pedro Serres.

Reciba nuestro buen amigo y de­más distinguida familia el testimonio de nuestro sentido pésame por des­gracia tan irreparable.

* * *

€ ¡ J)r. J). J o s é jyí.a faca y }(eras -—k los 67 años de edad ha fallecido en esta ciudad el Dr. José M.a Roca. Su nombre está situado en un lugar excelente en diversos campos de nuestra cultura. Como a médico ganó un considerable pres­tigio, como a político, su actuación es caracterizada por una sinceridad innegable, sus obras de carácter histórico-médico demuestran una sa­gacidad excepcional.

Al terminar la carrera se especia­lizó en dermatología y sifiliograíía. Su prestigio médico lo llevó a los Congresos Médicos de Roma, Mos­cou y Berlín, donde hizo un brillante papel. Presidió la Asociación de Médicos de lengua catalana, que celebró en Zaragoza su tercer Con­greso. Fué vice-presidente de la Academia y Laboratorio de Ciencias Médicas de Cataluña, miembro de la Real Academia de Buenas Letras, de la Academia de la Lengua Cata­lana y del Consejo Directivo de los Juegos Florales de Barcelona.

Ocupó la presidencia del Ateneo Barcelonés siendo reelegido diver­sas veces.

La actividad de José M.a Roca esparcida en trabajos de estudio, de laboratorio, discursos, informes, co­municaciones en Congresos, tenía una dirección felisísima en los estu­dios de carácter histórico-médico^ circunscrito a la Edad Media y al antiguo principado de Cataluña, y

Aeido aeetilo - salicílieo - Dr. Tubos de 30 tabletas de 0*50 gramos.

Andreu

Page 25: Indice Salino Ortus - RANF

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'Emuls ión uniforme, estable y perfectamente homogénea de aceite mineral purísimo, sumamente viscoso, con agar •gar y feoolltateiná (4 centi­gramos en cada cucharadita).

Dr. S . U L A W T O N Western Medical Review - Junio 1925

Mediante frecuentes e «interesantes» fo-lletos; con anuncios en la prensa médica; poniendo muestras a su disposición; visi­t ándo los personalmente y sobre todo, gra^ cias a su méri to intr ínseco, el A G A R O L «está siempre ante la profesión médica». Estimulados por los buenos resultados que observan, más y m á s médicos recetan el A G A R O L y mayor es el número de frascos que se venden diariamente.

— es la Emulsión original de Aceite Mine­ral y Agar Agar.

Laboratorio y Comercio Substancia, S. A. Apartado 410 - BARCELONA

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El Restaurador Farmacéutico 251

odavía mas concretamente, a los reinados de Jiiaa y Martín el Hu­mano.

Sus investigaciones en los archi­vos de la Corona de Aragón, el ar­chivo municipal y otros archivos particulares y eclesiásticos, han per­mitido divulgar minuciosamente có­mo era ejercida la Medicina en aquel tiempo y el ambiente de superstición y credulidad en que era ejercida.

Su lista de obrases considerable, sobre todo, porque implica un tra­bajo de investigación fabuloso. Pu­blicó, entre otras: «La sífilis, trascen­dental importancia de su tratamien­to» (1891); «La lépre en Catalogue» (Moscou, 1897); «La lépre et le chaulmogra> (Berlín 1904); «La syfi-lide e la storia» (Roma 1912); «Re-gismo alimentici en els sifilítics» (Barcelona 1917); «Eiogi de Mestre Guillem Colteller, metge deis Reis d'Aragó Pere III i Joan I» (Gerona 1921); «De feminisme» (Barcelona 1915); «Una monja metgessa» (Bar­celona 1915); «Enaltim el verb de Catalunya» (Barcelona 1918); xTríp-tic: Els malalts páries, L'ética en el léxic catalanesc i Per qué Moliére es befá deis metges» (Barcelona 1911); «En Jaume Ramon Vila, he­raldista cátala del segle XVII» (Bar­celona 1918); «Lo Regiment de pes­tilencia i mortandants; de Mestre

Jaume d'Agramunt» (Lleyda 1910); «Aplec: Treballs politics i literaris» (Barcelona 1912); «Espumes: Necro­logía de N'Antoni de P. Campmany i Discurs Presidencial del Concurs

d'História de Catalunya, celebrat a Lleyda> (Barcelona 1915); «La me­dicina catalana en temps del rei Mar­tí» (Barcelona 1919); «OrdinacionS de l'Hospital General de la Santa Creu de Barcelona» (Barcelona 1920); «Notes d'arxiu», en la «Re­vista Catalana», «Joan I i les supers-ticions» (Barcelona 1922); «Mestre Guillem Colteller, metge deis Reis d'Aragó Pere III i Joan I» (Barcelo­na 1922); «Tribut al mestre Ramon i Cajal (Barcelona 1923), y diversos trabajos de especializacrón médica.

En su juventud fué un asiduo co­laborador de EL RESTAURADOR FARMA­CÉUTICO, uniéndole gran amistad con D. Francisco Puigpiqué, propietario éntoncés de esta publicación.

El nombre del Dr. José M.a Roca deja en todos los medios donde há* bía actuado un recuerdo de bondad, de caballerosidad y, sobre todo, de una fidelidad estricta al ideal de to­dos.

EL RESTAURADOR FARMACÉUTICO la­menta vivamente su muerte y envía a su afligida esposa, hermana, sobri­nos y demás familia, entre la que se cuenta nuestro querido Director, que era primo del Dr. Roca, el testimo­nio de nuestra sentida condolencia.

Hexametilentetramina - DP. Andreu Tubos de 20 tabletas de 0'50 gramos.

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252 El Restaurador Farmacéutico

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Tip. de Arturo Suárez, Galle Enrique Granados, 34